1 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 10’30 diez horas
treinta minutos del día 26 veintiséis de febrero del 2009 dos mil
nueve, se reunieron en la Sala del Cabildo del Palacio Municipal, para
celebrar sesión ordinaria del H. Ayuntamiento, el C. Presidente
Municipal, L.A.E. Vicente Guerrero Reynoso y los integrantes del
mismo. Iniciada la sesión por el C. Presidente Municipal, el C.
Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. Francisco de Jesús García León,
pasa lista de presentes, asistiendo las siguientes personas: CC.
Síndicos Profra. Leticia Villegas Nava y L.A.E. Juan Eusebio Olague
Riva Palacio y los Regidores: Lic. Carlos Ramón Romo Ramsden, Lic.
Hortensia de la Concepción Orozco Tejada, Lic. Ma. Esther Hernández
Becerra, Gabriel Villagrana García, Lic. José María Arias Rangel,
Arturo Ureña Ramos, Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, Lic. Sergio
Navarro Tejada, Lic. María Teresa Palomino Ramos, Lic. Fernando
Ávila González, José Gilberto Moreno Fuentes y Lic. Aarón Soto
Martínez, declarando que hay quórum. En seguida, el C. Secretario da
lectura al Orden del Día: I.- Lista de presentes y declaración de
quórum. II.- Orden del Día y aprobación. III.- Aprobación del acta de la
sesión ordinaria celebrada el día 12 de febrero del 2009. IV.-
Presentación de los Estados Financieros del mes de enero del 2009 y
aprobación en su caso. Comparecencia del C. Lic. Francisco Javier
González Álvarez, Tesorero Municipal. V.- Modificación Presupuestal
al mes de febrero del 2009. Comparecencia del C. Lic. Francisco
Javier González Álvarez, Tesorero Municipal. VI.- Modificación al
Programa de Inversión Pública del Municipio de León, Guanajuato,
para el ejercicio fiscal 2009. VII.- Informe de Actividades de los
Juzgados Administrativos Municipales. Comparecencia del C. Lic.
Eliverio García Monzón, Juez General Administrativo Municipal. VIII.-
Comparecencia del C. Ocean. José Eleazar López Araiza Alday,
Director General de Protección al Ambiente. IX.- Análisis y aprobación
en su caso, del Reglamento del Patronato Histórico de la Ciudad de
León, Guanajuato. X.- Análisis y aprobación en su caso, de reformas a
las Disposiciones Administrativas de Recaudación para el Municipio de
León, Guanajuato para el ejercicio 2009. XI.- Opinión respecto a la
Iniciativa de Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el
2 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Estado de Guanajuato. XII.- Informe de Comisiones. XIII.- Asuntos
Generales. A continuación, el C. Secretario manifiesta que antes de
someter a consideración el Orden del Día, se propone la exclusión del
punto VII del mismo, relativo al Informe de Actividades de los
Juzgados Administrativos Municipales; lo anterior en razón de que
dicho informe debe revisarse previamente por la Comisión de
Gobierno y Régimen Interior, para posteriormente presentarse ante el
pleno del H. Ayuntamiento; por lo que en el caso de aprobarse dicha
propuesta, los puntos siguientes al excluido se adelantaran. Acto
seguido, el C. Presidente somete a consideración el anterior Orden del
Día, con la exclusión del punto señalado, el cual es aprobado por
unanimidad. Habiendo pasado lista de presentes, con la declaración
de quórum y aprobado por unanimidad que fue el Orden del Día, se
tienen por desahogados los puntos I y II del mismo.
En el punto III del Orden del Día, el C. Presidente somete a
consideración la aprobación del acta de la sesión ordinaria celebrada
el día 12 de febrero del 2009, la cual es aprobada por unanimidad. En
uso de la voz el C. Secretario, manifiesta a los miembros del H.
Ayuntamiento que se encuentran presentes alumnos del 8vo.
Semestre de la Facultad de Derecho de la Universidad de León,
quienes asisten acompañados de la Mtra. Lic. Rosana Arlet Aranda
Navarro.
En el punto IV del Orden del Día, comparece el C. Lic. Francisco
Javier González Álvarez, Tesorero Municipal. En uso de la voz la C.
Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, da lectura al dictamen de la
Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, relativo a los
Estados Financieros del mes de enero del 2009 (se agrega al
apéndice del acta), que comprende los renglones de Ingresos,
Impuestos, Derechos, Aprovechamientos, Participaciones y otros
Ingresos, así como los rubros de Egresos; todos del mes y año en
comento, mismos que a continuación se insertan:
3 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
H. AYUNTAMIENTO DE LEON
ESTADO DE RESULTADOS PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 200
INGRESOS: ============================= IMPUESTOS 103,281,786.54 5%DERECHOS 7,740,344.28 3%CONTRIBUCION POR EJECUCION DE OBRA 272.00 0%PRODUCTOS 8,869,375.64 2%APROVECHAMIENTOS 31,954,046.38 56%PARTICIPACIONES 63,085,136.98 32%REMANENTES DE EJERCICIOS ANTERIORES 38,504,997.00 1% TOTAL INGRESOS 253,435,958.82 100% GASTOS: ============================= SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES 17,906,355.97 11%SERVICIOS Y APOYOS COMUNITARIOS 9,336,148.89 11%SERVICIOS URBANOS, ECOLOGICOS Y DE MOVILIDAD 7,673,262.08 5%PROTECCION, SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO 76,669,727.86 33%FOMENTO ECONOMICO Y TURISTICO 876,974.69 1%EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE 7,153,856.44 7%GOBIERNO Y ORDEN JURIDICO 6,501,267.81 4%DESARROLLO INSTITUCIONAL Y TECNOLOGICO 2,754,730.34 1%REVISION Y TRANSPARENCIA 1,797,510.46 1%FINANZAS, RECAUDACION, ADMON Y CONTROL PATRIMONIAL 6,955,618.83 9%URBANIZACION, EDIF, OBRAS ESPECIALES Y ADMON DE OBRA 2,975,209.21 14%PLANEACION Y VIVIENDA 4,276,276.81 2%DEUDA PUBLICA 3,283,417.75 0% TOTAL GASTOS: 148,160,357.14 100%
H. AYUNTAMIENTO DE LEON ANALISIS DE GASTOS POR RUBROS
PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2009
IMPORTE %SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES Secretaría de servicios municipales 450,044.70 Mercados 1,961,629.32 Alumbrado público 1,222,045.23 Servicios Mecánicos Municipales 1,126,769.54 Aseo público 10,132,401.13 Panteones 218,872.84 Parques y jardines 1,143,473.87 Supervisión del Rastro Frigorífico 0.00 Rastro de aves 292,692.39 Mantenimiento vial 1,170,839.29 Fidapim 187,587.66 17,906,355.97 11.47%
4 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
SERVICIOS Y APOYOS COMUNITARIOS Gestión Social 146,764.56 Secretaría de Desarrollo Humano y Social 611,531.46 Desarrollo Rural 1,057,411.74 Desarrollo Social 1,001,245.97 Salud 1,406,454.03 Unidad de Defensoria Gratuita en Materia administrativa 51,940.61 Dif- León 4,314,008.00 Instituto Municipal de la Mujer 170,275.52 Fideicomiso Convive 576,517.00 9,336,148.89 11.19% SERVICIOS URBANOS, ECOLOGICOS Y DE MOVILIDAD Secretaría de Desarrollo Sustentable 89,709.28 Urbanismo 2,237,429.36 Movilidad 2,841,459.01 Protección al Ambiente 2,504,664.43 7,673,262.08 4.64%PROTECCION, SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO Secretaría de Seguridad Pública 709,346.47 Policía municipal de León 47,390,945.66 Transito Municipal 16,372,776.42 Fiscalización y Control 1,023,847.93 Oficiales Calificadores 3,009,042.78 Protección Civil 752,292.25 Formación Policíaca 2,463,970.97 Centro de comando 2,202,395.47 Junta de Reclutamiento Municipal 54,917.12 Prevención y Estadística 965,211.70 Patronato de Bomberos 1,724,981.09 76,669,727.86 33.13% FOMENTO ECONOMICO Y TURISTICO Secretaría de Economía 178,827.92 Fomento a la Economía Municipal 540,626.77 Promoturística 157,520.00 876,974.69 0.92%EDUCACION CULTURAL Y DEPORTE Secretaría de Educación, Cultura y Deporte 1,849,975.06 Comisión Municipal de Deporte y Cultura Física 1,124,040.83 Patronato Explora 1,060,587.98 Instituto Cultural de León 1,646,843.00 Patronato del Parque Zoológico 735,049.00 Patronato del Parque Ecológico Metropolitano 319,514.84 Agroeduca 227,817.98 Museo de la Ciudad 190,027.75 Patronato de la Feria - 7,153,856.44 7.18% GOBIERNO Y ORDEN JURIDICO Síndicos 197,656.98 Regidores 1,129,614.36
