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1 UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO EN HUMACAO DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL MANUAL DEL ESTUDIANTE AGOSTO 2016-2017

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UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO EN HUMACAO

DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL

MANUAL DEL ESTUDIANTE

AGOSTO 2016-2017

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TABLA DE CONTENIDO

I. Programa de Bachillerato en Artes con Concentración en Trabajo Social 4

Introducción 4

A. Historia 4

B. Misión 4

C. Metas 5

D. Objetivos 5

II. Políticas Académicas 6

A. Política de Igualdad de Oportunidades 6

B. Política sobre la Privacidad de los Expedientes Educativos 7

C. Política Institucional sobre el Uso de Drogas Ilícitas y el Abuso del Alcohol 8

D. Política de No Fumar (Ley 40) 9

E. Normas de Asistencia a Clases 9

F. Normas de Progreso Académico 9

G. Prohibición del Hostigamiento Sexual 10

H. Protección de Sujetos Humanos Usados para la Investigación 12

I. Integridad Intelectual y Científica 12

J. Seguridad 12

K. Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico 12

L. Trámites de Excusas Académicas 14

M. Proceso de Apelación ante una Decisión Adversa o de Denegación 14

III. Normas y Procedimientos del Programa de Trabajo Social 15

A. Proceso y Requisitos de Admisión al Programa 15

B. Requisitos de Graduación 18

C. Normas de Retención 18

D. Restricción de la Instrucción Práctica 19

E. Convalidación de Experiencias de Vida y Experiencias de Empleo 19

3

F. Procedimientos de Separación por Razones No Académicas y Profesionales 19

G. Consejería Académica 19

IV. Oficinas de Servicios Estudiantiles 22

A. Oficina de Procuraduría del Estudiante 22

B. Oficina de Servicios a Estudiantes con Impedimento (OSEI) 22

C. Departamento de Servicios de Consejería, Psicología y Trabajo Social 23

D. Programa de Servicios de Salud 23

E. Oficina de Asistencia Económica 23

F. Organizaciones Estudiantiles 23

G. Actividades Atléticas 24

H. Oficina de Actividades Culturales 24

I. Oficina de Relaciones Institucionales e Internacionales 25

J. Programa de Servicios Educativos Suplementarios 25

K. Programa Académico de Honor 25

L. Centro de Competencias de la Comunicación (CCC) 26

Apéndices: Ir a la Página Electrónica:

https://www.upr.edu/humacao/depto-tsoc/politicas-institucionales/

4

I. Programa de Bachillerato en Artes con Concentración en Trabajo Social

INTRODUCCIÓN

El Departamento de Trabajo Social (DTS) ha preparado este Manual del Estudiante, el

que será de gran ayuda para desempeñarte exitosamente en tus estudios universitarios de

Trabajo Social. El mismo recopila toda aquella información necesaria para conocer la

misión, metas, objetivos y competencias del programa académico que has seleccionado.

Incluye las políticas académicas de la Universidad de Puerto Rico (UPR) y la Universidad de

Puerto Rico en Humacao (UPRH) que te señalarán tus derechos y responsabilidades como

estudiante universitario y servirán de guía para conocer la conducta que se espera de ti.

Se incluyen, además, la política curricular (Ver Apéndice 1) del Council on Social

Work Education (CSWE, EPAS 2008), agencia que acredita los Programas Académicos de

Trabajo Social, y las políticas académicas que contienen los principios y procedimientos de

selección, admisión, retención y graduación de estudiantes del DTS.

Por último, hemos elaborado una descripción de las funciones de diferentes oficinas

de servicios al estudiante que constituye una fuente de recursos disponibles para desarrollar

al máximo tus talentos y apoyarte en aquellos momentos en que lo necesites.

El Departamento de Trabajo Social desea que finalices con éxito esta nueva etapa de

tu vida de manera que puedas integrarte a esta prestigiosa profesión de ayuda.

A. Historia

El Departamento de Trabajo Social de la Universidad de Puerto Rico en Humacao

(UPRH) ofrece un Programa de estudios que conduce al Bachillerato en Artes con

concentración en Trabajo Social. Este Programa se inició en el año 1976. Ha sido

acreditado exitosamente por el Council on Social Work Education (CSWE) desde el 1977. A

continuación la Misión, las Metas y los Objetivos.

B. Misión

El Departamento de Trabajo Social de la Universidad de Puerto Rico en Humacao

(UPRH) forma estudiantes mediante una educación basada en competencias, para que

ejerzan a nivel inicial la práctica del Trabajo Social Generalista con una perspectiva global.

Los estudiantes desarrollan conocimientos, destrezas y valores para prestar servicios en

diferentes contextos de práctica con individuos, familias, grupos, comunidades y

organizaciones; especialmente aquellos en condiciones de exclusión, opresión,

marginación, discriminación y pobreza. La facultad y el estudiantado se involucran en

experiencias de colaboración estableciendo redes entre la comunidad académica, las

5

instituciones sociales y el área de servicio de la UPRH, particularmente atendiendo la “Ruta

de la Pobreza” del área este de Puerto Rico.

C. Metas

1. Mantener un programa de bachillerato de excelencia en la formación de profesionales

del Trabajo Social Generalista con una perspectiva global conforme a los

conocimientos, destrezas, valores y principios éticos que lo fundamentan;

entendiendo la historia, los propósitos, la filosofía y el compromiso con la práctica

profesional con individuos, familias, grupos, comunidades y organizaciones; y

promoviendo la continuidad hacia estudios graduados.

2. Aportar mediante el servicio a la región oriental, a las organizaciones sociales, a la

universidad y a la comunidad global como un recurso para una educación en Trabajo

Social actualizada, pertinente y de calidad con un énfasis hacia la transformación de

las condiciones que producen exclusión, opresión, marginación, discriminación y

pobreza.

3. Contribuir en la producción de conocimientos para la práctica profesional, a través de

la investigación científica y del ejercicio de la práctica profesional.

4. Afirmar los valores de la cultura puertorriqueña promoviendo el respeto a la

diversidad cultural desde una perspectiva bio-psico-socio-cultural-espiritual y

ambiental.

D. Objetivos

A. Entender la historia de la profesión de Trabajo Social, su estructura actual y áreas de

interés.

2. Demostrar destrezas de comunicación efectiva en la intervención con diferentes

sistemas y con colegas.

3. Desarrollar una visión de la necesidad del mejoramiento profesional continuo a través

de los estudios graduados y de la educación continuada.

4. Ejercer la profesión de Trabajo Social dentro del marco legal establecido en el

contexto social puertorriqueño.

5. Ejercer la profesión con una identidad profesional que responda a los principios

éticos y valores del Trabajo Social establecidos en el Código de Ética del Colegio de

Profesionales de Trabajo Social de Puerto Rico (CPTSPR).

