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Descargas www.nuestrauade.com RESUMEN Estado: Es la comunidad soberana que debe satisfacer las necesidades generales de una población. Es una sociedad o comunidad que se organiza jurídica y políticamente con un objeto de bien común. Tiene 5 elementos: 1-territorio, 2-población, 3-poder, 4- gobierno y 5-derecho. Derecho: Es una palabra ambigua, tiene varios significados y podemos clasificarla de varias maneras: Derecho Objetivo: Son todas las normas escritas (Ej. Código Civil) Derecho Subjetivo: Son los permisos y libertades que el Derecho Objetivo nos da (Ej. Elegir el culto que queremos) Derecho Natural: Son principios de validéz universal, superior a toda norma creada por el hombre e incluyen el valor justicia. (Ej. Derecho a la Vida) Derecho Positivo: Son normas creadas por el hombre y sancionadas por la autoridad del Estado. Es local porque cada comunidad se sanciona sus propias leyes. (Ej. Constitución Nacional) Derecho y Moral (Diferencias): (JUSTO O INJUSTO) – DERECHO - MORAL – (BIEN O MAL) BILATERAL - UNILATERAL Regula relaciones que se dan dentro de una comunidad - Toma el pensamiento detrás de la acción HETERÓNOMO - AUTÓNOMO Lo impone el Gobierno - Lo impongo yo mismo COERCIBLE - INCOERCIBLE Si no cumplo, me lo pueden exigir por la fuerza - No me pueden obligar a cumplir con ella SANCIÓN - SANCIÓN Impuesta por la autoridad del Estado - Autorreproche o culpa + Sanción Social Usos Sociales: (AMABILIDAD O INAMABILIDAD) Son reglas de cortesía, amabilidad, que hacen a la convivencia más agradable. DERECHO Fuentes: 1- Costumbre 2- Jurisprudencia 3- Ley 4- Doctrina

Resumen Derecho Argentino

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Conceptos de la introducción al Derecho Argentino

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RESUMENEstado: Es la comunidad soberana que debe satisfacer las necesidades generales de una población. Es una sociedad o comunidad que se organiza jurídica y políticamente con un objeto de bien común. Tiene 5 elementos: 1-territorio, 2-población, 3-poder, 4-gobierno y 5-derecho.

Derecho: Es una palabra ambigua, tiene varios significados y podemos clasificarla de varias maneras: Derecho Objetivo: Son todas las normas escritas (Ej. Código Civil) Derecho Subjetivo: Son los permisos y libertades que el Derecho Objetivo nos da (Ej. Elegir el culto que queremos) Derecho Natural: Son principios de validéz universal, superior a toda norma creada por el hombre e incluyen el valor justicia. (Ej. Derecho a la Vida) Derecho Positivo: Son normas creadas por el hombre y sancionadas por la autoridad del Estado. Es local porque cada comunidad se sanciona sus propias leyes. (Ej.

Constitución Nacional)

Derecho y Moral (Diferencias):

(JUSTO O INJUSTO) – DERECHO - MORAL – (BIEN O MAL)BILATERAL - UNILATERAL

Regula relaciones que se dan dentro de una comunidad - Toma el pensamiento detrás de la acciónHETERÓNOMO - AUTÓNOMO

Lo impone el Gobierno - Lo impongo yo mismoCOERCIBLE - INCOERCIBLE

Si no cumplo, me lo pueden exigir por la fuerza - No me pueden obligar a cumplir con ellaSANCIÓN - SANCIÓN

Impuesta por la autoridad del Estado - Autorreproche o culpa + Sanción Social

Usos Sociales: (AMABILIDAD O INAMABILIDAD) Son reglas de cortesía, amabilidad, que hacen a la convivencia más agradable.

DERECHO

Fuentes:1- Costumbre2- Jurisprudencia3- Ley4- Doctrina

Efectos:1) Con relación al TERRITORIO:A-Principio de la Nacionalidad: Los derechos acompañan a la persona a donde vaya.B-Principio de Territorialidad: Se aplican los derechos del lugar donde se encuentra la persona.C-Principio de la Comunidad del Derecho: Se evalúa la posibilidad de aplicar otra norma en casos que no afecten al orden público.

