Regímenes Tributarios hasta el 2016
Ingresos anuales
S/ 360,000
S/ 240,000
S/ 156,000
Régimen General
S/ 525,000 Régimen Especial del Impuesto a la Renta
S/ 96,000 NRUS Categoría 2
S/ 60,000 NRUS Cat. Especial NRUS Categoría 1
NRUS Categoría 5
NRUS Categoría 4
NRUS Categoría 3
Problemática
El NRUS y el RER no responden a las necesidades de las MYPES
El RG no es un régimen creado para las MYPES aun cuando es usado por estas
Por ello, algunas prefirieron la informalidad
Fomenta baja productividad, por ello el Estado deja de recaudar los recursos necesarios para cumplir su
propósito.
Regímenes Tributarios A PARTIR DEL 2017
Ingresos anuales
1700 UIT
Régimen General
S/ 525000
S/ 96000
S/ 60000 NRUS Categoría 1NRUS Categoría Especial
NRUS Categoría 2
Régimen Especial del Impuesto a la Renta
Se eliminan categorías 3,4 y 5
S/. 6,885,000
300 UIT
S/. 1,215,000
¿Qué es Regimen Mype Tributario?
• Es un Régimen referido al tratamiento del I.R. que comprende a los contribuyentes a los que se refiere el artículo 14° de la Ley del Impuesto a la Renta, domiciliados en el país; siempre que sus ingresos netos no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable.
¿Quiénes se pueden acoger?
Que obtengan rentas de tercera
categoría
Domiciliados en el país
Con ingresos hasta 1 700 UIT (S/.
6,885,000) en el ejercicio
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
¿Quiénes están excluidos?
Vinculación directa o indirecta en
función al capital y cuyos ingresos
conjuntos superen 1,700 UIT.
Sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente
Ingresos mayores a 1700 UIT en el ejercicio anterior
Ley Promoción de la inversión Amazónica.Ley 27360 – Sector Agrario.Actividades productivas en zonas alto andinas.Ley Zona Franca y Zona Comercial de Tacna.
Nuevos InscritosYa inscritos
(3era)
ACOGIMIENTO
NRUS
Con la DJ del mes de la fecha de inicio de actividades ó de afectación (incluye RUCs
reactivados sin negocio)
Con la DJ de cualquier mes Con la DJ de enero
Dentro del vencimiento
Régimen MYPE Tributario (RMT)
RER RG
Contribuyentes con Ingresos Netos 300 UIT
Contribuyentes con Ingresos Netos entre 300 - 1,700 UIT
En que consiste
EJERCICIO GRAVABLE
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
¿En qué consiste?
Renta Neta
Tasas sobre utilidad
Hasta 15 UIT 10%
Más de 15 UIT 29.5%
Pagos a cuenta mensual- Coeficiente
- Porcentaje (1.5%)
Pagos a cuenta mensual
- Flat (1%)
TRIBUTA SOBRE UTILIDAD ANUAL
DECLARACION ANUAL
Tasa progresiva acumulable
S/. 1,215,000 S/. 6,885,000
Régimen MYPE Tributario
Libros contables
Registro de Ventas
Registro de Compras
Libro Diario de Formato Simplificado
Registro de Ventas
Registro de Compras
Libro Mayor
Libro Diario
Registro de Compras
Registro de Ventas
Libro Diario
Libro Mayor
Libro de Inventarios y Balances
Con ingresos netos
anuales hasta 300 UIT
Ingresos brutos anuales
mayores de 300 UITS y que
no superen las 500 UIT
Ingresos brutos anuales mayores
a 500 UIT y que no superen las
1700 UIT
Libros contables
REGISTRO DE VENTAS
Físico o Electrónico
El Registro de Ventas es un libro en el que se anotan en orden cronológica y correlativa, todos los comprobantes de pago (Facturas,
Boletas de Venta) que emita una empresa.
REGISTRO DE COMPRAS
Físico o Electrónico
El Registro de Compras es un libro obligatorio en el que se anotan las adquisiciones tanto de bienes o servicios que realiza la empresa.
LIBRO DIARIO FORMATO SIMPLIFICADO
Físico o electrónico
En este libro se registran las operaciones mensuales, detallando el mes de la operación, una breve descripción, el numero de cuenta y los
totales.
