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1 CURSO DE TEOLOGIA SACRAMENTARIA Y ESPIRITUAL. ----- LEE LOS CAPITULOS Y RESPONDE LAS PREGUNTAS. NOTA : El formato del documento es para HOJA OFICIO (216 x 330 mm.). Sugerimos cambiarlo si se va a imprimir en papel con otras dimensiones. TEOLOGÍA PARA TODOS Un curso de religión -multimedia- a distancia y personalizado Seminario I: Teología Dogmática Envío 38vo. PARA SALVARTE del P. Jorge Loring 86.- Al confesor hay que decirle voluntariamente, con humildad, y sin engaño ni mentira, todos y cada uno de los pecados graves 1 no acusados todavía en confesión individual bien hecha2; y en orden a obtener la absolución 3 . No tendría carácter de confesión sacramental manifestar los pecados para pedir consejo, obligarle a callar, etc. 4 . 86,1. «Antes de empezar la confesión el sacerdote puede leer al penitente, o recordarle, algún texto o pasaje de la Sagrada Escritura en que se muestre la misericordia de Dios y la llamada del hombre a la conversión» 5 . «La confesión del creyente no puede equipararse simplemente a una declaración humana de culpabilidad. Es ante todo un acto religioso, movido por la fe y la confianza en Dios, a través del cual el penitente expresa su arrepentimiento, juntamente con el reconocimiento humilde de la propia culpa, y la esperanza de alcanzar el perdón. »Es un acto que va dirigido principalmente a Dios, Creador y Padre, fundamento último del orden moral, cuya voluntad se siente agraviada por todo desorden humano, y cuyo amor se muestra siempre dispuesto al perdón y a la reconciliación» 6 . Dijo el Papa Juan Pablo II el 30 de enero de 1981: «Sigue vigente y seguirá vigente para siempre, la enseñanza del Concilio Tridentino 7 en torno a la necesidad de confesión íntegra de los pecados mortales» 8 . Es indispensable manifestar los pecados con toda sinceridad y franqueza, sin intención de ocultarlos o desfigurarlos. 1 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, nº 917. Ed. Herder. Barcelona. Ritual de la Penitencia, 1975, nº 7 2 Nuevo Código de Derecho Canónico, nº 988,1 3 Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1493 4 ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares, 2º, 2ª, IV, 206. Ed. BAC. Madrid. 5 Conferencia Episcopal Española: Ésta es nuestra fe, 2ª, II, 3. EDICE. Madrid, 1986. 6 GONZALO FLÓREZ: Penitencia y Unción de enfermos, 1ª, XV, 3. Ed. BAC. Madrid. 1996. 7 Sesión XIV, Cap. 5, Canon, 7; DENZINGER-SCHRON: Magisterio de la Iglesia, nº 1679-1683. Ed. Herder. Barcelona. 8 Revista ECCLESIA, 2018 (14-II-81)8

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    NOTA: El formato del documento es para HOJA OFICIO (216 x 330 mm.). Sugerimos cambiarlo si se va a imprimir en papel con otras dimensiones.

    TEOLOGA PARA TODOS Un curso de religin -multimedia- a distancia y personalizado

    Seminario I: Teologa Dogmtica Envo 38vo.

    PARA SALVARTE del P. Jorge Loring

    86.- Al confesor hay que decirle voluntariamente, con humildad, y sin engao ni

    mentira, todos y cada uno de los pecados graves 1 no acusados todava en

    confesin individual bien hecha2; y en orden a obtener la absolucin3 . No tendra carcter de confesin sacramental manifestar los pecados para

    pedir consejo, obligarle a callar, etc.4 .

    86,1. Antes de empezar la confesin el sacerdote puede leer al penitente, o recordarle, algn texto o pasaje de la Sagrada Escritura en que se muestre la

    misericordia de Dios y la llamada del hombre a la conversin5 .

    La confesin del creyente no puede equipararse simplemente a una declaracin humana de culpabilidad. Es ante todo un acto religioso, movido por la fe y la confianza en Dios, a travs del cual el penitente expresa su arrepentimiento, juntamente con el reconocimiento humilde de la propia culpa, y la esperanza de alcanzar el perdn.

    Es un acto que va dirigido principalmente a Dios, Creador y Padre, fundamento ltimo del orden moral, cuya voluntad se siente agraviada por todo desorden humano, y cuyo amor se muestra siempre dispuesto al perdn y a la

    reconciliacin6 .

    Dijo el Papa Juan Pablo II el 30 de enero de 1981: Sigue vigente y seguir

    vigente para siempre, la enseanza del Concilio Tridentino7 en torno a la

    necesidad de confesin ntegra de los pecados mortales8.

    Es indispensable manifestar los pecados con toda sinceridad y franqueza, sin intencin de ocultarlos o desfigurarlos.

    1 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n 917. Ed. Herder. Barcelona. Ritual de la Penitencia, 1975, n 7 2 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n 988,1 3 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 1493 4 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa Moral para seglares, 2, 2, IV, 206. Ed. BAC. Madrid. 5 Conferencia Episcopal Espaola: sta es nuestra fe, 2, II, 3. EDICE. Madrid, 1986. 6 GONZALO FLREZ: Penitencia y Uncin de enfermos, 1, XV, 3. Ed. BAC. Madrid. 1996. 7 Sesin XIV, Cap. 5, Canon, 7; DENZINGER-SCHRON: Magisterio de la Iglesia, n 1679-1683. Ed. Herder.

    Barcelona. 8 Revista ECCLESIA, 2018 (14-II-81)8

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    Si confesamos con frases vagas o ambiguas con la esperanza de que el confesor no se entere de lo que estamos diciendo, nuestra confesin puede ser invlida y hasta sacrlega.

    Al confesor hay que manifestarle con claridad los pecados cometidos para que l juzgue el estado del alma segn el nmero y gravedad de los pecados confesados.

    La absolucin exige, cuando se trate de pecados mortales, que el sacerdote

    comprenda claramente y valore la calidad y el nmero de los pecados9 .

    El confesor debe conocer las posibles circunstancias atenuantes o agravantes, y tambin las posibles responsabilidades contradas por ese pecado.

    Tambin hace falta que el penitente est en presencia del confesor. No es lcita

    la confesin a un confesor ausente10 .Por lo tanto no es vlida la confesin por

    telfono11 .

