Unidad I y II

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legislacion ambiental

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  • "Probablemente la transformacin cultural ms importante para el logro de la sustentabilidad en el siglo XXI sea el surgimiento de un modelo de accin humana que armonice los aspectos ticos, econmicos y ecolgicos, centrndolos en una vocacin de solidaridad comunitaria" (Daly y Cobb, 1994) "El desarrollo de una tica ambiental puede ser deseable, pero difcilmente cambiar la naturaleza humana bsica. En vez de intenciones, la correcta administracin de los recursos depende de cmo buenas instituciones sociales controlan el inters personal a travs de incentivos individuales" (Anderson y Leal, 1991).

  • La relacin del hombre con la naturaleza ha variado a travs de la historia y de las diferentes culturas. Pero la sociedad humana, en casi todos los casos, se ha caracterizado por ser depredadora de otras especies y contaminadora compulsiva (Iturraspe, 1998).

  • La relacin sociedad-naturaleza en muchas de las culturas americanas anteriores al "descubrimiento" estaba basada en un esquema armnico (Gligo y Morello, 1989), en el cual la identificacin con la tierra era parte fundamental no solamente de su cosmovisin sino de una tica productiva que, lejos de considerar a la naturaleza como un "recurso" a "usar y abusar", era generalmente sacralizada.

  • Los metales preciosos y las tierras aptas para la produccin de azcar fueron los dos principales atractivos iniciales de los conquistadores y colonizadores del nuevo mundo. (Ferrer, 1996). stas y otras actividades extractivas y agrarias dejaran una huella indeleble en muchos ecosistemas. La primera globalizacin (posterior a los "descubrimientos") trajo consigo, como primer nota a considerar, la depredacin de los "recursos naturales" y la ideologa de la reduccin de la naturaleza a "recurso" a explotar.

  • Pero esta depredacin vino acompaada de la degradacin de los "recursos humanos". La minera y las haciendas y plantaciones exigieron el sometimiento de las poblaciones originarias: los "recursos naturales" requeran de "recursos humanos". La reduccin de los diferentes pueblos indgenas al trabajo requerido por el nuevo modelo productivo mercantil fue una de las causas de la terrible catstrofe demogrfica que sufri el continente con la muerte de decenas de millones de seres humanos.

  • Pero la economa extractiva de la primera globalizacin en Amrica requera de creciente cantidad de mano de obra, por lo cual se produjo la incorporacin de grandes masas de esclavos provenientes del frica. La conquista y colonizacin de Amrica introdujeron dos nuevas dimensiones en el trfico esclavista: nunca antes se haba traficado en escala semejante a la inaugurada con la incorporacin del nuevo mundo al emergente orden mundial, por una parte, ni la esclavitud haba estado asociada con la raza y a una factura profunda entre los niveles culturales de esclavistas y esclavizados, por otra parte.(Ferrer, 1996).

  • La segunda nota a considerar, vinculada a la anterior, es la degradacin de los "recursos humanos" y ideologa de la reduccin de los seres humanos a "recursos" a explotar, que se pone de manifiesto con las discusiones teolgicas sobre si los indios o los esclavos africanos tenan, o no tenan, alma y continan hoy en da con la idea de que la fuerza de trabajo es una mercanca que debe ser simplemente regulada por el "mercado" de trabajo.

  • UNIVERSIDAD CENTROAMERICANAUCA

    Legislacin y Poltica Ambiental

    Junio 2015.

  • Legislacin y Poltica Ambiental

    Dr. Francisco J. Moreno Aranda Abogado y Notario [email protected] Tel. (505) 8928-6220

  • El Estado y El Derecho

    Para poder comprender lo que es el Derecho hay que comprender lo que es el Estado, principal emisor de las leyes. Y el anlisis del Estado no puede estar desvinculado al concepto de Sociedad o Nacin en la cual rige el Estado.1. Concepto de NacinLa palabra nacin proviene del latn Nascar donde se nace, origen y descendencia comn.La Nacin se define como un conjunto de habitantes con un antecedente histrico social comn, que habita en un lugar determinado con una organizacin econmica e idioma y una cultura propia de esa nacin. Con una identidad nacional y un sentido de pertenencia de los integrantes de la sociedad.

