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“Una Contraloría Aliada con Bogotá” www.contraloriabogota.gov.co Código Postal 111321 Cra. 32 A No. 26 A 10 PBX 3358888 INFORME FINAL DE AUDITORÍA DE REGULARIDAD UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL- UAECD- PAD 2020 CÓDIGO DE AUDITORÍA: 80 MARÍA ANAYME BARÓN DURÁN Contralora de Bogotá D.C. (E) DIANA SALCEDO JIMÉNEZ Contralora Auxiliar (E) JOSÉ RAFAEL TERCERO SANMIGUEL ROLDÁN Director Sectorial de Hacienda JOSÉ LUIS OCHOA VÁSQUEZ Asesor Héctor Gildardo Ayala Escobar Gerente 039-01 Eduardo Terreros Rey Profesional Especializado 222-07 Oscar Sánchez Gaitán Profesional Especializado 222-07 Javier William Orozco Ramos Profesional Especializado 222-07 Mario Enrique Silva Vargas Profesional universitario 219-03 Susana Valenzuela Forero Profesional universitario 219-03 Magda Cecilia Fajardo Rodríguez Profesional universitario 219-03 Javier Fernando Torres Barón Profesional universitario 219-03 José Daniel Salcedo Herrera Profesional universitario 219-03 Dixon Ricardo Carrascal Franco Contratista de Apoyo Gloria Andrea Alvarado Bernal Pasante Andrés Felipe Durán Vargas Pasante Giselle Vanesa Gamboa Sandoval Pasante Karen Tatiana Vargas Pardo Pasante Yesid Ramírez Jiménez Pasante Cristhian Manuel Vargas Galvis Pasante Período Auditado: 2019 Bogotá D.C., abril de 2020

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INFORME FINAL DE AUDITORÍA DE REGULARIDAD

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL- UAECD-

PAD 2020

CÓDIGO DE AUDITORÍA: 80

MARÍA ANAYME BARÓN DURÁN Contralora de Bogotá D.C. (E)

DIANA SALCEDO JIMÉNEZ

Contralora Auxiliar (E)

JOSÉ RAFAEL TERCERO SANMIGUEL ROLDÁN Director Sectorial de Hacienda

JOSÉ LUIS OCHOA VÁSQUEZ

Asesor

Héctor Gildardo Ayala Escobar

Gerente 039-01

Eduardo Terreros Rey Profesional Especializado 222-07

Oscar Sánchez Gaitán Profesional Especializado 222-07

Javier William Orozco Ramos Profesional Especializado 222-07

Mario Enrique Silva Vargas Profesional universitario 219-03

Susana Valenzuela Forero Profesional universitario 219-03

Magda Cecilia Fajardo Rodríguez Profesional universitario 219-03

Javier Fernando Torres Barón Profesional universitario 219-03

José Daniel Salcedo Herrera Profesional universitario 219-03

Dixon Ricardo Carrascal Franco Contratista de Apoyo

Gloria Andrea Alvarado Bernal Pasante

Andrés Felipe Durán Vargas Pasante

Giselle Vanesa Gamboa Sandoval Pasante

Karen Tatiana Vargas Pardo Pasante

Yesid Ramírez Jiménez Pasante

Cristhian Manuel Vargas Galvis Pasante

Período Auditado: 2019

Bogotá D.C., abril de 2020

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TABLA DE CONTENIDO

1. DICTAMEN INTEGRAL..................................................................................... 4

2 ALCANCE Y MUESTRA DE AUDITORÍA ....................................................... 13

3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ................................................................ 16

3.1 CONTROL DE GESTIÓN ................................................................................ 16

3.1.1. Control Fiscal Interno .............................................................................. 16 3.1.1.1 Hallazgo administrativo por la dispersión de los valores de terreno y construcción resultantes del proceso masivo de valoración efectuada por la UAECD en relación con los valores de metro cuadrado de terreno y construcción que de forma puntual realiza la UAECD, generando inequidad en el cobro. ................................. 20

3.1.2 Plan de Mejoramiento ............................................................................... 51 3.1.2.1 Observación desvirtuada ............................................................................ 55 3.1.2.2 Hallazgo Administrativo por irregularidades en el tiempo de respuesta a los peticionarios y al trámite normal por parte de la UAECD, para resolver los diferentes recursos con los que cuentan los usuarios. ............................................................ 56 3.1.2.3 Observación Desvirtuada ............................................................................ 61 3.1.2.4 Hallazgo administrativo por la permanencia en el Anexo 3 de la Resolución 1154 de 2016, emitida por la UAECD de los predios que sin cumplimiento de los requisitos fueron incluidos en este y exonerados del pago de la participación en plusvalía en el primer momento de exigibilidad del mismo. ..................................... 62 3.1.2.5. Observación Desvirtuada ........................................................................... 70

3.2.1 Gestión Contractual ................................................................................... 71 3.1.3.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por inaplicabilidad del principio de planeación en los estudios previos del contrato de prestación de servicios No. 234 de 2018 suscrito entre la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y Consorcio Catastro S&S. ....................................... 77 3.1.3.2 Hallazgo administrativo por deficiente supervisión al contrato de compraventa No. 306 de 2019, suscrito entre la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y M@ICROTEL S.A.S. ............................................................................................ 81

3.1. CONTROL DE RESULTADOS ....................................................................... 84

3.2.1 Planes, programas y proyectos ............................................................... 84 3.2.1.1. Proyecto de Inversión No. 1180 - Afianzar una gestión pública efectiva .... 85 3.2.1.2 Proyecto de Inversión No. 0983 – “Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones en Bogotá” ................................ 91 3.2.1.2.1 Hallazgo administrativo por incumplimiento de lo programado para la vigencia 2019, en la meta 9 del proyecto de inversión 0983 “Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones”. ............... 98 3.2.1.2 Objetivos de Desarrollo Sostenible- ODS- ................................................ 117

3.3 CONTROL FINANCIERO ............................................................................. 119

3.3.1 Estados Financieros ............................................................................... 119 3.3.1.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por riesgo de

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pérdida de recursos por incapacidades por cobrar a Café Salud y Famisanar, que no fueron reveladas en las notas a los estados financieros. ...................................... 124 3.3.1.2 Hallazgo Administrativo con presunta incidencia disciplinaria por deficiencias en el desarrollo del Contrato 330 de 2017, suscrito con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE. ....................................................................... 134

3.3.2 Control Interno Contable ......................................................................... 146

3.3.3 Gestión Presupuestal .............................................................................. 146

4 OTROS RESULTADOS ................................................................................ 160

5 CUADRO CONSOLIDADO DE HALLAZGOS DE AUDITORÍA. .................. 161

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1. DICTAMEN INTEGRAL Doctor HENRY RODRÍGUEZ SOSA Director Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD Avenida Carrera 30 Nº 25-90 Torre A Piso 11 Código Postal 111311 Bogotá D. C. Ref.: Dictamen de Auditoría de Regularidad vigencia 2019.

La Contraloría de Bogotá D.C., con fundamento en los Artículos 267 y 272 de la Constitución Política, el Decreto Ley 1421 de 1993 y la Ley 42 de 1993, practicó Auditoría de Regularidad a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD-, evaluando los principios de economía, eficiencia y eficacia, con que administró los recursos puestos a su disposición; los resultados de los planes, programas y proyectos; la gestión contractual; la calidad y eficiencia del Control Fiscal Interno; el cumplimiento al Plan de Mejoramiento; la gestión financiera a través del examen del Estado de Situación Financiera a 31 de diciembre de 2019 y el Estado de Resultados por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 y la comprobación de que las operaciones financieras, administrativas y económicas se realizaron conforme a las normas legales, estatutarias y de procedimientos aplicables.

Es responsabilidad de la Administración el contenido de la información suministrada y analizada por la Contraloría de Bogotá D.C. Igualmente, es responsable por la preparación y correcta presentación de los Estados Financieros de conformidad con las normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad universalmente aceptados o prescritos por el Contador General.

La responsabilidad de la Contraloría de Bogotá consiste en producir un informe integral que contenga el pronunciamiento sobre el fenecimiento de la cuenta, con fundamento en la aplicación de los sistemas de Control de Gestión, Resultados y Financiero (opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros), el acatamiento a las disposiciones legales y la calidad y eficiencia del Control Fiscal Interno.

El informe contiene aspectos administrativos, financieros y legales que una vez detectados como deficiencias por el Equipo de Auditoría, deberán ser corregidos por la Entidad, lo cual contribuye a su mejoramiento continuo, la

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adecuada gestión de los recursos públicos y por consiguiente en la eficiente y efectiva producción y/o prestación de bienes y/o servicios en beneficio de la ciudadanía, fin último del control.

La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con las normas, políticas y procedimientos de auditoría establecidos por la Contraloría de Bogotá D.C.; compatibles con las de general aceptación. Por tanto, requirió, acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresada en el dictamen integral. El control incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de las evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las cifras y presentación de los Estados Financieros y el cumplimiento de las disposiciones legales, así como la adecuada implementación. No existieron limitaciones en el alcance de los temas evaluados en la auditoría y cuyos resultados se incluyen en el presente informe.

Las observaciones se dieron a conocer a la Entidad en el Informe Preliminar de Auditoría, la respuesta de la Administración fue valorada y analizada tal como se señala en el Capítulo de Resultados del presente informe de auditoría.

1. RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN

Producto de la evaluación realizada por este organismo de control y aplicada a la UAECD, la Metodología de Calificación de la Gestión Fiscal implementada por el Organismo de Control, para calificar la gestión de los sujetos de control, bajo el criterio de medición de los principios de Eficacia, Eficiencia y Economía, Se establecieron los siguientes resultados soportados en la calificación de los componentes y factores evaluados:

1.1 Control de Gestión Este componente está integrado por los factores Control Fiscal interno, Plan de mejoramiento y Gestión contractual y tiene una ponderación de 40% del total de componentes de la metodología. El componente obtuvo una calificación 35.1 sobre 40. Los resultados para el componente en términos de principios de la gestión permitieron establecer una Eficacia de 87.3%, eficiencia de 87.8% y Economía de 87.2%. Estas calificaciones están soportadas en cada uno de los factores evaluados y el detalle de los resultados se plasma en el Capítulo de Resultados del presente informe de auditoría. No obstante, los resultados en los principios de la gestión de la UAECD, existen temas puntuales que deben ser objeto de seguimiento y acción tales

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como: incumplimientos en los términos de publicación de las operaciones contractuales en el SECOP, de las diferentes etapas de algunos procesos realizados después del vencimiento del término legal, falencias en los puntos de control de los procedimientos del proceso de gestión contractual, que tienen como consecuencia debilidades, y deficiencias en la supervisión de contratos, deficiencias en procesos de contratación por la inaplicabilidad del principio de planeación en los estudios previos, demora en la resolución de trámites de Cabida y Linderos y Revisión de avalúos y en procesos de determinación, cálculo y liquidación del efecto Plusvalía. En el Plan de Mejoramiento se evaluó, la eficacia y la efectividad de 86 acciones formuladas por la UAECD para eliminar las causas que dieron origen a los hallazgos configurados en cumplimiento de la vigilancia y control a la gestión fiscal que realizó la Contraloría de Bogotá D.C. en las vigencias 2017, 2018 y 2019 y tenían fecha de vencimiento 28 de febrero de 2020.

De estas acciones, 84 fueron calificadas como cumplidas efectivas lo que equivale al 97.67%. Se determinó que las acciones fueron ejecutadas en un 100% y fueron calificadas con una efectividad que sobrepasó el 75% considerando que se eliminaron las causas originarias de los hallazgos. Así las cosas, se consideró el Plan de mejoramiento como Cumplido.

Dos acciones se consideraron Cumplidas Inefectivas lo que equivale al 2.33%. Se determinó que las acciones fueron ejecutadas en el 100% y calificadas con una Eficacia del 100%, pero la situación detectada no fue corregida por lo que fueron calificadas con 70% de Efectividad.

La gestión fiscal contractual se evaluó para establecer el cumplimiento de los fines del Estado, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos y garantías de los ciudadanos, con la intervención desde un control posterior y selectivo en las tres etapas de la contratación: precontractual, contractual y post contractual o de liquidación de los contratos seleccionados, de conformidad con la naturaleza jurídica, régimen de contratación de la UAECD y tipos de contratos gestionados por esta en 2019.

En la ejecución de la auditoría se verificó el cumplimiento de las actuaciones adelantadas, no sólo con la formalidad documental, sino con el análisis de las evidencias que dieron certeza sobre dichas actuaciones y se seleccionaron las variables que permitieron calificar cada caso particular evaluado, para obtener un resultado en términos de los principios de eficacia y economía.

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La calificación de los contratos seleccionados, permitió establecer una calificación para el factor de 65 sobre 75, con Eficacia de 86% y Economía de 87.8%. Estos resultados se basan en que los contratos evaluados cumplieron en las etapas contractuales la normatividad establecida y los objetos contractuales fueron, en gran medida, cumplidos durante la vigencia. No obstante, por inaplicabilidad del principio de planeación en los estudios previos en un contrato y deficiencias en la supervisión de otro, se establecieron dos hallazgos de auditoría. (El detalle se plasma en el numeral 3.1.3 del presente informe). 1.2 Control de Resultados Este componente está integrado por el factor Planes, programas y proyectos y tiene una ponderación de 30% del total de componentes. El componente y el factor obtuvieron calificación 30 sobre 30. Los resultados para el componente en términos de principios de la gestión permitieron establecer una Eficacia de 100% y Eficiencia de 100%. Estas calificaciones están soportadas en la ejecución presupuestal de los proyectos de inversión toda vez que la variable de ponderación de los proyectos en la metodología es el presupuesto asignado a cada uno. Por esta razón, no obstante evidenciarse incumplimiento del 30% en una meta del proyecto 0983, que además originó un hallazgo de auditoría, no afecta los principios de eficacia y eficiencia, por la baja ponderación del presupuesto asignado a la meta incumplida.

1.3 Control Financiero

Este componente está integrado por los factores Estados Financieros, Control Interno Contable y Gestión Presupuestal tiene una ponderación de 30% del total de componentes Los resultados para el componente en términos de principios de la gestión permitieron establecer una Eficacia de 99% y Eficiencia de 95%. Estas calificaciones están soportadas en cada uno de los factores evaluados y el detalle de los resultados se plasma en el Capítulo de Resultados del presente informe de auditoría. Con el propósito de establecer si los Estados Contables presentados por la Entidad con corte a 31 de diciembre de 2019, reflejan razonablemente el resultado de sus operaciones se efectuó revisión en forma selectiva de las

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cuentas y subcuentas: Depósitos en instituciones financieras, cuenta corriente, cuenta de ahorro, cuentas por cobrar, servicios informativos, otras cuentas por cobrar, propiedad planta y equipos, equipo de comunicación y de computación, otros activos, bienes y servicios pagados por anticipado, recursos entregados en administración, adquisición de bienes y servicios nacionales, bienes y servicios, beneficios a empleados a corto y largo plazo, litigios y demandas ingresos fiscales gastos de administración, así como sus cuentas correlativas, de conformidad con el plan de trabajo aprobado para tal fin. Las inconsistencias, salvedades o incertidumbres de mayor representatividad encontradas en la presente auditoría no afectan la razonabilidad de los estados contables. El factor en términos de los principios de la gestión fiscal fue calificado con una Eficacia del 100%, no obstante, se establecieron dos hallazgos de auditoría. La información detallada de las inconsistencias enunciadas y demás resultados relacionados con el componente contable se encuentran en el numeral 3.2.1. Estados Financieros Contables del presente informe. El factor Control Interno Contable fue calificado con 90% de Eficacia y 95%

de Eficiencia. Dentro de las principales debilidades del Sistema de Control

Interno Contable encontradas durante la ejecución de la auditoría se

evidenció: debilidades en el cumplimiento de los procedimientos

establecidos, en el seguimiento y control necesario de las partidas

pendientes de cuentas por cobrar relacionadas con las incapacidades a

Cafesalud y Famisanar presentan deficiencias en su control, con la

depuración y cobro de saldos contables y comunicación entre las diferentes

dependencias de conformidad con lo definido en el Nuevo Marco Normativo

Contable.

En el área de Proceso de Gestión Presupuestal la Contraloría evidenció que la Entidad no presentó falencias en el manejo de sus recursos, lo que se vio reflejado en los altos niveles de ejecución presupuestal. El factor fue calificado con 100% de Eficacia.

1.4 Concepto sobre la Rendición y Revisión de la Cuenta El Representante Legal de la UAECD, rindió la cuenta anual consolidada para la vigencia fiscal de 2019 con corte a 31 de diciembre, dentro de los plazos señalados en la Resolución 011 del 28 de febrero de 2014, modificada parcialmente por la Resolución Reglamentaria No. 009 del 18 de febrero de

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2019, presentada a la Contraloría de Bogotá a través del Sistema de Vigilancia y Control Fiscal –SIVICOF con fecha de recepción 17 de febrero de 2020, dando cumplimiento a lo establecido en los procedimientos y disposiciones legales que para tal efecto ha establecido el Organismo de Control.

1.5 Opinión sobre los estados financieros

Opinión Limpia

En nuestra opinión, excepto por lo expresado en los párrafos precedentes,

los estados contables de la UAECD, presentan razonablemente la situación

financiera, en sus aspectos más significativos por el año terminado el 31 de

diciembre de 2019 y los resultados del ejercicio económico del año

terminado en la misma fecha, de conformidad con los principios y normas

prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad

generalmente aceptados en Colombia o prescritos por el Contador General

de la Nación.

1.6 Concepto sobre la calidad y eficiencia del control fiscal interno Corresponde a la Contraloría conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control fiscal interno de las entidades, en cumplimiento del numeral 6 del Artículo 268 de la Constitución Política.

En el factor Control Fiscal Interno se evaluó la aplicación de los mecanismos de control implementados, para monitorear el cumplimiento de responsabilidades de las diferentes áreas involucradas en el desarrollo de la función y objetivos de la entidad. La evaluación se realizó a partir del conocimiento de los informes, manuales, procesos, procedimientos, actividades, responsabilidades y competencias, así como de la evaluación de las dependencias involucradas en el desarrollo de las actividades misionales y de apoyo de la Entidad y la identificación de los riesgos y puntos de control relacionados con la protección de los recursos públicos.

La Calificación del factor Control fiscal interno fue de 13.2 sobre 15, con una Eficacia de 87.6% y Eficiencia de 87.86%. Presentando las siguientes calificaciones por factor: Factor Gestión Contractual 85% de Eficacia, Eficiencia de 82%. Factor Gestión Presupuestal el 93% de Eficacia, Eficiencia de 93%.

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Factor Planes, Programas y Proyectos el 85% de Eficacia y Eficiencia de 83%. Estas calificaciones reflejan alto grado de efectividad de los controles implementados por la entidad para el cumplimiento de sus funciones y salvaguarda de los recursos a su cargo.

La evaluación realizada a las diferentes áreas en desarrollo de la presente auditoría permitió establecer la existencia de controles a los diferentes procedimientos y procesos que integran el Sistema de gestión de Calidad. La entidad ha fortalecido su gestión y atención al ciudadano haciendo uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, ha realizado desarrollos propios y otros han sido adquiridos. Todo lo anterior sin lugar a duda redunda en el mejoramiento de su gestión administrativa y en la respuesta y satisfacción del cliente. Se verificó que la entidad incluye instrumentos de contacto con los ciudadanos, información de interés para la ciudadanía, información que permite al ciudadano conocer la entidad, procesos y procedimientos, normatividad, información presupuestal, de contratación y de trámites y servicios que ofrece la entidad.

Igualmente, la entidad ha establecido lineamientos para regular la gestión de la seguridad de la información y ha formulado diferentes políticas para tal fin.

Se evidenció actualización en los procedimientos de evaluación y seguimiento a la ejecución de los proyectos que han permitido en gran proporción que los ajustes necesarios a actividades, metas y proyectos de inversión se hagan oportunamente.

La Oficina de Control Interno para la vigencia 2019 elaboró y cumplió el Plan Anual de Auditorías, que incluyó 137 auditorías a procesos, procedimientos y áreas. Presentó los resultados en los informes periódicos dando las recomendaciones pertinentes para que la entidad asumiese los correctivos necesarios.

Se destaca que un aspecto sensible sigue siendo la oportunidad de respuesta en las peticiones, quejas, reclamos y solicitudes de los usuarios.

Se evidenciaron incumplimientos en los términos de publicación de las operaciones contractuales en el SECOP, de las diferentes etapas de algunos procesos realizados después del vencimiento del término legal para estos fines o documentos que a la fecha no se encuentran publicados. Igualmente se observaron falencias en los puntos de control de los procedimientos del proceso de gestión contractual, teniendo en cuenta que se

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presentaron debilidades, deficiencias y falencias en la supervisión de algunos contratos. Se identificó la falta de planeación en procesos de contratación por la inaplicabilidad del principio de planeación en los estudios previos.

Se presentan algunas dificultades como la demora en la resolución de trámites de Cabida y Linderos y revisión de avalúos y en los procesos de determinación, cálculo y liquidación del efecto Plusvalía. Aspectos que deben seguir siendo objeto de acción por parte de la entidad.

1.7 Concepto sobre el fenecimiento

Los resultados descritos en los numerales anteriores, producto de la aplicación de los sistemas de control de gestión, de resultados y financiero permiten establecer que la gestión fiscal de la vigencia 2019 realizada por el UAECD; en cumplimiento de su misión, objetivos, planes y programas, se ajustó a los principios de Eficiencia, Eficacia y Economía evaluados.

La gestión obtuvo en términos de estos principios calificaciones de 94% de Eficacia, 93.6% de Eficiencia y 87.2% de Economía. Con fundamento en lo anterior, la Contraloría de Bogotá D.C. concluye que la cuenta correspondiente a la vigencia 2019, auditada se FENECE. Presentación del plan de mejoramiento

A fin de lograr que la labor de control fiscal conduzca a que los sujetos de vigilancia y control fiscal emprendan acciones de mejoramiento de la gestión pública, respecto de cada uno de los hallazgos comunicados en este informe, la entidad a su cargo, debe elaborar y presentar un plan de mejoramiento que permita subsanar las causas de los hallazgos, en el menor tiempo posible, dando cumplimiento a los principios de la gestión fiscal; documento que debe ser presentado a la Contraloría de Bogotá D.C., a través del Sistema de Vigilancia y Control Fiscal –SIVICOF- dentro de los 10 días hábiles siguientes a la radicación del presente informe de auditoría, acorde a lo establecido en la Resolución Reglamentaria 036 de 2019, en la forma, términos y contenido previstos por la Contraloría de Bogotá D.C. El incumplimiento a este requerimiento dará origen a las sanciones previstas en los Artículos 99 y siguientes de la Ley 42 de 1993.

Corresponde, igualmente al sujeto de vigilancia y control fiscal, realizar seguimiento periódico al plan de mejoramiento para establecer el

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cumplimiento y la efectividad de las acciones formuladas, el cual deberá mantenerse disponible para consulta de la Contraloría de Bogotá, D.C.

El presente informe contiene los resultados y hallazgos evidenciados por este Organismo de Control. “Si con posterioridad a la revisión de cuentas de los responsables del erario aparecieren pruebas de operaciones fraudulentas o irregulares relacionadas con ellas se levantará el fenecimiento y se iniciará el juicio fiscal”.

Atentamente,

JOSE RAFAEL TERCERO SANMIGUEL ROLDÁN

Director Técnico de Fiscalización Sector Hacienda

Revisó: Héctor Gildardo Ayala Escobar – Gerente 039-01 Elaboró: Equipo Auditor ante la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital

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2 ALCANCE Y MUESTRA DE AUDITORÍA

La evaluación de la gestión fiscal de la UAECD, se realizó de manera posterior y selectiva, a partir de una muestra representativa, mediante la aplicación de las normas de auditoría de general aceptación, el examen de las operaciones financieras, administrativas y económicas, para determinar la confiabilidad de las cifras, la legalidad de las operaciones, la revisión de la cuenta, la economía y eficiencia con que actuó el gestor público, con el fin de opinar sobre los estados financieros, conceptuar sobre la calidad y eficiencia del Control Fiscal Interno y emitir el fenecimiento o no de la cuenta correspondiente a la vigencia 2019. De acuerdo con el conocimiento de las responsabilidades a cargo del sujeto de control, se determinó que la UAECD, tiene como misión: “La UAECD agrega

valor a Bogotá mediante la captura, integración y disposición de información de

interés para la ciudad con criterio geográfico” y como visión “Ser la entidad referente

en América Latina en la gestión de información geográfica que contribuya a la generación de competitividad y sea fuente para la evaluación y formulación de política

pública a nivel distrital y nacional”. Es la Entidad oficial encargada de las actividades relacionadas con la formación, conservación y actualización del inventario de los bienes inmuebles situados dentro del Distrito a partir del estudio de sus elementos físico, económico y jurídico. En consecuencia, la UAECD, realiza el proceso de actualización catastral de manera masiva y el de Conservación Catastral, por solicitud de los ciudadanos. Información que inscribe en sus bases de datos de forma textual y gráfica (cartografía). La UAECD tiene las siguientes funciones básicas:

Realizar, mantener y actualizar el censo catastral del Distrito Capital en sus diversos aspectos, en particular fijar el valor de los bienes inmuebles que sirve como base para la determinación de los impuestos sobre dichos bienes.

Generar y mantener actualizada la Cartografía Oficial del Distrito Capital.

Establecer la nomenclatura oficial vial y domiciliaria del Distrito Capital.

Generar los estándares para la gestión y el manejo de la información espacial georreferenciada y participar en la formulación de las políticas para los protocolos de intercambio de esa información y coordinar la Infraestructura de Datos Espaciales para el Distrito Capital - IDECA.

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Elaborar avalúos comerciales a organismos o entidades distritales y a empresas del sector privado que lo soliciten.

Poner a disposición de la Secretaría Distrital de Planeación todos los documentos e instrumentos técnicos que la entidad elabore para efecto de que aquella desarrolle sus funciones.

La Auditoría de Regularidad a la UAECD, incluyó como componentes de integralidad la aplicación de los sistemas de control de gestión, de resultados y financiero, la selección de las variables a evaluar obedece a su importancia, obligatoriedad normativa, materialidad, naturaleza, valor y prioridad dentro de la Metodología de Calificación de la Gestión, establecida por la Contraloría de Bogotá con el fin de calificar de manera objetiva la gestión fiscal de los sujetos de control. Los factores evaluados por componente son:

COMPONENTE DEFINICION FACTOR PONDERACIÓN PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN FISCAL

EFICACIA EFICIENCIA ECONOMIA

CONTROL DE GESTIÓN

40%

Es el examen de la eficiencia y eficacia de las entidades en la administración de los recursos públicos, determinada mediante la evaluación de sus procesos administrativos, la utilización de indicadores de rentabilidad pública y desempeño y la identificación de la distribución del excedente que éstas producen, así como de los beneficiarios de su actividad.

Control Fiscal Interno

15% X X

Plan de Mejoramiento

10% X

Gestión Contractual

75% X

X

CONTROL DE RESULTADO

S 30%

Es el examen que se realiza para establecer en qué medida el sujeto de control de la vigilancia logra sus objetivos y cumple los planes, programas y proyectos adoptados en la vigencia auditada.

Planes, Programas y

Proyectos 100% X X

CONTROL FINANCIERO

30%

El objetivo de este componente consiste en opinar sobre la razonabilidad de los Estados Financieros, calificar el control interno contable, la Gestión Presupuestal y la Gestión Financiera del ente auditado.

Estados Financieros

60% X

Control Interno Contable

10% X X

Gestión Financiera

10% X

Gestión Presupuestal

20% X

La evaluación por factores permite establecer una calificación en términos de los principios de la gestión fiscal Eficacia, Eficiencia, Economía, acorde a los principios establecidos para cada factor. Estas calificaciones promedian la

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calificación por componentes y finalmente se obtiene una calificación de la gestión que permite establecer el fenecimiento o no de la Cuenta Fiscal 2019 de la UEACD, que es comunicado en el presente informe final de auditoría.

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3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 3.1 CONTROL DE GESTIÓN 3.1.1. Control Fiscal Interno

Corresponde a este Organismo de Control fiscal, en los términos del numeral 6 del Artículo 268 de la Constitución Política de Colombia conceptuar sobre la calidad y eficiencia del Control Fiscal Interno -CFI- de las entidades a las que audita.

El CFI lo constituyen los procedimientos que se tienen implementados para todas las áreas y el personal con que se cuenta en cada uno de ellas, estructurados en un todo, para lograr los objetivos fundamentales de la misión de la Unidad, conformando el sistema de organización de la UAECD.

La evaluación del Control Fiscal Interno en la UAECD, se realizó a partir del conocimiento de los informes, manuales, procesos, procedimientos, actividades, responsabilidades y competencias, así como de la evaluación de las dependencias involucradas en el desarrollo de las actividades misionales y de apoyo de la Entidad y la identificación de los riesgos y puntos de control relacionados con la protección de los recursos públicos.

Para establecer la gestión de la UAECD en materia de transparencia y acceso a la información pública en observancia de la Ley 1712 de 2014, el Decreto No.103 de 2015 y la Resolución No. 3564 de 2015, la auditoría verificó que la entidad incluye en la página Web a disposición de la ciudadanía en general Instrumentos de contacto con los ciudadanos, información de interés para la ciudadanía, información que permite al ciudadano conocer la entidad, procesos y procedimientos, normatividad, información presupuestal, de contratación y de trámites y servicios que ofrece la entidad.

Se verificaron igualmente, los lineamientos establecidos por la entidad para regular la gestión de la seguridad de la información encontrando que se han formulado entre otras políticas, la de control de acceso, de escritorio y pantalla limpios, para el tratamiento de datos personales, de instalación y uso de software, de transferencia de información, de copias de respaldo y recuperación, para dispositivos móviles, para la relación con proveedores en la etapa precontractual y contratistas y Política para la gestión de la seguridad de las redes entre otras.

La UAECD tiene estructurado sus procesos en cuatro (4) categorías: Procesos

Estratégicos, Procesos Misionales, Procesos de Apoyo y Procesos de

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Evaluación. Igualmente, la entidad ha implementado canales de

comunicación, presenciales, virtuales, escritos y de interacción para el uso de

la ciudadanía:

De acuerdo con las responsabilidades establecidas en materia de control

interno en la Ley 87 de 1993, Decreto 1499 de 2017, Ley 1753 de 2015, la

Entidad tiene implementado un Sistema de Gestión Integral compuesto por

ocho subsistemas que se encuentran en el Manual del Sistema de Gestión

Integral – Código 14-MG-01-UAECD.

La Oficina de Control Interno para la vigencia 2019 elaboró un Plan Anual de Auditorías, aprobado por el Comité de SGI-Institucional de Coordinación de Control Interno mediante acta de Comité del 30 de enero de 2019. Plan que incluyó 137 auditorías a procesos, procedimientos y áreas.

La auditoría verificó que la OCI presentó los resultados en los informes periódicos dando las recomendaciones pertinentes para que la entidad asumiese los correctivos necesarios.

Se destaca que un aspecto sensible sigue siendo la oportunidad de respuesta en los Peticiones, quejas, reclamos y solicitudes de los usuarios.

A continuación, se presenta los resultados de la evaluación de la auditoría al Control Fiscal Interno por factor:

En Gestión Contractual

En materia del sistema del Control Fiscal Interno de la Gestión Contractual, se evidencian incumplimientos en los términos de publicación de las operaciones contractuales en el SECOP, de las diferentes etapas de algunos procesos realizados después del vencimiento del término legal para estos fines o documentos que a la fecha no se encuentran publicados. Se evidenciaron falencias en los puntos de control de los procedimientos del proceso de gestión contractual, teniendo en cuenta que se existen debilidades, deficiencias y falencias en la supervisión de contratos. Se identificó la falta de planeación en procesos de contratación por la inaplicabilidad del principio de planeación en los estudios previos.

En plan de mejoramiento La evaluación realizada a las diferentes áreas en desarrollo de la presente auditoria, tales como archivo y correspondencia, Oficina de Atención al Ciudadano, Subdirección de Información Física y Jurídica, así como la revisión

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a los soportes enviados para el seguimiento al Plan de Mejoramiento; permiten señalar la existencia de controles a los diferentes procedimientos de los procesos que integran su Sistema de Gestión de Calidad. La entidad ha fortalecido su gestión y atención al ciudadano haciendo uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, ha realizado desarrollos propios y otros han sido adquiridos. Todo lo anterior sin lugar a duda redunda en el mejoramiento de su gestión administrativa y en la respuesta y satisfacción del cliente. No obstante, se presentan algunas dificultades en las que debe seguir profundizando para el mejoramiento continuo en procura de la óptima prestación de bienes y servicios a la ciudadanía. Situaciones como la demora en la resolución de trámites de Cabida y Linderos y revisión de avalúos deben seguir siendo motivo de acción por parte de la entidad. Igualmente, la mejora continua en los procesos de determinación, cálculo y liquidación del efecto Plusvalía de tal manera que este instrumento que es fuente de recursos, debe ser componente permanente de la agenda de la UAECD y se le deben implementar herramientas eficaces para su consecución y procurar que responda a criterios de equidad. La metodología de captura de la información Física, Jurídica y Económica debe soportarse en la utilización de las tecnologías modernas, la innovación y el desarrollo de instrumentos que cada día hagan más justa y equitativa la estimación del valor catastral de los predios y por ende como consecuencia del tributo por Impuesto Predial Unificado. Estas tecnologías traen consigo la posibilidad de encontrar patrones y situaciones específicas, que de forma aislada no se observan y que hoy constituyen un baluarte en la toma acertada de decisiones de política pública. De la misma forma, su aplicación permite la adopción de controles que minimizan los riesgos y hacen de los instrumentos de gestión, herramientas poderosas con cuya funcionalidad al servicio de la comunidad representan la verdadera razón de ser de la entidad.

En planes programas y proyectos

La evaluación se realizó a partir de la revisión y análisis de la información que

soporta la gestión de la Entidad, en el cumplimiento de los compromisos

establecidos para la vigencia 2019 en el Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor para

Todos”, así como los procesos, procedimientos, actividades y demás registros

que se consideraron necesarios para calificar el Control Fiscal Interno en el

este factor, observándose lo siguiente:

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Se evidenció actualización en los procedimientos de evaluación y seguimiento a la ejecución de los proyectos que han permitido en gran proporción que los ajustes necesarios a actividades, metas y proyectos de inversión se hagan oportunamente.

Existe comunicación permanente entre las áreas involucradas en los procedimientos y actividades de seguimiento a los proyectos.

En gestión presupuestal Se revisó el cumplimiento de la normatividad externa e interna que rige el presupuesto.

El sistema de gestión de calidad de la UAECD, cuenta en el área de presupuesto con los siguientes procedimientos debidamente aprobados como: Procedimiento Programación presupuestal, Procedimiento administración presupuestal, Procedimiento consolidación, seguimiento y evaluación de la programación y ejecución del PAC., procedimiento armonización área presupuestal.

Además del uso del aplicativo SI Capital, en el cual cuenta con los módulos de: OPGET Tesorería, OPGET Tesorería Modulo Financiero, PAC PREDIS

La entidad cuenta con una Matriz de riesgos, la cual hace parte de las generalidades del proceso de Gestión Financiera donde está incluida el área de presupuesto.

En la subdirección Administrativa y Financiera, específicamente el área de presupuesto, se encuentran documentados los procedimientos ubicados en el sistema de gestión de calidad de la Unidad, en cada uno de ellos se reflejan las actividades de control que permiten asegurar el seguimiento, cumplimiento y evaluación.

En el área de Proceso de Gestión Presupuestal con relación al Control Fiscal Interno, la Contraloría evidenció que la Entidad no presentó falencias en el manejo de sus recursos, lo que se vio reflejado durante la ejecución presupuestal, en razón a lo anterior se está dando cumplimiento con las normas presupuestales en lo relacionado con la aprobación el presupuesto, sus modificaciones y anulaciones, no se presentan registros por fallas de planeación en la ejecución de las Reservas Presupuestales en cuanto que cumplen con los parámetros establecidos en la circular 031 de 2011 de la Procuraduría General de la Nación y el Decreto 714 de 1996.

Evaluado el factor Control Fiscal Interno la auditoría estableció el siguiente hallazgo de auditoría:

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3.1.1.1 Hallazgo administrativo por la dispersión de los valores de terreno y construcción resultantes del proceso masivo de valoración efectuada por la UAECD en relación con los valores de metro cuadrado de terreno y construcción que de forma puntual realiza la UAECD, generando inequidad en el cobro.

La auditoría verificó información sobre las 13 entidades públicas que en la vigencia 2019 solicitaron los servicios valuatorios de la UAEDC, con el propósito de adquirir predios o partes de ellos por motivos de utilidad pública. Se tomó una muestra inicial de 5 entidades, que con un total de 7 facturas aportaron 567 CHIPS, como el número total de predios a revisar. La auditoría incluyó el examen y verificación de las metodologías de valuación realizada por la unidad de forma masiva y puntual. En primera instancia con la utilizada para la elaboración de avalúos comerciales puntuales para la compra de predios con finalidad pública y posteriormente tomó los valores resultantes catastrales (información del Sistema Integrado de Información Catastral-SIIC) para la vigencia del avaluó puntual correspondiente a estos CHIPS, con el propósito de llevarlos a su origen comercial masivo. Esto último, realizado ajustando los valores catastrales con los porcentajes definidos por el CONFIS para la vigencia respectiva en cada uno de los usos definidos Previo a esto se efectuó un alistamiento de la información, de tal forma que se excluyeron CHIPS que por diversas situaciones no podían compararse (se valoraban pequeñas porciones de terreno, zonas de suelo protegido, predios que tenían uso público en el Sistema Integrado de Información Catastral SIIC, por lo cual no fue posible realizar un ajuste por medio de los valores porcentuales asignados por el CONFIS, valores de construcción en los avalúos puntuales que se realizaban para elementos constructivos específicos como cerramientos, metros de escalera, etc.). Identificación muestra: el equipo auditor recibió de la UAECD un listado de 206 facturas correspondientes a contratos realizados con entidades públicas para realizar avalúos comerciales puntuales, los cuales establecen los precios de compra cuando existen en los predios requerimientos de infraestructura pública. De éstas se escogieron aleatoriamente 7 facturas para realizar el proceso de auditoría. Se referenció el número de factura asociado a cada contrato y su número DIAN correspondiente.

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CUADRO 1

MUESTRA DE FACTURAS CONTRATOS CON ENTIDADES PÙBLICAS

UAECD DIAN ENTIDAD

253372 FE 3203 Secretaria de educación contrato 2615 de 2017

260376 FE 10006 Secretaria de integración social 9178 de 2018

254994 FE 4845 IDU contrato 829

279412 FE 29139 IDU contrato 1548/2018

274323 FE 24020 Empresa de acueducto de Bogotá contrato 1033 2017

261199 FE 10847 Empresa de renovación y desarrollo urbano 195/2018

265965 FE 15673 Fasecolda

255221 FE 5072 IDU contrato 1081 (Transmilenio)

Fuente: oficio 2020ER3013 de 12-02- 2020 - UAECD

De las facturas, se requirió ante la UAECD la siguiente información de los predios objeto de valuación:

CUADRO 2

INFORMACIÓN SOLICITADA A LA UAEDC PARA FACTURAS EVALUADAS

NO NÚMERO DEL PREDIO EN LA FACTURA

CHIP CHIP asociado al bien inmueble

DIRECCION Dirección nueva del predio

SECTOR Numero catastral asociado al predio

No AVALUO Referencia del número de avalúo para UAEDC

AVALUO Valor del avalúo integral en pesos colombianos

SOLICITUD Fecha en la que se solicitó el avalúo a la UAEDC

ENTREGA Fecha en la UAEDC entregó a la entidad correspondiente el resultado del avalúo

Fuente: Oficio radicado Contraloría 2-2020-01711 de 30-01-2020

De otra parte, el ejercicio trata de examinar los predios que tienen una dispersión alta entre el valor puntual comercial y el masivo comercial, por lo que no era necesario revisar los que estuvieran muy cercanos. Al no tener inicialmente los valores comerciales masivos se realizó una primera aproximación entre el avalúo comercial puntual y el avalúo catastral (a pesar de que son metodologías y resultados diferentes como primer ejercicio de acercamiento a los CHIPS a revisar, tiene validez puesto que debe existir un margen de diferencia entre estos, el cual se estimó no superior a 30%). Los resultados arrojaron disparidades significativas, ya que en algunos casos los avalúos catastrales representaban más del 100% del avalúo comercial puntual, y en otros apenas un 30% del valor del comercial puntual establecido por la UAECD para las entidades solicitantes. Debido a la existencia de

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disparidades muy significativas, el equipo auditor verificó en el área comercial de la UADEC, la información contenida en las facturas, estableciendo que la información de la factura correspondiente al contrato con la Secretaria Distrital de Integración Social 9178/2018, anexo técnico 2, facturas 260376/260378, con un total de 20 CHIP, contenía información de avalúos de renta, por lo que, para efectos de la investigación realizada, esta no debía tenerse en cuenta. También se aclaró, que la información cuya dirección estuviese acompañada por la letra “MJ” correspondía a valuaciones de mejoras, criterio bajo el cual se descartaron tres (3) CHIPS. Finalmente, con el resto de la información, que correspondió a un total de 567 CHIPS, la auditoría realizó una primera comparación entre los avalúos catastrales obtenidos por el método masivo utilizado por la UAECD y los avalúos comerciales puntuales obtenidos para proyectos de infraestructura pública. Esto con el objetivo de identificar los predios cuya diferencia en el valor del predio estuviese por encima del 30%, es decir aquellos predios donde el valor del avalúo catastral representara menos del 70% del valor del avaluó comercial puntual calculado, o más del 130% de éste. Con base en la información obtenida anteriormente, surgió una nueva muestra, que contenía 90 CHIPS que cumplían con los criterios anteriores. Ello con el fin de solicitar los informes de avalúo puntual comercial de cada uno de ellos y evaluar la razón de las diferencias. Los avalúos catastrales de los 90 CHIPS se afectaron con la aplicación de los porcentajes CONFIS para terreno y construcción en cada uno de los años, de tal manera que se pudieran obtener valores de metro cuadrado de construcción y terreno de forma comercial masiva. Para ello se solicitó a la UAECD, las tablas de criterio CONFIS desde el año 2007 hasta 2019. Respecto a lo auditado en esta parte del proceso, el equipo encontró que debían descartarse un total de 25 CHIPS que no tenían por parte de la Unidad, un uso al cual se le pudiera asignar un porcentaje de afectación CONFIS puesto que estaban con destino de vías, espacio públicos y zonas de suelo protegido total o parcialmente. Los CHIPS descartados se muestran a continuación.

