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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA DIVISIÓN DE CIENCIAS BIOLOGICAS Y DE LA SALUD LICENCIATURA EN BIOLOGIA EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DE UN POZO PETROLERO SOBRE EL MATORRAL ESPINOSO TAMAULIPECO AIDA JUAREZ CRUZ Asesor: M. en C. Beatriz Adriana Silva Torres 03-P

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA

UNIDAD IZTAPALAPA

DIVISIÓN DE CIENCIAS BIOLOGICAS Y DE LA SALUD

LICENCIATURA EN BIOLOGIA

EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DE UN POZOPETROLERO SOBRE EL MATORRAL ESPINOSO TAMAULIPECO

AIDA JUAREZ CRUZ

Asesor:

M. en C. Beatriz Adriana Silva Torres

03-P

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

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Todo el mundo necesita del petróleo. En una u otra de sus muchas formas lo usamos cada día de nuestra vida. Proporciona fuerza, calor y luz; lubrica la maquinaria y produce alquitrán para asfaltar la superficie de las carreteras; y de él se fabrica una gran variedad de productos químicos. El petróleo es la fuente de energía más importante de la sociedad actual. Pensar en qué pasaría si se acabara repentinamente hace llegar a la conclusión de que se trataría de una verdadera catástrofe: los aviones, los automóviles y autobuses, gran parte de los ferrocarriles, los barcos, centrales térmicas, muchas calefacciones dejarían de funcionar. Además, los países dependientes del petróleo para sus economías entrarían en bancarrota.

El petróleo es un recurso natural no renovable que aporta el mayor porcentaje del

total de la energía que se consume en el mundo. La importancia del petróleo no ha dejado de crecer desde sus primeras aplicaciones industriales a mediados del siglo XIX, y ha sido el responsable de conflictos bélicos en algunas partes del mundo (Oriente Medio). La alta dependencia que el mundo tiene del petróleo, la inestabilidad que caracteriza al mercado internacional y las fluctuaciones de los precios de este producto, han llevado a que se investiguen energías alternativas, aunque hasta ahora no se ha logrado una opción que realmente lo sustituya.

La vida sin el petróleo no podría ser como la conocemos. Del crudo obtenemos gasolina y diesel para nuestros autos y autobuses, combustible para barcos y aviones. Lo usamos para generar electricidad, obtener energía calorífica para fábricas, hospitales y oficinas y diversos lubricantes para maquinaria y vehículos.

La industria petroquímica usa productos derivados de él para hacer plásticos, fibras sintéticas, detergentes, medicinas, conservadores de alimentos, hules y agroquímicos.

El petróleo ha transformado la vida de las personas y la economía de las naciones. Su descubrimiento creó riqueza, modernidad, pueblos industriales prósperos y nuevos empleos, motivando el crecimiento de las industrias mencionadas

La transformación y aprovechamiento de los recursos naturales contribuye en gran medida al progreso y desarrollo de un país.

El procesamiento del petróleo crudo y del gas asociado se ha incrementado a nivel mundial en los últimos años como un resultado del crecimiento de la población que demanda mayor cantidad de combustibles y lubricantes, y del desarrollo de tecnologías que permiten el procesamiento de los hidrocarburos para la generación de productos de alto valor agregado de origen petroquímico.

El problema de la génesis del petróleo ha sido, por mucho tiempo, un tópico de investigación de interés. Se sabe que la formación del petróleo esta asociada al desarrollo de rocas sedimentarias, depositadas en ambientes marinos o próximos al mar, y que es el

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resultado de procesos de descomposición de organismos de origen vegetal y animal que en tiempos remotos quedaron incorporados en esos depósitos.

Se tiene noticia de que en otro tiempo, los árabes y los hebreos empleaban el petróleo con fines medicinales. En México los antiguos pobladores tenían conocimiento de esta sustancia, pues fue empleada de diversas formas entre las cuales se cuenta la reparación de embarcaciones para la navegación por los ríos haciendo uso de sus propiedades impermeabilizantes.

Es claro el compromiso que tiene PEMEX con la producción ya que el 25 de Octubre 2003 se alcanzo el máximo histórico de producción diaria de petróleo curdo con un nivel de 3 millones 688 mil barriles. Con México donde durante l2002 el rendimiento antes de impuestos y derecho ascendió a casi 277 mil millones de pesos, equivalentes al 58 por ciento de las ventas totales. Pero principalmente el compromiso con la Naturaleza que es el presente y futuro de las generaciones, por ello durante el 2002 la empresa erogó cerca de 18 mil millones de pesos en seguridad industrial y protección ambiental

Las exploraciones petroleras iniciaron hace más de cien años (en 1859, Edwin Drake inició una nueva época cuando encontró petróleo en Pensilvana, a una profundidad de sólo 69 pies), cuando las perforaciones se efectuaban cerca de filtraciones de petróleo; las cuales indicaban que el petróleo se encontraba bajo la superficie. Hoy día, se utilizan técnicas sofisticadas, como mediciones sísmicas, de microorganismos e imágenes de satélite. Potentes computadoras asisten a los geólogos para interpretar sus descubrimientos. Pero, finalmente, sólo la perforadora puede determinar si existe o no petróleo bajo la superficie.

Se ha encontrado petróleo en todos los continentes excepto en la Antártida. En su estado natural se le atribuye un valor mineral, siendo susceptible de generar, a

través de procesos de transformación industrial, productos de alto valor, como son los combustibles, lubricantes, ceras, solventes y derivados petroquímicos.

El petróleo no se encuentra distribuido de manera uniforme en el subsuelo hay que

tener presencia de al menos cuatro condiciones básicas para que éste se acumule:

Entre los países productores de petróleo a los que se les llama “independientes”, entre los que destacan el Reino Unido, Noruega, México, Rusia y Estados Unidos. Este último es el mayor consumidor de petróleo, pero al mismo tiempo es uno de los grandes productores.

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El auge petrolero de los 80s, los cambios políticos y administrativos que había sufrido Pemex cambian la visión de las nuevas administraciones y se deja de ver a la empresa como una institución de servicio y le da el enfoque de empresa productiva y generadora de utilidades como cualquier empresa similar en el mundo.

En Julio del 2003. El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Lichtinger Waisman, atestiguó la firma de un convenio de colaboración conjunta entre Petróleos Mexicanos y los gobiernos de Tamaulipas, Nuevo León y Coahuila para coordinar acciones de apoyo al desarrollo sustentable de los municipios con posibilidades prospectivas para la producción de gas no asociado en el norte del país.

Fue la primera ocasión en que se establecen acuerdos con medidas preventivas para evitar impactos ambientales. Se hizo énfasis en el actual nivel de cooperación entre PEMEX y la SEMARNAT para impulsar el desarrollo sustentable de las actividades exploratorias y de producción.

Así mismo se establecen compromisos para que PEMEX lleve a cabo sus actividades petroleras en estricto apego a la legislación y normatividad vigentes y bajo los principios del desarrollo sustentable de las regiones, en tanto que los gobierno de Tamaulipas, Nuevo León y Coahuila se abocan a proporcionar los permisos y demás autorizaciones que procedan para la realización de las obras correspondientes, así como a la atención y resolución -conjuntamente con la paraestatal- de los problemas que se presenten en las comunidades.

En materia de protección ambiental, PEMEX, en colaboración con la SEMARNAT

y las dependencias respectivas de los tres estados, efectúan los estudios necesarios para el ordenamiento ecológico de las áreas que concentran las actividades petroleras, comprometiéndose la paraestatal a elaborar sus programas operativos bajo los criterios de prevención y control de la contaminación y la atención a emergencias ambientales, con la aplicación de la tecnología más avanzada.

Adicionalmente, la empresa apoya las actividades de reforestación y conservación

forestal y de suelos que surjan de la coordinación con la SEMARNAT, como medidas que equilibren el desarrollo industrial y la protección ambiental.

En septiembre de 1999 el licenciado Tomás Yarrington Ruvalcaba, gobernador del estado de Tamaulipas, dio un mensaje durante la Visita de Adrián Lajous, director general de Pemex, en la que se puso en marcha la interconexión de los ductos de gas entre Pemex y Tenesse Gas, en el cual se pone en operación esta interconexión que permite que Tamaulipas contribuya más al desarrollo nacional, con la interconexión desde el proyecto de desarrollo para la cuenca de Burgos, se podrá exportar como aquí bien se ha dicho el excedente de gas que se produce y que a veces no tiene acomodo en el mercado naciona l. Además abre la posibilidad futura de reforzar la posición competitiva que tiene Tamaulipas para la producción de energía eléctrica, ante la posibilidad de suministrar gas a las regiones de Río Bravo y Altamira desde la cuenca de Burgos, o desde el mercado de los estados unidos.

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En marzo de 2004 Técnicos y especialistas de Pemex informaron al presidente Fox que en Tamaulipas existen alrededor de 4 mil 800 pozos petroleros en explotación, mientras que en Texas son más de 83 mil pozos.

Al ser el petróleo un recurso no renovable y un recurso natural con gran potencial

para dañar al medio ambiente, su explotación y consumo demandan racionalidad a beneficio de los mexicanos. Pero aun sin el beneficio de su uso racional, lo menos que podemos hacer para pagarle su producto a la Tierra es aplicar nuestros conocimientos y ética para evitar daños irreversibles al medio ambiente.

El objetivo principal de impulsar el desarrollo tecnológico es maximizar la relación

beneficio/costo en la cadena productiva y al mismo tiempo minimizar los daños causados a la naturaleza. El objetivo de impulsar la educación petrolera es el de proveer los recursos humanos que la industria requiere y concientizar a la sociedad sobre el uso razonado de los recursos naturales.

Modificar la realidad actual es un reto que compete a todos los mexicanos, por eso, Pemex Refinación está comprometida en impulsar un movimiento nacional por la calidad, que, entre otros aspectos, logre cambiar favorablemente tanto en el ámbito nacional como en el extranjero la imagen de los bienes y servicios hechos en México y en nuestras Instalaciones.

Pemex se ha caracterizado por ser una empresa con una labor de difusión científica

y tecnológica. Esto se demuestra con el nivel de participación que la empresa ha tenido para organizar y apoyar foros de discusión, congresos nacionales e internacionales, y talleres y seminarios con convocatorias abiertas.

En cuanto al Medio ambiente y seguridad PEMEX Proporciona soluciones

integrales y estratégicas a los problemas ambientales y de seguridad que enfrenta hoy en día la industria petrolera y química, logrando armonizar sus actividades con la protección y conservación del ambiente, adelantarse a los cambios regulatorios y a las exigencias sociales; agregando con ellas valor económico al negocio del cliente.

Trabaja con una organización innovadora de negocio, en la que interactúan las plataformas de investigación, soluciones, competencias y atención al cliente. De esta forma, puede orientar la investigación y el diseño de soluciones, para que sus clientes cumplan con los requisitos de sustentabilidad ambiental y de seguridad industrial, con un enfoque preventivo.

El gran impulso que ha recibido la protección ambiental en los últimos años en el ámbito mundial, ha originado que en muchos sitios se genere una gran cantidad de información a partir de estudios de diversa naturaleza, en formatos disímiles, con características totalmente diferentes. El desarrollo de las actividades petroleras en el país, se encuentra altamente relacionado con la modificación de las características naturales del entorno en el que se desarrollan.

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Los Sistemas de Administración Integral de Información Ambiental, aprovechan los adelantos tecnológicos en materia de comunicaciones electrónicas y computación, permiten integrar la información histórica, interpretarla integralmente mediante un manejo de bases de datos relacionales y generar escenarios; a través de los cuales será posible tomar decisiones adecuadas para minimizar o eliminar los impactos al ambiente por las actividades industriales.

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Ubicación del proyecto

El proyecto se localiza en las siguientes coordenadas geográficas: L.N.= 24°08'32. 08''L.W= 98°03'35. 13''Entidad federativa Estado de Tamaulipas

Municipio de Soto La Marina

Tiempo de vida útil del proyecto El proyecto se desarrollara en tres meses, una vez perforado, se taponará para su posterior explotación, no obstante este documento integra toda la información y análisis para su operación.

Nombre o razón social

PEMEX - Exploración y Producción, Subdirección Región Norte, Activo Integral Poza Rica Altamira, Área Altamira.

Ubicación física del proyecto y planos de localización. La Localización Lerma-201, se ubica en las siguientes coordenadas:

L.N.= 24°08'32. 08''L.W= 98°03'35. 13'' Entidad federativa Estado de Tamaulipas Municipio de Soto La Marina

Dimensiones del proyecto La superficie total para el proyecto será de 1.2 has, no se afectará otra superficie vecina. En el área de trabajo se desmontará toda la vegetación existente y no se tocará ninguna porción de terreno vecino Urbanización del área y descripción de servicios requeridos El área cuenta con una brecha de terracería sin revestir como acceso principal, después existe un brecha que llega directamente a las coordenadas de referencia para el sitio de estudio, en el recorrido técnico al sitio no se observo ningún otro tipo de servicios. Debe aclararse además que la obra no requiere de servicios como agua, luz o drenaje, ya que el trabajo es temporal y serán proporcionados por la compañía que prestará el servicio. Características de las plataformas para perforación de pozos. Las Plataformas Las Plataformas o localizaciones de pozos, son el área necesaria para la instalación, maniobras y operación del equipo de perforación ó reparación y terminación de pozos. La función principal es brindar soporte y seguridad adecuada al equipo durante la operación. Se contempla la construcción de una plataforma para las labores de perforación, se establecerán las dimensiones como se señala a continuación:

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Cuadro 1 tipo y dimensiones de equipo requerido Tipo de Equipo Dimensiones Requeridas

Convencional 0125 x 85 m.

Fuente: PEMEX 2003 Presas: Los lodos utilizados durante la perforación del pozo, deben permanecer temporalmente en presas metálicas a fin de evitar daños al medio ambiente , (las presas de terracería para lodos o de fluidos de perforación ya no se construyen), para su posterior disposición y/o tratamiento en centros autorizados diseñados para tal fin y que cumplan con los requerimientos establecidos en la Normas Oficiales aplicables.

Cuadro 2 Normatividad aplicable al proyecto: NORMA TITULO

2.125.01 Diseño de caminos para instalaciones petroleras de PEMEX. 3.101.01 Desmonte (Serie Caminos). 3.101.02 Desmonte. 3.104.01 Despalme. IN 10.1.07 Labores fundamentales del ayudante de perforación chango. NOM-115-SEMARNAT-1998.

Que establece las especificaciones de protección ambiental que deben observarse en las actividades de perforación de pozos petroleros terrestres para exploración y producción en zonas agrícolas, ganaderas y eriales.

SI-R-2. TIENE POR OBJETO ESTABLECER LAS MEDIDAS 21-01-97

Reglamento federal de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo

SI-NOM-3 Norma oficial mexicana NOM-002-STPS-1994 Relativa a las condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendio en los centros de trabajo.

Si-NOM-4 Norma oficial mexicana NOM-003-STPS-1993 Relativa a la obtención y refrendo de licencias para operador de gruas o montacargas en los centros de trabajo.

Si-NOM-5 Norma oficial mexicana NOM-004-STPS-1993 Relativa a los sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria, equipos y accesorios en los centros de trabajo.

Si-NOM-6 Norma oficial mexicana NOM-005-STPS-1993 Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles.

SI-NOM-9 Norma oficial mexicana NOM-010-STPS-1994. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

SI-NOM-10 Norma oficial mexicana NOM-011-STPS-1993. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.

03.0.04/06 Reglamento de seguridad e higiene de petróleos mexicanos, proyecto y construcción de obras. 10.0.01. Reglamento para la realización de operaciones peligrosas. 03.0.01. Reglamento para el control de emergencias y accidentes en el centro administrativo de petróleos

mexicanos. 03.0.03. Acceso de personas a instalaciones de petróleos mexicanos. 02.0.01. Para el uso y mantenimiento de cinturones y arneses de seguridad. 03.0.04. Transito interior de vehículo s en instalaciones industriales, administrativas y de servicio de petróleos

mexicanos. 10.0.24. Recomendaciones de seguridad para trabajadores que operan camiones equipados con malacate (winch)

y pluma. DG-GPASI- SO-11011 Plan General De Salud Ocupacional. A-R-1. Reglamento de la ley general de salud en materia de control sanitario de actividades, establecimientos,

productos y servicios. A-R-2. Reglamento de la ley de protección al ambiente del estado de México, para la prevención y control de

la contaminación del agua. R-NOM-1. Norma oficial mexicana NOM-052-SEMARNAT -1993, que establece las características de los residuos

peligrosos, el listado de los mismos y los limites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. (NOM-CRP-001-SEMARNAT-1993).

R-NOM-4. Norma oficial mexicana NOM-055-SEMARNAT -1993, que establece los requisitos que deben reunir los sitios destinados al confinamiento controlado de residuos peligrosos, excepto de los radiactivos. (NOM-CRP-004- SEMARNAT -1993).

R-F-4. Reporte semestral de residuos peligrosos recibidos para reciclaje o tratamiento (instructivo) PEP-ASIPA-L-001/99 Lineamientos de seguridad industrial y protección ambiental para localizaciones, equipos de perforación

y/o mantenimiento de pozos terrestres y lacustres.

Fuente: Diario Oficial de la Federación, Varios.

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Programa general de trabajo En el cuadro 3 se muestra el cronograma de obra, mismo que consta de tres meses para perforar y dejar en operación al pozo motivo de este estudio

Cuadro 3 Cronograma de Construcción del Pozo MESES

FASES (ETAPA/ACTIVIDADES 1 2 3 4

Etapa de Preparación del sitio.

Trazo y Nivelación

Desmonte

Despalme

Corte, acarreo y formación de terraplenes

Conformación, compactación y rastreo de terracerías del terreno natural.

Suministro, extracción y carga de materiales de revestimiento

Tendido, compactado y afinado de material de revestimiento.

Constrcción

Construcción de contrapozo de concreto.

Instalación de puertas y guardaganados.

Construcción de cercado de alambre de púas de 5 hilos.

Construcción del canal perimetral de concreto simple y pavimentación con banquetas de concreto.

Operación y mantenimiento

Perforación

Terminación del pozo

Fractura hidráulica

Cementación

Limpieza y medición

Entrega a producción

Fuente: PEMEX 2003 Preparación del sitio a) Trazo y Nivelación. Localización de bancos de nivel, trazo de ejes, estacado sobre ejes. b) Desmonte Consiste en el retiro de la vegetación existente para la construcción de caminos, localizaciones, áreas de préstamo y de bancos de material de revestimiento con el objeto de eliminar la presencia de material vegetal, contempla las siguientes operaciones: Ø Tala Ø Roza Ø Derrame Ø Trituración de material seco producto del desmonte

Para la construcción de una localización se utilizan los caminos ya existentes y los mas cercanos a la misma, para tratar de desmontar lo menos posible y así causar un menor daño a la vegetación. El producto del desmonte se aloja en sitios previamente ubicados donde se deja secar para que se integre al suelo circundante una vez triturado.

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Descripción de obras y actividades provisionales y asociadas Ø Almacenes.

Debido a la naturaleza del proyecto, no se puede contar con la construcción de almacenes, por lo que el material que se utilizará estará a disposición de las obras en el almacén central. Ø Talleres.

No se contará con talleres en el sitio de obras. Ø Oficinas.

Este tipo de instalación solo esta considerada para obras con estructura superficial y se contempla su construcción cuando se construya la obra tipo que la requiera. Ø Laboratorios

Habrá un laboratorio pequeño para el análisis de muestras de lodos de perforación, mismo que no requiere de mucho material. Ø Instalaciones sanitarias:

Las instalaciones sanitarias se contemplan en la infraestructura de cada instalación tipo, para la obra “Pozos”, la etapa de preparación del sitio y construcción se utilizan sanitarios portátiles y la disposición de los deshechos sanitarios estarán a cargo de la compañía que realice la obra. Ø Campamentos, dormitorios y/o comedores

De requerirse, se ubicaran en los módulos habitacionales, los cuales estarán a cargo de las compañías que efectúen los trabajos. Ø Planta de tratamiento de efluentes:

No aplica. Ø Descripción de centros de telecomunicaciones y cómputo

Se planea la instalación de un pequeño cuarto portátil donde se instalará el equipo de telecomunicaciones que consiste básicamente en radios de comunicación, y el equipo de computo serán algunas computadoras en el sitio. Ø Patios de servicios.

No se contempla la construcción de patios de servicios. Ø Comedores.

De requerirse, se ubicaran dentro del campamento. Ø Construcción de caminos y vialidades.

Se utilizaran los caminos existentes, además de que ya existe una brecha para llegar al sitio central del predio, esto es no se requerirá de otro camino. Construcción a) Despalme Consiste en el retiro de la capa superficial del terreno natural, que por sus características es inadecuada para la construcción de terracerías. Se realizara en cortes, prestamos, bancos de material y despalme de terraplenes. b) Corte, acarreo y formación de terraplenes.

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Excavaciones ejecutadas a cielo abierto en terreno natural, en ampliaciones y/o abatimiento de taludes, en rebajes de la corona, de cortes o terraplenes existentes, con objeto de preparar o formar la sección de la obra de acuerdo con el proyecto. c) Conformación, Compactación y rastreo de terracerías del terreno natural. Esta actividad incluye: conformación, transporte e incorporación del agua a emplear, compactación del terreno natural hasta 30 cm. de profundidad (previo despalme), con control de laboratorio, desarrollándose estos trabajos con compactador de acuerdo al tipo de material. La conformación se refiere al movimiento de materiales para afinar la base, sub-base y rasante de plataformas para maniobras ó caminos, incluye escarificación del terreno, perfilados de taludes y rastreo para recibir el material de revestimiento. d) Suministro, extracción y carga de materiales de revestimiento. Consiste en la extracción y carga de material desde el banco de material hasta la localización. e) Tendido, compactado y afinado de material de revestimiento. El material de revestimiento es tendido y compactado bajo prueba proctor estándar, con control de laboratorio y afinado al espesor que se indique para proporcionar una superficie de rodamiento estable y resistente a las cargas que le son transmitidas. f) Construcción de contrapozo de concreto. Comprende excavación con herramienta manual dentro de la localización, sobre el mismo se instalara el equipo de perforación y se alojara el árbol de válvulas para efectuar las operaciones de extracción del gas natural. El contrapozo se construirá de concreto armado y acero, a fin de contener los fluidos de perforación y evitar derrames sobre el cuadro de maniobras. i) Instalación de puertas y guardaganados. Se contempla en esta actividad suministro de parrilla, excavación de zanja, instalación de puertas y guardaganados, en caso necesario falsete adyacente para desviar el trafico y la reparación de la cerca en cada lado del guardaganado de manera que no pierda su rigidez original, evitando el paso de ganado en los linderos de los terrenos que cruzan los caminos en la entrada del cuadro de maniobras. g) Construcción de cercado de alambre de púas de 5 hilos. Se construirán las cercas en los lugares que indique el proyecto, para garantizar la duración del cercado, el alambre galvanizado de púas será nuevo y los postes de diámetro mínimo de 10 cm. La cerca evitara el paso de ganado a el cuadro de maniobras eliminando riesgos. h) Construcción del canal perimetral de concreto simple y pavimentación con banquetas de

concreto. Los canales se utilizaran para captar y confinar los fluidos utilizados durante la perforación y serán de concreto simple con un ancho variable de 40 a 60 cm. y una profundidad de 10 a 40 cm. Operación y mantenimiento Posteriormente a la realización y/o rehabilitación de la plataforma se procederá a la instalación del equipo de perforación, una vez instalado este se inicia la intervención del pozo, mediante lodos o fluidos de perforación, los cuales tienen por objeto proporcionar el control de las presiones que puedan encontrarse al perforar, además de ejercer un efecto de lubricación y de enfriamiento a la barrena así como de transportar a la superficie los cortes de formación resultantes en la etapa de perforación.

