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VICERRECTORÍA ACADÉMICA 1. OBJETIVO En el marco del proyecto: “Internacionalización de los programas curriculares y el fortalecimiento de la movilidad académica en los 150 años de la Universidad”, apuesta de la Vicerrectoría Académica en el Plan Global de Desarrollo para el período 2016-2018, se presenta una guía para la movilidad de profesores visitantes internacionales que apoyarán el desarrollo académico de asignaturas de pregrado y posgrado, cátedras de sede o internacionales, escuelas internacionales o de verano. La guía está dirigida a las Coordinaciones de los Programas Curriculares, Direcciones de Área Curricular, Vicedecanaturas Académicas y Direcciones Académicas de Sede o dependencia que haga sus veces. El programa de movilidad de profesores visitantes internacionales tiene como propósito fortalecer la internacionalización de los programas curriculares y conocer otras experiencias y puntos de vista asociados a los saberes en las distintas áreas de conocimiento que permitan complementar la formación de los estudiantes y consolidar las redes académicas de los programas. El apoyo de los profesores visitantes internacionales estará orientado a los programas curriculares de la Universidad que se encuentran acreditados o en proceso de acreditación o cátedras y escuelas que sean de interés para varios programas curriculares. Los cursos se dictarán durante el período intersemestral o durante los períodos académicos. Cada programa podrá contar con más de un profesor visitante internacional, siempre y cuando los recursos financieros de apoyo por parte de la Vicerrectoría Académica, la Sede, la Facultad o el programa lo permitan. Para tramitar la movilidad de los profesores visitantes internacionales se requiere la siguiente información y documentos soportes tanto para los trámites de Migración Colombia como para los procesos de evaluación continua de los programas curriculares: 1. Documento de Identidad: Pasaporte, Cédula de Ciudadanía (C.C.) si el invitado es colombiano, Cédula de Extranjería. Requiere soporte. 2. No. documento de identificación: requiere soporte. 3. Nombre(s) profesor visitante internacional. 4. Apellido(s) profesor visitante internacional. 5. Correo electrónico. 6. Teléfono. 7. Nacionalidad. 8. Ciudad de residencia. 9. País de residencia fiscal del profesor visitante 1 internacional: requiere soporte únicamente en los siguientes casos: 1. si el país de residencia del profesor visitante internacional corresponde a uno de los países con los que Colombia ha firmado convenio para evitar la doble tributación (ver Anexo 2. Convenios de doble 1 País donde el docente invitado internacional tributa. El soporte corresponde un certificado fiscal emitido por el respectivo país (ver Anexo 2. Convenios de doble imposición CDI- vigentes y se deberá adjuntar en el formulario disponible en www.posgrados.unal.edu.co/visitantes una vez se tenga avalada la postulación por la Vicerrectoría Académica.

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VICERRECTORÍA ACADÉMICA

1. OBJETIVO

En el marco del proyecto: “Internacionalización de los programas curriculares y el fortalecimiento de la movilidad académica en los 150 años de la Universidad”, apuesta de la Vicerrectoría Académica en el Plan Global de Desarrollo para el período 2016-2018, se presenta una guía para la movilidad de profesores visitantes internacionales que apoyarán el desarrollo académico de asignaturas de pregrado y posgrado, cátedras de sede o internacionales, escuelas internacionales o de verano. La guía está dirigida a las Coordinaciones de los Programas Curriculares, Direcciones de Área Curricular, Vicedecanaturas Académicas y Direcciones Académicas de Sede o dependencia que haga sus veces. El programa de movilidad de profesores visitantes internacionales tiene como propósito fortalecer la internacionalización de los programas curriculares y conocer otras experiencias y puntos de vista asociados a los saberes en las distintas áreas de conocimiento que permitan complementar la formación de los estudiantes y consolidar las redes académicas de los programas. El apoyo de los profesores visitantes internacionales estará orientado a los programas curriculares de la Universidad que se encuentran acreditados o en proceso de acreditación o cátedras y escuelas que sean de interés para varios programas curriculares. Los cursos se dictarán durante el período intersemestral o durante los períodos académicos. Cada programa podrá contar con más de un profesor visitante internacional, siempre y cuando los recursos financieros de apoyo por parte de la Vicerrectoría Académica, la Sede, la Facultad o el programa lo permitan. Para tramitar la movilidad de los profesores visitantes internacionales se requiere la siguiente información y documentos soportes tanto para los trámites de Migración Colombia como para los procesos de evaluación continua de los programas curriculares:

1. Documento de Identidad: Pasaporte, Cédula de Ciudadanía (C.C.) si el invitado es colombiano, Cédula de Extranjería. Requiere soporte.

2. No. documento de identificación: requiere soporte. 3. Nombre(s) profesor visitante internacional. 4. Apellido(s) profesor visitante internacional. 5. Correo electrónico. 6. Teléfono. 7. Nacionalidad. 8. Ciudad de residencia. 9. País de residencia fiscal del profesor visitante1 internacional: requiere soporte

únicamente en los siguientes casos: 1. si el país de residencia del profesor visitante internacional corresponde a uno de los países con los que Colombia ha firmado convenio para evitar la doble tributación (ver Anexo 2. Convenios de doble

1 País donde el docente invitado internacional tributa. El soporte corresponde un certificado fiscal emitido por el respectivo

país (ver Anexo 2. Convenios de doble imposición –CDI- vigentes y se deberá adjuntar en el formulario disponible en www.posgrados.unal.edu.co/visitantes una vez se tenga avalada la postulación por la Vicerrectoría Académica.

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imposición –CDI- vigentes); 2. si el profesor visitante es un Colombiano residente en el exterior.

10. Dirección de residencia. 11. Universidad o Institución a la cual se encuentra vinculado. 12. Hoja de vida del profesor visitante internacional: requiere soporte. 13. Fecha de inicio y fecha de finalización de la(s) asignatura(s) a desarrollar. 14. Actividades a desarrollar por parte del profesor visitante internacional: este

campo es de selección, las opciones son Actividad principal y Actividad secundaria. Asimismo, se tiene un listado de subopciones de tal forma que se precise la actividad tal como: profesor asignatura pregrado, profesor asignatura posgrado, estancia de investigación, jurado evaluador, participación en eventos, entre otras. Dependiendo de la opción seleccionada se desplegarán otros campos adicionales. En el caso de que se seleccione la opción de profesor asignaturas pregrado o posgrado se tendrá que diligenciar los siguientes campos

a. Código SIA de la(s) asignatura(s) en la cual va a participar el profesor visitante internacional.

b. Nombre de la(s) asignatura(s) SIA en la cual va a participar el profesor visitante internacional.

c. Programas curriculares a los cuales está asociada la(s) actividad(es). d. Descripción de las actividades – metodología. e. Horario en el que se dictará la asignatura. f. Intensidad horaria semanal asignatura.

15. No. de acta Consejo de Facultad o Consejo de Sede en la cual se aprobó la solicitud del profesor visitante internacional.

16. Fecha Consejo de Facultad. 17. Movilidad por convenio: Indicar si la movilidad se realiza en virtud de algún

convenio. 18. Universidad o Institución convenio: este campo se desplegará dependiendo de

la selección anterior. 19. Certificado o copia del carnet (vigente) de vinculación docente a Universidad

o Institución: requiere soporte. 20. Copia de seguro de viaje2: requiere soporte. 21. Carta de invitación formal de la Dirección de Relaciones Exteriores. 22. Visado: si es necesario.

La postulación para la movilidad de profesores visitantes se hará a través de la página www.posgrados.unal.edu.co/visitantes.