    Si queda olvidado algn pecado grave, no importa; pecado olvidado, pecado perdonado.

    Pero si despus me acuerdo, tengo que declararlo en la confesin siguiente12 . Mientras tanto, se puede comulgar.

    Y no es necesario confesarse nicamente para decirlo, porque ya est

    perdonado13 .

    Pero si la confesin estuvo mal hecha, es necesario confesar de nuevo todos esos pecados graves, en otra confesin bien hecha.

    La obligacin de confesar todos los pecados graves, ciertamente cometidos y ciertamente no confesados, puede considerarse dispensada cuando el penitente

    tiene una imposibilidad de orden fsico o de orden psquico14 .

    En alguna circunstancia excepcional se justifica el callar un pecado grave en la confesin: una vergenza invencible de decirlo a un determinado confesor, por ejemplo, por la amistad que se tiene con l y no ser posible acudir a otro; si peligra el secreto, porque hay alguien cerca que puede enterarse, y no hay modo de evitarlo (sala de un hospital, confesionario rodeado de gente, etc.).

    Pero ese pecado grave, ahora lcitamente omitido, hay obligacin de

    manifestarlo en otra confesin15 .

    Hay circunstancias en las que se puede dispensar de una confesin ntegra y bastara una manifestacin de arrepentimiento general, como sera el caso de una

    persona moribunda o escrupulosa16 .

    9 JUAN PABLO II: Revista ECCLESIA, 2168(31-III-84)7 10 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n 1088. Ed. Herder. Barcelona. 11 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa Moral para seglares, 2, 2, 4, II, 2,194.Ed.BAC.Madrid 12 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n 1111. Ed. Herder. Barcelona. 13 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa Moral para Seglares, 2, 2, IV, n 216. Ed. BAC. Madrid 14 ANTONIO ARZA, S.I.: Preguntas y respuestas en cristiano, pg.45. Ed. Mensajero. Bilbao. 1982. 15 BERNHARD HRING, C.SS.R.: La ley de Cristo, 1, 1, 5, 2, II, 5. Ed. Herder. Barcelona. 16 BERNHARD HRING: SHALOM: Paz, XXII; 7 y XXIII. Ed. Herder. Barcelona. 1998.

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    Si en alguna ocasin quieres confesarte y no encuentras un sacerdote que entienda el espaol, o t no puedes hablar, basta que le des a entender con

    gestos17 el arrepentimiento de tus pecados, por ejemplo, dndote golpes de

    pecho18 . Tu gesto basta para que el sacerdote te d la absolucin.

    Pero estos pecados as perdonados, tienes que manifestarlos la primera vez que te confieses con un sacerdote que entienda el idioma que t hablas.

    86,2. Recientemente la Sagrada Congregacin de la Fe ha publicado un documento en el que se dan normas sobre la manifestacin individual de los pecados en la confesin, y circunstancias en las que puede darse la absolucin colectiva: La confesin individual y completa, seguida de la absolucin, es el nico modo ordinario mediante el cual los fieles pueden reconciliarse con Dios y

    con la Iglesia19 , a no ser que una imposibilidad fsica o moral les dispense de tal

    confesin20 .

    Es lcito dar la absolucin sacramental a muchos fieles simultneamente, confesados slo de un modo genrico, pero convenientemente exhortados al arrepentimiento, cuando visto el nmero de penitentes, no hubiera a disposicin suficientes sacerdotes para escuchar convenientemente la confesin de cada uno en un tiempo razonable, y por consiguiente los penitentes se veran obligados, sin culpa suya, a quedar privados por largo tiempo de la Gracia Sacramental o de la Sagrada Comunin; pero no se considera suficiente necesidad cuando no se puede disponer de confesores a causa slo de una gran concurrencia de

    penitentes, como puede suceder en una gran fiesta o peregrinacin21 .

    Estas condiciones, segn algunos, son necesarias para la validez del sacramento, pero los fieles que reciben la absolucin colectiva siempre pueden

    quedar tranquilos, pues Dios suple, ya que ellos pusieron todo de su parte22 .

    Hay un principio teolgico que dice: Al que hace lo que est de su parte, Dios no le niega su gracia.

    Es el Obispo diocesano quien debe juzgar de esta conveniencia23 . Bien pidindole permiso previamente, bien comunicndoselo despus, si no hubo

    tiempo de pedirle antes permiso24 .

    El 18 de noviembre de 1988 la Conferencia Episcopal Espaola public un documento, aprobado por la Santa Sede, en el que declara que hoy en Espaa no existen circunstancias que justifiquen la absolucin sacramental general.

    17 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n 147. Ed. Herder. Barcelona. 18 ste es el modo de confesarse los mudos 19 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 1497

    20 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n 960 21 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n 961, 1,2. 22 CARLOS JOS BECKER, S.I.: Prof. de la Universidad Gregoriana Pontificia de Roma. 23 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 1483

    24 Ritual de la Penitencia, 1975, n 32s

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    Y el arzobispo de Oviedo, D. Gabino Daz Merchn, dijo a los sacerdotes del Arciprestazgo de Avils-Centro, que las absoluciones colectivas, sin cumplir las condiciones dadas por la Iglesia, son ilcitas e invlidas.

    La razn es que el ministro que confecciona el sacramento tiene que tener intencin de hacer lo que quiere hacer la Iglesia, y la Iglesia no quiere que se administre el sacramento de la penitencia fuera de las condiciones que ella ha

    puesto25 .

    Quienes hayan recibido una absolucin comunitaria de pecados graves deben estar dispuestos a hacer, a su debido tiempo, confesin individual de todos los pecados graves que en las presentes circunstancias no han podido confesar

    individualmente26, y despus confesarse individualmente antes de recibir de

    nuevo otra absolucin colectiva27, y, en todo caso, antes del ao, a no ser que,

    por justa causa, no les sea posible hacerlo28 .

    Los fieles que quieran beneficiarse de la absolucin colectiva, por estar debidamente dispuestos, deben manifestar mediante algn signo externo que quieren recibir dicha absolucin, por ejemplo, arrodillndose, inclinando la cabeza,

    etc.29 .

