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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
CARRERA: DERECHO
INSTITUCIÓN:
Secretaria de Educación
AUTOR:
Quintero Eduin
C.I: V-19.443.186
San Diego; agosto 2012
APLICACIÓN DE DERECHO LABORAL EN LAS REIVINDICACIONES DE LOS
EDUCADORES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CARRERA: DERECHO
CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN
______________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor académico
________________________________________________
Nombre, firma y cédula de identidad del tutor institucional
AUTOR:
Quintero Eduin
C.I: V-19.699.023
San Diego; agosto 2012
APLICACIÓN DE DERECHO LABORAL EN LAS REIVINDICACIONES DE LOS EDUCADORES
INDICE GENERAL
INDICE GENERAL
LISTA DE CUADROS
LISTA DE FIGURAS
AGRADECIMIENTOS
DEDICATORIA
INTRODUCCION
CAPITULO I LA INSTITUCION PÚBLICA
1.1.- Institución donde se realiza la pasantía
1.2.- Ubicación
1.3.- Descripción
1.4.- Organización
1.5.- Misión
1.6.- Visión
1.7.- Valores
Unidad de la institución donde se realiza la pasantía:
1.8.- Nombre
1.9.- Descripción
1.10.- Misión
1.11.- Visión
1.12.- Objetivos
1.13.- Estructura Organizativa
1.14.- Actividades Realizadas
1.15.- Estructura organizativa del escritorio jurídico Licon &
Asociados
III
VI
VII
VIII
IX
X
12
12
12
12
12
13
13
14
14
14
14
15
15
15
16
CAPITULO II EL PROBLEMA
2.1.- Planteamiento del Problema
2.2.- Formulación del Problema
2.3.- Objetivo General
2.4.- Objetivos Específicos
2.5.- Justificación y alcance
2.6.- Limitaciones del Estudio
CAPITULO III MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1.-Antecedentes de la Investigación
3.2.- Bases teóricas
3.3.- Términos Básicos:
3.3.1.- Providencia administrativa
3.3.2.- Patrono
3.3.3.- Trabajador
3.3.4.- Empleado
3.3.5.- Inspectoría del Trabajo.
3.3.6.- Inspector del Trabajo
3.3.7.- Trabajo
3.3.8.- Reenganche
3.3.9.- Salarios caídos
3.2.10.- Orden
3.3.11.- Incumplimiento
3.3.12.- Violación
3.3.13.- Desacato
3.4.- Bases Normativas
17
17
18
18
18
19
20
20
21
21
21
21
21
21
21
21
22
22
22
22
22
22
22
22
23
CAPITULO V RESULTADOS, CONCLUSIONES, RECOMENDACIONES
Resultados
Conclusiones
Recomendaciones
BIBLIOGRAFIA
ANEXOS
CAPITULO IV FASES METODOLOGICAS
4.1.- Diseño y Tipo de la Investigación
4.2.- Nivel de Investigación
4.3.- Población
4.4.- Muestra
4.5.- Técnicas e Instrumentos de recolección de datos
4.6.- Técnicas de recolección de datos
4.7.- La encuesta
4.8.- Instrumentos de recolección de datos
4.9.- Cuestionario
33
34
34
35
35
36
36
36
37
LISTA DE CUADROS
CUADRO
1. Distribución de la muestra 35
2. Cuadro Nº 2. Porcentaje de Resultados # 1 62
3. Cuadro Nº 3. Porcentaje de Resultados # 2 63
4. Cuadro Nº 4. Porcentaje de Resultados # 3 64
5. Cuadro Nº 5. Porcentaje de Resultados # 4 65
6. Cuadro Nº 6. Porcentaje de Resultados # 5 66
7. Cuadro Nº 7. Porcentaje de Resultados # 6 67
8. Cuadro Nº 8. Porcentaje de Resultados # 7 68
9. Cuadro Nº 9. Porcentaje de Resultados # 8 69
10. Cuadro Nº 10. Porcentaje de Resultados # 9 70
11. Cuadro Nº 2. Porcentaje de Resultados # 10 71
LISTA DE FIGURAS
FIGURA
1. Estructura organizativa de la secretaria de Educación
2. Grafico N°1. Resultado de la Pregunta #1
3. Grafico N°2. Resultado de la Pregunta #2
4. Grafico N°3. Resultado de la Pregunta #3
5. Grafico N°4. Resultado de la Pregunta #4
6. Grafico N°5. Resultado de la Pregunta #5
7. Grafico N°6. Resultado de la Pregunta #6
8. Grafico N°7. Resultado de la Pregunta #7
9. Grafico N°8. Resultado de la Pregunta #8
10. Grafico N°9. Resultado de la Pregunta #9
11. Grafico N°10. Resultado de la Pregunta #10
15
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
AGRADECIMIENTO
En primer lugar, a Dios, toda vez que es él quien nos permite respirar cada día, es
quien nos guía y nos fortalece en nuestras vidas.
A la Universidad José Antonio Páez por brindarme la oportunidad de formarme
como profesional.
Al Abogado. Felix Arcila, por su excelente motivación, por ser un gran amigo, un
ser incondicional, por impulsar el desarrollo de nuestras funciones para lograr
alcanzar el objetivo de este trabajo…Mil gracias por su apoyo.
Al Abogado Leidis Miguel Serrano Bompart, quien se mostró en todo momento
dispuesto a compartir sus conocimientos para coadyuvar las labores asignadas…Mil
gracias.
A mi padre Orlando Quintero, que siempre estuvo presente, apoyándome a lo
largo de mi carrera, por ser ese ser especial y de gran inspiración, por ser el pilar de
mi crecimiento como profesional y personal… Mil gracias.
Y a todas y cada una de las personas que de una forma u otra aportaron su granito
de arena para la realización de este proyecto, bien sea de forma directa o indirecta.
Eduin Quintero
DEDICATORIA
A Dios: Ya que gracias a él despertamos cada día, para enfrentarnos a las
adversidades que se nos presentan en el camino.
A Mi Madre Nohelia Rodríguez: A mi gran y valiosísima madre que es mi pilar
de vida, que siempre esta dándome su apoyo sin límite. Porque me ha enseñado cada
minuto a amar, valorar y disfrutar con alegría la vida, por enseñarme el camino
familiar y de superación profesional. Madre hoy como siempre seguirás siendo mi
mayor inspiración.
A Mi Abuelo Efraín Rodríguez: que siempre de una o de otra manera me apoyo
siempre en mi vida y mi carrera, eres el mejor abuelo que nadie ha podido tener, te
amo.
Eduin Quintero
INTRODUCCION
La realidad de los maestros en Venezuela a planteado una serie de controversias,
estas se deben al poco salario devengado que con el pasar de los años tampoco han
sido otorgadas las reivindicaciones laborales. De tal manera que en Venezuela la
figura del maestro es maltratada con extrema facilidad ya que unos son catalogados
como buenos y otros como malos educadores, sin saber el por que de la mala
educación, es una suerte de movimiento pendular, entre un educador ejemplar, llenos
de virtudes, sacrificado, guía y formador de los ciudadanos del mañana, a la de un
insaciable e inconforme mercantilismo, más preocupado por el dinero que por la
educación de los educando. Es común escuchar en los discursos de salón que la figura
del maestro se eleva hasta pedestales muy altos, se le otorgan responsabilidades de las
cuales dependen el futuro y el progreso de la patria y se le ensalza de tal manera que
para el oído común lo que faltaría es colocarlo en el santoral por sus cualidades casi
milagrosas. Fuera de esos contextos protocolares, el maestro es tratado como un
trabajador de baja categoría, con poco empeño por hacer bien su trabajo,
irresponsable, preocupado sólo por dos cosas: por el depósito de la quincena y por
trabajar lo menos posible.
Por todo lo referido, es que existe una gran problemática en este gremio tan
importante para el país y nos referimos específicamente a la problemática existente en
las reivindicaciones laborales que no son otorgadas para dichos maestros, dejando así
un gran vacío jurídico en cuanto a la defensa de los intereses de este profesional.
En tal sentido, las reivindicaciones del gremio deben ser una constante en la lucha
sindical y el líder sindical debe convertirse en el mediador entre los problemas del
docente y los entes gubernamentales que ostentan la toma de decisiones y quienes
muchas veces desconocen el valor de darle prioridad a la educación y sus maestros.
De allí, que el líder sindical como responsables de mantener el desarrollo interno en
el que los integrantes de las organizaciones ven involucrados, debe asumir esta
responsabilidad mediante la incorporación de sus principios al desarrollo de sus
funciones, actividades y operaciones que permitan incrementar el nivel de
competitividad de su gestión como líder
El presente trabajo de investigación, trata sobre el Análisis de los efectos generados
o causados por el incumplimiento de las reivindicaciones a los maestros en
Venezuela, pretende aportar un granito de arena mediante la información práctica y
eficaz acerca del procedimiento legal que se debe seguir a fin de lograr un mayor y
mejor conocimiento de los derechos que tienen estos educadores que han sido objeto
de estos hechos ilícitos laborales y, además, ofrecer alternativas legales que le
permitan garantizar en un menor plazo posible, y así obtener una justa protección
legal.
Actualmente, La profesión docente no ha sido precisamente de las más valoradas
socialmente, y mucho menos de las más reconocidas por las élites políticas y las
propias autoridades educativas. Tampoco es un fenómeno exclusivo de la región.,
El presente análisis se encuentra estructurado en tres (5) capítulos, que a
continuación se describen brevemente:
Capítulo I, planteamiento del problema, formulación de dicho problema, los objetivos
general y específicos, la justificación y alcance, así como las limitaciones del
mismo.
Capítulo II se presentan el marco teórico de la investigación, se hace referencia a
investigaciones anteriores que contribuyó al desarrollo del presente proyecto, las
bases teóricas y legales, la definición de términos, el cual ayudará al lector a la mejor
compresión del trabajo.
Capítulo III, el marco metodológico, El tipo de investigación la cual en este caso será
un proyecto documental, el nivel de la investigación el cual es del tipo descriptiva, la
población, la muestra, las técnicas de recolección de datos y los instrumentos de
recolección de datos, también se citan textos y definiciones de distintos autores
especializados, que ayudan a la descripción de la metodología, diseños y tipo de
investigación.
Capítulo IV, El diseño y tipo de la investigación, se hace referencia al tipo de
investigación realizada en el informe, así como también se establece cual es la
población y la muestra utilizada, por otro lado se hace referencia a las técnicas de
recolección de datos utilizada.
Capítulo V, Los resultados de la investigación realizada, así como las conclusiones y
las recomendaciones de dicho informe de pasantías.
CAPITULO I
LA INSTITUCION PÚBLICA
1.1.- Institución donde se realiza la Pasantía
Secretaria de Educación y Deporte adscrita a la gobernación estado Carabobo.
1.2.- Ubicación
Se encuentra ubicada en la Avenida Bolívar norte, centro Comercial Imperial,
local 2, Valencia Estado Carabobo.
1.3.- Descripción
Es una institución publica encargada de la coordinación y ejecución de la política
y planes de educación pre-escolar, básica, media, diversificada y técnica a nivel de la
región, también es la encargada de establecer políticas, estrategias y seguimiento en
la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Estadal en materia de
educación básica, lo cual comprende la orientación, desarrollo, promoción,
coordinación, supervisión, control y evaluación del sistema educacional en este nivel.
Así mismo se le atribuye establecer planes de consolidación y mecanismos de
coordinación de la actividad deportiva estadal y municipal.
1.4.- Organización
La organización está conformada de la siguiente manera:
- AREA LABORAL Abogado. Rubén Darío Pérez
- Abogado Mauricio Lisio,
1.5.- Misión
Es una organización pública que garantiza un servicio educativo de calidad,
incluyente y equitativo para los carabobeños, dirigido a la formación integral del ser
humano con sentido social, basada en el respeto al ciudadano, la libertad y la
pluralidad de pensamiento, para la transformación de su realidad mediante la
participación y acción de la comunidad, el magisterio y el gobierno regional.
1.6.- Visión
Ser reconocidos, para el año 2013, como referencia educativa de calidad, a nivel
nacional e internacional, líder en la formación integral de los ciudadanos para el
desarrollo del talento humano en todas las áreas del saber que le permitan
desenvolverse en la complejidad de la sociedad del conocimiento en un mundo
globalizado.
1.7.- Valores
La secretaria de educación y deporte promulga entre sus valores fundamentales
Esos valores que caracterizan la cultura y determinan la actuación y el desarrollo de
sus actividades son los siguientes:
- La Lealtad.
- El Respeto.
- La Honestidad.
- La Ética.
- La Moral.
- La Eficiencia.