6. Desarrollar las destrezas de pensamiento crítico en la intervención con diversos

niveles de sistemas tales como: individuos, familias, grupos, comunidades y

organizaciones.

7. Utilizar diversos acercamientos teóricos para analizar y entender la dinámica del

6

discrimen y la opresión.

8. Comprender la pertinencia que tienen los aspectos de la diversidad para una práctica

profesional sin discrimen y con respeto a la dignidad humana.

9. Identificar estrategias de cambio y solución de problemas sociales que promuevan la

justicia social y económica.

10. Demostrar dominio de las premisas, métodos y técnicas de investigación cuantitativa

y cualitativa en Trabajo Social.

11. Demostrar conductas éticas en la investigación respetando la autodeterminación, el

consentimiento informado, la confidencialidad y la dignidad de los seres humanos.

12. Realizar y utilizar investigaciones científicas y aplicarlas en la evaluación de los

servicios y de su propia práctica.

13. Utilizar la computadora y las tecnologías vigentes en la investigación social y en la

práctica profesional.

14. Utilizar varios acercamientos teóricos para comprender los procesos que influyen en

el comportamiento individual, familiar, grupal, comunitario, organizacional y social, así

como la interacción de los factores biológicos, psicológicos, sociales, culturales,

ambientales.

15. Ejercer la profesión de Trabajo Social en agencias y organizaciones de bienestar

social públicas y privadas, proveer servicios y promover el cambio organizacional

necesario.

16. Participar en la organización y desarrollo de políticas sociales con una actitud crítica y

promover el cambio organizacional necesario.

17. Utilizar la empatía y otras destrezas interpersonales en el desarrollo de acuerdos

mutuos del proceso de cambio planificado para la intervención profesional.

18. Evidenciar capacidad para recopilar, organizar, interpretar y ponderar los datos del

sistema-participante en el proceso de cambio planificado.

19. Demostrar dominio de una amplia variedad de técnicas en el proceso de intervención,

así como desempeñarse en una diversidad de roles profesionales.

20. Demostrar habilidad en el uso de la práctica basada en evidencia para analizar

críticamente, evaluar y monitorear sus intervenciones.

II. Políticas Académicas

A. Política de Igualdad de Oportunidades

La Universidad de Puerto Rico garantiza la igualdad de oportunidades a sus

estudiantes, empleados y aspirantes a estudios y empleo. Igualmente, la institución promulga

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la igualdad de oportunidades en el disfrute de los programas académicos y servicios, así

como en los términos y condiciones de trabajo.

La Universidad no excluye de participación, ni niega beneficios, ni discrimina contra

persona alguna por razón de edad, raza, género, origen o condición social, impedimento

físico o mental, o por ideas políticas o religiosas. En caso de que un estudiante, empleado o

aspirante a estudios o empleo entienda que ha sido objeto de discriminación por las razones

anteriormente expuestas, puede radicar una querella por escrito ante el funcionario

designado a recibir la misma.

A través de la Oficina de Servicios a estudiantes con impedimento (OSEI) la

Universidad de Puerto Rico en Humacao cumple con lo establecido por los reglamentos

federales y estatales que protegen a la población con impedimentos, estas leyes son: para la

implantación del Título IX, Enmiendas Educacionales de 1972; la Sección 504 de la Ley de

Rehabilitación de 1973;, la Ley ADA (American with Disabilities Act) de 1990, según

enmendadas; Ley #51 de Puerto Rico de Servicios Educativos Integrales para las personas

con impedimento y Ley 238, La Carta de Derechos de las personas con impedimentos del

2004.

B. Política sobre la Privacidad de los Expedientes Educativos

La Universidad de Puerto Rico, a tenor con la Ley de Derechos Educativos Familiares y

de Privacidad (Ley FERPA, por sus siglas en inglés), según enmendada, se reafirma en los

siguientes preceptos (Ver Apéndice 2):

1. El estudiante tiene derecho a examinar su expediente académico.

2. El estudiante tiene derecho a solicitar enmiendas a su expediente para corregir

datos que puedan interpretarse de manera incorrecta, que violan su derecho a

la privacidad u otro derecho reconocido por ley.

3 El estudiante debe dar su consentimiento antes de que se divulgue información

personal en su expediente académico.

4. El estudiante tiene derecho a radicar una querella por alegado incumplimiento

con estas condiciones por parte de la Universidad de Puerto Rico. La misma

debe radicarse en la siguiente oficina:

The Family Educational Rights and Privacy Act Office, US Department of

Health, Education and Welfare, 330 Independence Ave. SW, Washington, DC

20201

La copia de la política institucional de la Universidad de Puerto Rico sobre la privacidad

de los expedientes académicos, en cumplimiento con la Ley, puede obtenerse en la Oficina

del Registrador de su unidad.

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C. Política Institucional sobre el Uso de Drogas Ilícitas y el Abuso del Alcohol

La Universidad de Puerto Rico, consciente del grave problema que representa para la

comunidad puertorriqueña y universitaria la posesión, distribución y uso de drogas ilícitas y

abuso del alcohol, tiene el firme compromiso de propiciar un ambiente sano de trabajo y

estudio y fomentar actitudes positivas que promuevan la salud integral y que contribuyan a

un ambiente social favorable al bienestar intelectual, físico y emocional de la comunidad.

El uso de drogas y el abuso del alcohol son perjudiciales al bienestar y desarrollo del

ser humano, impactan de forma negativa el funcionamiento biológico, social, psicológico y

espiritual, reducen la capacidad para manejar los sentimientos, lesionan la productividad del

empleo, la capacidad de aprender y poner en práctica los conocimientos, además, de

comprometer la seguridad física de la persona y de sus compañeros de trabajo o estudios.

C.1 Prohibiciones del Uso Ilícito de Drogas y Abuso de Alcohol

La Política de la UPR sobre el Uso Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas y Abuso

de Alcohol aprobada por la Junta de Síndicos mediante Certificación Núm.032-1999-2000

(Ver Apéndice 3) según enmendada por la política de Uso Ilícito de Drogas, Sustancias

Controladas y Alcohol con la Certificación Núm. 33-2005-2006, (Ver Apéndice 4) y por el

Reglamento de la UPR sobre el Uso Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas y Abuso de

Alcohol bajo la Certificación 33-1999-2000 (Ver Apéndice 5) establecen la responsabilidad

afirmativa de las Instituciones educativas hacia sus estudiantes y empleados de prevenir y

penalizar el uso ilícito de sustancias controladas y el abuso del alcohol dentro de los predios

universitarios y en actividades auspiciadas por la Universidad. Es responsabilidad de todos,

sin distinción alguna, el cumplir con las normas que las mismas establecen. La política sobre

drogas y alcohol cumplen con las siguientes legislaciones:

Ley de la Universidad de Puerto Rico, Ley Núm. 1 del 20 de enero de 1966,

según enmendada

Ley de Lugares de Trabajo Libres de Drogas de 1988, según enmnedada

Ley de Escuelas y Comunidades Libres de Drogas de 1989 (Ley Pública Núm.

