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Universidad Nacional Federico Villarreal
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA
Guía del Estudiante 2018
Universidad Nacional
Federico Villarreal FACULTAD DE DERECHO
Y CIENCIA POLÍTICA
Guía del Estudiante 2018
“Mejores Ideas Mayores Retos”
GUIA DEL ESTUDIANTE 2018
Universidad Nacional Federico Villarreal
Facultad de Derecho y Ciencia Política
Av. Nicolás de Piérola N°351 (ex Colmena) - Lima
® Derechos Reservados
Dr. Carlos Navas Rondon
Decano
Abog. Manuel Asunción Meléndez Avalos
Secretario Académico
Dr. Eckerman Panduro Angulo
Director Escuela Profesional de Ciencia Jurídica
Lic. Luis Alberto Matos Zuñiga
Director Escuela Profesional de Ciencia Política
Abog. Rocio Del Carmen Zaplana Flores
Jefa Oficina de Servicios Académicos
Dr. Juan Oswaldo Alfaro Bernedo
Rector
Dr. Victor Manuel Pinto de la Sota
Silva
Vicerrector Académico
Dr. Carlos Napoleón Tello Malpartida
Vicerrector de Investigación
AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL
PRESENTACION
En representación de la Facultad de Derecho y Ciencia Política presentamos la Guía del Estudiante 2018 que nos permitirá tener los conocimientos básicos de las reglas, plan curricular, historia, funciones y actividades que se desarrollan en nuestra Casa de estudios, para que nuestros alumnos se identifiquen y consigan los objetivos académicos que son necesarios para una educación de calidad La nueva ley Universitaria Nº 30220, que se encuentra vigente, al igual que nuestro Estatuto, y en la que nuestra Facultad se viene adecuando paulatinamente, considera que la Universidad es una comunidad académica orientada a la investigación, que brinda una formación humanística, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural en apoyo de nuestra nación. Por lo que debemos anunciar que nos estamos preparando para cumplir con las exigencias que se nos plantea la acreditación y el licenciamiento; tanto es así que tendremos un nuevo plan curricular diseñado de acuerdo a las competencias y perfiles de nuestros egresados, matriculas virtuales y semestrales, aulas inteligentes, servicios académicos y administrativos mejorados y una gestión que permita garantizar eficiencia Todos estos cambios y mejoras significan mayores retos que requieren la participación de todos los integrantes de nuestra Facultad, que tendrán un papel histórico para lograr un lugar destacado en un mundo competitivo en la que han proliferado las Facultades de Derecho y el número de egresados no justifica la demanda laboral. Este año académico que inauguramos el 10 de abril del presente año, con-juntamente con la celebración de los Cincuentaiuno años de creación de nuestra Facultad, se efectuará con una serie de eventos académicos, conforme a un programa que se ha elaborado para este acontecimiento que congregara a egresados, Autoridades, personal administrativo, alumnos y docentes de distintas generaciones Solo nos queda darles una calurosa y afectuosa bienvenida al inicio de este año académico y exhortarles a que realicen todos los esfuerzos posibles para aprovechar los conocimientos y enseñanzas que se brindarán, y que les servirán más adelante para su ejercicio profesional exitoso que prestigiará a nuestra Facultad.
Dr. CARLOS NAVAS RONDON Decano de la Facultad de Derecho y Ciencia Política
DE LA INSTITUCION
1.- RESEÑA HISTÓRICA
La Universidad Nacional Federico Villarreal se creó como universidad autónoma el 30 de octubre 1963, mediante ley número 14692, promulgada por el gobierno constitucional del presidente Fernando Belaunde Terry.
La UNFV ostenta con orgullo el nombre del insigne sabio peruano Federico Villarreal, quien durante su vida incursionó en casi todos los campos del saber humano, dedicándose íntegramente al estudio de las ciencias, la política, la investigación y la docencia.
2.-UNIVERSIDAD COMUNAL DEL CENTRO DEL PERU
El origen de la Universidad Villarreal se remonta a la época en la que funcionó como filial en Lima de la Universidad Comunal del Centro (UCC) del Perú, fundada en diciembre de 1959 y que contó con filiales de acuerdo a las especialidades que ofrecía. Como la actividad académica de la Universidad Comunal estaba circunscrita a la ciudad de Huancayo, en 1960 un grupo de empleados bancarios limeños realizaron una asamblea en la cual acordaron constituirse en comité pro facultades en Lima. El doctor Javier Pulgar Vidal, hombre de ciencia e ilustre maestro universitario fue el gestor de la universidad, lo acompañaron Ramiro Prialé, Jesús Veliz Lizárraga, César Solís, Manuel Gutiérrez Aliaga y Luis Vega Fernández en la redacción y firma de la escritura de fundación.
La filial de Lima inició sus actividades en una casona alquilada, ubicada en el jirón Moquegua 262, Lima. Los exámenes de ingreso se fijaron para el mes de agosto de 1960 y las clases se iniciaron el 16 de setiembre del mismo año. En 1961 se reconoció a la UCC como Universidad Nacional del Centro del Perú. Al surgir diferencias con la sede central, docentes y estudiantes de la filial Lima, en sesión de consejo universitario del 21 de enero de 1963, declararon su autonomía y solicitaron al gobierno se les reconozca como tal.
3.- NACIMIENTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
FEDERICO VILLARREAL
El 18 de octubre de 1963 el Congreso de la República, presidido por el senador Julio de la Piedra, aprobó la ley 14692 que reconoce como Universidad Nacional Federico Villarreal a la ex filial de Lima, promulgada por el gobierno central el 30 de octubre del mismo año. El 24 de mayo de 1964 se eligió al doctor Oscar Herrera Marquis como primer rector. Las primeras facultades fueron: Comercio, Contabilidad y Cálculo Actuarial, siendo su primer de-cano el doctor Luis Arana Maradiegue; Economía, Estadística y Finanzas, decano el doctor Carlos Manuel Cox; Administración Pública y Privada, decano el ingeniero Luis Heysen Incháustegui, y Acuicultura y Oceanografía, decano el doctor Erwin Schweigger. Posteriormente, en abril de 1961, se crearon las facultades de Educación y Arquitectura
4.- LA UNFV EN LA ACTUALIDAD Actualmente, su Rector es el
Dr. Juan Oswaldo Alfaro Bernedo, Vicerrector Académico, el Dr. Víctor Manuel Pinto De La Sota Silva y el Vicerrector de Investigación, Carlos Napoleón Tello Malpartida.
La Universidad cuenta con 18 facultades, 57 escuelas profesionales, un centro preuniversitario, una Escuela Universitaria de Postgrado y una Escuela de Educación a Distancia, en donde se forman a los profesionales con al exigencias que presenta el nuevo milenio.
DE LA FACULTAD
1.- RESEÑA HISTÓRICA
El 12 de abril de 1966 fue creada la Facultad de Derecho y Ciencia Política mediante resolución rectoral Nº 1399-66-UNFV, visto el informe pre-sentado por la Comisión Organizadora, creada por resolución rectoral N 1077-65-UNFV del 18 de setiembre de 1965 y ratificada por el Consejo Universitario en sesión del 1° de febrero de 1966, como consta a fojas 190 del libro de Actas del mismo año. El Primer Decano de nuestra Facultad fue el Dr. Jorge Eugenio Castañeda.
2.- UBICACIÓN: Av. Nicolás de Piérola Nº 351 – Lima, local
Central Anexo 10. 3.- FINALIDAD
El propósito principal de la creación de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, es la formación de profesionales en las ciencias jurídicas y políticas, técnicamente capacitados e idóneos, conscientes del altísimo papel que debe desempeñaren el cultivo de valores y sistema de vida supremo en una comunidad civilizada. En este tiempo en que la sociedad contemporánea se encuentra desgarrada por grandes conflictos y tensiones que amenazan destruir normas reguladoras de la convivencia humana, el respeto y amor por los principios, las buenas practicas, la plena vigencia inalienable de la justicia, de la equidad y de la libertad del individuo así como la necesidad de armonizar dentro del orden jurídico del Estado, los intereses individuales con los colectivos, reconociendo y exaltando a la persona humana como instancia jerárquica que lo sustente. Debiendo ser una Facultad comprometida en la formación de profesionales competitivos con responsabilidad social que contribuya al desarrollo de actividades conducentes a la integración de la comunidad regional y nacional.
MISION INSTITUCIONAL
Rol fundamental de la Universidad Naciona Federico Villareal
Las funciones principales de la UNFV,
son:
a) La formación integral de profesionales a nivel de pre y
postgrado procediendo a la igualdad de oportunidades para el desarrollo libre de las capacidades humanas.
b) La investigación básica y aplicada
que contribuya al ordenamiento territorial y la competitividad en todos los órdenes de la vida socia para contribuir al desarrollo humano y sustentable del país.
c) La extensión cultural y proyección
social para fortalecer los valores y
satisfacer las necesidades de la sociedad; y desarrollar sus recursos y potencialidades en el marco de su responsabilidad social Universitaria.
VISION
La Universidad Nacional Federico Villarreal en el marco de sus competencias y funciones establecidas en los documentos
de gestión, así como teniendo en cuenta la población a la cual sirve, expresa su Misión de la siguiente manera:
“Brindar formación profesional científica y humanística, a los estudiantes, con sensibilidad social, innovación, competitividad y
emprendimiento, para contribuir al desarrollo y la sostenibilidad sistémica
del país.”