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Perforación Programa de perforación Para cada pozo se obtienen los datos generales como son su nombre, localización, posición geológica estructural, columna geológica esperada, objetivo, núcleos, antecedentes, producción y pruebas de producción. La perforación puede constar de varias etapas, dependiendo de la profundidad a la que se encuentre el material deseado. En un pozo de 4000m, se tienen 7 etapas: cero, donde se prepara el equipo. Primera (hasta 150m): Se perfora primero con una barrena de 26” a 20 m, se mete un conductor, se cementa esperando fraguado, posteriormente se cambia la barrena por una de 18½” Ø a 150 m, después de tomar registros DIL-RG y BCH se cementa desplazando con lodos, se espera el fraguado y se desconecta la cabeza de cementación. Se afina el corte con un T.R. de 16’’ Ø. Se cambia el cabezal por uno de 16¾’’ Ø 5M, se instalan preventores y se prueban los mismas. Se baja la barrena a la cima del tapón de desplazamiento y se acondiciona lodo base de aceite. Finalmente se hace la prueba T.R., se perforan tapones, cople y cemento, se rebaja la zapata. Segunda (hasta 1220m): Se perfora hasta encontrar el conglomerado ± 1100m, se saca la barrena PCD a la superficie y se elimina la misma. Se arma la barrena tricónica y se perfora hasta los 1220m, emparejando columnas, se saca la barrena hasta la superficie y se toman registros AIT/BHC, LDL, CNL Y OBDT. Si es necesario se efectúa un viaje de reconocimiento. Se elimina charola y buje de desgaste, se instalan arietes de 11¾’’ Ø a preventores superiores. Se hacen preparativos para correr T.R. 11¾’’ Ø a 1220m y se prepara la siguiente cementación y se cementa y verifica el funcionamiento del equipo de flotación. Después del fraguado y descargado de la presión en el T.R. se elimina la tornillería del cabezal, se levantan los preventores, se sienta el T.R. en cuñas y se corta el T.R. 11¾’’ Ø. Se retira el preventor 16¾’’ Ø, se afinan corte e instalación y la prueba de cabezal 16¾’’ Ø- 13 5/8’’ Ø 5M y la brida de doble sello 16¾’’ Ø. Se prueban los sellos secundarios, instalan preventores 13 5/8’’ Ø 5M , C.S.C. y se prueban. Se instala campana, charola, línea de flote y buje de desgaste. Se desconecta la herramienta de 8’’ y los estabilizadores 8 x 14¾’’ Ø. Se arma la barrena 10 5/8’’ Ø, la herramienta 7¼ Ø x 10 5/8 y T.P. 4½’’ Ø y se baja la barrena a cima del tapón circula y prueba de T.R. Se perforan tapones y cople, se rebaja el cemento y se prueba T.R, finalmente se rebaja zapata a 1220m. Tercera (hasta 2350m): Se perfora con barrena 10 5/8’’ Ø a 2200m se circula y saca la barrena a la superficie. Se toman registros DIL/RG, BCH. Se baja la barrena al fondo, se circula y perfora a 2350m. Se baja la barrena y se acondiciona con lodos para tomar registros. Se saca la barrena a la superficie. Se toman los registros programados de 2350 a 1220m. Se efectúa viaje de reconocimiento y se saca barrena a la superficie, aflojando las juntas HTA. 7¼’’ Ø. Se hacen preparativos para correr TR 9 5/8’’ Ø y se recupera buje de desgaste, se cambian arietes en preventor superior de 4½’’ Ø a 9 5/8’’ Ø y se prueban. Se baja el T.R. 9 5/8’’ VAM-FJL a 2350m y se circula, se prueba el equipo de flotación. Se hacen las preparaciones para cementar y se cementa T.R a 9 5/8’’ VAM-FJL a 2350m, se checa equipo de flotación. Se espera el fraguado Se levantan los preventores, se sienta T.R. 9 5/8’’ en sus cuñas. Se efectúa corte preliminar, se retiran los preventores, se realiza corte definitivo y se instalan bridas dobles, sello y cabezal semi-compacto 13 5/8’’-11’’ 15M y preventores 11’’, C.S.C. y se prueba. Se instala niple, campana, línea de flote, llenadera y buje de desgaste y se desconecta herramienta 7¼’’. Se arma barrena PDC 8½’’ y herramienta 6½’’ y se baja la barrena con T.P. 4½ a tocar la cima de los tapones, se circula y prueba T.R. Se rebajan los tapones, el cople flotador, cemento y se realiza la segunda prueba de T.R. Se rebaja el cemento y la zapata. Cuarta (hasta 3500m): Perfora a 2450m, circular y efectuar prueba de goteo y bajar barrena al fondo. Se perfora verticalmente con barrena 8½’’Ø a 3300m circular y sacar barrena a la superficie (durante esta etapa es probable el corte de núcleos convencionales; la profundidad de corte será dada por el geólogo en el pozo). Se toman registros DIL/RG, BHC. Se baja la barrena a fondo y se circula y perfora a 3500m (la profundidad se afina de acuerdo al registro). Se circula para emparejar

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columnas, se saca la barrena a la zapata, se observa el pozo y se baja en viaje de reconocimiento, se circula y se acondiciona para los registros. Se saca la barrena a la superficie. Se toman los registros programados de 3500 a 2350m más un servicio de núcleos de pared. Se realiza viaje de reconocimiento a fondo, circula y saca barrena a la superficie aflojando juntas de herramienta 6½’’Ø. Preparativos para corre T.R. Se corta 7’’Ø BCN, elimina buje de desgaste, se cambian arietes superiores a 7’’Ø a probarlo. Se espera el fraguado con el preventor cerrado. Se abre el pozo para descargar la presión, se circula tiempo de atraso, se saca a la superficie la herramienta soltadora y se elimina. Se instalan arietes 4½’’Ø a preventor superior y se prueba. Con la barrena 8½’’ Ø, se baja para reconocer boca de T.R., corta 7’’Ø (linner), se circula T.A. Se prueba la boca de T.R. con presión (140kg/cm2) y peso (6 ton), se saca la barrena 8½’’Ø quebrando la herramienta 6½’’ Ø, los estabilizadores, HW 4½’’ J x J (longitud de T.R. ). Se corta 7’’ más el intervalo de la última etapa. Quinta (hasta 4000m): Se perfora a 3600m, se circula, se sube la barrena y se efectúa una prueba por goteo y se baja la barrena al fondo. Se perfora con sarta estabilizada a 4000m (durante esta etapa es probable el corte de núcleos convencionales; las profundidades de corte serán dadas por el geólogo en el pozo). Se circula, limpiando el agujero y se efectúa viaje a 3500m, se observa el pozo, se baja la barrena y se acondiciona lodo para el registro. Se saca la barrena, se toman los registros programados a 3500 y 400m además de un servicio de núcleos de pared. Se realiza un viaje de reconocimiento a fondo, se circula y saca la barrena aflojando las juntas de TP 3½’’Ø, y 4½’’Ø. Se corre el T.L. 4½’’Ø, se elimina buje de desgaste y charola recolectora. Se baja T.L. 4½’’ HDSLX a 3998m, se circula para emparejar el lodo, se instala bola colgadora. Se cementa TL 4½’’ a 4000m con la bola colgadora instalada, desplazando con lodo de 1.7 gr/cc, se descarga a cero el interior del T.L. y se prueba el equipo de flotación. Terminación: Se espera el fraguado con el interior del TL abierto con la válvula de pie instalada o bien se deja la cabeza de cementación con el macho abierto y el preventor anular cerrado. Se limpia el contrapozo, las cunetas y las trampas, para depositar los residuos impregnados con lodo base aceite en la presa de recortes antes de que se retiren los recortes y/o el lodo de las presas. Se abre el espacio anular, se observa el pozo, se descarga el lodo de los preventores por el carrete de trabajo, se levantan y sientan los preventores, se instalan sellos y la bola colgadora. Se instala el bonete el árbol de válvulas y se prueba. Se toman registros CNL-VDL represionando con el diferencial del cemento. Se desplaza el lodo con la salmuera con tubería flexible por etapas y con baches de diesel. Se desconecta TP 3½’’, la herramienta de 4¾’’, Hw y Kelly. Terminación de Pozos La terminación de los pozos comprende las siguientes actividades: 1. Tipos de terminación. 2. Evolución de las terminaciones. 3. Tipos de terminación. 4. Evolución de los fracturamientos. 5. Diseño de la tubería de explotación. 6. Cementación de la tubería de explotación. 7. Evaluación de la cimentación. 8. Técnica de disparos. 9. Geometría de la fractura. 10. Equipo de limpieza. 1. Tipos de terminación Terminación sencilla con empacador permanente o recuperable. Terminación doble (dos tuberías de producción) con empacador. Terminación triple (tres tuberías de producción) con empacador. Terminación tubingless (sencilla, doble y triple).

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2. Evolución de las terminaciones Pueden ser sencilla o múltiple, las ventajas de este proceso son: una producción más sostenida, recuperación más rápida de la reserva, mayor valor presente neto y los fracturamientos se realizan con pozo nuevo. Procedimiento general de la terminación Cementar la tubería de explotación. Esperar el fraguado e instalar conexiones definitivas y desmantelar el equipo. Disparar primer intervalo y registrar presión de fondo o prueba de presión. Efectuar primer fracturamiento hidráulico. Calibrar con ULA, colocar tapón de arena, calibrar con ULA. Disparar el segundo yacimiento y fracturarlo. Colocar segundo tapón de arena, disparar y fracturar siguiente arena. Misma secuencia hasta terminar los int. Programados. 3. Tipos de terminación La terminación incluye los fracturamientos hidráulicos por la baja permeabilidad de sus formaciones y la explotación simultánea de varios yacimientos (arenas). Existen dos tipos. Terminación de tubingless. Se hace en tubería de producción cementada donde se explotan varios yacimientos simultáneamente. Es aplicable en: campos de bajo riesgo donde hay suficiente conocimiento del área, aunque algunas compañías también usan este tipo de terminación en pozos exploratorios o delimitadores; cuando los problemas de corrosión no son críticos y cuando se tiene un alto índice de éxito en las cimentaciones primarias. Ventajas: Reducción de costos por menores volúmenes de lodo, cemento, acero, barrenas de menor diámetro y del volumen de arena a utilizar en tapones para aislar intervalos. La limpieza es del pozo más rápida y eficiente, se elimina el uso de empacadores, equipo de terminación de líneas de acero y fallas mecánicas asociadas. Desventajas: requiere de un estricto control de calidad en la cementación primaria y las reparaciones mayores resultan más complicadas. Ø Terminación a través de TR de 4½ – 5’’. Se lleva a cabo en varios yacimientos

simultáneamente con mayor productividad (mayores gastos de producción). Se aplica en pozos con mayores gastos de 15 mmpcd y se requiere del uso de aparejo de producción por su productividad o por problemas de corrosión de tuberías. 4. Evolución de los fracturamientos Los fracturamientos pueden ser tradicionales para longitudes tradicionales (de menos de 400 pies) y múltiples ( 600 a 1000 pies), véase proceso de fracturamiento hidráulico en el cuadro 4.

Cuadro 4 Proceso de Fracturamiento Hidráulico Recopilación y análisis de la información

Prediseño Minifractura Diseño Ejecución Evaluación

Características del yacimiento

Diseño preliminar: • Longitud

amplitud • Conductividad • Volúmenes de gel

y arena • Apuntalante

Esfuerzo mínimo Ajuste del prediseño: Volúmenes y tipo de fluidos Apuntalante

Logística Análisis de presiones durante la fractura

Presión Alternativas con análisis económicos

Eficiencia de fluido Software MFRAC III

Registro de presiones y gasto (análisis en tiempo real)

Curvas de variación de presión

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Recopilación y análisis de la información

Prediseño Minifractura Diseño Ejecución Evaluación

Permeabilidad Determinación del crecimiento de altura

Control de Calidad Análisis comparativo prog/real

Temperatura Evaluación altura (reg. Temp, radioactivo, etc.)

Fuente: PEMEX 2003 5. Diseño de la tubería de explotación. La tubería debe estar diseñada para soportar toda la gama de esfuerzos a que estará sometida durante la terminación y producción del pozo. Se someten a análisis convencional, que incluye pruebas de: Presión interna : es el factor de control en la superficie y se determina comúnmente por la presión de yacimiento menos un gradiente de gas; pero en nuestro caso por la presión máxima de fracturamiento. Colapso: Es el factor que predomina en la parte inferior del pozo y se calcula con la columna hidrostática del fluido de control en el espacio anular considerando presión cero en el interior de la tubería. Tensión: La carga axial se verifica en la cima de cada sección de tubería para verificar que la resistencia de la junta es suficiente para sostener el peso de abajo. Esfuerzos biaxiales: Resultan cuando la tubería está sujeta a tensión. Al incrementar la tensión se reduce la resistencia al colapso e incrementa la resistencia a la presión interna. Cuando se llevan a cabo fracturamientos y producción debe considerarse lo siguiente: La sarta de la tubería bajo condiciones de fracturamiento experimenta un gran incremento en la presión interna como resultado de la presión de fracturamiento y decremento en la temperatura promedio causados por los fluidos fracturantes. Las fuerzas creadas por esos cambios en presión y temperatura son similares a aquellos experimentados por la tubería de producción fija a un empacador y pueden ser atribuidos a los siguientes cuatro efectos: Pistón: Este efecto es el resultado de los cambios de presión en el interior de la tubería actúa sobre el área de la sección transversal. Pandeo: Este efecto resulta cuando el tubo tiende a pandearse o formar una espiral debido a la distribución de fuerzas creadas por una presión interna mayor que la presión externa. Este efecto es mínimo en tuberías que se usan para el fracturamiento. Efecto de aglobamiento: Este efecto ocurre cuando la diferencial de presión en el interior del tubo trata de expandirla o aglobarla, provocando un efecto de acortamiento que causa fuerzas de tensión adicionales. Este efecto es muy importante durante las operaciones de fractura. Efecto de temperatura: Es el único efecto que no es resultado de cambios de presión, sino que es función de solo cambios de temperatura. Las fuerzas de tensión adicionales resultan cuando la tubería trata de contraerse cuando el pozo es enfriado por fluidos fracturantes. Durante la producción ocurre un calentamiento de la tubería, de tal manera que la parte superior (no cementada) tiende a elongarse causando pandeo, este efecto puede calcularse con el software Well-Cat y para contrarrestarlo se recomienda dejar con tensión adicional al peso de la tubería (de 4 a 6 toneladas). 6. Cementación de la tubería de explotación. Factores a considerar: Acondicionamiento de lodo: Las propiedades reológicas del lodo, viscosidad plástica y punto de cedencia deberán reducirse a los niveles mínimos permisibles en el pozo.

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Mezcla de lechadas: Usar mezcla en bache para obtener una lechada homogénea en densidad y propiedades reológicas. Realizar el desplazamiento de la lechada con salmuera al máximo gasto posible, sin que la densidad equivalente de circulación rebase los límites de fractura. Antes de soltar el tapón de desplazamiento las líneas de cementación deben lavarse hasta la cabeza de cementación, para evitar la presencia de cemento detrás del tapón de desplazamiento. En pozos profundos mayores de 2900 m debe usarse doble tapón limpiador durante el desplazamiento. Durante la operación debe aplicarse movimiento de rotación o reciprocación para incrementar la eficiencia de desplazamiento y asegurar el éxito. 7. Evaluación de la cimentación. El registro CBL-VDL es el más comúnmente usado para evaluar la cementación. Debe tomarse con presión suficiente para evitar el microanulo, el cual afecta la señal de registro mostrando mala adherencia en cimentaciones exitosas. Cuando el equipo de flotación funciona, la presión en la TR debe descargarse a cero para evitar el microanulo y tomar registro sin presión. Cuando el equipo de flotación no funciona debe cerrarse el pozo con la presión diferencial que se haya obtenido durante el desplazamiento. Y debe mantenerse para evitar el microanulo. El registro CBL se tomará con la presión máxima que se obtenga. 8. Técnica de disparos. Normalmente se realizan disparos con el pozo lleno de salmuera. Ocasionalmente en pozos de baja presión se utiliza la técnica de bajo-balance. 9. Geometría de la fractura Se considera la longitud, ancho y alto de la fractura. 10. Equipo de limpieza y medición de pozos. Limpieza de pozos fracturados con arena y mediciones iniciales de producción de gas, condensado y agua. Determinación de las características de lo que el pozo produce: gasto de gas, condensado y agua; salinidad y pH del agua; prueba de potencial para determinar estrangulador óptimo y gravedad específico de gas. Véase en el siguiente cuadro, el programa de mantenimiento predictivo y preventivo. Cuadro 5 Programa de Mantenimiento Predictivo y Preventivo

Actividad Descripción Cerca perimetral. Rehabilitación y reposición. Conformación de camino y plataforma. Rehabilitación. Mantenimiento a guardaganados Rehabilitación y reposición. Mantenimiento al árbol de válvulas Protección anticorrosiva y lubricación Revisión del sistema de seguridad del pozo (válvulas, regulación, medición)

Supervisión en campo

Condiciones de operación diaria Supervisión en campo

Fuente: PEMEX 2003 Descripción de obras asociadas al proyecto Las obras asociadas al proyecto son la instalación de infraestructura de análisis de muestras y comunicación, mismas que se dispondrán dentro del área del proyecto y su evaluación en cuanto al impacto ambiental se encuentran analizadas dentro de las técnicas de evaluación en este documento utilizadas, otros proyectos asociados no integrados en el predio son: la compra de combustible para

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la maquinaria pesada, adquisición de víveres y otros consumibles de los trabajadores, estos se adquirirán en Soto La Marina (SLM) o poblaciones más cercanas que puedan surtir de lo necesario. Abandono del sitio No se tiene contemplado el abandono del sitio para la obra en mención, no obstante se menciona que, se deberá realizar la limpieza del sitio y áreas aledañas al concluir la perforación del pozo, considerando para el caso, el equipo, materiales, y maquinaria utilizada, así como la infraestructura de apoyo, restaurando las áreas afectadas a las condiciones topográficas originales, disponiendo los residuos generados por tal acción, en los sitios que indique la autoridad local competente y conforme a la normatividad ambiental vigente. Se debe cumplir con las disposiciones técnicas de taponamiento al término de la vida útil de los pozos. Al término de la vida útil del proyecto el área afectada deberá ser restaurada a sus condiciones originales (NOM–115–SEMARNAT/1998). Utilización de explosivos No aplica Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera. Los residuos sólidos generados se obtienen durante la preparación del sitio con el desmonte y despalme, su disposición se realizará donde lo indique el municipio, otros residuos que resultan de la perforación son arcilla, aditivos y diesel; durante el mantenimiento los residuos serán textiles e hidrocarburos, para ambos casos los residuos se manejaran de acuerdo a las normas establecidas para ello, además de las aguas residuales producto de los sanitarios dispuestos en el área del proyecto. El listado de los residuos se encuentran en los cuadros 6,7 y 8

Etapa del proyecto Nombre del residuo

Características CRETIB

Volumen Efectos cancerígenos y otros daños a la salud1

Tipo de empaque

Preparación del Sitio Domestica N/A Variable de acuerdo a cada proyecto

N/A Bolsas de Plástico

Preparación de sitio Materiales orgánicos

N/A Variable de acuerdo a cada proyecto

N/A A granel

Construcción Residuos de materiales de construcción

N/A Variable de acuerdo a cada proyecto

N/A A granel

Operación

Domestica N/A Variable de acuerdo a cada proyecto

N/A Bolsas de Plástico

Operación Barrenas gastadas

N/A Variable de acuerdo a cada proyecto

N/A Pieza

Operación Protecciones de sarta de perforación

N/A Variable de acuerdo a cada proyecto

N/A Piezas

Operación Residuos de soldadura

N/A Variable de acuerdo a cada proyecto

N/A Contenedores metálicos

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Cuadro 6 Generación de Residuos Sólidos Nombre del residuo

Componentes del residuo

Proceso o etapa en el que se genera

Características CRETIB

Volumen generado por unidad de tiempo

Tipo de empaque

Sitio de almacenamiento temporal

Características del sistema de transporte al sitio de disposición final

Sitio de disposición final

Recorte de perforación

Arcillas, Aditivos, diesel

Perforación T,I Variable Tolva En el sitio de la obra

De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a disposiciones oficiales

Estopas impregnadas de hidrocarburos

Textiles / hidrocarburos

Mantenimiento

T,I Variable Contenedores metálicos

En el sitio de la obra

De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a disposiciones oficiales

Fuente: PEMEX 2003 Cuadro 7 Residuos Sólidos no Peligrosos Fuente: PEMEX 2003 Cuadro 8 Tabla de Generación de Agua Residual

Etapa del proyecto

Número o identificación de la descarga

Origen Empleo que se le dará

Volumen diario descargado

Sitio de descarga

Preparación del sitio

Aguas sanitarias Sanitarios portátiles Sanitaria Variable De acuerdo a disposiciones oficiales

Construcción Agua sanitaria Sanitarios portátiles Sanitaria Variable De acuerdo a disposiciones oficiales

Operación Agua sanitaria Sanitarios portátiles Sanitaria Variable De acuerdo a disposiciones oficiales

Mantenimiento No Aplica -------- ------- ------- ------- Abandono No Aplica -------- ------- ------- -------

Fuente: PEMEX 2003 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos La disposición de los residuos se realizará de la siguiente manera: Residuos peligrosos, en caso de presentarse se manejaran conforme a norma, tendrán una disposición temporal en el sitio y se trasladarán posteriormente a confinamiento mediante una empresa especializada y autorizada por la autoridad competente. Residuos no peligrosos, se dispondrán temporalmente en el sitio y se trasladarán posteriormente a tiraderos o rellenos municipales autorizados. Los lodos y demás productos obtenidos durante la perforación, deben permanecer temporalmente en los depósitos portátiles (presas metálicas), para su posterior tratamiento, y en su caso disposición final en sitios específicos diseñados para tal fin y que cumplan con los requerimientos establecidos en la Normas Oficiales Mexicanas aplicables. Lodos Se generara únicamente en la etapa de Perforación de pozos Descripción El fluido más comúnmente usado es el lodo, su base es el agua y puede contener aire y de 5 a 10 % de diesel, agentes químicos disueltos y partículas de arcilla

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Las más comúnmente empleadas son la bentonita (arcilla de la familia esmestita), barita (sulfato de bario), hidróxido de sodio (NaOH), sales variadas como cloruro de sodio (NaCl), cloruro de calcio (CaCl2), cloruro de potasio (KCl) y numerosos polímeros como densificantes. Fluido bentonítico. Es una mezcla de arcilla sódica (bentonita) en agua dulce, la concentración de cloruros no debe exceder las 5000 ppm. con la finalidad de facilitar la dispersión de la bentonita. El volumen generado de lodos es muy variable. Manejo de aguas residuales y lodos Se almacenarán temporalmente en las Presas metálicas, posteriormente se llevan a la planta de fluido para su reacondicionamiento y se regresan para trabajar cuando ya no se pueden reacondicionar se manejan para su disposición o tratamiento de acuerdo a la legislación ambiental vigente. La caracterización de los residuos y la fase de generación se observa en los cuadros 9 y 10. Cuadro 9 Manejo de Residuos Peligrosos y no Peligrosos

Etapa del proyecto

Nombre del residuo

Sitio de almacenamiento temporal Manejo de residuos peligrosos y no peligrosos

Características del sistema de transporte

Sitio de disposición final

Domestica En el sitio de la obra De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a legislación Preparación

del Sitio Materiales

orgánicos En el sitio de la obra De acuerdo a

disposiciones oficiales

De acuerdo a legislación

Construcción Residuos de materiales de construcción

En el sitio de la obra De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a legislación

Domestica En el sitio de la obra De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a legislación

Barrenas gastadas

En el sitio de la obra De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a legislación

Protecciones de sarta de perforación

En el sitio de la obra De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a legislación

Operación

Residuos de soldadura

En el sitio de la obra De acuerdo a disposiciones oficiales

De acuerdo a legislación

Fuente: PEMEX 2003 Cuadro 10 Generación, Manejo y Control de Emisiones a la Atmósfe ra

Etapa del proyecto Generación de la

emisión (temporales) Tipo de emisión Volumen por

Unidad de tiempo

Fuentes generadoras

Peligrosas o no peligrosas

Preparación del Sitio Equipos de Combustión Interna

Gases de Combustión S/D Vehículos No Peligrosas

Operación

Equipos de Combustión Interna

Gases de Combustión S/D Vehículos No Peligrosas

Fuente: PEMEX 2003

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VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN

MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACION SOBRE USO DEL SUELO

Análisis de instrumentos de planeación Plan ecológico del estado de Tamaulipas El Plan Ecológico del Estado de Tamaulipas en su capítulo V y con la finalidad de regular el ordenamiento del territorio y evitar el deterioro ecológico del mismo establece los niveles de protección y usos recomendables del suelo. Dentro de los niveles de protección se proponen la conservación y el mejoramiento mediante protección total, explotación limitada de recursos y la ocupación restringida del suelo. De acuerdo a su ubicación natural, características del medio natural y el desarrollo de asentamientos humanos se determinaron los usos recomendables del suelo dentro de los que se pueden mencionar los siguientes: Agostadero, agricultura, vegetación natural, áreas de entorno, extractivo, recreativo, urbano, agropecuario, cuerpos de agua y uso industrial. Como parte de las políticas de planeación ecológica del estado se sugiere bajo el rubro de energéticos la siguiente recomendación: evitar el desalojo de substancias contaminantes, producto de las instalaciones para la explotación de hidrocarburos, es necesario que cuenten con las medidas de seguridad adecuadas en las áreas de entorno. En lo referente a la concordancia del proyecto en cuanto a los usos recomendables del suelo podemos mencionar que dentro del Plan Ecológico del Estado de Tamaulipas, se incluye un plano estatal de zonificación de energéticos donde se considera aproximadamente un 90 % del estado como zona potencial de extracción de gas y el área comprendida entre Reynosa, Río Bravo y Méndez como productora de gas. De acuerdo a esto y a lo mencionado en líneas anteriores puede decirse que el uso que pretende darse al suelo, en los proyectos que PEP pretende realizar, corresponde a lo establecido por las normas y regulaciones federales, estatales y municipales.

Plan municipal de Desarrollo 2002-2004. Municipio de Soto La Marina El Plan municipal de Desarrollo 2002-2004, refleja la urgente necesidad de realmente transformar Soto La Marina, en un pueblo con crecimiento equilibrado y sostenido en sus diferentes aspectos: económico, social, cultural, etc., objetivos que se van a lograr mediante las diversas estrategias y líneas de acción que aquí se encuentran plasmadas, sin menoscabar el apoyo y la concordancia con el Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Nacional de Desarrollo respectivamente. La misión del Plan es desarrollar una mejor calidad de vida de los ciudadanos marsoteños dentro de un marco jurídico de justicia e igualdad en la resolución de conflictos y prestación de servicios. Se pretende lograr un desarrollo sustentable a corto y largo plazo, comprometiendo a los diversos sectores de la población en la planeación de los proyectos que beneficien el estatus social. Se plantea la invitación a la iniciativa privada para que invierta en el municipio, haciéndolo atractivo para el inversionista.

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Análisis de los instrumentos normativos CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Cuadro III.1. Jerarquía Normativa DERECHO FEDERAL 1. Constitución Federal 2. Leyes Federales y Tratados DERECHO LOCAL 1. Leyes ordinarias. Constituciones locales. Leyes ordinarias. 2. Leyes reglamentarias. Leyes reglamentarias. Leyes municipales. 3. Normas individualizadas. Normas individualizadas AMBITO ESPACIAL DE VIGENCIA: AMBITO ESPACIAL DE VIGENCIA: Distrito Federal y zonas a que se Estados Federados y zonas Refiere el artículo 48 Constitucional dependientes de los Gobiernos dichos estados, según el Art. 48 constitucional.

Fuente: UAMI 2003 Según el Artículo 133 de la ley fundamental de México, la Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que de ella emanen y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se ajustarán a lo dispuesto por la Constitución, las leyes y los tratados, a pesar de las normas en contrario que puedan existir en las constituciones o las leyes de los estados. A esto se le denomina principio de supremacía de la Constitución. De este principio se desprende que los dos grados superiores de la jerarquía normativa están integrados en el derecho mexicano:

Por la Constitución Federal. Por las leyes Federales y los tratados internacionales.