En ARGENTINA:Se aplica el Ppio de Territorialidad pero siguiendo a Savigny se admiten algunos casos especiales:-Inmuebles: Ley del Lugar

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-Muebles: Permanentes: Ley del Lugar-Muebles: De uso personal: Ley del Domicilio-Capacidad de Derecho: Ley del Lugar-Capacidad de Hecho: Ley del Domicilio-Divorcio: Es juez competente el del último domicilio conyugal-Sucesiones: Es juez competente el del último domicilio del causante-Contratos: Ley del Lugar-Forma de los actos jurídicos: Ley del Lugar

Art. 14 (C.C.) – Se aplica sólo a pedido de parte.

2) Con relación al TIEMPO:A-Principio de Retroactividad: La sanción de una nueva ley rige para hechos pasados, presentes y futuros.B-Principio de Irretroactividad: La sanción de una nueva ley rige para hechos futuros y efectos pendientes de situaciones pasadas.

COSTUMBRE JURISPRUDENCIA LEY DOCTRINASon reglasde convivencia creadas por la comunidad y por el uso general y prolongado se lo considera obligatorio.

Es OBJETIVO porque tiene una conducta que se reitera. Es SUBJETIVO porque incluye la convicción de obligatoriedad de esa conducta.

Características:No tienen autor conocidoRequieren paso del tiempoEvolución lentaUniformidad

Art. 17 (2 clases de costumbre)1-Según la ley: Prevista, complementa.2-No prevista por la ley: Hay laguna del derecho, se utiliza la ley.3-Contra la ley: Realidad <> de ley.

Conjunto de fallos.

Fallos No Plenarios: No Obligatorios.

Fallos Plenarios: Obligatorios. Sancionados por la Cámara de Apelación.

Es una norma jurídica general, obligatoria y coactiva.

1-Sentido Estricto: Sancionda por el Congreso.2-Sentido Amplio: Todas las normas jurídicas.

Clases de ley:1-Imperativas: Obligatorias (Sociedad Conyugal & Herederos forzosos).2-Supletorias: No obligatorias (Materia de Contratos).

Conjunto de investigaciones.

No es una fuente obligatoria, actú por persuación.

Ramas del Derecho:Criterios de Clasificación:1-Teoría de los sujetos: Depende de quién sea el que intervenga.2-Teoría del interés: Depende de qué interés se quiere proteger.3-Teoría Negatoria: Los autores modernos consideran esta división está desactualizada.4-Otros autores: Dicen que actualmente se divide en 4 grandes bloques: 1-Dcho Público, 2-Dcho Privado, 3-Dchos Intermedios y 4-Nuevos Dchos.

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DERECHO PÚBLICO:1-Dcho Internacional Público: Regula relaciones de Est con Est a través de Tratados Internacionales.2-Dcho Administrativo: Regula la actividad de la administración pública y la prestación de los servicios públicos.3-Dcho Financiero: Regula los recursos y gastos del Est y analiza el presupuesto Nacional.4-Dcho Procesal: Regula la actuación de las partes en un proceso judicial.5-Dcho Penal: Estudia el delito y su sanción, se maneja con figuras tipificadas.6-Dcho Constitucional: Regula la organización de un Est, los Dchos y Libertades y la división de poderes.

DERECHO PRIVADO:1-Dcho Internacional Privado: Regula las relaciones particulares en las que aparecen un elemento ajeno al Dcho Nacional.2-Dcho Civil: Regula a la persona, los atributos, las obligaciones, los contratos, la familia y las sucesiones.3-Dcho Comercial: Regula la actuación del comerciante y los actos de comercio.4-Dcho de Aeronáutica: Regula el transporte de personas y cosas por aire.5-Dcho de Navegación: Regula el transporte de personas y cosas por agua.

