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Pág 1 de 7 Reglamento para el uso de la Plataforma de Educación Virtual de la UACH Agosto de 2007 Sección I. Alcance y definiciones Artículo 1 Se entiende por “Plataforma de Educación Virtual” (PEV) al espacio creado en la Internet para realizar procesos de enseñanza aprendizaje a distancia (de manera no presencial) o apoyo a clases presenciales, por parte del docente para sus estudiantes. Se conoce como “Usuario de Educación Virtual” a la persona que puede hacer uso de los recursos de la PEV de la Universidad Autónoma de Chihuahua (UACH). Esto es, personas que laboran para la Universidad (docentes, administrativos, asistentes, entre otros), estudiantes de la Universidad que se encuentren reglamentariamente matriculados en cualquier programa de la institución y personas vinculadas temporalmente a la UACH. Dicha persona tiene dentro del sistema un nombre de usuario y una contraseña asociada a él, la cual corresponde exactamente al mismo nombre de usuario y contraseña de su correo electrónico oficial entregado por la Coordinación General de Tecnologías de Información (CGTI) de la UACH. De igual manera, se entiende por "Administrador de la Plataforma de Educación Virtual" la persona encargada del mantenimiento del servicio prestado por la PEV. Dentro de dichas funciones se encontrarán: creación, clonación de curso(s), mantenimiento general de la interfaz del sistema e inconvenientes presentados con la base de usuarios dados de alta en el directorio universitario. Se entiende por “Asistente del Administrador de la PEV” la persona que tiene como función prestar soporte a usuarios de la PEV en las diferentes fases de manejo de ésta. Brindando asistencia en problemas, dudas o inconvenientes presentados con las actividades y recursos propios de la plataforma. Es responsabilidad del asistente informar a los usuarios del buen uso de los recursos tecnológicos inherentes al sistema, pero no tiene la posibilidad de dar soporte en temáticas o contenido de los cursos. Adicionalmente, se entiende por "Docente-Asesor en la modalidad de Educación Virtual" la persona encargada como titular, de asesorar y facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje a distancia o apoyo a curso presencial, dentro de un ambiente virtual de aprendizaje. Sus funciones son: planificar, diseñar, dar seguimiento y evaluar el desarrollo del curso; proporcionando la pronta información a los estudiantes del curso, estableciendo una dinámica de trabajo utilizando como medio inmediato la PEV; propiciar la interacción entre los participantes, por medio de uso de las herramientas propias de la PEV.

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Reglamento para el uso de la Plataforma de Educación Virtual de la UACH

Agosto de 2007

Sección I. Alcance y definiciones

Artículo 1

Se entiende por “Plataforma de Educación Virtual” (PEV) al espacio creado en la Internet para realizar procesos de enseñanza aprendizaje a distancia (de manera no presencial) o apoyo a clases presenciales, por parte del docente para sus estudiantes.

Se conoce como “Usuario de Educación Virtual” a la persona que puede hacer uso de los recursos de la PEV de la Universidad Autónoma de Chihuahua (UACH). Esto es, personas que laboran para la Universidad (docentes, administrativos, asistentes, entre otros), estudiantes de la Universidad que se encuentren reglamentariamente matriculados en cualquier programa de la institución y personas vinculadas temporalmente a la UACH. Dicha persona tiene dentro del sistema un nombre de usuario y una contraseña asociada a él, la cual corresponde exactamente al mismo nombre de usuario y contraseña de su correo electrónico oficial entregado por la Coordinación General de Tecnologías de Información (CGTI) de la UACH.

De igual manera, se entiende por "Administrador de la Plataforma de Educación Virtual" la persona encargada del mantenimiento del servicio prestado por la PEV. Dentro de dichas funciones se encontrarán: creación, clonación de curso(s), mantenimiento general de la interfaz del sistema e inconvenientes presentados con la base de usuarios dados de alta en el directorio universitario.

Se entiende por “Asistente del Administrador de la PEV” la persona que tiene como función prestar soporte a usuarios de la PEV en las diferentes fases de manejo de ésta. Brindando asistencia en problemas, dudas o inconvenientes presentados con las actividades y recursos propios de la plataforma. Es responsabilidad del asistente informar a los usuarios del buen uso de los recursos tecnológicos inherentes al sistema, pero no tiene la posibilidad de dar soporte en temáticas o contenido de los cursos.

Adicionalmente, se entiende por "Docente-Asesor en la modalidad de Educación Virtual" la persona encargada como titular, de asesorar y facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje a distancia o apoyo a curso presencial, dentro de un ambiente virtual de aprendizaje. Sus funciones son: planificar, diseñar, dar seguimiento y evaluar el desarrollo del curso; proporcionando la pronta información a los estudiantes del curso, estableciendo una dinámica de trabajo utilizando como medio inmediato la PEV; propiciar la interacción entre los participantes, por medio de uso de las herramientas propias de la PEV.