  • El Estado y El DerechoEs decir que la nacin est compuesta por un conjunto de rasgos culturales, idiomticos y econmicos comunes y propios de esa Nacin o Sociedad que la diferencian de cualquier otra Nacin o Sociedad .

    Son pues caractersticas esenciales de una nacin: Historia comn. Identidad Nacional.Los elementos que constituyen la Nacin son: Territorio. Poblacin. Ideologa o cultura comn. Organizacin econmica y social.

  • 2. Concepto de Estado

    En la nacin se desarrolla al llegar a una determinada etapa, una estructura poltico estatal, una institucin que dirige econmica, poltica y socialmente aquella sociedad.Ese ente o institucin por medio de la cual se dirige y administra la sociedad, recibe el nombre de Estado.

    La definicin tradicional de Estado es que ste es la nacin polticamente organizada. El Estado es la expresin poltica de la Nacin. Hablar del aspecto poltico es hablar del poder. Es la institucin que representa legal y administrativamente a la nacin o sociedad; es representada en el extranjero por un gobierno el cual se sustenta en los procesos electorales y es la expresin de la voluntad soberana del pueblo.

  • 3. Elementos que componen el Estado

    Territorio Poblacin Poder poltico

  • 4. Divisin de los poderes- Organizacin del Estado

    La divisin de poderes tiene su base en el libro del varn de Montesquieu El Espritu de las Leyes. En ese libro M. propugn por un sistema tripartito de separacin de poderes, que tienda a eliminar la absorcin de un solo rgano estatal, de las funciones legislativas, judiciales y ejecutivas.Sostuvo la necesidad de dividir el Estado en tres rganos: El que dictaba las leyes. El que ejecutaba las resoluciones, y El que juzgaba los delitos o los pleitos particulares.

  • Concepto de Derecho

    Etimolgicamente, Derecho viene del latn directum, que en trminos generales significa - dirigir - guiar - tambin se aplica dicho trmino a lo recto, a lo correcto. Lo que est conforme a la norma.Podemos definir el Derecho como un Conjunto de disposiciones legales o normas jurdicas que con carcter obligatorias o coercitivas impone el estado en una sociedad. Sociolgicamente el Derecho es la voluntad poltica del sector social que tiene el Poder del Estado hecha Ley.

  • 5. Caractersticas

    CoercitivoNormativoClasista (partidario o nacional)Educativo y concientizadorEs un instrumento de justiciaEs sper - estructuralEs de carcter histrico.

  • 6. Derecho, Ley y Normas Jurdicas

    El trmino Derecho tiene varias acepciones, se usa asocindolo con las Ciencias Jurdicas, es decir, el Derecho como ciencia que comprende no slo el estudio del derecho positivo (leyes escritas), sino de la jurisprudencia, la doctrina, el derecho comparado y dems ciencias auxiliares del derecho.Tambin se utiliza el concepto de Derecho como: El conjunto de disposiciones o normas jurdicas que imperan en una sociedad, es decir, derecho es igual a ley, a ordenamiento jurdico, a norma jurdica (totalidad de leyes que forman un sistema jurdico). Se le conoce como Derecho Objetivo. Se habla de Derecho en un nivel de abstraccin general. Derecho Subjetivo es el derecho que una persona en concreto tiene sobre un bien o una presentacin.Derecho Comparado: Consiste en comparar las normas jurdicas entre dos o mas pases para obtener conclusiones, nuevos conocimientos, concepciones, etc.

  • Concepto de Ley

    Conjunto de disposiciones legales o normas jurdicas emanadas de un organismo competente del estado, por medio de las cuales se manda, prohbe o permite algo. Las leyes se encargan de regular, normar, educar y sancionar. Toda ley est compuesta de un mnimos de dos artculos:

  • PIRMIDE DE KelsenConstitucin Poltica

    Leyes de rango constitucionalLeyes Ordinarias

    Tratados Internacionales o Convenios

    Leyes EspecialesReglamentos (Decretos)OrdenanzasBandos municipalesResoluciones MinisterialesDisposiciones administrativas o tcnicasAcuerdos

  • Unidad I:Introduccin a los Recursos NaturalesSUMARIO. A. Los recursos naturales. 1. Los recursos naturales renovables y no renovables. 2. Los recursos naturales deteriorables y no deteriorables. 3. Los recursos naturales primarios y secundarios. B. Las relaciones jurdicas de los recursos naturales. C. El movimiento conservacionista de los recursos naturales. D. La teora jurdica de los recursos naturales.