- La Integración.
- La Responsabilidad.
- La Profesionalidad.
- El Sentido De Pertenencia.
Unidad de la institución donde se realiza la pasantía:
1.8. - Nombre.
Dirección de asesoría y asistencia legal
1.9. - Descripción.
El departamento laboral de la secretaria de educación es el encargado de realizar y
llevar todos los trámites legales así como también prestar servicio técnico jurídico en
forma integral a las distintas Dependencias administrativas, operativas y educativas
que conforman la Secretaría de Educación y Deporte.
1.10. - Misión.
Coadyuvar con la Secretaria de Educación y Deporte, Asuntos Jurídicos y
Normatividad en la revisión, análisis y aplicación de criterios jurídicos adecuados al
área Educativa, estrictamente apegados al principio de la legalidad, y de esta forma
brindar certeza a los actos que estos emitan, cuidando que los mismos tiendan
siempre al interés Educativo y así lograr el bienestar de los niños de Carabobo.
1.11. - Visión.
Destacarnos a nivel Nacional dentro de un campo como es la educación en nuestro
país. Nuestra visión es ser reconocidos como un grupo de Profesionales del Derecho
que presten un servicio de calidad, con ética profesional para el beneficio y éxito de
nuestros educadores.
1.12.- Objetivos
- Optimizar las acciones laborales en el país para de esta forma darle seguridad
jurídica a los educadores.
- Capacitar el capital humano integrante de las instituciones de educación en el
país para que estos conozcan todos sus derechos.
- Garantizar las acciones y medios tendentes a mejorar la calidad de vida de los
miembros de la institución, en el aspecto educativo, cultural, deportivo, social y
económico.
- Consolidar la imagen de profesionalismo de la institución ante la comunidad
en general, fundamentada en una gerencia de alta capacidad de respuesta.
- Lograr insertarse en la comunidad internacional como una institución de
prestigio y de vanguardia.
1.13.- Estructura Organizativa.
La Secretaria de Educación y Deporte, contempla una estructura organizativa
diseñada para llevar a cabo el desempeño de sus funciones la cual se constituye de la
siguiente manera:
- Abogado Rubén Darío Pérez, Director de Asesoría Legal.
- Abogado Mauricio Lucio, jefe del área civil de Asesoría Legal de Secretaria de
Educación.
1.14.- Actividades desarrolladas durante la pasantía.
- Asesorar juicamente a los docentes
- Cálculo de prestaciones sociales de los docentes
- Solución a los problemas administrativos que presente el docente
- Entrega de documentos y cálculo del tiempo para la desincorporación y
jubilación de los docentes
1.15.- Estructura organizativa de la secretaria de educación.
CAPITULO II
EL PROBLEMA
2.1.- Planteamiento del Problema
En Venezuela se puede observar que las exigencias, requisitos y expectativas con
respecto a la labor magisterial, colocan al docente como un profesional estratégico
para el desarrollo del país. Sin embargo, quienes ubican al docente en este pedestal a
fuerza de elogios y de reconocimientos, son estos quienes, con un lenguaje
desproporcionado, rechazan las propuestas de los docentes cada vez que luchan por
sus reivindicaciones laborales, tildándolos de «sindicaleros» e insensibles ante la
responsabilidad que sobre ellos recae.
En otro orden de ideas, cada día es más difícil lograr que el presupuesto familiar
cubra todas las necesidades de la canasta básica. De hecho, según estudios del Centro
de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros
(CENDAS), el valor en bolívares de la canasta básica familiar, aumenta con respecto
a su valor cada año. Como se evidencia, la capacidad adquisitiva de la familia
venezolana se ha visto mermada de manera alarmante en los últimos años.
Es por eso, que el trabajador de la educación se hace objeto de deberes y derechos
de la ley del trabajo y el derecho a la contratación colectiva que es la suprema
conquista de la clase trabajadora. Esto es producto de las conversaciones y
confrontaciones, entre los patronos y la representación de los trabajadores y
profesionales docentes asalariados que se traducen en la ley para regular las
relaciones.
En todo caso, los sindicatos y gremios han cumplido históricamente un papel
indispensable; hicieron que los docentes cobraran conciencia de su importancia social
como pilares de la democracia, la convirtieron en cuerpo organizado, capaz de
reclamar mejores condiciones de trabajo, contribuyeron a transformar la enseñanza,
en una profesión. De haber seguido en esa línea, la educación venezolana seria de
mucha mayor calidad. Pero se convirtieron en apéndices propagandistas de sus
organizaciones.
En este sentido, el centro de gravedad de las preocupaciones de los gremios
fue desplazándose hacia los intereses del partido político del que formaban parte sus
miembros, quedando así confiscada la libertad de pensamiento y de acción del líder
sindical en el cuerpo magisterial y fueron produciéndose en pequeños los males y
defectos de la democracia; como son las decisiones preparadas en las cúpulas del
partido se imponen a las bases bajo el discutible propósito de mantener la disciplina y
la unidad, perpetuación de los dirigentes en sus cargos, poca o ninguna discusión de
ideas y principios mentalidad cerrada en incapacidad de transcender los intereses del
grupo para pensar en el país.
Esto con el pasar de los año se ha convertido en una verdadera angustia y
descontento por parte de los docentes, quienes cada día ven más distante los acuerdos
y posibles conciliaciones entre el patrono y los sindicatos actuales, en muchas
ocasiones se observa que no existe un acuerdo ni siquiera entre los mismos
sindicatos que representan a los docentes, caso que se presenta en el estado Carabobo
con los docentes adscritos a secretaria de educación dependientes de esta
gobernación, dónde en la actualidad aun no se a firmado el contratación colectiva
que se encuentra vencida desde el mes de enero del 20011, pues estos representan de
los docentes aun no han logrado un acuerdo ni siquiera entre ellos
Sin embargo se goza de un mal llamado aumento salarial que se hizo bajo decreto
gubernamental a partir del mes de abril del presente año, dejando a un lado las
discusiones y el resto de las reivindicaciones que son tan importante como la
económica, observándose con ello un retroceso en la efectividad sindical y los
logros obtenidos durante años, es por eso que hoy por hoy se preguntan los docentes
será que ya los representantes y encargados de velar por los derechos de los docentes
no son tan necesarios que no se han logrado unificar criterios o simplemente y es
deber del Estado, en su carácter público y su valor estratégico para un desarrollo
humano integral, sustentable y soberano.. Dejando a un lado las mejoras que se
pudieron haber obtenido
2.2.- Formulación del Problema
¿Conflictos que ocasionan los incumplimientos y violaciones de las reivindicaciones
de los educadores?
2.3.- Objetivo General
Estudiar Aplicación de derecho laboral en las reivindicaciones de los Educadores.
2.4.- Objetivos Específicos
1. Determinar el procedimiento a seguir cuando sean negadas las
reivindicaciones laborales de los docentes adscritos a Secretaria de Educación
dependientes del estado Carabobo.
2. Identificar los derechos y beneficios de las reivindicaciones laborales
de los docentes adscritos a Secretaria de Educación dependientes del estado
Carabobo.
3. Describir los avances y beneficios de cada convención y contrato de
los docentes a lo largo de la historia.
2.5.- Justificación y alcance
Con el presente estudio, se pretende dar a conocer la importancia de un tema de tal
trascendencia en Venezuela que es el de los incumplimientos de las reivindicaciones
de los educadores y dar una salida viable a los trabajadores que se encuentren en un
caso similar a este.
La Importancia sobre la escogencia del análisis del incumplimiento de las
reivindicaciones, constituye por excelencia uno de los problemas sociales que viene
enfrentando los educadores venezolanos en esta sociedad, debido a que los patronos
imbuidos del afán de lucro que priva en la relación Laboral, se olvidan de cumplir
con las reivindicaciones las cuales son obligatorias para cada educador.
Las autoridades del país deberían hacer cumplir estas reivindicaciones puesto es un
derecho consagrado en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela y
además es una obligación de estado hacer cumplir las leyes, así de esta forma se dará
la realización plena de los valores del derecho como los son: la justicia, la
convivencia, la superación espiritual y material, individual y social.
Ahora bien, al iniciarse el movimiento sindical, para nadie es un secreto que el
movimiento sindical y gremial nace en Venezuela al color de los partidos políticos
que surgen a la palestra también con sus objetivos de orden ideológicos, principistas,
filosóficos, en función de la superación del país, donde se han obtenidos logros, uno
de ellos, fue la introducir a través del desaparecido congreso nacional, la ley
orgánica de educación establece: “Los miembros del personal docente se regirán en
sus relaciones de trabajo por las disposiciones de esta ley y por la del trabajo”, esto
significa que el docente no es funcionario, ni empleado público, sino, trabajador de la
educación.
Vale destacar que tal conducta arremete contra un gremio importantísimo de estado
Venezolano y estas reivindicaciones al no cumplirse de inmediato es un agente
generador de miseria y mala economía en los hogares venezolano, Por tal motivo
considero suficientemente justificado en el estudio y análisis de este problema social.
De acuerdo a lo planeado, la presente investigación tiene como objetivo analizar la
importancia de las reivindicaciones del docente venezolano, en el escenario del
liderazgo y la competitividad del líder gremial que se desempeña en el sindicato
venezolano del estado Carabobo, lo cual conlleva a formular las siguientes
interrogantes:
-¿Cuáles son los aportes que el liderazgo del docente venezolano ha realizado en la
lucha sindical por sus reivindicaciones gremiales?
-¿Cuáles son los elementos aplicados a las reivindicaciones laborales de los
docentes adscritos a Secretaria de Educación dependientes del estado Carabobo?
Las respuestas a estas interrogantes permitieron analizar el movimiento sindical y
las reivindicaciones gremiales del docente venezolano describiendo los aportes del
liderazgo del docente gremialista en su lucha en el sindicato venezolano de maestros
del Estado Carabobo.
2.6.- Limitaciones del Estudio
Entre las limitaciones se encuentran las siguientes:
1. Poca información relacionada con la historia de todos los casos de
reivindicaciones a en Venezuela, por ende no se ubica cuantos son los casos.
2. limitación geografía en cuanto a solicitar directamente la información
con otros secretarias de educación por cuanto estas se encuentran un poco alejadas
unas de otras.
3. La falta de recursos materiales a la hora de realizar el informe de
pasantías.
4. Recursos Económicos.
5. El poco Tiempo para la realización del informe de pasantías.
CAPITULO III
MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1.-Antecedentes de la Investigación.
El desarrollo de la presente investigación tiene fundamentos definidos en base a
trabajos previos y en literaturas existentes en relación al tema, razón que permite
abordar y profundizar el área de estudio contribuyendo a su enriquecimiento.
A continuación se presentan los antecedentes que guardan relación con las
variables de estudio y que por su contenido se consideran relevantes mencionar,
porque se ajustan a los objetivos que se pretenden abordar en la presente
investigación. El conocimiento de estos tipos de problemas de incumplimiento de
providencias administrativas por parte de los patronos se inicia en los más lejanos
tiempos y es imposible determinar su punto de partida. En este orden de ideas, se
puede hacer referencia a los siguientes trabajos de investigación:
Ramírez tulio (2011) en su tesis titulada “cobro de reivindicaciones para los
educadores”, trabajo para optar al titulo de educador en la Universidad Central De
Venezuela, expuso lo siguiente:
“El maestro venezolano históricamente ha sido objeto de un doble discurso por parte de las autoridades educativas. Este discurso, a fuerza de repetirse, se ha insertado en el imaginario popular. De «apóstol» a «mercenario de la educación» van y vienen los epítetos según las circunstancias; léase, actos protocolares o conflictos sindicales. A pesar de las descalificaciones, los maestros han sido protagonistas de luchas gremiales que han servido para mejorar un tanto los magros sueldos que han caracterizado el trabajo magisterial en Venezuela. El comienzo del siglo XXI no ha traído para los maestros venezolanos mejores perspectivas. Los salarios devengados nunca han logrado alcanzar los estándares mínimos como para lograr compensar los niveles de inflación en el país. Esta situación hace presumir que los maestros organizados continuarán exigiendo las reivindicaciones necesarias para lograr mejores condiciones de vida y de trabajo. Sin embargo, y es una hipótesis, estas luchas no necesariamente se traducirían en altos niveles de rotación de personal, ya
que existen suficientes factores motivacionales que se traducen en un fuerte compromiso del maestro con su profesión, a pesar de sus elevados niveles de insatisfacción con los salarios percibidos”.