101-226), según enmendada

Reglamento Interno del Departamento de Educación de los Estados Unidos

C.2 Procedimientos disciplinarios

El procedimiento disciplinario aplicable a estudiantes y organizaciones estudiantiles se

establece en el Reglamento General de Estudiantes de la UPRH de la Certificación Número

60 2010-2011 y Reglamento sobre Usos Ilícitos de Drogas, Sustancias Controladas y

Abusos de Alcohol (2006). Estos procedimientos impone sanciones disciplinarias que van

desde la amonestación, probatoria, suspensión y separación definitiva de la Universidad.

9

D. Política de No fumar (Ley 40)

La Universidad de Puerto Rico, a tenor con la Ley núm. 40, según enmendada con la

Ley núm. 66 del 2 de marzo de 2006, prohíbe a los estudiantes, profesores, empleados y

visitantes fumar en espacios cerrados, tales como: salones de clase, salones de actos,

laboratorios, museos, bibliotecas, pasillos, cafeterías y servicios sanitarios. Además, la

UPRH ha establecido la prohibición de fumar dentro del campus universitario A estos fines

se han colocado en sitios visibles y en letras claras y legibles, rótulos que contienen la frase

“Prohibido Fumar”, seguida de una cita de la Ley 40, según lo dispuesto en el Artículo 4 de

dicha ley.

E. Normas de Asistencia a Clases

La asistencia a clases en la Universidad de Puerto Rico es compulsoria. Ausentarse a

clases sin la debida justificación puede afectar el aprovechamiento académico y la

participación en los programas de asistencia económica. Los recintos y colegios tienen

reglas para verificar la asistencia a clases y determinar lo que se conoce por ley como el

último día de asistencia a clases, según establecido en el Manual de Normas Académicas de

la UPRH (Ver Apéndice 6, p.9-11)

F. Normas de Progreso Académico

La Certificación Número 111-2013-2014, de la Junta de Síndicos de la Universidad de

Puerto Rico, establece las Normas Institucionales sobre Progreso Académico Satisfactorio

para el Otorgamiento de las Ayudas Económicas en la UPR (Ver Apéndice 7). Estas

Normas son cónsonas con la Carta Circular emitida en octubre de 1994, por el

Departamento de Educación Federal y con el Título IV de la Ley de Educación Superior de

1965, según enmendadas y otras ayudas administrativas de la Universidad.

Cada unidad institucional desarrolla las normas para determinar el progreso académico

de sus estudiantes hacia la obtención del grado universitario. Los criterios que se

consideran para medir el progreso académico son los siguientes: índice general, número de

créditos aprobados en el año en curso y número de créditos acumulados.

El no cumplir con los criterios mínimos establecidos puede colocar al estudiante en

probatoria o en suspensión de los estudios universitarios e incumplirá con uno de los

requisitos de participación en los Programas de Asistencia Económica. El Programa Federal

de Becas PELL, paga solamente los cursos requisitos del programa en el cual está

clasificado el estudiante.

Las normas de progreso académico se encuentran en el catálogo de cada unidad

institucional. Para mayor información puede acudir a la Oficina del Registrador y a la Oficina

de Asistencia Económica.

10

G. Prohibición del Hostigamiento Sexual

Acorde con la Circular 95-06 de la Oficina del Presidente de la UPR y con la Política

Institucional contra Hostigamiento Sexual en la UPR sobre a través de la Certificación 130-

2014-2015 (Ver Apéndice 8).

El hostigamiento sexual en el empleo y en el ámbito académico es una práctica ilegal y

discriminatoria, ajena a los mejores intereses institucionales. La Universidad de Puerto Rico

no permitirá el hostigamiento sexual en la institución, irrespectivo de la jerarquía o posición

de las personas que puedan estar involucradas.

Bajo ninguna circunstancia se permitirá que persona alguna incurra en conducta que,

directa o indirectamente, configure un ambiente laboral, administrativo o académico en el

cual estén presentes prácticas de hostigamiento o discrimen sexual, en cualquiera de sus

modalidades.

La Política Institucional tiene como fundamento los siguientes preceptos:

1. El hostigamiento sexual puede configurarse entre personas del mismo sexo o

de sexos opuestos.

2. Ninguna persona en esta institución está obligada a permitir, aceptar,

someterse o tolerar actos o insinuaciones de índole sexual no deseada.

3. El hostigamiento sexual consiste en cualquier tipo de acercamiento sexual no

deseado, requerimiento de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal o

física de naturaleza sexual, cuando se presenta en una o más de las siguientes

circunstancias:

El someterse a tal conducta se convierte de forma implícita, en un término o

condición de empleo o ambiente de estudios de una persona,

El sometimiento o rechazo a tal conducta por parte de la persona se convierte

en fundamento para la toma de decisiones en el empleo o de evaluación

académica estudiantil,

Si tal conducta tiene el efecto o propósito de interferir de manera irrazonable

con el desempeño del trabajo o labor académica.

Si el efecto de la conducta es crear un ambiente de estudio o trabajo

intimidante, hostil u ofensivo.

Constituye una práctica ilegal suspender, no emplear, despedir, negar, no otorgar o

aprobar exámenes, notas, trabajos escritos o de cualquier otra manera afectar

negativamente a una persona por razón de su sexo, condiciones o circunstancias inherentes

o relativas a su sexo,

11

Ante quejas por alegados actos de hostigamiento realizados en la Universidad por

personas que no son miembros de la comunidad universitaria, la institución tiene la

obligación de investigar y de tomar la acción que proceda, dentro del alcance de control con

el querellado. Además, se tomará cualquier otra acción legal que sea aplicable.

Para determinar si la conducta reportada constituye hostigamiento sexual, se

considerará la totalidad de las circunstancias en que ocurren los hechos. Ejemplos de esta

conducta no apropiada son los piropos, insinuaciones sexuales, miradas lascivas,

comentarios o bromas de contenido sexual, besos, apretones, agresiones sexuales y la

creación de un ambiente intimidamente, hostil y ofensivo, entre otros.

G.1 Recomendaciones a posibles víctimas de hostigamiento sexual

Expresarle al hostigador el rechazo a su conducta y al acercamiento no

deseado.

Informar y requerir al superviso o a cualquier funcionario de la comunidad

académica o administrativa, que intervenga y atienda su queja, expuesta

verbalmente o por escrito.

Anotar los incidentes, incluyendo fecha, hora, lugar y nombre de la persona o

personas involucradas.

Notificar la situación a alguien de su confianza: compañero de trabajo o estudio;

amigo o familiar.