VALORES
Se han definido seis valores que identifican a la comunidad
educativa que conforma la Universidad Nacional Federico
Villarreal:
VALOR DEFINICIÓN
Búsqueda de la verdad Valoración del conocimiento, así como, la persistencia por
alcanzarlo y transmitirlo a través de las diferentes actividades del proceso enseñanza aprendizaje.
Espíritu de superación Deseo por mejorar como persona, por establecerse
objetivos desafiantes, trazándose los planes o acciones de mejora necesarios para alcanzar dichos objetivos.
Integridad Congruencia del comportamiento
personal con lo declarado y con el bien común, también el respeto de los derechos propios y de los demás.
Libertad Pensar y actuar con base en la
voluntad propia, siendo consciente, al mismo tiempo, de las responsabilidades que trae consigo desenvolverse de esa manera.
Trabajo en equipo Habilidad para establecer
objetivos y acciones en forma conjunta, de cooperación y aprendizaje continuo, respetando y aprovechando las diferencias entre los miembros del equipo.
Compromiso Institucional Disposición y comportamientos personales que expresan el grado de involucramiento y proactividad en la consecución de los objetivos, y en general de
las prioridades organizacionales.
ESTATUTO DE LA UNFV
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO UNICO (APROBADO EL ESTATUTO RESOLUCIÓN N° 004-2015-AE-UNFV del 08.01.2015 promulgada con R.R. N°7112-2015-UNFV DE FECHA 09.01.2015. Art. N° 1. – Definición de la universidad
La Universidad Nacional “Federico Villarreal” es una comunidad
académica, autónoma, de origen comunal integrada por
docentes, estudiantes y graduados, cuya misión esencial es la
formación profesional, la investigación, la creación del
conocimiento científico, tecnológico y universal.
Art. N° 2. – De la Universidad Nacional “Federico
Villarreal.
La Universidad Nacional “Federico Villarreal” es una persona
jurídica d derecho público interno, creada por Ley 14692, el 30
de octubre de 1963 y se rige por la Constitución Política del
país, por la Ley Universitaria, su Estatuto y reglamentos.
Art. N° 3. – Del día de la universidad
Declarase Día de la Universidad Nacional “Federico Villarreal”, el
30 de octubre de cada año, en conmemoración a la
promulgación de la Ley 14692, Ley de creación de la
universidad.
Art. N° 4. – De los principios
a. La búsqueda de la verdad, la justicia social, la solidaridad, la
libertad, la fraternidad, la afirmación de los valores
nacionales y la defensa de los derechos humanos.
b. El libre ejercicio de la autonomía universitaria, de la
democracia institucional y la libertad de enseñanza,
vinculados a la cultura nacional y universal.
c. La democracia interna a través del autogobierno ejercido por
sus autoridades y representantes libremente elegidos.
d. El pluralismo y la libertad de pensamiento, de crítica, de
expresión y de cátedra.
e. La afirmación de una identidad nacional y el desarrollo de la
sociedad peruana que garantice la justicia social.
f. La plena vigencia del tercio estudiantil en los organismos de
gobierno de la universidad.
g. El valor supremo de la vida, el respeto irrestricto a la
dignidad de la persona humana, y el pleno ejercicio de la
ética pública y profesional.
Art. N° 5. – Fines de la universidad.
a. Formar integralmente a la persona humana.
b. Formar profesionales de alta calidad, con pleno sentido de
responsabilidad social y compromiso con su universidad.
c. Proyectar servicios universitarios a la empresa, comunidad
local, regional y nacional para garantizar su desarrollo
integral.
d. Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y
humanista con una visión de futuro.
e. Conservar, acrecentar y transmitir la cultura nacional y
universal, con sentido crítico e innovador.
f. Promover el desarrollo de actitudes solidarias para propiciar el
estado de salud y bienestar social.
g. La investigación y conservación del ambiente y la
biodiversidad; la promoción de la gestión ambiental para el
desarrollo sostenible.
h. La integración en redes interregionales a fin de brindar una
formación de Calidad, centrada en la investigación y la
formación de profesionales en los niveles de pregrado y
posgrado.
i. La gestión pública eficiente y eficaz para el desarrollo de las
actividades académicas y administrativas.
j. Aquellos otros fines que la ley señala.
Artículo N° 6. – Funciones de la universidad.
Son funciones de la universidad:
a. La formación profesional a nivel de pre y posgrado.
B. La investigación básica y aplicada que contribuya al
ordenamiento y gestión territorial para el desarrollo del país.
c. La extensión cultural y proyección social para fortalecer los
valores y satisfacer las necesidades de la sociedad; y
desarrollar sus recursos y potencialidades, en el marco de su
responsabilidad social universitaria.
d. La educación continua en todas las áreas del conocimiento.
e. La contribución al desarrollo del ser humano como fin
supremo de la sociedad.
f. Las demás que le señala la Constitución Política del Perú, la
ley y su reglamento.
Art. N° 7. – Autonomía universitaria.
La universidad es autónoma en el ejercicio de sus actividades,
de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley
Universitaria y demás normas aplicables. Esta autonomía se
establece en los siguientes regímenes:
a. Normativo; que implica la potestad de autodeterminación
para la creación de normas internas (Estatuto y reglamentos)
destinadas a regular la institución universitaria.
b. De gobierno; que implica la potestad de autodeterminación
para estructurar y gestionar la institución universitaria, con
atención a su naturaleza, características y necesidades. Es
formalmente dependiente del régimen normativo.
c. Académico; que implica la potestad de autodeterminación
para fijar el marco de los procesos de enseñanza aprendizaje
dentro de la institución universitaria. Estableciendo los
currículos, programas de investigación, formas de ingreso y
egreso de la institución; y la supervisión y evaluación de la
calidad académica. Es formalmente dependiente del régimen
normativo.
d. Administrativo; que implica la potestad de autodeterminación
para establecer los principios, técnicas y prácticas de
sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de
los fines de la institución universitaria, incluyendo la
organización y administración del escalafón de su personal
docente; y para el personal no docente según el régimen que
le corresponda.
e. Económico; que implica la potestad de autodeterminación
para administrar y disponer del patrimonio institucional; así
como para fijar los criterios de generación y aplicación
eficiente de los recursos.
Art. N° 8. – Responsabilidad de las autoridades.
Las autoridades de la universidad son responsables por el uso
de los recursos de la institución, los deberes administrativos y
las funciones asignadas; sin perjuicio de otras responsabilidades
que correspondan.
Art. N° 9. – Garantías para el ejercicio de la autonomía
universitaria.
El ejercicio de la autonomía en la educación universitaria se rige
por las reglas:
a. Son nulos y carecen de validez los acuerdos que las
autoridades y los órganos de gobierno colegiados adopten
sometidos a actos de violencia física o moral.
b. Los locales universitarios son utilizados exclusivamente para
el cumplimiento de sus fines, y dependen de la respectiva
autoridad universitaria. Son inviolables. Su vulneración
acarrea responsabilidad de acuerdo a ley.
c. La Policía Nacional y el Ministerio Público, solo pueden
ingresar al campus universitario por mandato judicial o a
petición del rector, debiendo este último dar cuenta al
Consejo Universitario o al que haga sus veces, salvo cuando
se haya declarado el estado de emergencia, se produzca un
delito flagrante o haya peligro inminente de su perpetración.
En estos casos, el accionar de la fuerza pública no
compromete ni recorta la autonomía Universitaria.
d. Cuando las autoridades universitarias tomen conocimiento de
la presunta comisión de un delito, dan cuenta al Ministerio
Público para el inicio de las investigaciones a que hubiere
lugar.
Artículo N° 10. – Transparencia de la universidad.
La universidad tiene la obligación de publicar en sus portales
electrónicos, en forma permanente y actualizada la información
correspondiente a:
a. El Estatuto, el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA), el Plan Estratégico Institucional, el Reglamento
General y documentos de gestión de las diversas
dependencias de la universidad.
b. Las actas aprobadas en las sesiones de consejo de facultad,
de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria.
c. Los estados financieros de la universidad, el presupuesto
institucional y la actualización de la ejecución presupuestal y
balances.
d. La relación y número de becas y créditos educativos
disponibles y otorgados en el año en curso.
e. Las inversiones, reinversiones, donaciones, obras de
infraestructura, recursos de diversa fuente, entre otros.
f. Los proyectos e informes de investigación y los gastos que
genere.
g. El número de alumnos por facultades y programas de estudio.
h. Conformación de la plana docente; indicando clase, categoría
y hoja de vida.
i. El número de postulantes, ingresantes, matriculados y
egresados por año y carrera.
j. Las remuneraciones, bonificaciones y demás estímulos que se
pagan a las autoridades y docentes en cada categoría y por
todo concepto, son Publicados de acuerdo a la normativa
aplicable.
Título V
De los estudiantes
Capítulo N°1
Art. N° 113. - Definición de estudiantes.
Son estudiantes de pregrado, posgrado, segunda especialización
y programas de educación continua de la universidad, quienes
ingresan y se matriculan en ella, de conformidad con las
disposiciones legales vigentes. En todos los casos se sujetan a lo
dispuesto en la ley y al Reglamento General.
CAPITULO N° 3
Deberes de los estudiantes
Art. N° 119. - Deberes de los estudiantes.
Deberes de los estudiantes Son deberes de los estudiantes:
1. Respetar y cumplir la Constitución Política del Perú y el
estado de derecho.
2. Cumplir con la Ley Universitaria, el Estatuto, los reglamentos
y las normas internas que rigen el desarrollo institucional.
