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S u m a r i o Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Viernes 14 de diciembre de 2012 Número 289 de la provincia de Sevilla DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA: Subdelegación del Gobierno en Sevilla: Oficina de Extranjeros: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Sevilla: Expedientes sancionadores en materia de transporte. . . . . . . . . 3 DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR: Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 1: autos 343/11 y 208/12; número 2: autos 231/12, 196/12, 715/10 y 1401/09; número 3: autos 222/12 y 1388/09; número 5: autos 171/12, 357/11 y 164/08; número 6: autos 281/12, 227/10 y 170/09; número 8: autos 835/11 y 1216/11; número 11: autos 4/12, 20/12, 68/12 y 374/11 . . . . 8 Jerez de la Frontera (Cádiz).—Número 1: autos 810/10 . . . . . . 20 AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Modificación de la relación de puestos de trabajo . . . . 21 Gerencia de Urbanismo: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Albaida del Aljarafe: Presupuesto general ejercicio 2012 . . . . . 23 Bollullos de la Mitación: Reglamento municipal . . . . . . . . . . . 23 Carmona: Modificación en la encomendación de las secretarías de las comisiones informativas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 Espartinas: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 Lora del Río: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 Mairena del Aljarafe: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 Martín de la Jara: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 La Puebla de los Infantes: Ordenanzas fiscales . . . . . . . . . . . . . 27 La Puebla del Río: Presupuesto general ejercicio 2013. . . . . . . 28 La Rinconada: Anuncio de adjudicación de contrato . . . . . . . . 28 Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

Sumario - Diputación de Sevilla · Sumario Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Viernes 14 de diciembre de 2012 Número 289 de la provincia de …

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S u m a r i o

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958

Viernes 14 de diciembre de 2012 Número 289

de la provincia de Sevilla

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA:— Subdelegación del Gobierno en Sevilla:

Oficina de Extranjeros:Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Fomento y Vivienda:

Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Sevilla:Expedientes sancionadores en materia de transporte. . . . . . . . . 3

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIODEL INTERIOR:— Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla:

Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social:

Sevilla.—Número 1: autos 343/11 y 208/12; número 2: autos231/12, 196/12, 715/10 y 1401/09; número 3: autos 222/12 y1388/09; número 5: autos 171/12, 357/11 y 164/08; número 6:autos 281/12, 227/10 y 170/09; número 8: autos 835/11 y 1216/11; número 11: autos 4/12, 20/12, 68/12 y 374/11 . . . . 8Jerez de la Frontera (Cádiz).—Número 1: autos 810/10 . . . . . . 20

AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Modificación de la relación de puestos de trabajo . . . . 21

Gerencia de Urbanismo: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21— Albaida del Aljarafe: Presupuesto general ejercicio 2012. . . . . 23— Bollullos de la Mitación: Reglamento municipal . . . . . . . . . . . 23— Carmona: Modificación en la encomendación de las secretarías

de las comisiones informativas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24— Espartinas: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24— Lora del Río: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24— Mairena del Aljarafe: Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24— Martín de la Jara: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26— La Puebla de los Infantes: Ordenanzas fiscales . . . . . . . . . . . . . 27— La Puebla del Río: Presupuesto general ejercicio 2013. . . . . . . 28— La Rinconada: Anuncio de adjudicación de contrato . . . . . . . . 28

Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

— Utrera: Ordenanza municipal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28Estudio de detalle. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

— Villanueva del Ariscal: Reglamento de funcionarios. . . . . . . . . 29— El Viso del Alcor: Ordenanzas fiscales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38— Bornos (Cádiz): Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54— Chipiona (Cádiz): Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54— Montilla (Córdoba): Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA———

Subdelegación del Gobierno en Sevilla———

Oficina de ExtranjerosNo habiéndose podido practicar la notificación del expe-

diente sancionador por Acta de Infracción a la empresa que seindica a continuación, se hace público el presente anuncio, deconformidad con lo prevenido en el artículo 59.4 de la ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministracioes Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, advirtiendo que contra esta resolución, que pone fin ala vía administrativa, puede interponer recurso potestativo dereposición ante este órgano, en el plazo de un mes, siendo tam-bién el plazo máximo para resolver, transcurrido el cual se en-tenderá desestimado; o bien, podrá interponer recurso conten-cioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala delo contencioso administrativo con sede en Sevilla. En amboscasos, el plazo para recurrir se contará desde el día siguiente alde la publicación de esta resolución.

Empresa: Restaurante YAO y XU, S.L.Expediente: 54/2012.Acta de infracción: II-41201200081012.Domicilio: Paseo Bajo de las Delicias número 5, 41013

Sevilla.En Sevilla a 21 de noviembre de 2012 (Resolución BOP

29-04-97), El Secretario General, Fco. Javier Arroyo Navarro.253F-15030

JUNTA DE ANDALUCÍA———

Consejería de Fomento y Vivienda

———Delegación Territorial de Fomento, Vivienda,

Turismo y Comercio de SevillaIgnorándose el actual domicilio de los Sres. relacionados,

contra los que se tramita expediente sancionador por infraccióna la normativa de transportes terrestres, o siendo desconocidosen las direcciones que figuran en los archivos de esta Delega-ción, se notifica por el presente anuncio lo siguiente:

Notificaciones :Expediente: SE-01808/2012 Matrícula: 18-29CLH- Titular: TRANS-

PORTES GATO DE SAN JULIAN SL Domicilio: CONJUNTO ALBERTOJIMENEZ BECERRIL S/N Co Postal: 41002 Municipio: SEVILLA Pro-vincia: Sevilla Fecha de denuncia: 3 de Enero de 2012 Vía: A-8028 PuntoKilométrico: 3,2 Hora: 18:00 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDOALIMENTACION DESDE P.I. LA ISLA DE DOS HERMANAS HASTAALCALA DE GUADAIRA, CARECIENDO DE AUTORIZACION DETRANSPORTES PARA VEHICULO LIGERO.- Normas Infringidas:140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-01866/2012 Matrícula: SE-006414-CV Titular: GOME-RA CUEVAS FELIX ALBERTO Domicilio: ALMAZAN, 19 - B A Co Pos-tal: 28011 Municipio: MADRID Provincia: Madrid Fecha de denuncia: 19 deEnero de 2012 Vía: URB.-REYES CATOLICOS Punto Kilométrico: Hora:09:55 Hechos: CARECER DE TARJETA DE TRANSPORTE. EFECTUATRANSPORTE DE MERCANCIAS(MUEBLES DE IKEA) A DIFEREN-TES DOMICILIOS. EL CONDUCTOR Y OPERARIO TRABAJAN PARADÑA. EVA Mª RODRIGUEZ MARTIN C/MOLINEROS, 2-1ºB SAN JE-RONIMO(SEVILLA) LA CUAL TRANSPORTA COMO AUTONOMAPARA LA EMPRESA LOGISTICA Y DISTRIB. JOSE LUIS PANTOJA YSIENDO VEHICULO DE OTRA PROPIEDAD.- Normas Infringidas:140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-01881/2012 Matrícula: CE891DV Titular: DERICHE-BOURG Domicilio: POLIG. IND. LOS PALILLOS QUINCE NAVE 17 CoPostal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provincia: SevillaFecha de denuncia: 28 de Junio de 2012 Vía: AP4 Punto Kilométrico: 45Hora: 10:43 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE ALCA-LA DE GUADAIRA HASTA ALGECIRAS, EFECTUANDO UNA CON-DUCCION DE 6:17 HORAS, ENTRE LAS 05:37 HORAS DE FECHA27/06/12 Y LAS 13:15 HORAS DE FECHA 27/06/12, IMPLICANDOUNA CONDUCCION ININTERRUMPIDA SUPERIOR AL TIMPO MA-XIMO AUTORIZADO. SE ATENUA LA INFRACCION AL HABERSEREALIZADO PAUSAS SUPERIORES A 15 MINUTOS QUE NO HANSIDO COMPUTADAS POR SER REGLAMENTARIAS, PERO QUE, SINEMBARGO, INCIDEN DE FORMA FAVORABLE EN LA CONDUC-CION ININTERRUMPIDA.- Normas Infringidas: LOTT 141.6 ROTT198.6 Pliego de descargo: No Sanción: 400,00

Expediente: SE-01941/2012 Matrícula: CE891DV Titular: DERICHE-BOURG Domicilio: POLIG. IND. LOS PALILLOS C/QUINCE NAVE 17Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provincia: SevillaFecha de denuncia: 28 de Junio de 2012 Vía: AP4 Punto Kilométrico: 45Hora: 10:38 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE ALCA-LA DE GUADAIRA HASTA ALGECIRAS EFECTUANDO UNA CON-DUCCION DE 6:10 HORAS, ENTRE LAS 06:00 HORAS DE FECHA19/06/12 Y LAS 13:58 HORAS DE FECHA 19/06/12, IMPLICANDOUNA CONDUCCION ININTERRUMPIDA SUPERIOR AL TIEMPOMAXIMO AUTORIZADO. SE ATENUA LA INFRACCION AL HABER-SE REALIZADO PAUSAS SUPERIORES A 15 MINUTOS QUE NOHAN SIDO COMPUTADAS POR NO SER REGLAMENTARIAS, PEROQUE, SIN EMBARGO, INCIDENDE FORMA FAVORABLE EN LACONDUCCION ININTERRUMPIDA.- Normas Infringidas: LOTT 141.6ROTT 198.6 Pliego de descargo: No Sanción: 301,00

Expediente: SE-01942/2012 Matrícula: CE891DV Titular: DERICHE-BOURG Domicilio: POLIG. IND. LOS PALILLOS C/QUINCE NAVE 17Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provincia: SevillaFecha de denuncia: 28 de Junio de 2012 Vía: AP4 Punto Kilométrico: 45Hora: 10:40 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE ALCA-LA DE GUADAIRA HASTA ALGECIRAS EFECTUANDO UNA CON-DUCCION DE 6:36 HORAS, ENTRE LAS 06:40 HORAS DE FECHA22/06/12 Y LAS 14:37 HORAS DE FECHA 22/06/12, IMPLICANDOUNA CONDUCCION ININTERRUMPIDA SUPERIOR AL TIEMPOMAXIMO AUTORIZADO. SE ATENUA LA INFRACCION AL HABER-SE REALIZADO PAUSAS SUPERIORES A 15 MINUTOS QUE NOHAN SIDO COMPUTADAS POR NO SER REGLAMENTARIAS, PEROQUE, SIN EMBARGO, INCIDEN DE FORMA FAVORABLE EN LACONDUCCION ININTERRUMPIDA.- Normas Infringidas: LOTT 141.6ROTT 198.6 Pliego de descargo: No Sanción: 400,00

Expediente: SE-02000/2012 Matrícula: 64-80GVW- Titular: GAN-CHO HOSTELERIA Y SERVICIOS S.L. Domicilio: PZA DE LA ACOGI-DA Nº2 LOCAL 18 Co Postal: 41020 Municipio: SEVILLA Provincia: Se-villa Fecha de denuncia: 8 de Febrero de 2012 Vía: GRTA.CAYETANA DEALBA Punto Kilométrico: Hora: 11:30 Hechos: ARROJAR UN EXCESODE PESO EN VEHICULOS DE HASTA 3500 DE MMA LLEVANDOUNA CARGA DE 4450KGS.- Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.800,00

Expediente: SE-02002/2012 Matrícula: SE-003637-CX Titular:MARIA DEL CARMEN ATALAO ROLDAN Domicilio: URBANIZA-CION PUERTA ESTE BQ.7 4ºC Co Postal: 41020 Municipio: SEVILLAProvincia: Sevilla Fecha de denuncia: 9 de Febrero de 2012 Vía: ESTA-CION STA.JUSTA Punto Kilométrico: Hora: 12:45 Hechos: CARECERDE AUTORIZACION PARA REALIZAR TTE PUBLICO DE VIAJEROSEN VEHICULO PARTICULAR COGE A UN PASAJERO EN ESTA-CION STA.JUSTA DIRECTIVO BANCA CIVICA PARA RTEUNION ACENTRO DE TRABAJO.EL CONDUCTOR ES TITULAR DE UNA LI-CENCIA DE TAXI DE SEVILLA Nº294 Y MANIFIESTA QUE TIENEUN CONTRATO CON BANCA CIVICA PARA EFECTUAR LOS MO-VIMIENTOS DE TODOS SUS DIRECTIVOS Y AL ESTAR HOY DEDESCANSO HABIA REALIZADO EL SERVICIO EL SERVICIO CONEL COCHE DE SU ESPOSA.- Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT Pliegode descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02007/2012 Matrícula: 09-87GFB- Titular: JULIANMORENO JIMENEZ Domicilio: MARCONI Nº 13 Co Postal: Municipio:HUELVA Provincia: Huelva Fecha de denuncia: 24 de Febrero de 2012 Vía:A8028 Punto Kilométrico: 3,2 Hora: 10:20 Hechos: CIRCULAR REALI-ZANDO UN TTE DE MERCANCIAS CON UNA MASA TOTAL DE4200KGS SIENDO SU MMA DE 3500KGS.VERIFICADO EN BASCU-LA OFICIAL JUNTA DE ANDALUCIA.- Normas Infringidas: 141.4LOTT 198.4 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 900,00

Viernes 14 de diciembre de 2012 Número 289

Expediente: SE-02027/2012 Matrícula: 10-28DBZ- Titular: LAURO-MUEBLE DISTRIBUCION, SL Domicilio: PG SANTA CRUZ ESQ ILIA-DA,38 Co Postal: 29196 Municipio: MALAGA Provincia: Malaga Fecha dedenuncia: 23 de Febrero de 2012 Vía: A92 Punto Kilométrico: 42 Hora: 11:02Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE ANTEQUERAHASTA SEVILLA REALIZANDO TRANSPORTE PRIVADO DE MER-CANCIAS EN VEHICULO PESADO SIN AUTORIZACION POR NOHABER REALIZADO EL VISADO REGLAMENTARIO.- Normas Infrin-gidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02050/2012 Matrícula: 58-95DSW- Titular: LEALGARCIA JUAN CARLOS Domicilio: CIUDAD PATERNA,005 Co Pos-tal: 41020 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 13de Febrero de 2012 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 15 Hora: 16:53 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE SANTIPONCE HASTA SE-VILLA EXCEDIENDOSE LA MMA DEL VEHICULO REALIZANDOTRANSPORTE PUBLICO. MASA EN CARGA: 5700 KGS. MMA: 3500KGS. EXCESO: 2200 KGS. MERCANCIA UN VEHÍCULO SIN MA-TRICULAR.- Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19 ROTT Pliego dedescargo: No Sanción: 2.300,00

Expediente: SE-02060/2012 Matrícula: 28-04DSC- Titular: MENSAC-TIVA SL Domicilio: POLÍGONO NUEVO CALONGE C/ PALETINA, 5 CoPostal: 41007 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 14de Febrero de 2012 Vía: A8058 Punto Kilométrico: 8,4 Hora: 10:00 Hechos:TTE PUBLICO DE MERCANCIAS DESDE SEVILLA A DIVERSAS PO-BLACIONES CARECIENDO DE LAS CORRESPONDIENTE AUTORI-ZACION ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTES.FIGURA EN PERMI-SO DE CIRCULACION COMO PARTICULAR.- Normas Infringidas:140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02085/2012 Matrícula: 26-66DXJ- Titular: SEDISCOSL Domicilio: PLG CALONGE C B P 30 N 60 Co Postal: 41007 Munici-pio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 24 de Febrero de 2012Vía: A8028 Punto Kilométrico: 3,2 Hora: 10:29 Hechos: TRANSPORTEDE MERCANCIAS DESDE SEVILLA HASTA JEREZ DE LA FRONTE-RA EN VEHICULO LIGERO, CARECIENDO DE AUTORIZACION DETRANSPORTE. $@$ TRANSPORTA PRODUCTOS ALIMENTARIOS.SE ADJUNTA FOTOGRAFÍA DEL ALBARAN. Normas Infringidas:140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02087/2012 Matrícula: 34-23BMM- Titular: LISE LO-GISTICA Y SERVICIOS, S.L. Domicilio: PLG.IND.NAVISA C/B, Nº 4PTA.1 Co Postal: 41006 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha dedenuncia: 21 de Febrero de 2012 Vía: A4 Punto Kilométrico: 533 Hora:07:29 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE SEVILLAHASTA CAMPANA (LA) EXCEDIENDOSE LA MMA DEL VEHICULOREALIZANDO TRANSPORTE PUBLICO. MASA EN CARGA: 4300KGS. MMA: 3500 KGS. EXCESO: 800 KGS. 22,85% $@$ TRANSPOR-TA PAQUETERIA .- PESAJE REALIZADO EN BASCULAS MOVILESDE LA JUNTA DE ANDALUCIA, MARCA HAENNI Nº 3212 Y 3213,CON FECHA DE VERIFICACION 24-01-2011 Y 13-01-2011 RESPECTI-VAMENTE . SE ADJUNTA TICKET DEL PESAJE .-. Normas Infringi-das: 141.4 LOTT 198.4 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 900,00

Expediente: SE-02138/2012 Matrícula: 37-40CZZ- Titular: MATITOFONTELA NICOLAS Domicilio: CRUZ, 20 Co Postal: 41900 Municipio:CAMAS Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 7 de Febrero de 2012 Vía:A8064 Punto Kilométrico: 2 Hora: 10:19 Hechos: TRANSPORTE DEMERCANCIAS DESDE UMBRETE HASTA HUEVAR DEL ALJARAFEEN VEHICULO LIGERO, CARECIENDO DE AUTORIZACION DETRANSPORTE. Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02139/2012 Matrícula: 37-40CZZ- Titular: MATITOFONTELA, NICOLAS Domicilio: CRUZ, 20 Co Postal: 41900 Municipio:CAMAS Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 7 de Febrero de 2012 Vía:A8064 Punto Kilométrico: 2 Hora: 10:19 Hechos: TRANSPORTE DEMERCANCIAS DESDE UMBRETE HASTA HUEVAR DEL ALJARAFEEXCEDIENDOSE LA MMA DEL VEHICULO REALIZANDO TRANS-PORTE PUBLICO. MASA EN CARGA: 8100 KGS. MMA: 3500 KGS.EXCESO: 4600 KGS. HECHO COMPROBADO A TRAVES DE BAS-CULA MOVIL NUM. 4701 Y 4702. . SE APORTA COMO PRUEBA ELTICKET DEL PESAJE. Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 2.300,00

Expediente: SE-02184/2012 Matrícula: 42-30GBM- Titular: ARTZA-RANDA H.S.JOSE SL Domicilio: SAN JOSE 6 Co Postal: 41907 Munici-pio: VALENCINA DE LA CONCEPCION Provincia: Sevilla Fecha de de-nuncia: 15 de Febrero de 2012 Vía: AEROPUERTO SAN PABLO PuntoKilométrico: Hora: 18:55 Hechos: CARECER DE AUTORIZACIONPARA REALIZAR TRANSPORTE PUBLICO DE VIAJEROS HASTA 8PLAZAS.COGE A DOS PERSONAS EN AEROPUERTO DE SANPABLO CON DESTINO C/ALEMANES 15, HOTEL PUERTA CATE-DRAL SIENDO EL VEHICULO PROPIEDAD DE ARTZARANDA HO-

TLES SAN JOSE CON CIF 91275248 Y EL CONDUCTOR CON CIF53278232C.- Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT Pliego de descargo: NoSanción: 1.501,00

Expediente: SE-02206/2012 Matrícula: SE-000890-BM Titular: CAR-FINA S.L Domicilio: ISAAC PERAL 47, Co Postal: 41700 Municipio:DOS HERMANAS Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 27 de Febrero de2012 Vía: A362 Punto Kilométrico: 9 Hora: 10:40 Hechos: TRANSPORTEDE MERCANCIAS DESDE SEVILLA HASTA VARIOS EFECTUANDOUNA MINORACION DEL TIEMPO DE DESCANSO SEMANAL,ENTRE LAS 05:20 HORAS DE FECHA 13/02/2012, Y LAS 04:10HORAS DE FECHA 20/02/2012 DESCANSO REALIZADO 40:25HORAS, COMPRENDIDAS ENTRE LAS 12:45 HORAS DE FECHA18/02/2012 Y LAS 04:10 HORAS DE FECHA 20/02/2012. ELLO SUPO-NE UNA MINORACION EN LOS TIEMPOS DE DESCANSO SEMA-NAL OBLIGATORIO.- Normas Infringidas: 142.3 LOTT 199.3 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 400,00

Expediente: SE-02209/2012 Matrícula: 57-18DVT- Titular: TRANS-PORTES FRISUR ALCALA, S.L Domicilio: CARDENAL CISNEROS,12, PUERTA 7 Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRAProvincia: Sevilla Fecha de denuncia: 16 de Febrero de 2012 Vía: A92Punto Kilométrico: ,2 Hora: 02:23 Hechos: TRANSPORTE DE MERCAN-CIAS DESDE GINES HASTA SEVILLA NO LLEVANDO INSERTADOEN EL APARATO TACOGRAFO LA TARJETA DE CONDUCTOR. TAR-JETA DE CONDUCTOR FIGURA CADUCADA EN TERMINAL PRIDE-FOMENTO. NO IMPRIME TICKET AL INICIO DE LA JORNADA. NOJUSTIFICA JORNADAS ANTERIORES, BIEN CON HOJAS DE REGIS-TRO O CERTIFICADO DE ACTIVIDADES.- Normas Infringidas: 140.24LOTT 197.24 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00

Expediente: SE-02216/2012 Matrícula: 34-34FBK- Titular: HOLGUINMATAMOROS JA Domicilio: AVDA ESTRAMADURA, 167 Co Postal:41970 Municipio: SANTIPONCE Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 19de Febrero de 2012 Vía: N-630 Punto Kilométrico: 805 Hora: 19:30 Hechos:TRANSOPORTAR DESPOJOS CARNICOS DESDE VISO DEL ALCORA SANTIPONCE REALIZANDO TRANSPORTE PRIVADO COMPLE-MENTARIO DE MERCANCIAS CON AUTORIZACION DE TRANS-PORTE CUYO TARJETA CADUCA 31/05/2009.- Normas Infringidas:141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02252/2012 Matrícula: 99-53DKB- Titular: AUTO-CARES NAVARRO MORENO, S.L. Domicilio: BILBAO, 052 Co Postal:41927 Municipio: MAIRENA DEL ALJARAFE Provincia: Sevilla Fechade denuncia: 26 de Febrero de 2012 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 9,2 Hora:11:19 Hechos: TRANSPORTE DE VIAJEROS DESDE SEVILLA HASTACHIPIONA SIN APORTAR CERTIFICADO DE ACTIVIDADADESNORMALIZADO NI DISCO/S DESDE LA FECHA 28/01/2012 HASTALA FECHA 22/02/2012. EN LAS JORNADAS 22,24,27,28-01-2012 Y5,9,15,19-02-2012, REALIZO SERVICIOS DE AMBITO DISCRECCIO-NAL.- Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24 ROTT Pliego de descar-go: No Sanción: 2.001,00

Expediente: SE-02266/2012 Matrícula: 25-62GBP- Titular: VIPRE-TRANS SL Domicilio: CTRA. A-340 PUENTE GENIL-LUCENA Co Pos-tal: 14500 Municipio: PUENTE-GENIL Provincia: Cordoba Fecha de de-nuncia: 7 de Febrero de 2012 Vía: A92 Punto Kilométrico: 75 Hora: 13:21Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE HUELVA HASTAPUENTE GENIL EFECTUANDO UNA CONDUCCION DE 5:54HORAS, ENTRE LAS 04:59 HORAS DE FECHA 10/01/12 Y LAS 13:18HORAS DE FECHA 10/01/12, IMPLICANDO UNA CONDUCCION IN-INTERRUMPIDA SUPERIOR AL TIEMPO MAXIMO AUTORIZADO.-Normas Infringidas: 141.6 LOTT 198.6 ROTT Pliego de descargo: No San-ción: 1.501,00

Expediente: SE-02269/2012 Matrícula: SE-000320-CU Titular:RECIO GARCIA JOSE Domicilio: SAN JOSE, 33 Co Postal: 41530 Mu-nicipio: MORON DE LA FRONTERA Provincia: Sevilla Fecha de denun-cia: 7 de Febrero de 2012 Vía: A361 Punto Kilométrico: 15 Hora: 11:22 He-chos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE MARCHENA HASTAMORON DE LA FRONTERA EN VEHICULO PESADO, CARECIENDODE AUTORIZACION DE TRANSPORTE.- Normas Infringidas: 141.13LOTT 198.13 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02272/2012 Matrícula: 02-09CKY- Titular: CAÑONSUAREZ JUAN JOSE Domicilio: LANCIA, Nº-2-D-4-C Co Postal:24191 Municipio: VILLABALTER Provincia: Leon Fecha de denuncia: 6de Febrero de 2012 Vía: N630 Punto Kilométrico: 805 Hora: 10:28 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE GERENA HASTA CORDO-BA EFECTUANDO UNA CONDUCCION DE 06:45 HORAS, ENTRELAS 11:20 HORAS DE FECHA 25/01/2012 Y LAS 18:40 HORAS DEFECHA 25/01/2012, IMPLICANDO UNA CONDUCCION ININTE-RRUMPIDA SUPERIOR AL TIEMPO MAXIMO AUTORIZADO. SEAPORTA COMO PRUEBA EL/LOS DISCO/S DIAGRAMA.- Normas In-

4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

fringidas: 141.6 LOTT 198.6 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:401,00

Expediente: SE-02283/2012 Matrícula: 85-78FHK- Titular: MERCHANILLANES LAURA. Domicilio: C/ HNOS. SALGUERO GUTIERREZ, 5 -2º D *** Co Postal: 41950 Municipio: CASTILLEJA DE LA CUESTA Pro-vincia: Sevilla Fecha de denuncia: 4 de Febrero de 2012 Vía: A8058 PuntoKilométrico: 2 Hora: 18:19 Hechos: CIRCULAR CON EL VEHICULO RE-SEÑADO PROVISTO DE APARATO DE CONTROL INSTALADO CON-FORME A ANEXO IB RGTO CEE 3821/85 NO HABIENDO EFECTUA-DO EL CONDUCTOR LA IMPRESION DE LA HOJA DE REGISTRO ALINICIO DE LA JORNADA DE TRABAJO ASI COMO EN JORNADASANTERIORES EN EL SUPUESTO QUE NO OBRE EN PODER SUYO LATARJETA DEL CONDUCTOR.- Normas Infringidas: 140.22 LOTT 197.22ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02289/2012 Matrícula: 42-13FZJ- Titular: PC.MOVI-MIENTOS TIERRA CAMADIO E HIJOS SL Domicilio: PZ.DE LA CRUZDEL PARALEJO 7 BJ. Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUA-DAIRA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 14 de Febrero de 2012 Vía:A8058 Punto Kilométrico: 8,4 Hora: 11:15 Hechos: TTE PRIVADO COM-PLEMENTARIO DE MERCANCIAS ESCOMBROS DESDE TOMARESA CORIA DEL RIO NO HABIENDO PRESENTADO EL APARATO TA-COGRAFO DE TIEMPOS A REVISION BIENAL.TACOGRAFO SIE-MENS AG 1381.1072100061840000854182, SENSOR 0001804055E1175.FECHA ULTIMA REVISION 04/02/2010.- Normas Infringidas:141.5 LOTT 198.5 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02298/2012 Matrícula: 57-18DVT- Titular: TRANS-PORTES FRISUR ALCALA, S.L Domicilio: CARDENAL CISNEROS, 12,PUERTA 7 Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUADAIRA Provin-cia: Sevilla Fecha de denuncia: 16 de Febrero de 2012 Vía: A92 Punto Kilo-métrico: ,2 Hora: 02:23 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDEGINES HASTA SEVILLA EN VEHICULO PESADO, CARECIENDO DEAUTORIZACION DE TRANSPORTE. TRANSPORTA 3 PALETS DE NA-RANJAS CON DESTINO MERCASEVILLA.- Normas Infringidas: 140.1.9LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.601,00

Expediente: SE-02309/2012 Matrícula: 49-58FJR- Titular: ZAMBRA-NA AGUILERA JUAN Domicilio: VILLANUEVA DE ALGAIDAS 37 CoPostal: 29220 Municipio: CUEVAS BAJAS Provincia: Malaga Fecha de de-nuncia: 4 de Febrero de 2012 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 13 Hora: 17:39Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE ANTEQUERAHASTA LEPE EXCEDIENDOSE LA MMA DEL VEHICULO REALI-ZANDO TRANSPORTE PUBLICO. MASA EN CARGA: 5040 KGS.MMA: 3500 KGS. EXCESO: 1540 KGS. MERCANCIA NEUMATICOS.-Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19 ROTT Pliego de descargo: NoSanción: 2.300,00

Expediente: SE-02330/2012 Matrícula: SE-009775-CB Titular:CADIZ SOTO JOSE ANTONIO Domicilio: PLZ JOSE MENACHO 22Co Postal: 41640 Municipio: OSUNA Provincia: Sevilla Fecha de denun-cia: 29 de Febrero de 2012 Vía: A92 Punto Kilométrico: 42 Hora: 12:21 He-chos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE OSUNA HASTA AL-CALA DE GUADAIRA EXCEDIENDOSE LA MMA DEL VEHICULOREALIZANDO TRANSPORTE PUBLICO. MASA EN CARGA: 3.140KGS. MMA: 2.560 KGS. EXCESO: 580 KGS. TRANSPORTA CHATA-RRA.- Normas Infringidas: 141.4 LOTT 198.4 ROTT Pliego de descargo:No Sanción: 900,00

Expediente: SE-02342/2012 Matrícula: 39-35CVX- Titular: CONS-TRUCCIONES ANYJA SL Domicilio: C/ HORTENSIA 5 Co Postal: 11130Municipio: CHICLANA DE LA FRONTERA Provincia: Cadiz Fecha dedenuncia: 24 de Febrero de 2012 Vía: A8028 Punto Kilométrico: 3,2 Hora:09:34 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE ALCALA DEGUADAIRA HASTA SEVILLA EXCEDIENDOSE LA MMA DEL VEHI-CULO REALIZANDO TRANSPORTE PRIVADO. MASA EN CARGA:4.600 KGS. MMA: 3.500 KGS. EXCESO: 1.100 KGS. TRANSPORTAMATERIAL DE CONSTRUCCION.- Normas Infringidas: 140.19 LOTT197.19 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.000,00

Expediente: SE-02348/2012 Matrícula: 34-34FBK- Titular: HOL-GUIN MATAMOROS JA Domicilio: AVDA ESTRAMADURA, 167 CoPostal: 41970 Municipio: SANTIPONCE Provincia: Sevilla Fecha de de-nuncia: 19 de Febrero de 2012 Vía: N-630 Punto Kilométrico: 805 Hora:19:30 Hechos: LLEVAR INSTALADO TACOGRAFO SIEMENS VDOMODELO 138 Nº1012100002 CON PLACA DE MONTAJE PARTIDAPOR LOQUE NO APAPRECE DATOS RELATIVOS AL TALLER INS-TALADOR Y FECHA DE LA ULTIM REVISION.SE ADJUNTA IMPRE-SION DE DATOS TECNICOS.- Normas Infringidas: 141.5 LOTT 198.5ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02349/2012 Matrícula: 78-75CCH- Titular: DOLO-RES GONZALEZ CASTAÑO Domicilio: MANANTIAL 7 Co Postal:41727 Municipio: TROBAL (EL) Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 17de Febrero de 2012 Vía: SE-30 Punto Kilométrico: 12 Hora: 20:45 Hechos:

TTE DE MERCANCIAS DESDE SEVILLA EN REPARTO BAILEN-CADIZ PAQUETERIA NO HABIENDO PASADO LA REVISION BIEN-AL EL APARATO DE CONTROL DE TIEMPOS DE CONDUCCION YDESCANSO.- Normas Infringidas: 141.5 LOTT 198.5 ROTT Pliego dedescargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02350/2012 Matrícula: 94-42FKK- Titular: JIMENEZGALVEZ JUAN FRANCISCO Domicilio: CORTIJO COSTILLA 175(CAMPANILLA) Co Postal: 29590 Municipio: CAMPANILLAS Provin-cia: Malaga Fecha de denuncia: 16 de Febrero de 2012 Vía: A92 Punto Ki-lométrico: ,2 Hora: 00:09 Hechos: REALIZAR UN TTE PUBLICO DIS-CRECIONSL PESADO DE MERCANCIAS CON PAQUETERIA DESDEMALAGA A SEVILLA DETECTANDO SIPOSITIVOS DE SEGURIDADDEL TACOGRAFO DIGITAL CONDUCCION SIN LLEVAR INSERTA-DA TARJETA DE CONDUCTOR EN LA JORNADA ACTUAL Y JOR-NADA 13 Y 14/02/2012.DIA 13/02/2012 34 40MIN 265KMS, DIA14/02/2012 34 50MIN 264KMS, DIA 15/02/2012 34 53MIN 216 KMS.-Normas Infringidas: 140.22 LOTT 197.22 ROTT Pliego de descargo: NoSanción: 3.301,00

Expediente: SE-02354/2012 Matrícula: -- Titular: LINE SEVILLA,S.L. Domicilio: POLIG. CALONGE, C/ PINCEL, 11 Co Postal: 41007 Mu-nicipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 1 de Octubre de2012 Vía: SEDE DELEG. TERRIT. FOMEN Punto Kilométrico: Hora:09:00 Hechos: REALIZAR ACTIVIDADES DE OPERADOR DETRANSPORTES CARECIENDO DE AUTORIZACION, SEGUN LOSHECHOS RECOGIDOS EN EL ACTA DE INSPECCION NÚM.26/2012.- Normas Infringidas: 140.1.2 LOTT 197.1.2 ROTT Pliego de des-cargo: No Sanción: 4.601,00

Expediente: SE-02356/2012 Matrícula: 41-32CSY- Titular: MYRI-TRANS, S.L. Domicilio: AVDA. TARRAGONA, N 6 Co Postal: 46610Municipio: GUADASUAR Provincia: Valencia Fecha de denuncia: 21 deFebrero de 2012 Vía: A-66 Punto Kilométrico: 789 Hora: 17:20 Hechos:TRANSPORTE NACIONAL DE MERCANCIAS DESDE VIGO A AL-GECIRAS, PRESENTANDO MINORACION DEL DESCANSO DIARIOSOBRE 9 HORAS A UN TOTAL DE 5 HORAS Y 05 MINUTOS. INICIOJORNADA A LAS 14:20 HORAS DIA 10/02/12(DOS CONDUCTORES)A LAS 14:20 HORAS DIA 11/02/12(CONTINUA UN SOLO CONDUC-TOR A LAS 10:55 HORAS DIA 11/02/12), DESCANSO MAXIMO CON-SECUTIVO UN CONDUCTOR DE 02:10 HORAS DIA 11/02/12 A 07:20HORAS DIA 11/02/12.- Normas Infringidas: 141.6 LOTT 198.6 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 2.000,00

Expediente: SE-02357/2012 Matrícula: 41-32CSY- Titular: MYRI-TRANS, S.L. Domicilio: AVDA. TARRAGONA, 6 Co Postal: 46610 Mu-nicipio: GUADASUAR Provincia: Valencia Fecha de denuncia: 21 de Febre-ro de 2012 Vía: A-66 Punto Kilométrico: 789 Hora: 17:20 Hechos:TRANSPORTE NACIONAL DE MERCANCIAS DESDE VIGO A ALGE-CIRAS, PRESENTANDO MINORACION DESCANSO DIARIO SOBRE 9HORAS A UN TOTAL DE 5 HORAS Y 20 MINUTOS. INICIO JORNADAA LAS 18:00 HORAS DIA 05/02/2012(INICIAN 2 CONDUCTORES) ALAS 18:00 HORAS DIA 06/02/12. JORNADA DE 24 HORAS A LAS 09:00HORAS DIA 06/02/2012 SIGUE UN SOLO CONDUCTOR. SE COMPU-TA SOBRE 24 HORAS UN SOLO CONDUCTOR.- Normas Infringidas:141.6 LOTT 198.6 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.000,00

Expediente: SE-02358/2012 Matrícula: 41-32CSY- Titular: MYRI-TRANS, S.L. Domicilio: AVDA. TARRAGONA, 6 Co Postal: 46610 Mu-nicipio: GUADASUAR Provincia: Valencia Fecha de denuncia: 21 de Fe-brero de 2012 Vía: A-66 Punto Kilométrico: 789 Hora: 17:20 Hechos:TRANSPORTE NACIONAL DE MERCANCIAS DESDE VIGO A AL-GECIRAS, TRANSPORTA VOLANTES, PRESENTANDO MINORA-CION DESCANSO SEMANAL SOBRE 24 HORAS A UN TOTAL DE 19HORAS. INICIA A LAS 19:45 HORAS DIA 14/02/12 PROCEDE DE UNDESCANSO DE 45 HORAS A LAS 16:30 HORAS DIA 21/02/12. DES-CANSO MAXIMO CONSECUTIVO DESDE 20:20 HORAS DIA14/02/12 A 14:20 HORAS DIA 15/02/12(19 HORAS CONSECUTIVAS),NO ENCONTRANDO MAS DESCANSOS EN 7 JORNADAS CONSE-CUTIVAS, UN TOTAL DE 168 HORAS.- Normas Infringidas: 141.6LOTT 198.6 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.000,00

Lo que se notifica a efectos de que, si lo estima oportuno,cada interesado alegue por escrito a esta Delegación, sita enplaza de San Andrés núms. 2 y 4, 41071 Sevilla, lo que a suderecho convenga, con aportación o proposición de pruebas enel plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicacióndel presente anuncio. Igualmente se le notifica que, conformeestablece el artículo 146.3 de la Ley de Ordenación de losTransportes Terrestres, el importe de la sanción inicialmentepropuesta se reducirá en un 25% si realiza su ingreso antes deque transcurran los 15 días siguientes a la publicación de la pre-sente notificación.

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 5

En Sevilla a 27 de noviembre de 2012.—La Instructora,Luz María Romero García.

