Taller Salud 3

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  • 8/18/2019 Taller Salud 3

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    TALLER DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

    LUIS MIGUEL HERRERA RODRIGUEZ

    LISSETH MARTINEZ ROMERO

    PEDRO LUIS MONTERO ACOSTA

    JOSE MIGUEL RAMIREZ VERGARA

    ING. JHONNY DE JESUS CASTILLO CAPDEVILLA

    UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA

    SANTA MARTA, MAGDALENA D.T.C.H

    2015

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    1) Esq!"# $! %&'(#%(*+ $! (!s-&s #/&#!sI+'!!'#%(*+ $! #& "+("&, #& (+(%(#, #& "34("&.

    Para todos los casos, el monto de las cotizaciones no podrá ser inferior al

    0.348% ni superior al 8.7% del Ingreso Base de Cotizacin !IBC" de lostra#a$adores. ste porcenta$e, corresponde a la clase de riesgo !de I a &" de la

    acti'idad econmica so#re la cual se está cotizando.

    6(7+ #-# 8 %3 !s ! &%!+'#9! $! %&'(#%(*+ !+ ! S(s'!"# G!+!#

    $! R(!s-&s L#/&#!s:

    Para los tra#a$adores dependientes, al empleador le corresponde el pago del

    (00% de la cotizacin. l tra#a$ador no contri#u)e en la cotizacin.

    Para los tra#a$adores independientes con contrato de prestacin de ser'icios,

    *ue desarrollan acti'idades de las clases de riesgo I a III, le corresponde al

    contratista el pago del (00% de la cotizacin.

    Para los tra#a$adores independientes con contrato de prestacin de ser'icios,

    *ue desarrollan acti'idades de las clases de riesgo I& ) &, le corresponde al

    contratante el pago del (00% de la cotizacin.

     

    Para los tra#a$adores independientes, agremiados o asociados, le corresponde

    al agremiado o asociado el pago del (00% de la cotizacin.

    +a tarifa a pagar por la co#ertura del istema -eneral de iesgos +a#orales se

    determinará de acuerdo con la acti'idad econmica principal o el centro de

    tra#a$o de la entidad, empresa o institucin p/#lica o pri'ada. n el caso del

    tra#a$ador independiente contratista, la cotizacin se realizará teniendo en

    cuenta el ma)or riesgo entre la clase de riesgo del centro de tra#a$o de la

    entidad o institucin o el propio de la acti'idad e$ecutada por el contratista. l

    -o#ierno nacional esta#leci la siguiente ta#la de cotizaciones mnimas )

    má1imas2

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    V#& (+(%(#; s el 'alor correspondiente *ue toda empresa de#e

    cotizar por primera 'ez al sistema general de riesgos profesionales,

    dependiendo el riesgo al *ue corresponda.

     

    V#& "+("&

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    *ue le correspondera no está ofreciendo la co#ertura en riesgos

    profesionales a sus empleados.

    L# !s(*+, definida tam#in en la referida circular unificada, es la práctica

    mediante la cual se cotiza al istema -eneral de iesgos Profesionales so#re un

    'alor inferior al realmente de'engado por el tra#a$ador= tam#in, lo es cotizar por una acti'idad o clase de riesgo *ue no corresponde,

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    #. er'icios de

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    BIBLIOGRAIA

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