3. Contribuir al prestigio de la universidad y a la realización de
sus fines, participando activamente en las actividades
académicas, culturales, deportivas y otras que sean
inherentes a la institución.
4. Respetar la autonomía universitaria y la inviolabilidad de las
instalaciones universitarias.
5. Dedicarse con esfuerzo y responsabilidad a su formación
académica, cívico, humanista y científica.
6. Respetar los derechos de los miembros de la comunidad
universitaria y principio de autoridad.
7. Respetar la democracia, practicar la tolerancia, cuidar los
bienes de la institución y rechazar la violencia.
8. Contribuir al mantenimiento y conservación de los ambientes,
equipos, laboratorios, mobiliarios y demás bienes de la
universidad.
9. Usar las instalaciones de su centro de estudios
exclusivamente para los fines de la universidad.
10. Contribuir a la solución de los problemas regionales y
nacionales a través del estudio, la investigación, la
extensión universitaria y la responsabilidad social.
11. Asistir a los exámenes médicos que dispone la Oficina
Central de Bienestar Universitario, a través de los servicios
médicos correspondientes.
12. Aprobar las materias correspondientes al período lectivo,
caso contrario perderán la gratuidad de la enseñanza. El
Reglamento de la Universidad establece las condiciones de
recuperación de la gratuidad.
13. Matricularse en un mínimo de doce créditos por semestre
para conservar su condición de estudiante regular, salvo
que le falten menos para culminar la carrera.
14. Participar en sus organizaciones, federaciones y centros
estudiantiles a nivel de la universidad y de las facultades.
15. Respetar los valores, símbolos e insignias de nuestra
universidad.
16. Otros que señalen los reglamentos.
Art. N° 120. - Derechos de los estudiantes.-
Son derechos de los estudiantes:
1. Recibir una sólida formación académica, científica,
tecnológica, ética, humanista y profesional.
2. La gratuidad de la enseñanza se garantiza para el estudio de
una sola carrera.
3. Participar en el proceso de enseñanza–aprendizaje,
investigación y proyección social
4. Participar en el proceso de evaluación del desempeño
docente.
5. Expresar libremente sus ideas y no ser sancionados por causa
de ellas, ni sufrir discriminación alguna de orden social,
genero, económico, religioso, político y académico;
respetando la dignidad humana.
6. Participar en los órganos de gobierno, comisiones especiales,
órganos colegiados y fiscalización de la actividad
universitaria; a través de los procesos electorales internos,
de acuerdo con esta ley y el presente Estatuto.
7. Ejercer el derecho de asociación, para fines vinculados con
los de la universidad.
8. Contar con ambientes, instalaciones, mobiliario y equipos que
sean accesibles para las personas con necesidades
especiales.
9. Ingresar libremente a las instalaciones universitarias para
realizar actividades académicas, deportivas, recreativas,
culturales y de investigación.
10. Reconocimiento académico y otorgamiento de un incentivo
como mejor alumno.
11. Solicitar reserva de matrícula por razones de trabajo o de
otra naturaleza debidamente sustentada. No excederá de
tres años consecutivos o alternos y, otros casos que señale
el reglamento. 12. Conocer oportunamente la Guía del
Estudiante.
13. Dar examen sustitutorio y aplazado, hasta que entre en
vigencia el modelo de formación por competencias.
14. Acceder a los programas de becas ofrecidas por el Estado, la
cooperación internacional e instituciones afines, los cuales
serán promovidos por la universidad mediante convenios
internacionales.
15. Acceder a prácticas pre profesionales en entidades públicas
y privadas. La universidad debe establecer los convenios
necesarios para tal fin.
16. Recibir el soporte económico que ofrezca la universidad para
los alumnos de modesta condición económica y los
estímulos que se otorguen por alto rendimiento académico.
El reglamento fija las condiciones y requisitos de cada caso.
17. Interponer ante consejo de facultad, la tacha del docente
por incumplimiento del desempeño académico, en los plazos
perentorios que el procedimiento establezca al respecto. 18.
Recibir el asesoramiento, para la elaboración y la
sustentación de su tesis de manera gratuita, para obtener el
grado de bachiller, por una sola vez.
19. Acceder a subvenciones para fines de investigación que la
universidad otorgue, de acuerdo al reglamento de
investigación.
20. Organizarse en asociaciones con fines científicos, culturales,
tecnológicos, sociales, deportivos, centros federados por
facultad, federaciones universitarias, centros de
estudiantes, entre otras. La universidad podrá facilitar
locales y apoyo de personal, recursos materiales,
económicos y técnicos, de acuerdo a sus posibilidades.
21. Acceder a cursos de verano y de medio año para su
nivelación, adelanto, subsanación, regularización y otros. El
reglamento fija las condiciones y requisitos del caso.
22. A los siguientes servicios y programas de bienestar
universitario: atención en los tópicos en cada predio, a un
auto seguro universitario, a un servicio de comedor
universitario con estándares de calidad alimentaria y
nutricional, a transporte, biblioteca, asesoría jurídica por la
Defensoría Universitaria, psicológica, instalaciones
deportivas, y otros que señale el capítulo de Bienestar
universitario.
23. Permitir a los estudiantes del tercio superior el ingreso a los
estudios de posgrado de la universidad, de acuerdo al
reglamento.
24. Participar en los intercambios estudiantiles a nivel nacional e
internacional, para lo cual la universidad promueve y apoya
estos programas.
25. Acceder a descuentos especiales a estudiantes del quinto
superior, para estudios de diplomado, segunda
especialización, maestrías y doctorado en la universidad.
26. Fiscalizar y formular denuncia necesaria ante las instancias
correspondientes de la universidad
27. Otros que señale la Ley Universitaria y el Reglamento
General de la universidad.
CAPITULO N° 4
Sanciones
Art. N° 121. - De las sanciones.
Los estudiantes que incumplan los deberes señalados en la
presente Ley, deben ser sometidos a proceso disciplinario y son
sujetos a las sanciones siguientes: a. Amonestación escrita. b.
Separación hasta por dos periodos lectivos. c. Separación
definitiva.
Art. N°122. - Procedimiento para la sanciones a alumnos
Para sancionar a un estudiante se requiere del acuerdo del
consejo de facultad bajo responsabilidad, según lo establece el
reglamento respectivo.
Art. N°123. - Separación de la universidad
123.1. Los alumnos que promuevan, participen o colaboren en
la comisión de actos de violencia, desarrollen apología al
terrorismo, que ocasionen daños personales y/o materiales que
alteren el normal desarrollo de las actividades académicas,
estudiantiles y administrativas, serán separados de la
universidad, previo proceso disciplinario, sin perjuicio de las
acciones civiles y/o penales a que haya lugar.
123.2 Quienes utilicen los ambientes o instalaciones de la
universidad con fines distintos a los de la enseñanza,
administración, bienestar universitario y recreación, serán
separados de la universidad y puestos a disposición de la
autoridad correspondiente.
Art. 124. - Separación por bajo rendimiento académico
La desaprobación de una misma materia por tres veces, da
lugar a que el estudiante sea separado temporalmente por un
año de la universidad. Al término de este plazo, el estudiante
solo se podrá matricular en la materia que desaprobó
anteriormente, para retornar de manera regular a sus estudios
en el ciclo siguiente. Si desaprueba por cuarta vez, procede su
retiro definitivo.
CAPITULO N° 6
Requisitos para ser representante de los estudiantes
Art. N°125. - Requisitos generales.- Para ser elegidos
representantes estudiantiles ante cualquier órgano de gobierno
y/o comisiones se requiere:
a. Ser estudiante regular.
b. Pertenecer al tercio superior de rendimiento académico.
c. Tener aprobados treinta y seis (36) créditos.
d. No ser estudiante de una segunda profesión.
e. No tener sentencia judicial condenatoria ejecutoriada.
f. No haber incurrido en responsabilidad civil y administrativa
por acciones u omisiones contra la universidad.
g. El período lectivo, inmediato anterior a su postulación, debe
haber sido cursado en la universidad.
h. No existe reelección en ninguno de los órganos de gobierno
para el periodo inmediato siguiente.
Art. N° 126. – Incompatibilidades.-
126.1. Existe incompatibilidad, entre la condición de
representante estudiantil ante los órganos de gobierno y cargo o
actividad rentada en la universidad. Esta incompatibilidad es
durante el periodo de su representación, salvo el caso de ser
asistente de docencia o de investigación.
126.2. En caso que un estudiante miembro de un órgano de
gobierno resulte involucrado en una denuncia, se eximirá de
participar en él, mientras dure la investigación correspondiente
Art. N° 127. - No aceptación de subvenciones,
concesiones y donaciones.
Los representantes de los órganos de gobierno no deben aceptar
a título personal o a favor de sus familiares hasta el cuarto
grado de consanguinidad y segundo de afinidad, subvenciones,
concesiones, donaciones y otras ventajas de parte de los
promotores y autoridades universitarias.
ACTIVIDAD EXTRACURRICULAR:
Es la formación complementaria que debe recibir el estudiante villarrealino de la FDCP para mejorar sus competencias y habilidades. El artículo 55 y 56 del Compendio de Normas Académicas (modificado) aprobado según Resolución Rectoral N° 3518-2006-UNFV del 19.12.2006, señala: “Se establece en ocho el número de créditos extracurriculares que deber acreditar los estudiantes como requisito de sus Facultades para optar el Título Profesional”. Estas actividades pueden ser las organizadas y desarrolladas por: La Facultad, con un mínimo de cuatro
créditos equivalente a 71-80 horas Los organizados por otras dependencias de la
Universidad u otras instituciones, de reconocido prestigio, siempre que estén relacionados con la carrera profesional del alumno y figure el número de horas en las que se desarrolló.
