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ACCESO A MEDICAMENTOS DALTO COSTO Y ENFERMEDADDE BAJA FRECUENCIA
ESTUDIO
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ADPIC Acuerdo de la Organizacin Mundial del Comercio (OMC)sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectualrelacionados con el Comercio
AUGE Acceso Universal con Garantas Explcitas
CENABAST Central Nacional de Abastecimiento
CAEC Cobertura Adicional para Enfermedades Catastrficas
DSP-PUC Departamento de Salud Pblica, Pontificia Universidad Cat-lica de Chile
ETESA Evaluacin de Tecnologa Sanitaria
FONASA Fondo Nacional de SaludFDA Food Drug Administration. EEUU.
GES Garantas Explcitas en Salud
I+D+i Investigacin, desarrollo e innovacin
ISAPRE Institucin de Salud Previsional
IS Intervencin Sanitaria
MAC Medicamento de Alto Costo
MINSAL Ministerio de Salud
MLE Modalidad de Libre Eleccin
OPS Organizacin Panamericana de la Salud
REM Resumen Estadstico Mensual
RM Regin Metropolitana
SNSS Sistema Nacional de Servicios de Salud
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Polticas Descripcin Comentario
Incentivos a la Inves-
tigacin y Desarrollo
Incentivos scales (impuestos) a la industriafarmacutica del pas para que investigue,desarrolle y fabrique drogas hurfanas.
Ha generado aumento de drogashurfanas en pases desarrollados.Se reclama que no obstante apa-recen nuevas drogas son excesi-vamente caras. Si Europa y EEUUgeneran polticas para mitigarlos
podran tener inuencia en preciosen AL.Esta poltica es de difcil implemen-tacin en Chile. Slo cabra apoyara los pases que tienen industria,
para que mantengan y mejoren lapoltica.
Regulacin deprecios
Consiste en regulacin de precio jo, deprecios de referencia y de ganancias. La mssencilla: no permitir precios que excedan alos vigentes internacionalmente (no exclusivode los hurfanos).Precio techo o precios de referencia.
Facilita acceso (no exclusivo delas drogas hurfanas). Hay ciertapolmica acerca de las distorsionesy problemas que pueden tener lossistemas de regulacin de precios.
Inclusin implcita Permite acceso a drogas hurfanas si esten el plan de benecios o si es judicialmenteexigible. En general, signica son autorizadospara ser nanciados conforme al mecanismoinstitucional vigente para todos los medi-camentos y su mera autorizacin los haceadmisibles como gasto del seguro. (Pasesdesarrollados). Si no se produce obligacinde admisin por va jurdica (pases menosdesarrollados).
Los sistemas de inclusin implcitahacen esfuerzos por incluir las HTAy controlar la inclusin de medica-mentos. Los hurfanos son encon-trados muy caros.
Listas positivas y
listas negativas
En algunos pases existen Listas Positivasde medicamentos elegibles, mientras que enotros donde hay aceptacin automtica unavez aprobada o licenciada, existen Listas Ne-gativas de medicamentos considerados comointiles o no ecaces. Han hecho arreglosespeciales para el reembolso de los medica-mentos alto costo mediante el uso de estas
Listas Positivas.
El acceso a estas drogas est garan-tizado en base a criterios especcosde elegibilidad clnica (condicionesmdicas), quin va a administrar elmedicamento y como se va a nan-ciar el tratamiento.
Pool de riesgos ensistemas de seguri-dad social
Los seguros comparten altos riesgos en basea un pooling comn al que aportan y se be-necian conforme a los eventos de alto costo/riesgo de sus aliados, generando mayor e-ciencia y equidad del sistema (no es especcopara drogas hurfanas).
El problema de la puja por la inclu-sin de gastos al sistema tiende aresolverse va HTA y fortalecimientode su sistema institucional.
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Poltica Descripcin Comentario
Pool de riesgos nacional Financiamiento en base a casos poblacionales ypuede admitir aportes adicionales no scales. Seforma un fondo centralizado que previa evalua-cin tecnolgica y econmica nancia el acceso a
tratamientos de alto costo para los beneciariosdel sistema de seguridad social de salud. Ejemplo:FNR de Uruguay.
Los mecanismos tcni-
cos de seleccin sonimportantes para el
control del gasto.
Compra centralizada ynegociaciones de precios
Pases de Mercosur y de la Zona Andina, incluidoChile, participaron en negociaciones de preciospara compras masivas de medicamentos para elVIH, apoyados por organizaciones internacionales.
Disminucin impor-tante del gasto pordescuentos y ahorrosscales logrados.
Flexibilizaciones ADPICs Pases han considerado las exibilizaciones ADPICpara proveer medicamentos a ms bajo precio.
Puede haber represa-lias posteriores ante
no conformidad en lasnegociaciones.
Fabricacin pblica Pases con gran capacidad instalada como Brasily Argentina han podido producir medicamentosnecesarios de manera propia.