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CUADRO 3 CHIPS DESESTIMADOS POR NO TENER UN USO AL CUAL ASIGNARLE UNA

AFECTACIÓN PORCENTUAL CONFIS

CHIP No AVALÚO DIRECCIÓN USO SEGÚN SIIC

1 AAA0039RZEA 2018-0892 AC 45A SUR 51D 32 VIAS

2 AAA0050CSPA 2018-1673 AC 45A SUR 53 74 ESPACIO PUBLICO

3 AAA0050EDOE 2018-0893 AC 45A SUR 57 10 ESPACIO PUBLICO

4 AAA0056FEHY 2018-0896 KR 53 79B 37 ESPACIO PUBLICO

5 AAA0056HMFT 2018-0675 AK 30 79 15 ESPACIO PUBLICO

6 AAA0056HOWF 2018-0678 AK 30 76 59 ESPACIO PUBLICO

7 AAA0056LWZM 2018-0766 AK 30 73 27 ESPACIO PUBLICO

8 AAA0057PKTD 2018-0772 AK 50 85 04 ESPACIO PUBLICO

9 AAA0057PKUH 2018-0738 AK 50 85 16 ESPACIO PUBLICO

10 AAA0058COUH 2018-0741 AK 50 92 59 ESPACIO PUBLICO

11 AAA0058COWW 2018-0770 AK 50 92 53 ESPACIO PUBLICO

12 AAA0063AHJH 2018-0773 AC 80 83 11 ESPACIO PUBLICO

13 AAA0063AZSK 2018-1167 AC 80 85 43 ESPACIO PUBLICO

14 AAA0137OMKC

2018-1854 CAMBIO EN

RT AK 88D 11 51 OTROS

15 AAA0137ZDRJ 2017-1192 CL 42F SUR 89A 02 VIAS

16 AAA0143BOYN 2019-805

CL 137A SUR 21 35

ESTE OTROS

17 AAA0143BXYX 2019-717

CL 137A SUR 21 47

ESTE SUELO PROTEGIDO

18 AAA0143MJFZ 2019-757

CL 136B SUR 23A 92

ESTE SUELO PROTEGIDO

19 AAA0143YCRU 2018-1640 CL 15 88D 60 SUELO PROTEGIDO

20 AAA0148WEOM 2018-1034 AC 54 SUR 89B 16 VIAS

21 AAA0159EDLW 2018-1772 CL 127 93 52 VIAS

22 AAA0178MDNX

2017-0749 AHORA 2018-

1745 KR 80B 11D 00 VIAS

23 AAA0190EODM 1075 DG_16_97_79 VIAS

24 AAA0190EOFT 1074 DG_16_97_00 VIAS

25 AAA0265JPXS 2018-1872 AK 89B 52A 10 SUR VIAS

Fuente: información UEACD- elaboración equipo auditor

Continuando con la revisión de los informes de avalúo, el primer criterio para determinar si realmente los avalúos podían ser comparables, fue el de área. De modo tal que, si se trataba de superficies que diferían en más de 10 metros cuadrados en terreno o en construcción estos predios debían ser descartados.

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El equipo auditor, encontró que en muchos casos los avalúos comerciales correspondían a la valoración de lotes remanentes, producto de una afectación por obra vial, motivo por el cual el área no coincidía. Sin embargo, en el caso del metro cuadrado de terreno utilizaba métodos valuatorios como el de análisis de mercado y el desarrollo potencial o técnica residual, los cuales tomaban en cuenta el total del terreno para establecer un valor unitario de metro cuadrado. Por lo anterior, y para efectos de la auditoría, se acordó la comparación directa entre valores unitarios de metro cuadrado de terreno, de modo tal que el análisis no se viera permeado por la disparidad de áreas. Por otra parte, para el caso de la construcción, y debido al método utilizado costos de reposición y depreciación, el criterio de comparación también fue el de metro cuadrado, no obstante, los CHIPS a comparar si debían ser coincidentes en área puesto que en algunos casos dentro del Informe de Avalúo Comercial puntual se valoraban cercas, escaleras, muros o fracciones parciales de construcción. Del análisis anterior, surgió un listado de predios que por sus características fueron suprimidos del proceso comparativo.

CUADRO 4

CHIPS DE PREDIOS DESESTIMADOS POR NO SER COMPARABLES CON LA INFORMACIÓN DE METRO CUADRADO CONSTRUIDO O POR NO TENER

INFORMACIÓN A COMPARAR

No. CHIP No AVALÚO DIRECCIÓN AREA

TERRENO SIIC

AREA TERRENO AVALUO

PUNTUAL

OBSERVACIÓN

1 AAA0079ZX

UZ

2019-0908_PLAN_PARCIAL_Y_PREDIO_T

OTAL

AC_17_126A_24

8748,7 1849,37

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno de 72 M2, más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual no eran consistentes con la información SIIC, por lo que no se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis.

2 AAA0056HM

CX 2018-0673 AK 30 79 53 140,2 128,76

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno. El equipo auditor encontró que el área avaluada

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No. CHIP No AVALÚO DIRECCIÓN AREA

TERRENO SIIC

AREA TERRENO AVALUO

PUNTUAL

OBSERVACIÓN

mediante la metodología puntual tenía una diferencia de 12 M2 con la información SIIC, por lo que no se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis.

3 AAA0140ZX

PA 2019-1186

DG_16C_96H_18

60,9 NO INFO El informe de avaluó comercial no fue aportado por la entidad

4 AAA0129DB

PP 2018-1773

CL 127B 92B 41

4329,6 4329,6

Al realizar la revisión del informe del avalúo comercial, se encontró que este corresponde a vigencia 2004, por lo que para efectos del análisis que se pretende el equipo auditor no tomó este predio como referencia.

5 AAA0154YD

DE 1095 AC_17_87_55 3200 3200

El avalúo puntual realizado no incluye la construcción. Y el valor del área de terreno por metro cuadrado obtenido en el avalúo puntual es inferior al valor de m2 de terreno registrado por catastro. Para efectos de la auditoría este predio no entra dentro de los inmuebles a comparar.

6 AAA0032TS

BR 2019-0131 KR 11 4 66 184,5 NO INFO

El informe de avalúo comercial no fue aportado por la entidad

Fuente: equipo auditor.

Con los 59 predios restantes, se comparó el metro cuadrado de terreno del avalúo comercial puntual con los valores construidos de metro cuadrado de terreno mediante el método comercial masivo.

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CUADRO 5 PREDIOS INCLUIDOS EN LA COMPARACIÓN CON CARACTERÍSTICAS COMPARABLES

ENTRE LA INFORMACIÓN SIIC Y LA INFORMACIÓN DEL INFORME DE AVALÚO COMERCIAL PUNTUAL

CHIP No

AVALÚO

USO SEGÚN

SIIC OBSERVACIÓN

1 AAA0163NZTO 2018-0868

PLAN PARCIAL

COMERCIO

El informe del avalúo comercial puntual realizado por la UADEC, corresponde la valoración de una porción de terreno de 3653,53 M2, parte de un área total de 10453,84M2, a la cual se le asignó un valor unitario de $679.000, mediante el método de residual. Sin embargo, el equipo auditor notó que el valor aportado por la factura número 254994, del contrato 829, celebrado con el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) no corresponde con el que se muestra en el informe, ya que en este último se define un valor de $2480.753.660, mientras que en la información solicitada el valor es $382.276.784.897. Por lo que este no se toma como comparable

2 AAA0140JNNX 1105 COMERCIO

El informe de avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno de 5267,70 M2, más las construcciones a él adheridas, que corresponde a 5 diferentes tipologías y naturalezas constructivas y de uso. Por lo anterior se eligió el valor de M2 de terreno unitario para realizar la comparación, ya que según el contraste de áreas entre el informe de avalúo puntual y el SIIC estas presentan una pequeña diferencia, que presume que los avalúos son comparables.

3 AAA0157YADE

2019-1273_PREDIO_TOT

AL

COMERCIO

El avalúo puntual valora un área de terreno de 75,64 M2 destinados a reserva vial, de un área total de 3683.2 M2. También se incluye la valoración de las mejoras adheridas a este terreno en la porción de suelo requerida. El avaluó para terreno se calculó a través de método de análisis de mercado, obtenido un valor unitario comparable de metro de cuadrado de terreno. Los valores de construcción no se tuvieron en cuenta, ya que algunas de ellas corresponden a mejores que no son del alcance de la auditoria en cuestión.

4 AAA0017WKZM 2018-1738 COMERCIO

El avalúo puntual correspondía a un lote de terreno, cuya área era comparable con la información arrojada por el SIIC, motivo por el cual se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. En cuanto a la construcción, no hay valor de referencia de valor comercial puntual

5 AAA0079ZXYX

1102_PREDIO_TOT

AL_PLAN_PARCIAL

COMERCIO

El informe corresponde a la valuación de un "Lote de terreno remanente" producto de una afectación por construcción vial. Por lo anterior las áreas del SIIC y las del avalúo no eran coincidentes. Sin embargo, el área total del predio si era comparable, y con ello el valor unitario de M2. El área construida, por su parte, no

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CHIP No

AVALÚO

USO SEGÚN

SIIC OBSERVACIÓN

coincidía con la información SIIC, por ello solo se no tomó como referencia solo el valor de M2 de terreno.

6 AAA0080CAZM

2019-1281_PREDIO_TOT

AL

COMERCIO

El informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente" producto de una afectación por construcción vial. Por lo anterior las áreas del SIIC y las del avalúo no eran coincidentes. Sin embargo, el área total del predio si era comparable, y con ello el valor unitario de M2. El área construida, por su parte, no coincidía con la información SIIC, por ello solo se no tomó como referencia solo el valor de M2 de terreno.

7 AAA0075UYHY

2019-1035_PREDIO_TOT

AL_

COMERCIO

Mediante la revisión del avalúo se encontró que el informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente" producto de una afectación por construcción vial. Por lo anterior las áreas del SIIC y las del avalúo no eran coincidentes. Sin embargo, el área total del predio si era comparable, y con ello el valor unitario de M2. El área construida, por su parte, no coincidía con la información SIIC, por ello solo se no tomó como referencia solo el valor de M2 de terreno.

8 AAA0074KESY

2019-1285_PREDIO_TOT

AL

COMERCIO

Mediante la revisión del avalúo se encontró que el informe correspondía a la valuación de un terreno sin construcción, por lo cual las áreas del SIIC y las del avalúo no eran coincidentes. Sin embargo, el área total del predio si era comparable, y con ello el valor unitario de M2.

9 AAA0074SXEA 867_PREDIO_TOT

AL COMERCIO

Mediante la revisión del avalúo se encontró que el informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente" de 188,54 M2, de un total de 1621,2 M2, producto de aun afectación por construcción vial. Por lo anterior las áreas no eran coincidentes. Sin embargo, el área total del predio es comparable y su valor total podía ser calculado mediante el valor unitario de M2 de 2.800.000. El área construida que se refiere a una construcción de un piso de 26,76, más una zona dura de 131,79 M2, presenta valores que no se tendrán en cuenta ya que en la base de datos SIIC no se discriminan las diferentes tipologías, por lo que en últimas el valor de M2 de construcción no es comparable

10 AAA0074SXCX

2019-0650_CAMBIO_DE_AREAS_

COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a una porción de lote de terreno de 286,35 M2, de un total de 1509,45 M2 más las construcciones a él adheridas, que corresponde a un total de 222,42. Por lo anterior se eligió el valor de M2 de terreno unitario para realizar la comparación, ya que según el contraste de áreas entre el informe de avalúo puntual y el SIIC denotan que se trata de un análisis valuatoria sobre el mismo predio. Por lo anterior se ponen de referencia los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción.

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AVALÚO

USO SEGÚN

SIIC OBSERVACIÓN

11 AAA0075WDUH

2019-0923_PREDIO_TOT

AL

COMERCIO

El informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente" de 103,52 M2, de un total de 1389,44 M2, producto de aun afectación por construcción vial. Por lo anterior las áreas no era coincidentes del SIIC y las del avalúo no son coincidentes. Sin embargo, el área total del predio es comparable en ambas bases y su valor total podía ser calculado mediante el valor unitario de M2 de 3'000.000. El área construida que se refiere a una construcción de zona dura de 155,04 M2; al tratarse de una superficie parcial de construcción, se asume que esta no es comparable con la información SIIC, por lo que solo es tenido en cuenta el valor de M2 de terreno.

12 AAA0079ZNLW 1076_PREDIO_TOT

AL COMERCIO

El informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente" de 621,182 M2, de un total de 1273,74 M2, producto de una afectación por construcción vial. Por lo anterior las áreas del SIIC y las del avalúo no eran coincidentes. Sin embargo, el área total del predio es comparable en ambas bases y su valor total podía ser calculado mediante el valor unitario de M2, El área construida que se refiere a una construcción de 3 pisos, de 836,20 M2, más otras construcciones que forman otros 404,88 M2 más. Áreas que sumada no coincidían con la información SIIC para superficie construida, por ello solo se no tomó como referencia solo valor de M2 de terreno.

13 AAA0151APPP 2018-1622 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción.

14 AAA0080CAUZ 900_CAMBIO_DE_A

REAS_ COMERCIO

El informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente" de 279,03 M2, afectado por una reserva vial. Las áreas totales del predio, sin embargo, si eran coincidentes en ambas bases de datos, por lo que se tomó como referencia el M2 de terreno

15 AAA0075WFRJ

2019-0922_PLAN_PARCI

AL_

COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción.

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SIIC OBSERVACIÓN

16 AAA0209OJRU 1080 3

El informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente" de 29,65 M2, afectado por una reserva vial. Las áreas totales del predio, sin embargo, si eran coincidentes en ambas bases de datos, por lo que se tomó como referencia el M2 de terreno.

17 AAA0151AFKL 2018-1760 COMERCIO

El equipo auditor comparó las áreas de terreno y encontró una diferencia de 12 M2 entre la información SIIC, y la información del informe de valuación puntual, por lo que se considera que la disparidad es una cuestión que debe revisarse a fondo, para los alcances de esta auditoría, este predio no se tomará para la muestra a comparar.

18 AAA0140HPSY

2019-1433_CAMBIO_DE_AREAS

COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis.

19 AAA0140ZULW 2019-1478 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área

20 AAA0140ZRRJ 2019-1262 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área

21 AAA0140ZOKL 2018-2025 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas de terreno avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable solo en M2 de terreno, sin embargo, las áreas construidas no eran comparables por lo que su valor unitario fue descartado

22 AAA0140ZMKL 2018-2101 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la

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SIIC OBSERVACIÓN

información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

23 AAA0140ZLTD 2018-2098 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas tomadas para mediante la metodología puntual y las del SIIC solo eran comparables en metros cuadrados de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo en con el valor unitario de M2 de terreno

24 AAA0140ZOUZ 2018-2096 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido ene le informe del avalúo puntual

25 AAA0140HYZM 2018-2016

PLAN PARCIAL

COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción

26 AAA0140ZUMS 2019-1479 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido ene le informe del avalúo puntual

27 AAA0140HZKC 2018-2017

PLAN PARCIAL

2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

28 AAA0140HZMR 2018-2032 2 El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la

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SIIC OBSERVACIÓN

metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido en el informe del avalúo puntual

29 AAA0140JPYN 2018-2082 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

30 AAA0140HPWW 2018-2037 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

31 AAA0241LPDE 2018-2045 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

32 AAA0032TFFZ 2018-1416 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 3 pisos. El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se ponen como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción.

33 AAA0140ZOWF 2018-2097 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido ene le informe del avalúo puntual

34 AAA0079ATBS 2018-2051 2 El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno de 72 M2, más la construcción a él adherida. El

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SIIC OBSERVACIÓN

equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, solo en valores de terreno por lo que se toma este predio como comparable solo para el valor M2 de terreno

35 AAA0140JRLF 2018-2036 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno de 72 M2, más la construcción a él adherida de. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción ponderado por las áreas que conforman las tipologías definidas en el avalúo puntual

36 AAA0140HYYX 2018-2015 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno de 72 M2, más la construcción a él adherida de 3 pisos. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción ponderado por las áreas que conforman las tipologías definidas en el avalúo puntual

37 AAA0140HPTD 2018-2039 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

38 AAA0032TUUZ 2018-1582 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 3 pisos. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y de construcción

39 AAA0032TSEA 2018-1429 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 2 pisos. El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se ponen como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción.

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SIIC OBSERVACIÓN

40 AAA0140ZKKL 2018-2087 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

41 AAA0140ZMNN 2018-2027 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido ene le informe del avalúo puntual

42 AAA0032TUBR 2018-1512 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 3 pisos. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno, pero no el de construcción, ya que dentro de las áreas construidas se discriminan varios tipos, los cuales en el SIIC no se encuentran separados, por lo que se asume que los valores de M2 no son en últimos valores comparables

43 AAA0032SRZM 2018-1503 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 2 pisos. El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se ponen como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción.

44 AAA0194YEJH 2018-1431 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción.

45 AAA0032SRSK 2018-1502 2 El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como

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comparable para efectos del presente análisis. Por tratarse de una evolución comercial del predio incluida toda su construcción, se toman como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción

46 AAA0032TEUZ 2018-1531 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

47 AAA0032SRUZ 2018-1447 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 2 pisos. El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se toman como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción.

48 AAA0053UMNN 2017-1415 LOTES

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 1 piso. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno, pero no de construcción, ya que, al realizar la comparación con el valor construido de avalúo comercial masivo, se encontró que a pesar que el destino era lote este suscitaba una construcción de 86 m2 ante catastro, realizando la investigación se definió que se trató de una demolición en el año 2019

49 AAA0032TEZM 2018-1466 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 2 pisos. El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se ponen como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción.

50 AAA0140JRXS 2018-2050 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y

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el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido ene le informe del avalúo puntual

51 AAA0032TSCX 2018-1510 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 1 piso. El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se ponen como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción.

52 AAA0032SPBR 2018-1437 2

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 2 pisos. El equipo auditor encontró que el área avalada mediante la metodología puntual era consistente con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. se toman como referentes los valores de metro cuadrado tanto de terreno como de construcción

53 AAA0140JAHY 2018-2059 COMERCIO

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, que para el caso es una bodega. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido ene le informe del avalúo puntual

54 AAA0056HNMR 2018-0677 LOTES

Mediante la revisión del avalúo se encontró que el informe correspondía a la valuación de un "Lote de terreno remanente", producto de aun afectación por construcción vial; motivo por el cual las áreas no era coincidentes. Sim embargo, debido a que le método mediante el cual se llegó a un valor comercial por parte de la UADEC fue el de mercado, el cual contenía dentro de sus comparables un predio de hasta 150 M2 de terreno, se llega a la consideración de que el valor calculado del M2 de terreno es aplicable a todo la unidad, es decir a los 165,66 M2, que comprenden el terreno (Esta área es la especificada en el registro topográfico 32701, del informe de avalúo puntual comercial) .De esta forma, el equipo auditor recalcula el valor del avalúo con un valor unitario de $1'165.000

55 AAA0250KWKC 2018-1539 2 El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida, de altura 3 pisos. El equipo auditor encontró que las áreas

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USO SEGÚN

SIIC OBSERVACIÓN

avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y de construcción

56 AAA0156ZEUH 2019-852 1

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC, por lo que se toma este predio como comparable para efectos del presente análisis. Se pone como referente el valor de metro cuadrado de terreno y el valor de construcción. El valor metro cuadrado de construcción fue ponderado por porcentaje de área según lo establecido en el informe del avalúo puntual

57 AAA0140JAYX 2018-2000 1

$231.887.985 valor comercial puntual de toda la unidad. Se construyó a partir de los valores unitarios de m2 de terreno y promedio ponderado de construcción, según unidades de calificación. Se negociaron solo 3,75 m2 de terreno y 12,27 de construcción, por lo que fue necesaria la construcción del valor de avalúo Comercial puntual para toda la Unidad

58 AAA0156ZJXR 2019-929 1

El avalúo comercial puntual corresponde a un lote de terreno más la construcción a él adherida. El equipo auditor encontró que las áreas avaluadas mediante la metodología puntual eran consistentes con la información SIIC solo en los valores de terreno, por lo que se toma este predio como comparable solo con valor de metro cuadrado de terreno.

59 AAA0191FKWF

2019-0692_CAMBIO_DE_AREAS

COMERCIO

Realizada la investigación del avalúo comercial puntual, se encontró que el valor corresponde a la suma de los avalúos parciales de: una construcción adherida a este terreno, que consta de una construcción de 3 pisos, con destinación administrativa y comercial de área 806,03 M2 y una construcción "Zona dura" de 18,06 m2; más a un terreno parcial de 99,74 m2. Para efectos de la comparación a realizar se re calculó el valor del terreno utilizando el valor unitario de $3.100.000 contenido en este valuó para el área total.

Fuente: información UAECD Elaboración equipo auditor

Resultado de la comparación, se identificaron predios en los que las diferencias eran significativas. Para ello se estableció un porcentaje de dispersión del 20% por defecto o por exceso entre los montos unitarios de metro cuadrado. El porcentaje que se muestra en la columna “%” del siguiente cuadro se refiere a la proporción en la cual se encuentran relacionados los valores de metro cuadrado de terreno, tomando como valor de referencia el

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valor de metro cuadrado aportado por el informe de valoración puntual. Esto significa que, por ejemplo, para el primer caso, el valor de metro cuadrado de terreno aportado por la UAEDC mediante el método masivo es solo un 44% del valor que la entidad identificó a través de la valoración puntual.

Los resultados se identifican en los siguientes cuadros.

CUADRO 6 CHIPS DE PREDIOS CUYOS VALORES DE METRO CUADRADO DE TERRENO SON

COMPARABLES CHIP No AVALÚO AREA

TERRENO SIIC

AREA TERRENO AVALUO

PUNTUAL

VALOR M2 TRRENO AVALÚO PUNTUAL

Pesos

VALOR M2 TERRENO

AFECTADO POR EL CONFIS

%

1 AAA0163NZTO 2018-0868 PLAN PARCIAL

10440,8 10453,84 679.000 666.040 98%

2 AAA0140JNNX 1105 5287,6 5226,7 2.266.000 1.016.471 45% 3 AAA0157YADE 2019-

1273_PREDIO_TOTAL

3683,2 3683,2 3.185.000 2.850.000 89%

4 AAA0017WKZM 2018-1738 4976,87 4976,51 1.341.000 850.000 63%

5 AAA0079ZXYX 1102_PREDIO_TOTAL_PLAN_

PARCIAL

3100 3100 853.000 34.628 110%

6 AAA0080CAZM 2019-1281_PREDIO_

TOTAL

3081,2 3012,97 1.671.000 1.300.000 78%

7 AAA0075UYHY 2019-1035_PREDIO_

TOTAL_

1775,1 1775,05 2.800.000 2.329.412 83%

8 AAA0074KESY 2019-1285_PREDIO_

TOTAL

1503,31 1549,07 3.185.000 2.850.000 89%

9 AAA0074SXEA 867_PREDIO_TOTAL

1621 161,2 2.800.000 3.017.647 108%

10 AAA0074SXCX 2019-0650_CAMBIO_

DE_AREAS_

1509,4 1509,45 2.800.000 3.017.647 108%

11 AAA0075WDUH 2019-0923_PREDIO_

TOTAL

1437,1 1389,44 3.000.000 2.200.000 73%

12 AAA0079ZNLW 1076_PREDIO_TOTAL

1287 1273,74 2.000.000 1.300.000 65%

13 AAA0151APPP 2018-1622 583,3 587,74 3.600.000 1.600.000 44%

14 AAA0080CAUZ 900_CAMBIO_DE_AREAS_

866,6 857,9 1.671.000 1.300.000 78%

15 AAA0075WFRJ 2019-0922_PLAN_PA

RCIAL_

622 559,51 2.428.000 2.329.412 96%

16 AAA0209OJRU 1080 194,5 196 2.302.000 1.850.000 80% 17 AAA0151AFKL 2018-1760 114,2 126 3.600.000 1.600.000 44%

18 AAA0140HPSY 2019-1433_CAMBIO_

DE_AREAS

72 72 2.300.000 1.400.000 61%

19 AAA0140ZULW 2019-1478 72 72 2.539.000 1.800.000 71%

20 AAA0140ZRRJ 2019-1262 72 72 2.539.000 1.800.000 71%

21 AAA0140ZOKL 2018-2025 72 72 2.700.000 1.600.000 59% 22 AAA0140ZMKL 2018-2101 72 72 2.700.000 1.600.000 59%

23 AAA0140ZLTD 2018-2098 72 72 2.878.000 1.600.000 56%

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CHIP No AVALÚO AREA

TERRENO SIIC

AREA TERRENO AVALUO

PUNTUAL

VALOR M2 TRRENO AVALÚO PUNTUAL

Pesos

VALOR M2 TERRENO

AFECTADO POR EL CONFIS

%

24 AAA0140ZOUZ 2018-2096 72 72 2.700.000 1.411.765 52%

25 AAA0140HYZM 2018-2016 PLAN PARCIAL

72 72 2.300.000 1.200.000 52%

26 AAA0140ZUMS 2019-1479 72 72 2.539.000 1.800.000 71%

27 AAA0140HZKC 2018-2017 PLAN PARCIAL

72 72 2.300.000 1.200.000 52%

28 AAA0140HZMR 2018-2032 73,2 72 2.300.000 1.200.000 52%

29 AAA0140JPYN 2018-2082 72,6 72 1.420.000 1.100.000 77%

30 AAA0140HPWW 2018-2037 72 72 2.300.000 1.082.907 47% 31 AAA0241LPDE 2018-2045 143,5 144 2.300.000 1.200.000 52%

32 AAA0032TFFZ 2018-1416 144 144,64 905.000 900.000 99%

33 AAA0140ZOWF 2018-2097 72 72 2.700.000 1.600.000 59%

34 AAA0079ATBS 2018-2051 72 72 2.700.000 1.600.000 59% 35 AAA0140JRLF 2018-2036 76,5 72,52 2.300.000 1.200.000 52%

36 AAA0140HYYX 2018-2015 72 72 2.300.000 1.200.000 52%

37 AAA0140HPTD 2018-2039 72 72 2.300.000 1.100.000 48%

38 AAA0032TUUZ 2018-1582 126,3 138,24 1.034.000 900.000 87% 39 AAA0032TSEA 2018-1429 182 180 800.000 600.000 75%

40 AAA0140ZKKL 2018-2087 72 72 2.539.000 1.450.000 57%

41 AAA0140ZMNN 2018-2027 72,6 72 2.700.000 1.600.000 59%

42 AAA0032TUBR 2018-1512 93,63 93,63 1.096.000 1.100.000 100% 43 AAA0032SRZM 2018-1503 143 148,23 800.000 600.000 75%

44 AAA0194YEJH 2018-1431 77,27 77,27 1.034.000 900.000 87%

45 AAA0032SRSK 2018-1502 150,5 146,67 800.000 600.000 75% 46 AAA0032TEUZ 2018-1531 96 96 1.096.000 1.100.000 100%

47 AAA0032SRUZ 2018-1447 138 132,2 800.000 600.000 75%

48 AAA0053UMNN 2017-1415 96 96 1.350.000 894.444 66%

49 AAA0032TEZM 2018-1466 87 91 905.000 900.000 99% 50 AAA0140JRXS 2018-2050 68 69,6 1.155.000 2.050.000 177%

51 AAA0032TSCX 2018-1510 122 124,92 800.000 600.000 75%

52 AAA0032SPBR 2018-1437 62,4 64 800.000 600.000 75%

53 AAA0140JAHY 2018-2059 72 72 1.155.000 2.170.588 188% 54 AAA0056HNMR 2018-0677 165,33 165,66 1.165.000 1.230.000 106%

55 AAA0250KWKC 2018-1539 21,4 24 800.000 600.000 75%

56 AAA0156ZEUH 2019-852 72 72 36.000 34.212 95%

57 AAA0140JAYX 2018-2000 70,2 72 1.420.000 1.100.000 77% 58 AAA0156ZJXR 2019-929 71,97 72 36.000 34.211 95%

59 AAA0191FKWF 2019-0692_CAMBIO_

DE_AREAS

294,6 282,93 3.100.000 2.911.765 94%

Fuente: información UAECD Elaboración: equipo auditor

CUADRO 7

CHIPS DE PREDIOS CUYOS VALORES DE METRO CUADRADO DE TERRENO COMPARADOS DIFIERE EN MÁS DEL 20% POR EXCESO O POR DEFECTO

CHIP No AVALÚO AREA

TERRENO SIIC

AREA TERRENO AVALUO

PUNTUAL

VALOR M2 TERRENO

AFECTADO POR EL CONFIS

VALOR M2 TRRENO AVALÚO

PUNTUAL

%

1 AAA0151APPP 2018-1622 583,3 587,74 $ 1.600.000 $ 3.600.000 44%

2 AAA0151AFKL 2018-1760 114,2 126 $ 1.600.000 $ 3.600.000 44%

3 AAA0140JNNX 1105 5287,6 5226,7 $ 1.016.471 $ 2.266.000 45%

4 AAA0140HPWW 2018-2037 72 72 $ 1.082.907 $ 2.300.000 47%

5 AAA0140HPTD 2018-2039 72 72 $ 1.100.000 $ 2.300.000 48%

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“Una Contraloría Aliada con Bogotá”

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Código Postal 111321 Cra. 32 A No. 26 A 10

PBX 3358888

CHIP No AVALÚO AREA

TERRENO SIIC

AREA TERRENO AVALUO

PUNTUAL

VALOR M2 TERRENO

AFECTADO POR EL CONFIS

VALOR M2 TRRENO AVALÚO

PUNTUAL

%

6 AAA0140HYZM 2018-2016 PLAN

PARCIAL 72 72 $ 1.200.000 $ 2.300.000 52%

7 AAA0140HZKC 2018-2017 PLAN

PARCIAL 72 72 $ 1.200.000 $ 2.300.000 52%

8 AAA0140HZMR 2018-2032 73,2 72 $ 1.200.000 $ 2.300.000 52%

9 AAA0241LPDE 2018-2045 143,5 144 $ 1.200.000 $ 2.300.000 52%

10 AAA0140JRLF 2018-2036 76,5 72,52 $ 1.200.000 $ 2.300.000 52%

11 AAA0140HYYX 2018-2015 72 72 $ 1.200.000 $ 2.300.000 52%

12 AAA0140ZOUZ 2018-2096 72 72 $ 1.411.765 $ 2.700.000 52%

13 AAA0140ZLTD 2018-2098 72 72 $ 1.600.000 $ 2.878.000 56%

14 AAA0140ZKKL 2018-2087 72 72 $ 1.450.000 $ 2.539.000 57%

15 AAA0140ZOKL 2018-2025 72 72 $ 1.600.000 $ 2.700.000 59%

16 AAA0140ZMKL 2018-2101 72 72 $ 1.600.000 $ 2.700.000 59%

17 AAA0140ZOWF 2018-2097 72 72 $ 1.600.000 $ 2.700.000 59%

18 AAA0079ATBS 2018-2051 72 72 $ 1.600.000 $ 2.700.000 59%

19 AAA0140ZMNN 2018-2027 72,6 72 $ 1.600.000 $ 2.700.000 59%

20 AAA0140HPSY 2019-

1433_CAMBIO_DE_AREAS

72 72 $ 1.400.000 $ 2.300.000 61%

21 AAA0017WKZM 2018-1738 4976,87 4976,51 $ 850.000 $ 1.341.000 63%

22 AAA0079ZNLW 1076_PREDIO_TOTAL 1287 1273,74 $ 1.300.000 $ 2.000.000 65%

23 AAA0053UMNN 2017-1415 96 96 $ 894.444 $ 1.350.000 66%

24 AAA0140ZULW 2019-1478 72 72 $ 1.800.000 $ 2.539.000 71%

25 AAA0140ZRRJ 2019-1262 72 72 $ 1.800.000 $ 2.539.000 71%

26 AAA0140ZUMS 2019-1479 72 72 $ 1.800.000 $ 2.539.000 71%

27 AAA0075WDUH 2019-

0923_PREDIO_TOTAL 1437,1 1389,44 $ 2.200.000 $ 3.000.000 73%

28 AAA0032TSEA 2018-1429 182 180 $ 600.000 $ 800.000 75%

29 AAA0032SRZM 2018-1503 143 148,23 $ 600.000 $ 800.000 75%

30 AAA0032SRSK 2018-1502 150,5 146,67 $ 600.000 $ 800.000 75%

31 AAA0032SRUZ 2018-1447 138 132,2 $ 600.000 $ 800.000 75%

32 AAA0032TSCX 2018-1510 122 124,92 $ 600.000 $ 800.000 75%

33 AAA0032SPBR 2018-1437 62,4 64 $ 600.000 $ 800.000 75%

34 AAA0250KWKC 2018-1539 21,4 24 $ 600.000 $ 800.000 75%

35 AAA0140JPYN 2018-2082 72,6 72 $ 1.100.000 $ 1.420.000 77%

36 AAA0140JAYX 2018-2000 70,2 72 $ 1.100.000 $ 1.420.000 77%

37 AAA0080CAZM 2019-

1281_PREDIO_TOTAL 3081,2 3012,97 $ 1.300.000 $ 1.671.000 78%

38 AAA0080CAUZ 900_CAMBIO_DE_AR

EAS_ 866,6 857,9 $ 1.300.000 $ 1.671.000 78%

39 AAA0209OJRU 1080 194,5 196 $ 1.850.000 $ 2.302.000 80%

40 AAA0140JRXS 2018-2050 68 69,6 $ 2.050.000 $ 1.155.000 177%

41 AAA0140JAHY 2018-2059 72 72 $ 2.170.588 $ 1.155.000 188%

Fuente: Información UAECD- equipo auditor

CUADRO 8

CHIPS DE PREDIOS CUYOS VALORES DE METRO CUADRADO DE CONSTRUCCIÓN COMPARABLES

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Código Postal 111321 Cra. 32 A No. 26 A 10

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CHIP No AVALÚO AREA

CONSTRUCCIÓN SIIC

AREA CONSTRUCCIÓN AVAL PUNTUAL

VALOR M2 CONSTRUCCIÓN

AVALUO PUNTUAL

VALOR M2 CONSTRUCCIÓN AFECTADO POR

EL CONFIS

%

1 AAA0074SXCX 2019-

0650_CAMBIO_DE_AREAS_

1602,6 222,42 $ 1.102.000 $ 1.385.467 94%

2 AAA0075WFRJ 2019-

0922_PLAN_PARCIAL_

351,4 355,16 $ 118.000 $ 1.052.691 669%

3 AAA0140ZULW 2019-1478 405,27 412,35 $ 984.119 $ 1.526.788 116%

4 AAA0140ZRRJ 2019-1262 374,4 351,2 $ 915.145 $ 480.000 31%

5 AAA0140ZOUZ 2018-2096 297,77 299,53 $ 873.591 $ 433.600 37%

6 AAA0140HYZM 2018-2016 PLAN

PARCIAL 216,11 216 $ 1.233.000 $ 607.000 37%

7 AAA0140ZUMS 2019-1479 299,21 306 $ 797.957 $ 1.425.156 134%

8 AAA0140HZKC 2018-2017 PLAN

PARCIAL 252,6 290,94 $ 882.000 $ 580.000 39%

9 AAA0140HZMR 2018-2032 271,33 297,3 $ 798.646 $ 609.000 46%

10 AAA0032TFFZ 2018-1416 364,6 364,53 $ 654.000 $ 92.000 8%

11 AAA0140ZOWF 2018-2097 214,2 233,54 $ 863.201 $ 542.000 38%

12 AAA0079ATBS 2018-2051 223,2 229,4 $ 775.377 $ 454.452 35%

13 AAA0140JRLF 2018-2036 282,96 268,01 $ 718.384 $ 450.000 38%

14 AAA0140HYYX 2018-2015 250 257,12 $ 390.373 $ 568.000 87%

15 AAA0032TUUZ 2018-1582 362,6 372,69 $ 537.000 $ 85.000 9%

16 AAA0032TSEA 2018-1429 245,02 339,96 $ 525.000 $ 85.000 10%

17 AAA0140ZMNN 2018-2027 136,5 153,4 $ 785.542 $ 549.000 42%

18 AAA0032SRZM 2018-1503 128,3 276,95 $ 675.000 $ 121.000 11%

19 AAA0194YEJH 2018-1431 236,88 245,62 $ 854.000 $ 172.000 15%

20 AAA0032SRSK 2018-1502 193,6 250 $ 737.000 $ 121.000 10%

21 AAA0032SRUZ 2018-1447 195,4 233 $ 604.000 $ 117.000 12%

22 AAA0032TEZM 2018-1466 163,7 192,2 $ 567.000 $ 79.000 8%

23 AAA0140JRXS 2018-2050 139,7 152,72 $ 727.785 $ 942.000 97%

24 AAA0032TSCX 2018-1510 121,4 124,92 $ 662.000 $ 85.000 8%

25 AAA0032SPBR 2018-1437 124,8 124,22 $ 737.000 $ 121.000 10%

26 AAA0140JAHY 2018-2059 72 72 $ 733.000 $ 1.063.200 109%

27 AAA0250KWKC 2018-1539 49,4 45,23 $ 497.000 $ 148.000 18%

28 AAA0156ZEUH 2019-852 72 66,88 $ 406.222 $ 346.485 51%

29 AAA0140JAYX 2018-2000 188,79 188,79 $ 32.783.100 $ 517.000 1%

30 AAA0191FKWF 2019-

0692_CAMBIO_DE_AREAS

673,18 806,3 $ 1.407.000 $ 1.262.400 67%

Fuente: UAECD- elaboración equipo auditor.