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Se entiende por "Docente-Tutor en la modalidad de Educación Virtual" al encargado(a) de apoyar al Docente Asesor en el proceso de enseñanza-aprendizaje no presencial o apoyo a curso presencial, dentro de un ambiente virtual de aprendizaje. Sus funciones serán apoyar a los estudiantes en su trayectoria escolar y académica, de manera personalizada.

En caso que un Docente no pueda resolver una duda ó problema dentro del sistema de educación virtual, el caso pasará a revisión del Administrador de la PEV, quien es inherente a la tecnología o funcionalidad de la PEV.

Se entiende por “Estudiante en la modalidad de Educación Virtual” la persona inscrita en un proceso de aprendizaje no presencial o apoyo a clases presenciales, dentro de la PEV. Este proceso implica para un estudiante: desarrollar destrezas que le permitan un uso efectivo de los servicios de la plataforma; tener disposición al cambio; saber utilizar la autoevaluación; demostrar un alto grado de responsabilidad en el propio aprendizaje de los materiales puestos a su disposición, como en buen uso de los recursos para sí mismo y para quienes conforman su curso virtual.

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Sección II. Cuentas de la Educación Virtual

Artículo 2

Para el ingreso a la PEV serán validas únicamente las cuentas de correo electrónico oficial proporcionadas por la CGTI de la UACH. Los usuarios que se vinculen por proyectos o intercambios, podrán participar en la plataforma a través de cuentas temporales asignadas, teniendo como base que cumplirán las mismas normativas que aplican para los usuarios del correo electrónico de la UACH y con este reglamento.

Artículo 3

Es responsabilidad del usuario (docente, administrativo o estudiante), mantener de manera confidencial datos propios al sistema como son, su cuenta de acceso y contraseña al sistema de educación virtual (acuerdo de uso de correo electrónico de CGTI) o bien la contraseña de acceso a determinado curso.

Artículo 4

El nombre de usuario y contraseña utilizados dentro de la Plataforma de Educación Virtual son personales e intransferibles. Por ningún motivo se deberá prestar ni hacer uso indebido de estos accesos por parte de los usuarios del sistema o por parte de personas ajenas al mismo. En caso tal dicha conducta se presente, será el mismo propietario de la cuenta quien deberá responder por las anomalías. En el caso de que se presente una conducta irregular asociada a una cuenta, se efectuará la suspensión o cancelación, y se notificará la novedad a la unidad académica correspondiente.

Artículo 5

El usuario que tiene participación dentro de un curso de la PEV, en el caso de no ingresar a éste en un período igual a 180 días, será dado de baja automáticamente. Su cuenta seguirá existiendo en el servidor de EV y podrá reinscribirse en cualquier momento.

Si un usuario no ingresa a la plataforma en un período igual a 365 días, sus registros serán eliminados del servidor de EV.

Sección III. Del servidor de Educación Virtual

Artículo 6

El servidor de Educación Virtual es estrictamente para acceder a programas y asignaturas propias de la Institución. No se podrán crear bases de datos o aplicaciones para otros fines.

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Se entiende por bases de datos al sistema de recolección de información que pueda ser consultado de forma rápida y efectiva desde una estación de cómputo o una aplicación. Cualquier aplicación de este tipo ajenas a las requeridas por el sistema serán removidas sin previo aviso.

Se entiende como aplicación todo archivo ejecutable dentro de un sistema operativo. Los archivos considerados como ejecutables no permitidos dentro de la Plataforma de Educación Virtual son: .exe, .sh, .class, .java, .rpm, .so, .out, .bat, .bin., entre otros.

Sección IV. Generación de Cursos

Artículo 7

El proceso para generar un curso dentro de la PEV es el siguiente:

El docente deberá haber aprobado el diplomado de docencia en ambientes virtuales de aprendizaje impartido por el DECAD.

El curso se solicitara a través del Secretario Académico o Coordinador de Carrera correspondiente; una vez aprobado esta autoridad remitirá la solicitud vía correo electrónico a [email protected], o bien a través del Sistema de Gestión para la Atención a Usuarios (SGAUS).

Esta solicitud deberá ser recibida por el administrador de la PEV mínimo 15 días antes de iniciar el curso. El curso será dado de alta en un máximo de dos días hábiles con la finalidad de que el docente cuente con el tiempo necesario para preparar sus contenidos y materiales.

Artículo 8

Para la realización de apertura de un curso, se requerirá al solicitante la siguiente información:

- - Nombre definitivo del curso. El nombre del curso será el nombre de la materia a impartir, seguido entre paréntesis del login del docente asesor del

curso. Ejemplo : Redes II (aarzola) - - - Programa educativo al que pertenece el curso.

