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SITUACION ORIGINADA POR LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA MINERA CHILENA LOS PELAMBRES EN TERRITORIO ARGENTINO

SITUACION ORIGINADA POR LAS ACTIVIDADES DE LA ...Proyecto minero ubicado en el Departamento Calingasta, Provincia de San Juan. Emplazado a una altura entre 3600 y 4200 mts, lindante

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  • SITUACION ORIGINADA PORLAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESAMINERA CHILENA LOS PELAMBRES

    EN TERRITORIO ARGENTINO

  • Mina a cielo abierto. Produce cobre desde diciembre de 1999.

    Una de las cinco minas de cobre más ricas del mundo. Pertenece al grupochileno Luksic, dedicado a la explotación y producción de concentrado decobre y molibdeno.

    Ubicada a 45 km al este de la ciudad de Salamanca, Provincia de Choapa,Región de Coquimbo, en plena cordillera de Los Andes a 3.600 msnm.

    Producción: 324.000 toneladas de cobre y 9.800 toneladas de molibdenoaproximadamente al año. Reservas: 1.478 millones de toneladas de cobrecon una ley de 0,62% para cobre y 0,03 para molibdeno.

    Pertenece en un 60% a Antofagasta Minerals —filial de Antofagasta plc— yen un 40% a un grupo japonés integrado por Nippon LP Resources B.V.(25%) y MM LP Holding B.V. (15%).

    Ventas totales en 2012 por US$ 3.553 millones, año en que pagó US$ 534millones al Estado de Chile solamente en concepto de impuestos directos

    MINERA LOS PELAMBRES

  • MINA PACHON

    Proyecto minero ubicado en el Departamento Calingasta, Provincia de SanJuan. Emplazado a una altura entre 3600 y 4200 mts, lindante con Chile.Operado por la minera Glencore Xstrata.

    El Proyecto proponía desarrollar una mina a cielo abierto para extraermineral de cobre y procesarlo mediante flotación, enviando el concentradopor mineraloducto al puerto de Coquimbo en Chile.

    Fue uno de los proyectos binacionales relacionados directamente con elTratado sobre Integración y Complementación Minera entre Argentina yChile cuyo acuerdo inicial se firmó en el año 1997 y que fue finalmentepromulgado en el año 2000. El área de aplicación de este tratado se definiócomo una franja a lo largo de la línea fronteriza entre ambos países.

    Hacia finales del 2012, se estimaba que el yacimiento contenía 3,300millones de toneladas de mineral, con potencial para producir 400.000toneladas de cobre por año

    A fines del año 2014, la empresa reformuló el Proyecto original yactualmente se planea comenzar con una escala menor a la original y conel total de infraestructura necesaria por el lado argentino.

  • ESCOMBRERA CERRO AMARILLO

    Cronología de los acontecimientos – Actuación de la Cancillería

    En 2011 la compañía operadora de El Pachón, denunció que laempresa Los Pelambres había depositado escombros en sus terrenos,acumulando a esa fecha unos 50 millones de toneladas de material, enuna superficie de 51 hectáreas, y unos 400 neumáticos de grantamaño, en desuso. Afirmación avalada por fotografía satelital.

    En función de la documentación respaldatoria (información enviada a laComisión Nacional de Límites por la Subsecretaría de Minería, conorigen en la Provincia de San Juan), en 2011 la Cancillería Argentina,mediante nota dirigida a la Cancillería chilena

    transmitió preocupación por actividades efectuadas en territorioargentino y

    solicitó la intervención de las autoridades chilenas para el ceseinmediato de dichas actividades

  • ESCOMBRERA CERRO AMARILLO

    Demanda civil / penale involucramiento de la Provincia de San Juan

    Cabe señalar que la empresa Glencore, operadora del proyecto ElPachón, inició ante el Juzgado Federal Nº 1 de San Juan una demandacivil contra la empresa chilena Los Pelambres, recién en mayo de 2014.

    En mayo 2015 Glencore inició demanda penal contra la empresaminera Los Pelambres

    La Provincia de San Juan solicitó el 27 de julio de 2015 ser admitida enla demanda civil, en defensa de los derechos colectivos de su poblaciónen lo relativo al impacto ambiental, contando con el consentimiento deactora y demandada.