Exigir y conservar copia de las evaluaciones académicas o de trabajo.

Si opta por darse de baja de un curso o renunciar a su empleo, indicar por

escrito las circunstancias por las cuales toma la decisión y diríjala al Decano de

la Facultad o al Director de Recursos Humanos.

G.2 Reclamaciones

La persona que haya sido objeto de hostigamiento sexual puede solicitar ayuda,

personalmente o por escrito, a los siguientes funcionarios:

Supervisores de unidades administrativas

Representantes o delegados laborales

Directores de Departamento

Decanos de Asuntos Estudiantiles

Decanos de Facultades

Procurador Estudiantil

Director de Recursos Humanos

Oficina del Asesor Legal

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H. Protección de Sujetos Humanos usados para la Investigación

La Universidad de Puerto Rico cumple con todos los reglamentos federales

relacionados con el uso de sujetos humanos para investigaciones, que incluyen los

especificados en el Código de Reglamentos Federales, Departamento de Salud y Servicios

Humanos. Título 45 (Bienestar Social), Parte 46: Protección de Sujetos Humanos (revisado

el 8 de marzo 1983).

I. Integridad Intelectual y Científica

La Universidad de Puerto Rico observa los más altos estándares de integridad

intelectual y científica y de tomar acción apropiada en caso de violaciones a los mismos. La

falta de integridad y los actos de fraude académico y científico incluyen: plagio,

falsificaciones, falsa representación y todas las violaciones a los cánones y las prácticas

aceptadas en la comunidad académica, con excepción de aquéllas que pudieran resultar de

errores involuntarios o de diferencias genuinas en la interpretación, en el manejo de datos o

de información.

J. Seguridad

La Universidad de Puerto Rico reconoce como interés legítimo la protección a la vida y

la seguridad de sus miembros, así como el prevenir la ocurrencia de actos delictivos en sus

predios. La Política Institucional sobre Seguridad es cónsona con la Ley Pública 101-542

conocida como Student Right to Know and Campus Security Act, y otras leyes federales y

estatales que requieran de normas institucionales especificas a esos efectos.

Esta política tiene como objetivo promover y mantener un ambiente de estudio y

trabajo seguro, libre de riesgos, de actos de violencia y de peligros. Además, reconoce el

derecho de toda la comunidad académica a recibir información sobre actos delictivos que

ocurran en los terrenos universitarios y áreas adyacentes.

Copias del Manual de Seguridad están disponibles en el Decanato de Asuntos

Estudiantiles y en el Decanato de Asuntos Administrativos.

K. Reglamento General de Estudiantes de la UPR (Ver Apéndice 9)

Capitulo II Derechos y Deberes de los Estudiantes:

PARTE A —INTRODUCCIÓN

Artículo 2.1 Política institucional

El derecho fundamental del estudiante universitario en la comunidad

académica es el derecho a educarse. Este derecho no se limita al salón de

clase, sino que abarca el conjunto de sus posibles experiencias y relaciones

con sus compañeros, con el personal docente, con el personal no docente y

con sus conciudadanos en la comunidad en general. El deber principal del

13

estudiante consiste en ejercer ese derecho al máximo y en comportarse de

manera que su conducta no limite a los demás miembros de la comunidad en

el ejercicio de sus derechos ni en el cumplimiento de sus deberes (p. 8).

Capitulo II Derechos y Deberes de los Estudiantes:

PARTE B — ASPECTOS ACADÉMICOS

Artículo 2.5 – Expedientes de estudiantes

Los expedientes académicos y disciplinarios de los estudiantes se mantendrán

separadamente. La información relativa a estos expedientes disciplinarios no

estará disponible para el uso de personas no autorizadas en la Universidad o

fuera de esta sin el consentimiento del estudiante, salvo bajo dictamen judicial o

requisito de ley. El estudiante tiene derecho a obtener copias de sus

expedientes académico y disciplinario y debe ser informado sobre cualquier

cambio en el contenido sustantivo de los mismos, de acuerdo con los

procedimientos establecidos en las normas y reglamentos universitarios. Las

autoridades universitarias no prepararán expedientes de estudiantes para

propósitos que no sean los expresamente autorizados por la ley y

reglamentación aplicables y nunca podrá realizarse en menoscabo de los

derechos civiles de los estudiantes ni de los derechos reconocidos en este

Reglamento. Se consignan estas normas sin menoscabo de aquella legislación

y reglamentación federal o estatal que proteja la información contenida en los

expedientes de los estudiantes (p.9).

Artículo 2.6 – Relación académica

La labor propia de la disciplina o área del saber bajo estudio y sus múltiples

nexos constituye el foco principal de la relación entre el docente y el

estudiante. La máxima integridad intelectual debe presidir el empeño por

alcanzar el saber. La relación docente–estudiante está basada en el respeto

mutuo. Ambos fomentarán el diálogo creador y la libertad de discusión y de

expresión. En el desarrollo de los cursos, tendrán la oportunidad y el derecho

de presentar objeciones razonadas a los datos u opiniones presentadas por

unos y otros. Unos y otros podrán examinar cualquier aspecto de la disciplina o

área del saber con arreglo a las normas de responsabilidad intelectual propias

de la academia. Ni uno ni otro utilizarán el salón de clase como

tribuna para predicar doctrinas ajenas a las materias de enseñanza, ya sean

políticas, sectarias, religiosas o de otra índole. El derecho a la libertad de

discusión y de expresión no releva al estudiante ni al docente de la

14

responsabilidad de cumplir con las exigencias propias del curso y de la oferta

académica según aprobada por los organismos oficiales de la Universidad (pp.

9-10).

Artículo 2.7 – Garantías sobre creencias personales

La naturaleza de la relación entre docentes y estudiantes merece el respeto de

unos y de otros, así como el de la administración. El estudiante tiene derecho

a expresar sus creencias personales en el salón de clase dentro del contexto y

marco de la discusión académica y no se tendrán en cuenta en procesos

administrativos o de cualquier otro tipo que se lleven en contra del estudiante,

ni en la evaluación de sus ejecutorias o desempeño académicos. La

información que obtenga un miembro del personal docente en el curso de su

trabajo sobre las creencias, puntos de vista, ideología o afiliaciones políticas

del estudiante se considerará confidencial, y solo se podrá utilizar de

conformidad con las normas universitarias. En caso de duda en torno a la

naturaleza de la conducta de un estudiante en el contexto académico y que

involucre la manifestación de creencias personales, la política institucional será

a favor de su derecho de libertad de expresión (p. 10).

Artículo 2.8 – Atención académica fuera del salón de clase

La relación del estudiante y el profesor fuera del salón de clase forma parte del

proceso educativo. El estudiante tiene derecho a recibir la debida atención y

supervisión del profesor a cargo de la dirección de proyectos de investigación,

estudios independientes, tesis o disertaciones. Además, tendrá derecho a

reunirse con el profesor en horas especialmente señaladas para ello con el fin

de solicitar orientación o esclarecer cualquier aspecto de su labor académica

(p.10).

