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-1-

VISTO:

Asunción,A95 de OCu19(9-' de 2013.-

El Memorándum DISE N° 234 de la Dirección de Semillas; el Memo N° 05/2013 del Departamento de Certificación Fitosanitaria; el Dictamen N° 165/13 de la Asesoría Jurídica y la Ley N° 2459/04 "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)", y;

CONSIDERANDO: Que, por Memorándum DISE N° 234 de fecha 09 de abril de 2013, la Dirección de Semillas solicita la derogación de la Resolución N° 103/11 "Por la cual se establecen los procedimientos para autorizar el ingreso de semillas sin certificado oficial libre de OGM", y de la Resolución N° 325/11 "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución SENAVE N° 103/11 de fecha 23 de febrero de 2011", en base a las siguientes consideraciones: "...Estas Resoluciones carecen de validez técnica y reglamentaria atendiendo que contiene un Anexo de especies con eventos de modificación genética, sujetas al control establecido en la misma y que dichas especies actualmente están liberadas para el uso comercial en nuestro país, esta situación produce trabas en el comercio de los productos en el momento del ingreso. La Dirección de Semillas en fecha 25 de febrero del 2013, había convocado a una reunión entre la Dirección de Protección Vegetal, Dirección de Laboratorio y la Dirección de Operaciones a fin de estudiar dichas resoluciones durante la misma se ha consensuado la necesidad de derogar estas disposiciones. Del mismo modo se solicita que en la Resolución se disponga que la Secretaría de Informática elimine la leyenda de "El evento debe estar acompañado de un certificado de análisis oficial de determinación de la presencia de organismos genéticamente modificados (OGM) a través de técnicas serológicas, moleculares o mediante tiras inmunológicas de flujo laminar" de la ACREDITACIÓN FITOSANITARIA PARA IMPORTACIÓN (AFIDI) emitida por el SENAVE".

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"POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 103 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2011 "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PROCEDIEMIENTOS PARA AUTORIZAR EL INGRESO DE SEMILLAS SIN CERTIFICADO OFICIAL LIBRE DE OGM" Y LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 325 DE FECHA 03 DE MAYO DE 2011 "POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 103/11 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE AÑO 2011".

-2-

Que, por Memo N° 05/2013 de fecha 16 de setiembre de 2013, del Departamento de Certificación Fitosanitaria y del Departamento de Inspección General de la Dirección de Operaciones, se expresa lo siguiente: "a.) La responsabilidad conferida al Inspector Oficial Autorizado en lo referente al muestreo para el análisis de OGM in situ del producto, han sido anuladas con la habilitación en la VUI, el ambiente que corresponde la intervención del departamento de bioseguridad de la DISE; b) Los Inspectores Oficiales Autorizados en las OPI, ya no realizan ningún ensayo, en referencia a los OGM, porque la mayoría de los productos genéticamente modificados, han sido liberados por la CONBIO. Por lo tanto somos del parecer que se deroguen las resoluciones 103/11 y 325/11", y que la Secretaría de Informática elimine la frase "El evento debe estar acompañado de un certificado de análisis oficial de determinación de la presencia de organismos genéticamente modificados (OGM) a través de técnicas serológicas, moleculares o mediante tiras inmunológicas de flujo laminar" de la ACREDITACIÓN FITOSANITARIA PARA IMPORTACIÓN (AFIDI) que son emitidas por el SENAVE".

Que, la Ley N° 2.459/04 "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas", en su artículo 9° dispone: "Serán funciones del SENAVE, además de las establecidas en las leyes N° 123/91 y 385/94 y otras referentes a la sanidad y calidad vegetal y de semillas, las siguientes: ...c) establecer las reglamentaciones técnicas para la ejecución de cualquier actividad de su competencia en todo el territorio nacional, de acuerdo a las legislaciones pertinentes, siendo las mismas de acatamiento obligatorio por parte de toda persona física, jurídica u organismos públicos o privados, sin excepción. Asimismo en su artículo 13° establece: "Son atribuciones y funciones del Presidente: a) Administrar los fondos creados por la presente Ley, los bienes y los recursos del SENAVE y ejercer su representación técnica/legal...; ...p)

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"POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 103 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2011 "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PROCEDIEMIENTOS PARA AUTORIZAR EL INGRESO DE SEMILLAS SIN CERTIFICADO OFICIAL LIBRE DE OGM" Y LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 325 DE FECHA 03 DE MAYO DE 2011 "POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 103/11 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE AÑO 2011"".

-3-

Que, por Dictamen N° 165/13 la Asesoría Jurídica del SENAVE dictamina que no existe objeción de índole legal atendiendo a las fundamentaciones técnicas mencionadas, sobre el pedido de referencia y que para efecto la máxima autoridad de la institución debe dictar Resolución derogando la Resolución SENAVE Nro. 103/11 "Por la cual se establecen los procedimientos para autorizar el ingreso de semillas sin certificado oficial libre de OGM" de fecha 23 de febrero de 2011 y la Resolución N° 325/11 de fecha 03 de mayo de 2011 "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución SENAVE N° 103/11", y disponiendo que la Secretaría de Informática del SENAVE elimine la leyenda "El envío debe estar acompañado de un certificado de análisis oficial de determinación de la presencia de organismos genéticamente modificados (OGM) a través de técnicas serológicas, moleculares o mediante tiras inmunológicas de flujo laminar" de la Acreditación Fitosanitaria de Importación (AFIDI).

POR TANTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando de la presente Resolución;

EL PRESIDENTE DEL SENAVE RESUELVE:

Artículo 1°.- DEROGAR, la Resolución SENAVE N° 103/11 de fecha 23 de febrero de 2011 "Por la cual se establecen los procedimientos para autorizar el ingreso de semillas sin certificado oficial libre de OGM" y la Resolución N° 325 de fecha 03 de mayo de 2011 "Por la se modifica parcialmente la Resolución SENAVE N° 103/11 de fecha 23 de febrero del año 2011", conforme a lo expuesto en el exordio de la presente resolución.

Artículo 2°.- DISPONER, que la Dirección de Informática elimine la frase "El envío debe estar acompañado de un certificado de análisis oficial de determinación de la presencia de organismos genéticamente modificados (OGM) a través de técnicas serológicas, moleculares o

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RESOLUCIÓN N° 9

"POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 103 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2011 "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PROCEDIEMIENTOS PARA AUTORIZAR EL INGRESO DE SEMILLAS SIN CERTIFICADO OFICIAL LIBRE DE OGM" Y LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 325 DE FECHA 03 DE MAYO DE 2011 "POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN SENAVE N° 103/11 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE AÑO 2011"".

-4-

mediante tiras inmunológicas de flujo laminar" de la Acreditación Fitosanitaria de Importación (AFIDI), emitida por el SENAVE.

Artículo 3° COMUNICAR, a quienes corresponda y cumplida, archivar.