De igual manera el autor citado anteriormente (Ramírez, 2006) realizo estudios
sobre los niveles de satisfacción laboral de los docentes de Educación Básica en
Venezuela donde expuso lo siguiente:
“Como consecuencia de una coyuntura de descontento general de los docentes en el sector, producto de la discusión del IV Contrato Colectivo entre las federaciones que agrupan a los diferentes gremios docentes y el entonces Ministerio de Educación. Los maestros venezolanos, como respuesta a una actitud considerada entreguista por parte de sus organizaciones sindicales, los cuales a la postre firmaron un contrato que, de acuerdo con la opinión general, vulneraba conquistas ya logradas y no cubría las legítimas aspiraciones del gremio, amenazaron con renunciar masivamente ante el despacho de educación. La decepción era evidente. Los sindicatos docentes perdían legitimidad ante sus bases y los maestros desanimados volvieron al trabajo sin lograr satisfacer las reivindicaciones solicitadas y por las que tanto lucharon. En ese escenario se hizo el estudio referido”
Resulta de mucha importancia lo señalado en esta tesis puesto pone en manifiesto
que dicha lucha por un salario digno no viene surgiendo desde los últimos años sino
que desde el comienzo de esta profesión de educador se ha visto como estos son
pagados con un salario insuficiente para sus consumos mínimos y no bastando con
ese no le niegan sus reivindicaciones de ley.
3.2.- Bases teóricas.
Para la realización de toda investigación se necesita tener en cuenta algunas
referencias teóricas, conceptuales, ideas o información del objeto en estudio, todo
este conjunto de referencias son denominadas Bases Teóricas, dentro de las cuales se
refleja lo concerniente a la investigación, a continuación se hace un breve aporte
investigativo para la mejor comprensión y análisis de la importancia que tiene el
estudio del incumplimiento de las providencias administrativas por parte de los
patronos en los casos de reenganche y pago de salarios caídos en nuestro
ordenamiento jurídico.
La necesidad del estudio de este tema se debe a la gran cantidad de casos que
ocurren a diario en Venezuela y nos ha llevado a investigar las causas y los
mecanismos para atacar estas violaciones para que esta información coadyuve en su
cometido de manera eficiente y confiable.
A continuación se presentan las bases teóricas que guardan relación con el objeto
de estudio y que por su contenido se consideran relevantes mencionar, porque se
ajustan a los objetivos que se pretenden abordar en el desarrollo de la presente
investigación.
Sindicato de Maestros en el Estado Carabobo
Los Sindicatos del Magisterio han llevado siempre una acción de combate
sindical, clasista, reivindicado, honesto, única y exclusivamente al servicio de los
educadores y de una mejor educación, a continuación en el siguiente cuadro vamos a
reflejar aspectos generales socioeconómicos obtenidos por medio de una lucha
gremial:
Aspectos Generales
Año Momentos Históricos en el Estado Carabobo
1987 Firma de primer contrato
1989 Firma segundo contrato
1993 1era Convención
1997 2da Convención
2000 3era Convención
El futro sindical en el sector educativo debe asumir una parte importante en el
proceso de descentralización educativa, por lo que las organizaciones sindicales
tienen la obligación del magisterio en el aspecto económico, sino por el mejoramiento
de la calidad de la educación, para que su acción gremial pase a ser definitivamente
una acción social tendente a garantizar justicia en la administración de los medios
asignados a la educación y a intervenir con creciente poder y potencia en la
consecución de los logros correspondientes a una clase que demanda ascendencia a
los niveles de la vida más óptimos para propiciar educación de calidad.
En el sector educativo a nivel nacional existen entre otros, los siguientes
sindicatos:
- FENAPRODO
- FESLEV
- FETRAMAGISTERIO
- FENATEV
- FETRAENSEÑANZA
- F.V.M
- F.E.V
- FETRASINED
- SINAFUM
Federación Venezolana de Maestros
Un grupo de maestros en 1932, fundaron un 15 de Enero la primera Organización
de Maestros de Venezolanos, conocida como la “Sociedad Venezolana de Maestros
2003 4ta Convención
2008 5ta. Convención
de Instrucción Primaria”, cuyo primer presidente fue el insigne docente Miguel
Suniaga. Cuatro años más tarde la directiva de la Sociedad tomo la histórica decisión
de convocar a la primera Convención Nacional del Magisterio Venezolano, donde
asistieron representantes de las diversas asociaciones que se habían creado en las
distintas regiones del país.
En esta primera Convención, la Sociedad Venezolana de Maestros de Instrucción
Primaria procedió a cambiar su nombre, para convertirse en la Federación
Venezolana de Maestros, luego se constituyo en el fundamental bastión de luchas de
los docentes Venezolanos, contribuyendo con su aportes al mejoramiento cualitativo
y cuantitativo de las condiciones de vida y trabajo de los educadores, así como de la
calidad de la educación.
Entre estos aportes vale la pena mencionar, La tabla de los Derechos del Niño, lo
que dio lugar más tarde a la creación del Consejo Venezolano del Niño, hoy Instituto
Nacional del Menor, la propuesta de la creación de un Instituto para la capacitación
de la mano de obra se requiere el país, también fue obra de la Federación. Lo que dio
lugar a la constitución del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (I.N.C.E), el
instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio para la Actualización y
Mejoramiento Profesional de los Docentes fue también otra propuesta de la
Organización. En el campo de las reivindicaciones económicas la lucha de la
Federación Venezolana de Maestros, ha contribuido en el mejoramiento del Salario
del Educador, en más del 5.000%.
Cabe destacar que la celebración de la Sociedad Venezolana de Maestros y del
Día Educador, responde a honrar insignes docentes que han ocupado la presidencia de
la organización, como lo son: Luis Beltrán Prieto Figueroa (Primer Presidente),
Mercedes Fermín, Roberto Martínez Centeno, Víctor Manuel Orozco, Antonio
Manzano, Humberto Bartoli, Horacio Vanegas, René Domínguez, Reinaldo Leandro
Mora, J.M Alfaro Zamora, Feliz Adams, Adelso González Urdaneta, José Miguel
Monagas, Félix Manuel Luces, Carlos Andueza, entre otros.
En los Momentos Actuales, la dirigencia de la Federación sigue con el mismo
ímpetu de lucha para continuar contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida
de los educadores y seguir aportando para hacer de la educación el verdadero camino
para lograr un desarrollo integral sostenido y sustentable. Hay fé que el Estado
Venezolano comprenderá la verdadera dimensión que se le debe dar al proceso
Educativo y entender que la Educación es tarea de todos, pero que son los maestros
los agentes activos del proceso.
En tal sentido, los Gobiernos tendrán que reflexionar y deberán colocar la
educación como primera prioridad de su gestión, pero que sea de verdad, y no a
través de palabras que muchas veces son muy bonitas, pero que son huecas, vacías
que no conducen a nada. Mientras esta sea actitud que persista, será muy difícil,
lograr una verdadera conciliación de las partes involucradas en el hecho educativo.
El Movimiento Sindical
En 1796, un escocés llamado James Watt invento la maquina a vapor y con
ello se desarrollo la revolución industrial y nuevas formas de comunicación, como fue
el barco de vapor de Fulton, el ferrocarril de Stephenson y el teléfono de Bell, que
transformo radicalmente la sociedad de los nobles, de los señores feudales, de los
artesanos y siervos.
Asimismo, la Revolución Industrial cambio las formas modos, métodos y
relaciones de producción. Las formas del trabajo manual al trabajo mecánico y más
tarde automático, los modos del trabajo artesanal a la producción en masa de la
fábrica, los métodos de trabajos de calidad selectivo a la producción en masa y en
cadena, aplicándose las formas Tayloristas y Fondistas de producción en la sociedad
capitalista y el Stajanovismo, en la sociedad comunista.
De allí, las relaciones del taller familiar a las relaciones de la empresas capitalista,
donde el poseedor del capital es el dueño de la propiedad, la gestión y la utilidad de la
empresa; mientras que el trabajador ejecuta el trabajo por un salario y depende del
dueño del capital del empleador.
Visto de esta forma surgen dos clases sociales, de un lado, El Capitalista, dueño
del capital, propietario de la empresa es quien, como tal, asume la gestión, dirección y
utilidades de la empresa, acumulando capital y poder en la economía y en la sociedad;
por otro lado, El Trabajador, poseedor de su trabajo, el cual tiene que vender en libre
juego de la oferta y la demanda, convirtiéndose en un asalariado, dependiente,
empobrecido por los bajos salarios y alto costo de la vida.
Se observa una clase capitalista, minoritaria rica en poder y una clase obrera
mayoritaria, pobre y marginada. Y esta sociedad de clases, llena de contradicciones
sociales, de injusticia social, genero luchas, guerras al interior y entre las naciones de
esta clase obrera, de sus problemas, de sus necesidades, de sus aspiraciones, de sus
esperanzas e ilusiones, surgió el movimiento obrero, la acción y organización
sindical.
Por lo tanto, el movimiento obrero y el movimiento sindical fueron el resultado
del pensamiento y la acción de la clase obrera, no fueron el resultado de la
elaboración de intelectuales o de ideológicos, sino de la reacción de los seres
humanos trabajadores que tomaron conciencia de una situación común de injusticia
que debía ser resuelta por la acción colectiva de ellos mismos a través de la
realización de principios y valores.
Es importante destacar, que en casi todos los países de Europa, Estados Unidos,
América Latina y el mundo en general, el movimiento obrero surgió mediante
publicaciones, las cuales a través de las palabras escritas denunciaron la situación,
hicieron conciencia y orientaron las bases de la acción futura, las manualidades que
practicaron la solidaridad y la acción colectiva de una nueva clase obrera. La palabra
que antecede la acción, el valor de la solidaridad, que la sustenta y la acción que
genero un nuevo poder socio-político.
3.3 Términos Básicos:
3.3.1 Reivindicación: son todos aquellos derechos y beneficios que se le otorga a un
trabajador mediante cualquier tipo de mecanismo (ley, convención, decreto entre
otros
3.3.2 Docente: es quien se dedica profesionalmente a la enseñanza, bien con carácter
general, bien especializado en una determinada área de conocimiento, asignatura o
disciplina académica,
3.3.3 Trabajador. Trabajador es la persona natural que realiza una actividad bajo la dependencia de otra y sus servicios deben ser remunerados.
3.3.4 Empleado. Se entiende por empleado el trabajador en el cual su actividad
predomina el esfuerzo intelectual y no manual.
3.3.5 beneficios: son los pagos financieros no monetarios ofrecidos por la
organización a sus empleados, para garantizarle una mejor calidad de vida y
motivación en el trabajo
3.3.6 Inspector del trabajo. Se entiende como inspector de trabajo a aquella persona
que ejerce una función administrativa dentro de un organismo del trabajo, es la
máxima autoridad.
3.3.7 Trabajo. Es todo aquel esfuerzo humano, físico o intelectual, aplicado a la
producción y obtención de la una contraprestación.
3.3.8 Salario: es la suma de Bienes o Dinero que paga el Patrón por un cierto periodo
de trabajo que recibe de forma periódica un trabajador
3.3.9 Incumplimiento. Falta de cumplimiento de las obligaciones o compromisos.
3.3.10 Violación. Se entiende como “infracción" o "quebrantamiento”.
3.3.11 Desacato. Falta de respeto a una autoridad superior. Delito que se comete
amenazando a una autoridad en ejercicio de sus funciones.
3.3.12. -Sindicato: es una organización integrada por trabajadores en defensa y
promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su
actividad laboral
3.4.- Bases Normativas.
Esta investigación está sustentada por las siguientes leyes y nomas:
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, GACETA OFICIAL N° 36.860 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 1.999
TITULO III
DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS.
Capítulo V
De los Derechos Sociales y de las Familias
Artículo 91. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que
le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas
materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual
trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y
trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará
periódicamente y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la
obligación alimentaria, de conformidad con la ley.
El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado un
salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias
el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento.
Artículo 92. Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones
sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de
cesantía. El salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad
inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de
valor y gozarán de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal.
Artículo 93. La ley garantizará la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente
para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta
Constitución son nulos.
CONTRATO COLECTIVOS Y CONVENCIONES DE EDUCADORES
En tal sentido, fue elaborado, discutido y firmado el Primer Contrato
Colectivo de los Trabajadores de la Educación adscritos al Ministerio de Educación,
exactamente en el año 1984, lo cual fue tomado como referencia para que en los
diferentes estados se firmaran además el Primer Contrato Colectivo de los Docentes
Regionales.