5 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Delegados y Subdelegados municipales 177,600.00 Despacho del Presidente Municipal 575,744.56 Relaciones Públicas 366,256.64 Atención Ciudadana 171,846.43 Administración 125,248.37 Comunicación Social 814,816.42 Secretaría de H. Ayuntamiento 790,753.13 Asuntos Internos 419,095.39 Servicios Jurídicos 539,280.04 Archivo Histórico 306,928.13 Apoyo a la Función Edilicia 407,605.71 Juzgados Administrativos Municipales 478,821.65 6,501,267.81 4.34%DESARROLLO INSTITUCIONAL Y TECNOLOGICO Secretaría de Desarrollo Institucional 2,754,730.34 2,754,730.34 1.00%REVISION Y TRANSPARENCIA Contraloría Municipal 1,642,018.73 Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública 155,491.73 1,797,510.46 0.57%FINANZAS, RECAUDACION, ADMINISTRACION Y CONTROL P. Tesorería Municipal 496,144.51 Egresos 652,644.21 Ingresos 2,215,274.79 Impuestos Inmobiliarios 1,153,358.79 Recursos Materiales y Servicios Generales 1,189,310.62 Oficinas Multifuncionales 274,069.84 Egresos aplicables a varias dependencias 974,816.07 Responsabilidades Municipales 0.00 6,955,618.83 9.47%URBANIZACION, EDIFICACION, OBRAS ESPECIALES Y A. Provisiones Económicas 0 Fidoc 186,143.59 Secretaría de Obra Pública 2,789,065.62 2,975,209.21 13.75%PLANEACION Y VIVIENDA Instituto Municipal de Planeación 906,279.00 Instituto Municipal de Vivienda 3,369,997.81 4,276,276.81 2.02%DEUDA PUBLICA Deuda Pública 3,283,417.75 3,283,417.75 0.30% T O T A L 148,160,357.14 100.00%
A continuación, comparece el C. Lic. Francisco Javier González
Álvarez, Tesorero Municipal, quien da una breve explicación de la
situación financiera que guarda la Administración Municipal,
manifestando entre otros aspectos, que el total de ingresos ascendió a
la cantidad de $253’435,958.82 y por concepto de egresos a la
cantidad de $148’160,357.14. Acto seguido, el C. Presidente somete a
6 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
consideración en lo general los Estados Financieros del mes de enero
del 2009, mismos que son aprobados por unanimidad y al no haber
observaciones en lo particular, se tienen por aprobados en dicho
sentido. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, refiere
que en razón de la presencia de los alumnos, es importante considerar
la parte pedagógica, por lo que les manifiesta que el trabajo del
Ayuntamiento se divide en Comisiones, siendo una de estas la de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en la cual estudian y analizan
todo el estado de resultados, emitiéndose un dictamen; por lo que en
esta sesión sólo se presenta el dictamen correspondiente para
consideración del pleno.
En el punto V del Orden del Día, comparece el C. Lic. Francisco Javier
González Álvarez, Tesorero Municipal. En uso de la voz la C. Sínd.
Profra. Leticia Villegas Nava, da lectura al dictamen de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, (se agrega al apéndice del
acta), que contiene la siguiente propuesta: PRIMERO.- Se autoriza la
modificación al presupuesto de egresos y pronóstico de ingresos para
el ejercicio 2009 en el mes de febrero del 2009, en los términos,
conceptos y cantidades que se detallan en los documentos anexos al
presente y que a continuación se insertan:
GOBIERNO MUNICIPAL DE LEÓN
TESORERÍA MUNICIPAL
MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL AL 26 DE FEBRERO DEL 2009
CONCEPTO PRESUPUESTO AUTORIZADO
PRESUPUESTO MODIFICADO DIFERENCIA
INGRESOS
Impuestos 372,819,312 372,819,312 -
Derechos 89,281,417 89,281,417 -
Productos 64,569,885 64,569,885 -
Aprovechamientos 830,688,443 924,760,490 94,072,047
Participaciones Federales 922,926,502 939,407,625 16,481,123
Remanente de ejercicios anteriores 38,504,997 501,656,428 463,151,431
TOTAL DE INGRESOS 2,318,790,556 2,892,495,157 573,704,601
EGRESOS
Servicios Personales 1,055,140,013 1,064,303,064 9,163,051
Materiales y Suministros 99,484,362 99,610,362 126,000
Servicios Generales 238,454,076 244,762,324 6,308,248
7 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Ayudas y transferencias 215,217,923 226,398,320 11,180,397
Bienes Muebles e Inmuebles 5,972,420 17,500,173 11,527,753
Obra Pública y Proyectos Estratégicos 408,550,000 943,034,224 534,484,224
Otras Aportaciones y Erogaciones 22,502,934 23,417,861 914,927
TOTAL EGRESOS 2,045,321,728 2,619,026,329 573,704,601
SALIDAS
Deuda Pública 148,468,828 148,468,828 -
Anticipo de participaciones 2008 125,000,000 125,000,000 -
TOTAL SALIDAS 273,468,828 273,468,828 0
TOTAL DE EGRESOS MAS SALIDAS 2,318,790,556 2,892,495,157 573,704,601
EXCESO DE INGRESOS/EGRESOS (0) 0 0
GOBIERNO MUNICIPAL DE LEÓN TESORERÍA MUNICIPAL
MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL AL 26 DE FEBRERO DEL 2009
UR Nom UR PR
CAPITULO DE
GASTO D E S C R I P C I O N PRESUPUESTO AUTORIZADO
PRESUPUESTO MODIFICADO DIFERENCIA
1010 Síndicos 101 1000 SERVICIOS PERSONALES
2,117,555
2,221,314
103,759
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
101,050
101,050
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
572,554
572,554
‐
Total Síndicos
2,791,159
2,894,918
103,759
1011 Regidores 102 1000 SERVICIOS PERSONALES
11,004,951
11,163,047
158,096
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
575,820
575,820
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
3,126,016
3,121,016
(5,000)
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
35,000
35,000
‐
Total Regidores
14,741,787
14,894,883
153,096
1012
Delegados y Subdelegados Municipales 103 1000 SERVICIOS PERSONALES
2,654,028
2,654,028
‐
Total Delegados y Subdelegados Municipales
2,654,028
2,654,028
‐
1120 Comunicación Social 111 1000 SERVICIOS PERSONALES
6,500,245
6,500,245
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
393,764
393,764
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
18,420,920
18,420,920
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
175,000
175,000
‐
Total Comunicación Social
25,489,929
25,489,929
‐
1195
Despacho del Presidente Municipal 107 1000 SERVICIOS PERSONALES
5,573,119
5,573,119
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
191,651
191,651
‐
3000 SERVICIOS GENERALES 1,427,410 1,427,410 ‐
8 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
‐
‐
Total Despacho del Presidente Municipal
7,192,180
7,192,180
‐
1196 Gestión Social 108 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
113,760
113,760
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
28,700
30,932
2,232
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
11,557,293
14,407,293
2,850,000
Total Gestión Social
11,699,753
14,551,985
2,852,232
1197 Relaciones Públicas 109 1000 SERVICIOS PERSONALES
3,279,392
3,279,392
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
65,389
65,389
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
1,664,494
1,669,494
5,000
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
‐
‐
Total Relaciones Públicas
5,009,275
5,014,275
5,000
1198 Atención Ciudadana 110 1000 SERVICIOS PERSONALES
1,570,896
1,570,896
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
57,195
57,195
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
224,337
224,689
352
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
‐
‐
Total Atención Ciudadana
1,852,428
1,852,780
352
1199 Administración 112 1000 SERVICIOS PERSONALES
1,547,661
1,547,661
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
35,005
35,005
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
76,780
76,780
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
12,000
12,000
‐
Total Administración
1,671,446
1,671,446
‐
1210
Secretaría del H. Ayuntamiento 114 1000 SERVICIOS PERSONALES
8,438,722
8,438,722
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
336,886
336,886
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
2,991,093
2,991,093
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
135,000
135,000
‐
Total Secretaría del H. Ayuntamiento
11,901,701
11,901,701
‐
1211 Asuntos Internos 115 1000 SERVICIOS PERSONALES
4,029,372
4,029,372
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
224,504
224,504
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
536,590
536,692
102
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
18,000
18,000
‐
Total Asuntos Internos
4,808,466
4,808,568
102
1212 Servicios Jurídicos 116 1000 SERVICIOS PERSONALES
5,826,800
5,826,800
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
146,422
146,422
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
404,651
389,927
(14,724)
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
20,000
20,000
‐
9 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Total Servicios Jurídicos
6,397,873
6,383,149
(14,724)
1213 Archivo Histórico 117 1000 SERVICIOS PERSONALES
3,112,181
3,112,181
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
64,871
64,871
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
682,015
682,015
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
11,000
11,000
‐
Total Archivo Histórico
3,870,067
3,870,067
‐
1214
Apoyo a la Función Edilicia 118 1000 SERVICIOS PERSONALES
4,363,371
4,363,371
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
59,731
59,731
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
506,324
583,344
77,020
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS ‐
‐
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