Las Leyes Federales y los tratados internacionales tienen, de acuerdo al precepto antes descrito, exactamente el mismo rango. Por lo que toca a los siguientes grados es indispensable separar, tomando en cuenta las disposiciones de los Artículos 42,43, 44 y 48 constitucionales, las normas cuyo ámbito espacial de vigencia esta constituido por el territorio de los Estados de la Federación y el de las islas que hasta la fecha hayan ejercido su jurisdicción los Estados, de aquellas otras que se aplican en las demás partes integrantes del territorio nacional. Continúan las leyes locales ordinarias (orgánicas de comportamiento o mixtas). Siguiendo con esta escala jerárquica le corresponde el lugar a las normas reglamentarias; en sexto sitio le corresponde a las leyes municipales y en último sitio a las normas individualizadas (contratos, resoluciones judiciales y administrativas, testamentos). Para otra parte la je rarquía de la Federación es más sencilla. Después de la Constitución Federal, leyes federales y tratados, aparecen las normas locales (leyes reglamentos, decretos), a continuación las reglamentarias y en último lugar las normas individualizadas.

Aspectos ambientales en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos . La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. El reconocimiento del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado debe constituir la manifestación de que el elemento ambiental debe ampliar la posibilidad de defensa del entorno mediante el acceso de las personas a los diversos mecanismos de defensa, reconocidos por nuestro sistema jurídico. El reconocimiento de este derecho al ambiente como rango constitucional, ha sido acogido por un gran número de países en el mundo, desde la V celebración de la Cumbre de Estocolmo en 1972. Por ello, las normas jurídicas internas, que tienen como finalidad la protección del entorno, no pueden basar su legitimación, únicamente, en y por la autoridad del sujeto que las

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promulgó, sino que, también, deben constituir instrumentos efectivos de defensa y desarrollo pleno de este derecho humano. El objeto último del derecho al ambiente, es asegurar la dignidad de las personas. En este sentido, se reconoce por el Artículo 4° Constitucional como una garantía individual y social al derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado adecuado para el desarrollo, salud y bienestar de la población. Bajo este mismo tenor el Articulo 4 ° Constitucional señala que Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del Articulo 73 de esta constitución. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. El establecimiento de este derecho en el cuerpo constitucional da un sustento claro e incuestionable en la reglamentación, a través de la legislación secundaria, así como de las competencias de la Federación, las entidades federativas y los municipios en materia de protección al ambiente y la preservación del equilibrio ecológico, mismas que deberán ser ejercidas por las autoridades administrativas en beneficio de los titulares del derecho subjetivo público que se confiere. El Articulo 25 de la Ley fundamental establece la s bases para que la Nación pueda alcanzar el Desarrollo Sustentable, este precepto establece que le corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. Asimismo, podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo. El Artículo 25 constitucional considera la protección al ambiente como materia autónoma en la Constitución. A dicho precepto se le agregó una disposición que corresponde al actual Párrafo 6°, el cual señala que bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente. Desde sus orígenes, el Artículo 27 constitucional introdujo un criterio de aprovechamiento responsable de los recursos naturales, apartándose así de los criterios exclusivamente explotacionistas. Este Artículo consagra tres principios relevantes en materia ambiental, y que se encuentran estrechamente relacionados entre sí. El primero de ellos está contenido en el párrafo primero que se refiere a la naturaleza de la propiedad privada sobre las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares. El segundo principio está constituido por la primera parte del párrafo tercero, el cual establece que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, este precepto consagra la función social de la propiedad privada, debido a que los atributos propios del dominio pueden ser limitados por razones de interés público. Esta referencia se hace a toda clase de bienes y no solamente a las tierras y aguas; de igual forma el párrafo segundo del mismo Artículo referente a las expropiaciones, no se encuentra limitada a las tierras y las aguas, de lo que se desprende que se comprenden todos los bienes que pueden ser materia de dominio privado, especialmente por la ausencia de otras normas constitucionales que se refieren a la propiedad privada. La relación de este precepto con la propiedad privada como función social y la materia ambiental es en una sociedad donde existe en forma generalizada esa forma de propiedad, se puede en muchas veces exigir la limitación de ciertos atributos del dominio privado. El tercer principio también se encuentra delineado por el párrafo tercero que establece que la nación tendrá en todo tiempo el derecho del aprovechamiento de los elementos naturales

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susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación además de que se establecen las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. Estas consideraciones atienden simultáneamente tanto a la distribución equitativa de la riqueza pública constituida por los recursos naturales y su conservación. Cabe señalar que el término conservación no se opone al aprovechamiento. Concluyendo con los fines dispuestos por el constituyente del 1917, en cuanto a que los recursos naturales deberán ser utilizados racionalmente, esto de acuerdo con una lógica productiva, que considera su conservación. Otro de los preceptos constitucionales en relación al ambiente es el relativo a la prevención y control de la contaminación. El concepto de contaminación se refiere a la presencia de uno o más contaminantes, o cualquier combinación de ellos, los cuales degradan al ambiente en su conjunto o bien a sus elementos. La base 4a de la Fracción XVI del Artículo 73 constitucional, que establece facultades al Congreso para dic tar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República. Se considera la materia ambiental, pero enfocada de manera parcial refiriéndose a la contaminación como factor de riesgo para la salud. Esta facultad se encuentra limitada debido a que el Congreso de la Unión no puede cambiar en forma arbitraria algo que es local en general. Facultades en materia ambiental entre la federación y los estados. El Artículo 40 Constitucional señala que en México está constituido como una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental. El Artículo 41 en su párrafo tercero establece que el Estado Mexicano ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal. Corresponde a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos delimitar el ámbito de jurisdicciones entre la Federación y los Estados, como lo establece el Artículo 124 de la misma, el cual señala que las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados. Cabe mencionar que la Constitución confiere a los órganos de la Federación un extenso número de facultades, que la regla en cuestión está lejos de tener los alcances que el objeto mismo del precepto supone. Es necesario citar algunas de las facultades que el Artículo 73 en sus fracciones X, XVI, XVII, XXV, XXIX-C, XXIX-D; XXIX-F , XXIX-G , XXX; confiere al Congreso de la Unión para legislar sobre elementos ambientales o bien sobre actividades que pueden generar efectos ambientales, lo que implica que dichas cuestiones deben ser consideradas como materia Federal, aquellas referentes a hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, comercio, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear, vías generales de comunicación, sobre postas y correos, uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal, nacionalidad, emigración e inmigración y salubridad general de la República, monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional, leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo tercero del Artículo 27; planeación nacional del desarrollo económico y social;

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promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación; difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional; leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico. La propia Constitución faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico, de lo que se deduce que este puede y debe distribuir los asuntos ambientales en los tres niveles de gobierno en la forma que el mismo gobierno determine; como lo podemos destacar en la LGEEPA.

Facultades de los municipios en materia ambiental Dentro del texto Constitucional podemos encontrar diversas disposiciones que se refieren al municipio, de las cuales podemos señalar los siguientes Artículos: 3°, 5°, 16, 21, 27, 31, 73, 117, y 130 pero su regulación sistemática se consagra en el Artículo 115 de la Constitución el cual establece que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes... El gobierno municipal será administrado por un ayuntamiento de elección popular directa, y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado. Los Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio conforme a la ley. Los municipios ejercen la llamada “autonomía municipal” para expedir las normas necesarias en diversos asuntos de su competencia, desarrollados en bandos de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones. Los Municipios tienen a su cargo los siguientes servicios públicos: Agua potable y alcantarillado, Alumbrado público, Limpia, Mercados y centrales de abasto, Panteones, Rastro, Calles, Parques y jardines, Seguridad pública y tránsito y, los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera, estas medidas son de carácter previsor ya que en forma oportuna y debido a que no todos los Municipios cuentan con la capacidad y la infraestructura necesarias para suministrar tales servicios, se determina que las leyes señalarán que los Municipios recibirán estos servicios con la concurrencia de los Estados; Además añade que los Municipios de un mismo Estado, previo acuerdo entre sus ayuntamientos y con sujeción a la ley, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos que les corresponda. Los Municipios están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones, y participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas. Para tal efecto y de conformidad a los fines señalados en el párrafo Tercero del Artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios. Estas disposiciones parecen propias del desarrollo urbano, sin embargo precisa las competencias de los Municipios en las mismas materias. Es necesario destacar que a reserva de las disposiciones Constitucionales y los establecido por la Ley General de Asentamientos Humanos las zonas de reserva ecológicas, ya que estos Artículos prevén el establecimiento provisiones usos y reservas y destino de las tierras, aguas, y bosques a efecto de ejecutar obras públicas y planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población. El Artículo 120 constitucional, dispone que los gobernadores de los Estados están obligados a publicar y hacer cumplir las leyes federales. Según los términos de este artículo, los ejecutivos locales están capacitados para aplicar disposiciones jurídicas de la Federación. Esta norma

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confunde los ámbitos materiales de acción ejecutiva entre la Federación y los Estados, porque según el sentido del precepto, los gobernadores actuarían como agentes de la Federación dentro de su propio territorio; ello sin excluir la acción ejecutiva, llevaría a reconocer en el precepto una intención ultra federalista. Según este segundo criterio, el 120 constitucional estaría apoyando la descentralización ejecutiva sin propiciar la descobertura federal. La materia constituye un nuevo enfoque de la propiedad inmobiliaria dentro los centros de población, la que tradicionalmente se había considerado materia local. El Artículo 27 constitucional en el Párrafo 3° se establece que la nación sería competente para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas, y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población. Además la Fracción XXIX-C del Artículo 73 constitucional señala que el Congreso tiene facultad, para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, con objeto de cumplir con los fines previstos en el párrafo 3o. del Artículo 27 de esta Constitución.

CONVENIOS INTERNACIONALES Y NACIONALES Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (1971)1 La protección de los humedales es una preocupación que comparten los numerosos países del mundo, ya que constituyen un recurso de gran valor económico, cultural, científico y recreativo, cuya pérdida sería irreparable. Dicha convención reconoce la interdependencia del hombre y de su medio ambiente, y de las funciones ecológicas fundamentales de los humedales en su calidad de reguladores de los regímenes hidrológicos y como hábitats de una fauna y flora características, particularmente de aves acuáticas; las cuales, en sus migraciones estacionales atraviesan fronteras, lo que como consecuencia plantea la consideración de éstas como un recurso internacional. La Convención busca poner freno, a las progresivas intrusiones sobre estas zonas húmedas, impidiendo su pérdida, asegurando la conservación de los humedales, de su flora y de su fauna a través de la conjugación de políticas nacionales que prevean una acción internacional coordinada.

Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)2 Los Estados reconocen que la fauna y flora silvestres, en sus numerosas, bellas y variadas formas constituyen un elemento irremplazable de los sistemas naturales de la tierra, las cuales deben ser protegidas, además por su creciente valor que tienen desde los puntos de vista estéticos, científicos, cultural, recreativo y económico; se reconoce que los pueblos y Estados son y deben ser los mejores protectores de su fauna y flora silvestres; y que además la cooperación internacional es esencial para la protección de las mismas, contra su explotación excesiva. Deben de considerarse los preceptos que en materia ambiental indican la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro,1992, considerando la Agenda 21, el Convenio sobre la Diversidad Biológica3, la Convención sobre el Cambio Climático4, el Protocolo de Kyoto de 1997 de la Convención Marco sobre Cambio Climático de las Naciones Unidas, la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible en Johannesburgo 2002.

LEGISLACIÓN FEDERAL

1

Esta convención se celebró en Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971. México la firmó el 4 de julio de 1986, publicándose el 29 de agosto de 1986 en el Diario Oficial de la Federación. 2 El día 3 del mes de marzo del año de 1973, se adoptó en la ciudad de Washington, D.C. México suscribió la Convención el 2 de julio de 1991. Entro en vigor el 30 de septiembre de 1991 y se publicó en el Diario Oficial el 6 de marzo de 1992. 3 Aprobado por Senado de México el día 3 de diciembre de 1992 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 1993 4 Aprobado por el Senado de México el día 3 de diciembre de 1992 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de enero de 1993.

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1 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente es el principal ordenamiento jurídico vigente en materia de protección ambiental. Dicha Ley fue promulgada por el Ejecutivo Federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación del 28 de enero de 1988 y entró en vigor el 1° de marzo del mismo año; fue modificada en 1996 y en 31 de diciembre de 2001. Consta de 204 disposiciones permanentes, que se organizan en seis Títulos que regulan las siguientes materias: áreas naturales protegidas, aprovechamiento racional de los elementos naturales, protección al ambiente, participación social, medidas de control seguridad y sanciones. El Artículo 1° establece que la Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Ese precepto deja claro que sus reglas tienen como propósito desarrollar todas las disposiciones de la Constitución Política que se refiere a la preservación y restauración del equilibrio ecológico y de la protección al ambiente. Además establece que su objeto es regular la prevención y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente. En su Artículo 3° define al Ambiente en su Fracción I como el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados. El equilibrio ecológico se encuentra dentro de la Fracción XIV, como la relación de interdependencia entre los elementos que conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos, de igual forma en su Fracción XXIV conceptualiza preservación como el conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitat naturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitat naturales; otra de las definiciones sobresalientes es la Protección contenida en la Fracción XXVI que es el conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y controlar su deterioro. La Ley considera la gestión ambiental como el conjunto de actividades humanas que tienen por objeto el ordenamiento del ambiente, y se compone de la política, el derecho y la administración ambientales. Está gestión comprende no sólo los actos materiales que supone el manejo del medio ambiente sino además todo lo que tiene que ver con dicho manejo. Es una función compartida entre el Estado y la sociedad civil. Establece un sistema basado en la distribución de las atribuciones para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, por una parte la Federación y, por la otra, las entidades federativas y los municipios. La división de competencias es aplicable a partir del momento en que las legislaturas locales dicten las leyes, y los ayuntamientos las ordenanzas, reglamentos y bandos de policía y buen gobierno, para regular las materias que según las disposiciones de este ordenamiento son de competencias de Estados y municipio. La Distribución de Competencias entre la Federación los Estados y Municipios La ley deja en libertad a las legislaturas locales para hacer el reparto de competencias entre los poderes de la entidad y los ayuntamientos. El sistema de concurrencia tiene su punto de partida en la distinción que hace la Ley entre los asuntos de alcance general en la nación o asuntos de interés de la Federación, que quedan reservados a esta, y los demás asuntos, que competen a los estados y municipios conforme a las facultades que esta y otras leyes les otorgan, para ejercerlas en forma exclusiva o participar en su ejercicio con la federación, en sus respectivas circunscripciones. En consecuencia, los asuntos que no estén incluidos en la esfera de atribuciones de la Federación, deben entenderse reservados a los Estados y Municipios. Los asuntos de alcance general en la nación o de interés de la Federación, están anunciados en las 21 Fracciones que integran el Artículo 5° de la Ley, Correlativamente el Artículo 6° de la misma

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Ley enuncia en sus 14 fracciones los asuntos que son de competencia de los estados y municipios. Cabe destacar que el Artículo 5° no agota la enumeración de los asuntos que quedan reservados a la Federación. Por eso, su Fracción final hace una referencia genérica a los demás asuntos, que esta y otras leyes reserven a la Federación. Por su parte, el Artículo 6° tampoco agota la enumeración de los asuntos que competen a los estados y municipios, les corresponden todos los asuntos ambientales que no están reservados a la Federación. A continuación se señala cuáles son los asuntos de alcance general en la Nación o bien de interés de la Federación. Se hace una distinción entre las siguientes cinco categorías de asuntos reservados a la Federación 1) los asuntos relativos a la política ecológica nacional y sus instrumentos; 2) los asuntos relativos a la protección de los recursos naturales; 3) los asuntos relativos a zonas o fuentes de jurisdicción federal; 4) los asuntos que por su naturaleza son considerados federales, y 5) los asuntos que por las magnitudes o gravedad potenciales de sus efectos se consideran federales. Impacto Ambiental El impacto ambiental es el término que define el efecto que produce una determinada acción humana sobre el medio ambiente. Los efectos pueden ser positivos o negativos y se pueden clasificar en: efectos sociales, efectos económicos, efectos tecnológico-culturales y efectos ecológicos. La Ley proporciona en su Artículo 2° Fracción XIX el concepto de impacto ambiental, en el cual establece que Impacto ambiental es la modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza. Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Es el proceso formal empleado para predecir las consecuencias ambientales de una propuesta o decisión legislativa, la implantación de políticas y programas o la puesta en marcha de proyectos de desarrollo. La EIA comprende una serie de pasos: 1) Un examen previo, para decidir si un proyecto requiere un estudio de impacto y hasta qué nivel de detalle; 2) Un estudio preliminar, que sirve para identificar los impactos clave y su magnitud, significado e importancia; 3) Una determinación de su alcance, para garantizar que la EIA se centre en cuestiones clave y determinar dónde es necesaria una información más detallada; 4) El estudio consiste en meticulosas investigaciones para predecir y/o evaluar el impacto. El impacto ambiental ocasionado por la industria petrolera comprende los efectos de todas y cada una de las fases involucradas en las etapas que son: exploración, explotación, transformación, distribución y comercialización. Las actividades en cada una de ellas han afectado los recursos naturales, representados básicamente por agua, aire, suelo y biota. Durante la exploración terrestre, se habla de desmontes para la construcción de rutas de acceso y eliminación de la cubierta vegetal y edáfica para la instalación de campamentos, que trae como consecuencia el desplazamiento de especies animales. Se presentan problemas de contaminación por derrames y explosiones. En la explotación terrestre, la perturbación de los ecosistemas se da por los asentamientos irregulares que se instalan a las orillas de las vías de acceso, deforestación por la construcción de caminos y cambios en la dinámica del flujo de las aguas superficiales. Se presenta una mayor acumulación de desechos industriales como recortes y Iodos de perforación, Iodos aceitosos, aditivos químicos y aceites gastados, las posibilidades de derrame de crudo son mayores y se observa también la emisión de contaminantes a la atmósfera. El establecimiento de asentamientos humanos genera aguas negras que también tienen impacto sobre los ecosistemas. La distribución de productos a través de ductos y pipas, así como su almacenamiento en grandes tanques, presenta un alto riesgo por las posibilidades de fugas y derrames que afectan principalmente el suelo y los cuerpos de agua aledaños al sitio de trabajo.

Evaluación del Impacto Ambiental en la LGEEPA, (Artículos 28 a 35 bis)

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La Ley establece que la evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la SEMARNAT establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría: Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos; industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica; cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas; obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales; obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación; y obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia federal, que puedan causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente. Para obtener la autorización a que se refiere el Artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán presentar a la SEMARNAT una manifestación de impacto ambiental y cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas en los términos de la presente Ley, la manifestación deberá incluir el estudio de riesgo correspondiente. Los contenidos del informe preventivo, así como las características y las modalidades de las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo serán establecidos por el Reglamento de la presente Ley. Cuando existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades; cuando las obras o actividades de que se trate estén expresamente previstas por un plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que haya sido evaluado por la Secretaría en los términos del artículo siguiente o se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados, se deberá presentar un informe preventivo y no una manifestación de impacto ambiental, de acuerdo a lo señalado por el Artículo 28. En algunos tipos de obras y actividades, la SEMARNAT se apoyará y establecerá correspondencias con los gobiernos estatales y municipales o del Distrito Federal, según corresponda. La autorización que expida la Secretaría, no obligará en forma alguna a las autoridades locales para expedir las autorizaciones que les corresponda en el ámbito de sus respectivas competencias. Una vez que la SEMARNAT reciba una manifestación de impacto ambiental e integre el expediente a que se refiere el artículo 35, pondrá ésta a disposición del público, con el fin de que pueda ser consultada por cualquier persona. Los promoventes de la obra o actividad podrán requerir que se mantenga en reserva la información que haya sido integrada al expediente y que, de hacerse pública, pudiera afectar derechos de propiedad industrial, y la confidencialidad de la información comercial que aporte el interesado. Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental, la SEMARNAT iniciará el procedimiento de evaluación, para lo cual revisará que la solicitud se ajuste a las formalidades previstas en esta Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables. La SEMARNAT dentro del plazo de sesenta días contados a partir de la recepción de la manifestación de impacto ambiental deberá emitir la resolución correspondiente. Pudiendo solicitar aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al contenido de la manifestación de impacto ambiental que le sea presentada, suspendiéndose el término que restare para concluir el procedimiento.

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Los informes preventivos, las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo podrán ser presentados por los interesados, instituciones de investigación, colegios o asociaciones profesionales, en este caso la responsabilidad respecto del contenido del documento corresponderá a quien lo suscriba. La Regulación de los Suelos en la LGEEPA Un recurso natural es un elemento natural que se presenta sin la inducción del hombre y es susceptible de ser aprovechado en beneficio de éste. Él suelo entra en esta definición de recurso natural, y además tiene la característica de ser no renovable. Tiene diversas funciones, como servir de filtro amortiguador al limpiar el agua de lluvia que recarga los acuíferos, es un medio productor de alimentos, es hábitat biológico y de reserva genética, es un medio físico para la construcción, además de fuente de materias primas y herencia cultural. En la Ley, la importancia del suelo está más bien dirigida hacia actividades agrícolas y forestales, esto es, a la capa superficial del suelo. En el caso de sitios contaminados, su aplicación se debe referir a las actividades que se van a desarrollar en el sitio después de la limpieza del sitio, como suelo recreativo, residencial, comercial, industrial o de conservación. La legislación sobre suelos no regula específicamente problemas tales como la erosión, la salinización, la laterización, la desertificación, etc., sino que trata en general de la degradación de los suelos, en disposiciones que por lo general están dispersas, con la excepción antes indicada de la contaminación de los mismos, que está regulada de una manera especial y en disposiciones relativamente organizadas entre sí. En cuanto hace a sus usos, la legislación sobre la materia tiende a distinguir dichos usos cuando establece reglas para la protección de los suelos. Los usos principales del suelo son los agrícolas y ganaderos, los forestales, los urbanos, los de transporte, los industriales, y los de recreación y turismo. La erosión de los suelos es el problema ecológico más severo que sufren los recursos naturales renovables de México; la erosión afecta entre un 30% y un 40% del territorio nacional con grados severos de erosión, o sea, entre 60 y 80 millones de hectáreas. Si se tienen en cuenta todos los grados de erosión posible, esta cifra es aún más considerable. En efecto, de acuerdo a informaciones oficiales, de las 200 millones de hectáreas del país, 154 millones están sujetas a diversos grados de erosión: leve, moderada, severa muy severa, lo que representa el 78.30% del territorio nacional. La tenencia de la tierra, influye de una manera importante en el uso de los suelos. El complejo latifundio-minifundio que ha prevalecido, dio lugar simultáneamente a un uso excesivo del suelo y a una subutilización del mismo. El uso excesivo se ha llevado a cabo, dentro de los latifundios, en las áreas de la frontera agrícola, causando un deterioro muy superior al que han generado los minifundios. Un problema especialmente relevante desde el punto de vista ambiental, es la notable expansión de las actividades pecuarias en México y sus altos costos ecológicos, en tanto han invadido espacios con vocación esencialmente forestal o agrícola. Así, la ganadería ha ocupado grandes espacios en las zonas de selvas tropicales húmedas del país, que es el ecosistema de mayor potencial productivo con que cuenta la nación con el resultado de que, por cada hectárea dedicada a producir 0.5 a 1 cabeza de ganado, la nación ha perdido alrededor de 250 especies de plantas y unas 200 de animales, que conforman un potencial forestal, alimenticio, medicinal, industrial, doméstico y por supuesto forrajero, perdidos para siempre. Por otra parte, la política de expansión de la frontera agrícola del propio Estado y sus mecanismos de aplicación, han permitido la deforestación con maquinaria de grandes extensiones de terreno con fines pecuarios en el trópico.