253W-15167

Delegación Territorial de Fomento, Vivienda,Turismo y Comercio de Sevilla

Ignorándose el actual domicilio de los Sres. relacionados,contra los que se tramita expediente sancionador por infraccióna la normativa de transportes terrestres, o siendo desconocidosen las direcciones que figuran en los archivos de esta Delega-ción, se notifica por el presente anuncio lo siguiente:

NOTIFICACIONES

Expediente: SE-01855/2012 Matrícula: S -000328-AS Titular: CO-MERCIAL GANADERA LA GOBIERNA, S.L. Domicilio: C/. TÁBARA,18 - P 1 PLANTA A Co Postal: 49024 Municipio: ZAMORA Provincia: Za-mora Fecha de denuncia: 12 de Enero de 2012 Vía: A66 Punto Kilométrico:799,1 Hora: 21:14 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDEALGECIRAS HASTA BURGOS NO REALIZANDO LAS ANOTACIO-NES MANUALES EN LA HOJA DE REGISTRO EN LOS CASOS DEAVERÍA. $@$ . SE APORTA COMO PRUEBA HOJA DE REGISTRODIA 12 TRAYECTO ALGECIRAS A PUNTO DE CONTROL, VIAJA ENPOSICION DE 2º CONDUCTOR. Normas Infringidas: 140.24 LOTT197.24 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 401,00

Expediente: SE-01856/2012 Matrícula: S -000328-AS Titular: CO-MERCIAL GANADERA LA GOBIERNA, S.L. Domicilio: C/. TÁBARA,18 - P 1 PLANTA A Co Postal: 49024 Municipio: ZAMORA Provincia: Za-mora Fecha de denuncia: 12 de Enero de 2012 Vía: A66 Punto Kilométrico:799 Hora: 21:10 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE AL-GECIRAS HASTA BURGOS NO REALIZANDO LAS ANOTACIONESMANUALES EN LA HOJA DE REGISTRO EN LOS CASOS DE AVE-RÍA. $@$ SE APORTA COMO PRUEBA HOJA DE REGISTRO DIA 12TRAYECTO ALGECIRAS A PUNTO DE CONTROL.TACOGRAFOSTORIDGE KG8456 Nº 921742 E11-20. Normas Infringidas: 140.24LOTT 197.24 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 401,00

Expediente: SE-02001/2012 Matrícula: 70-15BTP- Titular: INSTLA-CIONES PEDREGAR S.C Domicilio: VIRGEN DE ESCARDIEL 3-3.ACo Postal: 41009 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denun-cia: 8 de Febrero de 2012 Vía: GRTA.MARINES VOLUNTARIOS PuntoKilométrico: Hora: 09:20 Hechos: ARROJAR UN EXCESO DE PESO DELA CARGA.FURGONETA CON MMA DE 2000KGS QUE LLEVA UNACARGA TOTAL DE 3050KGS.EL VEHICULO TRANSPORTA ESCOM-BROS DESDE VIRGEN DE LUJAN HASTA UN PUNTO LIMPIO DELA MISMA LOCALIDAD.- Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.300,00

Expediente: SE-02006/2012 Matrícula: 41-65FYN- Titular: MA-RUENSE S.L.U Domicilio: AVDA. DE LAS CIENCIAS, EDF. PQ. REY,2-4ºC Co Postal: 41020 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha dedenuncia: 16 de Febrero de 2012 Vía: C/ADRIANO Punto Kilométrico:Hora: 20:35 Hechos: CARECER DE TARJETA DE TRANSPORTE UNVEHICULO QUE EFECTUA TTE PUBLICO DE MERCANCIAS PORDISTINTOS ESTABLECIMIENTOS CON UN VEHICULO DE ALQUI-LER.- Normas Infringidas: 140.1.2 LOTT 197.1.2 ROTT Pliego de descar-go: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02009/2012 Matrícula: 44-37FPK- Titular: HORMI-GO JARAMILLO, S.L. Domicilio: CARLOS MARX, 16 BLOQ 9 4º IZ-QUIERDA. Co Postal: 41006 Municipio: SEVILLA Provincia: SevillaFecha de denuncia: 1 de Febrero de 2012 Vía: A66 Punto Kilométrico: 798Hora: 12:04 Hechos: TTE DE MERCANCIAS PERECEDERAS DESDEJEREZ DE LA FRONTERA A JABUGO CARECIENDO DE HOJAS DEREGISTRO DEL APARATO DE CONTROL CERRTIFICADO DE ACTI-VIDADES O DOCUMENTO IMPRESION AL NO JUSTIFICAR ACTI-VIDADES ENTRE JORNADAS 10/01/2012 AL 31/01/2012, NO ACTIVI-DAD EN TARJETA.- Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 2.001,00

Expediente: SE-02011/2012 Matrícula: 70-16CUW- Titular: BOCA-NEGRA RODRIGUEZ CONCEPCION Domicilio: C/COMPASION 55 CoPostal: 41020 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia:17 de Febrero de 2012 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 12 Hora: 19:55 He-chos: TTE DE MERCANCIAS EN VACIO DESDE SEVILLA A SEVILLACARECIENDO DE HOJAS DE REGISTRO DEL APARATO DE CON-TROL DE TIEMPOS DE CONDUCCION Y DESCANSO Normas Infrin-gidas: 141.11 LOTT 198.11 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:1.001,00

Expediente: SE-02017/2012 Matrícula: 22-14FYW- Titular: MARTINMONGE GERARDO RAMON Domicilio: CURTIDORES 3 4C Co Pos-tal: 23007 Municipio: JAEN Provincia: Jaen Fecha de denuncia: 6 de Fe-brero de 2012 Vía: N630 Punto Kilométrico: 799 Hora: 16:34 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE GUILLENA HASTA JAENSIENDO CONDUCIDO EL VEHICULO POR UN CONDUCTOR DE UN

PAIS TERCERO (NO DE LA UE), CARECIENDO DEL CORRESPON-DIENTE CERTIFICADO DE CONDUCTOR. NACIONALIDAD DELCONDUCTOR ECUADOR. DATOS DEL MISMO: ANGEL ENRIQUEZDELGADO(X52794226Y).- Normas Infringidas: 141.19 LOTT 198.19ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02021/2012 Matrícula: 05-32CSJ- Titular: PROAX-TRA, S.L. Domicilio: ALCALDE GUILLERMO REINA 109 Co Postal:29001 Municipio: MALAGA Provincia: Malaga Fecha de denuncia: 1 deFebrero de 2012 Vía: A-4 Punto Kilométrico: 450 Hora: 09:24 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE SEVILLA HASTA SAN-TAELLA REALIZANDO TRANSPORTE PRIVADO DE MERCANCIASEN VEHICULO PESADO AL AMPARO DE AUTORIZACION CADU-CADA, REVOCADA O SIN VALIDEZ.TRANSPORTA TRAMOS DEBIONDAS Y UNA MAQUINA PARA SU INSTALACION.- Normas In-fringidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:1.001,00

Expediente: SE-02031/2012 Matrícula: 52-60DSN- Titular: MARTINMONGE GERARDO RAMON Domicilio: CURTIDORES, 3-4º C Co Pos-tal: 23007 Municipio: JAEN Provincia: Jaen Fecha de denuncia: 27 de Fe-brero de 2012 Vía: N630 Punto Kilométrico: 799 Hora: 11:21 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE JAEN HASTA GUILLENASIENDO CONDUCIDO EL VEHICULO POR UN CONDUCTOR DE UNPAIS TERCERO (NO DE LA UE), CARECIENDO DEL CORRESPON-DIENTE CERTIFICADO DE CONDUCTOR. NACIONALIDAD DELCONDUCTOR ECUADOR. DATOS DEL MISMO: ANGEL ENRIQUEZDELGADO(X5279426Y). TRANSPORTA MUEBLES. Normas Infringi-das: 141.19 LOTT 198.19 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02032/2012 Matrícula: 92-13FSS- Titular: CERBE-DAM, S.L Domicilio: C/ROSELLO 515 BX Co Postal: Municipio: BAR-CELONA Provincia: Barcelona Fecha de denuncia: 2 de Febrero de 2012Vía: LA RABIDA Punto Kilométrico: Hora: 10:43 Hechos: REALIZARTRANSPORTE DE BEBIDAS DESDE DOS HERMANAS HASTAAVDA.VICTORIA CON UN PESO TOTAL DE 4450 KGS SIENDO SUMMA DE 3500KGS.- Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 1.860,00

Expediente: SE-02035/2012 Matrícula: 11-45CFV- Titular: SANCHEZBERMUDEZ ANTONIO Domicilio: ASTURIAS 4 7C Co Postal: 30009Municipio: MURCIA Provincia: Murcia Fecha de denuncia: 29 de Febrerode 2012 Vía: A92 Punto Kilométrico: 43 Hora: 09:50 Hechos: REALIZARTRANSPORTE DE MERCANCIAS EN VEHICULO LIGERO EXENTODE AUTORIZACION DE TRASNPORTES INCUMPLIENDO CON AL-GUNAS DE LAS CONDICIONES DEL ART.102.2LOTT.- Normas Infrin-gidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 400,00

Expediente: SE-02038/2012 Matrícula: 39-64DLX- Titular: HER-CAPYFON CAMPILLOS S.L. Domicilio: C/VILAPICINA 14 P BJ CoPostal: 08031 Municipio: BARCELONA Provincia: Barcelona Fecha de de-nuncia: 23 de Enero de 2012 Vía: A92 Punto Kilométrico: 42 Hora: 11:40Hechos: TTE DE MERCANCIAS PERECEDERAS DESDE P.I.CTRA LAISLA PRESENTANDO INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CON-DUCTOR DE REALIZAR DETERMINADAS ANOTACIONES MA-NUALES EN HOJA DE REGISTRO DE TIEMPOS AL NO JUSTIFICARJORNADAS 14 A 15/02/2012 EL TRANSCURSO ENTRE LOCALIDA-DES DE CAMPILLO Y MOLINA.- Normas Infringidas: 141.8 LOTT198.8 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 401,00

Expediente: SE-02042/2012 Matrícula: -- Titular: CARMONAPADAL MANUEL Domicilio: C/ RUIMARTIN, 3 Co Postal: 41400 Mu-nicipio: ECIJA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 14 de Septiembre de2012 Vía: SEDE D.T. FOMENTO, V.T. Y Punto Kilométrico: Hora: 09:00Hechos: OBSTRUCCION A LA LABOR INSPECTORA, SEGUN LOSHECHOS RECOGIDOS EN EL ACTA DE INSPECCION 11/2012.- Nor-mas Infringidas: 141.10 LOTT 198.10 ROTT Pliego de descargo: No San-ción: 1.501,00

Expediente: SE-02051/2012 Matrícula: H -009001-T Titular: CAR-MONA FRAILE ANTONIO Domicilio: LARGA 84 Co Postal: 41804 Mu-nicipio: OLIVARES Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 8 de Febrero de2012 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 21 Hora: 09:10 Hechos: TRANSPOR-TE DE MERCANCIAS DESDE OLIVARES HASTA SEVILLA EN VE-HICULO LIGERO, CARECIENDO DE AUTORIZACION DE TRANS-PORTE. SEGÚN BASE DE DATOS DE FOMENTO CONSTA SINVISAR DESDE 30-09-08. TRANSPORTA UN VEHÍCULO SUZUKI VI-TARA MATRICULA 4061-FPJ.- Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02062/2012 Matrícula: 41-92FRB- Titular: GRUPOAMIGOS ORIENTAL SL Domicilio: RAFAEL BECA MATEO 14 Co Pos-tal: 41007 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 5 deFebrero de 2012 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 12 Hora: 11:13 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE SEVILLA HASTA PUEBLADEL RIO (LA) EXCEDIENDOSE LA MMA DEL VEHICULO REALI-ZANDO TRANSPORTE PRIVADO. MASA EN CARGA: 5000 KGS.MMA: 3500 KGS. EXCESO: 1500 KGS. 42,85% $@$ SE APORTACOMO PRUEBA EL TICKET DEL PESAJE. . Normas Infringidas: 140.19LOTT 197.19 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.300,00

6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

Expediente: SE-02065/2012 Matrícula: 07-75CTV- Titular: TRIE-TRANS 5, S.L Domicilio: TIBERIADES 28 Co Postal: 41007 Municipio:SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 1 de Febrero de 2012 Vía:N630 Punto Kilométrico: 805 Hora: 12:22 Hechos: TRANSPORTE DEMERCANCIAS DESDE CORDOBA HASTA SEVILLA SIN APORTARCERTIFICADO DE ACTIVIDADES O DISCO/S DESDE LA FECHA06/01/2012 HASTA LA FECHA 22/01/2012. $@$ SE APORTA COMOPRUEBA EL/LOS DISCO/S DIAGRAMA. POSEE TARJETA DE CON-DUCTOR SIN ACTIVIDAD. Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00

Expediente: SE-02077/2012 Matrícula: 44-62BJN- Titular: LABRA-DOR MARTIN A Domicilio: ARAHAL,025 Co Postal: 41016 Munici-pio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 8 de Febrero de 2012Vía: N630 Punto Kilométrico: 805,8 Hora: 16:22 Hechos: TRANSPORTEDE MERCANCIAS DESDE SEVILLA HASTA SANTIPONCE SINAPORTAR CERTIFICADO DE ACTIVIDADES O DISCO/S DESDE LAFECHA 13/01/2012 HASTA LA FECHA 25/01/2012. Normas Infringidas:141.11 LOTT 198.11 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02078/2012 Matrícula: PO-000052-AF Titular:LOPEZ CORDOBA E Domicilio: AMADOR DE LOS RIOS, 38 Co Postal:41003 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 22 deFebrero de 2012 Vía: AP-4 Punto Kilométrico: 45 Hora: 08:00 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE SEVILLA HASTA PUERTOREAL REALIZANDO TRANSPORTE PRIVADO DE MERCANCIAS ENVEHICULO PESADO SIN AUTORIZACION POR NO HABER REALI-ZADO EL VISADO REGALMENTARIO. $@$ TRANSPORTA APARA-TO DE FERIA.-. Normas Infringidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02097/2012 Matrícula: 85-78FHK- Titular: MER-CHAN ILLANES LAURA. Domicilio: C/ HNOS. SALGUERO GUTIE-RREZ, 5 - 2º D *** Co Postal: 41950 Municipio: CASTILLEJA DE LACUESTA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 4 de Febrero de 2012 Vía:A8058 Punto Kilométrico: 2 Hora: 18:19 Hechos: REALIZAR TTE DEMERCANCIAS EN REGIMEN DE SERVICIO PRIVADO COMPLE-MENTARIO DENTRO DE LA PROVINCIA DE SEVILLA CON AUTO-RIZACION DE TRANSPORTES DE BAJA DE FECHA 21/03/2011.NOACREDITA TITULARIDAD CON LA MERCANCIA.- Normas Infringi-das: 140.1.6 LOTT 197.1.6 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:1.001,00

Expediente: SE-02115/2012 Matrícula: 09-03FLH- Titular: ROMEROCASTRO Y GUERRERO S.L. Domicilio: URBAN. LA TORRECILLAPARCELA 11 Co Postal: 41410 Municipio: CARMONA Provincia: Sevi-lla Fecha de denuncia: 6 de Febrero de 2012 Vía: N630 Punto Kilométrico:799 Hora: 15:41 Hechos: TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDESANTIPONCE HASTA SEVILLA EXCEDIENDOSE LA MMA DEL VE-HICULO REALIZANDO TRANSPORTE PRIVADO. MASA ENCARGA: 6.860 KGS. MMA: 3.500 KGS. EXCESO: 3.360 KGS.- NormasInfringidas: 140.19 LOTT 197.19 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:2.300,00

Expediente: SE-02117/2012 Matrícula: 28-86GCP- Titular: MORERALEON JULIA Domicilio: WASHITONG IRVING 58 Co Postal: 41510Municipio: MAIRENA DEL ALCOR Provincia: Sevilla Fecha de denuncia:2 de Febrero de 2012 Vía: SE30 Punto Kilométrico: 13 Hora: 12:32 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE ALCALA DE GUADAIRAHASTA SEVILLA CARECIENDO DEL DOCUMENTO DE CONTROLQUE DEBE ACOMPAÑAR A LA MERCANCIA. TRANSPORTA PAPEL,MADERA Y CARTON PARA RECICLAR. SE DESCONOCE CARGA-DOR.- Normas Infringidas: 141.19 LOTT 198.19 ROTT Pliego de descar-go: No Sanción: 401,00

Expediente: SE-02144/2012 Matrícula: 17-13DYM- Titular: AUTO-VIAS DEL SUR S L Domicilio: PASEO DEL ESTATUTO 35 Co Postal:41410 Municipio: CARMONA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 15 deFebrero de 2012 Vía: A-8005 Punto Kilométrico: 22,5 Hora: 08:35 Hechos:TRANSPORTE DE MERCANCIAS DESDE CANTILLANA HASTACARMONA EN VEHICULO PESADO, CARECIENDO DE AUTORIZA-CION DE TRANSPORTE. Normas Infringidas: 141.13 LOTT 198.13ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02145/2012 Matrícula: -- Titular: ALONSO RODALMANUEL Domicilio: C/ CURRO ROMERO, 15 Co Postal: 41807 Muni-cipio: ESPARTINAS Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 24 de Septiem-bre de 2012 Vía: SEDE D.T. FOMENTO, VVDA. Punto Kilométrico:Hora: 09:00 Hechos: REALIZACION DE ACTIVIDAD DE TRANSPOR-TE PUBLICO CARECIENDO DE AUTORIZACION POR NO HABERREALIZADO SU VISADO REGLAMENTARIO SEGUN LOS HECHOSRECOGIDOS EN EL ACTA DE INSPECCION NÚM. 19/2012.- NormasInfringidas: 140.1.2 LOTT 197.1.2 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:1.501,00

Expediente: SE-02152/2012 Matrícula: 42-13FZJ- Titular: PC.MOVI-MIENTOS TIERRA CAMADIO E HIJOS SL Domicilio: PZ.DE LA CRUZDEL PARALEJO 7 BJ. Co Postal: 41500 Municipio: ALCALA DE GUA-DAIRA Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 14 de Febrero de 2012 Vía:A8058 Punto Kilométrico: 8,4 Hora: 11:15 Hechos: TTE PRIVADO COM-PLEMENTARIO DE MERCANCIAS DESDE TOMARES A CORIA DEL

RIO CARECIENDO DE AUTORIZACION ADMINISTRATIVA DETRANSPORTES.TARJETA CADUCADA 28/02/2011.- Normas Infringi-das: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02196/2012 Matrícula: 36-42CVC- Titular: ANDA-LUZA DE PARABRISA SL Domicilio: PL. IND. PISA, CL. COMERCIO,13 Co Postal: 41927 Municipio: MAIRENA DEL ALJARAFE Provincia:Sevilla Fecha de denuncia: 24 de Febrero de 2012 Vía: A8028 Punto Kilo-métrico: 3,2 Hora: 10:10 Hechos: CIRCULAR REALIZANDO UN TTEDE MERCANCIAS DESDE MAIRENA DEL AALJARAFE A ALCALÁDE GUADAIRA CON UNA MASA TOTAL EN CARGA DE 4350 KGSSIENDO SU MMA DE 3500KGS.- Normas Infringidas: 141.4 LOTT 198.4ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00

Expediente: SE-02279/2012 Matrícula: 03-24BDY- Titular: ALMA-CENES Y SERVICIOS ALJARAFE, S.L Domicilio: CTRA. MAIRENA -ALMENSILLA, KM 8 Co Postal: 41927 Municipio: MAIRENA DEL AL-JARAFE Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 20 de Febrero de 2012 Vía:A-8005 Punto Kilométrico: 5 Hora: 10:00 Hechos: TRANSPORTE DEMERCANCIAS DESDE RINCONADA (LA) HASTA RINCONADA (LA)SIN HABER PASADO LA REVISION PERIODICA DEL APARATO TA-COGRAFO. ULTIMA REVISION PERIODICA SEGUN PLACA DEMONTAJE DE FECHA 04/12/2009. TACOGRAFO VDO. 1318, N.308549.- Normas Infringidas: 141.5 LOTT 198.5 ROTT Pliego de descar-go: No Sanción: 1.501,00

Expediente: SE-02292/2012 Matrícula: 03-24BDY- Titular: ALMA-CENES Y SERVICIOS ALJARAFE, S.L Domicilio: CTRA. MAIRENA -ALMENSILLA, KM 6 Co Postal: 41927 Municipio: MAIRENA DEL AL-JARAFE Provincia: Sevilla Fecha de denuncia: 20 de Febrero de 2012 Vía:A-8005 Punto Kilométrico: 5 Hora: 10:00 Hechos: TRANSPORTE DEMERCANCIAS DESDE RINCONADA (LA) HASTA RINCONADA (LA)EN VEHICULO PESADO, CARECIENDO DE AUTORIZACION DETRANSPORTE.- Normas Infringidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 1.001,00

Lo que se notifica a efectos de que, si lo estima oportuno,cada interesado alegue por escrito a esta Delegación, sita enplaza de San Andrés números 2 y 4, 41071 Sevilla, lo que a suderecho convenga, con aportación o proposición de pruebas enel plazo de quince (15) días hábiles siguientes al de la publica-ción del presente anuncio. Igualmente se le notifica que, con-forme establece el artículo 146.3 de la Ley de Ordenación delos Transportes Terrestres, el importe de la sanción inicialmen-te propuesta se reducirá en un 25% si realiza su ingreso antesde que transcurran los quince (15) días siguientes a la publica-ción de la presente notificación.

En Sevilla a 6 de noviembre de 2012.—La Instructora, LuzMaría Romero García.

8W-14099

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICODEL MINISTERIO DEL INTERIOR

———

Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOE 285 de 27 de noviembre de 1992), sehace pública declaración de caducidad del expediente de canjedel permiso de conducción de don Luis Mauricio de León Gar-cía, con NIE Y0703227Q.

Contra la presente resolución puede formular recurso de al-zada ante la Directora General de Tráfico, de conformidad conlo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Sevilla a 6 de noviembre de 2012.—El Jefe Provincialde Tráfico, José Luis León Guzmán.

8W-14114

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 7

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

Juzgados de lo Social———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1

Procedimiento: Social Ordinario 343/2011.Negociado: 5L.NIG: 4109144S20110004202.De: Doña Marta Prieto Blanco.Contra: Trasdós Rehabilitación, S.L.Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla.Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta

fecha en los autos número 343/2011, se ha acordado citar aTrasdós Rehabilitación, S.L., como parte demandada por tenerignorado paradero para que comparezcan el próximo día 14 deenero de 2013, a las 10.10 horas para asistir a los actos de con-ciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgadode lo Social, sito en avda. de la Buhaira núm. 26, Edif. Noga,1.ª planta debiendo comparecer personalmente o por personalegalmente apoderada y con los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria yque no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, lareferida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su dis-posición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia dela demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Trasdós Rehabilitación, S.L.,se expide la presente cédula de citación para su publicación enel «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en eltablón de anuncios.

En Sevilla a 8 de mayo de 2012.—La Secretaria Judicial,Rosa María Rodríguez Rodríguez.

253F-6513

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 208/2012.Negociado: A.N.I.G.: 4109144S20110011057.De: Don Francisco Javier Capote Martín.Contra: Adaptaciones Térmicas del Sur, S.L., Aplicaciones

Naturales del Sol, S.L., y Proyectos Obras y ServiciosAnsol, S.L.

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número uno de los de esta capitaly su provincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 208/2012, a instancia de la parte actora donFrancisco Javier Capote Martín, contra Adaptaciones Térmicasdel Sur, S.L., Aplicaciones Naturales del Sol, S.L., y ProyectosObras y Servicios Ansol, S.L., sobre ejecución, de títulos judi-ciales se ha dictado resolución de fecha 30 de julio de 2012,del tenor literal siguiente:

Auto.—En Sevilla a 15 de octubre de 2012.Dada cuenta y,Parte dispositiva:Su Señoría ilustrísima acuerda:Despachar ejecución a favor de don Francisco Javier

Capote Martín, contra Adaptaciones Térmicas del Sur, S.L.,Aplicaciones naturales del Sol, S.L., y Proyectos Obras y Ser-vicios Ansol, S.L., por la suma de 30.110,60 euros en conceptode principal, más la de 6.022,12 euros calculados para intere-ses y costas y gastos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma podrá interponerse recurso de repo-sición, en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los térmi-nos referidos en el fundamento tercero de esta resolución, ysin perjuicio de su efectividad.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consigna-ciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español deCrédito —Banesto— (entidad número 0030), Sucursal Avda.de La Buhaira (oficina número 4325), sita en calle JoséRecuerda Rubio número 4, de Sevilla, cuenta número 4020-0000-64- 0208 12, utilizando para ello el modelo oficial, indi-cando en el campo «concepto» que se trata de un recursoseguido del código «30» y «social-reposición», de conformi-dad con lo establecido en la Disposición adicional Decimo-quinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurren-cia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sincuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo elloconforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantesLEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habráde hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274,indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número unode Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloquey éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga enel campo, los 16 dígitos —antes expresados— de la cuentaque componen la cuenta-expediente judicial.

Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísimaSra. doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrado-Juez del Juz-gado de lo Social número uno de los de esta capital y su pro-vincia. Doy fe.

Decreto.Sra. Secretaria Judicial: Doña Rosa María Rodríguez

Rodríguez.En Sevilla a 15 de octubre de 2012.Parte dispositiva:Acuerdo:Procédase a la localización y averiguación de los bienes

del ejecutado, de los que consten en la Agencia Estatal de laAdministración Tributaria, así como en el Registro de índicesy terminal de Tráfico mediante la obtención de los datoscorrespondientes a través de la aplicación Punto Neutro Ju -dicial.

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que existaen cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros,fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cual-quier otros productos bancarios, incluidas las amortizacionesde préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratarcon las entidades bancarias practicándose dicho embargo a tra-vés del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hastacubrir el principal y costas.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domi-cilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónicoo similares siempre que estos últimos esté siendo utilizadoscomo instrumentos de comunicación con la oficina judicialdurante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmedia-tamente a la misma.

Habiéndose declarado la insolvencia provisional a lasempresas Adaptaciones Térmicas del Sur, S.L., en ejecución22/07, autos 746/05, por auto de 17 de mayo de 2007 y Pro-yectos Obras y Servicios Ansol, S.L., en ejecución 133/11,autos 1146/10, con fecha 25 de enero de 2012, dese trasladopor término de quince días, a la parte actora y al Fondo deGarantía Salarial sobre la posible declaración de insolvenciaprovisional de las mismas.

Notifíquese esta resolución a las ejecutadas, junto con elauto de orden general de ejecución, con entrega de copia de lademanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin

8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momentopuedan personarse en la ejecución.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión,que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres díashábiles contados desde el siguiente de la notificación, conexpresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consigna-ciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español deCrédito —Banesto— (entidad número 0030), sucursal avenidade La Buhaira (oficina número 4325), sita en calle JoséRecuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número 4020-0000-64- 0208 12, utilizando para ello el modelo oficial, indi-cando en el campo «concepto» que se trata de un recursoseguido del código «30» y «Social-Revisión», de conformidadcon lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquintade la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de lossupuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requi-sitos No se Admitirá a Tramite el recurso, y todo ello con-forme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LECy la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habráde hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274,indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social número uno deSevilla, y en «Observaciones» se consignarán, en un solo blo-que y éste separado por espacios de todo lo demás que seponga en el campo, los 16 dígitos —antes expresados— de lacuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicandodespués de estos 16 dígitos (separados por un espacio) elcódigo «30» y «Social-Revisión».

Así lo acuerdo y firmo.Y para que sirva de notificación a la demandada Adapta-

ciones Térmicas del Sur, S.L., Aplicaciones Naturales del Sol,S.L., y Proyectos Obras y Servicios Ansol, S.L., actualmenteen paradero desconocido, expido el presente para su publica-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertenciade que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate deemplazamientos.

En Sevilla a 15 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.

4F-13861

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 231/2012, a instancia de la parte actora donMiguel Ángel Macipe Bravo contra Visein, S.A., SeguridadSansa, S.A., y GSI Internacional Grupo de Seguridad Privadasobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución deltenor literal siguiente:

En nombre de S.M. el Rey:El Ilmo. señor don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez

del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla, ha pronun-ciado la siguiente:

Sentencia núm. 503.—En Sevilla a 25 de octubre de 2012,vistos en juicio oral y público los presentes autos, seguidos eneste Juzgado bajo el número 231/2012, promovidos porMiguel Ángel Macipe Bravo, contra Visein, S.A., SeguridadSansa, S.A., y GSI Internacional Grupo de Seguridad Privada,sobre despidos/ceses en general.

Antecedentes de hecho:Primero.—En fecha 21 de febrero de 2012, tuvo entrada

en este Juzgado demanda suscrita por la parte actora, en la quedespués de alegar los hechos y fundamentos que estimó perti-

nentes a su derecho, suplicó se dictase sentencia de conformi-dad con los pedimentos contenidos en el suplico de sudemanda.

Segundo.—Que señalados día y hora para la celebraciónde los actos de juicio, tuvieron éstos lugar el día señalado, alque comparecieron las partes que constan en el acta.

Tercero.—En la tramitación de este procedimiento se hanobservado los plazos y demás requisitos legales excepto el deseñalamiento, y para dictar sentencia, debido a la acumulaciónde asuntos que pesan sobre este órgano.

Hechos probados:1. Don Miguel Ángel Macipe Bravo, mayor de edad, con

NIF núm. 53.273.605-Q, comenzó a prestar sus servicios porcuenta y bajo la dependencia de la empresa Seguridad Sansa,S.A., el día 25 de abril de 2006, con la categoría profesionalde vigilante de seguridad, percibiendo un salario diario a efec-tos de despido de 23,75 euros (50% de la jornada completa)conforme al desglose que obra al hecho l.º de la demanda, porreproducido.

El salario diario para un 41% de la jornada completaasciende a 19,47 euros.

El salario diario para un 9% de la jornada completaasciende a 4,27 euros.

2. La relación laboral era de carácter indefinido y atiempo completo, hasta que en fecha 9 de diciembre de 2011,las partes pactaron una reducción de la jornada pasando a tra-bajar a tiempo parcial (50% de la jornada completa).

3. El actor prestaba sus servicios en el establecimiento deBricomart en Alcalá de Guadaíra (Carretera Sevilla-Málagakm. 7).

El salario se abonaba mediante transferencia bancaria, ames vencido, entre los días 1 y 5 de cada mes.

4. Con fecha 31 de diciembre de 2011, Seguridad Sansa,S.A., dejó de prestar servicios para Bricomart (Bricolaje Bri-coman, S.L.U.), al haber adjudicado ésta el servicio de seguri-dad a una nueva empresa, GSI Profesionales de la Seguridad ySistemas, S.A. (GSI), integrada en GSI Internacional, Grupode Seguridad Privada.

5. Durante el año 2011, se prestó el servicio por parte detrabajadores de Seguridad Sansa, S.A., conforme al siguientedesglose:

Mes Horas en total Horas del Sr. Macipe

Enero 398,5 68Febrero 365 123,5Marzo 448 48Abril 386 53,5Mayo 419 40Junio 457 99,5Julio 427 48Agosto 507 104Septiembre 369,06 69,42Octubre 373 28Noviembre 387,09 27,57Diciembre 371,7 27,75Total 4.908,35 737,24

6. GSI se dirigió a Seguridad Sansa, S.A., a fin de que seles notificara el personal a subrogar mediante una certificacióncon una serie de datos. La comunicación obra al f. 173, porreproducida.

Seguridad Sansa, S.A., remitió documentación relativa atres trabajadores (correo electrónico al f. 200).

GSI requirió a Seguridad Sansa, S.A. los TC1 relativos alpersonal subrogable de los últimos tres meses, así como loscuadrantes de los últimos 7 meses del servicio (f. 171 y 200)

7. GSI comenzó a prestar los servicios de seguridad paraBricomart el día 1 de enero de 2012, en virtud de contrato dearrendamiento de servicio de seguridad fechado el 18 denoviembre de 2011 (f. 144 y ss, por reproducido).

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 9

En el contrato consta que el número de vigilantes de segu-ridad que intervendrán en el servicio será de uno por turno yexisten dos turnos en horario de 06:00 a 23:00 horas de lunes aviernes, y los sábados, domingos y festivos que el local per-manezca abierto al público de 07:00 a 23:00 horas.

8. GSI se subrogó en los siguientes trabajadores de Segu-ridad Sansa, S.A., que prestaban el servicio en Bricomart, asaber: Juan Ernesto Valdés León y José María Muñoz Sánchez(f. 142 y 143).

Estos trabajadores prestaron sus servicio en la tienda Bri-comart durante los meses de enero y febrero de 2012 con-forme al cuadrante que obra a los f. 191 y 192, por reprodu-cido.

9. El día 30 de diciembre de 2011, Seguridad Sansa,S.A., dio de baja al trabajador en la Seguridad Social y leentregó un certificado de empresa en el que se indicaba comocausas de la extinción de la relación laboral la finalización desu contrato temporal de fecha 9 de diciembre de 2011.

10. Miguel Ángel Macipe Bravo figura de alta en la Segu-ridad Social con fecha 9 de diciembre de 2011, para laempresa Control, Orden y Seguridad, S.L. (vida laboral al f.197).

11. Con fecha 20 de enero de 2012, se presentó la papeletade conciliación, y con fecha de 15 de febrero de 2012, tuvolugar el acto de conciliación que se tuvo por intentada sin ave-nencia respecto a GSI y por intentado sin efecto en cuanto aSeguridad Sansa, S.A., sin que constara acreditada la recep-ción de la citación en el expediente.

La demanda por despido que dio origen a las presentesactuaciones se presentó el día 21 de febrero de 2012.

12. El trabajador no ostenta ni ha ostentado la condiciónde representante legal o sindical de los trabajadores en elúltimo año de prestación de servicios.

Fundamentos de derecho:Primero.—Pretensiones de las partes.En la demanda iniciadora de este procedimiento se ejercita

una acción de despido solicitando se declare la improcedenciadel mismo. La acción se dirige contra la empresa SeguridadSansa, S.A., y contra GSI, la primera como empresa saliente yla segunda como entrante en la prestación del servicio deseguridad en dependencias de la limpieza en dependencias dela tienda Bricomart en Alcalá de Guadaíra.

La actora entiende que concurren las condiciones para queopere la subrogación como empleadora de GSI y, al haber sidola misma rechazada, ello constituye un despido tácito improce-dente. También dirige la demanda contra Seguridad Sansa,S.A., como empresa saliente para el caso de que no estimaraprocedente la subrogación al no existir válida extinción delcontrato.

Segundo.—Fundamento de hechos probados.No ha sido discutida la antigüedad, categoría profesional

del trabajador y salario diario a efectos de despido.Los restantes hechos declarados probados resultan acredi-

tados por la documental aportada que no ha sido impugnada aexcepción de los cuadrantes de horas. Los aportados por elactor y correspondientes a Seguridad Sansa, S.A., acreditan elhecho quinto. Dichos cuadrantes tiene el sello de la empresa yel propio testigo llamado por GSI, que fue uno de los dos tra-bajadores subrogados, los ha reconocido como tal.

Los cuadrantes de GSI obrantes a los f. 191 y 192 sirvenpara acreditar el segundo párrafo del hecho octavo pues sibien han sido impugnados de contrario, se ha tratado de unaimpugnación meramente defensiva, sin fundamento alguno alno ofrecer prueba alguna que desvirtúe su contenido, por loque no hay razón para dudar de su veracidad, al menos nomás que de la que ofrecen los cuadrantes que aporta la propiaimpugnante.

Tercero.—Sobre la subrogación convencional, art. 14 delconvenio e incumplimiento de las obligaciones de informacióny documentación por la empresa saliente.

Sostiene la defensa de GSI que no puede operar la subro-gación prevista en el art. 14 del Convenio Colectivo Estatal delas Empresas de Seguridad, publicado en el BOE de 16 defebrero de 2011.

Dice que la prestación del servicio por parte del trabajadoren Bricomart era esporádica, meras sustituciones, por lo queno puede considerarse como un trabajador adscrito al servicio,sino que el mismo se hallaba adscrito al servicio de Cajasol;que Seguridad Sansa, S.A., no entregó la documentación nece-saria para que pudiera operar la subrogación; que no es posiblesubrogar al trabajador dado que el servicio se ha visto redu-cido y no es posible colocar a tres trabajadores; que para elcaso de condena no procederían salarios de trámite dado queel actor lleva trabajando para otra empresa desde el 1 de enerode 2012.

La sentencia del Tribunal Supremo de 27 de junio de 2008declara que: «en los casos de sucesión de contratas no haytransmisión de la misma sino finalización de una, y comienzode otra formal y jurídicamente distinta, con un nuevo contra-tista, aunque materialmente la contrata sea la misma, en elsentido de que son los mismos servicios los que se siguenprestando, no produciéndose por tanto la subrogación delnuevo contratista en los contratos de los trabajadores, salvoque lo imponga el pliego de condiciones, o se derive de nor-mas sectoriales..., no siendo por tanto de aplicación en esoscasos el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores».

Por lo tanto, en el presente caso habrá que acudir al Con-venio Colectivo que habrá de interpretarse en sus propios tér-minos (SSTS 8 de junio de 1998 y 26 de abril de 1999). El art.14 del Ccol dice, textualmente:

«Artículo 14. Subrogación de servicios.Dadas las especiales características y circunstancias de la

actividad, que exigen la movilidad de los trabajadores de unosa otros puestos de trabajo, este artículo tiene como finalidadgarantizar la estabilidad en el empleo de los trabajadores deeste sector, aunque no la estabilidad en el puesto de trabajo,con clara diferenciación entre subrogación de servicios com-prendidos en la letra A y de transporte de fondos comprendi-dos en la letra B, en base a la siguiente normativa:

A) Servicios de vigilancia, sistemas de seguridad, trans-porte de explosivos, protección personal y guardería particularde campo:

Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servi-cios contratados de un cliente, público o privado, por resci-sión, por cualquier causa, del contrato de arrendamiento deservicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso,obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores ads-critos a dicho contrato y lugar de trabajo, cualquiera que sea lamodalidad de contratación de los mismos, y/o categoría labo-ral, siempre que se acredite una antigüedad real mínima, de lostrabajadores afectados en el servicio objeto de subrogación, desiete meses inmediatamente anteriores a la fecha en que lasubrogación se produzca, incluyéndose en dicho período depermanencia, las ausencias reglamentarias del trabajador delservicio subrogado establecidas en los artículos 45, 46 y 50 deeste Convenio Colectivo, las situaciones de Incapacidad Tem-poral y suspensiones disciplinarias, cualquiera que sea sucausa, excluyéndose expresamente las excedencias reguladasen el Artículos 48, salvo los trabajadores que hayan sido con-tratados por obra o servicio determinado.

Asimismo procederá la subrogación, cuando la antigüedaden la empresa y en el servicio coincida, aunque aquella seainferior a siete meses.

Igualmente procederá la subrogación cuando exista uncambio en la titularidad de las instalaciones donde se presta elservicio.»

10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

C.2. Nueva adjudicataria: La empresa adjudicataria delservicio:

1. Deberá respetar al trabajador todos los derechos labo-rales que tuviese reconocidos en su anterior empresa, incluidala antigüedad, siempre que éstos provengan de pactos o acuer-dos lícitos que se hayan puesto en su conocimiento, junto conla documentación pertinente, o que el trabajador pueda demos-trar.

2. No desaparece el carácter vinculante de la subroga-ción en el caso de que el arrendatario del servicio suspen-diese o redujese el mismo, por un período no superior adoce meses, si la empresa cesante o los trabajadores, cuyoscontratos de trabajo se hubiesen resuelto o no, por motivode esta suspensión o reducción probasen, dentro de lostreinta días siguientes a la terminación del plazo citado,que el servicio se hubiese reiniciado o ampliado por ésta opor otra empresa.» (La negrita es propia)

Por otro lado, en cuanto al incumplimiento de los deberesde información y documentación, la doctrina del TribunalSupremo puede resumirse como sigue, siguiente la sentenciade 29.9.2011 (rec 4376/2010):

«La doctrina de esta Sala en torno al incumplimiento delas obligaciones de la adjudicataria cesante en materia deinformación, ha venido a concluir que las irregularidades en laentrega de información y documentación a la adjudicatariaentrante no puede perjudicar al trabajador (STS de 20 de sep-tiembre de 2006 -rcud. 3671/2005, seguida por la de 26 dejulio de 2007 -rcud. 381/2006-. Hemos distinguido así entrelos requisitos básicos determinantes de la subrogación, de losrequisitos de información de una a otra empresa.

