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Reglamento Interno y de Convivencia Escolar Escuela G-43 “San Francisco de Asís” (2019 - 2020)

Reglamento Interno y de Convivencia Escolarde las directivas de curso y el Centro de Alumnos que representa al estudiantado, ... amplias con calefacción y ventiladores, talleres JEC

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Reglamento Interno y de Convivencia Escolar

Escuela G-43 “San Francisco de Asís”

(2019 - 2020)

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ANTECEDENTES GENERALES INTRODUCCIÓN: El presente Reglamento Interno y de Convivencia escolar es un instrumento pedagógico de trabajo participativo, colaborativo, destinado a regular las relaciones de convivencia entre los miembros de la comunidad educativa, convivencia educacional y social de los estudiantes, como también la de los procesos académicos, disciplinarios, de estímulo y formativos, que dinamice el desarrollo de las personas y las instituciones.

VISIÓN Ser una institución Educativa reconocida por desarrollar procesos pedagógicos, con sólida formación valórica, con altas expectativas de logro, con hábitos de vida saludable, que evidencien habilidades artísticas-deportivas; que les permitan a los estudiantes insertarse en la sociedad respondiendo a los requerimientos actuales.

MISIÓN Somos la Escuela G-43 San Francisco educamos de manera integral a todos los Estudiantes en un ambiente favorable, desarrollando competencias en los procesos pedagógicos y artístico deportivos, promoviendo hábitos de vida saludable con valores sólidos para el desarrollo del ser humano. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA: * NOMBRE: Escuela G-43 “San Francisco de Asís”.

* ROL BASE DATOS: 4039-8

* SOSTENEDOR: Ilustre Municipalidad de Portezuelo.

* REPRESENTANTE LEGAL: René Schuffeneger Salas

* FECHA DE FUNDACIÓN: 12 de Octubre de 1971

* ÁREA: Rural

* DIRECCION: Km. 8 Camino Portezuelo - Membrillar.

* COMUNA: Portezuelo

* PROVINCIA: Itata

* REGION: Ñuble

* TELEFONO: 95379986

* DEPENDENCIA: Municipal

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* AREA: Rural

* NIVEL DE ENSEÑANZA: 1° A 8° Básico

* MATRICULA: 19

* JORNADA: Completa.

* CURSOS: 3 (multigrados)

* CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]

* SUPERFICIE: 10.000 m2 de terreno de los cuales 5.000 m2 de ellos, están construidos entre la escuela, cancha techada, baños estudiantes, mini gimnasio y bodega, el resto de la superficie están la cancha de tierra y los jardines de la escuela.

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FUNCIONAMIENTO TÉCNICO - ADMINISTRATIVO GENERAL DE ESTABLECIMIENTO FUNCIONAMIENTO: La Unidad Educativa San Francisco de Asís, atiende actualmente 19 alumnos desde 1º a 8º básico divididos en tres cursos: 1º- 2º- 4º, 5º- 6º y 7º- 8º de Educación General Básica. MATRICULA ACTUAL:

1º B 2º B 3º B 4º B 5º B 6º B 7º B 8º B

3 - 2 2 2 3 4 3

Para dar cumplimiento al plan de estudio, la Escuela cuenta con una planta docente compuesta por 3 docentes de aula, 1docentes directivo con 14 horas, 1 profesor especialista en TEL. Los alumnos permanecen en el establecimiento 38 horas semanales, con Jornada Escolar Completa, ingresando a clases en la mañana a las 08:30 horas y terminando su jornada a las 16:00 horas, con dos recreos de 20 y 10 minutos respectivamente en la mañana. Cuentan con 1 hora para su almuerzo, desde las 13:30 a 14:30 horas. Y después de la jornada habitual tienen taller SEP el día miércoles desde 16:00 horas a las 18:00 horas. Nota: En cuanto a las suspensiones de clases se realizan sólo previa información y autorización desde al Deproe. DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO: El Establecimiento se regirá por los Planes y Programas de estudio estipulados en el Decreto N° 40 de 1996, con las adecuaciones necesarias a la realidad local, adaptando y profundizando aquellos contenidos programáticos de mayor relevancia para el mundo social y cultural del estudiante, dentro del sistema nacional de Educación. Decreto supremo de Nº 240 que modifica decreto supremo de educación Nº 40 de 1096. Se aplicarán todos los planes y programas especiales que el MINEDUC dictamine, siempre y cuando se cuente con los materiales, recursos y personal idóneo para tal efecto. METODOLOGÍA: En todo momento se motivará la creatividad de profesor(a), permitiendo que él o ella utilice la metodología más apropiada para el curso o subsector en el cuál trabaje, podrá utilizar los medios que estime adecuados siempre en un marco de respeto y valoración por los estudiantes, para alcanzar el logro de los objetivos planteados, deberá cautelar que todos los estudiantes obtengan un resultado satisfactorio, para ello deberá aplicar evaluaciones y contenidos atendiendo a la diversidad y al proceso natural de desarrollo de los niños(as) y las fases del

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aprendizaje. Realizando con el profesor especialista adecuaciones curriculares de los alumnos que pertenezcan a integración, en caso de requerirlo. SELLOS DE LA ESCUELA SAN FRANCISCO DE ASÍS: 1.- Una Comunidad Educativa centrada en los Procesos de Aprendizaje 2.- Con valores sólidos (respetuosos, participativos, empáticos) 3.- Desarrollo de habilidades artístico-deportivo. 4.- Una Comunidad Educativa con hábitos de vida saludable METAS La comunidad Educativa debe asumir el desafío de cumplir la misión, siendo ente activo en este proceso para conseguirlo. *Crear y recrear ambientes educativos propicios para formar una persona íntegra, responsable, capaz de discernir, desarrollar conductas y proyectos creativos considerando la diversidad. *Promover una preocupación contante por el cuidado y protección del medio ambiente. *Adquirir materiales acordes a las necesidades reales de los estudiantes. *Facilitar la práctica deportiva, para poder desarrollar actividades que permitan la sana convivencia. *Mejorar recintos y canchas/ biblioteca, sala de computación PERFIL DEL ESTUDIANTE DE LA ESCUELA G-43 SAN FRANCISCO DE ASIS. Los estudiantes, como protagonistas de su proceso educativo deberán tener a su disposición los más amplios canales de participación y expresión, los cuales se abren desde los primeros cursos de educación básica y del segundo ciclo a través de las directivas de curso y el Centro de Alumnos que representa al estudiantado, otorgando diversas posibilidades de expresión y realización de actividades CARACTERÍSTICAS DE LA UNIDAD EDUCATIVA: Esta Unidad Educativa pertenece a la Ilustre Municipalidad de Portezuelo; se encuentra ubicada a 8 kilómetros de la comuna, en el sector rural San Francisco. Al lugar se llega por ruta terrestre de camino enripiado. Sin locomoción colectiva que una el sector con la comuna. Cuenta con una infraestructura en buen estado, sus dependencias son amplias, con multicancha techada, mini-gimnasio implementado con máquinas, movilización escolar, tiene sala CRA, sala de Enlaces, uniforme propio. Salas amplias con calefacción y ventiladores, talleres JEC y talleres SEP que integran los sellos de esta unidad educativa, ingles desde 1º a 8º año básico y atención a la diversidad con el equipo multiprofesional PIE.

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TÉCNICO ADMINISTRATIVAS: Orden jerárquico de la Unidad Educativa.

. ORGANIGRAMA ESCUELA G-43 SAN FRANCISCO DE ASÍS.

Encargada Escuela

Centro General de

Padres y Apoderados

Consejo de Profesores Consejo Escolar Equipo de Integración

PIE

Jefe Técnico UTP

Profesores Jefes

Profesores de Asignaturas

Centro General de Estudiantes

CURSO: 1º - 3º - 4º CURSO: 7º - 8º CURSO: 5º - 6º

Asistentes de la Educación DEPARTAMENTOS

Convivencia Escolar

SEP - PME

Auxiliar de servicios

menores

Profesores Jefes

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DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESTABLECIMIENTO: FUNCIONES DE LA ENCARGADA DE ESCUELA: La función de la Encargada de la Escuela es aquella de carácter profesional de nivel superior que sobre la base sólida de una formación y experiencia docente específica para la función. Se ocupa de lo atingente a la dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación, y que conlleva tuición y responsabilidad adicionales directas respecto de los alumno y alumnas. SON DEBERES DE LA ENCARGADA DE ESCUELA: ➢ Dirigir el establecimiento, de acuerdo a los principios de la administración

educacional, teniendo siempre presente que la principal función del establecimiento es educar y prevalece sobre la administración y otra en cualquier circunstancia y lugar.

➢ Determinar los objetivos propios del establecimiento, en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad local en la que se encuentra.

➢ Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades a su cargo. ➢ Proponer la estructura organizativa técnico pedagógico de su establecimiento

que estime conveniente, debiendo propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante, creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos del establecimiento.

➢ Establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

➢ Informar y difundir sobre la organización, estructura, normas y propósitos del Reglamento Interno, a los Apoderados y Alumnos y alumnas.

➢ Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del establecimiento educacional.

➢ Velar y cautelar por la integridad física y psicológica de todos los componentes de la Unidad Educativa.

➢ Promover un clima de tolerancia y respeto entre todos los actores que conforman la comunidad educativa.

➢ Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.

➢ Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación, las actas, estadísticas y otros documentos que le sean exigibles, conforme a la reglamentación y legislación vigente.

➢ Remitir al organismo Municipal pertinente los informes, actas, estadísticas, ordinarios del establecimiento y toda otra documentación que aquel requiera.

➢ Informar oportunamente a la autoridad municipal respecto de las necesidades.

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FUNCIONES DE CARÁCTER GENERAL: ➢ Planificar, organizar, coordinar, conducir, controlar, supervisar y evaluar las

actividades de los distintos servicios del colegio, de acuerdo con el equipo de gestión y con el fin de lograr los objetivos propuestos.

➢ Velar por el prestigio del Establecimiento, promocionando la imagen de este en todas las organizaciones cívicas, profesionales, culturales.

➢ Participar en talleres de perfeccionamiento y capacitación que vayan en el mejoramiento de la calidad del aprendizaje de los estudiantes de la Escuela.

➢ Atender en casos necesarios las situaciones y problemas de alumnos(as), apoderados y personal del Establecimiento.