  • RECURSOS NATURALES

    son aquellos bienes materiales de la naturaleza de los que el hombre se sirve para poder satisfacer sus necesidades, sus exigencias o bien sus gustos.Son recursos naturales entonces, los objetos materiales de la naturaleza que le proveen al hombre la satisfaccin de sus deseos en forma general y que tienen un valor actual o potencial. Sin embargo los recursos naturales se diferencian de las cosas, en cuanto pueden ser una generalidad.En derecho el concepto de cosa no es suficiente para aprehender el concepto de recursos.Se entienden por recursos naturales los bienes de la naturaleza, en cuanto no han sido transformados por el hombre y pueden resultarle tiles. En este mismo orden de ideas puede afirmarse que los recursos naturales comprenden aquellas cosas de la naturaleza que pueden brindar al hombre, a travs de su aprovechamiento, alguna utilidad, es decir; un beneficio, provecho o comodidad.

  • RECURSOS NATURALESLos recursos naturales para ser considerados como tales, no deben haber sido transformados por el hombre, pues de lo contrario dejan de ser recursos naturales y se constituyen en recursos inducidos; y adems deben de servirle al hombre en la satisfaccin de sus necesidades, sus exigencias o sus gustos pues de lo contrario, se convierten en recursos, indiferenteso irrelevantes

  • Clasificacin Tradicionalmente los recursos naturales se han dividido en:

    RENOVABLES Y NO RENOVABLESLos renovables son los que la naturaleza est renovando en forma constante, como por ejemplo el agua; los no renovables son aquellos que la naturaleza no renueva, no provee o no reproduce constantemente; como por ejemplo, los yacimientos minerales, que se agotan con el aprovechamiento que el hombre hace de ellos.DETERIORABLE Y NO DETERIORABLELos deteriorables se agotan sin la intervencin del hombre; y los No deteriorables son los que se agotan precisamente por la accin del hombre; como por ejemplo el paisaje.PRIMARIOS Y SECUNDARIOSLos primarios son los que se encuentran en la naturaleza en forma pura; como por ejemplo, los recursos hdricos; y los secundarios son los que resultan de la conjuncin o armona de varios recursos; como por ejemplo, el paisaje.

  • En base a la anterior divisin de recursos naturales hacemos referencia de las enumeraciones de recursos naturales que particularmente consideramos completas.

    En sentido lato los recursos naturales son:El espacio y su contenido; aire, atmsfera, gases, partculas, minerales, ondas de diversas clases, vientos.La energa de diversas fuentes: solar, nuclear, elica, hidrulica, mareomotriz, trmica (mineral o vegetal).La tierra y su topografa, incluso las pendientes idneas para generar energa. Algunos consideran a estas ltimas como recursos naturales autnomo, distinto a la tierra misma. La tierra es aqu mencionada como recursos no agrcola distinto al suelo. ( La topografa es una cualidad del recursos tierra).Los recursos panormicos o escnicos, es decir lugares cuya especial belleza les hace susceptible del uso recreativo y de goce esttico.El suelo (de uso agrcola o pecuario).

  • Los yacimiento minerales, slidos, lquidos y gaseosos.Los recursos biolgicos, que comprenden las siguientes dos categoras:1. La flora silvestre, tanto terrestre como acutica.2. La fauna silvestre, terrestre, acutica, anfibia y area (aves) incluyendo bacterias, insectos y otras formas primarias de vida animal (protista). Los recursos hdricos, no martimos, es decir, el agua en sus diferentes estados fsicos: lquido, slido (hielo, nieve), o gaseoso (vapor-nubes) cualquiera sea el lugar en que se encuentra: superficiales (ros, lagos, etc.) subterrneos, atmosfricos.El mar y su lecho: incluyendo el agua marina, su contenido tanto biolgico como mineral, el lecho y el subsuelo de ste, con su contenido mineral.Los recursos geotrmicos: esto es los vapores endgenos y aguas calientes naturalmente producidos en el seno de la tierra como consecuencia del paso de aguas por fuentes trmicas naturales.