Prácticas Agropecuarias La regla fundamental para la protección de los suelos consiste en que se utilicen de acuerdo con sus aptitudes naturales y con una técnica adecuada. En consecuencia, un sistema jurídico de protección de los suelos frente a las prácticas agrícolas y ganaderas, debe establecer que esas actividades se lleven a cabo en terrenos que tengan dicha vocación y que se tome en cuenta la necesidad de su

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conservación. Sin embargo, no es frecuente que las actividades agropecuarias sean reguladas jurídicamente desde la perspectiva de la protección de los suelos, ni desde ninguna otra que no sea la relativa al régimen de dominio de las tierras. La Ley fue el primer ordenamiento que creo normas jurídicas encaminadas a regular de manera integral el manejo de las tierras agrícolas y ganaderas teniendo en cuenta la necesidad de su conservación, salvo excepciones, como las reglas de la Ley Forestal que protegen los terrenos forestales frente al pastoreo. Estas normas pretenden dar protección a los suelos, prohibiendo las prácticas relacionadas con la sobreutilización o subutilización de los suelos. El párrafo tercero del Artículo 27 constitucional, no sólo permite la adopción de medidas tendientes a la conservación de los recursos naturales, sino que ordena que se pongan en vigor, cualquiera que sea el sistema de propiedad de que se trate cuando prescribe que se dictarán las medidas necesarias, entre otras cosas, para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad). Incluso, la protección de los suelos frente a las prácticas agropecuarias tiene una base constitucional más especifica aún, con la reforma de 1983 al Artículo 27 constitucional que le adicionó una Fracción XX a ese precepto e introdujo la idea del desarrollo rural integral, estableciendo entre otras cosas que el Estado fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, lo que significa considerar el óptimo uso de la tierra como uno de los componentes esenciales de la política para el desarrollo rural integral. A este tema se regresa más adelante. La LGEEPA establece los principios para una política ecológica general en materia de protección de los suelo, al vincular dichos principios a un conjunto de actividades de las autoridades que tienen que ver con los suelos, al disponer que en esas actividades deberán tenerse en cuenta los criterios ecológicos definidos por la propia Ley. Las mismas normas contemplan también mecanismos específicos para la protección de los suelos frente a las actividades agropecuarias, entre los que destacan las declaratorias para regular el uso de los suelos, el aprovechamiento de los recursos y la realización de actividades. Al tratarse de la política ecológica general, es necesario mencionar que además de los principios que fija el Articulo 15 de la Ley para la formulación de esa política, la misma Ley desarrolla otros que denomina criterios ecológicos generales, que son más específicos. También se dijo que la técnica que sigue la LGEEPA en todos estos casos consiste en vincular tales criterios, inmediatamente a continuación de haberlos enunciado a los actos de las autoridades que tienen que ver con la materia de que se trate, incluidos los actos normativos. Así ocurre en el caso de los suelos, respecto de los cuales el Artículo 98 establece los siguientes criterios ecológicos: El uso de los suelos debe ser compatible con su vocación natural y no debe alterar el equilibrio de

los ecosistemas; El uso de los suelos debe hacerse de manera que mantengan su integridad física y su capacidad

productiva; Los usos productivos del suelo deben evitar prácticas que favorezcan la erosión, degradación o

modificación de las características topográficas, con efectos ecológicos adversos; En las zonas de pendientes pronunciadas que presenten fenómenos de erosión o de degradación del

suelo, se deben introducir cultivos y tecnologías que permitan revertir el fenómeno, y La realización de las obras públicas y privadas que por sí mismas puedan provocar deterioro severo

de los suelos, deben incluir acciones equivalentes de regeneración. Además de lo anterior, el Artículo 99 establece una vinculación precisa entre estás políticas

específicas sobre suelos y un conjunto de actos de las autoridades que tienen que ver con los suelos, al disponer que los anteriores criterios ecológicos serán considerados en: 1) los apoyos a las actividades agrícolas que otorgue el Gobierno Federal, de manera directa o indirecta, sean de naturaleza crediticia, técnica o de inversión para que promuevan la progresiva incorporación de cultivos compatibles con la preservación del equilibrio ecológico y la restauración de los ecosistemas; 2) la fundación de centros de población y la radicación de asentamientos humanos; 3) la operación y administración del sistema

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nacional del suelo y de reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda; 4) la determinación de usos, reservas y destinos en predios forestales; 5) el establecimiento de zonas protectoras forestales; 6) la determinación o modificación de los límites establecidos en los coeficientes de agostadero; 7) las disposiciones, programas y lineamientos técnicos para la conservación de suelos; 8) el establecimiento de Distritos de Conservación del Suelo; 9) la ordenación forestal de las cuencas hidrográficas del territorio nacional; 10) el otorgamiento y la modificación, suspensión o revocación de permisos de aprovechamiento forestal; 11) las actividades de extracción de materias del subsuelo; la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento de sustancias minerales; las excavaciones y todas aquellas acciones que alteren la cubierta y suelos forestales, y 12) cuando así proceda, de conformidad con la ley de la materia, al encomendarse la explotación de tierras que hayan sido declaradas ociosas. En estos casos se promoverá su utilización de acuerdo con las aptitudes naturales del terreno y el adecuado equilibrio de los ecosistemas.

Además de las normas de la Ley que establecen los criterios ecológicos recién examinados y sus vinculaciones con los actos de autoridad que tienen que ver con los suelos, entre los que se incluyen algunas reglas que se refieren a la protección de los suelos frente a las prácticas agropecuarias, el Artículo 103 de la Ley dispone que quienes realicen actividades agrícolas y pecuarias deberán llevar a cabo las prácticas de conservación y recuperación necesarias para evitar el deterioro de los suelos y el equilibrio ecológico, en los términos de lo dispuesto por esta y las demás leyes aplicables, Se trata de un mandato dirigido a los productores agropecuarios, en términos de un deber cuyas consecuencias jurídicas no precisa la Ley. Sin embargo, el Artículo 104 agrega que la SEMARNAT promoverá ante la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos y las demás dependencias competentes, la introducción y generalización de prácticas de protección y recuperación de los suelos en las actividades agropecuarias, así como la realización de estudios de impacto ambiental previos al otorgamiento de autorizaciones para efectuar cambios del uso del suelo, cuando existan elementos que permitan prever grave deterioro de los suelos afectados y del equilibrio ecológico en la zona. La primera parte de esta disposición favorece el cumplimiento por los productores agropecuarios del mandato contenido en el Artículo 103. De otro lado, la introducción de los estudios de impacto ambiental en el otorgamiento de autoridades para cambiar el uso del suelo, permite prevenir de manera adecuada el deterioro del suelo, especialmente en los casos de actividades pecuarias. El deterioro del suelo y sus recursos, pueden alcanzar niveles de suma gravedad. Teniendo en cuenta este hecho, el párrafo primero del Artículo 105 establece que, en aquellas zonas que presenten graves desequilibrios ecológicos, la SEMARNAT, con la participación de las demás Secretarías competentes, formulará los proyectos de programas especiales para la restauración del equilibrio ecológico que resulten convenientes y promoverá su aprobación por el Ejecutivo Federal, con la intervención de la Secretaría de Programación y Presupuesto, conforme a lo dispuesto en la Ley de Planeación. En consecuencia, este precepto se coloca en la hipótesis de que sean necesarios los llamados programas especiales para corregir estás situaciones, previstos en la Ley de Planeación.

2 Ley General de Vida Silvestre Es el principal ordenamiento jurídico vigente en materia de conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre. Dicha Ley fue aprobada por la cámara de diputados, el 27 de abril del 2000. (publicada en junio de 2000 en el Diario Oficial de la Federación) Consta de 130 disposiciones permanentes, que se organizan en ocho Títulos que regulan las siguientes materias: Disposiciones Preliminares, Política Nacional en Materia de Vida Silvestre y su Hábitat, las Autoridades, Concertación y Participación Social, Disposiciones Comunes para la Conservación y el Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre, conservación de la vida

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silvestre, aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, medidas de control y de seguridad, infracciones y sanciones y transitorios. El objeto de la Ley es regular la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción. Se excluyen de esta Ley los recursos forestales maderables y de las especies cuyo medio de vida total sea el agua, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 1º. 3. Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas La Ley De Obras Publicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas, es el principal ordenamiento jurídico vigente en materia de Desarrollo Urbano. Dicha Ley fue promulgada por el Ejecutivo Federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación del 04 de enero de 1999. Consta de 91 disposiciones permanentes, que se organizan en ocho Títulos que regulan las siguientes materias: la Planeación, Programación y Presupuestación, Procedimientos de Contratación, los Contratos, Administración Directa, la Información y Verificación, Infracciones y Sanciones, Inconformidades y del Procedimiento de Conciliación y Transitorios. El objeto de la Ley es regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto, ejecución y control de las obras publicas, así como de los servicios relacionados con las mismas, como los que realicen los organismos descentralizados, entre otros de acuerdo a lo establecido por el Articulo 1º. Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien, los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la administración publica federal con alguna perteneciente a la administración publica de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Si la dependencia o entidad obligada a realizar los trabajos no cuenta con la capacidad para hacerlo por si misma y deba contratar a un tercero para llevarlos a cabo, este acto quedará sujeto a este ordenamiento. No son objeto de esta Ley las obras que deban ejecutarse para crear la infraestructura necesaria en la prestación de servicios públicos que los particulares tengan concesionados, en los términos de la legislación aplicable , cuando estos las lleven a cabo. 4. Ley General de Asentamientos Humanos Es el principal ordenamiento jurídico vigente en materia de Asentamientos de la población. Dicha Ley fue promulgada por el Ejecutivo Federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación del 21 de julio de 1993. Consta de 60 disposiciones permanentes, organizados en nueve capítulos que regulan, de manera de forma sucesiva, las siguientes materias: Disposiciones Generales; Concurrencia y Coordinación de Autoridades; Planeación del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población; Conurbaciones; Regulaciones a la Propiedad en los Centros de Población; Reservas Territoriales; Participación Social; Fomento al Desarrollo Urbano y Control del Desarrollo Urbano La Ley tiene por objeto establecer la concurrencia de la Federación, las entidades federativas y los municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio nacional, así como fijar las normas básicas para planear y regular el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, establecer los principios para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios que regulen la propiedad en los centros de población, así como determinar las bases para la participación social en materia de asentamientos humanos. 5 Ley de Aguas Nacionales Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 1992. La presente ley es reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; y tiene por objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable, como lo dispone la misma Ley en su Artículo 1°.

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La Ley de Aguas Nacionales consta de 124 disposiciones permanentes, que se organizan en diez Títulos que regulan las siguientes materias: Administración del Agua; Programación Hidráulica; Derechos de Uso o Aprovechamiento de Aguas Nacionales; Zonas Reglamentadas, de Veda o de Reserva; Usos del Agua; Prevención y Control de la Contaminación de las Aguas; Inversión en Infraestructura Hidráulica; Bienes Nacionales; Infracciones, Sanciones y Recursos El propósito que enmarca al Título Séptimo de la Ley de Aguas Nacionales es la de consolidar una sola autoridad en materia de calidad de agua, disposición que se hace cumplir gracias a lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en la cual confiere a la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca fijar las Normas Ecológicas y a la Comisión Nacional del Agua le corresponde fijar la condiciones de descarga de las aguas residuales en cuerpos receptores que sean bienes nacionales, además de vigilar el estricto cumplimiento del marco jurídico en materia de agua. 6. La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el martes 25 de febrero de 2003 y entra en vigencia el 26 de mayo del 2003. Esta Ley esta dividida en 8 Títulos y 177 artículos; los Títulos que consigna esta Ley son: Título primero de las disposiciones generale s; Título segundo de la organización y administración del sector publico forestal; Titulo tercero de la política nacional en materia forestal; Título cuarto del manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales; Título quinto de las medidas de conservación forestal; Título sexto del fomento al desarrollo forestal; Título séptimo de la participación social en materia forestal y Titulo octavo de los medios de control, vigilancia y sanción forestales. Esta Ley tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX inciso G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable. Cuando se trate de recursos forestales cuya propiedad corresponda a los pueblos y comunidades indígenas se observará lo dispuesto por el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 7. Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios La Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, es el principal ordenamiento jurídico vigente en materia de Desarrollo Urbano. Fue promulgada por el Ejecutivo Federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación del 16 de julio de 1992. Consta de 15 disposiciones permanentes, que se organizan en dos capítulos que regulan las siguientes materias: Disposiciones Generales, Organización y Funcionamiento. Petróleos Mexicanos fue creado por Decreto el 7 de junio de 1938, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonios propios, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, tiene por objeto de acuerdo a su Artículo 2º, ejercer la conducción central y la dirección estratégica de todas las actividades que comprende la industria petrolera estatal en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. El Artículo 1º, establece que el Estado realizará las actividades que les corresponden en exclusiva en las áreas estratégicas del petróleo, demás hidrocarburos y petroquímica básica, por conducto de Petróleos Mexicanos y de los organismos descentralizados subsidiarios en los términos de la misma Ley y la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y sus Reglamentos. El Artículo 3º señala la creación de organismos descentralizados de carácter técnico, industrial y comercial con personalidad jurídica y patrimonios propios, entre ellos PEMEX-Exploración y Producción encargado de la exploración y explotación del petróleo y el gas natural; su transporte y almacenamiento en terminales y comercialización. Las actividades que se les confiere a estos organismos solo podrán ser desarrolladas por ellos mimos.

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PEMEX y sus organismos descentralizados de acuerdo con sus respectivos objetos podrán celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos y suscribir títulos de crédito, manteniendo en exclusiva la propiedad y el control del Estado Mexicano sobre los hidrocarburos, con sujeción a las disposiciones legales aplicables. Artículo 4º. Los actos jurídicos que celebre PEMEX o cualquiera de sus organismos subsidiarios se regirán por las Leyes Federales aplicable y las controversias nacionales en que sea parte, cualquiera que sea su naturaleza, serán de la competencia de los tribunales de la Federación, salvo acuerdo arbitral, quedando exceptuados de otorgar las garantías que los ordenamientos legales exijan a las partes aún en casos de controversias judiciales. En caso de tratarse de actos jurídicos de carácter internacional, podrán convenir la aplicación de derecho extranjero, la jurisdicción de tribunales extranjeros en asuntos mercantiles y celebrar acuerdos arbitrales cuando así convenga al mejor cumplimiento de su objeto. 8. Ley reglamentaria del Articulo 27 Constitucional En El Ramo Del Petróleo Es el principal ordenamiento jurídico vigente en materia de protección de hidrocarburos. Fue promulgada por el Ejecutivo Federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación del 29 de Noviembre de 1958. Consta de 16 disposiciones permanentes, mediante las cuales se pretende regular la protección del recurso energético no renovable el petróleo, esta situación que eminentemente se ve reflejada por la propia normatividad que se ve enfocada a la protección del medio ambiente en su conjunto. 9 Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos La legislación vigente sobre la materia tiene su fundamento en la Fracción XXV del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , el cual faculta al Congreso de la Unión, entre otras cosas, "para legislar sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional". Desde un punto de vista constitucional, es relevante en el Artículo 3° fracción I, inciso "b” de la misma Carta Fundamental de México, relativo a la enseñanza, dispone que la educación que imparta el Estado será nacional, en cuanto atenderá, entre otras cosas, “a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura”. El ordenamiento jurídico fundamental sobre la materia es la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos publicada en el Diario Oficial de la Federación, 6 de mayo de 1972, con reformas y adiciones en Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 1974, 26 de noviembre de1984 y 13 de enero de 1986. Regula la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos, actividades que son declaradas de utilidad pública como lo establece su Artículo 2. Cuenta con un Reglamento, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 8 de diciembre de 1975. El objeto jurídicamente tutelado es el patrimonio cultural de la nación. Por patrimonio cultural de una nación es el conjunto de los bienes culturales que habitualmente han sido transmitidos de generación en generación dentro de esa nación.

LEGISLACIÓN ESTATAL Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas Este ordenamiento consta de 167 artículos divididos en los siguientes Títulos: En el Título I se habla del estado y sus habitantes en el Articulo 1º nos dice que el Estado de Tamaulipas es libre, soberano e independiente en cuanto a su Gobierno y administración interiores; pero está ligado a los Poderes de la Unión como parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, en todo aquello que fija expresamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las Leyes que de ella emanan. En el Articulo 2º se menciona que el territorio del Estado comprende la antigua provincia llamada Nuevo Santander, con las limitaciones que le hizo el Tratado de Guadalupe.

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Articulo 4o.- El Estado adopta para su régimen interior la forma de Gobierno Republicano, Representativo y Popular, tomando como base de su organización política y administrativa el Municipio Libre, en los términos que establezca el Código Municipal. Capitulo II al IV Habla de los tamaulipecos, de los ciudadanos del estado, de derechos y obligaciones. En el Título II se habla de la soberanía del estado, serán principios rectores en el ejercicio de esta función estatal, necesarios para el cumplimiento de sus funciones, en los términos que determine la Ley. El Título III, habla de la residencia de los poderes, en el Título lV habla del poder legislativo en Título V, del poder ejecutivo y en el Título VI del poder judicial En el Título VII se aborda lo concerniente a la procuración de justicia y la protección de los derechos humanos En el Título VIII se habla de la defensoria de oficio El Título IX habla de los municipios, destacando los siguientes artículos: Articulo 130.- Cada Municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, e integrado por un presidente, regidores y síndicos electos por el principio de votación mayoritaria relativa y con regidores electos por el principio de representación proporcional. Las facultades que la Constitución Federal otorga al gobierno municipal, se ejercerán por el ayuntamiento de manera exclusiva, sin que pueda existir autoridad intermedia entre éste y el gobierno del Estado. Los integrantes de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Las personas que por elección indirecta o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la denominación que se les dé, no podrán ser electas para el periodo inmediato. Todos los funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el carácter de suplentes, si podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietarios, a menos que hayan estado en ejercicio. Articulo 131.- Los municipios del Estado estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley y sus ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo a las leyes que en materia municipal expida la legislatura, los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. En todos los casos deberá de hacerse posible la participación ciudadana y vecinal. Las leyes reglamentarias establecerán las formas de organización y administración munic ipal, de conformidad con las bases siguientes: I.- Las bases generales de la Administración Pública Municipal y del procedimiento

administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad;

II.- Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo del ayuntamiento;

III.- Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren tanto las fracciones III y IV del artículo 115, como el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 116 de la Constitución Federal;

IV.- El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal cuando, al no existir el convenio correspondiente, la legislatura considere que el Municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será necesaria solicitud previa del ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos

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las dos terceras partes de sus integrantes; y V.- Las disposiciones aplicables en aquellos Municipios que no cuenten con los bandos o reglamentos correspondientes. La legislatura emitirá las normas que establezcan los procedimientos mediante los cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los Municipios y el gobierno del Estado, o entre aquellos, con motivo de los actos derivados de las fracciones III y IV anteriores.

Articulo 132.- Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: I.- Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; II.- Alumbrado público; III.- Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; IV.- Mercados y centrales de abasto; V.- Panteones; VI.- Rastro; VII.- Calles, parques y jardines y su equipamiento; VIII.- Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de la Constitución Federal, policía

preventiva municipal y tránsito; y IX.- Los demás que la legislatura local determine según las condiciones territoriales y

socioeconómicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera. Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los Municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales. Los Municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les corresponda. En este caso y tratándose de la asociación de Municipios de este Estado y otro u otros de uno o más Estados, deberán contar con la aprobación de las legislaturas de los Estados respectivos. Así mismo, cuando a juicio del ayuntamiento sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio Municipio. ARTICULO 134.- Los Municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para: I.- Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; II.- Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; III.- Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en

concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o el Estado elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los Municipios;

IV.- Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;

V.- Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; VI.- Otorgar licencias y permisos para construcciones; VII.- Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la

elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; VIII.- Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros

cuando aquellos afecten su ámbito territorial; y IX.- Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales. En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Federal, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de este Estado y otro u otros Estados formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas participantes y los Municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán

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y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia. En el Título X se trata la administración general, como la educación pública, la salud pública las vías de comunicación y el trabajo y previsión social. En el Título XI se habla de las responsabilidades de los servidores públicos En el Título XII se tratan las prevenciones generales, en el XIII de las reformas a la constitución y la de la inviolabilidad de la constitución. Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Tamaulipas Esta Ley se publicó con su última reforma y adiciones el 1º. de septiembre del 2002. Titulo primero de las Disposiciones generales con un Capitulo Único, en el que se menciona: Normas preliminares Articulo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección del medio ambiente en el Estado de Tamaulipas. Articulo 2.- Son supletorias de esta Ley: La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, las Leyes de Salud, de Desarrollo Urbano y demás ordenamientos aplicables. Articulo 3.- Para los efectos de esta Ley se considera de utilidad pública: I.- El ordenamiento ecológico del Estado de Tamaulipas; II.- El establecimiento de zonas prioritarias de preservación y restauración del equilibrio

ecológico; III.- El cuidado de los sitios necesarios para asegurar el mantenimiento e incremento de los

recursos genéticos de la flora fauna silvestre y acuática; IV.- EI establecimiento de zonas intermedias de salvaguarda con motivo de la presencia de

actividades consideradas como riesgosas; V.- EI establecimiento de rellenos sanitarios; y VI.- La reforestación. Titulo segundo. Habla de e la distribución de competencias Articulo 5.- La aplicación de la presente Ley corresponde al Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría y a los Municipios a través de sus Ayuntamientos, dentro del ámbito de sus jurisdicciones. Articulo 6.- Compete al Estado: I.- La preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en su

circunscripción territorial; II.- La formulación de la política y de los criterios ecológicos particulares en su territorio; III.- EI ordenamiento ecológico del Estado; IV.- La prevención y el control de la contaminación de la atmósfera, generada en zonas o

fuentes emisoras de jurisdicción estatal; V.- La prevención y el control de la contaminación de las aguas de jurisdicción estatal; VI.- La prevención y el control de la contaminación de las aguas federales que tenga asignadas

o concesionadas para la prestación de servicios públicos y de las que descarguen en las redes de alcantarillado de los centros de población, con las limitaciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y las demás aplicables;

VII.- El establecimiento de las medidas para hacer efectiva la prohibición de emisiones contaminantes que rebasen los niveles máximos permisibles por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica y olores perjudiciales al equilibrio ecológico o al ambiente, salvo en las zonas o en los casos de fuentes emisoras de jurisdicción federal;

VIII.- La prevención y control de la contaminación visual; IX.- La regulación de las actividades que no sean consideradas altamente riesgosas, cuando por

los efectos que puedan generar se afecten los ecosistemas o el ambiente del Estado; X.- La regulación del manejo y disposición final de los residuos sólidos que no sean

peligrosos, atento a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente;

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XI.- La prevención y restauración del equilibrio ecológico y la protección ambiental en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados y centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transportes locales;

XII.- La regulación del aprovechamiento racional de las aguas de jurisdicción estatal; XIII.- La regulación con fines ecológicos, del aprovechamiento de los minerales o sustancias no

reservadas a la Federación, que constituyan depósitos naturales como roca o productos de su descomposición y que se utilicen para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento;

XIV.- La prevención y el control de emergencias ecológicas y contingencias ambientales, en forma aislada o participativa con la Federación;

XV.- La regulación, creación y administración de las áreas naturales protegidas de jurisdicción local, en los términos de esta Ley; y,

XVI.- Los demás asuntos que se prevén en esta Ley y en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Articulo 7.- Compete a los Municipios: l.- Preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger al ambiente en sus respectivas

circunscripciones territoriales, salvo de que se trate de asuntos de competencia del Estado o de la Federación;

II.- Formular la política y los criterios ecológicos particulares municipales, respectivos; III.- Llevar a cabo el ordenamiento ecológico municipal de los asentamientos humanos, a

través de los programas de desarrollo urbano y demás instrumentos regulados por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Asentamientos Humanos, la presente Ley, la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas y las demás disposiciones aplicables en el Estado;

IV.- Prevenir y controlar la contaminación de la atmósfera; V.- Verificar el cumplimiento de las normas técnicas ecológicas de emisión máxima

permisible de contaminantes a la atmósfera; VI.- Establecer y operar sistemas de verificación de emisiones contaminantes de la atmósfera

de los vehículos automotores que circulen por el territorio del Municipio correspondiente; VII.- Fijar las limitaciones a la circulación de los vehículos automotores cuyos niveles de

emisión de contaminantes a la atmósfera rebasen los límites máximos permisibles, que determinen los reglamentos y normas vigentes;

VIII.- Aplicar las medidas de tránsito y vialidad necesarias, dentro de la circunscripción municipal correspondiente, para reducir los niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera de los vehículos automotores;

IX.- Establecer requisitos y procedimientos para regular las emisiones de contaminantes a la atmósfera de los vehículos automotores verificando el cumplimiento de las normas técnicas ecológicas de emisión máxima permisible del transporte público, en áreas de jurisdicción del Municipio;

X.- Aplicar los criterios ecológicos generales para la protección de la atmósfera que establece esta Ley en las declaratorias de usos, destinos, reservas y provisiones, para lo cual definirá las zonas en las que será permitida la instalación de industrias contaminantes, fuera de las cuales no se autorizará la construcción de dichas industrias, sin perjuicio de las facultades federales en materia de actividades altamente riesgosas;

XI.- Convenir con quienes realicen actividades contaminantes y, en su caso, requerirles la instalación de equipos de control de emisiones;

XII.- Promover la instalación de equipos de control de emisiones, tratándose de actividades contaminantes de competencia federal;

XIII.- Integrar, mantener actualizado y publicar el inventario de fuentes fijas de contaminación atmosférica;

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XIV.- Promover ante la Secretaría, la asistencia técnica para la evaluación del impacto ambiental de obras o actividades que no se encuentren comprendidas en el Artículo 29 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y que vayan a realizarse dentro del territorio municipal correspondiente, que puedan alterar el equilibrio ecológico o el ambiente del Municipio respectivo y, en su caso, condicionar el otorgamiento de autorizaciones para uso del suelo o de las licencias de construcción u operación respectivas, al resultado satisfactorio de dicha evaluación;

XV.- Operar los sistemas de monitoreo de la contaminación atmosférica en el Municipio respectivo con arreglo a las normas técnicas ecológicas correspondientes:

XVI.- Certificar los niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera, con arreglo a las normas técnicas ecológicas respectivas;

XVII.- Elaborar y dar a conocer a la comunidad un informe semestral sobre el estado del medio ambiente en el Municipio correspondiente, así como los resultados del monitoreo de la calidad del aire, integrándolos al Sistema de Información Estatal a cargo de la Secretaría;

XVIII.- La prevención y control de la contaminación de las aguas federales que tengan asignadas para la prestación de servicios públicos y de las que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, sin perjuicio de las facultades de la Federación en materia de tratamiento, descarga, infiltración y reuso de aguas residuales;

XIX.- Verificar el cumplimiento de las normas técnicas ecológicas de vertimiento de aguas residuales en los sistemas de drenaje y alcantarillado;

XX.- Evaluar y dictaminar las solicitudes de autorización que les presenten los interesados para descargar aguas residuales en los sistemas de drenaje y alcantarillado que administren, y establecer condiciones particulares de descarga a dichos sistemas;

XXI.- Requerir la instalación de sistemas de tratamiento a quienes exploten, usen o aprovechen en actividades económicas, aguas federales concesionadas a los Municipios para la prestación de servicios públicos, así como a quienes descarguen aguas residuales en los sistemas municipales de drenaje y alcantarillado y no satisfagan las normas técnicas ecológicas correspondientes;

XXII.- Implantar y operar sistemas municipales de tratamiento de aguas residuales, de conformidad con las normas técnicas aplicables;

XXIII.- Aplicar en las obras e instalaciones municipales destinadas al tratamiento de aguas residuales, los criterios que emitan las autoridades federales correspondientes, a efecto de que las descargas en cuerpos y corrientes de agua que pasen al territorio de otro Municipio u otra Entidad Federativa satisfagan las normas técnicas ecológicas aplicables;

XXIV.- Llevar a cabo, en su caso, el tratamiento de aguas residuales de origen particular que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado, previo el pago de los derechos correspondientes;

XXV.- Llevar y actualizar el registro municipal de las descargas a las redes de drenaje y alcantarillado que administren, cuyos datos serán integrados al Registro Estatal de Descargas a cargo de la Secretaría;

XXVI.- La prevención y el control de la contaminación originada por ruido, vibraciones, energía térmica, energía lumínica y olores perjudiciales al equilibrio ecológico o al ambiente;

XXVII.- Prevenir y controlar la contaminación visual, siguiendo los lineamientos de esta Ley; XXVIII.- La regulación del manejo y disposición final de los residuos sólidos que no sean

peligrosos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente;

XXIX.- La prevención y restauración del equilibrio ecológico y la protección ambiental en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados y centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transportes locales;

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XXX.- La prevención y control de emergencias ecológicas y contingencias ambientales, cuando la magnitud gravedad de los desequilibrios ecológicos o daños al ambiente amenace extenderse al territorio del Municipio que corresponda;

XXXI.- Proponer la creación y administración de las áreas naturales protegidas, en coordinación con el Gobierno del Estado cuando así se prevea en esta Ley;

XXXII.- Establecer las medidas necesarias e imponer las sanciones correspondientes por infracciones a esta Ley, en los ámbitos de su competencia, o a las ordenanzas, reglamentos y bandos de policía y buen gobierno que expidan los Ayuntamientos;

XXXIII.- Concertar con los sectores social y privado la realización de acciones previstas en la presente Ley;

XXXIV.- La evaluación del impacto ambiental en el ámbito de su competencia; y, XXXV.- Los demás asuntos que se prevén en esta y otras Leyes. El Titulo tercero. Habla de la política estatal y municipal En el Capitulo II, se tratan los instrumentos de la política ecológica, mencionando: Articulo 17.- Son Instrumentos de política ecológica del Estado: I.- La planeación ecológica; II.- El ordenamiento ecológico; III.- La promoción del desarrollo; IV.- La regulación ecológica de los asentamientos humanos; V.- La evaluación del impacto ambiental; VI.- Las normas técnicas ecológicas; VII.- La protección de áreas naturales; VIII.- La investigación y educación ecológica; y, IX.- La información y vigilancia. En la Sección I, se trata la planeación ecológica, en la sección II, se habla del ordenamiento ecológico, en la sección III de la promoción del desarrollo, en la sección IV de la regulación ecológica de los asentamientos humanos, en la sección V de la evaluación del impacto ambiental: Articulo 30.- Corresponderá al Gobierno del Estado por conducto de la Secretaría o a los Municipios, según el caso, autorizar, con base en los limites permisibles establecidos en los Reglamentos que se deriven de la presente Ley y de las normas técnicas ecológicas expedidas por la Federación, obras o actividades que impliquen posibles desequilibrios ecológicos, que pretendan realizar personas físicas o morales, públicas o privadas. Articulo 31.- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, deberá presentarse ante la Secretaría o ante la autoridad municipal correspondiente, una manifestación de impacto ambiental acompañada, en su caso, de un estudio de riesgo de la obra, de las actividades previstas o de las modificaciones que vayan a efectuarse, cuando se trate de las ya existentes. Articulo 32.- La formulación de la manifestación de impacto ambiental y del estudio de riesgo deberá efectuarse por la Secretaría cuando así lo considere necesario el Estado o por prestadores de servicios autorizados para este efecto, siempre y cuando éstos se encuentren inscritos en el registro y cumplan con los requisitos que previamente establezca la Secretaría. Articulo 33.- Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental y evaluada por la Secretaría o por la autoridad municipal competente, las medidas de mitigación previstas en la autorización respectiva deberán observarse en la realización de la obra o actividad de que se trate. Articulo 34.- El Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría expedirá la guía y manuales de procedimiento para la elaboración y presentación de las manifestaciones de Impacto ambiental y los estudios correspondientes, que contendrán los lineamientos a que deberán sujetarse los responsables de las acciones. Articulo 35.- Quedan exentas de presentar la manifestación del impacto ambiental, las acciones de emergencia que sean necesarias para mitigar los daños causados en las zonas de desastre. Articulo 36.- En el análisis y evaluación de la manifestación de impacto ambiental que realice la Secretaría se considerará la opinión de las autoridades municipales.