FUNCIONES DE CARÁCTER PEDAGÓGICO: ➢ Velar por el cumplimiento de la planificación, desarrollo y evaluación del

proceso enseñanza-aprendizaje del establecimiento. ➢ Controlar el rendimiento escolar, según las normas existentes sobre la materia. ➢ Aplicar las medidas disciplinarias que correspondan, de acuerdo a las normas

pedagógicas y reglamentos vigentes, previo informe de los organismos pertinentes.

FUNCIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO: ➢ Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y las normas impartidas por el

servicio educacional. ➢ Firmar y autorizar el despacho de todo documento oficial, responsabilizándose

de su presentación y contenido. ➢ Velar por mejores condiciones de higiene, y permanente aseo en todas sus

dependencias. ➢ Gestionar a través del Departamento de Educación la reparación cualquier

deterioro de los servicios higiénicos, a la brevedad posible, con el fin de evitar su uso en situaciones precarias.

➢ Si la reparación no fuese posible con recursos propios, por el monto de ella, se comunicará de inmediato al Departamento de Educación.

➢ Velar, porque los elementos y artefactos destinados a prevenir o combatir siniestros, estén siempre en perfectas condiciones de uso.

➢ Disponer medidas internas de organización y ejecución de Programa de evacuación y seguridad, para estar preparados ante alguna eventualidad.

RESPONSABILIDADES COMO DOCENTE DE AULA: Docente, en el cumplimiento de su función, es el responsable de la marcha pedagógica y de orientación de su curso. ➢ Fomentar e internalizar en el alumnado valores, hábitos y actitudes, desarrollar

la disciplina de los alumnos(as) especialmente a través del ejemplo personal. ➢ Velar por el cuidado de los bienes generales de la Escuela, conservación del

edificio y responsabilizarse de aquellos que se le confíen a su cargo por inventario.

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➢ Mantener comunicación permanente con los Padres y Apoderados de sus alumnos(as), proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje y orientación de sus hijos o pupilos.

➢ Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas de estudio en el desempeño de su labor docente. Buscando las metodologías adecuadas a su grupo curso, con el fin que todos los alumnos (as) alcancen el logro de estos.

➢ Mantener al día los documentos relacionados con la identificación de cada alumno(a) (carpetas); y marcha pedagógica del curso (mantener al día asistencia, firmas y materias registradas en libro de clases).

➢ Asumir las funciones de orientador para apoyar a sus alumnos y trabajar en conjunto con el orientador de la escuela.

➢ Cumplir con el horario y disposiciones establecidas por la Unidad Educativa. DERECHO DE LOS ESTUDIANTES: Los estudiantes tienen derecho a: ➢ Ser tratados con cariño y consideración, potenciando sus habilidades y

destrezas y respetando sus debilidades y carencias. ➢ Recibir aprendizajes de calidad en un ambiente armónico de respeto y

tolerancia, sin distinción de ninguna índole. ➢ A ser escuchadas sus sugerencias, reclamos y opiniones. ➢ A oportunidades para mejorar y alcanzar el logro de objetivos, atendiendo a la

diversidad. ➢ A conocer el sistema de calificación, reglamento de evaluación, ➢ Reglamento Interno y de convivencia escolar. ➢ A utilizar los materiales de trabajo con que cuenta la escuela. ➢ Tendrán derecho a ser tratadas con dignidad y como cualquier estudiante la o

las alumnas que estén en situación de embarazo, por tanto en este caso se permitirá el acceso de continuar sus estudios en el establecimiento.

➢ Ningún alumno o alumna puede ser devuelto (a) a su domicilio, bajo ninguna circunstancia; una vez ingresado al establecimiento, por razones de seguridad personal.

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: ➢ Los alumnos y alumnas deberán ingresar puntual al establecimiento ➢ Respetar a todos los miembros de la escuela y acatar las normas acordadas

en común acuerdo. ➢ Presentarse con uniforme establecido como oficial por Padres y Apoderados,

en orden y limpio ➢ Los varones mantener el pelo limpio, corto y ordenado. ➢ Las niñas no podrán utilizar maquillajes ni joyas de ningún tipo. ➢ No deben traer objetos de valor, pues el Escuela no se responsabiliza por

daños o por pérdidas de estos. ➢ Presentar a tiempo los trabajos y materiales solicitados. ➢ No portar objetos corto punzantes. ➢ No apropiarse de objetos y pertenencias ajenas. ➢ Cuidar los materiales de trabajo y bienes de la escuela.

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➢ En caso de inasistencia justificar debidamente. ➢ No se puede ingresar al establecimiento artefactos o aparatos distractores del

trabajo de aula, como “audífonos personales” que emitan sonidos como mp3, mp4, etc.

➢ La alumna embarazada deberá comprometerse a cumplir con tareas y deberes pedagógicos de la Unidad Educativa y a no abandonar el sistema.

➢ Las alumnas o alumnos que por razones personales o familiares deba retirarse del aula, podrá hacerlo bajo la presencia de su apoderado el que dejará su firma como constancia.

➢ No está permitido el “bullying” entre los alumnos o cualquier integrante de la comunidad educativa, entendiéndose por el término bullying en la escuela para connotar un comportamiento agresivo o el acto intencional de hacer daño a algún/a otro/a, que se lleva a cabo de forma constante durante un período de tiempo.

DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS: ➢ Educar a sus hijos e hijas para que sean personas de bien y puedan valerse

por sí mismas. ➢ Ser atendido con el debido respeto por la Docente-Directivo de la Unidad

Educacional. ➢ Mantenerse informado del quehacer pedagógico y conductual de su pupilo. ➢ Formular todo reclamo por escrito, manteniendo siempre el conducto regular. ➢ A ser informados de las actividades extras y cambios que realice la escuela,

mediante una comunicación escrita. ➢ Que sus hijos(as) sean atendidos de acuerdo a sus capacidades. ➢ Conocer, analizar y comentar el Reglamento Interno Y de convivencia y el

Reglamento de Evaluación y Promoción. DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS: ➢ Orientar permanente a sus hijos(as), ya que ustedes son el pilar fundamental y

base de la nueva sociedad que se está formando. ➢ Matricular a sus hijos(as) con toda la documentación al día, dentro del periodo

establecido. ➢ Asistir a las reuniones generales y de curso, y siempre que sea requerido. ➢ Cautelar la asistencia a clases diarias y evitar las inasistencias a injustificadas

mandando a sus hijos o hijas regularmente a clases. ➢ Cuidar la responsabilidad y puntualidad de sus hijos. ➢ Justificar las inasistencias a clases de sus hijos(as). Por escrito o

personalmente. ➢ Firmar el libro de Registro en caso que deba retirar al alumno o alumna durante

horas de clases. ➢ Asumir la restitución de vidrios y enseres quebrados o rotos por sus hijos(as). ➢ Evitar interrupciones en horas de clases, exceptuando situaciones extremas. ➢ Tomar conocimiento del Reglamento Interno y firmarlo.

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OBJETIVOS DEL REGLAMENO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 1.- Promover la convivencia escolar armónica entre todos los actores de la comunidad educativa. 2.- Estimular la buena convivencia entre los estudiantes, docente, Padres y Apoderados, utilizando la resolución pacífica de los conflictos, cautelando derechos y deberes de cada miembro de la comunidad escolar. 3.- Contribuir a crear las condiciones técnico pedagógico y administrativo, que propicien un clima organizacional basado en el respeto mutuo, alegría y espíritu de superación adecuado a las necesidades de la escuela. MARCO NORMATIVO Y LEGAL. La formación de convivencia escolar se sustenta en los siguientes cuerpos legales y normativas vigentes: ➢ Declaración de los derechos de los niños y niñas. ➢ Ley nº 20.370 General de Educación y sus modificaciones, contenidas en la ley

nº 20.536 sobre violencia escolar. ➢ Ley nº 20 690 contra la discriminación. ➢ Ley nº 19184 de integración social con personas con discapacidad. ➢ Ley nº 20.845 de inclusión escolar. ➢ Decreto nº 79 reglamentos de estudiantes embarazadas y madres. PROCESO DE INGRESO DE LOS ESTUDIANTES: La Escuela San Francisco de Asís, acoge a todos los estudiantes sin hacer distinción de capacidad de aprendizaje, ni discriminación a nivel social, tendencia sexual, tipo de familia o religión. La Unidad Educativa pertenece a la JEC. Lo cual nos permite tener una mayor permanencia de los niños(as) en la Escuela, posibilitando así un desarrollo integral, lo cual se ve complementado con los diversos talleres que son impartidos. Los niños o niñas que ingresen a nuestro establecimiento no serán sometidos a ningún tipo de evaluación, como requisito de ingreso, solo se exigirá la documentación establecida para formar parte de la Escuela San Francisco de Asís y tener así la calidad de alumno(a) regular. DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Se aplicara el Decreto de Evaluación y Promoción Escolar Nº 511 de 1997, de acuerdo a Planes y Programa de estudios Resol. /Exenta N°625 del 2003. Y las evaluaciones que correspondan a los alumnos de integración deben ser diferenciadas de acuerdo a la adecuación curricular que dicta el decreto 170 del 2010 y decreto 83 que rige integración, si el alumno lo necesitara. DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES: Los Consejos de Profesores son organismos asesores de la Dirección. Estarán presididos por la encargada del establecimiento, quien podrá delegar esta función, en los casos y formas que señale el presente reglamento. Tendrá derecho a

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participar con carácter consultivo en: el diagnóstico, planteamiento, ejecución y evaluaciones de las actividades de la Unidad educativa y proceso de proposición de las políticas educacionales en los distintos niveles del sistema. Los Consejos de Profesores podrán tener carácter resolutivo en materia técnico pedagógico. El Consejo de profesores está integrado por todos los docentes del establecimiento. Se deberá realizar en forma ordinaria las siguientes sesiones: - Una de organización y programación general, al iniciarse el año. - Una de evaluación final, al término del 1º semestre. - Una de programación y estudio, al iniciarse el segundo semestre. - Una de evaluación final, al término del año. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PROFESORES: 1.- Habrá Consejos Ordinarios y Extraordinarios. Los ordinarios se realizarán en las ocasiones que señala el presente Reglamento. Las extraordinarias se realizarán por determinación del Director. Los consejos se realizarán dentro de los horarios normales de las actividades del establecimiento. Solo en casos excepcionales funcionarán durante el desarrollo de las horas de clases. 2.- La asistencia a los Consejos es Obligatoria, dentro de la jornada de trabajo. 3.- Asistirán a los Consejos, además del personal que corresponda, otros funcionarios del establecimiento, siempre que su presencia sea requerida por la Dirección. 4.- Los miembros de los Consejos mantendrán reserva respecto a las materias que en ellos se traten. 5.- Tomar conocimiento de la planificación que presente la Dirección, estudiarla y poner las modificaciones que considere necesarias. 6.- Proponer e impulsar medidas que promuevan el perfeccionamiento del proceso educativo. 7.- Estudiar problemas de desadaptación al medio escolar de algún alumno o alumna o de grupos de alumnos o alumnas que produzcan o puedan producir efectos negativos a la Unidad Educativa, aplicando medidas que estipula el presente reglamento. DEL EQUIPO DE GESTIÓN: El Equipo de Gestión es un grupo de trabajo, que se desenvuelve con bastante autonomía, bajo la conducción de la dirección de la Unidad Educacional. Su objetivo es definir un plan de acción que permita asumir responsabilidades a nivel de Dirección, además de realizar sus tareas específicas, este equipo tiene como función, aprender y compartir las tareas que tradicionalmente fueron ejecutadas por el Director. FUNCIONES DEL EQUIPO DE GESTIÓN: ➢ Buscar recursos en beneficio del desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje

de la escuela. ➢ Promover el uso de metodologías y ambientes que posibiliten un aprendizaje

efectivo.

