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Sesión 10: Medidas fitosanitarias
y de bioseguridad
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.1
Objetivos de la Sesión 10
Identificar los principales acuerdos internacionales relacionados con la transferencia de materiales genéticos, en una perspectiva de salud y seguridad
Discutir el propósito y la orientación general decada acuerdo en cuanto afecta el manejo de losrecursos fitogenéticos para la alimentación y la
agricultura (RFGAA)
Compartir la experiencia adquirida en la prácticade las medidas fitosanitarias y de bioseguridad
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.2
La biotecnología moderna, la bioseguridad y el Protocolo
de Cartagena
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.3
Sinopsis
Introducción
La biotecnología moderna y los OGM
Establecimiento del Protocolo de Cartagena
Disposiciones clave del Protocolo
Relación con otros instrumentos
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.4
¿Qué es la biotecnología?
La biotecnología emplea sistemas biológicos, organismos vivos y entidades derivadas de éstos, para hacer o modificar productos o procesos destinados a un uso específico
La ingeniería genética es una técnica que permite transferir genes y ADN de un organismo fuente a otro. Mediante ella se producen organismos vivos modificados (OVM) ... o también OGM
La biotecnología moderna da a los científicos herramientas moleculares para comprender mejor la estructura y la función de los genes de los organismos vivos
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.5
Promesas de la biotecnología moderna
Nuevas herramientas de precisión y diagnósticos Nuevas herramientas de precisión y diagnósticos Acelerar los avances y la eficiencia del fitomejoramientoAcelerar los avances y la eficiencia del fitomejoramiento Desarrollar cultivos resistentes a plagas y Desarrollar cultivos resistentes a plagas y
enfermedadesenfermedades Combatir los problemas agrícolas de salinidad y sequíaCombatir los problemas agrícolas de salinidad y sequía Mejorar la calidad nutricional de los alimentos Mejorar la calidad nutricional de los alimentos Multiplicar las variedades cultivadas y su diversidad Multiplicar las variedades cultivadas y su diversidad
elegibleelegible Reducir los insumos requeridos y los costos de Reducir los insumos requeridos y los costos de
producciónproducción Aumentar las gananciasAumentar las ganancias
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.6
Cómo se produce un cultivo genéticamente modificado
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.7
6) Fitomejoramiento1) Resumen del
proceso
bacterias
2) Aislamiento del ADN
3) Clonación de los genes
4) Diseño de los genes
5) Transformación y cultivo de tejidos
Algunos productos MG, disponibles
Cultivo Caracteres
Maíz resistencia a insectos, tolerancia a herbicidas
Soya resistencia a insectos, tolerancia a herbicidas
Algodón resistencia a insectos, tolerancia a herbicidas
Canola composición modificada del aceite, tolerancia a herbicidas
Papa resistencia a virus, resistencia a insectos, más contenido de almidón
Tomate resistencia a insectos, mayor duración en almacenamiento
Papaya resistencia a virus
Banano resistencia a virus
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.8
Área sembrada de cultivos transgénicos en el mundo, de 1996 a 2001, en millones de ha
TotalPaíses industrializados
Países en desarrollo
18 países con cultivos MG
Aumento de 15%, 9 millones de ha o 22.2 millones de acres entre 2002 y 2003Fuente: Clive James, 2003
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.9
Los OGM: Posibles Riesgos y Preocupaciones
Para la salud:
Para el ambiente:
Sociales y económicos:
• Seguridad del alimento para humanos y animales
• Pueden generar alergias/contener toxinas• Mayor resistencia a los antibióticos
• Impacto en la biodiversidad• Cambios en los insumos agrícolas• Flujo de genes, introgresión genética• Impacto en los centros de origen• Impacto en los ecosistesmas
• Acceso limitado a tecnologías con derechos de propiedad intelectual
• Alimentos y elección libre del consumidor• Impacto en el sector de semillas y en los
agricultores de escasos recursos
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.10
Establecimiento del Protocolo de Cartagena
Cumbre de la Tierra de la CNUMAD, junio de 1992 • Agenda 21, Capítulo 16
−Plan para tomar acciones en cuanto a la biotecnología• Declaración de Río sobre el Ambiente y el Desarrollo
−Principio 15. Enfoque de precaución: Donde haya amenaza de un daño serio o irreversible, la falta de una certeza científica plena no es razón válida para posponer medidas efectivas respecto a sus costos, que impidan la degradación del medio ambiente
Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)• Objetivos: conservación, uso sostenible, distribución justa y
equitativa de beneficios derivados • La tecnología es decisiva para hacer realidad los objetivos del
Convenio (Art. 16, 1) • ‘Establecer o mantener los medios para reglamentar, manejar o
controlar los riesgos…’ [Artículo 8, (g)]
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.11
• Negociaciones del Protocolo (Decisión II/5 – seis sesiones del Grupo de Trabajo en Seguridad de la Biotecnología)– Es un instrumento internacional vinculante, separado pero
relacionado con otro Tratado mediante vínculos sustantivos, de procedimiento e institucionales
– Debe negociarse, firmarse y ratificarse de modo individual– Las Partes Signatarias del Protocolo deben ser también Partes
del Tratado que le da origen
• Adoptado el 29 de enero de 2000• Entró en vigencia el 11 de septiembre de 2003• El organismo directivo es la COP-MOP• La 1a. COP-MOP se reunió en Kuala Lumpur en febrero de
2004
Establecimiento del Protocolo de Cartagena (Cont.)