En general se trata degenricos, no necesa-riamente de medica-mentos de alto costo.
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5,5
4,5
3,5
2,5
1,5
0,5
0,51 1,51 2,53 ,5 ,54,5
Comprometidos
Indiferentes
Clnicas - Seguros de Vidas
Isapres
Super salud
Fonasa Laboratorios
Ministerio
Medicamentos - Teletn -
Agrupaciones
Hospitales
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NOMBRE ENFERMEDAD Deman-
da actual
(DA) (N)
Costo medio
tratamiento
(M$)
Costo total
(M$)
Enfermedad de Fabry 40 75.142 3.005.680
Enfermedad de Gaucher 32 192.377 6.156.064
Enfermedad de Pompe 2 70.339 140.678
Hemoglobinuria paroxstica noc-
turna
2 192.465 384.930
Mucopolisacaridosis I 8 98.651 789.208
Mucopolisacaridosis II 15 586.637 8.799.555
Mucopolisacaridosis VI 6 212.351 1.274.106
Tirosinemia tipo I 10 101.667 1.016.670
Total 115 187.538 21.566.891
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Atencin Primaria o
ambulatoria
En Modalidad Atencin Institucional,la atencin que se otorgue en Consul-
torios Generales Urbanos y Rurales o enPostas Rurales de Salud, la contribucinestatal ser de un 100% respecto de losproductos farmacuticos contenidos enel Arsenal Farmacolgico Bsico de lasPostas Rurales de Salud y de aquelloscontenidos en el Arsenal FarmacolgicoBsico de los Consultorios de AtencinPrimaria, aprobado por el Ministerio deSaludEn cambio, en la atencin que se presteen los Consultorios de Especialidades,la contribucin estatal ser de un 100%
para los grupos A y B, 90% para el grupoC y 80% para el grupo D, respecto de losproductos incluidos en el FormularioNacional de Medicamentos, salvo queen ste no se contemple el medicamen-to especfico que se requiere para eltratamiento de la enfermedad, en cuyocaso se aplicarn los porcentajes respec-to del costo de reposicin
Las Isapres estn autorizadas a excluir cobertura demedicamentos ambulatorios.
En caso GES (Auge), deben cubrirse todos los me-dicamentos que contemple el conjunto de pres-taciones para la resolucin del problema de saludcubierto, conforme el valor del arancel que estable-ce el decreto, y la garanta de proteccin financieraque establece el decreto.En el caso de las CAEC, no se otorga la cobertu-ra para aquellas prestaciones y medicamentos decarcter ambulatorio no contemplados en el aranceldel contrato de salud, salvo que se trate de drogasinmunosupresoras en caso de transplantes; las dro-gas citotxicas aplicadas en ciclos de quimioterapiapara el tratamiento del cncer; y los medicamentos
definidos como coadyuvantes o biomoduladoresque se usen antes, durante o despus de los ciclosde quimioterapia que estn considerados en los pro-gramas del Ministerio de Salud.
Atencin Hospita-
laria
En Modalidad Atencin Institucional,la contribucin estatal ser de un 100%para los grupos A y B, de un 60% parael grupo C y de un 35% para el grupo D,respecto de los medicamentos contem-plados en el Formulario Nacional deMedicamentos, salvo que en ste no secontemple el medicamento especficoque se requiere para el tratamiento dela enfermedad, en cuyo caso se aplica-rn los porcentajes respecto del costode reposicin.
Las Isapres estn autorizadas a excluir coberturade medicamentos ambulatorios, pero no los que seotorgan en virtud de una hospitalizacin.En caso GES (Auge), deben cubrirse todos los me-dicamentos que contemple el conjunto de pres-taciones para la resolucin del problema de saludcubierto, conforme el valor del arancel que estable-ce el decreto, y la garanta de proteccin financieraque establece el decreto.Existe cobertura CAEC en el caso de medicamentosotorgados en hospitalizacin, siempre que:-No tengan el carcter de experimental para la pato-loga en tratamiento o que no estn avalados por lassociedades cientficas chilenas, y-Cuenten con el correspondiente registro en elInstituto de Salud Pblica.
Modalidad Libre
Eleccin
La cobertura depende del arancel de
Libre Eleccin que decreta el Minsal(Decreto Supremo N247, del ao 2000,de los Ministerios de Salud y de Ha-cienda). Actualmente los medicamentosbonificados slo se relacionan a unapatologa: la esclerosis mltiple remi-tente recurrente, en donde el arancelcontempla el tratamiento mdicofarmacolgico anual
La cobertura depende del arancel de Libre Eleccin
que decreta el Minsal para Fonasa (Decreto Supre-mo N247, del ao 2000, de los Ministerios de Saludy de Hacienda). Actualmente los medicamentosbonificados slo se relacionan a una patologa: laesclerosis mltiple remitente recurrente, en dondeel arancel contempla el tratamiento mdico farma-colgico anual.
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