CUADRO 9

CHIPS DE PREDIOS CUYOS VALORES DE METRO CUADRADO DE CONSTRUCCIÓN

COMPARADOS DIFIERE EN MÁS DEL 20% POR EXCESO O POR DEFECTO CHIP No AVALÚO AREA

CONSTRUCCIÓN SIIC

AREA CONSTRUCCIÓ

N AVAL PUNTUAL

VALOR M2 CONSTRUCCIÓN SIIC

VALOR M2 CONSTRUCCIÓN

AVALUO PUNTUAL

%

1 AAA0032TSCX 2018-1510 121,4 124,92 $ 51.000 $ 662.000 8%

2 AAA0032TEZM 2018-1466 163,7 192,2 $ 47.400 $ 567.000 8%

3 AAA0032TFFZ 2018-1416 364,6 364,53 $ 55.200 $ 654.000 8%

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CHIP No AVALÚO AREA

CONSTRUCCIÓN SIIC

AREA CONSTRUCCIÓ

N AVAL PUNTUAL

VALOR M2 CONSTRUCCIÓN SIIC

VALOR M2 CONSTRUCCIÓN

AVALUO PUNTUAL

%

4 AAA0032TUUZ 2018-1582 362,6 372,69 $ 51.000 $ 537.000 9%

5 AAA0032TSEA 2018-1429 245,02 339,96 $ 51.000 $ 525.000 10%

6 AAA0032SRSK 2018-1502 193,6 250 $ 72.600 $ 737.000 10%

7 AAA0032SPBR 2018-1437 124,8 124,22 $ 72.600 $ 737.000 10%

8 AAA0032SRZM 2018-1503 128,3 276,95 $ 72.600 $ 675.000 11%

9 AAA0032SRUZ 2018-1447 195,4 233 $ 70.200 $ 604.000 12%

10 AAA0194YEJH 2018-1431 236,88 245,62 $ 129.000 $ 854.000 15%

11 AAA0250KWKC 2018-1539 49,4 45,23 $ 88.800 $ 497.000 18%

12 AAA0140ZRRJ 2019-1262 374,4 351,2 $ 288.000 $ 915.145 31%

13 AAA0079ATBS 2018-2051 223,2 229,4 $ 272.671 $ 775.377 35%

14 AAA0140HYZM 2018-2016 PLAN PARCIAL

216,11 216 $ 455.250 $ 1.233.000 37%

15 AAA0140ZOUZ 2018-2096 297,77 299,53 $ 325.200 $ 873.591 37%

16 AAA0140JRLF 2018-2036 282,96 268,01 $ 270.000 $ 718.384 38%

17 AAA0140ZOWF 2018-2097 214,2 233,54 $ 325.200 $ 863.201 38%

18 AAA0140HZKC 2018-2017 PLAN PARCIAL

252,6 290,94 $ 348.000 $ 882.000 39%

19 AAA0140ZMNN 2018-2027 136,5 153,4 $ 329.400 $ 785.542 42%

20 AAA0140HZMR 2018-2032 271,33 297,3 $ 365.400 $ 798.646 46%

21 AAA0156ZEUH 2019-852 72 66,88 $ 207.891 $ 406.222 51%

22 AAA0191FKWF 2019-0692_CAMBIO_DE_

AREAS

673,18 806,3 $ 946.800 $ 1.407.000 67%

23 AAA0140ZUMS 2019-1479 299,21 306 $ 1.068.867 $ 797.957 134%

24 AAA0075WFRJ 2019-0922_PLAN_PARCIA

L_

351,4 355,16 $ 789.518 $ 118.000 669%

Fuente: información UAECD- elaboración: equipo auditor

En síntesis, de este análisis se obtuvo el siguiente resultado:

CUADRO 10 RESUMEN DE LA INFORMACIÓN UTILIZADA SEGÚN LOS REQUERIMIENTOS

TÉCNICOS DEL PROCEDIMIENTO AUDITADO

ELEMENTO CANTIDAD

Total de facturas aportadas por la entidad 206

Total de facturas solicitadas con CHIPS 7

Total de CHIPS aportados por las facturas 567

Total de CHIPS solicitados para revisión de informe de avalúo puntual 90

Total de CHIPS descartados por no ser comprables en uso 25

Total de CHIPS descartados por no ser comparables en áreas 6

Total de CHIPS comparables 59

Total de CHIPS comparables en M2 construcción 30

Total de CHIPS comparables en M2 terreno 59

Total de CHPS con dispersión mayor al 20% en M2 construcción 24

Total de CHPS con dispersión mayor al 20% en M2 terreno 41 Fuente: información UAECD- elaboración: equipo auditor

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Finalmente, los CHIP contenidos en los cuadros que muestran los resultados de predios comparados cuya valoración masiva, difiere en más de 20 % del valor comercial puntual efectuado para estos mismos predios por la UAECD, evidencian que la metodología de valoración masiva presenta procedimientos que deben ser ajustados. Bien sea porque en caso de la construcción debieron ser objeto de valoración especial y ser excluidos del modelo econométrico en el que se incluyeron y para el caso de los que difieren ostensiblemente en valor de metro cuadrado de terreno o porque los valores que les dieron origen mediante la obtención de información a través del OIC, dichos valores de referencia no fueron lo suficientemente depurados. Por lo anterior, se concluye que de 59 CHIPS que finalmente fueron los utilizados para la comparación por unidad de terreno y de 30 en cuanto a unidad de metro cuadrado de construcción, el 69,5% y 80% respectivamente presentaron diferencias importantes y adicionalmente, teniendo en cuenta que estos avalúos son el soporte del IPU, el Impuesto a Cargo de estos predios así como de los que del universo presentan esta misma situación están permitiendo en unos casos que los propietarios paguen por debajo de lo que realmente debe ser su tributación y en otros pagan por valor superior al que corresponde. Así las cosas, la metodología masiva de avalúos debe ser revisada y ajustada, para no generar condiciones de inequidad tributaria. Para la Contraloría de Bogotá es de conocimiento que los avalúos catastrales que son la base del cálculo del Impuesto Predial Unificado -IPU- son el resultado de la aplicación de la metodología masiva efectuada por la UAECD, donde obtiene valores comerciales de terreno y construcción que luego de un análisis realizado por el Consejo Superior de Política Fiscal-CONFIS- determina los valores de terreno y construcción para los usos que tiene definidos la Unidad y cuya resultante es el avalúo catastral. Hoy la norma no exige esta distinción, definiendo presentar un valor integral; no obstante, la Unidad sigue efectuando esta distinción. Si bien este proceso masivo se realiza por la imposibilidad de efectuar avalúos individuales para cada uno de los más de 2.6 millones de predios que tiene el Distrito Capital y por lo cual la normatividad existente define y aprueba los métodos masivos de valoración; no es menos cierto que los valores obtenidos masivamente deben guardar coherencia con los resultantes en una valoración puntual, dado que el objetivo es que los contribuyentes paguen en relación con el valor de sus predios, puesto que dicho impuesto recae es sobre el bien inmueble. No existe un intervalo o medida que defina hasta cuanto puede ser la desviación entre los valores de terreno y construcción o de metro cuadrado integral de una valoración masiva con una puntual. Sin embargo, el equipo

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auditor predial consideró que valores masivos que se desplacen más de un 20% del valor puntual no son consistentes para la determinación del avalúo comercial y posterior catastral del bien, por ende, afectan la determinación de pago del IPU. Con los hechos descritos se transgrede el numeral f) del artículo 2 de la Ley 87 de 1993 Las causas que llevan a que estos aspectos inequitativos se presenten corresponden a diversas situaciones entre las cuales el hecho que el avalúo masivo se determina por el uso que tiene el predio en el momento de la visita dentro del proceso de actualización y cuando se realizó el avalúo puntual en muchas ocasiones, se tuvo en cuenta el terreno existente como lote y se le aplicó la metodología de potencial de desarrollo, el cual le dio el valor óptimo. Otra situación es la obtención de valores mediante técnicas de mercado con bienes no comparables o por medio de la extrapolación de valores de referencia de zonas homogéneas geoeconómicas no coincidentes en valor. Como consecuencia se presenta que el pago del Impuesto Predial Unificado -IPU- por parte de los contribuyentes, no sea equitativo puesto que muchos predios pagan por debajo de lo que debe ser su tributo y otros muy por encima de dicho impuesto. Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal

La UAECD en su respuesta manifiesta que: “De los CHIPS AAA0140JNNX,

AAA0140ZOUZ, AAA0053UMNN y AAA0140JAHY, los valores señalados por la auditoría no corresponden con la información reportada en el Sistema Integrado de Información Catastral -SIIC-. Para el CHIP AAA0140ZLTD el valor de metro cuadrado de terreno no corresponde al del avalúo comercial puntual. Para 38 chips la vigencia señalada por la auditoría para efectuar la comparación no

corresponde a la fecha de utilización de los avalúos, por lo que no se puede efectuar.” En este sentido el equipo auditor manifiesta respecto a los cuatros CHIPS que no se cuenta con la disponibilidad y acceso a la aplicación para establecer alguna consideración al respecto. En relación con los 38 CHIPS, efectivamente, se tienen avalúos comerciales puntuales realizados en una vigencia dada, pero cuyos valores no pudieron ser insumo para el proceso de actualización catastral de la vigencia siguiente, luego son utilizados inclusive, para dos vigencias posteriores. Cómo es el

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proceso de ajuste de los valores de terreno (se vuelven a visitar predios comparables, se realiza ajuste mediante el Índice de Precios al Consumidor -IPC-, se utiliza el Índice de Valoración Urbana y Rural IVIUR, se toma el valor obtenido inicialmente sin ajuste, otros ajustes, etc.). Así las cosas, no es posible pronunciarse sobre la adecuada utilización de este instrumento de apoyo para la determinación de los avalúos catastrales obtenidos por método masivo para dos vigencias posteriores. En las situaciones que la UAECD señaló el ajuste realizado, el equipo auditor se pronunciará específicamente. No obstante, la UAECD examinó lo realizado por el equipo auditor sobre los valores de terreno, pero migrando los valores a las vigencias correspondientes, es decir, en las que fue utilizada la información de valores de terreno y por ende comparables, obteniendo el siguiente resultado: 21 CHIPS se ajustan dentro del 20% determinado por el equipo auditor como rango razonable de diferencia entre los valores obtenidos de forma masiva con relación a los valores comerciales puntuales. 20 CHIPS se hallaron fuera del rango definido por la Contraloría de Bogotá, cuatro de la vigencia 2019 y los restantes de la vigencia 2020, así:

CUADRO 11 CHIPS DE 2019 FUERA DEL RANDO DEFINIDO POR LA CONTRALORIA

VIGENCIA REAL

(CENSO)

SECTOR CHIP No

AVALÚO

VALOR M2 TERRENO AVALÚO

PUNTUAL

VALOR TERRENO

DADO EN LA VIGENCIA

REAL

(CENSO)

RELACIÓN CON

VALOR CORRECTO

DE LA VIGENCIA

2019

2417 AAA0017WKZM 2018-1738 $1.341.000 $1.000.000 34,10%

3201 AAA0032SPBR 2018-1437 $800.000 $506.000 58,10%

AAA0250KWKC 2018-1539 $800.000 $506.000 58,10%

4595 AAA0151APPP 2018-1622 $3.600.000 $1.700.000 111,76%

Fuente: respuesta de la UAECD al Informe Preliminar.

De la vigencia 2020, presenta inicialmente, el análisis de 12 casos:

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CUADRO 12 CHIPS DE 2020 FUERA DEL RANGO DEFINIDO POR LA CONTRALORIA

VIGENCIA REAL

(CENSO)

SECTOR CHIP No

AVALÚO

VALOR M2 TERRENO AVALÚO PUNTUAL

VALOR TERRENO

DADO EN LA VIGENCIA

REAL

(CENSO)

RELACIÓN CON VALOR CORRECTO

DE LA VIGENCIA

2020

6407 AAA0079ATBS 2018-2051 $2.700.000 $2.150.000 25,58%

6413 AAA0080CAZM 2019-1281 $1.671.000 $1.300.000 28,54%

6523

AAA0140ZKKL 2018-2087 $2.539.000 $2.100.000 20,90%

AAA0140ZLTD 2018-2098 $2.875.000 $2.150.000 33,72%

AAA0140ZMKL 2018-2101 $2.700.000 $2.150.000 25,58%

AAA0140ZMNN 2018-2027 $2.700.000 $2.150.000 25,58%

AAA0140ZOKL 2018-2025 $2.700.000 $2.100.000 28,57%

AAA0140ZOUZ 2018-2096 $2.700.000 $2.150.000 25,58%

AAA0140ZOWF 2018-2097 $2.700.000 $2.150.000 25,58%

AAA0140ZRRJ 2019-1262 $2.539.000 $2.100.000 20,90%

AAA0140ZULW 2019-1478 $2.539.000 $2.100.000 20,90%

AAA0140ZUMS 2019-1479 $2.539.000 $2.100.000 20,90%

Fuente: respuesta de la UAECD al Informe Preliminar

Los argumentos expuestos para estos fueron los siguientes: “…Durante la realización del comité de asignación de valores surtido en la ejecución de la actividad de determinación de las Zonas Homogéneas Geoeconómicas, se evidenció que el valor adoptado en el informe de avalúo comercial superaba el valor comercial arrojado en el estudio de mercado elaborado con apoyo en las ofertas del sector 006408, el cual es comparable con los polígonos de zona homogénea física de los predios citados y es con este resultado, que se define el valor para asignación en el proceso masivo. El avaluador se apoya en el parágrafo del artículo 24 de La Ley 1450 de 2011: …El avalúo catastral de los bienes inmuebles fijado para los procesos de formación y actualización catastral a que se refiere este artículo, no podrá ser inferior al sesenta por ciento (60%) de su valor comercial…, a su vez el parágrafo 2 del artículo 1 de la Resolución 1055 de 2012 preceptúa que El avalúo catastral es el valor asignado a cada predio por la autoridad catastral en los procesos de formación, actualización de la formación y conservación catastral, tomando como referencia los valores comerciales del mercado inmobiliario, sin que en ningún caso los supere... (Resaltado y subrayado fuera del texto)”

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Para los restantes cuatro, la entidad expuso: “El avaluador identifica que al tomar como valor comercial de terreno el resultante del avalúo comercial practicado por la UAECD, el valor catastral total del predio dado por el proceso de actualización no se encuentra por debajo del 60% del valor comercial, dejando el valor de terreno obtenido por el proceso masivo”.

CUADRO 13 ANALISIS DE CUATRO CASOS –RESPUESTA UAECD

VIGENCIA REAL

(CENSO)

SECTOR CHIP No

AVALÚO VALOR M2 TERRENO AVALÚO PUNTUAL

VALOR TERRENO

DADO EN LA VIGENCIA REAL

(CENSO)

RELACIÓN CON VALOR CORRECTO

DE LA VIGENCIA

2020

6413

AAA0079ZNLW 2019-1076

$2.000.000 $1.300.000 53,85%

AAA0080CAUZ 2019-0900

$1.671.000 $1.300.000 28,54%

6532

AAA0140JAHY 2018-2059

$1.155.000 $2.300.000 49,78%

AAA0140JRXS 2018-2050

$1.155.000 $2.300.000 49,78%

Fuente: Respuesta UAECD a Informe preliminar- elaboración UAECD

Predios en el sector 006413 “Los predios identificados con CHIP AAA0079ZNLW y AAA0080CAUZ, en el sector SAN PABLO JERICÓ se localizan en zona de bodegas; para dar el valor de terreno se analizó su valor como un valor integral de bodega el cual se comparó con valores integrales de bodegas de otras zonas industriales similares, validando que el valor integral se ajustara al mercado de bienes con el mismo uso.”

Predios en el sector 006532 Los predios identificados con CHIP AAA0140JRXS y AAA0140JAHY en el sector 006532 KASANDRA se localizan en el corredor comercial de la Avenida Centenario AC 17 fueron actualizados para la vigencia 2020 con un valor de $2.300.000, que se deriva de la revisión de los avalúos comerciales 2019-0516, 2019-0517, 2019-0518, 2019-0543, 2019-0566, 2019-0588, 2019-1069 y 2019-1070 realizados en el año de 2019; estos avalúos corresponden a predios localizados en corredor comercial de dicho sector catastral.”

Al respecto el equipo auditor valoró lo expuesto señalando en primera instancia, que aún con los ajustes realizados por la UAECD en relación con los 41 chips comparados por parte de la Contraloría de Bogotá dentro de la observación, se encontraron diferencias superiores al 20%, definido por el Organismo de Control como máximo de dispersión o desviación entre los valores de terreno obtenidos mediante el método masivo de valoración y el

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resultante mediante el método de valoración comercial puntual, en el 49% de los casos. En relación con la determinación adoptada en unos casos por los avaluadores de la UAECD, es claro que no se argumentó dentro de la observación comunicada violación de norma alguna. No obstante, cabe señalar que lo definido en la ley y norma citadas por la unidad (Ley 1450 de 2011 y Resolución 1055 de 2012) hacen referencia a que el 60% definido, es el mínimo que puede tener el avalúo catastral de un predio en relación con su valor comercial (aquí no se hace alusión al Avalúo masivo), es decir, al precio que este tenga y se obtenga mediante uno de los métodos aceptados y contenidos en la normatividad existente, que para el caso es la Resolución 620 de 2008. Lo anterior, tuvo un claro propósito y es que ningún inmueble en Colombia tribute o fuese transado comercialmente por un valor inferior al 60% del valor que comercialmente tiene. Ello no quiere decir que las autoridades catastrales pudieran fijar un valor arbitrario para el avalúo catastral por encima de dicho porcentaje para cada predio. De este llano argumento, se permite la existencia de la inequidad tributaria. La Constitución Política de Colombia en su Artículo 363 establece que “…El sistema tributario se funda en los principios de equidad,

eficiencia y progresividad…”. Siendo el avalúo catastral la base de la liquidación del Impuesto Predial Unificado-IPU-, no es posible por la premisa constitucional fijar sin unos criterios técnicos, entre otros, para determinar la equidad, el valor del mismo. En ese mismo sentido, la resolución señala que el avalúo catastral será el asignado por la autoridad catastral dentro de los procesos definidos por la ley, tomando como referencia los valores comerciales de mercado inmobiliario (nuevamente hace el llamado a los datos que dentro de un mercado de inmuebles permitan su utilización por semejanza o comparación y que llevan al avalúo catastral a una indisoluble unión con los valores comerciales de los predios. Ahora bien, queda claro que el proceso valuatorio comercial masivo es el que utiliza la unidad para la obtención del Avalúo Catastral, pero de la misma forma que dicho método en cuanto a los resultados ofrecidos no puede ser muy diferente al que se utiliza para la determinación de los valores comerciales puntuales de un bien inmueble porque se corre el riesgo de tener una base impositiva (IPU) inequitativa o que permita una tributación con una base por debajo de la permitida por la ley. Del mismo ejercicio realizado por la UAECD en ajuste de lo realizado por el equipo auditor, se encontraron diferencias muy superiores al 20% (la variación calculada por la unidad partió como dato base

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del generado por el proceso masivo (Censo). Para la Contraloría el dato base es el del avalúo comercial puntual, puesto que el que se hace de esta forma es el que da como resultado la exigencia legal citada por la entidad (valor comercial) y en este sentido el que se debe acercar a dicho resultado es el valor comercial masivo. Si se revisa el cuadro enviado por la UAECD presentando los cuatro casos “Análisis de cuatro casos” con las variaciones definidas por la entidad, en los dos primeros el valor del Censo (valor obtenido por método masivo) es superior al valor obtenido por método puntual comercial en un 53,9% y 28,5%. En el primer caso se corre el riesgo de que el valor de avalúo catastral sea inferior al 60% del valor comercial del inmueble. En los dos restantes, el valor de variación superior de terreno obtenido mediante el censo masivo en comparación con el resultante de manera comercial puntual (avalúo comercial) es de un de 49,8 % (se corre el riesgo de estar el valor del avalúo catastral por encima del valor comercial). Ahora bien, de este mismo examen pero teniendo en cuenta la metodología realizada por el equipo auditor, en el que se tiene como valor base el obtenido por el método de avalúo comercial puntual, para el primer caso, CHIP AAA0079ZNLW) la variación del metro cuadrado resultante del avalúo comercial masivo es del 35% por debajo del metro cuadrado del valor comercial puntual, por lo que se sigue teniendo el riesgo de que el valor del avalúo catastral obtenido (al ser un porcentaje del avalúo comercial masivo), por el método masivo esté por fuera de los parámetros legales. De la misma forma, los chips AAA0140JAHY y AAAJRXS presentan un valor de variación entre el comercial puntual y el comercial masivo de 99,13% a favor de este último, es decir que el valor asignado masivamente está aproximadamente 100% por encima del valor comercial puntual obtenido mediante avalúo (existe una alta probabilidad de que el valor del avalúo catastral este por encima del valor comercial del inmueble). Así las cosas, de ambos análisis efectuados tanto por la UAECD como por el equipo auditor con los elementos ya mencionados, no obstante, los argumentos dados por la UAECD por los cuales se dan tales diferencias, se llega a la misma conclusión: riesgo de incumplimiento legal y de inequidad tributaria. Valoradas las razones adicionales presentadas como fundamento de dichas diferencias se concluye: Los cuatro predios de la vigencia 2019, CHIPS AAA0017WKZM, AAAOO32SPBR, AAA0250KWKC y AAA0151APPP, dentro del análisis realizado por la UAECD presentan variaciones mucho más grandes del 20%, llegando una inclusive al 111,8%. Señaló la UAECD que no se tuvieron en

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cuenta, los avalúos comerciales y únicamente las ofertas del mercado inmobiliario el cual ha tenido muchas observaciones por parte de este Organismo de Control, evidencia de ello son las disparidades establecidas. El valor asignado de los 12 casos o chips de sectores 6407, 6413 y 6523 se apoyó en las ofertas de otro sector (006408), es decir que la información económica base fue extrapolada de otra zona homogénea física, porque el Comité de Asignación de Valores de Zonas Geoeconómicas, evidenció que los valores comerciales estaban muy altos con relación a los valores del sector de apoyo. La Contraloría ya ha cuestionado la extrapolación por considerar que muchas veces Zonas Homogéneas Físicas no tienen igual comportamiento económico y esta situación es un ejemplo de que tal argumento está fundamentado. Por qué extrapolar datos económicos si la realización de avalúos demuestra que si es posible obtener datos e información de la zona específica. Situación similar se plantea para los cuatro predios (análisis de cuatro casos), inicialmente estudiados donde se extrapoló información de “otras zonas

industriales similares” validando que el valor “integral” quedara ajustado conforme al mercado. Es decir, que más que el valor de terreno se buscó que ajustara la conjunción de terreno y construcción. Esta situación si bien se presenta no tiene un componente técnico de peso y si se corre el riesgo de transgredir lo establecido en el Artículo 6 del Decreto 3496 de 1983. Se debió como bien lo señaló en su respuesta la UAECD, situación vigente para la época, definir un valor adecuado de terreno y así mismo el de construcción y no uno integral. Para los CHIPS AAA0140JAHY y AAA0140JRXS, se expuso que los valores que se obtuvieron mediante avalúos puntuales realizados en el año 2018, fueron actualizados para la vigencia 2020 con datos de la revisión de 8 avalúos comerciales en la vigencia 2019. En este orden, utilizar esta información genera riesgo, puesto que la actualización de 2 años entiende un lapso bastante prolongado. El capítulo tercero del Decreto 1420 de 1998 señala el tiempo para la elaboración y controversia de los avalúos y cuyo plazo acumulativo entre la realización y dichos procedimientos no sobrepasa los 4 meses. Ahora bien, tratándose de la información valuatoria que debe alimentar el observatorio inmobiliario de que trata el Artículo 29 del citado decreto, la información debe tener disponibilidad a partir del reporte que de ésta se hace al Ministerio de Desarrollo Económico la cual se debe hacer de manera trimestral. Si esa información presenta esta disparidad en valores y en temporalidad debe hacer alusión a dos avalúos diferentes y no a actualización de información puesto que los avalúos comerciales puntuales realizados tienen una vigencia de un año, conforme a lo señalado en el Artículo 19 del mencionado decreto.

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En otro sentido, si esta actualización es producto de una revisión de 8 avalúos donde se duplicó el valor del metro cuadrado, es de colegir que la zona presentaba información inconsistente. Para qué actualizar esta información si como bien lo expresan hoy se tienen múltiplex fuentes de información que alimentan el observatorio inmobiliario. Ahora bien, como se observa es importante el número de avalúos que pasan a ser utilizados con dos vigencias posteriores. En ese orden y para que sirvan de insumo como lo señala el Decreto 1420, estos avalúos que generalmente son realizados y presentados entre los meses de noviembre y diciembre por lo que no hacen parte del censo del año inmediatamente siguiente, puesto que no alcanza a incorporarse a la base catastral que entra en vigencia el 1 de enero, pueden servir de insumo inmediato en cuanto a los valores de mercado utilizados para su elaboración cuando para su realización se han efectuado investigaciones y visitas al mercado inmobiliario, de tal forma que su labor permita mantener actualizada la información que reposa en el Observatorio Inmobiliario Catrastral -OIC-. De otra parte, en relación con lo observado por el Organismo de Control en la estimación de los valores de construcción, la UAECD manifiesta que, de los 24 CHIPS comunicados, 17 predios fueron comparados con vigencias incorrectas (situación similar a la señalada para el terreno), sin agregar nada acerca de los 7 para los cuales si encontraron coincidencia para su comparación. No obstante, se abstienen de hacer un ejercicio paralelo al realizado para el terreno en donde no se cuestionó el rango definido por el Organismo de Control, mientras que para la construcción aseveran que fue motivo de obtención mediante las tablas de valores de construcción utilizadas en avalúos comerciales. En este orden de ideas, expresan como ya se dijo, la existencia de subjetividad en el rango establecido para la comparación y la no transgresión de norma alguna y de sujeción a las condiciones técnicas definidas. Otro aspecto de su respuesta señala que cuando se realizan los avalúos comerciales puntuales se realiza visita al predio para determinar de forma específica características constructivas, puntaje y conservación y uso lo cual no se realiza oportunamente en desarrollo de la Actualización Catastral dentro del proceso masivo a lo que atribuye y justifica las diferencias más que la metodología utilizada. En este sentido, el equipo auditor manifiesta que siguen siendo pertinentes los razonamientos expuestos para la valoración del terreno. Únicamente basta señalar que el proceso de Actualización Catastral que se predica anual, no logra determinar cambios constructivos y únicamente es actualizado cuando se visita de manera puntual el predio, lo cual en la mayoría de los inmuebles de la capital no se realiza como bien se indicó.

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La no transgresión de norma y el acogimiento a los parámetros definidos no implican que la gestión realizada se esté haciendo de manera correcta y que como ya se señaló presenta inconsistencias de forma y de fondo. La mejora en la gestión es parte del que-hacer dentro del ciclo planear-hacer-verificar-actuar P-H-V-A de los sistemas integrados, lo que debe cumplir la UAECD como quiera que ha establecido su Sistema Integrado de Calidad. Así mismo, las metodologías se transforman, ajustan, mejoran o modifican siempre en busca de optimizar procesos y procedimientos que permitan el mejoramiento continuo que redunde en el adecuado cumplimiento de la misión de la institución, aspectos a los que la Contraloría le apuesta dentro de su misión de preservar el recurso público. Es esta y no otra, la insistencia en que cada día se logren mejores instrumentos de gestión. Por las anteriores razones no son de recibo los argumentos de la respuesta entregada por la UAECD y se configura hallazgo administrativo que debe ser sujeto de plan de mejoramiento.

3.1.2 Plan de Mejoramiento Se evaluó, la eficacia y la efectividad de 86 acciones del Plan de Mejoramiento formuladas por la UAECD para eliminar las causas que dieron origen a los hallazgos configurados en cumplimiento de la vigilancia y control a la gestión fiscal que realizó la Contraloría de Bogotá D.C. en las vigencias 2017, 2018 y 2019 con corte a 28 de febrero de 2020.

Acciones formuladas que se consideran cumplidas efectivas Según la evaluación realizada por este Órgano de Control, mediante el seguimiento por parte de la Oficina de Control Interno de la UAECD, la verificación de los soportes entregados por ésta y la aplicación de pruebas de auditoría a las diferentes acciones adelantadas por la entidad, fueron calificadas 84 acciones de las vigencias 2017, 2018 y 2019 como CUMPLIDAS EFECTIVAS conforme a lo establecido en la Resolución 036 de 2019 emanada de la Contraloría de Bogotá, lo que equivale al 97.67%. Se determinó que las acciones fueron ejecutadas en un 100% y fueron calificadas con una efectividad que sobrepasó el 75% considerando que se eliminaron las causas originarias de los hallazgos. Así las cosas, se considera el Plan de mejoramiento como CUMPLIDO.

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CUADRO 14 ACCIONES CUMPLIDAS EFECTIVAS VIGENCIA 2017

Vigencia PAD Código

Auditoria Factor Numero Hallazgo Evaluación Auditor

2017 79 Planes, Programas y Proyectos

3.6 Cumplida Efectiva

2017 79 Planes, Programas y Proyectos

3.6 Cumplida Efectiva

Fuente: SIVICOF y Equipo Auditor.

CUADRO 15 ACCIONES CUMPLIDAS EFECTIVAS VIGENCIA 2018

Vigencia PAD Código

Auditoria Factor

Numero Hallazgo

Evaluación Auditor

2018 69 Control Fiscal Interno 3.1.2.1.1 Cumplida Efectiva

2018 69 Control Fiscal Interno 3.1.2.1.1 Cumplida Efectiva

2018 69 Control Fiscal Interno 3.1.2.1.2 Cumplida Efectiva

2018 69 Control Fiscal Interno 3.1.2.1.2 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.10 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.10 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.11 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.11 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.12 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.13 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.14 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.15 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.2 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.2 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.4 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.5 Cumplida Efectiva

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Vigencia PAD Código

Auditoria Factor

Numero Hallazgo

Evaluación Auditor

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.5 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.6 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.7 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.7 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.9 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.3.9 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos.

3.2.1.1.1 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos.

3.2.1.1.1 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos.

3.2.1.1.2 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos.

3.2.1.1.2 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos.

3.2.1.2.1 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos.

3.2.1.2.1 Cumplida Efectiva

2018 69 Planes, Programas y Proyectos.

3.2.1.2.2 Cumplida Efectiva

2018 69 Gestión Contractual 3.1.3.1 Cumplida Efectiva 2018 69 Gestión Contractual 3.1.3.1 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.1 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.10 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.10 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.2 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.2 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.3 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.4 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.4 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.5 Cumplida Efectiva

2018 69 Estados Contables 3.3.1.6 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.6 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.6 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.7 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.7 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.8 Cumplida Efectiva 2018 69 Estados Contables 3.3.1.9 Cumplida Efectiva

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Vigencia PAD Código

Auditoria Factor

Numero Hallazgo

Evaluación Auditor

2018 69 Gestión Presupuestal 3.1.4.1 Cumplida Efectiva 2018 69 Gestión Presupuestal 3.1.4.1 Cumplida Efectiva 2018 69 Gestión Presupuestal 3.1.4.1 Cumplida Efectiva 2018 69 Planes, Programas,

Proyectos 3.2.1.2.2 Cumplida Efectiva

2018 72 Control Interno 3.3.4 Cumplida Efectiva Fuente: SIVICOF y Equipo Auditor.

CUADRO 16

ACCIONES CUMPLIDAS EFECTIVAS VIGENCIA 2019

Vigencia PAD

Código Auditoria

Factor Numero Hallazgo Evaluación Auditor

2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.1.1 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.1.1 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.1 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.2 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.4 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.5 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.6 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.6 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.7 Cumplida Efectiva 2019 41 Control Fiscal Interno 3.1.2.7 Cumplida Efectiva 2019 41 Planes, Programas y

Proyectos 3.2.1.2.2.3 Cumplida Efectiva

2019 41 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.2.3 Cumplida Efectiva

2019 41 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.2.4 Cumplida Efectiva

2019 41 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.2.7 Cumplida Efectiva

2019 41 Planes, Programas y Proyectos

3.2.1.2.1 Cumplida Efectiva

2019 46 Control Fiscal Interno 3.2.4 Cumplida Efectiva 2019 46 Control Fiscal Interno 3.2.5 Cumplida Efectiva 2019 46 Control Fiscal Interno 3.2.5 Cumplida Efectiva 2019 46 Control Fiscal Interno 3.2.9 Cumplida Efectiva 2019 41 Gestión Contractual 3.1.3.2 Cumplida Efectiva 2019 41 Estados Contables 3.3.1.1 Cumplida Efectiva 2019 41 Estados Contables 3.3.1.2 Cumplida Efectiva 2019 41 Estados Contables 3.3.1.3 Cumplida Efectiva 2019 41 Estados Contables 3.3.1.4 Cumplida Efectiva 2019 41 Gestión Presupuestal 3.1.4.1 Cumplida Efectiva 2019 41 Gestión Presupuestal 3.1.4.1 Cumplida Efectiva

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Vigencia PAD

Código Auditoria

Factor Numero Hallazgo Evaluación Auditor

2019 41 Gestión Presupuestal 3.1.4.2 Cumplida Efectiva 2019 41 Planes, Programas y

Proyectos 3.2.1.2.1 Cumplida Efectiva

2019 46 Control Interno 3.2.1 Cumplida Efectiva

2019 46 Control Interno 3.2.3 Cumplida Efectiva

Fuente: Sivicof

Acciones Formuladas que se consideran Cumplidas Inefectivas Igualmente, conforme a la evaluación realizada por este órgano de control, dos acciones de las vigencias 2018 y 2019 se consideraron Cumplidas Inefectivas lo que equivale al 2.33%. Se determinó que las acciones fueron ejecutadas en el 100% y calificadas con una Eficacia del 100%, pero la situación detectada no es corregida por lo que fueron calificadas con 70% de Efectividad, es decir persiste la causa que originó el hallazgo y por lo tanto conforme a la Resolución 036 de 2019, se formula un nuevo hallazgo.

CUADRO 17

ACCIONES FORMULADAS QUE SE CONSIDERAN COMO CUMPLIDAS INEFECTIVAS Y SE FORMULA UN NUEVO HALLAZGO

Vigencia

PAD Código

Auditoria Factor Numero Hallazgo Evaluación Auditor

2018 72 Control Fiscal Interno 3.3.1 Cumplida Inefectiva

2019 46 Control Fiscal Interno 3.2.2 Cumplida Inefectiva Fuente: SIVICOF y Equipo Auditor.

Resultado de la evaluación al plan de mejoramiento se establecieron cinco observaciones, luego de la respuesta al informe preliminar por parte de la UAECD, estos fueron los resultados:

3.1.2.1 Observación desvirtuada

Evaluada la respuesta enviada por el sujeto de Control en relación con el procedimiento y resultado obtenido en la mejora de tiempos de respuesta de los avalúos comerciales se determina una efectividad del 85% y se califica como Cumplida Efectiva, por lo que es retirada la observación del Informe Final y se ajusta para la determinación de cumplimiento del plan de mejoramiento. Igualmente, la auditoría consideró el seguimiento de la Oficina de Control Interno a 31-12-2019 que señaló: “La Gerencia de Información Catastral en

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conjunto con las Subgerencias de Información Física y Jurídica y Económica realizó el levantamiento y consolidación del procedimiento denominado SEGUIMIENTO Y CONTROL DE TRÁMITES 03-02-PR-37, el cual fue publicado en el SGI el día 31 de

diciembre de 2019 junto con su formato de tiempos y el flujograma”.

3.1.2.2 Hallazgo Administrativo por irregularidades en el tiempo de respuesta a los peticionarios y al trámite normal por parte de la UAECD, para resolver los diferentes recursos con los que cuentan los usuarios.

En la auditoría con código No. 46 del PAD 2019 realizada a la UAECD, la Contraloría formuló el hallazgo 3.2.2 en los siguientes términos: “Hallazgo

administrativo con presunta incidencia disciplinaria por irregularidades en cuanto al tiempo de respuesta al peticionario y al trámite normal para resolver los diferentes

recursos con los que cuenta el usuario”. Producto de la evaluación del Plan de Mejoramiento en la presente auditoría, encontró que la UAECD para atender el hallazgo formuló la acción No. 1 en la que se formuló: “Elaborar un procedimiento de seguimiento a la gestión de trámites

en el cual se establezca la planeación y actividades a realizar tendientes a reducir los tiempos de respuesta.”

El equipo auditor evaluó los soportes proporcionados por la OCI, y encontró que la acción efectivamente se realizó. Se creó el PROCEDIMIENTO

SEGUIMIENTO Y CONTROL DE TRÁMITES 03-02-PR-37 que se publicó en el SIG el 31 de diciembre de 2019 junto con su formato de tiempos y flujograma. En dicho procedimiento se evidencian las condiciones especiales de operación y los respectivos trámites. No obstante, tanto las revisiones de avalúos catastrales, como la Certificación de Cabida y linderos e igualmente, la Incorporación de topográficos para lo cual este trámite es condición sine qua non, han sido situaciones que han impedido mejores tiempos de respuesta. Se evidenció que lo correspondiente a Cabida y Linderos es un trámite en donde la mayoría de veces intervienen terceros (colindantes) como el Estado, dado que todo predio tiene por lo menos un lindero con una entidad estatal, que dilatan por interpretaciones jurídicas o normativas el mismo, cuando existen discrepancias entre los títulos y el área física de los predios. No obstante, los avances realizados y las reconocidas dificultades de la UAECD para cumplir esta gestión adecuada las demoras en las respuestas a los trámites solicitados continúan presentándose. Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, se determina que la acción si bien fue cumplida, su nivel de efectividad fue del 70% en razón a que no se

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solucionó totalmente el problema que originó el hallazgo inicial, en consecuencia, la acción se califica como Cumplida Inefectiva. En cumplimiento de lo establecido en la Resolución Reglamentaría 036 de 2019 de la Contraloría de Bogotá, se configura la presente observación. Los hechos se dan por inefectividad de las medidas y controles de actividades que den mayor celeridad en la atención de las solicitudes de los usuarios de la UAECD. Este incumplimiento afecta a los ciudadanos que por los diferentes medios establecidos por la UAECD solicitan los servicios ofrecidos, pero no los reciben con la oportunidad necesaria. Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal

La entidad señaló en su respuesta: “Para la atención y disminución de los tiempos de respuesta de las solicitudes de los

usuarios, en la vigencia 2019, la Unidad Especial de Catastro Distrital adelantó una serie de acciones las cuales se relacionan a continuación: Implementación del aplicativo Captura Terreno – CT, para visitas de terreno para

la atención de solicitudes radicadas por los usuarios – proceso Conservación Catastral (trámites, mediante el cual se captura la ficha predial de las visitas a terreno de conservación.

Implementación del módulo de Cabida y Linderos integrado al Sistema Integrado de Información Catastral- SIIC y la base cartográfica catastral, para la expedición del Certificado Plano Predial y expedición de los actos administrativos, conforme con lo establecido en la Resolución 1732 de la SNR y 221 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.

Implementación de la certificación manual de conservación T71- para la atención de solicitudes de juzgados.

Seguimiento periódico grupal e individual a los reportes de trámites para realizar la planeación y definición de estrategias para atención de las solicitudes.

Elaboración e implementación del “Procedimiento Seguimiento y Control de Trámites 03-02-PR-37”, mediante el cual se realiza el seguimiento del estado de los trámites vigentes en la Unidad.

Implementación de acciones de mejora en conjunto con la Gerencia Comercial y Atención al usuario en la calificación de trámites, evitando reprocesos en la atención.

“Es importante anotar que desde la expedición de la Resolución Conjunta SNR No. 1732 e IGAC No. 221 del 21 de febrero de 2018 y los diferentes cambios normativos para dar trámite a estas solicitudes la Unidad se adelantaron las siguientes acciones:

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Durante el período de transición y de aplicación de Resolución Conjunta, por parte de los catastros del país y de los particulares interesados en resolver y obtener la Certificación de Cabida y Linderos de sus predios, se evidenciaron algunas falencias en las disposiciones de esta Resolución, razón por la cual se realizaron reuniones y mesas de trabajo con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC y la Superintendencia de Notariado y Registro-SNR.

Como resultado de lo anterior y en aras de complementar y aclarar algunos

aspectos, se expidió Resolución Conjunta SNR No. 5204 e IGAC No. 479 del 23 de abril de 2019 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución Conjunta SNR 1732/IGAC 221 del 21 de febrero de 2018”.

Debido a los cambios normativos, la Unidad realizó ajustes en los procedimientos

que se venían aplicando en virtud de la Resolución Conjunta SNR 1732 IGAC 221 del 21 de febrero de 2018; ajuste de procedimientos internos que conllevó a la expedición de la Resolución No. 2335 del 28 de noviembre de 2019 "Por medio de la cual se establecen los requisitos para los trámites servicios cargo de la UAECD” y derogó las Resoluciones No. 0405 de 2015 y 2285 de 2018 expedidas por la UAECD.

Producto de lo sucedido durante los años 2018 y 2019, desde el inicio de esta vigencia, y para esta nueva administración fue un reto identificar las rutas sobre las cuales se podría trabajar en búsqueda de soluciones efectivas para resolver las solicitudes de cabida y linderos con la oportunidad requerida por los usuarios. En el desarrollo del trabajo en mención y producto de las observaciones realizadas por la UAECD al IGAC y SNR, el 4 de febrero de 2020 se expide el Decreto 148 “Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 79, 80, 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica parcialmente el título 2 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1170 de 2015…”, donde se resaltan las acciones a seguir cuando alguno de los predios involucrados en el trámite sea considerado bien de uso público, o cuando no exista información de área y/o linderos, desde el inicio del ciclo traslaticio del bien inmueble que identifican; la normatividad dio confianza técnica a la información capturada por el gestor catastral. Así las cosas, en el marco de la normatividad vigente la Unidad se encuentra adelantando acciones para la atención de las solicitudes de cabida y linderos con la celeridad y oportunidad en beneficio de los ciudadanos y la ciudad. Con relación a los demás trámites para la vigencia 2019, no obstante, no haberse publicado el Procedimiento Seguimiento y Control de Trámites 03-02-PR-37, desde el inicio del año, si logramos disminución en días de respuesta para 7 tramites de conservación, evidenciando mejora en los tiempos de atención. En el siguiente gráfico se muestra para el año 2019, una comparación de días empleados en enero y en noviembre para dar respuesta a los siete trámites, en el

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cual se evidencia la disminución de tiempo para dar respuesta una vez puesta en marcha las acciones que se estaban proponiendo en el procedimiento en mención”.

GRAFICA 1 TIEMPO DE RESPUESTAEN DÍAS HÁBILES PROMEDIO MES -2020- UAECD

Fuente: respuesta de la UAECD al informe preliminar

Para la vigencia 2020 la disminución en días de respuesta va para 10 trámites de conservación, lo que continúa evidenciando mejora en los tiempos de atención.

GRÁFICA 2 TIEMPO DE RESPUESTAEN DÍAS HÁBILES PROMEDIO MES -2020- UAECD

Fuente: respuesta de la UAECD al informe preliminar

Con las herramientas implementadas y con el procedimiento adoptado con la finalidad de mejorar los tiempos de respuesta a las solicitudes efectuadas por los usuarios de los servicios de la UAECD, se ha evidenciado una mejora, sin embargo, para poder

21 24 2640 37

234

203

9 11 20 20 29

129146

0

50

100

150

200

250

89 - ASIGNACIÓNNOMENCLATURA

DESARROLLOSURBANISTICOS

38 - REFORMA PHLEY 675

63 - RECTIFICACIONNOMENCLATURA

71 - CERTIFICACIONMANUALES

CONSERVACION

7 - INCORPORACIONMEJORA EN PREDIO

AJENO

95 - REVOCATORIADIRECTA DE PARTE

42 - REVISIONAVALUO

DÍA

S

TRÁMITE

DÍAS DE RESPUESTA VIGENCIA 2019

DÍAS RESPUESTA ENERO DÍAS RESPUESTA NOVIEMBRE

11 12

8541

10470 78 80 94

164

7 7 23 2646 46 55 60

88 94

0

50

100

150

200

DÍA

S

TRÁMITE

DÍAS DE RESPUESTA VIGENCIA 2020

DÍAS RESPUESTA ENERO DÍAS RESPUESTA MARZO

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verificar la efectividad de la medida es importante tener en cuenta el tiempo de ejecución de la acción de mejora implementada y a partir de allí verificar la real efectividad de la misma. Para la vigencia 2020 la disminución en días de respuesta fue para 10 trámites de conservación, lo que continúa evidenciando mejora en los tiempos de atención”.

En relación con la respuesta es evidente el mejoramiento que ha adelantado la UAECD en la reducción de tiempos para los diferentes trámites que en desarrollo de su misión adelanta la entidad. No obstante, hay 4 aspectos que vale la pena señalar: 1. En cuanto al trámite de Cabida y Linderos, no se presentan los resultados, puesto que desborda tiempos considerados aceptables. Como se señaló ya en el Informe Preliminar es de suma importancia para los usuarios del servicio catastral.

2. Hay trámites que no obstante la reducción de los tiempos de respuesta, para la vigencia 2019, siguen estando por fuera de los términos establecidos; tal es el caso de las Revisiones de Avalúo, Revocatoria Directa a Solicitud de Parte. Adicionalmente, existen altibajos en los resultados de algunos de los trámites, tal es el caso del correspondiente a Certificación Manuales de Conservación que en el mes de enero de la vigencia 2019 presentó una demora de 40 días y descendió para noviembre de la misma vigencia a 20 días. No obstante, ya en enero de 2020 retornó a 85 días de respuesta y descendió para marzo a 23 días. Esta misma situación se observa en las revisiones de avalúo. 3. La entidad no remitió análisis de tiempos en trámites como rectificaciones de área, englobes y desenglobes y para la vigencia 2019 los de Modificación, Estrato, Uso y Destino. 4. Como bien lo señala el sujeto de control es poco tiempo aún para determinar el impacto verdadero de la acción, por lo que debió solicitar modificación en el término o plazo de la acción (máximo 18 meses desde su formulación) conforme a lo establecido en el Artículo 9 de la Resolución 036 de 2019, para determinar su impacto. Por las anteriores razones se configura Hallazgo Administrativo que debe ser sujeto de Plan de Mejoramiento.

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3.1.2.3 Observación Desvirtuada

La entidad indicó en su respuesta: “Revisada la información reportada por la

contraloría como repetida, se pudo verificar que fueron para la vigencia 2019, 408 registros repetidos y no 4784, para la vigencia 2020 fueron 382 y no 1425, las diferencias se presentaron debido a que en su momento los reportes mensuales solicitados al OIC, se enviaron pero consolidando con el mes anterior, es decir se repite la información de los meses anteriores (base de Febrero: se encuentran las ofertas de Enero y febrero, base de marzo: se encuentran las de enero, febrero y marzo, y así sucesivamente sucedió para todos los meses enviados). Para la vigencia 2019 se contó con un total de 53.603 ofertas recopiladas en terreno y fuentes secundarias, de las cuales 5.889 están repetidas, lo que equivale a un 10.98%, y para la vigencia 2020 se contó con un total de 101.900 ofertas recopiladas en terreno y fuentes secundarias, de las cuales 25.592 están repetidas, lo que equivale al 25,11%. Es de mencionar que para este año se logró realizar nuevos convenios de fuentes de información secundarias, por lo cual, se contó con un número importante de datos para análisis. El aplicativo FOCA es un repositorio de ofertas de mercado inmobiliario en el cual existe la posibilidad de contar con registros duplicados sin que esto genere un error ya que provienen de diferentes fuentes, en el momento en que se hace uso de la información de las ofertas, ya se han adelantado procesos previos de depuración que permiten su identificación y a la vez que sean utilizadas de manera adecuada en los procesos catastrales.

Implementar un validador que identifique e impida la incorporación de ofertas duplicadas, implicaría dejar de incorporar información importante para los avaluadores de la SIE”. Valorados los argumentos expuestos por la UAECD, se concluye que efectivamente, se perderían muchos elementos al limitar mediante un validador la posibilidad de incluir información de alta importancia para el proceso valuatorio y bajo el entendido que al Observatorio Inmobiliario Catastral se le han realizado varios cuestionamientos por parte de la Contraloría por falta de información actualizada y relevante que permita la obtención de valores catastrales equitativos y dentro de la normativa legal, este Organismo de Control acepta la respuesta y retira la observación por cuanto pondera la Efectividad de la acción con 85%, lo que la califica como Cumplida Efectiva y se ajusta el Cumplimiento del Plan de Mejoramiento.