DERECHOS INTERMEDIOS:1-Dchos Sociales:a- Laboral: Regula a los trabajadores en relación de dependencia. b- Seguridad Social: Regula jubilaciones, pensiones, seguros de vida, asignaciones.2-Dchos de los Recursos Naturalesa- Agrario: Regula la exportación agrícola-ganadera. b- Minero: Regula la explotación de yacimientos mineros.

NUEVOS DERECHOS:1-Dcho Informático: Regula los contratos informáticos (hardware o software).2-Dcho Espacial: Regula la conquista del espacio con fines pacíficos.3-Dchos de la Ecología: Estudia la necesidad del uso sustentable, los riesgos de contaminación y la boiodiversidad.

Artículos de la Constitución Nacional

1 - Forma de Estado y de Gobierno6 - Intervención Federal

14 - Derechos Civiles (1ºG)14 Bis - Derechos del Trabajador en Relación de Dependencia/ Derechos Gremiales/ Derechos de Seguridad Social (2ºG)

15 - Principio de Libertad de las Personas (1ºG)16 - Principio de Igualdad (1ºG)17 - Principio de Propiedad Privada (1ºG)18 - Garantías Personales19 - Principio de Legalidad/ Principio de Intimidad (1ºG)20 - Derecho de los Extranjeros (1ºG)23 - Estado de Sitio

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30 - Forma de Reforma de la Constitución31 - Supremacía de la Constitución37 - Sufragio38 - Partidos Políticos39 - Iniciativa Popular40 - Consulta Popular41 - Cláusula Ambiental (3ºG)42 - Derecho de los Usuarios & Consumidores (3ºG)43 - Garantías Procesales75 - Atributos del Poder Legislativo

129 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Artículo 1: Forma de Estado y de GobiernoForma de Estado: FEDERALEs FEDERAL porque hay una doble descentralización, hay descentralización política (el país se divide en provincias y cada una es autónoma y sanciona su propia constitución y elige su propia autoridad) y hay descentralización administrativa (a su vez se dividen en municipios/ departamentos /partidos).

Forma de Gobierno: REPRESENTATIVA Y REPUBLICANAEs REPRESENTATIVA porque el pueblo gobierna y legisla a través de sus representantes. Y es REPUBLICANA porque hay igualdad entre las personas, debe haber partidos políticos, hay responsabilidad de los funcionarios, hay división de poderes, hay elección popular de gobernantes, etc.

Artículo 39: Iniciativa PopularHay 5 temas que no se pueden tocar: el presupuesto, los tratados internacionales, los impuestos, la reforma de la CN y temas penales. La CN dice que el Congreso debe sancionar una ley que establezca la cantidad de firmas que deben acompañar el proyecto, sin embargo, no pueden exigir más del 3 % del padrón electoral, la ley actual pide un 1,5 %. Al presentar un proyecto, se le hace un muestreo al azar de las firmas para verificar la autenticidad de las mismas, si pasa el muestreo entonces el proyecto ingresa a la Cámara de Diputados, si no, se lo rechaza. Los requisitos para presentar un proyecto son: debe ser redactado en forma clara y sencilla, y debe ser presentado y redactado como ley, además debe nombrar al promotor del proyecto y con qué fondos se pudo divulgar el mismo.

Artículo 40: Consulta PopularEn éste caso, contrariamente al Artículo 39, son las autoridades las que consultan a los ciudadanos. Hay dos clases de consulta: el resultado de la consulta popular vinculante es obligatoria para la autoridad y el resultado de la consulta popular no vinculante no es obligatoria para las autoridades.

Esquema de la CN:-PREÁMBULO: Introducción o Prólogo.-1º PARTE: Parte Dogmática (Arts. 1-43)--Capítulo I: Declaraciones, Derechos y Garantías --Capítulo II: Nuevos Derechos y Garantías-2º PARTE: Parte Orgánica (Arts. 43-129)--Título I: Gobierno Federal (División de Poderes, Jefe de Gabinete, Defensor del Pueblo)--Título II: Gobiernos de Provincia (Relaciones entre Nación y Provs. / Concurrentes/ Delegados por las Provs.)