El Primer Contrato Colectivo fue firmado en el año de 1984 y estuvo
conformado por cláusulas, distribuidas de la siguiente manera: Primer capítulo
conformado por definiciones; Segundo capítulo conformado por cláusulas de
Definiciones Fundamentales; Tercer capítulo conformado por cláusulas Educativas,
Académicas y Pedagógicas. El cuarto capítulo conformado por cláusulas Sindicales,
el capítulo quinto se refiere a las cláusulas socio-económicas, el capítulo seis a
cláusulas condicionales de trabajo, el capítulo séptimo a cláusulas del ÍPASME y el
capítulo octavo a las cláusulas económicas.
Este primer contrato colectivo marcó el inicio de la aplicación de las
Reivindicaciones Gremiales en beneficio de los actores principales (trabajadores
educandos, comunidad y hasta el patrono). Por supuesto lo plasmado en este primer
contrato y en los sucesivos son productos de un conjunto de acciones gremiales y
sindicales que han venido adecuando las condiciones económicas, sociales,
asistenciales, académicas entre otras de los trabajadores de la enseñanza.
Es así como el año de 1987 se firma el segundo contrato colectivo, el tercer
contrato se firmó en el año 1990, la primera convención colectiva o cuarto contrato
firmado en 1996, la tercera en el año 2000 y la que se encuentra en vigencia, cuarta
convención colectiva o séptimo contrato colectivo fue firmado en el 2004.
Entre las reivindicaciones más importante se encuentran las siguientes:
1. Incorporación de la cláusula de definiciones donde aparecen definidos,
patronos y sindicatos, quienes conforman la relación laboral.
2. La cláusula de la duración y vigencia, mediante la cual quedó
comprometido el patrono de otorgar cualquier aumento salarial que se otorgue por
vía de decreto del poder ejecutivo o legislativo.
3. El IPASME es una institución de previsión y asistencia social, para el
personal del Ministerio de Educación.
4. Se establece los permisos en la carrera docente, desde diversas
situaciones que hoy son contenidos en los nuevos contratos o convenciones
colectivas.
5. En el tercer contrato colectivo firmado en 1990, se incorporan
beneficios importantes como la compensación por título de maestro superior de
cuarto nivel y postgrado. Se regula el número de alumnos por aula, se incorpora una
novedosa cláusula referida al llamado concurso para la revisión de cargos docentes,
que más tarde lo reguló el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en
noviembre de 1991. Se incluye como reivindicaciones el otorgamiento de becas y
créditos educativos.
En la primera convención colectiva de trabajo en el año 1993 se crea como
algo novedoso el primer tabulador de sueldos en 6 categorías en cada una de las tres
jerarquías. También se logró aumentar la bonificación de fin de año de 30 días a 45
días de salarios. Este contrato marco una singular situación, ya que luego de firmar
esta primera convención colectiva o cuarto contrato, se mantuvo un reclamo y se
logró firmar 13 anexos que mejoraran 13 cláusulas ya acordadas.
Asimismo, en la segunda convención se incorpora la prima geográfica, la cual
sustituye la prima de ruralidad. Esta prima otorga un monto equivalente al 20%
adicional del sueldo para los docentes que laboran en zonas geográficas que sean de
difícil acceso, marginal, fronteras, insular y rural. Se incrementaron sustancialmente
las primas de jerarquía, se estableció una cláusula de reconocimiento por eficiencia y
responsabilidad, para cancelar desde un mes hasta tres meses aquellos docentes con
calificación de bueno hasta sobresalientes; de esta manera se incluye una póliza de
H.C.M para los docentes, titulares activos, jubilados y pensionados.
Por otra parte, la Tercera Convención Colectiva fue firmada el 25 de mayo de
2000, lo que equivale a decir que hasta la firma de esta, la Segunda Convención
mantuvo una vigencia de cuatro años, considerada la vigencia más larga de todos los
Contratos Colectivos y de las Convenciones Colectivas del Magisterio Venezolano. Entre
las Reivindicaciones Gremiales más resaltantes del conjunto de cuarenta y dos (42)
cláusulas que conforman la Tercera Convención Colectiva de Trabajo de los
Trabajadores de la Educación adscritos al Ministerio de Educación y Deportes,
tenemos:
- Se incorpora para los docentes nacionales, jubilados y pensionados un
beneficio conocido como Bono Recreacional, que compensa la supresión del Bono
Vacacional cuando el docente activo pasa a jubilado o pensionado. Este Bono
Recreacional que por primera vez se otorga a los Docentes en esa condición, debe además
ser cancelado en el mes de julio de cada año, a partir del año 2.000.Es un equivalente a
15 días de sueldo base.
- En cuanto al salario, los docentes tanto activos, jubilados y pensionados
recibieron en esta tercera convención colectiva uno de los incrementos salariales jamás
firmado en cuanto a porcentaje otorgado nos referimos. Un 56 % de incremento
salarial fue el monto otorgado de manera lineal a todos los docentes y está contenido en la
Cláusula 6 definida como Sistema de Remuneraciones.
- El Bono Vacacional establecido en la Cláusula 7, fue llevado a días por
años de servicio, partiendo desde un mínimo de 20 días para aquellos docentes
solamente activos que tengan entre un año a cuatro años de antigüedad, luego un día
adicional por cada año lectivo laborado al mes de julio de cada año hasta llegar a un
máximo de 32 días de Bono Vacacional cuando el docente tenga 16 años de servicio.
DENOMINACIÓN DEL CARGO MONTO DE COMPENSACIÓN
Docente coordinador diurno BS. 25.000,00
Docente coordinador residente nocturno BS. 25.000,00
- L
a
C
o
m
pensación de Jerarquía fue mejorada en esta tercera convención colectiva en
comparación con la anterior (segunda convención) en un cien por ciento 100%.
La Tabla quedo así:
Con relación a la cláusula de Jubilaciones, se logró incrementar el porcentaje
asignado de acuerdo al artículo 106 de la Ley Orgánica de Educación de 1.980, de
acuerdo igualmente a la siguiente tabla:
Años de Servicio Porcentaje
25 92%
26 94%
27 97%
28 100%
-También se incluyó en esta Convención Colectiva de Trabajo el Pago
Único por Discusión Convencional Cláusula 11, la cual sustituye por acuerdo entre
las partes al retroactivo de aumento generado desde la fecha de vencimiento del
Contrato Colectivo.
Docente subdirector BS. 35.700,00
Docente director hasta 800 alumnos BS. 50.400,00
Docente director más de 800 alumnos BS. 56.700,00
Docente supervisor BS. 63.000,00
-Aunque el Bono de Fin de Año Cláusula 12, fijó el mismo monto de días a
cancelarse por dicho concepto en el 2.000, se dejo abierta la posibilidad de revisar en
octubre de 2.000 el número de días.
- El Seguro de HCM, que en el contrato anterior estaba en dos millones de
bolívares (Bs. 2.000.000) logró incrementarse a dos millones quinientos mil exactos
(Bs. 2.500.000,00) y se incorporaron a Cónyuge o Concubinario e hijos hasta los 16
años o mayores de esta edad con incapacidad física o mental debidamente
comprobados y mayores de dieciséis (16) años hasta la edad de 23 años, siempre que
estén cursando estudios superiores debidamente comprobados.
- Se incorpora la cláusula 26 relativa al Pago de 52 semanas. A partir de julio
de 2000 el Ministerio de Educación y Deportes se comprometió a cancelar la semana
Nº 50 y a partir de julio de 2.001 las semanas correspondientes a la Nº 51, y 52.
- De igual modo, se logra el beneficio de que el Ministerio de Educación y
Deportes conceda una Compensación de Educación Especial a todos los Trabajadores
que laboren en dicha área, equivalente a quince mil bolívares mensuales para cada
docente que labore en dicha área.
- La Cláusula 38 titulada Clasificación Docente IV, ha sido de mucha
importancia para el magisterio nacional, ya que desde el año 1.991 que se promulgó
el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, era requisito indispensable para
ascender de categoría IV a V de Docente Licenciado o Profesor con 16 años o más, el
Título de Postgrado respectivo.
Ahora bien, con la aprobación de esta en el año 2.000 con aplicación desde
julio de 2001, alrededor de 85 mil docentes que se encontraban represados en la
categoría IV con más de 16 años de servicio, tienen la oportunidad de ascender a
categoría V, amén de aquellos que no pudieron hacerse acreedores del importante
beneficio. Esta es una reivindicación no solamente económica sino también
académica.
En los actuales momentos en el estado Carabobo, el Sindicato Venezolano
de Maestros ha capacitado con el respectivo Curso de IV Nivel con Evaluación a
aproximadamente dos mil (2.000) Docentes que tenían esa condición de un gran total
de cuatro mil (4.000) en el estado Carabobo. Representando ese pase de Categoría
Docente Licenciado o Profesor IV a Docente V, un incremento actual de 15.18% para
la fecha de realización del presente trabajo.
De acuerdo a la Cuarta Convención Colectiva de Trabajo firmada el pasado
22 de junio de 2004 y con fecha de vencimiento 2006 se alcanzó entre otras
reivindicaciones las siguientes:
- Bonificación única que fue otorgada a los Docentes Activos, Jubilados y
Pensionados de un millón de bolívares divididos en dos partes en compensación al
retardo ocasionado para la discusión y firma de la IV Convención Colectiva.
- Una primera parte equivalente a quinientos mil bolívares (Bs. 500.000,00)
para el mes de agosto de 2004, y la segunda parte equivalente también a quinientos mil
bolívares (Bs. 500.000,00) para ser cancelados en el mes de diciembre de 2004.
- En esta misma Convención Colectiva se acordó la firma de la cláusula 6, la
cual otorga un incremento salarial equivalente a treinta por ciento (30%) haciendo
efectivo en dos (2) etapas sucesivas, a saber: a) Quince por ciento (15% a partir del 01
de junio de 2004 y; b) Quince por ciento (15%) a partir del 01 de octubre de 2004.
- La cláusula 7 referida a la Compensación de Jerarquía mejoró en un cien por ciento
(100%) en comparación con la III Convención Colectiva, logrando mejorarla en un
100%, quedando establecida en una Tabla de Primas de Jerarquías de la siguiente manera:
DENOMINACIÓN DEL CARGO MONTO DE COMPENSACIÓN Docente coordinador diurno Bs. 50.000,00
Docente coordinador residente nocturno Bs. 50.000,00
Docente subdirector Bs. 75.000,00 Docente director Bs. 115.000,00
Docente supervisor Bs. 126. 000,00
- Se incorpora por primera vez la cláusula de Bono de Alimentación (Cesta
Ticket), el cual es extraído de la Ley Programa de Alimentación. El pago de la Cesta
Ticket quedó establecido al 50% del valor de la Unidad Tributaria, el cual es el
máximo valor que permite la respectiva Ley.
-En relación al Bono Vacacional, es bueno destacar que en el año 2.001 se
discutió un Pliego de Peticiones con carácter Conflictivo por parte del Gremio
Docente con el Ministerio de Educación y Deportes, logrando que el Bono
Vacacional se ubicara en 40 días del salario mensual a cancelarse en el mes de julio de
cada año y quedando establecido en la cláusula Nº 10.
-El Bono Recreacional del Docente Jubilado y/o Pensionado por
Incapacidad laboral fue mejorado en un cien por ciento (100%), elevando a treinta
días (30) la asignación correspondiente y cuyo pago se efectuará en el mes de julio de
cada año.
-El Bono de fin de año fue mejorado y llevado a 90 días de salario.
-Se logró incorporar como cláusula 19 con título Trato Especial en caso de
Catástrofes Naturales, la cual específicamente está referida a mantener una atención
especial que permita agilizar a través del Instituto de Previsión y Asistencia Social
para el Personal adscrito al Ministerio de Educación (IPASME) y demás organismos
del Estado, los trámites de solicitudes de Créditos Personales y de Vivienda que
formulen los Trabajadores de la Educación afectados por catástrofes naturales.
- La Cláusula Nº 22 Póliza de Servicios Funerarios compromete al
Ministerio de Educación a dar una cobertura de un millón quinientos mil bolívares
(Bs. 1.500.000,00), en caso de fallecimiento de un Trabajador de la Educación
Activo, Jubilado o Pensionado por Incapacidad, al cónyuge o concubinario y a los
hijos e hijas menores de dieciocho (18) años y/o discapacitados, que estén bajo la
dependencia del trabajador o trabajadora.
Convenciones colectivas de Docentes Estadales de Carabobo y actuación del
Sindicato Venezolano de Maestros y sus reivindicaciones más destacadas
Ya se destacó de un modo u otro la participación del Sindicato Venezolano
de Maestros seccional Carabobo y filial de la Federación Venezolana de Maestros en
las Reivindicaciones de los Docentes adscritos al Ministerio de Educación y
Deportes; sin embargo, la esencia de la participación de esta Organización Gremial
tiene mayor protagonismo en los Contratos y Convenciones Colectivas de índole
Regional a través de la relación laboral con la Secretaría de Educación.