Los primeros se ciñen al cese de la contrata con la entradade la nueva adjudicataria y a la afectación del trabajador quedemanda por despido. Ambos requisitos actúan como elemen-tos constitutivos del deber de subrogación.

En cambio, el cumplimiento de las obligaciones de infor-mación -y entrega de documentación que sirve de soporte aaquélla- no tienen esa naturaleza; se trata de requisitos inde-pendientes, relativos a las obligaciones de la empresa salientepara con la empresa entrante, sin proyección, por tanto, sobrela esfera jurídica del trabajador.»

Cuarto.—Sobre la procedencia de la subrogación conven-cional.

Una lectura del art. 14 pone de manifiesto que no es requi-sito constitutivo de la subrogación que el trabajador de laempresa saliente prestara sus servicios un mínimo de horas.

Si nos atenemos al hecho quinto y aplicando una regla detres, el actor realizaba el 13,97% de las horas del servicio sitomamos como referencia los últimos siete meses (junio adiciembre) y un 15,02% si tomamos como referencia el totalanual. En consecuencia, es obvio que el trabajador no prestabasus servicios en Bricomart de manera esporádica sino que, conindependencia de que realizara una jornada sustancialmenteinferior a la de sus dos compañeros que sí fueron subrogados,era un trabajador más adscrito al servicio que completaba mesa mes las jornadas realizadas por sus compañeros a fin decubrir la totalidad del servicio contratado por la arrendatariadel mismo.

Ahora bien, también es cierto, partiendo de los mismosdatos, que en modo alguno puede pretenderse una subrogaciónpor una jornada semanal de 20 horas que no se acredita reali-zara el actor.

En segundo lugar, el incumplimiento de los requisitos for-males de la subrogación no puede perjudicar al trabajadorcuando este reunía los requisitos constitutivos para que ope-rase, sin perjuicio de la reclamaciones que procedan entreempresa entrante y saliente.

Ahora bien, también queda acreditado que la arrendatariaredujo el servicio y habrá que examinar entonces cómo afectaesto a la empresa entrante pues parece obvio que no puede serobligada a asumir a trabajadores que no necesita conforme a

las condiciones de prestación del servicios pactadas con laarrendataria que demanda menos horas que las que se presta-ban antes.

En este sentido, la STS de 10 de julio de 2000, contemplaun caso sustancialmente coincidente con el actual al haberseproducido una reducción de la contrata de vigilancia y si biense refiere a un convenio colectivo anterior al actual de 2005-2008, la redacción de su art. 14 es igual en lo que aquí inte-resa, por lo que su doctrina es perfectamente aplicable, en lossiguientes términos:

«Las relaciones jurídicas entre ambas empresas prestatariasdel servicio y sus trabajadores se rigen por el Convenio Colec-tivo Estatal de Empresas de Seguridad, publicado en el BOE de11 de junio de 1998, norma vigente desde la fecha de su publi-cación hasta el 31 de diciembre de 2001. En su artículo 14,regula la subrogación de servicios, distinguiendo entre los devigilancia y transporte, siendo de destacar, a los efectos de esterecurso, los mandatos siguientes:

A) Servicios de vigilancia. Cuando una empresa cese en laadjudicación de los servicios contratados de un cliente,público o privado, por rescisión, por cualquier causa, del con-trato de arrendamiento de servicios, la nueva empresa adjudi-cataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los contra-tos de los trabajadores adscritos a dicho contrato y lugar detrabajo, cualquiera que sea la modalidad de contratación de losmismos y/o categoría laboral, siempre que se acredite unaantigüedad real mínima de los trabajadores afectados en el ser-vicio objeto de subrogación, de siete meses inmediatamenteanteriores a la fecha en que la subrogación se produzca, inclu-yéndose en dicho período de permanencia las ausencias regla-mentarias del trabajador del servicio subrogado.

Esta obligación de subrogación, que el precepto conven-cional establece “en todo caso” aparece matizada, al regularlas obligaciones comunes en los casos de subrogación en ser-vicios de vigilancia y de transporte, señalando que, ‘no des-aparece el carácter vinculante de la subrogación en el caso deque el arrendatario del servicio suspendiese o redujese elmismo, por un período no superior a doce meses, si la empresacesante o los trabajadores, cuyos contratos de trabajo se hubie-sen resuelto o no, por motivo de esta suspensión o reducción,probasen, dentro de los treinta días siguientes a la terminacióndel plazo citado, que el servicio se hubiese reiniciado oampliado por ésta o por otra empresa. A “contrario sensu”, sededuce que la subrogación no es obligatoria para el nuevocontratista, cuando el arrendatario del servicio suspende oreduce el mismo por período superior a doce meses.

En el presente caso, la arrendataria, redujo drásticamente elobjeto de la contrata. De 42 trabajadores necesarios para sudesarrollo cuando la vigilancia la realizaba “Servicios de Segu-ridad G., S.A.”, se pasó a 24 trabajadores en la concertada con“Compañía de Seguros P., S.A.”. A la primera empresa le fuerescindido el contrato de arrendamiento de servicios y se con-certaron con «Compañía de Seguridad P., S.A.», nuevaempresa adjudicataria. Pero los servicios no eran los mismos.“Compañía de Seguridad P., S.A.”, tenía el deber de subrogarseen los trabajadores necesarios para atender la vigilancia que leera encomendada con la contrata. Pero no más, dado que lareducción del objeto del contrato se proyectaba con carácterpermanente. No existía obligación de subrogación respecto deldemandante que ostentaba menor antigüedad que los trabajado-res que fueron asumidos por la nueva empresa. En consecuen-cia del cese del demandante, debe responder la empresa “Servi-cios de Seguridad G., S.A.”, causante de la extinción de sucontrato sin que hubiera causa legal para ello.»

En el caso presente, sin embargo, no cabe hablar de unadrástica reducción del servicio. Así si nos atenemos al hechoquinto, los cuadrantes aportados por la propia actora, y par-tiendo de los siete meses anteriores al cese en la prestación delservicio observamos lo siguiente:

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 11

Mes Horas en total Horas del Sr. Macipe

Enero 398,5 68Febrero 365 123,5Marzo 448 48Abril 386 53,5Mayo 419 40Junio 457 99,5Julio 427 48Agosto 507 104Septiembre 369,06 69,42Octubre 373 28Noviembre 387,09 27,57Diciembre 371,7 27,75TOTAL 4.908,35 737,24

Partiendo de estos datos y aplicando una regla de tres, elactor realizaba el 13,97% de las horas del servicio, si tomamoscomo referencia los últimos siete meses (junio a diciembre) yun 15,02% si tomamos como referencia el total anual.

Por otro lado, los datos no ponen de relieve la reduccióndel servicio que se pretende demostrar y que, en su caso,podría justificar la no subrogación. Si sumamos las horas delos últimos cuatro meses de prestación del servicio por Seguri-dad Sansa, S.A., hacen una media mensual de 375 horas. Sisumamos las horas de los dos primeros meses de prestacióndel servicio por GSI, la media mensual es de 367, muy similar.Si queremos comparar los mismos meses, vemos como lamedia de enero y febrero de 2011 fue de 381,75 horas. Encualquier caso, las diferencias son mínimas y no alcanzarían ajustificar una reducción del servicio obstativa a la subroga-ción.

No obstante lo anterior, lo verdaderamente relevante, dadoel carácter variable de las horas efectivamente a realizadas(hay horas extras o refuerzos por circunstancias varias) son lasnecesidades de horario a cubrir contratadas y aquí no seobserva la reducción del servicio alegada. En el contrato dearrendamiento con la nueva adjudicataria, se dice que elnúmero de vigilantes de seguridad que intervendrán en el ser-vicio será de uno por turno y existen dos turnos en horario de06:00 a 23:00 horas de lunes a viernes, y los sábados, domin-gos y festivos que el local permanezca abierto al público de07:00 a 23:00 horas. Tales turnos son similares a los atendidospor los dos trabajadores subrogados tras el cese de la contrataanterior.

Dice el testigo propuesto por GSI y que fue compañero delactor que antes, por referencia al servicio prestado en Brico-mart previo a la subrogación, se hacían más horas, pero loscuadrantes y el propio contrato de arrendamiento con laempresa entrante desvirtúan esta afirmación.

El testigo, a una pregunta mía, manifestó unos turnos (de6:00 a 14:45 y de 16:45 a 21:00 horas), que no se compadecenni con los cuadrantes aportados por GSI en los que figura elprimer turno como habitual, pero no así el segundo, que sueleser en día normal de 15:45 a 22:00, y en festivo un turno con-tinuo de 07:00 a 23:00 horas que, este sí, se corresponde conel nuevo contrato. Ignoró si con posterioridad a febrero de2012 la arrendataria ha reducido el servicio pero esto es intras-cendente, pues hay que estar a las condiciones del mismo en elmomento de la entrada de la nueva empresa con independen-cia de las vicisitudes posteriores, pues es en ese momentocuando debió operar la subrogación convencional.

Quinto.—Conclusiones. Improcedencia de las decisionesextintivas.

En resumen:l.º El incumplimiento de los deberes de información y

documentación por parte de la empresa saliente, SeguridadSansa, S.A. hacia la entrante GSI, no puede oponerse al traba-jador impidiendo la subrogación.

2.° El actor prestaba sus servicios en el Bricomart deAlcalá de Guadaíra con independencia del número de horasque realizaba, siempre inferior a las de sus otros dos compañe-

ros. Estaba, por tanto, adscrito al mismo, si bien con menoshoras que sus compañeros.

3.° La reducción del servicio impuesta por la arrendatariapara justificar que los servicios del actor ya no serían necesa-rias al quedar el mismo perfectamente cubierto ya por los dostrabajadores subrogados, no está suficientemente justificada enel momento de operar la subrogación ni tendría entidad sufi-ciente, a tenor de los hechos, como para prescindir de uno delos trabajadores adscritos al servicio, máxime cuando, comodice el art. 14 del CCol, el precepto tiene como finalidadgarantizar la estabilidad en el empleo de los trabajadores, ydicha finalidad no se cumple si se introducen, a modo de obs-táculos a la subrogación, exigencias o requisitos no previstosen la norma o se interpretan los requisitos de manera restric-tiva y, por tanto, contraria a la finalidad del precepto.

4.° El alcance de la subrogación no puede fijarse en el50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo compa-rable. Si partimos de que el Convenio Colectivo prevé un jor-nada ordinaria anual de 1.782 horas, que equivaldría al 100%de la jornada, y de que el actor realizó un total de 737,24 horasdurante el año 2011, una regla de tres permite fijar en un 41%la jornada subrogable respecto a la de un trabajador a tiempocompleto y no el 50% como pretendía la actora.

Por tanto, la negativa de GSI a subrogarse como emplea-dora del actor en los términos antes expuestos constituye unauténtico despido que no puede calificarse sino como impro-cedente con las consecuencias previstas en el art. 56 del ET.

También debe ser estimada la demanda contra SeguridadSansa, S.A., en cuanto al resto de la jornada no subrogable yhasta el 50% de la jornada pactada con la misma, máximecuando ni siquiera esta empresa se desligó del actor aduciendola subrogación convencional, sino que lo hizo amparándose enuna inexistente finalización de un contrato temporal que no eratal, como hemos visto, por lo que dicha actuación de Seguri-dad Sansa, S.A., también debe calificarse como despidoimprocedente en aplicación de lo dispuesto en los art. 55 delET y 108 de la LRJS, en relación con el art. 56 del mismo ET.

Sexto.—Consecuencias del despido improcedente.De conformidad con el art. 56 del ET, en su redacción

vigente a la fecha del despido (en aplicación del art. 2.3 y DT1.ª del CC y art. 9.3 de la CE tal y como sostiene, entre otras,la sentencia del TSJ del País Vasco de 21 de febrero de 2012 ódel TSJ de Castilla y León de 15 de marzo de 2012, a cuyosargumentos me remito) declarado, por tanto, improcedente eldespido, el empresario podrá optar en el plazo de cinco díasdesde la notificación de la sentencia, entre la readmisión deltrabajador o el abono de una indemnización de cuarenta ycinco días de salario por año de servicio, prorrateándose losperíodos inferiores al año, con un máximo de cuarenta y dosmensualidades.

El empresario en todo caso habrá de abonar los salarios detramitación, es decir los salarios dejados de percibir desde eldespido hasta la notificación de la sentencia, salvo que hubieseencontrado otro empleo anteriormente y se probase lo perci-bido para su ulterior descuento.

Si el empresario no opta por la readmisión o indemniza-ción, se entiende que opta por la primera (artículo 56.3 ET).

En el caso de que GSI optara por la indemnización, lamisma ascendería a 5.037,86 E conforme a la siguiente opera-ción: 45 x 19,47 x 5,75 (5 años y 9 meses completos).

En el caso de que Seguridad Sansa, S.A., optara por laindemnización, la misma ascendería a 1.104,86 euros con-forme a la siguiente operación: 45 x 4,27 x 5,75 (5 años y 9meses completos).

Los salarios de tramitación deberán abonarse desde el díadel despido (31 de diciembre de 2011) hasta la notificación dela sentencia, a razón de 19,47 euros diarios en el caso de GSI yde 4,27 euros diarios en el caso de Seguridad Sansa, S.A.

Ciertamente dice GSI que el actor comenzó a trabajar eldía 1 de enero de 2012 en otra empresa. La defensa del actor

12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

no lo niega y lo único acreditado documentalmente es un altaen otra empresa anterior al despido. Por tanto, será en ejecu-ción de sentencia, en su caso, cuando podrán concretarse elsalario devengado en dicho nuevo empleo de acreditarse elmismo a fin de fijar su importe.

Séptimo.—Recursos.La presente sentencia no es firme pues cabe interponer

frente a ella recurso de suplicación, para ante la Sala de loSocial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anun-ciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de laparte o de su abogado, graduado social colegiado o de surepresentante, en el momento de hacerle la notificación, de supropósito de entablarlo, o ulteriormente en el plazo de 5 días ala misma por comparecencia o por escrito.

En el caso de la empresa condenada, si recurre deberáacreditar al anunciar el recurso, el ingreso del importe de sucondena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta anombre de este Juzgado, mediante la presentación en la Secre-taría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha con-signación por aval solidario de duración indefinida y pagaderoa primer requerimiento emitido por entidad de crédito, quehabrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anun-cio del recurso y que quedará registrado y depositado en la ofi-cina judicial. Al anunciar el recurso deberá acreditar, además,el ingreso del depósito de 300 euros en la cuenta citada.

Los referidos depósitos y consignaciones podrán efec-tuarse mediante transferencia bancaria.

Vistos los preceptos citados y demás de general y perti-nente aplicación.

Fallo: Estimar la demanda interpuesta por Miguel ÁngelMacipe Bravo con NIF núm. 53.273.605-Q, frente a lasempresas Seguridad Sansa, S.A., y GSI Profesionales de laSeguridad y Sistemas, S.A. (GSI) y, en consecuencia, procede:

Declarar improcedente el despido producido el día 31 dediciembre de 2011.

Condenar a Seguridad Sansa, S.A., a optar expresamente,en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia,entre readmitir al trabajador en su relación laboral, conforme ala jornada y salario fijados en sentencia, o indemnizarle en lacantidad de mil ciento cuatro euros con ochenta y seis cénti-mos (1.104,86). En caso de no ejercitarse la opción, se enten-derá que opta por la readmisión. A su vez deberá abonar al tra-bajador, los salarios de tramitación que correspondan desde el31 de diciembre de 2011 (incluido), hasta la fecha de notifica-ción de la sentencia, (excluido), a razón de 4,27 euros diarios.

Condenar a GSI Profesionales de la Seguridad y Sistemas,S.A., a optar expresamente, en el plazo de cinco días desde lanotificación de la sentencia, entre readmitir al trabajador en surelación laboral, conforme a la jornada y salario fijados ensentencia, o indemnizarle en la cantidad de cinco mil treinta ysiete euros con ochenta y seis céntimos (5.037,86). En caso deno ejercitarse la opción, se entenderá que opta por la readmi-sión. A su vez deberá a abonar al trabajador los salarios de tra-mitación que correspondan desde el 31 de diciembre de 2011(incluido), hasta la fecha de notificación de la sentencia,(excluido) a razón de 19,47 euros diarios.

Notifíquese esta sentencia a las partes, previniéndoles quecontra la misma cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación al demandado, Seguridad

Sansa, S.A. actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 25 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María Fernanda Tuñón Lázaro.

40-14045

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2

Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajoel número 196/2012, a instancia de la parte actora don AntonioCarballo Rodríguez contra Seguridad Sansa, S.A., sobre ejecu-ción de títulos judiciales se ha dictado resolución del día de lafecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Incóese procedimiento de ejecución contra SeguridadSansa, S.A., que se registrará en los libros de su clase y despa-cho de la misma en los términos previstos en la ley.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma podrán interponer recurso de reposi-ción en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notifi-cación.

Así por este auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. donPablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero dos de Sevilla. Doy fe.

El/la Magistrado-Juez El/la Secretario/a JudicialAsimismo, con idéntica fecha se ha dictado diligencia de

ordenación del tenor literal siguiente:Diligencia de ordenación de la Secretaria Sr. doña M.ª Fer-

nanda Tuñón Lázaro.En Sevilla a 4 de octubre de 2012.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la

Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, cítese de compare-cencia a las partes para el próximo día 14 de enero de 2013, alas 11.15 horas de su mañana en la sala de vistas de este Juzga-do, sita en la avenida de la Buhaira número 26, 1.ª planta, edifi-cio Noga, previniendo a las mismas que deberán concurrir contodos los medios de prueba de que intenten valerse y puedanpracticarse en el acto, advirtiéndose a la parte actora que de nocomparecer por sí o persona que la represente, se la tendrá pordecaída de su petición y que de no hacerlo la demandada por sío representante legal, se celebrará el acto sin su presencia.

Se pone en conocimiento de la parte actora que al acto dela comparacencia deberán asistir con la vida laboral del actor afin de acreditar los periodos trabajados después del despido y,en tal caso, informe de bases de cotización o nóminas, salvoque el salario percibido sea igual o superior al del despido, encuyo caso no resultará necesario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo lamisma de citación en forma.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.Y para que sirva de notificación a la demandada Seguridad

Sansa, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 4 de octubre de 2012.—La Secretaria Judicial,M.ª Fernanda Tuñón Lázaro.

8F-12950

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 715/10, ejecución de títulos judiciales núm.95/2011, a instancia de la parte actora, doña Carolina GarcíaRamírez Verger, contra Centro Geriátrico El Pino, S.L., se hadictado resolución de fecha 24 de octubre de 2012, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 13

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Centro Geriátrico El Pino,

S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional porimporte de 18.848,35 euros de principal, más 3.769,67 eurospresupuestadas para intereses legales y costas del procedi-miento.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso directo de revisión ante este Juzgado de lo Social,no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recursodeberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábilescontados desde el siguiente de la notificación, con expresiónde la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyosrequisitos no se admitirá el recurso.

Si no manifiestan alegación alguna, se procederá alarchivo provisional de las actuaciones, previa anotación en elLibro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecu-ción si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecu-tado.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, CentroGeriátrico El Pino, S.L., actualmente en paradero descono-cido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 24 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María Fernanda Tuñón Lázaro.

40-14131

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 1401/09, ejecución de títulos judiciales núm.205/2011, a instancia de la parte actora Victoriano ManuelMuñoz Barragán, contra Gebaspe, S.L., sobre, se ha dictadodecreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Gebaspe, S.L., en situa-

ción de insolvencia con carácter provisional por importe de20.480,24 euros de principal, más la cantidad de 4.097,00euros presupuestados para intereses y costas

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso directo de revisión ante este Juzgado de lo Social,no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recursodeberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábilescontados desde el siguiente de la notificación, con expresiónde la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyosrequisitos no se admitirá el recurso.

Si no manifiestan alegación alguna, se procederá alarchivo provisional de las actuaciones, previa anotación en elLibro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecu-ción si en lo sucesivo se, conocen nuevos bienes del ejecu-tado.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Gebaspe,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 17 de octubre de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María Fernanda Tuñón Lázaro.

40-14132

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social

número tres de Sevilla.Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución

núm. 222/2012, sobre ejecución de títulos judiciales, a instan-cia de doña Sara Ruiz Gíjón, contra don Rafael RodríguezArroyo, en la que con fecha se ha dictado auto que sustancial-mente dice lo siguiente:

Diligencia de ordenación de la Secretaria señora doñaMaría Auxliadora Ariza Fernández.

En Sevilla a 3 de diciembre de 2012.Por la representación de la parte actora, se ha presentado

escrito solicitando ejecución, registrándose la misma con elnúm. 222/12, habiendo dictado el Magistrado en el día de lafecha auto general de ejecución, acordando citar de compare-cencia a las partes.

Visto el contenido del auto de ejecución general, siendofirme la sentencia recaída en los presentes autos en fecha 20de agosto de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en elart. 280 y siguientes de la Ley 36/2011, cítese de comparecen-cia a las partes para el próximo día 16 de enero de 2013, a las9.15 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado, previniendo alas mismas que deberán concurrir con todos los medios deprueba de que intenten valerse y puedan practicarse en el acto,advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer por sí opersona que la represente, se la tendrá por decaída de su peti-ción y que de no hacerlo la demandada por sí o representantelegal, se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo lamisma de citación en forma, advirtiéndoles que contra lamisma, cabe interponer recurso de reposición en el plazo detres días (art. 187 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre regula-dora de la Jurisdicción Social) hábiles a contar del siguiente alde la notificación, debiendo indicar el precepto que se consi-dere infringido.

Si recurre la empresa demandada, deberá previamenteacreditarse consignación de depósito en cuantía de 25 euros,debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta enBanesto núm. 4022-0000-64-081611, utilizando para ello elmodelo oficial, debiendo indicar en el campo "Concepto" quese trata de un recurso seguido del código "31" y "Revisión deresoluciones del Secretario Judicial", de conformidad en loestablecido en el apartado 5° de la Disposición adicional deci-moquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habráde hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274,debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. 3de Sevilla, y en "Observaciones" se consignarán los 16 dígitosde la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indi-cando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio)el código "31" y "Revisión de resoluciones del Secretario Judi-cial".

Lo acuerdo y firmo. Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.Y para que sirva de notificación en forma a don Rafael

Rodríguez Arroyo, cuyo actual domicilio o paradero se desco-nocen, libro el presente edicto que se publicará en el «BoletínOficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de quelas demás resoluciones que recaigan en las actuaciones leserán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las quedeban revestir la forma de autos o sentencias o se trate deemplazamientos y todas aquellas otras para las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 3 de diciembrede 2012.—La Secretaria Judi-cial, María Auxliadora Ariza Fernández.

258-15731

14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3N.I.G.: 4109144S20090015123.Procedimiento: 1388/09.Ejecución número: 66/2012.Negociado: 1J.De: Don José Lucas Romero.Contra: Celebrity European 2018, SLU.En las actuaciones arriba reseñadas se ha dictado la resolu-

ción del tenor literal siguiente:Decreto.La Secretaria del Juzgado de lo Social número tres de

Sevilla doña María Auxiliadora Ariza Fernández.En Sevilla a 31 de octubre de 2012.Antecedentes de hecho:Primero.—En la presente ejecución núm. 66/2012,

seguido en este Juzgado en materia de ejecución de títulosjudiciales, se dictó auto y Decreto de ejecución ambos enfecha 16 de abril de 2012, decretando el embargo de bienes yderechos de la parte ejecutada en cuantía suficiente a cubrir elprincipal de 3.629,90 euros, más 1.000 euros que provisional-mente se presupuestan para intereses legales y costas del pro-cedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Segundo.—Se ha practicado, sin pleno resultado, diligen-cia de embargo, desconociéndose, tras las gestiones y averi-guaciones oportunas, la existencia de bienes suficientes de laparte demandada sobre los que trabar embargo, salvo la sumade 15,91 euros embargada en cuenta corriente de la ejecutaday abonada a la parte actora, quedando fijado el principal en lasuma de 3.613,99 euros, habiéndose dado la preceptivaaudiencia al Fondo de Garantía Salarial en fecha 8 de octubrede 2012.

Tercero.—La ejecutada, se encuentra en paradero desco-nocido, siendo notificada, mediante edicto a publicarse en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Fundamentos de derecho:Único.—Disponen los artículos 250 y 276 ambos de la

Ley 36/11, de 10 de octubre, reguladora de la JurisdicciónSocial, que de no tenerse conocimiento de la existencia debienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba yembargo se practicarán las averiguaciones procedentes y, deser infructuosas, tras oír al Fondo de Garantía Salarial, se dic-tará Decreto declarando la insolvencia total o parcial del eje-cutado, insolvencia que se entenderá a todos los efectos comoprovisional, hasta que se conozcan bienes del ejecutado o serealicen los bienes embargados.

Asimismo, y conforme al apartado 3 del art. 276 de laLRJS 36/11, la declaración de insolvencia de una empresaconstituirá base suficiente para estimar su insolvencia en otrasejecuciones, pudiéndose dictar la resolución de insolvencia sinnecesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes, sibien, en todo caso, se deberá dar audiencia previa a la parteejecutante y al Fondo de Garantía Salarial para que puedanseñalar la existencia de nuevos bienes, habiéndose dado tras-lado al mismo, sin que éste haya efectuado oposición o desig-nado nuevos bienes sobre los que trabar embargo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación.

Parte dispositiva:Declarar a la ejecutada Celebrity European 2018, SLU,

con CIF número B-91763110, en situación de insolvencia concarácter provisional, por importe de 3.613,99 euros de princi-pal, más 1.000 euros que provisionalmente se presupuestanpara intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuiciode su ulterior tasación.

Expídanse a la parte ejecutante los oportunos testimoniosnecesarios para su aportación al FGS, remitiéndose los mis-mos junto con la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso directo de revisión (art. 188 de la Ley 36/2011)ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará aefecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escritoen el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente dela notificación, con expresión de la infracción cometida a jui-cio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá elrecurso.

Para la admisión del recurso de la empresa ejecutada,deberá previamente acreditarse constitución de depósito encuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de esteJuzgado abierta en Banesto n.° 4022-0000-64-138809, utili-zando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en elcampo «Concepto» que se trata de un recurso seguido delcódigo «30» y «Social-reposición», de conformidad con loestablecido en la Disposición adicional Decimoquinta de laL.O. 6/1985 del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habráde hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274,debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social númerotres de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judi-cial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por unespacio) el código «30» y «Social-reposición».

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

Lo acuerdo y mando. Doy fe.—La Secretaria.Y para que le sirva de notificación en forma a Celebrity

European 2018, SLU, expido y firmo la presente cédula.En Sevilla a 31 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-

cial, Maria Auxiliadora Ariza Fernández.4F-13921

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 171/2012.Negociado: 4iNIG: 4109144S20120001958De: Don Rafael Hernández FernándezContra: Fogasa, Adicional Logistics España, S.L.U., Iber-

link, S.A., Adicional Distribucao e Gestao Comercial, S.A. yAdicional Care España, S.L.U.

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la Ilma.Sra. María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabarraga, Magistradadel Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla, en los autos nú-mero 171/2012, seguidos a instancias de don Rafael HernándezFernandez contra Fogasa, Adicional Logistics España, S.L.U.,Iberlink, S.A., Adicional Distribucao e Gestao Comercial, S.A.y Adicional Care España, S.L.U., sobre Despidos/Ceses en ge-neral, se ha acordado citar a don José Vicente Estrada Esteban,Adicional Logistics España, S.L.U., Iberlink, S.A., AdicionalDistribucao e Gestao Comercial, S.A. y Adicional Care Espa-ña, S.L.U., como parte demandada, por tener ignorado parade-ro, para que comparezca el día 14 de enero de 2013 a las 12.20horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que ten-drán lugar ante este Juzgado sito en avda. de la Buhaira núm.26. Edificio Noga, 5ª planta debiendo comparecer personal-mente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con losmedios de prueba de que intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dichaparte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzga-do copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a don José Vicente Estrada Es-teban, Adicional Logistics España, S.L.U., Iberlink, S.A., Adi-cional Distribucao e Gestao Comercial, S.A. y Adicional CareEspaña, S.L.U., para los actos de conciliación o juicio, se expi-de la presente cédula de citación para su publicación en el «Bo-

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 15

letín Oficial» de la provincia, y su colocación en el tablón deanuncios.

En Sevilla a 16 de octubre de 2012.—El/la Secretario/a Ju-dicial. (Firma ilegible.)

253F-13168

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5En virtud de diligencia de ordenación dictada en esta fecha

por la señora doña María Amparo Atarés Calavia, Secretariadel Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla, en los autosnúmero 357/11, seguidos a instancia de don Rafael SánchezQuiles, don Fidel Viudez Jiménez, don Pedro Expósito Calle,don Antonio Álvarez Pérez, don Antonio González Poyón ydon Vicente Álvarez Escamilla, contra Food And Wine Sevi-lla, S.L., sobre social ordinario, se ha acordado citar a dichaparte demandada, por tener ignorado paradero, para que com-parezca el día 15 de enero de 2013, a las 10.40 horas al intentode conciliación y a las 10.50 horas al acto de juicio, que ten-drán lugar ante este Juzgado sito en avenida de la Buhairanúm. 26, Edificio Noga, planta primera, Sala de Vistas núm.10, debiendo comparecer personalmente o por personal queesté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de queintente valerse, con la advertencia de que es única convocato-ria y que no se suspenderán por falta injustificada de asisten-cia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escritode demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Food And Wine Sevilla,S.L., para los actos de conciliación o juicio, se expide lapresente cédula de citación para su publicación en el «Bole-tín Oficial» de la provincia y su colocación en el tablón deanuncios.

En Sevilla a 12 de julio de 2011.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible).

258-9452

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el numero 164/2008, a instancia de la parte actora, doñaMaría Pilar Pérez González, contra Óptica y Ortopedia Arahal,LSA, Todograf, S.A., Centro de Especialidades Nuria, S.L., yFrancisco Barbero Marín, S.L., sobre ejecución de títulos judi-ciales, se ha dictado resolución de fecha 26 de diciembre de2006, del tenor literal siguiente:

Auto:En Sevilla a 2 de noviembre de 2012.Dada cuenta y;

Hechos:Primero.—En fecha 8 de junio de 2012, se practicó tasa-

ción de costas dándose vistas a las partes por diez días.Segundo.—Con fecha 2 de julio de 2012, por el Letrado

José María Rodríguez Gutiérrez, en nombre y representaciónde María Pilar Pérez González, se impugnó la liquidación deintereses practicada, de la que se dio traslado a la demandada,presentando esta última escrito en el que manifiesta su confor-midad con la tasación de cotas practicada, dictándose diligen-cia de ordenación por la que se señala comparecencia para eldía 22 de octubre de 2012.

Razonamientos jurídicos:Primero.—Impugnada la liquidación de intereses por la

parte actora, distingue dos cantidades diferenciadas.La suma de 1.170.70 euros, establecida el fallo de la sen-

tencia correspondiente a la diferencia entre la suma reconocida

como indemnización por la empresa y la indemnización querealmente correspondía y que se reconoció en la sentencia.

El cálculo de los intereses devengados por esta cantidadrealizados por el Juzgado y que ascienden a 207,73 euros, escorrecto estando ambas partes de acuerdo.

Segundo.—La disconformidad está en si procede o no eldevengo de intereses sobre la suma, ascendente a 5.616,61euros, correspondiente a la suma de la empresa reconoció enconcepto de indemnización y liquidación de haberes.

El devenir en la tramitación del procedimiento, ha acredi-tado que esa cantidad no se abonó a la actora en el momentode la notificación de la carta.

Como mantiene la ejecutante, esta suma devengará interésmoratorio desde la fecha de la carta de despido, fecha en laque debió proceder a su abono por lo que procede el interésmoratorio conforme a lo dispuesto en los artículos 1101 y1108 del Código Civil.

De otro lado, a partir del 26 diciembre 2006, fecha de lasentencia dictada en primera instancia, se devenga el interésprocesal.

Es cierto que la sentencia de instancia no recogió expresa-mente esta suma por cuanto al no haber sido objeto de debatese consideró que ya había sido cobrada.

Como ya se ha expresado, el devenir de los acontecimien-tos, y a través de los recursos interpuestos, y en ejecución desentencia, se acreditó que la misma no se había cobrada, acor-dándose por auto de fecha 10 abril 2012, acordar continuar laejecución en cantidad suficiente a cubrir esta suma de5.616,61 euros

Sin embargo, como mantiene el ejecutante, la obligaciónde pago existía desde la carta de despido lo ratificada con lasentencia dictada en este procedimiento.

Por lo expuesto, siendo correctos los cálculos realizadospor la parte actora, su escrito 28 junio 2012, del que se hadado traslado a la contraparte, y de conformidad con los razo-namientos expuestos, es por lo que, con estimación de laimpugnación de la liquidación de intereses, se acuerda fijar laliquidación de intereses en la suma de 2.324, 08 euros.

Parte dispositiva:Estimo la impugnación de la liquidación de intereses for-

mulada por María José Pérez González, y acuerdo fijar laliquidación de intereses en la suma de 2.324,08 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo quecontra la misma no cabe recurso.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabarraga, Magis-trada del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla. Doyfe.—La Magistrada.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, Todograf,S.A., y Francisco Barbero Marín, S.L., actualmente en para-dero desconocido, expido el presente para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 7 de noviembre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María Amparo Atarés Calavia.

40-14433

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6

Procedimiento: Social ordinario 281/2012.Negociado: J.NIG: 4109144S20120003176.De: Doña Adelaida Santos Lozano.

16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

Contra: Doña María del Mar Jiménez Tejada, Aurum Ser-vicios Integrales, S.A., Fondo Garantía Salarial y Limpieza Ce-leste, S.L.

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y suprovincia

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en estafecha en los autos número 281/2012, se ha acordado citar aLimpieza Celeste, S.L., como parte demandada por tener igno-rado paradero para que comparezcan para que tengan lugar losactos de conciliación y/o juicio sucesivamente, el primero anteel Secretario, en la Secretaría de este Juzgado, sita en avenidade la Buhaira número 26, edificio Noga, planta 5.ª, el día 14 deenero de 2013, a las 11.05 horas y el segundo ante la Magistra-da-Jueza, que tendrá lugar en la sala de vistas de este juzgadosita en avenida de la Buhaira número 26, edificio Noga, planta1.ª, sala número 11, señalado el mismo día a las 11.20 horas,advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer al prime-ro de los actos señalados se le tendrá por desistido de la de-manda, y a la demandada de que de no efectuarlo se celebraráel acto sin su presencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, lareferida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su dis-posición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia dela demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Limpieza Celeste, S.L., seexpide la presente cédula de citación para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el ta-blón de anuncios.

En Sevilla a 17 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María de los Ángeles Peche Rubio.

8F-13305

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 227/2010, a instancia de la parte actora, Fun-dación Laboral de la Construcción, contra Juan Castro Rodrí-guez, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictadodecreto de insolvencia de fecha 16 de octubre de 2012, cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Juan Castro Rodríguez,

en situación de insolvencia con carácter provisional porimporte de 59,92 euros, en concepto de resto de costas delprocedimiento.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros deRegistro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienesdel ejecutado sobre los que trabar embargo. Notifíquese la pre-sente resolución a las partes y al ejecutado, a través del BOP.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución caberecurso de revisión que deberá interponerse ante quien dicta laresolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la noti-ficación de la misma, con expresión de la infracción cometidaen la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recu-rrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiariode régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer undepósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta deeste Juzgado número 4025 0000 00 0340 10, debiendo indicaren el campo concepto, la indicación recurso seguida delcódigo «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida,separados por un espacio con la indicación «recurso», seguidadel «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagosen la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada

concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma odistinta clase, indicando en el campo de observaciones lafecha de la resolución recurrida utilizando el formatodd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, lasEntidades Locales y los Organismos Autónomos dependientesde ellos.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Juan Cas-tro Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la formade auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 16 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María de los Ángeles Peche Rubio.

40-13266

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 170/2009, a instancia de la parte actora donDiego Miranda Reyes, Manuel Mateos Guillén, Juan RuizReyes, David Reina Rodríguez, Jonathan Mateos Guillén,Manuel Ruiz Reyes y Rafael Ale Gómez, contra FOGASA yPromociones y Construcciones Laguna Properties, S.L., sobreejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de fecha18 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor lite-ral siguiente:

Parte dispositiva:Declaro parte en esta ejecución a Diego Miranda Reyes,

Manuel Mateos Guillén, Juan Ruiz Reyes, David Reina Rodrí-guez, Jonathan Mateos Guillén, Manuel Ruiz Reyes y RafaelAle Gómez, por la cuantía no satisfecha por el FOGASA.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a

interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tresdías hábiles siguientes a su notificación, con expresión de lainfracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sinque la interposición del recurso tenga efectos suspensivos conrespecto a la resolución recurrida.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Promocio-nes y Construcciones Laguna Properties, S.L., actualmente enparadero desconocido, expido el presente para su publicaciónen el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia deque las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate deemplazamientos.

En Sevilla a 18 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María de los Ángeles Peche Rubio.

40-13307

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 835/2011Negociado: 5NIG: 4109144S20110010005De: Don Jorge Sáez Gazo, don Miguel Barea Muñoz y don

Francisco Muñoz LuqueContra: Don Miguel Ángel Ávila Puyana, Ganaliter, S.L. y

Análisis del Territorio, S.L.Don M.ª del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del

Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo

el número 835/2011, a instancia de la parte actora don JorgeSáez Gazo, don Miguel Baréa Muñoz y don Francisco MuñozLuque contra don Miguel Ángel Ávila Puyana, Ganaliter, S.L.

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 17

y Análisis del Territorio, S.L., sobre Despidos se ha dictadoAuto y Decreto de fecha 16/11/12, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Parte dispositivaS.Sª Ilma. Dijo:Procédase a la ejecución de la resolución dictada en las pre-

sentes actuaciones convocándose a las partes a incidente de noreadmisión.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de re-posición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, sellevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse porescrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el si-guiente de la notificación, con expresión de la infracción co-metida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admi-tirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constituciónde depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber que de dichodeposito queda exento todo litigante que sea trabajador o bene-ficiario de la Seguridad Social, debiendo ingresarlo en la cuen-ta de este Juzgado núm. 4027 0000 00, abierta en Banesto utili-zando para ello el modelo oficial y concretando además el núm.y año del procedimiento, indicando en el campo "Concepto" quese trata de un recurso seguido del código "30" y "Social-Repo-sición", de conformidad con lo establecido en la Disposiciónadicional Decimoquinta de la L.O 6/1985, del Poder Judicial,salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en lamisma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancariahabrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 420005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Socialnúm. 8, de Sevilla, y en "Observaciones" se consignarán los 16dígitos de la cuenta 4027 0000 00 más el núm. y el año del pro-cedimiento, indicando después de estos 16 dígitos separados porun espacio el código 30" y "Social-Reposición".