12,500
12,500
‐
7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG ‐
‐
‐
Total Apoyo a la Función Edilicia
4,941,926
5,018,946
77,020
1310 Tesorería Municipal 122 1000 SERVICIOS PERSONALES
4,285,487
4,285,487
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
157,396
157,396
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
2,339,141
2,339,141
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
81,157
81,157
‐
Total Tesorería Municipal
6,863,181
6,863,181
‐
1311 Egresos 123 1000 SERVICIOS PERSONALES
6,367,872
6,367,872
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
225,207
225,207
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
1,926,981
1,926,981
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
45,000
205,000
160,000
Total Egresos
8,565,060
8,725,060
160,000
1312 Ingresos 124 1000 SERVICIOS PERSONALES
15,507,578
15,507,578
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
816,032
816,032
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
14,380,912
17,196,483
2,815,571
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
70,020
260,020
190,000
Total Ingresos
30,774,542
33,780,113
3,005,571
1313
Impuestos Inmobiliarios 125 1000 SERVICIOS PERSONALES
10,739,628
10,739,628
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
685,176
685,176
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
5,094,384
5,294,384
200,000
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
80,000
49,000
(31,000)
Total Impuestos Inmobiliarios
16,599,188
16,768,188
169,000
1314
Recursos Materiales y Servicios Generales 126 1000 SERVICIOS PERSONALES
11,814,285
11,814,285
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
589,521
589,521
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
4,878,590
5,125,990
247,400
10 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
93,500
366,050
272,550
Total Recursos Materiales y Servicios Generales
17,375,896
17,895,846
519,950
1315
Oficinas Multifuncionales 127 1000 SERVICIOS PERSONALES
1,990,796
1,990,796
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
4,100,740
4,100,740
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
3,225,298
3,245,298
20,000
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
533,161
533,161
‐
Total Oficinas Multifuncionales
9,849,995
9,869,995
20,000
1410 Contraloría Municipal 132 1000 SERVICIOS PERSONALES
14,361,796
14,361,796
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
398,505
398,505
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
2,722,019
2,758,419
36,400
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
162,075
162,075
Total Contraloría Municipal
17,482,320
17,680,795
198,475
1510
Secretaría de Obra Pública 135 1000 SERVICIOS PERSONALES
26,947,527
26,947,527
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
857,251
857,251
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
2,650,593
2,650,593
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
239,500
239,500
‐
6000 OBRA PUBLICA ‐
‐
‐
Total Secretaría de Obra Pública
30,694,871
30,694,871
‐
1610
Secretaría de Servicios Municipales 143 1000 SERVICIOS PERSONALES
4,151,680
4,151,680
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
98,847
98,847
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
430,722
430,722
‐
Total Secretaría de Servicios Municipales
4,681,249
4,681,249
‐
1611 Mercados 144 1000 SERVICIOS PERSONALES
19,449,930
19,449,930
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
894,828
993,528
98,700
3000 SERVICIOS GENERALES
1,443,807
1,314,107
(129,700)
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
48,000
239,000
191,000
Total Mercados
21,836,565
21,996,565
160,000
1612 Alumbrado Público 145 1000 SERVICIOS PERSONALES
13,165,342
13,165,342
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
1,179,389
1,179,389
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
5,599,466
5,599,466
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
125,000
125,000
‐
Total Alumbrado Público
20,069,197
20,069,197
‐
1613
Servicios Mecánicos Municipales 146 1000 SERVICIOS PERSONALES
14,562,181
14,562,181
‐
11 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
433,128
498,128
65,000
3000 SERVICIOS GENERALES
1,093,588
1,146,588
53,000
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
257,000
257,000
Total Servicios Mecánicos Municipales
16,088,897
16,463,897
375,000
1614 Aseo Público 147 1000 SERVICIOS PERSONALES
17,244,162
17,244,162
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
3,325,759
3,325,759
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
3,019,886
3,049,860
29,974
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
23,000
71,958
48,958
Total Aseo Público
23,612,807
23,691,739
78,932
1615 Panteones 148 1000 SERVICIOS PERSONALES
2,814,172
2,814,172
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
384,354
384,354
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
387,041
387,041
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
55,000
55,000
‐
Total Panteones
3,640,567
3,640,567
‐
1616 Parques y Jardines 149 1000 SERVICIOS PERSONALES
12,754,604
12,754,604
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
976,047
976,047
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
2,227,712
2,227,712
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
63,000
63,000
‐
Total Parques y Jardines
16,021,363
16,021,363
‐
1617
Supervisión Rastro Frigorífico 150 1000 SERVICIOS PERSONALES
3,599
3,599
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
4,892
4,892
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
3,536
3,536
‐
Total Supervisión Rastro Frigorífico
12,027
12,027
‐
1618 Rastro de Aves 151 1000 SERVICIOS PERSONALES
2,167,651
2,167,651
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
426,746
426,746
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
816,575
816,575
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
24,000
24,000
‐
Total Rastro de Aves
3,434,972
3,434,972
‐
1619 Mantenimiento Vial 152 1000 SERVICIOS PERSONALES
9,644,527
9,644,527
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
2,064,059
2,064,059
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
2,502,808
2,502,808
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
99,300
711,700
612,400
Total Mantenimiento Vial
14,310,694
14,923,094
612,400
1710
Secretaría de Desarrollo Humano y Social 157 1000 SERVICIOS PERSONALES
5,872,204
5,872,204
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
72,000
72,000
‐
3000 SERVICIOS GENERALES 1,373,773 1,373,773 ‐
12 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
1,182,067
1,182,067
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
77,000
77,000
‐
Total Secretaría de Desarrollo Humano y Social
8,577,044
8,577,044
‐
1711 Desarrollo Rural 158 1000 SERVICIOS PERSONALES
9,208,074
9,208,074
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
1,250,340
1,250,340
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
3,325,568
3,375,568
50,000
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
1,215,000
1,215,000
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
235,561
235,561
‐
Total Desarrollo Rural
15,234,543
15,284,543
50,000
1712 Desarrollo Social 159 1000 SERVICIOS PERSONALES
9,285,074
9,285,074
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
805,648
805,648
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
3,128,593
3,129,829
1,236
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
1,630,258
1,630,258
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
155,000
155,000
‐
Total Desarrollo Social
15,004,573
15,005,809
1,236
1713 Salud 160 1000 SERVICIOS PERSONALES
14,270,000
14,270,000
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
2,189,162
2,189,162
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
1,895,036
1,898,752
3,716
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
270,000
270,000
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
229,800
229,800
‐
Total Salud
18,853,998
18,857,714
3,716
1810
Secretaría de Seguridad Pública 165 1000 SERVICIOS PERSONALES
5,201,711
5,201,711
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
142,337
182,337
40,000
3000 SERVICIOS GENERALES
3,266,492
3,228,384
(38,108)
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
8,000
8,000
‐
Total Secretaría de Seguridad Pública
8,618,540
8,620,432
1,892
1811
Policía Municipal de León 166 1000 SERVICIOS PERSONALES
356,115,511
365,016,707
8,901,196
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
39,483,941
39,483,941
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
39,792,602
41,274,470
1,481,868