A manera de resumen, puntualmente se describe a continuación las
Reivindicaciones más importantes que ha alcanzado el Sindicato Venezolano de
Maestros seccional Carabobo, en beneficio de sus agremiados y de los Docentes
Estadales en general.
Acuerdo Suscrito entre la Gobernación del Estado Carabobo y los Gremios
Docentes, sobre Condiciones de Trabajo para el Personal Docente y Administrativo,
dependiente del Ejecutivo de Carabobo.
Este acuerdo fue firmado el 24 de noviembre de mil novecientos setenta y
siete, contentivo de 44 cláusulas distribuidas correlativamente sin divisiones ni
subdivisiones en Capítulos o secciones como en los actuales contratos colectivos.
De hecho, tiene su base legal en la decisión emanada de la Corte Suprema de
Justicia de fecha 11 de diciembre de 1975 y en el convenio firmado entre el
Ministerio de Educación y los gremios docentes a nivel nacional, en octubre del año
1976 básicamente, participando en su firma los siguientes Gremios:
- Asociación de Educadores Estatales y Municipales del Estado Carabobo.
- El Sindicato Venezolano de Maestros seccional Carabobo, Filial.
- Federación Venezolana de Maestros.
- El Sindicato Nacional de Funcionarios Públicos del Ministerio de
educación.
- El Colegio de Licenciados en Educación.
- El Colegio de Profesores de Venezuela.
- El Colegio de Peritos y Técnicos de Venezuela.
- El Sindicato Único de Empleados Públicos del Ministerio de educación.
Entre las reivindicaciones más importantes tenemos:
- Participación de los Gremios que tengan miembros al servicio de la
Gobernación a través de un Representante en el organismo de planificación educativa
dependiente del mencionado despacho, estos representantes gozarán de Licencia
Gremial Remunerada.
Cupo de Viviendas en los planes contemplados por el INAVI e IPASME para ser
asignados a los Docentes que estén al servicio del Ejecutivo. Dichos cupos se
establecerán a través de los Gremios Docentes.
- Garantía de estabilidad laboral para los Trabajadores de la enseñanza No
Graduados que hayan cumplido cuarenta y cinco años de edad y tengan quince años o
más de servicio y que se les dificulte continuar estudios de profesionalización.
- La cláusula 21 establece el derecho al sueldo base correspondiente a la clase de
cargo que desempeña el Docente, reivindicación importante porque cristaliza la
relación laboral económica.
- Las Cláusulas 23 y 24 del Acuerdo facilita a los Trabajadores de la Enseñanza por
un lado Cursos de Actualización con pasantías en industrias, y por otro lado la
Gobernación otorgará becas de estudios o créditos educativos a quienes estén
interesados en utilizar esos permisos para seguir estudios o realizar trabajos de
investigación.
- Las Cláusulas 27, 28 y 29 aparte de establecer las condiciones para los Permisos
de los docentes, también los regula.
- La Cláusula 32 cobra relevancia suprema, dado que se otorga ya no beneficios
directos al Docente Trabajador, sino que a los hijos de los Docentes como es el caso
de otorgamiento de Becas, en este sentido el total de Becas acordado fue de 150 Becas
distribuidas entre Primaria, Secundaria y Educación Superior.
Primer Contrato Colectivo
Fue firmado el 13 de abril de 1.985 y la conforman 99 cláusulas que al igual
que el Acuerdo firmado en el año 1.975 no tiene Capítulos ni secciones que causen
divisiones o agrupen las Cláusulas como ocurre en las recientes Convenciones.
- En la cláusula 6 se establece la Permanencia de los Beneficios adquiridos en
anteriores acuerdos.
- Se incorpora como cláusula importante el Año Sabático Remunerado para realizar
estudios de Postgrado cuando el Docente cumpla 7 años. Dicha solicitud
Queda a potestad del Docente con la debida comprobación de los estudios a realizar.
- Se logra como reivindicación el permiso remunerado para los casos de
Pre y Post Natal., equivalente a 14 semanas acumulables o no a voluntad de la
parturienta.
- Las cláusulas 31, 32, 33, 34, y 35 están referidas a Permisos
Remunerados por situaciones especiales de los Trabajadores que incluyen Licencia
por Matrimonio, Permiso para asuntos legales, Licencia por Enfermedad o Accidente,
Inasistencia justificada y Permiso Remunerado por Nacimiento.
- Las cláusulas 44, 45 y 46 refieren a Contribuciones especiales que otorga
el Gobierno de Carabobo tanto a los Docentes por situaciones especiales como al
Sindicato para actividades especiales, como el caso de la cláusula 45 para el Día del
Trabajador y la 46 para Actividades Culturales y Deportivas.
- Las cláusulas 63, 64, 65 y 66 están referidas a beneficios económicos de
los docentes, entre ellas podemos describir que la cláusula 663 concede una Prima de
Transporte por laborar en el medio rural, mencionando los planteles objeto de dicho
beneficio,; la cláusula 64 otorga 22 días de aguinaldo a los Docentes; la cláusula 65
compromete al Gobierno de Carabobo a homologar el sueldo de los Docentes de las
escuelas de artes y oficios al igual que el resto de los trabajadores y la cláusula 66
referida a las Primas de Hogar, Hijos y Escalafón que se deben cancelar también a los
Docentes mencionados en la cláusula anterior.
Finalmente, la cláusula 85 incorpora la figura de la Junta Calificadora
para regular los Ingresos, Ascensos y todo lo relativo con la clasificación de los
Docentes.
Segundo y Tercer Contrato Colectivo
El Segundo Contrato contiene 127 cláusulas y el Tercero 129. Ambos en su
contenido se asemejan, siendo la gran diferencia las mejoras en las reivindicaciones
alcanzadas en el segundo y mejoradas en el tercero. El Segundo Contrato fue firmado
El veinte de noviembre de 1987 y el Tercer Contrato fue firmado el 26 de octubre de
1990, ambos están divididos en siete Capítulos de la siguiente manera:
- El Capítulo 1 contiene en ambos contratos la cláusula de Definiciones.
- El Capítulo 2 referido a las Disposiciones, tiene como contenido las
mismas cláusulas en ambos Contratos desde el número 2 hasta el número 8 en el
mismo orden y el mismo espíritu de las Cláusulas.
- El Capítulo 3 titulado Beneficios Sindicales, maraca la primera
diferencia dado que en el Segundo Contrato este capítulo va desde la cláusula Nº. 9
hasta la cláusula 39, mientras que en el Tercer Contrato va igualmente desde la
cláusula 9 pero hasta la Cláusula 47, siendo lo más destacado en el Segundo contrato
la Cláusula Nº 26 titulada Cartelera Sindical y la Nº 34 referida a Horarios. La
primera que compromete al Gobierno de Carabobo a dotar de una Cartelera Sindical a
cada Centro de Trabajo y la segunda establece el respeto una vez iniciado el año
escolar a los horarios establecidos.
- El Capítulo IV del segundo contrato está referido a los Beneficios
Económicos al igual que el Tercer Contrato. Entre los más destacados referimos en
ambos Contratos la Póliza de Seguros HCM, la incorporación de la Prima de
Transporte y Alimentación. Cabe destacar, que se incorpora por primera vez con el
número 46 la Póliza de HCM tanto a nivel Regional como a nivel Nacional y en el
tercer contrato la cláusula 48. En el Segundo Contrato se otorga a los Docentes y su
Cónyuge una Póliza de HCM y en el Tercer Contrato se amplía a los hijos hasta un
número de 4 menores de 18 años.
- En cuanto al Bono Vacacional, el Tercer Contrato Colectivo logra
incrementar en 5 días adicionales para cada docente.
- De la misma manera fue incrementado el número de días de Aguinaldo,
llevándolo desde 22 días hasta 30 días en el Tercer Contrato.
- Se logra en el Tercer Contrato firmar una Cláusula que también pasó a
ser la única a nivel Regional y Nacional como fue la Jubilación a los 25 años con un
monto equivalente al 100% del salario mensual devengado por el Docente.
- El Capítulo V se titula en el Segundo Contrato Beneficios Sociales y en
Tercer Contrato De los Permisos, Inasistencias, Pasajes y Viáticos. En el Segundo se
incorpora la cláusula de Adelanto de Prestaciones Sociales por hasta un 50% de su
total acumulado para la adquisición, ampliación o reparación de su vivienda principal
o para resolver asuntos de salud del Trabajador o de su grupo familiar. Para el caso
del tercer contrato colectivo, se otorga en la cláusula 72 Pasajes y Viáticos para
Eventos Internacionales, la cláusula 85 incorpora la Capacidad Laboral Reducida.
- El Capítulo VI del Tercer Contrato corresponde a la Previsión y
Asistencia Social, e incorpora la cláusula 91 de la Representación Gremial ante el
IPASME y el Festival Navideño que se debe realizar en el mes de diciembre para los
hijos de los Docentes beneficiarios del Contrato Colectivo.
- El Capítulo VII de ese mismo Contrato contiene cláusulas de
Condiciones de Trabajo, destacando una mejora en cuanto al número de alumnos por
aula, caso específico en el número de los niveles Básica, Media y Diversificada que
anteriormente de 40 alumnos como máximo se redujo a 38.
- Se incorporan las cláusulas 103, 104 y 105 referidas a Concursos para
ingresar en la carrera docente.
Primera Convención Colectiva o Cuarto Contrato
Firmada el 12 de noviembre de 1993. La conforman 134 cláusulas
distribuidas en siete capítulos con la misma tónica del segundo y tercer contrato, con
excepción de las cláusulas que se incorporan y las que se mejoran Por ejemplo:
- En el capítulo II la cláusula de Retroactividad, produce como beneficio la
homologación salarial, dado que establece que cualquier aumento que se produzca
desde la fecha de su firma para los Docentes Nacionales adscritos al Ministerio de
Educación, también debe ser otorgado por el Gobierno de Carabobo en la misma
pproporción y reconocimiento desde la fecha otorgada.
- En el capítulo IV de Beneficios Económicos, se mejora sustancialmente las
Primas por Escalafón, Antigüedad y Jerarquía contenidas en la Cláusula Nº 29 y de
igual modo las Primas por Hogar, Hijos y Residencia durante los años 1993 y 1.994,
al igual que la cláusula 30 referida al Bonos de Transporte y Alimentación.
- Se establece en la Cláusula de Aumento Salarial por primera vez un
Tabulador Salarial que distribuye a los docentes en tres grandes Tablas con diferentes
sueldos. Se crea un Tabulador para los Bachilleres Docentes, otro para los Técnicos
Superiores y un último para los Licenciados y Profesores.
- También se incorpora un Ajuste salarial de una semana (7 días de salario)
denominada la semana 49 a cancelarse en la segunda quincena del mes de julio de
cada año.
- Todas las demás cláusulas contenidas en los Capítulos V, VI y VII
mantienen el mismo contenido y las mismas condiciones. Se deduce que se repetían
para garantizar su visión y cumplimiento.
Segunda Convención Colectiva o Quinto Contrato
Firmada el 13 de junio de mil novecientos noventa y siete, contando con la
particularidad de la exclusión de su firma del Sindicato Venezolano de Maestros, por
cuanto para ese momento se mantenía una huelga para el logro de mejores
reivindicaciones, pero a pesar de contar con la mayoría absoluta de los Trabajadores
afiliados, sorprendió la firma solamente con dos Organizaciones y dejando de lado
las aspiraciones legítimas de la mayoría de los Docentes.
Sin embargo, el Sindicato Venezolano de Maestros seccional Carabobo que
no firmo ni administró esta Segunda convención colectiva o Quinto Contrato,
participó en la discusión de casi la totalidad de las Cláusulas que están distribuidas en
VI Capítulos y un total de 44 cláusulas.
Por lo tanto se observa la reducción importante del número de cláusulas si al
comparar con la anterior Convención colectiva. La Primera Convención la
conformaron 134 cláusulas, lo que concluye una reducción de 90 cláusulas en la II
Convención Colectiva. Pero esto no significa una desmejora de los beneficios
reivindicativos alcanzados en anteriores Convenciones, dado que queda bien
establecido en la cláusula Nº. 4 Titulada Permanencia de Beneficios, mediante la cual
las partes contratantes convienen en respetar como Derechos Contractuales
Adquiridos todos los beneficios Académicos, Profesionales, Sociales, Sindicales,
Culturales y las Compensaciones y Percepciones Económicas obtenidas por los
Trabajadores de la Educación y consagrados en la legislación laboral, en la anterior
Convención Colectiva, sobre condiciones de Trabajo; Primero, Segundo y Tercer
Contrato, Primera Convención Colectiva. Se agrega en esta cláusula, que también se
reconocen como derechos adquiridos todos aquellos acuerdos y convenios
internacionales suscritos por la República que han mejorado las condiciones en las
relaciones de trabajo.