‘Las Partes contratantes considerarán tanto la necesidad de un Protocolo como sus características…’ 19.3
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.12
La Bioseguridad y el Protocolo de Cartagena: Objetivo y Alcance
Bioseguridad: Proteger la salud humana y el ambiente de los efectos posiblemente adversos de los productos de la biotecnología moderna
Objetivo del Protocolo: Dar protección adecuada a la transferencia, manipulación y uso seguros de los organismos vivos modificados (OVM) producidos por la biotecnología moderna, que puedan causar efectos adversos al ambiente y a la salud humana
Alcance: Movimientos transfronterizos, tránsito, manipulación y uso de los OVM (Artículo 4) que puedan afectar el uso sostenible de la diversidad biológica. Excluye los productos farmacéuticos
Adopta un enfoque de precaución
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.13
Elementos clave del Protocolo
Objetivo y alcance Acuerdo fundamentado previo OVMs para alimentación, piensos y procesamiento (LMO-
FFP) Valoración y manejo de riesgos Identificación de los OVM (etiquetas) Compartir información: Centro de Información en
Bioseguridad Desarrollo de capacidades Consideraciones socioeconómicas Responsabilidad y reparación Cumplimiento
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.14
Pilares del Protocolo
SEGURIDAD EN MANEJO, TRANSPORTE E IDENTIFICACIÓN
MANEJO DE RIESGO
EVALUACIÓN DEL RIESGO
MECANISMO DE FACILITACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIOSEGURIDAD
PROCEDIMIENTO DE AFP
Adaptado de: P.Kameri-Mbote, 2004
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.15
Acuerdo Fundamentado Previo Procedimientos diferenciados para la introducción intencional
de OVM al ambiente para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento
Acuerdo fundamentado previo (AFP)− Para el primer movimiento de OVM por introducción
intencional al ambiente− El exportador debe proporcionar información detallada
antes del primer envío− El importador puede autorizar o rechazar el envío
dependiendo de la evaluación de riesgo
Procedimiento para el AFP (Artículos 7 a 10 y 12)− Notificación− Acuse de recibo por el importador (90 días)− Procedimiento de decisión y revisión de las decisiones
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.16
Acuerdo Fundamentado Previo
Notificación• la Parte que exporta un OVM debe notificar a la Parte que lo importa
antes de hacer el primer movimiento transfronterizo internacional que introduzca ese OVM el ambiente de la Parte que lo importa
• El exportador debe suministrar información, como mínimo, en el Anexo 1
• Cada Parte que exporta debe exigir legalmente a sus exportadores una garantía de que la información contenida en la notificación es exacta
Reconocimiento• La Parte que importa debe acusar recibo en un lapso de 90 días y
declarar lo siguiente:1. que la notificación contiene (si es así) el mínimo de información
requerida (en el Artículo 8), y 2. que la importación puede seguir su curso (si es el caso) de
conformidad con la legislación nacional o con el procedimiento decisorio contenido en el Artículo 10
(Cont.)