  • LAS RELACIONES JURIDICAS DE LOS RECURSOS NATURALES

    A travs del tiempo el hombre siempre ha tenido la necesidad de usar los recursos naturales y ese uso ha engendrado relaciones jurdicas determinadas, especialmente por las dos grandes caractersticas que adelante se mencionan.Cuando el hombre necesit usar los bosques nacieron las relaciones jurdicas sobre el uso de los bosques; cuando hizo uso de las aguas nacieron las relaciones referidas al uso de las aguas; lo mismo sucedi con los yacimientos minerales y con los dems recursos naturales.Por esas razones los recursos naturales han sido contemplados en variedad de cuerpos legales tales como los Cdigos Civiles, los Cdigos de Minera, los Cdigos Penales, las Leyes referidas a la caza y la pesca. Las Leyes sobre Sanidad, las Leyes de Polica, las Leyes sobre Bosque, etc., pero siempre han sido tratados.

  • 1.-Como bienes del dominio exclusivo del Estado.2.-Como bienes que pertenecen al dominio privado del Estado, deducible en bienes particulares.3.-Como bienes reglamentados en cuanto a su apropiacin.4.-Como bienes del dominio privado de los particulares, pero sujetos a restricciones.

    Se concibe as un Derecho de los Recursos Naturales:conjunto de normas e instituciones jurdicas que van dirigidas al conocimiento y uso adecuado de los recursos naturales y tambin a la defensa contra los efectos nocivos tomando en cuenta su beneficio social y particular.

  • EL MOVIMIENTO CONSERVACIONISTA DE LOS RECURSOS NATURALES

    La base de sustentacin del movimiento conservacionista de los recursos naturales la encontramos en las observaciones del Ingeniero Forestal Norteamericano de principio del siglo Gifford Pinchot, quien en su libro Breaking New Grounds, dice que existe una ntima interrelacin entre todos los recursos naturales; entre el bosque y los ros; entre el agua y la erosin; entre la hidroelectridad y la navegacin de los ros; entre las inundaciones y la erosin; llegando as al convencimiento de que el problema complejo del manejo y uso de los recursos naturales, es esa ntima relacin que un recurso guarda con todos los dems.

  • LA TEORIA JURIDICA DE LOS RECURSOS NATURALES Esta teora es tambin el resultado de las observaciones de Pinchot; nace como consecuencia de los numerosos instrumentos legales que se fueron promulgando sobre los recursos naturales; y puede afirmarse que en estos instrumentos, los recursos naturales cada vez ms van adquiriendo una categora jurdica diferente, en el sentido de que las leyes van adoptando un concepto filosfico de los recursos naturales que los asimila a bienes destinados al uso del hombre, pero que en su uso, el hombre debe tener presente que los recursos guardan una ntima interdepencia entre s, por lo que al vencer la resistencia que presentan a ser usados debe hacerse de tal manera que el uso que se haga de uno de ellos no perjudique a los dems. En ese sentido los recursos naturales pasaron de ser bienes, cosas, frutos o productos objetos de relaciones patrimoniales entre los particulares, a objetos propios del derecho, a recursos que estn destinados al uso de todos, que no pueden estar sometidos a relaciones patrimoniales libres entre los particulares, porque su misma naturaleza y destino, y la capacidad de entendimiento del hombre no lo permiten.

  • Nacen as nuevos objetos del derecho, con caractersticas propias. En Derecho Civil por ejemplo, el agua es considerada como cosa mueble o inmueble, aplicndosele todas las instituciones civiles referentes a su dominio, a las limitaciones y al uso de los bienes en general. Pero si se le considera como recurso natural, entonces salta la duda en torno a qu rgimen de propiedad debe someterse; al pblico o al privado en atencin a las necesidades que ella pueda satisfacer en un momento determinado; si es para regar un planto o si se le necesita para producir energa o para el abastecimiento poblacional; y ya no se diga del problema que representa la aplicacin del sistema de limitaciones al dominio y la misma jurisdiccin a que deber sometrsele.

