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 TEMA 1.- EL REINTEGRO POSESORIO Es la potestad de la admo. de recuperar por sí misma la posesió ide!idamete perdida so!re !iees " derec#os de su patrimoio$ si ecesidad de acudir al tri!ual ci%il. Se disti&ue etre' !iees demaiales$ (ue su recuperació es directa " !iees patrimoiales$ (u e tiee u procedimieto de recuperació$ se de!e oti)car ates de 1 a*o a la usurpació$ " tiee + ,ases$ua declarati%a e la (ue se da audiecia al iteresado " otra eecutoria para recuperar la posesió.  TRAMI TES E/E0TOS GENER ALES E L OS ESLINES E L OS 2IENES E LA AMINISTRA0ION La LPAP recooce a la admo. la potestad de deslidar3,acultad de precisar los limites de sus )cas$ siedo %isi!le co #itos o mooes4 !iees imue!les de su patrimoio de oros de terceros cu5do los limites etre ellos sea imprecisos $ este o puede ser parali6ado por los propietarios colidates. El procedimieto se iicia de o)cio por iiciati%a propia o a petició de los colidates$ se comuica al Re&istro para su icrispció$ el iicio del mismo se pu!lica e el 2OE " ta!ló de aucios del a"utamieto$ oti)c5dose a los (ue te&a derec#os so!re las )cas colidates. A78ISI0ION E 2IENES POR LA AMINISTR A0ION se puede disti&uir' - por atri!ució de la le"3 le"es si&ulares e9pro piatorias$ o!li&acioes de cesió$ !iees mostrecos3!iees a!adoados o perdidos$descooci:dose su due*o$se de!e mostrar o pre&oar para ser suscepti!les de propiedad pri%ada4 - a titulo o eroso 3reciproco para am!as partes$ &ra%oso " !ee)cio para am!a s par tes- a titulo &ratuito 3#erecia$ le&ado o doació4 - por prescipció - por ocupació -por resolució udicial o admiistrati%a. P ARA 78E ;A SER<IO LA APLI0A0I=N EL 0ON0EPTO E PROPIEA A LOS 2IENES P82LI0OS. Las admiistracioes pu!licas dispoe de !iees (ue lo mismo (ue sus medios persoales o de cual(uier tipo$ sir%e a la satis,acció de los )es p>!licos (ue tiee asi&ados. Est5 suetos a u r:&ime si&ular de derec#o admiistrati%o$ dero&atorio " e9or!itate respecto del derec#o pri%ado. 0OMO P8EE LA AMINISTR A0ION A <ERIG8AR LA SIT8A0ION E LOS 2IENES O ERE0;OS 78E SE PRES8MEN E S8 PROPIEA? EE0TOS 78E TIENE. Por medio de la acció de i%esti&ació' La admo. tiee el derec#o " el de!er de i%esti&ar la situació de los !iees " derec#os (ue se presume (ue sea de su propiedad siempre (ue :sta o coste$ a ) de determiar la titularidad de los mismos. Los !iees patrimoiales del estado se reco&e e el i%etario &eeral de !iees " derec#os del patrimoio del estado. INS0RIP0ION EN EL REGISTRO E L A PROPIEA E 2IENS E LA AMINISTR A0ION.

TEMA 1 D. ADMINISTRATIVO

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 TEMA 1.-

EL REINTEGRO POSESORIO

Es la potestad de la admo. de recuperar por sí misma la posesió ide!idamete perdida so!re!iees " derec#os de su patrimoio$ si ecesidad de acudir al tri!ual ci%il. Se disti&ue etre'!iees demaiales$ (ue su recuperació es directa " !iees patrimoiales$ (ue tiee uprocedimieto de recuperació$ se de!e oti)car ates de 1 a*o a la usurpació$ " tiee +,ases$ua declarati%a e la (ue se da audiecia al iteresado " otra eecutoria para recuperar laposesió.