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.17
Procedimiento para las decisiones El importador pide al exportador una evaluación del riesgo
• La Parte exportadora es responsable de establecer que el OVM en cuestión es de naturaleza inocua
El exportador presenta la evaluación del riesgo El importador comunica su decisión fundamentada al exportador y al
Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología (CIB), en un plazo de 270 días • Al exportador y al CIB les compete:
aprobar con condiciones o sin ellas, prohibir o rechazar, solicitar información adicional, o extender el plazo para tomar la decisión (más de 270 días)
El importador puede revisar o cambiar su decisión una vez considerada la nueva información
El exportador puede también solicitar una revisión
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.18
Evaluación y manejo del riesgo Evaluación del riesgo
• Identificar los efectos o peligros que puedan ser adversos para el ambiente y, si se identifican, determinar la probabilidad de que ocurran− En armonía con los principios, metodologías y detalles del Anexo
III− Identificar y evaluar los efectos potencialmente adversos:
hacerlo científicamente y caso por caso− Información mínima, el Anexo 1: garantizada por el importador,
costeada por el exportador− La falta de conocimientos no implica carencia de riesgos
Manejo del riesgo• Métodos aplicados para minimizar daños potenciales o efectos
adversos identificados por la evaluación del riesgo− Medidas para manejar y controlar los riesgos− Impedir el movimiento no intencional de OVM− Asegurarse de que los OVM sean observados durante suficiente
tiempo antes de usarlos
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.19
Manejo, transporte, empaque e identificación
Los embarques de diferentes categorías de OVM irán acompañados por documentos con la respectiva información detallada:
• Los organismos vivos modificados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento serán identificados como ‘puede contener’ OVM, que no pretenden ser introducidos en el ambiente; se detalla el contacto con el destinatario (la COP-MOP define estos detalles)
• Los de uso confinado: se identificarán claramente como OVM, especificando las condiciones para su manipulación, almacenamiento y uso seguros, y detallando el contacto con el destinatario
• Los que van a ser introducidos en el ambiente: se identificarán claramente como OVM, especificando su identidad y sus rasgos o características relevantes, así como cualquier requisito para que su manipulación, almacenamiento, transporte y uso sean seguros; además, se dará información para el contacto y se declarará que su movimiento se ajusta a las exigencias del Protocolo
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.20
Compartir la Información
El Artículo 20 establece un Centro de Información sobre Bioseguridad (CIB)
Para facilitar el intercambio de información sobre los OVM, que contenga información y experiencia en los campos científico, técnico, ambiental y legal
Para asistir a las partes en la implementación del Protocolo
En el CIB se encontrarán:• Leyes, reglamentos y guías instructivas de los países• Acuerdos bilaterales, regionales y multilaterales• Resúmenes de evaluaciones de riesgo• Decisiones finales sobre importación o liberación• Informes
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.21
Movimiento transfronterizo no intencional de OVM
Artículo 17: exige respuestas y acciones necesarias cuando ocurra un movimiento transfronterizo no intencional de OVM que pudiera causar efectos adversos significativos en la diversidad biológica, entre otras medidas de emergencia que se tomarían cuando ocurra un suceso de ese tipo
Artículo 27: pide la adopción de un proceso adecuado de responsabilidad y reparación, por los daños que cause un movimiento internacional de OVM
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.22
Desarrollo de Capacidades
Reconocimiento de la necesidad y la escasez de personal capacitado, especialmente en los países en desarrollo
Capacidad tecnológica e institucional Capacidad en reglamentación Capacitación en el manejo seguro de la
biotecnología, en evaluación y manejo de riesgos Directorio de expertos Plan de acción en desarrollo de capacidades
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.23
Consideraciones socioeconómicas
Para tenerlas en cuenta al tomar decisiones:• El valor de la diversidad biológica para las
comunidades indígenas y locales− Sólo aquéllas que surjan del impacto de los OVM en la
diversidad biológica
Pueden mejorar las decisiones, los procedimientos, el manejo del riesgo, etc.
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.24
Conciencia pública y participación
Promover y facilitar la participación del público en la información y su acceso a ella
Se basa en el principio 10 de la Declaración de Río• Derecho a la información• Derecho a participar en la toma de decisiones sobre el
ambiente• Acceso a la justicia si ocurriera una violación de los
derechos No hay un requisito explícito de poner a disposición
del público una información específica Necesidad de que las Partes desarrollen leyes para
informar sobre el proceso Respeto de la información confidencial
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.25
Obligaciones Generales
Antes de que entrara en vigor, se pidió a las Partes:• Designar puntos focales nacionales
• Certificar un punto focal para el CIB que reciba las notificaciones especificadas en el Art.17 sobre los OVM no intencionales
Después de entrar en vigor:
• Establecer medidas legales, administrativas y de otro tipo para poner en práctica las obligaciones del Protocolo
