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Tramites Exportacion Bienes, Colombia

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Pasos para exportar bienes en colombia

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Page 1: Tramites Exportacion Bienes, Colombia

TRAMITES PARA EXPORTAR

El CENTRO DE COMERCIO EXTERIOR ZEIKY Manizales tiene como objetivo primordial brindar a los empresarios y publico en general apoyo y asesoría en los temas relacionados con el comercio exterior, a fin de promover la oferta exportable de Caldas.

Nuestro Horario De Atención: lunes a viernes de 8 a.m. a 12 y de 2 pm. a 6:15 pm.

A continuación encontrará los pasos básicos para realizar una exportación:

La exportación de bienes y servicios es la oportunidad de aprovechar los nuevos mercados, las capacidades productivas de la empresa y para disminuir la dependencia del mercado local para el aumento de la productividad y competitividad empresarial. La exportación como primer paso requiere de un análisis de viabilidad en la guía como preparar mi empresa para exportar encontrara la información necesaria. A continuación se relacionan los trámites y las entidades involucradas en el proceso de exportación:

1. CAMARA DE COMERCIO: la empresa debe estar registrada ante la Cámara de Comercio y dentro de su Objeto Social estar habilitada como exportadora.

2. DIAN: Tramitar el Registro Único Tributario - RUT, (Ley 863 de Dic. 2003 adiciona el Artículo 555-2. al estatuto tributario) El Registro Único Tributario sustituye el Registro de Exportadores y el Registro Nacional de Vendedores, los cuales quedan eliminados con esta incorporación. Al efecto, todas las referencias legales a dichos registros se entenderán respecto del RUT. Adicionalmente, está obligada a operar bajo Régimen Común, por adquirir la condición exportador y/o usuario aduanero.

Para habilitarse como exportador debe diligenciar las casillas 55 con el número 1 si es exportador directo, 2 indirecto y 3 directo e indirecto y en la casilla 56, 1 si es exportador de bienes, 2 servicios y 3 bienes y servicios.

3. PROCEDIMIENTO ANTE EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

3.1. Solicitud de Determinación de Origen - Declaración Juramentada: Si el comprador en el exterior exige el certificado de origen para obtener una preferencia arancelaria, el productor del bien a exportar deberá diligenciar la Declaración Juramentada por cada producto. Si es comercializador, debe ser autorizado por el productor, a través de la web: www.vuce.gov.co por el módulo FUCE. Si lo va a realizar directamente, debe obtener una Firma Digital ante CERTICÁMARA, y luego enviar Nombre de la empresa, RUT, Nombre del representante legal, dirección de correo electrónico, número de teléfono, fax, dirección y ciudad de domicilio al correo electrónico del Grupo Operativo del Mincomercio: [email protected] . Si se realiza a través de Agencia de Aduanas y/o Apoderado Especial, se les debe dar un poder autenticado, junto con certificado de Cámara de Comercio, RUT y fotocopia de la cédula del representante legal y ellos elaboran la Declaración Juramentada. Se deben tener claras las normas de origen del país al cual se va a exportar. Este criterio de origen tiene vigencia de dos (2) años a partir de su aprobación.

3.2 Solicitud de Certificado de Origen: Luego de ser aprobada la Declaración Juramentada, se debe diligenciar el correspondiente Certificado de Origen a través de www.vuce.gov.co en el módulo de Exportaciones, tenga en cuenta los siguientes códigos para el diligenciamiento y el pago electrónico que es de $10.000 por cada certificado que requiera.

Código 250

SGP: Países de la Unión Europea, Europa Oriental, Japón y Canadá Código 257 PANAMÁ

Código 251 ATPA: Estados Unidos Código 258 CHILE

Page 2: Tramites Exportacion Bienes, Colombia

Código 252

Certificado Origen para exportación de textiles Unión Europea Código 260 Terceros Países

Código 255

COMUNIDAD ANDINA y ALADI (Países de Latinoamérica incluyendo Cuba, excepto Argentina, Brasil, Uruguay). Código 271 CARICOM

Código 256 GRUPO DE LOS TRES: Únicamente México Código 273 CAN - MERCOSUR (Argentina, Brasil,

Uruguay).