Artículo 129: Ciudad Autónoma de Ciudad e Buenos Aires

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Se refiere a la CABA que desde 1994 dejó de ser provincia para ser una Ciudad Autónoma, tiene constitución propia, Jefe de Gobierno, legislatura y tribunales locales.

Artículo 31: Supremacía de la CNHay una norma jerárquicamente superior a todas las demás normas, o sea, todas las normas inferiores a la CN deben estar en concordancia con la misma, caso contrario, se le declara la invalidez (inconstitucionalidad). En primer lugar está la CN más los 10 Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. En segundo lugar se encuentran los Tratados Internacionales. Y, en tercer lugar está la Ley Nacional.

Control de Constitucionalidad:Es, controlar si una norma inferior está de acuerdo o no con la CN, si no lo está, se le declara la inconstitucionalidad. Hay dos tipos de controles: Control Político (Se realiza después de la sanción pero antes de la vigencia como ley. Ej. Francia. ) Y Control Judicial (Se realiza con la ley ya vigente y sólo a pedido de parte para una causa concreta. Puede ser DIFUSA – Todos los jueces del país lo pueden realizar- o CONCENTRADA – Sólo un Tribunal del país lo puede realizar- . )

Artículo 30: Forma de Reforma de la ConstituciónLa CN Argentina es una constitución rígida, esto quiere decir que se lo reforma con dificultad. Esto consiste en un procedimiento especial con un órgano especial. El PRIMER PASO es: El Congreso Nacional debe sancionar una ley declarando la necesidad de Reforma y el temario de la Reforma. El SEGUNDO PASO es: Se crea una Convención Constituyente que está conformada por miembros de todos los partidos políticos, el cual jura por la nueva constitución. Finalizada la Reforma, se disuelve la Convención.

Derechos & LibertadesSe dividen en generaciones de Dchos.Primera Generación: Dchos Individuales – Son para poner límite al poder del Est. (Arts. 14, 15, 16, 17,19 & 20)Segunda Generación: Dchos Sociales – Son para que el Est intervenga para regular el mercado laboral. (Art. 14 bis)Tercera Generación: Dchos Colectivos – Corresponden a toda la comunidad. (Arts. 41 & 42)

Artículo 14: Dchos CivilesEs el artículo básico de los Dchos Civiles, pero o enumera todos, están por ejemplo, el derecho a la libre expresión, a la libre asociación, a la libertad de prensa, libertad de culto.

Artículo 15: Ppio de Libertad de las PersonasProhíbe la esclavitud. La compra-venta de personas es un delito. Todos los esclavos que pisen el suelo argentino tienen este derecho.

Artículo 16: Ppio de Igualdad de las PersonasTodas las personas son iguales frente a la ley. No hay privilegios por ser o no de uno u otro sector o por títulos de nobleza. También declara la igualdad de oportunidades de trabajo.

Artículo 17: Ppio de Propiedad PrivadaLa propiedad es inviolable, o sea que a nadie se la puede privar de forma arbitraria. Sin embargo, hay casos especiales en los que el Est puede intervenir: 1-Por sentencia basada en ley y 2-Por expropiación.

Artículo 19: Ppio de Legalidad y Ppio de Intimidad de las PersonasEl Ppio de Legalidad sustenta que para imponer o prohibir una conducta debe haber una ley que imponga o que prohíba.

Artículo 20: Dcho de los ExtranjerosTodos los extranjeros que pisen el suelo argentino gozan de los mismos derechos civiles que un argentino.

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Artículo 14 Bis: Dcho de los Trabajadores, Dcho de los Gremios y Dchos de Seguridad SocialDcho de los Trabajadores: Salario Mínimo Vital y Móvil, Licencias y Vacaciones pagas, Jornadas limitadas de labor, Igual remuneración por igual tarea. Dcho de los Gremios: Dcho de Huelga y Convenios Colectivos de Trabajo.Dcho de Seguridad Social: Jubilación, Pensión, Asignaciones, Protección Social, Subsidios.

Artículo 41: Cláusula Ambiental, Ppio de Equidad Intergeneracional y Ppio del desarrollo SustentableCláusula Ambiental: Todos los ciudadanos tenemos el dcho de vivir en un ambiente sano y equilibrado.Ppio de Equidad Intergeneracional: Lo que hay sirva para mí y la generación que sigue.Ppio del Desarrollo Sustentable: Correcto uso de los recursos.