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Articulo 37.- En la resolución del impacto ambiental positivo se señalará el plazo máximo de que dispone el solicitante para iniciar las obras o actividades proyectadas. Fenecido el término concedido expirará la vigencia de la aprobación, debiendo solicitarse nuevamente. Articulo 38.- La Secretaría podrá objetar el desarrollo de la obra o actividad en cualquier fase, si no se sigue lo estipulado en la resolución del impacto ambiental, pudiendo llegar a la cancelación de la autorización respectiva. Articulo 39.- Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental y satisfechos los requerimientos formulados por la Secretaría o por la autoridad municipal competente, cualquier persona podrá consultar el expediente correspondiente en la oficina de Registro de Programas Ecológicos. Los interesados podrán solicitar que se mantenga en reserva la Información que haya sido integrada al expediente, y que de hacerse pública, pudiera afectar derechos de propiedad industrial o intereses lícitos de naturaleza mercantil. Articulo 40.- El Ejecutivo Estatal y los Ayuntamientos podrán solicitar al Gobierno Federal la asistencia técnica para la evaluación del impacto ambiental o de los estudios de riesgo que le competan en los términos de los acuerdos de coordinación que al efecto se celebren. La sección VI habla de las normas técnicas ecológicas y la sección VII de la protección de áreas naturales, en la sección VIII se menciona la investigación y educación ecológica en la sección IX se habla de la información y vigilancia En el Capitulo III, se menciona la política ecológica municipal Articulo 48.- Los Municipios podrán formular principios de política ecológica en el ámbito de su competencia, adicionales a las establecidas en el presente ordenamiento y procurando su coherencia con los de nivel federal y estatal. El Titulo Cuarto habla de la participación social, en su Capitulo II, se menciona a la comisión estatal de ecología y en el Capitulo III se consigna lo referente a la denuncia popular En el Titulo Quinto se trata lo referente a la protección al ambiente, en materia de la prevención y control de la contaminación atmosférica, del agua de la contaminación visual y de la generada por ruido, vibraciones, energía térmica, energía lumínica y olores En el Capitulo IV, del mismo Título se habla de las actividades riesgosas y en el Capitulo V, se habla del manejo y disposición final de residuos salidos no peligrosos El Capitulo VI, se habla de la prevención y restauración del equilibrio ecológico y protección ambiental en los centros de población, en relación con los servicios públicos urbanos Es en el Capitulo VIII, donde se consigna lo relativo a la prevención y control de emergencias ecológicas y contingencias ambientales Articulo 112.- La prevención y el control de emergencias ecológicas y contingencias ambientales, corresponde al Estado, cuando la magnitud o gravedad de los desequilibrios ecológicos o daños al ambiente no rebasen el territorio de la Entidad, o no haga necesaria la acción de la Federación. Articulo 113.- La prevención y el control de emergencias ecológicas y contingencias ambientales, será competencia de los Municipios, cuando la magnitud o gravedad de los desequilibrios ecológicos o daños al ambiente no rebasen su ámbito territorial, o cuando no se haga necesaria la acción del Estado o de la Federación. En el último de los casos, los Municipios solicitarán la intervención de la Federación por conducto del Estado y la Secretaría. Corresponderá a la Secretaría General de Gobierno proponer al titular del Ejecutivo Estatal la adopción de las medidas que sean necesarias para la prevención y el control de emergencias ecológicas y contingencias ambientales. Igualmente, le corresponderá la aplicación de tales medidas en el ámbito de su competencia. Articulo 114.- Cuando para la atención de estas situaciones deban intervenir dos o más dependencias estatales, la Secretaría promoverá la celebración de los convenios de coordinación correspondientes.

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Titulo Sexto, habla de la protección de los recursos naturales; en el Capitulo I, se habla de las áreas naturales protegidas de jurisdicción local y en el Capitulo II, se habla del sistema estatal de áreas naturales protegidas. En el Capitulo III, del mismo Título se habla del aprovechamie nto racional de las aguas de jurisdicción estatal El Titulo Séptimo, corresponde a las medidas de control, seguridad, sanciones y delitos REGLAMENTOS 1. Reglamento de la ley reglamentaria del articulo 27 constitucional en el ramo del petróleo El Reglamento fue promulgado por el Ejecutivo Federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 29 de noviembre de 1958 El Reglamento consta de 76 disposiciones permanentes, que se organizan en catorce capítulos que regulan, de manera de forma sucesiva, las siguientes materias: I.- Disposiciones Preliminares; II.- Exploración y Explotación; III.- Reconocimiento y Exploración Superficial de Terrenos; IV.- Tramitación para las Asignaciones; V.- Derechos y obligaciones que derivan de las asignaciones; VI.- Negación y cancelación de asignaciones; VII.- Refinación; VIII.- Petroquímica; IX.- Transporte, almacenamiento y distribución; X.- Ocupación Temporal y Expropiación de Terrenos; XI.- Vigilancia de los trabajos petroleros; XII.- Registro Petrolero; XIII.- Sanciones; XIV.- Disposiciones generales. El Artículo 1° de la Ley Reglamentaria del Articulo 27 Constitucional en el Ramo del petróleo, dispone que corresponde a la Nación el dominio directo, inalienable e imprescriptible de todos los carburos de hidrógeno que se encuentren en el territorio nacional -incluida la plataforma continental- en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico, incluyendo los estados intermedios, y que componen el aceite mineral crudo, lo acompañan o se derivan de él. Sólo la Nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos, que constituyen la industria petrolera como lo señala oportunamente el Artículo 2° de la citada Ley. Con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 4° el cual establece que la Nación llevará a cabo la exploración y la explotación del petróleo y las demás actividades de la industria petrolera, las cuales son consideradas estratégicas en los términos del Artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dichas actividades serán desarrolladas por conducto de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios. Resulta importante señalar lo dispuesto por el párrafo segundo del mismo precepto el cual señala una excepción que se relaciona con el Artículo 3°, en lo relativo al transporte, almacenamiento y distribución de gas ya que deberá ser llevado a cabo, previo permiso, de los sectores social y privado, los cuales podrán construir, operar y ser propietarios de ductos, instalaciones y equipos, en los términos de las disposiciones reglamentarias, técnicas y de regulación que se expidan. El Artículo 3 establece los parámetros que deberá abarcar la industria petrolera, los cuales se encuentran fijados por tres fracciones, que en estric to sentido señalan lo siguiente: I.- La exploración, la explotación, la refinación, el transporte, el almacenamiento, la distribución y las ventas de primera mano del petróleo y los productos que se obtengan de su refinación; II.- La exploración, la explotación, la elaboración y las ventas de primera mano del gas, así como el transporte y el almacenamiento indispensables y necesarios para interconectar su explotación y elaboración, y III.- La elaboración, el transporte, el almacenamiento, la distribución y las ventas de primera mano de aquellos derivados del petróleo que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas y los del gas que constituyan petroquímicos básicos. El Artículo 6° faculta a Petróleos Mexicanos para celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere. Además de fijar las remuneraciones que en dichos contratos se establezcan, serán siempre en efectivo y por ningún motivo se concederán por servicios que se presten o las obras que se ejecuten, porcentajes en los productos, ni participación en los resultados de las explotaciones.

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El Artículo 9° dispone que la industria petrolera y sus actividades son de la exclusiva jurisdicción federal y por consiguiente únicamente el Gobierno federal puede dictar las disposiciones técnicas, reglamentarias y de regulación que las rijan. De acuerdo con lo que establece el Articulo 8° señala que el Ejecutivo Federal esta facultado para establecer zonas de reservas petroleras en terrenos que por sus posibilidades petrolíferas así lo ameriten, con la finalidad de garantizar el abastecimiento futuro del país. La incorporación de terrenos a las reservas y su desincorporaron de las mismas, serán hechas por decreto presidencial, fundado en los dictámenes técnicos respectivos. Esta posibilidad de establecer zonas petroleras constituye un mecanismo importante para la protección de este recurso natural no renovable. Es importante destacar, que la política de protección en esta práctica, se a logrado gracias a la llamada plataforma petrolera. En cuanto hace a la protección del medio ambiente respecto a los efectos en el ramo petrolero, se encuentra regulado por el Articulo 10, el cual establece que la industria petrolera es de utilidad publica, preferente sobre cualquier aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos, incluso sobre la tenencia los de ejidos o comunidades y procederá la ocupación provisional, la definitiva o la expropiación de los mismos, mediante la indemnización legal, en todos los casos en que lo requieran la nación o su industria petrolera. Son de utilidad publica las actividades de construcción de duchos. Petróleos mexicanos, sus organismos subsidiarios y las empresas de los sectores social y privado estarán obligados a prestar a terceros el servicio de transporte y distribución de gas por medio de ductos, en los términos y condiciones que establezcan las disposiciones reglamentarias. En consecuencia en materia de uso de suelo, las actividades petroleras tienen preferencias sobre cualquier otra, sobre las actividades mineras. Por otra parte, debe señalarse que la exploración y la explotación del petróleo se llevan a cabo por Petróleos Mexicanos mediante las asignaciones de terreno que para el efecto le haga la Secretaría competente, a su solicitud o por acuerdo del Ejecutivo Federal. Se entiende por asignación de terrenos el acto por el cual el Estado, por conducto de la Secretaría, otorga a Petróleos Mexicanos autorización para explorar y explotar el subsuelo petrolero de determinados terrenos, como lo establece el Artículo 5° de la Ley y el Articulo 5° del Reglamento de la Ley. Sin embargo, el reconocimiento y la exploración superficial de los terrenos para investigar sus posibilidades petrolíferas, requieren únicamente de permiso de la Secretaría. Si hubiere oposición del propietario o poseedor cuando los terrenos sean particulares, o de los representantes legales de los ejidos o comunidades cuando los terrenos estén afectados al régimen ejidal o comunal, la Secretaría podrá otorgar el permiso, oyendo a las partes, mediante el reconocimiento que haga Petróleos Mexicanos de la obligación de indemnizar a los afectados por los daños y perjuicios que pudieran causarse, estás disposiciones se encuentran establecidas por el Artículo 7° de la Ley y el Articulo 8° del Reglamento de la Ley. Es importante destacar lo expresado por el Artículo 5° párrafo segundo, el cual le atribuye a la Secretaría la potestad de rehusar o cancelar las asignaturas. Además de poder negar total o parcialmente las asignaciones que solicite Petróleos Mexicanos, previo acuerdo del Ejecutivo Federal, únicamente cuando resuelva que los terrenos solicitados deben incorporarse a las zonas de reservas de la nación o seguir formando parte de ellas, disposición contenida en el Artículo 20 del Reglamento. La Secretaría también puede cancelar cualquier asignación, a solicitud de Petróleos Mexicanos o cuando éstas o los derechos y obligaciones que de ellas deriven, se transfieran o graven en cualquier forma como se señala en el Artículo 21 y 22 del Reglamento. A lo anterior, es indispensable agregar que cuando Petróleos Mexicanos requiera de la adquisición o el uso de terrenos para la realización de las actividades de la industria, procurará celebrar el convenio respectivo con el propietario o poseedor de los mismos. De no lograrlo, o cuando no sean conocidos los propietarios o poseedores, solicitará de la Secretaría la declaratoria de ocupación temporal o de expropiación, según proceda de acuerdo a lo fijado por el Artículo 37. Los acuerdos respectivos son de ejecución inmediata, situación que se encuentra regulada por el Artículo 38, lo cual podría dar lugar a una indemnización la cual se establece en los Artículos 39 a 44. Cuando los terrenos son

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de jurisdicción federal o de propiedad de los estados o municipios, la adquisición o el uso temporal de los mismos se obtienen de la autoridad y en la forma que corresponda de acuerdo al contenido del Artículo 45. Es necesario considerar las normas relativas a la refinación, que se encuentran fijadas en los Artículos 23 a 25. El Artículo 23 de esos preceptos establece que la refinación petrolera comprende los procesos industriales que convierten los hidrocarburos naturales en cualquiera de los siguientes productos genéricos: combustibles líquidos o gaseosos, lubricantes, grasas, parafinas, asfaltos solventes y los subproductos que generen dichos procesos. No obstante la significación que la refinación petrolera tiene en la protección del ambiente, y, en especial de la atmósfera, las disposiciones relativas del Reglamento no establecen ninguna prescripción al respecto. En síntesis, las disposiciones de la Ley y su Reglamento tutelan la protección del recurso, pero no la protección del ambiente respecto de los efectos de las actividades petroleras. La Ley establece una prioridad a favor de la industria petrolera sobre cualquier otro uso posible de los suelos y limita las obligaciones de Petróleos Mexicanos a la de indemnizar a los afectados por los daños y perjuicios que pudieran causarse con los trabajos petroleros. Pero las normas internacionales sobre la materia establecen algo más.

2. Reglamento de trabajos petroleros La Protección del Petróleo y del Ambiente Respecto de las Actividades Petroleras en el Reglamento de Trabajos Petroleros. El Reglamento de Trabajos Petroleros fue promulgado por el Ejecutivo Federal y publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 27 de noviembre de 1958 Consta de 297 disposiciones permanentes, que se organizan en nueve capítulos que regulan, las siguientes materias: Explotación; Perforación; Producción; Taponamiento de Pozos; Transporte; Almacenamiento; Terminales y plantas de almacenamiento y distribución y; Sanciones. De acuerdo con lo establecido por el Artículo 11 corresponde al Ejecutivo Federal dictar las normas técnicas a que debe estar sujeta la explotación petrolera. Con base en esta disposición legal se dictó el Reglamento de Trabajos Petroleros, el cual prescribe que los trabajos petroleros requieren de permiso previo de la Secretaría competente. Para estos efectos el Artículo 1° del Reglamento establece que se deberá entienden por trabajos petroleros a aquellos trabajos u obras de perforación somera o profunda de pozos petroleros, ya sea con fines de exploración o explotación, así como su profundización, reparaciones mayores y taponamiento; los necesarios para el empleo de métodos secundarios y terciarios de recuperación en campos desarrollados, para la mayor eficiencia de la explotación y recuperación de hidrocarburos; la instalación de islas artificiales y plataformas fijas u otras localizadas en las zonas lacustres, en la plataforma continental o en los zócalos submarinos de las islas, que sean utilizadas directamente o indirectamente en la explotación petrolera; la construcción y el uso de tuberías de descarga, baterías de separación, tuberías colectoras, estaciones de almacenamiento, de bombeo y de compresión; la construcción y el uso de oleoductos, gasoductos y tuberías de productos, así como sus ramales; la construcción y el uso de terminales y cargaderos; las ampliaciones y modificaciones sustanciales a las instalaciones con la industria petrolera. Se exceptúan de este régimen las plantas de tratamiento de gas, las de extracción de gasolina natural, las refinerías y las plantas petroquímicas, que se rigen por reglamentos especiales. Las disposiciones generales del Reglamento contienen una serie de prescripciones de interés ambiental. Así, por ejemplo, cuando se establece la obligación de acompañar a la solicitud de premiso una memoria descriptiva y los planos necesarios se expresa que las memorias descriptivas tienen por objeto justificar técnica y económicamente las obras y construcciones, desde el punto de vista de la seguridad y el mejor aprovechamiento de todos los hidrocarburos naturales en razón a lo citado por el Articulo 7. Por otra parte, este ordenamiento establece que Petróleos Mexicanos tiene la obligación de mantener todas sus instalaciones en buen estado sanitario y de conservación atendiendo a lo fijado por el Artículo 23. Además, el Reglamento prescribe que, con el propósito de cuidar los intereses de la nación en materia de explotación petrolera, los permisionarios tienen la

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obligación de dar aviso por la vía más rápida en caso de accidentes en las instalaciones, a la dirección o agencia respectiva y a la Secretaría de Salud, cuando en cualquier forma se afecte a la ecología o se contamine el ambiente, siguiendo con las disposiciones fijadas por el Artículo 29. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, debe entenderse que este último aviso debía darse a la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. En síntesis, las disposiciones contenidas en los Artículos 51 a 293 del mismo Reglamento, tratan de las siguientes materias: exploración, perforación, producción, taponamiento de pozos, transporte, almacenamiento y terminales y plantas de almacenamiento y distribución. 3. Reglamento de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en materia de residuos peligrosos. En este reglamento se mencionan las disposiciones con respecto a el manejo de los residuos peligrosos En el Artículo 3º, se consideran las definiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y las siguientes: En el Artículo 5ºse consideram los responsables del cumplimiento de las disposiciones del Reglamento y de las normas técnicas ecológicas que de él se deriven, el generador de residuos peligrosos, así como las personas físicas o morales, públicas o privadas que manejen, importen o exporten dichos residuos, y en el Artículo 6º, se menciona que las personas físicas o morales, públicas o privadas que con motivo de sus actividades generen residuos, están obligadas a determinar si éstos son peligrosos. Para la determinación de residuos peligrosos, deberán realizarse las pruebas y el análisis necesarios conforme a las normas técnicas ecológicas correspondientes, y se estará al listado de residuos peligrosos que expida la Secretaría, previa la opinión de las Secretarías de Comercio y Fomento Industrial, de Salud, de Energía, Minas e Industria Paraestatal, de Agricultura y Recursos Hidráulicos y de la Secretaría de Gobernación. En el Artículo 7º se indica: Quienes pretendan realizar obras o actividades públicas o privadas por las que puedan generarse o manejarse residuos peligrosos, deberán contar con autorización de la Secretaría, en los términos de los artículos 28 y 29 de la Ley. En la manifestación de impacto ambiental correspondiente, deberán señalarse los residuos peligrosos que vayan a generarse o manejarse con motivo de la obra o actividad de que se trate, así como las cantidades de los mismos. Artículo 13. El generador podrá contratar los servicios de empresas de manejo de residuos peligrosos, para cualquiera de las operaciones que comprende el manejo. Estas empresas deberán contar con autorización previa de la Secretaría y serán responsables, por lo que toca a la operación de manejo en la que intervengan, del cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento y en las normas técnicas ecológicas que de él se deriven. Cumplirá con lo establecido en el Reglamento en materia de almacenamiento y transporte, y manejo de almacenes temporales y vigilará que los residuos sean debidamente depositados en los sitios que se hayan destinado. En el Capítulo IV, se habla de la Importación y Exportación de Residuos Peligrosos 4. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Auditoría Ambiental. Este reglamento tiene por objeto reglamentar las auditorías ambientales previstas en el artículo 38 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Su aplicación corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la Administración Pública Federal.

Del Artículo 3 al 9 se hbla de quienes harán las auditorias y las diferentes competencias, en el Capítulo Segundo, se habla del desarrollo de las Auditorias Ambientales, en el

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Capítulo Tercer, se habla del Plan De Acción, y en el Capítulo Cuarto se habla del Certificado Como Industria Limpia y en el Capítulo Quinto, se habla de los . Auditores Ambientales

5. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas Este reglamento se publicó el 30 de noviembre del 2000 y entro en vigencia el día siguiente de su publicación. Este ordenamiento cuenta con 144 artículos, es de observancia general en todo el territorio nacional y en las zonas donde la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, y tiene por objeto “reglamentar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en lo relativo al establecimiento, administración y manejo de las áreas naturales protegidas de competencia de la Federación”. De acuerdo al artículo 2, la aplicación del reglamento corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. En el artículo 3° se remite a las definiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, e indica catorce definiciones propias de este reglamento. El Título Segundo De la administración de las áreas naturales protegidas consta de cinco capítulo y comprende del artículo 4 al 36. En estos artículos se ve la administración de las áreas naturales protegidas de acuerdo al tipo de ordenamiento que las creó, el objeto de su creación, las características de las personas que deban administrar estas áreas, la organización que se deberá conformar para la administración. En el artículo 10 se menciona como en términos del artículo 55 bis de la Ley, se integrará el Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la forma y procedimiento de sesionar, en el artículo 17 se dan facultades para crear Consejos asesores a la Secretaría, en el artículo 18 y hasta el 30, se indican las facultades, la integración y funcionamiento de dicho Consejo. Del artículo 31 al 35 se habla de los Convenios que pueden suscribirse para el mejor desarrollo de estas Áreas. En el Título Tercero se habla Del Sistema y del registro nacional de áreas naturales protegidas, en el artículo 37 se indica: “ Las áreas que se incorporen al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley, del artículo 38 al 44 se habla del registro Nacional de Áreas Naturales Protegidas, de los requisitos para inscripción, de la consulta y disposición de las constancias de inscripción. En el Título Cuarto se habla del establecimiento de las áreas naturales protegidas. En el Capítulo I se habla de los estudios previstos justificativos, en el artículo 45 se dice:” Los estudios que justifiquen la expedición de las declaratorias para el establecimiento de las áreas naturales protegidas, serán elaborados por la Secretaría, y en su caso, ésta podrá solicitar la colaboración de otras dependencias del ejecutivo Federal, así como de organizaciones públicas o privadas, universidades, instituciones de investigación o cualquier persona física o moral con experiencia y capacidad técnica en la materia. En el Capítulo IV de este Título se trata de las zonas de restauración en las áreas naturales protegidas. En el artículo 66 se menciona que dentro de estas áreas se pueden llevar a cabo programas de restauración ecológica que permitan recuperar y reestablecer condiciones que propicien la evolución y continuidad de los procesos naturales que en ellas se desarrollan. En el artículo 67 dentro de sus nueve fracciones se menciona los requisitos que deben cubrir estos programas de restauración, en el artículo 68 se mencionan los requisitos de los estudios para estos fines. En el artículo 70 se habla del tipo de aprovechamiento de recursos naturales, de vida silvestre, y del tipo de obras que pueden realizarse dentro de las áreas. En el Título Quinto se habla de los Programas de Manejo, en el artículo 72 se menciona “Las áreas naturales protegidas deberán contar con un programa de manejo que será elaborado por la Secretaría en los términos del artículo 65 de la Ley. El programa deberá sujetarse a las disposiciones

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contenidas en la declaratoria del área natural protegida de que se trate, y tendrá por objeto la administración de la misma”. En los artículos del 74 al 76 se habla del contenido del programa, de las reglas administrativas y de la forma de darlo a conocer, los artículos 77, 78 y 79 hablan de las posibles modificaciones a estos programas de manejo. En el Título Sexto se habla de los usos, aprovechamientos y autorizaciones. El primer capítulo habla de los usos y aprovechamientos que están permitidos y de los que están prohibidos, el artículo 81 menciona: “...sólo se podrán realizar aprovechamientos de recursos naturales que generen beneficios a los pobladores que ahí habiten y que sean acordes a los esquemas de desarrollo sustentable...” De los artículos 82 al 84 hablan de los servicios turísticos dentro de las áreas, el Art. 85 habla de posible ingreso de investigadores científicos con fines de colecta y los requisitos que deberán cumplir, el Art. 86 habla de los requisitos para efectuar aprovechamiento de la vida silvestre. En el artículo 87 se consignan las actividades prohibidas dentro de las áreas, dentro de las que destacan la negativa a cambiar el uso del suelo en ecosistemas naturales; trasladar especimenes de poblaciones nativas de una comunidad biológica a otra; introducir plantas, semillas, animales domésticos, ejemplares o poblaciones silvestres exóticas; interrumpir, desviar, rellenar o desecar flujos hidráulicos o cuerpos de agua; entre otros. En el artículo 88 se habla de las autorizaciones para el desarrollo de obras y actividades en las áreas naturales protegidas y de los artículos 89 al 104 del procedimiento para la obtención de las autorizaciones y al artículo 105 habla de los avisos para desarrollar actividades en las áreas naturales protegidas. En el Capítulo V se habla de las unidades de manejo para la conservación de vida silvestre y en el Capítulo VI se mencionan los instrumentos económicos que se aplicarán con motivo de declaratorias, programas de manejo y manual para estos efectos. Estos instrumentos deberán presentarse como una propuesta con el estudio técnico que justifique y oriente sobre el uso de los instrumentos. El Título Séptimo se aborda la promoción de los particulares para el establecimiento de áreas naturales protegidas y del reconocimiento de áreas productivas, en su artículo 116 se habla de “...pueblos indígenas, las organizaciones sociales, públicas o privadas y demás personas interesadas”, que deseen promover el establecimiento de áreas naturales protegidas, del artículo 117 al 125 se tratan los requisitos,, funcionamiento y financiamiento de este tipo de zonas. En el artículo 126 se menciona: “La Secretaría fomentará y propiciará que voluntariamente se destinen predios a la preservación, protección y restauración de los ecosistemas, para lo cual se difundirán los incentivos económicos y de apoyo técnico que para tal efecto se establezcan”. En el Título Octavo se trata todo lo relacionado con las medidas de control y seguridad y de las sanciones, así como la denuncia popular en el artículo 144 y último de este reglamento.

