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Instituciones del Dcho. Público (251) – Virtual – Prof. María Inés Moisés Trujillo Nicolás M. Cabrera – FCE 881.437 UNIDAD 8: El órgano legislativo de gobierno 1- Explique el proceso de formación de leyes, dividiéndolo en 2 etapas: Iniciativa y Sanción. El proceso de formación de leyes comienza en su etapa iniciativa según lo dispuesto por el Art. 77 de la C.N., puede tener principio en cualquier de las Cámaras del Congreso, por proyectos presentados por sus miembros o por el Poder Ejecutivo (salvo excepciones). De esa forma, quien presenta un proyecto de ley puede ser el Presidente de la Nación, cualquier diputado de la Cámara de Diputados o cualquier senador de la Cámara de Senadores, como también el pueblo mediante iniciativa popular. Las únicas excepciones constitucionales sobre dónde empieza la formación de leyes es en materia de impuestos y reclutamiento de tropas, ambas deben hacerlo desde la Cámara de Diputados (actúa como cámara de origen) y recién ser tratada por la Cámara de Senadores (cámara revisora), y viceversa cuando se trata de fondos de coparticipación federal, proyectos de crecimiento armónico de la Nación, proyectos de poblamiento de territorio, adopción de políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de las provincias y regiones. Para la sanción se lleva a cabo luego de que una “cámara de origen” analice, discuta y vote por primera vez el proyecto de ley (en caso afirmativo, dándole “media sanción”) y luego una “cámara revisora” trate el proyecto parcialmente aprobado y eventualmente le de otra media sanción. Luego de pasar por ambas cámaras, la ley queda sancionada a la espera de que la promulgue (o vete) el Presidente de la Nación, o bien si el Presidente no la promulgara en el término de 10 días hábiles, la ley quedará automáticamente aprobada y vigente.

Unidad 8 - Nicolás M. Cabrera 881.437 - Dcho. Público 251

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Instituciones del Dcho. Público (251) – Virtual – Prof. María Inés Moisés Trujillo Nicolás M. Cabrera – FCE 881.437

UNIDAD 8: El órgano legislativo de gobierno 1- Explique el proceso de formación de leyes, dividiéndolo en 2

etapas: Iniciativa y Sanción.

El proceso de formación de leyes comienza en su etapa iniciativa según lo dispuesto por el Art. 77 de la C.N., puede tener principio en cualquier de las Cámaras del Congreso, por proyectos presentados por sus miembros o por el Poder Ejecutivo (salvo excepciones). De esa forma, quien presenta un proyecto de ley puede ser el Presidente de la Nación, cualquier diputado de la Cámara de Diputados o cualquier senador de la Cámara de Senadores, como también el pueblo mediante iniciativa popular. Las únicas excepciones constitucionales sobre dónde empieza la formación de leyes es en materia de impuestos y reclutamiento de tropas, ambas deben hacerlo desde la Cámara de Diputados (actúa como cámara de origen) y recién ser tratada por la Cámara de Senadores (cámara revisora), y viceversa cuando se trata de fondos de coparticipación federal, proyectos de crecimiento armónico de la Nación, proyectos de poblamiento de territorio, adopción de políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de las provincias y regiones. Para la sanción se lleva a cabo luego de que una “cámara de origen” analice, discuta y vote por primera vez el proyecto de ley (en caso afirmativo, dándole “media sanción”) y luego una “cámara revisora” trate el proyecto parcialmente aprobado y eventualmente le de otra media sanción. Luego de pasar por ambas cámaras, la ley queda sancionada a la espera de que la promulgue (o vete) el Presidente de la Nación, o bien si el Presidente no la promulgara en el término de 10 días hábiles, la ley quedará automáticamente aprobada y vigente.