2. PROCEDIMIENTO

2.1 Para la postulación La postulación para la participación del profesor visitante internacional en el desarrollo de las asignaturas de pregrado y posgrado se llevará a cabo por parte de un docente de la

2

Los gastos de seguro médico y de accidentes que cubran el tiempo de duración de la movilidad serán asumidos por el

docente visitante. Si lo cubre alguna tarjeta de crédito se debe enviar certificado o copia de la póliza.

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Universidad Nacional de Colombia 3 , quien deberá contar con el visto bueno de la Dirección de Área Curricular. El docente de la Universidad Nacional deberá registrar la información enumerada anteriormente desde el punto 1 hasta el punto 14. Los puntos restantes serán diligenciados por el profesional de apoyo de la Dirección Académica de Sede o las dependencias que haga sus veces con el acompañamiento del Coordinador de la asignatura. El docente de la Universidad Nacional deberá tener en cuenta el calendario establecido por cada Sede para la creación y programación de asignaturas, cuando ésta sea nueva.

2.2 Para la aprobación

Luego de realizar la postulación del profesor visitante internacional, el docente, coordinador de la asignatura, deberá tramitar el aval del Consejo de Facultad o del Comité Académico Administrativo para las Sedes de Presencia Nacional. Una vez cuente con dicho aval, lo enviará a la Dirección Académica o la dependencias que haga sus veces y se adjuntará una copia en formato PDF en la página www.posgrado.unal.edu.co/visitantes. La postulación también será estudiada por el Comité conformado para tal fin desde la Vicerrectoría Académica.

2.3 Para la vinculación Una vez avalada la postulación por las instancias mencionadas, se debe solicitar la vinculación del profesor visitante internacional ante la Dirección Académica de Sede o la dependencia que haga sus veces. La vinculación en la modalidad de profesor visitante internacional se hará con recursos del proyecto “Internacionalización de los programas curriculares y el fortalecimiento de la movilidad académica en los 150 años de la Universidad”, a través de la Dirección Financiera y Administrativa de la Sede o quien haga sus veces. La Dirección Académica ingresará y diligenciará la hoja de vida en el Sistema Integrado de Talento Humano – SARA. También, realizará el proyecto de resolución de vinculación del profesor visitante internacional y lo enviará a la respectiva decanatura para la firma del decano(a) o quien haga sus veces, en la cual se consignará: el período de vinculación, la intensidad horaria y las actividades académicas que desarrollará el profesor invitado. La propuesta del acto administrativo de nombramiento se encuentra anexo a esta guía. (Ver anexo No. 1). Luego de que la resolución este firmada deberá ser enviada por la Dirección Académica o la dependencia que haga sus veces a la Oficina de Personal de la Sede o la dependencia que haga sus veces para su legalización en SARA y su posterior archivo en la hoja de vida del docente. La Dirección Académica de Sede o la Dirección de Sede de Presencia Nacional solicitará el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), con el cual se garantiza la existencia

3 Los usuarios y contraseñas se designarán a los coordinadores de los programas de pregrado y posgrado acreditados o en

proceso de acreditación.

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de apropiación presupuestal disponible libre de afectación para asumir compromisos con cargo al presupuesto de la vigencia, según lo establecen los artículos 31 y 32 del Régimen Financiero de la Universidad (Acuerdo 153 de 2014 del Consejo Superior Universitario). Con esta disponibilidad presupuestal se asumirán los gastos de viaje (Literal e, artículo 21 de la Resolución de Rectoría 1566 de 2009, en el cual establecen disposiciones aplicables en materia de viáticos y gastos de viaje de la Universidad Nacional de Colombia). Cuando se expida la resolución de vinculación, la Dirección Académica de Sede o la Dirección de Sede de Presencia Nacional tramitará ante la dependencia competente la resolución de ordenación de los gastos de viaje con cargo a los recursos del proyecto. Según el artículo 32 del Acuerdo 153 de 2014, el registro presupuestal deberá estar previo al inicio de la ejecución de las actividades. Todo el trámite para la vinculación de los profesores visitantes internacionales como personal académico no perteneciente a la carrera profesoral universitaria, tendrá como marco de referencia el literal f del artículo 27 del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario.