* Estos documentos se hacen en forma electrónica no necesitan imprimirse.

4. PROCEDIMIENTOS DE VISTOS BUENOS: Es importante que consulte si su producto requiere de vistos buenos y/o permisos previos para la autorización de la exportación. De acuerdo con el Régimen de Importaciones y Exportaciones, en Colombia existen tres regímenes de exportación:

1. Régimen de Libre Exportación: por regla general la exportación de bienes desde Colombia no requiere autorizaciones previas.

2. Régimen de Exportaciones sujetas a vistos buenos: por excepción únicamente requieren de visto bueno previo a la obtención del registro de exportación ciertos productos señalados taxativamente en actos administrativos proferidos por diferentes entidades gubernamentales tales como el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Mincomercio), el Ministerio de Minas y Energía, el ICA, etc.

3. Régimen de Prohibida Exportación: con el fin de proteger el patrimonio cultural de la Nación constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, el gobierno se reserva la facultad de impedir la salida del territorio colombiano de algunas mercancías que puedan vulnerar este patrimonio.

Estos deben ser tramitados antes de presentar la declaración de exportación (DEX DECLARACION DE EXPORTACION) ante la DIAN.

NOMBRE TRAMITE ENTIDAD QUE LO EXPIDESolicitud de Autorización para exportar materias primas o medicamentos que contienen materias primas de control especial-exigidos por Colombia

FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

Solicitud certificado Zoosanitario de exportación de animales y sus productos ICA

Solicitud Concepto de insumos para exportación de insumos pecuarios ICA

Solicitud concepto de insumos para exportación de insumos agrícolas ICA

Solicitud de certificado de libre venta pecuario ICASolicitud de certificado de libre venta agrícola ICASolicitud VB para exportación de fertilizantes materias primas y producto terminado ICA

Solicitud VB exportación de Bioinsumos agrícolas: materias primas y productos terminado ICA

Solicitud VB para exportación de plaguicidas ICAAutorización previa a exportación de productos pesqueros INCODERExportación de piedras preciosas – semipreciosas y joyería INGEOMINASCertificado de no radiación INGEOMINASRegalia de metales preciosos INGEOMINASCertificado de exportación INVIMACertificado de no obligatoriedad INVIMACertificado de venta libre INVIMA

Page 3: Tramites Exportacion Bienes, Colombia

Permiso de exportación de especimenes no listados en los apendices CITES MINAMBIENTE

Permisos De Exportación De Especimenes No Listados En Los Apendices CITES MINAMBIENTE

Certificado de elegibilidad para exportar azucar en bruto y panela a EEUU MINCOMERCIO

Certificado de origen MINCOMERCIOExportación de bienes culturales muebles MINCULTURA

5. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS PARA DESPACHO ANTE LA DIAN:

Una vez tenga lista la mercancía verifique los términos de negociación (INCOTERMS) y si es el caso utilice un Agente de Carga (Vía Aérea) o Agente Marítimo para la contratación del transporte internacional. Diríjase a la DIAN Aeropuerto para solicitar clave de acceso al Sistema Muisca para que diligencie la solicitud de autorización de embarque. Compre el formulario Declaración de Exportación- DEX (Cód. 62.003.2000), que cuesta COP$6.000, en Bogotá en la Avda. 68 No. 22–81 (DIAN), diligéncielo y tramítelo directamente si su exportación tiene un valor inferior a USD$10.000. Si su exportación es superior a USD $10.000 debe realizar este procedimiento a través de una AGENCIA DE ADUANAS, que esté autorizada por la DIAN. La Declaración de Exportación debe presentarse ante la Administración de Aduanas por donde se va a despachar la mercancía, anexando los siguientes documentos:

• Factura Comercial• Lista de Empaque (si se requiere)• Registros Sanitarios o Vistos Buenos (sí lo requiere el producto)• Documento de Transporte• Otros documentos exigidos para el producto a exportar

Una vez presentados los documentos e incorporados al sistema informático aduanero, este determina si se requiere inspección física o documental, la cual se hace en las bodegas del puerto de salida, la aerolínea o en el lugar habilitado por la DIAN. Terminada esta diligencia y si todo esta bien la mercancía puede ser embarcada y despachada al exterior.