FUNCIONARIOS DE LA FDCP
1. Dr. Carlos Vicente Navas Rondón
DECANO
2. Abog. Manuel Asunción Meléndez
Avalos.
SECRETARIO ACDEMICO
3. Dra. Luz Aurea Sáenz Arana
UNIDAD DE POSTGRADO
4. Bach. Julissa Giovanna Conislla Garcia.
JEFA DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO
5. Mg. Jesús Wilfredo Munive Taquia
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN
6. Lic. Luis Alberto Matos Zuñiga
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIA
POLITICA
7. Dr. Eckerman Panduro Angulo
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIA
JURIDICA
8. Dr. José Vigil Farias.
JEFE DE LA OFICINA DE GRADOS Y
TITULOS
9.- Abog Rocio Del Carmen Zaplana Flores
JEFA DE LA OFICINA DE SERVICIOS
ACADEMICOS
10.- Dr. Juan Carlos Jiménez Herrera
JEFE DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE
DERECHO
11.- Mg. Mario Luis López Figueroa
JEFE DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE
CIENCIA POLITICA
12.- Abog. Mauro Florencio Leandro Martin
JEFE DE LA OFICINA DE AUTOEVALUACIÓN
Y ACREDITACIÓN
13 Dra. Ruth Elia Patricia Lui Junes
DIRECCION DE ORIENTACION Y TUTORIA
ACADEMICA Y PERSONAL
14.- Dra. Martha Rocio Gonzales Loli.
DIRECCION DE PROYECCION SOCIAL
15 Lic. Ana María Porras Raza
DIRECCION DE PRODUCCI´N DE BIENES Y/O
SERVICIOS
16.- Mg. Marcial Rubén Díaz Manrique.
OFICINA DE PRACTICAS PRE
PROFESIONALES
17.- Bach. Gerardo Calderón Consuelo
JEFE DE LA OFICINA DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS
18.- Bach. Julio Clemente Vivar Herrera
JEFE DE LA OFICINA DE COMUNICACIÓN E
IMAGEN INSTITUCIONAL.
19.- Dr. Walter Rómulo Bonilla Palacios.
RESPONSABLE DE LA BIBLIOTECA
ESPECIALIZADA
20. Ing. Giovanni Huacho Aliaga
RESPONSABLE DEL LABORATORIO DE
CÓMPUTO
ESTRUCTURA DE LA FACULTAD
ORGANOS DE GOBIERNO:
CONSEJO DE FACULTAD Es el órgano de Gobierno de la Facultad. Está integrado por la Decana, quien lo preside, por representantes de los Docentes en sus diferentes categorías y por representantes de los estudiantes.
DECANATO El Decano representa a la Facultad, preside las sesiones del Consejo de Facultad y ejecuta sus acuerdos. Dirige la gestión académica y administrativa de la Facultad.
ORGANOS DE ASESORAMIENTO:
OFICINA DE PLANEAMIENTO La Oficina de Planeamiento es un órgano de asesoramiento, tiene como función elaborar el Plan de Desarrollo de la Facultad de acuerdo con las normas legales vigentes, coordinar el planeamiento de la Facultad y otras funciones que le señale el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad.
COMITÉ CONSULTIVO Es un órgano de asesoramiento en todo lo que sea requerido por las dependencias de la Facultad. Su labor es ad-honorem y podrá ser asignada como parte de su carga no lectiva en caso de ser docente.
ORGANOS DE APOYO:
SECRETARIA ACADÉMICA
Es un órgano de apoyo encargado de llevar el registro y libro de actas de los acuerdos del Consejo de Facultad, organizar el trámite documentario y archivo de la Facultad y otras funciones que le señale el Reglamento de Organización y Funciones.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL Es un órgano de apoyo que coordina las relaciones y cooperación con instituciones académicas, científicas, productivas y financieras nacionales y extranjeras así como la difusión de las actividades de la Facultad y otras funciones que le señale el Reglamento de Organización y Funciones.
22
OFICINA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Es un órgano de apoyo que se encarga de la gestión del personal administrativo, de la ejecución presupuestal y aspectos logísticos y otras funciones que le señale el Reglamento de Organización y Funciones.
DEPARTAMENTO ACADÉMICO Son unidades de orgánicas de apoyo de servicio académico que reúnen a profesores que cultivan disciplinas afines aunque no sean de la misma profesión. Dependen de la Facultad a la que están integrados.
OFICINA DE SERVICIOS ACADÉMICOS Es la encargada de administrar, y evaluar las actividades curriculares de los Profesores, los registros académicos de la Facultad y la Biblioteca especializada.
OFICINA DE GRADOS Y TITULOS Es la encargada de realizar los trámites conducentes para la obtención y expedición de los Grados Académicos y Títulos profesionales que otorga la Facultad.
OFICINA DE PRACTICA PRE PROFESIONAL Es la encargad de organizar, estructurar, dirigir, controlar y supervisar la ejecución de las prácticas pre profesionales de los estudiantes de la Facultad que se desarrollan en los últimos años de estudios académicos, según la currícula vigente.
OFICINA DE AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN
Es la encargada de ejecutar el proceso de autoevaluación que conduce a la acreditación de la Facultad de acuerdo a la normatividad vigente, depende jerárquica y estructuralmente del Decanato y funcionalmente de la Oficina Central de Autoevaluación y Acreditación. Coordina con la(s) Direcciones de Escuela (s) de investigación y Jefe (s) de Departamento Académico (s).
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ORGANOS DE LINEA:
ESCUELA DE PREGRADO La Escuela Profesional tiene a su cargo la organización y coordinación de las actividades curriculares de la Facultad, asimismo, evalúa el rendimiento y comportamiento del docente y las actividades académicas.
SECCIÓN DE POST-GRADO La Facultad organiza su Sección de Post Grado cumpliendo los requisitos establecidos para impartir estudios de alto nivel cuando dispone de los docentes.
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Promueve, coordina y ejecuta la labor de investigación en la Facultad de acuerdo al reglamento, las normas y directivas que establezca el Consejo de Investigación. Dirige y supervisa en trabajos de análisis diseño y programación de los sistemas de información de acuerdo al Plan de Trabajo del Instituto.
DIRECCION DE PROYECCION SOCIAL Se encarga de realizar actividades de promoción, proyección e integración a la comunidad mediante la prestación de servicios y estudios no escolarizados a quienes no son sus miembros, en coordinación con los órganos centrales de la Universidad.
DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS
Es la encargada de ejecutar a actividades de producción de bienes y/o prestación de servicios en el ámbito de competencias y fines de la Facultad, aprobadas por el Consejo de Facultad.
DIRECCION DE ORIENTACIÓN Y TUTORIA ACADÉMICA Y PERSONAL
Es la encargada de programar, supervisar, controlar, impulsar, promover y coordinar las actividades que permitan solucionar los problemas de tipo académico, personal y/o social que afectan el desempeño y rendimiento formativo del estudiante universitario, promueven de manera integral actividades en el campo cultural, recreativo y deportivo.
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DOCENTES DE LA FDCP
DOCENTES DE LA ESCUELA DE DERECHO
RELACION DE DOCENTES ORDINARIOS - CATEGORÍA PRINCIPAL
Nº ESCUELA CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES DEDIC
1 Derecho 66103 TAQUIA VILA VICTOR TC
2 Derecho 76312 ROBLES ROSALES WALTER MAURICIO TC
3 Derecho 92090 LUI JUNES RUTH ELIA PATRICIA TC
4 Derecho 96341 IBAÑEZ CARRANZA LUZ DEL CARMEN TP
5 Derecho 88018 RIVERA ORE JESUS ANTONIO TP
6 Derecho 95169 RAMOS SUYO JUAN ABRAHAM TP
7 Derecho 95211 NAVAS RONDON CARLOS VICENTE TP
RELACION DE DOCENTES ORDINARIOS - CATEGORÍA ASOCIADO
Nº DOCUM CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES DEDIC
1 Derecho 65123 TEJADA PALACIOS JAIME ORLANDO TC
2 Derecho 80416 PANDURO ANGULO ECKERMAN TC
3 Derecho 2017004 BONILLA PALACIOS WALTER ROMULO TC
4 Derecho 80285 SAENZ ARANA LUZ AUREA TC
5 Derecho 76196 MORALES VEGA OSCAR ROLANDO TC
6 Derecho 75219 MUNIVE TAQUIA JESUS WILFREDO TC
7 Derecho 96060 JIMENEZ HERRERA JUAN CARLOS TC
8 Derecho 87807 RAMIREZ CRUZ EUGENIO MARIA TC
9 Derecho 94115 ROSAS DIAZ IBETT YULIANA TC
25
10 Derecho 2002147 LOPEZ FIGUEROA MARIO LUIS TC
11 Derecho 2002222 ESTELA HUAMAN JOSE ALBERTO TP
12 Derecho 86284 ZAPLANA FLORES ROCIO DEL CARMEN TP
13 Derecho 2003014 GONZALES LOLI MARTHA ROCIO TP
14 Derecho 2002148 SANCHEZ SANCHEZ ROSA MARLENNE TP
15
Derecho 91034 MEJIA VELASQUEZ GUSTAVO MOISES TP
16 Derecho 96150 VELASCO VALDERAS PATRICIA JANNETT TP
RELACION DE DOCENTES ORDINARIOS - CATEGORÍA AUXILIAR
Nº DOCUM CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES DEDIC
1 Derecho 88202 MELENDEZ AVALOS MANUEL ASUNCION TC
2 Derecho 92058 ALCEDO MONTANEZ ARMANDO DOMINGO
TC
3 Derecho 2002154 ARAUJO SANCHEZ ELIANA ELDER TP
4 Derecho 2000163 LEANDRO MARTIN MAURO FLORENCIO TP
5 Derecho 2003018 OSORIO JARA GILBERTO CLAVER TP
6 Derecho 2003004 BALDEON RIOS JUAN FRANCISCO TP
7 Derecho 94055 PACORA GRADOS EDITH JOSEFINA TP
8 Derecho 2003030 SEIJAS RENGIFO TERESA DE JESUS TP
9 Derecho 2003002 ANDUJAR MORENO JORGE ARTURO TP
10 Derecho 82144 DIAZ MANRIQUE MARCIAL RUBEN TP
11 Derecho 99082 BECERRA MEDINA MIGUEL ENRIQUE TP
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12 Derecho 96477 SARMIENTO ALBACETTI DE MARQUIN GLADYS YOLANDA
TP
DOCENTES CONTRATADOS 2018
CIENCIA JURIDICA
N° DOCENTE DNI Código de
Plaza
Tipo de contrato
(DCA o DCB)
CARGA ACADÉMICA
1 QUEVEDO PEREYRA, GASTON
7290234 002379.. DCU-A1 32..