Código de tributo: 3121 – Renta Régimen MYPE Tributario (RMT)
Nuevo Régimen MYPE Tributario (RMT)
Medios de Declaración y Pago
Declaración
Mensual:
Form. 0621 (PDT y virtuales)
Anual:
Se generará formulario oportunamente
Pago
Sistema de pagos red bancaria
Número Pago de SUNAT NPS
Con la cuenta de detracciones
Régimen MYPE Tributario –
Acompañamiento tributario 2017
No se emiten sanciones
• Para los que inician actividades durante el 2017.
• Aquellos que provengan del Nuevo RUS.
Durante el ejercicio gravable 2017.
• Omitir llevar libros, libros sin formalidades libros
con atraso (Art. 175° num.1, 2, y 5 CT).
• No declarar (Art. 176 ° núm. 1 CT).
• No exhibir libros (Art. 177° núm. 1 CT).
Subsanación de la infracción, de acuerdo a lo que
establezca la SUNAT.
¿A quiénes?
Plazo
Requisito
¿Qué infracciones comprende?
BENEFICIOS DEL REGIMEN MYPE TRIBUTARIO
Pueden acogerse todas las actividades económicas
Pueden emitir todo tipo de CDP
Simplificación y reducción de costos de cumplimiento: Menos Libros y Registros Contables
Reducción de la tasa del Impuesto a la Renta en escala progresiva (10% y 29.5%)
Tributación Justa: En función a la utilidad (solo sobre la ganancia)
CASO 1
EL CONTRIBUYENTE REX EIRL DESEA
TRASLADARSE DEL RÉGIMEN GENERAL DEL
IMPUESTO A LA RENTA AL RÉGIMEN MYPE
TRIBUTARIO:
a. Puede darse con la presentación de una declaración
jurada, de no estar en los supuestos de no aplicación.
b. Puede efectuarse en cualquier momento.
c. Se da a partir del mes de enero del ejercicio siguiente en
que no incurrieron en supuestos de no aplicación.
Respuesta …. C
CASO 2
• El peruanito con sabor SAC es una cadena de tiendas
que venden productos culinarios peruanos en el
mundo. Es una empresa constituida en Perú y tiene
sucursales con personería jurídica distinta en EEUU,
Chile, España, Australia, Egipto e Islas Marshall.
Desea trasladarse del Régimen General al Régimen
MYPE Tributario. Señale la alternativa de respuesta
que considere correcta:
Alternativas
a. No puede trasladarse, pues, seguramente, sumando
los ingresos de las sucursales, supera las 1,700 UIT.
b. Podría trasladarse si cumple con las condiciones que el
artículo 3 del Decreto Legislativo N 1269 señala.
c. No puede trasladarse porque tiene sucursales.
d. Sí puede trasladarse porque tiene una sucursal en
Chile que pertenece a la Alianza del Pacífico.
Respuesta …. B
CASO 3
• La empresa Luz del Mar SAC del Régimen General que
tiene ingresos por 800 UIT, está vinculada a otra del
mismo régimen que tiene ingresos por 1,000 UIT, desea
afectarse al Régimen MYPE Tributario.
a. No puede afectarse, pues, sumados los ingresos de ambas empresas, superan las 1,700 UIT.
b. Puede afectarse siempre que venda más del 70% de su participación en la otra empresa.
c. Solo puede afectarse la empresa que tiene menores ingresos.
Respuesta …. A
CASO 4
• Petro-gas SAC es un grifo ubicado en Tacna, y se
acogió al Régimen MYPE Tributario a partir del mes de
enero de 2017. pero en el mes de setiembre se convirtió
en una sucursal de una cadena de grifos Chilena.
a. Puede seguir en el Régimen MYPE Tributario. b. Debe formar una nueva persona jurídica para acogerse al Régimen
MYPE Tributario. c. Debe pasar al Régimen General al ser una sucursal de una empresa del
exterior. d. Puede seguir en el Régimen MYPE Tributario en cuanto la cadena de
grifos no tenga una participación accionaria mayor al 30%.
Respuesta …. C
CASO 5
• La empresa CAMBIO SAC se acoge al Régimen
MYPE Tributario. Estuvo en el Régimen
Especial y sus ingresos anuales son de 350 UIT
anuales. ¿Si sus ingresos del mes de abril son
de S/1,000,000, cuánto le corresponde por su
pago a cuenta de Impuesto a la Renta?