A este respecto, la cláusula 4 de Permanencia de Beneficios logra proteger
todas las Reivindicaciones alcanzadas en anteriores luchas y conquistas del
Magisterio, por ende la supresión que se hace en la II Convención colectiva de
Trabajo no desmejora en absoluto la aplicación de las cláusulas de Contratos
anteriores.
El Capítulo ni de la Segunda Convención Colectiva, produce mejoras
sustanciales a las cláusulas Sindicales en cuanto a las Contribuciones para eventos
especiales como el Día del Trabajador, Actividades Deportivas y Recreativas y la
Contribución para gastos administrativos de las Organizaciones Signatarias.
El Capítulo IV contiene en la cláusula 15 el Tabulador salarial, manteniendo
su distribución en Categorías y Jerarquías. Haciendo la observación que para la fecha
de la firma de la Convención, el Gobierno Nacional tenía una condición especial al
otorgar un Ingreso compensatorio a los trabajadores del Sector Público, que luego a
partir del 1 de enero de 1.997 se convirtió en Salario.
La Cláusula 18 sustituyó lo que se conocía como Prima Rural por Prima
Geográfica, que incluye las Primas de Ruralidad, Difícil Acceso y Penitenciaría.
- La cláusula 20 titulada Bonificación de Fin de año fue aumentado el
número de días de 30 a 60 días de Aguinaldo a partir de 1.997.
- La cláusula 21 produjo un Bono Único para ser cancelado por una sola
vez a todos los Trabajadores de la Educación.
- Se estableció un Premio a través de la cláusula Nº 22 titulada
Reconocimiento por Eficiencia y Responsabilidad a los Docentes de Aula,
quienes al final de cada año escolar hayan obtenido una calificación de
acuerdo a la siguiente Tabla:
19-20 puntos Sobresaliente 3 meses de sueldo mensual
18-17 puntos Distinguido 2 meses de sueldo mensual
16-15 puntos Bueno 1 mes de sueldo mensual
Este Premio se pagará una sola vez en la primera quincena de Apertura del
año escolar, sujeto a Evaluación por medio de una comisión Mixta y Paritaria creada
para tal fin.
Tercera Convención Colectiva o Sexto Contrato
Firmada el 13 de diciembre de 2000, después de una ardua participación del
Sindicato Venezolano de Maestros luego de la ya comentada exclusión que se
produjo en la anterior Convención Colectiva firmada el 13 de junio de 1997.
Destacando, que luego de dicha exclusión la Junta Directiva del Sindicato realizó
todos los trámites administrativos y legales por ante el Ministerio del Trabajo,
iniciándose desde la Inspectoría Regional y Recursos de Reconsideración y
Jerárquico, logrando solamente que se admitiera un nuevo Proyecto de Contrato para
la Discusión y firma de la Tercera Convención Colectiva.
En efecto, se cumplió con los trámites en cuestión y para el mes de marzo de 2000, se
consignó el Proyecto y para el mes de junio se dio inicio a las discusiones
conciliatorias del mencionado Proyecto.
Para el mes de septiembre de 2000 se presentó Pliego de Peticiones con carácter
conciliatorio por la Junta Directiva del Sindicato Venezolano de Maestros de
Carabobo, por ante la Inspectoría Regional del Trabajo que luego fue convertido en
Conflictivo, originando una huelga que comenzó el 13 de noviembre y culminó el 13
de diciembre de 2000 con la firma de un Acta de Acuerdo en la sede del despacho del
Ministro del Trabajo en Caracas, logrando entre otros beneficios los siguientes:
- En la cláusula Nº 1 de Definiciones, se logró incorporar la figura del
Docente Interino, que es aquel que suple temporalmente un cargo mientras es
provisto por concurso o mientras este se realiza.
- Se logró el Pago del Bono Único por Discusión Convencional, otorgado
para los Docentes Nacionales en el marco de la firma de la Tercera.Convención el 25
de mayo de 2000.
- En cuanto al Sistema de Remuneraciones, se logró homologar el
Tabulador con el de los Docentes Nacionales, dando así cumplimiento a la Cláusula 8
Retroactividad de la 1 Convención Colectiva firmada en el año 1993.
- Las Primas de Jerarquía que quedaron plasmadas en la Cláusula 14
fueron también homologadas al Contrato Nacional, lográndose un 100% de aumento
en las mismas.
- La Cláusula 22 referida a la Póliza de H.C.M. fue aumentada en su
cobertura de un millón quinientos mil bolívares (Bs. 1.500.000, oo) a dos millones de
bolívares (Bs. 2.000.000, oo).
Se incorpora la cláusula 33 titulada Bono Recreacional del Jubilado y Pensionado,
equivalente a 15 días de salario a cancelarse en el mes de julio de cada año, en la
misma oportunidad que se cancela el Bono Vacacional para los Docentes Activos.
Esta Cláusula se firma en virtud que la propuesta de los Gremios para compensar a
los Jubilados y Pensionados que al pasar de la figura de Docente Activo a Jubilado o
Pensionado, pierden el beneficio del Bono Vacacional por no estar activos.
- Es importante destacar, que antes de la firma de la Cuarta Convención
Colectiva se produjo la presentación de un Pliego de Peticiones con carácter
conciliatorio, el cual fue presentado en el mes de enero de 2002 solamente por el
Sindicato Venezolano de Maestros seccional Carabobo, contentivo de 24 puntos
donde se solicitaba el cumplimiento de la Convención Colectiva en algunas cláusulas
que según el Sindicato presentante del Pliego no se estaban cumpliendo, y también
unas peticiones que estaban concebidas en la Convención Colectiva Nacional y que
no habían sido homologados a nivel Regional, tales como: 4 Semanas Adicionales,
40 días de Bono Vacacional, Aumento Salarial de 10% + incremento diferencial de 4,
5 y 6% según el título profesional del Docente que fue otorgado en el año 2.001 a los
Docentes Nacionales, producto de la revisión salarial contenida en la Cláusula 6 de la
III Convención Colectiva.
Ese Pliego de Peticiones, en virtud de no producir acuerdos concretos, fue
convertido en el mes de marzo de ese mismo año 2.002 en Conflictivo, siendo este,
un mecanismo contemplado en la Ley Orgánica del Trabajo vigente.
Sin embargo, el Pliego conflictivo no puedo resolver en su fase conciliatoria
las solicitudes del Gremio, desencadenando una huelga de 14 días que comenzó el 4
de junio y culminó el 18 de junio del mismo año 2.002.
Es de destacar, que la solución de los aspectos económicos muchas veces
están sujeto a la disponibilidad presupuestaria que maneja el ente gubernamental en
cuestión y en ese sentido los representantes de los Trabajadores deben ser cautelosos
con el cúmulo de exigencias, para no crear falsas expectativas y evitar el fracaso de
los conflictos planteados.
Es por ello, que la descripción que se hace a continuación de la Cuarta
Convención Colectiva, recoge esos beneficios solicitados en el 2.002 y concretados
en el 2003 cuando se firma la misma.
Cuarta Convención Colectiva o Séptimo Contrato
Firmada el 03 de noviembre de 2003, manteniendo el número de Capítulos
en VII y un total de 49 Cláusulas.
-Se mejoran la Cláusula de Contribuciones a las Organizaciones Sindicales
Signatarias identificada con los números 10, 11 y 13. En cuanto a la Cláusula 10 se
incrementó el monto de contribución de Bs. 600.000,00 a Bs. 800.000,00; la cláusula
11 presenta un incremento de Bs. 105.000,00 a Bs. 200.000,00 y, finalmente la
cláusula 13 establece un aporte de Bs. 300.000,00 para contribuir a la celebración del
Día del Educador.
-En los Beneficios Económicos contemplados en el Capítulo IV, la cláusula
14 titulada Sistema de Remuneraciones, produjo un incremento salarial en un 20% a
partir del 01 de julio de 2003 para todos los Docentes Activos, Jubilados y
Pensionados por Incapacidad, colocándolos en un 20% por encima de los Docentes
Nacionales, lo cual ubica por primera vez de una manera significante a los Docentes
Regionales por encima de los Docentes Nacionales, dado que ha sido una práctica,
que los Gobiernos Regionales esperan que se discuta primero la Convención Nacional
y esperar los resultados, para luego homologar en las mismas condiciones.
-La Cláusula Nº. 15 titulada Cuantificación de Deudas con los Trabajadores
de la Educación y la Cláusula Nº. 17 Información sobre Prestaciones Sociales y
Fideicomiso, comprometen al Gobierno de Carabobo a otorgar cuando así lo soliciten
los Trabajadores de la Educación todo lo concerniente a la Deuda laboral acumulada
y el monto total de las Prestaciones acumuladas y sus respectivos intereses.
-La Cláusula N° 16 titulada Bono Vacacional, reivindica la solicitud del
Sindicato Venezolano de Maestros de Carabobo, al ser firmada como fue prometida
durante la discusión del Pliego de Peticiones con carácter Conflictivo del 2002, en
base a 40 días a partir del año 2003.
-La Cláusula 18 relativa a Adelanto de Prestaciones Sociales fue mejorada al
otorgar hasta un 75% de Adelanto de sus Prestaciones Sociales acumuladas por el
Trabajador de la Educación, de acuerdo al artículo 108 de la Ley Orgánica del
Trabajo vigente.
-Cláusula 20 Tiempo de Servicio en Educación Especial. Se le da el mismo
tratamiento de aquellos Docentes en Zonas Rurales de 3 meses adicionales por cada
año de servicio.
- Con la Cláusula 22 se incorpora en la Contratación Colectiva el beneficio
de la Cesta Ticket. Lo importante es que el monto a otorgar es desde 0.25 hasta 0.50
del valor de la unidad tributaria según Decreto Ley Programa Alimentario y
sustituido por la Ley de Alimentación de 2004. Se logró una media de ambos valores,
establecido en 0.35 del valor de Unidad Tributaria.
-La Bonificación de fin de Año establecida en la Cláusula 23 logró una
mejora importante, ya que se ubicó en esta Convención Colectiva en 90 días y hasta
la fecha de elaboración de este Trabajo de Investigación se ha venido cumpliendo en
las fechas acordadas en la Convención colectiva.
-La Cláusula 24 que contiene las 4 Semanas Adicionales, se firmó
estableciendo que para el año 2003 se cancelaría una semana adicional llegando a la
semana 59 y acumulando 2 semanas adicionales, mientras que a partir del año 2.004
el compromiso se convirtió en 4 semanas hasta completar las 52 semanas. En esta
misma cláusula se acordó otorgar a los Docentes Jubilados y Pensionados por primera
vez, un Bono Recreacional equivalente a 15 días de lo devengado mensualmente por
cada Trabajador.
-El Capítulo V observa los Beneficios de Previsión, Asistencia Social y
Premios; al respecto se incorporan dos nuevas cláusulas que causan una
Reivindicación única actualmente en el sector del Magisterio, como lo son: Bono de
Útiles Escolares establecido en la cantidad de Cincuenta mil bolívares por cada hijo
de Trabajador de la Educación Activo, que curse cualesquiera de los niveles del
Régimen Educativo actual. La otra Cláusula esta referida a otorgar un Bono de
Juguetes a cada hijo de Trabajador de la Educación Activo menor de 12 años de edad.
Finalmente, las dos últimas cláusulas de la Cuarta Convención Colectiva refieren, en
primer lugar a los servicios mínimos indispensables en caso de huelga, que se
presente en reclamo de reivindicaciones a favor de los Docentes Beneficiarios de la
Convención Colectiva, y en segundo lugar, la cláusula 49 otorga un Complemento
por Comisión de servicio para aquellos Docentes que ocupen un cargo de nivel
superior por ejercicio de las funciones inherentes a éste o por Comisión de Servicio
dentro del Organismo Educativo.
V CONVENCIÓN COLECTIVA SISTEMA DE REMUNERACIONES
Consagra un incremento salarial para todos los docentes adscritos a la Secretaria
de Educación y Deporte del Gobierno de Carabobo, sean trabajadores activos u
ordinarios, interinos, jubilados, pensionados e incapacitados, siendo que el señalado
incremento tendría incidencia sobre: bono vacacional, semana adicional, bono
nocturno, prima geográfica y otros beneficios de carácter permanente vinculados con
el salario. Quedando convenido que el señalado
Incremento, se haría efectivo en dos (02) oportunidades distintas tal como se señalan
a continuación:
A) A partir del 1 de enero del año 2009, en un cuarenta y cinco por ciento (45%).
