LEY 1909 DE 2018ART.25
APLICACIÓN ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2015
NORMATIVIDADCÓDIGO ELECTORAl DECRETO 2241 DEL 1986
Capítulo IV escrutinios distritales municipales y zonas artículo 157 al 174 Capítulo V escrutinios generales artículo 175 al 186 Capítulo VI escrutinios del Consejo Nacional electoral artículo 137 al 191
Artículo 263 para garantizar la equitativa representación de los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, las curules de las corporaciones públicas se distribuirán mediante el sistema de cifra repartidora entre las listas de candidatos que superen un mínimo de votos que no podrá ser inferior al tres por ciento 3 % de los votos válidos para Senado de la República o al cincuenta por ciento 50 % del cociente electoral en el caso de las demás corporaciones, conforme lo establezca la Constitución y la ley.
La cifra repartidora resulta de dividir sucesivamente por uno, dos, tres o más, del número de votos por cada lista ordenando los resultados en forma decreciente hasta que se obtenga un número total de resultados iguales al número de curules a proveer. El resultado menor se llamará cifras repartidora. Cada lista o obtendrá tantas curules como veces esté contenida la cifra repartidora en el total de sus votos.
En las circunscripciones en las que se eligen dos miembros se aplicará el sistema de cuociente electoral entre las listas que superen en votos el 30 % de dicho cuociente. En las circunscripciones en las que se elige un miembro, la curul se adjudicará a la lista mayoritaria. Cuando ninguna de las listas supere el umbral, las curules se distribuirán entre todas las inscritas, de acuerdo con la regla de asignación que corresponda.
1986
1994 LEY 163 de 1994 Escrutinios del Distrito CapitalArtículo 263 modificado artículo 21 actual legislatura 02 de 2015Artículo 21 el artículo 263 a de la constitución política pasará a ser el 263
ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2009ARTÍCULO 9o. EL PARÁGRAFO 1º. DEL ARTÍCULO 258 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA2009
ABCD
V. BlancoV. VálidosV. Nulos
V. No MarcadosTotal Votos
895LISTAS VOTOS
7961.563300126
3.68010515
3.800
Cuocienteelectoral:
Total de votos válidos# Curules a proveer
Cuociente electoral:
Cuociente electoral:
3680
526
Umbral:
7
50 % Cuociente Electoral
Umbral: 263
Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública, Gobernador, Alcalde, cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría.
300 votosvotos 457 votos 143 votos 912 votos
Votoen blancoCandidatos
o listas
Total votos candidatos o listas 900 votos Total votos blanco 912 votos Total votos válidos 1812 votos
CABD
1
1563,0
895,0
796,0
300,0
3
521,0
298,3
265,3
100,0
2
781,5
447,5
398,0
150,0
4
390,8
223,8
199,0
75,0
5
312,6
179,0
159,2
60,0
6
260,5
149,2
132,7
50,0
7
223,3
127,9
113,7
42,9
SISTEMA CIFRA REPARTIDORA
398,0Cifra Repartidora
CABD
1563
895
796
300
/
/
/
/
398
398
398
398
3,93
2,25
2,00
0,75
3
2
2
0
ASIGNACIÓN DE CURULES Curules
ToTal: 7
LEY 1475 DE 2011Art. 41. DEL ESCRUTINIO EL DÍA DE LA VOTACIÓN2011
VOTO EN BLANCO CONSTITUYE LA MAYORÍA
912 votos
Total votos candidatos
Total votos válidos
49 %
Total votos en blanco
51 %
100 %
Elecciones uninominales no podrán presentarse los mismos candidatos.
Corporaciones Públicas no se podrán presentar las listas que no hayan alcanzado el umbral.
Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones.
Artículo 41Escrutinio el día de la votación
Artículo 42De las comisiones escrutadoras
Artículo 43Escrutinios de los Delegados (CNE)
Las comisiones escrutadoras comenzarán el escrutinio el mismo día de la votación, a partir del cierre cierre del proceso de votación.