    Es en este marco que se celebra el acuerdo de medidas ambientalesprecautorias entre la empresa Los Pelambres y la Provincia de SanJuan del 28 de abril de 2016

  • Fotografía satelital tomada en 2000

  • Fotografía satelital tomada en 2011

  • La porción del vertedero en territorio argentino – Escombrera Cerro Amarillo -tiene una extensión aproximada de 1250 mts. de largo, 360 mts. de ancho ycerca de 50 mts. de alto

  • En noviembre de 2011, por Nota de la Embajada de Chile, el gobierno trasandinoinformó que:

    Los trabajos correspondieron exclusivamente al traslado de materialestéril a un botadero, una parte del cual fue proyectado “erróneamente enterritorio argentino”.

    En junio de 2011 la empresa ya había cesado actividades en ese sectorpor solicitud de la Dirección de Fronteras y Límites (quien ya teníaconocimiento de la situación).

  • En 2012, la Comisión Nacional de Límites de la Cancillería Argentina informó que,a pedido de la minera chilena, se realizaron en conjunto con su par chileno,tareas de densificación en sectores del límite, próximos al área donde opera LosPelambres, con el objeto de señalar el límite internacional, observando:

    La instalación de un vertedero de grandes proporciones de residuosresultantes del proceso de separación de minerales que efectuó la mineraLos Pelambres.

    La modificación de la morfología del terreno en un trecho del límiteinternacional de aproximadamente 400 mts. que hizo desaparecer ladivisoria de aguas, constitutiva del límite internacional.

  • DICTAMEN de Consejería Legal 92/2014

    La conducta a ser exigida a Chile en una primera instancia, de acuerdo a lasnormas aplicables en materia de responsabilidad internacional, consiste enrequerir la restitución de las cosas a su estado anterior.

    Se debe invitar a Chile a proponer cómo se procedería a esa restitución, yaque tales acciones deben ser adoptadas en territorio argentino, en el cual Chileno podría lícitamente ingresar para adoptar por sí mismo las acciones derestitución de cosas a su estado anterior

    En consecuencia, en mayo 2014 la Cancillería Argentina envió una nota, en laque, ante el reconocimiento por parte de Chile en nota de su Embajada:

    hace expresa reserva de los derechos y de las acciones que correspondan enrelación con la responsabilidad internacional de Chile, emergente de lasactividades de la referida empresa minera

    invita al gobierno de Chile a informar sobre cómo propone la restitución de lascosas a su estado anterior en el territorio argentino afectado por las actividadesde la empresa minera

  • En junio 2014 el gobierno de Chile respondió por una nueva nota de suEmbajada, en la cual:

    Manifestó su mejor predisposición para que las empresas involucradaslleguen a una solución adecuada y satisfactoria

    Ofreció a tal fin el apoyo de los equipos técnicos de los ministerios de Mineríay Medio Ambiente a fin de colaborar en la búsqueda de posibles soluciones

    Sugirió a tal fin explorar en el ámbito de los mecanismos bilateralesdisponibles y con la colaboración de las empresas involucradas

  • En agosto 2014 representantes de ambos gobiernos mantuvieron una reunión enel Palacio San Martín, en la cual:

    Se acordó que debido a que Los Pelambres trabaja exclusivamente bajojurisdicción chilena no corresponde al ámbito de aplicación del Acuerdo deComplementación Minera con Chile

    Se convino realizar una visita In Loco, la que, pospuesta por cuestionesclimáticas, tuvo lugar recién el 30 de enero de 2015. La Cancillería Argentinaparticipó de esa visita en carácter exclusivamente de observador

    En esa oportunidad se constató el botadero, sus dimensiones, la presencia derocas con mineralización de pirita y calcopirita, y también neumáticos en desuso.

    Análisis efectuados por el SEGEMAR encontraron niveles de metalesconsiderados nocivos para calidad de la vida acuática, potabilidad, bebida deganado e irrigación (corroborando resultados de campaña anterior, abril 2014).