    Un caso concreto de aplicacin de la absolucin colectiva sera en peligro de

    muerte colectiva e inminente, sin tiempo de or en confesin a cada uno30, por ejemplo, momentos antes de estrellarse un avin averiado

    87. Los pecados veniales no es necesario decirlos, pero conviene31.

    87,1. La fiebre, aunque sean slo unas dcimas, es seal de que algo va mal en el organismo.

    El mal siempre hay que combatirlo, aunque no sea grave.

    En el hospital declaras al mdico no slo las cosas graves, sino tambin las leves; no sea que se compliquen. Hazlo as al sacerdote para que cure tu alma.

    88.- Adems de los pecados graves, hay que decirle al confesor cuntas veces se han cometido, y si hay alguna circunstancia agravante que vare la especie o

    malicia del pecado 32 .

    88,1. El Concilio de Trento dice que por derecho divino es necesario para el perdn de los pecados en el Sacramento de la Penitencia confesar todos y cada uno de los pecados mortales de que se acuerde despus de un diligente y debido

    examen, y las circunstancias agravantes que cambian la especie del pecado33 .

    25 Revista SIEMPRE PALANTE, 270 ( 16-I-94 ) 15 26 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n. 962,1. 27 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n. 963. 28 PABLO VI: Ordo paenitentiae, n. 18 29 Ritual de la Penitencia, 1975, n 35 30 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n 961, 1, 1 31 Ritual de la Penitencia, 1975, n 45. Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n 988,2 32 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n 988,1 33 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, (917) Ed. Herder. Barcelona

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    Acerca del averiguar el nmero de pecados cometidos recuerda lo que te dije en el nmero 77.

    88,2. No es necesario que cuentes la historia del pecado, pero s tienes que decir las circunstancias agravantes que varen la especie o malicia del pecado.

    Una circunstancia vara la especie o malicia de un pecado, si convierte en

    grave lo que es leve, o lo opone a distintas virtudes o mandamientos34 .

    Por ejemplo: no es lo mismo asesinar a un hombre cualquiera que al propio padre. En el primer caso se peca contra el quinto mandamiento, que manda respetar la vida del prjimo. En el segundo caso se peca, adems, contra el cuarto, que manda honrar a nuestros padres.

    Las circunstancias pueden cambiar la moralidad de una accin35 .

    Nunca las circunstancias pueden hacer buena una accin que de suyo es mala; pero pueden hacer mala una accin que era buena, o hacer peor una accin

    que ya era de suyo mala36 .

    No cabe duda de que hay circunstancias que pueden cambiar la moralidad de un acto. Pero querer que la valoracin moral de un acto se deba slo a las circunstancias se llama moral de situacin y fue condenada mediante una Instruccin por el Santo Oficio el 2 de febrero de 1956.

    A su vez, Juan Pablo II, dice en la Veritatis splendor: Sin negar, en absoluto, el influjo que sobre la moralidad tienen las circunstancias y, sobre todo, las intenciones, la Iglesia ensea que existen actos que, por s y en s mismos, independientemente de las circunstancias, son siempre gravemente ilcitos por

    razn de su objeto37 .

    Las circunstancias agravantes de tu pecado tienes que manifestarlas, si al cometerlo advertiste su malicia especial.

    Tambin hay circunstancias atenuantes que disminuyen la gravedad del

    pecado38 .

    Por eso no te extraes si el confesor te pregunta sobre tus pecados; porque debe conocer cuntos y en qu circunstancias cometiste esos pecados que l va a perdonarte.

    El sacerdote debe ayudarte a hacer una confesin ntegra y a que tu arrepentimiento sea sincero. Debe tambin darte consejos oportunos e instruirte

    para que lleves una vida cristiana39 .

    Las principales circunstancias agravantes o atenuantes son:

    Quin: adulterio, si uno de los dos es casado.

    Qu: robar mil pesetas o un milln.

    34 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa de la salvacin, 1,III, n 81, b. Ed. BAC. Madrid 35 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 1754 36 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 1753s 37 JUAN PABLO II: Encclica Veritatis splendor, n. 89. 38 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa de la salvacin, 1, III, n 81, b. Ed. BAC. Madrid 39 PABLO VI: Ordo paenitentiae, n 18

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    Cmo: robar con violencia.

    Cundo: blasfemar en la misa.

    Dnde: pecar en pblico, con escndalo de otros.

    Porqu: insultar para hacer blasfemar.

    88,3. Los pecados dudosos -como ya dijimos en el nmero 61- no es obligatorio confesarlos, pero conviene hacerlo para ms tranquilidad.

    Los pecados ciertos debes confesarlos como ciertos; y los dudosos, como dudosos.

    Si confesaste, de buena fe, un pecado grave como dudoso y despus descubres que fue cierto, no tienes que acusarte de nuevo, pues la absolucin lo

    perdon tal como era en realidad40 .

    Para que haya obligacin de confesar un pecado grave debe constar que ciertamente se ha cometido y ciertamente no se ha confesado.

    Al confesor conviene decirle tambin cunto tiempo ha pasado desde la ltima vez que te confesaste. Esto es conveniente decirlo al empezar la confesin.

    En los Apndices tienes el modo prctico de confesarte.

    89.- EL QUE CALLA VOLUNTARIAMENTE EN LA CONFESIN UN PECADO GRAVE, HACE UNA MALA CONFESIN, NO SE LE PERDONA NINGN PECADO, Y, ADEMS, AADE OTRO PECADO TERRIBLE, QUE SE LLAMA

    SACRILEGIO41 .

    89,1. Todas las confesiones siguientes en que se vuelva a callar este pecado voluntariamente, tambin son sacrlegas.

    Pero si se olvida, ese pecado queda perdonado, porque pecado olvidado, pecado perdonado.

    Pero si despus uno se acuerda, tiene que manifestarlo diciendo lo que pas.

    Para que haya obligacin de confesar un pecado olvidado, hacen falta tres cosas: estar seguro de que:

    a) el pecado se cometi ciertamente.

    b) que fue ciertamente grave.

    c) que ciertamente no se ha confesado.

    Si hay duda de alguna de estas tres cosas, no hay obligacin de confesarlo. Pero estar mejor hacerlo, manifestando la duda.

    90.- QUIEN SE CALLA VOLUNTARIAMENTE UN PECADO GRAVE EN LA CONFESIN, SI QUIERE SALVARSE, TIENE QUE REPETIR LA CONFESIN ENTERA Y DECIR EL PECADO QUE CALL, DICIENDO QUE LO CALL

    DNDOSE CUENTA DE ELLO42 .