Con base a las actas E-14 recibidas por los claveros.
En el sitio de Escrutinio señalado por la Registraduría.
Horario 4 p. m. hasta las 12:00 p. m. el mismo día y continuará el día siguiente de 9:00 a. m. a 9:00 p. m. hasta terminar.
Al concluir el escrutinio - lectura de los resultados.
Escaneo de las actas y publicación web. Entrega copia actas a testigos electorales, podrán utilizar cámaras fotográficas o de video.
Presentación 3:30 p. m. escrutinio el mismo día de votación.
Registro de ingreso pliegos acta de introducción (claveros)
Término de Entrega.
Verificar resultados actas parciales Testigos Electorales.
Iniciará a las 9:00 a. m.
Martes siguiente a las elecciones.
Capital del departamento
ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2015ARTÍCULO 1o. ADICIÓNENSE LOS INCISOS CUARTO, QUINTO Y SEXTO AL
ARTÍCULO 112 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA.2015
LEY 1909 DE 20182018
12 3
Por medio de la cual se adopta el estatuto de la oposición política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes
Artículo 24Curules en Senado y Cámara de Representantes
Los candidatos que sigan en votos a quienes la autoridad electoral declare elegidos Presidente y Vicepresidente de la República, tendrán el derecho personal a ocupar, en su orden, una curul en el Senado de la República y otra en la Cámara de Representantes, durante el período de estas corporaciones, se integrarán las comisiones primeras constitucionales de las respectivas cámaras.
El candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la república, Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde Municipal tendrá el derecho personal a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente Corporación.
Las curules así asignadas en el Senado de la República y en la Cámara de Representantes serán adicionales a las previstas en el artículo 171 y 176. La demás curules no aumentarán el número de miembros de dichas corporaciones.
En caso de no aceptación de la curul en las corporaciones públicas de las entidades territoriales, la misma se asignará de acuerdo con la regla general de asignación de curules previstas en el artículo 263.
Presidente Vicepresidente
Fórmula presidencialElectos
Presidente Vicepresidente
Fórmula presidencialSiguientes en votación
curul adicional Curulsenado
Curulcámara Credencial
Autoridadelectoral
Artículo 25Corporaciones públicas territoriales
Los candidatos que sigan en votos a los electos en los cargos de Gobernador, Alcalde Distrital y Alcalde Municipal, tendrán derecho personal a ocupar, en su orden, una curul en las Asambleas Departamentales, Concejo Distrital y Concejos Municipales.
Curules en las corporaciones públicas de elección popular de las entidades territoriales.
GOBERNADOR, ALCALDE DISTRITAL, ALCALDE MUNICIPAL
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, CONCEJO DISTRITAL, CONCEJO MUNICIPAL
12 3
12 3
RESOLUCIÓN 2276 DEL 2019
Desarrollo de los escrutinios Comisiones escrutadoras
Orden cómputo de votos
Zonal y / o auxiliar Municipal Distrital General
1. Alcaldía 2. Gobernación 3. Concejo Distrital o Municipal 4. Asamblea Departamental 5. Junta Administradora Local,
si las hubiere.
Declaratoria cargos uninominales
Una vez culminado el cómputo total de los votos para la totalidad de cargos y corporaciones y resueltas las correspondientes reclamaciones, si no hubiese apelaciones a las decisiones adoptadas.
Comisión Escrutadora Municipal o Distrital
Declaratoria de Alcalde previo a la declaratoria de Concejo
Comisión Escrutadora General
Declaratoria de Gobernador previo a la declaratoria de Asamblea
*Constancias en el E-26 y AGE del segundo
candidato votación
Oportunidad aceptar curul
Declaratoria
Plurinominales
Constancia y lectura AGE E iba segundo E-26 Candidato número (2º) puesto de votación.