Alternativas…
a. S/15,000 b. Debe pagar de acuerdo al artículo 85° de la Ley del Impuesto
a la Renta. c. S/10,000 d. Ha superado el límite de ingresos del Régimen MYPE
Tributario y debe pasar al Régimen General. e. Se le hace una auditoría electrónica para determinar sus
ingresos reales
Respuesta …. b
CASO 6
• ¿Una empresa que se encuentra en el Régimen
Especial del Impuesto a la Renta y tiene ventas
por 295 UIT, qué podría hacer respecto a los
pagos a cuenta del Impuesto a la Renta?
a. Debe pasarse al Régimen General y optar por el método del balance para suspender pagos a cuenta.
b. Puede suspender los pagos a cuenta a partir del mes de agosto.
c. Debe pagar el 1% de sus ingresos mensuales. d. No puede suspender pagos del Régimen Especial de Renta
por ser cancelatorios. Respuesta …. d
CASO 7
• El contribuyente SUPERANDO SAC del
Régimen General tuvo ingresos por 1,650 UIT
en el año 2016, entonces SUNAT lo incorpora
de oficio al Régimen MYPE Tributario en el mes
de enero y con la declaración jurada anual
(presentada en el mes de marzo), se verifica
que tuvo ingresos por 1,755 UIT. ¿Qué acción
se debe tomar?
Alternativas…
a. Se afecta a un Régimen Transitorio mientras se auditan
los ingresos anuales.
b. Los pagos a cuenta por los meses de enero y febrero
del año 2017 se consideran cancelatorios para efectos
del Impuesto a la Renta.
c. Se afecta al Régimen General desde el mes de enero
del 2017.
d. Se afecta al Régimen General desde abril del 2017.
Respuesta …. c
CASO 8
• Un contribuyente que estuvo en el RUS y luego se acoge
al Régimen MYPE Tributario, omitió la presentación de su
declaración jurada mensual correspondiente al mes de
marzo del año 2017. ¿Qué sanción se le debe imponer?
a. 100% de la UIT. b. No se aplica sanción si lo subsana d. 50% de la UIT. e. 0.6% de los ingresos
Respuesta …. b
CASO 9
• Sonia Mendoza es una persona natural con negocio que
le dio de baja a su RUC en marzo de 2016 y lo reactiva
en enero de 2017. ¿Puede acogerse al Régimen MYPE
Tributario?
a) Debe reactivar su RUC como Régimen General y permanecer un año, como mínimo, para poder cambiarse al Régimen MYPE Tributario.
b) Puede acogerse a partir del mes de enero del 2018. c) Sí es posible con la declaración correspondiente al mes de enero del
2017. d) No es posible, salvo que previamente realice una suspensión temporal
de actividades por 18 meses.
Respuesta …. C
CASO 10: Suspensión de
Pagos a Cuenta
• La empresa Mark
S.A. busca
determinar si es
posible la
suspensión de los
pagos a cuenta del
Régimen MYPE
Tributario.
• Se tiene los
siguientes pagos a
cuenta realizados:
Manejamos el supuesto de una Renta Neta en el Estado de Ganancias y Pérdidas al 31 de julio de S/. 24,000.
Cálculo del I.R.
• Sobre la base de la Renta Neta al 31 de julio
(S/.24,000) se calcula la Renta Neta Anual Proyectada.
Asimismo, sobre la base de la Renta Neta Anual
Proyectada se calcula el Impuesto Anual Proyectado.
• Renta Neta Anual Proyectada = (S/.24,000 / 7) x 12 =
S/.41,142.86
• Aplicando escala:
• Hasta 15 UIT S/. 41,142.86 x 10% = S/.4,114.29 … (b)
Respuesta
• A fin de determinar si es posible suspender los
pagos a cuenta de Agosto a Diciembre se
compara la suma de los pagos a cuenta
realizados (a) y el Impuesto Anual Proyectado
(b), de esta comparación si (a) es mayor a (b)
entonces se procede a suspender los pagos a
cuenta. En nuestro caso obra la suspensión ya
que (a) es mayor que (b).