Artículo 42: Dcho de los Usuarios & ConsumidoresTodos los ciudadanos tienen el dcho de obtener información veraz de los productos o servicios a consumir. El Est debe favorecer la competencia y evitar la formación de monopolios.

Garantías: Son medios que la CN provee para que la persona pueda hacer valer sus dchos cuando el Est o algún particular pretendan lesionar, restringir dchos y libertades. (Arts. 18 & 43)

Artículo 18: Garantías PersonalesEnuncia ciertas garantías. Por ejemplo, las personas no pueden ser obligadas a declarar contra sí mismas, todas las personas tienen dcho de defensa en juicio, están prohibidas las torturas, para irrumpir en la propiedad privada de las personas se necesita orden judicial.

Artículo 43: Garantías Procesales – Habeas Corpus, Habeas data & AmparoHabeas Corpus: Es una acción judicial que una persona puede presentar al juez en caso que alguna autoridad del Est restrinja el derecho a la libertad física de la persona. Se puede presentar en caso de que haya desaparición forzada de personas, arrestos ilegales o alteración sin justa causa la detención de una persona. La puede pedir tanto la persona afectada como cualquier persona amparada a ella. Es una acción de carácter expedito, o sea, urgente, para que el juez busque a la persona y ordene el recupero de la libertad de la misma. Cuando el juez recibe el pedido de un Habeas Corpus, debe ordenar que la autoridad denunciada lleve a la persona al despacho del juez y debe pedir un informe detallado de las causas del arresto. En el juicio deben estar presentes el juez, la persona, el abogado y la autoridad denunciada. Si en el juicio se determina que se lo arresto por causas injustas o imprecisas, se lo libera inmediatamente. Habeas Data: Es una acción judicial en donde únicamente la persona afectada puede iniciar el pedido. Es para que el juez ordene a la entidad pública o privada que se presenten los datos de aquella persona interesada para verificar si los datos son correctos o para impedir que se los publique. Esta acción, protege el Dcho a la Intimidad de las personas y a la Buena Fama. Amparo: Es una acción judicial que una persona puede iniciar para proteger todos los dchos de la CN. La pueden iniciar las personas afectadas, el defensor del pueblo y asociaciones debidamente registradas que protejan fines comunitarios. Se puede iniciar a causa de una acción que restrinja un dcho o también por una omisión que lesione un dcho. (Casos Siri & Kot)

Derechos Políticos:Sólo le corresponden a los ciudadanos argentinos nativos mayores de 18 años y a los extranjeros que obtienen ciudadanía argentina. (Arts. 37 & 38)

Artículo 37: SufragioEs el medio por el cual las personas que están en condiciones de votar eligen al Presidente, legisladores o voten cuando hay una consulta popular. Basada en la Ley Sáenz Peña tiene 4 características: el voto es universal, secreto, obligatorio e igual. Incluye un aspecto subjetivo que es el dcho a ser elegido. Debe haber igualdad de oportunidades para el hombre y la mujer que accedan a cargos públicos y/o partidarios (Ley de Cupos).

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Artículo 38: Partidos PolíticosNacen como consecuencia del artículo 14 (Dcho de Libre Asociación). Son instituciones básicas/fundamentales para la vida democrática. Para poder funcionar como partidos, la Justicia Electoral les debe otorgar la PERSONERÍA POLÍTICA (reconocimiento). Sólo los p. p. pueden presentar candidatos a elecciones y deben realizar elecciones internas. Se pueden crear tanto partidos nacionales como provinciales. Los p. p. deben dar a conocer cual es el origen y evolución de su patrimonio (deben llevar contabilidad detallada). El Est debe contribuir con el FONDO PARTIDARIO PERMANENTE para los p. p. y con cursos de capacitación. Así como la Justicia Federa otorga la personería, ésta también le puede declarar la caducidad, siendo así que el partido debe dejar de funcionar como partido pero puede seguir funcionando como asociación (casos: 2 elecciones votos menores al 2% del padrón, 3 elecciones consecutivas sin presentarse y 4 años sin realizar elecciones internas). La Justicia Federal también puede declarar la extinción de un partido, quedando éste disuelto (causas: delitos de sus autoridades y adoctrinamiento militar de sus afiliados).