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra.doña Carmen Durán de Porras, Magistrada-Juez del Juzgado delo Social número 8 de Sevilla. Doy fe.

Parte dispositivaAcuerdo:Citar a las partes a comparecencia que tendrá lugar en la

sala de vistas de este Juzgado sita en avda. de la Buhaira núm.26, Edificio Noga primera planta de esta capital, el próximo día14 de enero de 2013, a las 12.05 horas, previniendo a las mis-mas que deberán concurrir con todos los medios de prueba deque intenten valerse y puedan practicarse en el acto, advirtién-dose a la parte actora que de no comparecer por sí o personaque la represente, se la tendrá por decaída de su petición y quede no hacerlo la demandada por sí o representante legal, se ce-lebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes y Fogasa. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe

interponer recurso de revisión directo por escrito en el plazo detres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación,con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente,sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constituciónde depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber que de dichodeposito queda exento todo litigante que sea trabajador o bene-ficiario de la Seguridad Social debiendo ingresarlo en la cuen-ta de este Juzgado núm. 4027 0000 00, abierta en Banesto uti-lizando para ello el modelo oficial y concretando además elnúm. y año del procedimiento, indicando en el campo "Con-cepto" que se trata de un recurso seguido del código "31" y"Social-Revision- Secretario", de conformidad con lo estable-cido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestosde exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuarepor transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Ba-nesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el beneficiario,Juzgado de lo Social núm. 8 de Sevilla, y en "Observaciones"

se consignarán los 16 dígitos de la cuenta 4027 0000 00 más elnúm. y el año del procedimiento, indicando después de estos 16dígitos separados por un espacio el código "31" y "Social-Re-visión- Secretario".

Y para que sirva de notificación al demandado Análisis delTerritorio, S.L., actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la formade auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 16 de noviembre de 2012.—La Secretaria Ju-dicial, M.ª del Carmen Peche Rubio.

253F-14840

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8Procedimiento: Despidos / Ceses en general 1216/2011.Negociado: 6.N.I.G.: 4109144S20110014542.De: Don David Suárez Sánchez.Contra: Andaluza Limpieza Medioamb., S.L.Don María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial

del Juzgado de lo Social número ocho de los de esta capital ysu provincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1216/2011, a instancia de la parte actora donDavid Suarez Sánchez, contra Andaluza Limpieza Medioamb.,S.L., sobre despidos / Ceses en general se ha dictado resolu-ción de fecha 27 de septiembre de 2012 del tenor literalsiguiente:

Parte dispositiva:Se declara extinguida la relación laboral que unía a

don David Suarez Sánchez, contra Andaluza de LimpiezasMedioambientales, S.L., con fecha 27 de septiembre de 2012,condenando a la empresa a que abone al trabajador lassiguientes cantidades:

Nombre trabajador: Don David Suárez Sánchez.Indemnización: Cinco mil doscientos cuarenta y seis euros

con sesenta y dos céntimos (5.246,62 euros).Salarios de Tramitación: Dos mil noventa y ocho euros

con sesenta y cinco céntimos (2.098,65 euros).Notifíquese esta resolución a las partes.Una vez firme, remítase testimonio de esta resolución

al SPEE para la regularización de las prestaciones por des-empleo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso dereposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual,se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponersepor escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde elsiguiente de la notificación, con expresión de la infraccióncometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no seadmitirá el recurso (artículo 187 Ley 36/2011). Para la admi-sión del recurso, y si éste es interpuesto por el demandado,deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgadonúmero 4027 0000 00, abierta en Banesto utilizando para elloel modelo oficial y concretando además el número y año delprocedimiento, indicando en el campo «Concepto» que se tratade un recurso seguido del código «30» y «Social-reposición»,de conformidad con lo establecido en la Disposición AdicionalDecimoquinta de la L.O 13/2009, salvo concurrencia de lossupuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso seefectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en lacuenta de Banesto 003 0 1846 42 0005001274, indicando elbeneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, yen «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta4027 0000 00 más el número y el año del procedimiento, indi-cando después de estos 16 dígitos separados por un espacio elcódigo «30» y «Social-reposición».

18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo la ilustrí-sima Sra. Magistrada doña Carmen Durán de Porras.

La Magistrada-Juez.—La Secretaria Judicial.Y para que sirva de notificación a la demandada Andaluza

Limpieza Medioamb., S.L., actualmente en paradero descono-cido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguien-tes notificaciones se harán en estrados, salvo las que debanrevestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplaza-mientos.

En Sevilla a 30 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María del Carmen Peche Rubio.

4F-13917

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11Doña Concepción Díaz de Noriega Sellés, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 4/2012, a instancia de la parte actora, ActivaMutua 2008, contra INSS, TGSS e Impresiones H Fran, S.L.,sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resoluciónde fecha decreto de 29 de octubre de 2012, del tenor literalsiguiente:

Parte dispositiva: Acuerdo: Declarar al ejecutado, Impresiones H Fran, S.L.,

en situación de insolvencia por importe de 948,04 euros, insol-vencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.Remítase edicto para su publicación en el «Boletín Oficial»del Registro Mercantil. Archívese el presente procedimiento ydese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe

recurso directo de revisión que deberá interponerse en el plazode tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma,con expresión de la infracción cometida en la misma a juiciodel recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la con-dición de trabajador o beneficiario de régimen público de laSeguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrir de 25euros en el número de cuenta de este Juzgado número,debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recursoseguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuentareferida, separados por un espacio con la indicación «recurso»seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diver-sos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingresopor cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase, indicando en el campo de observacio-nes la fecha de la resolución recurrida utilizando el formatodd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, lasEntidades Locales y los Organismos Autónomos dependientesde ellos.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Impresio-nes H Fran, S.L., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 29 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, Concepción Díaz de Noriega Sellés.

40-13923

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11Doña Concepción Díaz de Noriega Sellés, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 20/2012, a instancia de la parte actora don JoséBarba Díaz y José Francisco Barba Sánchez, contra TremaesSevilla, S.L.U., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dic-tado Decreto de fecha 29 de octubre de 2012, del tenor literalsiguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Tremaes Sevilla, S.L.U.,

en situación de insolvencia por importe de 16.924,26 euros,insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provi-sional. Remítase edicto para su publicación en el «Boletín Ofi-cial» del Registro Mercantil. Archívese el presente procedi-miento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe

recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quiendicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes ala notificación de la misma, con expresión de la infraccióncometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficia-rio de régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer undepósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta deeste Juzgado número, debiendo indicar en el campo concepto,la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revi-sión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria,deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espaciocon la indicación «recurso», seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta,deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso siobedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indi-cando en el campo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentosde su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Orga-nismos Autónomos dependientes de ellos.—La SecretariaJudicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, TremaesSevilla, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la formade auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 29 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, Concepción Díaz de Noriega Sellés.

40-13924

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11Doña Concepción Díaz de Noriega Sellés, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 68/2012, a instancia de la parte actora doñaNatanael Menacho Rodríguez, contra Talleres Arg. y Asocia-dos, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictadodecreto de fecha 29 de octubre de 2012, del tenor literalsiguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo: Declarar al ejecutado, Talleres Arg. y Asociados,

S.L., en situación de insolvencia por importe de 11.987,73euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos comoprovisional. Remítase edicto para su publicación en el «Bole-tín Oficial» del Registro Mercantil. Archívese el presente pro-cedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe

recurso directo de revisión, que deberá interponerse en elplazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de lamisma, con expresión de la infracción cometida en la misma a

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 19

juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tengala condición de trabajador o beneficiario de régimen públicode la Seguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrirde 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado número,debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recursoseguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuentareferida, separados por un espacio con la indicación «recurso»seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diver-sos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingresopor cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase, indicando en el campo de observacio-nes la fecha de la resolución recurrida utilizando el formatodd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, lasEntidades Locales y los Organismos Autónomos dependientesde ellos.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, TalleresArg. y Asociados, S.L., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 29 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, Concepción Díaz de Noriega Sellés.

40-13926

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11Doña Concepción Díaz de Noriega Sellés, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 374/2011, a instancia de la parte actora donFrancisco Gómez Martínez, contra Mármoles SebastiánRomero, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado sentenciacon esta fecha, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por donFrancisco Gómez Martínez, contra Mármoles SebastiánRomero, S.L., debo condenar y condeno a ésta a que abone ala actora la suma de 3.397,03 euros.

Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora,respecto del Fondo de Garantía Salarial, pero sin perjuicio desu responsabilidad subsidiaria en los casos en que fuera legal-mente procedente, de acuerdo con lo establecido en el funda-mento jurídico segundo de esta resolución.

Notifíquese a las partes, con la advertencia que contra lapresente resolución cabe recurso de suplicación para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalu-cía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifes-tación de la parte, de su abogado o representante, en elmomento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazode 5 días a la misma por comparecencia o por escrito.

También se advierte a la empresa condenada que, si recu-rre, deberá acreditar al anunciar el recurso, el ingreso delimporte de su condena en la cuenta de Depósitos y Consigna-ciones 4071-0000-65-0374-11, abierta a nombre de este Juz-gado en el Banesto, oficina 4325, mediante la presentación enla Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirsedicha consignación por aval bancario suficiente que habrá depresentarse junto con el mencionado escrito de anuncio delrecurso.

Al interponer el recurso, deberá acreditar además, elingreso del depósito de 300 euros en la cuenta citada.

En el caso de que el ingreso se efectúe por transferenciabancaria, deberá realizarse en la cuenta 0030-1846-42-00050012-74, poniendo en «concepto» la cuenta del Juzgado4071 y número de procedimiento.

Así por ésta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, MármolesSebastián Romero, S.L., actualmente en paradero descono-cido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 29 de octubre de 2012.—La Secretaria Judi-cial, Concepción Díaz de Noriega Sellés.

40-13927

JEREZ DE LA FRONTERA (Cádiz).—JUZGADO NÚM. 1El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social

número uno de Jerez de la Frontera.Hace saber: Que en este Juzgado se siguen los autos núm.

810/2010, sobre social ordinario, a instancia de doña ElenaDiosdado Gallardo, contra Sky Bridge Services, S.L., en laque con fecha 12/11/12 se ha dictado sentencia que sustancial-mente dice lo siguiente.

Sentencia num. 584/2012.En Jerez de la Frontera a 12 de noviembre de 2012.Visto por el Ilmo. señor don Lino Román Pérez, Magis-

trado-Juez del Juzgado de lo Social núm. 1 de los de Jerez dela Frontera, el juicio oral y público promovido por doña ElenaDiosdado Gallardo representada por el Letrado don JuanManuel Peña León, frente a la Empresa Sky Bridge Services,S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, representado por laLetrada del Estado doña Ana María Partida Guerrero, en recla-mación de cantidad.

En nombre de S.M. El Rey. Ha dictado la siguiente sentencia.Fallo: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta

por doña Elena Diosdado Gallardo, frente a la Empresa SkyBridge Services, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, enreclamación de cantidad, debo condenar y condeno a laempresa Sky Bridge Services, S.L., a que abone a la actora lacantidad de dos mil ochocientos treinta y cuatro euros y cin-cuenta céntimos (2.834,50€) en concepto de principal, más eldiez por ciento de dicha cantidad en concepto de interés demora salarial.

No ha lugar a pronunciamiento expreso respecto delFondo de Garantía Salarial sin perjuicio del cumplimiento desus obligaciones legales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndose-les saber que la misma es firme al no ser susceptible deRecurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo191.2.g) de la L.R.J.S, por no exceder la reclamación de 3.000euros.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en estainstancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior senten-cia por S.Sª. el Ilmo. Magistrado señor don Lino RománPérez, estando celebrando audiencia pública en el día de sufecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Sky BridgeServices, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se descono-cen, libro el presente edicto que se publicará en el «BoletínOficial» de la provincia de Cádiz, con la prevención de que lasdemás resoluciones que recaigan en las actuaciones le seránnotificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que debanrevestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplaza-mientos y todas aquellas otras para las que la ley expresa-mente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera a 21 de noviembre de 2012.—LaSecretaria Judicial. (Firma ilegible.)

258-15244

20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

AYUNTAMIENTOS———

SEVILLALa Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, en sesión ce-

lebrada el día dieciséis de noviembre de dos mil doce adoptóacuerdo cuya parte dispositiva, en su punto primero, dice comosigue:

Primero.—Aprobar la siguiente modificación de la Rela-ción de Puestos de Trabajo que afecta al Servicio de Interven-ción Delegada, del Servicio de Juventud y a la Sección de Tu-rismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla:

-En el Servicio de Intervención Delegada:El puesto de Jefe de Negociado Técnico Superior Aplica-

ciones Informáticas (0512101001) T.A.E. A1-23 Licenciado enEconomía/Administración y Dirección de Empresas, se modi-fica en el sentido de que entre los requisitos para su desempe-ño se recoja que también puede serlo por un T.A.G.

-En el Servicio de Juventud:Amortización del siguiente puesto de trabajo:Un puesto de Jefe de Negociado Información y Dinamiza-

ción (1413101001), T.A.E. Licenciado/Diplomado Área Cien-cias Sociales y Jurídicas, A1-23/A2-21, adscrito directamente ala Jefatura de Servicio.

-Creación del siguiente puesto de trabajo:Un puesto de Jefe de Información y Dinamización, T.A.E.

Licenciado/Diplomado Área Ciencias Sociales y Jurídicas, A1-27/A2-26, adscrito directamente a la Jefatura de Servicio.

-En la Sección de Turismo:Cambio de denominación y adscripción del siguiente pues-

to de trabajo:Un puesto de Operador Centro Control Tráfico

(1121003002) C2-16 adscrito en la actualidad al Centro deControl de Tráfico del Servicio de Tráfico y Transporte, pasa adenominarse Técnico Auxiliar Operador Informática y a estaradscrito a la Sección de Turismo.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Sevilla a 19 de noviembre de 2012.—El Secretario Ge-

neral, P.D. La Jefa de Servicio de Recursos Humanos, SofíaNavarro Roda.

253W-15089

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoResultando infructuosas las gestiones realizadas para llevar

a cabo la notificación recaída en el expediente 395/11, del Ser-vicio de Responsabilidad Patrimonial del Área de Organizacióny Administración a doña María Beatriz Álvarez Cabrera, y envirtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, se lleva a cabo esta publicación cuyo textoíntegro es el siguiente:

«Con relación a la denuncia formulada ante la PolicíaLocal del Distrito Este, el 1 de julio de 2011, por doña MaríaBeatriz Álvarez Cabrera, por un supuesto accidente ocurrido eldía 29 de junio pasado, en el paso de peatones de la avenida dela Aeronáutica, pongo en su conocimiento lo siguiente:

1.º Que con fecha 18 de julio de 2011, ha tenido entrada enel Registro de esta Gerencia, copia de la denuncia remitida porla Policía Local, haciéndole constar que la misma no se consi-dera como escrito de reclamación de daños y perjuicios, encuyo caso deberá formular petición por escrito, haciendo refe-rencia al número de expediente arriba expresado y en el que de-berán constar los siguientes datos:

Croquis de situación del lugar exacto del accidente.

Medios de pruebas que pretende valerse para acreditar laveracidad de los hechos.

Fotografía en color de una vista general de la zona, que per-mita la localización de la deficiencia denunciada.

Fotografía en color de detalle de la deficiencia, que permi-ta apreciar sus características.

En consecuencia, se le requiere para que, en el plazo dediez días contados a partir del siguiente al recibo de esta noti-ficación, presente escrito con los datos y documentos antes se-ñalados, haciéndole constar que si transcurriera dicho plazo sincumplimentarlo, se procederá al archivo de estas actuaciones.

2.º Que con fecha de hoy se ha solicitado informe del Ser-vicio de Coordinación y Conservación de Vía Pública.

3.º Que en el supuesto de formular reclamación de daños yperjuicios, se le informa que ésta se regirá por lo preceptuadoen el artículo 139 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, así como por el Reglamento de los Procedimientos delas Administraciones Públicas en materia de ResponsabilidadPatrimonial (Real Decreto 429/93, de 26 de marzo) (BOE nú-mero 106, correspondiente al día 4 de mayo de 1993), y que elderecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho, o enel caso de haber sufrido lesiones, el plazo empezará a compu-tarse desde la curación o la determinación del alcance de las se-cuelas.

4.º Para obtener alguna información o aclaración de lo an-teriormente expresado podrá hacerlo en el teléfono siguiente:teléfono 955 476772 o en la dirección postal avenida Carlos IIIs/n – Recinto de la Cartuja 41092 Sevilla –; fax 955 47 63 41.(Horario de atención al público de 11.00 a 13.00 horas).

5.º En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácterpersonal, se le informa que los datos personales que usted nosha proporcionado, serán introducidos, para su tratamiento, enun fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamien-to de Sevilla, Gerencia de Urbanismo, para la gestión y controlde todas aquellas actuaciones relativas a la presente reclama-ción.

Asimismo, le notificamos que sus datos podrán ser cedidosa terceros, únicamente en aquellos supuestos en que fuese ne-cesario para la resolución de su reclamación. En cualquier casoy en virtud de lo establecido en la citada Ley, podrá ejercer susderechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición anteel responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicaciónescrita a la Gerencia de Urbanismo, Ayuntamiento de Sevilla,avenida Carlos III, s/n. Isla de la Cartuja, 41092-Sevilla. Loque le comunico para su conocimiento y efectos.»

Lo que se publica a los efectos antes señalados.En Sevilla a 20 de noviembre de 2012.—El Secretario de la

Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.8W-14917

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoResultando infructuosas las gestiones realizadas para llevar

a cabo la notificación recaída en el expediente 404/11, del Ser-vicio de Responsabilidad Patrimonial del Área de Organizacióny Administración, a doña Antonia Varela Márquez, y en virtudde lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, se lleva a cabo esta publicación cuyo texto ínte-gro es el siguiente:

«En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.4, pá-rrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), debo comuni-carle lo siguiente:

1.º Que con fecha 25 de julio de 2011, ha tenido entrada enel registro de esta Gerencia, su escrito de fecha 6 de junio pa-

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 21

sado, por el que solicita indemnización de daños por un su-puesto accidente ocurrido el 24 de diciembre de 2010, en laAvda. de las Ciencias en el que resultó con daños el vehículomatrícula 5422-GZM.

2.º Que con el escrito anterior se ha instruido el expedientenúmero 404/11 del Servicio de Responsabilidad Patrimonial.

3.º El plazo máximo para la resolución y notificación deeste procedimiento es de 6 meses, según lo previsto en el artí-culo 13.3 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo.

4.º Si no recibiera notificación de resolución expresa, en elplazo anteriormente indicado, deberá entender desestimada susolicitud por silencio administrativo de conformidad con lo es-tablecido en el artículo 142.7 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre y 13.3 de del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo.

5.º Asimismo, se le concede un período de proposición depruebas por plazo de diez días para que pueda proponer las quea su derecho convenga de conformidad con lo establecido en elartículo 7 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo con rela-ción al artículo 80 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y se lerequiere para que en el mismo plazo aporte a las actuacionescroquis de situación y fotografía en color con perspectivadonde se aprecia la deficiencia causante del accidente, dadoque las aportadas no son lo suficientemente ilustrativas para lo-calizarla.

6.º Igualmente, se pone en su conocimiento que con fechade hoy se cursa citación a don José Antonio Ortiz Morato, paraque pueda comparecer y prestar declaración sobre los hechos,el próximo día 12 de septiembre de 2011, a las 13.30 horas.

7.º Los medios a los que puede acudir para obtener infor-mación sobre el estado de tramitación del procedimiento sonlos siguientes: Teléfono 955 476772; la dirección postal aveni-da Carlos III s/n – Recinto de la Cartuja 41092 Sevilla –; fax955 47 63 41. (Horario de atención al público de 11.00 a 13.00horas).

8.º En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácterpersonal, se le informa que los datos personales que usted nosha proporcionado, serán introducidos, para su tratamiento, enun fichero automatizado del que es responsable el Ayunta-miento de Sevilla, Gerencia de Urbanismo, para la gestión ycontrol de todas aquellas actuaciones relativas a la presente re-clamación.

Asimismo, le notificamos que sus datos podrán ser cedidosa terceros, únicamente en aquellos supuestos en que fuese ne-cesario para la resolución de su reclamación. En cualquier casoy en virtud de lo establecido en la citada Ley, podrá ejercer susderechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición anteel responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicaciónescrita a la Gerencia de Urbanismo, Ayuntamiento de Sevilla,avenida Carlos III, s/n. Isla de la Cartuja, 41092-Sevilla. Loque le comunico para su conocimiento y efectos.»

Lo que se publica a los efectos antes señalados.En Sevilla a 21 de noviembre de 2012.—El Secretario de la

Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.8W-14921

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoResultando infructuosas las gestiones realizadas para llevar

a cabo la notificación recaída en el expediente 227/11, del Ser-vicio de Responsabilidad Patrimonial del Área de Organizacióny Administración a doña María José Morillo de las Marismas,y en virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, se lleva a cabo esta publicacióncuyo texto íntegro es el siguiente:

«Con relación a la reclamación que tiene presentada doñaMaría José Morillo de las Marinas por un accidente ocurrido el5 de febrero de 2011, en la calle Sierra del Castaño confluencia

con calle Sierra de Vicaría, procede concederle audiencia pre-via por plazo de diez días, para que pueda formular alegacionesy aportar los documentos que considere oportunos de confor-midad con el artículo 11.1 del Real Decreto 429/1993, de 26 demarzo, haciéndole constar que los documentos que figuran enel expediente son los siguientes:

Escrito presentado por doña M.ª José Morillo de las Mari-nas con fecha 26 de abril de 2011, adjuntando fotocopia de fac-tura expedida por Óptica Calonge de fecha 14 de febrero de2011, por importe de 165 €; fotocopia informe de alta de ur-gencia del Hospital Virgen del Rocío, de fecha 5 de febrero de2011; fotocopia de solicitud de consulta en el Servicio de Ciru-gía Ortopédica y Traumatología, de fecha 9 de febrero de 2011y cuatro fotografías del lugar del accidente.

Oficio interesando informe del Servicio de Coordinación yConservación de Vía Pública, de fecha 28 de abril de 2011.

Escrito de comunicación inicial, notificado el 23 de mayode 2011.

Informe del Servicio de Coordinación y Conservación de laVía Pública, de fecha 12 de mayo de 2011.

Escrito presentado por doña M.ª José de las Marinas, el 25de mayo de 2011, adjuntando fotocopia del escrito de comuni-cación inicial cursado el 12 de mayo de 2011; fotocopia del in-forme de alta de urgencia del Hospital Virgen del Rocío, defecha 5 de febrero de 2011; fotocopia de cita de consulta parael 23 de marzo de 2011, en el Servicio de Cirugía Ortopédica yTraumatología; fotocopia de solicitud de consulta en el Servi-cio de Cirugía Ortopédica y Traumatología, de fecha 9 de fe-brero de 2011; fotocopia de informe clínico de consulta delHH. UU. Virgen del Rocío, de fecha 11 de mayo de 2011; cua-tro fotografías del lugar del accidente y fotocopia de factura ex-pedida por Óptica Calonge de fecha 14 de febrero de 2011, porimporte de 165 €.

Comparecencia y declaración previa citación, de doñaMaría Dolores González Moreno el 10 de agosto de 2011.

Escrito presentado por doña M.ª José Morillo de las Maris-mas, con fecha 10 de agosto de 2011, interesando nueva fechade citación a doña María Victoria Accame Almoguera.

Comparecencia y declaración previa citación, de doñaMaría Victoria Accame Almoguera, el 27 de octubre de 2011.Lo que le comunico a los efectos antes indicados.»

Lo que se publica a los efectos antes señalados.En Sevilla a 20 de noviembre de 2012.—El Secretario de la

Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.8W-14915

SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Resultando infructuosas las gestiones realizadas para llevara cabo la notificación recaída en el expediente 381/11, del Ser-vicio de Responsabilidad Patrimonial del Área de Organizacióny Administración a doña María Dolores España Garrido, y envirtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, se lleva a cabo esta publicación cuyo textoíntegro es el siguiente:

Con relación a la reclamación presentada por doña MaríaDolores España Garrido, por un supuesto accidente ocurrido el30 de junio de 2011, se le requiere para que en el plazo de diezdías, contados a partir del siguiente al recibo de esta notifica-ción, aporte los datos y la documentación que a continuación seindican: Lugar del accidente. Croquis de situación del lugarexacto del accidente. Medios de pruebas que pretende valersepara acreditar la veracidad de los hechos. Breve descripción delas características de la deficiencia. Fotografía en color de unavista general de la zona, que permita la localización de la defi-ciencia denunciada. Fotografía en color de detalle de la defi-ciencia, que permita apreciar sus características. Los anterioresdatos se consideran imprescindibles para la tramitación de la

22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

reclamación, por lo que se advierte que el plazo legal para re-solver se suspende por el tiempo que medie entre la notifica-ción de este requerimiento y su efectivo cumplimiento, o, en sudefecto, el transcurso del plazo concedido, de conformidad conlo establecido en el artículo 42.5, apartado a), y sin perjuicio delo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, con la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero (BOE 14 de enero). En cumplimiento del artículo 5 de laLey Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección deDatos de carácter personal, se le informa que los datos perso-nales que usted nos ha proporcionado, serán introducidos, parasu tratamiento, en un fichero automatizado del que es respon-sable el Ayuntamiento de Sevilla, Gerencia de Urbanismo, parala gestión y control de todas aquellas actuaciones relativas a lapresente reclamación. Asimismo, le notificamos que sus datospodrán ser cedidos a terceros, únicamente en aquellos supues-tos en que fuese necesario para la resolución de su reclamación.En cualquier caso y en virtud de lo establecido en la citada Ley,podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelacióny oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo unacomunicación escrita a la Gerencia de Urbanismo, Ayunta-miento de Sevilla avda. Carlos III, s/n. Isla de la Cartuja,41092-Sevilla. Lo que comunico a Vd. para su conocimiento yefectos.

Lo que se publica a los efectos antes señalados.En Sevilla a 20 de noviembre de 2012.—El Secretario de la

Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.253W-14916

SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Resultando infructuosas las gestiones realizadas para llevara cabo la notificación recaída en el expediente 403/11, del Ser-vicio de Responsabilidad Patrimonial del Área de Organizacióny Administración, a doña María García Jiménez, y en virtud delo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, se lleva a cabo esta publicación cuyo texto íntegroes el siguiente:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.4, párra-fo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), debo comuni-carle lo siguiente:

1º Que con fecha 25 de julio de 2011, ha tenido entrada enel registro de esta Gerencia, su escrito de fecha 18 del mismomes y año, por el que solicita indemnización de daños por unsupuesto accidente ocurrido el 17 de abril de 2011, en la Plazade España.

2º Que con el escrito anterior se ha instruido el expedien-te núm. 403/11, del Servicio de Responsabilidad Patrimonial.

3º El plazo máximo para la resolución y notificación deeste procedimiento es de seis meses, según lo previsto en el ar-tículo 13.3 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo.

4º Si no recibiera notificación de resolución expresa, en elplazo anteriormente indicado, deberá entender desestimada susolicitud por silencio administrativo de conformidad con lo es-tablecido en el artículo 142.7 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre y 13.3 de del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo.

5º Asimismo, se le concede un período de proposición depruebas por plazo de diez días para que pueda proponer las quea su derecho convenga de conformidad con lo establecido en elartículo 7 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo con rela-ción al articulo 80 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y se lerequiere para que en el mismo plazo aporte a las actuaciones:Croquis de situación del lugar exacto del accidente. Fotografíaen color de una vista general de la zona, que permita la locali-zación de los bolardos denunciados. Fotografía en color de de-

talle de los bolardos en cuestión, que permita apreciar sus ca-racterísticas.

6º Los medios a los que puede acudir para obtener infor-mación sobre el estado de tramitación del procedimiento sonlos siguientes: teléfono 955 47 67 72; la dirección postal avda.Carlos III s/n – Recinto de la Cartuja 41092 Sevilla –; fax 95547 63 41. (horario de atención al público de 11.00 a 13.00).

7º En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica15/99, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácterpersonal, se le informa que los datos personales que usted nosha proporcionado, serán introducidos, para su tratamiento, en unfichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento deSevilla, Gerencia de Urbanismo, para la gestión y control detodas aquellas actuaciones relativas a la presente reclamación.

Asimismo, le notificamos que sus datos podrán ser cedidosa terceros, únicamente en aquellos supuestos en que fuese ne-cesario para la resolución de su reclamación. En cualquier casoy en virtud de lo establecido en la citada Ley, podrá ejercer susderechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición anteel responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicaciónescrita a la Gerencia de Urbanismo, Ayuntamiento de Sevilla,avda. Carlos III, s/n. Isla de la Cartuja, 41092-Sevilla.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.Lo que se publica a los efectos antes señalados.En Sevilla a 21 de noviembre de 2012.—El Secretario de la

Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.253W-14919

ALBAIDA DEL ALJARAFEAprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este

Ayuntamiento, de fecha 25 de octubre de 2012, el PresupuestoGeneral, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcio-nario y laboral para el ejercicio económico 2012, con arreglo alo previsto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al públi-co el expediente y la documentación preceptiva por plazo dequince días desde la publicación de este anuncio, a los efectosde que cualquier persona interesada lo pueda examinar y pre-sentar las alegaciones o reclamaciones que estime convenien-tes, que serán resueltas por el Pleno en el plazo de un mes.

De no producirse alegaciones o reclamaciones, el Presu-puesto General se considerará definitivamente aprobado.

En Albaida del Aljarafe a 26 de octubre de 2012.—El Al-calde-Presidente, José Antonio Gelo López.

253W-15641

BOLLULLOS DE LA MITACIÓNDon Francisco Manuel Godoy Ruiz, Alcalde-Presidente del

Ilmo. Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que por acuerdo de Pleno del Excmo. Ayunta-

miento de Bollullos de la Mitación (Sevilla), adoptado al tratarel punto núm. 7, de la sesión ordinaria celebrada el día 8 de no-viembre de 2012, se aprobó inicialmente la modificación delReglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Bollu-llos de la Mitación en el apartado 4.º del artículo 58.

Dicha modificación se somete a información pública y au-diencia de los interesados por un plazo de treinta (30) días há-biles para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

En el caso de que no se presenten sugerencias o reclama-ciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo hastaentonces provisional.

En Bollullos de la Mitación a 13 de noviembre de 2012.—El Alcalde-Presidente, Francisco Manuel Godoy Ruiz.

253W-14973

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 23

CARMONADon Juan M. Ávila Gutiérrez, Alcalde-Presidente del Ilmo.

Ayuntamiento de esta ciudad.Hace saber: Que el Pleno de este Ayuntamiento en sesión

ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2012, aprobó la pro-puesta de modificación de la encomendación de las Secretaríasde las Comisiones Informativas, cuyo tenor literal es el si-guiente:

Punto 3º.—Modificación de la encomendación de las Se-cretarías de las Comisiones Informativas. Por la Sra. Secretariay de Orden de la Presidencia se da lectura a Dictamen de la Co-misión Informativa de Urbanismo y Asuntos a tratar en Pleno,cuyo tenor literal es el siguiente:

Vista la propuesta de acuerdo de la Alcaldía sobre la modi-ficación de la encomendación de las Secretarías de las Comi-siones Informativas permanentes de Economía y Especial deCuentas, de Urbanismo y asuntos a tratar en Pleno, de Cultura,Patrimonio y Turismo, y de Bienestar Social así como el infor-me de Secretaría de 21 de septiembre de 2012; la Comisión In-formativa de Urbanismo y Asuntos a tratar en Pleno propone alPleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos:

Por todo ello, se propone al Pleno municipal:Primero.—Designar a la Secretaria de la Corporación como

Secretaria de las siguientes Comisiones Informativas Perma-nentes:

- de Economía y Especial de Cuentas.- de Urbanismo y asuntos a tratar en el Pleno.- de Cultura, Patrimonio y Turismo.- de Bienestar Social. Segundo.—Designar como suplente a la Vicesecretaria de

la Corporación, o la persona que legalmente la sustituya. Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el «Boletín Ofi-

cial» de la provincia y dar traslado del presente acuerdo a losinteresados.

Sin suscitarse intervención alguna, el Pleno Municipal, porunanimidad de los Señores Capitulares asistentes y en votaciónordinaria, acuerda aprobar el dictamen que antecede en sus jus-tos términos.

En Carmona a 12 de noviembre de 2012.—El Alcalde-Pre-sidente, Juan M. Ávila Gutiérrez.

253W-14716

ESPARTINASDon Domingo Salado Jiménez, Alcalde-Presidente del

Ilmo. Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que por este Ayuntamiento, se ha intentado por

dos veces, y consta como ausente en reparto de la notificaciónde Liquidación y Carta de Pago del IVTNU que se relacionacon la deuda contraída con la Entidad que se detalla en la pri-mera columna, por el/los conceptos e importes que así mismose indican, de conformidad y en los términos establecidos en elart. 112 de la Ley 58/2009, de 17 de diciembre, General Tribu-taria, lo que no se ha podido llevar a efecto, por causas no im-putables a esta Administración Tributaria.

Por medio de este anuncio, conforme dispone el art. 112.2del referido texto legal se cita a los interesados que se relacio-nan, así como a sus representantes o demás interesados, paraser notificados en comparecencia, que se realizará en las Ofi-cinas Municipales del Ayuntamiento, sito en Parque del Rocíonúm. 1, de Espartinas en el plazo de quince días naturales, si-guientes a la publicación de este anuncio.

Si transcurrido dicho plazo si no hubiesen comparecido loscitados, la notificación de este acto , así como la de las actua-ciones o diligencias que se produzcan hasta la ultimación delprocedimiento, se entenderá producida a todos los efectos le-gales desde el día siguiente al que finalizó el plazo señalado

para comparecer, en los términos previstos en el artículo 112.3de la citada L.G.T.

Entidad acreedora: Ayto. Espartinas.Apellidos y nombre: González del Mazo, Miguel ÁngelNIF/CIF: 11.769.179-X.Conceptos: I.V.T.N.U.Ejercicio: 2012.Expediente: 162/12.Ppal. deuda euros: 216,65 euros.En Espartinas a 26 de noviembre de 2012.—El Alcalde-

Presidente, Domingo Salado Jiménez.253D-15036

LORA DEL RÍODe conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.5 y 61 de

la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pú-blica notificación de la Junta de Gobierno de este Ayuntamien-to celebrada el día 20 de julio de 2012, sobre la aprobación delnuevo documento del Plan Parcial del Sector SURB-R 1.10 delPGOU de Lora del Río, a la entidad Albañerías y Obras VivcónS.L. con NIF B-91152942 domiciliada en plaza Beethovennúm. 54, 41008 Sevilla, a la cual, habiéndole intentado la noti-ficación de la misma en el último domicilio conocido, ésta nose ha podido practicar.

Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa,podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante Juntade Gobierno del Ayuntamiento de Lora del Río dentro del plazode un mes, contado desde el día de anuncio en el tablón de edic-tos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, o direc-tamente recurso contencioso-administrativo en la forma y pla-zos establecidos en la Ley Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa (arts. 116 y 117 de la Ley 30/92,26-11, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, 13-1). El correspondiente expediente obra en laOficina Técnica del Ayuntamiento de Lora del Río, pudiendoser consultado en el plazo anteriormente citado.

Interesado: Albañerías y Obras Vivcón, S.L.NIF: B-91152942.Domicilio/localidad: Plaza Beethoven núm. 54, 41008, Se-

villa.Asunto: Aprobación del nuevo documento del Plan Parcial

del Sector SURB-R 1.10 del PGOU de Lora del Río.En Lora del Río a 7 de noviembre de 2012.—El Alcalde-

Presidente, Francisco Javier Reinoso Santos.253W-14889

MAIRENA DEL ALJARAFE

La Jefa de Negociado de Recaudación.Hace saber: Que no ha sido posible practicar la notificación

previa de la diligencia de embargo de bienes inmuebles defecha 16 de marzo de 2012 y la misma se intentó el 27 de juniode 2012 y el 28 de junio de 2012 y se devuelve por el personalde reparto por «ausente» y «ausente», según queda acreditadoen su correspondiente expediente. Se procede a publicar el pre-sente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla yen el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mairena del Al-jarafe, con el fin de citar al deudor que más abajo se detalla, oa su representante, para ser notificada por comparecencia pormedio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos112 y 170 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tri-butaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (modifi-cado por la Ley 4/1999, de 13 de enero); Debe comparecer enla oficina de Solgest, S.L., Gestión Tributaria Municipal del

24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita en plaza de las Na-ciones, Torre Norte 1º, en horario de 8.00 a 14.30, de días la-borales, de lunes a viernes, en el plazo máximo de quince díasnaturales, contados desde el siguiente a la publicación del pre-sente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, con el finde efectuar la notificación de la diligencia de embargo de bien-es inmuebles, que le afecta; con la advertencia de que si trans-currido dicho plazo no comparece, la notificación se entenderápracticada, a todos los efectos legales, desde el día siguiente alvencimiento del plazo señalado para comparecer.

DILIGENCIA

En esta Unidad de Recaudación se tramito expediente ad-ministrativo de apremio contra el deudor don Miguel GuillénVilladiego con DNI 52694922J, domiciliado en San Isidro La-brador número 47, 2.º D, por los siguientes débitos: IBI y ba-sura 2008, 2009, 2010, 2011.

Considerando que el deudor no ha solicitado la alteracióndel orden de embargo de sus bienes y que esta Administracióndesconoce la existencia de otros bienes de su propiedad que pu-dieran figurar con prelación a los inmuebles en el artículo 169de la Ley General Tributaria, se declara embargado el inmueblepropiedad del deudor que a continuación se describe, por los si-guientes débitos: Principal 1.013,03 euros; recargo: 202,60euros; intereses de demora: 105,55 euros; costas presupuesta-rias; 160,00 euros; total 1.481,18 euros.

RELACIÓN DE BIEN EMBARGADO

Don Miguel Guillén Villadiego, titular del 100% del plenodominio con carácter privativo.Naturaleza de la finca: Urbana, vivienda piso sin ajenos.Vía pública: Toledo número 14, 2.º D.Referencia catastral: 2487607QB6328N0011DI.Superficies: Con una superficie construida de cincuenta yseis metros cuadrados.Linderos: Entrada, con rellano de la escalera y el piso letraC de su planta; derecha, con caja de escalera y patio; iz-quierda, con terrenos de uso y disfrute común entres estacasa y el número treinta y uno de la calle Burgos; fondo,con la casa número doce de calle Madrid, hoy calle Toledo.Registro de la Propiedad: Finca 2146, tomo 983, libro 553,folio 195.Del citado embargo se efectuara anotación preventiva en el

Registro de la Propiedad, a favor del Ayuntamiento de Mairenadel Aljarafe. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo124.2 del Reglamento General de Recaudación, aprobado porReal Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre (BOE 3-1-1991),se notificara esta diligencia de embargo a la deudora y si proce-de, a su cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hi-potecarios, y se expedirá, según previene el artículo 125 dedicho Reglamento, el oportuno mandamiento al señor Registra-dor de la Propiedad, llevándose a cabo las actuaciones pertinen-tes y remisión, en su caso, de este expediente a la Tesorera delAyuntamiento, para que dicte acuerdo de enajenación y provi-dencia de subasta, todo ello en cumplimiento de los artículos145 y 146 del Reglamento General de Recaudación. Lo que lenotifico como deudor, para su debido conocimiento y efectos.Asimismo, se le requiere de conformidad con lo dispuesto en elartículo 124.2 del Reglamento General de Recaudación, paraque entregue en esta Unidad de Recaudación los títulos de pro-piedad del inmueble embargado. Contra el acto notificado caberecurso de reposición ante la Tesorera del Ayuntamiento, en elplazo de un mes, a contar desde el día de la publicación del pre-sente anuncio, de acuerdo con lo que establece el artículo 14.2de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Ha-ciendas Locales. No obstante, podrá interponer cualquier otrorecurso que considere procedente. El procedimiento de apremio,aunque se interponga recurso, no se suspenderá sino en loscasos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamen-to General de Recaudación.