  • Atento el tiempo transcurrido, en agosto de 2015, mediante una nota de laSecretaría de Relaciones Exteriores de la Cancillería Argentina, se reiteraron lostérminos de la nota del año 2014.

    La Embajada de Chile hizo saber por nota, a modo de respuesta, que:

    Reiteraba su voluntad de contribuir a una solución adecuada y satisfactoria,pero que se trata de un tema entre empresas privadas sometido a lajurisdicción del Tribunal Federal Nº 1 de la Provincia de San Juan.

    La existencia de dichos procesos “inhibe el actuar del gobierno de Chile quepor mandato constitucional no puede interferir en asuntos sometidos a lostribunales nacionales o extranjeros”.

    No obstante ello, manifiesta voluntad de explorar cualquier camino pertinente,respetando los causes jurídicos existentes, utilizando mecanismos bilateralesdisponibles.

    Invita a una reunión a fin de intercambiar puntos de vista sobre la mejormanera para facilitar un resultado positivo en el conflicto entre privados.

  • Habilitación Ocasional Paso Escombrera Cerro Amarillo

    En noviembre de 2015, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile solicitó ala Embajada Argentina en Santiago la habilitación de dos pasos fronterizos enzona aledaña al vertedero de la empresa Los Pelambres.

    Dicha solicitud resultaba necesaria para dar cumplimiento a lo exigido por elJuzgado Federal de San Juan Nº 1, en el incidente Nº 1 de la causa “XstrataPachón SA c/ Minera Los Pelambres SA s/ordinario”, quien ordenó realizarmonitoreos mensuales de aguas superficiales y trabajos precautorios de ordenambiental, y la remoción de las cubiertas.

  • La República Argentina respondió:

    Reiterando su invitación al gobierno de Chile a informar sobre propuesta parala restitución de las cosas a su estado anterior en el territorio argentino afectado

    No obstante, y atento la seriedad y gravedad de la situación creada, haciendosaber la disposición a autorizar la apertura ocasional de un paso fronterizo a finde cumplir lo ordenado por el Juzgado Federal.

    Esto se formalizó mediante el intercambio de Notas Reversales de fecha 1 y 10de junio, respectivamente, de conformidad con el procedimiento contemplado enel Acuerdo sobre Coordinación de Apertura y Cierre de Pasos Fronterizosde 1996 y el Acuerdo Complementario de 1997

  • Abiertos los pasos, y atento el tiempo transcurrido, la Cancillería Argentina envióuna nueva nota:

    Recordando el planteo de notas anteriores invitando a Chile a proponer laforma de restituir las cosas a su estado original,

    no habiéndose recibido a la fecha una propuesta del Gobierno de la Repúblicade Chile en tal sentido,

    y teniendo en consideración la seriedad y gravedad de la situación creada yde sus consecuencias,

    invitando al Gobierno de la República de Chile - a la luz de la responsabilidadinternacional emergente de lo sucedido y en el marco del principio de buenavecindad entre los Estados- a una reunión de alto nivel a la mayor brevedadposible,

    a efectos de acordar las condiciones y especificaciones de detalle necesariaspara lograr, con carácter urgente y de acuerdo al derecho internacional, larestitución de las cosas a su estado anterior en el territorio argentino afectado.

  • Es posición de la Cancillería Argentina que existen dos planos diferentes deanálisis de esta situación:

    Un plano binacional en el marco del cual la República Argentina le reclama aChile su responsabilidad internacional por la intromisión y los daños causadosen territorio argentino. En este contexto se dio el intercambio de notasdiplomáticas, y el reconocimiento por parte de Chile de los hechos alegados,aunque los enmarca como un conflicto entre privados

    Un segundo plano, en el que se encuentra el litigio judicial entre las dosempresas mineras ante el Juzgado Federal en San Juan, en el que participa laProvincia en defensa de su medio ambiente. Se trata de dos causas: una civil yotra penal

    A fin de consolidar una posición nacional se llevan a cabo reuniones periódicasentre los Ministerios de Relaciones Exteriores, Minería, Ambiente, y la Provinciade San Juan.