    40 FANFANI: Manual de Teologa Moral, IV 41 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa Moral para Seglares, 2, 2, IV., 210s. Ed. BAC. Madrid 42 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa Moral para Seglares, 2, 2, IV, 215. Ed. BAC. Madrid

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    90,1. Los que han tenido la desgracia de hacer una confesin sacrlega, y desde entonces vienen arrastrando su conciencia, de ninguna manera pueden seguir en ese horrible estado.

    No desconfen de la misericordia de Dios.

    Acudan a un sacerdote prudente, que les acoger con todo cario.

    Bendecirn para siempre el da en que quitaron de su alma ese enorme peso que la atormentaba.

    Cuando uno tiene conciencia de haber hecho malas confesiones, debe hacer confesin general de todos los pecados mortales cometidos desde su ltima

    confesin vlida43 .

    Adems, el confesor no se asusta de nada, porque, por el estudio y la prctica que tiene de confesar, conoce ya toda clase de pecados.

    Es una tontera callar pecados graves en la confesin por vergenza, porque

    el confesor no puede decir nada de lo que oye en confesin44 .

    Aunque le cueste la vida callar el secreto45 .

    Ha habido sacerdotes que han dado su vida antes que faltar al secreto de confesin.

    Este secreto, que no admite excepcin, se llama sigilo sacramental46 .

    Aunque el secreto de la confesin no obliga lo mismo al sacerdote que al penitente, tambin ste debe guardar secreto de lo que se le dice en la confesin. Normas que sern exactas para aquella persona determinada, aireadas fuera, pueden ser interpretadas equivocadamente, o tomadas con un valor y sentido

    universal que no tienen; y as convertirlas en un verdadero disparate47 .

    Es pecado ponerse a escuchar confesiones ajenas.

    Los que, sin querer, se han enterado de una confesin ajena no pecan; pero

    tienen obligacin de guardar secreto48 .

    Es curioso que los mismos que ponen dificultades en decir sus pecados al confesor los propagan entre sus amigos, y con frecuencia exagerando fanfarronamente.

    Lo que pasa es que esas cosas ante sus amigos son hazaas, pero ante el confesor son pecados; y esto es humillante.

    Por eso para confesarse hay que ser muy sincero. Los que no son sinceros, no se confiesan bien.

    43 BERNHARD HRING: SHALOM: Paz, XXI, 6. Ed. Herder. Barcelona. 1998. 44 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 2490 45 Concilio IV de Letrn: DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n 438. Ed. Herder. Barcelona 46 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 1467 47 BALDOMERO JIMNEZ DUQUE: La direccin espiritual, III, A, 4. Ed. Juan Flors. Barcelona. Excelente

    libro sobre lo que debe ser una correcta Direccin Espiritual. 48 JESS MARTNEZ GARCA: Hablemos de la Fe, IV, 10. Ed. Rialp. Madrid. 1992.

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    Nunca calles voluntariamente un pecado grave, porque tendrs despus que sufrir mucho para decirlo, y al fin lo tendrs que decir, y te costar ms cuanto

    ms tardes, y si no lo dices, te condenars49 .

    Si tienes un pecado que te da vergenza confesarlo, te aconsejo que lo digas el primero. Este acto de vencimiento te ayudar a hacer una buena confesin.

    90,2. El confesor ser siempre tu mejor amigo. A l puedes acudir siempre que lo necesites, que con toda seguridad encontrars cario y aprecio. Adems de perdonarte los pecados, el confesor puede consolarte, orientarte, aconsejarte, etc. Pregntale las dudas morales que tengas. Pdele los consejos que necesites. Dile todo lo que se te ocurra con confianza. Te guardar el secreto ms riguroso.

    Los sacerdotes estamos aqu para que los hombres, por nuestro medio, encuentren su salvacin en Dios.

    El perdn de un pecado que, desde el punto de vista sociolgico, acaso no tiene gran trascendencia, es en realidad ms importante que todo cuanto podamos hacer para mejorar la existencia de los hombres.

    Hasta Nietzshe, a pesar de su violentsimo anticristianismo, pues lleg a

    afirmar aborrezco al cristianismo con un odio mortal50 , reconoca que el

    sacerdote es una vctima sacrificada en bien de la humanidad51 .

    El sacerdote gua a la comunidad cristiana con la predicacin de la palabra de Dios, con sus consejos, con sus orientaciones, con su actitud de dilogo, de acogida, de comprensin, con su fidelidad a Jesucristo. El sacerdote es, ante

    todo, un educador52 .

    Dice Juan Pablo II, en su libro Don y Misterio, citando San Pablo53 , que el sacerdote es administrador de los misterios de Dios: El sacerdote recibe de Cristo los bienes de la salvacin para distribuirlos debidamente entre las

    personas54 .

    Cuenta el historiador Jos de Sigenza hablando de Fray Hernando de Talavera,Primer Arzobispo de Granada, que la reina Isabel la Catlica lo llam para confesarse con l.

    Era la primera vez que lo haca con l.

    Haban preparado dos reclinatorios, pues en aquel tiempo era costumbre que cuando los reyes se confesaban tambin el confesor se pona de rodillas; pero el obispo se sent.

    Le dijo la reina:

    - Ambos hemos de estar de rodillas.

    Pero el confesor contest:

    49 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa de la salvacin_, 1, III, n 80. Ed. BAC. Madrid 50 SANTIAGO MARTN: Para qu sirve la fe? I, 4. Ed. Temas de hoy. Madrid. 1995. 51 KOLB: Sin Cristo, XVI. Ed. Euramrica. Madrid. 52 CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAOLA: Catecismo Escolar. Libro de Profesor, 8 EGB. EDICE. 53 SAN PABLO: Primera Carta a los Corintios, 4:1s 54 JUAN PABLO II: Don y Misterio, VIII, 1. Ed. BAC. Madrid. 1996.

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    - No, Seora.

    Vuestra Alteza s debe estar de rodillas, para confesar sus pecados; pero yo he de estar sentado, porque ste es el Tribunal de Dios y yo estoy aqu representndolo.

    Call la reina y se confes de rodillas.

    Despus dijo:

    - ste es el confesor que yo buscaba55 .