2 AMBROSIO BEJARANO HUGO
10262957 002440.. DCU-A1 32..
3 VILDOSO CABRERA, ERICK
9949025 002539.. DCU-A2 16..
4 MIRANDA ABURTO, ELDER
7626166 002615.. DCU-B1 32..
5 SUMOSO GARCIA, FELIX 6277070 002616.. DCI-B1 32..
6 VALVERDE CAMAN, FERNANDO
8037384 002617.. DCU-B1 32..
7 LEGUA QUISPE INGA, ALEJANDRO
25706132 002620.. DCU-B1 32..
8 CORNEJO YANCCE, GROVER
8671606 002623.. DCU-B1 32..
9 POLO Y LA BORDA SALAZAR, CARMEN JULIA
9376936 002624.. DCU-B1 32..
10 JAUREGUI MONTERO, JOSE ANTONIO
6596082 002628.. DCU-B1 32..
11 RIOJA VALLEJOS, JORGE LUIS
7046051 002629.. DCU-B1 32..
12 CHAVEZ SANCHEZ, SADI MANUEL
43195706 0026360.. DCU-B1 32..
13 SAENZ TORRES, ALEXEI DANTE
89933720 002511.. DCU-B2 16..
14 ROMERO QUISPE, JACOBO
6564542 002512.. DCU-B2 16..
15 ZAVALA DELGADILLO, OLINDA AMERICA
8625620 002525.. DCU-B2 16..
16 FRANCIA ARIAS, JOSÉ LUIS
6064554 002526.. DCU-B2 16..
17 ALZA SALVATIERRA, MARIA SOLEDAD
40469174 002548.. DCU-B2 16..
27
18 ALFARO PAMO, KARINA TATIANA
29704847 002568.. DCU-B2 16..
19 PARIONA PASTRANA, JOSUE
10495836 001799.. DCU-B3 08..
20 MOMETHIANO SANTIAGO, JAVIER YSRAEL
07501488 002640.. DCU-B1 32..
21 BEGAZO DE BEDOYA, LUIS HERNANDO
09917468 002644.. DCU-B1 32..
22 CRUZ RIOS, ELIOT MARCOS
06950300 002645.. DCU-B1 32..
23 CHOCANO RODRIGUEZ, REINER GERERMIAS
07461858 002523.. DCU-B2 16..
24 CAVERO SOTO, DANIEL ALEJANDRO
08005912 002557.. DCU-B2 16..
25 LAURENCIO MIRABAL, LUZ DINA
07213582 002515.. DCU-B2 16..
26 NOGUERA RAMOS, SERGIO IVAN
07962622 000057.. DCU-B3 08..
27 TORRES VEGA, ISABEL CRISTINA
08105244 002522.. DCB-B3 08..
28 DELGADO MEJÍA, HUMBERTO
20012385 002633.. DCB-B1 32..
29 HUARCA LÓPEZ, TERESA 00898375 002634.. DCB-B1 32..
30 OLIVARES VIDAL, MARLENE IRMA
08671109 002635.. DCB-B1 32..
31 MEZA AYALA, JULIO GUILLERMO
42177091 002688.. DCU-B1 32..
32 CAUTY ENRIQUEZ, EFRAIN ALVINO
09032062 002733.. DCU-B2 16..
33 AYALA OLORTEGUI, FATIMA ZEANAIDA
08701363 003120.. DCU-B3 08..
34 ROMERO ROMERO, YURI FRANK
10762352 003114.. DCU-B3 08..
28
DOCENTES DE LA ESCUELA DE CIENCIA POLITICA
RELACION DE DOCENTES ORDINARIOS - CATEGORÍA PRINCIPAL
Nº ESCUELA CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES DEDIC
1 Ciencia Política 2001128
TELLO LEYVA MARIA DEL PILAR DOLORES TC
RELACION DE DOCENTES ORDINARIOS - CATEGORÍA ASOCIADO
Nº DOCUM CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES DEDIC
2 Ciencia Política 97098
MATOS ZUÑIGA LUIS ALBERTO TC
RELACION DE DOCENTES ORDINARIOS - CATEGORÍA AUXILIAR
Nº DOCUM CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES DEDIC
3 Ciencia Política 99084 VIGIL FARIAS JOSE TC
4 Ciencia Política 86954
MENDOZA LA ROSA CARLOS ALFONSO TC
5 Ciencia Política 2000307
MOSCOSO TORRES VICTOR JUBER TP
6 Ciencia Política 99204
D'AZEVEDO GARCIA MARTIN DE JESUS TP
7 Ciencia Política 2000256
ARANA YSA EDUARDO MELCHOR TP
8 Ciencia Política 2001133
LEON VELASCO SEGISMUNDO ISRAEL TP
9 Ciencia Política 97281
ESPINOZA CASTELLARES ALBERTO EDMUNDO TP
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DOCENTES CONTRATADOS 2018
CIENCIA POLITICA
N° DOCENTE DNI Código de
Plaza
Tipo de contrato (DCA o DCB)
CARGA ACADÉMICA
1 GOMES HIJAR, BELTRAN
40036202 002577.. DCU-B2 16..
2 ORTIZ MARREROS, JORGE LUIS
8695478 002579.. DCU-B2 16..
3 SANCHEZ GARCIA MARIA ANTONIETA
41006759 002793.. DCU-A1 32..
4 CENTURION PORTALES, JUAN CARLOS
7847757 002653.. DCU-B1 32..
5 CALCINA ROMERO, LUIS ANDRES
9640255 002654.. DCU-B1 32..
6 VELAZCO MARMOLEJO, HAROLD GABRIEL
42390174 002655.. DCU-B1 32..
7 ACETO LUCA 48976953 002650.. DCU-B1 32..
8 DAVILA CORDOVA, JOSE ANGEL
41495345 002571.. DCU-B1 32..
9 RAMOS VERA, JUANA ROSA
1286724 002646.. DCU-B1 32..
10 BUSTAMANTE VALENTIN, ERNESTINA EMPERATRIZ
19915238 002576.. DCU-B2 16..
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DE LA MATRICULA
PROCESO DE MATRICULA 2018A.- DE LA MATRÍCULA
REGULAR
1. El estudiante recibe en la Dirección de la Escuela Profesional de
su Facultad la Carpeta de Matrícula, que contiene el Récord Académico para la Matrícula 2018, Ficha de Solicitud de Matrícula, Reporte de Obligaciones de Pago (OCEF) y el Instructivo de Matrícula 2018.
2. La matrícula regular es el acto formal que acredita la condición del estudiante, se efectúa simultáneamente en todas las Facultades en las fechas establecidas en el Calendario Académico 2018, las fechas son improrrogables, y el solo pago por concepto de matrícula dentro del Calendario Académico no formaliza la matrícula- Artículo 20º del Reglamento General.
3. La matrícula regular se llevará a cabo del 05 al 23 de marzo en las Facultades de Régimen Anual y Semestral, según Calendario Académico 2018, bajo la dirección y ejecución de la Escuela Profesional, con el apoyo de la Oficina de Servicios Académicos (OSA).
4. El estudiante para matricularse deberá portar su Carpeta de Matrícula, con los siguientes documentos: a. Ficha de Solicitud de Matrícula debidamente llenada (original
y copia), previa consejería y firma del Docente Consejero. b. Récord Académico Matrícula 2018, emitido por la
Oficina Central de Registros Académicos y Centro de
Cómputo (OCRACC). c. Recibos cancelados de acuerdo a las tasas establecidas para
la matrícula en su Reporte de Obligaciones de Pago (OCEF). d. Carné Universitario vigente (si es estudiante regular) o DNI.
5. De acuerdo a su condición académica y/o económica los
estudiantes deberán anexar los siguientes documentos: a. Boleta de notas de Nivelación 2017, sellada y firmada
por el responsable de la OSA de la Facultad, si el estudiante se ha matriculado en el último Ciclo Vacacional.
b. Resolución De canal de Reactualización de Matrícula (estudiantes que han discontinuado sus estudios hasta por 08 años) – Artículo 98º del Reglamento General.