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
75,000
75,000
Total Policía Municipal de León
435,392,054
445,850,118
10,458,064
1812 Tránsito Municipal 167 1000 SERVICIOS PERSONALES
137,249,439
137,249,439
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
15,860,806
15,860,806
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
13,629,192
13,629,192
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
8,966,000
8,966,000
13 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Total Tránsito Municipal
166,739,437
175,705,437
8,966,000
1813 Fiscalización y Control 168 1000 SERVICIOS PERSONALES
10,846,806
10,846,806
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
844,557
844,557
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
813,025
813,025
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
40,000
412,938
372,938
Total Fiscalización y Control
12,544,388
12,917,326
372,938
1814
Oficiales Calificadores 169 1000 SERVICIOS PERSONALES
30,948,617
30,948,617
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
740,914
741,914
1,000
3000 SERVICIOS GENERALES
318,562
318,562
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
93,000
153,000
60,000
Total Oficiales Calificadores
32,101,093
32,162,093
61,000
1815 Protección Civil 170 1000 SERVICIOS PERSONALES
6,435,365
6,435,365
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
1,062,100
1,082,100
20,000
3000 SERVICIOS GENERALES
1,454,574
1,504,574
50,000
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS ‐
‐
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
141,400
141,400
‐
Total Protección Civil
9,093,439
9,163,439
70,000
1816 Formación Policial 171 1000 SERVICIOS PERSONALES
36,633,054
36,633,054
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
1,380,959
1,380,959
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
1,565,675
1,565,675
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
‐
‐
Total Formación Policial
39,579,688
39,579,688
‐
1817
Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo 172 1000 SERVICIOS PERSONALES
20,578,504
20,578,504
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
455,227
455,227
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
1,935,281
1,935,281
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
‐
‐
Total Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo
22,969,012
22,969,012
‐
1818
Junta Municipal de Reclutamiento Militar 173 1000 SERVICIOS PERSONALES
485,051
485,051
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
38,964
38,964
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
130,508
130,508 ‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
‐
‐
Total Junta Municipal de
654,523
654,523
‐
14 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Reclutamiento Militar
1819
Prevención y Estadística 174 1000 SERVICIOS PERSONALES
10,904,350
10,904,350
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
259,786
259,786
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
299,367
300,367
1,000
Total Prevención y Estadística
11,463,503
11,464,503
1,000
1910
Secretaría de Educación, Cultura y Deporte 179 1000 SERVICIOS PERSONALES
16,678,878
16,678,878
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
918,962
918,962
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
6,125,864
6,125,864
‐
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
3,950,000
3,950,000
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
131,832
131,832
Total Secretaría de Educación, Cultura y Deporte
27,673,704
27,805,536
131,832
2010
Secretaría de Economía 183 1000 SERVICIOS PERSONALES
1,495,172
1,495,172
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
99,001
99,001
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
1,576,503
1,681,503
105,000
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
32,438
32,438
‐
Total Secretaría de Economía
3,203,114
3,308,114
105,000
2011
Fomento a la Economía Municipal 184 1000 SERVICIOS PERSONALES
5,390,895
5,390,895
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
147,582
147,582
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
881,547
911,982
30,435
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
26,457
30,457
4,000
Total Fomento a la Economía Municipal
6,446,481
6,480,916
34,435
2110
Secretaría de Desarrollo Sustentable 188 1000 SERVICIOS PERSONALES
4,284,201
4,284,201
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
15,275
15,275
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
1,228,047
1,228,047
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
‐
‐
Total Secretaría de Desarrollo Sustentable
5,527,523
5,527,523
‐
2111 Urbanismo 189 1000 SERVICIOS PERSONALES
19,740,868
19,740,868
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
1,108,857
1,108,857
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
2,207,303
2,207,303
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE 40,000 40,000 ‐
15 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Total Urbanismo
23,097,028
23,097,028
‐
2112 Movilidad 190 1000 SERVICIOS PERSONALES
24,641,567
24,641,567
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
2,396,162
2,281,162
(115,000)
3000 SERVICIOS GENERALES
8,566,319
9,396,319
830,000
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE ‐
55,000
55,000
Total Movilidad
35,604,048
36,374,048
770,000
2113
Protección al Ambiente 191 1000 SERVICIOS PERSONALES
14,542,476
14,542,476
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
1,600,210
1,600,210
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
29,641,094
29,721,094
80,000
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
1,313,000
1,313,000
‐
Total Protección al Ambiente
47,096,780
47,176,780
80,000
2310
Secretaría de Desarrollo Institucional 196 1000 SERVICIOS PERSONALES
27,562,990
27,562,990
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
1,199,615
1,199,615
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
6,366,586
6,382,100
15,514
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
500,000
500,000
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
544,100
544,100
‐
Total Secretaría de Desarrollo Institucional
36,173,291
36,188,805
15,514
2410 Provisiones salariales 203 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
‐
‐
‐
Total Provisiones salariales
‐
‐
‐
2411 Provisiones económicas 204 6000 OBRA PUBLICA
‐
‐
‐
7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG ‐
‐
‐
Total Provisiones económicas
‐
‐
‐
2510
Egreso aplicable a diversas dependencias 206 1000 SERVICIOS PERSONALES
32,556,420
32,556,420
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
7,294,568
7,310,868
16,300
3000 SERVICIOS GENERALES
21,782,598
22,140,886
358,288
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
500,000
500,000
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
1,000,000
1,000,000
‐
7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG ‐
887,000
887,000
Total Egreso aplicable a diversas dependencias
63,133,586
64,395,174
1,261,588
2610
Responsabilidades municipales 209 3000 SERVICIOS GENERALES
456,000
456,000
‐
Total Responsabilidades
456,000
456,000
‐
16 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
municipales
2710
Deuda Pública Municipal 212 9000 DEUDA PÚBLICA
148,468,828
148,468,828
‐
Total Deuda Pública Municipal
148,468,828
148,468,828
‐
4010
Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública 214 1000 SERVICIOS PERSONALES
1,344,335
1,344,335
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
41,485
41,485
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
728,143
729,815
1,672
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
22,365
22,365
‐
Total Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública
2,136,328
2,138,000
1,672
4011
Juzgados Administrativos Municipales 215 1000 SERVICIOS PERSONALES
4,307,369
4,307,369
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
78,921
78,921
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
417,558
417,558
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
2,000
2,000
‐
Total Juzgados Administrativos Municipales
4,805,848
4,805,848
‐
4012
Unidad de Defensoría Gratuita en Materia Administrativa 216 1000 SERVICIOS PERSONALES
569,972
569,972
‐
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
13,058
13,058
‐
3000 SERVICIOS GENERALES
143,323
143,323
‐
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLE
14,161
14,161
‐
Total Unidad de Defensoría Gratuita en Materia Administrativa
740,514
740,514
‐
4013
Instituto Municipal de Planeación 217 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
14,100,000
14,100,000
‐
Total Instituto Municipal de Planeación
14,100,000