L. Trámites de Excusas Académicas

El estudiantado tiene el derecho de Trámites de Excusas Académicas para asistir a

una actividad y eventos académicos reconocidos por la UPRH (Ver Apéndice 10).

M. Proceso de Apelación ante una Decisión Adversa o de Denegación:

El estudiante tiene derecho a un recurso de apelación cuando las decisiones le

perjudiquen o sean contrarias a sus intereses (Ver Apéndices 11 y 12), según se establece

en el Procedimiento para Radicar y Ventilar Querellas Excepto de Calificaciones del

Estudiantado de la UPRH (Certificación Número 2016-2017-013) y Procedimiento de

Apelación en el Caso de Reclamación de Notas Certificación Número 2006-07-36).

15

III. Normas y Procedimientos del Programa de Trabajo Social

A. Proceso y requisitos de admisión al Programa

El Departamento de Trabajo Social de la Universidad de Puerto Rico en Humacao

recibe peticiones de admisión por dos vertientes; los estudiantes que solicitan ingreso a

través del sistema de admisiones de la Universidad de Puerto Rico y estudiantes que

solicitan admisión al Departamento en su segundo o tercer año de estudios. Los estudiantes

de nuevo ingreso no son evaluados por el Comité de Admisión, Retención y Graduación del

Departamento de Trabajo Social. La Universidad de Puerto Rico tiene los índices de ingreso

más altos del sistema universitario puertorriqueño, lo que garantiza la calidad académica

de los estudiantes.

A.1 Estudiantes de Nuevo Ingreso

La admisión de estudiantes de primer año está regida por una serie de requisitos:

1. El candidato debe ser graduado de una escuela superior acreditada por el

Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico con

un promedio académico mínimo de 2.00.

2. Haber tomado el examen de ingreso ofrecido por el College Entrance

Examination Board.

3. Completar la Solicitud Única de Admisión a la Universidad de Puerto Rico,

que es la misma para todas las unidades del Sistema. Cada programa

tiene su índice general de solicitud (IGS). Para determinar el IGS se

utilizan los criterios de puntuación obtenida en las pruebas de Aptitud

Académica, Verbal y Matemática y las de Aprovechamiento Académico:

Inglés, Español y Matemáticas que ofrece el College Entrance Examination

Board y el índice académico de escuela superior. El estudiante radica su

solicitud en su último año de escuela superior y puede seleccionar hasta un

máximo de tres programas en cualquiera de las unidades del sistema. El

ingreso está determinado por la Oficina de Admisiones de la Universidad

de Puerto Rico en Humacao, a base del índice mínimo de ingreso a la

Universidad de Puerto Rico y el índice y cupo establecido por la Junta

Administrativa para estudiantes de nuevo ingreso. En el Programa de

Bachillerato en Artes con Concentración en Trabajo Social el cupo es de

veinticinco (25) estudiantes de nuevo ingreso y en el año académico 2016

– 2017 el IGS fue de 290.

A.2 Estudiantes que solicitan Admisión al Departamento

Los estudiantes que solicitan admisión al Departamento en su segundo o tercer año

16

de estudios pueden gestionarla por diferentes procedimientos:

1. Re-admisión: Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico en

Humacao que han interrumpido sus estudios

por un semestre académico o más y solicitan

reanudar sus estudios.

2. Reclasificación: Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico en

Humacao que solicitaron a una Facultad

diferente a la que fueron admitidos.

3. Traslado: Estudiantes que provienen de otras unidades

del Sistema de la Universidad de Puerto Rico.

4. Transferencia: Estudiantes provenientes de universidades

privadas o públicas de Puerto Rico o del

extranjero.

El Departamento de Trabajo Social ha establecido dar prioridad en el proceso de

admisión a los estudiantes de reclasificación. Además, ha establecido acuerdos con otros

recintos del Sistema UPR para recibir estudiantes mediante el mecanismo de traslado

articulado. La última prioridad en el proceso la constituyen las solicitudes de transferencias.

Los estudiantes que solicitan reclasificación, traslado y transferencia son evaluados por el

Comité de Admisión, Retención y Graduación del Departamento, el que está compuesto por

la Consejera Académica, la Directora del Departamento y otros miembros de la facultad.

A.2.1 Estudiantes que solicitan Readmisión

Los estudiantes que solicitan readmisión al Programa de Bachillerato en Artes con

Concentración en Trabajo Social deberán radicar una solicitud en la Oficina del Registrador

de la Universidad de Puerto Rico en Humacao. Los estudiantes clasificados en Trabajo

Social se readmitirán automáticamente por la Oficina del Registrador. A los estudiantes de

otras facultades que solicitan re-admisión/reclasificación se les aplican los criterios

previamente establecidos para estudiantes que solicitan reclasificación.

A.2.2 Estudiantes de Reclasificación

Aquellos estudiantes de otros departamentos dentro de la UPRH que solicitan admisión

al Programa de Bachillerato en Artes con Concentración en Trabajo Social, deben reunir los

siguientes requisitos:

1. Radicar la solicitud de reclasificación en la Oficina del Registrador de la

Universidad de Puerto Rico en Humacao.

2. Haber aprobado un mínimo de 24 créditos con un promedio académico de

2.50 en adelante.

17

3. Haber aprobado los cursos CISO 3121 y 3122 Introducción a las Ciencias

Sociales I y II con una calificación de “C” o más.

4. Demostrar en una entrevista individual o grupal con los miembros del Comité de

Admisión, Retención y Graduación su interés y compromiso con la profesión de

Trabajo Social. En esta entrevista el candidato deberá mostrar dominio en las

siguientes áreas:

a. Visión de sí mismo: El alumno debe mostrar capacidad para distribuir el

tiempo, para identificar fortalezas y áreas a mejorar de su persona, para

enfrentarse adecuadamente a las tensiones y presiones que rodean su

diario vivir y para planificar su futuro.

b. Capacidad para comunicarse: El estudiante debe estar dispuesto y

poder comunicar efectivamente sus ideas tanto verbalmente como por

escrito en el idioma español y tener comprensión del inglés.

Si el estudiante aprobó otros cursos en el área de Ciencias Sociales, deberá haber

obtenido un promedio académico mínimo de 2.00 en estos.

A.2.3 Estudiantes de Traslado

Aquellos estudiantes de otras unidades del Sistema de la Universidad de Puerto Rico

que solicitan admisión al Programa de Bachillerato en Artes con Concentración en Trabajo

Social, deben reunir los siguientes requisitos:

1. Radicar la solicitud de traslado en la Oficina del Registrador de la

Universidad de Puerto Rico en Humacao.