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➢ Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar, impulsando planes y programas de apoyo a la labor educativa, pertinentes al alumno y alumna para mejorar sus aprendizajes.

➢ Evaluar durante y al finalizar el proceso de logros obtenidos y las carencias detectadas, proponiendo soluciones y alternativas de mejoramiento.

NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO, HIGIENE Y SEGURIDAD: ➢ Toda persona inherente al establecimiento, sea Docente, Padre o Apoderado ➢ Alumnos y alumnas, deberán colaborar para disminuir al máximo los riesgos de

accidentes o siniestros dentro de la escuela, así también las medidas de higiene y seguridad que la Dirección o centro de Padre determine.

➢ Para realizar lo anterior, se debe contar y cumplir con las siguientes sugerencias:

➢ Planificar la distribución del mobiliario en las dependencias del establecimiento, teniendo en cuenta el libre desplazamiento de los alumnos y alumnas y el camino expedito hacia el exterior.

➢ Mantener las superficies destinadas al trabajo y la recreación libre de elementos que puedan perturbar sus usos.

➢ Custodiar el funcionamiento y puesta en marcha de calefactores, estufas de combustión lenta, u otros elementos peligrosos, por personal idóneo.

➢ Eliminar elementos que presenten peligro para el alumnado y personal, tales como vidrios rotos, muebles deteriorados, enchufes en mal estado, elementos de calefacción deteriorados.

➢ Mantener todas las vías de evacuación despejadas. ➢ Mantener limpios y en buen estado los servicios higiénicos. ➢ Mantener la escuela limpia y aseada. ➢ Mantener en óptimas condiciones los extintores. ➢ Realizar simulacros durante el año utilizando el plan de emergencia,

evacuación y seguridad escolar. ➢ Señalar todas las zonas de seguridad y vías de evacuación. DE LOS PRÉSTAMOS DE ENSERES DE LA ESCUELA: En el caso de que se requiera la utilización o hacer uso de las dependencias de la escuela, esta debe ser solicitada directamente con el sostenedor. COMPROMISOS DEL APODERADO (A): Los Padres y Apoderados de la Escuela San Francisco de Asís, manifiestan: ➢ Conocer y aceptar las disposiciones del Reglamentos Interno y de convivencia

escolar. ➢ Recibir copia del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. ➢ Por consiguiente; se comprometen a respetar y cumplir en todos sus aspectos;

manifestando estar de acuerdo. ➢ Firman constancia de acuerdo y recepción del Reglamento Interno y de

Convivencia Escolar.

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PROTOCOLO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ¿Quiénes somos?: Somos una escuela básica, ubicada en un sector rural, a 8 kilómetros de la comuna de Portezuelo, basada en la convicción, de que todos los alumnos independientes de donde vivan, tengan la oportunidad de recibir una educación de calidad, para eso, trabajamos con el Equipo Mutiprofesional PIE, que ayudan a una mejor calidad, equidad e inclusión de la educación en Nuestro Establecimiento, como también en conjunto con los distintos estamentos, centro de padres y apoderados, centro de alumnos, concejo de profesores, asistentes de la educación y departamento de educación. Siempre acompañada de la visión y misión de la unidad educativa y el perfil del alumno. A continuación informamos las normas y procedimientos de la escuela, cuyo cumplimiento favorece una relación valórica y armónica entre miembros de la Comunidad escolar. A QUIEN ACUDIR: PROFESOR JEFE: El principal Orientador y contacto con el Apoderado es el Profesor Jefe. Debe conocer la situación global de cada uno de sus alumnos y buscar, en primera instancia, la resolución a las dificultades presentadas por sus alumnos (as) y sus apoderados. Sólo después de buscar soluciones y en caso de necesitarlo, puede entrevistarse con la Encargada Escuela. ENCARGADA DE ESCUELA: Es el encargado de velar por el cumplimiento de los objetivos pedagógicos, evaluaciones y metodologías de enseñanza-aprendizaje. COORDINADOR DE CONVIVENCIA: Es el encargado de la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes, vela por la solución de problemas disciplinarios, de orden y organización, proyectos de Convivencia Escolar y actividades curriculares complementaria APODERADO: En el caso que un apoderado quiera hacer llegar algún reconocimiento, felicitaciones, sugerencias y/o reclamos, lo puede hacer en el libro de observaciones destinado para tal fin, el que se encuentra ubicado en un lugar visible, como también a través de una carta o solicitar una entrevista con la encargada de escuela, la cual será respondida lo antes posible. ARTÍCULO 1º FUNDAMENTO DEL PROTOCOLO La escuela San Francisco de Asís se constituye como un Centro Educativo que busca configurar una comunidad en interacción, en constante desarrollo y aprendizaje. Pretende generar un ambiente en el que la exigencia, la calidad, lo valorico y el afecto se conjuguen formando parte de nuestro estilo e identidad.

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Este anhelo queda impreso en nuestro Proyecto Educativo por medio de la visión institucional y se convierte en un eje que enmarca nuestro camino por medio de los objetivos institucionales. El modelo curricular de la escuela San Francisco de asís tiene una base científico–humanista, centrada en la persona del estudiante promoviendo su desarrollo tanto intelectual como valórico, a partir del respeto por la naturaleza humana y su entorno socio-físico-cultural. Este fundamento requiere y promueve la participación de todos los miembros de la comunidad escolar en un contexto de coordinación y organización que regula y configura, coherentemente con nuestros principios y el estilo de nuestra convivencia. ARTÍCULO 2º: PROTOCOLO DE CONVIVENCIA El presente documento da cuenta de las disposiciones reglamentarias que regulan la convivencia escolar de la comunidad educativa que conforma la escuela San Francisco de asís, en coherencia con nuestro Proyecto Educativo Institucional. ARTÍCULO 3º: CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO Al momento de matricular a su hijo o pupilo en nuestro Establecimiento, el apoderado y la familia aceptan y acatan en su totalidad este reglamento, asumiendo las prácticas y rutinas de la escuela. Cualquier cambio que se realizare al presente reglamento será comunicado a los estudiantes y apoderados a más tardar 30 días después de aprobado el cambio, vía comunicación por medio escrito y/o reunión de apoderados. ARTÍCULO 4º: EL ESTUDIANTE, PRIMER RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO El estudiante de la escuela San Francisco de Asís es el primer responsable en dar cumplimiento a este protocolo. Los estudiantes de 1° a 8º básico, tendrán derecho a organizarse democráticamente, formando el centro de estudiantes de la escuela San Francisco de asís. Los representantes de éste, serán el organismo mediador entre estudiantes, docentes y la dirección. El centro de estudiantes podrá reunirse periódicamente en asambleas generales de estudiantes o cuando ellos lo requieran, previa coordinación de tiempo y espacio con el profesor asesor. El centro de estudiantes será asesorado por un docente, que elijan los propios alumnos.

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ARTÍCULO 5º: ASISTENCIA DE LOS PADRES Y APODERADOS A LA ESCUELA Las reuniones de padres y apoderados son el único espacio de participación sistemática del grupo de apoderados y toda la información oficial general relativa al funcionamiento del curso y de la escuela, se da a conocer en ellas, por lo cual se establece que la asistencia a estas es de carácter obligatorio. ARTÍCULO 6º: AUTORIZACIONES A LOS ESTUDIANTES El apoderado, al momento de matricular, entiende que es necesario autorizar a su hijo o hija para: 1.- Asistir a todas las salidas pedagógicas que la escuela planifique, así como otorgar las autorizaciones respectivas en el caso de que su hijo o hija tenga una actividad en representación de la escuela, o una actividad extra-programática citada por la misma. En caso de que un alumno no pueda asistir, el apoderado debe justificar el día anterior a la salida. 2.- Utilizar los registros audiovisuales de los alumnos en actividades académicas y extra programáticas propias de la escuela, con fines educativos, informativos y promocionales. ARTÍCULO 7º: RELACIONES PADRES – ESCUELA Los apoderados pueden solicitar entrevistas con los profesores jefes y profesores de asignatura, mediante coordinación con La dirección del establecimiento. Toda entrevista personal de alumnos o apoderados deberá realizarse en presencia de la encargada de escuela de la unidad educativa y deberá quedar registro de esta, en el libro de clases en la hoja de vida de cada alumno. El apoderado tiene derecho a expresar su opinión, plantear dudas, reclamos, pedir solución a problemas y apelar, siempre y cuando mantenga una actitud respetuosa con todo el personal de la escuela. El no cumplimiento de esta norma tendrá como consecuencia la solicitud del cambio de apoderado para su hijo o hija. Si se niega, la escuela se toma el derecho de caducar la matrícula del estudiante, de acuerdo al artículo nº 15. El apoderado tiene derecho a formar parte del centro general de padres de la escuela San Francisco de Asís, con el sólo hecho de tener a su hijo o hija matriculado en esta unidad educativa. El centro de padres será asesorado por un docente, el que será elegido por los propios apoderados. Observación y acuerdo tanto verbal como escrito: Cada vez que ocurra alguna situación que sea relevante en el desarrollo del alumno tanto pedagógica como otras correspondiente a conducta, higiene y presentación personal se citara a una entrevista personal con el apoderado correspondiente, donde se informara y se tomaran las acciones pertinentes para superar la situación, quedando un registro firmado del mismo, en el leccionario (hoja de vida personal) y archivo escuela.