 TRAMITES E/E0TOS GENERALES E LOS ESLINES E LOS 2IENES E LA AMINISTRA0ION

La LPAP recooce a la admo. la potestad de deslidar3,acultad de precisar los limites de sus)cas$ siedo %isi!le co #itos o mooes4 !iees imue!les de su patrimoio de oros deterceros cu5do los limites etre ellos sea imprecisos $ este o puede ser parali6ado por lospropietarios colidates. El procedimieto se iicia de o)cio por iiciati%a propia o a petició delos colidates$ se comuica al Re&istro para su icrispció$ el iicio del mismo se pu!lica e el2OE " ta!ló de aucios del a"utamieto$ oti)c5dose a los (ue te&a derec#os so!re las)cas colidates.

A78ISI0ION E 2IENES POR LA AMINISTRA0ION

se puede disti&uir' - por atri!ució de la le"3 le"es si&ulares e9propiatorias$ o!li&acioes decesió$ !iees mostrecos3!iees a!adoados o perdidos$descooci:dose su due*o$sede!e mostrar o pre&oar para ser suscepti!les de propiedad pri%ada4

- a titulo oeroso 3reciproco para am!as partes$ &ra%oso " !ee)cio para am!as partes- atitulo &ratuito 3#erecia$ le&ado o doació4 - por prescipció - por ocupació -porresolució udicial o admiistrati%a.

PARA 78E ;A SER<IO LA APLI0A0I=N EL 0ON0EPTO E PROPIEA A LOS 2IENESP82LI0OS.Las admiistracioes pu!licas dispoe de !iees (ue lo mismo (ue sus mediospersoales o de cual(uier tipo$ sir%e a la satis,acció de los )es p>!licos (ue tieeasi&ados. Est5 suetos a u r:&ime si&ular de derec#o admiistrati%o$ dero&atorio "e9or!itate respecto del derec#o pri%ado.

0OMO P8EE LA AMINISTRA0ION A<ERIG8AR LA SIT8A0ION E LOS 2IENES OERE0;OS 78E SE PRES8MEN E S8 PROPIEA? EE0TOS 78E TIENE.Por medio de la acció de i%esti&ació' La admo. tiee el derec#o " el de!er dei%esti&ar la situació de los !iees " derec#os (ue se presume (ue sea de supropiedad siempre (ue :sta o coste$ a ) de determiar la titularidad de los mismos.Los !iees patrimoiales del estado se reco&e e el i%etario &eeral de !iees "derec#os del patrimoio del estado.

INS0RIP0ION EN EL REGISTRO E LA PROPIEA E 2IENS E LA AMINISTRA0ION.

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La LPAP prescri!e la iscripció de !iees " derec#os demaiales " patrimoiales e lasAAPP. así como actos " cotratos re,eridos a ellos (ue pueda ser iscri!i!les$sal%o losarredamietos (ue lo sea co,orme a la le&islació #ipotecaria cu"a iscripció espotestati%a.

PRIN0IPIOS 3se&> esta!lece la LPAP4 78E E2EN INSPIRAR LA GESTION AMINISTRA0ION E LOS 2IENES E OMINIO P82LI0O'Ialiea!ilidad 3o se puede pasar o trasmitir4 Iem!ar&a!ilidad Imprescripti!ilidad3o puede ser o!to de prescripció ad(uisiti%a4 edicacio pre,erete al uso com>,rete a su uso pri%ati%o Ideti)cacio " cotrol co i%etarios o re&istros adecuados

SEG@N LA LPAP3BC4 PRES0RI2E 78E LA AMINISTRA0ION E LOS 2IENESPATRIMONIALES SE ;ARA 0ON/ORME'a los pricipios de e)ciecia " ecoomía e su &estió " e)cacia " reta!ilidad e le9plotació para e%itar la co%ersió de los !iees patrimoiales e ri(ue6a ierte.

SIGNI/I0AO E 2IENES MOSTREN0OSEs u supuesto de ad(uisició de !iees por la admiistració$ e cocreto poratri!ució de le"$ (ue so %acates " si due*o coocido. La posi!ilidad de ocupació "ad(uisició de la propiedad de los !iees %acates por particulares a tra%:s de laprescripció de !iees patrimoiales o patriculares %acates o a!adoados$ losdemaiales so imprescripti!les.