2. Haber aprobado un mínimo de 30 créditos con un promedio académico

de 2.50 en adelante.

3. Haber aprobado los cursos CISO 3121 y 3122 Introducción a las Ciencias

Sociales I y II con una calificación de “C” o más.

4. Demostrar en una entrevista individual o grupal con los miembros del

Comité de Admisión, Retención y Graduación su interés y compromiso

con la profesión de Trabajo Social. En esta entrevista el candidato

deberá mostrar dominio en las siguientes áreas:

a. Visión de sí mismo: El alumno debe mostrar capacidad para distribuir el

tiempo, para identificar fortalezas y áreas a mejorar de su persona, para

enfrentarse adecuadamente a las tensiones y presiones que rodean su

diario vivir y para planificar su futuro.

18

b. Capacidad para comunicarse: El estudiante debe estar dispuesto y

poder comunicar efectivamente sus ideas tanto verbalmente como por

escrito en el idioma español y tener comprensión del inglés.

Si el estudiante aprobó otros cursos en el área de Ciencias Sociales, deberá haber

obtenido un promedio académico mínimo de 2.00 en estos.

A.2.4 Estudiantes de Transferencia

Los requisitos establecidos para estudiantes que solicitan transferencia son los

siguientes:

1. Radicar una solicitud de transferencia a la Oficina de Admisiones de la

Universidad de Puerto Rico en Humacao.

2. Tener un promedio académico de 3.00 como mínimo.

3. Haber aprobado un mínimo de 30 créditos.

4. Haber aprobado los cursos equivalentes a CISO 3121 y CISO 3122 con una

calificación de “C” o más.

5. Asistir a una entrevista de evaluación con el Comité de Admisión,

Retención y Graduación del Departamento.

6. Si el estudiante aprobó otros cursos en el área de Ciencias Sociales,

deberá haber obtenido un promedio académico mínimo de 2.00 en

estos.

B. Requisitos de Graduación

El programa exige el cumplimiento de los siguientes requisitos para la graduación de

estudiantes:

1. Radicar una solicitud de graduación en la Oficina del Registrador de la UPRH,

durante el segundo semestre del cuarto año académico.

2. Haber aprobado los 131 créditos requeridos con un índice general mínimo de

2.00.

3. Aprobar todos los cursos de concentración con una Calificación de “C” o más

(Ver Apéndice 13).

C. Normas de Retención

Para los estudiantes matriculados en el Programa se establecen las siguientes

normas de retención por razones académicas:

1. Mantener un promedio académico no menor de 2.00.

2. Los cursos de concentración deben ser aprobados con una calificación de

“C” o más.

19

3. Ningún estudiante se matriculará en los cursos de Instrucción Práctica I y II

(TSOC 4091-4092) si obtuvo una calificación menor de “C” en un curso de

concentración. El estudiante tendrá que repetir el curso o de lo contrario no

se asignará a la práctica.

D. Restricción de la Instrucción Práctica

Sólo los estudiantes clasificados en el Programa de Trabajo Social y que

cumplan con todos los cursos pre-requisitos pueden realizar su Instrucción Práctica según se

señala en el Manual de Instrucción Práctica, Manual de Consejería Académica, página de

Internet y todos los mecanismos de divulgación del programa.

E. Convalidación de Experiencias de Vida y Experiencias de Empleo

El Programa de Bachillerato en Artes con Concentración en Trabajo Social no

convalida experiencias de vida ni experiencias de trabajo por los cursos que constituyen

requisitos del Programa, incluyendo los cursos TSOC 4091 y 4092 - Instrucción Práctica I y

II.

F. Procedimientos de Separación por Razones No Académicos

En agosto de 1999 fue aprobado en Asamblea General de Estudiantes de Trabajo

Social la Política y Procedimientos para Separación de Estudiantes por Razones

Académicas y Profesionales en Programas Educativos en Trabajo Social. Dicho documento

fue aprobado por el Senado Académico de la Universidad de Puerto Rico en Humacao y

enmendado en noviembre 2016 (Ver Apéndice 14).

G. Consejería Académica

G.1 Descripción

El servicio de consejería académica a los estudiantes del Programa de Bachillerato en

Artes con Concentración en Trabajo Social es fundamental en la consecución de los

objetivos del Programa. Es por esta razón que se ha estructurado este servicio, no sólo para

aquellos estudiantes oficialmente matriculados, sino para aquellos que solicitan ingreso. La

Consejería Académica en el Departamento de Trabajo Social es ofrecida por la Oficial de

Asuntos Estudiantiles y es apoyada por los miembros de la facultad que colaboran, como

parte de sus funciones académicas, de acuerdo con el Reglamento de la facultad de la UPR,

para ofrecer servicios de consejería académica a los estudiantes matriculados y aquellos

que solicitan ingreso. Cada semestre se diseña un plan de trabajo de acuerdo a las

necesidades de los estudiantes. La Oficial de Asuntos Estudiantiles ofrece sus servicios de

8:00 AM-12:00 M, 1:00-4:30 PM. (37.5 horas semanales). El horario se circula entre los

estudiantes y está visible en su oficina y en el tablón de edictos del Departamento. La

consejería académica se ofrece de forma individual y grupal.

20

Aun cuando el énfasis del servicio es en lo académico, la Oficial de Asuntos

Estudiantiles en su labor, atiende otras áreas de consejería profesional y mentoría y en

situaciones que afecten al estudiante durante su vida universitaria. En aquellas situaciones

que requieren algún servicio especializado, se coordina y refiere al estudiante al

Departamento de Servicios de Consejería, Psicología y Trabajo Social, u otros servicios.

En el proceso de consejería se utilizan, además, los siguientes medios:

• Sistema de computadoras de la UPR-H

• Divulgación escrita: cartas, opúsculo, rótulos en el tablón de edictos y

hojuelas informativas

• Presentaciones multimedia

• Portal de Internet de la UPRH

Todos los estudiantes son evaluados semestralmente y asistidos en la preselección de

cursos previos a los procesos de matrícula. Los estudiantes de cuarto año se evalúan al

inicio del año académico para identificar si cumplen con los requisitos de graduación y

ofrecerles recomendaciones para mejorar su promedio académico, en los casos que sea

necesario. El Departamento ha diseñado un Sistema de Vigilancia Académica (SIVA) para

monitorear e identificar las necesidades de los estudiantes, darle seguimiento, citarlos,

ofrecer otros servicios y/o referir a otras oficinas de ayuda al estudiante como el

Departamento de Servicios de Consejería, Psicología y Trabajo Social, la Oficina de

Servicios a estudiantes con impedimento (OSEI), y otros, según sea el caso.