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AAASSSPPPEEECCCTTTOOOSSS AAABBBIIIOOOTTTIIICCCOOOSSS

CLIMA

Las estaciones meteorológicas que se encuentran en Tamaulipas no son muy

abundantes y se mencionan a continuación.

Latitud Norte Longitud Oeste Clave Estación

Grados Minutos Segundos Grados Minutos Segundos msnm

28-055 Tampico 22 14 19 97 52 44 40

28-073 Ocampo 22 50 50 99 20 12 320

28-057 Ciudad Victoria 23 43 00 99 10 48 350

28-046 San Fernando 24 51 00 98 09 24 43

28-072 Joya de Salas 23 10 33 99 16 28 1,560

28-127 Miquihuana 23 34 26 99 45 11 1,770

28-053 Soto La Marina 23 46 08 98 12 39 35

28-120 Jaumave 23 24 27 99 22 31 750

28-00A Las Antonias 23 22 35 99 53 08 1,730

28-037 Nuevo Laredo 27 29 44 99 29 25 128

28-076 Plan de Ayala 23 34 09 99 24 54 840

28-081 Los Uvalle 23 34 28 99 51 24 1,570

Msnm: metros sobre el nivel del mar. FUENTE: CNA. Registro de Temperatura y Precipitación.

Se tomaran en cuenta las más cercanas a la zona de estudio que son las de Soto la

Marina, San Fernando y Tampico, para determinar el clima en general del Matorral espinoso Tamaulipeco.

Tomando en cuenta la temperatura media mensual (grados centigrados)y precipitación que varia de 400 a 800 mm, con temporadas largas de sequía, entonces se considera con un clima BS llamado por E. Garcia (1964) “Seco o Arido” y corresponde a un clima “Seco Estepario” en la clasificación de Köppen.

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Meses Estación y concepto Periodo

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

San Fernando

1999 18.0 12.0 13.5 17.6 28.9 29.2 28.4 30.2 26.9 22.7 19.6 16.0

Promedio De 1960 a

1999 14.1 16.1 19.7 23.4 26.7 28.0 28.2 28.5 26.5 22.8 19.1 15.7

Año más frío 1983 7.4 9.3 12.5 15.0 20.2 25.2 22.0 21.0 20.8 16.8 13.5 8.0

Año más caluroso

1990 18.0 19.8 21.8 25.3 28.0 30.8 28.8 30.0 27.8 24.1 21.8 17.1

Soto La Marina 1999 18.1 20.9 24.3 27.9 29.1 29.6 27.6 29.3 26.7 23.7 20.8 16.1

Promedio De 1983 a

1999 16.7 19.1 21.7 24.6 27.9 29.2 28.6 29.0 27.5 24.6 21.3 23.9

Promedio De 1981 a

1999 14.6 15.4 17.7 19.3 21.0 21.7 20.5 21.1 20.5 17.9 17.1 20.7

Año más frío 1992 11.4 14.1 17.5 18.5 19.5 22.0 20.2 20.6 17.8 18.4 14.2 16.0

Año más caluroso

1983 16.8 14.4 13.8 21.9 20.7 23.9 18.7 24.5 23.8 22.7 21.6 19.9

FUENTE: CNA. Registro Mensual de Temperatura Media en °C.

HIDROGRAFÍA

Sobresalen en el estado cuatro grandes ríos que, con un gran número de afluentes, corren de poniente a oriente formando varias cuencas a las que corresponden las regiones de mayor producción agropecuaria. El río Bravo, con sus afluentes Salado, Salinas, Alamo y San Juan, riega una franja de 12 km de ancho por 450 de largo. Sobre su cauce se localiza la presa del Azúcar o Marte R. Gómez. El río de las Conchas surca las llanuras del norte, recibe sus afluentes Burgos y San Lorenzo, y desemboca en la Laguna Madre. El río Purificación riega el centro del estado y a lo largo de su curso recibe tributarios como el Pitón, el San Carlos, el de Jiménez y el de la Corona, que a su vez recibe al Caballeros y al San Marcos. Poco antes del paso o Cañón de la Iglesia aumenta su volumen; entonces recibe el nombre de Soto la Marina y forma la barra de ese nombre. El río Guayalejo, que es la corriente principal de la porción sur del estado, aumenta su caudal por varios afluentes, todos originados en la Sierra Madre Oriental, como los ríos Shigue, Sabinas, Frío y Mante. Reunido con el Tamesí, atraviesa la Laguna del Chairel y se une al Pánuco, integrando una red hidrográfica que es el límite con el estado de Veracruz. Existen varias lagunas, como la de Tula, en la región montañosa, las de Champayán y Chairel al suroeste, las de Tordo y Morales y la Laguna Madre.

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Río Soto la Marina Nace en la Sierra Madre Oriental en el ojo de agua El Salto, que brota en el Cañón

del Cuervo en Nuevo León; siendo su formador el Río Blanco (en Nuevo León), el que posteriormente recibe los nombres De la Cruz y Purificación. Después de recibir la afluencia de los arroyos de Pilón, Corona y Arroyo Grande, cambia su nombre por el de Soto la Marina, al pasar por el poblado del mismo nombre, descarga directamente en el Golfo de México en la Barra Soto la Marina, a un lado del poblado La Pesca. OROGRAFIA

En general está caracterizada porque no presenta elevaciones ni accidentes orogràficos notorios, salvo pequeñas elevaciones que se observan cerca de San Fernando, la mayor de las cuales no llega a 300 metros sobre el nivel del mar, además que se puede considerar como una gran llanura con leve inclinación al Este. GEOLOGÍA

Podemos encontrar el Matorral espinoso tamaulipeco sobre sustrato geológico del Oligoceno principalmente, pero también sobre Eoceno, Mioceno y en aluviones del Cuaternario; en este último caso se presentan en áreas reduc idas.

Para su estudio, el territorio de México se ha dividido en 11 provincias

morfotectónicas cuyos rasgos fisiográficos y geológicos y tectónicos las distinguen individualmente, en la que la región de Tamaulipas corresponde a la Provincia Morfotectónica de la Planicie Costera del Golfo. Debido a su riqueza petrolera, esa área es una de las mejor conocidas de México, de suerte que numerosas cuerpos de roca han sido diferenciados y nombrados. Sus afloramientos muestran una disposición regional en forma de zonas alargadas o bandas cuya edad geológica es sucesivamente menor hacia el Golfo.

Mitológicamente, estas consisten en calizas marinas, areniscas, limolitas y argilitas, que forman cuerpos tubulares inclinados suavemente hacia el golfo. La secuencia cenozoica descansa discordantemente sobre la cretácica. Los afloramientos muestran una distribución desigual en términos de dimensiones y de edad. Las unidades más antiguas son paleozoicas, y se encuentran expuestas sólo en el Sector Norte, donde aflora casi continuamente y penetra bastante tierra adentra a lo largo del área del Río Bravo (26º-28º lat. N), lo cual indican que el mar y la línea costera llegaban en el Eoceno hasta Laredo, Texas, definiendo así una Paleobahía (la del Río Bravo). la “banda ” oligocénica también esta mejor desarrollada en le Sector Norte y es más ancha en la mitad meridional lo mismo que la mitad septentrional de la “banda” micénica del Sector Norte. En el Sector Sur los cuerpos de roca del mioceno se encuentran se encuentran alrededor de Minatitlán, Villahermosa y Tenosique sin formar un área se afloramiento continuo. La “banda” pliocénica es aquí muy

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angosta, por lo que sólo es discernible en el Sector Norte (en parte el área del río San Fernando)

Los cuerpos cuaternarios son típicamente transicionales (marítimos-continentales), se han originado en ambientes de playa y de rió. Son mucho más extensos en el Sector Sur que en el Sector Norte, donde se presenta principalmente cerca del Río Bravo.

La información del subsuelo muestra en grandes sectores engrosamientos significativos de las secuencias cenozoicas, que deben haber correspondido a las áreas de mayor hundimiento.

Dichas áreas incluyen las cuencas de Burgos, Tampico-Misatla, Veracruz y

Tabasco-Campeche; todas ellas cont ienen reservas petroleras importantes. En la porción Meridional del sector Norte existe un grueso cuerpo clásico marino depositado en aguas profundas (la Formación Chicontepec, de edad terciaria temprana) que parece presentar la erosión de los terrenos elevados adyacentes.

También se encuentran en esa provincia cuerpos de rocas ígneas: las sierras de Teziutlán y de los Tluxtlas, que son mayores, estan formadas por lavas andesíticas a basálticas alcalina. Es debatible si pertenecen a la faja Volcánica Transmexicana o no. El áreas de Teziutlán es geológicamente compleja e incluyen plutón prejurásico (?) cubierto por cuerpos sedimentarios marinos jurasicos y cretácicos, a su vez intrusionados por plutón del Terciario Temprano. Completa la secuencia un cuerpo sedimentario paleocénico marino. Las sierras menores (áreas de Tepizintla, Villa Aldama y Llera), se componen de derrames basálticos alcalinos. La Sierra de San Carlos y las lomas situadas al sureste de la Sierra de San Jose de las Rusias son plutones pequeños de composición cinética de nefelina a gabróica, emplazados durante el Terciario Medio. Historia geológica

Los cuerpos de las rocas sedimentarias de esta provincia representan una deposición marina sobre una plataforma continental en un mar regresivo tropical (es decir, un mar epicontinental que retrocede desde el continente hacia el océano abierto), que persistió durante el Cenozoico. La línea costera tubo paeleobahías (por ejemplo Rió Bravo, Burgos, Tampico, Misantla, Veracruz y Tabasco-Campeche). El fondo marino tuvo áreas mas profundas (que coincidieron con las paleobahías) y aun verdaderas fosas abisales (por ejemplo, Chicontepec), en las que se acumularon grandes espesores sedimentarios.

La discordancia cretácico-paleocenica indica actividad tectónica en aquel tiempo, expresada por la inclinación o levantamiento del fondo marino. La regresión marina indica un levantamiento regional del continente en México, que avanzó de occidente a oriente. Los rasgos cuaternarios se originaron en una planicie costera por cambios rápidos del nivel del mar (relacionados con glaciaciones) y por la acción reciproca de ambientes fluviales y marinos. Los cuerpos volcánicos del Terciario Medio y Tardío fueron emplazados en terreno altos, donde ya había ocurrido la regresión (sector norte) o bien en áreas positivas (elevaciones topográficas) que nunca estuvieron sumergidas (por ejemplo el área de Teziutlán). En suma la Planicie Costera del Golfo es sencillamente la plataforma

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continental emergida que bordea el Golfo de México.

De acuerdo con la Teoría de la Tectónica de Placas, el margen continental Atlántico (incluyendo el Golfo), se interpreta como pasivo (es decir, el que ocupa el lado “rezagado” de una placa de movimiento); se piensa que se ha comportado así durante todo Cenozoico. Sin embargo, existen rasgos geológicos en la Planicie Costera del Golfo que no parecen ajustarse a esta interpretación. Algunos de estos rasgos son hundimiento activo de las cuencas y fosas (y de hecho su origen), así como la actividad volcánica y plutónica, evidenciada por los cuerpos de roca resultantes.

El fracturamiento cortical tensional relacionado con el desarrollo de Rift del Valle

del Río Grande –Rió Bravo- y en el último análisis con el movimiento de placas, se ha propuesto como una explicación de tales rasgos, pero no hay acuerdo general al respecto. SUELO Ocupa suelos con pH alcalino 7.4 y 7.6 en la superficie, aumentando la alcalinidad con la profundidad, de color gris oscuro, textura arcillosa o migaron limosa, en ocasiones ricos en materia orgánica y ricos en sales de calcio. Generalmente en lomeríos cuya altura va de 150 a250 msnm al Norte de la Sierra de Tamaulipas y al Sur, se establece sobre depósitos del Eoceno y el oligoceno en suelos profundos, con pH ligeramente alcalino, pedregoso, con textura migajosa o arcillosa de color negro a grisáceo oscuro, ricos en materia orgánica. Los arbustos se encuentran generalmente asociados con especies características de pastizal mediano, siendo los suelos Redzinas o Chesnut calcáreas de origen aluvial con pendientes de 1 a 8%. Dentro de los diferentes estratos del Matorral Espinoso Tamaulipeco, se presentan ligeras diferencias en el suelo como se muestran a continuación:

-Matorral Bajo Espinoso: el área ocupada data del Pleistoceno y reciente, siendo los suelos Rendzinas calcáreas de origen aluvial con pendientes de 1 a 5% -Matorral Mediano Espinos: el área ocupada del Eoceno, Oligoceno y Paleoceno. Los suelos son Chesnut calcáreas de origen aluvial con pendientes entre 2 y 5%. -Matorral Alto Espinoso: esta área es del Mioceno, Paleoceno, Oligoceno, Plioceno, Cretácico Superior, Cretácico Inferior y Cenozoico superior volcánico. Sus suelos son Chesnut y Rendzina calcáreos.

-Matorral Mediano Subinerme: data del Eoceno y Plioceno, son suelos calcáreos de orígen aluvial con pendientes de 4 a 8%.

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El tipo de hábitat conocido como Matorral Espinoso Tamaulipeco tipifica a la región. Este hábitat está dominando por un arreglo diverso de especies del matorral, con frecuencia formando masas gruesas impenetrables. Las especies arbustivas que dominan este hábitat incluyen: granjeno (Celtis pallida), cenizo (Leucophyllum frutescens), cornezuelo (Acacia rigidula), guajillo (Acacia berlandieri), guayacán (Porlieria angustifolia), Phaulothamnus spinescens, Ziziphus obtusifolia, y coyotillo (Karwinskia humboldtiana) (González Medrano 1972). Los bosques están dominados por mezquite (Prosopis glandulosa) que también son muy comunes en la ecorregión.

En las partes mas secas, estos bosques pueden hallarse a lo largo de drenajes o

escorrentías (conocidos como ramaderos), los cuales están secos la mayor parte del año. Así podemos decir que esta formado por arbustos bajos de 30 cm hasta arbustos altas y árboles bajos de 3 a 5m de altura generalmente espinosos y con hojas o foliolos pequeños.

Los matorrales subtropicales de las planicies semiáridas de la región Noreste de México están dominados por una diversidad muy densa de especies arbustivas. Este tipo de vegetación, constituida de especies deciduas y siempre verdes o perennes, está caracterizada por un amplio rango de patrones de crecimiento, diversidad en la longevidad foliar, dinámicas de crecimiento y de contrastantes desarrollos fenológicos. El matorral es utilizado por los habitantes de la región en varias formas, tales como: forraje para el ganado, carbón, madera para construcción, estantería, alimentos, herbolaria, medicinas y semillas para reforestación con plantas nativas. Además, estas plantas proveen de un hábitat a la fauna silvestre y una cubierta para prevenir la erosión del suelo. Adicionalmente, las plantas nativas del matorral han desarrollado diversas características morfológicas y fisiológicas apropiadas para la adaptación a factores ambientales adversos, particularmente al estrés por sequía y altas temperaturas. Tales características incluyen: dimensión y orientación foliar, morfología, dimensión y densidad de estomas, abscisión de foliolos, pubescencia foliar, cutícula gruesa y cerosa, disminución en el potencial osmótico en forma activa y pasiva, y resistencia al flujo de agua. El tipo de Vegetación se determina según el autor a consultar, comparando la del INEGI y la del Inventario Nacional Forestal

NNOOMMBBRREE NNOOMMBBRREE CCOOMMÚÚNN EESSTTAATTUUSS Borraginaceae

Cordia boissieri Quenopodiaceae

Atriplex matamorensis

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NNOOMMBBRREE NNOOMMBBRREE CCOOMMÚÚNN EESSTTAATTUUSS Simarubaceae

Castella tortuosa Chaparro amargoso Asteraceae (Compuestas)

Clappia swaedaefolia Varilla texana

Franqueniaceae Frankenia johnstoni

Sapindaceae Neogringlea integrifolia

Fitolaceae Phaulothamnus spinescens

Zigofilaceae Porlieria angustifolia Guayacán

Solanaceae Solanum amazonium

Apocinaceae Tabernaemontana citrifolia

Familia Annonaceae Annona globiflora Anonilla

Familia Bigniaceae Tecoma stans

Familia Cactaceae Nopalea dejecta Opuntia lindheimeri Opuntia liptocaulis Lophophora williamsii Mammillaria magnimama Echinocereus blanckii Alicoche Ariocarpus agavoides P Ariocarpus trigonus A Astrophytum asterias P Astrophytum myriostigma A Coryphantha pulleineana A Echinocereus knppelianus A Mammillaria giselea CITES Ap. II Obregonia denegrii A Pelecyphora strobiliformis P Thelocactus garciae CITES Ap. II Turbinacarpus saveri A Capparis incana

Familia Crameriaceae Krameria ramossina Calderota

Familia Escrofulariaceae Leucophyllum frutescens Cenizo

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NNOOMMBBRREE NNOOMMBBRREE CCOOMMÚÚNN EESSTTAATTUUSS Leucophyllum texanum

Familia Euphorbiaceae Adelia babenervis Adelia vaseyi Bernardia mycaefolia Croton cortesianus Croton niveus

Familia Fabaceae (Leguminosae) Cassia emarginata Palo zorrillo Dalea humilis Harpalyce arborescens Mezquitillo Acacia amentacea Gavia Acacia angustissima Acacia berlandieri Guajillo Acacia constricta Chaparro prieto Acacia cornigera Acacia coulteri Guajillo Acacia farnesiana Accia rigidula Cornezuelo Dalea spp Mimosa pigra Parkinsonia aculeata Phitecellobium brevifolium Guajillo, Tenaza Phithecellobium flexicaule Ebano Prosopis cinerascens Var. Reptans

Prosopis glandulosa Mezqite Familia Poaceae (Gramínea)

Bouteloua sp Navajita roja Tridens muticus Tridente fino

Familia Nyctaginaceae Pisonea aculeata

Familia Opiliaceae Agonandra obtusifolia

Familia Rhamnaceae Condalia obovata Chaparro prieto Condalia obtus ifolia Condalia spathulata Colubrina stricta Karwinskia humboldtiana Coyotillo Zizyphus obtusifolia

Familia Rubiaceae Randia aculeata Randia spp

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NNOOMMBBRREE NNOOMMBBRREE CCOOMMÚÚNN EESSTTAATTUUSS Familia Rutaceae

Amyris madrensis Helietta parvifolia Barreta Zanthoxylum fagara Colima

Familia Sapotaceae Bumelia laeteulrens Guazama ulmofolia

Familia Ulmaceae Celtis iguanea Celtis pallida Granjeno

Familia Verbenaceae Duranta repens Tala blanco FAUNA

La fauna de los matorrales desérticos está adaptada a las condiciones ambientales de este gran ecosistema semiárido.

Uno de los grupos de animales mejor adaptados para resistir la sequía son los

reptiles, gracias a las escamas de su cuerpo que actúan como aislantes y preservadoras del agua que contiene su organismo. Otro de los curiosos integrantes de la fauna vertebrada es el sapo de rulo, que se las ha ingeniado para aprovechar la escasa humedad de este ecosistema seco

Debido al sobrepastoreo, las comunidades vegetales originales y la fauna silvestre han sido degradadas, lo que ha causado una severa reducción en la cubierta vegetal, modificaciones en la composición de especies y cambios en la estructura de la comunidad vegetal. Todo esto ha sido producto básicamente de las invasiones de especies arbustivas y la erosión de los suelos. Las tierras planas se utilizan para la agricultura de riego.

NNOOMMBBRREE NNOOMMBBRREE CCOOMMÚÚNN EESSTTAATTUUSS

Mamíferos Familia ARTIODACTYLA ANTILOCAPRIDAE

Antilocapra americana Berrendo P Familia ARTIODACTYLA CERVIDAE ODOCOILEINAE

Odocoileus virginianus Venado cola blanca, Venado real Familia ARTIODACTYLA TAYASSUIDAE

Tayassu tajacu Jabalí de collar, Jabalina, Pecari de collar

Familia CARNIVORA CANIFORMIA CANIDAE Canis latrans Coyote Urocyon cinereoargenteus Zorra gris

CARNIVORA CANIFORMIA MUSTELIDAE MEPHITINAE

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NNOOMMBBRREE NNOOMMBBRREE CCOOMMÚÚNN EESSTTAATTUUSS Mamíferos

Conepatus leuconotus Zorrillo Mephitis mephitis Zorrillo Spilogale putorius Zorrillo manchado

CARNIVORA CANIFORMIA MUSTELIDAE MUSTELINAE Mustela frenata Comadreja, Onzita

CARNIVORA CANIFORMIA MUSTELIDAE TAXIDIINAE Taxidea taxus Tlalcoyote, Tejón A

CARNIVORA CANIFORMIA PROCYONIDAE PROCYONINAE Bassariscus astutus Cacomixtle, Tejón A Nasua narica Tejón, Coatí Procyon lotor Mapache

CARNIVORA FELIFORMIA FELIDAE FELINAE Herpailurus yagouaroundi Leoncillo, Yuaguarundi, Onza Peligro Leopardus pardales Ocelote, Tigrillo Peligro Leopardus wiedii Tigrillo, Margay Peliigro Lynx rufus Lince, Gato montés Peligro

RODENTIA SCIUROGNATHI SCIURIDAE SCIURINAE Spermophilus mexicanus Ardilla terrestre, Motocle Spermophilus spilosoma Ardilla terrestre

Aves Gococyx mexicanus Correcaminos Coragyps atratus Zopilote Corvus corax Cuervo

Reptiles Gopherus berlandieri Tortuga Phrynosoma solare Camaleón (tepayatzin) Cnemidophorus comunis Lagartija Crotalus scutulatus Víbora de cascabel

Anfibios Rana spp. Rana Sapo spp. Sapo

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Con base en la investigación bibliográfica y la consulta en el internet a diversos sitios, se encontraron un gran número de métodos que se utilizan más comúnmente para la evaluación del impacto ambiental de proyectos. • Listas de control (check list)

Son métodos de identificación muy simple, por lo que se usan para evaluaciones preliminares. Sirven primordialmente para identificar factores ambientales y proporcionar información sobre la predicción y evaluación de impactos.

Sobre una lista de acciones y efectos específicos se marcarán las interacciones relevantes, bien por medio de una pequeña escala o por cualquier otro índice sencillo. La Lista típica incluye los siguientes campos: 1. Suelo: recursos minerales, materiales de construcción, suelos, geología, etc. 2. Agua: superficial, costas, mares, calidad. 3. Flora: árboles, arbustos, pastos, cultivos, especies endémicas. 4. Fauna: aves, reptiles, peces. 5. Uso del suelo: espacio abierto, humedales, forestales, etc. 6. Recreación: caza, pesca, nado, campamentos, etc. Existen varios tipos de listas de chequeo: •Listas de control simples, consistentes en una lista simple de parámetros ambientales. •Listas de control descriptivas, que incluyen guías para la medición de parámetros. •Listas de control de escalas, que incluyen información para la escala (subjetiva) de los parámetros. Con información importante como la duración del impacto, si es reversible o irreversible. • Listas de control de cuestionarios, que contienen una serie de preguntas relacionadas, que guían al usuario a través del proceso. Las respuestas se presentan como opción múltiple, facilitando el proceso.