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ARTÍCULO 8º: USO DEL UNIFORME Los estudiantes deben presentarse y retirarse diariamente con el uniforme institucional de la escuela, completo y bien presentado (limpio, ordenado). Descripción de la presentación personal de los estudiantes: ➢ Uniforme institucional damas( falda ploma, blusa blanca, corbata ploma,

ballerina ploma, calcetas plomas, zapato negro de colegio), varones( pantalón plomo, camisa blanca, corbata ploma, zapato negro de colegio)

➢ Chaleco o suéter color azul marino. ➢ Casaca color azul, negro o ploma. ➢ Buzo de diseño exclusivo de la escuela (chaqueta y pantalón) ➢ El reemplazado del uniforme debe ser de preferencia por buzo azul marino y

chaqueta ploma, negra o azul marino, con previa autorización de la directora. ➢ No está permitido el uso de maquillaje, accesorios del cabello, aros, colgantes

o anillos llamativos y de exceso volumen. El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional como la presentación personal, es considerado una falta leve, pero acumulativa. Ningún estudiante puede participar en las actividades de la escuela sin su uniforme, salvo que se le autorice expresamente y como caso excepcional, luego de un compromiso registrado en la hoja de vida del alumno con firma del apoderado. ARTÍCULO 9º: PRESENTACIÓN PERSONAL EN SALIDAS El estudiante debe asistir con el uniforme institucional de la escuela, estipulado según la ocasión, a toda salida educativa o en representación de la unidad educativa. ARTÍCULO 10º: FUNDAMENTACIÓN DE SANCIONES Y DISTINCIONES Con el objetivo de generar una convivencia sana dentro de una comunidad responsable, respetuosa y comprometida con sus objetivos institucionales, se establecen distinciones y sanciones. ARTÍCULO 11º: DESCRIPCIÓN DE LAS DISTINCIONES O RECONOCIMIENTOS Distinciones es el reconocimiento al estudiante destacado. Es otorgado por la escuela en consulta al consejo de profesores. 1.- PREMIO ESCUELA SAN FRANCISCO DE ASÍS: Se entrega este reconocimiento al estudiante que se destaca por su compromiso y participación con las actividades de la escuela durante el año escolar. Este premio se entrega en el acto de licenciatura.

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ARTÍCULO 12º: ACCIONES PARA CUIDAR COMPROMISOS El protocolo de convivencia propone prácticas de acción que tienen por finalidad cuidar los compromisos entre los miembros de la comunidad y evitar los conflictos, proporcionando evidencias y apoyo a las situaciones que alteren el clima y la convivencia durante el año escolar. 1.- CONSEJO CONDUCTUAL EXTRAORDINARIO: es convocado por la directora y se realiza para analizar situaciones emergentes, cuya gravedad pone en riesgo la armónica convivencia. Está conformado por los docentes que atienden al estudiante y la encargada de escuela. Podría estar presente el estudiante y/o su apoderado si la directora lo convoca. Tiene por finalidad tomar una resolución sobre una situación conductual grave, tomando en cuenta los antecedentes del estudiante consignados en su hoja de vida, así como las opiniones de los participantes del consejo conductual extraordinario. ARTÍCULO 13º: PROCEDIMIENTO ANTE UN CONFLICTO El procedimiento que se establece ante un conflicto se aplicará en el caso que un estudiante no cumpla con cualquiera de los artículos del protocolo de convivencia, y en la secuencia expresada en la siguiente pauta: 1º AMONESTACIÓN VERBAL: Es una conversación entre el estudiante y un docente de la escuela. No se registra en forma escrita. 2º OBSERVACIÓN ESCRITA: Es una observación hecha por el docente en el registro de observaciones del libro de clases en la hoja de vida, después de una conversación con el estudiante. El docente informará al profesor jefe del alumno y notificará al apoderado por escrito la situación ocurrida. 3º REGISTRO EN LA HOJA DE VIDA DEL ESTUDIANTE: es una observación escrita por un docente, profesor jefe o la encargada de escuela, en la hoja de vida del estudiante: en esta observación se describe el hecho y los acuerdos que surgen de la conversación, estando en conocimiento el alumno. La hoja de vida del estudiante es un registro oficial interno en el que se consignan los hechos históricos del estudiante, durante su permanencia en la escuela. Está a cargo del profesor jefe. 4º CITACIÓN AL APODERADO: es una conversación personal con el apoderado para comunicarle la falta de su hijo o hija y para acordar estrategias de solución de la problemática. Es llevada a cabo por profesor jefe en compañía de la encargada de escuela: se registra en la hoja de vida del estudiante.

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ARTÍCULO 14º: APLICACIÓN DE SANCIONES, CONSIDERANDO GRAVEDAD DE LA FALTA Y/O ANTECEDENTES: 1°AVISO DE CONDICIONALIDAD: Éste puede ser aplicado por problemas conductuales reiterados sancionados por el consejo de profesores y la encargada de escuela, siendo un elemento verificador las anotaciones en el libro de clases, falta de responsabilidad, faltas del apoderado tales como: inasistencias a citaciones, faltas de respeto hacia cualquier miembro de la comunidad escolar, desacuerdo verbal del apoderado con el proyecto educativo de la escuela, falta de apoyo del apoderado hacia las exigencias en el cumplimiento de deberes escolares o de apoyo de especialista(s), si los docentes determinan que es necesario. El aviso de condicionalidad de matrícula tendrá una duración mínima de un semestre y máxima de un año. Después de este período puede ser levantada o se aplicará condicionalidad de matrícula, si existen agravantes de la situación, que así lo indiquen. 2° CONDICIONALIDAD DE LA MATRÍCULA: Será aplicada luego del incumplimiento del compromiso del estudiante y/o apoderado estipulado en el aviso de condicionalidad. Tendrá una duración mínima de un semestre y máxima de un año. Después de este período puede ser levantada o se aplicará el aviso de caducidad de matrícula para el año escolar siguiente, si existen agravantes de la situación que así lo indiquen. 3° AVISO DE CADUCIDAD DE LA MATRÍCULA: Será aplicada luego del incumplimiento del compromiso del estudiante y/o apoderado estipulado en la condicionalidad de matrícula. Tendrá una duración mínima de un semestre y máxima de un año. Después de este período puede ser levantada o se aplicará la caducidad de matrícula para el año siguiente, si existen agravantes de la situación que así lo indiquen. Las sanciones 1, 2 y 3 podrán ser levantadas sólo por decisión del consejo de profesores y encargada de escuela. 4° CADUCIDAD DE MATRÍCULA: Es la pérdida del derecho a matrícula para el año siguiente. El apoderado tomará conocimiento de ello en forma escrita, registrándose en la hoja de vida del estudiante como prueba de que el apoderado fue informado oportunamente de la situación. 5° EXPULSIÓN DE LA ESCUELA SAN FRANCISCO DE ASÍS: es la pérdida de la condición de estudiante regular de la escuela de forma inmediata. Ésta puede ser aplicada como consecuencia de una falta considerada gravísima según la resolución del consejo de profesores y la directora. Si la situación se da antes del 31 de octubre, el estudiante se retira de la escuela con un informe de notas parciales. En cambio, si ocurre después de dicha fecha, el estudiante tendrá derecho a asistir solamente a rendir evaluaciones finales. Frente a estas sanciones, el apoderado, junto con el estudiante tendrá derecho a apelar ante el consejo de profesores y encargada de escuela. Éste podrá ser guiado en este procedimiento, por su profesor jefe o el coordinador de convivencia.

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ARTÍCULO 15º: DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS FALTAS LEVES: se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el protocolo de convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de gravísima. Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en el protocolo de convivencia. Entre las sanciones que se contemplen en dicho protocolo se incluirán las siguientes: ➢ Interrumpir el funcionamiento normal de clases. ➢ No realizar las actividades propuestas en las clases. ➢ No cumplir con los horarios (impuntualidad). ➢ No cumplir con tareas o materiales de trabajo. ➢ No presentar justificativo en caso de inasistencia. ➢ No mantener una presentación personal conforme al protocolo. ➢ Aquellas acciones que comprometan la sana convivencia del alumnado, a

criterio del coordinador de convivencia. Estas faltas serán registradas en el libro de clases y, por consiguiente, se verán reflejadas en el informe de desarrollo personal y social del estudiante. FALTAS GRAVES: son consideradas faltas graves, aquellas acciones en que el estudiante reiteradamente comete faltas leves (más de 3), o infracciones a las normas de conducta establecidas en el protocolo de convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta gravísima. Las faltas graves se informarán al apoderado de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en el protocolo de convivencia. Entre las sanciones que se contemplen en dicho protocolo se incluirán las siguientes: ➢ Utilizar un lenguaje inapropiado con y hacia cualquier miembro de la

comunidad. ➢ Ofender, agredir, insultar o amenaza hacia otro miembro de la comunidad

escolar o usando el espacio virtual de internet, tales como, Facebook, correo electrónico, etc.

➢ Dañar bienes materiales de la escuela o su infraestructura. ➢ Ser expulsado de la sala de clases. ➢ Dejar de asistir a talleres de reforzamiento o sugeridos por la escuela sin

justificar. ➢ No presentarse con el coordinador de convivencia cuando sea enviado por

algún miembro de la comunidad, como profesores, asistentes de la educación y/o encargada de escuela.

➢ Aquellas acciones que amenacen la sana convivencia del alumnado, a criterio del coordinador de convivencia.

Estas faltas serán registradas en el libro de clases y, por consiguiente, se verán reflejadas en el informe de desarrollo personal y social del estudiante.

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FALTAS GRAVÍSIMAS: son consideradas faltas gravísimas aquellas acciones en que el estudiante pone en riesgo la integridad física y/o psicológica propia y/o de los otros, afectando el desarrollo sano de la convivencia, con actitudes que quiebran la confianza de la comunidad educativa y que, por su incoherencia con el proyecto institucional, tienen como consecuencia que el estudiante no pueda continuar sus estudios en esta escuela o aquellas acciones en que el estudiante reiteradamente comete faltas graves o excesivamente cometa faltas leves. Se considera faltas gravísimas: ➢ Escaparse de la escuela, robar, copiar trabajos o pruebas. ➢ Adulterar documentos oficiales de la escuela. ➢ Fumar dentro o a menos de 200 metros fuera de la escuela. ➢ Portar, traficar o consumir drogas, alcohol o tabaco (ver artículo nº 19) ➢ Realizar acciones que atenten contra su integridad física y/o psicológica o la de

otros. ➢ Agredir Física y/o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad.

Consideramos como agresión verbal toda ofensa, descalificación o amenaza proferida hacia otro miembro de la comunidad escolar, sea este estudiante, profesor, asistente de la educación, etc.