G.2. Objetivos

1. Contribuir al ajuste del estudiante al ambiente universitario.

2. Ayudar al estudiante a obtener satisfacción y éxito en sus estudios.

3. Ofrecer orientación académica a los estudiantes clasificados en el Programa.

4. Ayudar a solucionar los problemas que confrontan los estudiantes del

Programa en su vida universitaria.

5. Referir a estudiantes necesitados a los servicios correspondientes.

G.3 Funciones de la Oficial de Asuntos Estudiantiles

El servicio de consejería académica del Departamento va dirigido a promover el

desarrollo integral del estudiante. Abarca no sólo las áreas académicas sino aspectos

relacionados con su vida personal que interfieran con el proceso académico (Certificación

1990-1991-30 de la Junta Académica de la UPRH).

Como parte de sus deberes la Oficial de Asuntos Estudiantiles del Departamento

realiza las siguientes funciones:

21

G.3.1 Ofrecer orientación académica y servicios de apoyo a los estudiantes

clasificados en Trabajo Social respecto a:

a. currículo

b. plan de estudios

c. cursos que el estudiante debe tomar

d. probatoria académica

e. progreso académico

f. estudios graduados

g. exámenes (tales como: de reto, nivel avanzado, maestría, reválida,

etc.)

h. trámites de empleo

i. licencia y colegiación

j. recomendaciones sobre becas especiales y programas de intercambio

G.3.2 Participar en procesos reglamentarios de la UPRH relacionados con los

estudiantes del Departamento, tales como:

a. pre-selección de cursos

b. matrícula y ajustes en la matrícula

c. readmisiones

d. reclasificación

e. traslado

f. transferencias

g. permisos especiales

h. bajas parciales y totales

i. convalidaciones, equivalencias y sustituciones

j. noche de logros

k. recomendación de grados y graduación

l. feria de empleos

m. feria de escuelas graduadas

n. casa abierta

G.3.3 Mantener actualizada la información de los estudiantes activos en el

Programa.

G.3.4 Mantener actualizados los formularios de la consejería académica y los

documentos de divulgación del Programa.

G.3.5 Colaborar en la solución de los problemas que confrontan los estudiantes del

Programa en su vida universitaria.

22

G.3.6 Evaluar los servicios de consejería académica.

IV. Oficinas de Servicios Estudiantiles

La institución ofrece a los estudiantes otros servicios con el propósito de atender

situaciones particulares que pueden afectar su desempeño académico y desarrollo integral.

Algunos de estos servicios son los siguientes:

A. Oficina de Procuraduría del Estudiante

Esta oficina tiene el propósito primordial de atender situaciones relacionadas con los

servicios que recibe el estudiantado de la Universidad de Puerto Rico en Humacao. Se

fomenta la solución de conflictos mediante mecanismos no adversativos, rápidos e

informales. Los objetivos de la oficina son: mediar, conciliar e intervenir en situaciones que

surjan entre la comunidad estudiantil y la Institución, orientar a la comunidad estudiantil

sobre sus deberes y derechos dentro de la Institución y ofrecer recomendaciones sobre

aquellos procesos institucionales que atentan contra los derechos de los estudiantes y

resulten onerosos, injustos, arbitrarios y perjudiciales para el desarrollo de los estudiantes.

B. Oficina de Servicios a Estudiantes con Impedimento (OSEI)

Estos servicios están dirigidos a facilitar igual acceso a la educación y a las

instalaciones físicas de la institución de los estudiantes con impedimentos, contribuir a que

éstos logren culminar su grado académico con un mínimo de obstáculos y con el apoyo de la

comunidad universitaria así como promover su desarrollo integral para que puedan

desempeñarse exitosamente en su profesión. El programa ofrece los siguientes servicios:

1. Matrícula adelantada

2. Equipos de asistencia tecnológica

3. Orientación, consejería y talleres en áreas académica, vocacional,

personal y en relación a reglamentaciones que los protegen

4. Asistentes académicos: lectores, anotadores, tutores e intérpretes

5. Referido a servicios especiales de la Institución y la Comunidad externa

A través de OSEI la Universidad de Puerto Rico en Humacao cumple con lo

establecido en las reglamentaciones federales y estatales que protegen a la población con

impedimentos, estas son: Ley “American with Disabilities Act” (ADA) según enmendada

en el 2003; Ley de Rehabilitación Vocacional del Congreso de los Estados Unidos, Sección

504; Ley #51 de Puerto Rico de Servicios Educativos Integrales para las Personas con

Impedimentos y Ley 238, La Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos del

2004.

23

C. Departamento de Servicios de Consejería, Psicología y Trabajo Social

El Departamento de Servicios de Consejería, Psicología y Trabajo Social ofrece los

servicios de orientación y consejería y terapia en las áreas educativa, ocupacional, personal

y familiar. Cuenta con un grupo de profesionales de ayuda compuesto por el Psicólogo,

Trabajadoras Sociales y Consejeros(as). Un grupo de Estudiantes-Orientadores(as) colabora

con estos(as) profesionales en la realización de actividades educativas y consejería de

pares. El personal de este Departamento ayuda a los(as) estudiantes en situaciones

variadas, tales como: problemas de integración al ambiente universitario, situaciones

personales y familiares, toma de decisiones académicas y educativas, manejo de tensiones y

cualquiera otra situación que pueda obstaculizar sus metas y objetivos educativos y

personales. Estas necesidades se atienden mediante servicios individuales, grupales,

incluyendo grupos de apoyo y talleres, entre otros. Un grupo de Estudiantes Orientadores

colabora con estos profesionales en la realización de actividades y consejería de pares.

D. Programa de Servicios de Salud

La división de servicios médicos de la UPRH promueve esfuerzos dirigidos a fomentar

un ambiente que permita el bienestar de la comunidad universitaria mediante el desarrollo e

implantación de programas que promuevan estilos de vida saludables. El propósito del

programa es promover, prevenir e intervenir con la salud integral del estudiante universitario.

Ofrece servicios de primeros auxilios en emergencias, traslado a Salas de Emergencias en

casos que se requiera, servicios de diagnóstico y tratamiento de enfermedades, planificación

familiar y charlas educativas sobre promoción de salud. Para recibir estos servicios se

requiere que los estudiantes se acojan a un Plan de Salud.

E. Oficina de Asistencia Económica

La Oficina Programática de Asistencia Económica tiene el objetivo de administrar un

amplio programa de asistencia económica cuyos fondos provienen de fuentes federales,

estatales, donativos corporativos y particulares, a ser otorgados a los estudiantes a base de

su necesidad económica. Estas concesiones de ayuda están sujetas a la disponibilidad de

los fondos y criterios establecidos para su otorgamiento.