Artículo 36: Defensa del Orden DemocráticoEstablece sanciones para las personas o grupos que atenten contra la CN o el Est y también establece sanciones para las personas o grupos que a raíz de esos atentados usurpen funciones que debieran ser ejercidas por autoridades legítimas. A las personas o grupos que cometan éstos delitos se les debe sancionar con la misma pena que el Código Penal establece para las personas que cometen Traición a la Patria, siendo éste una figura simple si lo cometen civiles o una figura agravada si lo realizan fuerzas militares. Para que esto se pueda llevar a cabo, la CN debe mantener su supremacía a pesar de un Golpe de Estado. Estos delitos no pueden ser indultados por el Presidente, nunca prescriben y los que lo cometen no pueden volver a ejercer cargos públicos.

Reparto de Competencias entre Nación & ProvinciasSe dan tres tipos de relaciones: 1-Relaciones de suprasubordinación: Todas las leyes provinciales deben estar por debajo las leyes nacionales.2-Relaciones de participación: Cada provincia y la CABA manda 3 representantes al senado, participando de esta manera en las decisiones del gobierno.3-Relaciones de Coordinación:a-Los poderes exclusivos del Gobierno Federal son: Legislar sobre las aduanas y los fondos aduaneros que no se coparticipan con las provincias, declarar estado de sitio, intervención federal y sancionar leyes de fondo.b-Los poderes exclusivos de las Provincias son: Sancionar sus propias constituciones e imponer impuestos directos.c-Los poderes concurrentes son: Imponer impuesto indirectos, promover las industrias, protección del ambiente y de los dchos de los usuarios y consumidores.

Artículo 6: Intervención FederalEl que interviene es el Gobierno Federal. Puede intervenir por: 1-Propia decisión (para garantizar la forma republicana de gobierno o para repeler invasiones extranjeras) o 2-A pedido de las autoridades provinciales (para reestablecer o sostener su autoridad si fueron depuestas por rebelión o si fueron depuestas por invasión de otra provincia). La decisión de intervención la toma el Congreso que en caso de receso la toma el Presidente y simultáneamente convoca a sesiones extraordinarias. El Presidente nombra por decreto al Interventor Federal, se pueden intervenir los 3 poderes juntos o por separado. Esta medida es de excepción y la duración depende básicamente de ese acto por el que se produce la intervención.

Artículo 23: Estado de SitioSignifica que al ser declarada en uno o varios puntos del país, en ése o esos puntos del país se suspenden transitoriamente las garantías constitucionales que estén vinculadas con el acontecimiento por el que se declara el estado de sitio. Es una medida de excepción temporaria y se puede declara en dos casos: 1-Conmoción interior que ponga en peligro a la CN y a las autoridades y 2-Ataque exterior. Durante el estado de sitio el Presidente adquiere dos facultades extraordinarias: Puede ordenar el traslado y el arresto de personas relacionados con éstos temas.

Poder Legislativo:Es bicameral porque está compuesto por dos cámaras: la Cámara de Senadores (que representa a las provincias) y la Cámara de Diputados (que representa al pueblo).

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1-Sesiones2-Características3-Normas comunes4-Funciones5-Atributos (Art. 75)

1-Sesiones:-Sesiones Ordinarias: Son las que se sesionan del 01/03-30/11. -Sesiones Preparatorias: Son previas a las ordinarias. Se eligen las autoridades, se organizan las comisiones, se recibe a los nuevos y se toma juramento. -Sesiones de Prórroga: El Presidente por decreto puede prolongar el período ordinario.-Sesiones Extraordinarias: Son aquellas que se convocan por decreto, por motivos de gravedad y sólo se puede tratar el tema por el cual fueron convocados.