• Comprobar que el desarrollo, la manipulación, el transporte, el uso, la transferencia y la liberación de cualquier OVM impida que la biodiversidad corra riesgos
• Proporcionar, por medio del CIB, copias de todas las leyes, reglamentos y guías instructivas que se apliquen a la importación de organismos vivos modificados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.26
Manejo de OGM en los bancosde germoplasma
El Protocolo no tiene disposiciones específicas para el manejo
de OGM en bancos de germoplasma
Es probable que los bancos de germoplasma nacionales
adopten y sigan la política y los procedimientos nacionales
sobre los OGM (los OVM), en caso de cualquier movimiento
transfronterizo hacia dichos bancos o almacenamiento en
bancos de germoplasma
El acceso a la información, los procedimientos adecuados de
análisis del riesgo y las buenas prácticas de manejo serán
fundamentales para quienes administran los recursos
fitogenéticos
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.27
Los OVM y otros instrumentos que los reglamentan
CIPF (Convenio Internacional de Protección Fitosanitaria)
Los regímenes de la OMC:
• MSF (Medidas Sanitarias y Fitosanitarias)
• OTC (Obstáculos Técnicos al Comercio)
Relación con el Protocolo de Cartagena
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.28
Convenio Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF)
Da normas sobre problemas sanitarios (plagas y enfermedades) de las plantas; actúa para impedir la dispersión y la introducción de tales problemas en plantas y productos vegetales; y promueve medidas adecuadas para el control de esos problemas
Formaliza procedimientos para lograr condiciones estándar, entre ellos el análisis del riesgo de problemas sanitarios para apoyar las medidas fitosanitarias, la declaración de áreas libres de tales problemas, y la seguridad fitosanitaria del material consignado para exportación que ya ha recibido certificación
Desarrolla las Normas Internacionales sobre Medidas Fitosanitarias (NIMF), las cuales dan forma a las medidas consideradas en el Acuerdo sobre Estándares Sanitarios y Fitosanitarios de la OMC
Su misión incluye los organismos vivos modificados y los productos de la biotecnología moderna que puedan causar daño directo o indirecto a las plantas, lo cual requiere la cooperación del CDB y del Protocolo de Cartagena
Más información en la dirección https://www.ippc.int/IPP/En/default.jsp
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.29
NIMF No. 11: Análisis del riesgo de un problema sanitario
(para problemas de cuarentena), que incluye el análisis de riesgo ambiental y de los organismos vivos modificados
Explica en detalle la evaluación del riesgo y la selección de las opciones de manejo del riesgo
Tiene en cuenta los riesgos que corren el ambiente y la biodiversidad (incluyendo los que provienen de las malezas y de las especies vegetales invasoras)
Contiene indicaciones sobre la evaluación de los posibles riesgos fitosanitarios que presentan los organismos vivos modificados (OVM) a las plantas y a los productos vegetales
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.30
Acuerdo de la OMC sobre la aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
(Acuerdo MSF) Permite que los países fijen sus propias normas,
cuyo alcance será el necesario para proteger la vida o la salud de humanos, animales o plantas
Todas las medidas y reglamentos sanitarios y fitosanitarios deben apoyarse en una valoración del riesgo que tenga bases científicas
Anima a sus integrantes a emplear normas, guías y recomendaciones internacionales, como las NIMF
Es un complemento del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC)
Más información en http://www.wto.org/english/tratop_e/sps_e/sps_e.htm
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.31
Acuerdo de la OMC sobre los Obstáculos Técnicos impuestos al Comercio
(Acuerdo OTC) Reconoce el derecho de los países a adoptar las normas
que consideren apropiadas -para la vida o la salud de humanos, animales o plantas, para la protección del ambiente o para satisfacer otros intereses de los consumidores
Asegura que los reglamentos, las normas, los procedimientos de prueba y de certificación no crean obstáculos innecesarios al comercio
NO impide que sus miembros tomen las medidas necesarias para asegurarse de que sus normas se apliquen
Requiere que todos sus miembros establezcan puntos de consulta en sus países, que servirán para garantizar que se disponga convenientemente de la información necesaria
http://www.wto.org/english/tratop_e/tbt_e/tbt_e.htm Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.32
Relación con el Protocolo de Cartagena
El Protocolo de Cartagena no está subordinado a otros acuerdos internacionales, pero reconoce que el comercio y los acuerdos sobre el ambiente deben apoyarse mutuamente
La CIPF establece los estándares para los acuerdos MSF y de OTC de la OMC. Está también en coordinación con el Protocolo de Cartagena en temas relacionados con los OVM y los problemas sanitarios
Aunque no hay vínculos directos, los asuntos derivados del movimiento transfronterizo de los OVM y el comercio internacional, como la responsabilidad y la restitución, tendrán que tratarse en el futuro
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.33
Conclusiones
Promesas y posibles riesgos de la biotecnología moderna
Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad • Alcance y objetivos• AFP (Acuerdo Fundamentado Previo)
• Valoración de riesgos Otros instrumentos reguladores:
CIPF (Convención Internacional de Protección Fitosanitaria), MSF (Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC)
• Modo de operación• Vínculo con el Protocolo de Cartagena
Leyes y Políticas de Importancia para el Manejo de Recursos Fitogenéticos – 4.10.34