- - Nombre completo del docente asesor y docente(s) tutor(es). -

- Fecha de inicio y finalización del curso.

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- - Contraseña del curso.

Si el (los) docente(s) del curso no está(n) registrado(s) dentro del sistema de correo institucional, deberá(n) solicitar su alta en el Departamento de Atención a Usuarios(DAU) de la Coordinación General de Tecnologías de Información.

Es necesario que todos los docentes hayan entrado a la plataforma al menos una vez.

Sección V. De la información o contenido en los cursos

Artículo 9

Es responsabilidad de los docentes asociados a los cursos del PEV el buen uso de los mismos, su adecuación y la información puesta a disposición de los estudiantes inscritos al curso, estos. Cualquier irregularidad en su utilización será puesta a disposición tanto del administrador de la PEV como de la unidad académica en la que dicho docente se encuentra adscrito.

En el caso de publicar información confidencial, información, software o recursos con derechos de autor, entre otros, serán los docentes los responsables civil y legalmente, de los contenidos publicados en su curso.

Sección VI. Del respaldo de la información de los cursos

Artículo 10

Al finalizar cada curso, será responsabilidad del docente, respaldar en disco duro, CD-ROM, cinta magnética o cualquier otro medio digital la totalidad la información del mismo dado que el administrador lo dará de baja de la plataforma los cursos en línea, 15 días después de finalizado el periodo de clases.

Cuando se va a utilizar un curso en el siguiente ciclo operativo, no se dará de baja, previa solicitud vía correo electrónico o través del sistema SGAUS, teniendo como fecha límite 10 días después de haber terminado el periodo del curso.

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Sección VII. De la inscripción de los estudiantes en los cursos que utilizan las Educación Virtual

Artículo 11

Es responsabilidad del docente proporcionar a sus estudiantes inscritos en su curso con la debida anticipación (lista oficial de la Secretaría Académica de su Unidad Académica) la clave de acceso al necesaria para la matriculación a su curso.

Sección VII. Del manejo de la PEV

Artículo 12

Para evitar la saturación del espacio en el servidor ningún curso deberá contener en la totalidad de los archivos del curso mas de 50 mb, se recomienda que en el caso de utilizar en un curso: plug-ins, archivos, videos, música, etc. (de material ya publicado en la WEB) se haga referencia a través de un hipervínculo correspondiente del sitio en Internet.

Artículo 13

Es necesario que al finalizar su trabajo en la plataforma de EV, el usuario finalice su sesión, presionando la liga (salir) ubicada a un lado de su nombre en la parte superior derecha, evitando solo cerrar el navegador. Esto con el fin de no saturar con conexiones vacías, las conexiones simultáneas al servidor, a demás si solo se cierra el navegador, la sesión del usuario se queda abierta y otra persona podría entrar y alterar su información.

Artículo 14

Es responsabilidad de los usuarios de la PEV, avisar lo antes posible al Administrador de la plataforma en caso de detectarse cualquier anomalía en su curso, como puede ser borrado de información, documentos que no pertenecen al curso, problemas de acceso al servidor o cualquier otro problema que tenga que ver con la tecnología propia del sistema.

Artículo 15

En el uso de objetos de aprendizaje o cualquier otro tipo de contenido, es responsabilidad del diseñador y creador del objeto, la compatibilidad con los distintos sistemas operativos y navegadores para que tengan un adecuado funcionamiento sobre la plataforma.

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Artículo 16

Cuando se use la opción de subir archivos en la PEV, por parte de los alumnos, como puede ser en las tareas, o foros, el docente deberá asignar el tamaño del archivo, para el caso de documentos, presentaciones de PowerPoint, etc, el tamaño deberá ser de 2mb, y en caso de ejecutables, videos, música, el tamaño será de 10mb, solo en casos particulares se deberá dejar abierta la opción de 32mb.

Sección VIII. Escalamiento de los problemas

Artículo 17

En el caso de tener problemas de para entrar a la PEV, el usuario deberá verificar si puede entrar a su correo electrónico, en el caso de no poder acceder tampoco a su correo electrónico, deberá pasar al Departamento de Atención a Usuarios (DAU), para resolver su problema; de lo contrario deberá ponerse en contacto con el administrador de la PEV vía correo electrónico, o a través de SGAUS.

Artículo 18

Cuando existan fallas de operación en la PEV, el usuario deberá ponerse en contacto con el administrador de la PEV.

Artículo 19

Si al acceder al sitio de la PEV aparece que el servidor no esta disponible, el usuario deberá ponerse en contacto con la Coordinación General de Tecnologías de Información (CGTI).