    Hugo Wast escribi:

    Cuando se piensa que ni la Santsima Virgen puede hacer lo que hace un sacerdote;

    Cuando se piensa que ni los ngeles pueden hacer lo que un sacerdote;

    Cuando se piensa que Nuestro Seor Jesucristo, en la ltima Cena realiz un milagro ms grande que la creacin del universo, y que este portento puede repetirlo cada da un sacerdote;

    Cuando se piensa en el otro milagro que un sacerdote puede realizar: perdonar los pecados;

    Cuando se piensa que el mundo morira de la peor hambre si le faltase la eucarista;

    Cuando se piensa que esto puede ocurrir por falta de vocaciones sacerdotales;

    Cuando se piensa que un sacerdote hace ms falta que un maestro y que un mdico, pues l puede remplazarlos a ellos, y ellos no al sacerdote;

    Cuando se piensa todo esto uno comprende la inmensa necesidad de fomentar las vocaciones sacerdotales;

    Uno comprende el afn de muchas familias para que en su seno brotase una vocacin sacerdotal;

    Uno comprende el inmenso respeto del pueblo por los sacerdotes;

    Uno comprende que el peor crimen que se puede cometer es impedir o desalentar una vocacin;

    Uno comprende que ayudar a un joven a llegar al altar es contribuir a que otro Cristo alimente al mundo con la eucarista.

    No s cmo lleg a mis manos una hoja que deca:

    Pobre cura!

    Si es joven, le falta experiencia. Si es viejo, ya debe retirarse.

    Si canta mal, se ren. Si canta bien, es un vanidoso.

    Si se alarga en el sermn, es un pesado. Si es corto, no sabe qu decir.

    Si habla en voz alta, regaa. Si lo hace en tono natural, no se le oye.

    55 Revista IGLESIA-MUNDO, 268 (I-1984) 3

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    Si escucha en el confesionario, es un chismoso. Si confiesa aprisa, no escucha.

    Si visita a los feligreses, no est nunca en el despacho. Si no lo hace, es arisco.

    Si tiene coche, vive como un rico. Si va a pie, es un antiguo.

    Si pide ayuda, es un pesetero. Si no arregla la iglesia, es un abandonado.

    Y cuando se muera, muchos lo echarn de menos.

    90,3. Si tienes la desgracia de tropezar con un religioso o con un sacerdote que no vive conforme a su estado, no te alarmes por eso.

    A veces, se dan cadas incluso en los que tienen ms obligacin de servir a

    Dios56 . Pero por eso no debe vacilar tu fe. Nuestra fe no descansa en ningn hombre, sino en Dios, que nunca falla. Los hombres estn sujetos a cambios. El que hoy es bueno, maana deja de serlo; y viceversa. Tambin entre los doce Apstoles hubo un Judas traidor.

    Aunque es cierto que a veces se dan casos de sacerdotes que dan mal ejemplo, es mucho mayor el nmero de sacerdotes ejemplares, de abnegados misioneros, de mrtires heroicos y de grandes santos, que son el verdadero exponente de lo que es la Iglesia Catlica. El sacerdote que no cumple bien sus obligaciones, ser juzgado por Dios como se merece.

    Sin embargo, la religin no deja de ser verdad aunque haya sacerdotes dbiles, que no vencen sus pasiones. Lo mismo que la Medicina sigue siendo verdad, aunque hubiera mdicos toxicmanos.

    Hay sacerdotes malos, pero en proporcin muchsimo menor que en cualquier

    otra profesin57 . Y por otra parte, la virtud en grado elevado se ha dado siempre en el sacerdocio ms que en cualquier otra profesin. Cuando un sacerdote peca, una persona culta piensa: qu herosmo el de tantos otros sacerdotes que

    teniendo las mismas inclinaciones y pasiones sin embargo no sucumben58 .

    Es una injusticia generalizar las faltas, que excepcionalmente se dan en un caso aislado, achacndolas a todos los dems sacerdotes.

    Como si yo, porque conozco a dos de tu pueblo que son unos borrachos, dijera que todos los de all sois unos borrachos. Sera injusto con vosotros.

    El que haya monedas falsas no supone que todas sean falsas.

    Adems las faltas en un sacerdote llaman ms la atencin, precisamente por eso, por lo excepcionales: una mancha de tinta se ve mucho ms en un pantaln claro que el mono grasiento de un mecnico.

    56 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n 1550

    57 KOLB: Sin Cristo, XVI. Ed. Euramrica. Madrid. 58 M. SNCHEZ GIL: Cien mil jvenes sobre el abismo, XVII. Ed. Studium. Madrid. Este libro deberan leerlo

    todos los jvenes antes de entrar en un taller.

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    Sobre las acusaciones que se oyen contra los curas te recomiendo: Yo no creo

    en los curas de Yanes59 .

    La frase yo no creo en los curas no tiene sentido. En los curas no hay que creer. Basta creer en Dios. Entre los curas, como en cualquier grupo humano, los hay mediocres. Algunos se quedan muy lejos de lo que se espera de ellos. Pero

    es que estn hechos del mismo barro que los dems hombres60 .

    Lo importante es que el sacerdote me lleve a Dios. Lo que l valga es secundario. Lo importante es que el vino sea bueno, aunque el vaso sea de barro.

    Alejarse de Dios porque no gusta el sacerdote es como no tomar un taxi porque el conductor es feo. El mojn de la carretera me seala el camino. Que ste sea de madera, piedra o metlico, es lo de menos; si me seala bien el camino.

    Pero no hacer caso porque no nos gusta su forma es de necios.

    El sacerdote me seala el camino para ir a Dios. Si lo seala bien, eso es lo nico importante. Todo lo dems es secundario.

    Es una equivocacin el mal concepto que muchos tienen de los sacerdotes. Ningn muchacho se hace sacerdote para pasarlo bien. Y se da cuenta de ello en los largos aos de estudios sacerdotales, sometido a una disciplina dura y a unas renuncias muy fuertes: como es renunciar a una novia y renunciar a un hogar. Adems, los estudios de un sacerdote son tan largos y costosos como los de un mdico o los de un ingeniero, y sin embargo la mayora de los sacerdotes en

    Espaa ganan el salario mnimo interprofesional61 .

    Hoy, en Espaa, el clero vive por lo general peor que la clase media62 .