2.3.1. Trámites migratorios La Dirección de Relaciones Exteriores (DRE) emite una carta de invitación formal para el profesor visitante internacional, dirigida a la Unidad Especial Migración Colombia. El invitado debe presentar esta carta al llegar al país, con la finalidad de registrar el ingreso como profesor visitante internacional de la Universidad Nacional de Colombia, de tal forma que le asignen el permiso de ingreso y permanencia (PIP) que le permite desempeñar actividades académicas. Para los profesores visitantes internacionales que requieren visa, según lo expuesto en la resolución No 439 del 2016 del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección Académica enviará la información del invitado internacional a la DRE para que se realice el asesoramiento correspondiente al trámite de visado. La Dirección Académica o la dependencia que haga sus veces debe registrar la información de los profesores visitantes internacionales en el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros (SIRE)4 , una vez ingresen al país. Este procedimiento se realizará por parte del profesional de apoyo del proyecto, con el acompañamiento de las Oficinas de Relaciones Interinstitucionales (ORI) o quien haga sus veces en la(s) Sede(s). Una vez concluido el registro de la información en el SIRE se debe imprimir un pantallazo de dicho contenido, con la finalidad de anexarlo5 como soporte para legalizar el avance por concepto de gastos de viaje.

4 http://apps.migracioncolombia.gov.co/sire/public/login.jsf;jsessionid=0EBF7D8FB2819610CCEA08FEC7B1E056. A través

de la Dirección de Relaciones Exteriores se coordinará una capacitación para los profesionales de apoyo del proyecto. 5 Este soporte también se debe adjuntar en el formulario disponible en www.posgrados.unal.edu.co/visitantes.

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Registrar información

del profesor en el aplicativo de

profesores visitantes internacionales*

¿El CF/SPN aprueba la postulación del profesor y la

asignatura a desarrollar?

Acta Consejo(s) de Facultad(es) o Comité

Académico Administrativo Sede de

Presencia Nacional

Resolución de vinculación profesor

visitante

Si

Resolución ordenación del gasto

Profesor visitante internacional vinculado

Adjunta soporte en el

aplicativo de profesores visitantes*

Presentación ante la Vicerrectoría Académica

Oficio de la DA al ordenador del gasto:

trámites administrativos para

apoyo gastos de viaje docente

*Disponible en: http://www.posgrados.unal.edu.co/visitantes/

No

No

Genera carta de

invitación formal para la firma de la Directora

de Relaciones Exteriores

Evaluación participación profesor visitante por parte del

docente UN

DA/SPN envía copia de la resolución firmada a la Oficina de

Personal de la Sede para la legalización en SARA

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Figura 1: Diagrama de flujo postulación y vinculación profesores visitantes internacionales.

3. APOYO FINANCIERO Para la movilidad de profesores visitantes internacionales se darán los siguientes apoyos económicos:

Gastos para tiquetes: corresponde a la adquisición de tiquetes aéreos que se requieran para el traslado y retorno del invitado internacional a su país de origen (adquisición por la modalidad contractual de Orden de Compra –ODC-).

Gastos de viaje: este apoyo corresponde a los gastos por hospedaje, alimentación y transporte local del(os) profesor(es) visitante(s) internacional(es). Se realizará a través de un avance a nombre de un docente de la Universidad Nacional que esté a cargo de la coordinación de la asignatura, quien será responsable de su legalización. El giro de los recursos se realizará directamente al profesor visitante internacional, descontando el valor de las retenciones respectivas.