➢ Falsificación de firmas o cualquier documento. ➢ Inasistencia a clases sin conocimiento del apoderado. ➢ Apropiación indebida de especies. ➢ Mentir u omitir información relevante. Todo estudiante que ofenda a otro, lo amenace o lo agreda emocionalmente deberá resarcir el daño causado de acuerdo a lo convenido por el coordinador de convivencia, previa consulta a los profesores: a) pedir disculpas públicas, frente al curso, a la persona ofendida. b) realizar una acción en beneficio de la persona afectada o del grupo escolar al cual pertenece (curso, grupo de profesores, etc.) c) si utilizó algún medio de internet, deberá usar el mismo medio para pedir disculpas y publicitar algo positivo de la persona afectada. La aplicación de estas formas de resarcir el daño causado se suma a la sanción descrita en artículo15º. En relación con este tipo de falta, se seguirá el conducto regular de sanciones. Sin perjuicio de lo anterior, la dirección de la escuela en consulta con el consejo de profesores, tiene la facultad de aplicar caducidad de matrícula o expulsión de la escuela, si lo estima conveniente. Estas faltas serán registradas en el libro de clases y, por consiguiente, se verán reflejadas en el informe de desarrollo personal y social del estudiante. En el caso de los alumnos con necesidades educativas especiales, se registrara en la hoja de vida la falta, se citara al apoderado a una reunión con el equipo Mutiprofesional PIE para evaluar la situación.

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ARTÍCULO 16º: DERECHO DE DEFENSA Todo estudiante que sea sancionado, tendrá derecho a ser escuchado en su defensa de los cargos que se le hagan, mediante una conversación que se tendrá con el estudiante una vez que se le decida sancionar. Si los argumentos que el estudiante esgrime son considerados válidos por la autoridad de la escuela (encargada de escuela, consejo de profesores), la sanción será revocada. Asimismo, una vez que la sanción sea aplicada el estudiante con el apoyo de su apoderado podrá, mediante una carta apelar a la sanción en un plazo de quince días estableciendo los compromisos de acciones concretas y que den cuenta de un cambio positivo por parte del propio estudiante y del apoderado. Esta carta será evaluada por la encargada de escuela en consulta a los profesores y se comunicará la respuesta al apoderado en el plazo de una semana. Todo estudiante sancionado con alguna de las medidas establecidas, exceptuando la expulsión, tendrá una sesión de consejería y apoyo conductual con los profesionales idóneos al caso. En dicha sesión se ofrecerá al estudiante un plan de trabajo y un programa de cambio conductual que él libremente aceptará como un compromiso de cambio y mejora conductual. ARTÍCULO 17º: ACERCA DE DENUNCIAS DE MALTRATO ESCOLAR.

1. PROTOCOLO DE MALTRATO ESCOLAR

A) ENTRE PARES ESCOLARES.

• Los alumnos afectados o sus apoderados deben realizar la denuncia con el profesor jefe o la encargada de escuela, quién invitará a conversar a los alumnos involucrados, para aclarar la situación y determinar los hechos y las circunstancias.

• Posteriormente de los acuerdos tomados se informará a los apoderados de los alumnos.

• Se realizará la evaluación de lo sucedido y se aplicarán las sanciones de acuerdo a lo estipulado en el protocolo de convivencia.

• Si la situación lo amerita, se llamará a consejo especial de profesores, se informará a los apoderados del o los alumnos y se orientará para seguimiento posterior (derivación psicólogo, denuncia ante las autoridades, entre otros).

B) ENTRE ALUMNO(S) Y ADULTO(S) DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.

• El o los alumnos afectados o sus apoderados deben realizar la denuncia con el profesor jefe o la encargada de escuela, quién invitará a conversar al o los alumnos involucrados y con el o los adultos involucrados, para aclarar la situación y determinar los hechos y las circunstancias.

• Posteriormente de los acuerdos tomados se informará al o los apoderados de los alumnos, se realizará la evaluación de lo sucedido y se aplicarán las sanciones, de acuerdo al protocolo de convivencia o el reglamento interno de nuestra escuela.

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• si la situación lo amerita, la encargada de escuela en su rango de mayor jerarquía, determinará la o las sanciones del caso.

C) ENTRE APODERADOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.

• El o los afectados deben realizar la denuncia con la encargada de escuela, quién invitará a conversar ambas partes involucradas, para aclarar la situación y determinar los hechos y las circunstancias.

• Posteriormente de los acuerdos tomados se informará al equipo de profesores, se realizará la evaluación de lo sucedido y se aplicarán las sanciones, de acuerdo al protocolo de convivencia.

• Si la situación lo amerita, o la encargada de escuela en su rango de mayor jerarquía, determinará la o las sanciones del caso.

D) ENTRE APODERADOS Y FUNCIONARIO(S) DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.

• El o los afectados deben realizar la denuncia a la encargada de escuela, quién invitará a conversar ambas partes involucradas, para aclarar la situación y determinar los hechos y las circunstancias.

• Posteriormente de los acuerdos tomados se informará al equipo docente, se realizará la evaluación de lo sucedido y se aplicarán las sanciones, de acuerdo al protocolo de convivencia o el reglamento interno de nuestra escuela.

• Si la situación lo amerita, la encargada de escuela en su rango de mayor jerarquía, determinará la o las sanciones del caso.

2. PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE DENUNCIA DE BULLYING. Definición del concepto de Bullying para los fines de este protocolo: Se entiende por acoso escolar o Bullying, cualquier forma de maltrato, psicológico, físico, verbal o por medios informáticos, realizado entre alumnos del colegio, que es sostenido durante largo tiempo, y que se realiza con la intención de lastimar a otro(a) alumno(a). Este maltrato puede ser directo o encubierto, y puede ser realizado por uno o por varios sujetos. Una característica del Bullying, es el abuso de poder del agresor sobre la víctima, en cualquiera de sus múltiples manifestaciones. En caso de producirse una denuncia de bullying en el interior del colegio, o fuera de él y que afecte a alumnos del establecimiento , el procedimiento oficial a seguir obligará como parte del Reglamento Interno a todos los integrantes de la comunidad educativa de la escuela San Francisco De Asís a comunicar los hechos respetando el protocolo. Sobre los denunciantes Es obligación de todos los miembros de la comunidad educativa, - entiéndase alumnos, profesores, personal administrativo, auxiliares, padres y apoderados, informar, denunciar y seguir el siguiente protocolo, ante la sospecha o existencia de bullying en nuestro escuela.

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1. Serán atendidas todas las denuncias realizadas, sin importar el rol, edad, sexo u otra distinción más que ser parte de la comunidad educativa del colegio. Por tanto es tan válida la denuncia de un alumno de básica, como de un docente o apoderado del establecimiento. 2. Será responsabilidad de quien recibe la denuncia, hacerla llegar en un plazo máximo de 24 horas al encargado general de convivencia escolar. 3. Una vez recibida la denuncia, la encargada de convivencia escolar, convocará a una entrevista urgente al profesor jefe del alumno en cuestión, para recabar información de interés sobre la situación, si el problema es entre pares. Cualquiera sea el caso, el profesor jefe debe enviar una comunicación al apoderado del alumno(a), para informarle sobre las medidas que se están tomando, y de ser necesario citarlo a entrevista. 4. Posteriormente se tendrá entrevista con el alumno afectado para conocer la versión de primera mano, y ver si la situación cumple con las características que definen el Bullying. 5. En cada una de las conversaciones que se mantengan durante el proceso, se dejará registro escrito en la hoja de vida del alumno y en formulario estándar para el caso, con indicación clara del nombre de la víctima, y de los supuestos agresores, fecha y firmas respectivas. 6. De no cumplir la denuncia, con las características para ser entendida como Bullying, el profesor jefe tendrá entrevista con el alumno y le prestará su colaboración, para la resolución del problema por el que se siente afectado. Si es necesario realizará la derivación que corresponda. 7. De constatarse el Bullying, la encargada de convivencia más el Profesor Jefe del curso, mantendrá una conversación con los posibles agresores y buscará finiquitar el tema utilizando la mediación entre las partes. Siempre con pleno conocimiento de los respectivos apoderados de las acciones que se están llevando a cabo. 8. No obstante, lo indicado en el punto 8, la encargada de convivencia, tendrá la posibilidad de considerar según reglamento de convivencia interna y previa consulta a Dirección de la escuela, las sanciones respectivas que ameriten ser aplicadas. 9. Comprobada la existencia del Bullying, los alumnos identificados como agresores, deberán firmar un compromiso, que estipule su voluntad de no realizar nuevamente un acto de estas características. Además deberán realizar las acciones que se estimen pertinentes, para resarcir el daño causado al compañero-víctima. 10. De no cumplirse los acuerdos indicados, además de aplicar el reglamento de convivencia interna, el colegio se reserva el derecho y obligación de realizar las denuncias que estime convenientes, con las instituciones competentes en este tipo de hechos. 11. En todas las circunstancias antes descritas, se mantendrá el máximo respeto y privacidad de los hechos sucedidos.

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3.- PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL INFANTIL O VIOLACIÓN. ➢ Cualquier adulto del establecimiento educacional que tome conocimiento de un

delito, aun cuando no cuente con todos los antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios, deberá́ poner en conocimiento del hecho, en el menor tiempo posible, a la Fiscalía o al Director del Establecimiento Educacional.

➢ El adulto o el Director está obligado a denunciar el hecho (art. 175 CPP) ante la Fiscalía antes de transcurridas 24 horas desde que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al menor de edad. De lo contrario, se expone a las penas establecidas en el Código Penal. Existiendo la obligación de denunciar, el denunciante se encuentra amparado ante acciones judiciales que se puedan derivar de su ejercicio.

➢ Poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, salvo que se sospeche que éste podría tener participación en los hechos.

➢ Si la información de abuso sexual o violación infantil es entregada a un profesor o funcionario del establecimiento, este tiene la obligación de entregar la información a la dirección de este mismo, siendo esta la encargada registrar la información en el libro de reclamos y denuncias e informar o denunciar al DAEM la situación, siendo este el encargado de corroborar la información y realizar la denuncia correspondiente.

➢ Si la información la recibe la encargada de escuela, este registra la información recibida en el libro de reclamos y denuncias, e informa o denuncia al DAEM la situación, siendo este el encargado de corroborar la información y realizar la denuncia correspondiente.

ARTICULO 18º ACERCA DE LAS ENFERMEDADES CONTAGIOSAS. 2. PROTOCOLO DE ENFERMEDADES CONTAGIOSAS.