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c. Constancia emitida por la Oficina Central de Recursos Humanos, de ser trabajador o hijo de trabajador de la UNFV.
d. Resolución de Reserva de Matrícula (de quienes solicitaron reserva
o licencia y no se matricularon en el año académico anterior). e. Resolución de Separación condicionada por bajo
rendimiento académico en la UNFV, para el Año Académico 2017, adjuntando la Declaración Jurada respectiva, según el ítem 2.7 de la Directiva Nº12-2015-VRAC-UNFV, aprobada con R.VRAC. Nº 1725-2015-UNFV (17.11.15)
6. En el llenado de la Ficha de Solicitud de Matrícula, el
estudiante debe: a. Escribir claramente sus datos personales: N° de DNI, código
y nombres, Facultad, Escuela Profesional, Especialidad, plan y nivel de estudios; el código; nombre, turno, sección, créditos de la asignatura a matricularse.
b. Nombre, código y firma del docente consejero (sin borrones ni enmendaduras) - Artículo 10º del Reglamento del Régimen Académico.
c. Tener en cuenta los pre requisitos de cada asignatura y el creditaje permitido, según el nivel de estudios del plan en el que se matricula.
d. El estudiante desaprobado hasta en tres asignaturas se matricula en primer lugar en las que desaprobó, luego en las asignaturas de su plan curricular que le corresponda de acuerdo a su nivel de estudios, hasta completar el número máximo permitido de créditos. No existen asignaturas de cargo – Artículo 18º del Reglamento General de Matrícula.
e. El estudiante que desaprobó cuatro o más asignaturas en el Ciclo Académico anterior se matrícula en el próximo ciclo académico sólo en las que desaprobó, incluyendo aquellas en las que no se presentó. El estudiante que desapruebe me-nos de cuatro (04) asignaturas en cada semestre y estos acumulen en el año académico cuatro o más asignaturas desaprobadas, podrán matricularse en el primer semestre en las asignaturas desaprobadas que corresponda y en aquellas cuyos pre-requisitos han sido aprobados. Lo mismo se aplicará en el segundo semestre – Artículo 17º del Reglamento General de Matrícula.
f. La matrícula semestral o anual, se realiza respetando una secuencia de asignaturas a lo largo de la carrera. No pudiendo registrar matrícula en asignaturas de más de dos niveles consecutivos – Artículo 99º del Reglamento General.
g. El estudiante es el único responsable de la información contenida en la ficha de solicitud de matrícula, la cual firmará en señal de conocimiento y aceptación.
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h. De no cumplir con lo señalado, el estudiante podrá ser sancionado con la anulación de las asignaturas matriculadas irregularmente, sin derecho a apelación de la acción tomada.
7. La OSA emitirá la Boleta de Matrícula. El estudiante la firmará
en señal de conformidad al igual que el jefe de la OSA, quien la sellará; este documento acredita su condición de estudiante matriculado en el año lectivo.
8. El solo pago por concepto de matrícula en una institución
bancaría no formaliza la matrícula. B. DE LA REACTUALIZACIÓN DE MATRÍCULA
1. La reactualización de matrícula es el proceso mediante el cual se autoriza por única vez, la matrícula de un estudiante que ha des-continuado sus estudios hasta un máximo de diez (10) años, – Artículo 22° del Reglamento General, considerando para ello, el récord académico, emitido por la OCRACC como información referencial. Se autoriza con la Resolución de Facultad correspondiente.
2. Se realiza a través de una solicitud dirigida al Decano de la Facultad señalando y sustentando las razones de su alejamiento, adjuntando Record Académico, constancia de ingreso a la UNFV y recibo de pago respectivo –Artículo 30º del reglamento general de Matrícula del pre grado.
3. Se llevó a cabo del 15 de noviembre 2017 al 16 de febrero del 2018.
4. Procede la reactualización de matrícula del estudiante que hasta el año académico 2013 inclusive, no haya sido cancelado por bajo rendimiento académico, por tener asignaturas desaprobadas por tres o más veces consecutivas o no haber aprobado el mínimo del 10 % de créditos de su plan de estudios) en los tres (3) últimos años académicos.
5. Para los estudiantes matriculados a partir del año académico
2014, procede la reactualización de matrícula si no tiene
asignaturas desaprobadas, por cuatro o más veces
consecutivas, conforme a lo dispuesto en el Artículo 102º de
la Ley Universitaria Nº 30220 y Artículo 124º Estatuto UNFV
2015.
C. DE LA MATRÍCULA EXTEMPORÁNEA
1. La matrícula extemporánea es aquella que ocurre fuera de la fecha establecida en el Calendario Académico, esta
33
matricula requiere el pago anticipado de la tasa respectiva – Artículo 23º Reglamento General.
2. Se realiza del 26 de marzo al 13 de abril 2018 en las Facultades de Régimen Anual y Semestral.
3. Procede a su matrícula de la misma manera que en el punto
“A.DE LA MATRICULA REGULAR” 4. El solo pago por concepto de matrícula en una institución
bancaría no formaliza la matrícula extemporánea – Artículo 100º Reglamento General.
D. DE LA RECTIFICACIÓN DE MATRÍCULA
1. La rectificación de matrícula permite ingresar o retirarse de
una o más asignaturas, sustituyéndolas o no por otras, por una sola vez en el año académico, sin excederse del número de créditos permitidos. El cambio de turno o sección también es una forma de rectificación de matrícula, previo pago de la tasa correspondiente – Artículo 24º del Reglamento General.
2. La rectificación de matrícula se realiza a través de una solicitud dirigida al Decano de la Facultad señalando y sustentando las razones del retiro o cambio de una o más asignatura y/o turno o sección, ad juntando el recibo de pago respectivo.
3. Se realiza del 23 al 27 de abril 2018 en las Facultades de Régimen Anual y 1er. semestre; y del 06 al 10 de agosto al 09 de setiembre para el 2do. Semestre.
4. La rectificación de la matrícula sólo procederá si hay vacante disponible.
E. DE LA AMPLIACIÓN DE CRÉDITOS
1. La ampliación de créditos consiste en el incremento de
créditos (Artículo 25º del Reglamento General) por el estudiante, con promedio ponderado no menor a trece (13) y condición de no tener asignaturas desaprobadas en el último año o ciclo académico), siendo el máximo de cuatro (04) créditos semestrales y ocho (08) créditos anuales. Los estudiantes del último ciclo académico, podrán llevar hasta dos asignaturas que les falte para culminar sus estudios, lo cual será autorizada con resolución de Facultad – Artículo 64º Reglamento General de Matrícula del Pre grado.
2. La ampliación de créditos se realiza a través de una solicitud dirigida al Decano de la Facultad señalando y sustentando las razones de la ampliación de créditos, adjuntando el recibo de pago respectivo.
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3. Se realiza del 26 de marzo 2017 al 03 de abril créditos solo procederá si hay vacantes disponibles.
F. DE LA RESERVA DE MATRÍCULA
1. La reserva de matrícula es un derecho del estudiante, que puede solicitarla por razones de trabajo o de otra naturaleza debidamente sustentada. No excederá de tres (3) años consecutivos o alternos – Artículo 120º inciso 11 del Estatuto UNFV 2015, no siendo requisito matricularse previamente, excepto en el caso de los ingresantes – Artículo 47º Reglamento General del Pregrado. Se autoriza con la Resolución de Facultad correspondiente.
2. La reserva de matrícula se realiza a través de una solicitud dirigida al Decano de la Facultad señalando y sustentando las razones de la reserva, adjuntando el recibo de pago respectivo.
3. Se realiza del 16 al 20 de abril 2018 en las Facultades de Régimen Anual y 1er. semestre; y del 27 al 31 de agosto, para el 2do. Semestre.
G. DEL RETIRO DE MATRÍCULA
1. El retiro de matrícula cancela el conjunto de asignaturas matricula-das, a solicitud del estudiante. Es autorizado por Resolución Decanal, previo informe académico documentado del Director de Escuela Profesional y en la fecha prevista en el calendario académico – Artículo 27º Reglamento General.
2. El retiro de matrícula se realiza a través de una solicitud dirigida al Decano de la Facultad señalando y sustentando las razones del retiro adjuntando el recibo de pago respectivo.
3. Se realiza del 16 al 20 de julio en las Facultades de régimen anual y del 14 al 18 de mayo para el 1er. semestre; y del 24 al 28 de septiembre del 2018 para el 2do. Semestre.
H. DE LA SEPARACIÓN TEMPORAL
Si un estudiante no cumple con aprobar una misma asignatura por tres (03) veces será separado temporalmente por un (01) año de la universidad – Artículo 102º de la Ley Universitaria Nº 30220 y Artículo 124º Estatuto UNFV 2015.
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I.DE LA SEPARACIÓN POR BAJO RENDIMIENTO
ACADÉMICO
La desaprobación de una misma asignatura por tres veces, da lugar a que el estudiante sea separado temporalmente por un año de la universidad. Al término de este plazo, el estudiante solo se podrá matricular en la asignatura que desaprobó anteriormente, para retornar de mane-ra regular a sus estudios en el ciclo siguiente. Si desaprueba por cuarta vez, procede su retiro definitivo. –Artículo 102º de la Ley Universitaria Nº 30220 y Artículo 124º Estatuto UNFV 2015.