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3.1.2.4 Hallazgo administrativo por la permanencia en el Anexo 3 de la Resolución 1154 de 2016, emitida por la UAECD de los predios que sin cumplimiento de los requisitos fueron incluidos en este y exonerados del pago de la participación en plusvalía en el primer momento de exigibilidad del mismo.

En la auditoría con código No. 72 del PAD 2019 realizada a la UAECD, la Contraloría formuló el hallazgo 3.3.1 en los siguientes términos: Hallazgo

administrativo con incidencia fiscal y presunta incidencia disciplinaria en cuantía de $30.564.259.188, por la exclusión de predios que se beneficiaron con el hecho generador del decreto 562 de 2014 y que siendo susceptibles del pago de la participación en plusvalía, fueron recalculados y excluidos por la expedición de la resolución 1154 de 2016 y la aplicación de normas posteriores a la radicación de las licencias de construcción en legal y debida forma.”

Producto de la evaluación del Plan de Mejoramiento en la presente auditoría, se encontró que la UAECD para atender el hallazgo formuló la acción No.1 que señala: “Actualizar el procedimiento de cálculo y determinación del efecto

plusvalía estableciendo nuevos puntos de control en dicho procedimiento”

El equipo auditor evaluó los soportes proporcionados por la OCI, dentro de los cuales se presenta el documento "PROCEDIMIENTO CÁLCULO Y DETERMINACIÓN

EFECTO PLUSVALÍA" que tiene como objeto estandarizar los procesos de cálculo y liquidación de la participación en la plusvalía. Además, se evidencia la publicación de dicho documento. Frente a esto y analizada la solución propuesta por el Sujeto de Control, el equipo auditor determina que aunque se dio cumplimiento a la acción señalada, lo cual redundará en las determinaciones y cálculos futuros, está no contribuye en eliminar la causa del hallazgo, ya que teniendo en cuenta la Ley 388 de 1997 y el Decreto 019 de 2012 la participación en plusvalía tiene varios momentos de exigibilidad, situación que no es dable para los predios origen del hallazgo, puesto que al estar contenidos en el Anexo 3 (predios excluidos por no tener beneficio por efecto plusvalía del Decreto 562 de 2014 porque les incorporaron dentro del estudio, entre otras, las cargas de los servicios públicos a incurrir- las cuales no fueron tenidas en cuenta por el curador en el momento de solicitar la licencia de construcción) de la Resolución 1154 de 2016 emitida por la UAECD, no pueden surtir un segundo momento de exigibilidad y dado que no fueron sujetos de cargas por servicios públicos, deberían ser cobijados por el efecto plusvalía que fue liquidado y calculado pero que no fue exigido en el primer momento de exigibilidad ya surtido, afectando la posibilidad que tiene el distrito de hacerse participe de éste.

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Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, se determina que, si bien la acción fue cumplida, su nivel de efectividad fue del 70% en razón a que no se solucionó totalmente el problema que originó el hallazgo inicial, En consecuencia, la acción se califica como Cumplida Inefectiva. En cumplimiento de lo establecido en la Resolución Reglamentaría 036 de 2019 de la Contraloría de Bogotá, se configura la presente observación. Con los hechos descritos se transgrede el numeral f) del artículo 2 de la Ley 87 de 1993. Los hechos se dan por inefectividad en el seguimiento de las acciones que deben realizarse para corregir situaciones, medidas y decisiones tomadas en determinado momento y que no fueron las mejores para la entidad. Esta falta de decisión afecta directamente los recursos del erario de la ciudad por no percibir recibir recursos por gravámenes establecidos en el D.C- Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal

En la respuesta la entidad expuso, entre otros, los siguientes argumentos: “El 12 de diciembre de 2014 se expidió el Decreto Distrital 562, por el cual se

reglamentan las condiciones urbanísticas para el tratamiento de renovación urbana, se incorporan áreas a dicho tratamiento, se adoptan las fichas normativas de los sectores con este tratamiento y se incluyen hechos generadores de participación en plusvalía por edificabilidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 74 de la Ley 388 de 1997. Mediante Decreto Distrital 575 de 22 de diciembre de 2015 se modificó el Decreto Distrital 562 de 2014 y se dictaron otras disposiciones. El 24 de julio de 2015, mediante las Resoluciones 1694, 1695, 1696, 1697 y 1698 se liquidó el efecto plusvalía por capacidad predial causado conforme al Decreto Distrital 562 de 2014, correspondientes a las zonas geoeconómicas, 1, 10, 11, 12, 16, 17, 18 y 19; 22, 23, 24, 25, 26, 29 y 30; 31; 33, 35, 36, 40, 41 y 42; 43, 46, 47, 49, 50, 6 y 7, para las cuales se determinó el monto de la participación en plusvalía y se dictaron otras disposiciones. Los predios objeto de consulta que se proceden a identificar, hicieron parte de la Resolución 1698 de 2015. “Es de advertir que la metodología utilizada para realizar el cálculo del efecto plusvalía, por tratarse de una acción urbanista que cobijó un área considerable de la ciudad, fue la de un estudio masivo realizado sobre un análisis de zonas geoeconómicas homogéneas, donde para su configuración se consideraron variables específicas tales como: ubicación, estrato socioeconómico y normatividad permitida antes de la acción urbanística”.

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“Una vez establecida la zona homogénea, para determinar el valor del efecto plusvalía para la zona geoeconómica, se generó una base de puntos muestra con un diseño Muestreo Aleatorio Simple considerando la capacidad predial y tamaño de lotes tipo en la zona, posteriormente se realizaron ejercicios residuales para cada punto en los dos escenarios normativos (antes y después de la acción urbanística), con lo cual se realiza un análisis estadístico de los puntos muestra, obteniendo el valor del efecto plusvalía el cual se irradia a todos los predios ubicados en la zona homogénea geoeconómica. Dentro de los ejercicios residuales desarrollados para la liquidación del efecto plusvalía bajo el escenario del Decreto 562 de 2014, únicamente se incluyó la carga urbanística relacionada con la cesión de suelo en función del índice de construcción alcanzado, según el proyecto planteado, ésta se compensó en dinero y se descontó como un costo adicional para determinar el valor de suelo en el escenario de la acción urbanística. Posteriormente, la Secretaría Distrital de Planeación –SDP- solicitó a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD- el ajuste del cálculo del efecto plusvalía contenido en los actos administrativos citados, conforme al Decreto Distrital 562 de 2014, con el fin de incorporar la obligación de la destinación de suelo a vivienda de interés prioritario –VIP- (Decreto 138 de 2015) y la obligación para servicios públicos domiciliarios. Aunado a lo anterior, a través del Decreto Distrital 079 de 22 de febrero 2016, se derogaron los Decretos Distritales 562 de 2014 y 575 de 2015, manteniendo la obligación de pago de la participación de plusvalía de los propietarios y los poseedores de inmuebles que concretaron el beneficio urbanístico contenido en dichos actos administrativos o los que lo llegasen a concretar en virtud del régimen de transición consignado en el primer decreto. Acorde con el régimen de transición consignado en el Decreto Distrital 079 de 2016, las anotaciones en los folios de matrícula inmobiliaria y demás actuaciones administrativas referentes a la determinación del cálculo y liquidación del efecto plusvalía que se realizaron en virtud del Decreto Distrital 562 de 2014 con hecho generador por mayor edificabilidad, y que a la entrada en vigencia del Decreto Distrital 079 de 2016, no se configurase alguno de los momentos de exigibilidad del artículo 83 Ley 388 de 1997, quedaron sin efectos. En coherencia con el régimen de transición de que trata el artículo 3º y las ordenes expresadas en el artículo 4º del Decreto Distrital 079 de 2016, correspondió a la SDP solicitar a los Curadores Urbanos de la ciudad, la relación de (i) las solicitudes de licencias radicadas en legal y debida forma; (ii) las licencias urbanísticas expedidas; y en general las actuaciones que se encuentran en estudio, que concretaron o concreten el aprovechamiento normativo previsto en el Decreto Distrital 562 de 2014. Cuando dicha información fue recopilada por la SDP, fue remitida a la UAECD.

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Con fundamento en las anteriores actuaciones, esta Unidad mediante la Resolución 1154 del 30 de junio de 2016 decidió proceder con un nuevo cálculo del efecto plusvalía contenido en las Resoluciones 1694, 1695, 1696, 1697 y 1698 de 2015, a excluir algunos predios de dichos actos administrativos, y a determinar el efecto plusvalía para nuevas zonas o subzonas sujetas al tratamiento de renovación urbana conforme con el Decreto Distrital 562 de 2014 y el artículo 3º del Decreto Distrital 079 de 2016. Este cálculo es de tipo masivo, es decir, que se realizó en concordancia con los predios que hacen parte del polígono del Decreto Distrital 562 de 2014 y las bases de licencias urbanísticas expedidas para tales predios aportadas por la SDP”. “…Teniendo en cuenta la Ley 388 de 1997 y el Decreto 019 de 2012 la participación en plusvalía tiene varios momentos de exigibilidad, situación que no es dable para los predios origen del hallazgo, puesto que al estar contenidos en el Anexo 3 (predios excluidos por no tener beneficio por efecto plusvalía del Decreto 562 de 2014 porque les incorporaron dentro del estudio, entre otras, las cargas de los servicios públicos a incurrir- las cuales no fueron tenidas en cuenta por el curador en el momento de solicitar la licencia de construcción) de La UAECD considera que no fue tenido en cuenta en el análisis realizado por la Contraloría, que al hecho de que el cálculo del efecto plusvalía realizado bajo el Decreto Distrital 562 de 2014, por medio del cual se efectuó la liquidación dispuesta en la Resolución 1154 de 2016, que realizó esta Unidad, comportó un ejercicio sobre Zonas Homogéneas Físicas (ZHF) tomando puntos muestra representativos y realizando un cálculo del valor de terreno para antes y después de la acción urbanística, para posteriormente aplicar las condiciones normativas respectivas en cada escenario, irradiando el valor obtenido a la zona. En efecto, dicha gestión implicó, como se ha indicado, la realización de un cálculo masivo que se irradió a los predios de la respectiva zona geoeconómica homogénea, en donde se tramitaron licencias urbanísticas bajo la reglamentación del Decreto Distrital 562 de 2014, lo que no se puede confundir con el recálculo establecido en el parágrafo 1° del artículo 83 de la Ley 388 de 1997, según el cual, a solicitud de parte, se efectúa un análisis puntual, en donde, se aplica el efecto plusvalía liquidado por metro cuadrado al número total de metros cuadrados adicionales objeto de la licencia aprobada, sin modificar el factor valor del metro cuadrado establecido en la liquidación inicial efectuada. En concordancia con lo anterior, el ajuste realizado por la UAECD, a solicitud de la SDP, a través de la Resolución 1154 de 2016, tuvo en cuenta los predios licenciados bajo lo reglado en el Decreto Distrital 562 de 2014, según lo ordenado por el Decreto Distrital 079 de 2016 al determinar que, toda liquidación del efecto plusvalía que fuere hecha con ocasión al primer decreto aquí citado sólo resultaría aplicable a los predios que fueron licenciados bajo dicha norma. En otras palabras, el Decreto Distrital 079 de 2016 en ningún momento solicitó recalcular el efecto plusvalía de dichos predios conforme a lo aprobado en sus respectivas licencias, pues su objetivo simplemente fue dejar vigentes las liquidaciones ya realizadas, circunstancia que el ente de control no ha tenido en cuenta en su evaluación y calificación.

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Ahora bien, es de resaltar que la modificación de los cálculos del Decreto Distrital 562 de 2014 no fue realizada en atención a que hubo predios que fueron licenciados durante la vigencia del Decreto 562 de 2014, sino al hecho de que el cálculo masivo debía ser modificado enteramente, ajustando la estructura de costos e incluyendo las cargas urbanísticas de servicios públicos domiciliarios y de vivienda de interés prioritario. Suponer lo contrario implicaría asumir que la normativa procedimental obliga a la UAECD a revisar constantemente, antes de la expedición de cada liquidación, si hay predios licenciados bajo la norma generadora de efecto plusvalía, pero una disposición normativa como esa no existe en el ordenamiento jurídico, pues como ya fue explicado, la metodología acogida por el legislador fue la masiva. El hecho, que en el ajuste se hubieran tenido en cuenta solamente los predios licenciados, corresponde a lo normado en el Decreto Distrital 079 de 2016, el cual estableció que toda liquidación del efecto plusvalía que fuere realizada con ocasión al Decreto Distrital 562 de 2014, sólo resultaría aplicable a los predios que hubieran sido licenciados bajo esta última norma. En otras palabras, dicho decreto en ningún momento solicitó recalcular el efecto plusvalía de dichos predios conforme a la información de sus respectivas licencias, pues la intención, simplemente, era dejar vigentes las liquidaciones ya realizadas. Se puede concluir, que dentro del cálculo del efecto plusvalía bajo el escenario del Decreto 562 de 2014, liquidado mediante Resolución 1154 de 2016, al modificar la estructura de costos, los criterios y variables técnicas e incluir dentro del ejercicio residual las cargas, en algunas zonas el efecto plusvalía liquidado mediante las Resoluciones 1694, 1695,1696, 1697 y 1698 de 2015 se anuló, en otras zonas a pesar de existir hecho generador, luego de la modelación normativa el potencial edificatorio a comparar fue menor con la norma de la acción urbanística al dado por la norma anterior. Para la fecha en que se realizó la solicitud de inclusión de cargas VIP y de servicios públicos, el Decreto Distrital 562 de 2014 no se encontraba derogado, por lo que la solicitud de la SDP fue incluir estas cargas a los cálculos liquidados mediante Resoluciones 1694 a 1698 de 2015 sin aportar licencias o información adicional. Aunado a lo antes indicado, es de resaltar que, en cumplimiento de la Ley 388 de 1997 y demás normas distritales concordantes, junto con las directrices técnicas impartidas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, se efectuó la estimación del mayor valor por metro cuadrado para zonas o subzonas generadoras de efecto plusvalía. En esa medida, la Contraloría no está teniendo en cuenta que, la realización de un cálculo puntual, teniendo en cuenta una a una las licencias aprobadas según lo establecido en el Decreto Distrital 562 de 2014, no sólo habría extralimitado las competencias de la UAECD, sino que también habría desconocido toda la normativa técnica y jurídica aplicable al procedimiento de liquidación del efecto plusvalía. Además, dada la cantidad de predios en transición, el ejercicio liquidatario habría sido imposible de realizar ante la limitada capacidad operativa de la entidad y los términos de ley dispuestos para la realización de esas liquidaciones.

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Por lo explicado, es pertinente que la Contraloría modifique la decisión adoptada frente a este hallazgo, en el sentido de determinar que, la efectividad de la acción de mejora junto con demás explicaciones técnicas y jurídicas aclaradas soluciona en un 100% la confusión que se originó cuando se planteó el problema que dio origen a este hallazgo.”.

Adicionalmente la auditoría consideró el informe de seguimiento efectuado por la OCI para el análisis y comunicación de la observación “Seguimiento a 30-04-

2019 no se reportó gestión, finaliza la ejecución el 30-06-2019. SEGUIMIENTO SIE 30-06-2019: Se revisó, ajustó y actualizó el procedimiento LIQUIDACIÓN Y CÁLCULO DEL EFECTO PLUSVALÍA, incluyendo nuevos puntos de control en relación con los predios que hacen parte del polígono objeto de acción urbanística, con el proceso de notificación y registro del gravamen y con la metodología empleada para la determinación del efecto plusvalía. SOPORTE: Procedimiento publicado en el SGI. SEGUIMIENTO OCI A 30-06-21019 ACTIVIDAD: Se revisó, ajustó y actualizó el procedimiento LIQUIDACIÓN Y CÁLCULO DEL EFECTO PLUSVALÍA, incluyendo nuevos puntos de control en relación con los predios que hacen parte del polígono objeto de acción urbanística, con el proceso de notificación y registro del gravamen y con la metodología empleada para la determinación del efecto plusvalía. META: Publicación revisión y ajuste aplicativo Cálculo y Liquidación efecto Plusvalía. CONCLUSION: Se ajustó el procedimiento Cálculo y Liquidación Plusvalía, al aplicativo desarrollado para tal fin. SEGUIMIENTO OCI a 30-09-2019. VERIFICACION EFECTIVIDAD: El Procedimiento establecido para el cálculo y liquidación del efecto de la Plusvalía fue actualizado y socializado mediante correo institucional por la SIE, tal y como se evidenció con los soportes (SIC) que al respecto remitió la SIE a la OCI. En el mismo Procedimiento actualizado se verificó la asignación de nuevos puntos de control, para garantizar su efectividad”.

Revisada y analizada detenidamente la respuesta transcrita presentada por la UAECD, el Organismo de Control manifiesta que estos argumentos han sido presentados tanto en la defensa del hallazgo que le dio origen y algunos de estos argumentos en el desarrollo de esta acción de mejoramiento diseñada para dar solución a la causa que le dio origen. Así las cosas, el proceso cronológicamente discriminado es conocido por la Contraloría, la cual entendió a pesar de que el término utilizado fue “recálculo” que lo que hizo la unidad fue un nuevo cálculo.

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Por la respuesta enviada se hace necesario una discriminación mucho más detallada por parte del Organismo de Control la cual será motivo del proceso que se adelanta en la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva. Dado que, en la observación comunicada mediante el informe preliminar, se trata de la búsqueda de mejora en la gestión, se argumentarán las razones que controvierten lo aquí expuesto:

Dentro de la cronología presentada por el sujeto de control, no se incluyó que el 14 de abril de 2015 se expide el Decreto Distrital 138 de 2015 “Por el cual se reglamenta el artículo 66 del Acuerdo 489 de 2012 para asegurar el cumplimiento del Programa de Vivienda y Hábitat Humanos del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas de Bogotá, D.C. 2012-2016, y se adoptan otras disposiciones.”; acto administrativo importante para entender la situación acaecida, dado que para solicitudes de licencias urbanísticas posteriores a su entrada en vigencia les generaba una carga adicional. La dificultad radica en que entre la expedición del Decreto 562 del 12 de diciembre de 2014 y el 14 de abril, quedó un período en el cual la licencia radicada; en legal y debida forma no fueron sujeto de dichas cargas, es decir no fueron exigidas por el curador al momento de aprobar la licencia, por lo que no fueron pagadas por el solicitante. Los predios motivo del hallazgo fueron incluidos inicialmente en la Resolución 1694 emitida por la UAECD la cual determinó, calculó y liquidó efecto plusvalía en virtud de la expedición del decreto 562 de 2014. No obstante, dicho efecto no fue exigido por el curador porque el proceso de inscripción en la oficina de instrumentos públicos y registro no se había surtido por demoras en el proceso de cálculo, y la firmeza de dichos actos (resoluciones 1694 a 1698 expedidas el 24 de julio de 2015 por la UAECD). Así las cosas, la licencia urbanística solicitada (radicadas en legal y debida forma) durante el período señalado no tuvieron exigencia de pago del efecto plusvalía (primer momento de exigibilidad de dicho cobro) y tampoco fueron sujeto de exigencia de pago de cargas por el decreto 138 de 2015 porque fueron solicitadas antes o el día de su entrada en vigencia. Cuando se logra inscribir dicho efecto en el Folio de matrícula inmobiliaria (segundo semestre de 2015), ya el primer momento de exigibilidad ha pasado porque las licencias ya se encuentran ejecutoriadas, es decir en firme. Según la UAECD mediante los oficios citados en su respuesta los días 23 de octubre y 13 de noviembre de 2015 la Secretaria Distrital de Planeación-SDP- solicita se efectúe un ajuste del cálculo del efecto plusvalía “con el fin de incorporar la

obligación de la destinación de suelo a vivienda de interés prioritario -VIP-(Decreto 138 de 2015) y la obligación para servicios públicos domiciliarios (Art. 22 del Decreto

562 de 2014 modificado por el artículo 8· del Decreto Distrital 575 de 2015”. No se

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entiende porque solicitaba la SDP incorporar lo señalado en el artículo 22 del Decreto 562 de 2014, si eso ya era exigible con la expedición del decreto en comento desde el 12 de diciembre de 2014 y si se trataba de incorporar su modificación, esta se realizó hasta el 22 de diciembre de 2015, fecha posterior a los oficios mencionados.

Posteriormente, en el 22 de febrero de 2016 la Administración Distrital expide el decreto 079 derogando como lo señaló la UAECD los Decretos 562 de 2014 y 575 de 2015. Así las cosas, solo quedó la obligación “…de pago de la

participación de plusvalía de los propietarios y los poseedores de inmuebles que concretaron el beneficio urbanístico contenido en dichos actos administrativos o los

que lo llegasen a concretar en virtud del régimen de transición consignado en el…”

Artículo 3 del Decreto 079 de 2016.

El Artículo 4 de este Decreto señala adicionalmente “Para todas las situaciones

contempladas en el presente artículo, que se hayan tramitado o se tramiten con base en las disposiciones contenidas en el Decreto Distrital 562 de 2014, modificado por el Decreto Distrital 575 de 2015 y que presenten hechos generadores de la participación en plus valía(sic), se procederá a la liquidación de su efecto, inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria, exigibilidad y cobro, de acuerdo con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia, en los casos que se encuentren en trámite o en que se configure un momento de exigibilidad de la participación en plusvalía. Corresponde a las entidades distritales que deban emitir pronunciamientos, conceptos, certificaciones o en general adelantar cualquier actuación administrativa dentro del procedimiento de licenciamiento urbanístico, desarrollar las funciones que les fueron asignadas en el Decreto Distrital 562 de 2014, sus modificaciones y sus reglamentaciones, en todos los casos establecidos en este artículo. Parágrafo. De conformidad con el parágrafo 1 del artículo 2.2.6.1.2.1.1 del Decreto Nacional 1077 de 2005, se entenderá que una solicitud de licencia o su modificación está radicada en legal y debida forma si a la fecha de radicación se allega la totalidad de los documentos exigidos en el mencionado Decreto, aun cuando estén sujetos a posteriores correcciones”.

Es claro por esto, que los predios que hubieran tenido efecto plusvalía en virtud de Decreto 562 debían pagarlo. No obstante, la UAECD que no alcanzó a realizar el nuevo cálculo inicialmente pedido por la SDP en los meses de octubre y noviembre de 2015, toma la información que le envía ésta, en virtud ahora de las licencias que concretaron o llegasen a concretar el beneficio por el efecto plusvalía de la transición del decreto 079 de 2016 y que fue definida en su artículo 4; y les determina calcular el efecto pero incorporando las cargas solicitadas por la SDP, sin realizar una discriminación de cuales licencias no pagaron dichas cargas para no hacerlas objeto del análisis del nuevo cálculo, puesto que incrementan la reducción de costos a favor del constructor y por lo

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tanto para el caso de los predios objeto del hallazgo dio como resultado que ya no eran objeto de pago por efecto plusvalía, y lo que determinó el daño patrimonial (al impedir que se pueda surtir un segundo momento de exigibilidad para la ejecución del pago) los incluyó en el Anexo 3 de la Resolución 1154 de 2016 donde se incorporaron los predios excluidos del efecto. Ahora bien, como argumento de defensa arguye la UAECD, que su proceso es masivo y no están obligados a realizar análisis de tipo puntual para ver las afectaciones que puedan tenerse de manera particular. Hay que tener en cuenta lo que se describió anteriormente del Decreto 079 y que señala que las entidades distritales en su conjunto deberán pronunciarse, conceptuar y en general desarrollar las actuaciones administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en torno a calcular y liquidar los efectos que persistan a pesar de la derogatoria del Decreto 562. Las condiciones en que se produjo, esta generó condiciones especiales de determinación del efecto de plusvalía, su cálculo y liquidación. Hacer un examen sin detenerse a reflexionar estas implicaciones y realizar el proceso de una forma masiva lleva a que se presenten daños previsibles y controlables. Las actuaciones realizadas hasta ahora buscan eliminar situaciones futuras, pero aún se pueden seguir presentando situaciones como la descrita. La respuesta dada, indica que la entidad ha obviado la incorporación de nuevos elementos que impidan situaciones similares y en relación con los predios del hallazgo siguen sin la posibilidad de que ante un segundo momento de exigibilidad se pueda concretar la exigencia del pago que por efecto plusvalía calculado en su oportunidad mediante la Resolución 1694 de 2015, le pertenece al distrito. Por las anteriores razones los argumentos enviados en la respuesta, no logran desvirtuar la observación planteada por la auditoria, así como los soportes enviados por la UAECD y se configura un hallazgo administrativo que debe ser sujeto de Plan de Mejoramiento, conforme lo señalado en la Resolución Reglamentaria 036 de 2019.

3.1.2.5. Observación Desvirtuada

Evaluados los argumentos esbozados por la UAECD, se considera que tal como se señaló en la valoración del hallazgo que le dio origen “… el hallazgo

de este Organismo de Control radica en que el punto muestra señalados para irradiar las Zonas Homogéneas Geoeconómicas de los predios en cuestión, no representan ni física, ni económicamente esos predios.”

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De otra parte, bajo el entendido que se incrementaron dentro de la metodología los puntos muestra para las sub-zonas, lo que permite tener mayores posibilidades de comparación y semejanza. Así mismo, aceptando que lo señalado en el penúltimo párrafo de la respuesta en algunos de los casos se ajusta a la realidad y finalmente entendiendo que el ejercicio de identificar zonas Geoeconómicas idénticas implica, aparte de contar con adecuadas herramientas de control las cuales indistintamente a la presente observación, la entidad debe seguir procurando el afinamiento de la metodología. Este Organismo de Control acepta los argumentos presentados por la UAECD y determina que la acción del plan de mejoramiento, tuvo un 85% de efectividad sobre la causa del hallazgo, por lo cual se califica como Cumplida Efectiva. En consecuencia, es retirada del Informe Final y se ajustó el resultado del cumplimiento del plan de Mejoramiento.

3.2.1 Gestión Contractual

El control de la gestión fiscal contractual busca evaluar el cumplimiento de los fines del Estado, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos y garantías de los ciudadanos, con la intervención desde un control posterior y selectivo en las tres etapas de la contratación: precontractual, contractual y post contractual o de liquidación, de conformidad con la naturaleza jurídica, régimen de contratación de la UAECD y tipos de contratos gestionados por esta en 2019. En la ejecución de la auditoría se verificó el cumplimiento de las actuaciones adelantadas, no sólo con la formalidad documental, sino con el análisis de las evidencias que dieron certeza sobre dichas actuaciones y se seleccionaron las variables que permitieron calificar cada caso particular evaluado, para obtener un resultado en términos de los principios de eficacia y economía. Durante la vigencia 2019 se celebraron 335 contratos en cuantía de $21.563.658.000. Para la selección de la muestra de los contratos a evaluar se establecieron como criterios: contratos con cuantía superior a $100.000.000, no evaluados en auditorías anteriores, contratos con alto nivel de riesgo reportado en las alertas del Observatorio de Control Fiscal, SIVICOF y SECOP, contratos que ejecutan los proyectos de inversión 1180 y 983, contratos terminados y liquidados en 2019 y contratos que quedaron con reservas presupuestales en 2018 para ejecución en 2019.

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Con los criterios definidos, se tomó una muestra de 19 contratos por valor de $13.782.779.127, que se discriminan en el siguiente cuadro:

CUADRO 18 MUESTRA EVALUACIÓN GESTIÓN CONTRACTUAL

Numero de Contrato

No. Proyecto inversión/Tipo Gasto

Tipo contrato

Objeto Valor en pesos Alcance Justificación

para la selección

1

8-2019

0983 Prestación de servicios

Adquirir los productos y servicios descritos en el numeral 3.3 del contrato de agregación de demanda para la adquisición y prestación de servicios y productos ArcGis CCE-288-AG-2015 celebrado entre Colombia Compra Eficiente y ESRI Colombia SAS., denominado Categoría ELA.

$1.845.000.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

2

184-2019

0983

Prestación de servicios

Renovar el servicio de Soporte Actualización y mantenimiento para las licencias Oracle y proveer servicios de soporte avanzado para todos los productos adquiridos por los Adquiridos por la UAECD.

$1.829.683.418

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

3

287-2019

0983

COMPRAVENTA

Adquisición, instalación

configuración y soporte de componentes de hardware y

software para el fortalecimiento de la

seguridad informática y de información de la entidad.

$ 498.706.790

Evaluar las etapas,

precontractual,

contractual y post

contractual

Por la cuantía, la trazabilidad

frente al proyecto

4

306-19

0983 COMPRAVENTA

Adquirir Solución de Salas Interactivas para la UAECD

$ 229.286.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

5

247-19

0983 COMPRAVENTA

Renovación de la garantía, soporte y mantenimiento para

los switches DELL y adquisición de transceivers.

$ 117.550.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

6

255-19

0983 COMPRAVENTA

Adquirir Balanceadores de la carga para los servicios de la UAECD

$ 151.900.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

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Numero de Contrato

No. Proyecto inversión/Tipo Gasto

Tipo contrato

Objeto Valor en pesos Alcance Justificación

para la selección

7

304-19

0983 COMPRAVENTA

Adquirir el sistema de control de accesos para las áreas de la UAECD

$137.150.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

8

243-19

Funcionamiento

ORDEN PRESTACION DE SERVICIOS

Renovación de Productos y servicios Microsoft

$486.512.038

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

cuantía, la trazabilidad frente al tipo de gasto

9

234-2018

0983

PRESTACION DE SERVICIOS

Prestar los servicios para la implementación de componentes de software.

$1.497.495.547

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

10

211-2018

0983

PRESTACION DE SERVICIOS

Prestación del servicio de contingencia y canales de comunicación e Internet para los procesos informáticos que soportan la operación de la UAECD

$424.614.600

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad

frente al proyecto

11

261-19

Funcionamiento

OBRA

Prestar el servicio de mantenimiento locativo y adecuaciones de las instalaciones de la UAECD incluido el suministro de mano de obra y materiales

$102.999.967

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

12

224-19

Funcionamiento

SEGUROS

Contratar los Seguros que amparen los intereses patrimoniales actuales y futuros, así como los bienes de propiedad de la UAECD

$408.278.984

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

13

381-2015

Otro COMPRAVENTA

Adquisición de equipos de red y soporte, para el fortalecimiento de la infraestructura tecnológica de la entidad

$315.104.696

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

cuantía, la trazabilidad frente al tipo de gasto

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Numero de Contrato

No. Proyecto inversión/Tipo Gasto

Tipo contrato

Objeto Valor en pesos Alcance Justificación

para la selección

14

172-2018

Otro COMPRAVENTA

Adquisición, instalación, configuración y soporte de capacidad adicional de almacenamiento para el sistema SAN.

$491.790.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

cuantía, la trazabilidad frente al tipo de gasto

15

180-2918

Otro

PRESTACION DE SERVICIOS

Prestar servicios profesionales orientados a la realización de informes técnicos para avalúos comerciales en la atención de requerimientos de información valuatoria

$173.005.745

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

cuantía, la trazabilidad frente al tipo de gasto

16

142-2019

1180

PRESTACION DE SERVICIOS

Prestar los servicios profesionales como diseñador para desarrollar las piezas de imagen corporativa de la UAECD.

$60.870.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

17

256-2019

1180

PRESTACION DE SERVICIOS

Prestar los servicios de estrategia para la divulgación y difusión de los avisos de ley y contenido de interés para la ciudadanía en cumplimiento de la misionalidad y metas de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital

$140.000.000

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía, la trazabilidad frente al proyecto

18

320 - 2018 CO1.PCCNT

R.608921

CONTRATO DE INTERVENTORIA

Interventoría $464.345.442

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía de la reserva

19

235 - 2018 UAECD-LP-004-2018

PRESTACION DE SERVICIOS

Proveer a la UAECD de ortofotomosaicos a partir de la toma de fotografía área información LIDAR y generación cartográfica para la zona rural de Bogotá y municipios vecinos, conforme a los requerimientos técnicos de la entidad

$4.408.485.900

Evaluar las etapas, precontractual, contractual y post contractual

Por la cuantía de la reserva

Fuente: información de la UAECD y SIVICOF

Los criterios tenidos en cuenta para la selección de la muestra de contratación fueron los siguientes: 1. Se evaluó una muestra representativa de la contratación suscrita, liquidada, adicionada, suspendida, terminada, sometida a solución de controversias contractuales, bajo declaratoria de incumplimiento, imposición

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de multas o sanciones durante la vigencia fiscal 2019. Respecto de la contratación suscrita de la vigencia 2019, se tuvo en cuenta la contratación que a la fecha hubiera sido terminada su ejecución o que estuviera en más de un 50% de avance de ejecución, razón por la cual no formaran parte de la muestra, procesos de contratación adjudicados en los últimos dos (2) meses de la vigencia y con un plazo de ejecución considerable, en tanto no es posible evaluar la mayoría de las etapas de contratos en estas circunstancias. 2. Se evaluaron contratos de una cuantía sustancial o aquellos que sin importar su monto y según la modalidad de selección y tipología contractual generen más riesgo y que no fueron objeto de auditoría en procesos auditores anteriores adelantados por la Contraloría de Bogotá, D.C. a saber:

CUADRO 19

CONTRATOS SELECCIONADOS POR MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

No. PROCESOS POR MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

MODALIDAD DE SELECCIÒN

VALOR POR MODALIDAD DE SELECCIÒN $

SUBTORALES

1 SEGUROS $ 408.278.984 $ 408.278.984

7

COMPRAVENTA $ 498.706.790

$ 1.941.487.486

COMPRAVENTA $ 229.286.000

COMPRAVENTA $ 117.550.000

COMPRAVENTA $ 151.900.000

COMPRAVENTA $ 137.150.000

COMPRAVENTA $ 315.104.696

COMPRAVENTA $ 491.790.000

1 CONTRATO DE INTERVENTORIA

$ 464.345.442 $ 464.345.442

1 OBRA $ 102.999.967 $ 102.999.967

9

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 60.870.000

$ 10.865.667.248

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 140.000.000

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 1.845.000.000

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 1.829.683.418

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 486.512.038

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 1.497.495.547

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 424.614.600

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 173.005.745

PRESTACION DE SERVICIOS

$ 4.408.485.900

19 $ 13.782.779.127 $ 13.782.779.127 Fuente: información SIVICOF- Equipo auditor

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En los contratos objeto de evaluación se analizaron las etapas precontractual, contractual y post contractual, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente en la época de la celebración, teniendo en cuenta el análisis de estudios previos, necesidad, adquisiciones, contratación de obras y/o servicios, tipo de selección contractual, cada una de las fases del proceso licitatorio, requisitos mínimos de contratación, estudio de mercado cumplimiento de requisitos en el SECOP y Colombia Compra Eficiente. Se verificó la expedición del Certificado de Disponibilidad presupuestal, ejecución e interventoría y/o supervisión de cada uno de los contratos y recibos a satisfacción con los principios requisitos de rigor establecidos en la Normatividad vigente. Respecto del Contrato de Prestación de Servicios No. 235 de 2018 suscrito entre la Unidad Administrativa Catastro Distrital y la firma Incige S.A.S, cuyo objeto es “Proveer a la UAECD de ortofotomosaicos a partir de la toma de fotografía

área información LIDAR y generación cartográfica para la zona rural de Bogotá y

municipios vecinos, conforme a los requerimientos técnicos de la entidad “. Con una cuantía inicial de $4.408.485.900, este contrato que fue evaluado por la auditoría encontrando que la UAECD, inició un proceso sancionatorio contra el contratista principal del contrato 235 de 2018, y que en la actualidad se encuentra en ejecución. Este contrato dio origen al contrato de interventoría 320 de 2018, que fue finalizado con anterioridad al contrato principal. De este contrato la UAECD reporta la entrega de informes parciales por parte del interventor, que no han sido objeto de examen por parte de la auditoría. Es importante citar que, en atención a lo reglamentado por la alcaldía de Bogotá mediante el Decreto 090/2020 modificado por el decreto 091/2020, cumpliendo con lo pautado por el Gobierno Nacional a través del Decreto 457 de la misma anualidad y adicionalmente, la Contraloría de Bogotá emitió la circular No. 008 del 23 de marzo del 2020, actos administrativos que fueron expedidos en el marco de las medidas de contención de la pandemia del COVID-19 y que establecieron el confinamiento para los servidores públicos y contratistas de todas las entidades, lo que limitó el perfeccionamiento del presente acápite, por lo que se concluirá en una próxima actuación del Organismo de Control. Como resultado de la evaluación de los contratos restantes, incluidos en la muestra, de los que se analizaron sus etapas precontractuales, contractuales y postcontractuales, la auditoría configuró los siguientes hallazgos de auditoría:

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3.1.3.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por inaplicabilidad del principio de planeación en los estudios previos del contrato de prestación de servicios No. 234 de 2018 suscrito entre la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y Consorcio Catastro S&S.

Contrato No: 234 de 2018 Proceso SECOP II No: UAECD-LP-002-2018 Contratante: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital Contratista: Consorcio Catastro S&S Objeto: Prestar los servicios de implementación de componentes de software. Valor inicial: $1’963.040.834 Adición: $981’656.597 Valor total: $2’944.697.431 Plazo: 31 de marzo de 2020 Supervisión: Fredy Leonardo Varón García Forma de pago: Facturación bimensual. Fecha de inicio: 03 de septiembre de 2018 Fecha de terminación: En ejecución

La auditoría verificó que el 04 de julio de 2019, el supervisor del contrato presentó solicitud de modificación, adición o prórroga del contrato en cuestión, toda vez que durante la ejecución del contrato se identificaron necesidades adicionales de implementación de componentes de software, además de los servicios para la especificación de requerimientos y mantenimientos correctivos sobre el software existente en la UAECD $1’635.416.578, por lo tanto, el supervisor del contrato, teniendo en cuenta el máximo permitido para adicionar contrato Estatal, requirió la adición por la suma de $981.656.597, que corresponde al 47% del valor inicial del contrato, para la ejecución de los requerimientos de servicio a fábrica de software de SIIC - gestor de trámites, englobes y desenglobes y SIIC – Revisión Avalúos. La Ley 80 de 1993 – Estatuto General de Contratación Pública, contempla los principios que rigen la contratación Estatal, señalando en el Artículo 23 “Las

actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo” y en el numeral 12 del artículo 25,modificado por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, lo siguiente: “Previo a la apertura de un proceso de selección, o a la firma del contrato en el caso en que la modalidad de selección sea contratación directa, deberán elaborarse los estudios,

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diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de condiciones, según corresponda”. Es por ello que todas las entidades Estatales deben dar cumplimento obligatorio a esta normatividad en todos los procesos contractuales que pretenda celebrar en cumplimento de su misión. En este sentido, es pertinente precisar lo concerniente a la violación al principio de planeación: “(…) el principio de la planeación hace referencia a aquellas

actividades que deben realizar las Entidades del estado antes de adelantar un proceso de contratación encaminadas a determinar, de forma precisa, la necesidad pública que se pretende satisfacer, el objeto a contratar y los recursos con cargo a los cuales ejecutará el contrato, todo lo cual tiene como fin último satisfacer el interés general, haciendo uso de los recursos públicos de manera eficiente y eficaz. (…) Así, el principio de la planeación, de cara a la gestión contractual del Estado, se materializa en que el actuar de las Entidades públicas sea coordinado por oposición a lo improvisado-, lo cual se compendia en una serie de disposiciones legales y reglamentarias que imponen un determinado comportamiento a cargo de las Entidades del estado, concretamente, en lo que tiene ver, por ejemplo, con la apropiación de los recursos necesarios para el pago de las obligaciones derivadas de un contrato estatal, la elaboración de estudios previos con la finalidad de determinar con precisión la necesidad pública a satisfacer y el objeto a contratar, la elaboración de estudios y diseños que permitan establecer la viabilidad del proyecto a contratar”1.

En consecuencia, la normatividad establece una serie de actuaciones que las entidades estatales deben realizar previo a iniciar un proceso de contratación, tanto así que en diversos asuntos la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo se ha pronunciado indicando que el cumplimiento al principio de la planeación constituye un deber en cabeza de la administración pública, en tanto y cuanto se corresponde con los deberes que tiene el Estado relacionados con una correcta administración de los recursos públicos y el buen desempeño de las funciones públicas2. En especial, el Consejo de Estado como organismo de cierre de lo Contencioso Administrativo, al respecto al indicado: (…) se observa el principio

de planeación, cuya ausencia ataca la esencia misma del interés general, con consecuencias gravosas y muchas veces nefastas, no sólo para la realización efectiva de los objetos pactados, sino también para el patrimonio público, que en últimas es el que siempre está involucrado en todo contrato estatal. Se trata de exigirles perentoriamente a las administraciones públicas una real y efectiva racionalización y organización de sus acciones y actividades con el fin de lograr los fines propuestos

1 Fuente: http://www.urosario.edu.co/revista-nova-et-vetera/Inicio/Omnia/La-violacion-al-principio-de-la-planeacion-en-la-c/ La violación al principio de la planeación en la contratación estatal. El cambio jurisprudencial y los efectos adversos que se desprenden de la nueva postura. Laura Amaya. Revista Nova et Vetera ISSN: 2422-2216 / Volumen 2 - Nº 16 Junio 2016. 2 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia de fecha 3 de diciembre de 2007, expediente No. 24715. C.P, Ruth Stella Correa y Sentencia de fecha 13 de noviembre de 2013, expediente No. 23829, C.P. Hernán Andrade Rincón. Asimismo los artículos 6, 122 y 209 de la constitución política.

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por medio de los negocios estatales. En efecto, los contratos del Estado deben siempre corresponder a negocios debidamente diseñados, pensados, conforme a las necesidades y prioridades que demanda el interés público; en otras palabras, el ordenamiento jurídico busca que el contrato estatal no sea el producto de la improvisación ni de la mediocridad, razón por la cual en todos ellos se impone el deber de observar el principio de planeación. (…) Para cumplir con el principio de planeación deben observarse parámetros técnicos, presupuestales, de oportunidad, de mercado, jurídicos, de elaboración de pliegos y términos de referencia puesto que así se aseguran la prestación de los servicios públicos y la preservación de los recursos del Estado. Ahora, si bien es cierto que el legislador no tipifica la planeación de manera directa en el texto de la Ley 80 de 1993, su presencia como uno de los principios rectores del contrato estatal es inevitable y se infiere: de los artículos 209, 339 y 341 constitucionales; según los cuales para el manejo de los asuntos públicos y el cumplimiento de los fines estatales, con el fin de hacer uso eficiente de los recursos y obtener un desempeño adecuado de las funciones, debe existir un estricto orden para la adopción de las decisiones que efectivamente deban materializarse a favor de los intereses comunales. (…) Pero además ha de tenerse en cuenta que el inciso 2º del artículo 3º de la Ley 80 de 1993 señala que los particulares tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones y por consiguiente de este precepto se desprende que el deber de planeación también abarca a estos colaboradores de la administración puesto que no sólo tienen el deber de ponerle de presente a la entidad las deficiencias de planificación que adviertan para que sean subsanadas sino que además deben abstenerse de participar en la celebración de contratos en los que desde entonces ya se evidencie que, por fallas en su planeación, el objeto contractual no podrá ejecutarse o su ejecución va a depender de situaciones indefinidas o inciertas por depender de decisiones de terceros, como por ejemplo el que estos se decidan a enajenar predios sobre los

cuales han de construirse las obras que son o serán materia del contrato (…)”3. En consecuencia, la UAECD tiene la obligación de cumplir a cabalidad con el principio de planeación en cada uno de los procesos contractuales que pretenda iniciar en cumplimiento de su misionalidad.