14,100,000
‐
5010
Patronato de Bomberos 219 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
20,061,776
20,061,776
‐
Total Patronato de Bomberos
20,061,776
20,061,776
‐
5011
Comisión Municipal de Deporte y Cultura 220 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
13,488,492
13,488,492
‐
17 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
física
Total Comisión Municipal de Deporte y Cultura física
13,488,492
13,488,492
‐
5012 DIF ‐ León 221 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
51,768,101
52,598,498
830,397
Total DIF ‐ León
51,768,101
52,598,498
830,397
5013 Patronato Explora 222 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
12,727,056
12,727,056
‐
Total Patronato Explora
12,727,056
12,727,056
‐
5017
Instituto Municipal de Vivienda 226 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
40,439,974
47,939,974
7,500,000
Total Instituto Municipal de Vivienda
40,439,974
47,939,974
7,500,000
5018
Instituto Cultural de León 227 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
30,964,008
30,964,008
‐
Total Instituto Cultural de León
30,964,008
30,964,008
‐
5019
Instituto Municipal de la Mujer 228 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
2,043,306
2,043,306
‐
Total Instituto Municipal de la Mujer
2,043,306
2,043,306
‐
5021
Patronato del Parque Zoológico de León 230 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS
8,820,592
8,820,592
‐
Total Patronato del Parque Zoológico de León
8,820,592
8,820,592
‐
5050 Promoturística 235 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
1,890,241
1,890,241
‐
Total Promoturística
1,890,241
1,890,241
‐
5051 FIDOC 236 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
2,233,723
2,233,723
‐
Total FIDOC
2,233,723
2,233,723
‐
5052 Fideicomiso Convive 237 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
6,918,205
6,918,205
‐
Total Fideicomiso Convive
6,918,205
6,918,205
‐
5053
Patronato del Parque Ecológico Metropolitano 238 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
3,834,178
3,834,178
‐
Total Patronato del Parque Ecológico Metropolitano
3,834,178
3,834,178
‐
5054 FIDAPIM 239 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
3,751,052
3,778,979
27,927
Total FIDAPIM
3,751,052
3,778,979
27,927
5055 Agroeduca 240 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
1,595,202
1,595,202
‐
Total Agroeduca
1,595,202
1,595,202
‐
5056 Museo de la Ciudad 241 7000 OTRAS APORTACIONES Y EROG
2,280,333
2,280,333
‐
18 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Total Museo de la Ciudad
2,280,333
2,280,333
‐
Programa de Obra Pública y Proyectos Estratégicos
PROGRAMA DE OBRA PÚBLICA Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS
408,550,000
943,034,224
534,484,224
Total Programa de Obra Pública y Proyectos Estratégicos
408,550,000
943,034,224
534,484,224
Anticipo de Participaciones 2009 ANTICIPO DE PARTICIPACIONES 2009
125,000,000
125,000,000
‐
Total Anticipo de Participaciones 2009
125,000,000
125,000,000
‐
Total general
2,318,790,556
2,892,495,157
573,704,601
RAMO 33 EJERCICIO 2009
TECHOS FINANCIEROS RAMO 33
Concepto Fondo I Fondo II Total
Recursos Ramo 33 108,112,935 502,119,300 610,232,235
Mas:
Productos financieros Jul‐Dic 2008 6,605,376 4,892,540 11,497,916 Auditoría ejercicio 2007 (incluye importe de observaciones e intereses devengados). 10,069,807 ‐ 10,069,807
‐
Remanente 2008 86,750,374 12,678,093 99,428,467
Total recursos Ramo 33 103,425,557 17,570,633 120,996,190
Total 211,538,492 519,689,933 731,228,425
RAMO 33 FONDO I_FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL
CONCEPTO PRESUPUESTO AUTORIZADO INCREMENTO PRESUPUESTO MODIFICADO
OBRA PÚBLICA Y PROY. ESTRATÉGICOS 105,600,000 105,938,492 211,538,492
RAMO 33 FONDO II_ FONDO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL
CONCEPTO PRESUPUESTO AUTORIZADO INCREMENTO PRESUPUESTO MODIFICADO
SERVICIOS PERSONALES: 194,203,874 8,130,231 202,334,105
Policía Municipal 194,203,874 194,203,874
Intereses Jul‐Dic 2008 4,892,540 4,892,540
19 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Remanente 2008 3,637,093 3,637,093
Disminución en Pronóstico de Ingresos. (399,402) (399,402)
DEUDA PÚBLICA 148,468,828 148,468,828
INVERSIÓN FÍSICA: ‐ 9,041,000 9,041,000
Policía Municipal ‐ 75,000 75,000
Tránsito ‐ 8,966,000 8,966,000
Remanente 2008
OBRA PUBLICA: 159,846,000 159,846,000
Recolección de Basura 98,988,000 98,988,000
Barrido de Calles 31,010,000 31,010,000
Mantto. De Parques y Jardines 29,848,000 29,848,000
TOTAL 502,518,702 17,171,231 519,689,933
519,689,933
‐
519,689,933
ENTIDADES
PRESUPUESTO AUTORIZADO
INGRESOS EGRESOS
SAPAL 1,060,669,819 1,060,669,819
INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACION 10,955,352 10,955,352
INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 142,945,064 142,945,064
INSTITUTO CULTURAL DE LEON 45,515,000 45,515,000
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER 2,085,306 2,085,306
COMISION MUNICIPAL DEL DEPORTE DE LEÓN Y CULTURA FÍSICA 45,311,590 45,311,590
PARQUE ZOOLOGICO DE LEON 29,200,992 29,200,992
PATRONATO DE BOMBEROS 22,769,315 22,769,315
PATRONATO EXPLORA 36,889,996 36,889,996
D.I.F. LEON 63,880,584 63,880,584
PATRONATO DE LA FERIA Y PARQUE ECOLÓGICO 71,610,855 71,610,855
FIDEICOMISOS:
20 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
PROMOCION JUVENIL (CONVIVE) 6,918,205 6,918,205
AGROEDUCA 1,417,908 1,417,908
FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION DE PIPAS MUNICIPALES 3,751,052 3,751,052
FIDEICOMISO DE OBRAS POR COOPERACIÓN 6,474,509 6,474,509
PARQUE ECOLÓGICO METROPOLITANO 17,530,962 17,530,962
MUSEO DE LA CIUDAD 2,280,333 2,280,333
PROMOTURISTICA 1,890,241 1,890,241
SEGUNDO.- Se instruye al Tesorero Municipal para que realice todos los
ajustes necesarios a la estructura programática, resultado de la presente
modificación presupuestal, con base en la información que las Entidades
y Dependencias proporcionen para tal efecto. A continuación, comparece
el C. Lic. Francisco Javier González Álvarez, Tesorero Municipal, quien
da una breve explicación del contenido de la propuesta de Modificación
Presupuestal al mes de febrero del año en curso. En uso de la voz la C.
Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, solicita al C. Tesorero explique la
repartición del remanente de los ejercicios anteriores para saber cómo
quedaron los 463 millones de pesos. Al respecto, el C. Tesorero
manifiesta que los 463 millones no se encuentran destinados a algún
rubro en especifico, sin embargo, lo que tenían el año pasado para
obra púbica y proyectos estratégicos se volvió a destinar para este
año. Así mismo, la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, cuestiona al
C. Tesorero, si de los 9 millones que tienen de servicios personales,
algo fue destinado para seguridad. En respuesta el C. Tesorero,
contesta que efectivamente esta parte se refiere al recurso del
Sistema de Seguridad Pública Nacional, con el cual tienen convenios
como apoyos específicos para policías que están participando y han
participado en los programas de capacitación de calidad en el servicio
público. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González,
comenta al C. Tesorero, que hace un instante, cuando se presentaban
los estados financieros les decía que tenían una estimación importante
de participaciones proyectadas por parte del Gobierno de Estado, por
lo que le gustaría saber cuál es la cantidad que se tiene estimada y si
esto no se ve afectado por los anticipos de participaciones que se
21 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
reflejan en los estados financieros y las amortizaciones a la deuda
solicitada el año pasado. En respuesta el C. Tesorero, refiere que lo
que tienen como un pronóstico de participaciones para este año para
el municipio de León, son 945 millones de pesos y están dejando los
939; precisa que hay una pequeña diferencia de 6 millones de pesos
que está pendiente de ingresar; así mismo, comenta que en las
salidas del presupuesto, tiene los 125 millones de pesos que se
pidieron de anticipo de participaciones el año pasado, los cuales de
ahí se van a pagar. Por lo que respecta a la deuda pública, refiere que
ésta se pagará de los créditos que se solicitaron y aún y cuando la
parte a pagar este año es considerable, es manejable para el
municipio por lo que no habrá problema, pues no se especifica que
dentro de las participaciones se tenga que pagar la deuda pública ya
que en todo caso éstas quedan como garantía de acuerdo a los
contratos y convenios que se hacen con los bancos o las entidades
que en un momento otorgan los préstamos. En uso de la voz el C.