A continuación, se relaciona la tabla de conceptos de apoyo económico máximos a financiar para el desarrollo de asignaturas de pregrado y posgrado6, cátedras de sede o internacionales, escuelas internacionales o de verano con profesores visitantes internacionales, a tener en cuenta para la vigencia 2016 - 2018:

Concepto Descripción Valor día máximo

Días Total (pesos

colombianos)

Pasaje aéreo internacional

Tiquetes en tarifa económica7

$9.000.000

Gastos de viaje profesor visitante internacional

Sostenimiento (hospedaje, alimentación y transporte local)

$600.000 30 $18.000.000

Gastos de viaje estudiante extranjero8

Sostenimiento (hospedaje, alimentación y transporte local)

$70.000 30 $2.100.000

Gastos de viaje estudiante de otra sede de la Universidad

Sostenimiento (hospedaje, alimentación y transporte local)

$45.963 30 $1.378.890

Estímulo económico bajo la modalidad de

Estudiante que participa en la asignatura y brinda apoyo logístico para el

Estudiante pregrado:

$1.378.890 45

Estudiante pregrado:

$2.068.362

6

La intensidad horaria de la asignatura apoyada debe ser de 64 horas presenciales o el apoyo para gastos de viaje del

profesor visitante se asignarán teniendo en cuenta las horas dictadas por el profesor. 7

Solamente se podrá autorizar la compra de tiquetes en tarifas no económicas en los casos contemplados en el parágrafo

del artículo 9 de la Resolución 1566 de 2009 de Rectoría. 8 Este apoyo económico es incompatible con el otorgado por la Dirección de Relaciones Exteriores.

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Concepto Descripción Valor día máximo

Días Total (pesos

colombianos)

estudiante auxiliar desarrollo del curso mensual Estudiante posgrados: $2.068.335 mensual9

Estudiante posgrado: $3.102.543

Total apoyo asignatura con estudiante auxiliar de pregrado: $32.102.543

Total apoyo asignatura con estudiante auxiliar de posgrado: $33.581.433 Tabla 1: Conceptos para el apoyo para el desarrollo de asignaturas de pregrado y posgrado con profesores visitantes internacionales.

Respecto a la movilidad de estudiantes visitantes internacionales y de otras sedes de la Universidad, es importante aclarar que la información para la selección y los temas financieros se presentará en otro documento. A los pagos por concepto de gastos de viaje del profesor visitante internacional se les practicará las retenciones a que haya lugar y se realizarán al momento de efectuar el respectivo giro, de la siguiente manera:

RETENCIÓN EN LA FUENTE10 RETE ICA11

DOCENTE 7 % siempre y cuando en la resolución de vinculación se especifique que es “docente” y se cuente con el soporte.

Según tarifas establecidas en el distrito, departamento o municipio respectivo. NO

DOCENTE 15%

Tabla 2. Tarifas de retenciones vigencia 2017 para profesores visitantes internacionales.

Nota: La Dirección Académica de Sede o la dependencia que haga sus veces se pondrá en contacto con el profesor visitante internacional para concertar los itinerarios de los tiquetes aéreos y reservas de hoteles, con copia al coordinador del curso, una vez se tenga definidas las fechas de las actividades académicas a apoyar. Posteriormente, se procederá a gestionar ante la respectiva oficina de contratación la adquisición de los mismos. En función de la eficiencia administrativa se sugiere, en la medida de lo posible, la contratación en materia de tiquetes no se deben adelantar una a una (tiquete a tiquete)

9 El estímulo económico bajo la modalidad de estudiante auxiliar no podrá superar lo estipulado en el artículo 1 del Acuerdo

010 de 2005 del Consejo Superior Universitario. 10 De existir acuerdos firmados entre Colombia y otros países para evitar la doble tributación, se aplicará la tarifa de

retención en la fuente definida en los respectivos acuerdos. Esta información debe ser verificada por las áreas de Tesorería de las Sedes (ver anexo 2: CDI Vigentes). 11 Impuesto de industria y comercio, avisos y tableros - ICA