No obstante, la entidad objeto de control trasgredió la normatividad señalada para llevar a cabo el proceso contractual, esto es, el numeral 12 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, y los numerales 1, 2, 4 y 5 del artículo 26 la Ley 80 de 1993; por lo tanto, habida cuenta de la anterior transgresión, este organismo de control presume que se estaría infringiendo el numeral 1 del artículo 34 de la Ley 374 de 2002 – Código Disciplinario Único. Para el caso en concreto, habida cuenta de la situación descrita inicialmente y analizados los estudios previos que reposan en la carpeta contractual y 3 Sentencia 2012-00012 de diciembre 10 de 2015, CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN TERCERA, Rad.: 73001-23-31-000-2012-00012-01 (51.489) Consejero Ponente: Dr. Jaime Orlando Santofimio

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plataforma SECOP II, el equipo auditor determina que la UAECD no dio cumplimiento al principio de planeación en los estudios previos, especialmente en la identificación de la necesidad, toda vez que en la solicitud de modificación, adición o prorroga, del 04 de julio de 2019, se evidencia que la necesidad inicial no era únicamente la identificada y analizada en los estudios previos, y que por el contrario la necesidad real de la entidad se analizó únicamente en la adición al contrato en estudio, lo que conllevó a realizar el proceso de licitación pública con código SECOP II - UAECD-LP-002-2018 con aproximadamente la mitad de la necesidad, esto es, treinta y dos requerimientos de servicios a fábrica de software por $1’963.040.834, y que, solo hasta la adición al contrato se identificó la totalidad de la necesidad, esto es, adicionar nuevos requerimientos por $1.635.416.578, contrariando, así, el principio de planeación estipulado en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Por lo tanto, y si bien es cierto que la entidad objeto de control tiene la facultad de realizar adición hasta en un 50% del valor inicial del contrato, esta adición es el resultado de la no aplicabilidad al principio de planeación, toda vez que la UAECD debió identificar la totalidad de la necesidad, y con ello, realizar un detallado estudio previo para adelantar la licitación pública, y no posterior a la celebración del contrato, identificar las necesidades reales en cada una de sus áreas. La no identificación de las necesidades reales, no permite una planeación efectiva, afectando la racionalización de los recursos públicos y la optimización de la gestión administrativa. Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal

La UAECD argumentó que, con las prioridades definidas a julio de 2019, el presupuesto inicial fue ejecutado, y considerando que las necesidades en materia de software son dinámicas, se definió la adición para atender nuevos requerimientos de software, lo anterior ajustado a las estrategias de gobierno digital y el principio de racionalidad del gasto en cuanto a la ejecución de un nuevo proceso de contratación o el uso de servicios contratados con valores de la vigencia 2018. Igualmente, la entidad, realizó precisiones sobre el alcance y forma de pago del contrato, sin embargo, sobre estos aspectos no hay discusión alguna por parte de este Organismo de Control. Toda vez, que el debate se centra en la adición efectuada al contrato, que según los documentos contractuales que reposan en la plataforma SECOP II, “debido a la identificación de mayores

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cantidades para atender las necesidades de implementación de componentes de software que apoyen la gestión de los procesos misionales de la entidad”. Por lo tanto, la observación administrativa se plasmó teniendo en cuenta que la etapa precontractual de estudios previos se realizó sin la totalidad de la necesidad que se pretendía satisfacer, esto es, sin tener presente todos los servicios de implementación de componentes de software que la entidad necesitaba, lo que conllevó a realizar la licitación pública con aproximadamente la mitad de los servicios. Realizado el análisis se observa que la UAECD, no presentó los argumentos suficientes que permitan desvirtuar la observación, por lo cual se configura como un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria.

3.1.3.2 Hallazgo administrativo por deficiente supervisión al contrato de compraventa No. 306 de 2019, suscrito entre la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y M@ICROTEL S.A.S.

Contrato No: 306 de 2019 Proceso SECOP II No: UAECD-SASI-013-2019 Contratante: Unidad Administrativa Especial de Catastro

Distrital – UAECD Contratista: M@ICROTEL S.A.S. Objeto: Adquirir solución de salas interactivas para la

UAECD Valor: $ 229.286.000 Plazo: 100 días calendario Supervisión: Subgerente de Infraestructura Tecnológica de la

UAECD. Forma de pago: 100% contra entrega Fecha de inicio: 12/09/2019 Fecha de terminación: 20/12/2019

La auditoría evidenció que el contrato fue suscrito con un plazo de ejecución inicial de sesenta días y posteriormente fue prorrogado para un total de cien días calendario, debido, según la entidad, a retraso en la entrega de algunas pantallas provenientes de Asia; supervisión a cargo del Subgerente de Infraestructura Tecnológica de la Unidad Administrativa Espacial de Catastro Distrital. Así que, por medio de este contrato se adquieren soluciones de salas interactivas para la UAECD; dos salas tipo A (máximo hasta 6 personas) para

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la dirección y asuntos disciplinarios y una sala Tipo B (máximo hasta 12 personas) para la Sala de Juntas. No obstante, haberse recibido a satisfacción y en funcionamiento la totalidad de la solución, se evidenció en el momento de la visita del equipo auditor que en las 3 salas operaba correctamente el sistema de videoconferencia; más no así lo correspondiente a la grabación de audiencias en la sala de control disciplinario, a pesar de que allí reposa una pequeña grabación de prueba, cuando se solicitó poner en funcionamiento esta actividad fue imposible su realización, siendo necesario requerir al personal del contratista, que efectuó reparaciones estructurales al cableado del sistema, aduciendo un daño que obligó a cambiar parte del cableado (al finalizar el día aún no se había dejado en funcionamiento el sistema de grabación).

Adicionalmente, no se evidenció en la carpeta contractual ni en la plataforma SECOP II, certificado o constancia de la capacitación por parte del contratista a los cinco funcionarios definidos por la Gerencia de Tecnología (ítem 1 de la sección instrucción del Anexo Técnico), lo anterior se evidenció en la baja capacidad de respuesta por parte del equipo de tecnologías ante la falla sucedida en la sala de control disciplinario. Cabe resaltar, que la UAECD Administrativa Especial de Catastro Distrital solicitó capacitación para su equipo humano y aún no ha obtenido respuesta, evidenciando la baja gestión que se ha dado, y aún no se ha recibido la sala con la funcionalidad de grabación de audiencias, sin embargo, ya fue recibida a satisfacción por parte de la supervisión del contrato. Por último, se verificó que falta ajustar la estética del cableado para esta sala, puesto que, quedó expuesto, situación que contraviene lo pactado dentro del Anexo Técnico, el cual hace parte integral del contrato, en sus numerales 1 y 6 referentes a “INSTALACIÓN Y CONFIGURACIÓN”, que indica: “Se INSTALARÁ,

configurará y dejará en correcto funcionamiento toda la solución ofrecida dentro del término de ejecución del contrato (…) los equipos de videoconferencia se INSTALARÁN de forma estética y segura en cada una de las salas u oficinas de la entidad (…) Se incluye las adecuaciones eléctricas y de cableado sobre las mesas de cada sala de juntas, con el fin de que no existan cables a la vista (…)”.

Esta contratación pública se encuentra enmarcada dentro de la Ley 80 de 1993, que dicta de manera general los principios y la contratación pública en Colombia; así como la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015. Por lo tanto, la necesidad se fundamentó en lo contenido en los estudios y documentos previos, que establecen la descripción de la necesidad que se busca satisfacer con el contrato la cual es: “(…) que la Unidad Administrativa

Especial de Catastro –UAECD debe continuar orientando proyectos para disponer de una información catastral oportuna y de calidad y apoyar la toma de decisiones de los

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entes de administración central, sus entidades, el sector hacienda y la misma Unidad, hacia la consolidación de los ejes y pilares que sustentan el Plan de Desarrollo (…) Al contar con salas interactivas, la Entidad también dará cumplimiento a lo establecido en el Código General Disciplinario (1952 de 2019) que en su artículo 226. “Formalidades” numeral 1, indica: “La audiencia deberá ser grabada en un medio de video o de audio”. Adicionalmente esta herramienta se utilizará para mantener una biblioteca de grabaciones de audiencias, reuniones, conferencias, transferencias de conocimiento.”

Por lo tanto, la entidad objeto de control manifestó en los estudios y documentos previos que contaba con siete (7) salas de reuniones, pero que daría prioridad a la Sala de Juntas, Sala Oficina de la Dirección y la Sala de Control Disciplinario. Es decir, que la necesidad se enmarcó en la instalación de salas interactivas para estas tres (3) dependencias, y en especial, para la Sala de Control Disciplinario se requería además de la videoconferencia, la grabación de audiencias y la generación de la biblioteca de grabaciones de las mismas. Los numerales 1, 2, 4 y 5 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993, indican: “1. Los

servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato. 2. Los servidores públicos responderán por sus actuaciones y omisiones antijurídicas y deberán indemnizar los daños que se causen por razón de ellas. (…) 4. Las actuaciones de los servidores públicos estarán presididas por las reglas sobre administración de bienes ajenos y por los mandatos y postulados que gobiernan una conducta ajustada a la ética y a la justicia. 5. La responsabilidad de la dirección y manejo de la actividad contractual y la de los procesos de selección será del jefe o representante de la entidad estatal, quien no podrá trasladarla a las juntas o consejos directivos de la entidad, ni a las corporaciones de elección popular, a los comités asesores, ni a los organismos de

control y vigilancia de la misma.”. En consecuencia y vista la situación descrita, la entidad objeto de control trasgredió la normatividad señalada en los numerales 1, 2, 4 y 5 del artículo 26 la Ley 80 del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, puesto que la Contraloría de Bogotá determina que la causa de las situaciones evidenciadas se debe a que no se realizó una prueba real de operación de la funcionalidad de los elementos entregados por el contratista, a fin de garantizar el funcionamiento de los mismos, y que la supervisión del contrato no exigió la entrega de los elementos objeto del contrato, de acuerdo con lo establecido en el anexo técnico; incumpliendo las normas referentes a la contratación pública. La entidad recibe bienes y servicios que no evidencian su uso operativamente.

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Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal

La respuesta a la observación administrativa por parte de la UAECD, se centró en indicar que la no funcionalidad de los elementos recibidos a satisfacción por parte del supervisor del contrato, ya fue objeto de soporte técnico por el proveedor y/o contratista y se encuentra en funcionamiento. Sin embargo, la observación administrativa obedece a tres aspectos: por un lado, lo evidenciado por el equipo auditor en visita administrativa, toda vez que se verificó que no se encontraba funcionamiento la herramienta de grabación de audiencias en la sala de control disciplinario y la baja calidad estética en el cableado, y por otro lado, no se evidenció en la carpeta contractual ni en la plataforma SECOP II, certificado o constancia de la capacitación por parte del contratista a los cinco funcionarios definidos por la Gerencia de Tecnología (ítem 1 de la sección instrucción del Anexo Técnico). Se concluye que se presentó una deficiente supervisión al contrato de compraventa 306 de 2019. Toda vez que la visita realizada por el equipo auditor es conducente para establecer que la funcionalidad de la sala de control disciplinario no es acorde a lo recibido por el supervisor del contrato. De igual manera, la entidad no se pronunció en relación con la capacitación por parte del contratista a los cinco funcionarios de la gerencia de tecnología. Los argumentos presentados por el sujeto de control, no desvirtúan la observación, en consecuencia, se configura hallazgo administrativo, que deberá ser objeto de acciones en el plan de mejoramiento. 3.1. CONTROL DE RESULTADOS

3.2.1 Planes, programas y proyectos

El examen del factor de Planes, Programas y Proyectos se realiza con el objetivo de evaluar la gestión de la UAECD en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la vigencia 2019 en el Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” y calificar los resultados en términos de los principios de la gestión fiscal de Eficiencia y Eficacia.

La entidad ejecutó durante la vigencia 2019 dos proyectos de inversión formulados en el marco el Plan de Desarrollo 2016-2020 “Bogotá Mejor Para Todos”: Proyecto 0983 “Capturar, integrar y disponer información geográfica y

catastral para la toma de decisiones” y el 1180 “Afianzar una gestión pública efectiva”

Estos proyectos tuvieron en la vigencia 2019, una asignación presupuestal inicial de $19.326.807.000, luego de una disminución de presupuesto de

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$425.000.000, se contó con un disponible para inversión directa de $18.874.807, distribuidos así:

CUADRO 20

PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA INVERSIÓN DIRECTA- 2019- UAECD

Cód. Proyecto

Nombre Proyecto Inversión Presupuesto 2018 Pesos

Participación en el

presupuesto

0983 Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones.

$17.475.491.000. 90.4%

1180 Afianzar una gestión pública efectiva $1.851.316.000 9.57% Fuente: Plan de Inversiones UAECD-2019

La ejecución de estos recursos y el cumplimiento de las metas formuladas en

los dos proyectos de inversión durante la vigencia 2019, se evalúa a

continuación.

3.2.1.1. Proyecto de Inversión No. 1180 - Afianzar una gestión pública efectiva

1. Identificación del Proyecto de Inversión No. 1180:

El Proyecto de Inversión No. 1180 – “Afianzar una gestión pública efectiva”, fue inscrito y registrado por la UAECD en el Banco Distrital de Programas y Proyectos - BDPP-ACEP (Administración Central y Establecimientos Públicos) el 14 de junio de 2016 en el marco del Plan de Desarrollo “Bogotá mejor para todos” como Proyecto de Desarrollo y Fortalecimiento Institucional. En 2019 se encontraba en etapa de operación.

2. Clasificación en la estructura del plan de desarrollo:

CUADRO 21

PROYECTO 1180- EN LA ESTRUCTURA DEL PLAN DE DESARROLLO “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”

Proyecto Eje Transversal Programa Proyecto Estratégico

1180 - Afianzar una gestión pública efectiva

07 Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

42 Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía

185 Fortalecimiento a la Gestión Pública Efectiva y Eficiente.

Fuente: Plan de Inversiones UAECD-2019

3. Descripción y objetivos del proyecto de inversión No. 1180

El proyecto presenta una propuesta de rediseño institucional a partir del fortalecimiento de tres obligaciones fundamentales para la Entidad: i)

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Coordinador de la Infraestructura de Datos Espaciales IDECA, ii) custodio de la información catastral y iii) compromiso con usuarios, clientes y socios estratégicos.

Objetivo general: fortalecer la gestión administrativa de la Unidad a través de los componentes de Gestión Integral y Mejoramiento de procesos y Atención y servicio al ciudadano, con el fin de mejorar niveles de efectividad en la gestión con mayor y mejor servicio al ciudadano, cumpliendo la misionalidad asignada”

Objetivos específicos:

Mejorar el Sistema de Gestión Integral de la UAECD.

Fortalecer la comunicación de la UAECD.

Contar con instrumentos para la administración del talento humano.

Fortalecer los canales de interacción con entidades, ciudadanía y grupos

de interés para generar confianza en la gestión de la Administración.

El proyecto es desarrollado a través de dos componentes y en 2019 se ejecutaron 6 metas.

CUADRO 22 COMPONENTES Y METAS PROYECTO 1180

Componentes Cód. Meta Descripción de las Metas– Magnitud

2018-2020 Plan de Desarrollo

Descripción de las Metas– Magnitud

2019

Gestión

integral y

mejoramient

o de

procesos

1 Implementar 4 esquemas de comunicacion

con grupos de interes.

Implementar 1 esquema de comunicacion

con grupos de interes

3 Automatizar 6 procedimientos que apoyan

la Misión de la Entidad

Automatizar 3 procedimientos que apoyan

la Misión de la Entidad

10 Gestionar el 100 % del Plan De Adecuación

y Sostenibilidad SIG – MIPG

Mantener 1 Sistema de Gestión Integral En

la Entidad.

Atención y

servicio al

ciudadano

4 Implementar al 100 % solución tecnológica

para la atención de los requerimientos de

los ciudadanos.

Implementar al 50% Solución Tecnológica

para la atención de los requerimientos de

los ciudadanos

5 Mejorar en 30 % el Nivel de Confianza

Ciudadana en la Entidad

Mejorar en 5% el nivel de confianza

ciudadana en la entidad

6 Fortalecer 4 Espacios De Participación

Ciudadana En El Distrito

Fortalecer 2 Espacios De Participación

Ciudadana En El Distrito

Fuente: Documento de formulación y seguimiento proyecto de inversión

4. Población objetivo: la población objetivo a atender y atendida del proyecto de inversión, corresponde a 439 servidores públicos de la UAECD.

5. Modificaciones al proyecto 1180.

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CUADRO 23

MODIFICACIONES AL PROYECTO 1180 EN LA VIGENCIA 2019

Fecha Modificación

28-03-2019 Se modificaron montos de las metas de inversión, reduciendo el valor del proyecto en $6.164.213, pasando de $1.851.316.000 a $1.845.151.787.

24-10-2029 Teniendo en cuenta el avance y proyección de la ejecución del contrato No. 234 de 2018, se reformularon las metas Automatizar procedimientos que apoyan la Misión de la Entidad pasó de 2 a 3 procedimientos.

24-10-2019 La meta Implementar al 35% Solución Tecnológica para la atención de los requerimientos de los ciudadanos, paso de 35% a 50%

Fuente: documento de formulación y Seguimiento a proyectos de inversión -UAECD

Las metas afectadas presupuestalmente por la modificación del 28-03 2019 fueron: Implementar cuatro esquemas de comunicación con grupos de interés, disminuida en $6.089.212, y la meta Mejorar el 30% del nivel de la confianza

ciudadana en la entidad, disminuida presupuestalmente en $46.201

Revisados los montos asignados desde el plan de adquisiciones la auditoría verificó que en el mes de junio se sumaron $6.425.185 a la meta Automatizar 6

procedimientos que apoyan la Misión de la Entidad y se restaron de la meta “Gestionar el 100 % del Plan De Adecuación y Sostenibilidad SIG – MIPG” (Líneas

85 y 86 del PAA-2019). La meta no se afectó porque estos recursos correspondían a saldos de apropiación disponibles de contrataciones ya realizadas.

Se finalizó la meta “Mantener un sistema de gestión integral en la entidad”, que tuvo cumplimiento de 100% a diciembre de 2018 y se creó la meta “Gestionar

el 100 % del Plan De Adecuación y Sostenibilidad SIG – MIPG”

La auditoría verificó que esta modificación se realizó soportada en la Circular 005 de 2019 de la Secretaría Distrital de Planeación, que respecto a las metas relacionadas con el SIG y los cambios que genera la implementación del MIPG, dispuso que se debían asociar las metas proyecto de inversión que anteriormente se encontraban asociadas a las metas plan relacionadas con el SIG. (Meta 71 del plan de desarrollo Incrementar a 90% la sostenibilidad del SIG en el gobierno distrital, y que siguen aplicando, a la nueva meta plan formulada por la Secretaría General “Gestionar el 100% del Plan de adecuación y

sostenibilidad SIGD-MIPG”.

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CUADRO 24 PRESUPUESTO 2019 - PROYECTO 1180

Cifras en pesos

Disponible Compromisos Giros Ejecución Disponible

menos giros

Disponible menos

compromisos

Reserva presupuestal

% reservas

1.845.151.787

1.841.630.920

1.712.064.936

92,79%

133.086.851

3.520.867

129.565.984

7.02%

Fuente: Predis UAECD diciembre -2019- Elaboración Equipo auditoría.

CUADRO 25 EJECUCIÓN PRESUPUESTAL METAS PROYECTO 1180-VIGENCIA 2019

Cifras en pesos

Metas Recursos (pesos)

No. Meta

Descripción metas

Ponderación meta Programado Ejecutado

% ejecución

1 Implementar 4 esquemas de Comunicación con grupos de Interés.

11.87% 218.941.088 218.941.088 100%

3 Automatizar 6 procedimientos que apoyan la misión de la entidad.

16.27% 300.114.505 300.114.505 100%

4 Implementar al 100 % solución tecnológica para la atención de los requerimientos de los ciudadanos

18.81% 347.087.379 347.087.379 100%

5 Mejorar en 30 % el nivel de confianza ciudadana en la Entidad.

32.18% 594 590.261.133 99%

6 Fortalecer 4 espacios de participación ciudadana en el Distrito

- - 0%

10 Gestionar el 100 % del Plan de adecuación y Sostenibilidad SIG - MIPG

20.88% 385.226.815 $ 385.226.815 100%

Fuente: Plan de Acción UAECD-31-12-2019

El cumplimiento de metas con los recursos asignados, se presentan en los

siguientes cuadros:

CUADRO 26 EJECUCIÓN FÍSICA METAS PROYECTO DE INVERSIÓN 1180 – VIGENCIA 2019

Metas Magnitud

No. Meta

Descripción metas Programada Ejecutada

1 Implementar 4 esquemas de Comunicación con grupos de Interés

1 1

3

Automatizar 6 procedimientos que apoyan la misión de la entidad

3 2,98

4

Implementar al 100 % solución tecnológica para la atención de los requerimientos de los ciudadanos

50 50

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Metas Magnitud

No. Meta

Descripción metas Programada Ejecutada

5

Mejorar en 30 % el nivel de confianza ciudadana en la Entidad

10 10

6

Fortalecer 4 espacios de participación ciudadana en el Distrito

1 1

10

Gestionar el 100 % del Plan de adecuación y Sostenibilidad SIG - MIPG

100 99,1

Fuente: Plan de Acción UAECD-31-12-2019

CUADRO 27

ACCIONES EN LA EJECUCIÓN FÍSICA METAS PROYECTO 1180

No. Meta Descripción metas Acciones 2019

1 Implementar 4 esquemas de Comunicación con grupos de Interés

Durante 2019, se realizaron diseños para piezas de comunicación interna y externa, se realizó el FORO Bogotá Crece, en el cual se dio a conocer los resultados del Censo Inmobiliario de la vigencia 2019. De igual forma se hizo el lanzamiento del nuevo Catastro en línea, se brindó apoyo a los requerimientos de comunicación de las dependencias de la Unidad, se divulgaron las funcionalidades de la plataforma Mapas Bogotá.

3 Automatizar 6 procedimientos que apoyan la misión de la entidad

Se realizó la implementación de los componentes no funcionales para la automatización de los procedimientos "Captura y ajuste de ofertas del mercado inmobiliario" y "Avalúos Comerciales". Para el primer procedimiento se realizó la gestión del desarrollo y el paso a producción de los componentes: planeación, cargue ofertas y asignación, llamadas y control de calidad, fuentes secundarias, depuración de ofertas y reportes; mientras que, para el segundo se realizó la gestión del desarrollo y el paso a producción de las funcionalidades: lucros, tipologías constructivas, novedades, reportes de seguimiento. Adicionalmente, se realizó la gestión del desarrollo y pruebas parciales de aceptación para el procedimiento: "Desenglobe - Englobe - NPH"

4 Implementar al 100 % solución tecnológica para la atención de los requerimientos de los ciudadanos

Durante lo corrido del presente año se realizó el lanzamiento del nuevo catastro en línea, de igual forma se realizó el lanzamiento de la Tienda Virtual Fase I en la cual se encuentran disponibles para la venta de los productos: Manzanas Catastrales y Certificados a terceros. Por otra parte, se realizó la gestión del desarrollo y el paso a producción de las

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No. Meta Descripción metas Acciones 2019

funcionalidades para la Tienda Virtual Fase II, se incluyeron los siguientes planos como productos: 1:5000, Bogotá, Localidad, Topográfico.

5 Mejorar en 30 % el nivel de confianza ciudadana en la Entidad

1. Se suscribieron 29 contratos vinculados a esta gerencia, los cuales se encuentran desarrollando sus actividades de apoyo a los diferentes canales de atención sin contratiempos. 2. Durante el primer trimestre de 2019: la GCAU brindo atención presencial a 73.937, distribuidos en los seis (6) superCADES donde la Unidad tiene presencia. 3. Se generaron 51.215 trámites inmediatos y 9.022 no inmediatos, distribuidos en los seis (6) superCADES donde la Unidad tiene presencia, así como 128.561 certificaciones a través de catastro en línea para el mes de marzo (89.334 certificaciones catastrales y 39.227 inscripciones al censo). A través del canal telefónico se atendieron 4.325 llamadas en marzo. Se contestaron 2.384 correos a través de la herramienta “Contactenos”. Se le dio respuesta a 1.224 oficios radicados en el canal escrito.

6

Fortalecer 4 espacios de participación ciudadana en el Distrito

Se realizó el Foro Portafolio “Bogotá Crece”: Resultados del Censo Inmobiliario 2019. Se realizan diferentes visitas a la comunidad en diferentes sectores como son Mazurén, Cortijo, Pasquilla, Mochuelo, parques de Bogotá, Bosa, entre otras.

10

Gestionar el 100 % del Plan de adecuación y Sostenibilidad SIG - MIPG

Se realizó el seguimiento a seguimiento a la publicación del Plan Anticorrupción y mapa de riesgos de corrupción, se realizó la transmisión de la cuenta anual a la contraloría, Se socializó la Metodología de riesgos por proceso, la Política de administración de riesgos y el Procedimiento gestión riesgos de proceso. Se actualizó la Política para el tratamiento de datos personales del Documento técnico manual de políticas detalladas de seguridad y privacidad de la información. Se diseñó el plan de comunicaciones para la UAECD -2019, se han definido requerimientos para la implementación de mejoras en los sistemas de información de cara al ciudadano, se implementó el nuevo catastro en línea

Fuente: Plan de Acción UAECD-31-12-2019

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3.2.1.2 Proyecto de Inversión No. 0983 – “Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones en Bogotá”

1. Identificación del Proyecto de Inversión No. 0983

El Proyecto de Inversión No. 0983 – “Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones”, fue inscrito y registrado por la UAECD en el Banco Distrital de Programas y Proyectos - BDPP-ACEP (ADMINISTRACION CENTRAL Y ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS) el 13 y 15 de junio de 2016, respectivamente, en el marco del Plan de Desarrollo Bogotá mejor para todos como proyecto de Desarrollo y Fortalecimiento Institucional. El proyecto en la vigencia 2018 se encontró en etapa de operación.

2. Clasificación en la estructura del Plan de Desarrollo

CUADRO 27

PROYECTO 0983- EN EL PLAN DE DESARROLLO “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”

Proyecto Eje Transversal Programa Proyecto Estratégico

0983 – Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones

07 Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

44- Gobierno y Ciudadanía Digital

192 Fortalecimiento Institucional a través del uso de TIC

Fuente: Plan de Acción UAECD-31-12-2019

3. Descripción y objetivos del Proyecto de Inversión No. 0983

Proyecto de inversión formulado con el objeto de fortalecer a la UAECD en la captura, integración y disposición de información geográfica y catastral de Bogotá, información que soporta la gestión de la Entidad y la proyección de políticas públicas que deben contribuir a mejorar la oferta de servicios al ciudadano. Proyecto que incluye los siguientes componentes y metas de inversión:

CUADRO 28 COMPONENTES Y METAS PROYECTO 0983

Componentes Cód. Meta Descripción de las Metas– Magnitud

2018-2020 Plan de Desarrollo

Descripción de las Metas– Magnitud

2019

Información

geoespacial al

servicio del

ciudadano

(infraestructura

de datos

espaciales)

8

Incrementar en 25.000 el número de

usuarios del Portal de Mapas de Bogotá,

con respecto a la vigencia anterior.

Incrementar en 25.000 el número de

usuarios del Portal de Mapas de Bogotá,

con respecto a la vigencia anterior.

9

Complementar en 100.000 hectáreas la

información geográfica de sensores

Complementar en 100.000 hectáreas la

información geográfica de sensores

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Componentes Cód. Meta Descripción de las Metas– Magnitud

2018-2020 Plan de Desarrollo

Descripción de las Metas– Magnitud

2019

remotos disponible en la Infraestructura de

Datos Espaciales de Bogotá.

remotos disponible en la Infraestructura de

Datos Espaciales de Bogotá.

10

Mantener actualizado el 30% de las capas

de información geográfica de la IDE de

Bogotá.

Mantener actualizado el 20% de las capas

de información geográfica de la IDE de

Bogotá

Gestión de la

información

catastral con

fines

multipropósito

(censo

inmobiliario de

Bogotá)

1

Actualizar anualmente el 100% del área

urbana respecto de los cambios

identificados en los aspectos físicos,

jurídicos y económicos de los predios.

Actualizar anualmente el 100% del área

urbana respecto de los cambios

identificados en los aspectos físicos,

jurídicos y económicos de los predios.

Fortalecimiento

tecnológico

3

Contar con el 100% del hardware, software

y conectividad que soporte la operación de

la entidad.

Contar con el 100% del hardware, software

y conectividad que soporte la operación de

la entidad.

4

Cumplir en un 100% los plazos

establecidos por la estrategia de gobierno

en línea.

Fortalecimiento

de la gestión

comercial en la

Unidad

6

Generar $15.700 millones por concepto de

ventas de productos y servicios en el

periodo 2016-2020

Generar $3.405 millones por concepto de

ventas de productos y servicios en la

vigencia 2019.

Catastro Bogotá

comparte se

experiencia

contribuyendo

en la

implementación

del catastro

nacional con

enfoque

multipropósito

7

Compartir con 10 entes territoriales el

conocimiento y capacidad de catastro para

capturar, integrar y disponer información.

Compartir con 10 entes territoriales el

conocimiento y capacidad de catastro para

capturar, integrar y disponer información.

Fuente: Documento de formulación de proyecto de inversión- UAECD

4. Población objetivo:

La población programa y la atendida por el proyecto de inversión en la vigencia

2019, fue de 7.879.000 habitantes de Bogotá. (Inversión Distrital no

territorializada ni discriminada por grupos de población)

5. Modificaciones Proyecto de Inversión No. 0983 vigencia 2019

Modificación 14 de enero de 2019.

A solicitud del gerente del proyecto y el responsable del componente de inversión, se complementa el numeral 3. Generalidades del proyecto.

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Descripción del proyecto, para el componente de inversión denominado “Información geoespacial al servicio del ciudadano.

Metas:

Teniendo en cuenta que la meta de inversión No. 5 incorporar 175 niveles de

información geográfica de Bogotá y sus áreas de interés, integrado en la plataforma IDECA incluyendo la información de infraestructura y redes, dinámica de construcción, población e inversión pública, creada inicialmente para el cuatrienio 1016-2020, se cumplió en la vigencia 2018 y que el Decreto No. 653 de 2011”Por medio del cual se reglamenta la infraestructura integrada de datos especiales para el D.C. IDECA., establece que uno de los objetivos de la infraestructura de datos espaciales de Bogotá, es contar con información

geográfica, actualizada, oportuna y con amplio cubrimiento del territorio distrital y

regional, Por lo anterior, se formuló la meta “Mantener actualizado el 30% de las

capas de información geográfica de la IDE de Bogotá”, que favorezca progresivamente la actualización de la información geográfica para las vigencias 2019 y 2020.

Modificación de 26 de febrero de 2019

La meta de inversión No. 6 Generar $15.700.000 por concepto de ventas de

productos y servicios en el periodo 2016-2020, se reprogramó para 2019 de $3.213.000 a $2.005.000.

Las modificaciones a las metas redujeron el valor del proyecto en

$425.000.000, pasando de $17.475.491.000 a $17.029.655.213.

Modificación de 3 de octubre de 2019

Teniendo en cuenta que en la meta “Compartir con 10 entes territoriales el

conocimiento y capacidad de catastro para capturar, integrar y disponer información” se tenían a esa fecha recursos disponibles y que se venían cubriendo las necesidades

previstas en esta meta, se asignaron recursos disponibles por $18.084.000 a la meta “Actualizar anualmente el 100% del área urbana respecto de los cambios

identificados en los aspectos físicos, jurídicos y económicos de los predios”, para la estandarización de metodologías, se asignó presupuesto por valor de $15.218.000 a la meta “Contar con el 100% del hardware, software y conectividad

que soporte la operación de la entidad” para la implementación de componentes de software para apoyar la actualización y conservación catastral.

Revisadas las modificaciones y sus soportes, la auditoría verificó que cumplieron con lo establecido por las normas vigentes.

El presupuesto asignado al proyecto, se indica a continuación.

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CUADRO 29 PRESUPUESTO 2019 - PROYECTO 0983

Cifras en pesos

Disponible Compromisos Giros Ejecución Disponible

menos giros

Disponible menos

compromisos

Reserva presupuestal

% reservas

17.029.655.213 16.715.478.101 14.290.159.365 83.91% 2.739.495.848 314.177.112 2.425.318.736 14.24

Fuente: Predis UAECD diciembre -2019- elaboración.

La asignación de recursos por meta y su ejecución se presenta en el siguiente

cuadro:

CUADRO 30

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL 2019- PROYECTO 0983

Fuente: Predis UAECD diciembre -2019- elaboración auditoría

Las magnitudes programadas y ejecutadas en las metas del proyecto se

presentan a continuación:

Metas Recursos

Cód.

Meta Descripción de las Metas– Magnitud 2019

Ponderación

meta Asignado Ejecutado

%

Ejecu

ción

1

Actualizar anualmente el 100% del área urbana

respecto de los cambios identificados en los

aspectos físicos, jurídicos y económicos de los

predios.

38.41% 6.540.631.010 6.472.931.430 99

3

Contar con el 100% del hardware, software y

conectividad que soporte la operación de la

entidad.

35.97% 6.124.937.999 6.123.063.663 100

4 Cumplir en un 100% los plazos establecidos por la

estrategia de gobierno en línea. 1.24% 210.875.000 210.875.000 100

6 Generar $15.700 millones por concepto de ventas

de productos y servicios en el periodo 2016-2020 1.57% 267.828.000 267.828.000 100

7

Compartir con 10 entes territoriales el conocimiento

y capacidad de catastro para capturar, integrar y

disponer información.

18.78% 3.198.238.827 2.953.742.281 92

8

Incrementar en 25.000 el número de usuarios del

Portal de Mapas de Bogotá, con respecto a la

vigencia anterior.

2.90% 493.369.701 493.263.051 100

9

Complementar en 100.000 hectáreas la

información geográfica de sensores remotos

disponible en la Infraestructura de Datos

Espaciales de Bogotá.

- -

10 Mantener actualizado el 30% de las capas de

información geográfica de la IDE de Bogotá 1.14% 193.774.676 193.774.676 100

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CUADRO 31 EJECUCIÓN FÍSICA METAS PROYECTO 0983- VIGENCIA 2019

Metas Magnitud

Cód.

Meta

Descripción de las Metas– Magnitud 2019 Programada .Ejecutada

8 Incrementar en 25.000 el número de usuarios del Portal de

Mapas de Bogotá, con respecto a la vigencia anterior. 25.000 425.224

9

Complementar en 100.000 hectáreas la información

geográfica de sensores remotos disponible en la

Infraestructura de Datos Espaciales de Bogotá.

100.000 70.000

10 Mantener actualizado el 20% de las capas de información

geográfica de la IDE de Bogotá 20% 20%

1

Actualizar anualmente el 100% del área urbana respecto de

los cambios identificados en los aspectos físicos, jurídicos y

económicos de los predios.

100% 100%

3 Contar con el 100% del hardware, software y conectividad que

soporte la operación de la entidad. 100 100

4 Cumplir en un 100% los plazos establecidos por la estrategia

de gobierno en línea. 100 100

6 Generar $3.405 millones por concepto de ventas de productos

y servicios en la vigencia 2019. 3.405 5.019

7

Compartir con 10 entes territoriales el conocimiento y

capacidad de catastro para capturar, integrar y disponer

información.

10 10

Fuente: Información UACD, Documento Formulación y Seguimiento proyecto y SEGPLAN a 31-12-2019

Las acciones realizadas en desarrollo de las metas del proyecto fueron las

siguientes:

CUADRO 32 EJECUCIÓN ACTIVIDADES METAS PROYECTO 0983 – VIGENCIA 2019

Metas Consecución objetivos

Incrementar en 25.000 el número de

usuarios del Portal de Mapas de Bogotá,

con respecto a la vigencia anterior.

Cmo parte de las estrategias de promoción para el uso de los datos

geográficas, y de los canales de acceso a la información, se logró un total de

1.195.347 usuarios, lo que corresponde a un 150,33% de la meta establecida

795.123 usuarios.(Línea base: 770.123 sobre la que se programaron 25.000

usuarios adicionales).

Complementar en 100.000 hectáreas la

información geográfica de sensores

remotos disponible en la Infraestructura

de Datos Espaciales de Bogotá.

Con respecto a los productos contratados mediante el Contrato 235 de 2018,

se logró la aprobación de 128.336 ha correspondientes a dos de estos

(fotografías aéreas y datos lidar), así como el avance del 90,3% de los puntos

de fotocontrol para iniciar proceso de ortorrectificación. Así mismo, se avanzó

en la toma de aproximadamente 32.000 ha del área urbana de Soacha y

bloque occidental del proyecto, información que al final de la vigencia no fue

entregada a la supervisión para su revisión.

Por otro lado, se recibió, validó y publicó ortofotomosaico del área urbana de

Bogotá con resolución de 25cm, como resultado del convenio suscrito con la

Fuerza Aérea Colombiana FAC, que representan 70.000 ha. A partir de lo

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Metas Consecución objetivos

manifestado por la FAC mediante oficio 201910420015731 del 04 de

septiembre de 2019 en cuanto a las restricciones de volar a la altura

requerida por el convenio, el 29 de noviembre se formalizó la terminación

anticipada del convenio 361 de 2018 con la Fuerza Aérea Colombiana, el

cual se encuentra en proceso de liquidación.

Mantener actualizado el 30% de las

capas de información geográfica de la

IDE de Bogotá.

Se actualizaron 84 de los 57 datos proyectados para la vigencia, dentro de

los cuales se encuentran niveles de información de las entidades: Seguridad,

Convivencia y Justicia, Movilidad, Mujer, Catastro y Registraduría Distrital.

Actualizar anualmente el 100% del área

urbana respecto de los cambios

identificados en los aspectos físicos,

jurídicos y económicos de los predios.

Para la vigencia 2019: Se adelantaron las actividades técnicas,

administrativas y logísticas necesarias para la actualización de la formación

catastral en los aspectos físico, jurídico, económico y geográfico de los

inmuebles de la ciudad. Para el componente físico: se emitió la Resolución

195 del 12 de febrero de 2019, por medio de la cual se ordena la iniciación

del proceso de actualización de la formación catastral; se realizó la

contratación del recurso humano requerido; en la etapa de pre-

reconocimiento se aprobaron por control de calidad la totalidad de los

104.474 predios. En la etapa de reconocimiento se aprobaron por control de

calidad la totalidad de los 42.913 predios. Se desenglobaron 598 de 625

lotes, correspondientes a lotes en propiedad horizontal (PH) y en no

propiedad horizontal (NPH). Para el componente jurídico: se actualizó la base

catastral con 115.765 cambios de nombres masivos y puntuales de predios.

Para el componente económico: se capturaron 97.510 ofertas de mercado.

Se realizó la depuración de 32.606 ofertas de mercado PH mediante

metodología de depuración masiva. Se actualizó la totalidad de las 280

tipologías de construcción. Se aprobaron por control calidad la totalidad de

los predios punto muestra. Se aprobaron la totalidad de los 39.061 avalúos

especiales de centros comerciales pequeños, medianos y grandes. Se

realizó la liquidación del 100% de los avalúos comerciales de las zonas

programadas para la actualización catastral. Fue finalizado con éxito el

proceso de sensibilidad. Se expidió la resolución de clausura 2366 del 16 de

diciembre de 2019. Se entregó la base de datos a la Secretaría de Hacienda

Distrital.

Contar con el 100% del hardware,

software y conectividad que soporte la

operación de la entidad.

a. Adquisición y puesta en operación: Licenciamiento ELA, Oracle, equipos

de red, contingencia y canales de internet, créditos del servicio en la nube,

balanceadores de carga, UPS, actualización de la intranet y extranet, equipos

para seguridad informática e información, fábrica de software, adopción del

protocolo IPV6, implementación de controles SGSI, sistema de control de

accesos áreas físicas, salas interactivas, implementación componentes de

software (Método Residual de Plusvalía).

b. Implementación: Nuevo CEL, Tienda Virtual Fase I, CRM Fase I y II,

Gestión de trámites (Cabida y linderos y certificaciones manuales), Plusvalía

(Liquidación y cálculo de plusvalía, Recibo de pago, Migración), Planillas de

pago a contratistas, Beneficios de largo plazo, Avalúos comerciales (lucros,

tipologías constructivas, novedades, reportes de seguimiento), Captura

Terreno - SIIC (Incorporación ZHF), Estrategia Cero Papel (Comunicación

interna electrónica), Liquidador de Avalúos Catastrales, Sensibilidad, Visitas

Conservación, Gestión de ofertas de mercado (Planeación, Asignación,

Cargue de ofertas) y Página WEB.

Cumplir en un 100% los plazos

establecidos por la estrategia de

gobierno en línea.

a. SGSI: Ejecución plan operacional y de sensibilización; Actualización

activos de información incluyendo datos

personales; Políticas: Protección de datos personales, Controles

criptográficos y software; instrumentalización de

controles de seguridad

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Metas Consecución objetivos

b. .

b. PDD: Registro de base de datos personales en la SIC; Actualización

de documentos para el tratamiento de

datos personales; Elaboración de la matriz de riesgos de datos

personales Revisión de la implementación de la

ley de protección de datos personales.

c. GD: Publicación de datos abiertos; Implementación nuevo portal web

(Actualización sección de

transparencia y habilitación del registro de publicaciones controlado por

perfiles y plantillas predefinidas;

adopción del protocolo IPV6; trazabilidad sobre las transacciones al

Nuevo CEL, Tienda Virtual, Captura de

Terreno y Avalúos Comerciales; Participación concurso máxima

velocidad; entre otros.

c.

d. SGCN: Sensibilización; Ejecución de pruebas y ejercicios de

continuidad; Valoración de los recursos para el

centro alterno de operaciones y de procesamiento; Ampliación de los

recursos de infraestructura para el Centro

Alterno de Procesamiento de Datos.

Generar $3.405 millones por concepto de

ventas de productos y servicios en la

vigencia 2019.

Los ingresos efectivos recibidos a 31/12/2019 ascendieron a $5.019.531.366

valor sin IVA, por concepto de venta de productos y servicios.

Para ello, se suscribieron contratos con entidades del orden distrital, regional

y nacional.

La mayor parte de los ingresos percibidos fueron obtenidos a través de la

elaboración de los avalúos comerciales, los cuales sirvieron como base para

el cumplimiento de los proyectos de entidades solicitantes.