• Cuando un alumno presenta una enfermedad contagiosa, se informa al apoderado de la situación vía escrita, para que tome medidas al respecto.

• En caso de que la enfermedad persista, se citara a una entrevista personal al apoderado con la encargada de escuela, evaluando la situación y tomar decisiones en conjunto, para el bien del alumno y la comunidad educativa.

• Si la enfermedad pasa a un contagio en la unidad educativa, se realizaran charlas educativas y de prevención dictadas por el equipo Mutiprofesional PIE a los apoderados y alumnos del establecimiento y la encargada de escuela realizara los contactos pertinentes con la coordinadora de salud escolar del DAEM o con el consultorio de Portezuelo, para un tratamiento colectivo si fuese necesario.

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ARTÍCULO 19º: PROTOCOLO DE CONSUMO DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO. 3.- DE LO PERMITIDO Y NO PERMITIDO:

• Sobre las drogas ilegales: no está permitido el consumo, venta, ni posesión de cualquier tipo de sustancia considerada como droga en la ley de la república 19.366, dentro de la escuela y, fuera de ella, en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por éste, así como el ingreso la escuela, bajo la influencia de drogas.

• Sobre los psicofármacos: no está permitido el consumo, venta, ni posesión de psicofármacos dentro de la escuela ni fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por éste, exceptuando a las personas que, por tratamiento médico controlado (con receta), tengan que ingerir alguna sustancia de este tipo en la escuela para su salud. Esta situación se debe informar al profesor jefe.

• Sobre el alcohol: no está permitido el consumo, venta, ni posesión de alcohol dentro de la escuela, así como el ingreso al establecimiento educacional, bajo la influencia del alcohol.

• Sobre el tabaco: no está permitido el consumo, venta, ni posesión de tabaco en la escuela, bajo ninguna condición y en ninguna actividad, según lo establecido por la ley n°19.419.

4.- DE LAS MEDIDAS: - Sobre las drogas ilegales: marihuana, u otra: La venta o distribución de drogas dentro de la escuela amerita la expulsión del estudiante. En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo droga o en posesión de ella se informará a los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe, coordinador de convivencia y psicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. Ante una reincidencia, se citará al apoderado a la dirección con el coordinador de convivencia, psicólogo y el profesor jefe quienes, en un trabajo en conjunto con la familia, analizarán las causas y motivaciones del consumo y lo derivarán a diagnóstico de un profesional externo quien determinará el tratamiento necesario. Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento deberán ser informados por el apoderado al coordinador de convivencia. En caso de no requerir atención externa ni de un tratamiento, el psicólogo se hará cargo del seguimiento por medio de entrevistas personales, por un período de 2 meses, al cabo de los cuales se reevaluará su conducta, aplicando las sanciones estipuladas en el reglamento de convivencia. Si se requiere un tratamiento y hay oposición a realizarlo por parte del apoderado, la matrícula del estudiante quedará automáticamente caducada.

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Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el equipo directivo, en conjunto con el profesor jefe y psicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente. 5.- SOBRE LOS PSICOFÁRMACOS: - En caso de venta o distribución: la venta o distribución de psicofármacos dentro de la escuela amerita la expulsión del estudiante y la denuncia penal correspondiente. - En caso de consumo: en el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo psicofármacos o bajo su influencia, sin prescripción médica, se informará a los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe y el psicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. Si durante este proceso el o la estudiante no evoluciona positivamente, se exigirá al apoderado tratamiento con especialista. Estas acciones quedarán registradas en la hoja de vida del estudiante, resguardando adecuadamente, su privacidad. Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento son de responsabilidad absoluta del apoderado, quien deberá mantener informado del proceso al coordinador de convivencia. Si hay oposición a realizar el tratamiento por parte del apoderado, la matrícula del estudiante quedará automáticamente caducada. Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el equipo directivo, en conjunto con el profesor jefe y psicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente. 6.- SOBRE EL ALCOHOL: - Venta o distribución de alcohol: la venta de alcohol dentro de la escuela, amerita la expulsión del estudiante: - Consumo de alcohol: en el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo alcohol en la escuela o en sus alrededores, portándolo o bajo su influencia, se informará a los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe, el coordinador de convivencia y el psicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. Estas acciones quedarán registradas en la hoja de vida del estudiante, resguardando adecuadamente, su privacidad. . 7.- SOBRE EL TABACO: - Este protocolo de convivencia establece como falta de carácter gravísima (artículo nº15), el hecho de detectar a un estudiante fumando, portando, distribuyendo o vendiendo tabaco, dentro de la escuela. Conforme a la nueva ley n° 19.419 la sanción para esta falta es “condicionalidad de matrícula por un semestre”, evaluándose al término de este período dicha condición. En el caso de no existir reincidencia, se levantará la condicionalidad. En caso contrario se caducará la matrícula para el año siguiente. Todo este procedimiento será informado por el profesor jefe al apoderado, en entrevista personal.

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Todas las situaciones descritas anteriormente son de confidencialidad de las personas y/o autoridades que analizarán los casos, y las personas involucradas velarán porque se cumpla con esta disposición, a menos que la seguridad del estudiante amerite quebrantar este acuerdo de confidencialidad. -Las faltas que no estuvieren especificadas en este protocolo serán debidamente analizadas por el equipo directivo de la escuela y las sanciones aplicadas serán comunicadas al apoderado y al estudiante. ARTÍCULO 20º: DE LA PUNTUALIDAD El ingreso a clases es a las 08.30 horas. Los alumnos que ingresen después de las 08:40 horas, deben hacerlo con pase escolar entregado por la dirección. El atraso se registrará en su hoja de vida. La dirección registrará la fecha y número de atrasos, los cuales tendrán su proceso de seguimiento para corregir la acción o sancionarla, según pauta siguiente: 1º y 2º atraso: Profesor Jefe realiza conversación con el estudiante. 3º atraso: se informa vía comunicación al apoderado, el cual firma su recepción. 4º atraso: se registra el hecho en el libro de clases. 5º atraso: se registra el hecho en la hoja de vida. 6º atraso: se cita al apoderado a conversar con el profesor jefe, registrándose en hoja de vida. 7º atraso: el hecho se registra nuevamente en hoja de vida. 8º atraso: se cita nuevamente al apoderado para una entrevista con el coordinador de convivencia y el estudiante, registrándose en hoja de vida. 9º atraso: se informa al apoderado del aviso de condicionalidad de matrícula al estudiante. 10º atraso: se informa al apoderado de la condicionalidad de matrícula al estudiante. 11º atraso: citación al apoderado y estudiante con directora, profesor jefe, coordinador de convivencia para acordar compromisos. 12º atraso: se informa al apoderado del aviso de caducidad de matrícula al estudiante. 13º atraso: se informa al apoderado de la caducidad de matrícula al estudiante para el año siguiente. Un atraso a clases, luego de un recreo, es considerado un atraso más, por lo tanto, se seguirá el mismo procedimiento de registro señalado anteriormente. El estudiante ingresará a clases con un documento firmado y timbrado, denominado “pase” ARTICULO 21º: DEL TRABAJO NO REALIZADO EN CLASES. Considerando que queremos mejorar las habilidades y conocimientos de los alumnos de nuestro establecimiento, se exponen las siguientes faltas los siguientes requisitos: A) El no cumplimiento de su trabajo en clases o no cumplimiento con sus tareas,

está considerada una falta leve, se anotara la falta en su hoja de vida y el

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profesor de asignatura tendrá la facultad para dejarlo en hora de recreo a terminar su trabajo.

B) Si este trabajo no se terminó en el horario de recreo se considera una falta leve pero acumulativa, el profesor se dirigirá al profesor jefe y este dejara al alumno al término de la jornada escolar. Siendo informado el apoderado vía telefónica y escrita.

C) Si esta conducta se repitiera en forma constante se considerara una falta grave, el profesor de asignatura se dirigirá al profesor jefe. conversara con el alumno y se citara al apoderado para conversar con la encargada de escuela y profesores.

D) Si esto comportamiento continuara se considerara una falta gravísima, y se hará efectiva su sanción que está expuesta en el artículo 16º.

ARTÍCULO 22º: DE LA ASISTENCIA A CLASES Y SU JUSTIFICACIÓN. Considerando la importancia que tiene para nuestra escuela que los estudiantes permanezcan en él la mayor cantidad del tiempo para participar de todas las actividades planificadas y, de esta forma, lograr el mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y asegurar la rigurosidad de los procesos, las inasistencias a clases deberán ser justificadas en un documento oficial, cuando el estudiante se presente de vuelta a la escuela o el apoderado justifique la inasistencia. Si el estudiante cumple tres inasistencias sin justificar, se citará al apoderado, para solicitar respeto a esta normativa. Las inasistencias prolongadas por enfermedad podrán justificarse solamente con certificado médico, presentado al profesor jefe o directora, este certificado justifica la inasistencia, pero no afecta el porcentaje de ésta. No tendrán validez las justificaciones que no estén acreditadas por el apoderado. ARTÍCULO 23º: INASISTENCIA A ACTIVIDADES EVALUADAS Frente a la inasistencia a una actividad evaluada, se procederá de la siguiente manera: El docente comunica la ausencia al o la encargada de escuela. Tendrán derecho a dar la evaluación sólo los estudiantes que presenten oportunamente, a la encargada de escuela, el certificado médico o el apoderado, que justifique debidamente su inasistencia. El profesor jefe aplicará la evaluación al estudiante, el primer lunes, inmediatamente a la inasistencia. Si el estudiante no se presenta a la evaluación será calificado con nota mínima, según explicita reglamento de evaluación. ARTÍCULO 24º: PERMANENCIA Y SALIDAS DE LA ESCUELA. Los estudiantes deben permanecer en la escuela durante todo el período de clases y/o en las actividades extra programáticas a las que se compromete. Durante las horas de clases los estudiantes deben permanecer en la sala, no pudiendo salir de ella sin permiso expreso del profesor. La ausencia del estudiante