Candidato manifestar por escrito Por una sola vez, sin posibilidad de retracto.
Artículo 25 Ley 1909/18
Artículo 2 parágrafo 2(resolución 2276 de 2019 -CNE).En caso que el voto en blanco o promotores de este, obtengan la segunda votación en las elecciones de cargos uninominales, la misma no será tenida en cuenta para los efectos del artículo 25 de la Ley de 1909 de 2018.
Posterior a la declaratoria
Alcalde - Gobernador
Previo a la declaratoria Concejo - Asamblea
24 Horas
Candidato (2º) puesto en votación
Decisión
Acepta curul No acepta curul No se presenta
Artículo263 C.P
Acepta curul
Candidato (2º) puesto de votación Alcaldía - Gobernación
Manifestación de Aceptación(Sin posibilidad de retracto)
Comisión escrutadora municipal o general
Curules a proveer
Candidatos Electos
Curules restantes
Regla general Artículo 263
Asignación curul(artículo 25 ley 1909)
Cargo plurinominal Concejo - Asamblea
Concejo - Asamblea
Concejo - Asamblea
-1
Candidato (2º) puesto de votación Alcaldía - Gobernación
Manifestación de Aceptación(Sin posibilidad de retracto)
Comisión escrutadora municipal o general
Curules a proveer
Candidatos Electos
Totalidad Curules
Regla general Artículo 263
Concejo - Asamblea
Concejo - Asamblea
No presentación de candidato
No acepta curul No se presenta
Declaratoria cargos plurinominales
Candidato (2º) puesto en votación
Decisión
Alcaldía - Gobernación
Comisión escrutadora municipal o general
Posterior a la declaratoria
Acepta curul
No acepta curul No se presenta
Reanudar a la diligencia de escrutinio
Declaratoria
Cargos plurinominales artículo 263 C.P
Comisión escrutadora municipal o general
Candidato (2º) puesto de votación
Concejo - Asamblea
Asignación curul(artículo 25 ley 1909) Cargo plurinominal Concejo - Asamblea
Curules a proveer
-1Regla general Artículo 263
Reanudar a la diligencia de escrutinio
Candidatos ElectosConcejo - Asamblea
Ejemplo: Curules a proveer en todas las curules a proveer en todas las siete (7), aceptación de curul 2º votación alcaldía, se resta una (1) curul. Curules por proveer seis (6)
ABCD
V. BlancoV. VálidosV. Nulos
V. No MarcadosTotal Votos
895LISTAS VOTOS
7961.563300126
3.68010515
3.800
Curules a proveer 6
613
307
A,B,C,D
Cuociente(votos válidos / curules a proveer)
Umbral(cuociente/2)
Listas que participan en la distribución de curules
Acepta curul CABD
1
1563,0
895,0
796,0
300,0
2
781,5
447,5
398,0
150,0
3
521,0
298,3
265,3
100,0
4
390,8
223,8
199,0
75,0
5
312,6
179,0
159,2
60,0
6
260,5
149,2
132,7
50,0
SISTEMA CIFRA REPARTIDORA
447,5Cifra Repartidora C
ABD
1563
895
796
300
/
/
/
/
447,5
447,5
447,5
447,5
3,93
2
1,77
0,66
3
2
1
0
ASIGNACIÓN DE CURULESCurules
ToTal: 6
Curules a proveer
Regla general Artículo 263
Comisión escrutadora municipal o general
Reanudar a la diligencia de escrutinio
Candidatos ElectosConcejo - Asamblea
Ejemplo: Proveer en todas las siete (7), no aceptación / no presentación, curules por proveer siete (7)
ABCD
V. BlancoV. VálidosV. Nulos
V. No MarcadosTotal Votos
895LISTAS VOTOS
7961.563300126
3.68010515
3.800
Curules a proveer 7
526
263
A,B,C,D
Cuociente(votos válidos / curules a proveer)
Umbral(cuociente/2)
Listas que participan en la distribución de curules
Acepta curul
398,0Cifra Repartidora
No acepta curul No se presenta
Acepta curul
CABD
1
1563,0
895,0
796,0
300,0
3
521,0
298,3
265,3
100,0
2
781,5
447,5
398,0
150,0
4
390,8
223,8
199,0
75,0
5
312,6
179,0
159,2
60,0
6
260,5
149,2
132,7
50,0
7
223,3
127,9
113,7
42,9
SISTEMA CIFRA REPARTIDORA
CABD
1563
895
796
300
/
/
/
/
398
398
398
398
3,93
2,25
2,00
0,75
3
2
2
0
ASIGNACIÓN DE CURULES Curules
ToTal: 7
Apelaciones
Regla general Artículo 263
Cuando sean apeladas las decisiones sobre las reclamaciones que por primera vez se formulen o se presenten desacuerdos entre los miembros de las comisiones, estas se abstendrán de declarar la elección y de expedir las credenciales para que sea la instancia superior con atención preferente quienes resuelvan el caso y expidan las tales credenciales.