.Adicionalmente, se compartió el conocimiento y experiencia, en contratos

como: Realizar una IDE para la región de Cundinamarca con destino a la

SDP, captura de información de los equipamientos en propiedades

horizontales de predios en el Distrito Capital, proyecto piloto para captura de

datos del SISBEN, el desarrollo de una APP para el reporte de nuevas

construcciones ilegales en la ciudad.

Compartir con 10 entes territoriales el

conocimiento y capacidad de catastro

para capturar, integrar y disponer

información.

En la vigencia: Se entregaron 2.257 avalúos comerciales, con destino a

entidades como el Instituto de Desarrollo Urbano, Empresa de Renovación y

Desarrollo Urbano, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y

Secretaría Distrital de Integración Social. En el marco del convenio con el

Servicio Geológico Colombiano han finalizado las actividades de campo, en

el momento se están realizando los trabajos de procesamiento de datos

GNSS GPS.

En lo que respecta a las acciones emprendidas conjuntamente con el

Servicio Geológico Colombiano SGC, los resultados del procesamiento de la

información recopilada durante la reocupación de las estaciones pasivas

(puntos geodésicos), de los datos obtenidos en las ocupaciones de campo,

los cuales se procesaron con software científico para obtener coordenadas

de alta precisión. El procesamiento se realizó con el software GIPSY – OASIS

II v. 6.3 (GPS Inferred Positioning SYstem and Orbit Analysis SImulation

Software) desarrollado por el Jet Propulsion Laboratory –JPL (Zumberge et

al., 1997; Bertiger et al., 2010). El software hace uso de la estrategia de

procesamiento denominada Precise Point Positioning (PPP) para obtener

soluciones diarias con precisiones milimétricas, de uso exclusivo en el país

del Servicio Geológico Colombiano, en virtud del convenio suscrito con JPL-

NASA-CALTECH. Las coordenadas entregadas de las 43 estaciones de

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Metas Consecución objetivos

campo de la Red Geodésica de Bogotá están expresadas en el Marco

Internacional Terrestre de Referencia ITRF2008. Así mismo el SGC hace

entrega del informe de la Red Geodésica Espacial GNSS de Bogotá con el

reporte de coordenadas año 2019. Esta información será dispuesta en el

Mapa de Referencia para la versión 12.19.

Fuente: Información UACD y SEGPLAN a 31-12-2019.

Revisada la ejecución del proyecto 0983, se estableció el siguiente hallazgo de auditoría:

3.2.1.2.1 Hallazgo administrativo por incumplimiento de lo programado para la vigencia 2019, en la meta 9 del proyecto de inversión 0983 “Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones”.

La meta 9 “Complementar en 100.000 hectáreas la información geográfica de

sensores remotos disponible en la Infraestructura de Datos Espaciales de Bogotá”,

fue formulada por la UAECD con el objetivo de complementar la información de la Infraestructura de Datos Espaciales.

La auditoría evidenció que desde 2018, mediante el contrato 235, la entidad realizó la contratación de información proveniente de sensores remotos del área urbana, rural y municipios vecinos de Bogotá, obteniendo como resultados reportados por el interventor un total de 163.318 has, correspondiente a un 38,38% del área del proyecto. Se reporta una finalización en la revisión por parte de la interventoría de fotografías aéreas y datos Lidar de 75.897 has (Gutiérrez, Chipaque, Une, Ubaque, Choachí, Bogotá rural con conformidad en 13 pruebas de calidad).

Revisada la información de fotografías aéreas y datos se registran 55.573 has (14.765 ha Sumapáz y 40.808 has. municipios vecinos) el interventor entregó informe parcial.

Las actividades continuaron presentando en la vigencia 2019 permanente atraso lo cual originó que la entidad continuara con un proceso sancionatorio por posible mora en el cumplimiento por parte del contratista principal del contrato 235 de 2018.

Por otro lado, se recibió y validó nueva versión del ortofotomosaico del área urbana de Bogotá como resultado del convenio suscrito con la Fuerza Aérea Colombiana FAC, para 70.000 has. No obstante, a partir de lo manifestado por la FAC en cuanto a las restricciones de volar a la altura requerida por el convenio, se dio terminación anticipada del convenio. Hecho que evidentemente representa atraso en este componente de la meta.

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Al terminar la vigencia 2019 la meta no registra asignación de presupuesto, no obstante, no fueron modificadas las magnitudes programadas. Es así como en el plan de inversiones de la entidad se registra incumplimiento físico de la meta del 30%, y en consecuencia en la herramienta de seguimiento al plan de desarrollo -SEGPLAN-.

Con los hechos observados, se transgreden los principios de Continuidad, Proceso de Planeación, Eficiencia y Viabilidad, establecidos en la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo - la Ley 152 de 1994 artículo 3. Así:

Literal f) Continuidad, que señala: “Con el fin de asegurar la real ejecución de los

planes, programas y proyectos que se incluyan en los planes de desarrollo nacionales y de las entidades territoriales, las respectivas autoridades de planeación propenderán porque aquéllos tengan cabal culminación”

Literal k) Eficiencia, que indica: “Para el desarrollo de los lineamientos del plan y en cumplimiento de los planes de acción se deberá optimizar el uso de los recursos, Contables humanos y técnicos necesarios, teniendo en cuenta que la relación entre los beneficios y costos sea positiva.

Literal I) Viabilidad, que establece: las estrategias programas y proyectos del plan

de desarrollo deben ser factibles de realizar, según las metas propuestas y el tiempo disponible para alcanzarlas, teniendo en cuenta la capacidad de administración, ejecución y los recursos contables a los que es posible acceder”.

La situación descrita se originó en deficiencias de gestión, específicamente de interventoría y seguimiento al cumplimento de los contratos. En consecuencia, las actividades programadas se dilataron por diferentes razones y los procesos no lograron culminarse dentro de la vigencia.

Con lo anterior, se afecta el cumplimiento del plan de acción de la entidad, específicamente en las actividades relacionadas con el fortalecimiento de la información geográfica disponible en la Infraestructura de Datos Espaciales de Bogotá, igualmente, el cumplimiento del componente Información geoespacial al

servicio del ciudadano (infraestructura de datos espaciales), del proyecto de inversión 0983 e incide igualmente en el cumplimiento en la vigencia del proyecto estratégico 192- Fortalecimiento Institucional a través del uso de TIC y el programa 44 - Gobierno y Ciudadanía Digital , del Plan de Desarrollo Distrital Bogotá Mejor para Todos”

Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal La entidad indicó en su respuesta: “Durante la ejecución del proyecto se configuró

una situación climática adversa que impidió la captura de los datos aéreos programados, y por tanto se adelantó la modificación contractual No. 1, previa revisión, aprobación y

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recomendación de la interventoría UTC GEINCO, que contempló la modificación de la cláusula No. 4 Plazo de ejecución para prorrogar el contrato en nueve (9) meses, contados a partir del vencimiento del plazo inicial Es importante precisar que el proceso sancionatorio del contratista INCIGE SAS, tuvo origen en la no obtención de la totalidad de los puntos de fotocontrol programados, medida que fue tomada como acción

La UAECD ha procurado culminar exitosamente todos los planes, programas y proyectos incluidos en su plan de Desarrollo, que si bien la meta objeto de revisión ha presentado inconvenientes para su culminación, también lo es que esta nunca ha estado pausada o inconclusa y siempre se ha mantenido en ejecución, por consiguiente se han tomado todas las medidas pertinentes para solventar y superar dichas situaciones”.

Los argumentos presentados evidencian acciones de la entidad frente a los hechos que afectaron el cumplimiento de la meta, no obstante, la entidad no da explicación de la razón para no ajustar las magnitudes de la meta, de tal manera que, en el Plan de Acción a 31 de diciembre de 2019, no apareciese con incumplimiento del 30%.

Por lo anterior se retira la incidencia disciplinaria y se configura hallazgo administrativo, que debe ser incluido en el plan de mejoramiento.

Actualización Catastral- 2019-2020

Por constituir un componente trascendental en la misión de la UAECD, es necesario indicar lo establecido por la auditoría de la actualización catastral en la vigencia 2019. Actividades ejecutadas en el marco de la meta 1 del proyecto 0983 Actualizar anualmente el 100% del área urbana respecto de los cambios

identificados en los aspectos físicos, jurídicos y económicos de los predios.

En la evaluación de la actualización catastral para la vigencia 2020 para la

ciudad de Bogotá, se obtuvieron los resultados que se indican a continuación:

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CUADRO 33 SECTORES ACTUALIZADOS PARA LA VIGENCIA 2020

Cifras en pesos Tipo Cantidad de Sectores Avalúo Catastral

Urbano 2.623.404 $ 671.815.734.179.200

Rural 0 0

Rurales con características urbanas 43.242 $ 3.348.761.004.000

TOTAL 2.666.646 $ 675.164.495.183.200

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

La cantidad de predios actualizados para la vigencia 2020 fue de 2.666.646 de los cuales 2.623.404 están ubicados en la parte urbana de la ciudad y los 43.242 en el espacio rural con características urbanas.

La categorización del total de predios actualizados para el Distrito Capital, respecto a su clase es la siguiente

CUADRO 34

PREDIOS URBANOS ACTUALIZADOS PARA VIGENCIA 2020 Cifras en pesos

N°. Predios Área Terreno (m2) Área Construcción

(m2) Avalúo Catastral ($)

2.623.404 334.111.171 286.691.674 671.815.734.179.200

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

El siguiente cuadro, muestra como el régimen de propiedad horizontal (PH) predomina en la ciudad con 1.786.974 predios, lo cual representa el 67.01% del total de los predios; el 32.99% restante se refiere a los predios que no se encuentran bajo este régimen, es decir, los No Propiedad Horizontal (NPH). A pesar, de la notable diferencia los NPH, tienen el mayor porcentaje en cuanto al avalúo catastral (56.82%).

CUADRO 35 CLASE DE PREDIO PARA VIGENCIA 2020

Cifras en pesos Clase de Predio N°. Predios Porcentaje Avalúo Catastral ($) Porcentaje

Propiedad Horizontal (PH) 1.786.974 67.01% 291.524.827.518.000 43.18%

No Propiedad Horizontal (NPH) 879.672 32.99% 383.639.667.665.200 56.82%

Total 2.666.646 100% 675.164.495.183.200 100%

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

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El siguiente cuadro muestra como la presencia de predios en No Propiedad

Horizontal (NPH) han disminuido en 14.058 predios con respecto al año 2019.

Mientras que los predios bajo el régimen de Propiedad Horizontal (PH) se han

incrementado en 37.038 predios. Resultado de la dinámica inmobiliaria que

presenta la ciudad donde se están demoliendo casas y a cambio se

desarrollan conjuntos residenciales.

CUADRO 36 CLASE DE PREDIO PARA VIGENCIA 2020

Cifras en pesos Clase de Predio N°. Predios

2020 N°. Predios

2019 Diferencia

Avalúo Catastral ($) 2020

Avalúo Catastral ($) 2019

Diferencia ($)

Propiedad Horizontal (PH)

1.786.974 1.749.936 37.038 291.524.827.518.000

270.982.822.620.000

20.542.004.898.000

No Propiedad Horizontal

(NPH) 879.672 893.730

-14.058 383.639.667.665.200

344.380.227.771.500

39.259.439.893.700

Total 2.666.646 2.585.693 80.953 675.164.495.183.200

615.363.050.391.500

59.801.444.791.700

Fuente: Elaboración del equipo auditor

El avalúo catastral total en la ciudad de Bogotá se incrementó en $59.8 billones de pesos, entre las vigencias 2019 y 2020.

CUADRO 37

AVALÚOS CATASTRALES PARA VIGENCIA 2019 Cifras en pesos

Tipo No. Predios Área Terreno

(m2)

Área Construcción

(m2) Valor Avalúo ($)

Urbano 2.585.693 333.666.914,38 281.997.604

615.363.050.391.50000

Rural 0 0 0 0

Rurales con

Características

Urbanas

0 0 0 0

Total 2.585.693 333.666.914,38 281.997.604 615.363.050.391.500

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

Para la vigencia 2020, la ciudad obtuvo la actualización de 2.666.646 predios.

De esta cantidad, 2.623.404 se encuentran en suelo urbano y 43.242 están en

suelo rural, pero presentan características urbanas.

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CUADRO 38 AVALÚOS CATASTRALES VIGENCIA 2020

Cifras en pesos

Tipo No.

Predios

Área Terreno

(m2)

Área

Construcción

(m2)

Valor Avalúo ($)

Urbano 2.623.404 334.111.171 286.691.674 671.815.734.179.200

Rural 0 0 0 0

Rurales con

Características

Urbanas

43.242 8.042.198 2.639.415 3.348.761.004.000

Total 2.666.646 342.153.369 289.331.089 675.164.495.183.200

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

Para la vigencia 2020, el total del avalúo catastral para la ciudad es de $675.164.495.183.200, de los cuales $671.815.734.179.200 son aportados por la parte urbana de la ciudad, mientras que los predios rurales con características urbanas aportaron $3.348.761.004.000 para esta vigencia.

CUADRO 39 DIFERENCIA AVALÚOS CATASTRALES 2019 VS 2020

Cifras en pesos

Tipo N°. Predios Área Terreno

(m2)

Área

Construcción

(m2)

Valor Avalúo ($)

Urbano 37.711 444.256 4.694.070 56.452.683.787.700

Rural 0 0 0 0

Rurales con

Características

Urbanas

43.242 8.042.198 2.639.415 3.348.761.004.000

Total 80.953 8.486.454 7.333.485 59.801.444.791.700

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

Para la vigencia 2020, la cantidad de predios en el suelo urbano se incrementaron en 37.711, seguido de los predios rurales con características urbanas en 43.242. Los predios rurales, al igual que la vigencia anterior, no hicieron parte de la actualización.

En 2020, el área de terreno urbano se incrementó de 444.256 m2, este incremento también se puede notar en las áreas de construcción donde el área construida urbana aumento 4.694.070 de m2, más que en el año 2019.

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CUADRO 40 PREDIOS RESIDENCIALES POR ESTRATO VIGENCIAS 2019 VS 2020

Cifras en pesos

Estrato N° Predios

2019

N° Predios

2020

Incremento Avalúo Catastral 2019 Avalúo Catastral 2020

1 117.998 134.825 16.827 7.813.155.353.000 9.907.485.450.000

2 542.872 562.039 19.167 53.317.530.390.500 60.496.666.064.500

3 683.920 698.420 14.500 91.817.487.701.000 99.319.176.611.000

4 497.095 509.848 12.753 75.629.511.067.000 81.545.576.767.000

5 175.181 179.975 4.794 43.656.272.270.000 45.667.417.391.000

6 152.033 154.683 2.650 57.702.115.492.000 60.945.680.492.000

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

A nivel general, el estrato que tiene mayor incremento en el número de predios en comparación con el 2019 es el estrato 2 con 19.167 predios.

CUADRO 41

INCREMENTO AVALÚO CATASTRAL PREDIOS RESIDENCIALES POR ESTRATO VIGENCIAS 2019 VS 2020

Estrato Incremento %

1 2.094.330.097.000 7.49

2 7.179.135.674.000 25.69

3 7.501.688.910.000 26.84

4 5.916.065.700.000 21.17

5 2.011.145.121.000 7.20

6 3.243.565.000.000 11.61

TOTAL 27.945.930.502.000 100

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

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GRÁFICA 3 INCREMENTO AVALÚO CATASTRAL PREDIOS RESIDENCIALES POR ESTRATO

VIGENCIAS 2019 VS 2020

Fuente: información UACD: Elaboración equipo auditor

El estrato que presenta el mayor incremento del avalúo catastral en la vigencia 2020 con relación a la vigencia anterior fue el estrato 3 con 7.5 billones de pesos, con un porcentaje del 26,84% del total del incremento. Igualmente, se observa que los estratos que tienen mayor participación sobre el total son los estratos 2 y 3 sumando entre ellos 14.6 billones, lo cual no alcanzan a obtener los estratos restantes juntos.

ESTRATO 57,2%

ESTRATO 17,49%

ESTRATO 611,61%

ESTRATO 421,17%ESTRATO 3

26,84%

ESTRATO 2 25,69%

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CUADRO 42 SECTORES CATASTRALES QUE PRESENTARON MAYOR INCREMENTO EN EL

AVALÚO CATASTRAL

Sector Localidad Código del

Sector

Variación

Avalúo

La Granja Norte Usaquén 008524 153%

Casa Blanca Suba I Suba 009258 63%

El Mochuelo II Urbano Ciudad Bolívar 002598 50%

Siberia Urbano Chapinero 008221 45%

La Paz Barrios Unidos 007310 36%

Centro Engativá II Engativá 005667 35%

Arborizadora Alta Ciudad Bolívar 002573 32%

Villa Anita Usme 002619 32%

Siberia Central Chapinero 008220 31%

Fuente: Base de Datos (UAECD)

Sector La Granja Norte. Este sector catastral presentó un incremento en el número de predios, pasando de 821 predios en la vigencia 2019 a 1.598 en la vigencia 2020 con una variación del 94.6%. Fuente: UAECD

Sector Casa Blanca Suba I. El incremento que se dio en este sector fue de un 63% el cual está justificado por el resultado del análisis realizado a la dinámica inmobiliaria, que corresponde a ofertas representativas ubicadas dentro del sector mencionado. Fuente: UAECD

Sector El Mochuelo II Urbano. La variación del avalúo catastral fue de un 50%. Este sector catastral presentó un incremento en el número de predios, pasando de 179 predios en la vigencia 2019 a 221 predios en la vigencia 2020, con una variación del 23.5%. Igualmente, para la vigencia 2019, las construcciones de este sector catastral estaban liquidadas con la tabla residencial tipo I lo cual generaba, para la vigencia 2020, un valor por debajo del 60% del valor comercial. Para solucionar esto en la vigencia 2020 y teniendo en cuenta el puntaje de los predios, las construcciones se liquidaron con la tabla residencial tipo II la cual se encuentra acorde con el valor comercial de estos inmuebles.

Sector Siberia Urbano. El incremento del 45% en el valor de los integrales se debió a la tendencia que presenta el mercado inmobiliario del sector.

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Sector La Paz. La variación del 36% que tuvo este sector con respecto al avalúo catastral se dio debido a que los valores del terreno presentaron incrementos entre el 15% y el 55%, los cuales se obtuvieron con base en los valores mínimos de las ofertas inmobiliarias encontradas en el sector, de lo que se obtuvo y se propuso la unificación del valor de terreno al sector. Fuente:

UAECD

Sector Centro Engativá II. El incremento del 35% en el avalúo catastral que se dio en este sector, es debido a un aumento en el valor de las construcciones y el terreno. En cuanto a las construcciones, estas presentaron un incremento normal de acuerdo a los aumentos de las tablas de valor de construcción; mientras que, para el terreno, se presentaron incrementos por encima del 30% debido a la dinámica inmobiliaria que se presenta en el sector.

Sector Arborizadora Alta. El incremento del 32% se dio debido a la homologación que se llevó a cabo con sectores aledaños que presentan características similares como respuesta al análisis del mercado inmobiliario. Fuente: UAECD

Sector Villa Anita. La variación del 32% con respecto al año anterior, en este sector cuenta con inmuebles clasificados en tipología de tipo 2, en vigencias anteriores se tenían bajo la tipología tipo 1, para la vigencia 2020, se hizo el ajuste respectivo lo cual implicó un aumento de valor. Fuente: UAECD

Sector Siberia Central. En este sector, que presentó una variación del 31% respecto al año anterior, se presentaron incrementos en los valores de construcción y terreno, lo cual justifica dicho incremento. En cuanto al valor del terreno, este presentó variaciones debido a la actualización de la Zona Homogénea Física – ZHF, que paso de ser residencia tipo 2 a residencial tipo 3 debido a la tendencia del mercado inmobiliario del sector.

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CUADRO 43 SECTORES CATASTRALES QUE PRESENTARON MAYOR DECREMENTO EN EL

AVALÚO CATASTRAL

Sector Localidad Código del

Sector

Variación

Avalúo

Salitre Occidental Fontibón 006313 -3%

Nueva Tibabuyes Suba 009224 -3%

Garcés Navas Sur Engativá 005655 -3%

El Corzo Bosa 004631 -3%

Ciudad Salitre Sur-

Oriental Teusaquillo 006217 -4%

Bochica Engativá 005632 -4%

Terminal de Transportes Fontibón 006319 -8%

Arrayanes I Usme 002601 -12%

La Requilina Usme 002632 -14%

El Pedregal Usme 002563 -17%

Fuente: Base de Datos (UAECD)

Sector Salitre Occidental. En este sector para la vigencia 2020 se realizaron ajustes al modelo econométrico para el residencial estrato 4, la disminución del 3% se ajustó a las condiciones propias del mercado. Fuente: UAECD

Sector Nueva Tibabuyes. El decremento del 3% que se presentó en este sector, se debe a la disminución del avalúo catastral en los 5.400 predios que están bajo el régimen de Propiedad Horizontal para la vigencia 2020, lo cual responde al comportamiento del mercado inmobiliario del mencionado sector. Fuente: UAECD

Sector Garcés Navas Sur. El decremento del 3% que se presento es debido a que la tabla de valores de construcción que se adecuaba a las tipologías constructivas del sector presentaba valores inferiores a las aplicadas en vigencias anteriores, lo cual se reflejó en la disminución de los valores de los avalúos catastrales. Fuente: UAECD

Sector El Corzo. La variación negativa del 3% que se dio en este sector en cuanto al valor integral del avalúo se dio por el análisis de los puntos muestra para el modelo residencial del estrato 2 con base en la investigación realizada en el sector. Esta disminución se presenta mayormente en las unidades residenciales menor o igual a 3 pisos en PH. Fuente: UAECD

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Sector Ciudad Salitre Sur – Oriental. En este sector para la vigencia 2020 se realizaron ajustes al modelo econométrico para el residencial estrato 4, la disminución del 4% se ajustó a las condiciones propias del mercado. Sector Bochica. La disminución del 4% en los avalúos catastrales se debió al producto de los modelos residenciales estrato 2 y 3, los cuales se construyeron teniendo en cuenta las ofertas y los puntos de muestra, acorde al mercado inmobiliario para la vigencia 2020 en el sector. Fuente: UAECD

Sector Terminal de Transportes. En este sector para la vigencia 2020 se realizaron ajustes al modelo econométrico para el residencial estrato 4, oficinas y comercio. La disminución del 8% se ajustó por las condiciones propias del mercado. Fuente: UAECD

Sector Arrayanes I. La disminución del 12% en los avalúos catastrales, se debió a que la mayor parte de los predios del sector corresponde a suelo protegido, razón por la cual se observa una variación negativa. Estos predios conforman casi el 70% de los predios del sector. Fuente: UAECD

Sector La Requilina. En este sector, algunos predios tienen áreas en suelo protegido que, al ser ponderadas, disminuyeron el valor de terreno en el 14%.

Sector El Pedregal. La disminución del 17% en los avalúos catastrales, se debe a que en este sector predomina el suelo protegido con un 98%, donde la mayoría de los predios son lotes

CUADRO 44

NÚMERO DE PREDIOS ACTUALIZADOS POR DESTINOS ECONÓMICOS Código

Destino Destino Catastral

Número de predios

2019

Número de predios

2020

01 Residencial 2.169.090 2.239.790

03 Industrial 3.223 3.223

04 Dotacional Público 5.249 5.287

05 Recreacional Publico 73 143

06 Dotacional Privado 11.777 11.943

08 Minero 34 34

07 Recreacional Privado 94 96

21 Comercio en corredor comercial 194.570 201.382

22 Comercio en centro comercial 50.568 51.396

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Código

Destino Destino Catastral

Número de predios

2019

Número de predios

2020

23 Comercio puntual 60.694 58.508

24 Parqueadero 1.283 1.290

61 Urbanizado No Edificado 22.682 21.748

62 Urbanizable No Urbanizado 1.633 1.607

63 No Urbanizable y suelo protegido 13.644 17.798

64 Lotes del Estado 3.779 3.812

65 Vías 24.973 26.419

66 Espacio Público 13.045 13.509

67 Predios con mejoras ajenas 9.290 8.056

81 Agropecuarios 3 33

82 Otros 1 240

83 Agrícola 0 1

84 Pecuario 0 0

85 Forestal 0 0

86 Agroindustrial 0 0

87 Agroforestal 0 0

88 Tierras improductivas 0 0

89 Predios rurales parcelados no

Edificados 0 331

TOTAL 2.585.705 2.666.646

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

CUADRO 45

VARIACIÓN DE LA ACTUALIZACION EN EL AVALÚO CATASTRAL POR DESTINOS ECONÓMICOS

Cifras en pesos

Código Destino Catastral Avalúo Catastral

Vigencia 2019 ($)

Avalúo Catastral

Vigencia 2020 ($) Diferencia ($)

01 Residencial 329.936.005.277.500 357.882.002.775.500 27.945.997.498.000

03 Industrial 12.343.533.609.000 13.011.675.727.000 668.142.118.000

04 Dotacional Público 33.771.588.409.000 37.522.595.474.000 3.751.007.065.000

05 Recreacional Público 1.746.681.170.000 2.025.139.545.000 278.458.375.000

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Código Destino Catastral Avalúo Catastral

Vigencia 2019 ($)

Avalúo Catastral

Vigencia 2020 ($) Diferencia ($)

06 Dotacional Privado 24.882.436.678.000 27.144.560.602.000 2.262.123.924.000

07 Minero 147.493.709.000 152.130.851.000 4.637.142.000

08 Recreacional Privado 3.866.172.397.000 3.767.998.333.000 -98.174.064.000

21 Comercio en corredor

comercial

102.537.707.825.000

115.018.387.165.000 12.480.679.340.000

22 Comercio en centro comercial 20.254.672.872.000 23.334.150.259.000 3.079.477.387.000

23 Comercio puntual 37.715.126.178.000 39.076.155.432.000 1.361.029.254.000

24 Parqueadero 2.102.311.862.000 2.353.457.749.000 251.145.887.000

61 Urbanizado No Edificado 5.490.563.360.000 5.565.073.521.500 74.510.161.500

62 Urbanizable No Urbanizado 1.620.121.462.000 1.567.337.479.000 -52.783.983.000

63 No Urbanizable y suelo

protegido

1.528.698.608.000

1.809.443.310.500 280.744.702.500

64 Lotes del Estado 2.140.514.434.000 2.385.087.228.000 244.572.794.000

65 Vías 20.039.537.763.500 26.431.275.947.700 6.391.738.184.200

66 Espacio Público 12.002.967.273.500 12.760.468.267.000 757.500.993.500

67 Predios con mejoras ajenas 3.229.455.705.000 3.220.180.487.000 -9.275.218.000

81 Agropecuarios 5.813.673.000 124.844.137.000 119.030.464.000

82 Otros 576.412.000 2.028.813.500 1.452.401.500

83 Agrícola 0 420.193.000 420.193.000

84 Pecuario 0 0 0

85 Forestal 0 0 0

86 Agroindustrial 0 0 0

87 Agroforestal 0 0 0

88 Tierras improductivas 0 0 0

89 Predios rurales parcelados no

edificados 0 10.081.886.500

10.081.886.500

TOTAL 615.361.978.677.500 $675.164.495.183.200 59.802.516.505.700

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

En la clasificación de predios por destinación económica, se puede ver que tres destinos tuvieron un decremento en cuanto al avalúo catastral, el Recreacional Privado con 98.1 mil millones de pesos, el Urbanizable No Urbanizado con 52.7 mil millones de pesos y el Predio con Mejoras Ajenas con 9 mil millones

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Adicional a lo anterior, para el 2020 participaron dos destinos que no se presentaron en el año 2019, el Agrícola y el de los Predios Rurales Parcelados No edificados, los cuales suman un valor de $10.502.079.500

CUADRO 46

INCREMENTOS EN LOS AVALÚOS CATASTRALES POR LOCALIDAD Cifras en pesos

No

Localida

d

Localidad Avalúo Catastral

Vigencia 2019 ($)

Avalúo Catastral

Vigencia 2020 ($) Incremento (%)

1 Usaquén 100.806.699.275.000 106.226.874.171.500 5.420.174.896.500 9.06

2 Chapinero 69.513.450.326.000 74.447.452.941.500 4.934.002.615.500 8.25

3 Santa Fe 14.322.022.406.000 16.920.550.568.000 2.598.528.162.000 4.35

4 San Cristóbal 10.253.050.092.500 11.428.089.975.000 1.175.039.882.500 1.96

5 Usme 7.614.929.316.000 8.334.465.192.000 719.535.876.000 1.20

6 Tunjuelito 8.644.916.778.000 9.800.076.872.000 1.155.160.094.000 1.93

7 Bosa 19.192.955.380.000 22.687.550.763.000 3.494.595.383.000 5.84

8 Kennedy 49.816.866.392.000 55.605.549.800.000 5.788.683.408.000 9.68

9 Fontibón 50.766.859.992.000 54.465.544.768.000 3.698.684.776.000 6.18

10 Engativá 51.921.138.623.000 60.581.547.035.000 8.660.408.412.000 14.48

11 Suba 96.810.552.166.500 103.222.374.843.500 6.411.822.677.000 10.72

12 Barrios Unidos 21.230.617.266.000 23.461.643.102.000 2.231.025.836.000 3,73

13 Teusaquillo 32.653.194.314.000 36.042.154.232.000 3.388.959.918.000 5.67

14 Los Mártires 12.258.259.258.000 13.690.989.848.000 1.432.730.590.000 2.40

15 Antonio Nariño 8.350.423.062.000 8.958.002.631.000 607.579.569.000 1.02

16 Puente Aranda 28.277.842.906.000 31.440.121.364.000 3.162.278.458.000 5.29

17 La Candelaria 4.777.314.036.000 5.782.256.805.000 1.004.942.769.000 1,68

18 Rafael Uribe

Uribe 12.429.536.448.000 13.632.156.130.000

1.202.619.682.000 2,01

19 Ciudad Bolívar 15.722.422.354.500 18.437.094.141.700 2.714.671.787.200 4.54

20 Sumapaz 0 0 0 0

TOTAL 615.363.050.391.500 675.164.495.183.200 59.801.444.791.700 100

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

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En términos generales, el incremento que presentó la ciudad para la vigencia

2020 fue de $59 billones de pesos, donde las localidades que presentaron

mayor participación fueron Engativá con $8 billones, seguida de Suba con $6

billones y Usaquén con $5 billones.

A nivel especifico, la Localidad de Sumapaz es la única no presenta una

actualización de predios para ambos años.

GRÁFICA 4

INCREMENTO DEL AVALUO CATASTRAL POR LOCALIDAD

Fuente: Información UAECD - Elaboración auditoría

CUADRO 47 INCREMENTO EN EL NÚMERO DE PREDIOS POR LOCALIDAD

N° Localidad Localidad Predios 2019

Predios 2020

Incremento (%)

1 Usaquén 358.834 365.412 6.578 8.13

2 Chapinero 171.689 177.132 5.443 6.72

3 Santa Fe 64.626 65.500 874 1.08

4 San Cristóbal 87.160 90.111 2.951 3.65

5 Usme 87.434 89.987 2.553 3.15

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N° Localidad Localidad Predios 2019

Predios 2020

Incremento (%)

6 Tunjuelito 33.660 33.735 75 0.09

7 Bosa 142.863 166.207 23.344 28.84

8 Kennedy 272.380 287.099 14.719 18.18

9 Fontibón 154.126 157.893 3.767 4.65

10 Engativá 219.909 223.262 3.353 4.14

11 Suba 486.280 492.144 5.864 7.24

12 Barrios Unidos 56.869 58.049 1.180 1.46

13 Teusaquillo 85.820 86.970 1.150 1.42

14 Los Mártires 35.604 37.094 1.490 1.84

15 Antonio Nariño 22.640 23.084 444 0.55

16 Puente Aranda 70.889 71.881 992 1.23

17 La Candelaria 14.399 14.451 52 0.06

18 Rafael Uribe Uribe 77.704 80.063 2.359 2.91

19 Ciudad Bolívar 142.807 146.572 3.765 4.65

20 Sumapaz 0 0 0 0

TOTAL 2.585.693 2.666.646 80.953 100

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

A nivel general, la ciudad tuvo un incremento de 80.953 predios en donde las localidades tuvieron una mayor participación fueron Bosa con 23.344, seguida de Kennedy con 14.719 y Usaquén con 6.578. Entre las localidades que tuvieron una menor participación están Sumapaz que no tuvo participación en la actualización de las dos vigencias, la localidad de La Candelaria con 52 predios y Tunjuelito con 75.

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GRÁFICA 5 INCREMENTO EN EL NUMERO DE PREDIOS POR LOCALIDAD – VIGENCIAS 2019 VS

2020

Fuente: Información UAECD- Elaboración auditoría

CUADRO 48 VARIACIÓN ANUAL PORCENTUAL DEL AVALÚO CATASTRAL VIGENCIAS 2015 – 2020

Año 2015 2016 2017 2018 2019 2020

Variación

Anual 14.85% 7.61% 9.45% 13.17% 4.26% 9.73%

Variación Ultimos 6 años 52.49%

Fuente: Elaboración propia

Desde la implementación del proceso de actualización de la información Catastral de forma permanente a los predios urbanos del distrito capital, en los últimos seis (6) años la tasa de variación del avalúo catastral ha incrementado un 52.49%. La tasa de variación anual entre los años 2019 y 2020 fue de 9.73% indicando así un aumento con respecto al periodo anterior ya que el incremento entre los años 2018 y 2019 fue de 4.26%.

CUADRO 49 CONFIS VIGENCIA 2019

Destino Estrato Terreno Construcción

Residencial 1 65% 60%

Residencial 2

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Destino Estrato Terreno Construcción

Residencial 3 68%

Residencial 4 84% 64%

Residencial 5 85% 74%

Residencial 6

Comercio y Oficinas 85% 75%

Depósitos y parqueaderos 90% 90%

Industria 85% 75%

Dotacional 85% 75%

Lotes 90% N/A

Otros 90% 90%

Fuente: Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS

CUADRO 50

CONFIS VIGENCIA 2020

Categoría del Predio Terreno Construcción.

Estrato 1 y 2 65% 60%

Estrato 3 68% 60%

Estrato 4 84% 64%

Estrato 5 y 6 85% 74%

Comercio y oficinas 85% 75%

Depósitos y

parqueaderos 90% 90%

Industria 85% 75%

Dotacional 85% 75%

Lotes 90% No Aplica

Otros 90% 90%

Fuente: Consejo Superior de Política Fiscal - CONFIS

Es importante mencionar que los porcentajes CONFIS no realizaron ningún tipo de ajuste, manteniendo los porcentajes que venían del año anterior, los

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cuales fueron aplicados a los valores de terreno y construcción del avalúo comercial, determinado por la UAECD para la vigencia 2020.

CUADRO 51 PREDIOS RURALES CON CARACTERISTICAS URBANAS

Cifras en pesos N°. Predios Área Terreno (m2) Área Construcción (m2) Avalúo Catastral ($)

43.242 8.042.198 2.639.415 3.348.761.004.000

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD)

Finalmente, se actualizaron 43.242 predios con esta característica. Su avalúo

catastral alcanzó $3.348.761.104.000 y sus áreas de terreno y construcción

están por los 8.042.198 m2 y 2.636.415 m2 respectivamente.

3.2.1.2 Objetivos de Desarrollo Sostenible- ODS-

La UAECD elaboró la Matriz de Asociación Institucional con ODS, acorde a la Matriz de Asociación del Plan de desarrollo con los ODS elaborada por la Secretaría Distrital de Planeación, considerando las metas formuladas en el marco de los proyectos de inversión de las entidades distritales.

La UAECD aporta al cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible No.

16 “Promover sociedades pacificas e inclusivas para el desarrollo sostenible, proveer

acceso a la justicia para todos y construir instituciones efectivas, responsables e

inclusivas en todos los niveles” (Paz, justicia, e instituciones sólidas) y No. 17 “Fortalecer los medios de ejecución y revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo

Sostenible” (Alianzas para lograr los objetivos) (…)”.

Para verificar el avance de los compromisos establecidos la auditoría revisó la

matriz entregada por la entidad que se presenta a continuación.

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CUADRO 52 MATRIZ INSTITUCIONAL DE ASOCIACION ODS- PLAN DE DESARROLLO

Fuente: UAECD- Matriz de Asociación ODS.- Proyectos de inversión

La información reportada relaciona las metas ODS 16 y 17, con las metas de los proyectos de inversión. Este reporte de la entidad, permite establecer los niveles de cumplimiento. La meta 17-8 “Poner en pleno funcionamiento, a más tardar en 2017, el banco de

tecnología y el mecanismo de apoyo a la ciencia, la tecnología y la innovación para los países menos adelantados y aumentar la utilización de tecnología instrumental,

en particular de la tecnología de la información y las comunicaciones” cumplimientos superiores al 92%. La meta 16-10.” Garantizar el acceso público a la información y proteger las

libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos

internacionales”. Alcanzó el 100% de cumplimiento.

Meta ODS Eje Programa Proyecto Meta asociada indicador

Magnitud

2019

Cumplimi

ento Presupuesto Ejecutado

16.10. Garantizar el

acceso público a la

información y proteger las

libertades fundamentales,

de conformidad con las

leyes nacionales y los

acuerdos internacionales

07 “Gobierno

legítimo,

fortalecimiento

local y

eficiencia”

42

“Transparencia

, gestión

pública y

servicio a la

ciudadanía”

1180 -

Afianzar una

gestión pública

efectiva

Virtualizar el 15%

de los trámites de

mayor impacto de

las entidades

distritales

Porcentaje de

trámites de

mayor impacto

de las

Entidades

Distritales

virtualizados

7 7 347.087.379 347.087.379

16.6 Crear a todos los

niveles instituciones

eficaces y transparentes

que rindan cuentas

07 “Gobierno

legítimo,

fortalecimiento

local y

eficiencia”

42

“Transparencia

, gestión

pública y

servicio a la

ciudadanía”

1180 -

Afianzar una

gestión pública

efectiva

Gestionar el 100%

del plan de

adecuación y

sostenibilidad SIGD-

MIPG

Porcentaje de

ejecución del

plan de

adecuación y

sostenibilidad

SIGD-MIPG en

las entidades

distritales

100 99.1 1.498.064.408 1.494.543.541

16.6 Crear a todos los

niveles instituciones

eficaces y transparentes

que rindan cuentas

07 “Gobierno

legítimo,

fortalecimiento

local y

eficiencia”

44 “Gobierno y

ciudadanía

digital”

0983 -

Capturar,

integrar y

disponer

información

geográfica y

catastral para

la toma de

decisiones

Incorporar el 100%

del Censo

Inmobiliario de

Bogotá, en la base

de datos catastral.

Porcentaje del

censo

inmobiliario de

Bogotá

incorporado en

la Base de

datos catastral

100 100 6.540.631.010 6.472.931.430

17.8. Poner en pleno

funcionamiento, a más

tardar en 2017, el banco

de tecnología y el

mecanismo de apoyo a la

ciencia, la tecnología y la

innovación para los países

menos adelantados y

aumentar la utilización de

tecnología instrumental, en

particular de la tecnología

de la información y las

comunicaciones

07 “Gobierno

legítimo,

fortalecimiento

local y

eficiencia”

44 “Gobierno y

ciudadanía

digital”

0983 -

Capturar,

integrar y

disponer

información

geográfica y

catastral para

la toma de

decisiones

Poner a disposición

información

integrada por

catastro de manera

oportuna, tan rápido

como sea posible

para preservar el

valor de los datos,

estructurada, clara

y de fácil acceso.

Porcentaje de

mantenimiento

de las capas

de información

geográfica de

la IDE de

Bogotá

95 100 635.812.999 6.333.938.663

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La verificación de estos niveles de cumplimiento reportados, el aporte a los Objetivos de Desarrollo Sostenible del Distrito Capital, y la actualización de la Matriz de Asociación acorde al documento de lineamientos de política pública de largo plazo para gestionar los Objetivos elaborado por la Secretaría Distrital de Planeación, serán objeto de revisión por parte de este Organismo de Control en actuaciones posteriores.

3.3 CONTROL FINANCIERO 3.3.1 Estados Financieros

La evaluación se realizó con el propósito de analizar la Situación Financiera presentada por la– UAECD con corte a 31 de diciembre de 2019; de acuerdo con la muestra seleccionada se practicaron pruebas sustantivas y de cumplimiento, así como el análisis y revisión de la información registrada en los libros oficiales, la conciliación con las dependencias de la Entidad que reportan información a contabilidad, con el fin de verificar lo dispuesto en la Resolución 193 de mayo 5 de 2016 de la Contaduría General de la Nación - CGN, para obtener evidencia de la razonabilidad de las cifras, el resultado de sus operaciones y los cambios en la situación financiera. Se verificó el cumplimiento de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia o prescritos por el Contador General de la Nación. La situación financiera de la UAECD con corte al 31 de diciembre de 2019, presenta la siguiente ecuación patrimonial

CUADRO 53

SITUACION FINANCIERA CON CORTE A 31/12/2019 Valores en miles de pesos

CLASE 31-dic.-2019 31-dic.-2018 Variación Var %

ACTIVO CORRIENTE $ 10.747.196 $ 10.651.682 95.514 0.90%

PASIVO CORRIENTE $ 9.727.853 $ 9.101.605 626.248 6.88%

PATRIMONIO INSTITUCIONAL $ 5.956.321 $ 5.649.738 306.583 5.43% Fuente: CGN2015 001 dic. 2019.

Como lo muestra el cuadro adjunto el activo corriente creció en la vigencia 2019 en 0.90%, mientras que el pasivo corriente se aumentó en 6.88% y el patrimonio en 5.43%. ACTIVO

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A 31 de diciembre de 2019 el activo de la UAECD asciende a $21.996.968.321, distribuido así:

CUADRO 54

SALDO DE LAS CUENTAS DEL ACTIVO CON CORTE A 31/12/2018 Valores en pesos

CODIGO NOMBRE SALDO A 31/12/2018

%

1.1 EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO

7.571.132.054.00 35.18%

1.3 CUENTAS POR COBRAR 57.331.357,00 0.27%

1.9 OTROS ACTIVOS 3.118.732.666,12 14.49%

1.6 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 4.498.497.438,09 20.90%

1.9 OTROS ACTIVOS 6.273.597.105,00 29.15%

1 TOTAL ACTIVOS 21.519.290.620,08 100%

Fuente: CGN2015 001 SALDOS Y MOVIMIENTOS La cuenta más representativa corresponde a la cuenta efectivo y equivalentes a efectivo, con un 35.18% del total del activo, en su orden le siguen, Propiedades Planta y Equipo, Otros activos en relación con los intangibles, Otros activos relacionados con beneficios a empleados y las Cuentas por Cobrar. EFECTIVO (CODIGO 1.1.) La UAECD presenta los siguientes saldos en el Estado Situación Financiera con corte a 31 de diciembre de 2019, en lo correspondiente a las cuentas de ahorros por valor de $6.780.380.750,02 y por cuentas corrientes $790.951.303,51; para un gran total de efectivo en cuentas de $7.467.121.189,68 distribuidas en los siguientes bancos:

CUADRO 55

SALDO CUENTAS BANCARIAS A 31 DE DICIEMBRE DE 2019 En Pesos

CUENTA DE AHORROS No. CTA SALDO S/G CONTABILIDAD

SALDO S/G EXTRACTO

BANCO GNB SUDAMERIS 2450 4.121.892.959 4.121.892.959

BANCO BILBAO ARGENTARIA COLOMBIA S.A.