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a una hora de clases será sancionada siguiendo el procedimiento indicado en el artículo nº 16 de este protocolo. El profesor de turno informara de alguna situación de conflicto o riesgo a la dirección quien aplicara el reglamento correspondiente. Los estudiantes no deben ser retirados de clases antes del término de éstas. En caso de ser absolutamente necesario (citaciones médicas), el estudiante sólo podrá ser retirado de la escuela por el apoderado o por quién éste determine mediante comunicación escrita y firmada por el apoderado a la encargada de escuela. La encargada de escuela o profesor jefe tendrá la facultad de llamar al apoderado para confirmar el retiro si lo estimara necesario. ARTÍCULO 25º: SALIDAS PEDAGÓGICAS Considerando que el apoderado, al matricular a su pupilo en esta escuela, reconoce que las salidas pedagógicas forman parte del proceso formativo y evaluativo del estudiante, que son obligatorias y que se requiere de su autorización expresa, es que se realizará el siguiente procedimiento: A) se informará con anterioridad (3 días mínimos) al apoderado, y por escrito, de la salida pedagógica, indicando día, hora y lugar de ésta. B) se recogerá la autorización de salida firmada por el apoderado por parte del docente a cargo de la salida pedagógica y se dejarán en dirección un día antes de la salida. C) se realizará una clase de evaluación de la salida pedagógica y de su contenido. ARTÍCULO 26º: CUIDADO DE INFRAESTRUCTURA Y MATERIALES Todo deterioro causado intencional o no intencionalmente a útiles, muebles y dependencias de la escuela provocado por un estudiante, debe ser reparado. Será responsabilidad del apoderado asumir el costo que implique la reposición, cuyo presupuesto y condiciones de reposición, será determinado por la administración de la escuela, calculando el costo de los materiales y el pago de la mano de obra de la reparación. El hecho será registrado en la hoja de vida del estudiante, así como los resultados de su reparación. Se considerará como una falta grave, si no hay reposición en el plazo acordado se estipulará falta gravísima. ARTÍCULO 27º: ESTUDIANTE NUEVO Todo estudiante que su hoja de vida venga como condicional se mantendrá su situación de condicional hasta el próximo consejo conductual del año, en donde el consejo docente puede levantar o mantener dicha condicionalidad, con base de antecedentes en su hoja de vida y libro de clases.

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ARTÍCULO 28: ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES. Las alumnas que presenten un estado de embarazo o lactancia materna, certificado por un profesional especialista de la salud, tendrán los mismos derechos y deberes que el resto de los estudiantes de la comunidad escolar, permaneciendo como alumna regular sin ser este motivo causal de expulsión o de sanción de acuerdo a este protocolo de convivencia. ARTICULO 29: DE LAS GIRAS Y VIAJES DE ESTUDIO. La escuela tomará los siguientes resguardos:

• Nómina del alumnado con Rut.

• Autorización escrita de padres o apoderados, la que quedará en poder de la Dirección del Establecimiento Educacional.

• Nombre completo y RUT del Profesor(a) que irá a cargo de los alumnos(as).

• Curso, fecha (horario) y lugar donde se realizará la gira.

• Resguardará que la agencia sea conocida dentro del mercado. ARTICULO 30: USO DE LAS REDES SOCIALES El uso de cuenta de Facebook u otra plataforma de red social es de uso exclusivo de mayores de edad, por lo que los padres y apoderados son los encargados de autorizar y supervisar el uso que sus hijos brindan a estas herramientas virtuales y son responsables de orientar y tomar las medidas para que el alumno utilice estos medios como herramientas que fortalezcan su aprendizaje y crecimiento personal. En caso de acoso o maltrato por este medio, a cualquier miembro de la comunidad, será obligatoria la presencia del apoderado con el fin de apoyar a la resolución del conflicto y se tomarán los acuerdos y medidas de reparación correspondientes. En el caso de la utilización por parte de algún profesor del establecimiento de un blog, página de Facebook u otra plataforma como fuente de comunicación pedagógica con los alumnos (as) es de exclusiva responsabilidad del profesor guía el control de claves y de acceso el cual deberá velar por el respeto y la dignidad de todo los alumnos participantes, en el caso de que el profesor sorprende alguna acción que menoscabe la dignidad de algún alumno o funcionario del establecimiento, el profesor encargado deberá aplicar el procedimiento de maltrato escolar, comunicando la situación de inmediato al Coordinador de convivencia para que este tome las medidas necesarias para dar cumplimiento a nuestro protocolo de convivencia.

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ARTÍCULO 31º: EXTRAVÍO DE PRENDAS U OTROS OBJETOS Las prendas de vestir que los estudiantes usen deben venir marcadas con su nombre, para evitar extravíos. El extravío de prendas es de exclusiva responsabilidad del estudiante. Está estrictamente prohibido traer al establecimiento: celulares, mp3, mp4, iPod, iPhone y cualquier otro tipo de artefactos electrónicos o tecnológicos que puedan ser extraviados y/o que distraigan al estudiante de sus tareas dentro y fuera de la sala de clases. En caso de que un estudiante no cumpla con esta condición, deberá entregar el objeto al docente o directivo que se lo solicite, el que será devuelto exclusivamente al apoderado, dejando registro de ello en la hoja de vida del estudiante. El extravío de cualquier objeto, mencionado en párrafo anterior es de exclusiva responsabilidad de su dueño(a). Se permite el uso de objetos tecnológicos, tales como computadores y celulares, siempre y cuando sean en beneficio de la clase.

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PROTOCOLO DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES

Este protocolo se fundamenta en el deber que tienen los establecimientos educacionales de asegurar el derecho a la educación, brindando las facilidades que correspondan para la permanencia del o la joven en el sistema escolar, evitando así la deserción de la o las alumnas embarazadas y/o madres y padres adolescentes. Estas observaciones se fundamentan en el respeto y valoración de la vida y en los derechos de todas las personas.

I.- RESPECTO AL PERIODO DE EMBARAZO:

• Encargada del Plan entrevistará a los padres y/o apoderados de la estudiante embarazada y/o del estudiante que será padre para comunicarles sus derechos y los beneficios que entrega el Ministerio de Educación, para mantenerse en el sistema escolar.

• Dar a conocer el Programa JUNAEB de apoyo a la retención escolar de embarazadas, Madres y Padres; acompañamientos y orientaciones en lo académico, personal y familiar.

II.- RESPECTO DEL PERÍODO DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD:

• Indicar la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida, diferenciando las etapas de embarazo (pre y postnatal), maternidad y paternidad.

• Informar del derecho a la madre adolescente a decidir el horario de

alimentación del hijo/a, que debiera ser como máximo una hora, sin considerar

los tiempos de traslado, evitando con esto que se perjudique su evaluación

diaria.

• Brindar las facilidades pertinentes cuando el hijo/a menor de un año presente

alguna enfermedad que requiera de su cuidado específico, según conste en un

certificado emitido por el médico tratante.

• No hacer exigible el 85% de asistencia durante el año escolar a las estudiantes en estado de embarazo o maternidad.

• En el caso de que la estudiante tenga una asistencia a clases menor a un 50% durante el año escolar, el director/a del establecimiento tiene la facultad de resolver su promoción.

• Elaborar un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación de los estudiantes y una propuesta curricular adaptada que priorice por aquellos objetivos de aprendizaje que le permitirán su continuidad de estudios.

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• Se establece que las alumnas embarazadas que no asistan a evaluación deben tomar contacto con los respectivos profesores y acordar una nueva fecha de rendición.

• Las instancias que tengan como causa directa las inasistencias a clases durante el año escolar por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, se consideran válidas cuando se presenta un certificado médico, carné de salud, tarjeta de control u otro documento que indique las razones médicas de las ausencias a clases o actividades escolares.

• La estudiante, junto a cada docente de asignatura pueden elaborar un calendario flexible de evaluaciones, que será monitoreado por el (la) profesor(a) Tutor(a).

• Se facilitará a las alumnas embarazadas que pueda permanecer en biblioteca durante los recreos, para así evitar accidentes.

RESPECTO AL PADRE O MADRE QUE ES APODERADO:

• Los padres y/o apoderados en su rol, tienen la responsabilidad de informar al establecimiento que la o el estudiante se encuentra en esta condición.

• Se firmará un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su consentimiento para que la o el alumno asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que indique la ausencia total o parcial del o la estudiante durante la jornada de clases.

• Notificar al Colegio situación de cambio de domicilio de su hijo o hija en condición de embarazo.

• Notificar al Colegio situación si el padre o madre adolescente en condición de embarazo, pasa a responsabilidad de tutela de otra persona. Toda situación no prevista en este Protocolo de Actuación, quedará sujeta a previa evaluación de la Dirección de la Escuela San Francisco de Asís.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

Este protocolo de actuación contempla el procedimiento para abordar hechos que conllevan a una vulneración de derechos, como descuido o trato negligente, el que se entenderá como tal cuando: • No se atienden las necesidades físicas básicas como alimentación, vestuario,

vivienda. • No se proporciona atención médica básica. • No se brinda protección y/o se expone al niño o niña ante situaciones de

peligro. • No se atienden las necesidades psicológicas o emocionales. • Existe abandono y/o cuando se les expone a hechos de violencia o de uso de

drogas. Este protocolo contempla acciones que involucren a los padres o adultos responsables, o en caso de ser necesario las acciones que permitan activar la atención y/o derivación a las instituciones de la red, tales como Tribunales de Familia u Oficina de Protección de Derechos (OPD) respectiva, al momento en que un funcionario del establecimiento detecte la existencia de una situación que atente contra el menor. Estas acciones responden al resguardo de los derechos del niño, considerando especialmente los siguientes aspectos:

• Interés superior del niño, niña y adolescente: vinculado al disfrute pleno y efectivo de todos los derechos de niñas y niños, con el fin de garantizar su integridad física, psicológica, moral y espiritual; como así también promover su dignidad.

• Protección: velar por un desarrollo integral respondiendo a las necesidades de cada niña y niño, en ambientes libres de violencia que procuren el mínimo riesgo o peligro de acuerdo a la edad o nivel educativo.

• La vulneración de los derechos del niño, niña y adolescente se considera falta

grave y su reiteración, gravísima. Según lo estipula el reglamento de

Convivencia Escolar.

PASOS RESPONSABLE ACCIONES

Paso 1: Recepción de la denuncia

Miembro de la comunidad Educativa. Dentro de 24 horas.

1. Recepcionar la denuncia y entregar la información a la Encargada de la Escuela. 2. Se activa el protocolo de actuación 3. Informar al Encargado de convivencia

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Paso 2: Indagación de la situación

Encargada del Plan Encargada de la Escuela. Dentro de 24 horas.

1. Iniciar el proceso de indagación de la situación denunciada 2. Evaluación preliminar del estudiante vulnerando por parte de la psicóloga del establecimiento, resguardando la intimidad e identidad del estudiante.

Paso 3: Comunicación a los padres

Encargada del Plan Encargada de la Escuela. Dentro de 48 horas.

1. Citación a entrevista para informar la situación y los pasos a seguir.

Paso 4: Traslado a un centro asistencial, si corresponde.