B) A partir del 1 de diciembre de ese mismo año del 2009, en un quince por ciento
(15%).
Respecto del incremento previsto en el literal “b”, se aprecia un párrafo que
expresamente establece que el incremento acordado en esa oportunidad, tendría
incidencia dentro de los aguinaldos para ese año y en los demás beneficios
anteriormente señalados que correspondan en el ejercicio fiscal 2009.
Los referidos incrementos salariales, fueron reflejados dentro del texto de la misma
cláusula Nº 05, utilizando para ello una tabla o tabulador donde se puede apreciar el
nuevo salario a percibir por cada docente conforme al grado o clasificación del
mismo.
De igual forma, se puede apreciar en el contenido de la cláusula en cuestión, el
compromiso asumido por el gobierno de Carabobo de estudiar las posibilidades
técnicas y presupuestarias, con la finalidad de establecer el porcentaje para un nuevo
incremento salarial para el año fiscal del 2010, así como el compromiso, de reconocer
cualquier aumento de carácter salarial que sea otorgado por vía del Poder Ejecutivo o
Legislativo, que le corresponda a los trabajadores de educación y de igual forma, el
beneficio de acuerdos contractuales otorgados a los trabajadores de la educación
dependientes del Ministerio del Poder Popular para la Educación y Deporte.
Ahora bien, entiende esta Procuraduría que la duda en cuanto a la correcta
interpretación de la susodicha cláusula Nº 5, se presenta específicamente en cuanto al
alcance o efectos que derivan del aumento del 15% otorgado el 1 de diciembre de
2009, toda vez que, según se afirma en el oficio emanado de la Dirección a su cargo,
se da por sentado que el Gobierno de Carabobo “… dio por satisfecho en el mes de
diciembre del 2009, el reconocimiento y pago de dicho incremento salarial así como
el reconocimiento y pago de las incidencias en los beneficios relacionados en el
aparte b que se causaron en el mismo mes de diciembre 2009…”, es decir, según la
interpretación hecha por la Oficina Central de Personal, el aludido aumento, y los
efectos derivados del mismo, se produjeron todos a partir del mes de diciembre de
2009, sin ningún tipo de incidencia hacia el pasado.
En este orden de ideas, los representantes de los gremios que hacen vida en la
Secretaria de Educación, mantienen una posición diferente, ya que, según su
interpretación, el aumento del 15% acordado a partir del 1 de diciembre de 2009,
tendría incidencia en todos los beneficios laborales causados durante el ejercicio
fiscal 2009, y es del conocimiento de este Despacho que, además, consideran que el
aumento per se tendría efecto retroactivo y debería pagarse desde el 1 de enero de ese
mismo año.
Planteada así la divergencia de criterios en cuanto a la interpretación de la
Cláusula Nº 5 de la V Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación
(DOCENTES), adscritos la Secretaria de Educación y Deporte del Gobierno de
Carabobo, este órgano procuradural pasa a exponer su opinión en cuanto al alcance y
los efectos que emergen de la referida estipulación contractual, lo cual hacemos en
los términos siguientes:
De la redacción textual de los literales “a” y “b” de la aludida clausula Nº 5, se
desprende claramente el acuerdo de otorgar un incremento del 45% del salario básico
a partir del 1 de enero del 2009, y un incremento del 15% a partir del 1 de diciembre
del 2009, con la particularidad que, con respecto a este último aumento las partes
convinieron en que del mismo se derivaría una incidencia con efecto hacia el pasado.
En el último párrafo del literal “b” de la cláusula Nº 5, las partes determinaron y
dejaron en claro que, el aumento que se otorgaría a partir del 1 de diciembre de 2009,
tendría incidencia, y por lo tanto debía considerarse, a los efectos del pago de
aguinaldos y demás beneficios sociales que les haya correspondido a los trabajadores
en el ejercicio fiscal 2009.
Habiendo las partes signatarias de la V Convención Colectiva de los Trabajadores
de la Educación (DOCENTES), adscritos la Secretaria de Educación y Deporte del
Gobierno de Carabobo, previsto una incidencia general del señalado aumento salarial
del 15% sobre los bonos, primas y demás beneficios de carácter permanente
vinculados al salario que fueron percibidos durante el ejercicio fiscal 2009, no puede
la Administración ahora desconocer tal incidencia y pretender que tal acuerdo surta
efecto solo a partir de la fecha del aumento, es decir, del 1 de diciembre de 2009 en
adelante. Si la intención de las partes hubiere sido esa, no hubiesen hecho referencia
alguna a la incidencia del aumento salarial sobre los bonos, primas y demás
beneficios vinculados al salario, ya que, descolla por lo obvio que todo aumento
salarial afecta e incide positivamente en los beneficios laborales que, a partir del
aumento, perciban los trabajadores.
Por otra parte, tampoco es posible inferir que la intención de las partes fue hacer
extensivo en forma retroactiva el aumento salarial de 15% otorgado a partir del 1 de
diciembre del 2009, al salario percibido desde el 1 de enero del 2009, ya que de haber
sido esa la intención de las partes, simplemente se habría señalado que el aumento del
15% otorgado sería retroactivo desde el 1 de enero del 2009 y no expresar, como en
efecto se hizo y así quedó entendido, que dicho aumento se otorgaba a partir del 1 de
diciembre del 2009.
En razón de lo expuesto, no hay duda respecto a que las partes deseaban acordar
una repercusión del incremento salarial previsto en el literal “b” de la cláusula Nº 5,
más allá de la fecha del inicio de su percepción, toda vez que incluyeron un párrafo
en el que expresamente se quería dejar entendido una especifica consecuencia del
incremento acordado, indicando que se tomaría en consideración en “…los
aguinaldos y demás beneficios anteriormente señalados que correspondan en el
ejercicio fiscal 2009…” aunque ello definitivamente resulte una situación anómala
desde el punto de vista laboral y pueda afectar económicamente a la Administración,
ya que comporta pagar unos bonos, primas y demás beneficios, a razón de un sueldo
que no era el que se devengaba para el momento en que se generó el derecho a
percibirlo.
Ello así, queda claro para esta Procuraduría que por la redacción contenida en la
cláusula Nº 5, específicamente del literal “b” y de su segundo párrafo, las partes
pactaron expresamente un aumento salarial del 15% única y exclusivamente a partir
del 1 de diciembre del 2009, así como también acordaron un impacto retroactivo de
ese incremento del 15% en los beneficios permanentes vinculados al salario que
percibieron durante el ejercicio 2009 y no solo respecto de los que se percibieron a
partir del 1 de diciembre del 2009
CAPITULO IV
FASES METODOLÓGICAS
El trabajo de pasantías se basa en muchos términos y doctrinas, con el objetivo de
conocerlo y estudiarlo mejor es necesario aplicar un tipo de metodología viable para
su mejor comprensión. Su finalidad radica en formular nuevas teorías o modificar las
existentes, e incrementar los conocimientos.
Toda investigación necesita de una metodología, es de mucha importancia su uso
en la elaboración de un proyecto, ella es la hoja de ruta, el plano que orientará el
conjunto de actividades de la investigación, por eso su definición en la fase inicial se
convierte en la línea que impide la pérdida del camino que debe ser recorrido en el
transcurso de la investigación.
4.1.- Diseño y Tipo de la Investigación
Según el problema propuesto y los objetivos planteados, el informe de
pasantía fue realizado siguiendo el enfoque de la investigación bibliográfica o
documental descriptiva, señalada por Sabino (1992), como una investigación basada
en una indagación bibliográfica en la cual es el propio investigador quien define y
selecciona los datos a utilizar.
Este tipo de investigación es una variante de la investigación científica Finol
y otros (1996), señalan que la investigación documental tipo descriptiva, está dirigida
a realizar un análisis e interpretación concienzudo de algún aspecto seleccionado de
la realidad de la sociedad global, mediante revisiones sistematizadas bibliográficas
exhaustivas, ordenadas y sistematizados de una problemática ya definida, que a su
vez orienten hacia el descubrimiento de nuevos datos de los hechos presentes.
En base a nuestro sistema de educación, dicha investigación se basará en un
trabajo bibliográfico y documental, apoyada en la información recolectada, esto por
tratarse de una disyuntiva que ocurre dentro de la institución objeto de estudio en la
presente investigación y el país entero.
4.2.- Nivel de Investigación
La investigación es del tipo descriptiva ya que utiliza el método de análisis,
logrando caracterizar un objeto de estudio o una situación, se señalan sus
propiedades y características. Balestrini (2006) en su libro “Como se Elabora el
Proyecto de Investigación” define la investigación descriptiva como: “El indagar la
incidencia y los valores como se manifiestan una o más variables estudiadas en una
determinada situación” (p.133).
“El objetivo de la investigación descriptiva consiste en llegar a conocer las situaciones, costumbres y actitudes predominantes a través de la descripción exacta de las actividades, objetos, procesos y personas. Su meta no se limita a la recolección de datos, sino a la predicción e identificación de las relaciones que existen entre dos o más variables. Los investigadores no son meros tabuladores, sino que recogen los datos sobre la base de una hipótesis o teoría, exponen y resumen la información de manera cuidadosa y luego analizan minuciosamente los resultados, a fin de extraer generalizaciones significativas que contribuyan al conocimiento”. (p. 129)
Población y Muestra
4.3.- Población
La población es el conjunto de todos los casos que concuerdan con una serie de
especificaciones, podemos decir que la población es la totalidad del fenómeno a
estudiar, en donde las unidades de población posee una característica común la cual
estudia y da origen a los datos. (Hernández Sampieri y otros, 2000
En la presente investigación, las unidades de análisis, objeto de observación o
estudio son los docentes de Venezuela. Según Balestrini (1998), en su obra: “Como
se Elabora el Proyecto de Investigación”, interpreta el concepto de población:
“estadísticamente hablando, por población se entiende un conjunto finito o infinito de
personas, casos o elementos que presentan características comunes” (p.123).
Según Levin y Rubin (1996). "Una población es un conjunto de todos los
elementos que estamos estudiando, acerca de los cuales intentamos sacar
conclusiones". (pag 57)
Tomándose para este estudio una población actual siete mil docentes titulares e
interinos
4.4.- Muestra
La muestra debe ser lo más precisa posible y al mismo tiempo contenga todos los
elementos en la misma preparación que existe en este, de tal manera que sea posible
generalizar los resultados obtenidos de todos el universo.
Según Cadenas (1974). "Una muestra debe ser definida en base de la población
determinada, y las conclusiones que se obtengan de dicha muestra sólo podrán
referirse a la población en estudio", (pag.43)
La muestra estará representada por los educadores del estado Carabobo adscritos a
Secretaria de Educación dependientes de la gobernación del estado, tomando como
muestra para la investigación un grupo de docentes pertenecientes a los municipios
valencia, Carlos Arvelo y los guayos con un total de 100 docentes directivos de los
diferentes planteles educativos de los municipios antes mencionados
Cuadro N° 1. Distribución de la muestra
área Nº de Personas
Educadores de Carabobo 100
Total 100
4.5.- Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
En toda investigación es necesario la utilización y la aplicación de técnicas e
instrumentos para la recolección de datos; lo adecuado, preciso y estratégico de su
aplicación conduce a la obtención de datos firmes que ayuden a resolver los
obstáculos necesarios para alcanzar el fin deseado.
Arias (1999), menciona que “las técnicas de recolección de datos son las distintas
formas de obtener información”. (pág.53).
4.6.- Técnicas de Recolección de Datos
Las técnicas de recolección de datos son las estrategias que utiliza el investigador
para recolectar información sobre un hecho o fenómeno. Estas varían de acuerdo al
tipo de investigación, pueden ser: Encuestas, observación, análisis documental, entre
otras.
4.7.- La Encuesta
Una encuesta es un conjunto de preguntas normalizadas dirigidas a una muestra
representativa de la población o instituciones, con el fin de conocer estados de
opinión o hechos específicos. El investigador debe seleccionar las preguntas más
convenientes, de acuerdo con la naturaleza de la investigación y, sobre todo,
considerando el nivel de educación de las personas que se van a responder el
cuestionario.
Según Beveridge (1995), “es la técnica que le permite al investigador estimular al
entrevistado a una mayor interpretación en sus propias experiencias, y explorar así
áreas importantes de la organización”. (p.120).