Reg. Lic. Fernando Ávila González, pregunta en relación a la situación
económica del entorno financiero, no sólo nacional sino mundial, si
les afecta en ese crédito por el crecimiento de las tasas de interés. Al
respecto el C. Tesorero, contesta que pactaron tasas de interés muy
sanas, pero aparte están en vías de contratar un CAP, que es un
seguro para las tasas financieras para los créditos que se
contrajeron por el municipio. Acto seguido, el C. Presidente manifiesta
que siguiendo el procedimiento de ley primero se someterá a
consideración la anterior propuesta en lo general, para posteriormente
analizarla en lo particular, en el entendido de que las áreas o partidas
presupuestales que no sean reservadas se tendrán por aprobadas en
lo particular, por lo que somete a consideración en lo general la
propuesta de Modificación Presupuestal al mes de febrero del año
2009, misma que es aprobada por unanimidad mediante votación
nominal. Acto seguido, somete a consideración dicha propuesta en lo
particular y al no haber observaciones se tiene por aprobada en dicho
sentido.
En el punto VI del Orden del Día, en uso de la voz la C. Regra. Lic.
María Teresa Palomino Ramos, da lectura al dictamen de las
22 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Comisiones unidas de Obra Pública y de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública (se agrega al apéndice del acta), que contiene la
siguiente propuesta: PRIMERO.- Se aprueba la modificación al
Programa de Inversión Pública para el Municipio de León, Guanajuato,
para el ejercicio fiscal 2009, en los términos del documento que se
agrega al presente dictamen, el cual forma parte integrante del mismo
y que a continuación se inserta:
FAISM FORTAMUN
1. BIENESTAR PARA TODOS 117,950,000 422,652,842 540,602,842 497,411,904 43,190,938 185,957,133 171,538,492 - 142,882,214 40,225,003
2. RUMBO ECONÓMICO 19,000,000 21,000,000 40,000,000 27,500,000 12,500,000 20,000,000 - - - 20,000,000
3. LEÓN SEGURO 16,245,000 2,911,560 19,156,560 500,000 18,656,560 19,156,560 - - - -
4. GOBIERNO A TU SERVICIO 8,420,000 3,663,000 12,083,000 - 12,083,000 12,083,000 - - - -
5. AMBIENTE VITAL 246,935,000 84,256,822 331,191,822 178,236,371 152,955,451 123,572,534 40,000,000 159,846,000 - 7,773,288
TOTAL 408,550,000 534,484,224 943,034,224 703,648,275 239,385,949 360,769,227 211,538,492 159,846,000 142,882,214 67,998,291
Programa de Obra Pública y Proyectos Estratégicos para el Municipio de León 20092a. Modificación
2A. MODIFICACION 26 DE FEBRERO
2009
TOTAL 2A. MODIFICACION
26 DE FEBRERO 2009
TOTAL DE INVERSIÓN FINANCIAMIENTO
PROGRAMA MUNICIPAL RAMO 33 RECURSO
FEDERAL RECURSO ESTATAL OBRA
1A. MODIFICACION 29 DE ENERO 2009 OBRA PE NUM.
DEPEN. NUM. UR
FAISM FORTAMUN
1. BIENESTAR PARA TODOS 117,950,000 422,652,842 540,602,842 497,411,904 43,190,938 185,957,133 171,538,492 - 142,882,214 40,225,003
1.1 LEÓN SANO 1,412,393 1,000,000 2,412,393 - 2,412,393 2,412,393 - - - -
1.2 FORMACIÓN PARA LA VIDA 23,400,000 17,766,917 41,166,917 22,435,979 18,730,938 21,530,938 11,000,000 - - 8,635,979
1.3 FORTALECIMIENTO DE LA CULTURA FÍSICA YDEPORTIVA 3,000,000 - 3,000,000 2,000,000 1,000,000 2,000,000 - - 1,000,000 -
1.4 LEÓN CON IDENTIDAD Y CREACIÓN 6,950,000 2,000,000 8,950,000 8,000,000 950,000 8,950,000 - - - -
1.5 CULTURA CIENTIFICA Y TECNOLÓGICA BÁSICA - - - - - - - -
1.6 CONSOLIDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN MIBARRIO Y MI COMUNIDAD PE 73,271,337 375,485,925 448,757,262 443,475,925 5,281,337 133,747,532 141,538,492 - 141,882,214 31,589,024
1.7 EL SER HUMANO CENTRO DE NUESTRA ATENCION 1,000,000 4,900,000 5,900,000 1,500,000 4,400,000 5,900,000 - - - -
1.8 RED CIUDADANA PARA FORTALECER LAPARTICIPACIÓN SOCIAL PE 8,916,270 21,500,000 30,416,270 20,000,000 10,416,270 11,416,270 19,000,000 - - -
Programa de Obra Pública y Proyectos Estratégicos para el Municipio de León 20092a. Modificación
2A. MODIFICACION 26 DE FEBRERO
2009
TOTAL 2A. MODIFICACION
26 DE FEBRERO 2009
TOTAL DE INVERSIÓN FINANCIAMIENTO
PROGRAMA MUNICIPAL RAMO 33 RECURSO
FEDERAL RECURSO ESTATAL OBRA
1A. MODIFICACION 29 DE ENERO 2009 OBRA PE NUM.