Mairena del Aljarafe a 14 de noviembre de 2012.—La Te-sorera, M.ª Francisca Otero Candelera.

8W-14791

MAIRENA DEL ALJARAFELa Jefa de Negociado de Recaudación.Hace saber: Que no ha sido posible practicar la notificación

de tipo de subasta y requerimiento de títulos de propiedad alobligado al pago de fecha 11 de octubre de 2012, abajo indica-da; la misma se intentó el 29/10/12 y el 31/10/12, y se devuel-ven por el personal de reparto de los motivos ausente y ausente,según queda acreditado en su correspondiente expediente. Seprocede a publicar el presente edicto en el «Boletín Oficial» dela provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios del Ayunta-miento de Mairena del Aljarafe, con el fin de citar al deudor quemás abajo se detalla, o a su representante, para ser notificada porcomparecencia por medio del presente anuncio, tal y como es-tablecen los artículos 112 y 170 de la Ley 58/2003, de 17 de di-ciembre, General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero); Debecomparecer en la oficina de SOLGEST, S.L, Gestión TributariaMunicipal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita enplaza de las Naciones Torre Norte 1ª-2ª, en horario de 8.00 a14.30, de días laborales, de lunes a viernes, en el plazo máximode quince días, contados desde el siguiente a la publicación delpresente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Se-villa, con el fin de efectuar la notificación de la diligencia deembargo de bienes inmuebles, que le afecta; con la advertenciade que si transcurrido dicho plazo no comparece, la notificaciónse entenderá practicada, a todos los efectos legales, desde el díasiguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Notificación del tipo de subasta y requerimiento de títulosde propiedad al obligado al pago

Att. Manuel Macías RodríguezNIF: 27895539NCalle Iptusi núm. 8, 41804 Olivares.Rfa: Procedimiento de apremio núm. 039722/000001, Cris-

to de la Mata, S.L. Asunto: Notificación distribución en lotes, determinación

del tipo para la subasta y requerimiento entrega de títulos depropiedad de bienes embargados.

En el procedimiento de apremio que se tramita en esta Re-caudación, contra el obligado al pago Cristo de la Mata, S.L.,con CIF B41480807 por sus débitos al Ayuntamiento de Mai-rena del Aljarafe, se ha dictado con esta fecha la siguiente:

ProvidenciaCon carácter previo al acuerdo de enajenación mediante su-

basta de los bienes embargados al obligado al pago Cristo de laMata SL con CIF B41480807 en el marco del artículo 101 y si-guientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio; acuerdo:

1.- Practicar notificación al obligado al pago de la distribu-ción en lotes de los bienes embargados y la fijación del tipo desubasta con arreglo a las prevenciones del artículo 97.6 y 99 delReglamento General de Recaudación:

Tabla 2Lote número uno: Finca Registral 437 registro7 de Sevilla valoración de los bienesque integran el lote 3.949.656,06€Cargas y gravamenes anteriores (en su caso)Tipo mínimo para la subasta 3.949.656,06€2.- Requiérase al obligado al pago para que en el término

de tres días contados a partir del día siguiente al de la notifica-ción del requerimiento si residen en esta localidad, o quincedías, si residen fuera faciliten los títulos de propiedad de losbienes inmuebles, créditos hipotecarios, derechos reales em-

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 25

bargados o cualquier otro tipo de bien o derecho embargado,conforme al artículo 98.1 del citado Reglamento.

Y siendo el obligado al pago. Le notifico la transcrita pro-videncia con requerimiento de lo en ella indicado con la adver-tencia de que transcurrido dicho plazo sin haber sido aportadoslos títulos requeridos, se continuará el procedimiento de enaje-nación mediante subasta pública, sin más trámites.

Contra el acto y contenido de la presente notificación podrápresentar recurso de reposicion ante el Sr. Jefe de Recaudaciónen el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, de conformidad con lo establecido en el artículo14.2 del real decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Ha-ciendas Locales.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso dereposición podrá interponerse recurso contencioso-administra-tivo ante el Juzgado de los Contencioso-Administrativo de estaprovincia en el plazo de dos meses a contar desde el día si-guiente al de la recepción de la notificación de la desestima-ción, cuando ésta sea expresa, o en el plazo de seis meses a con-tar desde el día siguiente a aquel en que se entiendadesestimado el referido recurso de reposición de forma presun-ta.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso quese considere conveniente.

La interposición de recurso no paraliza la tramitación delprocedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en loscasos y condiciones previstos en el artículo 73 del ReglamentoGeneral de Recaudación.

En Mairena del Aljarafe a 15 de noviembre de 2012.—LaTesorera, María Francisca Otero Candelera.

253W-14866

MARTÍN DE LA JARADon Manuel Sánchez Aroca, Alcalde-Presidente del Ilmo.

Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: De conformidad con el acuerdo de Pleno adop-

tado en sesión extraordinaria el día 7 de diciembre de 2012, pormedio del presente anuncio se efectúa convocatoria del proce-dimiento abierto, oferta económica más ventajosa, con unúnico criterio de adjudicación al precio más alto (subasta pú-blica) para la enajenación de la Nave Industrial construidasobre la Parcela sita en la Zona 4-B del Plan Parcial IndustrialSector SI-1 de Martín de la Jara, conforme a los siguientesdatos:

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Martín de la Jara.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría-In-

tervención.c) Obtención de documentación e información:

Entidad: Ayuntamiento de Martín de la Jara.Domicilio: Plaza Diamantino García Acosta núm. 1.Localidad y Código Postal: Martín de la Jara. 41658.Teléfono: 955825111.Telefax: 955825032.Correo electrónico: [email protected]ón de Internet del perfil del contratante:

www.dipusevilla.esFecha límite de obtención de documentación e infor-

mación: Un (1) mes (días naturales), contados a partir del díasiguiente a la publicación de la licitación en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia de Sevilla. En el caso de que el plazo depresentación de proposiciones concluya en sábado, domingo ofestivo, el plazo se prolongará hasta las 15.00 horas del primerdía hábil siguiente.

2. Objeto.2.1. Descripción del objeto: El objeto del contrato es la en-

ajenación de la Nave Industrial construida sobre la Parcela sita

en la Zona 4-B del Plan Parcial Industrial “Sector SI-1” deMartín de la Jara (inscrita en el Registro de la Propiedad deOsuna al Tomo 896, Libro 50, Folio 18, Finca núm. 3.891), porprocedimiento abierto, oferta económica más ventajosa, con unúnico criterio de adjudicación al precio más alto (subasta pú-blica).

2.2. La descripción, emplazamiento, situación patrimonialy registral de la Nave Industrial, volumen, usos y demás cir-cunstancias urbanísticas y de edificabilidad se describen elPliego de Prescripciones Técnicas y documentación adjunta,por cuya causa no se reproducen.

2.3. El presente contrato tiende a fomentar la implantaciónde pequeño y mediano Comercio Básico en el municipio, pa-liando la escasez de este tipo de instalaciones en la localidad.

2.4. Se hace constar expresamente que en el caso de equi-pamiento comunitario comercial, el uso obligatorio es el Co-mercio Básico, destinado a aprovisionamiento de productos dealimentación u otros de carácter básico para el abastecimientode la población, mediante ventas al por menor. También se in-cluirán las ventas al por mayor cuando se justifique debida-mente que por su volumen de mercancías, superficie de alma-cén e incidencia en el tráfico de las operaciones de carga ydescarga, es asimilable a los comercios de venta al por menor.

2.5. División por lotes y número de lotes/unidades: No.3. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterios de adjudicación: Oferta económica más ven-

tajosa, con un único criterio de adjudicación al precio más alto(subasta pública).

4. Presupuesto base de licitación.Valor estimado de 77.912,97 euros (I.V.A. no incluido).5. Requisitos específicos del contratista.a) Solvencia económica y financiera: La solvencia econó-

mica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno ovarios de los medios siguientes:

a. Declaraciones apropiadas de entidades financieras o,en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indem-nización por riesgos profesionales.

b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mer-cantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresa-rios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficialespodrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los li-bros de contabilidad debidamente legalizados.

c. Declaración sobre el volumen global de negocios y, ensu caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de activi-dades correspondiente al objeto del contrato, referido comomáximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función dela fecha de creación o de inicio de las actividades del empresa-rio, en la medida en que se disponga de las referencias de dichovolumen de negocios.

Si, por una razón justificada, el empresario no está en con-diciones de presentar las referencias solicitadas, se le autoriza-rá a acreditar su solvencia económica y financiera por medio decualquier otro documento que se considere apropiado por el ór-gano de contratación.

El órgano de contratación respetará en todo caso el carác-ter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.

b) Solvencia técnica o profesional: No se requiere especialsolvencia técnica o profesional habida consideración el objetodel presente contrato.

6. Garantías.a) Provisional: Dos mil trescientos treinta y siete euros con

treinta y nueve céntimos (2.337,39 euros).b) Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del

contrato.

26 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

7. Presentación de ofertas o solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: Un (1) mes (días natura-

les), contados a partir del día siguiente a la publicación de la li-citación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Enel caso de que el plazo de presentación de proposiciones con-cluya en sábado, domingo o festivo, el plazo se prolongaráhasta las 15.00 horas del primer día hábil siguiente.

b) Documentación a presentar: Las relacionadas en laCláusula 11ª.

c) Lugar de presentación:Entidad: Ayuntamiento de Martín de la Jara.Domicilio: Plaza Diamantino García Acosta núm. 1.Localidad y Código Postal: Martín de la Jara. 41658.Teléfono: 95 582 51 11.Telefax: 95 582 50 32.Correo electrónico: [email protected]ón de Internet del perfil del contratante:

www.dipusevilla.es8. Apertura de las ofertas.a) Dirección: Plaza Diamantino García Acosta núm. 1.b) Localidad y Código Postal: Martín de la Jara. 41658.c) Fecha y hora: A determinar con posterioridad.9. Gastos .Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:Los gastos por preparación de este expediente de licitación.Abonar el precio y los gastos previamente a la firma de la

escritura pública de transmisión de la Nave Industrial de la si-guiente forma:

El precio tipo establecido en la Cláusula 5ª más el I.V.A.aplicable, se abonará mediante entrega de cheque bancario con-formado por entidad bancaria por el importe del precio tipo.

Los gastos de licitación establecidos en la Cláusula 10ª,mas el IVA aplicable (21%), se abonará mediante ingreso encuenta corriente bancaria o cheque bancario conformado porentidad bancaria (esta cantidad no tendrá concepto de precio yserá depositado para cubrir los gastos referenciados).

El importe de cuantos otros gastos se ocasionen con moti-vo de los trámites preparatorios de formalización del contrato,así como de toda clase de tributos estatales o locales, gastos deotorgamiento de escrituras (honorarios del Notario autorizante)y sus copias, impuestos que procedan, gastos de inscripción,honorarios y cualquier otra clase de gastos, impuestos, o arbi-trios que graven la transmisión o sean consecuencia de lamisma.

Gastos de escritura, sus copias y demás gastos que origineel contrato, antes de la formalización, así como satisfacer el im-porte de los gastos relativos a la inserción (publicidad y técni-cos), presentado al efecto, el resguardo de haber hecho efecti-vos los mencionados importes.

Los impuestos de toda clase derivados de la presente ena-jenación, incluido el I.V.A.

Todos los gastos derivados de urbanización, liberación deservidumbres, establecimiento y/o modificación de suminis-tros/acometidas, contribuciones, solicitud de las licencias, per-misos y autorizaciones necesarias y cualesquiera otros relativoa la edificación, uso y disfrute de la Nave Industrial.

Los derivados de la limpieza y traslado, en su caso, de loselementos que pudiere contener la Nave Industrial, en el mo-mento de la adjudicación.

Cualesquiera otros relacionados en el Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Téc-nicas.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Martín de la Jara a 10 de diciembre de 2012.—El Al-

calde-Presidente, Manuel Sánchez Aroca.253W-15738-P

LA PUEBLA DE LOS INFANTESDon Antonio Torres Molero, Alcalde-Presidente del Ilmo.

Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que el Pleno de esta Corporación, en sesión or-

dinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2012, y conformedetermina el artículo 17. 1 y 2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regulado-ra de las Haciendas Locales, adoptó el acuerdo provisional demodificación del art. 9, a) de la Ordenanza Fiscal Reguladoradel Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Que en el «Boletín Oficial» de la provincia número 242,del día 17 de octubre de 2012, fue expuesta al público para re-clamaciones y sugerencias, por plazo de treinta días hábiles, lareferida Ordenanza Fiscal, conforme establecen los expresadospreceptos legales del TRLRHL, sin que en dicho plazo sehayan presentado reclamaciones ni sugerencias contra el acuer-do ni contra la propia Ordenanza Fiscal.

De conformidad con lo establecido en el art. 17.4 del RDL2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundi-do de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publicael presente acuerdo y el texto íntegro de la Ordenanza con susmodificaciones, significando que los interesados podrán inter-poner recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del siguiente al de la publicación de las Orde-nanzas Fiscales en el «Boletín Oficial» de la provincia, ante laSala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribu-nal Superior de Justicia de Andalucía, todo ello de conformidadcon lo establecido en el artículo 19.1 de la norma citada.

En La Puebla de los Infantes a 26 de noviembre de 2012.—El Alcalde-Presidente, Antonio Torres Molero.

Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora del impuestosobre bienes inmuebles para 2013

Artículo 9º.—Tipos de gravamen.A) Cuando se trate de bienes de naturaleza urbana, el tipo

de gravamen será el 0,475 por 100 para el año 2013; 0,45 por100 para el año 2014; 0,425 por 100 para el año 2015 y 0,40por 100 para el año 2016. En los bienes de naturaleza rústica eltipo de gravamen será el 0,375 por 100. En los bienes inmue-bles de características especiales el tipo de gravamen es del 1,3por 100.

253W-15630

LA PUEBLA DE LOS INFANTESDon Antonio Torres Molero, Alcalde-Presidente del Ilmo.

Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que el Pleno de esta Corporación, en sesión or-

dinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2012, y conformedetermina el artículo 17. 1 y 2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regulado-ra de las Haciendas Locales, adoptó el acuerdo provisional demodificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa porla prestación del servicio de recogida de basuras.

Que en el «Boletín Oficial» de la provincia número 242,del día 17 de octubre de 2012, fue expuesta al público para re-clamaciones y sugerencias, por plazo de treinta días hábiles, lareferida Ordenanza fiscal, conforme establecen los expresadospreceptos legales del TRLRHL, sin que en dicho plazo sehayan presentado reclamaciones ni sugerencias contra el acuer-do ni contra la propia Ordenanza fiscal.

De conformidad con lo establecido en el art. 17.4 del RDL2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundi-do de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publicael presente acuerdo y el texto íntegro de la Ordenanza con susmodificaciones, significando que los interesados podrán inter-poner recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del siguiente al de la publicación de las Orde-nanzas Fiscales en el «Boletín Oficial» de la provincia, ante laSala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribu-

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 27

nal Superior de Justicia de Andalucía, todo ello de conformidadcon lo establecido en el artículo 19.1 de la norma citada.

En La Puebla de los Infantes a 26 de noviembre de 2011.—ElAlcalde-Presidente, Antonio Torres Molero.

Modificación tarifa Ordenanza Fiscal para 2012Tasa por prestación del servicio de recogida de basurasArtículo 6.—Cuota tributaria.

1. Tarifa doméstica: 11,00 €/mes 2. Tarifa industrial y comercial: 18,77 €/mes 3. Servicios prestados a industrias fuera del casco ur-

bano (con una sola recogida semanal): 18,77 €/mes.253W-15631

LA PUEBLA DEL RÍODon Manuel Bejarano Álvarez, Alcalde-Presidente del

Excmo. Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que por el Pleno de este Ayuntamiento, en se-

sión extraordinaria celebrada el día 11 de diciembre de 2012,ha sido aprobado inicialmente el Presupuesto General de estaCorporación para el actual ejercicio 2013, así como la plantillade personal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 delReal Decreto Legislativo 2/2004, el citado Presupuesto se en-cuentra expuesto al público por término de quince días hábiles,a contar del siguiente al de la publicación del presente en el«Boletín Oficial» de la provincia, durante cuyo plazo se admi-tirán en este Ayuntamiento las reclamaciones que, en su caso,pudieran formularse contra el mismo, considerándose definiti-vamente aprobado, sin más trámite, si durante el plazo de ex-posición no se formulase contra el mismo, reclamación de clasealguna.

Lo que se hace público para general conocimiento.En La Puebla del Río a 11 de diciembre de 2012.—El Al-

calde-Presidente, Manuel Bejarano Álvarez.253F-15822

LA RINCONADADon Francisco J. Fernández de los Ríos Torres, Alcalde-

Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que el Ayuntamiento de La Rinconada ha for-

malizado los contratos que a continuación se relacionan con loscontratistas que se indican en los precios y fechas que se seña-lan. Lo que se hace público en cumplimiento de lo previsto enel artículo 154 del R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviem-bre, Texto Refundido de la LCSP.

Contrato: Suministro de material de construcción con des-tino a diversas obras municipales.

Contratista: Materiales Rondón, S.L.Importe adjudicado (sin IVA): 115.702,48 euros.Fecha formalización: 21 de noviembre de 2012.En La Rinconada a 23 de noviembre de 2012.—El Alcalde-

Presidente, Francisco J. Fernández de los Ríos Torres.253W-15043

LA RINCONADADon Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres,

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que por la Junta de Gobierno Local, en sesión

celebrada el día 20 de noviembre de 2012, se aprobó admitir atrámite la solicitud promovida por el Ayuntamiento de La Rin-conada, para los terrenos situados en el Plan de Sectorización,con ordenación pormenorizada de la Unidad Urbanística Inte-grada II, del Área SUmS-1, «Pago de Enmedio», y calificado

como suelo urbanizable no sectorizado, para lo cual presentaProyecto de Actuación, para la construcción de un Centro deEducación Infantil y Primaria, Tipo C-2, al reunir la solicitudlos requisitos dispuestos en el artículo 42 de la Ley 7/2002, yconsiderar de interés social y utilidad pública, la actividadsolicitada en el Programa de Actuación presentado.

Dicho proyecto ha sido redactado por el Sr. ArquitectoMunicipal, don Ángel Prado González.

Lo que se somete a trámite de información pública duranteel plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguienteal de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» dela provincia, al objeto de que puedan los interesados presentaralegaciones y sugerencias al expediente.

La Rinconada a 29 de noviembre de 2012.—El Alcalde,Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.

4W-15345

UTRERA

Don Wenceslao Carmona Monje, 6.º Teniente de Alcaldedel Área de Participación Ciudadana y Urbanismo, por delega-ción del Sr. Alcalde–Presidente (P.D. 20 de junio de 2011) delExcmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que por acuerdo del Excmo. AyuntamientoPleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 8 de noviembre de2012, se aprobó inicialmente la «Ordenanza municipal regula-dora de la ocupación temporal de espacios exteriores conmesas, sillas, sombrillas y otras instalaciones análogas queconstituyan complemento de la actividad de hostelería, al obje-to de regular la ocupación de vías y espacios exteriores de usopúblico con terrazas para servir comidas y bebidas consumiblesen esas mismas dependencias y atendidas por y desde estable-cimientos de hostelería ubicados en los locales de los edificioscolindantes o próximos».

En virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se so-mete la misma a información pública al objeto de que pueda serexaminado por el plazo de treinta días a partir de su publicaciónen el «Boletín Oficial» de la provincia, por toda aquella perso-na que pueda resultar interesada. A estos efectos el expedientese encuentra de manifiesto en las dependencias municipales delÁrea de Urbanismo por el plazo señalado, de lunes a viernes enhoras de 9.00 a 13.30. Igualmente estará publicado en la pági-na web del Ayuntamiento www.utrera.org.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Utrera a 15 de noviembre de 2012.—El 6.º Teniente de

Alcalde del Área de Participación Ciudadana y Urbanismo,Wenceslao Carmona Monje.

8W-14799

UTRERA

Don Wenceslao Carmona Monje, 6.º Teniente Alcalde delÁrea de Participación Ciudadana y Urbanismo, por delegacióndel Sr. Alcalde–Presidente del Excmo. Ayuntamiento de estaciudad.

Hace saber: Que por el Pleno de este Excmo. Ayuntamien-to en sesión ordinaria, celebrada el día 5 de noviembre de 2012,fue aprobado definitivamente el Estudio de Detalle de la Uni-dad de Ejecución UE-1A del PGOU, promovido por la entidadHeraya, S.L., quedando inscrito en el Registro Municipal deInstrumentos Urbanísticos en la Sección 1 de Instrumentos dePlaneamiento, Subsección 1 con el número de Registro 79.

Lo que se hace público, conforme a lo dispuesto en el artí-culo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 abril, y en el artículo 41.1 y 2de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, sig-nificándose que contra dicha resolución que agota la vía admi-nistrativa (artículo 109, c) de la Ley 30/92, de 26 de noviem-bre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de

28 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

enero), podrá interponerse con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes a contar de la fecha de notifi-cación o publicación en su caso, ante la autoridad u órgano quela dictó, entendiéndose desestimado una vez transcurrido otromes desde la interposición si no se dictara resolución expresa(artículos 116 y 117 de la precitada Ley) o recurso contencio-so-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justiciade Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses a contar asi-mismo de la fecha de notificación o su publicación.

En Utrera a 16 de noviembre de 2012.—El 6.º Teniente Al-calde del Área de Participación Ciudadana y Urbanismo, Wen-ceslao Carmona Monje.

8W-14800

VILLANUEVA DEL ARISCAL

Don José Castro Jaime, Alcalde Presidente del Ayunta-miento de esta villa.

Hace saber: El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebradael día 5-diciembre-2012, ha desestimado las reclamacionespresentadas contra la modificación del Reglamento para elpersonal funcionario, que es aprobada de forma definitiva.

En cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley de RégimenLocal, se procede a su publicación íntegra en forma legal.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALESArtículo 1. Ámbito de aplicación.El presente Reglamento tiene como objetivo la regulación

jurídico-laboral entre el Excmo. Ayuntamiento de Villanuevadel Ariscal y los funcionarios en régimen de derecho funcio-narial a su servicio.

Artículo 2. Homologación.Este Reglamento se basa en la homologación de las condi-

ciones económicas y sociales del personal funcionario afec-tado por el mismo, del Excmo. Ayuntamiento de Villanuevadel Ariscal, basándose en el principio de a igual función, igualretribución.

Artículo 3. Ámbito personal.El presente Reglamento, regula las condiciones de trabajo

del personal funcionario de este Ayuntamiento.En todo aquello que no esté recogido en el presente Regla-

mento se aplicarán las disposiciones legales que dicte elEstado o la Comunidad Autónoma en razón de sus competen-cias y los Reglamentos de funcionamiento de los servicios, enlo que afecte al personal de los mismos, cuando hayan sidoelaborados entre la Corporación y la representación sindical delos funcionarios.

Se consideraran automáticamente incorporados a las pre-sentes Normas Reguladoras los acuerdos que puedan suscri-birse en el futuro, entre los sindicatos representativos y laFEMP (Federación Española de Municipios y Provincias) o laFAMP (Federación Andaluza de Municipios y Provincias) enaquellos aspectos que mejoren lo aquí acordado.

Las normas contenido en el presente Reglamento son deaplicación:

A todo el personal funcionario al servicio del Excmo.Ayuntamiento de Villanueva del Ariscal,

Los acuerdos, disposiciones, decretos y normas municipa-les, en tanto no contraríen lo establecido en el presente Regla-mento, serán de aplicación a todo el personal funcionario alservicio del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Ariscalen lo que le sea más favorable.

Artículo 4. Ámbito temporal.Este Reglamento entrará en vigor, una vez cumplidos los

trámites necesarios, siendo eficaz desde el mismo día de sufirma, sin perjuicio de la fecha de su publicación en el B.O.P.,hasta el 31 de diciembre de 2007.

Este Reglamento se considerará tácitamente prorrogado entoda su extensión, por períodos anuales sucesivos, salvo quehubiese denuncia expresa de cualquiera de las partes con unmes de antelación a la fecha de su vencimiento.

Una vez denunciado, y hasta tanto no se logre un acuerdoque lo sustituya, continuará en vigor el presente Reglamento.

En caso de que la jurisdicción funcionarial declarase lanulidad de alguna de las cláusulas pactadas, ambas partesdecidirán de mutuo acuerdo, la necesidad de renegociar dichascláusulas y aquellas que se vean afectadas, bajo el principio deque la nulidad de alguna de ellas no supone la nulidad de todoel Reglamento.

Si cualquiera de las partes que suscriben el presenteReglamento no formulase denuncia de éste antes de su finali-zación, este Reglamento se considerará automáticamente pro-rrogado por períodos anuales completos hasta la firma denuevo Reglamento, que entre en vigor.

Artículo 5. Comisión Paritaria de seguimiento, control ydesarrollo.

Los firmantes del presente Reglamento constituirán unaComisión de Seguimiento, Control y Desarrollo con las fun-ciones de interpretación, arbitraje y vigilancia de su cumpli-miento.

Estará compuesta por dos miembros: Un representante dela Corporación, y el Delegado del Personal funcionario.

En especial, la Comisión mediará con carácter previo a lainterposición de cualquier recurso derivado de la interpreta-ción o aplicación de lo dispuesto en el presente Reglamento.

La comisión se considerará formalmente constituida a los15 días de la entrada en vigor del Reglamento formalizándoseen su primera reunión su Reglamento de funcionamiento. Parala convocatoria de esta Comisión será suficiente que sea soli-citada por cualquiera de las partes firmantes, debiendo iracompañada de una propuesta de los asuntos a tratar. En elplazo de tres días a partir del siguiente a que se reciba la cita-ción, deberá fijarse la fecha de la misma.

Se acuerda que cualquier duda o divergencia de caráctergeneral que pudiera surgir sobre la interpretación o aplicacióndel Reglamento se a sometida, previamente a informe de estaComisión. En caso de no llegarse a acuerdo, cualquiera de laspartes podrá acudir a los mecanismos de resolución de conflic-tos existentes o a la vía judicial.

Ambas partes podrán requerir la asistencia de asesores, loscuales tendrán voz pero no voto.

Esta Comisión se reunirá obligatoriamente, a petición decualquiera de las partes, en el plazo máximo de 10 días, y lascuestiones planteadas se resolverán el plazo de quince días apartir de la fecha de petición de la reunión.

El orden del día lo fijará la parte convocante. Las cuestio-nes que se promuevan ante la Comisión Paritaria adoptarán laforma escrita y su contenido será el suficiente para que sepueda examinar y analizar el problema con el necesario cono-cimiento de causa.

Al escrito de propuesta se acompañarán cuantos documen-tos se entiendan necesarios para la mejor comprensión y reso-lución del problema.

De las reuniones se redactará acta que se someterá a apro-bación en el plazo de 48 horas.

Artículo 6. Ámbito funcional.El presente Reglamento se extiende en todo el ámbito de

la actividad que el Ayuntamiento realiza en todos sus centros ydependencias.

Artículo 7. Garantía Personal.Se respetarán las condiciones individuales que en su con-

junto sean para los funcionarios más beneficiosas que las fija-das por el presente Reglamento, manteniéndose a título perso-nal hasta que sean superadas por las condiciones que, con

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 29

carácter general, se establezcan en Reglamento posteriores, encuyo momento desaparecerán.

Artículo 8. Condiciones del acuerdo.Las condiciones pactadas en el presente Reglamento son

mínimas, por lo que la Corporación incorporará cuantas mejo-ras se estipulen legalmente.

CAPÍTULO II. NORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

Artículo 9. Organización del trabajo.La organización del trabajo será competencia del Excmo.

Ayuntamiento de Villanueva del Ariscal, a quien le corres-ponde iniciativa según legislación vigente. La racionalizaciónde los sistemas y métodos de trabajo tendrá entre otras, lassiguientes finalidades:

* Mejora de las prestaciones del servicio al ciudadano* Simplificación del trabajo, mejora de métodos.* Establecimiento de plantillas concretas del personal

funcionario * Valoración de los puestos de trabajo* Registro del personal funcionario* Evaluación del desempeñoNo obstante, cuando las consecuencias de las decisiones

del Ayuntamiento en uso de su potestad de organización, pue-dan tener repercusiones sobre las condiciones de trabajo delpersonal funcionario a su servicio, procederá a informar y ten-drá en cuenta las sugerencias de la comisión paritaria de esteReglamento.

Artículo 10. Relación de puestos de trabajo1. La Corporación realizará una relación de todos los pues-

tos de trabajo existentes en su organización, en los términosprevistos en la legislación básica en materia de FunciónPública.

2. La relación de puestos de trabajo es el instrumento téc-nico a través del cual se realiza la ordenación del personal, deacuerdo con las necesidades de los servicios y se determinanlos requisitos para el desempeño de cada puesto en los térmi-nos siguientes:

a) La relación comprenderá los puestos de trabajo quepuedan ser desempeñados por el personal funcionarioal servicio de la Corporación.

b) La relación de puestos de trabajo comprenderá entodo caso la denominación y características esencialesde cada puesto; los requisitos exigidos parta su des-empeño, el nivel de complemento de destino y, en sucaso, el complemento específico que corresponda alos mismos así como la categoría profesional y elrégimen jurídico aplicable cuando sean desempañadospor el personal funcionario.

c) El personal funcionario podrá desempeñar puestos detrabajo bajo las siguientes condiciones:

d) La creación, modificación, refundición y/o supresiónde puestos de trabajo se realizará a través de las rela-ciones de puestos de trabajo, que será negociada conla Comisión Paritaria de este Reglamento.

e) La convocatoria de nuevos puestos de trabajo de per-sonal funcionario , requerirán que los correspondien-tes puestos de trabajo figuren detallados en las respec-tivas relaciones de puestos de trabajo.

Artículo 11. Plan de racionalización de recursos humanos.El Plan de Racionalización contará con el acuerdo expreso

del Representante del personal funcionario y Secciones Sindi-cales legalmente constituidas, previa negociación con éstos.

La planificación integral de los recursos humanos y delempleo de la Corporación, se desarrollará en su caso, a travésde Planes de Empleo. La planificación de recursos humanos y

del empleo, estará vinculada a la planificación de tareas y acti-vidades del ámbito a que se refieran.

Los Planes de Empleo, como instrumento de planificaciónintegral, contendrán, al menos, las siguientes previsiones ymedidas:

— Dimensión y estructura de la plantilla de personal quese considere adecuada para el sector o área de que setrate.

— Medidas de carácter cuantitativo y, especialmente,cualitativo que se precisen para adaptar y ajustar laplantilla inicial a la prevista en el Plan.

— Políticas de personal y planes parciales de gestión uoperativos derivados de estas previsiones y medidas.

— Las previsiones y medidas de los Planes de Empleo sereflejarán en una memoria justificativa que contendrálas referencias temporales que procedan, en un perí-odo máximo de 12 meses.

— El Plan de Racionalización se remitirá al represen-tante del personal funcionario y secciones sindicalespara su negociación en la Comisión de Personal, conuna antelación mínima de 15 días.

El conjunto de vacantes existentes en la RPT conforma laOferta de Empleo.

Son vacantes los puestos de trabajo dotados presupuesta-riamente no ocupados por personal fijo de plantilla con carác-ter definitivo y que no sean objeto de reserva por cualquiera delos motivos previstos en la normativa vigente.

Las vacantes se cubrirán de acuerdo con el siguiente ordende prelación, entre el personal que reúna los requisitos señala-dos en la RPT para dichos puestos:

— Reingreso de personal excedente.— Provisión de puestos mediante concurso de méritos o

libre designación, en su caso, entre el personal perte-neciente al mismo grupo de titulación.

— Promoción interna entre el personal perteneciente agrupos de titulación inferior.

— Oferta Pública de Empleo.De efectuarse la amortización de algún puesto de trabajo

no vacante se proveerá al personal afectado otro puesto de tra-bajo, al menos, del mismo empleo o equivalente y nivel, en lostérminos previstos para la redistribución de efectivos y, entodo caso, sin menoscabo de sus retribuciones básicas y com-plementarias, previa negociación en el seno de la ComisiónParitaria.

Durante el proceso de reasignación a un nuevo puesto detrabajo, se percibirán las retribuciones del puesto desempe-ñado, garantizando, en todo caso, las retribuciones de origen.

Artículo 12. Oferta de empleo publico.La selección de todo el personal funcionario debe reali-

zarse de acuerdo con la oferta de empleo publico y a través delsistema de concurso-oposición, concurso, u oposición libre enlos que se garanticen en todo caso los principios constituciona-les de igualdad, méritos y capacidad, así como el de publici-dad.

En toda oferta funcionarial el Concejal-Delegado de Per-sonal facilitará la información necesaria a la representación delos trabajadores.

Contratación del personal. En cada convocatoria o pruebaque se efectúe al objeto de la contratación de personal deberánestar presentes los representantes de los trabajadores o personaen quien delegue.

Artículo 13. Promoción interna.Las vacantes de cualquier categoría profesional y las pla-

zas de nueva creación que se produzcan, si continuaran en esasituación tras los procedimientos de traslado, incorporación deexcedentes y capacidad diminuida se ofertarán al personal fun-cionario fijo del Ayuntamiento.

30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

Artículo 14. Formación profesional.La Corporación se compromete a realizar cursos de forma-

ción, reciclaje y perfeccionamiento, tanto teórico como prác-tico, a todo el personal afectado por este Reglamento.

En el caso de que existan cursos de perfeccionamientoprofesional organizados por otras Administraciones Públicaso centros oficiales u organizaciones sindicales, el funcionario,previa autorización, podrá acudir a los mismos con derecho ala reducción indispensable de la jornada laboral sin mermaalguna de sus haberes. La denegación de dicha autorizaciónserá razonada y por escrito comunicándosele al funcionario y ala representación sindical que podrá negociar la asistencia enla Comisión Paritaria..

Igualmente la Corporación, de acuerdo con la representa-ción de los trabajadores, proveerá las ayudas necesarias, con-sistentes en dietas de viaje, matrícula gratuita, etc... siempreque redunden en beneficio del servicio público.

Artículo 15. Selección de personal.Los procedimientos de selección para la provisión de

puestos, promoción profesional, cursos de formación o acceso,se realizarán mediante convocatoria pública y bajo los princi-pios de igualdad, mérito y capacidad. En las pruebas a realizar,se garantizará el anonimato de los aspirantes.

Salvo que mediante norma específica se disponga expresa-mente un criterio diferente, se garantizará la presencia de unmiembro designado por cada una de las secciones sindicalesfirmantes, con voz y con voto, en todos los tribunales y comi-siones de valoración encargados de resolver las convocatoriasde selección tanto para el acceso de personal fijo, como para laprovisión de puestos de trabajo, promoción interna y participa-ción en cursos de formación organizados en el Ayuntamiento.

En la asistencia a estos tribunales o comisiones de valora-ción serán de aplicación las indemnizaciones por razón de ser-vicio previstas en el R.D. 236/88.

Artículo 16. Provisión de puestos de trabajo.Los puestos de trabajo se proveerán de acuerdo con los

procedimientos de concurso de méritos, que es el sistema nor-mal de provisión, o de concurso de libre designación, de con-formidad con lo que dispongan las RPT.

Cuando las necesidades del servicio lo exijan, los puestosde trabajo podrán cubrirse mediante redistribución de efecti-vos.

Temporalmente podrán ser cubiertos mediante comisiónde servicios y adscripción provisional, en los supuestos previs-tos en el presente Reglamento.

Las convocatorias por concurso se ajustarán a lossiguientes criterios:

— Concurso de Méritos: En el que se tendrán única-mente en cuenta los requisitos y méritos especializa-dos en la RPT y los adecuados a las características decada puesto de trabajo, así como la posesión de undeterminado grado o categoría profesional, la valora-ción del puesto de trabajo desarrollado, los cursos deformación y perfeccionamiento superados y la anti-güedad.

La provisión de los puestos de trabajo que impliquenmando o aquellos otros que por su contenido o condicionesespecíficas se distingan de los restantes puestos de trabajo, serealizará mediante concurso específico, que constará de dosfases, en una primera se valorarán los méritos y en la segundase podrá optar entre una memoria o una entrevista personal,según lo regulado en el Art. 45 del R.D.. 363/1995, de 10 demarzo.

El personal de la Corporación deberá permanecer unmínimo de dos años en cada puesto de trabajo para poder par-ticipar en los concursos de provisión regulados en el presenteapartado.

El personal que acceda a un puesto de trabajo de acuerdocon el procedimiento de concursos de méritos, podrá ser remo-

vido del mismo conforme a lo establecido el Art. 50 del men-cionado R.D.. 364/1995.

— Libre designación. Se podrán cubrir por este sistemasolamente los puestos de confianza que la Alcaldía oGrupos Políticos precisen para sus funciones. El per-sonal nombrado por este procedimiento podrá sercesado con carácter discrecional.

Se convocarán a concurso de traslado los puestos vacanteso cubiertos de forma provisional, en cuanto se produzca y sinexceder de un ejercicio presupuestario.

Artículo 17. Movilidad funcional.Por necesidades del servicio, la corporación podrá acordar

la movilidad funcional para la realización de funciones de dis-tinta categoría, con las únicas limitaciones inherentes a lastitulaciones académicas o a los conocimientos profesionalesque se puedan requerir para el desempeño de las funcionescorrespondientes.

En el caso de encomienda de funciones de categoría infe-rior, la movilidad deberá estar justificada por necesidadesperentorias o imprevisibles del servicio, no pudiendo ser suduración en su totalidad superior a un mes en un año, mante-niéndose las retribuciones de la categoría de origen.

En el supuesto de atribución de funciones de categoríasuperior será, en todo caso, inferior a seis meses de duraciónen un año y ocho meses durante dos, computados de fecha afecha, y se realizará atendiendo a criterios objetivos, pasandolas retribuciones a ser las establecidas de la categoría superior.

Si superados los plazos de duración y permaneciese lanecesidad de su ocupación, deberá ser cubierta la plaza tal ycomo se establece en el presente Convenio Colectivo.

En ningún caso podrá modificarse el grupo profesional através de la movilidad funcional, ni ser valorado como méritopara el ascenso el tiempo de servicio prestado en funciones decategoría superior.