F. Organizaciones Estudiantiles

El Departamento de Trabajo Social de la UPRH reconoce que las organizaciones

estudiantiles llenan una necesidad de la vida universitaria, por esto se fomenta la

participación de los estudiantes en éstas las cuales son de carácter académico, cívico,

cultural, religioso y ambiental. Se promueve particularmente la participación en la

Asociación Universitaria de Estudiantes de Trabajo Social (AUETS). La Asociación cuenta

con una Consejera que provee asesoramiento sobre organización, funcionamiento y

24

requisitos para cumplir con las disposiciones administrativas. Los objetivos principales de

AUETS están dirigidos a:

1. Integrar a los estudiantes matriculados en el Departamento de Trabajo

Social.

2. Ofrecer oportunidades de crecimiento profesional en el área de Trabajo

Social.

3. Establecer vínculos con diferentes asociaciones profesionales y

estudiantiles orientados hacia el campo de Trabajo Social en Puerto

Rico y el exterior.

4. Promover el trabajo conjunto entre el Departamento de Trabajo Social y

su facultad y los estudiantes y la Asociación Universitaria de Estudiantes

de Trabajo Social.

5. Organizar actividades en donde la comunidad universitaria pueda

participar en términos de los progresos alcanzados en el campo de

Trabajo Social.

6. Propiciar actividades que permitan a esta asociación ofrecer servicios a

diferentes instituciones públicas y privadas de la región este, que así lo

ameriten.

7. Promover en los estudiantes el sentido de pertenencia al Departamento

de Trabajo Social.

8. Fomentar el espíritu de servicios a la sociedad que se manifiesta en los

objetivos de la UPRH para ayudar a la realización integral y dignidad

humana.

G. Actividades Atléticas

El Programa de Actividades Atléticas de la UPR es miembro de la Liga Atlética

Interuniversitaria. (LAI) Los objetivos del programa están dirigidos a reafirmar la validez

educativa de la competencia deportiva como excelente recurso para fomentar la

personalidad del estudiante; la salud física y mental, la auto disciplina y valores como la

honestidad, la honradez, el compañerismo y lealtad institucional así como destrezas de

liderato. Se promueve al máximo el desarrollo de ciudadanos ejemplares para la sociedad

por medio del deporte universitario.

H. Oficina de Actividades Culturales

Esta oficina es responsable de planificar y presentar un calendario de actividades de

índole cultural en las diversas ramas de las artes, para la comunidad universitaria y

adyacente. Estimula la integración del estudiantado en la creación literaria, musical y teatral

25

ofreciéndole apoyo en actividades tales como: certámenes, recitales, Festival de la Voz y

otros. El programa promueve el talento universitario mediante la presentación de obras,

pantomimas, bailes y agrupaciones musicales de los estudiantes de la institución. Se

aceptan propuestas y libretos para ser evaluados y finalmente presentados de forma

voluntaria por los estudiantes.

I. Oficina de Relaciones Institucionales e Internacionales

Esta oficina tiene como misión contribuir activamente a la internacionalización de la

educación, fomentando y promoviendo el encuentro de culturas con el fin de dar al

estudiante una visión integral y cosmopolita del mundo y elementos de juicio para actuar en

su propia realidad. Mediante Convenios de Colaboración Científica y Académica el

estudiante podrá cursar estudios en universidades en España. Además provee al

estudiante la oportunidad de tomar cursos en instituciones universitarias en los Estados

Unidos de América con las cuales existe un convenio de intercambio. El objetivo de este

Programa es proveer al estudiante una experiencia enriquecedora al compartir en un

ambiente universitario distinto. Para el estudiante de Trabajo Social se requiere que la

institución donde tomará los cursos bajo el programa de intercambio esté acreditada por el

CSWE. Bajo este programa varios estudiantes del Bachillerato en Artes con Concentración

en Trabajo Social han tomado cursos en universidades estadounidenses y de España.

J. Programa de Servicios Educativos Suplementarios

El Programa está afiliado a la Asociación Caribeña de Programas TRIO y al Council for

Opportunity in Education (COE) en Washington, DC. Para ser elegibles los estudiantes

deben ser primera generación, esto es que sus padres no han completado un bachillerato,

ser de escasos recursos económicos y tener necesidad de ayuda académica. Los objetivos

del programa son dirigidos a que los estudiantes: logren adaptación a la vida universitaria y

un alto aprovechamiento académico, desarrollen y aumenten su autoestima, establezcan y

mantengan relaciones interpersonales saludables, desarrollen hábitos de estudio, destrezas

en la toma de decisiones y se identifiquen y aprecien su trasfondo cultural y la cultura de

otras naciones. Ofrece servicios de orientación y consejería personal, vocacional y

académica, tutorías, seminarios de destrezas de aprendizaje (verano), talleres y conferencias

de variados temas. En el aspecto cultural realizan visitas a museos, galerías y lugares de

interés histórico, entre otros.

K. Programa Académico de Honor

Es un servicio estudiantil adscrito al Decanato de Estudiantes. Con este programa se

pretende dar a los estudiantes experiencias preparatorias para estudios graduados. El

requisito principal es tener un compromiso de superación y un interés genuino en servir a los

26

demás. Para ser miembro regular los estudiantes deben cumplir con los siguientes

requisitos: tomar un mínimo de 11 créditos en cursos ofrecidos por el Programa, dedicar al

menos un semestre al servicio voluntario, participar en el seminario interdisciplinario de

investigación, tercer idioma o inglés conversacional, estudio independiente y tesina de honor

que se realiza bajo la supervisión de un profesor.

L. Centro de Competencias de la Comunicación (CCC)

El Centro de Competencias de la Comunicación aspira a establecerse como el eje

institucional y focal del desarrollo de las destrezas de comunicación oral, escrita y

tecnológica en la UPRH. Los objetivos de este programa son: mejorar la calidad de los

trabajos escritos y orales de la comunidad universitaria, incorporar el uso de la computadora

en el proceso de la redacción oral; apoyar a la facultad a incorporar las destrezas de

comunicación en el currículo académico; estimular estudios e investigaciones sobre los

procesos de la redacción y comunicación oral en las diversas disciplinas; proveer un espacio

agradable que permita libre expresión del proceso en cualquier etapa de la elaboración de

trabajos orales o escritos y proveer apoyo y orientación individualizada que se ajuste

específicamente a las necesidades de la persona escritora u oradora.

27

Departamento de Trabajo Social 1

Universidad de Puerto Rico en Humacao

AVISO IMPORTANTE

El Programa de Trabajo Social de la Universidad de Puerto Rico en Humacao no discrimina por

razones de edad, sexo, orientación sexual, raza, color, nacionalidad, origen o condición social, ni por ideas políticas, religiosas e impedimentos físicos o mentales o por condición de veteranos. Patrono con igualdad de oportunidades de empleos. Esta política cumple con las leyes y los estatutos gubernamentales, incluyendo la Ley Federal de Rehabilitación de 1973, Título IX, según enmendada y la Ley ADA (Americans with Disabilities Act) de 1990, según enmendadas.