  • Los recursos naturales entonces, como objetos propios del derecho exigen, sin lugar a dudas, una normativa propia, formulada sobre bases filosficas distintas, a la normatividad de estos mismos recursos naturales, pero considerados como cosas, bienes o productos.

  • Unidad II:Generalidades del Derecho Ambiental

    SUMARIO. Introduccin General. Conceptos Bsicos. 1. Antecedentes histricos 2. Antecedentes a nivel mundial. 3. Antecedentes a nivel nacional. 4. Conceptos de Derecho Ambiental y ecolgico. 5. Bien Jurdico tutelado. 6. Principios del Derecho Ambiental. 7. Fuentes del Derecho ambiental. Autonoma del Derecho ambiental. 9. Relaciones del Derecho ambiental con otras ramas del derecho y de las ciencias.

  • Conceptos BsicosEcologa:De dos voces griegas, con los significados respectivos de ciencia o tratado y de casa o residencia, es el estudio biolgico de las relaciones entre los organismos y el medio en que viven; en el enfoque que ms interesa, entre el hombre y los lugares donde habita. Entre otras clasificaciones se subdivide en Autecologa Humana, cuando estudia la relacin entre el individuo y el medio, y Sinecologa Humana, si se refiere a las relaciones entre los grupos y sus medios. Se llama Social cuando trata de la estructura espacial en la habitacin humana y de la distribucin territorial de los complejos sociales y culturales. Se califica de Urbana la que estudia la distribucin de los habitantes y de las instituciones de las ciudades, desde una consideracin natural y evolucionista, como la competencia individual, grado de concentracin, segregacin de poblaciones, tendencia de la propiedad territorial. Todas las materias ecolgicas contribuyen a la consideracin cientfica del Derecho Penal, de la Hacienda Pblica y de la Poltica Social.

  • Conceptos BsicosEcosistema:Se denomina a la unidad bsica de interaccin de los organismos vivos entre s y su relacin con el ambiente. Ciencia Ambiental:Como toda ciencia, las ciencias ambientales cumplen su propsito de describir, explicar y predecir hechos y fenmenos del mundo natural.

  • Conceptos BsicosDelito Ecolgico:Se define como delito ecolgico, aquellas actuaciones que en contradiccin con las leyes o reglamentos protectores del medio ambiente provoquen o realicen directa o indirectamente emisiones o vertidos de cualquier clase en la atmsfera, suelo o aguas terrestres y martimas que pongan en peligro grave la salud de las personas o puedan perjudicar gravemente las condiciones de vida animal, bosques, espacios naturales o plantaciones tiles. Tambin se consideran delito ecolgico las actuaciones que puedan originar un riesgo de deterioro irreversible o catastrfico.

  • Conceptos BsicosMedio Ambiente:El uso de los trminos ambiente y medio ambiente ha sido indistinto en las diferentes reas del conocimiento, y su utilizacin depende del campo donde se aplique. As por ejemplo, las ciencias sociales y humansticas utilizan el concepto de ambiente para indicar las condiciones externas a un fenmeno bajo estudio; por ello, se habla de ambiente econmico, cultural y poltico. Existen diversas acepciones para el concepto de medio ambiente, y su definicin es tan flexible como el nmero de factores fsicos y biolgicos existentes.Desde el punto de vista de la ecologa humana, se considera adecuado definir el medio ambiente como el conjunto de parmetros externos que en forma directa o indirecta, y a corto o largo plazo, pueden tener una influencia en la calidad de vida del hombre.

  • Conceptos BsicosEn las ciencias naturales, el concepto de medio ambiente se usa para indicar un conjunto de influencias del exterior sobre un organismo, poblacin o comunidad bitica. Este concepto, propio de las ciencias biolgicas - y en particular de la ecologa - distingue cualquier elemento externo que ejerce cierta influencia en un organismo. De esta manera, la suma o conjunto de los factores externos constituye el medio ambiente.Si definimos los trminos medio y ambiente, por separado, encontramos que son sinnimos, y su uso se da slo por convencin. El significado literal es el siguiente:Medio: Elemento en donde vive o se mueve un organismo.Ambiente: Fluido que rodea a un cuerpo. Circunstancia que rodea a personas o cosas.