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sino por la modalidad de negociación global con agencia y/o negociación por contrato de bolsa de tiquetes. Respecto al apoyo de gastos de viaje, es importante tener en cuenta que cuando los profesores visitantes internacionales provengan de un país de América se les reconocerá el sostenimiento de un día antes y un día después del período aprobado para el desarrollo académico de asignaturas de pregrado y posgrado. En el caso de los profesores provenientes de Europa, Asia, África y Oceanía se les reconocerá dos días antes y un día después de la actividad. Estos días se consideran parte del tiempo de estadía en Colombia, que será máximo de 30 días apoyados. 3.1 GASTOS DE VIAJE PARA PROFESORES VISITANTES INTERNACIONALES Para efectos de tramitar el avance, el Docente de la Universidad (coordinador de la asignatura) debe gestionar los siguientes documentos ante la respectiva dependencia administrativa:

Descargar y diligenciar el formato U-FT-12.002.003. Solicitud de Certificado de

Disponibilidad Presupuestal (CDP), disponible en la página

http://gerencia.unal.edu.co/?id=152. La solicitud debe especificar:

o El objeto del avance y el periodo de estancia del profesor visitante internacional.

o Que el giro de los recursos de los gastos de viaje se efectuará directamente al profesor visitante internacional.

o El país de residencia fiscal y la universidad o institución de donde proviene el profesor visitante internacional.

o Si se hace un único desembolso o se efectúa por giros parciales12. o La orden de compra de los tiquetes para la movilidad del profesor visitante

internacional. Descargar y diligenciar el formato UF-T12.005. Creación y actualización de

terceros, disponible en la página http://gerencia.unal.edu.co/?id=152, el cual debe estar diligenciado y soportado con la copia del documento de identidad respectivo de cada profesor visitante internacional.

CDP – Certificado de Disponibilidad Presupuestal. Descargar y diligenciar el formato U-FT-12.004.010 - Autorización de descuento

por avance no legalizado, disponible en la página http://gerencia.unal.edu.co/?id=152.

Para efectos de la expedición de la resolución de ordenación de gastos de viaje en su contenido (en la parte resolutiva) se debe incluir la siguiente información13:

12 El profesor visitante internacional podrá recibir su(s) pago(s) a través de uno o varios cheques/pago(s) por ventanilla. 13 Artículo 20 de la Resolución de Rectoría 1566 de 2009.

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Nombres y apellidos del profesor visitante internacional Número del documento de identidad El objeto del avance: En el cual se debe especificar que la ordenación

corresponde a gastos de viaje. Fechas en las cuales se desarrollará(n) la(s) asignatura(s). Valor diario y valor total de los gastos de viaje Que el giro de los recursos de los gastos de viaje se efectuará directamente al

profesor visitante a través de una entidad nacional (pago por ventanilla o cheque). El país y la universidad o institución de donde proviene el profesor visitante

internacional. Si se hace un único desembolso o se efectúa por giros parciales El número de la orden de compra de los tiquetes (con cargo a los recursos del

proyecto) para la movilidad del profesor visitante internacional. Número del Certificado de disponibilidad presupuestal

3.1.1 Para legalizar avance por concepto de gastos de viaje14:

Para tramitar la legalización, el responsable del avance debe radicar los siguientes documentos en la respectiva área de Tesorería o dependencia que recibe los documentos de legalización de avances:

Formato U-FT-12.004.066 - Declaración Explícita Otros Conceptos para uno o más beneficiarios, disponible en la página http://gerencia.unal.edu.co/?id=152 debidamente diligenciado y firmado por el profesor visitante internacional y el docente responsable.

Copia de Resolución que aprueba la actividad y reconoce los gastos de viaje. Impresión del pantallazo del reporte realizado en el Sistema SIRE de la Unidad

Especial de Migración Colombia.

El(os) avance(s) deberá(n) ser legalizados dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la finalización del objeto del avance (artículo 46 de la Resolución 1566 de Rectoría de 2009).