37141 1.297.751.399 1.297.751.399

BANCO CAJA SOCIAL S.A. 22131 258.483.575 258.483.575

BANCO DAVIVIENDA 63776 990.726.438 990.726.438

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CUENTA DE AHORROS No. CTA SALDO S/G CONTABILIDAD

SALDO S/G EXTRACTO

BANCO DAVIVIENDA 7254 111.526.379 111.526.379

SUBTOTAL CTAS AHORRO 6.780.380.750 6.780.380.750

CUENTAS CORRIENTES

BANCO DAVIVIENDA 98430 790.951.304 790.751.304

BANCO DAVIVIENDA 99345 -

SUBTOTAL CTAS CORRIENTES 790.951.304 790.751.304

TOTAL CUENTAS BANCARIAS 7.467.121.190 7.467.121.190

Fuente: CGN2015 001 SALDOS Y MOVIMIENTOS

Se revisaron todos los movimientos de las siete (7) cuentas bancarias utilizadas por la UAECD contra los extractos bancarios y no se presentan partidas conciliatorias de meses anteriores. Se observa que el Banco GNB Sudameris, concentra el 54.44% del total de los recursos. El BBVA en segundo lugar con un 17.14% de concentración si bien es cierto, no supera el tope establecido en la Resolución SDH000073 de junio de 2018 que establece como límite de concentración de recursos hasta el 80%; de los excedentes financieros. Se evidenció que durante toda la vigencia 2018 concentró recursos por encima del 60%. CUENTAS POR COBRAR (CODIGO 1.3) Para el registro de cuentas por cobrar, la UAECD adoptó la política contable de cuentas por cobrar incluida en el documento aprobado mediante Res. 2030 del 29/12/2017. A diciembre 31 de 2019 esta cuenta presenta un saldo de $57.331.357 equivalente al 0.27% del total del activo, reflejando que se presentó un mejor recaudo en la presente vigencia.

CUADRO 56

CUENTAS POR COBRAR A 31/12/2019 Pesos

Código Contable Cuentas Por Cobrar Saldo

1384000000 OTRAS CUENTAS POR COBRAR 58.923.249

1317150000 Servicios Informáticos 1.281.095

1384900000 Otras cuentas por cobrar 58.923.249

1384900100 Deudores de Nomina 58.923.249

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Código Contable Cuentas Por Cobrar Saldo

TOTAL CUENTAS POR COBRAR 60.204.344

1386000000 DETERIORO ACUMULADO DE CUENTAS POR COBRAR (CR) -2.872.987

1386900000 Otras cuentas por cobrar -2.872.987

SALDO ACUMULADO DIC 31 57.331.357 Fuente: Estados Financieros SERVICIOS INFORMATIVOS (código 1.3.175) En esta subcuenta se registran los servicios de avalúos que la UAECD le ha prestado a entidades del Distrito y que no habían sido canceladas, durante la vigencia a 31 de diciembre 2019. DEUDORES NOMINA (Código 1.3.8490) En esta subcuenta se registran las incapacidades pendientes de reintegro por parte de las entidades prestadoras de salud EPS y la ARL que durante la vigencia 2019 no alcanzaron a ser cobradas en dicho periodo, para estas cuentas por cobrar no se aplica el indicio de deterioro debido a que no cumplen con el valor mínimo para que sean objeto de deterioro (2 SMLMV), de acuerdo con la política contable establecida para cuentas por pagar. Se muestra una recuperación de la cartera del período enero 2012 a diciembre de 2019, donde se evidencia el alto nivel de avance en la recuperación de estos recursos. En el siguiente cuadro se resume esta cuenta con corte a 31/12/2019.

CUADRO 57

CUENTAS POR COBRAR SERVICIOS INFORMATICOS Y DEUDORES NOMINA 31/12/2018

Valores en miles de pesos

No. FECHA CONCEPTO FECHA DE

EXPIRACION VALOR INICIAL

VALOR NETO

RAZON SOCIAL O NOMBRES Y APELLIDOS

1 05/12/2019 Servicio de avalúos 04/02/2020 1.281 1.281 SECRETARIA DISTRITAL DE EDUCACION

2 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 25.352 25.352 CAFESALUD ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SA

3 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 11.707 11.707 COMPENSAR EPS

4 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 1.522 1.522 COOMEVA E.P.S. S.A.

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No. FECHA CONCEPTO FECHA DE

EXPIRACION VALOR INICIAL

VALOR NETO

RAZON SOCIAL O NOMBRES Y APELLIDOS

5 31/12/2018 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2019 159 159 CRUZ BLANCA

6 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 3.934 3.934 FAMISANAR LTDA CAFAM COLSUBSIDIO

7 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 125 125 SALUD TOTAL EPS

8 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 3.493 3.493 E.P.S. SANITAS S.A.

9 31/12/2019 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2020 136 136 EPS Y MEDICINA PRE PAGADA SURA MERICANA S. A

10 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 5.358 5.358 NUEVA EPS

11 31/12/2017 Incapacidades de servidores públicos por cobrar a EPS

31/03/2018 7.137 7.137 ARL POSITIVA

Fuente: Libro auxiliar Cuentas por Cobrar a 31/12/2018

DETERIORO ACUMULADO DE CUENTAS POR COBRAR (CR) (CÓDIGO 1.3.8.6) A 31 de diciembre de 2019 la UAECD registró el deterioro de la cartera sobre las incapacidades por valor de ($-2.872.987); se evidenció que a 31 de diciembre de 2019 se calcularon los valores de incapacidades no reintegradas por las EPS, en forma individualizada, y tomando como referencia los valores superiores a dos (2) SMMLV, y con vencimiento superior a 90 días, para lo cual se halló el Valor Presente Neto -VPN para cada una, descontado a una tasa de referencia 6.35% TES (carta circular 77 de dic/2018 DDC-SDH). Depuración deuda presunta y deuda real, en esta administración se dio inicio a la depuración de la deuda presunta y deuda real que tiene la Entidad con los Fondos de Pensiones para las Vigencias 2007 a 2019. Se inició con mesas de trabajo en el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP y los Fondos privados, para establecer los valores de estas deudas. Durante este período se obtuvo un avance importante en la depuración de deudas principalmente con el Fondo de Pensiones, Protección el cual presentaba el mayor peso porcentual del total de esta deuda.

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CUADRO 58 DETERIORO CUENTAS POR COBRAR

A 31 DE DICIEMBRE DE 2019 En pesos

EPS NIT VALOR REDONDEO CALCULO

DETERIORO 2019

ALIANSALUD 830.113.831 0 0

POSITIVA 860.011.153 177.132 177.132 0

CAFESALUD 800.140.949 1.899.125 1.899.125 2.842.250

COMPENSAR 860.066.942 107.331 107.331 0

COOMEVA 805.000.427 0 0 0

FAMISANAR 830.003.564 429.309 429.309 30.737

FOSYGA 900.047.282 0 0 0

TOTALES 2.612.897 2.872.987 Fuente: Estados Financieros a Dic 31/2019

3.3.1.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por riesgo de pérdida de recursos por incapacidades por cobrar a Café Salud y Famisanar, que no fueron reveladas en las notas a los estados financieros.

El deterioro de Cuentas por Cobrar se entiende como el monto en que el valor en libros excede al valor presente de los flujos futuros recuperables estimados, excluyendo las pérdidas crediticias futuras, descontadas a la tasa de interés de mercado para transacciones similares. Realizado el cálculo del deterioro por la oficina de contabilidad de la UAECD, se observó que Cafesalud presenta cuentas por cobrar con antigüedades entre 761 y 1005 días de mora y Famisanar una cuenta con 91 días de mora con corte a 31 de diciembre de 2019. La incapacidad del funcionario identificado con C.C. 19.457.608, a la fecha se encuentra en trámite de cobro. La UAECD debió revelar en las notas a los estados financieros plazo, tasa de interés, vencimiento de las obligaciones, valor de la pérdida por deterioro, análisis de la antigüedad de la cartera por cobrar en mora, y análisis de las cuentas por cobrar deterioradas al final del período. De otra parte, como es de público conocimiento la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 7172 de 2019, ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar Cafesalud EPS, esta situación hace que el cobro

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de estas cuentas sea complicado, sin embargo, la entidad ha realizado gestiones para su cobro sin obtener resultados positivos. La política contable establecida mediante Resolución 2030 de diciembre 17 de 2017, en el numeral 2.2.2 Deterioro de Otras Cuentas por Cobrar reglamenta que: para las cuentas por cobrar clasificadas en “Otras cuentas por Cobrar”, la evaluación del deterioro se realizará, sólo sobre aquellas que superen dos (2) SMLMV de manera individual y como indicio se tendrá: a) El incumplimiento en el pago por un término superior a noventa días (90) días a partir de la fecha de su reconocimiento. b) Conocimiento que la Entidad o persona natural deudora ha entrado en causa de insolvencia, restructuración o liquidación. Así mismo en el numeral 4. De la misma política en cuanto a revelaciones indicó que: La Entidad debe revelar de las Cuentas por Cobrar la siguiente información: • Plazo, tasa de interés y vencimiento de las obligaciones. • Valor de las pérdidas por deterioro, o de su reversión, reconocidas durante el periodo contable, así como el deterioro acumulado. • Análisis de la antigüedad de las cuentas por cobrar que estén en mora, pero no deterioradas al final del periodo y • Análisis de las cuentas por cobrar que se hayan determinado individualmente como deterioradas al final del periodo, incluyendo los factores que la Entidad haya considerado para determinar su deterioro. Se observa que la aplicación de deterioro cumple con los preceptos normados, en cuanto a tiempos que permiten que se dé el deterioro, no obstante, no se realizan las revelaciones correspondientes en la Notas a los Estados Financieros, sin embargo al analizar los tiempos de vencimiento de cobro de las incapacidades, estos son muy largos y reflejan la posibilidad de pérdida de estos recursos. Se desconocen los conceptos determinados por la Resolución 533 de 2015 expedida por la Contaduría General de la Nación, por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones; lo mismo que la Resolución 620 de 2015 expedida por la Contaduría General de la Nación-CGN, por la cual se incorpora el catálogo general de cuentas al marco normativo para entidades de gobierno y también la Resolución No. 484 de 2017, la cual modifica la Resolución No. 533 de 2015, las dos emitidas por la CGN, “Por la cual se

incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a

entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones”.

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De otro lado, la oficina jurídica u oficina asignada para el cobro de las incapacidades incumplió la Ley 87 de 1993, especialmente lo establecido en los literales b, e, y f, del artículo 2 “Objetivos del Sistema de Control Interno”; y

literales b y d del artículo 3 “Características del Control Interno”. La oficina de Contabilidad incumple con la revelación en las notas contables de lo sucedido con estas cuentas por cobrar, por lo cual se da la observación administrativa para ellos. La principal causa que origina esta falencia es la falta de gestión continua y comunicación efectiva entre las dependencias que participan en los procesos de cobro, registros y reporte de información financiera. Como consecuencia de la falta de cuidado en el reporte o cobro de las incapacidades en forma oportuna se puede generar pérdida de recursos para la UAECD. Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal

La entidad señaló en su respuesta que: “…la gestión contable evidentemente omitió

revelación de información adicional en las notas a los estados financieros, conforme lo señala la política contable de cuentas por cobrar; no obstante, las incapacidades pendientes de reintegro se encuentran debidamente registradas en la cuenta 13849001 Cuentas por Cobrar – Deudores Nómina, de esta forma reconocidas en los estados financieros de la entidad. De otra parte, se precisa que en las páginas 15 y 16 del documento notas a los estados financieros con corte 31/12/2019, se relaciona en un cuadro y es mencionada en forma resumida la descripción de la recuperación de incapacidades. De igual forma, se argumenta que la UAECD dado el tipo de cuenta no contempla el cálculo de interés sobre estas acreencias y en igualdad de condiciones no se cuenta con plazos, tasas y otros factores que alteren las condiciones de la cuenta por cobrar. Respecto del deterioro de las cuentas por cobrar, fue aplicado en debida forma, es decir, el procedimiento y registro contable se efectuó de acuerdo con lo dispuesto en la política contable e informado a página 16 de las notas a los estados financieros, de acuerdo lo señala el informe de esta auditoría. En tal sentido, la forma en que se reportó la información no menoscaba la gestión que ha venido realizando la UAECD en recuperación de incapacidades, hecho que siempre se ha manifestado en los diferentes informes a los entes de control. Así mismo, es importante resaltar que la Subgerencia de Recursos Humanos documentó y publicó en el SGI el Procedimiento COBRO DE INCAPACIDADES 06-04- PR -04 con el objetivo

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de mitigar el riesgo de pérdida de recursos por incapacidades, y acorde a dicho procedimiento, realizó las gestiones pertinentes para el cobro ante las EPS Cafesalud y Famisanar

Analizada la respuesta se confirma incumplimiento de funciones de algunas de las áreas involucradas en los hechos que originaron lo observado por el Organismo de Control. La UAECD, no presentó los argumentos suficientes que permitan desvirtuar la observación administrativa, por lo cual esta se configura como un hallazgo administrativo con incidencia disciplinaria. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CODIGO 1.6) Para el reconocimiento y medición de esta cuenta, en la UAECD se aplica lo señalado en la Política contable definida para la Propiedad, Planta y Equipo catalogados como bienes muebles. La UAECD reconoce como Propiedad Planta y Equipo – PPyE y los clasifica como tal, a todos los bienes muebles sobre los que ejerce y tiene control y que no están disponibles para la venta, de los cuales se espera recibir un potencial de servicio por más de un año, que además su valor sea igual o superior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Los bienes que conforman la cuenta PPyE, corresponden a elementos catalogados como de consumo controlado, es decir, aquellos cuyo valor es inferior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, los de consumo, y los intangibles que se encuentran amparados por la “Póliza contra todo riesgo, daños materiales entidades estatales”, No. 11350 de la Compañía AXA Colpatria Seguros S.A., con vigencia desde el 19 de abril de 2019 y hasta el 23 de abril de 2020; valor total asegurado $ 2.662.597.256

CUADRO 59

PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO 2019 Valores en pesos

PERIODO DE MOVIMIENTO 01 DICIEMBRE a 31 DICIEMBRE

2019

Código Concepto Saldo Final

1600000000 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 4.498.497.438

1635000000 BIENES MUEBLES EN BODEGA 235.032.242

1635030000 Muebles, Enseres y Equipos de Oficina 24.062.200

1635031600 Libros de Biblioteca y Estudio 24.062.200

1635031601 Libros de Biblioteca y Estudio 24.062.200

1635040000 Equipos de Comunicación y Computación 210.970.042

1635040700 Equipo y Maquinas para Comunicación 35.878.500

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PERIODO DE MOVIMIENTO 01 DICIEMBRE a 31 DICIEMBRE

2019

1635040701 Equipo de Comunicación 35.878.500

1635042100 Máquinas y Equipos de Computación de Datos 175.091.542

1635042101 Equipo de Computación 175.091.542

1637000000 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS 65.017.364

1637070000 Maquinaria y equipo 58.127.446

1637070100 Equipo de Construcción 58.127.446

1637100000 Equipos de Comunicación y Computación 6.889.918

1637100700 Equipos de Comunicación 6.889.918

1655000000 Maquinaria y equipo 240.097.784

1655010000 Equipo de Construcción 240.097.784

1660000000 Equipo Médico y Científico 55.542.006

1660020000 Equipo de Laboratorio 55.542.006

1665000000 Muebles, Enseres y Equipo de Oficina 785.577.165

1665010000 Muebles y Enseres 671.584.607

1665900000 Otros muebles, enseres y equipo de Oficina 113.992.558

1665900900 Libros de Biblioteca y Estudio 113.992.558

1670000000 Equipos de Comunicación y Computación 4.208.848.194

1670010000 Equipo de Comunicación 68.260.430

1670020000 Equipo de Computación 4.140.587.765

1670022100 Máquinas y Equipos de Computación de Datos 4.140.587.765

1675000000 EQUIPOS DE TRANSPORTE, TRACCION Y ELEVACION 1.114.622.000

1675020000 Terrestre 1.114.622.000

1675020100 Equipos y Maquinas para Transporte 1.114.622.000

1685000000 DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO (CR) -2.206.239.317

1685040000 Maquinaria y equipo -63.903.628

1685050000 Equipo Médico y Científico -19.182.198

1685060000 Muebles, Enseres y Equipo de Oficina -189.273.979

1685070000 Equipos de Comunicación y Computación -1.779.797.314

1685080000 Equipos de transporte, Tracción y Elevación -154.082.198

900000000 OTROS ACTIVOS 9.392.329.771 Fuente: Estados Financieros a Dic 31/2019

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En cuanto al almacenista, está amparado por la “Póliza contra todo riesgo, daños materiales entidades estatales”, con la póliza No.11350 de la Compañía AXA Colpatria Seguros S.A., con vigencia desde el 19 de abril de 2019 y hasta el 23 de abril de 2020; valor total asegurado $1.163.596.878. El sistema de medición de la depreciación acumulada y las nuevas vidas útiles implementado por la entidad, se efectuó con base en el avalúo técnico contratado con un perito experto en 2019, en cumplimiento del proceso de transición al Nuevo Marco Normativo Contable. De otro lado, la medición posterior de los bienes muebles que conforman la cuenta Propiedad Planta y Equipo – PPyE se calcula así: Valor en libros = Costo histórico - Depreciación acumulada - Deterioro acumulado. El método de depreciación adoptado y aplicado por la UAECD fue el de línea recta con base en la vida útil restante. Dentro de la propiedad planta y equipo la cuenta más representativa es la 1670 Equipos de Comunicación y Computación con el 16.77% del total de la Propiedad Planta y Equipo, sin descontar la depreciación, la cual refleja un saldo a 31 de diciembre de 2019 de $4.208.846.194.25, valores que corresponden con el inventario físico levantado por la entidad con corte a la misma fecha. El movimiento que realizo la citada cuenta durante el año corresponde a compras de nuevos equipos por $866.945.000, baja de equipos obsoletos en cuantía de $63.461.000 y se aplicaron depreciaciones por valor de $983.382.000 y ajustes por valor de $33.972.000. La segunda cuenta más representativa de la Propiedad Planta y Equipo es el Equipo de Transporte Tracción y Elevación el cual representa el 16.62% de esta cuenta, con un valor de $1.114.622.000, el movimiento reflejado en esta cuenta señala que se realizaron compras por valor de $621.422.000, se dieron equipos de baja a través de enajenación por $106.400.000 y se realizaron depreciaciones por valor de $107.355.000 y ajustes a la misma por valor de $19.413.000. MÉTODOS DE DEPRECIACIÓN UTILIZADOS De acuerdo con la política contable adoptada por la UAECD, serán objeto de depreciación, los bienes que pierden su capacidad normal de operación durante su vida útil, tales como: los bienes muebles en servicio clasificados como: maquinaria y equipo, equipo médico y científico, muebles, enseres y

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equipo de oficina, equipos de comunicación y computación, equipo de transporte, tracción y elevación, equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería. La depreciación iniciara cuando, el activo esté disponible y en condiciones para su uso y se registrara en el gasto como resultado del ejercicio. Se verifico el cálculo de las depreciaciones realizado por la entidad, encontrándolo ajustado a las normas y a las necesidades de los activos de propiedad de la institución. OTROS ACTIVOS (CODIGO 1.9) El saldo de esta cuenta a 31 de diciembre de 2019 ascendió a $9.392.329.771,46, representa el valor de los activos destinados a la atención de las obligaciones por beneficios a los empleados que se van a liquidar en un periodo superior a un año; el saldo registrado por valor de $199.010.477 corresponden al 9% del valor total de la nómina de los funcionarios que están en el Régimen de Retroactividad de las cesantías, suma que se traslada a la Sociedad fiduciaria contratada por el FONCEP.

CUADRO 60 OTROS ACTIVOS Y ACTIVOS INTANGIBLES

Valores en pesos

Código Cuenta 2019 2018 Diferencia

1900000000 OTROS ACTIVOS 9.392.329.771 2.989.216.758 6.403.113.013

1902000000 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A LARGO PLAZO

199.010.477 343.772.500 -144.762.023

1902040000 Encargos Fiduciarios 199.010.477 343.772.500 -144.762.023

1905000000 BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO 2.919.722.189 2.542.121.125 377.601.064

1905010000 Seguros 141.924.549 68.242.407 73.682.142

1905050000 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 280.141.544 280.141.544

mantenimiento 53.777.277 53.777.277

1905080000

1905130000 Estudios y Proyectos 2.046.297.180 1.468.138.681 578.158.499

1905140000 Bienes y servicios 397.581.639 1.005.740.037 -608.158.398

1970000000 ACTIVOS INTANGIBLES 8.308.652.185 8.004.329.624 304.322.561

1970070000 Licencias 1.341.764.972 1.276.281.095 65.483.877

1970080000 Software 6.966.887.213 6.728.048.529 238.838.684

1975000000 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE ACTIVOS INTANGIBLES (CR)

-2.035.055.080 -922.193.766 -

1.112.861.314

1975070000 Licencias -348.405.990 -93.483.957 -254.922.033

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Código Cuenta 2019 2018 Diferencia

1975080000 Software -1.686.649.090 -828.709.809 -857.939.281

Fuente: Estados Financieros Dic 31/2019

PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A LARGO PLAZO (CÓDIGO 1.9.0.2) Representa el valor de los activos destinados a la atención de las obligaciones por beneficios a los empleados que se van a liquidar en un periodo superior a un año; el saldo registrado por valor de $199.010.477, corresponde al valor total de la nómina de funcionarios que están en el Régimen de Retroactividad de las cesantías, suma que se traslada a la Sociedad fiduciaria contratada por el FONCEP. BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO (CÓDIGO 1.9.0.5) En los estados financieros a 31 de diciembre de 2019 se registra la suma de $2.919.722.189,12, distribuida en seguros, impresos y publicaciones, mantenimiento, estudios y proyectos, y bienes y servicios, siendo la cuenta de estudios y proyectos la más representativa del grupo con $2.046.297.180,00 y corresponden al registro del valor cancelado por bienes y servicios los cuales se recibirán en el transcurso de un año y estos se convertirán posteriormente en activos intangibles o se amortizarán al gasto, de acuerdo con un plan durante el tiempo que se estime.

CUADRO 61 BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO CORTE A 31/12/2019

Valores en Pesos

Código Cuenta 2019 2018 Diferencia

1900000000 OTROS ACTIVOS 9.392.329.771 2.989.216.758 6.403.113.013

1902000000 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A LARGO PLAZO 199.010.477 343.772.500 -144.762.023

1902040000 Encargos Fiduciarios 199.010.477 343.772.500 -144.762.023

1905000000 BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO 2.919.722.189 2.542.121.125 377.601.064

1905010000 Seguros 141.924.549 68.242.407 73.682.142

1905050000 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 280.141.544 280.141.544

1905080000 mantenimiento 53.777.277 53.777.277

1905130000 Estudios y Proyectos 2.046.297.180 1.468.138.681 578.158.499

1905140000 Bienes y servicios 397.581.639 1.005.740.037 -608.158.398

Fuente: Libros auxiliares con corte a 31/12/2019

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CUADRO 62

ACTIVOS INTANGIBLES COMPARADOS 2019-2018 Valores en Pesos

CODIGO CONTABLE CUENTA 2.019 2.018 DIFERENCIA

1970000000 ACTIVOS INTANGIBLES 8.308.652.185 8.004.329.624 304.322.561

1970070000 Licencias 1.341.764.972 1.276.281.095 65.483.877

1970080000 Software 6.966.887.213 6.728.048.529 238.838.684

1975000000

AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE ACTIVOS INTANGIBLES (CR) -2.035.055.080 -922.193.766 -1.112.861.314

1975070000 Licencias -348.405.990 -93.483.957 -254.922.033

1975080000 Software -1.686.649.090 -828.709.809 -857.939.281 Fuente: Libros auxiliares con corte a 31/12/2019 En el cuadro de activos intangibles, se señala la compra de Licencias y de Software para la UAECD, según el cuadro de detalles y movimientos se realizaron compra de Software por $65.484.000 y $102.926.000 y por compra de Licencias $65.484.000, para un total de movimiento por valor de $304.322.000. Dentro de este segmento se registran los Activos Intangibles y su amortización. La UAECD, aplica para el reconocimiento, medición y revelación de los activos intangibles de acuerdo con la política específica a este grupo de activos. a) Vidas útiles o las tasas de amortización utilizadas: para la estimación de la vida útil de los activos intangibles, la Gerencia de Tecnología debe tener en cuenta consideraciones como tiempo de utilización esperada, tiempo de recuperación de la inversión, adiciones y mejoras realizadas al activo, obsolescencia del activo, duración de uso, plazo licencias y políticas de renovación tecnológica Si como resultado del análisis de las variables anteriores no es posible hacer una estimación fiable de la vida útil del intangible, se considerará que tiene una vida útil indefinida y no será objeto de amortización, por tanto, solamente se evaluara si hubo deterioro de valor del intangible, como está establecido en la política de deterioro.

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La vida útil de un activo intangible estará dada por el menor período entre el tiempo en que se obtendría el potencial de servicios esperados y el plazo establecido conforme a los términos contractuales. Si el contrato u otros derechos legales se han fijado durante un plazo limitado que puede ser renovado, la vida útil del activo intangible incluirá el periodo de renovación, sólo si existe evidencia que soporte la renovación por parte de la UAECD sin un costo significativo, es decir, que no supere el 50% del costo del activo inicial. Si el costo de la renovación es significativo, es decir, superior al 50% del activo intangible inicial, estos costos formarán parte del costo de adquisición de un nuevo activo intangible, en la fecha de renovación.

La UAECD en cuanto al método de amortización realizó la distribución sistemática del valor amortizable del activo intangible, utilizando el método lineal. La amortización del activo intangible debe cesar cuando se produzca la baja, o cuando el valor residual supere el valor en libros, la amortización no cesara cuando el activo esté sin utilizar. Para efectos de determinar el deterioro de los activos intangibles, la Entidad dará aplicación a la política de deterioro definida para tal fin. En relación con las vidas útiles infinitas o indefinidas de los intangibles de la UAECD estos poseen vidas útiles finitas y para ningún caso se tienen intangibles con vidas útiles indefinidas. ESTUDIOS Y PROYECTOS (1903) Esta cuenta refleja los registros de contratación de Proyectos que aún están en ejecución y no se ha cumplido con el objeto contractual a la fecha. En esta cuenta se registran contablemente dos contratos que a diciembre 31 de 2019 no han cumplido su objeto contractual y a marzo de 2020, aún se encuentran en ejecución, como lo reflejan los estados financieros. El contrato es el número 235 de 2018, suscrito con Ingeniería Civil Y Geodesia SAS INCIGE SAS, con el objeto de Proveer a la UAECD de ortofotomosaicos a partir de la toma de fotografía aérea, información lidar y generación de cartografía, para la zona rural de Bogotá y municipios vecinos, conforme los requerimientos técnicos de la entidad, por valor de $4.408.485.900, ha recibido anticipos por valor de $881.697.180.

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Analizada la respuesta se observa que la UAECD, no presentó los argumentos suficientes que permitan desvirtuar la observación administrativa, por lo cual esta se configura como un hallazgo administrativo con incidencia disciplinaria.

3.3.1.2 Hallazgo Administrativo con presunta incidencia disciplinaria por deficiencias en el desarrollo del Contrato 330 de 2017, suscrito con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE.

La UAECD suscribió el Contrato 330 de 2017 con FONADE, con el objeto de realizar la gerencia integral de proyectos, para la obtención de información geográfica proveniente de sensores remotos, por valor de $3.969.000.000, a diciembre 31 de 2019, la contabilidad registra pagos por valor de $1.164.600.000, a la fecha de elaboración del presente informe ni el contratista ni el supervisor han entregado resultados de los compromisos contractuales. La UAECD señaló que la forma de pago fue acordada con anticipo del 90% y el contratista no ha cumplido con el objeto.

CUADRO 63 ESTUDIOS Y PROYECTOS DE INVERSION

A 31 de diciembre de 2019 Valores en pesos

Clase Contrato No

Contrato Proveedor o Beneficiario OBJETO Valor Contrato Giro

Cuenta

Registrar

Estado contrato

Contrato interadministrativo de Gerencia Integral de Proyecto

330_2017

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE

Realizar la gerencia integral del proyecto para la obtención de información geográfica proveniente de sensores remotos

$3.969.000.000 $ 1.164.600.000

190513 Estudios y proyectos

En ejecución

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Clase Contrato No

Contrato Proveedor o Beneficiario OBJETO Valor Contrato Giro

Cuenta

Registrar

Estado contrato

Contrato prestación de servicio

235_2018

INGENIERIA CIVIL Y GEODESIA SAS INCIGE SAS

Proveer a la UAECD de ortofotomosaico a partir de la toma de fotografía aérea, información LIDAR y generación de cartografía, para la zona rural de Bogotá y municipios vecinos, conforme los requerimientos técnicos de la entidad

$4.408.485.900 $ 881.697.180

190513 Estudios y proyectos

En ejecución

TOTALES $8.377.485.900 $2.046.297.180

FUENTE: Estados Financieros a 31 de diciembre 2019

Con los hechos descritos anteriormente, se transgrede lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, así como los principios de planeación, economía, transparencia y responsabilidad señalados en el artículo 3 de la Ley 489 de 1998 y los artículos 2 y 6 y literales e) y g) del artículo 12 de la Ley 87 de 1993, artículo 8 de la Ley 42 de 1993, artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y artículos 34 y 48 de Ley 734 de 2002. Estos hechos se originan por falta de control a la gestión contractual y de exigir el cumplimiento de los objetos contractuales en su oportunidad, además de las responsabilidades o fallas que le sean imputables al interventor del contrato. Como resultado de esta falta de control a la gestión contractual se puede generar un daño al erario distrital, por lo tanto, este contrato será objeto de evaluación por parte del Organismo de Control en futuras actuaciones. Valoración de respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal La entidad señaló en su respuesta: “En relación con el contrato 330 de 2017,

debemos mencionar que el día 02 marzo de 2020, producto de la gestión adelantada por las entidades contratantes, es decir UAECD, SECRETARÍA DE HABITAT, DADEP e IDIGER, por convenio suscrito con la Secretaría de Hacienda Distrital para la gestión de cobro coactivo por los valores adeudados por FONADE, logró el pago por valor de Tres Mil Trescientos Ochenta y Dos Millones Cuatrocientos sesenta y Seis Mil Pesos ($3.382.466.000ºº), pago efectuado por la Compañía Mundial de Seguros S.A., como consecuencia de la declaratoria del siniestro de las pólizas que garantizaban el

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contrato 330 de 2017. De manera adicional se viene adelantando proceso judicial por el medio de control de controversias contractuales contra FONADE en aras de prevenir el daño antijurídico y el presunto daño al erario distrital que se menciona en el hallazgo de la Contraloría de Bogotá D.C”

Valorada la respuesta se concluye que se presentó incumplimiento del contrato y se realizaron las recuperaciones por indemnización de la aseguradora, sin embargo, es evidente que se presentaron deficiencias en la ejecución del contrato observadas por la Contraloría. Los argumentos presentados por la entidad no desvirtúan la observación en consecuencia, y con el propósito de que la entidad busque mecanismos para que esta situación no se vuelva a presentar, se configura hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. PASIVO (CODIGO 2.0) A 31 de diciembre de 2019 el total del Pasivo ascendió a $16.347.230.444; cifra que está compuesta por las siguientes cuentas:

CUADRO 64 PASIVO CON CORTE A 31/12/2019

Valores en Pesos

2019 2018 Código Concepto Saldo Inicial % Saldo Final % DIFERENCIA

2000000 PASIVO 16.573.618.623 100% 16.347.230.443 100% 226.388.180

2400000 CUENTAS POR PAGAR 2.318.059.380 13.99% 2.700.884.835 16.52% -382.825.455

2500000

BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS 11.718.330.483 70.0% 9.544.983.116 58.39% 2.173.347.367

2700000 PROVISIONES 2.537.228.760 15.31% 4.101.362.492 25.09% -1.564.133.732 Fuente: Estado de Situación Financiera Dic 31 2019

La Cuenta más representativa es la de Beneficios a Empleados con el 70.70% del total del pasivo, seguida de la cuenta de Provisiones con un 15.31%. En cuanto al crecimiento del pasivo frente a la vigencia 2019 fue de $226.388.180, el pasivo que más aumentó en el cambio de vigencia fue el de Beneficios a Empleados, mientras que las cuentas por pagar presentaron una disminución en cuantía de $382.825.455. CUENTAS POR PAGAR (CÓDIGO 2.4) La UAECD implemento políticas financieras para el registro de las operaciones de las cuentas por pagar que representan las obligaciones adquiridas por la

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entidad con terceros, originadas en el desarrollo de sus actividades y de las cuales se espera a futuro, la salida de un flujo financiero fijo o determinable a través de efectivo, o equivalentes al efectivo u otro instrumento financiero; las cuentas por pagar que la UAECD ha constituido corresponden principalmente a la adquisición de bienes y servicios, acreedores varios, retenciones e impuestos por pagar. A 31 de diciembre de 2019 reporta un saldo de $2.318.059.380, equivalente al 13.99%; del valor total del pasivo. Distribuidas así:

CUADRO 65 CUENTAS POR PAGAR CON CORTE A 31/12/2019

En Pesos

Código Concepto Saldo Final

2019

2400000000 CUENTAS POR PAGAR 2.553.730.395

2401000000 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES 1.774.628.661

2401010000 Bienes y servicios 1.774.628.661

2401010100 Bienes 125.802.911

2401010200 Servicios 1.648.825.750

2407000000 RECURSOS A FAVOR DE TERCEROS 10.053.670

2407200000 Recaudos por clasificar 10.053.670

2424000000 DESCUENTOS DE NÓMINA -

2436000000 RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE 564.671.468

2436030000 Honorarios 83.492.510

2436050000 Servicios 29.566.354

2436080000 Compras 9.907.508

2436150000 Tarifa - Empleados Art 383 ET 226.830.616

2436250000 Impuesto a las ventas retenido por consignar 59.954.649

2436250100 Bienes y Servicios régimen común 59.954.649

2436270000 Retención de Impuestos de Industria y Comercio por Compras 52.142.945

2436270100 Retención de Impuesto de Industria y Comercio por Compra Bienes 7.116.301

2436270200 Retención de Impuesto de Industria y Comercio por Compra Servicios

45.026.644

2436900000 Otras retenciones 102.776.886

2436900100 Estampilla Procultura 20.484.747

2436900300 Universidad 50 Años de Labor Unipedagógica 32.108

2436900400 Pro adulto mayor 2% 81.938.949

2436900500 Contribución Especial Contrato de Obra 321.082

2445000000 Impuesto al Valor Agregado – IVA 204.376.596

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Código Concepto Saldo Final

2019

2445020000 Venta de servicios 256.849.621

2445060000 Compra de servicios (Db) -14.083.999

2445080000 Devoluciones en Ventas de Servicios (Db) -38.389.026

Fuente: Balance de Prueba Dic 31 de 2019 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES (Código 2.4.0.1) Se registra el valor cancelado por bienes y servicios los cuales se recibirán en el transcurso de un año y estos se convertirán posteriormente en Activos intangibles o se amortizarán al gasto, de acuerdo con un plan durante el tiempo que se estime. Se incluye el registro por causación de la cuenta por pagar originada en la ordenación del pago por bienes y servicios a contratistas y proveedores durante el respectivo mes.

Así mismo, se registran todas las obligaciones contraídas por la entidad con terceros por concepto de: a) la adquisición de bienes o servicios de proveedores nacionales, en desarrollo de sus actividades. b) la adquisición de bienes y servicios para proyectos de inversión específicos a 31 de diciembre de 2019 presenta un saldo de $1.774.628.661, siendo la cuenta más representativa del pasivo.

CUADRO 66 BENEFICIO A EMPLEADOS A CORTO PLAZO CON CORTE A 31/12/2019

En Pesos

Concepto Saldo Final

2019 Saldo Final

2018 Diferencia %

BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS 10.590.881.663 9.544.983.116 1.045.898.547 10%

BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A CORTO PLAZO 7.174.123.772 6.400.720.856 773.402.916 11%

Nómina por pagar 17.935.418 11.293.957 6.641.461 37%

Cesantías 2.017.266.233 1.906.558.043 110.708.190 5%

Intereses sobre cesantías 237.970.579 224.738.570 13.232.009 6%

Vacaciones 1.701.077.955 1.375.093.285 325.984.670 19%

Prima de vacaciones 1.342.956.282 1.099.007.722 243.948.560 18%

Prima de servicios 1.203.250.827 1.174.675.921 28.574.906 2%

Bonificaciones 356.711.835 325.900.795 30.811.040 9%

Bonificación por servicios 243.373.232 231.929.449 11.443.783 5%

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Concepto Saldo Final

2019 Saldo Final

2018 Diferencia %

Bonificación especial de recreación 113.338.603 93.971.346 19.367.257 17%

Otros salarios y prestaciones sociales 296.954.643 283.452.563 13.502.080 5%

Reconocimiento por permanencia 296.954.643 283.452.563 13.502.080 5%

BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A LARGO PLAZO 3.416.757.891 3.144.262.260 272.495.631 8%

Cesantías retroactivas 1.904.648.913 1.659.003.852 245.645.061 13%

Otros beneficios a los empleados a largo plazo 1.512.108.978 1.485.258.408 26.850.570 2%

Reconocimiento por permanencia 1.512.108.978 1.485.258.408 26.850.570 2% Fuente: Estados financieros a 31/12/2019

Se evidenció que la UAECD aplicó lo establecido en la Circular No. 51 del 22 de diciembre de 2016, expedida por la Dirección Distrital de Contabilidad, donde indica que se debe registrar por cada funcionario y con base al reporte entregado por la Subgerencia de Recursos Humanos Nómina, las prestaciones sociales donde se incluyen las partidas correspondientes al pasivo real a favor de los empleados que adquirieron el derecho a días de descanso compensatorio y que a 31 de diciembre de 2019 no habían sido disfrutados ni compensados en dinero, así mismo se incluyó en la cuenta “Otros

beneficios a los empleados a corto plazo “ el valor del pasivo real a favor de los empleados que a 31 de diciembre habían adquirido el derecho del Reconocimiento por Permanencia y que será cancelado durante la vigencia 2020. Con base en lo anterior la entidad registro en la cuenta 2.5.1.1.0.1 Nomina por Pagar un valor de $17.935.418,00, el cual comparado con el del año 2019 reflejó $11.293.957,00, es decir se incrementó en $6.641.461,00, lo que equivale al 37% de incremento, este corresponde a 15 funcionarios a los cuales se les adeuda por compensatorios. En la cuenta 2.5.1.1.90 Otros Beneficios a los Empleados a Corto Plazo, por valor de $296.954.643,00 a 31 de diciembre de 2019, que comparado con el 2018 $283.452.563,00, refleja un incremento de $13.502.080,00 es decir, un 5% de aumentó, en esta cuenta también se registra el Reconocimiento por Permanencia. BENEFICIOS A EMPLEADOS A LARGO PLAZO (Código 2.5.12) Esta cuenta presenta un saldo de $3.416.757.891,00 a 31 de diciembre de 2019, que comparado con 2018 $3.144.262.260,00 arroja un incremento de 272.495.631,00, es decir el 8% y corresponde al cálculo a valor presente de

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las Cesantías retroactivas y del Reconocimiento por Permanencia de cada uno de los funcionarios que tienen este derecho.

CUADRO 67 BENEFICIOS A EMPLEADOS A LARGO PLAZO

Con corte a 31/12/2019 En Pesos

Código Concepto Saldo Final

2019 Saldo Final

2018 Diferencia %

2512000000 BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A LARGO PLAZO 3.416.757.891

3.144.262.260 272.495.631 8%

2512040000 Cesantías retroactivas 1.904.648.913

1.659.003.852 245.645.061 13%

2512900000 Otros beneficios a los empleados a largo plazo 1.512.108.978,00

1.485.258.408 26.850.570 2%

2512900100 Reconocimiento por permanencia 1.512.108.978,00

1.485.258.408 26.850.570 2%

Fuente: Estados financieros a 31/12/2019

Se evidenció que la UAECD aplicó para el cálculo anterior la metodología de medición establecida en la “Guía para la medición del reconocimiento por

permanencia en Entidades de Gobierno del Distrito Capital.”

Se verificó la aplicación de la política en las notas a los estados financieros y registros contables, encontrando que se cumplen como se establece en cuanto a su naturaleza y explicación metodológica de cálculo aplicada.

PROVISIONES (CODIGO 2.7) A 31 de diciembre de 2019 los estados financieros de la UAECD presenta un saldo de $2.537.228.760,00 que comparado con la vigencia 2018 $4.101.362.492,00, muestra una disminución de $1.564.133.732,00 del total del pasivo, es decir disminuyendo en un 38% con respecto a la vigencia 2018; en esta cuenta se registra la provisión de los procesos judiciales, según la calificación emitida por el Sistema de Procesos Judiciales – SIPROJWEB, de la Secretaria Jurídica del Distrito Capital, y de acuerdo con la política contable adoptada por la UAECD. LITIGIOS Y DEMANDAS (Código 27-01)

CUADRO 68

SALDO DE LITIGIOS Y DEMANDAS A 31 DE DICIEMBRE DE 2019 En pesos

Código Concepto Saldo Final 2019 Saldo Final 2018 Diferencia %

2700000000 PROVISIONES 2.537.228.760 4.101.362.492 1.564.133.732 38%

2701000000 LITIGIOS Y DEMANDAS 2.537.228.760 4.101.362.492 1.564.133.732 38%

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Código Concepto Saldo Final 2019 Saldo Final 2018 Diferencia %

2701030000 Administrativas 2.537.228.760 4.101.362.492 1.564.133.732 38% Fuente: estados financieros a diciembre 31 2019 y 2018

Respecto a la disminución de la provisión, se encontró que algunos de los procesos del periodo fueron terminados favorablemente para la UAECD. De otra parte, en la valoración de los demás procesos vigentes se disminuyó por efecto de la baja en los porcentajes de calculó en cada proceso. PATRIMONIO (CODIGO 3) Esta cuenta refleja todos los bienes y derechos, una vez deducidas las obligaciones, de la UAECD, esta cifra asciende a $5.956.321.068,72, con corte a 31 de diciembre de 2019; según reporta la Situación Financiera presentada. El patrimonio está compuesto por las siguientes cuentas:

CUADRO 69 PATRIMONIO CON CORTE A 31/12/2019

En Pesos Código Concepto Saldo Final 2019 Saldo Final 2018 Diferencia %

3000000000 PATRIMONIO 5.956.321.068 5.649.737.876,85

306.583.191 5%

3100000000

PATRIMONIO DE LAS ENTIDADES DE GOBIERNO 5.956.321.068 5.649.737.876 306.583.191 5%

3105000000 CAPITAL FISCAL 3.155.748.284 3.155.748.284 - 0%

3105060000 Capital Fiscal 3.155.748.284 3.155.748.284 - 0%

3110000000 RESULTADO DEL EJERCICIO 2.493.989.592 3.342.449.909

- 848.460.317 -34%

3110010000 Excedente del ejercicio 2.493.989.592 3.342.449.909

- 848.460.317 -34%

Fuente: estados financieros a diciembre 31 2019 y 2018

RESULTADOS DEL EJERCICIO (Código 3110) La Utilidad del presente ejercicio contable fue de $2.493.989.592.10, la cual presentó una disminución frente a la utilidad del 2018, equivalente a $848.460.317.30, es decir se redujo en 34% frente a la presente vigencia.