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Lista de Actividades del Proyecto

PREPARACIÓN DEL SITIO Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a mano Nivelación y compactación Construcción de camino de acceso Transporte de equipo y maquinaria

CONSTRUCCIÓN Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a mano Nivelación y compactación Construcción de camino de acceso Transporte de equipo y maquinaria

OPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE PRODUCCIÓN Perforación Inyección de fluidos de perforación Terminación de pozos Desmantelamiento de maquinaria de perforación Extracción de barrena y toma de registros convencionales Desmantelamiento de instalaciones temporales Fractura hidráulica Cementación Cercado Señalamiento Entrega a producción

MANTENIMIENTO Maquinaria, equipo y cabezales Reemplazo de árbol de válvulas Corrección de tuberías Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado Calibración mecánica Tanques y líneas

ABANDONO DEL SITIO Recuperación de tubería de revestimiento Taponamiento del pozo Restauración de la vegetación Cercado y señalamiento del área

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Lista de Factores y Atributos Ambientales

CLIMATOLOGÍA Precipitación pluvial Velocidad Temperatura Insolación

GEOMORFOLOGÍA Denudación Deslizamientos Movimiento de rocas Relieve Pendiente

GEOLOGÍA Material (tipo de roca) Afloramientos rocosos Estratificaciones Sismicidad Fallas y fracturas

SUELO Unidad de suelo (tipo) Erodabilidad Estabilidad de agregados pH Profundidad Pedregosidad Drenaje

AIRE Composición gaseosa Aeropartículas Caracteristicas organolépticas Acústica

AGUA pH Turbidez Oxígeno Nutrientes Orgánicas persistentes Calidad

HIDROLOGIA Subterranea Composición del acuífero Recarga hidrológica Niveles estáticos Niveles freáticos Superficial Ríos y arroyos Canales para riego Drenes

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VEGETACIÓN Diversidad Abundancia Dominancia Especies indicadoras Especies aprovechables Especies endémicas

FAUNA Diversidad Abundancia Especies indicadoras Especies endémicas Especies aprovechables Especies cinegéticas

HABITAT Sucesión Tipo de vegetación Composición Flujo Fragilidad

PAISAJE Fondo escenico

FACTORES SOCIOECONOMICOS Demografía Tasa de crecimiento por migración interregional Asentamientos humanos Empleo Calidad de vida Vías y medios de comunicación Economía Local Regional Actividades Agricultura Ganaderia Industria Extractiva Urbana Seguridad Ambiental Salud Humana Ecosistema

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• Matrices de interacciones causa-efecto (de Cribado)

Son cuadros de doble entrada en una de las cuales se disponen las acciones del proyecto causa de impacto y en la otra los elementos o factores ambientales relevantes receptores de los efectos. En la matriz se señalan las casillas donde se puede producir una interacción, las cuales identifican impactos potenciales, cuya significación habrá de evaluarse posteriormente.

Una matriz interactiva simple, muestra las acciones del proyecto o actividades en un eje, y

los factores ambientales pertinentes a lo largo del otro eje de la matriz. Cuando se espera que una acción determinada provoque un cambio en un factor ambiental, este se anota en el punto de intersección de la matriz, y se describe además en término de consideraciones de magnitud e importancia.

Para analizar los impactos secundarios y terciarios derivados de las acciones del proyecto,

se puede utilizar una matriz en etapas, también llamadas matrices cruzadas o de acción recíproca. Esta matriz utiliza también la técnica entradas-salidas; se trata de matrices cuadradas en las cuales los factores ambiéntales o los riesgos de impacto aparecen dispuestos en filas como primarios y en columnas como secundarios, representando la interacción en los cruces.

Cabe mencionar que la Matriz, no es propiamente un modelo para realizar estudios de impacto ambiental, sino una forma de sintetizar y visualizar los resultados de tales estudios; así, esta matriz sólo tiene sentido si está acompañada de un inventario ambiental y de una explicación sobre los impactos identificados, de su valor, de las medidas para mitigarlos, y de un programa de seguimiento y control.

• MATRICES DE INTERACCIONES CAUSA-EFECTO (CRIBADO) VENTAJAS DESVENTAJAS ��Relaciona impactos con acciones. ��Buen método para mostrar resultados preliminares.

��Dificultad para identificar impactos directo se indirectos. ��Posibilidad de duplicar acciones durante el proceso de identificación. ��No son selectivas. ��No son muy objetivas, ya que cada evaluador tiene la libertad de desarrollar su propio sistema de jerarquización y evaluación de los impactos. ��La matriz no tiene capacidad de hacer recomendaciones en procedimientos de inspección seguidas por la finalización de la acción.

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DemografíaTasa de crecimiento por migración interregional

Asentamientos humanos

Empleo

Calidad de vida

Vías y medios de comunicación

Economía

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

• Matriz de Ponderación

Se utiliza para cuantificar los efectos ya sean negativos o positivos del proyecto, en la cual se disponen, en las columnas, las acciones del proyecto, y en los renglones, las características del escenario ambiental. Para las acciones a realizar en la ejecución del proyecto se consideran, generalmente, tres etapas: 1. Etapa de preparación del sitio 2. Etapa de construcción 3. Etapa de operación Para las características del escenario ambiental se consideran, generalmente, tres aspectos: 1. Factores del medio abiótico 2. Factores del medio biótico 3. Factores del medio socioeconómico

Para una descripción más detallada, las acciones del proyecto y las características del

escenario ambiental se pueden subdividr, según las necesidades particulares de cada proyecto. Posteriormente, una vez identificadas las relaciones entre acciones del proyecto y factores

ambientales, se procede con la asignación de una calificación genérica de impactos significativos y no significativos, benéficos o adversos, con posibilidades de mitigación o no. Este grupo de interrelaciones se evalúa posteriormente en una serie de descripciones.

MATRIZ DE CRIBADO VENTAJAS DESVENTAJAS ��Relaciona impactos con acciones. ��Además de la identificación de impactos, tiene la propiedad de evaluar y predecir. ��Es relativamente fácil de elaborar y de evaluar

��Posibilidad de duplicar acciones en el proceso de identificación de impactos. ��Para proyectos complejos, se convierten en matrices comp lejas. ��La jerarquización y evaluación de los impactos quedan a discreción del evaluador.

Ponderación

1-2 Impacto Bajo 3-4 Impacto Medio 5-6 Impacto Alto

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

Desm

onte

con

uso

de

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uina

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1 1

1 1 1 1

5 5 4 2

2 2 2

G eo lo gi a Material (tipo de roca) 2 2 2

2 2 5

6 4 5

2 1

3 2 2 1

4 4 3 2

2 2 2 2 2 1 3

4 3 4 3

2

1 1

3 2 2 2

3 2 2 2 2 2 4

2 1 1 1 1 1 3

2 1 1 1 1 1 3

Especies indicadoras 2 1 1 1 1 1 3

Especies aprovechables 2 1 1 1 1 1 3

Especies endémicas 2 1 1 1 1 1 3

3 2 2 2 3 3 2 2 3 3

2 2 2 2 2 2 2 3

Especies indicadoras 2 2 2 2 3

Especies endémicas 2 2 1 2 3

Especies aprovechables 2 2 1 2 3

2 2 1 2 2 3

Tipo de vegetación 2 2 1 2 3

2 2 1 2 3

2 2 1 2 3

2 2 1 2 3

Paisaje 3 3 2 2 2 3

2 1

2 2 2 1 1

2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 3

2 2 2 2 2 2 1

3 3

Local 3 2 2 1 2

Regional 3 3 2 1 1 1 4 2 4 2 2

Ganaderia 2 1 1 1

Salud Humana 3 3 3 3 3 5

Ecosistema 3 3 3 5

FACTORES Y ATRIBUTOS AMBIENTALES

ETAPAS DEL PROYECTOPREPARACIÓN DEL

SITIO CONSTRUCCION OPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE PRODUCCION

ABANDONO DEL

Ag

ua

Nutrientes

Orgánicas persistentes

Calidad

Geo

mor

fol

ogí

a

Aeropartículas

Erodabilidad

Estabilidad de agregadospH

Drenaje

Composición gaseosa

Sue

lo

Profundidad

Ai

re

Acústica

MANTENIMIENTO

Unidad de suelo (tipo)

Relieve

Denudación

Temperatura

Insolación

ACTIVIDADES DEL PROYECTO

CV

eget

ació

n

Diversidad

Abundancia

Dominancia

Faun

a

Diversidad

Abundancia

Hábi

tat

Sucesión

Composición

Flujo

Fragilidad

Seguridad Ambiental

Fondo escénico

Fact

ores

Soc

ioec

onóm

icos

DemografíaTasa de crecimiento por migración

Asentamientos humanos

Empleo

Calidad de vida

Vías y medios de comunicación

Economía

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TTTAAABBB LLLAAA DDDEEE AAATTTRRRIIIBBBUUUTTTOOOSSS

Una vez analizadas las características y alcances de la metodología seleccionada, se concluye que debido a la peculiaridad de cada proyecto, no existe una universalidad en la metodología para la evaluación del impacto ambiental, es decir, no existe un método general que resulte el más propicio para ser aplicado a la mayoría de los proyectos. Sin embargo, debido a que cualquier proyecto puede evaluarse en tres niveles de detalle, lo más recomendable es que a cada uno de estos niveles le corresponda un método específico, adaptados a las particularidades de cada proyecto. Estos niveles consisten en : 1. La identificación de los impactos ambientales para detectar cuales se producen, si son tolerables, si se requieren medidas de prevención o mitigación, o si se pasan a una evaluación más detallada. La metodología más apropiada para esta primer etapa pudiera ser a base de listas de chequeo, o por medio de diagramas de flujo. 2. La evaluación cualitativa del impacto sobre una matriz en la que se cruzan las acciones del proyecto con los factores relevantes del medio ambiente. Para esta etapa, una matriz de cribado resulta un método eficiente. 3. La evaluación cuantitativa de los impactos, la cual se formaliza a través de varias tareas bien marcadas:

þþ•Determinar un índice de incidencia para cada impacto estandarizado entre 0 y 1. þþ•Determinar la magnitud, lo cual implica determinarla en unidades distintas, heterogéneas, inconmensurables para cada impacto, y estandarizar el valor de la magnitud entre 0 y 1, o la trasposición de esos valores a unidades homogéneas, comparables, adimensionales de impacto ambiental. þþ•Calcular el valor de cada impacto a partir de la magnitud e incidencia. þþ•Agregar los impactos parciales para totalizar valores correspondientes a niveles intermedios y general de los árboles de acciones o de factores. þþ•Incluir, además de la propuesta del proyecto sometido a evaluación del impacto ambiental, la evaluación de propuestas alternativas técnicamente viables y el escenario de la situación ambiental del sitio sin el desarrollo del proyecto, es decir, la alternativa de no intervención, el cual debe predecir la evolución sin proyecto. Esto permite tener una valoración más amplia de la justificación de la solución adoptada en cuanto a la mínima afectación al entorno. þþ•Además del establecimiento de medidas de prevención y mitigación.

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TABLA DE ATRIBUTOS

CLIMATOLOGÍA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación original de la zona, se puede ocasionar un aumento en la temperatura porque la caca que absorbía parte de los rayos

solares ya no esta entonces penetrarán directamente al suelo, calentándolo. En esta zona la temperatura es alta por lo cual los trabajadores sufrirán de este

fenómeno

Conservar la vegetación aledaña a la zona y

sembrar en las áreas que no se ocupara permanentemente. Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores que

incluya ropa adecuada para el lugar

Despalme y limpieza

con uso de maquinaria y/o a mano

Temperatura

En esta zona la temperatura es alta por lo cual los trabajadores sufrirán de este fenómeno

Conservar la vegetación aledaña a la zona y sembrar en las áreas que no se ocupara

permanentemente. Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores que

incluya ropa adecuada para el lugar

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

El eliminar la vegetación original, se puede

ocasionar un aumento en la temperatura porque a capa que absorbía parte de los rayos solares ha sido eliminada y estos penetran de lleno hasta el nivel del

suelo, calentándolo. Los trabajadores se verán afectados ya que la intensidad de sol será fuerte para

realizar el trabajo.

Conservar la vegetación aledaña a la zona y

sembrar en las áreas que no se ocupara permanentemente.

Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores que incluya ropa adecuada

para el lugar.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria

y/o a mano

Insolación

El eliminar la vegetación original, se puede ocasionar un aumento en la temperatura porque a

capa que absorbía parte de los rayos solares ha sido eliminada y estos penetran de lleno hasta el nivel del

suelo, calentándolo. Los trabajadores se verán afectados ya que la intensidad de sol será fuerte para

realizar el trabajo.

Conservar la vegetación aledaña a la zona y

sembrar en las áreas que no se ocupara permanentemente.

Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores que incluya ropa adecuada

para el lugar..

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CLIMATOLOGÍA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Construcción de camino de acceso

El eliminar la vegetación original, se puede ocasionar un aumento en la temperatura porque a

capa que absorbía parte de los rayos solares ha sido eliminada y estos penetran de lleno hasta el nivel del

suelo, calentándolo Los trabajadores se verán afectados ya que la

intensidad de sol será fuerte para realizar el trabajo.

Conservar la vegetación aledaña a la zona y sembrar en las áreas que no se ocupara

permanentemente. Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores que incluya ropa adecuada para el lugar..Se realizará un plan de trabajo

adecuado para los trabajadores.

Reahibitación de camino, cercado y

guardaganado

Insolación

Los trabajadores se verán afectados ya que la

intensidad de sol será fuerte para realizar el trabajo

Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores que incluya ropa adecuada para el lugar..Se realizará un plan de trabajo

adecuado para los trabajadores.

GEOMORFOLOGÍA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de

maquinaria y/o a mano

Al eliminarse la capa vegetal original de la zona, se

expone el suelo al intemperismo.

Conservar las zonas aledañas y sembrar inmediatamente arbustos de rápido

crecimiento originarias de las zona, en lugares donde no sea permanente el uso del lugar.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria

y/o a mano

Eliminar la capa de edáfica del suelo se ira

erosionando el lugar con mayor rapidez

Se recuperará el suelo (capa fértil) para

esparcirse en las cercanías del área y para restaurar el área dañada.

Construcción de camino de acceso

Denudación

La vegetación de la zona retiene naturalmente cierta

humedad del suelo, al eliminarse la vegetación la esta capacidad se pierde y se modifica la cohesión de las partículas quedando sueltas y de poco peso,

además que el continuo paso del transporte ira erosionándolo.

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada

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GEOMORFOLOGÍA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Inyección de fluidos

de perforación

Denudación

Al introducir fluidos para la perforación se alterará la composición del suelo que provocara la erosión

de la misma.

Los lodos resultantes se trataran conforme a

las normas establecidas.

Desmonte con uso de

maquinaria y o a mano

Al eliminar la vegetación de la zona el relieve se vera afectado ya que se intemperizará el lugar por

falta de capa vegetal.

Conservar las zonas aledañas y sembrar inmediatamente arbustos de rápido

crecimiento originarias de las zona, en lugares donde no sea permanente el uso del lugar.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria

y/o a mano

Al eliminar la vegetación de la zona el relieve se vera afectado ya que se intemperizará el lugar por

falta de capa vegetal, al hacer el despalme se quitara parte de la capa edáfica modificando el relieve

original de la zona.

Se recuperará el suelo (capa fértil) para

esparcirse en las cercanías del área y para restaurar el área dañada

Nivelación y compactación

Relieve

Se perderá el relieve original del lugar

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada

GEOLOGIA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y o a mano

Al eliminarse la capa vegetal original de la zona,

se expone el suelo al intemperismo, erosionándose el suelo y cambia las condiciones naturales en que

se encontraba. Cambiando el tipo de Roca.

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada, además que vegetación que se quito se romperá en

pedazos par incorporarse con la capa fértil eliminada y esparcirse en las cercanías del

área y para restaurar el área dañada. Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Se introducirán diferentes tipos de suelo aptos para el camino, cambiando el tipo de roca

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada

Nivelación y compactación

Material (tipo de roca)

Para esta etapa se necesita introducir otro tipo de

roca para nivelar, cambiando el tipo de suelo y de roca de la zona

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada

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SUELO

Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminarse la capa vegetal original de la zona,

se expone el suelo al intemperismo, erosionándose el suelo y cambia las condiciones naturales en que

se encontraba. Cambiando el tipo de suelo.

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada, además que vegetación que se quito se rompera en

pedazos par incorporarse con la capa fértil eliminada y esparcirse en las cercanías del

área y para restaurar el área dañada. Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Se introducirán diferentes tipos de suelo aptos para el camino, cambiando el tipo de suelo

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada Restauración de la

vegetación

Unidad de suelo (tipo)

Al recuperar las vegetación originaria, el suelo volverá a las condiciones normales, ya que

retendrá el suelo

Por si sola esta actividad es benéfica para la zona

Desmonte con uso de

maquinaria y/o a mano

Al eliminarse la capa vegetal original de la zona,

se expone el suelo al intemperismo.

Conservar las zonas aledañas y sembrar inmediatamente arbustos de rápido

crecimiento originarias de las zona, en lugares donde no sea permanente el uso del lugar.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Eliminar la capa de edáfica del suelo se ira erosionando el lugar con mayor rapidez

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada. Restauración de la

vegetación

Erodabilidad

Al recuperar las condiciones iniciales de la zona, no abra mas erodabilidad

Esta actividad beneficiara a el lugar.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Al retirar los primeros horizontes que mantienen la capa vegetal, la profundidad se ve afectada en

parte ya que es diferente a la inicial.

Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para

restaurar el área dañada

Perforación

Profundidad

Por acción de la perforación se vera afectada la profundidad original de lugar donde se lleve a

cabo la perforación.

Los lodos resultantes se trataran conforme a las normas establecidas. Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las

cercanías del área y para restaurar el área dañada

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SUELO Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

La vegetación retienen de manera natural la

humedad del suelo, al eliminarse, la capacidad de retención de la humedad decrece aumentando la evaporación del suelo, que el suelo por si solo no

es capaz de mantener la permeabilidad, por lo antes dicho el drenaje se verá afectado

modificándose.

Conservar las zonas aledañas y sembrar inmediatamente arbustos de rápido

crecimiento originarias de las zona, en lugares donde no sea permanente el uso del lugar.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

El suelo se encontrara a la intemperie por la

eliminación de vegetación que retienen de manera natural la humedad del suelo, al eliminarse, la capacidad de retención de la humedad decrece,

aumentando la evaporación del suelo, que el suelo por si solo no es capaz de mantener la

permeabilidad , por lo antes dicho el drenaje se verá afectado modificándose.

Conservar las zonas aledañas y sembrar inmediatamente arbustos de rápido

crecimiento originarias de las zona, en lugares donde no sea permanente el uso del lugar.

Nivelación y compactación

El quitar suelo y compactarlo la porosidad del

suelo se vera afectada por lo tanto el drenaje no será fluido como lo era con las condiciones

iniciales

Recuperar las zonas que no serán de uso permanente

Cementación

Drenaje

Al cementar se pondrá una barrera entre el suelo y

el ambiente por lo que al cubrir el suelo con el cemento no abra permeabilidad y el drenaje será

interrumpido.

Recuperar las zonas que no serán de uso permanente

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AIRE

Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Si esta actividad se realiza con maquinaria esta emitirá contaminantes a la atmósfera,

Se mantendrán afinados y en buenas condiciones en general lo vehículos y

maquinaria ocupada en esta actividad. Se tendrá que cumplir con las niveles máximos permisibles de la NOM-041-SEMARNAT-

1999, NOM-044-SEMARNAT-1993, NOM-045-SEMARNAT-1996 Y NOM-050-

SEMARNAT-1993

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Si esta actividad se realiza con maquinaria esta emitirá contaminantes a la atmósfera.

Se mantendrán afinados y en buenas condiciones en general lo vehículos y

maquinaria ocupada en esta actividad. Se tendrá que cumplir con las niveles máximos permisibles de la NOM-041-SEMARNAT-

1999, NOM-044-SEMARNAT-1993, NOM-045-SEMARNAT-1996 Y NOM-050-

SEMARNAT-1993

Nivelación y compactación

La nivelación se realiza con maquinaria esta emitirá contaminantes a la atmósfera.

Se mantendrán afinados y en buenas condiciones en general lo vehículos y

maquinaria ocupada en esta actividad. Se tendrá que cumplir con las niveles máximos permisibles de la NOM-041-SEMARNAT-

1999, NOM-044-SEMARNAT-1993, NOM-045-SEMARNAT-1996 Y NOM-050-

SEMARNAT-1993

Transporte de equipo y maquinaria

Composición gaseosa

Si esta actividad se realiza con maquinaria esta emitirá contaminantes a la atmósfera.

Se mantendrán afinados y en buenas condiciones en general lo vehículos y

maquinaria ocupada en esta actividad. Se tendrá que cumplir con las niveles máximos permisibles de la NOM-041-SEMARNAT-

1999, NOM-044-SEMARNAT-1993, NOM-045-SEMARNAT-1996 Y NOM-050-

SEMARNAT-1993

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AIRE Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Esta actividad generará nubes de polvo, que pueden ocasionar accidentes en la obra además de enfermedades respiratorias en los trabajadores..

Se tendrá que rociar con agua curda el área que se desmontará, de ser necesaria que los

trabajadores usen tapa bocas. Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Esta actividad generará nubes de polvo, que pueden ocasionar accidentes en la obra además de enfermedades respiratorias en los trabajadores..

Se tendrá que rociar con agua curda el área

que se despalme

Nivelación y compactación

Esta actividad generará nubes de polvo, que pueden ocasionar accidentes en la obra además de enfermedades respiratorias en los trabajadores..

Se tendrá que rociar con agua curda el área

que se nivelará y compactará.

Construcción de camino de acceso.

Esta actividad generará nubes de polvo, que pueden ocasionar accidentes en la obra además de enfermedades respiratorias en los trabajadores..

Se tendrá que rociar con agua curda el

camino. Desmantelamiento de

maquinaria de perforación Al quitar la maquinaria utilizada se desprenderán

partículas de esta maquinaria Que los trabajadores usen tapa bocas para

desmantelar Extracción de barrena y toma de

registros convencionales

Aeropartículas

Al extraer la barrena se desprenderán partículas de esta maquinaria

Que los trabajadores usen tapa bocas para desmantelar

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al utilizar maquinaria se origina ruido. Si esta cerca de un poblado deberá ponerse barreras sónicas

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a mano

Al utilizar maquinaria se origina ruido. Si esta cerca de un poblado deberá ponerse barreras sónicas

Construcción de camino de acceso.

Al utilizar maquinaria se origina ruido. Si esta cerca de un poblado deberá ponerse barreras sónicas

Transporte de equipo y maquinaria El transito de vehículos genera ruido además del

ruido de los escapes Cerrar escapes cuando estén en poblaciones cercanas y no transitar en horas pico para las

poblaciones. Perforación Esta maquinaria genera rudo tanto para las

poblaciones cercanas como para los trabajadores Si esta cerca de un poblado deberá ponerse barreras sónicas y los trabajadores deberán

ponerse tapones en los oídos. Extracción de Barrena y

toma de registros convencionales.

Acústica

Esta maquinaria genera rudo tanto para las poblaciones cercanas como para los trabajadores

Si esta cerca de un poblado deberá ponerse barreras sónicas y los trabajadores deberán

ponerse tapones en los oídos.

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AIRE Actividad Atributo Descripción Mitigación

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganados

Acústica

Esta maquinaria genera rudo tanto para las poblaciones cercanas como para los trabajadores

Si esta cerca de un poblado deberá ponerse barreras sónicas y los trabajadores deberán

ponerse tapones en los oídos.

AGUA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Inyección de fluidos de pe

rforación

Nutrientes

Esta actividad es riesgosa ya que si hay alguna fuga podría infiltrase en los mantos y contaminar

el agua cambiando su composición

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado.

Inyección de fluidos de perforación

Esta actividad es riesgosa ya que si hay alguna fuga podría infiltrase en los mantos y contaminar el agua cambiando sus características orgánicas.

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado.

Fractura Hidráulica

Orgánicas

Persistentes Al instalar esta maquinaria podría mezclarse con

el agua y cambiar sus características. Seguir las normas tanto de la empresa

(PEMEX), como las establecidas por el estado

Perforación

Podría alterar la calidad normal del agua al mezclarse los productos con el agua

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado Inyección de fluidos de

perforación Podría alterar la calidad normal del agua al

mezclarse los productos con el agua Seguir las normas tanto de la empresa

(PEMEX), como las establecidas por el estado

Fractura Hidráulica Podría alterar la calidad normal del agua al mezclarse los productos con el agua

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el estado

Corrección de Tubería

Calidad

Podría alterar la calidad normal del agua al mezclarse los productos con el agua

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado

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VEGETACIÓN Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Construcción de camino de acceso.

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Instalaciones temporales

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Perforación Esta actividad es riesgosa ya que si hay algún derrame se perderá la vegetación aledaña

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado Cementación Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie Al poner una barrera entre el suelo y el medio que lo rodea se elimina la posibilidad de regeneración

del lugar donde se allá cementado

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad es benéfica para el lugar ya que se recuperarán las zonas que no fueron de ocupación

permanente.

Cercado y señalamiento del área

Diversidad

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

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VEGETACIÓN Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Construcción de camino de acceso

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Instalaciones temporales

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Perforación Esta actividad es riesgosa ya que si hay algún derrame se perderá la vegetación aledaña

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado Cementación Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie Al poner una barrera entre el suelo y el medio que lo rodea se elimina la posibilidad de regeneración

del lugar donde se allá cementado

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Restauración de la Vegetación

Esta activ idad es benéfica para el lugar ya que se recuperarán las zonas que no fueron de ocupación

permanente.

Cercado y señalamiento del área

Abundancia

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

VEGETACIÓN Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Construcción de camino de acceso.

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Instalaciones temporales

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Perforación Esta actividad es riesgosa ya que si hay algún derrame se perderá la vegetación aledaña

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado Cementacion Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie Al poner una barrera entre el suelo y el medio que lo rodea se elimina la posibilidad de regeneración

del lugar donde se allá cementado

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad es benéfica para el lugar ya que se recuperarán las zonas que no fueron de ocupación

permanente.

Cercado y señalamiento del área

Dominancia

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

VEGETACIÓN Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM -059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación eliminada para

recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Construcción de camino de acceso.

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Perforación

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Cementación Esta actividad es riesgosa ya que si hay algún derrame se perderá la vegetación aledaña

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado Instalaciones temporales Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie Al poner una barrera entre el suelo y el medio que lo rodea se elimina la posibilidad de regeneración

del lugar donde se allá cementado

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad es benéfica para el lugar ya que se recuperarán las zonas que no fueron de ocupación

permanente.