Encargada de la Escuela. Encargada del Plan Dentro de 24 horas.

1. El niño es trasladado al centro asistencial con seguro de accidente escolar, si corresponde. 2. El lugar de traslado será al Hospital Herminda Martín de Chillán. 3. El traslado al centro asistencial será asumido por el Departamento de Educación.

Paso 5: Reporte de la investigación

Encargada del Plan Dentro de 24 horas.

1. Análisis de los antecedentes recogidos en la investigación. 2. Análisis de la evaluación realizada al estudiante vulnerado. 3. Análisis de los antecedentes entregados por los padres y/o adulto responsable del niño.

Paso 6: Resolución de la aplicación del protocolo y medidas pedagógicas

Encargada del Plan Encargada de la Escuela. Dentro de 24 horas.

1. Elaboración de informe concluyente 2. Elaboración del oficio para denunciar la vulneración de derecho a la Oficina de Protección de la infancia y/o Tribunal de familia, según corresponda.

Paso 7: Plan de intervención

Encargada del Plan Dentro de 5 días hábiles.

1. Citación a los apoderados del estudiante vulnerado para comunicar la resolución del protocolo. 2. Medidas formativas que se aplicarán: 2.1 Medidas pedagógicas: Se realizará un acompañamiento pedagógico por parte del Coordinador técnico en apoyo a su desempeño escolar, que podrá contener: evaluación diferenciada, ampliación de plazos de entrega, recalendarización de evaluaciones, apoyo en aula de recurso y otros según necesidad de cada estudiante, con seguimiento mensual durante el semestre. 2.2 Medidas psicosociales: Confección de

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un plan de acompañamiento para el estudiante vulnerando a nivel individual, grupal y/o familiar por parte de la Orientadora de ciclo, con seguimiento mensual durante el semestre.

Paso 8: Medidas internas

Encargada del Plan Dentro de 48 horas

Si el adulto involucrado en los hechos es funcionario del establecimiento, se activarán las medidas protectoras en resguardo de la integridad del estudiante conforme a la gravedad del caso, según lo estipulado en el Reglamento de Higiene y seguridad.

PROTOCOLO DE ROBO, HURTO O EXTRAVIO. Ante el extravío, robo o hurto de alguna de las pertenencias que un alumno, profesor u otro integrante de la comunidad escolar, se pondrá en marcha el siguiente protocolo. Ante una denuncia de robo o extravío al interior de la escuela:

• La persona que recibe la denuncia, debe comunicarse inmediatamente, con la encargada de escuela. En estos casos la rapidez en la denuncia es fundamental.

• La encargada de escuela hará las gestiones necesarias, en el orden que la contingencia requiera:

• Conversar con la persona afectada para recoger la mayor cantidad de información, registrando las características de lo extraviado y las circunstancias en que se produjo el extravío, especialmente la última vez que fue visto el objeto, dejando un registro de la perdida.

• Conversar con potenciales testigos y/o la/s personas que podrían aportar más información. Si se considera necesario se llamará a la casa para verificar que el objeto extraviado no se haya quedado en la casa o el auto.

• Se da a conocer a la encargada de convivencia, al equipo docente, asistente de la educación y transporte escolar.

• Si ocurre en la sala de clase se procede de inmediato a preguntarle al curso, se les pide revisar su propia mochila frente al adulto a cargo. Se envía comunicación a las casas para que los apoderados ayuden a buscar lo extraviado, y así hacer más extensa la búsqueda y poner en conocimiento de los apoderados lo sucedido.

• Si el aviso de extravío ocurre después del término de la jornada escolar, se le pide ayuda al asistente de la educación; si no hay resultados positivos, se realiza a la mañana siguiente, el procedimiento anterior.

• Si el extravío se detecta en casa, el apoderado debe informar por escrito (agenda) y a la brevedad posible a la escuela.

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• La escuela se reserva el derecho a revisar mochilas y escritorios en caso de considerarlo necesario, además de llamar a carabineros.

• En cualquier momento que la investigación entregue información de la persona que cometió un delito se aplicara las sanciones estipuladas en el reglamento de convivencia, teniendo en cuenta que este es un hecho gravísimo, la encargada de escuela debe comunicar la situación al apoderado citando a este a una entrevista para darle a conocer la situación.

• La escuela insiste en que los alumnos no deben traer objetos de valor que no sean estrictamente necesarios para la actividad académica y tener todos sus útiles y prendas marcadas.

• El establecimiento no se hace responsable de devolver o pagar la prenda extraviada o robada al afectado.

ANEXO DE PROTOCOLO DE HURTO O ROBO ESCUELA SAN FRANCISCO DE ASÍS. Nombre del Estudiante: _____________________________________________

Curso: __________________________________________________________

Fecha/Hora: ______________________________________________________

Lugar Específico: __________________________________________________

Se le solicita a usted dar a conocer el detalle de lo ocurrido:

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

• PROTOCOLO DE ACCIDENTE O LESIÓN EN LA ESCUELA. Los accidentes en la escuela, como diferentes aspectos negativos que pueden afectar la salud del niño, en su gran mayoría se pueden evitar al establecer reglas de seguridad, campañas de prevención de accidentes y realizar supervisiones por parte del personal paradocente en las áreas de mayor riesgo en el tiempo de recreo o descanso, podremos lograr minimizar los accidentes que tengan como consecuencia lesiones en los niños y niñas. Sin embargo, aún con los cuidados que se puedan seguir, existe un porcentaje en el cual se puede presentar un suceso que conlleve la presencia de un traumatismo en niños o en el mismo personal del establecimiento educacional. Por esto es necesario que por lo menos exista una persona capacitada en primeros auxilios en cada plantel escolar y que la escuela cuente con el botiquín básico escolar para su atención y una enfermería.

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CONSIDERANCIONES GENERALES:

• En el archivo del establecimiento educacional “San Francisco de Asís” deben estar registrados los datos de los estudiantes, así como dos números telefónicos de personas que servirán de contacto para avisar en caso de algún incidente.

• Tener especial atención en niños con problemas crónicos o cuidados especiales (alergias, afecciones cardiacas, etc.). Los docentes, paradocentes y directivos deben conocer estos casos particulares.

• Todos los estudiantes de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades estudiantiles. el decreto supremo n° 313 del 12 de mayo de 1972 del ministerio del trabajo y previsión social establece lo siguiente: “los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales, municipales y/o particulares, dependientes del estado y/o reconocidos por éste, quedarán sujetos al seguro escolar contemplado en el art. 3° de la ley 16.744, por los accidentes que sufran durante sus prácticas educacionales o profesionales, en las condiciones y con las modalidades que se establecen en el presente decreto.

❖ Nuestro establecimiento educacional, “San Francisco de Asís” clasifica los

accidentes escolares de la siguiente manera:

• Lesiones o accidentes leves

• Lesiones o accidentes menos graves, y

• Lesiones o accidentes graves.

• De acuerdo a la previa clasificación los procedimientos en caso de accidentes serán los siguientes:

• En el caso de las Lesiones o Accidentes Leves, el personal del Establecimiento Educacional, liderado por la dirección dará la información mediante comunicación al padre, madre o apoderado del estudiante afectado.

• En el caso de las Lesiones o Accidentes Menos Graves, y se hace necesaria la asistencia médica, se llamará de inmediato a los padres u/o tutores legales, para acordar el traslado y atención del estudiante al CESFAM.

• En el caso de Lesiones o Accidentes Graves, en primer lugar se proporcionará un medio de transporte desde el establecimiento educacional hasta el CESFAM, y paralelamente se avisará a los padres o apoderados del estudiante.

• Tanto para las Lesiones o Accidentes Menos Graves y Graves, los padres o apoderados del estudiante afectado o accidentado deben concurrir al momento de ser notificados al establecimiento educacional. Si no puede asistir al establecimiento debe dirigirse de inmediato al centro asistencial donde este será atendido.

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• El establecimiento educacional “San Francisco de Asís”, no puede tomar decisiones con respecto a la atención y tratamiento de los estudiantes en los centros asistenciales, por lo cual es de vital importancia la asistencia inmediata de los padres o apoderados del estudiante.

• En el caso de aquellos padres o apoderados que por distancia no puedan asistir de inmediato al establecimiento educacional, estos deberán acudir al centro asistencial correspondiente.

NOTA: el transporte del accidentado/a será procedente sólo en caso que la víctima se encuentre impedida de valerse por sí misma o deba efectuarlo por prescripción médica, certificada y autorizada una y otra circunstancia por el médico tratante. (LEY Nº 16.744). PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR. 1. En caso de accidente sufrido por un estudiante se debe llenar el formulario declaración de accidente escolar para que este pueda ser atendido en el servicio de urgencia del Centro Asistencial correspondiente cuando el caso lo amerite, dentro de las 72 horas de ocurrido. 2. Las lesiones o accidentes leves podrán ser atendidas en el establecimiento educacional “San Francisco de Asís”. 3. El formulario de declaración de accidente escolar puede ser llenado en el establecimiento educacional “San Francisco de Asís” por un asistente de la educación y/o por los profesores, en el momento en que se accidentó para ser presentado en el centro asistencial correspondiente. 4. Es responsabilidad del docente a cargo del estudiante en horas de clases, que lo lleve e informe de la situación a la dirección. 5. Si el accidente es de carácter grave, la dirección debe velar por su rápido traslado al Centro Asistencial correspondiente por medio de un vehículo particular o transporte escolar. 6. Los estudiantes que sufran accidentes de trayecto deben acudir al Centro Asistencial en forma inmediata al accidente consignando allí la calidad de tal y retirando luego el formulario correspondiente en el Establecimiento Educacional “San Francisco de Asís”. 7. Los estudiantes que realicen salidas a terreno debidamente autorizadas e informadas anticipadamente al establecimiento educacional “San Francisco de Asís” tendrán derecho al seguro escolar. Se deberá entregar en la dirección una nómina de los estudiantes asistentes con las respectivas autorizaciones emanadas por los padres y/o apoderados, nombre de él o los docentes a cargo de la actividad.

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8. Las actividades que realicen los estudiantes por su cuenta (deportivas, paseos, fiestas, etc.) no estarán cubiertas por el Seguro Escolar. REDES Y PROGRAMAS DE APOYO PARA UNA LABOR PREVENTIVA AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.

• Equipo Multiprofesional PIE.

• OPD, Oficina de Protección de los Derechos del niño, nos apoya con la asesoría para determinar cuándo los derechos de nuestros niños están siendo vulnerados.

• Carabineros de Chile.

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