    Sera ridculo que un muchacho pensara en ser sacerdote para pasarlo bien. Los que aspiran al sacerdocio lo hacen para ser ellos mejores y para hacer el mundo mejor. Porque si no hubiera sacerdotes, los de arriba seran peores de lo que son, los de abajo tendran menos defensores, y t en lugar de tener este libro

    entre tus manos quizs tendras otro para mal de tu alma63 .

    Y si algn sacerdote no te da buen ejemplo, no te gues por lo que hace, sino por la doctrina de Cristo que te predica.

    Ya te avis Cristo: Haced lo que os dicen, pero no hagis segn sus

    obras64 . Ellos son responsables de sus obras, y darn a Dios estrecha cuenta de ellas; pero t tendrs que dar a Dios cuenta de las tuyas. El que otro cometa pecados no justifica el que t tambin los cometas.

    Los dos iris al infierno, si no peds perdn a Dios.

    59 ELAS YANES: Yo no creo en los curas. Ed. Juan Flors. Barcelona. Este libro trata con lgica, sensatez, y

    sinceridad multitud de temas que son corrientes en las conversaciones de la calle. 60 JOS LUIS MARTN DESCALZO: Yo amo la Iglesia, 5, V. Ed. EDIBESA. Madrid. 1996 61 Diario YA, 17-XI-77, pg. 20 62 Diario YA, 11-III-92, pg. 22 63 JOS LUIS DE URRUTIA, S.I.: La Iglesia y la cuestin social. EAPSA. Madrid 64 Evangelio de San Mateo, 23:3

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    90,4. La confesin, al perdonarnos los pecados, nos devuelve la gracia santificante (o nos la aumenta, si no la habamos perdido por el pecado grave).

    Y con la gracia tambin nos devuelve el derecho al cielo y nos restaura todos los mritos pasados, que habamos perdido por el pecado grave.

    90,5. La confesin es un gran beneficio de Dios que debemos saber estimar y aprovechar.

    Incluso desde el punto de vista natural.

    La conocida psicloga norteamericana Karen Horney, basndose en datos puramente clnicos, afirma que una confesin bien hecha tiene el mismo efecto que tres aos enteros de psicoanlisis y, por cierto, ella no es catlica. Y el famoso psiquiatra suizo Paul Tournier, calvinista, dice que hay una multitud de gente enferma que lo que anhela en el fondo es confesarse.Acaso Cristo, Mdico de las almas, no iba a saber ms psicologa que los mismos hombres? La confesin cura las heridas ms profundas y subconscientes del alma, cura de odios, rencores, resentimientos, conciencias deformadas, traumas, complejos y hace lo que no puede hacer ningn terapia: nos reconcilia con Dios y nos devuelve la gracia. La psicologa y la psicoterapia, en muchos casos, no son sino un subrogado de la confesin. Y, muchas veces, precisamente los que rehusan confesar sus pecados al sacerdote, son los que van con el psiclogo, que es un hombre pecador como ellos, le dicen sus "pecados", no les perdona y adems le

    pagan!65

    Pero sobre todo desde el punto de vista sobrenatural.

    Qu sera de nosotros en la otra vida, si no tuviramos en sta un medio para alcanzar el perdn de nuestros pecados? Por eso la Iglesia, que quiere que aseguremos la salvacin, manda que nos confesemos por lo menos una vez al ao.

    La confesin anual es obligatoria, si hay pecados graves66 .

    Pero deberamos confesarnos con frecuencia. Al menos cada mes. Y esto aunque no haya pecados graves, pues la confesin es un sacramento, que nos dar gracia para ser cada vez mejores. Si no tienes pecados graves, te confiesas de algn venial, que nunca falta. Y aunque ya te dije que los pecados veniales no es obligatorio confesarlos, siempre es conveniente.

    Sin embargo, aunque Dios quiere que me confiese a menudo, y a m me conviene hacerlo, ningn hombre puede forzarme. Ni mis jefes, ni mis amigos, ni mis familiares, ni un sacerdote, ni nadie. Los otros podrn aconsejarme que me confiese; pero forzarme, no. La confesin tiene que ser libre. Que me salga de dentro. Porque la estimo y quiero salvarme. Aunque me cueste. Las medicinas no siempre gustan. Si voy a la confesin forzado y sin dolor, la confesin ser una comedia. Y esto es un pecado gravsimo.

    Para que la confesin valga, tiene que haber arrepentimiento.

    65 JUAN RIVAS, L.C.: Fe y Evangelio. En INTERNET: www.hombrenuevo.org 66 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico, n. 989

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    Si en alguna rarsima ocasin alguien te obliga a confesarte, y t no ests en disposicin de ello, antes de hacer una mala confesin, dile al sacerdote que no vas con intencin de confesarte y que te d la bendicin: los dems no notarn nada, y t no habrs cometido un sacrilegio.

    Por muchos pecados que tengas, y por grandes que sean, nunca debes desconfiar de Dios, sino que debes acudir humildemente a l y pedir el perdn que l est deseando darte. Dios odia el pecado, pero ama al pecador; y slo

    quiere que se convierta y se salve67 .

    Todo confesor tiene obligacin de confesar a todo aquel que se lo pida

    razonablemente68 .

    La absolucin del sacerdote es el signo eficaz del perdn de Dios y el momento culminante de la celebracin del sacramento de la penitencia. La absolucin tiene lugar cuando el sacerdote pronuncia la frmula sacramental: Yo te absuelvo de tus pecados, al mismo tiempo que traza la seal de la cruz sobre el penitente.

    Las palabras esenciales de la absolucin sacerdotal son: Yo te absuelvo de

    tus pecados69 .

    91.- Cumplir la penitencia es rezar o hacer lo que el confesor me diga70 .

    91,1. La exhortacin pontificia de Juan Pablo II Reconciliacin y Penitencia (31,3) dice que las obras de satisfaccin deben consistir en acciones de culto, caridad, misericordia y reparacin.

    92.- Si no s o no puedo cumplirla, debo decrselo al confesor para que me ponga una penitencia distinta.

    92,1. La penitencia se llama tambin satisfaccin, pues de algn modo quiere expresar nuestra voluntad de reparacin a la Iglesia del dao que le hemos producido al pecar, convirtindonos en miembros cancerosos del Cuerpo Mstico de Cristo.