Cercado y señalamiento del área

Especies Indicadoras

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

VEGETACIÓN Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Construcción de camino de acceso

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM -059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación eliminada para

recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Perforación

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Cementación Esta actividad es riesgosa ya que si hay algún derrame se perderá la vegetación aledaña

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado Instalaciones temporales Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie Al poner una barrera entre el suelo y el medio que lo rodea se elimina la posibilidad de regeneración

del lugar donde se allá cementado

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad es benéfica para el lugar ya que se recuperarán las zonas que no fueron de ocupación

permanente.

Cercado y señalamiento del área

Especies aprovechables

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

VEGETACIÓN Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Construcción de camino de acceso

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Perforación Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie.

Reconocerlas especies que están en la NOM -059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación eliminada para

recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados.

Cementación Esta actividad es riesgosa ya que si hay algún derrame se perderá la vegetación aledaña

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el

estado Instalaciones temporales Al eliminar la vegetación del área disminuirá el

número de individuos por especie Al poner una barrera entre el suelo y el medio que lo rodea se elimina la posibilidad de regeneración

del lugar donde se allá cementado

Reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-2001, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación

eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad es benéfica para el lugar ya que se recuperarán las zonas que no fueron de ocupación

permanente.

Cercado y señalamiento del área

Especies endémicas

En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan

regenerado.

Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FAUNA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara

que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la

necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara

que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la

necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Construcción de camino de acceso.

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Transporte de equipo u

maquinaria.

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Construcción de cercado de alambre

Diversidad

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración además del ruido ocasionado por esta

actividad originara que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros

sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FAUNA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Instalaciones temporales El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Perforación El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Extracción de barrena y toma de registros convencionales.

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona, además del

ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que al

eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad beneficiara la zona ya que se restaurará la zona que no será de uso permanente, tendiendo nuevamente un ambiente propicio para

la fauna

Cercado y señalamiento del área

Diversidad

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna. , además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FAUNA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Construcción de camino de acceso.

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Transporte de equipo u maquinaria.

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Construcción de cercado de alambre

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración además del ruido ocasionado por esta

actividad originara que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros

sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Instalaciones temporales

Abundancia

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FAUNA Actividad Atributo Descripción Mitigación Perforación El ruido ocasionado por esta actividad originara

que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la

necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna. , además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Extracción de barrena y toma de registros convencionales.

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna, además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate..

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona, además del

ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que al

eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna. , además de retirar las especies

que puedan ser incorporadas en hábitats cercanos, es decir, un programa de rescate.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad beneficiara la zona ya que se

restaurará la zona que no será de uso permanente, tendiendo nuevamente un ambiente propicio para

la fauna

Cercado y señalamiento del área

Abundancia

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Especies

indicadoras

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FAUNA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Instalaciones temporales El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona, además del

ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que al

eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad beneficiara la zona ya que se restaurará la zona que no será de uso permanente, tendiendo nuevamente un ambiente propicio para

la fauna

Cercado y señalamiento del área

Especies indicadoras

Interponer barreras para su libre transito ocasiona

la migración fragmentando la zona.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Instalaciones temporales

Especies endémicas

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FAUNA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona, además del

ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que al

eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad beneficiara la zona ya que se restaurará la zona que no será de uso permanente, tendiendo nuevamente un ambiente propicio para

la fauna

Cercado y señalamiento del área

Especies endémicas

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara

que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la

necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-

059-SEMARNAT-2001, capacitar a los trabajadores para la prevención y protección

de esta fauna.

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

El ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que

al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Instalaciones temporales

Especies aprovechables

El ruido ocasionado por esta actividad originara

que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la

necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-

059-SEMARNAT-2001, capacitar a los trabajadores para la prevención y protección

de esta fauna.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FAUNA Actividad Atributo Descripción Mitigación

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona, además del

ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que al

eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

Restauración de la Vegetación

Esta actividad beneficiara la zona ya que se restaurará la zona que no será de uso permanente, tendiendo nuevamente un ambiente propicio para

la fauna

Cercado y señalamiento del área

Especies aprovechables

Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración fragmentando la zona.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, capacitar a los

trabajadores para la prevención y protección de esta fauna.

HABITAT

Actividad Atributo Descripción Mitigación Desmonte

El área para esta actividad requiere de limpieza

total de la vegetación. En consecuencia altera a la sucesión de las especies.

Restauración del área con especies nativas del lugar.

Restauración del hábitat

Sucesión Con esta actividad habrá un efecto positivo para la

sucesión del hábitat. Verificar que se trabaje con especies de la zona

y con un programa bien establecido.. Desmonte

El área para esta actividad requiere de limpieza total de la vegetación

Las especies utilizadas para la restauración, estarán determinadas en función de la

vegetación natural que originalmente ocupo el lugar, condiciones edáficas y topográficas del

sitio, entorno paisajístico y uso social del lugar. Así mismo se deberá garantizar el 70% de la

supervivencia de la plantación Restauración del hábitat

Tipos de Vegetación

Con esta actividad habrá un efecto positivo para que se restablezca el tipo de vegetación que se

tiene en el área.

Verificar que se trabaje con especies de la zona y con un programa bien establecido.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

HABITAT Actividad Atributo Descripción Mitigación Desmonte El área para esta actividad requiere de limpieza

total de la vegetación. Por la tanto se presentara un cambio en la composición del área.

Restauración del área con especies nativas del lugar

Restauración del hábitat

Composición Con esta actividad habrá un efecto positivo para la composición del hábitat.

Verificar que se trabaje con especies de la zona y con un programa bien establecido.

Desmonte El área para esta actividad requiere de limpieza

total de la vegetación. Las rutas de flujo energético se alteraran.

Restauración del área con especies nativas del lugar

Restauración del hábitat

Flujo

Con esta actividad habrá un efecto positivo para que el flujo energético vuelva a establecerse.

Verificar que se trabaje con especies de la zona y con un programa bien establecido.

Desmonte El área para esta actividad requiere de limpieza total de la vegetación. Por lo tanto en se volverá

más frágil el área del proyecto.

Restauración del área con especies nativas del lugar

Restauración del hábitat

Fragilidad

Con esta actividad habrá un efecto positivo para que la zona presente menor fragilidad.

Verificar que se trabaje con especies de la zona y con un programa bien establecido.

PAISAJE Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Cambiara el ambiente y visión del paisaje, por la

maquinaria y las obras realizadas en este proyecto, aunque solamente será temporal

Se propones plantar vegetación nativa de la

zona desde el inicio del proyecto como medida de compensación

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Cambiara el ambiente y visión del paisaje, por la maquinaria y las obras realizadas en este proyecto,

aunque solamente será temporal

Se propones plantar vegetación nativa de la zona desde el inicio del proyecto como

medida de compensación Instalaciones temporales Cambiara el ambiente y visión del paisaje, por la

maquinaria y las obras realizadas en este proyecto, aunque solamente será temporal

Se propones plantar vegetación nativa de la zona desde el inicio del proyecto como

medida de compensación Recuperación de tubería de

revestimiento

Fondo escénico

Cambiara el ambiente y visión del paisaje, por la maquinaria y las obras realizadas en este proyecto,

aunque solamente será temporal

Se propones plantar vegetación nativa de la zona desde el inicio del proyecto como

medida de compensación

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

PAISAJE Actividad Atributo Descripción Mitigación

Restauración de la vegetación

Esta es una actividad que beneficiara la visión de las obras ya que se recuperará la zona dañada y

que no será de uso permanente

Cercado y señalamiento del área

Fondo escénico Cambiara el ambiente y visión del paisaje, por la

maquinaria y las obras realizadas en este proyecto, aunque solamente será temporal

Se propones plantar vegetación nativa de la zona desde el inicio del proyecto como

medida de compensación

FACTORES SOCIOECONOMICOS Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Construcción de camino de acceso

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Instalaciones temporales

Demografía tasa de

crecimiento por migración

interregional Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y se vera incrementada la demografía y tendrán que

establecerse lugares cercanos donde los trabajadores vivan si el pueblo no esta muy

cercano.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y se vera incrementada la demografía y tendrán que

establecerse lugares cercanos donde los trabajadores vivan si el pueblo no esta muy

cercano.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Asentamientos humanos

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y se vera

incrementada la demografía y tendrán que establecerse lugares cercanos donde los trabajadores

vivan si el pueblo no esta muy cercano.

Esta actividad por si sola beneficiara por

generar empleos a la zona

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FACTORES SOCIOECONOMICOS Actividad Atributo Descripción Mitigación

Construcción de camino de acceso

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y se vera incrementada la demografía y tendrán que

establecerse lugares cercanos donde los trabajadores vivan si el pueblo no esta muy

cercano.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Instalaciones temporales

Asentamientos humanos

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y se vera incrementada la demografía y tendrán que

establecerse lugares cercanos donde los trabajadores vivan si el pueblo no esta muy

cercano.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Nivelación y compactación

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Construcción de camino de acceso.

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Transporte de equipo y maquinaria

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Construcción de contrapozo de concreto

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Instalaciones temporales

Empleo

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por

generar empleos a la zona

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FACTORES SOCIOECONOMICOS Actividad Atributo Descripción Mitigación Perforación Se necesitara gente para estas actividades por lo

que tendrán que traer gente especializada. Esta actividad por si sola beneficiara por

generar empleos. Inyección de fluidos de

perforación Se necesitara gente para estas actividades por lo

que tendrán que traer gente especializada. Esta actividad por si sola beneficiara por

generar empleos Terminación de pozos Se necesitara gente para estas actividades por lo

que tendrán que traer gente especializada. Esta actividad por si sola beneficiara por

generar empleos. Desmantelamiento de

maquinaria de perforación Se necesitara gente para estas actividades por lo

que tendrán que traer gente especializada. Esta actividad por si sola beneficiara por

generar empleos a la zona Desmantelamiento de

instalaciones temporales Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos

Entrega a producción Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente especializada.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos

Reemplazo de árbol de válvulas

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente especializada.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos

Corrección de tuberías Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente especializada.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos.

Calibración mecánica Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente especializada.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos

Restauración de la vegetación

Empleo

Se necesitara gente para estas actividades por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y

se vera incrementada la demografía.

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

La calidad de vida se vera beneficiada por el aumento de empleos en la zona

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

La calidad de vida se vera beneficiada por el

aumento de empleos en la zona

Esta actividad por si sola beneficiara por

generar empleos a la zona

Nivelación y compactación

La calidad de vida se vera beneficiada por el aumento de empleos en la zona

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Construcción de camino de acceso.

La calidad de vida se vera beneficiada por el aumento de empleos en la zona

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Transporte de equipo y maquinaria

Calidad de vida

La calidad de vida se vera beneficiada por el aumento de empleos en la zona

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FACTORES SOCIOECONOMICOS Actividad Atributo Descripción Mitigación

Construcción de contrapozo de concreto

La calidad de vida se vera beneficiada por el aumento de empleos en la zona

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Entrega a producción

Calidad de vida La calidad de vida se vera beneficiada por el aumento de empleos en la zona

Esta actividad por si sola beneficiara por generar empleos a la zona

Construcción de camino de

acceso

Vías y medios

de comunicación

Se abrirán nuevos caminos de acceso, para la zona

Beneficiara a la zona por que abra mas caminos de acceso.

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

El tener nuevos empleos la economía local se vera beneficiada.

Esta actividad será benéfica

Despalme y limpieza con uso de maquinaria y/o a

mano

El tener nuevos empleos la economía local se vera

beneficiada.

Esta actividad será benéfica

Construcción de camino de acceso.

El tener nuevos empleos la economía local se vera beneficiada.

Esta actividad será benéfica

Desmantelamiento de maquinaria de perforación

El tener nuevos empleos la economía local se vera beneficiada.

Esta actividad será benéfica

Desmantelamiento de instalaciones temporales

El tener nuevos empleos la economía local se vera beneficiada.

Esta actividad será benéfica

Entrega a producción

Economía local

El tener nuevos empleos la economía local se vera beneficiada.

Esta actividad será benéfica

Perforación La extracción del crudo será benéfica ya que la exportación incrementará la economía de la región

Esta actividad será benéfica

Terminación de pozo La extracción del crudo será benéfica ya que la exportación incrementará la economía de la región

Esta actividad será benéfica

Entrega a producción La extracción del crudo será benéfica ya que la exportación incrementará la economía de la región

Esta actividad será benéfica

Taponamiento del pozo

Economía Regional

La extracción del crudo será benéfica ya que la exportación incrementará la economía de la región

Esta actividad será benéfica

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FACTORES SOCIOECONOMICOS Actividad Atributo Descripción Mitigación

Desmonte con uso de maquinaria y/o a mano

Al eliminar la vegetación se vera disminuida la ganadería

Proponer nuevos lugares temporales para esta actividad.

Instalación de puertas y guardaganados

Delimitara la zona de pastoreo del ganado

Proponer nuevos lugares temporales para esta

actividad

Cercado Delimitara la zona de pastoreo del ganado Proponer nuevos lugares temporales para esta actividad

Rehabilitación de camino, cercado y guardaganado

Delimitara la zona de pastoreo del ganado Proponer nuevos lugares temporales para esta actividad

Restauración de la

vegetación

Actividad ganadera

Beneficiara la zona dañada

Limitar la zona de pastoreo de la natural para

que no la perjudique

Desmantelamiento de

maquinaria de perforación

Al quitar la maquinaria utilizada se desprenderán partículas de esta maquinaria

Que los trabajadores usen tapa bocas para desmantelar

Desmantelamiento de instalaciones temporales

Al quitar la maquinaria utilizada se desprenderán partículas de esta maquinaria

Que los trabajadores usen tapa bocas para desmantelar

Transporte de equipo y maquinaria

Si esta actividad se realiza con maquinaria esta emitirá contaminantes a la atmósfera.

Se mantendrán afinados y en buenas condiciones en general lo vehículos y

maquinaria ocupada en esta actividad. Se tendrá que cumplir con las niveles máximos permisibles de la NOM-041-SEMARNAT-

1999, NOM-044-SEMARNAT-1993, NOM-045-SEMARNAT-1996 Y NOM-050-

SEMARNAT-1993 Perforación Esta actividad es riesgosa por los peligros que

implica. Tener un plan de protección civil y

prevención de riesgos para la zona y los trabajadores

Inyección de fluidos de perforación.

Seguridad ambiental

Salud Humana

Esta actividad es riesgosa por los peligros que implica.

Tener un plan de protección civil y prevención de riesgos para la zona y los

trabajadores

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

FACTORES SOCIOECONOMICOS Actividad Atributo Descripción Mitigación Perforación Implica un riesgo ambiental por si existiera un

derrame. Llevar a cabo un plan de riesgo ambiental

Desmantelamiento de instalaciones temporales

Esta actividad implica un riesgo por si quedan residuos que contaminen.

Llevar a cabo un plan de riesgo ambiental

Restauración de la vegetación

Seguridad ambiental

Ecosistema Esta actividad beneficiara la zona por lo que se

recuperará el ecosistema. Se recuperara el ecosistema

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

MMMOOODDDEEELLLAAACCCIIIÓÓÓNNN DDDEEE IIIMMMPPP AAACCCTTTOOOSSS

El KSIM es un procedimiento permite utilizar la estructura de un sistema para realizar la simulación de un escenario potencial, desde la

percepción de la naturaleza de las interacciones (estructura y función) en el sistema bajo estudio. No se requiere un requerimiento especial de

hardware o la aplicación de una modelación matemática. Así el usuario puede aplicar e interpretarlas relaciones del ecosistema y aplicar la

modelación dentro de su problema a revisar. El KSIM permite al usuario estructurar un modelo de trabajo, sin embargo, como cualquier modelo,

tiene supuestos y limitaciones que restringen su aplicabilidad.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

Esenario Actual

0

0,1

0,2

0,3

0,4

0,5

Años

KS

IIM

Vegetacion

Fauna

Suelo

Aire

EmpleoVegetacion 0,4 0,376 0,336 0,305 0,251 0,217

Fauna 0,4 0,379 0,345 0,318 0,27 0,239

Suelo 0,3 0,298 0,295 0,293 0,287 0,284

Aire 0,3 0,292 0,278 0,266 0,241 0,221

Empleo 0,3 0,3 0,3 0,3 0,3 0,3

0 1 3 5 10 15

Como se puede observar en la grafica, la vegetación y la fauna presenta un grado de perturbación similar ya que están ligadas, por que de acuerdo a l tipo de vegetación se presenta determinada fauna y por otro lado si se acaba la vegetación la fauna tiende a migrar. Estos dos factores muestran que a través del tiempo se irán deteriorando. Mientras que para el suelo observamos que se encuentra en un menor grado de perturbación. En tanto a la calidad del aire presenta una baja, dado a que el lugar no existen mayor perturbación. Y para el empleo se presenta una recta dado que no hay empleo.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

Esenario Proyecto sin Mitigacion

0

0,1

0,2

0,3

0,4

0,5

Años

KS

IIM

Vegetacion

Fauna

Suelo

Aire

EmpleoVegetacion 0,4 0,374 0,327 0,286 0,205 0,147

Fauna 0,4 0,374 0,33 0,294 0,229 0,186

Suelo 0,3 0,293 0,281 0,27 0,249 0,234

Aire 0,3 0,288 0,265 0,244 0,199 0,162

Empleo 0,3 0,325 0,349 0,362 0,376 0,382

0 1 3 5 10 15

Esta grafica muestra que si el proyecto se llega a realizar, sin mitigación se pueden presentar graves problemas en cada uno de factores, con la excepción del empleo que se presentaría una alza. Dado que desde la construcción de pozos petroleros, empezamos afectar factores bióticos como abióticos.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

Esenario Proyecto con mitigacion

0

0,1

0,2

0,3

0,4

0,5

Años

KS

IIM

Vegetacion

Fauna

Suelo

Aire

EmpleoVegetacion 0,4 0,383 0,353 0,327 0,273 0,233

Fauna 0,4 0,378 0,339 0,306 0,244 0,202

Suelo 0,3 0,296 0,288 0,281 0,265 0,251

Aire 0,3 0,29 0,272 0,256 0,224 0,2

Empleo 0,3 0,323 0,345 0,356 0,369 0,375

0 1 3 5 10 15

En general el proyecto con las mitigaciones que se llevaran acabo, todos los factores presentan una mejoría, por lo tanto esto indica que todas las actividades que presenta el proyecto podrán llevarse a cabo si se siguen las indicaciones estrictamente. Mientras que el empleo se concentra un beneficio para los pobladores cercanos, y un beneficio para el país por tratarse de pozos petroleros.

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

0

0,05

0,1

0,15

0,2

0,25

0,3

0,35

1 2 3 4 5 6

Aire

AireSM

AireCM

0

0,1

0,2

0,3

0,4

0,5

0 1 3 5 10 15

Fauna

FaunaSM

FaunaCM

0

0,1

0,2

0,3

0,4

0,5

0 1 3 5 10 15

Vegetacion

VegetacionSM

VegetacionCM

0

0,05

0,1

0,15

0,2

0,25

0,3

0,35

1 2 3 4 5 6

Suelo

SueloSM

SueloCM

0

0,1

0,2

0,3

0,4

0,5

0 1 3 5 10 15

Empleo

EmpleoSM

EmpleoCM

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

CCCOOONNNCCCLLLUUUSSSIIIOOONNNEEESSS... Clima Con el desmonte y despalme de la zona se eliminar la vegetación original de la zona, se puede ocasionar un aumento en la temperatura porque la capa que absorbía parte de los rayos solares ya no esta entonces penetrarán directamente al suelo, calentándolo. En esta zona la temperatura es alta por lo cual los trabajadores sufrirán de este fenómeno.

Mitigación: Conservar la vegetación aledaña a la zona y sembrar en las áreas que no se ocupara permanentemente. Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores que incluya ropa adecuada para el lugar. Se realizará un plan de trabajo adecuado para los trabajadores. Suelo

La vegetación de la zona retiene naturalmente cierta humedad del suelo, al eliminarse la vegetación la esta capacidad se pierde y se modifica la cohesión de las partículas quedando sueltas y de poco peso, además que el continuo paso del transporte ira erosionándolo. Eliminar la capa de edáfica del suelo se ira erosionando el lugar con mayor rapidez.

Al introducir fluidos para la perforación se alterará la composición del suelo que

provocara la erosión de la misma. Además se introducirán diferentes tipos de suelo aptos para el camino, cambiando el tipo de suelo. Al retirar los primeros horizontes que mantienen la capa vegetal, la profundidad se ve afectada en parte ya que es diferente a la inicial. Al retirar los primeros horizontes que mantienen la capa vegetal, la profundidad se ve afectada en parte ya que es diferente a la inicial. Al cementar se pondrá una barrera entre el suelo y el ambiente por lo que al cubrir el suelo con el cemento no abra permeabilidad y el drenaje será interrumpid.

Conservar las zonas aledañas y sembrar inmediatamente arbustos de rápido crecimiento originarias de las zona, en lugares donde no sea permanente el uso del lugar. Se recuperará el suelo (capa fértil) para esparcirse en las cercanías del área y para restaurar el área dañada Aire

Si las actividades que se realizarán con maquinaria emitirán contaminantes a la atmósfera. Al construir el camino de acceso se generará nubes de polvo, que pueden ocasionar accidentes en la obra además de enfermedades respiratorias en los trabajadores. Al utilizar maquinaria se origina ruido. El transito de vehículos genera ruido además del ruido de los escapes. Esta maquinaria genera rudo tanto para las poblaciones cercanas como para los trabajadores

Se mantendrán afinados y en buenas condiciones en general lo vehículos y maquinaria ocupada en esta actividad. Se tendrá que cumplir con las niveles máximos permisibles de la NOM-041-SEMARNAT-1993, NOM-044-SEMARNAT-1993 NOM-045-SEMARNAT-19931 Y NOM-050-SEMARNAT-1993. Se tendrá que rociar con agua curda el área que se desmontará, de ser necesaria que los trabajadores usen tapa bocas. Cerrar escapes cuando estén en poblaciones

Impacto Ambiental de Pozos sobre el Matorral Espinoso Tamaulipeco San José de las Rusias Tamaulipas

cercanas y no transitar en horas pico para las poblaciones. Si esta cerca de un poblado deberá ponerse barreras sónicas y los trabajadores deberán ponerse tapones en los oídos. Agua

La inyección de fluidos de perforación es riesgosa ya que si hay alguna fuga podría infiltrase en los mantos y contaminar el agua cambiando su composición, al instala la maquinaria para la fractura hidráulica podría mezclarse con el agua y cambiar sus características. La calidad podría estar en riesgo si hubiera alterar la calidad normal del agua al mezclarse los productos con el agua, de la perforación, iyección de fluidos de perforación, corrección de tubería podría alterar la calidad normal del agua al mezclarse los productos con el agua

Seguir las normas tanto de la empresa (PEMEX), como las establecidas por el estado. Vegetación

Al eliminar la vegetación del área disminuirá el número de individuos por especie, la perforación es riesgosa ya que si hay algún derrame se perderá la vegetación aledaña. En cuanto a la cementación poner una barrera entre el suelo y el medio que lo rodea se elimina la posibilidad de regeneración del lugar donde se allá cementado. En el mantenimiento del camino y del cercado se quitaran las especies vegetales que se hayan regenerado.

Como medida de mitigación reconocerlas especies que están en la NOM-059-SEMARNAT-1994, y restaurarlas en otra zona, además de picar la vegetación eliminada para recuperar suelo, si hay árboles deberán ser reemplazados y Llevar a acabo las medidas de mitigación y compensación Fauna

El ruido ocasionado por este proyecto, como es desmonte, despalme, perforación, transporte de material, etc., originara que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios. Interponer barreras para su libre transito ocasiona la migración además del ruido ocasionado por esta actividad originara que los animales migren a otras partes además que al eliminar la vegetación la fauna se vera en la necesidad de buscar otros sitios.

Rescatar las especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-1994, capacitar a los trabajadores para la prevención y protección de esta fauna. Paisaje

Cambiara el ambiente y visión del paisaje, por la maquinaria y las obras realizadas en este proyecto, aunque solamente será temporal. Se propones plantar vegetación nativa de la zona desde el inicio del proyecto como medida de compensación Factores socioeconomicos.

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Se necesitara gente para la construcción del pozo y las actividades que impliquen este proyecto, por lo que tendrán que traer gente del pueblo cercano y se vera incrementada la demografía y tendrán que establecerse lugares cercanos donde los trabajadores vivan si el pueblo no esta muy cercano. La calidad de vida se vera beneficiada por el aumento de empleos en la zona. Se abrirán nuevos caminos de acceso, para la zona. El tener nuevos empleos la economía local se vera beneficiada. La extracción del crudo será benéfica ya que la exportación incrementará la economía de la región.

En el caso de la ganadería, al eliminar la vegetación se vera disminuida la ganadería además,

Al quitar la maquinaria utilizada se desprenderán partículas de esta maquinaria, la perforación es riesgosa por los peligros que implica,

Proponer nuevos lugares temporales para esta actividad, Se mantendrán afinados y en buenas condiciones en general lo vehículos y maquinaria ocupada en esta actividad. Se tendrá que cumplir con las niveles máximos permisibles de la NOM-041-SEMARNAT-1993, NOM-044-SEMARNAT-1993 NOM-045-SEMARNAT-19931 Y NOM-050-SEMARNAT-1993

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BBBIIIBBB LLLIIIOOOGGGRRRAAAFFFÍÍÍAAA

¨ Gonzalez Medrano, Francisco. La vegetación del Nordeste de Tamaulipas. 1966 Uman, Fac. Ciencias, Inst. de Biología, Mexico D.F., pag. 4-35

¨ Martinez y Ojeda, Enrique. Vegetación del Sudeste de Tamaulipas. 1973 UNAM, Fac de Ciencias, México, D.F. pag.51-52

¨ Desarrollo urbano, Acoplan del Estado de Tamaulipas, Enero 1980. Gobierno del Estado de Tamaulipas, Secretaria de asentamientos urbanos y obras publicas, Subsecretaria. Dirección General de Ecología urbana. Pag. 63-96

¨ http://www.geocities.com/ecotermex ¨http://www.semarnat.gob.mx/wps/portal/.cmd/cs/.ce/155/.s/4822/_lpid.1386/1611/_th/902/_lp.1386/0/_s.155/4819