DEPEN. NUM. UR
2. RUMBO ECONÓMICO 19,000,000 21,000,000 40,000,000 27,500,000 12,500,000 20,000,000 - - - 20,000,000
2.1 EMPLEO, CAPACITACIÓN Y BECAS 5,000,000 - 5,000,000 - 5,000,000 5,000,000 - - - -
2.2 TURISMO 11,500,000 20,000,000 31,500,000 27,500,000 4,000,000 11,500,000 - - - 20,000,000
2.3 POLÍGONOS INDUSTRIALES - - - - - - - - - -
2.4 ATRACCION Y FOMENTO DE INVERSIONES 1,000,000 - 1,000,000 - 1,000,000 1,000,000 - - - -
2.5 FOMENTO DE PROYECTOS PRODUCTIVOS EN MIBARRIO Y MI COMUNIDAD (GOBIERNO FACILITADOR) 1,500,000 1,000,000 2,500,000 - 2,500,000 2,500,000 - - - -
3. LEÓN SEGURO 16,245,000 2,911,560 19,156,560 500,000 18,656,560 19,156,560 - - - -
3.1 PREVENCIÓN INTEGRAL DEL DELITO, CONDUCTASANTISOCIALES Y DESASTRES PE 2,430,000 - 2,430,000 - 2,430,000 2,430,000 - - - -
3.3 DESARROLLO INTEGRAL EN INFRAESTRUCTURA,EQUIPO Y TECNOLOGÍA DE LOS CUERPOS DESEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL
PE 9,295,000 2,911,560 12,206,560 500,000 11,706,560 12,206,560 - - - -
3.4 EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y MEJORA DEPROCESOS PE 270,000 - 270,000 - 270,000 270,000 - - - -
3.5 DIGNIFICACIÓN DE LOS CUERPOS DE SEGURIDADPÚBLICA MUNICIPAL PE 900,000 - 900,000 - 900,000 900,000 - - - -
3.6 PROFESIONALIZACIÓN CAPACITACIÓN YACTUALIZACIÓN DE LOS CUERPOS DE SEGURIDADPÚBLICA MUNICIPAL
PE 1,450,000 - 1,450,000 - 1,450,000 1,450,000 - - - -
3.7 PARTICIPACIÓN CIUDADANA, CORRESPONSABLE YACTIVA PE 1,900,000 - 1,900,000 - 1,900,000 1,900,000 - - - -
4. GOBIERNO A TU SERVICIO 8,420,000 3,663,000 12,083,000 - 12,083,000 12,083,000 - - - -
4.1 GOBIERNO CERCANO A LOS CIUDADANOS PE 1,500,000 163,000 1,663,000 - 1,663,000 1,663,000 - - - -
4.2 GOBIERNO DE RESULTADOS PE 2,800,000 - 2,800,000 - 2,800,000 2,800,000 - - - -
4.3 GOBIERNO ELECTRÓNICO PE 3,620,000 3,500,000 7,120,000 - 7,120,000 7,120,000 - - - -
4.4 COMPETITIVIDAD Y MEJORA REGULATORIA PE 500,000 - 500,000 - 500,000 500,000 - - - -
5. AMBIENTE VITAL 246,935,000 84,256,822 331,191,822 178,236,371 152,955,451 123,572,534 40,000,000 159,846,000 - 7,773,288
5.1 LEÓN HÁBITAT ORDENADO 201,176,000 15,415,391 216,591,391 66,135,940 150,455,451 36,472,103 15,000,000 159,846,000 - 5,273,288
5.2 LEÓN SUSTENTABLE PE 20,759,000 2,500,000- 18,259,000 15,759,000 2,500,000 759,000 15,000,000 - - 2,500,000
5.3 SISTEMA MUNICIPAL DE MOVILIDAD PE 25,000,000 71,341,431 96,341,431 96,341,431 - 86,341,431 10,000,000 - - -
TOTAL 408,550,000 534,484,224 943,034,224 703,648,275 239,385,949 360,769,227 211,538,492 159,846,000 142,882,214 67,998,291
FAISM FORTAMUN
1. BIENESTAR PARA TODOS 117,950,000 422,652,842 540,602,842 497,411,904 43,190,938 185,957,133 171,538,492 - 142,882,214 40,225,003
1.1 LEÓN SANO 1,412,393 1,000,000 2,412,393 - 2,412,393 2,412,393 - - - -
1.1.1 VIVIR CON SALUD 1,412,393 1,000,000 2,412,393 - 2,412,393 2,412,393 - - - -
SALUD INTEGRAL 17 1713 1,200,000 1,000,000 2,200,000 - 2,200,000 2,200,000 - - - -
ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES 17 1713 212,393 212,393 - 212,393 212,393 - - - -
RAMO 33 RECURSO FEDERAL PROGRAMA MUNICIPAL
1A. MODIFICACION 29 DE ENERO 2009
2A. MODIFICACION 26 DE FEBRERO
2009
TOTAL 2A. MODIFICACION
26 DE FEBRERO 2009
Programa de Obra Pública y Proyectos Estratégicos para el Municipio de León 20092a. Modificación
TOTAL DE INVERSIÓN FINANCIAMIENTO
OBRA RECURSO ESTATAL OBRA PE NUM.
DEPEN. NUM. UR
1.2 FORMACIÓN PARA LA VIDA 23,400,000 17,766,917 41,166,917 22,435,979 18,730,938 21,530,938 11,000,000 - - 8,635,979
1.2.1 EDUCACIÓN FORMAL 23,400,000 17,766,917 41,166,917 22,435,979 18,730,938 21,530,938 11,000,000 - - 8,635,979
CRUZADA MUNICIPAL POR LA ALFABETIZACIÓN PE 19 1910 1,500,000 1,500,000 - 1,500,000 1,500,000 - - - -
EN LEÓN, CON VALOR POR LOS VALORES 19 1910 500,000 500,000 1,000,000 - 1,000,000 1,000,000 - - - -
CONTIGO VAMOS A LA ESCUELA 19 1910 10,000,000 4,430,938 14,430,938 - 14,430,938 14,430,938 - - - -
CONSEJO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LAEDUCACIÓN 19 1910 - 200,000 200,000 - 200,000 200,000 - - - -
23 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
CONSTRUCCIÓN DE BIBLIOTECAS 19 1910 - 1,000,000 1,000,000 500,000 500,000 1,000,000 - - - -
CONSTRUCIÓN SABES 19 1910 - 2,000,000 2,000,000 2,000,000 - 2,000,000 - - - -
ESCUELA DIGNA (MANTTO. Y SEG. DE ESCUELAS) 19 1910 - 1,000,000 1,000,000 - 1,000,000 1,000,000 - - - -
PROGRAMA ANUAL DE OBRA (PAO) FONDO DE APORTACIONES MULTIPLES (FAM) 19 1910 6,000,000 635,979 6,635,979 6,635,979 - - 6,000,000 - - 635,979
CONSTRUCCIÓN ESCUELA ANATOLIO GALVAN 19 1910 5,000,000 5,000,000 5,000,000 - - 5,000,000 -
INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA CEDAJ 2008 50 5011 - 8,000,000 8,000,000 8,000,000 - - - - - 8,000,000
FIDEICOMISO CONVIVE (MANTENIMIENTO DE CASA DELA JUVENTUD) 50 5052 400,000 400,000 300,000 100,000 400,000 - - - -
1.3 FORTALECIMIENTO DE LA CULTURA FÍSICA YDEPORTIVA 3,000,000 - 3,000,000 2,000,000 1,000,000 2,000,000 - - 1,000,000 -
1.3.1 LEÓN ACTIVO - - - - - - - - - -
1.3.4 ESPACIOS DEPORTIVOS Y RECREATIVOS DIGNOSY SEGUROS 3,000,000 - 3,000,000 2,000,000 1,000,000 2,000,000 - - 1,000,000 -
REHABILITACION DE INSTALACIONES DEPORTIVASCONVENIO CON CONADE Y CEDAJ 50 5011 3,000,000 3,000,000 2,000,000 1,000,000 2,000,000 - - 1,000,000 -
1.3.5 LEÓN SEDE DE GRANDES EVENTOS DEPORTIVOSY RECREATIVOS, MUNICIPALES, ESTATALES,REGIONALES, NACIONALES E INTERNACIONALES
50 5011 - - - - - - - - - -
1.4 LEÓN CON IDENTIDAD Y CREACIÓN 6,950,000 2,000,000 8,950,000 8,000,000 950,000 8,950,000 - - - -
1.4.1 POLITICA CULTURAL 6,600,000 2,000,000 8,600,000 8,000,000 600,000 8,600,000 - - - -
INSTITUTO DE LA CULTURA 50 5018 3,000,000 2,000,000 5,000,000 4,400,000 600,000 5,000,000 - - - -
MUSEO DE LA CIUDAD 50 5056 3,600,000 3,600,000 3,600,000 - 3,600,000 - - - -
1.4.4 PATRIMONIO E IDENTIDAD 350,000 - 350,000 - 350,000 350,000 - - - -
DIFUSIÓN DE LA HISTORIA Y VALORES DE NUESTROSBARRIOS Y ATRACTIVOS DE IDENTIDAD. 12 1213 350,000 350,000 - 350,000 350,000 - - - -
1.5 CULTURA CIENTIFICA Y TECNOLÓGICA BÁSICA - - - - - - - -