4. CALENDARIO DE CONVOCATORIAS

4.1. FECHA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES A DESARROLLAR EN 2017

Asignaturas que se desarrollarán en el primer semestre: noviembre 11 de 2016. Asignaturas que se desarrollarán en el período intersemestral: primer corte: marzo 14 de 2017 y segundo corte: abril 18 de 2017 Asignaturas que se desarrollarán en el segundo semestre: primer corte: abril 18 de 2017 y segundo corte: mayo 12 de 2017

14 Información tomada de la página http://gerencia.unal.edu.co/?id=152.

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4.2. FECHA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES A DESARROLLAR EN 2018 Asignaturas que se desarrollarán en el primer semestre: primer corte: octubre 9 de 2017 y segundo corte: noviembre 13 de 2017 Asignaturas que se desarrollarán en el período intersemestral: primer corte: marzo 12 de 2018 y segundo corte: abril 16 de 2018. Asignaturas que se desarrollarán en el segundo semestre: primer corte: abril 16 de 2018 y segundo corte: mayo 14 de 2018. Es importante tener en cuenta que los lineamientos aquí plasmados se deben socializar con las dependencias involucradas en el proceso. Los lineamientos de manejo financiero fueron definidos conjuntamente con la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa.

5. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Sección de trámites. Gerencia Nacional Financiera y Administrativa. Accedido en: http://gerencia.unal.edu.co/. Consulta 26 de mayo de 2016.

Resolución 1566 de 2009 de Rectoría: "Por la cual se deroga la resolución No. 079 del 28 de enero de 2009, se establecen disposiciones aplicables en materia de viáticos y gastos de viaje, auxilio de viaje, auxilio o gasto de marcha, gastos de transporte y estadía, apoyos económicos y gastos por concepto de adquisición de bienes y servicios, avances y legalizaciones en la Universidad Nacional de Colombia". Accedido en: http://www.legal.unal.edu.co/sisjurun/normas/Norma1.jsp?i=36370. Consulta 20 de mayo de 2016.

Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario: "Por el cual se adopta el Estatuto de Personal Académico de la Universidad Nacional de Colombia". Accedido en: http://www.legal.unal.edu.co/sisjurun/normas/Norma1.jsp?i=59607. Consulta 16 de mayo de 2016.

Decreto 834 del 2013 del Ministerio de Relaciones Exteriores: “Por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia.” Accedido en: http://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/tramites_servicios/visas/archivos/decreto_834_del_24_de_abril_de_20131.pdf. Consulta 2 de agosto de 2016.

Resolución 1405 de 2013 de Rectoría: “"Por la cual se establece el régimen prestacional y salarial para el personal académico no vinculado a la carrera profesoral y que no se encuentra en período de prueba". Accedido en: http://www.legal.unal.edu.co/sisjurun/normas/Norma1.jsp?i=60666. Consulta 2 de agosto de 2016.

Acuerdo 153 de 2014 del Consejo Superior Universitario: "Por el cual se adopta el régimen financiero de la Universidad Nacional de Colombia". Accedido en: http://www.legal.unal.edu.co/sisjurun/normas/Norma1.jsp?i=69351. Consulta 16 de mayo de 2016.

Resolución 1551 de 2014 de Rectoría: "Por medio de la cual se adopta el Manual de convenios y contratos de la Universidad Nacional de Colombia". Accedido en:

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http://www.legal.unal.edu.co/sisjurun/normas/Norma1.jsp?i=73989. Consulta 10 de mayo de 2016.

Resolución 5512 de 2015 del Ministerio de Relaciones Exteriores: “Por el cual se dictan disposiciones en materia de visas y deroga la Resolución 532 del 2 de Febrero de 2015”. Accedido en: https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_5512_2015.htm. Consulta 2 de agosto de 2016.

Circular 5 de 2016 de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa. Lineamientos sobre escala de viáticos y gastos de viaje en la Universidad Nacional de Colombia. Año 2016. Accedido en: http://gerencia.unal.edu.co/normativa.html, sección de normativa interna - circular. Consulta 2 de agosto de 2016.