6. MEDIOS DE PAGO El mercado financiero le da más de una opción para asegurar el pago de sus exportaciones. Claro, no sobra que investigue un poco acerca de su comprador en el exterior, pero de todos modos, acuda a los instrumentos que le ofrecen estas entidades para que no vaya a perder su dinero.Los medios de pago internacionales, aquellos que se emplean para pagar operaciones en el exterior, tienen un acceso y un manejo más sencillo de lo que usted cree.Muy probablemente ha oído hablar de giros directos, cobranzas y cartas de crédito. Pues bien, todos estos son medios de pago internacionales. Cada uno de ellos tiene sus particularidades, sus ventajas y desventajas y es importante que usted, como actor del comercio exterior, tenga conocimiento de ellas para que pueda decidir cuál le favorece más de acuerdo con una serie de criterios que debe analizar como el tamaño del negocio que va a realizar, la confianza que le tenga a su cliente, si le quiere dar financiación o no, y el riesgo que está dispuesto a correr en su operación

¡ASEGÚRESE!

Page 4: Tramites Exportacion Bienes, Colombia

Conozca los instrumentos de pago internacional que se generen de las ventas de exportación. Para lo cual BANCOLDEX, ofrece servicios de: Aviso y Confirmación de Cartas de Crédito de Exportación, Manejo de Cobranzas documentarias, emisión de garantías bancarias, gestión de órdenes de pago, compra de documentos y Compra/venta de divisas sobre las operaciones de comercio exterior al igual que las líneas de financiamiento al comprador de producto colombiano.

¿Requiere información adicional? Contacte a la Línea de servicio al cliente Multicontacto BANCOLDEX. Bogotá: (57) (1) 6497100 – Otras Ciudades: 01 8000 91 5300

7. PROCEDIMIENTOS CAMBIARIOS (REINTEGRO DE DIVISAS):Los exportadores de bienes deben diligenciar la declaración de cambio por exportaciones de bienes en el momento de reintegrar las divisas, bien sea mediante su venta a los intermediarios del mercado cambiario o su consignación en las cuentas corrientes de compensación, utilizando el numeral cambiario que corresponda, de acuerdo con las instrucciones establecidas para el diligenciamiento de la misma. En la declaración de cambio, los exportadores dejarán constancia de los datos relativos a:

• La (s) declaración (es) de exportación definitiva (s), cuando estén disponibles en la fecha de la venta de las divisas.

• Los valores efectivamente reintegrados.• Los gastos en que se haya incurrido.• Las deducciones acordadas, si las hubiera.

Tal información no será procesada ni remitida al Banco de la República, pero deberá conservarse para cuando sea requerida por las autoridades de control y vigilancia.

8. DOCUMENTOS SOPORTE: los documentos se deben conservar por 5 años después de realizada la exportación; los documentos son: contrato de compra y venta internacional, factura comercial, DEX, certificado de origen, certificado sanitario y/o visto bueno, documento de transporte o embarque, lista de empaque, declaración de cambio.

9. EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL

Todo producto que se exporte por esta modalidad debe cumplir con las normas sanitarias o vistos buenos pertinentes, en caso de requerirse. Los requisitos para utilizar este tipo de exportación son:

- Elaboración de Factura Comercial o Factura Proforma, indicando el valor para efectos aduaneros y cantidad.

- Certificado de origen si es exigido por el comprador en el exterior.- Diligenciamiento de la Declaración Simplificada de Exportación (Cód. 610) en la oficina de la DIAN

por donde se va a despachar la mercancía (esto se hace a través del sistema electrónico de la DIAN)- NOTA: Existen algunos productos que no se pueden exportar por este régimen. Para consultar el

listado, vea el Estatuto Aduanero (Dec. 2685/99). Cada exportador tiene un cupo de USD $10.000 anuales bajo esta modalidad.