En todo caso la Corporación Municipal deberá comunicarpreviamente estas situaciones a los representantes de los traba-jadores.

Artículo 18. Capacidad disminuida, segunda actividad.Todos los funcionarios pasarán a segunda actividad al

cumplir una de las siguientes condiciones:Por edad, voluntariamente a los 55 años.La Policía Local se regirá por la Ley 13/2.001, de Coordi-

nación de Policías Locales de Andalucía. Por enfermedad e incapacidad al ser declarados por el tri-

bunal medico no apto temporal o definitivamente para el servi-cio activo del puesto que venían desempeñando.

Los funcionarios declarados con capacidad disminuida porla seguridad social, o tribunal medica correspondiente tienenderecho a ocupar otro puesto de trabajo de categoría similar oinferior, adecuado a sus limitaciones, siempre que existanvacantes o a la readaptación de su puesto de trabajo, mante-niéndose, no obstante, las retribuciones consolidadas aunqueel puesto obtenido fuere de categoría inferior.

En caso de que el funcionario antes mencionado percibauna prestación económica por su incapacidad, el Excmo.Ayuntamiento se compromete a completarle el total de susretribuciones.

CAPITULO III. TIEMPO DE TRABAJOArtículo 19. Jornada laboral.Según Calendario Laboral.Artículo 20. Reducción de jornadas por fiestas tradicionales. Según Calendario Laboral.Artículo 21. Vacaciones.Según Calendario Laboral.

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Artículo 22. Jornada reducida.1. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado

directo algún menor de ocho años o un disminuido físico opsíquico que no desempeñe actividad retribuida, tendrá dere-cho aun disminución de la jornada laboral en un tercio o unmedio con la reducción proporcional de sus retribuciones.

2. Los funcionarios a quienes falte menos de cinco añospara cumplir la edad de jubilación forzosa podrán obtener, a susolicitud, la reducción de su jornada de trabajo hasta unmedio, con la reducción proporcional de sus retribuciones.

CAPITULO IV. RETRIBUCIONES Y CONDICIONES ECONÓMICAS.Artículo 23. Normas Generales y Comunes.Los funcionarios serán remunerados por el Ayuntamiento

según los conceptos y en las cuantías que se determinen eneste convenio.

La ordenación del pago de gastos de personal tiene carác-ter preferente sobre cualquier otro que deba realizarse concargo a los correspondientes fondos de la Corporación la cualregulara mediante las resoluciones oportunas, el procedi-miento sustitutorio para el percibo por los interesados de lascantidades que hayan dejado de satisfacérseles.

La liquidación o pago del salario se efectuará puntual ydocumentalmente el penúltimo día hábil de cada mes, siempreque la tesorería lo permita.

Artículo 24. Conceptos retributivos.Las retribuciones de los funcionarios son básicas y com-

plementarias.Son retribuciones básicas: el sueldo, los trienios, las pagas

extraordinarias y la parte que corresponda de complementos.Son retribuciones complementarias: el complemento de

destino, el complemento específico, el complemento de pro-ductividad.

Artículo 25. Salario base.Es el que se determina para cada uno de los cinco grupos

de clasificación en que se organizan los empleados públicos.Su cuantía, será la que se establezcan en cada momento por laLey de Presupuestos Generales del Estado aplicable a los fun-cionarios de la Administración del Estado.

Las retribuciones aprobadas en el presente Reglamento seespecifican en el anexo I.

Artículo 26. Trienios o Antigüedad.Los trienios consisten en una cantidad igual para cada

grupo por cada tres años de servicios reconocidos en la Admi-nistración Pública o sector público.

Para el perfeccionamiento de trienios se computará eltiempo correspondiente a la totalidad de los servicios efecti-vos, indistintamente prestados en cualquier administraciónpúblico o sector público e independiente del carácter contrac-tual del mismo.

Cuando el funcionario cambie de puesto de trabajo perci-birá los trienios en la cuantía asignada a su nuevo grupo declasificación.

El valor de trienios de cada uno de los grupos será el queestablezca la ley de Presupuestos generales del estado aplica-ble a los funcionarios de la Administración del Estado.

Los trienios se devengarán mensualmente, a partir del díaprimero del mes en que se cumplan tres o múltiplo de tresaños de servicio efectivo.

El valor de los trienios aprobados en el presente Regla-mento se especifican en el anexo II.

Artículo 27. Pagas extraordinarias.Serán de dos al año por el importe, cada una de ellas, de

una mensualidad del salario base más antigüedad y la parteque corresponda de complementos según Ley. A esto sesumará el 50 % del complemento específico en las pagas

correspondientes a los meses de junio y diciembre del año2.006 y el 100 % del complemento específico en junio ydiciembre del año 2.007.

Artículo 28. Complemento de destino.La cuantía del complemento de destino, que corresponde a

cada nivel de puesto de trabajo, será la prevista en la ley dePresupuestos generales del estado aplicable a los funcionariosde la Administración del Estado.

El valor del complemento de destino aprobado en el pre-sente Reglamento se especifica en el anexo III.

Para los funcionarios del Grupo C se establece en el nivel“19” desde junio de 2.006 y en el nivel “20” desde enero de2.007.

Artículo 29. Complemento específico.El complemento específico retribuirá las condiciones par-

ticulares de algunos puestos de trabajo en atención a su espe-cial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompati-bilidad, peligrosidad o penosidad, toxicidad.

En ningún caso podrá asignarse más de un complementoespecífico a cada puesto de trabajo.

El valor de los complementos específicos aprobados en elpresente Convenio se especifica en el anexo IV.

Artículo 30. Complemento de productividad.El complemento de productividad retribuirá el especial

rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativacon que el funcionario desempeñe su trabajo. La aplicación deeste complemento se determinará junto con la valoración depuestos de trabajo, o en su caso, por la aprobación de los pro-gramas correspondientes.

La apreciación de la productividad deberá realizarse enfunción de circunstancias objetivas relacionadas directamentecon el desempeño del puesto de trabajo y objetivos asignadosal mismo.

En ningún caso las cuantías asignadas en el complementode productividad durante un periodo de tiempo originarán nin-gún tipo de derecho individual con respecto a las valoracioneso apreciaciones correspondientes a periodos sucesivos.

Las cantidades que perciban cada trabajador por este con-cepto serán de conocimiento público, tanto de los demás fun-cionarios de la Corporación como de la representación legal delos trabajadores.

Artículo 31. Horas extraordinarias.1. Según Calendario Laboral.2. Solamente podrán realizarse servicios fuera de la jor-

nada habitual cuando hayan sido autorizados, previamente a surealización y por escrito, por el Alcalde-Presidente, a instan-cias de la jefatura de servicio afectad, ano ser que haya sidonecesario efectuarlas para prevenir o reparar siniestros u otrosdaños extraordinarios, imprevisibles y urgentes, en cuyo casose justificarán una vez realizados y en un plazo no superior a 5días laborales.

3. Mensualmente, el jefe de los servicios de personalinformarán por escrito al delegado de Personal funcionario ya la Comisión Paritaria las horas extraordinarias que se deven-guen, la causa que las ha motivado, los funcionarios que lashan efectuado y servicios a los que están adscritos.

Artículo 32. Dietas y desplazamientos.Todos los funcionarios que, por necesidades del servicio o

por orden de la Corporación, en el ejercicio de sus funciones,deban efectuar desplazamientos a poblaciones distintas de lasque radique el centro de trabajo, devengarán las indemnizacio-nes establecidas para los funcionarios públicos de la Adminis-tración del Estado.

Las indemnizaciones referidas se abonarán máximo al messiguiente de justificado el gasto.

En el supuesto de accidente con vehículo particular, en larealización de los servicios descritos, los gastos de reparación

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e indemnizaciones que, en su caso, no estén cubiertos por elseguro obligatorio y daños a terceros, siempre que haya sidoorden expresa de la Corporación, serán abonados por ésta.

Artículo 33. Cláusula de garantía salarial.La Comisión Paritaria queda facultada, para, en la medida

que la legislación lo permita, revisar las subidas salárialesdurante la vigencia de este Reglamento y garantizar en todocaso la recuperación de pérdida de poder adquisitivo.

CAPITULO V.PERMISOS, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS.

Artículo 34. Permisos retribuidos.1. Por matrimonio o unión asimilable de hecho debida-

mente acreditado, ( 15 días hábiles ). 2. El personal funcionario con hijo menor de un año ten-

drá derecho a una ausencia diaria de 1 hora, dicho permisosólo puede ser disfrutado por uno de los cónyuges o pareja dehecho.

3. Por interrupción del embarazo, 2 días si es en lamisma localidad y 4 si es en distinta.

4. Por matrimonio de hijos, hermanos, padres políticos ynietos, 1 día y 2 si es fuera de la provincia.

5. Por cambio de domicilio, 2 días.6. Para consulta médica del propio funcionario el tiempo

necesario para ello. 7. Por consulta medica para acompañamiento de menor

de 12 años, el tiempo necesario para ello.8. Para someterse a exámenes oficiales finales o libera-

torios de materia, en periodos, el día del examen y 3 si es fuerade la provincia.

9. Por fallecimiento de padres 3 días, hijos 10 días, cón-yuge , pareja de hecho y hermanos 3 días naturales, , suegros ,abuelos y tíos 1 día, por nieto 2 días, y un día más si el óbitoes fuera de la provincia.

10. Por enfermedad grave o intervención quirúrgica eingreso hospitalario de los familiares con quien conviva yfamiliares hasta el segundo grado, hasta un máximo de 10días. Estudiándose cada caso en concreto por la representaciónlegal de los funcionarios, junto con la dirección del servicio,previa solicitud por escrito salvo en casos de urgencias, quedispondrá de 3 días en primer instancia, teniendo que pedircon posterioridad el tiempo que estime necesario y aportardocumentalmente datos al respecto.

11. Para asistencia a congresos, reuniones y cursos sindi-cales para los delegados sindicales, delegados de personal ysección sindical.

12. En caso de nacimiento de nieto 1 días.13. Asuntos propios: Según Calendario Laboral.14. En caso de parto o acogimiento o adopción legal de

un menor de 12 meses, tendrán derecho, de conformidad conla legislación vigente y en los términos previstos por ésta, a unpermiso de 16 semanas en caso de parto simple o 18 semanasen caso de parto múltiple, que se podrán distribuir en dosperiodos anterior y posterior al parto, o bien se podrán disfru-tar íntegramente después del parto.

Artículo 35. Excedencias.1. La excedencia podrá ser voluntaria o forzosa. La for-

zosa, que dará derecho a la conservación del puesto y al cóm-puto de la antigüedad durante su vigencia, se concederá por ladesignación o elección para un cargo público que imposibilitela asistencia al trabajo. El reingreso deberá ser solicitado den-tro del mes siguiente al cese en el cargo público.

2. El funcionario con al menos una antigüedad de un añoprestando su servicio en el Ayuntamiento tiene derecho a quese le reconozca la posibilidad de excedencia voluntaria por unplazo menor a un año y no mayor a cinco ( de uno a cinco año). Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo

funcionario si han transcurrido tres años desde el final de laanterior excedencia.

3. Los funcionarios tendrán derecho a un período deexcedencia no superior a tres años para atender al cuidado decada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adop-ción, a contar desde la fecha de nacimiento de este o de laresolución administrativa oportuna de aquel.

Los sucesivos hijos tendrán derecho aun periodo de exce-dencia que, en su caso, pondrán fin al que se viniera disfru-tando. Cuando el padre y la madre trabajasen, sólo uno deellos podrá ejercitar este derecho.

El periodo en que el trabajador permanezca en situaciónde excedencia conforme a lo establecido en este artículo serácomputable a efectos de antigüedad y el trabajador tendráderecho a la asistencia a cursos de formación profesional, acuya participación deberá ser convocado por el Ayuntamiento,especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante elprimer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo.Transcurrido dicho plazo la reserva referida a un puesto delmismo grupo profesional o categoría equivalente con idénticaretribución a la que le hubiera correspondido a la fecha dereincorporación.

4. Así mismo, podrán solicitar su pase a la situación deexcedencia forzosa en la administración a los funcionarios queejerzan funciones sindicales de ámbito provincial o superiormientras dure el ejercicio de su cargo representativo.

5. Excedencia voluntaria por servicios en el sectorpúblico, procederá declarar, de oficio o a instancia de parte, aquien se encuentre en servicio activo en otro Cuerpo o Escalade cualquier administración Pública, y a los que pasen a des-empeñar puestos en Organismos, o Entidades del sectorpúblico salvo que hubieren obtenido la oportuna compatibili-dad y no les corresponda quedar en las situaciones de serviciosactivo o servicios especiales.

El funcionario seguirá en esta situación en tanto que semantenga la relación de servicio que dio origen a la misma.Una vez producido el cese en ella deberá solicitar el reintegroal servicio activo en el plazo máximo de un mes, declarándo-sele en caso de no hacer en la situación de excedencia volunta-ria por interés particular.

6. Excedencia voluntaria por agrupación familiar, podráconcederse esta con una duración mínima de dos años ymáxima de cinco años, al personal funcionario cuyo cónyugeo pareja de hecho resida en otro municipio por haber obtenidoy estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter defini-tivo o por contrato laboral de carácter indefinido. Antes definalizar el periodo de cinco años de duración de esta situacióndeberá solicitarse el reingreso al servicio activo, declarándo-sele, de no hacerlo, de oficio la situación de excedencia volun-taria por interés particular.

7. Excedencia por cuidados geriátricos, se podrá conce-der a los funcionarios fijos con una antigüedad de tres añosque acrediten la necesidad de atender al cuidado de un ascen-diente en primer o segundo grado de consanguinidad o afini-dad y mayor de 65 años, que, por limitación física o psíquica,requiera una atención geriátrica continuada e intensiva, tendráderecho, por una única vez durante su relación con el Ayunta-miento a un periodo de excedencia que no podrá superar enningún caso los tres años. Podrá concederse, a petición delinteresado, por periodos anuales completos y alternativos.Siempre que los mimos no superen el plazo máximo estable-cido. Deberá presentarse la solicitud con tres meses de antela-ción al menos, Los funcionarios en esta situación no devenganretribuciones, no podrán participar en concurso de promocióndurante este periodo, ni computarán a efecto de trienios. Ten-drán derecho de reserva de su puesto de trabajo y podrán soli-citar el reingreso con un mes de antelación a la finalización delplazo de excedencia o por cesación de las necesidades.

En todo lo relativo a excedencias y situaciones administra-tivas del personal funcionario no previsto en este convenio se

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estará supletoriamente a lo dispuesto en el R.D. 365/95, de 10de marzo.

Articulo 36. Licencias no retribuidas.Los trabajadores con una antigüedad mínima de dos años

tendrán derecho a disponer de una licencia no retribuida detres meses manteniendo todas las condiciones del puesto detrabajo, siempre cuando se pueda garantizar el mantenimientodel servicio.

Esta licencia no se podrá volver a solicitar hasta que hayantranscurrido tres años desde la anterior.

Artículo 37. Formación y perfeccionamiento profesional.Para facilitar la formación y el perfeccionamiento profe-

sional, el funcionario en el ámbito de aplicación del presenteReglamento tendrá derecho a que se le facilite la realizaciónde los estudios oficiales para la obtención de títulos académi-cos o profesionales, a la realización de cursos de perfecciona-miento profesional y al acceso a cursos de reconversión ycapacitación profesional organizados por la administraciónpública.

El funcionario tendrá derecho a participar en los cursosorganizados por la Corporación, o por cualquiera de las insti-tuciones dependientes de Gobiernos Autónomos o del Ministe-rio para las Administraciones Públicas, o bien concertados conaquéllas.

La asistencia a estos cursos se considerará como de trabajoefectivo.

La Corporación dará publicidad a las convocatorias y tra-mitará las solicitudes de su personal.

Para acudir a los cursos de formación profesional u ocupa-cional, congresos, cursillos, mesas redondas y, en definitiva, acualquier acto que tenga incidencia en el trabajo que vengadesempeñando o esté relacionado con su actividad profesionalo sindical, el funcionario podrá disponer hasta 15 días de per-miso retribuidos. Al año

CAPITULO VI. DERECHOS SOCIALESArtículo 38. Asistencia jurídica.La Corporación garantizará la asistencia y defensa jurídica

especializada al personal funcionario que la precisen por razónde conflictos derivados de la prestación del servicio. Las cos-tas y gastos que se deriven, incluidas fianzas, serán sufragadospor el Ayuntamiento.

Cuando un funcionario deba asistir a juicio u otros reque-rimientos judiciales por motivos relacionados con el servicio yfuera de su jornada laboral, percibirá la indemnización por ser-vicios extraordinarios, según lo dispuesto en el CalendarioLaboral

En caso de asistencia a dicho requerimiento en horas deservicio, no tendrá derecho a ninguna contraprestación eco-nómica.

Artículo 39. Conductores.En el supuesto de que cualquier trabajador que tenga como

función específica de su categoría la conducción de cuales-quiera tipos de vehículo, en los casos de sanción gubernativa ojudicial, que implique retirada del permiso de conducir, serequerirá al órgano de representación de los trabajadores, asícomo en el caso de ser afiliado de un sindicato, a la secciónsindical correspondiente para que informe antes de la resolu-ción del asunto, y podrá ocupar un puesto de trabajo adecuadoa sus conocimientos, en cualquier centro o dependencia de lacorporación, mientras tanto dure la retención del permiso deconducir. En estos caos percibirán las mismas retribucioneseconómicas establecida para su categoría habitual.

Asimismo lo trabajadores que realicen funciones de con-ductor o que tengan que utilizar vehículo para desarrollar sutrabajo, tendrán derecho al 50% del abono de los gastos queorigine la renovación obligatoria de la licencia o permiso quese exija por ésta empresa para el desempeño de las menciona-das funciones.

Artículo 40. Opción en caso de despido improcedente.En caso de despido declarado improcedente por la juris-

dicción laboral será el trabajador el facultado para ejercitar laopción de indemnización o reingreso, previa comunicación.Siendo dicha opción expresada por el trabajador de obligadocumplimiento por parte del Ayuntamiento.

Artículo 41. Uniformes.Todo el personal que lo necesite por razón de su actividad,

deberá ser dotado anualmente por el Ayuntamiento de ropa detrabajo adecuada, tales como impermeables de abrigo oincombustibles, etc., según la índole del trabajo, a razón de 2uniformes de invierno y 2 de verano.

El estudio y selección del tipo y número de uniformesserán los necesarios para los distintos puestos de trabajo,siendo tarea del delegado de Personal conjuntamente con laadministración, previa audiencia de los funcionarios afectados.

Artículo 42. Préstamos reintegrables.El Ayuntamiento habilitará una partida, en el Presupuesto

Municipal para el año 2006, y sucesivos de 12.000 euros desti-nados a proporcionar préstamos sin interés a los trabajadoresque lo soliciten. El importe será como máximo de 1.800 euros.Las solicitudes habrán de presentarse por registro general y seespecificará la cantidad, la causa y el plazo de devolución que,en ningún caso, podrá superara las 24 mensualidades.

La Comisión Paritaria emitirá informe sobre los préstamosque se tengan que conceder en cada mes. Para lo cual se facili-tará copia de las solicitudes.

Asimismo, trimestralmente se facilitará a los representan-tes de los funcionarios el estado de cuentas en que se encuen-tre el Fondo para anticipos, con expresión de las devolucionesefectuadas durante dicho período aunque sean parciales. Lasamortizaciones se podrán nuevamente a disposición de losfuncionarios permanentemente.

Artículo 43. Fondo de Acción socialEl Ayuntamiento establecerá en el Presupuesto Municipal

un fondo social dotado de un 1% de la masa salarial destina-dos a proporcionar ayuda de carácter social a los funcionarios,que lleven más de un año de servicio en este ayuntamiento, ysus beneficiarios. La asignación de las cantidades a entregaren cada caso, lo decidirá la Comisión Paritaria sobre la base delas solicitudes que se produzcan debidamente justificadas con-forme al anexo V del presente Convenio.

Artículo 44. Plan de Pensiones.El Ayuntamiento llevara a cabo durante el año 2003 los

análisis y estudios técnicos necesarios para la confección yaplicación de un plan de pensiones durante la vigencia delReglamento.

CAPÍTULO VII. JUBILACIÓN Y MEJORAS DEL LABORAL

Artículo 45. Jubilación. La jubilación forzosa del personal funcionario se produ-

cirá al cumplir 65 años de edad. Salvo que la Ley establezcaotra cosa .En la liquidación la Corporación abonará, ademásde los haberes que corresponda, una mensualidad completa desalario.

El personal funcionario podrá optar por jubilarse volunta-riamente en los supuestos legales establecidos.

Los funcionarios /as con 60 años o más y, al menos, 15años de servicios, podrán solicitar voluntariamente adelantarsu fecha de jubilación y percibir un premio consistente en unacantidad equivalente a las siguientes:

a) Faltando 5 años o más para la jubilación: 30.000 euros.b) Faltando 4 años para la jubilación: 24.000 euros.c) Faltando 3 años para la jubilación: 18.000 euros.d) Faltando 2 años para la jubilación: 12.000 euros.e) Faltando 1 año para la jubilación: 6.000 euros.Estos se abonarán en un plazo máximo de doce meses.

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Se establece un premio de antigüedad por cada 15 años deservicio. Todo funcionario que en el año 2003 y consecutivoscumplan 15 años de servicios percibirá con cargo al Presu-puesto Municipal la cantidad de 462,78 euros, como premio alos servicios prestados.

Al personal cuya pensión de jubilación sea inferior al sala-rio mínimo interprofesional, y no tenga reconocidos otrosingresos, la Corporación abonará, de una sola vez, una canti-dad a un tanto alzado correspondiente a una mensualidad com-pleta de haberes.

Este complemento de pensión se aplicará también en lossupuestos de viudedad u orfandad, cuando el causante estu-viera en activo.

La Corporación realizará las previsiones de jubilación conun año de antelación informando de ello a los representantesde los trabajadores, con el objeto de planificar la cobertura delas futuras vacantes.

A partir del momento en que el funcionario cause baja porjubilación y a petición del mismo, la Corporación le abonará,en concepto de anticipos reintegrables, mensualidades equiva-lentes a los haberes pasivos que tuviera reconocidos y ellohasta que comience a percibir su pensión.

Artículo 46. Cobertura de riesgos.El Ayuntamiento llevara a cabo durante el año 2003 los

análisis y estudios técnicos necesarios para la confección yaplicación de una póliza colectiva con la entidad aseguradoradentro de los meses siguientes a la firma del presente Regla-mento, entregándose copia de la misma a cada funcionario.

PROPUESTA:a) Muerte 90.000 eurosb) Por incapacidad permanente total para su trabajo habi-

tual derivada o no de accidente laboral 60.000 euros. De estascantidades se recopilarán más datos para los intereses deambas partes.

La garantía de esta póliza se extenderá a la vida privada yprofesional, esto es, las 24 horas del día. Esta póliza será sus-crita con aquella compañía que a elección de la Corporacióncrea más conveniente y siempre que por ella se acepten elmayor número de riegos. Igualmente, la Corporación suscri-birá un seguro de responsabilidad civil para todos los funcio-narios.

Artículo 47. Incapacidad temporal.En los supuestos en que un funcionario se encuentre en

situación de baja laboral, cualquiera que sea su origen, perci-birá el cien por cien de su salario y hasta su reincorporación altrabajo o la adquisición de la condición de pensionista.

A efectos de combatir el absentismo, el Ayuntamientopodrá solicitar, a la Mutua, en coordinación con la Delegaciónde Personal, informe de los especialistas del cuadro médicoque estime oportuno.

Artículo 48. Anticipos reintegrables.El Ayuntamiento incluirá en el presupuesto del año 2003,

una cantidad que no exceda de dos mensualidades para antici-pos reintegrables a su personal funcionario, a la cual se desti-naran las cantidades que se vayan reintegrando de los mismos.

A petición de los funcionarios, la Corporación anticiparásus retribuciones en una cuantía de hasta dos mensualidadespor motivos de especial necesidad, debiendo ser reintegradasdichas cantidades por el trabajador en 24 meses, en el primercaso, y en 48 en el segundo, en cantidades mensuales iguales,sin intereses ni gastos de algún tipo.

CAPITULO VIII. SALUD LABORAL.Artículo 49. Salud laboral.La Comisión de Personal tendrá también entre sus funcio-

nes el objeto de garantizar los derechos del funcionario en suspuestos de trabajo en cuanto a seguridad e higiene, con arreglo

a la nueva Ley de Prevención y riesgos en materia de Saludlaboral.

Revisión Médica.- Se efectuará anualmente un reconoci-miento médico voluntario, en horas de trabajo, a todo el per-sonal funcionario. El expediente médico será confidencial y desu resultado se dará constancia documental al interesado/a. Ala empresa se comunicará exclusivamente las condiciones deaptitud para el desempeño del puesto de trabajo habitual.

El funcionario que actúe con pantalla de ordenador deberápasar una revisión oftalmológica cada seis meses.

Además de la revisión habitual, a los mayores de 55 añosde edad se le hará, con carácter voluntario, un examen cardio-vascular.

Para el personal de nuevo ingreso se efectuará el reconoci-miento con carácter previo a su alta laboral y en él se haráconstar exclusivamente su idoneidad para el puesto de trabajoque tenga que ocupar.

La Corporación deberá: a) Determinar y evaluar los factores de riesgo que pue-

dan afectar a la seguridad y salud personal tanto en instalacio-nes, herramientas de trabajo, manipulación de productos oprocedimientos.

b) Elaborar en el plazo de un año tras la firma del pre-sente Reglamento, un plan de prevención, salud y seguridadque contemple, entre otros aspectos, actuaciones e inversionesen mejoras de las condiciones de trabajo y neutralización delos factores de riesgos.

c) Informar trimestralmente sobre absentismo laboral ysus causas, los accidentes en acto de servicio y enfermedad ysus consecuencias, así como los índices de siniestralidad, encoordinación con la Delegación de Personal, con el objetivode elaborar un estudio completo del apartado anterior.

CAPÍTULO IX. RÉGIMEN DISCIPLINARIO.Artículo 50. Régimen disciplinario.El régimen disciplinario para los funcionarios será el esta-

blecido por la Ley vigente .Artículo 51.- Respeto en el trabajo.El funcionario /a al servicio de este Ayuntamiento, tienen

derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debidaa su dignidad, comprendida entre estas la protección frente aofensas verbales o físicas de cualquier índole.

Las ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual, la pre-sión y/o acoso psicológico y el acoso sexual en el trabajo, porparte de compañeros/as y superiores, tendrán la consideraciónde falta grave o muy grave en atención a los hechos y circuns-tancias que concurran.

CAPÍTULO X. DERECHOS SINDICALES.Artículo 52. Información sindical.Se garantiza el acceso de la representación sindical a

todos los expedientes relacionados con los asuntos de perso-nal. Así mismo, se le facilitará copia de los presupuestosanuales de la Corporación, normativa de desarrollo y modifi-caciones de crédito correspondientes al Capítulo 1, actas yordenes del día del pleno y comisión de gobierno, ejemplarde la nomina mensual del personal funcionario y copia de losacuerdos plenarios o resoluciones adoptados en materia depersonal funcionario.

Artículo 53. Tablón de anuncios.La Corporación facilitará a los representantes de los tra-

bajadores un tablón de anuncios en lugar idóneo, para expo-ner propaganda y comunicados de tipo sindical. A tal efecto,en cada centro de trabajo existirá uno de los mencionadostablones.

Artículo 54. Delegación de personal.Se le considerará como órgano representativo y colegiado

del conjunto del personal funcionario y en su caso, del perso-

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nal funcionario eventual, sin perjuicio de la representación quecorresponde a las secciones sindicales respecto a sus propiosafiliados. La Delegación de Personal estará compuesta por elDelegado/a de Personal funcionario y un miembro en repre-sentación de las secciones sindicales.

La Delegación de Personal dispondrá de las demás faculta-des, garantías y derechos que designa la L.O.R. 9/87 de 12 demayo, a los Delegados de Personal, vigente en materia derepresentación.

Los Delegados /as de Personal, gozará de un crédito de 15horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidascomo trabajo efectivo.

El Ayuntamiento habilitará a la Delegación de Personal eluso de cualquiera de las dependencias municipales adecuadaspara el ejercicio de sus funciones, asimismo autorizará a cual-quiera de sus miembros al uso de las fotocopiadoras y demásmaterial mobiliario existente para la actividad ordinaria de losmismos.

Artículo 55. Secciones sindicales.La Secciones Sindicales entendidas como el conjunto de

afiliados a un sindicato, con presencia en la delegación de per-sonal, dispondrá de 18 horas anuales para celebrar reunionesde sus afiliados, al comienzo de la jornada de trabajo o antesde su finalización, avisando con dos días laborales de antela-ción y sujetándose al procedimiento establecido en la mismaLey del apartado anterior.

A propuesta de las Secciones Sindicales, con antelación decinco días como mínimo, y para asistencias a cursos de forma-ción sindical, el Ayuntamiento concederá a los afiliados aque-llos permisos retribuidos por un máximo de siete días al año.

La Sección Sindical más representativa reconocida por elAyuntamiento designará un delegado sindical que actuarácomo representante de la misma ante la Corporación. EsteDelegado gozará para ello de 15 horas mensuales retribuidas ylas demás garantías y derechos reconocidos en la Ley Orgá-nica 11/85 de 2 de agosto, de Libertad Sindical, modificadapor la Ley Orgánica 14/94, de 19 de mayo.

Artículo 56. Derecho de reunión. La Delegación de Personal y Secciones Sindicales,

podrán convocar asambleas de carácter general para todo elpersonal funcionario y se responsabilizará del normal desarro-llo de la misma.

A estos efectos, bastará ponerlo en conocimiento de laCorporación, cumpliendo los siguientes requisitos:

— Comunicarlo con la antelación de dos días laborables.— Señalar día, hora y lugar de celebración. — Acreditar la legitimación de los convocantes. — Remitir el orden del día.Este mismo derecho de convocatoria de asamblea general,

le corresponderá a cualquier número de trabajadores funciona-rios siempre que el mismo sea igual o superior al 40 % de laplantilla.

Si el Alcalde no contesta antes de 24 horas de la celebra-ción de la reunión, ésta se podrá celebrara sin otro requisito.

El crédito de horas para asambleas será el siguiente:— Si la convoca la Delegación de Personal, 30 horas

anuales.— Si la convoca alguna Sección Sindical, 20 horas anua-

les para cada Sección.Artículo 57. Mediación, arbitraje y conciliación.Cualquier conflicto colectivo que se suscite en el ámbito

de este Reglamento, requerirá para su consideración de licitud,el previo conocimiento de la Comisión Paritaria, a quien sereconoce como instancia previa, en cuyo seno habrá de inten-tarse la solución de dicho conflicto.

DISPOSICIONES ADICIONALESPRIMERA.Análogamente, se entenderá por disminuido físico, psí-

quico o sensorial, a toda persona que reúna los requisitos esta-blecidos en el Real Decreto 383/84, debiendo aportar Certifi-cado Oficial establecido.

SEGUNDA.El Ayuntamiento entregará copia del presente Reglamento

a todo el personal funcionario que figuren en plantilla. Tam-bién entregará copias, junto con la toma de posesión, a todoslos de nuevo ingreso.

TERCERA.El personal funcionario eventual percibirá el cien por cien

de las retribuciones básicas y complementarias, correspon-dientes el grupo en que esté incluida la escala y categoría enque ocupen vacantes.

CUARTA.La Corporación en el plazo de tres meses, actualizará el

Registro de Personal, comunicará a cada funcionario el nº queostenta mediante tarjeta identificativa en el mismo y el respon-sable del área de Personal.

En este Registro no podrá figurar ningún dato relativo araza, religión u opinión del funcionario. El funcionario tendrálibre acceso a su expediente.

QUINTA.A fin de poner en marcha el artículo 11 del presente Regla-

mento, el Ayuntamiento se compromete a reforzar un Plan deconsolidación y estabilidad en el empleo con el representantede los funcionarios a desarrollar en el 2003.

DISPOSICIÓN FINAL.En todo lo no previsto en el presente Reglamento se estará

a lo dispuesto en la Ley para la función Pública de los funcio-narios del Estado y demás disposiciones legales o reglamenta-rias que resulten de aplicación.

DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.La Corporación o sus funcionarios dará conocimiento a la

Comisión de Seguimiento del Acuerdo de cuantas dudas, dis-crepancias y conflictos pudieran producirse como consecuen-cia de la interpretación y/o aplicación del Reglamento, paraque emita dictamen o actúe en la forma reglamentaria prevista.

SEGUNDA.Con carácter general, se entenderá por consolidado el

grado correspondiente a los niveles de complemento de des-tino que, para cada puesto de trabajo se fijan en tabla anexa,salvo que con anterioridad algún funcionario tuviera legal-mente reconocido un grado superior.

TERCERA.Todos y cada uno de los conceptos económicos regulados

en el presente Reglamento, anualmente, tendrán, al menos, elmismo incremento que con carácter general se acuerden paralas retribuciones.

CUARTA.Todos los derechos y beneficios regulados en el presente

Reglamento podrán ser solicitados por el personal mediantepetición escrita, la no-contestación expresa transcurridonoventa días naturales supondrá automáticamente el reconoci-miento de la solicitud.

QUINTA.Conjuntamente Corporación y Representación Social rea-

lizarán un estudio sobre la incentivación de la jubilaciónanticipada.

36 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

SEXTA.A este Reglamento se le añadirán cualquier otro especifico

que se haya firmado o se firme con cualquier colectivo de estaCorporación, siendo de aplicación directa cualquier mejoraque amplíe lo aquí dispuesto.

SÉPTIMA.Las retribuciones fijadas y acordadas en el presente Regla-

mento, serán abonadas con carácter retroactivo desde uno deenero de 2003.

OCTAVA. ( Incluida artículo 46 )La Corporación y los Representantes de los trabajadores se

comprometen a realizar un estudio en el plazo de dos meses dela firma del presente Reglamento sobre una Póliza de Respon-sabilidad Civil para todos los funcionarios.

ANEXOS.ANEXO I. NULO.ANEXO II. NULO.ANEXO III. NULO.ANEXO IV. COMPLEMENTO ESPECÍFICO.Valoración de puestos de trabajo.Puntuación de los puestos.

Puestos Factores Factores Total IMPORTEcomunes complementarios puntos Puntos * 12´12241415 E

Secretario/a 657 26 683 8.279´61 EurosInterventor/a 642 26 668 8.097´77 EurosOficial de Policía Local 600 38 638 7.734´10 EurosArquitecto Técnico 413 18 431 5.224´76 EurosAgente de Policía Local 345 37 382 4.630´76 EurosAuxiliar Administrativo 291 3 294 3.563´99 EurosAuxiliar de Policía Local 238 7 245 2.969´99 Euros

ANEXO V. NULO.ANEXO VI. ACCIÓN SOCIAL.AYUDAS GENERALES1.- Solicitantes:1.1 Puede solicitar estas ayudas, con carácter general, el

funcionario de este Ayuntamiento que se encuentre en algunasde las siguientes situaciones:

a) Servicio activo.b) Excedencia voluntaria por cuidado de hijo.1.2 Únicamente se otorgará ayuda por los gastos produci-

dos durante el período de vinculación laboral del empleado.2.- Vigencia:Las ayudas expuestas entrarán en vigor el mismo día de su

aprobación por el Pleno Municipal, sin perjuicio de la fecha depublicación en el B.O.P., al igual que el resto del contenido deeste Reglamento, y será de aplicación a los gastos ocasionadoso hechos causantes producidos a partir de su entrada en vigor.

3.- Solicitudes:3.1 Documentación a acompañar:El interesado deberá aportar documentación suficiente que

avale su solicitud. No será necesario aportar documentos origi-nales, bastará con fotocopias compulsadas por este Ayunta-miento.

3.2 En todos los casos, cuando la ayuda esté causada poralguna de las personas que se recogen en el cuadro de causan-tes siguientes, siempre que no hayan cumplido los 27 años deedad a 31/12/04, deberá presentar la documentación que seindica en el mismo, a los efectos de acreditar la relación con elsolicitante, así como la convivencia y la dependencia econó-mica (salvo que esa documentación ya figure en poder de launidad de Personal del Ayuntamiento):

• El tope de edad no se aplicará en la ayuda por hijodisminuido, salvo en los huérfanos de empleados fallecidos enactivo. (Ver cuadro).

Causantes Relación con el solicitante Convivencia Dependenciaeconómica

Hijos menores de 18 años Libro de Familia Se presume o Se presumeque no conviven con el se equiparasolicitante por separación, divorcio o nulidadAcogidos legalmente Documentación justificativa Se presume o Se presumemenores de 18 años del acogimiento se equiparaHijos mayores de 18 años Libro de Familia Declaración Declaración

Anexo (*) Anexo (*)Hijos mayores de 18 años Libro de Familia ------- Declaraciónque no conviven con el Anexo (*)solicitante por separación, divorcio o nulidadHuérfanos del empleado Libro de Familia ------- Se presumefallecido en activo menores de 18 añosHuérfanos del empleado Libro de familia ------- Declaraciónfallecido en activo menores Anexo (*)de 18 añosHijos del cónyuge o Libro de Familia Certificado Se presumeconviviente menores de 18 años de convivenciaHijos del cónyuge o Libro de Familia Certificado Declaraciónconviviente mayores de 18 años de convivencia Anexo (*)

(*).- El Anexo señalado se adjunta a las presentes.3.3.- A los efectos de estas ayudas se entenderá que existe

dependencia económica respecto del solicitante, cuando lapersona que se trate haya tenido en el año 2003 ingresos por eltrabajo igual o inferior al salario mínimo interprofesional.

Estas situaciones se acreditarán presentando el impreso dedeclaración de ingresos y en su caso, convivencia que figuraen el Anexo adjunto.

3.4.- Para los cónyuges o convivientes, se entenderán quela convivencia de deberá ser de al menos un año.

3.5.- A los efectos previstos en la instrucción 6, en todoslos casos el solicitante deberá cumplimentar el apartado deincompatibilidad previsto en el anexo adjunto al efecto de soli-citud.

4.- Trámites administrativos a realizar por las unidadesreceptoras de la documentación.

4.1.- Verificar que junto a la solicitud se presenta la docu-mentación requerida, conforme se establece en las instruccio-nes precedentes o que la misma figure en el expediente delsolicitante.

4.2.- El Sr. Alcalde, vista la documentación presentada y,en su caso, el informe de la Delegación de Personal y previafiscalización por parte de la Intervención Municipal, dictará laresolución con la correspondiente autorización de crédito, a finde que éste proceda a su abono.

4.3.- Las resoluciones indicarán igualmente las reclama-ciones o recursos que contra las mismas quepa interponer, queserán las que legalmente están establecidas en el procedi-miento administrativo.

5.- Importes a abonar.Los importes a abonar por las diferentes ayudas estarán

sujetos a las partidas correspondientes destinadas al efecto encada Presupuesto Municipal.

Las cantidades pagadas en concepto de ayudas seránobjeto de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas de acuerdo con la normativa vigente, conexcepción de las ayudas por fallecimiento.