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CUADRO 70 INGRESOS FISCALES A 31 DE DICIEMBRE DE 2019

En pesos

Código Concepto Saldo Final

2019 Saldo Final

2018 Diferencia %

4000000000 INGRESOS 73.154.721.510 68.011.261.482 5.143.460.028 7.03%

4100000000 INGRESOS FISCALES 9.286.909 9.286.909 100%

4110000000 NO TRIBUTARIOS 9.286.909 9.286.909 100%

4110040000 Sanciones 9.286.909 9.286.909 100%

4300000000 VENTA DE SERVICIOS 4.942.036.132 5.820.643.381 -878.607.249 -17.78%

4390000000 OTROS SERVICIOS 5.182.122.411 6.260.401.913 -

1.078.279.502 -20.81%

4390050000 Servicios informativos 5.182.122.411 6.260.401.913 -

1.078.279.502 -20.81%

4390050500 Manzanas catastrales 441.820.467 410.044.605 31.775.862 7.19%

4390050700 Planos y Mapas 38.088.104 34.023.970 4.064.134 10.67%

4390050800 Mapa Digital 14.882.089 9.871.632 5.010.457 33.67%

4390050900 Avalúos Comerciales 4.405.333.510 4.527.719.866 -122.386.356 -2.78%

4390051000 Registros Alfanuméricos 223.660.609 120.944.842 102.715.767 45.92%

4390051100 Peritajes 3.023.772 6.304.895 -3.281.123 -10.,51%

4390051200 Fotocopias 163.278 231.598 -68.320 -41.84%

4390051400 Certificación Cabida y Linderos 38.343.859 38.343.859 100%

4390051500 Proceso de Captura y Análisis de Información 16.806.723 1.151.260.505 -

1.134.453.782 -6.750%

4395000000

DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DE SERVICIOS (DB) -240.086.279 -439.758.532 199.672.253 -83.17%

4395900000 Otros Servicios -240.086.279 -439.758.532 199.672.253 -83.17%

4400000000 TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES 102.926.060 102.926.060 100%

4428000000 OTRAS TRANSFERENCIAS 102.926.060 102.926.060 100%

4428070000 Bienes Recibidos Sin Contraprestación 102.926.060 102.926.060 100%

4700000000 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES 64.614.745.238 60.841.905.432 3.772.839.806 5.84%

4705000000 FONDOS RECIBIDOS 64.567.514.561 60.718.905.432 3.848.609.129 5.96%

4705080000 Funcionamiento 49.525.266.550 46.872.165.373 2.653.101.177 5.36%

4705100000 Inversión 15.042.248.011 13.846.740.059 1.195.507.952 7.95%

4722000000 OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO 47.230.677 123.000.000 -75.769.323 -160.42%

4722900000 Otras Operaciones Sin Flujo de Efectivo 47.230.677 123.000.000 -75.769.323 -160.42%

4800000000 OTROS INGRESOS 3.485.727.171 1.348.712.669 2.137.014.502 61.31%

4802000000 FINANCIEROS 251.710.575 187.687.943 64.022.632 25.44%

4802010000 Intereses sobre depósitos en instituciones financieras 251.710.575 187.687.943 64.022.632 25.44%

4808000000 INGRESOS DIVERSOS 3.233.333.560 1.146.944.877 2.086.388.683 64.53%

4808250000 Sobrantes 1.862.067 72.000 1.790.068 96.13%

4808260000 Recuperaciones 3.230.299.369 1.133.838.115 2.096.461.254 64.90%

4808280000 Indemnizaciones 546.210 546.210 100%

4808900000 Otros ingresos diversos 625.914 13.034.762 -12.408.848 -

1982.52%

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Código Concepto Saldo Final

2019 Saldo Final

2018 Diferencia %

4830000000 REVERSIÓN DE LAS PERDIDAS POR DETERIORO DE VALOR 683.035 14.079.849 -13.396.814

-1961.37%

4830020000 Cuentas por cobrar 683.035 14.079.849 -13.396.814 -

1961.37%

Fuente: Estados Financieros UAECD

Los Ingresos Fiscales corresponden al registro de una entrada por una sanción impuesta por el incumplimiento en la ejecución de un contrato de prestación de servicios. Los ingresos sin contraprestación corresponden a aquellos recibos principalmente por las trasferencias de la Tesorería Distrital para el pago de contratos cuyos recursos son financiados con dineros del distrito.

En cuanto a el registro de la cuenta 4428 corresponde a la entrega real y material sin contraprestación, del software denominado “Plataforma WEB Bogotá Datos Abiertos”, recibido por la UAECD de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, de acuerdo al convenio No. 4130000-691-2018. Lo anterior en procura de fortalecer el proceso de apertura de datos abiertos en la ciudad. El plan de cuentas del catálogo general de cuentas para entidades de gobierno de la Resolución 620 de 2015 de la CGN, no señala una cuenta asociada para registrar contablemente las ventas por productos catastrales, en la UAECD, razón por la que se crearon subcuentas para desglosar la información por producto dentro del grupo de ventas otros servicios. La cuenta Venta de Servicios presento ingresos por $4.942.036.132, cifra inferior a la de 2018, $5.820.643.381 en un 17.78%. En la cuenta 4390 Servicios Informativos, se registran las operaciones por los valores causados en la venta o prestación de servicios, como planos, copias heliográficas, certificaciones, avalúos, mapa digital, registros catastrales y peritajes, actividades de comercialización propias de la Unidad. Las ventas presentan una ejecución de acuerdo con lo presupuestado para el periodo producto de la facturación por los contratos de convenios interadministrativos que mantiene la UAECD con entidades públicas como lo son IDU, Secretaría de Planeación, Integración Social, ERU, etc., entre otros. Avalúos comerciales (4390)

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La cuenta 4390 Servicios Informativos, registra las operaciones de venta o prestación de servicios, como planos, copias heliográficas, certificaciones, avalúos, mapa digital, registros catastrales y peritajes, actividades de comercialización propias de la UAECD. La UAECD al no encontrar dentro del plan de cuentas del catálogo general de cuentas para entidades de gobierno establecida mediante la Resolución 620 de 2015 de la CGN, una cuenta para registrar contablemente las ventas por productos catastrales, se crearon subcuentas para desglosar la información por producto dentro del grupo de ventas otros servicios. La UAECD realiza ventas o facturación por contratos de convenios interadministrativos con entidades públicas como lo son IDU, Secretaría de Planeación, Integración Social, ERU, etc., entre otros. Se presentaron anulaciones de facturación de avalúos en una cuantía $240.000.000, debido a la solicitud de entidades, para que se anule la factura y se genere un nuevo documento. GASTOS (5-00) Durante la vigencia 2019 la UAECD efectuó gastos por un total de $67.951 millones de pesos de los cuales el grupo de administración y operación representa el 94%. GASTOS GENERALES (5111) Se clasifican dentro de este grupo, aquellos gastos incurridos en mano de obra directa diferente a la planta de personal mediante el contrato de prestación de servicios y otros gastos o beneficios a empleados no relacionados anteriormente como son: capacitación, dotación y estímulos a los empleados. Se afecta directamente el gasto mediante causación mensual de acuerdo con el objeto y ejecución real del contrato relacionado con el concepto de gasto. Se incluyen los gastos diferentes a los originados en la liquidación de la nómina, los cuales corresponden a contratación de servicios personales provistos por contratistas externos, así como los demás pagos en beneficio de los funcionarios y de acuerdo con el plan de beneficios e incentivos que maneja la Unidad DEPRECIACION DE PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO

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En esta cuenta se registran los Gastos por Depreciación generada por el uso o desgaste normal que tienen los bienes de propiedad de la UAECD.

CUADRO 71 RELACION DE GASTOS

A 31 de diciembre de 2019 En pesos

código Concepto Saldo Final

2019 Saldo Final

2018 Diferencia %

5000000000 GASTOS 68.258.001.435 56.631.611.129 11.626.390.307 17.03

5100000000 DE ADMINISTRACION Y OPERACION 63.695.255.124 18.733.345.969 44.961.909.155 70.59

5101000000 SUELDOS Y SALARIOS 20.243.370.654 13.296.342.125 6.947.028.529 34.32

5101010000 Sueldos del personal 14.318.800.987 109.926.464 14.208.874.523 99.3

5103000000 CONTRIBUCIONES EFECTIVAS 5.711.202.318 926.482.285 4.784.720.033 83.78

5104000000 APORTES SOBRE LA NÓMINA 1.252.670.609 694.937.789 557.732.820 44.52

5107000000 PRESTACIONES SOCIALES 10.893.093.665 1.376.925.385 9.516.168.280 87.36

5108000000 GASTOS DE PERSONAL DIVERSOS 11.770.911.478 1.730.503.142 10.040.408.336 85.30

5111000000 GENERALES 13.771.579.903 110.093.243 13.661.486.660 99.20

5111150000 Mantenimiento 1.914.987.103 3.456.786 1.911.530.317 99.82

5111150600 Equipo de Comunicación y Computación 1.720.751.253 1.104.738.115 616.013.139 35.80

5111230000 Comunicaciones y transporte 1.572.720.440 172.982.558 1.399.737.882 89.00

5111230100 Comunicaciones 1.570.805.355 293.626.230 1.277.179.125 81.31

5111650000 Intangibles 4.108.847.994 54.571.058 4.054.276.936 98,67

5111790000 Honorarios 2.175.194.724 5.390.843 2.169.803.881 99,75

5300000000 DETERIORO, DEPRECIACIONES AMORTIZACIONES Y PROVISIONES 3.888.465.041 41.336.295 3.847.128.746 98.94

5360000000 DEPRECIACION DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 1.227.982.937 17.642.569 1.210.340.368 98.56

5366000000 AMORTIZACIÓN DE ACTIVOS INTANGIBLES 1.112.861.314 830.386.768 282.474.546 25.38

5366050000 Licencias 254.922.033 66.140.040 188.781.993 74.05

5366060000 Softwares 857.939.281 1.140.995.349 -283.056.068 -32.99

5368000000 PROVISIÓN LITIGIOS Y DEMANDAS 1.546.677.665 93.483.957 1.453.193.708 93.96

5368030000 Administrativas 1.546.677.665 1.047.511.392 499.166.273 32.27

5700000000 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES 240.476.388 297.169.570 -56.693.182 -23.58

5800000000 OTROS GASTOS 127.221.690 997.140.117 -869.918.427 -

683.78

5802000000 COMISIONES 10.733.858 5.738.787 4.995.071 46.54

5890000000 GASTOS DIVERSOS 116.487.832 991.401.330 -874.913.498 -

751.08

5890160000 Ajustes o mermas sin responsabilidad 11.426 11.584 -158 -1.38

5890190000 Pérdida por baja en cuentas de activos no financieros 116.476.406 991.389.746 -874.913.340

-751.15

5900000000 CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS 306.583.192 3.342.449.910 -3.035.866.718 -

990.23

Fuente: Estados financieros a 31 Dic 2019

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3.3.2 Control Interno Contable

Mediante Resolución No. 193 de 2016 suscrita por la Contaduría General de la Nación, incorporó en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable, con el fin de medir la efectividad de las acciones mínimas de control que deben realizar los responsables de la información financiera de las entidades públicas y garantizar, razonablemente, la producción de información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel, definidas en el marco conceptual del marco normativo que le sea aplicable a la entidad, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública. Dentro del marco de la evaluación al control interno contable realizada por la UAECD en el marco de la Resolución 193 de 2016, obtuvo una calificación de 4.57 sobre 5 ubicándolo como adecuado. En atención a lo dispuesto en materia de control interno contable, es importante mantener actividades de seguimiento y monitoreo a los cierres trimestrales, como mecanismo para fortalecer la cultura del autocontrol y el mejoramiento continuo de la gestión contable, con énfasis en el cierre anual, así como el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la Oficina de Control Interno en las evaluaciones realizadas al Sistema de Control Interno Contable en cada corte.

3.3.3 Gestión Presupuestal

La evaluación del Factor de Gestión Presupuestal y sus resultados respecto de la preparación, ejecución y control, se realizó para establecer en qué medida la UAECD, fue eficiente en la ejecución de los recursos aprobados para la vigencia 2019, en cada una de los periodos de la gestión presupuestal en orden de cumplir la misión, objetivos institucionales, la legalidad y oportunidad de las operaciones y registros en la ejecución de los recursos puestos a disposición.

Se analizó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de UAECD, para la vigencia fiscal 2019, de conformidad con las normas de auditoría gubernamental colombianas y las normas de auditoría generalmente aceptadas; evidenciándose que la entidad cumplió con los principios presupuestales de Legalidad, Planificación, Anualidad, Universalidad, Unidad de Caja y Programación Integral. Llevando a cabo los análisis respectivos, aplicando las pruebas sustantivas y de cumplimiento, incorporadas en el programa de auditoría contenidos en el memorando de asignación; e

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demostraron las operaciones relacionadas con el proceso presupuestal, programación, ejecución, modificaciones, Programa anual de Caja – PAC, Obligaciones Contingentes, Pasivos Exigibles y Cierre presupuestal. Se determinó que la entidad aplica un adecuado Sistema de Control Fiscal Interno.

Para la vigencia fiscal 2019, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, en ejercicio de sus atribuciones contenidas en el Acuerdo 003 de 2012, aprueba el Anteproyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión a través del Acta 6 del 5 de Octubre de 2018, seguidamente fue aprobado a través del Acuerdo del Concejo de Bogotá No. 728 del 26 de diciembre de 2018, y liquidado según Decreto 826 del 27 de diciembre 2018.

Comparando los ingresos correspondientes al año 2019, respecto al año 2018, se evidencia una reducción de $3.911.720.000, es decir que el presupuesto disminuyo el 5.30% respecto al año anterior, como se muestra en el siguiente cuadro:

CUADRO 72 COMPARATIVO PRESUPUESTO

RENTAS E INGRESOS 2019 VS 2018 – UAECD

2019 2018 Diferencia Variación

Porcentual

Ingresos Corrientes 2.700.000.000 5.900.000.000 (3.200.000.000) -54.24%

Recursos de Capital 2.827.888.000 112.702.000 2.715.186.000 2409.17%

Transferencias Administración Central

64.342.031.000 67.768.937.000 (3.426.906.000) -5.06%

Total Ingresos 69.869.919.000 73.781.639.000 (3.911.720.000) -5.30%

Fuente: Ejecución Presupuestal de Rentas e Ingresos. UAECD – Predis – Sivicof

Respecto al Presupuesto de Gastos e Inversión, La entidad contaba inicialmente con un PPTO aprobado por valor de $69.869.919.000 COP, el cual fue reducido en el mes de abril de 2019 a $69.417.919.000 COP, esto en razón a una sanción interpuesta por la SDH por haber excedido el 20% en la constitución de reservas del PPTO de inversión (Art. 62 del Decreto 714 de 1996

– modificado por el Acuerdo 5 de 1998 del Concejo de Bogotá); El Total de este PPTO está representado por el 72.81% para Gastos de Funcionamiento y 27.19% para Inversión, realizado el cuadro comparativo evidenciamos una disminución del PPTO de Gastos e Inversión en $4.022.445.273, es decir, una reducción de 5.48% respecto al año anterior, también vemos que el PPTO para los Gastos de Funcionamiento incremento 5.81%, mientras el de Inversión Bajo 26.48%, como se muestra en el siguiente cuadro:

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CUADRO 73

COMPARATIVO PRESUPUESTO

GASTOS E INVERSION 2019 VS 2018- UAECD

En Pesos

2019 2018 Diferencia

PPTO Final Variación

Porcentual

Gastos de Funcionamiento

50.543.112.000 47.768.333.273 2.774.778.727 5.81%

Inversión 18.874.807.000 25.672.031. (6.797.224.000) -26.48%

Total Gastos e Inversión

69.417.919.000 73.440.364.273 (4.022.445.273) -5.48%

Fuente: Ejecución Presupuestal de Rentas e Ingresos. UAECD – Predis – Sivicof

La ejecución presupuestal de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones

para 2019 presentó el siguiente comportamiento:

CUADRO 74 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

UAECD- 2019

En Pesos

Recursos Administrados

Aportes del Distrito Total

Ingresos Corrientes 2.305.151.713 0 2.305.151.713

Recursos De Capital 2.827.888.000 0 2.827.888.000

Transferencias Administración Central

0 64.284.879.287 64.284.879.287

Total Ingresos 5.133.039.713 64.284.879.287 69.417.919.000

Fuente: Ejecución Presupuestal de Rentas e Ingresos vigencia 2019 - Predis - Sivicof

Del presupuesto asignado de Rentas e Ingresos, para la vigencia de 2019, los ingresos corrientes corresponden al 3.32%, los recursos de capital el 4.07%, y las transferencias de la Administración Central el 91.57% de la participación.

A la UAECD se le asignó un presupuesto inicial de $69.869.919.000, el cual fue reducido en el mes de abril de 2019 a $69.417.919.000, esto en razón a una sanción interpuesta por la SDH por haber excedido el 20% en la constitución de reservas del PPTO de inversión (Art. 62 del Decreto 714 de 1996

– modificado por el Acuerdo 5 de 1998 del Concejo de Bogotá), Como se muestra en a continuación:

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CUADRO 75 PRESUPUESTO DEFINITIVO DE RENTAS E INGRESOS

UAECD- VIGENCIA 2019

En Pesos

PPTO Inicial

Modificaciones

PPTO Definitivo

Recaudo %Recaudo

Ingresos Corrientes

2.700.000.000 (394.848.287) 2.305.151.713 5.019.531.366 217.75

Recursos De Capital

2.827.888.000 - 2.827.888.000 2.990.120.859 105.73

Transferencias Administración

Central 64.342.031.000 (57.151.713) 64.284.879.287 58.400.448.421 90.84

Total Ingresos 69.869.919.000 (452.000.000) 69.417.919.000 66.410.100.646 9.66

Fuente: Ejecución Presupuestal de Rentas e Ingresos vigencia 2019 - Predis - Sivicof

A 31 de diciembre de 2019, el Presupuesto definitivo de Rentas e Ingresos de la UAECD, fue de $69.417.919.000, de este total las transferencias que la Administración Central aporto fueron de $64.284.879.287 que representan el 92,61% y los recursos propios $5.133.039.713 que representan el 8.4%, de lo anterior se recaudaron $66.410.100.646, equivalente al 95.66%, quedando un saldo por recaudar de $3.007.818.354, que hace parte de las Transferencias de la Administración Central.

A los Ingresos No Tributarios se le asignó un presupuesto definitivo por valor de $2.305.151.713 que equivale al 44,91% de los Recursos Administrativos, recaudando $5.019.531.366, obteniendo un cumplimiento del 217.75%, este resultado es proveniente de recursos recibidos de la Venta de Bienes y Servicios.

Por su parte los Recursos de Capital con un presupuesto asignado de $2.827.888.000 equivalente al 55.09% de los Recursos Administrativos, logro recaudar $2.990.120.859, obteniendo un cumplimiento del 105.73%.

Se ejecutó el 97.83% del total presupuesto de Gastos e Inversión para la vigencia 2019, la cual se dio de la siguiente forma respecto a sus principales rubros:

CUADRO 76 PORCENTAJE EJECUCIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIÓN

UAECD- VIGENCIA 2019

En Pesos

Rubro Nombre

rubro PPTO Inicial PPTO Final

Total de giros

acumulados a

dic de 2019

%

ejecución

a

diciembre

de 2019

Total de

compromisos

acumulados

% ejecución

incluye

reservas

presupuesta

les a 2020

3 Gastos e

Inversión

69.869.919.000

69.417.919.000

63.871.133.337 92.01%

67.914.378.864 97.83%

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Rubro Nombre

rubro PPTO Inicial PPTO Final

Total de giros

acumulados a

dic de 2019

%

ejecución

a

diciembre

de 2019

Total de

compromisos

acumulados

% ejecución

incluye

reservas

presupuesta

les a 2020

3-1

Gastos de

Funcionamie

nto

50.543.112.000

50.543.112.000

47.868.909.036 94.71%

49.357.269.843 97.65%

3-1-1 Gastos de

personal

41.330.509.000

41.104.958.000

40.046.056.328 97.42%

40.046.056.328 97.42%

3-1-1-01

Planta de

personal

permanente

41.330.509.000

41.104.958.000

40.046.056.328 97.42%

40.046.056.328 97.42%

3-1-2

Adquisición

de bienes y

servicios

9.211.118.000 9.434.883.000 7.821.367.708 82.90% 9.309.728.515 98.67%

3-1-2-02

Adquisicione

s diferentes

de activos no

financieros

9.211.118.000 9.434.883.000 7.821.367.708 82.90% 9.309.728.515 98.67%

3-1-3 Gastos

diversos 1.485.000 3.271.000 1.485.000 45.40% 1.485.000 45.40%

3-1-3-01 Impuestos 1.485.000 1.485.000 1.485.000 100% 1.485.000 10.00%

3-3 INVERSIÓN

19.326.807.000

18.874.807.000

16.002.224.301 84.78%

18.557.109.021 98.32%

3-3-1 DIRECTA

19.326.807.000

18.874.807.000

16.002.224.301 84.78%

18.557.109.021 98.32%

3-3-1-

15-07-42

Transparenci

a, gestión

pública y

servicio a la

ciudadanía

1.851.316.000 1.845.151.787 1.712.064.936 92.79% 1.841.630.920 99.81%

3-3-1-

15-07-44

Gobierno y

ciudadanía

digital

17.475.491.000

17.029.655.213

14.290.159.365 83.91%

16.715.478.101 98.%

Fuente: Ejecución Presupuestal vigencia 2019 - Predis - Sivicof

A 31 de Diciembre de 2019, el valor en giros ejecutado fue de $63.871.133.337

correspondiente al 92.01% del total del presupuesto de Gastos e Inversión;

Incluyendo las reservas presupuestales constituidas para ejecución en 2020

por valor de $ 67.914.378.864 la UAECD cumple con el 97.83% de la ejecución

del presupuesto asignado.

Los gastos de funcionamiento conformados por los rubros de: Gastos de

personal, adquisición de bienes y servicios, y Gastos diversos, por valor de

$49.357.269.843 fueron ejecutados en un 97.65% del total de presupuesto

asignado (incluye reservas presupuestales). La Inversión Directa conformada

por sus proyectos de: Transparencia, gestión pública y servicio a la

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ciudadanía, y Gobierno y ciudadanía digital por valor total de $ 18.557.109.021

fueron ejecutados en un 9.32% del total de presupuesto asignado (incluye

reservas presupuestales). La ejecución de sus rubros está por arriba del 90%

Los rubros con baja ejecución hacen parte de los gastos de funcionamiento de

la entidad, juntos suman un valor de $42.067.000 y corresponden al 0.06% del

total del presupuesto Final:

CUADRO 77 RUBROS CON BAJA EJECUCIÓN UAECD-

VIGENCIA 2019

En Pesos

Rubro Nombre rubro PPTO Final Total de

compromisos acumulados

% Ejecución

3-1-2-02-01-03-0008

Aparatos médicos, instrumentos ópticos y de precisión, relojes

1.581.000 581.000 36.75%

3-1-2-02-02-01-0002

Servicios de transporte de pasajeros

250.000 16.000 6.40%

3-1-2-02-02-01-0005

Servicios de parqueaderos 300.000 0 0

3-1-2-02-02-02-0001-014

Servicios de tramitación y compensación de transacciones financieras

26.000.000 16.194.621 62.29%

3-1-2-02-02-03-0002-001

Servicios de documentación y certificación jurídica

3.500.000 1.003.952 28.68%

3-1-2-02-02-03-0003-012

Servicios fotográficos y servicios de revelado fotográfico

500.000 0 0

3-1-2-02-02-03-0007-002

Servicios de impresión 4.550.000 2.756.820 60.59%

3-1-2-02-02-03-0007-003

Servicios relacionados con la impresión

1.000.000 339.125 33.91%

3-1-2-02-02-04-0001-001

Energía 600.000 319.175 53.20%

3-1-2-02-02-05 Viáticos y gastos de viaje 2.000.000 0 0

3-1-3-04 Multas y sanciones 1.786.000 0 0

Total Rubros 42.067.000 21.210.693 50.42%

Fuente: Ejecución Presupuestal vigencia 2019 - Predis - Sivicof

Los Traslados presupuestales internos, de acuerdo a lo determinado en el Decreto 714 de 1996, en los artículos 63 “De las modificaciones presupuestales”, 65 “Aumento del Monto de Apropiaciones” y 66 “Aprobación de las Modificaciones”. Se efectuaron ajustes en el Presupuesto Anual de rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión para la vigencia 2019; en consecuencia, se expidieron siete (7) actos administrativos para realizar estas modificaciones las cuales incluían disminución de créditos y contra créditos, mediante Acuerdos y Resoluciones, aprobados por el Consejo Directivo de la UAECD y concepto favorable de la Dirección Distrital de Presupuesto, a continuación los acuerdos correspondientes a estas modificaciones:

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Acuerdo 02 del 1 marzo de 2019, modificación por valor de $110.965.359

Acuerdo 03 del 19 de marzo de 2019, modificación por valor de

$30.000.000

Acuerdo 04 del 02 de mayo, modificación por valor de $328.226.565

Acuerdo 05 del 04 de julio de 2019, modificación por valor de $244.139.000

Acuerdo 07 del 11 de octubre de 2019, modificación por valor de

$584.514.203

Acuerdo 08 del 9 de diciembre de 2019, modificación por valor de

$140.998.280

Decreto 240 del 30 de abril, reducción del presupuesto por valor de $452.000.000.

El valor de las Reservas Presupuestales constituidas en el año 2019 y para ejecución en 2020, se obtiene de restarle al Total de compromisos acumulados ($ 67.914.378.864) el total de los giros acumulados ($ 63.871.133.337), dando como resultado un total valor en reservas de $4.043.245.527 COP; estas reservas están constituidas para Gastos de Funcionamiento e Inversión de la siguiente forma:

CUADRO 78 RESERVAS PRESUPUESTALES PARA EJECUCIÓN EN 2020

UAECD – VIGENCIA 2019

Valores en pesos Reservas

para

ejecución

2020

PPTO Final

Total de

compromisos

acumulados

Total de giros

acumulados a

dic de 2019

Valor de la

reserva

presupuestal

% del valor

de la

reserva

% máximo

permitido para la

constitución de

la reserva

Gastos e

Inversión

69.417.919.000

67.914.378.864

63.871.133.337

4.043.245.527

Gastos de

Funcionamie

nto

50.543.112.000

49.357.269.843

47.868.909.036

1.488.360.807 2.94% 4%

Inversión

18.874.807.000

18.557.109.021

16.002.224.301

2.554.884.720 13.54% 20%

Fuente: Ejecución Presupuestal vigencia 2019 - Predis - Sivicof

Como se evidencia en el cuadro anterior, las reservas constituidas están por debajo del porcentaje establecido en el Art. 62 del Decreto 714 de 1996 –

modificado por el Acuerdo 5 de 1998 del Concejo de Bogotá, por lo cual la entidad no será sancionada nuevamente.

En razón a la reducción del presupuesto indicada en el Decreto 240 del 30 de abril, la cual obedece a que el valor de las reservas presupuestales constituidas en el año 2018 y para ejecución en 2019, fue de $ 10.250.484.687, de los cuales $1.663.940.074 corresponden a las reservas de Gastos de

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Funcionamiento y $8.586.544.613 corresponden al presupuesto de inversión, superando así el 20% establecido en la constitución de reservas presupuestales para la inversión Art. 62 del Decreto 714 de 1996 – modificado por

el Acuerdo 5 de 1998 del Concejo de Bogotá. Como se muestra a continuación:

CUADRO 79 RESERVAS PRESUPUESTALES PARA EJECUCIÓN EN 2019

UAECD – VIGENCIA 2019

En Pesos

Reservas

para

ejecución

2019

PPTO Final

Total de

compromisos

Acumulados

Total de giros

acumulados a dic

de 2018

Valor de la

reserva

presupuestal

% del valor

de la

reserva

% máximo

permitido

para la

constituci

ón de la

reserva

Gastos e

Inversión 73.440.364.273 67.950.983.790 57.700.499.103 10.250.484.687 _ _

Gastos de

Funcionam

iento

47.768.333.273 45.820.237.229 44.156.297.155 1.663.940.074 3.48% 4%

Inversión 25.672.031.000 22.130.746.561 13.544.201.948 8.586.544.613 33.45% 20%

Fuente: Ejecución Presupuestal vigencia 2019 - Predis - Sivicof

Del valor total de las reservas presupuestales para ejecución en el 2019, fue

revisado el 72.4% que corresponde a un valor de $7.419.512.833 COP, la

siguiente muestra refleja los contratos que tienen más relevancia sobre la

constitución de las reservas presupuestales para ejecución en 2019:

CUADRO 80

MUESTRA CONTRATOS RESERVAS PRESUPUESTALES En Pesos

Número Del Compromiso

Modalidad de Selección

Objeto Del Contrato Valor Contrato

Inicial Pesos

149 5. Contratación Directa

Prestar servicios profesionales orientados a la realización de informes técnicos para avalúos comerciales en la atención de requerimientos de información valuatoria

131.642.216

228 1. Licitación Pública

Prestar servicios para el desarrollo de las actividades del programa de bienestar social para los servidores de la unidad administrativa especial de catastro distrital

469.349.752

234 1. Licitación Pública Prestar los servicios de implementación de componentes de software para la UAECD.

1.963.040.834

235 1. Licitación Pública Proveer a la UAECD de ortofotomosaicos a partir de la toma de fotografía aérea, información lidar y generación de cartografía, para la zona rural de

4.408.485.900

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Número Del Compromiso

Modalidad de Selección

Objeto Del Contrato Valor Contrato

Inicial Pesos

Bogotá y municipios vecinos, conforme los requerimientos técnicos de la entidad.

303 5. Contratación Directa Prestar servicios para la capacitación de la unidad administrativa especial de catastro distrital.

221.252.692

320 3. Concurso De Méritos

Interventoría integral del contrato que tiene por objeto "proveer a la UAECD de ortofotomosaicos a partir de la toma de fotografía aérea, información lidar y generación de cartografía, para la zona rural de Bogotá y municipios vecinos, conforme los requerimientos técnicos de la entidad."

464.345.442

324 1. Licitación Pública servicio integral de impresión y fotocopiado de documentos para las diferentes dependencias de la UAECD bajo la modalidad de outsourcing total

203.400.000

334 3. Concurso De Méritos

Prestar los servicios de consultoría para el levantamiento, análisis y consolidación del estudio de cargas de trabajo de la entidad, y el proyecto de modificación del manual específico de funciones y de competencias laborales para los empleos que conforman la planta de empleos de la entidad, cumpliendo los requerimientos trazados por el departamento administrativo de la función pública y el DASCD.

168.980.000

336 5. Contratación Directa

Prestar los servicios para el desarrollo de estrategias de divulgación, avisos de ley y publicidad en los diferentes medios (vallas, afiches revistas, periódicos, radio, televisión, internet).

227.561.840

345 2. Selección Abreviada

Adquisición, instalación y configuración de hardware y software para la renovación de la infraestructura de la red de datos inalámbrica de la UAECD

141.000.000

347 8. Otra adquirir a título de compraventa vehículos para la UAECD

687.175.447

Fuente: Contratación vigencia 2018 - Sivicof

Estos contratos fueron terminados o liquidados en 2019, a excepción del Contrato 235 que tiene por objeto “Proveer a la UAECD de ortofotomosaicos a

partir de la toma de fotografía aérea, información lidar y generación de cartografía, para la zona rural de Bogotá y municipios vecinos, conforme los requerimientos

técnicos de la entidad”, del que se generó un primer pago en diciembre de 2018 por valor de $220.424.295 y un segundo pago en diciembre de 2019 por valor de $661.885, para un total de ejecución presupuestal por valor de $881.697.180 el cual corresponde a un 20% del valor del contrato. A la fecha este contrato sigue vigente con un pasivo exigible para causar este año por valor de $3.526.788.720, razón por la cual el Organismo de Control tiene la potestad de evaluar el contrato en actuaciones posteriores.

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El Plan Anual de Adquisiciones para la vigencia de 2019 tuvo modificaciones durante el transcurso del año, de acuerdo a la fuente de financiación de la UAECD a 31 de diciembre se ejecutó de la siguiente forma:

CUADRO 81

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES - FUENTE DE FINANCIACIÓN

VIGENCIA 2019

Cifras en pesos

Fuente de Financiación

Presupuesto Disponible

Presupuesto Comprometido

Presupuesto no Comprometido

% De Ejecución

Recursos Distrito

23.179.921.287 22.790.345.019 389.576.268 98.32%

Recursos Administrados

5.133.039.713 5.077.977.517 55.062.196 98.93%

Total 28.312.961.000 27.868.322.536 444.638.464 98.43%

Fuente: UAECD - Plan Anual de Adquisiciones 2018 – Ejecutado a Diciembre 31 de 2018.

Realizadas las revisiones y análisis a las modificaciones al PAA durante la

vigencia 2019, se evidencia una ejecución 98.43% del presupuesto disponible,

quedando un saldo por valor de $444.638.464 que asociado a las reservas

presupuestales de la misma vigencia equivalen al 10.9% de estas. Las

reservas de la vigencia están por debajo de lo establecido en el Art. 62 del

Decreto 714 de 1996 – modificado por el Acuerdo 5 de 1998 del Concejo de Bogotá,

se evidencia las acciones propuestas en el plan de mejoramiento por parte de

la UAECD.

El PAC aprobado por el CONFIS para la vigencia de 2019 asciende al valor de

$69.869.919.000, de los cuales para la programación de enero a diciembre le

corresponde $62.024.448.980, el rezago programado es de

CUADRO 82 EJECUCIÓN PAC- UAECD

Cifras en pesos

Rubro Presupuestal

Presupuesto Disponible

Compromisos Acumulados

Total PAC Programado

Total PAC Ejecutado

PAC no Ejecutado

% PAC no Ejecutado

Gastos e Inversión

69.869.919.000

67.914.378.864 67.509.087.128 63.871.133.337 3.637.953.791 5.21%

Gastos de Funcionamiento

50.543.112.000

49.357.269.843 49.234.855.329 47.868.909.036 1.365.946.293 2.7%

Inversión

19.326.807.000 18.557.109.021 18.274.231.799 16.002.224.301 2.272.007.498 11.76%

Fuente: Información Alcaldía Mayor de Bogotá – Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – UAECD

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El PAC programado alcanzó ejecución del 4.79%. El cual fue debidamente

programado y ejecutado con el fin de cumplir con los propósitos misionales

como instrumento de administración financiera.

Lo anterior da cumplimiento a lo establecido en el oficio de la Secretaria

Distrital de Hacienda con Radicado 2019EE4396 del 17 de enero de 2017, y

el artículo 25 del decreto distrital 195 de 2007, el cual establece que el PAC “Es el instrumento mediante el cual se proyectan los recaudos y pagos mensuales

de la Empresa, con el fin de optimizar el manejo de Tesorería. Su elaboración y

aprobación es competencia de cada Empresa”.

Durante la vigencia de 2019, la UAECD constituyó Pasivos Exigibles por valor

de $3.526.962.031, mediante acta de fenecimiento con radicado a la SDH

2020EE859 del 13 de enero del 2020, como se muestra en el siguiente cuadro:

CUADRO 83 FENECIMIENTO PASIVOS EXIGIBLES

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO

En Pesos

RUBRO

NOMBRE DEL RUBRO

NUMERO CONTRATO

VALOR COMPROMISO

VALOR GIROS

SALDOS

Gastos de Funcionamiento

3-1-2-01-02 Gastos de

Computador 332 17.999.940 17.826.629 173.311

Inversión 3-3-1-15-07-44-0983-192

192 – Capturar, integrar y disponer

información geográfica y

catastral para la toma de decisiones

235 4.188.061.605 661.272.885 3.526.788.720

Total 4.206.061.545 679.099.514 3.526.962.031

Fuente: Pasivos Exigibles al Cierre de la Vigencia 2019 - Predis - Sivicof

Las Vigencias Futuras con cierre de ejecución en 2019 están respaldadas por el acuerdo 694 del 28 de diciembre de 2017 y liquidado según Decreto 816 del 28 de diciembre de 2017, donde se autorizaron recursos para vigencias futuras por valor de $5.089.000.000, cifra que apalanca la ejecución de contratación en la vigencia de 2019, a cierre de la vigencia se evidencia que no hay saldos pendientes por comprometer como se muestra a continuación:

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CUADRO 84 VIGENCIAS FUTURAS

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO

En Pesos AÑO

FINAL DE LA

Vigencia

Futura

PROYECTO INVERSION

RUBRO PRESUPUESTAL/

PROYECTO

MONTO APROPIADO

EN LA VIGENCIA

MONTO TOTAL

AUTORIZADO

MONTO TOTAL

EJECUTADO

SALDO TOTAL

POR COMPROMETER

2019 185 - Afianzar una

gestión pública efectiva

3-3-1-15-07-42-1180-185

$640.776.699 660.000.000 640.776.699 -

2019

192 - Capturar, integrar y disponer

información geográfica y

catastral para la toma de decisiones

3-3-1-15-07-44-0983-192

$946.878.735 1.214.562.000 946.878.735 -

2019 Químicos básicos 3-1-2-02-01-02-

0004-000 $41.489.000 42.734.000 41.489.000

-

2019

Derechos de uso de productos de

propiedad intelectual y otros

productos similares

3-1-2-02-02-02-0003-005

118.980.389 233.424.720 118.980.389 -

2019 Servicios de

telecomunicaciones a través de internet

3-1-2-02-02-03-0004-004

388.208.590 1.331.426.000 388.208.590 -

2019 Servicios de

protección (guardas de seguridad)

3-1-2-02-02-03-0005-001

528.937.000 544.805.110 528.937.000 -

2019 Servicios de

limpieza general 3-1-2-02-02-03-

0005-002 293.962.000 306.309.890 293.962.000

-

2019

Servicios de mantenimiento y

reparación de computadores y equipo periférico

3-1-2-02-02-03-0006-003

274.410.457 514.151.280 274.410.457 -

2019

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de

vida n.c.p.

3-1-2-02-02-02-0001-012

- 395.239.000 - -

Total 3.233.642.870 5.242.652.000 3.233.642.870 -

Fuente: Reporte de Vigencias Futuras al Cierre de la Vigencia 2019 - Predis – Sivicof

A 31 de diciembre de 2019, las cuentas por pagar de la UAECD, suman un total de $474.167.424, comparada esta cuantía con respecto a la vigencia 2018, presentó disminución por valor de $870.792.146, equivalente a 64.74%, como se muestra a continuación:

CUADRO 85

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EJECUCION DE LAS CUENTAS POR PAGAR

2019 VS. 2018 - UAECD

En Pesos

Rubro Vigencia 2018 Vigencia 2019 Variación

Funcionamiento 13.296.453 474.167.424 460.870.971

Inversión 1.331.663.117 - - 1.331.663.117

Total 1.344.959.570 474.167.424 - 870.792.146

Fuente: Ejecución Cuentas Por Pagar Vigencia 2018 y 2019 - Predis – Sivicof

Para CDP y CRP, se realizó el análisis de la información de los 541 Certificados de Disponibilidad Presupuestal y 634 Registros Presupuestales, emitidos por la UAECD durante la vigencia 2019. Se revisaron en su totalidad los certificados y registros, verificando que cada Certificado de Disponibilidad Presupuestal tuviese su Registro Presupuestal, el valor, concepto, beneficiario, firmas de aprobación, rubro presupuestal. De la información obtenida puesta a disposición por la Entidad, especialmente para los CDP y CRP correspondientes a los contratos de la muestra de Auditoría UAECD 2019, se realizaron cruces correspondientes y se verificó:

El consecutivo de Certificados de Disponibilidad Presupuestal, y Registros Presupuestales.

Que los rubros presupuestales coinciden con el concepto y que cada Certificado de Disponibilidad Presupuestal y Registro Presupuestal cuenta con las debidas firmas de aprobación.

Que corresponda la fecha de expedición, es decir, que primero se haya expedido el Certificado de Disponibilidad Presupuestal y luego el Registro Presupuestal.

Que el valor del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) sea igual o mayor al Registro Presupuestal (RP).

Que el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) no utilizado haya sido cancelado o anulado.

Que al finalizar la vigencia, los saldos de Registro Presupuestal RP sin giro, hayan sido constituidos como cuentas por pagar, o como reserva presupuestal para la siguiente vigencia, según sea el caso.

Que los valores de los Registros Presupuestales, corresponden a Contratos o Gastos ajustados a la Normatividad, al presupuesto y al manejo corriente de la UAECD.

Que los Registros Presupuestales (RP) están autorizados a una persona Natural o Jurídica identificada con el respectivo Nit.

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Que el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) con su respectivo Registro Presupuestal RP, hayan cumplido con el concepto u objeto propuesto.

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4 OTROS RESULTADOS

4.1 SEGUIMIENTO A PRONUNCIAMIENTOS No se realizaron pronunciamientos originados en la presente auditoría. 4.2 ATENCIÓN DE QUEJAS No se reportaron quejas a la entidad, como insumo de la auditoría.

4.3 BENEFICIOS DE CONTROL FISCAL No se establecieron beneficios cualitativos ni cuantitativos en la auditoría.

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5 CUADRO CONSOLIDADO DE HALLAZGOS DE AUDITORÍA.

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR

(En pesos) REFERENCIACIÓN

1. Administrativos 8 N.A 3.1.1.1 - 3.1.2.2 - 3.1.2.4- 3.1.3.1- 3.1.3.2 3.2.1.2.1- 3.3.1.1 3.3.1.2

2. Disciplinarios 3 N.A 3.1.3.1 - 3.3.1.1- 3.3.1.2

3. Penales N.A

4. Fiscales $

Fuente: Resultados de auditoría- Elaboración equipo auditor