I. DE LA PÉRDIDA DE LA GRATUIDAD DE LA ENSEÑANZA
1. La gratuidad se pierde cuando un estudiante es
desaprobado en una asignatura, debiendo abonar un v derecho por cada crédito del curso desaprobado de acuerdo a la tasa establecida, y que será simple para la segunda matrícula y doble para la tercera – Artículo 56º del Reglamento General de Matrícula.
2. También, pierde la gratuidad el estudiante que obtiene el calificativo de cero (00) por haber hecho abandono de la asignatura – Artículo 24º Reglamento General de Evaluación.
3. Se recupera la gratuidad cuando se aprueba todas las asignaturas del semestre académico matriculado.
4. Los estudiantes ingresantes por modalidad de Traslado Externo y Segunda Profesión abonarán una pensión mensual, según tasa establecida por la Dirección General de Administración.
J. DE LA CONSEJERÍA DOCENTE
La Facultad a través de sus Escuelas Profesionales designarán a los docentes consejeros, quienes coordinarán con la DOTAP y la OSA el proceso de matrícula, realizando las siguientes acciones:
1. Conocer la normativa académica vigente: Estatuto UNFV,
Reglamentos, Plan de Estudios (pre-requisitos y créditaje) y Tablas de Equivalencias.
2. Realizar una adecuada orientación y consejería a los estudiantes durante el proceso de matrícula.
3. Verificar el correcto llenado del formato de Ficha Solicitud de Matrícula, el cual refrendará con su firma.
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ORGANIGRAMA DE LA FDCP
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GRADOS Y TÍTULOS
GRADO ACADÉMICO: Bachiller en Derecho Bachiller en Ciencia Política
TÍTULO Abogado Licenciado en Ciencia Política
DURACIÓN: Para Derecho, seis (6) años de estudios Para Ciencia Política cinco (5) años de estudio
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PLAN DE ESTUDOS (Resolución Rectoral Nº8272-2009-UNFV de fecha
05.02.2009)
PLAN CURRICULAR DE LA CARRERA PROFESIONAL DE CIENCIA POLÍTICA
PRIMER AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPP110 INTRODUCCIÓN A LA CIENCIA POLÍTICA
6 2 2 4 --
DPP111 LENGUAJE 4 2 0 2 --
DPP112 LOGICA, FILOSOFÍA Y ÉTICA 5 2 1 3 --
DPP113 SOCIOLOGÍA 5 2 1 3 --
DPP114 ECONOMÍA (MICRO Y MACRO) 5 2 1 3 --
DPP115 PSICOLOGÍA 4 2 0 2 --
DPP116 TEORÍA DEL PODER 5 2 2 4 --
DPP117 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN Y TECNICAS DE ESTUDIO
4
1
2
3
--
DPP118 HISTORIA DEL PENSAMIENTO POLÍTICO
5 2 1 3 --
TOTAL DE CREDITOS 43
SEGUNDO AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPP210 ANTROPOLOGÍA POLÍTICA 6 2 2 4 --
DPP211 DERECHO CONSTITUCIONAL I 4 2 0 2 --
DPP212 HISTORIA DE LAS DOCTRINAS ECONÓMICAS
4 2 0 2 DPP114
DPP213 DERECHOS HUMANOS 5 2 1 3 --
DPP214 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN POLÍTICA
5 2 1 3 DPP117
DPP215 ESTADÍSTICA APLICADA A LA CIENCIA POLÍTICA
5 2 1 3 --
DPP216 IDEOLOGÍAS POLÍTICAS CONTEMPORÁNEAS
5 2 1 3 --
DPP217 ECOLOGÍA POLÍTICA 5 2 1 3 --
DPP218 ESTASIOLOGÍA 5 2 1 3 DPP116
TOTAL DE CREDITOS 44
39
TERCER AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPP310 DERECHO CONSTITUCIONAL II 4 2 0 2 DPP211
DPP311 SISTEMAS POLÍTICOS Y FORMAS DE GOBIERNO
5 2 1 3 --
DPP312 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 5 2 1 3 --
DPP313 PENSAMIENTO POLÍTICO PERUANO Y LATINOAMERICANO
5
2
1
3
DPP216
DPP314 TEORÍA DE LAS FUERZAS POLÍTICAS, PARTIDOS POLÍTICOS Y GRUPO DE PRESIÓN
5
2
1
3
DPP218
DPP315 CORRIENTES Y ESCUELAS METODOLÓGICAS DE LA CIENCIA POLÍTICA
5
2
1
3
DPP214
DPP316 ECONOMÍA INTERNACIONAL 5 2 1 3 --
DPP317 SISTEMA POLÍTICO MUNICIPAL 5 2 1 3 DPP211
DPP318 TEORÍA DE LOS PROCESOS POLÍTICOS
5 2 1 3 --
TOTAL DE CREDITOS 44
CUARTO AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPP410 PSICOLOGÍA POLÍTICA 5 2 1 3 DPP115
DPP411 PODER POLÍTICO Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
5 2 1 3 DPP314
DPP412 POLEMOLOGÍA 5 2 1 3 DPP116
DPP413 FINANZAS PÚBLICAS 4 2 1 3 DPP215
DPP414 TEORÍA DE LAS DECISIONES POLÍTICAS
5 2 1 3 DPP318
DPP415 RELACIONES INTERNACIONALES 5 2 1 3 DPP316
DPP416 SISTEMA PARLAMENTARIO 5 2 1 3 DPP311
DPP417 DERECHO INTERNACIONAL 5 2 1 3 DPP310
DPP418 POLÍTICA COMPARADA 5 2 1 3 DPP312
TOTAL DE CREDITOS 44
QUINTO AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPP510 PROPAGANDA POLÍTICA 5 2 1 3 DPP410
DPP511 ANÁLISIS POLÍTICO 5 2 1 3 DPP418
40
DPP512 MARKETING POLÍTICO 5 2 1 3 DPP417
DPP513 POLÍTICA INTERNACIONAL Y GEOPOLÍTICA
5 2 1 3 DPP415
DPP514 POLÍTICA GUBERNAMENTAL 5 2 1 3 DPP414
DPP515 FILOSOFÍA POLÍTICA 5 2 1 3 DPP112
DPP516 TEORÍA DE LA ESTRATEGIA 5 2 1 3 DPP414
DPP517 PROCESOS DE LA POLÍTICA NACIONAL
5 2 1 3 DPP318
DPP518 FORMULACIÓN, GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS PÚBLICOS
4
1
2
3
DPP413
2I0161 DEFENSA NACIONAL 3 1 1 2 DPP311
TOTAL DE CREDITOS 47
TOTAL 222
PLAN CURRICULAR DE LA CARRERA PROFESIONAL
DE DERECHO
PRIMER AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPD101 INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFIA Y LOGICA
06 2 1 3 --
DPD102 INTRODUCCIÓN A LAS CIENCIAS JURÍDICAS
05 3 0 3 --
DPD103 HISTORIA DEL DERECHO 03 1 1 2 --
DPD104 LENGUAJE 04 1 2 3 --
DPD105 ETICA Y AXIOLOGIA 06 3 0 3 --
DPD106 DERECHO ROMANO 03 1 1 2 --
DPD107 METODOLOGIA DE LA INVESTIGACIÓN E INFORMÁTICA JURÍDICA
04 1 2 3 --
DPD108 PSICOLOGIA 04 1 2 3 --
DPD109 VISIÓN CRITICA DE LA HISTORIA DEL PERÚ
06 2 2 4 --
DPD110 LITERATURA 03 1 1 2 --
TOTAL DE CREDITOS 44
SEGUNDO AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
41
DPD 201 TEORIA GENERAL DEL ESTADO 04 2 0 2 DPD102
DPD 202 SOCIIOLOGIA 03 2 0 2 --
DPD 203 HISTORIA DE LA CULTURA 03 1 1 2 --
DPD 204 DERECHO PENAL I 06 2 2 4 DPD102 Y DPD106
DPD 205 DERECHO CIVIL I TITULO PRELIMINAR Y PERSONAS (LIBRO I)
06 2 2 4 DPD102
DPD 206 DERECHO CIVIL ACTO JURIDICO (LIBRO II)
06 2 2 4 --
DPD 207 DERECHO ADMINISTRATIVO 04 2 0 2 DPD102
DPD 208 ELEMENTOS DE MATEMÁTICAS 04 1 2 3 --
DPD 209 ANTROPOLOGIA 04 1 2 3 --
DPD 210 DERECHO ECONÓMICO 04 2 0 2 --
TOTAL DE CREDITOS 44 --
TERCER AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPD 301 DERECHO CONSTITUCIONAL 06 2 2 4 DPD 201
DPD 302 DERECHO CIVIL FAMILIAR (LIBRO III) 06 2 2 4 DPD 205 y DPD206
DPD 303 DERECHO PROCESAL PENAL I 04 1 2 3 --
DPD 304 DERECHO MINERO 04 2 0 2 --
DPD 305 MEDICINA LEGAL 04 2 0 2 --
DPD 306 PRACTICA DE DERECHO PENAL 03 0 3 3 DPD 204
DPD 307 DERECHO AGRARIO Y AMBIENTAL 04 2 0 2 --
DPD 308 DERECHO PENAL PRIVATIVO 03 1 1 2 DPD 204
DPD 309 DERECHO PENAL II 06 2 2 4 DPD 204
DPD 310 DERECHO PROCESAL CIVIL I 04 1 2 3 DPD 205
TOTAL DE CREDITOS 44
CUARTO AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPD 401 DERECHO CIVIL REALES (LIBRO IV) 06 2 2 4 DPD 302
DPD 402 DERECHO PROCESAL CIVIL II 04 1 2 3 DPD 310
DPD 403 DERECHO LABORAL 05 2 1 3 DPD 207
DPD 404 DERECHO DE EJECUCIÓN PENAL 04 1 2 3 DPD 309
DPD 405 DERECHO COMERCIAL I 05 2 1 3 DPD 206 y DPD 210
DPD 406 DERECHO PROCESAL PENAL II 04 1 2 3 DPD 303
42
DPD 407 DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONA Y ACCIONES DE GARANTIA
04 1 2 3 DPD 301
DPD 408 DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
03 1 1 2 DPD 206
DPD 409 DERECHO PENAL II 06 2 2 4 DPD 309