  • Antecedentes Histricos

    Antecedentes a Nivel Nacional* En 1994 los Presidentes Centroamericanos, firmaron la Alianza para el Desarrollo Sostenible, que es un instrumento en el que se establecen polticas, programas y acciones a corto, mediano y largo plazo que propicien un cambio de esquemas de desarrollo, de las actitudes individuales y colectivas, de las polticas y acciones locales, nacionales y regionales hacia la sostenibilidad poltica, econmica, social, cultural y ambiental de las sociedades.El manejo sostenible de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental, constituyen mecanismos de proteccin a los procesos ecolgicos y a la diversidad gentica, esenciales para mejorar la calidad de la vida, teniendo como base el territorio a nivel local.Es en el mbito municipal donde los problemas y potencialidades ambientales se pueden identificar con mayor precisin y por lo tanto el planteamiento de las soluciones se materializa, al igual que es en este mbito donde la poblacin participa en la identificacin de los problemas ambientales y sus soluciones.

  • AntecedentesTambin deben considerarse como antecedentes la existencia de diferentes organizaciones a nivel nacional y local donde se expresa la participacin interrelacionada del Estado y la Sociedad, como son: el Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES) y las Comisiones Municipales de Medio Ambiente, as como las acciones legales emprendidas por las diferentes autoridades en defensa de los recursos naturales y el medio ambiente.Estrategia de Conservacin y Desarrollo Sostenible (ECODESNIC) la que sirvi de base conceptual y provey un diagnstico para elPlan de Accin Forestal (PAF-NIC) y el Esquema de Ordenamiento Territorial Ambiental (EOAT) que fueron elaborados como planes y estrategias de mediano y largo plazo, posteriormente se elabor elPlan de Accin Ambiental (PAA-NIC) que est orientado a la solucin de problemas inmediatos identificando con precisin; metas, acciones y ejecutores.Hace falta una verdadera Descentralizacin del Estado hacia el Municipio y fortalecer estas instancias que asegure la toma de decisiones en materia ambiental para lograr una verdadera gestin ambiental.

  • Es necesario impulsar y promover la Gestin Ambiental desde la base de la estructura organizativa de la nacin, es decir del primer eslabn Estado: El Municipio. Hacer posible este proceso nos indica que hay que resolver las siguientes necesidades:1) Capacitacin de las Autoridades Municipales en Gestin Ambiental.2) Ejecucin de los Planes de Ordenamiento Territorial Ambiental.3) Ejecucin de los Planes de Desarrollo Municipal.4) Desarrollar el Plan de Educacin Ambiental a nivel nacional y municipal.

  • Antecedentes en la Regin Centroamericana

    Dentro del proceso de paz regional, se gener la decisin tomada en Costa del sol, El Salvador, en febrero de 1989, por los presidentes de Costa Rica, Nicaragua, El Salvador, Honduras y Guatemala, de establecer un convenio regional que cre la Comisin Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) como organismo especializado en el medio ambiente y el desarrollo, ligando estos dos conceptos a su mandato. Posteriormente, reunidos los mismos presidentes en la ciudad de tela, Honduras, en agosto de 1989, acordaron establecer una estructura organizacional protempore para la CCAD de acuerdo a la cual, la presidencia de la misma estara en Costa Rica y la secretaria ejecutiva en Guatemala, con oficinas de apoyo en cada uno de los pases miembros.El primer instrumento legal regional cuyo objetivo fue la tutela del ambiente se firm en la Cumbre Centroamericana celebrada en San Isidro de Coronado, Costa Rica, el 12 de Diciembre de 1989. Este convenio se conoce como el Convenio Centroamericano para la Proteccin del Ambiente. Posteriormente el convenio fue ratificado por el mnimo requerido de tres pases y entro en vigencia el 14 de junio de 1990. A la fecha, ha sido firmado por sus cinco estados signatarios.

