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Se encuentran en el mercado mezclas que contienen dos o más antioxidantes, por lo que hay que asegurarse que están incluidos en la lista positiva para la fabricación del pan. La combinación de dos o más antioxidantes funciona mejor que la equivalencia cuantitativa de cualquiera de ellos por separado; esto hecho se denomina sinergismo. La utilización de estos antioxidantes en asociación se autoriza en cantidades tales que la suma de los tantos por ciento de cada uno de ellos referida a su cantidad máxima autorizada no debe superar 100. (Ver Tabla 1). Los antioxidantes autorizados no pueden ser utilizados en los obradores de panadería, excepto que el fabricante de la grasa garantice que ésta no contiene ningún antioxidante y que el obrador cuente con las instalaciones adecuadas para una perfecta homogeneización. BHA y BHI hasta marzo de 1997 se podían añadir en las grasas destinadas a la panadería pero actualmente sólo está permitido en algunos preparados de pastelería. En esta legislación hay que tener en cuenta que el 31 de enero de 1997 se aprobó en Real Decreto 147/97 mediante el cual se transpone la Directiva Comunitaria de Miscelancos y entre otros aditivos se regula la utilización de antioxidante. Este Real Decreto es de obligado cumplimiento desde el 25 de marzo de 1997. Resumiendo, se puede decir que solamente los Tocoferoles Naturales y los esteres de Ácido Ascórbico están permitidos en todo tipo de alimentos. En el caso de aceites y grasas que se utilizan en la industria y se someten a tratamientos térmicos, se permiten antioxidantes sintéticos pero en la dosis máxima que se indica. Los aceites y las grasas, tanto emulsionadas como sin emulsionar, que van a ser consumidas de forma directa, sólo podrán incorporar como antioxidante los Tocoferoles, Esteres de Ácido Ascórbico y derivados del Ácido cítrico.

sinergistas

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son las mezclas de los componentes que potencializan los efectos en comparacion de la suma de los efectos de los componentes induvialmente.

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Se encuentran en el mercado mezclas que contienen dos o ms antioxidantes, por lo que hay que asegurarse que estn incluidos en la lista positiva para la fabricacin del pan. La combinacin de dos o ms antioxidantes funciona mejor que la equivalencia cuantitativa de cualquiera de ellos por separado; esto hecho se denomina sinergismo.La utilizacin de estos antioxidantes en asociacin se autoriza en cantidades tales que la suma de los tantos por ciento de cada uno de ellos referida a su cantidad mxima autorizada no debe superar 100. (Ver Tabla 1).Los antioxidantes autorizados no pueden ser utilizados en los obradores de panadera, excepto que el fabricante de la grasa garantice que sta no contiene ningn antioxidante y que el obrador cuente con las instalaciones adecuadas para una perfecta homogeneizacin.BHA y BHI hasta marzo de 1997 se podan aadir en las grasas destinadas a la panadera pero actualmente slo est permitido en algunos preparados de pastelera.En esta legislacin hay que tener en cuenta que el 31 de enero de 1997 se aprob en Real Decreto 147/97 mediante el cual se transpone la Directiva Comunitaria de Miscelancos y entre otros aditivos se regula la utilizacin de antioxidante. Este Real Decreto es de obligado cumplimiento desde el 25 de marzo de 1997.Resumiendo, se puede decir que solamente los Tocoferoles Naturales y los esteres de cido Ascrbico estn permitidos en todo tipo de alimentos. En el caso de aceites y grasas que se utilizan en la industria y se someten a tratamientos trmicos, se permiten antioxidantes sintticos pero en la dosis mxima que se indica.Los aceites y las grasas, tanto emulsionadas como sin emulsionar, que van a ser consumidas de forma directa, slo podrn incorporar como antioxidante los Tocoferoles, Esteres de cido Ascrbico y derivados del cido ctrico.