Resolución 439 de 2016 del Ministerio de Relaciones Exteriores: “Por la cual se dictan disposiciones sobre exención de visas y se deroga la Resolución 572 del 3 de febrero de 2015.”. Accedido en: https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_0439_2016.htm#7. Consulta 2 de agosto de 2016.

Resolución 175 de 2016 de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia: “Por la cual se reglamenta el ingreso al país de ciudadanos nacionales de los países del Espacio Schengen y se establecen otras disposiciones.” Accedido en: http://54.226.140.140/migracion/docs/resolucion_uaemc_0175_2016.htm#8. Consulta 2 de agosto de 2016.

Resolución 1220 de 2016 de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia: “Por la cual se establecen los Permisos de Ingreso y Permanencia, Permisos Temporales de Permanencia, y se reglamenta el Tránsito Fronterizo en el territorio nacional.” Accedido en: http://54.226.140.140/migracion/docs/resolucion_uaemc_1220_2016.htm. Consulta 7 de octubre de 2016.

ELABORÓ

Gerardo Rodríguez

Niño

Clara Parra Martínez

Diana Carolina

Goyeneche

Oscar Hernán

Váquiro

REVISÓ

Catalina Arévalo Ferro

Alba Esther Villamil Ocampo

María Elvira García Correa

Pilar Céspedes Bahamón

Marlon Humberto Rojas

Blanca Cecilia Martínez

Jhon Kelly Bonilla Aranzales

Gabriel Jaime Colorado

Zuluaga

Carlos Eduardo Cubillos Peña

Uriel Bustamante Lozano

Diana Luz Ceballos Gómez

Germán Rueda Saa

APROBÓ

Juan Manuel Tejeiro

Gerardo Rodríguez

Niño.

CARGO

Director Nacional de

Programas de

Posgrado.

Asesora Dirección

Nacional de

CARGO

Directora de Relaciones

Exteriores

Directora Nacional de

Personal Académico y

Administrativo.

CARGO

Vicerrector

Académico.

Director Nacional de

Programas de

Posgrado.

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Control de cambios

Versión Fecha Cambio

1.0 Mayo 31 de 2016 Documento inicial puesto a consideración de las Vicerrectoría Académica, Dirección de Relaciones Exteriores, Dirección Nacional de Personal Académico y Administrativo, Gerencia Nacional Financiera y Administrativa.

2.0 Septiembre 12 de 2016

Documento ajustado con las observaciones y recomendaciones dadas por las instancias mencionadas anteriormente. Esta versión se envió a las Direcciones Académicas de Sede Bogotá, Manizales, Medellín y Palmira y la Dirección de Posgrados de la Sede Amazonia.

3.0 Octubre 03 de 2016 Documento que incorpora las retroalimentaciones enviadas por las Direcciones Académicas o la instancia que haga sus veces.

4.0 Octubre 14 de 2016 Documento avalado por la Vicerrectoría Académica.

5.0 Marzo 9 de 2017 En esta versión se ajustan algunos ítems relacionados con el manejo financiero debido a la reforma tributaria que empezó a regir desde enero del 2017 y las fechas de presentación de las solicitudes a desarrollar en el 2017 y 2018 para dar flexibilidad al proceso.

Programas de

Posgrados.

Coordinadora de

proyectos Dirección

Académica Sede

Bogotá

Asesor Dirección

Académica Sede

Bogotá.

Jefe División Nacional de

Gestión de Tesorería.

Jefe de la División Nacional de

Servicios Administrativos

Jefe División Nacional de

Personal Académico.

Jefe División Nacional Salarial

y Prestacional.

Asesor Dirección de

Relaciones Exteriores.

Director Posgrados Sede

Amazonia

Directores Académicos Sede

Bogotá, Manizales, Medellín y

Palmira

FECHA

Mayo de 2016

FECHA

Agosto, septiembre y octubre

de 2016

Febrero de 2017

FECHA

Octubre de 2016

Febrero de 2017

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