2-Características:DIPUTADOS - SENADORES

Uno cada 33000 habitantes - Tres senadores por Provincia + CABADuración: 4 años - Duración: 6 años

Mayor de 25 años - Mayor de 30 añosArgentino Naturalizado o Nativo - Argentino Naturalizado o Nativo

Tener arraigo - Tener arraigo  - Para la ciudadanía se pden 6 años

3-Normas comunes a las dos cámaras:-Cada cámara dicta su propio reglamento-Las cámaras tienen poder disciplinario-Los funcionarios tienen inmunidad de opinión-Los funcionarios tienen inmunidad de arresto-Los funcionarios pueden interpelar a los ministros

4-Funciones-Sancionar leyes-Juicio Político-En la reforma de la CN, cumple con la función específica de la declaración de la necesidad de reforma y fija el temario.

5-Atribuciones-Poderes en materia de legislación general: Corresponde al Congreso sancionar las Leyes de Fondo. Estos se aplican en todo el país. También debe sancionar las leyes sobre ciudadanía argentina y las leyes del juicio por jurado para las causas penales.

-Poderes económicos: Le corresponde legislar sobre las aduanas. Fija los aranceles aduaneros y van al Tesoro Nacional, no se coparticipa con las provincias. Legisla sobre contribuciones indirectas, las cuales sí se coparticipan con las provincias. Para coparticipar se sanciona la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, el cual fija el reparto de lo recaudado entre Nación y Provincia (se lo llama ley-convenio porque lo sanciona el Congreso pero las provincias tienen que estar adheridas).

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-Poderes financieros: Le corresponde intervenir en todos los empréstitos Nacionales. Establece y legisla el Banco Federal que emite las monedas. Puede asignar por ley, subsidios a las Provincias cuando sus propias rentas no cubran sus gastos ordinarios. En la práctica, se le anticipa fondos de la coparticipación Federal. El Congreso también puede establecer asignaciones específicas de fondos coparticipables por un plazo determinado y lo hace cuando hay situación de emergencia económica.

-Poderes en relaciones exteriores: Le corresponde aprobar o no tratados internacionales. Normalmente se aprueba o desecha con un solo voto. Pero cuando se trata de Tratados de Integración varia la votación. Si la integración es con países Latinoamericanos, es un voto, pero si es con países no Latinoamericanos, son dos votos, el primero es para considerar si es conveniente o no ingresar en la integración, y el segundo es a los 120 días en donde se hace la votación definitiva.

-Poderes en inmigración, cultura y población: --Inc. 17- Cláusula Indígena: Se les reconoce educación bilingüe y propiedad colectiva.--Inc. 18- Cláusula del Progreso: El Congreso debe sancionar planes de estudio, promocionar industrias, construcción de ferrocarriles, fomentar la inmigración y atraer capitales.--Inc. 19- Cláusula del Nuevo Progreso: El Congreso debe promover el desarrollo humano, la justicia social, capacitar trabajadores, defender el valor de la moneda y la productividad de la economía.

-Poderes en Defensa Nacional: Le corresponde sancionar normas para organizar fuerzas armadas. El Congreso autoriza al Presidente a firmar acuerdos de paz o a declarar la guerra. También autoriza las salidas de tropas argentinas o el ingreso de tropas extranjeras.

-Poderes en la Cláusula Comercial de la CN: Le corresponde regular el comercio internacional y el comercio interprovincial.

-Poderes en el Presupuesto Nacional: Todos los años sanciona la Ley de Presupuesto Nacional. Posee dos rubros: 1-Presupuesto de Gastos y 2-Cálculo de recursos con que cuenta la administración pública. Además, debe intervenir en la aprobación de la cuenta de inversión (la rendición de las cuentas que se debe realizar sobre cómo se gastaron los fondos que te asignaron por la ley de presupuesto).

-Poderes en la Sanción de Leyes Constitucionales: Son aquellas leyes que implementan instituciones contenidas en la CN o también implementan dchos. Ejemplos: Ley de Iniciativa Popular, Ley de Consulta Popular, Ley de Partidos Políticos, Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, Ley de Ministerios.