6.- Incompatibilidades.6.1.- Estas ayudas, con excepción de la Ayuda por hijo dis-

minuido, serán incompatibles con la percepción, por parte delsolicitante o su cónyuge o persona de convivencia marital, decantidad reconocida por este mismo concepto por entidadpública o privada, salvo que esa cantidad sea inferior a la quecorrespondería por este Reglamento, en cuyo caso se abonarála diferencia.

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6.2.- En el caso de matrimonio o convivencia marital enque los integrantes sean ambos empleados de este Ayunta-miento, solamente uno de ellos podrá solicitar la ayuda cau-sada por un hijo. En los casos de separación, divorcio o nuli-dad de matrimonio, tendrá prioridad para solicitar la ayuda enque ostente la guarda o custodia, debiendo justificar documen-talmente esta circunstancia.

TIPOS DE AYUDA PERMANENTE7.- 1-Los funcionarios afectos por el Real Decreto

480/1993 y beneficiarios de los mismos, se integrarán en elRégimen General de Seguridad Social, en las mismas condi-ciones que el resto de empleados públicos municipales.

2- El Ayuntamiento mantendrá a todo el personal funcio-nario en una póliza cerrada con compañía medico sanitariaprivada.

3- El Ayuntamiento abrirá una póliza abierta con la mismacompañía para que se puedan acoger a ella los familiares queasí decida el titular y con cargo a los mismos”.

Los puntos 7.1, 7.2, 7.3, 7.4, 7.5, 7.6, 7.7, sobre Tipo deAyuda Permanente se anulan.

8.- Ayuda por hijo disminuido.Ayuda dirigida a aquellos funcionarios que tengan a su

cargo personas de las relacionadas en el cuadro 3.2. conminusvalías físicas , psíquicas y sensoriales.

8.1.- Requisitos e importe.Requisitos ImportesHijos menores de 18 años.Minusvalía igual o superior al 33% 37 EUROS/mes.Hijos mayores de 18 años.Minusvalía entre el 33% y el 64% (ambos inclusive). 71 EUROS./mes.

8.2.- Documentación.* Informe de calificación de minusvalía expedido por el

organismo competente (salvo que, en el caso de que la cali-ficación fuera definitiva, obre en los archivos de Personal delAyuntamiento).

* La dependencia económica se entenderá en los términosprevistos en el cuadro 3.2.

9.- Fallecimiento.9.1.- Ayuda por fallecimiento del trabajador en activo.9.1.1.- Beneficiarios. Los familiares del trabajador falle-

cido por el orden que se especifica en los siguientes apartados:1º.- Cónyuge o persona que conviva maritalmente, enten-

diéndose que la convivencia será de al menos un año.

2º.- Hijos cualquiera que sea su naturaleza legal de sufiliación.

3º.- Ascendientes en primer grado por consanguinidad, deprobada convivencia y dependencia económica del causante.

9.1.2.- Importe.

*¿? Ptas., cuando el fallecimiento se deba a accidentecubierto por las pólizas de seguros de accidentes suscritas porel Ayuntamiento.

*¿? Ptas., si no estuviese cubierto por póliza de seguros deaccidentes suscritas por el Ayuntamiento.

9.1.3.- Documentación. La recogida al dorso de la solici-tud que se adjunta en anexo correspondiente.

10.- Ayuda por sepelio.

10.1.- Beneficiarios.

Empleados que hagan frente a los gastos ocasionados porfallecimiento de alguna de las personas que a continuación serelacionan.

10.2.- Causantes.

* Cónyuge o persona que conviva maritalmente.

* Personas recogidas en el cuadro 3.2.

10.3.- Importe. Cantidad fija de ¿? euros.

10.4.- Documentación. La acreditativa de haberse produ-cido el fallecimiento.

TIPOS DE AYUDA DE REVISIÓN ANUAL

El punto 11, sobre Tipo de Ayuda de Revisión Anual, seanula.

Contra esta resolución podrá interponer recurso de reposi-ción en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento Pleno, con-tado a partir del día siguiente a su notificación, o interponerdirectamente recurso contencioso administrativo en el plazode dos meses, a contar del día siguiente a su notificación,ante el órgano competente del orden jurisdiccional conten-cioso-administrativo, conforme al artículo 116 de la Ley30/92 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 3de enero, y artículo 46.1 de la Ley de la Jurisdicción conten-cioso administrativa.

Villanueva del Ariscal a 10 de diciembre de 2012.—ElAlcalde, José Castro Jaime.

25W-15766

38 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

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EL VISO DEL ALCOR

Doña Marina Martín Martín, Concejala-Delegada de Hacienda del Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que se ha insertado en uno de los diarios de los de mayor difusión provincial, así como en el «Boletín Oficial»de la provincia de Sevilla de fecha 31 de octubre de 2012 (Boletín n.º 254) anuncio de este Ayuntamiento por el que de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 17 del RDL 2/2004 se sometía al trámite de información pública la aprobación inicial de la modifica-ción de Ordenanzas Fiscales y de Ordenanzas de Precios Públicos para el ejercicio 2013.

Que transcurrido el plazo legalmente establecido no se han formulado reclamaciones contra las citadas modificaciones, por loque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del mencionado Real Decreto Legislativo, se consideran definitivamenteaprobadas las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales y de Ordenanzas de Precios Públicos para el ejercicio 2013 que a continua-ción se relacionan:

1. Se incluyen las siguientes calles en el callejero municipal:

Categoría A:

— Camino Cantosales término con Mairena.

Categoría B:

— Luis Cernuda.— Tocina, Cr.

Categoría C:— Francisco Guerrero.— Pilar del Moscoso, Cm.— Saeta.— Verdiales.

2. Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 33 de la Ordenanza Fiscal General sobre Gestión, Recaudación e Inspec-ción, que quedan con la siguiente redacción:

2. El Ayuntamiento podrá conceder aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias de carácter periódico, exacciona-bles mediante recibos, cuando circunstancias de carácter extraordinario, discrecionalmente apreciadas por la Administración Munici-pal, así lo aconsejen si bien condicionadas a que ocurran también las circunstancias establecidas en los apartados b), c) y d) delnúmero anterior.

3. Los órganos de Gobierno competentes para conceder o desestimar aplazamiento o fraccionamientos serán, según lacuantía del aplazamiento o fraccionamiento, los siguientes:

— El Sr. Alcalde-Presidente cuando la deuda a fraccionar o aplazar sea superior o igual a 3.005,06.En caso de deudas inferiores a 3.005,06 €, siempre que no requieran la presentación de garantías, los acuerdos sobre las soli-

citudes de aplazamiento y fraccionamiento serán adoptados por la Tesorería Municipal.

3. Se modifica el segundo párrafo del artículo 7º de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmue-bles, que queda redactado como sigue:

2. La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los procedimientos de valoración colectiva.Dicha notificación incluirá la motivación de la reducción aplicada mediante la indicación del valor base del inmueble así como elimporte de la reducción y de la base liquidable del primer año del valor catastral.

4. Se modifica el artículo 10º de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, que queda redac-tado como sigue:

Artículo 10.º Bonificaciones.1. En aplicación del art 73.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, tendrán derecho a una bonificación de 90 % en la cuota ínte-

gra del impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objetode la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitaciónequiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado. En defecto de acuerdo municipal, se aplicará a los referidosinmuebles la bonificación máxima prevista en este artículo.

El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el período impositivo siguiente a aquel en que se inicien lasobras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construc-ción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de tres periodos impositivos.

Para disfrutar de la mencionada bonificación, los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:a. Acreditación de la fecha de inicio de las obras de urbanización o construcción de que se trate, la cual se hará mediante

certificado del Técnico-Director competente de las mismas, visado por el Colegio Profesional.b. Licencia de obra expedida por el Ayuntamiento.c. Acreditación de que la empresa se dedica a la actividad de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, la cual

se hará mediante la presentación de los estatutos de la sociedad.d. Acreditación de que el inmueble objeto de la bonificación es de su propiedad y no forma parte del inmovilizado, que se

hará mediante copia de la escritura pública o alta catastral y certificación del Administrador de la Sociedad, y fotocopiadel ultimo balance presentado ante la AEAT, a efectos del Impuesto sobre Sociedades.

e. Fotocopia del alta o ultimo recibo del Impuesto de Actividades Económicas. f. Relación de cargos o recibos aparecidos en el padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles respecto de los cuales se

solicita la bonificación.g. En caso de que la denominación del objeto impositivo que se significa en el recibo no coincida con la denominación del

plan parcial, unidad de actuación, ..., certificado emitido por personal competente del Ayuntamiento de que se trate yque los relacione.

Si las obras de nueva construcción o de rehabilitación integral afectan a diversos solares, en la solicitud se detallarán las refe-rencias catastrales de los diferentes solares.

2. En aplicación del art 73.2 del RDL 2/2004, las viviendas de protección oficial y las equiparables a estas según las nor-mas de la Comunidad Autónoma, disfrutaran de una bonificación del 50 por ciento en la cuota íntegra durante el plazo de tres años,contados desde el año siguiente a la fecha de otorgamiento de la calificación definitiva.

Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la termi-nación de los tres periodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente aaquel en que se solicite.

Para tener derecho a esta bonificación, los interesados deberán aportar la siguiente documentación:— Escrito de solicitud de la bonificación.— Fotocopia del certificado de calificación de V.P.O.— Fotocopia de la escritura o nota simple registral del inmueble.Si en la escritura pública no constara la referencia catastral:— Fotocopia del recibo IBI año anterior.Se establece una prórroga automática de dos años, aplicable a los citados inmuebles una vez finalizado el plazo de la bonifi-

cación anteriormente descrita, de la bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto.

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 39

3. De conformidad con lo dispuesto en el art 73.3 del RDL 2/2004, tendrán derecho a una bonificación del 95% de la cuotaíntegra y, en su caso, del recargo del Impuesto a que se refiere el artículo 153 de la citada Ley, los bienes rústicos de las CooperativasAgrarias y de Explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la Ley 20/1990, de 19 de Diciembre, sobre Régi-men Fiscal de las Cooperativas.

4. De conformidad con lo dispuesto en el art 74.1 del RDL 2/2004 tendrán derecho a una bonificación del 50 % de la cuotaintegra del impuesto los bienes inmuebles urbanos situados en los sectores de suelo urbanizable y hasta tanto se proceda a la aproba-ción municipal del instrumento de gestión que proceda a la equidistribución de beneficios y cargas.

La bonificación será de un 50% , y se aplicará a la superficie de la fincas que estén situadas en dichos sectores, y que esténdedicadas en la actualidad a usos agrícolas, ganaderos y forestales.

Las características peculiares de la zona y la tipología de las construcciones a que se refiere esta bonificación son las propiasde los usos agrícolas, ganaderos y forestales.

La resolución administrativa del expediente se adoptará previa inspección e informe de los servicios municipales, en el que sehaga constar la superficie de la finca realmente dedicada a los usos indicados, y el cumplimiento del resto de requisitos.

La bonificación se otorgará por resolución del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal previa solicitud delinteresado dirigida a dicho organismo en la que se hagan constar lo siguientes datos:

a. Nombre y apellidos del titular de la finca.b. Indicación de la parcela catastral.c. Superficie dedicada a todos o a algunos de los usos anteriores.A la solicitud se acompañará fotocopia del último recibo de IBI.La bonificación podrá ser solicitada del 1 al 31 de enero de cada año.5. De conformidad con lo dispuesto en el art 74.4 del RDL 2/2004, los bienes inmuebles urbanos, cuyos sujetos pasivos

ostenten la condición de titulares de familias numerosas tendrá derecho a bonificación siempre que los ingresos ponderados de la uni-dad familiar numerosa no excedan del 70 % del salario mínimo interprofesional.

La bonificación a aplicar se obtendrá al conjugar el valor catastral de la vivienda y los ingresos ponderados de la unidadfamiliar, como se detalla en el cuadro siguiente:

Bonificación

Valor Catastral de la vivienda Ingresos ponderados < 70 % S.M.I. Ingresos ponderados <60 % S.M.I. Ingresos ponderados <50% S.M.I. Ingresos ponderados <40% S.M.I.

De 1 a 30.000 € 44,10% 59% 73,50% 88,20%De 30.001 a 50.000 € 14,70% 29,40% 44,10% 58,80%De 50.001 € hasta 63.000 € 7,35% 14,70% 22,05% 29,40%

Los ingresos ponderados se calcularán dividiendo los ingresos totales de la unidad familiar entre el número de miembros. Aestos efectos, se entenderán como ingresos totales el importe del «saldo neto de los rendimientos a integrar en la base imponiblegeneral y de las imputaciones de renta» del IRPF, para lo cual deberá aportarse la última declaración de IRPF o, en caso de no estarobligado a presentarla, autorización expresa al órgano gestor para obtener la certificación de rentas percibidas, expedido por la AEAT.

— La bonificación será otorgada por plazo de un año.— Su prórroga deberá ser solicitada por el contribuyente antes de la finalización de la misma si se tiene derecho para los

ejercicios siguientes.— Esta finalizará de oficio, en el periodo impositivo siguiente al que se deje de ostentar la condición de familia numerosa.Para tener derecho a esta bonificación, los sujetos pasivos deberán cumplir la siguiente condición:— La vivienda tiene que ser el domicilio habitual del sujeto pasivo y sus descendientes.El solicitante deberá aportar:— Solicitud de la bonificación identificando el inmueble.— Fotocopia del documento que indica la propiedad del inmueble.— Certificado de familia numerosa.— Certificado Padrón municipal.— Fotocopia última declaración IRPF de cada uno de los miembros de la unidad familiar que obtengan rentas, salvo que

no estén obligados a presentar declaración.El plazo previsto para la solicitud de bonificación a familias numerosas, será del 1 al 31 de enero.Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ayuntamiento o el OPAEF requerirán a la Agencia Tributaria certificado

acreditativo de los rendimientos de cada miembro de la unidad familiar.6. Las bonificaciones deben ser solicitadas por el sujeto pasivo del impuesto.7. Con carácter general, el efecto de la concesión de bonificación empieza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la

solicitud y no puede tener carácter retroactivo. No obstante, cuando el beneficio fiscal se solicita antes de que la liquidación seafirme, se concederá si en la fecha de devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.

8. Las bonificaciones relacionadas en los apartados anteriores son incompatibles entre sí. Si fuesen de aplicación más deuna, se aplicarán siguiendo el orden en que aparecen en los apartados anteriores, prevaleciendo las obligatorias sobre las potestativas.

5. Se añade un nuevo apartado 5 al artículo 11 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles,con la siguiente redacción:

5. Conforme al art 10 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se regula el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, no se exigirá interés de demora en los acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento de pago que hubieran sidosolicitados en período voluntario, siempre que se refieran a deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, que el pagototal de estas se produzca en el mismo ejercicio que el de su devengo y el importe de la deuda sea superior a 200€. Los demás aspec-tos formales serán los regulados en la Ordenanza Fiscal del OPAEF, para el aplazamiento y fraccionamiento de deudas.

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6. Se modifica el primer párrafo del artículo de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Vehículos de Trac-ción Mecánica, que queda redactado como sigue:

1. Una vez aplicados los coeficientes de incremento, de conformidad con el art. 95.4 TRLRHL a las tarifas exigidas porLey, el cuadro de cuotas que se obtiene, es el siguiente:

Potencia y clase de vehículo Cuota euros Coeficiente

A) Turismos:De menos de 8 caballos fiscales 20,97 1,6616De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 61,32 1,7994De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 126,07 1,7525De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 160,23 1,7880De 20 caballos fiscales en adelante 185,16 1,6532

B) Autobuses:De menos de 21 plazas 118,79 1,4260De 21 a 50 plazas 169,10 1,4253De más de 50 plazas 211,32 1,4250

C) Camiones:De menos de 1.000 kg. de carga útil 66,48 1,5724De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil 132,90 1,5955De 2.999 a 9.999 kg. de carga útil 189,86 1,6003De más de 9.999 kg. de carga útil 237,29 1,6001

D) Tractores:De menos de 16 caballos fiscales 28,85 1,4062De 16 a 25 caballos fiscales 39,02 1,4049De más de 25 caballos fiscales 116,09 1,3936

E) Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica:De menos de 1.000 kg. de carga útil 24,85 1,4062De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil 39,02 1,4049De más de 2.999 kg. de carga útil 116,09 1,3936

F) Otros vehículos:Ciclomotores 8,84 2Motocicletas hasta 125 c.c. 8,84 2Motocicletas de más de 125 hasta 250 c.c. 15,11 1,9954Motocicletas de más de 250 hasta 500 c.c. 29,06 1,9185Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 c.c. 58,07 1,9172Motocicletas de más de 1.000 c.c. 116,15 1,9172

7. Se modifica el apartado segundo del artículo 9º de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre ActividadesEconómicas, que queda redactado como sigue:

2. Se establece el siguiente cuadro de coeficientes de situación:Categoría fiscal de las vías públicas: 1ª 2ª 3ª 4ª

Coefic. aplicable: 2,19 2,01 1,85 1,35

8. Se modifica el apartado primero del artículo 6º de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre el Incrementode Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que queda redactado como sigue:

1. El tipo de gravamen del Impuesto es del 26,56%.

9. Se modifica el artículo 7º de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Construcciones Instalaciones yObras, que queda redactado como sigue:

Artículo 7.º Tipo de gravamen y cuota.—El tipo de gravamen será el 3,22 %.—La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen.

10. Se modifica el apartado k) del artículo 3º «Hecho Imponible» de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licen-cias Urbanísticas, que queda redactado como sigue:

k) La colocación de carteles, paneles, anuncios y vallas de propaganda visibles desde la vía pública, siempre que no esténen locales cerrados; quedan a salvo los carteles a que hace referencia el artículo 29 del Reglamento de Disciplina Urbanística de laComunidad Autónoma de Andalucía.

11. Se modifica el artículo 8º «Tipo de Gravamen» de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísti-cas, con la siguiente redacción:

Artículo 8.º Tipo de Gravamen.1. El tipo de gravamen que en esta ordenanza se establece, se adecua exclusivamente al coste de la actividad técnica y

administrativa estrictamente municipal, por lo que no incluye los costes que se deriven de obligaciones o trámites exigidas por lalegislación aplicable ante otras administraciones, o en general, ajenas a tal actividad, tales como anuncios, publicaciones, aunque lasmismas precisen de edictos, etc., las cuales deberán ser abonadas, previo requerimiento por los interesados, con independencia deesta tasa.

a) En las obras comprendidas en el párrafo a) del artículo 7, el tipo de gravamen será el 0,66% de la base imponible, conuna cuota mínima de 23,20 euros.

b) En las comprendidas en el párrafo b) del artículo 7 el tipo de gravamen a aplicar sobre la Base Imponible será el de 0,18euros/m², con una cuota mínima de 7,70 euros.

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 41

c) En las comprendidas en el párrafo c) del art. 7, la percepción de la tasa se establecerá en razón de los metros cuadradosde superficie afectada, aplicando una tarifa de 1,91 € por cada 100 m2 y estableciéndose un mínimo de 46,35 euros.

d) En las comprendidas en el párrafo d) del art. 7, el sistema a aplicar para la liquidación será el cobro de 7,70 euros/m² decartel con un importe mínimo de 7,70 euros en caso de cartel inferior al m².

e) Cuando se trate de modificados de un proyecto que ya ha tenido entrada en este Ayuntamiento y liquidada su tasa (siem-pre que el proyecto que se modifica esté aún en tramitación), se verá obligado a abonar una cuota correspondiente al0,67 % del incremento del presupuesto de ejecución material y en todo caso una cuota mínima de 23,20 euros.

f) La misma cuota mínima anterior será de aplicación a las peticiones de transmisión de los derechos de una licencia oautorización viva.

g) El tipo de gravamen se reducirá en un 50% si se trata de solicitudes de licencias que fueron otorgadas de acuerdo con elplaneamiento vigente (desde el 12 de enero de 2000) y que han caducado por el transcurso de los plazos de iniciación einterrupción máxima (y, en su caso, en el de sus respectivas prórrogas) sin iniciar o reanudar la obra. El proyecto deberáser el mismo que el que dio lugar a la concesión de la licencia caducada.

12. Se modifica la redacción del epígrafe 11 del artículo 3º «Hecho Imponible» de la O. F. R. de la Tasa por Estudio yExpedición de Documentos Administrativos de Naturaleza Urbanística, quedando con el siguiente contenido:

Epígrafe 11.—Informes, cédulas urbanísticas y certificados urbanísticos no incluidos en otros epígrafes.

13. Se modifica el artículo 7º «Tipos de Gravamen, tarifas y cuotas tributarias» de la O. F. R. de la Tasa por Estudio yExpedición de Documentos Administrativos de Naturaleza Urbanística, quedando con el siguiente contenido:

Artículo 7.º Tipos de Gravamen, tarifas y cuotas tributarias.

1. El tipo de gravamen que en esta Ordenanza se establece, se adecua exclusivamente al coste de la actividad técnica yadministrativa estrictamente municipal, por lo que no incluye los costes que se deriven de obligaciones o trámites exigidas por lalegislación aplicable ante otras administraciones, o en general, ajenas a tal actividad, tales como anuncios, publicaciones, aunque lasmismas precisen de edictos, etc., las cuales deberán ser abonadas, previo requerimiento por los interesados, con independencia deesta tasa.

Instrumentos de planeamiento Tipo / Tarifa /Cuota

Epígrafe 1.—Planes de actuación, sectorización, planes parciales o especiales, estudios de detalle u otros instrumentos deplaneamiento,así como sus innovaciones, por cada 100 m2 o fracción de superficie afectada, con una cuota mínima de 120 euros . . . 1,24 €

Instrumentos de gestión Tipo

Epígrafe 2.—Delimitación de unidades de ejecución y cambios de delimitación de las mismas o de los sistemas de actuación,por cada 100 m2 o fracción de superficie afectada, con una cuota mínima de 60 euros 2,73 €

Epígrafe 3.—Proyectos de reparcelación para la gestión de unidades de ejecución así como sus modificaciones, por cada 100 m2to fracción de edificabilidad teórica máxima permitida por el planeamiento, con una cuota mínima de 90 euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,81 €

Epígrafe 4.—Por la tramitación de proyectos de Estatutos y Bases de actuación, por cada 100 m2t o fracción de edificabilidadteórica máxima permitida por el planeamiento, con una cuota mínima de 60 euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,21 €

Epígrafe 5.—Por constitución en entidad urbanística colaboradora, por cada 100 m2t o fracción de edificabilidad teórica máxima permitida por el planeamiento, con una cuota mínima de 40 euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,75 €

Epígrafe 6.—Por expediente de expropiación a favor de particulares, por cada 100 m2 o fracción de superficie afectada, conuna cuota mínima de 90 euros y máxima de 600 euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,81 €Epígrafe 7.—Por certificación administrativa acreditativa de la aprobación de un proyecto de reparcelación y operaciones jurídicascomplementarias de los mismos, a los efectos de su inscripción registral, conforme al RD 1093/97 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 608,45 €

Epígrafe 8.—Por actas de cesión unilateral no derivada del desarrollo de una unidad de ejecución, conforme al RD 1093/97 . . . . . . . 226,95 €

Otros instrumentos urbanísticos Tipo

Epígrafe 9.—Por proyectos de urbanización, sobre el coste real y efectivo de las obras correspondientes al mismo, con una cuota mínima de 40 euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,10 % €

Epígrafe 10.—Por la tramitación de convenios urbanísticos de planeamiento o gestión, salvo los de iniciativa municipal . . . . . . . . . . 772,50 €

Informes, certificados y otros procedimientos urbanísticos Tipo

Epígrafe 11.—Informes, cédulas urbanísticas y certificados urbanísticos no incluidos en otros epígrafes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20,90 €

Epígrafe 12.—Certificado de innecesariedad de licencia de parcelación, por cada certificado emitido. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25,95 €

Epígrafe 13.—Certificado de antigüedad de edificaciones, por cada edificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40,50 €

Epígrafe 14.—Por estudio y pronunciamiento sobre un anteproyecto o estudio previo de edificaciones presentado para conocer suadecuación al planeamiento, por cada m2t construido, con una cuota mínima de 25,55 euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,57 €

Epígrafe 15.—Por tramitación de expediente de declaración de ruina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75,29 €

Epígrafe 16.—Por tramitación de órdenes de ejecución para el cerramiento y/o limpieza de solares o conservación de edificio. . . . . . 92,70 €

Epígrafe 17.—Autorización municipal para división de fincas rústicas, por cada 100 m2 de superficie afectada, con una cuotamínima de 30 €. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,60 €

Epígrafe 18. 1.—Legalizaciones de construcciones o edificaciones totalmente acabadas, realizadas sin licencia o contraviniendosus condiciones: 0,66 % PEM más 0,18 € por metro cuadrado

Epígrafe 18. 2.—Legalización de otras actuaciones realizadas sin licencia o contraviniendo sus condiciones: El tipo, tarifa y cuota será el correspon-diente indicado en la Tasa por Licencias Urbanísticas

Epígrafe 19.—Declaración de inmuebles en situación de asimilación a la de fuera de ordenación: 0,66% PEM más 0,18 € por metro cuadrado

42 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

14. Se modifica el artículo 7º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrati-vos, quedando con el siguiente contenido:

Artículo 7.º Las tarifas a aplicar son las siguientes:Concepto Tarifa €

Por cotejo o compulsa de documentos, por cada página . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,40 Por bastanteo de poderes que se presenten en las oficinas municipales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12,10Por reconocimiento de firmas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,25Derechos de exámenes, personal laboral y funcionario Grupo A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77,10

Grupo B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61,70Grupo C . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46,25Grupo D . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30,85Grupo E . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15,45

Por realización de fotocopias, por unidad DIN A4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,11DIN A3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,26

Por certificado de estar al corriente con la Hacienda Local . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,35Por autorización administrativa para el ejercicio de actividades no sujetas a licencia de apertura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8,00Por autorización de tarjetas de escopetas de aire comprimido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8,00Placas, patentes y distintivos expedidos por la Administración Municipal Placas vado permanente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11,70Por cada copia de atestado a prevención elaborado por la Policía Local . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17,45Por copias de legajo del archivo histórico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31,55 por legajoExpedición de certificación Padronal histórica cuyos registros no están informatizados (anterior a 1 de mayo de 1996) . . . . . . . . . 36,05Por cada certificación relativa al contenido de los Libros de Registros de Enterramientos del Cementerio Municipal . . . . . . . . . . . 36,05Por cada certificación relativa a acuerdos plenarios que versen sobre la denominación y numeración de calles . . . . . . . . . . . . . . . . 36,05Por cada volante o certificado de inscripción patronal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00Expedición o renovación de Licencia Administrativa para la Tenencia de Animales Peligrosos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61,80Expedición, modificación o renovación de Autorización de Gestor de Residuos no Peligrosos para la realización de actividadesde recogida, transporte y/o almacenamiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 103,00Otras autorizaciones de carácter medioambiental no incluidas expresamente en otros epígrafes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61,80Por la expedición de informes y certificaciones no incluidas en otros epígrafes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15,00

Certificaciones catastrales.Certificaciones catastrales literales. Bienes urbanos: 4 euros/documento + 4 euros bien inmueble.Certificaciones catastrales literales. Bienes rústicos: 4 euros/documento + 4 euros parcela.Certificaciones catastrales descriptivas y gráficas referidas únicamente a una unidad urbana o una parcela rústica: 16euros/documento.Certificaciones negativas de bienes: No devengan tasa.

15. Se modifica el artículo 10º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrati-vos, quedando con el siguiente contenido:

Artículo 10.º Declaración e ingreso.La liquidación e ingreso de las cantidades correspondientes se llevarán a cabo mediante autoliquidación previa de las mismas

en las arcas municipales, cuyo justificante de ingreso deberá integrarse con la solicitud que corresponda, que no se tramitará hastaque se acredite su abono.

16. Se modifican los apartado 1 y 2 del artículo 2º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Recogida de Basu-ras, quedando con el siguiente contenido:

1. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio, de recepción obligatoria, de recogida, transporte ytratamiento (valorización o eliminación) de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios.

2. A tal efecto, se consideran residuos domésticos los residuos generados en los hogares como consecuencia de las activi-dades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares a los anteriores generados en servicios e industrias.

17. Se modifica el apartado 2 del artículo 6º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras, que-dando con el siguiente contenido:

2. Las cuotas anuales por recogida y eliminación de residuos se determinarán con arreglo a las tarifas siguientes:Concepto Tasa €

Por cada vivienda unifamiliar, piso, centro oficial, almacén o garaje particular o similar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92,70Por cada local de negocio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 178,44Por Industrias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 178,44Por Industrias situadas fuera del casco urbano y no ubicadas en polígonos industriales, por casa serviciode recogida que se preste con el camión contenedor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 192,72Por hoteles, moteles, hostales-apartamentos y hostales de 4,3, y 2 estrellas, por cada plaza . . . . . . . . . . . . . . . . . 11,64Por hoteles, moteles, hostales-apartamentos y hostales de 1 estrella, por cada plaza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10,08Por restaurante de 3 tenedores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 231,30Por restaurante de 2 tenedores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 185,04Por restaurante de 1 tenedor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 153,30Por discoteca, cafetería, y pub . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 231,30Por bar de categoría especial, categoría A o B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 231,30Por Autoservicio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 231,30Por establecimiento de carácter temporal abierto o en actividad por tiempo que no exceda de tres mesesconsecutivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38,58Por caseta en la Fiesta de la Santa Cruz y otras fiestas mayores sitos en terrenosmunicipales: De carácter familiar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30,84

De carácter público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46,26Por la utilización privativa de un contenedor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 220,86Por recogida y eliminación de enseres voluminosos, por cada porte de un camión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19,65Recogida y eliminación de residuos sólidos en parcelaciones fuera del casco urbano por cada contenedor . . . . . 164,65

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 43

Convenios especiales: En aplicación del artículo 27.2 del RDL 2/2004 TRLRHL, Las entidades locales podrán establecerconvenios de colaboración con entidades, instituciones y organizaciones representativas de los sujetos pasivos de las tasas, con el finde simplificar el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquéllas, o los procedimientos de liquidación orecaudación.

En los posibles casos en que se establezcan de mutuo acuerdo, servicios de carácter obligatorio, con soluciones especialestanto en la prerrecogida, recogida o eliminación de residuos, se efectuará el cálculo concreto de la Tasa en base a los costos reales dela operación concreta.

18. Se modifica el artículo 6º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Cementerio Municipal, quedando redac-tado como sigue:

Artículo 6.º Cuota Tributaria.

La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa:

A) Panteones:

El otorgamiento de concesiones administrativas de terrenos a 75 años para la construcción de panteones se ajustará a lasiguiente tarifa:

Tarifa

Por metro cuadrado hasta 6 metros cuadrados para la construcción de panteones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 638,95 €

Todo concesionario de terrenos para la construcción de panteones tendrá que efectuar el pago dentro de los treinta días poste-riores a la fecha en que se acuerden por el órgano competente dichas concesiones, y si no lo hubiere efectuado se entenderá querenuncia a todo derecho sobre lo que él solicitó y le fue concedido.

Igualmente se establece el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo de la conce-sión de los terrenos para que el interesado de principio a las obras de construcción, y si transcurrido dicho plazo el interesado nohubiere dado principio a las mismas, el terreno revertirá al Ayuntamiento sin indemnización de ninguna clase, al mismo tiempo quecon pérdida de las cantidades pagadas por lo conceptos expresados.

B) Nichos

El otorgamiento de concesiones administrativas de nichos a 10 y 50 años se regirá por la siguiente tarifa:

Concesión Administrativa TemporalTarifas 50 años 10 años

Nichos sobre la superficie de fábrica de material y bovedilla 399,40 € 127,80 € Nichos para menores (0,8 m2) 215,90 € 69,70 € Columbarios para restos y cenizas (0,24 m2) 92,25 € 29,20 €

C) Renovaciones.

Una vez transcurridos los diez años de la concesión administrativa temporal se establece la renovación de la misma conformea la siguiente tarifa:

Concesión Administrativa TemporalTarifas 50 años 10 años

Nichos sobre la superficie de fábrica de material y bovedilla 399,40 € 128,80 € Nichos para menores (0,8 m2) 215,90 € 69,70 € Columbarios para restos y cenizas (0,24 m2) 92,25 € 29,20 €

Si por parte del interesado no se solicita la renovación de la concesión una vez que haya vencido, la misma revertirá al Ayun-tamiento, según lo establecido en el Reglamento de Cementerio de este Ayuntamiento.

No obstante, si se ocupase una vez vencido el plazo de la concesión, se realizarán liquidaciones complementarias proporcio-nales al tiempo transcurrido entre el vencimiento de la concesión y la renovación de la misma. En razón de criterios de eficiencia yeconomía en la gestión recaudatoria del tributo, no se efectuarán liquidaciones cuya cuota líquida no supere la cuantía de 1 euro.

D) Exhumaciones y sepultura.

Por la apertura y cierre de nichos, sepulturas o panteones familiares, en caso de inhumación o exhumaciones de cadáveres orestos o depósito de cenizas, se ajustará a la siguiente tarifa:

Tarifas

Concepto Precio

Exhumación en un nicho sobre superficie . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,00 € Inhumación en un nicho sobre superficie . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,00 €Exhumación en un panteón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,00 €Inhumación en un panteón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,00 €Depósito de cenizas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,00 €

E) Traslados de restos.

Cuando se pretenda trasladar restos a lugar distinto dentro del Cementerio, se abonará en concepto de exhumación, traslado einhumación la siguiente tarifa:

Tarifas

Panteones subterráneos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 199,65 € Panteones de superficie . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79,90 €Nichos de superficie. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79,90 €

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Cuando los restos sean trasladados fuera del Cementerio, se devengará la siguiente tarifa:

Tarifas

Panteones subterráneos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99,85 € Panteones de superficie . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39,90 €Nichos de superficie. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39,90 €

F) Colocación de lápidas y realización de obras.1. La colocación de lápidas se efectuará por parte del Ayuntamiento.2. La realización de obras en los distintos tipos de sepultura, se regirán por lo establecido en la Ordenanza correspondiente

a la Tasa por Licencia y otros instrumentos Urbanísticos, y se entenderán como tales obras cualesquiera que tengan como fin el ade-centamiento y embellecimiento de los distintos tipos de sepultura, estando prohibida no obstante, la colocación de verjas o adornosque puedan ocasionar impedimento para la realización de trabajos en las colindantes.

Las Tasas aplicables se sujetarán a las siguientes:

Tarifas

Por autorización y colocación de lápida por personal del Ayuntamiento . . . . . . . . . . . . . . 39,95 €Por autorización y colocación de tapamento en nicho por personal del Ayuntamiento . . . . 39,95 €

G) Permutas de nichos.Por la permuta de un nicho por otro se abonarán las siguientes tarifas, dependiendo de las características de construcción:

Tarifas

Cuando ambos tengan idénticas características de construcción y conservación . . . . . . . . 39,90 €Por la permuta de un nicho construido con bóveda de tablero y revoltónpor otro construido con forjado de hormigón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 239,60 €Por la permuta de un nicho construido con forjado de hormigón por otro construidocon bóveda de tablero y revoltón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34,85 €

19. Se modifica el artículo 7º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios de Retirada e Inmovilización deVehículos Mal Estacionados en la Vía Pública, quedando redactado como sigue:

Artículo 7.º Tarifa.Las tarifas a aplicar serán las que se indican a continuación:a) Por la retirada de turismos, motocicletas y ciclomotores, no incluidos en los apartados siguientes, 108,10 euros.b) Por la retirada de furgonetas y todo terrenos, 130,80 euros.c) Por la estancia de vehículos en el almacén municipal, 4,00 euros por día natural o fracción mayor a las ocho horas.d) Por servicio de grúa anulado, habiendo llegado al lugar indicado, 83,70 euros.e) Por servicio de grúa anulado, después de efectuada la salida, 62,20 euros.f) Recargo de nocturnidad servicio de grúa (de 21.00 h a 8.00 h ), 50% de la tarifa establecida.g) Recargo de festividad servicio de grúa, 50% de la tarifa establecida.

20. Se modifica el artículo 5º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias de Auto-Taxis y demás Vehículosde Alquiler, quedando redactado como sigue:

Artículo 5.º Cuota tributaria.La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza del servicio o actividad, de acuerdo con

la siguiente tarifa:Concesión y expedición de licencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 479,20 € Autorización para la transmisión de licencias, por fallecimiento del titular, a favor de su cónyuge viudo o herederos legítimos. . . . . . . . . . 159,75 € Autorización para la transmisión de licencia cuando el cónyuge viudo o los herederos legitimarios y el jubilado no puedan explotar laslicencias como actividad única y exclusiva, y previa autorización de la entidad local, en favor de los solicitantes reseñados en el artículo12 del RD 763/79, de 16 de marzo, teniendo en todo caso derecho de tanteo cualquier otro heredero forzoso en posesión del permiso deconducir reglamentario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 436,65 € Autorización para la transmisión de licencia por sentencia judicial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 189,90 € Autorización para la transmisión de licencia cuando se imposibilite para el ejercicio profesional el titular de la licencia por motivo deenfermedad, accidente y otros que puedan calificarse de fuerza mayor (entre ellos la retirada definitiva del permiso de conducir necesa-rio), a apreciar en su expediente, en favor de los solicitantes del apartado anterior. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 196,90 € Autorización para la trasmisión de licencia cuando tenga una antigüedad superior a cinco años, previa autorización de la entidad local, al conductor asalariado con permiso de conducir y ejercicio en la profesión durante un año. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 275,40 € Autorización para sustitución de los vehículos afectos a las licencias, bien sea este cambio de tipo voluntario o por imposición legal. . . . 77,10 € Revisión anual ordinaria de los vehículos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6,55 € Revisión extraordinaria a instancia de parte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10,90 €

21. Se modifica el artículo 4º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Realización de Actividades Administra-tivas para la Apertura de Establecimientos, quedando redactado como sigue:

Artículo 4.º Tarifa.4.1. Tarifa básica:

Tipo de procedimiento Importe

I. Actividades no sometidas a declaración responsable (Licencia de Apertura) . . . . . . . . . 442,90 €II. Actividades sometidas a declaración responsable . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175,10 €

4.2. Coeficientes de incremento por la superficie del local:Aquellas actividades que se desarrollen en un establecimiento permanente tributarán por la tarifa básica incrementada por la

aplicación de los siguientes coeficientes:

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 45

Superficie del local Coeficiente de incremento

Menor de 50 metros cuadrados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1Entre 50 y 99,99 metros cuadrados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,3Entre 100 y 249,99 metros cuadrados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2Entre 250 y 500 metros cuadrados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4Mayor de 500 metros cuadrados . . . . . . . . . El exceso sobre 500 m2 tributará a razón de 1,5 €/m2

No obstante, en caso de desistimiento formulado por el interesado en el plazo de un mes desde la solicitud de licencia o de lapresentación de declaración responsable, la cuota tributaria se reducirá al 20% de la que corresponda, procediendo, en su caso, ladevolución del exceso abonado.