DPD 410 DERECHO DE MENORES 03 1 1 2 DPD 302
TOTAL DE CREDITOS 44
QUINTO AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPD 501 DERECHO CIVIL OBLIGACIONES (LIBRO VI)
06 2 2 4 DPD 206
DPD 502 DERECHO CIVIL CONTRATOS (LIBRO VII)
06 2 2 4 DPD 206
DPD 503 DERECHO INDUSTRIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL
04 2 0 2 DPD 301
DPD 504 DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
04 2 0 2 --
DPD 505 CRIMINOLOGIA 04 2 0 2 DPD 409
DPD 506 DERECHO PROCESAL CIVIL III 04 1 2 3 DPD 402
DPD 507 DERECHO COMERCIAL II 05 2 1 3 DPD 405
DPD 508 PROCEDIMIENTO LABORAL 04 1 2 3 DPD 403
DPD 509 ORATORIA FORENSE 02 0 2 2 DPD 104
DPD 510 DERECHO ADUNAS 05 2 1 3 DPD 405
DPD 511 PRACTICAS PROFESIONAL EXTERNA I
02 0 2 2 --
2I0161 DEFENSA NACIONAL 03 0 3 3 DPD 109
TOTAL DE CREDITOS 49
TOTAL 222
SEXTO AÑO
CÓDIGO ASIGNATURA CRÉDITO H.T H.P TOTAL PRE-REQUISITO
DPD 601 DERECHO CIVIL SUCESIONES (LIBRO V)
06 2 2 4 DPD 401 y DPD 302 y DPD502
DPD 602 DERECHO FINANCIERO BANCA Y SEGUROS
05 2 1 3 DPD 507
DPD 603 DERECHO JUDICIAL 05 2 1 3 --
DPD 604 DERECHO TRIBUTARIO Y PROCESAL TRIBUTARIO
06 1 4 5 DPD 401 y DPD 507
DPD 605 DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL 04 1 2 3 --
43
DPD 606 DEONTOLOGIA FORENSE 02 1 0 1 --
DPD 607 COMERCIO INTERNCIONAL 05 2 1 3 DPD 507
DPD 608 FILOSOFIA DEL DERECHO 04 2 0 2 DPD 101
DPD 609 DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
04 2 0 2 DPD 504
DPD 610 DERECHO MUNICIPAL 03 1 1 2 DPD 207
DPD 611 PRACTICAS PROFESIONALES EXTERNAS II
02 0 2 2 DPD 511
TOTAL DE CREDITOS 46
TOTAL 271
CALENDARIO ACADEMICO 2012 (REGIMEN ANUAL)
Mediante Resolución R. N° 2175-2018-CU-UNFV de fecha 23.01.2018, se aprobó el Calendario Académico 2018 de la Universidad Nacional Federico Villarreal, asimismo con Resolución R. N° 2673-2018-UNFV de fecha 04.05.2018, se aprobó de manera excepcional el Cronograma de Matricula 2018 para la Facultad de Derecho y Ciencia Política y se modificó el Calendario Académico 2018 de la Universidad Nacional Federico Villarreal
RESOLUCIÓN FECHA ACTIVIDAD ACADÉMICA
RESOLUCIÓN R. N° 2811-2018-CU-UNFV de fecha 05.06.2018
Hasta 25 de mayo 2018
Matrícula Regular de Ingresantes 2018 (Consejería y Matrícula Regular)
Del 28 al 31 de mayo 2018
Matrícula Extemporánea de Ingresantes 2018. (Consejería y Matrícula Extemporánea).
Del 01 al 08 de junio 2018
Rectificación de Matrícula de Ingresantes (Recepción y registro de solicitudes de rectificación de matrícula).
Del 01 al 08 de junio 2018
Reserva de matrícula de Ingresantes. (Recepción y registro de solicitudes de reserva de matrícula).
44
RESOLUCION R N° 2673-2018-UNFV de fecha 04.05.2018
Del 24 al 27de abril 2018
MATRICULA REGULAR (Consejería y matrícula regular)
Del 28 de abril al 07 de mayo 2018
MATRICULA EXTEMPORANEA (Consejería y matricula extemporánea)
Del 08 al 10 de mayo de 2018
ENTREGA DE INFORMACIÓN DE LA MATRICULA A OCRACC (entrega de información de matrícula regular y extemporánea)
Del 11 al 18 de mayo 2018
RECTIFICACIÓN DE MATRICULA (recepción y registro de solicitudes de rectificación de matrícula)
21 y 22 de mayo 2018
RECTIFICACIÓN DE MATRICULA DE INGRESANTES CON CONVALIDACIÓN (recepción y registro de solicitudes de rectificación de matrícula)
RESOLUCION R N° 2673-2018-UNFV de fecha 04.05.2018
23 y 24 de mayo 2018
ENTREGA DE INFORMACIÓN DE MATRICULA A LA OCRACC. (entrega de información de la rectificación y convalidación de matrícula)
25 al 28 de mayo 2018
VERIFICACIÓN DE LA MATRICULA (entrega de información de la rectificación y convalidación de matrícula)
29 al 31 de mayo 2018
LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE MATRICULA
45
(preparación y remisión de informes a Facultades y VRAC).
FECHA AMPLIACIÓN DE CREDITOS
RESOLUCION R N° 2673-2018-UNFV de fecha 04.05.2018
Del 04 al 07 de mayo 2018
Presentación de solicitudes.
Del 08 y 09 de mayo 2018
Evaluación de solicitudes
Del 10 y 11 de mayo 2018
Elaboración de Resolución Decanal (ampliación de Créditos)
Del 14 al 16 de mayo de 2018
Entrega de Resolución Decanal de Ampliación de Créditos al Estudiante, OCRACC y al VRAC.
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Semblanza del Sabio Federico Villarreal
Federico Villarreal nació en Túcume, Lambayeque, el 31 agosto de 1850. Sus padres fueron Ruperto Villarreal y Manuela Villarreal. Inició sus estudios en su ciudad natal, sobresaliendo desde niño como un brillante alumno, llegando a graduarse como preceptor de primeras letras. Su vocación por las ciencias exactas le permitió que a los 23 años superara el Binomio de Newton, graduándose luego como preceptor de segunda enseñanza, a los 26 años. En 1877, viaja a Lima e ingresa a la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, destacando por su dedicación al estudio. Optó su grado de bachiller en el año de 1879, con la tesis “Fórmulas y métodos que deben complementarse en matemática pura”¸ y en 1880 la licenciatura, con su tesis “El efecto de refracción sobre el disco de los astros”. En1881, fue el primer doctor en matemática egresado de dicha universidad, mereciendo sobresaliente calificación por la tesis Clasificación de las curvas del tercer grado. Al producirse la Guerra del Pacífico en 1879, Federico Villarreal, se alista en las filas de los defensores de la patria. No sólo comparte el sacrificio de la Batalla del Morro de Chorrillos, sino que cae herido de cuidado en los campos de San Juan y Miraflores. A los 31 años postuló a la Escuela de Ingenieros (hoy Universidad Nacional de Ingeniería), alternando el dictado de la cátedra universitaria con sus clases. Durante los años 1886 y 1887 obtiene los títulos de Ingeniero Civil e Ingeniero de Minas. Desde su primera publicación “Efecto de la refracción sobre el disco de los astros” en febrero de 1885 en la Gaceta Científica, hasta su muerte, escribiría cerca de 600 notas de interés científico.En 1892 fue elegido senador suplente por el Colegio Electoral de Lambayeque y en 1900 concejal de Lima. En ese mismo año, Federico Villarreal inicia su dedicada actividad a la difusión del *esperanto. En 1903 edita la única revista de este tipo en el Perú “Anteneunesperantistoy” que dirigió y sostuvo económicamente hasta su muerte. El sabio Federico Villarreal murió en Barranco el 3 de junio de 1923, rindiéndosele honores póstumos correspondientes a la categoría de ministro de Estado. A solicitud de las autoridades de Túcume, los restos de quien fuera uno de los hombres más brillantes que han existido en el Perú, fueron exhumados y trasladados a su tierra natal el 29 de agosto de 1998, con el reconocimiento
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HIMNO VILLARREALINO
Coro
Juventud estudiosa
Anhelante del saber;
Alegre y bulliciosa
Llegarás a vencer (bis)
Estrofas
Nuestras voces sean clarines
y nuestro canto sonoro
Para que se oiga nuestro coro
En los últimos confines (bis)
¡Federico Villarreal! En honor a tu memoria Lucharemos con
tesón, Con el alma y el corazón
Hasta llegar a la gloria Con la fuerza de la razón (bis)
Letra y Música: Sr. Alejandro Coello Baratta
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