  • Posteriormente, para asegurar la integracin de Panam y Belice a la CCAD, los presidentes reunidos en San Salvador, en julio de 1991, suscribieron el protocolo al convenio constitutivo de la CCAD el cual entr en vigor al ser ratificado por un mnimo de tres de los pases signatarios.Como se menciona en sus "considerandos", el convenio se firm por la necesidad de establecer mecanismos regionales de cooperacin para la utilizacin racional de los recursos naturales, el control de la contaminacin y el restablecimiento del equilibrio ecolgico.Lo anterior se planteaba como forma de asegurar una mejor calidad de vida a los pueblos centroamericanos, propiciar el respeto al medio ambiente dentro del desarrollo sostenible y como un instrumento para la solucin de los problemas ecolgicos.

  • Los Estados se obligaron a: Fortalecer las instancias nacionales que tengan a su cargo la gestin de los recursos naturales y del medio ambiente. Auspiciar la compatibilidad de los grandes lineamientos de legislacin nacional con las estrategias para el desarrollo sostenible en la regin. Asegurar la participacin ciudadana, como principio bsico del derecho ambiental.

  • Antecedentes Histricos a Nivel Mundial

    a) Antes de 1970b) Estocolmo 1972c) Informe Brundtland 1987d) Ro de Janeiro 1992e) Surgimiento de la legislacin ambiental en Amrica LatinaOrgenes del Concepto Desarrollo SostenibleEl concepto de desarrollo sostenible surgi en la dcada de los aos ochenta, aunque en 1972 se daban los primeros indicios de esta primera visin con la celebracin de las primera reunin mundial sobre el medio ambiente llamada Conferencia sobre el Medio Humano, celebrada en Estocolmo. La idea de desarrollo sostenible fue planteada primeramente por la Unin Internacional para la Conservacin de la Naturaleza (IUCN) en 1980, cuando se dio a conocer la estrategia mundial de conservacin, la cual puntualiza la sostenibilidad en trminos ecolgicos, pero con muy poco nfasis en el desarrollo econmico, por lo que fue tachada de antidesarrollista.

  • En resumen podemos decir que el concepto de Desarrollo Sostenible lo podemos ver no solo en trminos econmicos sino como un paradigma, como una forma de pensar, como una gua de accin, que implica una toma de decisiones continuas, donde nos preguntamos constantemente sobre las escogencias correctas hechas en un determinado contexto y en una determinada situacin.Esto implica que desarrollo sostenible es un PROCESO de constantes tomas de decisiones para establecer una armona entre el ambiente y el desarrollo, lo que permite afirmar que este concepto est en permanente evolucin, y que fija como metas para su aplicacin los siguientes elementos: Bsqueda de necesidades del presente sin comprometer a las futuras generaciones en la bsqueda de sus propias necesidades. Iniciar un proceso de cambio en el cual la explotacin de los recursos, la direccin de las inversiones, la orientacin del desarrollo tecnolgico y el fortalecimiento institucional; sean consistentes con las necesidades del presente as como las del futuro. Capacitar a la sociedad para enfrentar las necesidades humanas mediante el crecimiento productivo, asegurando su distribucin equitativa y brindar oportunidades para todos.

  • CONCEPTOS DE DERECHO AMBIENTAL Y ECOLGICO Derecho EcolgicoDe esto se deriva, que esta rama especializada del derecho, constituye el instrumental cientfico y tcnico de donde emanan las medidas para preservar, conservar, rescatar y recuperar los ecosistemas ambientales; para determinar su uso y su aprovechamiento de acuerdo a sus particularidades. Estas medidas se constituyen en normas que van a regular la conducta de los seres humanos frente a la naturaleza. A eso se denomina derecho ecolgico, al derecho de la naturaleza.

  • Concepto de Derecho Ambiental

    Segn Ral Braes

    Conjunto de normas jurdicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de manera relevante en los procesos de interaccin, que tienen lugar entre los sistemas de los rganos vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la generacin de efectos de los que se espera una modificacin significativa de las condiciones de existencia.