    Cumplir la penitencia es tambin expresin de nuestra voluntad de conversin cristiana.

    La penitencia hay que cumplirla en el plazo que diga el confesor.

    Si el confesor no ha fijado el tiempo, lo mejor es cumplirla cuanto antes, para que no se nos olvide; pero se puede cumplir tambin despus de comulgar; y tambin confesarse de nuevo antes de haberla cumplido, con tal de que haya

    intencin de cumplirla71 .

    Si la penitencia no se cumple por olvido involuntario, no hay que preocuparse; los pecados quedan perdonados. Pero si no se cumple culpablemente, aunque los

    67 EZEQUIEL, 33:11

    68 Ritual de la Penitencia, 1975, n 10, b 69 ALBERTO NIEDERMEYER: Compendio de higiene pastoral, 2, II, E. Ed. Herder. Barcelona. 70 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica n 1460 71 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa Moral para Seglares, 2, 2, IV, 232, 2. Ed.BAC.Madrid

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    pecados quedan perdonados, se comete un nuevo pecado mortal o venial, segn que la penitencia fuera grave o leve.

    Penitencia grave es la que normalmente corresponde a pecados graves72 .

    Si despus de la confesin no recuerdas la penitencia que te puso el confesor, o no puedes cumplirla, lo dices as en la prxima confesin.

    En caso de no acordarte qu penitencia te puso el confesor, puedes rezar o hacer lo que en otras confesiones parecidas te impusieron.

    92,2. La penitencia es siempre muy pequea comparada con nuestros

    pecados73

    Tal como se concibe hoy la penitencia en la confesin, queda reducida a un smbolo, una obra meramente representativa de la accin penitencial del

    sacramento74 .

    Pero, a pesar de ser la penitencia tan pequea, es suficiente, porque participamos de lo que se llama la Comunin de los Santos: todos los que pertenecemos a la Iglesia Catlica formamos como una gran familia -que se llama

    el Cuerpo Mstico de Cristo75 - en la cual todos los bienes espirituales son

    comunes76

    Lo que cada uno hace o sufre en y por Cristo da fruto para todos77 .

    Todos nos beneficiamos de los bienes, dones y gracias que cada uno ha

    recibido de Dios78 . Por lo tanto, cada uno puede gozar del gran tesoro espiritual formado con los mritos de Jesucristo, de la Virgen y de todos los Santos que

    estn en el cielo, y con las buenas obras de los catlicos79 .

    92,3. La Iglesia hace uso de los mritos de este gran tesoro espiritual, al

    concedernos las indulgencias80 .

    La Iglesia condena a quienes afirmen que la Iglesia no tenga potestad para

    concederlas o que stas no sean tiles81 .

    El Papa tiene potestad absoluta sobre las cosas espirituales82 , y dispone del

    tesoro espiritual de la Iglesia para conceder toda clase de indulgencias83 .

    72 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Teologa Moral para Seglares, 2, 2, IV, 227, 2. Ed.BAC.Madrid 73 LUIS CREUS VIDAL: Introduccin a la Apologtica, 2, 17. Ed. La Hormiga de Oro. Barcelona 74 GONZALO FLREZ: Penitencia y Uncin de enfermos, 1, XV, 4. Ed. BAC. Madrid. 1996. 75 Ver n 41 76 FELIPE CALLE, O.S.A.: Razona tu Fe, XXXVI, 1. Ed. Religin y Cultura. Madrid. 77 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica n 961 78 Conferencia Episcopal Espaola: sta es nuestra fe, 2, I, 9, 1, f. EDICE. Madrid, 1986. 79 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica n 1476s 80 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica n 1478 81 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n 989. Ed. Herder. Barcelona 82 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n 1323. Ed. Herder. Barcelona 83 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, n. 551. Ed. Herder. Barcelona

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    El Catecismo de la Iglesia Catlica afirma que: "Las indulgencias se obtienen por la Iglesia que, en virtud del poder de atar y desatar que le fue concebido por Cristo Jess, interviene en favor de un cristiano y le abre el tesoro de los mritos de Cristo y de los santos para obtener del Padre de la misericordia la remisin de las penas temporales debidas por sus pecados." La Iglesia no hace esto solamente para ayudar al cristiano, sino tambin para "impulsarlo a hacer obras de

    piedad, de penitencia y de caridad."84 Las indulgencias son parte de la enseanza infalible de la Iglesia. Esto significa que ningn catlico est en libertad de ignorarlas o descreer de ellas. El Concilio de Trento estableci que "sean anatema quienes dicen que las indulgencias son intiles o que la Iglesia no tiene poder para concederlas". El anatema de Trento coloca a las indulgencias en el

    campo de la enseanza infaliblemente definida85.

    La prctica de las indulgencias se fundamenta en la doctrina del Cuerpo Mstico de Cristo. Las indulgencias son la remisin de la pena temporal debida

    por los pecados ya perdonados en cuanto a la culpa86. Segn la Teologa catlica, todo pecado grave da origen, en quien lo comete, a una culpa y a una pena.

    La culpa es la ofensa a Dios. La pena es el castigo merecido por el pecado87.

    Toda culpa entraa necesariamente una pena88. La culpa se borra con la absolucin del confesor. La pena ha de ser pagada con el sufrimiento en el

    purgatorio o con las buenas acciones en esta vida89 . Aqu entra la aplicacin de las indulgencias con las cuales se perdona a los catlicos, que cumplen ciertas condiciones, la pena temporal debida por los pecados ya perdonados en cuanto a la culpa.

    Es como borrar la cicatriz de la herida que el pecado ha dejado en el alma.

    Con las indulgencias podemos ayudar a los difuntos90 .

    El primero de enero de 1967, Pablo VI public una Constitucin Apostlica

    sobre la reforma de las indulgencias91 . Se ha suprimido el antiguo modo de hablar de trescientos das, siete aos, etc., que se refera a los das de penitencia pblica que tenan que hacer los pecadores, en los primeros siglos de la Iglesia, antes de recibir la absolucin de sus pecados graves.

    El nuevo documento se puede resumir en las siguientes normas:

    1) Las indulgencias se dividen en parciales y plenarias.