En caso de ampliación de superficie de establecimientos se considerará la superficie ampliada.En caso de ampliación de actividad, la tarifa a aplicar será el 20% de la que corresponda según los apartados anteriores sobre

la superficie total del establecimiento.Asimismo, las tarifas serán el 50% de las tarifas indicadas en los apartados anteriores cuando se trate de un cambio de titula-

ridad en el establecimiento y continúe la misma actividad.

22. Se modifica el artículo 3º de la Ordenanza Reguladora de Precios Públicos por Servicios de Proyección Cinematográ-fica, Representaciones Teatrales y Otros Espectáculos Análogos en el Salón de Actos de la Casa de la Cultura y de la Juventud yOtros Centros Culturales, quedando redactado como sigue:

Artículo 3.º Cuantía.1. La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente, para

cada uno de los distintos servicios o actividades.2. Las tarifas de este precio público serán las siguientes:Tarifas/Por butaca:Proyecciones cinematográficas: 2,95 euros. Bonificación del 50% para pensionistas, menores o poseedores del Carné Joven.Representaciones teatrales y otros espectáculos análogos: Término variable. Desde 2,95 euros hasta 21,85 euros, dependiendo

de los gastos de actuación. Bonificación del 50% para pensionistas, menores o poseedores del Carné Joven.Talleres y Cursos: Término variable. Desde 13,10 euros hasta 36,00 euros, dependiendo de los gastos del taller o curso. Se

bonificará con un 50% de la tarifa a los discapacitados (grado mínimo del 33%) previa presentación del documento que acredite talcondición.

Viajes organizados por las delegaciones municipales: Término variable: en función del coste de la actividad.Actividades extra escolares: Término variable. Desde 7,10 euros hasta 36,00 euros, dependiendo de los gastos de la actividad.En los casos en que la tarifa es variable, se aplicará la que, para cada caso, apruebe el Alcalde-Presidente, a propuesta de la

delegación competente y previo informe técnico de dicha delegación en el que se ponga de manifiesto la previsible cobertura delcoste de la actividad.

23. Se modifica el artículo 3º de la Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Utilización de Instalaciones y Servi-cios Deportivos Municipales, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 3.º Cuantía.1. La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente, para

cada uno de los distintos servicios o actividades.2. Las tarifas de este precio público será la siguiente:A) Pabellón cubierto:

Tiempo Precio (€)

1 hora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8,251 hora, con luz central . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11,65

B) Campeonatos Locales:

Campeonatos locales Inscripción (€) Fianza

FUTBOL (LIGA) 39.65 60 €FUTBOL (TORNEO) 11,65 20 €FUTBOL SALA VETERANO (LIGA) 23,90 40€FUTBOL SALA VETERANO (TORNEO) 8,25 15 €FUTBOL SALA SENIOR (LIGA) 35,00 50 €FUTBOL SALA SENIOR (TORNEO) 11,65 20 €FUTBOL SALA JUVENIL (LIGA) 17,50 30€FUTBOL SALA JUVENIL (TORNEO) 7,00 12 €FUTBOL 7 SENIOR (LIGA) 23,90 40 €FUTBOL 7 SENIOR (TORNEO) 7,00 12 €FUTBOL 7 VETERANO (LIGA) 23,90 40 €FUTBOL 7 VETERANO (TORNEO) 7,00 12€FUTBOL 7 (CATEGORIAS INFERIORES, LIGA) 11,65 20 €FUTBOL 7 (CATEGORIAS INFERIORES, TORNEO) 3,60 10 €FÚTBOL PLAYA (TORNEO) 11,65 20 €FÚTBOL PLAYA JUVENIL (TORNEO) 7,00 12 €TENIS SENIOR (LIGA) 14,00TENIS SENIOR (TORNEO) 4,10TENIS CATEGORÍAS INFERIORES (TORNEO) 2,25TENIS DE MESA (TORNEO) 2,25

46 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

TENIS MESA CAT. INFERIORES (TORNEO) 1,25BALONCESTO SENIOR (TORNEO) 7,00BALONCESTO CATEGORÍA INFERIOR (TORNEO) 3,60BALONMANO SENIOR (TORNEO) 7,00BALONMANO CATEGORÍA INFERIOR (TORNEO) 3,60BADMINTON SENIOR (TORNEO) 4,10BADMINTON CATEGORÍA INFERIOR (TORNEO) 2,25TORNEO SENIOR PÁDEL 4,10TORNEO CATEGORÍAS INFERIORES PÁDEL 2,25LIGA SENIOR PÁDEL 14,00

Según aparece estipulado en los cuadros de infracciones y sanciones de la Normativa del Campeonato Local de Fútbol y Fút-bol Sala Veteranos, que es de Régimen Interno de la Delegación Municipal de Deportes, se establecen las siguientes como posiblescausas de incautación de la fianza depositada en dicha Delegación antes del inicio de cada temporada:

Infracciones: Sanción:

1. TARJETAS AMARILLAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,75€2. ACUMULACIÓN(TARJETAS AMARILLAS) . . . . . . . . . . . . . 2,00€3. DOBLE TARJETA AMARILLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,50€4. SANCIÓN (DOBLES AMARILLAS) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00€5. TARJETAS ROJAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,50€6. SANCIÓN(TARJETAS ROJAS)(PART.IMP.) . . . . . . . . . . . . . . 2,00€7. ENTREGA FICHAS TARDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,00€8. NO PRESENTAR ENTREN. O DELEG. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,00€9. ALINEACIÓN INDEBIDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10,00€10. INCOMPARECENCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15,00€11. INFERIORIDAD NUMÉRICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,00€12. RETRASO POR COINCIDENCIA CAMIS. . . . . . . . . . . . . . . . 5,00€13. NO RESPETAR NORMAS DE BANQUILL. . . . . . . . . . . . . . . 5,00€14. EXCLUSIONES CLUB . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60,00€15. EXCLUSIONES JUGADORES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20,00€16. EXCLUSIÓN TROFEO DEPORTIVIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . 20,00€17. AGRESIÓN MUTUA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30,00€18. AGRESIÓN AL COLEGIADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10,00€19. MALA IMAGEN EN DESARR.PARTIDOS . . . . . . . . . . . . . . . 5,00€

La fianza, mientras no sea agotada, permanecerá custodiada por temporada por funcionarios de la Delegación de Deportes ydeberá ser repuesta obligatoriamente por cada equipo en caso de ser agotadas antes del comienzo de la siguiente temporada.

En caso de la desaparición de algún equipo deberán ser repuestas en parte proporcional por aquellos jugadores que finaliza-ron la temporada con el equipo en cuestión y quieran seguir jugando.

El importe de las fianzas agotadas repercutirá en material deportivo para los equipos de dichos campeonatos locales.C) Escuelas Deportivas:

Concepto Precio (€)Por modalidad y temporada 15,45

D) Gimnasia de mantenimiento:Concepto Precio (€)

Aerobic, y similar (al mes) 12,05E) Servicios Gimnasio Cubierto:

Servicio gimnasio cubierto Precio (€)

1 SESIÓN SAUNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,305 SESIONES SAUNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,2010 SESIONES SAUNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26,35MUSCULACIÓN (AL MES) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17,00CURSO DE TENIS (AL MES). Para el desarrollo del curso debe haber como mínimo 10 alumnos inscritos . . . . 17,00

F) Por la utilización de las instalaciones para actividades no deportivas y de uso exclusivo:

Duración Precio (€)

1 hora 156,55Fianza 412,00

G) Utilización pistas de tenis municipales

Concepto Precio (€)

Adultos sin luz 2,60» con luz 3,00

H) Por cada hora de utilización del pabellón de deportes por equipos de categoría:

Concepto Precio (€)

Profesional 56,65Regional 34,00Provincial 22,65

Campeonatos locales Inscripción (€) Fianza

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 47

I) Por la utilización de campo de fútbol césped artificial (1 hora 30 minutos).

Concepto Precio (€)

ADULTOS SIN LUZ (POR EQUIPO) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10,30ADULTOS CON LUZ CENTRAL (POR EQUIPO) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15,45EQUIPOS QUE ESTÉN EN CATEGORÍA NACIONAL (2 horas 30 minutos) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113,30EQUIPOS QUE ESTÉN EN CATEGORÍA REGIONAL (2 horas 30 minutos) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90,65EQUIPOS QUE ESTÉN EN CATEGORÍA PROVINCIAL (2 horas 30 minutos) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68,00UTILIZACIÓN CAMPO FÚTBOL 7 CÉSPED ARTIFICIAL (1H 30 MIN.). POR CADA EQUIPO . . . . . . . . . 5,15UTILIZACIÓN CAMPO FÚTBOL 7 CÉSPED ARTIFICIAL (1H 30 MIN.). Por cada equipo con luz central . . 7,75

J) Los arbitrajes que se realicen en las distintas competiciones y campeonatos serán abonados directamente por los partici-pantes a los árbitros.

K) Utilización mesa tenis pabellón.

Concepto Precio (€)

» Adultos 2,25» con luz 3,00

L) Utilización pista bádminton pabellón.

Concepto Precio (€)

Adultos sin luz 2,25Adultos con luz 3,00

M) Curso de pádel adultos/as y niños/as:

Concepto Precio (€)

Inscripción por temporada 15,45Cuota trimestral (curso) 71,05

N) Alquiler pista pádel descubierta (1h. 30 min.).

Concepto Precio (€)

Con luz 6,20Sin luz 4,10

Ñ) Para la aplicación de las tarifas anteriores, se considerarán adultos aquellas personas mayores de 16 años.O) En el alquiler de instalaciones deportivas para menores de 16 años la cuota será la resultante de aplicar sobre las tarifas

anteriores un porcentaje del 30%.

24. Se modifica el apartado 6 del artículo 5º de la Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Utilización de Instala-ciones y Servicios Deportivos Municipales, quedando con la siguiente redacción:

6. Toda asociación sin ánimo de lucro que organice actividades que sean consideradas por el Ayuntamiento como de inte-rés social, disfrutará de exención de las tarifas referidas al uso de instalaciones deportivas.

25. Se modifica el artículo 4º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Servicio de Mercado, quedando redac-tado como sigue:

Artículo 4.º Tarifas.Las tarifas que regirán por ocupación de los puestos, almacenes y otros servicios, serán las que a continuación se expresan:

Concepto Cantidad (€) / mes

Por cada puesto dedicado a la venta de frutas y hortalizas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,00Por cada puesto dedicado a la venta de pescados y mariscos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32,00Por cada puesto dedicado a la venta de carnes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39,95Por cada puesto dedicado a bar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47,95Por cada puesto dedicado a otros usos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47,95

26. Se modifica el artículo 5º «Tarifas», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso PúblicoLocal con Mesas, Sillas, Tribunas, Tablados y Otros Elementos Análogos con Finalidad Lucrativa, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 5.º Tarifas.La tarifa será la siguiente:

Tarifa General Al trimestre o fracción/por cada metro cuadrado

En calles de categoría A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,75 €En calles de categoría B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,53 €En calles de categoría C o D . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,31 €

A los efectos de la aplicación de esta tarifa, los aprovechamientos pueden ser anuales, cuando se autoricen para todo el añonatural y temporales, cuando el período autorizado sea inferior al año, aunque comprenderá al menos un trimestre natural. Todos losaprovechamientos realizados sin autorización administrativa se considerarán anuales.

27. Se modifica el artículo 5º «Tarifas», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Puestos, Barracas, Casetas de Venta,Espectáculos o Atracciones Situados en Terreno de Uso Público e Industrias Callejeras y Ambulantes y Rodaje Cinematográfico,quedando con la siguiente redacción:

Artículo 5.º Tarifas.1. La cuantía de la Tasa regulada en esta Ordenanza será fijada en las tarifas obtenidas en el apartado siguiente.2. Las tarifas serán:

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Concepto/Duración / Precio.

Pista de coches locos, por día: 17,55 euros.

Aparatos y casetas de atracción y espectáculos, por metro lineal de fachada, al mes o fracción: 8,80 euros, con un mínimo de87,90 euros.

Casetas públicas con bar y ánimo de lucro, quiosco-bar, chocolatería, etc., por metro cuadrado, al mes o fracción: 8,80 euros,con un mínimo de 87,90 euros.

Casetas de casino, círculos de recreo, peñas, por metro lineal de fachada, al mes o fracción: 8,80 euros, con un mínimo de87,90 euros.

Tómbolas no benéficas y rifas , por metro lineal de fachada, al día: 8,80 euros, con un mínimo de 87,90 euros.

Puestos de juguetes, turrones y similares, al mes o fracción , por metro lineal de fachada: 8,80 euros, con un mínimo de87,90 euros.

Teatros desmontables, circos y similares, por metro cuadrado al día: 0,20 euros.

Durante las fiestas de la Santa Cruz y nuestra Patrona, Santa María del Alcor, la adjudicación de los terrenos para la instala-ción de aparatos de cualquier tipo con o sin motor, baby infantiles, barcas y similares, se efectuará mediante licitación por pujas a lallana, sirviendo como tipo mínimo de la misma la siguiente tarifa: Por metro lineal de fachada, con un mínimo de 6, tomando comobase el lado de mayor longitud, en las fiestas de la Santa Cruz: 219,70 €. Espectáculos y atracciones, por metro lineal de fachada,con un mínimo de 6, tomando como base el lado de mayor longitud, en las fiestas de la Santa Cruz: 219,70 €. Tómbolas y rápidasen las fiestas de la santa Cruz: 175,70 euros por metro lineal de fachada. Puestos de turrón, palomitas, helados, juguetes, bisutería ysimilares en las fiestas de la Santa Cruz, por metro lineal y dos metros como mínimo: 39,60 €. Casetas de tiro y similares, por metrolineal o fracción: 74,75 €. Chocolaterías y churros en las Fiestas de la Santa Cruz, por metro lineal: 219,70 €. Las casetas de feriadepositarán una fianza provisional para responder de posibles daños en la vía pública, así como la limpieza del interior de las mis-mas: 47,95 €.

Una vez efectuada la licitación, al mejor postor, deberá el adjudicatario hacer efectivo el importe, acto seguido, en la Tesore-ría Municipal.

Venta realizada en el mercadillo en lugar y día señalado. Por trimestre: 12,40 euros/metro (Su cobro será trimestralmente).

Venta realizada esporádicamente, por día en el recinto del mercadillo u otro lugar expresamente autorizado por el Ayunta-miento: 1,21 euros/metro.

La Tasa por instalación permanente de caseta en el campo de feria: 0,96 euros/m2 con un mínimo de 85,05 euros y máximode 192,70 euros.

Rodaje cinematográfico en la Casa Consistorial y otras instalaciones municipales, por día: 134,90 €.

Rodaje cinematográfico en terrenos de uso público, por día: 101,20 €.

28. Se elimina el apartado 6 del artículo 6º «Tarifas», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Puestos, Barracas,Casetas de Venta, Espectáculos o Atracciones Situados en Terreno de Uso Público e Industrias Callejeras y Ambulantes y RodajeCinematográfico.

29. Se modifica el artículo 5º «Tarifas», de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de UsoPúblico con Mercancías, Materiales de Construcción, Escombros, Vallas, Puntales, Asnillas, Andamios y Otras Instalaciones Análo-gas, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 5.º Tarifas.

1. La cuantía de la Tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente.

2. Las tarifas de la Tasa serán las siguientes:

Concepto Precio

Utilización de cubas, por metro cuadrado, cada día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,25 € Por ocupación de terrenos de uso público con toda clase de mercancías, maquinaria y accesorios para la construcción, así como demateriales de construcción, escombros, vallas, andamios, etc, por metro cuadrado cada díaEn calles de primera categoría o A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,83 € En calles de segunda categoría o B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,61 € En calles de tercera categoría o C . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,42 € En calles no clasificadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,42 € Cuando la ocupación de la vía pública se haga con algún tipo de valla que aísle la obra de la vía pública por metro cuadrado y día . . . . . 0,11 € Por la interrupción del tráfico que se podrá conceder como máximo por tres días ininterrumpidos, por día o fracción.En calles de primera categoría o A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35,95 € En calles de segunda categoría o B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,00 € En calles de tercera categoría o C . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15,95 € En calles no clasificadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15,95 € Cuando la ocupación suponga un dispositivo especial por parte de la Policía Local para la regulación del tráfico, a las anteriores tarifashabrá que añadir el importe de 17,95 € por cada hora o fracción y agente que se dedique a tal fin. Estas tarifas se verán incrementadas con un recargo del 20 % cuando se haya producido la ocupación o el aprovechamiento sujeto a la tasa sin previa autorización administrativa.Tanto la ocupación de la vía pública como la interrupción del tráfico se concederán previo informe de la Policía Municipal.La ocupación de la vía pública en cualquiera de sus formas no podrá exceder de 1/3 de la calle y en todo caso no podrá obstaculizar el tráfico rodado o peatonal, salvo cuando esté previamente autorizado.En caso de interrupción o paralización de la obra por tiempo superior a un mes, la vía pública debe quedar totalmente limpia.

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 49

30. Se modifica el apartado 2.a del artículo 7º, de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenosde Uso Público con Mercancías, Materiales de Construcción, Escombros, Vallas, Puntales, Asnillas, Andamios y Otras InstalacionesAnálogas, quedando con la siguiente redacción:

2. El pago de la Tasa se realizará:a) Tratándose de autorizaciones de nuevos aprovechamientos o de aprovechamientos con duración limitada por ingreso

directo en la Tesorería Municipal o donde estableciese el Excelentísimo Ayuntamiento, pero siempre antes de retirar lalicencia o la autorización que corresponda.

31. Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 8º «Bonificaciones», de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa porOcupación de Terrenos de Uso Público con Mercancías, Materiales de Construcción, Escombros, Vallas, Puntales, Asnillas, Anda-mios y Otras Instalaciones Análogas, quedando con la siguiente redacción:

3. Asimismo podrá otorgarse una bonificación del 95 por ciento de la cuota de la tasa cuando el objeto de la exacción seacomo consecuencia de la construcción de cualquier clase de vivienda, cuya ejecución sea llevada a cabo por Entidad Jurídica sinánimo de lucro; siempre y cuando se cumplan además los requisitos a que se refieren los apartados 1.a) y 1.b) de este artículo. Eneste caso los interesados deberán acompañar a su solicitud copia de los Estatutos, con exhibición de los originales.

4. El órgano competente para otorgar las bonificaciones será el Alcalde-Presidente.

32. Se modifica el apartado 3 del artículo 5º «Cuota Tributaria», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Ocupacionesdel Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública, quedando con la siguiente redacción:

3. La exacción será la que resulte de la aplicación de las tarifas que se insertan a continuación:— Por la ocupación del subsuelo de la vía pública con tuberías, cualquiera que sea su clase y destino, por cada metro,

pagará al año 0,11 euros.— Por cada acometida de gas, agua o electricidad, al año, 0,90 euros.— Por cada arqueta o transformador que se establezca en el subsuelo de la vía pública, al año, 3,35 euros.— Por cada poste colocado en la vía pública, al año 3,60 euros.— Por cada palomilla, al año, 1,75 euros.— Por cada caja registradora o de distribución, arquetas, transformadores, grúas utilizadas en la construcción, y análogos,

apoyados sobre el suelo o que vuelen sobre la vía pública, pagarán, al año, si no exceden de dos metros cuadrados,11,15 euros.

Los mismos elementos recogidos en la tarifa anterior, cuando excedan de dos metros cuadrados, pagarán la cuota anterior, ypor cada metro cuadrado o fracción de exceso, pagarán, al año 4,49 euros.

— Por cada aparato de venta automática, al año, 11,15 euros.— Por cada báscula, al año 1,15 euros.— Por cada cajero automático utilizable desde la vía pública 109,15 euros al año.— Por cada metro lineal de cable trenzado de distribución u otros materiales conductores de fluido eléctrico situado en el

subsuelo o vuelo de la vía pública, al año, 0,11 euros.— Por cada metro lineal de línea eléctrica de distribución para suministro de energía para el alumbrado o fuerza motriz, al

año, 0,06 euros.— Cualquier otro aprovechamiento de la vía pública no contemplado en los epígrafes anteriores o en otras Ordenanzas tri-

butará por importe de 0,65 euros metro cuadrado y día.

33. Se modifica el apartado 2 del artículo 5º «Tarifas», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos aTravés de las Aceras y las Reservas de Vía Pública para Aparcamiento, Carga y Descarga de Mercancías de Cualquier Clase, que-dando con la siguiente redacción:

2. Las tarifas a aplicar serán las siguientes:a) Por cada paso por la acera para facilitar la entrada de vehículos en un edificio, haya o no badén, se pagará por año o

fracción.1) Siempre que se trate de aparcamiento o cocheras.

— Hasta dos vehículos: 14,40 €.— Más de dos y menos de cinco: 39,90 €.— De cinco vehículos en adelante por cada vehículo: 12,05 €.

2) Siempre que se trate de talleres mecánicos, locales para venta y exposición de vehículos, o de prestación de servi-cio de lavado, petroleado, etc.: 26,40 €.

3) En cocheras para camiones, anual: 26,40 €.b) Por cada placa de prohibición de aparcamiento o señalizadora de vado permanente, al año, por cada puerta de cochera

de menos de tres metros.Si la cochera fuese de más de tres metros: 8,06 € por metro o fracción adicional.Los contribuyentes por esta Tasa están obligados a la colocación permanente de un disco de prohibición de estaciona-miento en su entrada, el cual le será facilitado por el Ayuntamiento previo pago de la correspondiente tasa: 26,40 €.

c) Reserva permanente durante todo el día para otros usos o destinos, por metro lineal, al año: 39,35 €.

34. Se modifica el artículo 1º «Fundamento y Naturaleza», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Utilización Ins-talaciones de Propiedad Municipal para Fines Privados que Supongan un Interés Colectivo, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 1.º Fundamento y Naturaleza.En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, por el artículo 106.2 de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del RDL 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 20.4.x) de dicha Ley, este Ayuntamiento establece la Tasa por la utilización de columnas, carteles y otras instala-

50 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

ciones de propiedad municipal para fines privados que supongan un interés colectivo, así como para la exhibición de anuncios, que seregirá por lo dispuesto en la presente Ordenanza Fiscal cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del citado RDL 2/2004.

35. Se modifica el artículo 2º «Hecho Imponible», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Utilización Instalacionesde Propiedad Municipal para Fines Privados que Supongan un Interés Colectivo, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 2.º Hecho imponible.Constituye el hecho imponible de esta tasa la utilización de columnas, carteles y otras instalaciones de propiedad municipal

para fines privados que supongan un interés colectivo, así como para la exhibición de anuncios.

36. Se modifica el artículo 5º «Tarifas», de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Utilización Instalaciones de Propie-dad Municipal para Fines Privados que Supongan un Interés Colectivo, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 5.º Tarifas.1. La cuantía de la Tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en la Tarifa contenida en el apartado siguiente.2. La tarifa de esta Tasa será la siguiente:a) Por la utilización del salón de actos de la Casa de la Cultura y de la Juventud:

— Con fines de lucro, 44,95 euros por día de uso de las instalaciones.b) Por la utilización de la Caseta Municipal en el Recinto Ferial con fines de lucro, 168,65 euros por día de uso de las ins-

talaciones. Para la utilización del resto del recinto ferial la tarifa será a razón de 8,80 € por metro cuadrado y día de uti-lización.— Fianza: 300 euros.

c) Por la utilización de los Centros Cívicos con fines de lucro, 33,75 euros por día de uso de las instalaciones.— Fianza: 100 euros.El uso de estas instalaciones para fines de lucro no lleva consigo la utilización de los aparatos de megafonía y sonidomunicipales.

d) Por la utilización de columnas, carteles y otras instalaciones de propiedad municipal para fijar en ellas de anuncios omensajes 237,25 €/m2 de superficie de soporte ocupado anualmente.

37. Se modifica el apartado 2 del artículo 6º «Tarifas», de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Instalación deQuioscos en la Vía Pública, quedando con la siguiente redacción:

2. Las tarifas de la Tasa serán:

Quioscos Precio

Instalados en calles de categoría A, al trimestre . . . . . . . . . . . . . . . 95,95 € Instalados en calles de categoría B, al trimestre . . . . . . . . . . . . . . . 47,95 € Instalados en calles de categoría C o D, al trimestre . . . . . . . . . . . . 36,25 €

38. Se modifica el apartado 2 del artículo 4º «Tarifa», de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la Pres-tación del Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de El Viso del Alcor (Sevilla), quedando con la siguiente redacción:

2. Para el resto de usuarios que hayan accedido al servicio según lo previsto en el art. 8.1 b) y c) de la Ordenanza Munici-pal Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio se procederá a establecer el precio-costo por hora de servicio en 10,30 euros/hora.Para estos usuarios se tendrá en cuenta la renta per capita anual, definida como la suma de la renta de cada uno de los miembros de launidad de convivencia, dividida por el número de integrantes, según Orden de 15 de noviembre de 2007. Se entenderá por unidad deconvivencia al conjunto de personas que convivan y compartan el mismo domicilio de forma estable y permanente.

39. Se modifica el segundo párrafo del artículo 3º «Cuantía», de la Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Expe-dición de Planos de El Municipio de El Viso Del Alcor, quedando con la siguiente redacción:

La cuantía del precio público por expedición de planos de situación será de 6,75 € por cada plano de situación expedido.

40. Se modifica el artículo 6º «Tarifas», de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa Por Prestación de Servicios Consis-tentes en la Celebración de Matrimonios Civiles, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 6.º Tarifas.Se establecen tres fórmulas y circunstancias de celebración de los matrimonios civiles: — Matrimonios civiles a celebrar en sábados, domingos y festivos en el Patio del Ayuntamiento con exorno y preparación

del recinto y con acompañamiento musical.— Matrimonios civiles a celebrar en días laborables en el Patio del Ayuntamiento con exorno y preparación del recinto y

con acompañamiento musical.— Matrimonios civiles a celebrar en dependencias municipales que no requieran exorno y en los que sólo se precise la pre-

sencia del Alcalde o Concejal y del Jefe de Protocolo.Las Tarifas de esta Tasa de Celebración de matrimonios civiles serán las siguientes:Celebración de matrimonios civiles/Precio.Prestación del servicio en sábados y festivos en el patio del Ayuntamiento con exorno y preparación del recinto y con acom-

pañamiento musical: 197,75 euros.Prestación del servicio en días laborables en el patio del Ayuntamiento con exorno y preparación del recinto y con acompaña-

miento musical: 154,50 euros.Prestación del Servicio en dependencias municipales que no requieran exorno y en los que sólo se precise la presencia del

Alcalde o Concejal y del Jefe de Protocolo: 74,15 euros.

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Estas tarifas se reducirán en un 20% por cada uno de los contrayentes que estén empadronados en nuestra localidad, previasolicitud y una vez acreditada dicha situación.

En función de la disponibilidad y circunstancias se podrá celebrar fuera de la Casa Consistorial un Acto de RatificaciónMatrimonial preparado por los servicios municipales de protocolo.

La Tarifa de esta Tasa de Celebración del acto de ratificación matrimonial fuera del Ayuntamiento será la siguiente:Acto de ratificación matrimonial fuera del Ayuntamiento/Precio.Prestación del servicio cualquier día de la semana: 257,50 euros.

41. Se modifica el artículo 4º de la Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Inclusión de Publicidad en la PáginaWeb Municipal, quedando con la siguiente redacción:

Artículo 4.º Tarifa.1. Se tomará como base de la presente exacción, el tipo de anuncio publicado.2. Tarifas:a) Anuncio simple.

— Se establece exención para este tipo de anuncio.— Asimismo estará exenta la modificación de datos publicados del anunciante, cuando estos lo justifiquen por alguno

de los siguientes supuestos: cambio de domicilio, actualización de callejeros, cambio de teléfono o cambio de fax.b) Anuncio ampliado.

a) 28,80 € anuales. Este importe se prorrateará por número de meses o fracción restantes para la finalización del añonatural.Las prórrogas de anuncios serán por esta cantidad y el pago se efectuará anualmente dentro del primer trimestre delaño natural.La prórroga de anuncios que tengan más de 12 meses de antiqüedad y que no requieran ninguna modificación serápor el precio de 10,50 €, efectuándose dentro del primer trimestre del año natural donde se cumpla dicha condiciónde antigüedad.

b) 15,70 € por modificación de datos de texto, imágenes, dirección web o de e-mail, en caso de ser solicitados.c) Estarán exentas de pago las modificaciones de los datos referentes a , actualización de callejeros, cambio de domi-

cilio, cambio de teléfono o cambio de fax.d) Como máximo se podrá efectuar un cambio al mes en los datos de Anuncio Ampliado.

Los precios regulados en este artículo se entenderán excluidos los impuestos indirectos que sean de aplicación.

42. Se modifica el último párrafo del artículo 3º «Cuantía» de la Ordenanza Reguladora del Precio Público por Activida-des y/o Servicios de la Delegación de Igualdad, quedando con la siguiente redacción:

* En los casos en que la tarifa es variable, se aplicará la que, para cada caso, apruebe el Alcalde-Presidente, a propuesta de ladelegación competente y previo informe técnico de dicha delegación en el que se ponga de manifiesto la previsible cobertura delcoste de la actividad.

43. Se modifica el artículo 2º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Suministro de Energía Eléctrica en elRecinto Ferial durante la Celebración de las Fiestas de la Santa Cruz en el Municipio de El Viso del Alcor, quedando con lasiguiente redacción:

Artículo 2.ºEs objeto de esta Tasa el uso y consumo de energía eléctrica en el recinto ferial durante la celebración de las Fiestas de la

Santa Cruz de este municipio.Serán objeto de esta Tasa todas las instalaciones de consumo que se conecten a las redes eléctricas de distribución de energía

propiedad del Ayuntamiento.

44. Se modifica el artículo 7º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Suministro de Energía Eléctrica en elRecinto Ferial durante la Celebración de las Fiestas de la Santa Cruz en el Municipio de El Viso del Alcor, quedando con lasiguiente redacción:

Artículo 7.ºLa base imponible de esta tasa, que será igual a la liquidable, se establecerá en función del tipo de instalación, siendo la cuota

tributaria la resultante de aplicar las siguientes tarifas: Casetas

Tarifa Categoría Total

Tarifa 1 Casetas particulares con S≤120m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 399,00 €Tarifa 2 Casetas particulares con 120m2<S≤200m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 456,00 €Tarifa 3 Casetas particulares con S>200m2 y casetas públicas con S≤200m2 . . . . . . . . . . . . . . . 505,00 €Tarifa 4 Casetas públicas con 200m2<S≤300m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 614,00 €Tarifa 5 Casetas públicas con S>300m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 724,00 €

Atracciones con potencia mayor o igual a 5kW:Tarifa 6: La cuota aplicable a este epígrafe se establecerá, en cada caso, en función de la potencia instalada de cada actividad

y sobre la aplicación de la siguiente fórmula: Cuota = 11,20 x P (suministro) + 34,22€ (enganche y desenganche) + 114,20€ (mantenimiento) + 131,00 € (Reforma en

redes).Siendo P la potencia instalada.

52 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

Atracciones con potencia menor a 5kW y caravanas:Tarifa 7: La cuota aplicable a este epígrafe se establecerá, en cada caso, en función de la potencia instalada de cada actividad

y sobre la aplicación de la siguiente fórmula: Cuota = 11,20 x P (suministro) + 34,22€ (enganche y desenganche).Siendo P la potencia instalada.Para el cálculo de la tasa, se tendrán en cuenta el valor de potencia de la siguiente tabla, con independencia del valor del certi-

ficado de la instalación eléctrica:

Aparatos y atracciones P kW

CANGURO FLIPER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49CAÑONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,85CHURRERIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29,58DRAGON . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,15OLLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49P. COCHES INFANTIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,15PISTA AMERICANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,15PISTA DE COCHES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60RALLY PARIS-DAKAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,15SCALECTRIX . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25SIMULADOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,15TECNO DANCE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50TOMBOLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16,44TORO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20TREN DE LA ESCOBA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29,58RATON VACILON . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65BABY. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13,15GUSANO LOCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34,64BARCA VIKINGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65

En caso de que el titular de la instalación tenga una potencia inferior a la reflejada en la tabla, deberá acreditarlo mediantedocumentación legal, referente a reformas realizadas en la atracción donde justifique la nueva potencia instalada.

Las tarifas descritas, comprenden un periodo de funcionamiento desde el miércoles de las Fiestas de la Santa Cruz hasta lanoche del domingo, para ello se suministrara energía eléctrica desde el martes previo hasta la mañana del lunes siguiente. Para lasatracciones y casetas que deseen tener suministro eléctrico con anterioridad al martes de las Fiestas deberán abonar, previa solicitud,el importe de la tarifa que le corresponda más el importe del día extra, por cada día de suministro fuera del periodo ordinario (demiércoles a domingo). No se admitirá el suministro de Energía Eléctrica, por días alternativos, con antelación al período de las Fies-tas de la Santa Cruz.

Suplemento día extra:

Tarifa Categoría Cuota por cada día extra

Tarifa 1 Casetas particulares con S≤120m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 €Tarifa 2 Casetas particulares con 120m2<S≤200m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 €Tarifa 3 Casetas particulares con S>200m2 y casetas públicas con S≤200m2 . . . . . . . . . . . . . . 41,00 €Tarifa 4 Casetas públicas con 200m2<S≤300m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61 €Tarifa 5 Casetas públicas con S>300m2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81,00 €Tarifa 6 Atracciones mayores o igual a 5 Kw . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,86 x PTarifa 7 Atracciones menores a 5 Kw y caravanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,86 x P

45. Se añade el capítulo XI con el artículo 11º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Suministro de EnergíaEléctrica en el Recinto Ferial durante la Celebración de las Fiestas de la Santa Cruz en el Municipio de El Viso del Alcor, quedandocon la siguiente redacción:

XI. Conexiones y puesta en marcha de las instalaciones.Artículo 11.ºLas instalaciones deberán contar con el correspondiente Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión y/o cualquier

otro documento que justifique su legalización por la normativa vigente aplicable, emitido por Instalador Autorizado y/o Técnico com-petente en su caso, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Comple-mentarias, así como en otras normas sectoriales que sean de aplicación. A partir del punto de conexión municipal la responsabilidadcorre a cargo del titular de la caseta.

El Ayuntamiento de El Viso del Alcor no conectará ninguna acometida de caseta, atracción, caravanas u otros, hasta tanto nose haga entrega de los certificados de las instalaciones y se abonen las tasas correspondientes.

Las instalaciones deberán contar con la correspondiente caja de acometida que estará fijada de forma estable en la fachada decasetas y/o atracciones. El cable de acometida será acorde con la instalación y no presentara defectos que ponga en peligro la seguri-dad de las personas durante la celebración de las fiestas (cortes del aislamiento, empalmes, etc.) y será colocado por el titular de lainstalación hasta la caja de conexión del Ayuntamiento. No se permitirán acometidas subterráneas.

Para garantizar que el Ayuntamiento preste el servicio de energía a todos los usuarios, en el tiempo y forma previsto en estaOrdenanza, será necesario que la documentación necesaria para su puesta en marcha y conexión sea entregada con antelación delmartes antes de Feria a las 12.00 h.

46. Disponer que los acuerdos 1 a 45 de modificación de Ordenanzas Fiscales y Ordenanzas reguladoras de precios públi-cos, una vez aprobados, entrarán en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y comenzarán a aplicarseel 1 de enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En El Viso del Alcor a 10 de diciembre de 2012.—La Concejala-Delegada de Hacienda, Marina Martín Martín.34W-15719

Viernes 14 de diciembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 53

BORNOS (Cádiz)Notificación de decretos de inicio de procedimientos san-

cionadores, instruidos por la Unidad Administrativa de Urba-nismo y Vivienda por infracción del Reglamento Regulador dela Venta Ambulante en el municipio de Bornos.

Intentada la notificación sin que se haya podido practicar,conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, de régimen jurídico y del procedimientoadministrativo común, por el presente se notifica la resoluciónde incoación de expediente sancionador a los interesados que acontinuación se relacionan, indicándoles que este acto no es de-finitivo en vía administrativa y que disponen de un plazo dequince (15) días, a contar desde la fecha de esta publicación,para efectuar las alegaciones y proposición de pruebas.

Para conocimiento íntegro del acto podrán consultarlo enestas oficinas, sitas en plaza Alcalde José González número 2,de Bornos, se indica expedientado, NIF, número de expediente,fecha de inicio y artículo del Reglamento de la Venta Ambu-lante en el término municipal de Bornos.

Expedientado: Don Juan Carmona Hiruelo.NIF: 44957512X.N.º Expte.: DU-12063.Fecha inicio: 11 de octubre de 2012.Tipificación: Artículo 27.3º.Bornos a 9 de noviembre de 2012.—El Alcalde, Juan Sevi-

llano Jiménez.8W-14537

CHIPIONA (Cádiz)

De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, renumerado porel art. 68.2 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, intentadasin efecto la notificación del acto administrativo que se indica,este Ayuntamiento ha acordado la publicación del presenteanuncio para que sirva de notificación al interesado, a cuyo finse comunica que el expediente se encuentra a su disposiciónen la Unidad de Disciplina Urbanística de este Ayuntamiento,sita en plaza de Andalucía s/n, donde podrá comparecer paraconocimiento del texto íntegro de aquel, durante el plazo quese indica contado desde el día siguiente a la fecha de estapublicación.

Notificación: Notificación acuerdo Junta Gobierno Localdel Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz) de fecha 3 de octubrede 2012, punto 12.º, relativo a expediente Protección Legali-dad Urbanística.

— Expediente: P.L. 6/2012.— Interesado: Don Julio Neira García.— D.N.I.: 28.468.388-T.— Acto que se notifica: Propuesta de Concejal Delegado

relativa a resolución expediente Protección Legalidad.— Infracción: Art. 218.1.a) LOUA.— Recurso: Potestativo de reposición en plazo de un

mes ante el Alcalde o contencioso-administrativo anteJuzgado Contencioso-Administrativo de Cádiz, enplazo de 6 meses desde que se produzca acto presuntoo de 2 meses después de la resolución del recurso dereposición.

Chipiona a 30 de noviembre de 2012.—El Alcalde-Presi-dente, Antonio Peña Izquierdo.

34W-14341

MONTILLA (Córdoba)

Dictada resolución de fecha 8 de octubre de 2012, por laque se ordena la ejecución de las medidas necesarias a fin demantener el solar sito en el PP.14 «Canteras de Santa María»de esta localidad en buen estado de conservación de conformi-dad con lo establecido en la Ordenanza municipal de limpiezaviaria y residuos sólidos urbanos en su art. 34, cuya titularidadfigura a nombre de la entidad EAGA, S.A. con domicilio enSevilla, y no habiendo sido posible realizar la notificación, sehace público a fin de que durante el plazo de quince días, acontar desde el siguiente al de la publicación del presenteanuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, asícomo en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Sevilla, eltitular de dicho solar pueda personarse en la Secretaría de esteAyuntamiento, a fin de notificar dicha resolución, en aplica-ción del artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún.

Caso de no aparecer ningún interesado, el Ayuntamientodará por notificado el acto y proseguirá con la realización delas actuaciones necesarias, tendentes a garantizar la seguridad,salubridad y ornato del solar, con cargo a los obligados.

Montilla a 3 de diciembre de 2012.—El Alcalde. (Firmailegible.)

2W-15431

54 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 289 Viernes 14 de diciembre de 2012

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