  • Bien Jurdico Tutelado La doctrina ha coincidido en que el objeto de tutela del derecho ambiental es el AMBIENTE, como conjunto de elementos naturales objeto de una proteccin especfica".

  • Principios rectores del derecho ambiental Principio de la interaccin fsico - econmica Principio de la interdisciplinariedad Principio del Derecho InternacionalPrincipio de Derecho Interno Principio prospectivo del derecho ambientalPrincipio del desarrollo sostenible

  • Mega principios del Derecho Ambiental El escritor Martn Mateo ha planteado los denominados Mega principios o principios supremos del medio ambiente,

    1.- Ubicuidad 2.- Globalidad3.- Sostenibilidad4.- Subsidiaridad

  • Fuentes del Derecho Ambiental 1.Fuentes Formales:Con aplicacin a las reglas establecidas la fuente formal ms importante es la Constitucin Poltica cuya primaca se plantea, segn el pas de dos grandes formas:En algunos pases como Nicaragua, "La Constitucin Poltica es la Carta Fundamental de la Repblica; las dems leyes estn subordinada a ella. No tendrn valor alguno las leyes, tratados, rdenes, que se opongan o alteren sus disposiciones[1]. Hay por lo tanto en estos casos una jerarqua superior de la Constitucin respecto a las leyes, tratados, convenios Internacionales; esto implica la necesidad de incorporar en el Derecho Interno, toda normativa ambiental que provenga de Declaraciones, Pactos, y/o Convenciones Internacionales, lo que hasta el momento ha constituido una fuente muy importante de derecho ambiental abundante y de relevancia en todo el mundo.Formal. ya que ha venido influyendo en las otras fuentes y ha prestado un relativo concurso en lo que se refiere al anlisis de los textos legales. La doctrina desarrolla las particularidades o especificidades de la Materia Ambiental incidiendo en la Fuente Formal para su perfeccionamiento.

  • 2.Fuentes Reales o Materiales del derecho ambiental: Estn constituidos por hechos, actos, conductas que se producen en la practica y que determinan el contenido de la norma jurdica ambiental. Los problemas ambientales que enfrenta la humanidad y que ponen en situacin de riesgo de extincin la vida sobre el planeta, han sido una preocupacin de todas las ciencias, especialmente la ecologa, biologa y otras relacionadas con el estudio de los seres vivos y los recursos naturales.

    3. Fuentes Histricas

  • Relaciones del Derecho Ambiental con otras ramas del derecho y con otras ciencias con el Derecho Constitucionalcon el Derecho Penalcon el Derecho Administrativocon el Derecho Civilcon el Derecho AgrarioEl Derecho agrario puede considerarse por una parte como un precedente del derecho ambiental, al considerar que este derecho es por excelencia, el derecho de la accin del hombre sobre la naturaleza, por ello desde el punto de vista metodolgico la interpelacin entre una y otra disciplina debe basarse en el establecimiento previo de los campos de actuacin.con la Filosofa del DerechoSe vincula el derecho natural a la materia ambiental, porque aparece como brotando directamente de la misma naturaleza, abarcando el fin humano en la integridad de sus aspectos y las relaciones sociales en toda su complejidad. El derecho positivo debe tomarlo como base en todas sus ramas y por ende, constituirse en el fundamento del derecho ambiental.

  • con el Derecho LaboralLa relacin trabajo-ambiente es indiscutible y tan antigua como el hombre, de ah que este binomio requiera tener un equilibrio lo ms estable posible. Se hace necesario, por un lado nuevos diseos de actividades industriales, reconsiderando los efectos ambientales de estas y, por otro lado, coordinar las polticas ambientales en la industria y gestionar responsable y adecuadamente los medios ms prcticos, econmicamente rentables y menos impacientes para el entorno en el cual se desarrollan las actividades, constituyan estos, objetivos prioritarios tendentes a reunir en armona y equilibrio a trabajador y ambiente.

  • Con otras ciencias:1. La Fsica; 2. La Qumica; 3. La Ecologa; 4. La Biologa; 5. La Medicina; 6. La Economa; 7. La Sicologa; 8. La Sociologa, etc.