    84 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica n1478 85 JAMES AKIN: Las indulgencias. En INTERNET: Apologtica catlica, www.aciprensa.com 86 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica n. 1498,1471.Cdigo Derecho Cannico, 992

    87 NGEL M ROJAS, S. I.:Revista HOGAR DE LA MADRE, 91 (XI-XII,1999) 17 88 ANTONIO ROYO MARN, O.P.: Dios y su obra, Apndice,2, B, n 620. Ed. BAC. Madrid 89 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica n. 1472 90 Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica, n. 1479

    91 Acta Apostolicae Sedis, 59 (1967) 1-24. Novum Enchiridium Indulgentiarum, 60 (1968) 413-19.

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    2) El fiel que con corazn contrito realice una accin que tenga indulgencia parcial obtendr adems del mrito que produce esa accin, otro idntico, por intervencin de la Iglesia. Es decir, que merece el doble.

    3) La indulgencia plenaria slo se puede ganar una vez al da, salvo en caso de peligro de muerte.

    4) Para adquirir la indulgencia plenaria, adems de realizar la accin indulgenciada, y de que no exista por parte del fiel ningn afecto o adhesin al pecado incluso venial, hay que cumplir tres condiciones: confesin sacramental, comunin eucarstica y rezo de una oracin por las intenciones del Papa.

    La confesin puede hacerse varios das antes o despus de cumplir la obra

    prescrita92 . La comunin puede hacerse desde la vspera a la octava.

    Una sola confesin sirve para ganar varias indulgencias plenarias.

    En cambio, con una sola comunin y una sola oracin por las intenciones del Papa, nicamente se puede conseguir una sola indulgencia plenaria.

    La oracin por el Papa basta que sea un Padrenuestro con un Avemara y Gloria.

    Segn esta reforma de las indulgencias, las indulgencias plenarias que se pueden ganar, una al da, en las condiciones ordinarias, se han reducido a cuatro:

    a) Ejercicio del Va-Crucis.

    b) Rezo del Rosario ante el sagrario o en comn.

    c) Media hora de adoracin al Santsimo Sacramento.

    Si no se cumplen las condiciones debidas, o falta la buena disposicin, la indulgencia ser solamente parcial. Aquellos fieles que, por motivos personales o de lugar, no puedan confesar ni comulgar, podrn obtener la indulgencia si se proponen cumplir lo antes posible estos dos requisitos. Las indulgencias tanto parciales como plenarias pueden ser siempre aplicadas a los difuntos a modo de

    sufragio93 . Se puede ganar una indulgencia plenaria aplicable a los difuntos

    aunque no se haya logrado el desafecto al pecado antes indicado94 .En el momento de la muerte, cualquier fiel, debidamente dispuesto espiritualmente, podr ganar la indulgencia plenaria, aunque carezca en aquel momento de un sacerdote que pueda impartrsela, con tal que durante su vida haya rezado habitualmente alguna oracin. Es una obra de caridad para con las almas del purgatorio el ganar para ellas indulgencias plenarias. (Ver n 101).

    Recomiendo mi vdeo: Cmo ayudar a los difuntos95 .

    93.- EN LTIMO CASO, SI UNO NO SABE LO QUE TIENE QUE HACER PARA CONFESARSE BIEN, PUEDE DECIR AL CONFESOR: PADRE, AYDEME USTED.

    92 EDUARDO FERNNDEZ REGATILLO, S.I.: La reforma de las indulgencias, II, 9. Revista CONFER, n 20 (1967)14 93 Nuevo Cdigo de Derecho Cannico n 994 94 EDUARDO FERNNDEZ REGATILLO, S.I.: Las indulgencias, n 71. Ed. Sal Terrae. Santander 95 Pedidos a: Apartado 2546. 11080-Cdiz. Tel.: (956) 222 838. FAX: (956) 205 810

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    93,1. Al confesor se le dicen las cosas con sinceridad, tal como uno las siente en la conciencia. Pero, si no te atreves porque te da vergenza, le puedes decir al confesor que tienes vergenza, y el Padre te ayudar con todo cario. Y si te acuerdas de algn pecado que hayas cometido, aunque el confesor no te lo pregunte, dselo t para que te lo perdone.

    Mientras el sacerdote te da la absolucin y te bendice, reza el Seor mo Jesucristo, y si no lo sabes, date golpes de pecho diciendo varias veces con toda tu alma: Dios mo, perdname! Dios mo, perdname!...

    94.- En la confesin se perdonan todos los pecados que nosotros hemos cometido despus del bautismo, por muy grandes que sean, con tal que se digan con arrepentimiento y propsito de la enmienda; pero no el pecado original.

    REFLEXIONES PEDAGGICAS

    Lea la pregunta, encuentre la respuesta y transcrbala o copie y pegue su contenido.

    (Las repuestas debern enviarse -si se quiere obtener el certificado- al finalizar el Seminario de Teologa Sacramentaria y Espiritual).

    1. Cmo hay que confesarse, en cuanto a la forma de manifestar los

    pecados al confesor?

    2. A quin va, principalmente, dirigida la confesin?

    3. Qu quiere decir que la confesin debe ser completa?

    4. Qu sucede si el penitente olvida un pecado grave?

    5. Cul es el nico medio originario que tienen los fieles para reconciliarse

    con Dios y con la Iglesia?

    6. Transcriba el canon n. 961 del Cdigo de Derecho Cannico sobre la

    absolucin colectiva.

    7. Transcriba el canon n. 962 del Cdigo de Derecho Cannico.

    8. Ejemplifique la aplicacin de la absolucin colectiva con un caso concreto.

    9. Es necesario confesar los pecados veniales? Y los mortales?

    10. Hay que decir el nmero de los pecados mortales cometidos desde la

    ltima confesin?

    11. Pueden las circunstancias cambiar la gravedad del pecado?

    12. Hay que manifestar las circunstancias agravantes del pecado?

    13. Deben confesarse los pecados dudosos?

    14. Qu sucede con quien calla voluntariamente, en la confesin, un pecado

    grave?

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    15. Qu es el sigilo sacramental?

    16. Por qu puede convertirse en un muy buen amigo el confesor?

    17. Cul es el efecto ms importante de la confesin?

    18. Por qu es importante el arrepentimiento en la confesin?

    19. Qu es cumplir la penitencia?

    20. Qu afirma el Nuevo Catecismo de la Iglesia Catlica sobre las

    indulgencias?

    21. Transcriba el resumen de la normativa sobre las indulgencias.