GANADOR ABSOLUTOVoto en blanco
VOTO ENBLANCO
VOTO ENBLANCO Declara Ganador
Voto en blancoSe repite la Elección
Uninominal(1º) puesto en votación
Mayoria AbsolutaAlcaldia – Gobernación
Comisión escrutadora municipal o general
RESERVA CURUL (Art. 25 Ley 1909)Nueva elección
Cargo Plurinominal(Concejo - Asamblea)
Curules a proveer
Curules restantesConcejo - Asamblea
-1Candidatos Electos
Concejo - Asamblea
COMISIÓN ESCRUTADORAMUNICIPAL
COMISIÓNESCRUTADORAGENERAL
24 Horas
DIAGRAMADE FLUJO
Apelado Alcalde
Apelado Concejo
Resuelve ApelaciónAlcalde
Alcalde Posterior a la declaratoria
Alcalde
Informa
Constancia y lectura AGE y E-26 Candidato (2) puesto de votación
Candidato 2 puesto en votación
Candidato manifestar por escrito por una sola vez, sin posibilidad de retracto
No acepta curul
Acepta curul
Candidatos ElectosRegla general Artículo 263
Candidatos ElectosRegla general Artículo 263
Curules a proveerCurules restantes-1
Curules a proveerTotalidad Curules
DECLARATORIA CONCEJO
Ejemplo Comparativo
Curules a proveer
Cuociente V.válidos curules a proveer
Umbral cuociente 2
Listas que participan en la
Distribución de Curules
Se organizan de mayor a menor las que pasaron el umbral y se dividen sucesivamente por los números del 1 hasta el número
de curules a proveer
Cifra repartidora:
Asignación de curules (se divide cada una de las listas que superaron el umbral por la cifra repartidora). Se tiene en cuenta
únicamente el valor entero
448 398
CurulesC A B
1563 895 796
/ / /
448 448 448
3.49 2.00 1.78
3 2 1
CurulesC A B D
1563 895 796 300
/ / //
398 398398 398
3.93 2.25 2.00 0,75
3 220
C A B
1 2 3 4 5 6 1563 895 796
782 448 398
521 298 265
390,8 223,8 199
313 179 159
261 149 133
1563 895 796 300
782 448 398 150
C A B D
1 2 3 4 5 6 7521 298 265 100
391 224 199 75
313 179 159 60
261 149 133 50
223 128 114 43
7
526
263
A, B, C, D
6
613
307
A,B,C
A.L. 02/2015, ley 1909/2018 No acepta curul Acepta curul
ART 263 C.P.Lista A B C D V. Blanco V. Válidos V. Nulos V. No marcados Total votos
Votos 895 796 1.563 300 126 3.680 105 15 3.800
LEY 1909 DE 2018ART.25
APLICACIÓN ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2015