4.8.- Instrumentos de Recolección de Datos
Los instrumentos para la recolección de datos de esta investigación se hicieron, a
través, de un cuestionario que según Acevedo, R (1992), expresan: “Que este
instrumento es uno de las utilizados, que consiste en una seria de preguntas cuyas
características permiten obtener información escrita de los respondientes” (p.70),
acerca del mismo sistema manual utilizado y el uso de la tecnología en los procesos
ítem.
Según Arias (1999),”Los instrumentos son los medios materiales que se emplean
para recoger y almacenar la información (pág.53).
Cuestionario: Es una lista de preguntas, mediante la cual se obtiene la observación
de un sujeto o grupo de personas por medio de respuestas escritas.
El cuestionario aplicado en la investigación estuvo estructurado con preguntas, en
las cuales las personas poseen alternativas, por lo tanto se le permite elegir una de
ellas.
4.9.- Cuestionario
Se define como una lista de preguntas, mediante la cual se obtiene la información
de un sujeto o grupo de personas por medio de respuestas escritas Si ( ) No ( ).
El cuestionario aplicado en la investigación estuvo estructurado con preguntas
cerradas, en las cuales las personas poseen dos alternativas, por lo tanto se le permite
elegir una de ellas.
CAPITULO V
RESULTADOS, CONCLUSIONES, RECOMENDACIONES
Tomando como punto de partida el objetivo del informe de pasantías se procede a
la realización de la encuesta elaborada para determinar la necesidad del mismo. Una
vez que se recopilaron los datos con los instrumentos diseñados para este fin es
necesario procesarlos y analizarlos, es decir, cuantificarlo matemáticamente, ya que el
tratamiento estadístico permiten llegar a conclusiones con relación a la problemática
planteada.
La encuesta elaborada para la propuesta estuvo conformada por 10 ítems, que buscaran establecer la aplicación de derecho laboral en las reivindicaciones de los Educadores.
Se presenta a continuación el análisis de los ítems de acuerdo a los datos
obtenidos mediante la aplicación de la encuesta elaborada para tal fin. Luego se
procederá a presentar el análisis ítem por ítem donde, además del análisis de las
respuestas obtenidas, se encuentran gráficos que permiten al lector observar la
tendencia demostrada por los educadores de la muestra consultada.
De igual manera se presentan las conclusiones a las que se pretende llegar luego
de la recolección y análisis de la información obtenida para el desarrollo del proyecto,
dicha información servirá de base a nuevas investigaciones que se realicen con
relación al tema tratado en el informe.
1. ¿Cree usted necesario que si se dan mejoras en las reivindicaciones a los
educadores se cambiaria el nivel de enseñanza a los educandos?
Cuadro Nº 2. Porcentaje de Resultados # 1
Si % No % Total % 9 90% 1 10% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°1. Resultado de la Pregunta #1
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis El 90% de la muestra encuestada opina que si se dan las reivindicaciones
laborales a los educadores, se verá un cambio en el nivel y calidad de la enseñanza a
los educandos
2. ¿Considera usted eficiente la manera de actuación de los patronos en
cuanto al otorgamiento de las reivindicaciones laborales?
Cuadro Nº 3. Porcentaje de Resultados # 2
Si % No % Total % 4 40% 6 60% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°2. Resultado de la Pregunta #2
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis
Según los resultados obtenidos el 60% de los educadores piensan que no se está
llevando de manera eficiente la entrega de las reivindicaciones laborales a los
educadores del estado Carabobo.
3. ¿Actualmente cree usted que los educadores se encuentran conformes con
el salario y la forma de pago de este?
Cuadro Nº 4. Porcentaje de Resultados # 3
Si % No % Total % 0 0% 10 100% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°3. Resultado de la Pregunta #3
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis
De los resultados obtenidos un 100% de los educadores del estado Carabobo,
opinan no estar de acuerdo con el salario devengado ni con los beneficios que se
obtienen
4. ¿cree usted que las inspectorías de trabajo de Valencia, cuentan con los
procedimientos adecuados para atender y resolver los diferentes conflictos
que presenten las partes involucradas?
Cuadro Nº 5. Porcentaje de Resultados # 4
Si % No % Total % 8 80% 2 20% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°4. Resultado de la Pregunta #4
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis En el gráfico se aprecia que el 80% respondió que si poseen el control de los
procedimientos que en las inspectorias de trabajo se llevan.
5. ¿Se siente usted satisfecho de los resultados y acuerdos obtenidos
actualmente por los sindicatos?
Cuadro Nº 6. Porcentaje de Resultados # 5
Si % No % Total % 0 0% 10 100% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°5. Resultado de la Pregunta #5
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis
En el gráfico se aprecia que el 100% respondió no estar conforme con los
diferentes acuerdos y resultados que se han obtenido de las diferentes
representaciones sindicales.
6. ¿Cree usted que el gobierno del estado Carabobo hicieran cumplir sus
providencias administrativas de manera coercitivas en el aumento salarial a
través de un decreto gubernamental?
Cuadro Nº 7. Porcentaje de Resultados # 6
Si % No % Total % 10 100% 0 0% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°6. Resultado de la Pregunta #6
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis
En el gráfico se aprecia que el 100% respondió que el gobierno del estado
Carabobo hizo cumplir a través de la providencia el aumento salarial
7 ¿Considera usted necesaria la lucha de los diferentes sindicatos de educadores
para el logro de las reivindicaciones?
Cuadro Nº 8. Porcentaje de Resultados # 7
Si % No % Total % 10 100% 0 00% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°7. Resultado de la Pregunta #7
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis
En el gráfico se aprecia que el 100% respondió estar de acuerdo, pues son los
sindicatos los encargados de luchar por las reivindicaciones del gremio docente.
8 ¿Cree usted que las personas que estén protegidos por una contratación
colectiva pueda gozar de mejores beneficios en sus reivindicaciones?
Cuadro Nº 9. Porcentaje de Resultados # 8
Si % No % Total % 10 100% 0 0% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°9. Resultado de la Pregunta #8
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis
Según los resultados obtenidos se aprecia que el 100% respondió que cuando un
trabajador estar protegido por un contrato colectivo goza de mejores beneficios.
9 ¿Considera usted que a los abogados le convendría que se redujera el tiempo
de duración del procedimiento administrativo llevado en las inspectorías de trabajo en
cuanto a los pliegos conflictivos como resultado de no lograr acuerdo entre el patrono
Cuadro Nº 10. Porcentaje de Resultados # 9
Si % No % Total % 10 100% 0 0% 10 100%
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Grafico N°9. Resultado de la Pregunta #9
Fuente: M. Alcalá de Liendo (2011).
Análisis Según los resultados obtenidos se aprecia que el 100% considera
conveniente reducir el tiempo de duración del procedimiento administrativo llevado
en las inspectorías de trabajo
CONCLUSIONES
Las Reivindicaciones Laborales es un beneficio que es irrenunciable a cada
educador, este derecho tiene por objetivo la protección y progresividad del salario e
ingreso al educador, evitando de esta forma que los patronos sean una interposición
entre educador y el educado, quienes son los más afectados económica, psicológica y
socialmente antes una situación.
La investigación se basó en realizar la Aplicación de derecho laboral en las
reivindicaciones de los Educadores, con el fin de analizar la problemática que
ocasiona la inconformidad del salario de los educadores, apoyada en la observación
documental. Los datos arrojados del cuestionario aplicado a los educadores del estado
Carabobo en el indican que más del 80% está de acuerdo en que casi todos los
educadores están en disconformidad con el salario devengado, así como los
beneficios obtenidos y todo por el no otorgamiento de las reivindicaciones laborales.
De tal manera que se puede concluir que las organizaciones de docentes deben acudir
antes los organismos competentes siempre y cuando se ajusten sus solicitudes a
derecho como la planteada en este informe de pasantías.
Esta es la realidad de nuestros maestros más allá de los discursos y las
disertaciones protocolares. Esto los ha obligado al doble turno, a la buhonería dentro
de los planteles, a «matar tigres» para poder sobrevivir. Tales técnicas de
supervivencia traen como consecuencia lógica una merma en el rendimiento y en la
motivación de los maestros hacia su trabajo. A esta situación debe añadírsele la
consiguiente dosis de deficientes condiciones de trabajo, falta de recursos, escuelas
deterioradas, poco estímulo por parte de la comunidad, persecución política para los
que no comparten los ideales del llamado «proceso», sin dejar de mencionar las
sempiternas violaciones por parte del Ministerio de Educación y Deportes, a los
derechos y beneficios establecidos en las diferentes contrataciones colectivas. En
tales condiciones, y esta es nuestra hipótesis, solamente una gran vocación es lo que
ha evitado que nuestros docentes sucumban en el intento.
RECOMENDACIONES
De acuerdo con todo lo antes descrito y explicado es necesario para que se acabe
con tal situación vivida en todo el país, una serie de cambios o ajustes en el sistema
de justicia en el área laboral para los educadores debido a que si no se realizan se
seguirá viviendo el mismo caos que se ve hoy en día en la sociedad venezolana. A
continuación se les presentara una serie de recomendaciones que su aplicación
ayudaría a subsanar la problemática antes planteada:
- El líder sindical debe prepararse con estudios superiores en la materia que le permita
actualizarse con los diferentes enfoques pertinentes a la actualidad.
- Los líderes sindicales antes que político debe considerarse un Promotor Social
vinculado a procesos de investigación y gestión comunitaria para proponer cambios en
sentido global e integral que beneficie al docente y a su entorno
- Otorgar prioridad al desarrollo de políticas nacionales integrales en relación
con la profesión docente, de manera que se revalorice su tarea, y puedan
responder de manera efectiva a las demandas de la sociedad. Esto requiere
articular la formación inicial con la formación en servicio, establecer la
carrera docente en función del compromiso y la responsabilidad por los
resultados, y mejorar las condiciones laborales y las remuneraciones.
- mejorar las condiciones laborales de los docentes, el reconocimiento público
al magisterio y el status social, como parte de una política global tendente a
solidificar el compromiso de los docentes con los cambios que se pretenden
en la educación.
- Crear las condiciones laborales necesarias para el buen desempeño de los
docentes en situaciones difíciles, Propiciar la participación protagónica de los
docentes en los cambios que demandan los procesos de reforma. Esto implica
constituir espacios, procedimientos y estructuras que faciliten su participación
en los distintos niveles, en la escuela, la comunidad local, regional y nacional.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
ACTIVIDADES
TIEMPO
Abril 2012
Mayo 2012
Junio 2012
Julio 2012
Agosto 2012
TOTAL EN SEMANAS
Planificación de la investigación 6
Diagnóstico 1 Recolección de los datos 3 Análisis e interpretación de los datos recabados 2
Redacción del Informe Final 4 Defensa 1
Total 17
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CARRERA: DERECHO
ANÁLISIS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS REIVINDICACIONES LABORALES A LOS EDUCADORES.
1. ¿Cree usted necesario que si se dan mejoras en las reivindicaciones a los
educadores se cambiaria el nivel de enseñanza a los educandos?
SI___ NO___
2. ¿Considera usted eficiente la manera de actuación de los patronos en cuanto al
otorgamiento de las reivindicaciones laborales?
SI___ NO__
3. ¿Actualmente cree usted que los educadores se encuentran conformes con el
salario y la forma de pago de este?
SI___ NO__
4. ¿cree usted que las inspectorías de trabajo de Valencia, cuentan con los
procedimientos adecuados para atender y resolver los diferentes conflictos
que presenten las partes involucradas?
SI___ NO_
5 ¿Se siente usted satisfecho de los resultados y acuerdos obtenidos
actualmente por los sindicatos?
SI___ NO__
6 ¿Cree usted que el gobierno del estado Carabobo hicieran cumplir sus
providencias administrativas de manera coercitivas el aumento salarial a través
de un decreto gubernamental?
SI___ NO__
7 ¿Considera usted necesaria la lucha de los diferentes sindicatos de educadores
para el logro de las reivindicaciones?
SI___ NO__
8 ¿Cree usted que las personas que estén protegidos por una contratación
colectiva pueda gozar de mejores beneficios en sus reivindicaciones?
SI___ NO__
9 ¿Considera usted que a los abogados le convendría que se redujera el tiempo
de duración del procedimiento administrativo llevado en las inspectorías de trabajo en
cuanto a los pliegos conflictivos como resultado de no lograr acuerdo entre el
patrono.
SI___ NO__
BIBLIOGRAFIA
Libros
• Sabino, C. (2005). “Proyecto de Investigación”. Editorial: Panapo, Venezuela.
Diccionarios o Enciclopedias
• Real academia española. (2006). Diccionario de la lengua española. Madrid.
España.
Leyes y normas
• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
• Contrato colectivo y convenciones de educadores.
• www.google.com