1.6 CONSOLIDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN MIBARRIO Y MI COMUNIDAD PE 73,271,337 375,485,925 448,757,262 443,475,925 5,281,337 133,747,532 141,538,492 - 141,882,214 31,589,024
1.6.1 INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA EN COLONIASPOPULARES Y COMUNIDADES RURALES 17 1710 7,232,548 2,110,000 9,342,548 9,000,000 342,548 342,548 9,000,000 - - -
1.6.2 ELECTRIFICACIÓN Y ALUMBRADO EN COLONIASPOPULARES Y COMUNIDADES RURALES 17 1710 4,000,000 1,500,000 5,500,000 5,000,000 500,000 500,000 5,000,000 - - -
1.6.3 PAVIMENTACIÓN, MEJORA Y/O MANTENIMIENTODE CALLES, ACCESOS Y CAMINOS 59,600,000 370,875,925 430,475,925 429,475,925 1,000,000 129,466,195 127,538,492 - 141,882,214 31,589,024
PAVIMENTACION, MEJORA Y/O MANTENIMIENTO DECALLES, ACCESOS Y CAMINOS EN COLONIASPOPULARES Y COMUNIDADES RURALES
17 1710 5,000,000 22,000,000 27,000,000 26,000,000 1,000,000 1,000,000 26,000,000 - - -
PROYECTOS EJECUTIVOS PARA LA OBRA 2009 15 1510 - 7,000,000 7,000,000 7,000,000 - 2,000,000 - - - 5,000,000
LIBERACIÓN DE AFECTACIONES POR OBRA PÚBLICA 15 1510 7,000,000 27,546,081 34,546,081 34,546,081 - 29,957,057 - - - 4,589,024
OBRA PÚBLICA 15 1510 24,600,000 251,992,413 276,592,413 276,592,413 - 51,415,095 61,295,104 - 141,882,214 22,000,000
INDIRECTOS DE RAMO 33 15 1510 - 3,243,388 3,243,388 3,243,388 3,243,388
ACCIONES DE OBRA DEL GOBIERNO DEL ESTADO 2008Y PAGO DE AFECTACIONES 2009 15 1510 - 7,500,000 7,500,000 7,500,000 - 7,500,000 - - - -
AMPLIACIONES Y ESCALATORIAS 15 1510 1,000,000 712,354 1,712,354 1,712,354 - 1,712,354 - - - -
SUPERVISIÓN 15 1510 1,000,000 4,000,000 5,000,000 5,000,000 - 5,000,000 - - - -
OBRA MENOR Y APOYOS 15 1510 1,000,000 2,000,000 3,000,000 3,000,000 - 3,000,000 - - - -
PRO OBRA. EJECUCIÓN DE PLAZAS Y PATIOS CÍVICOSEN COMUNIDADES URBANAS Y RURALES MEDIANTE ELEMPLEO DE MANO DE OBRA NO ESPECIALIZADA DE LAREGIÓN
15 1510 10,000,000 10,000,000 10,000,000 - 10,000,000 - - - -
SAN JUAN BOSCO Y JUAN ALONSO DE TORRES(MODIFICACIÓN EN INTERSECCIONES SIT) 15 1510 - 12,000,000 12,000,000 12,000,000 - - 12,000,000 - - -
VIALIDADES LOCALES URBANAS 15 1510 - 2,000,000 2,000,000 2,000,000 - 2,000,000 - - - -
FIDEICOMISO DE OBRAS POR COOPERACION (FIDOC) 15 1510 10,000,000 30,881,689 40,881,689 40,881,689 - 15,881,689 25,000,000 - - -
1.6.4 CENTROS COMUNITARIOS PE 1,028,368 1,000,000 2,028,368 - 2,028,368 2,028,368 - - - -
PROGRAMA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DECENTROS COMUNITARIOS 17 1710 1,028,368 1,000,000 2,028,368 - 2,028,368 2,028,368 - - - -
1.6.5 PROGRAMAS DE VIVIENDA 17 1710 1,410,421 - 1,410,421 - 1,410,421 1,410,421 - - - -
1.7 EL SER HUMANO CENTRO DE NUESTRA ATENCION 1,000,000 4,900,000 5,900,000 1,500,000 4,400,000 5,900,000 - - - -
1.7.1 FORTALECIMIENTO DE ACTIVIDADES PARA ELDESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA 1,000,000 4,900,000 5,900,000 1,500,000 4,400,000 5,900,000 - - - -
PROGRAMAS SOCIALES 50 5012 1,000,000 4,900,000 5,900,000 1,500,000 4,400,000 5,900,000 - - - -
1.8 RED CIUDADANA PARA FORTALECER LAPARTICIPACIÓN SOCIAL PE 8,916,270 21,500,000 30,416,270 20,000,000 10,416,270 11,416,270 19,000,000 - - -
PROGRAMA HABITAT 17 1710 634,095 21,000,000 21,634,095 18,000,000 3,634,095 3,634,095 18,000,000 - - -
RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS 17 1710 4,000,000 - 4,000,000 2,000,000 2,000,000 3,000,000 1,000,000 - - -
ESTRUCTURA SOCIAL DE OPORTUNIDADES Y ADULTOSMAYORES 17 1710 282,175 200,000 482,175 - 482,175 482,175 - - - -
FORTALECIMIENTO DE ESTRUCTURA SOCIALPARTICIPATIVA Y COPLADEM 17 1710 - 300,000 300,000 - 300,000 300,000 - - - -
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL 17 1710 2,000,000 - 2,000,000 - 2,000,000 2,000,000 - - - -
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA MUNICIPAL 40 4013 2,000,000 - 2,000,000 - 2,000,000 2,000,000 - - - -
2. RUMBO ECONÓMICO 19,000,000 21,000,000 40,000,000 27,500,000 12,500,000 20,000,000 - - - 20,000,000
2.1 EMPLEO, CAPACITACIÓN Y BECAS 5,000,000 - 5,000,000 - 5,000,000 5,000,000 - - - -
EMPLEO, CAPACITACIÓN Y BECAS 20 2010 5,000,000 5,000,000 - 5,000,000 5,000,000 - -
2.2 TURISMO 11,500,000 20,000,000 31,500,000 27,500,000 4,000,000 11,500,000 - - - 20,000,000
2.2.1 LEÓN DESTINO TURÍSTICO 11,500,000 20,000,000 31,500,000 27,500,000 4,000,000 11,500,000 - - - 20,000,000
CENTRO DE ESPECTACULOS DE LA FERIA DE LEON 50 5015 7,500,000 20,000,000 27,500,000 27,500,000 - 7,500,000 - - - 20,000,000
APOYO A EVENTOS CONGRESOS Y CONVENCIONES 20 2010 4,000,000 4,000,000 - 4,000,000 4,000,000 - - - -
2.3 POLÍGONOS INDUSTRIALES - - - - - - - - - -
2.4 ATRACCION Y FOMENTO DE INVERSIONES 1,000,000 - 1,000,000 - 1,000,000 1,000,000 - - - -
INVERSIONES NACIONALES Y EXTRAJERAS 20 2010 750,000 750,000 - 750,000 750,000 - -
FORTALECIMIENTO A LAS MICRO, PEQUEÑAS YMEDIANAS EMPRESAS 20 2010 250,000 - 250,000 - 250,000 250,000 - - -
2.5 FOMENTO DE PROYECTOS PRODUCTIVOS EN MIBARRIO Y MI COMUNIDAD (GOBIERNO FACILITADOR) 1,500,000 1,000,000 2,500,000 - 2,500,000 2,500,000 - - - -
2.5.1 UNIDADES DE PRODUCCIÓN 17 1710 1,200,000 1,000,000 2,200,000 - 2,200,000 2,200,000 - - - -
2.5.2 AGROECOLOGÍA Y RECONVERSION PRODUCTIVA 17 1710 300,000 - 300,000 - 300,000 300,000 - - - -
3. LEÓN SEGURO 16,245,000 2,911,560 19,156,560 500,000 18,656,560 19,156,560 - - - -
3.1 PREVENCIÓN INTEGRAL DEL DELITO, CONDUCTASANTISOCIALES Y DESASTRES PE 2,430,000 - 2,430,000 - 2,430,000 2,430,000 - - - -
3.1.1 POR UN LEÓN LIBRE DE INFRACTORES CONADICCIONES 250,000 - 250,000 - 250,000 250,000 - - - -
JUVENTUD SANA 18 1819 250,000 250,000 - 250,000 250,000 - - - -
3.1.2 CULTURA DE LA SEGURIDAD 1,210,000 - 1,210,000 - 1,210,000 1,210,000 - - - -
COMITES SECCIONALES DE SEGURIDAD 18 1819 200,000 - 200,000 - 200,000 200,000 - - - -
COMITES SECCIONALES DE SEGURIDAD RURAL 18 1819 190,000 - 190,000 - 190,000 190,000 - - - -
CUADERNILLO DE LA SEGURIDAD 18 1819 350,000 - 350,000 - 350,000 350,000 - - - -
COMITES ESCOLARES, VIGILANCIA ESCOLAR 18 1819 200,000 - 200,000 - 200,000 200,000 - - - -
DARE 18 1819 270,000 - 270,000 - 270,000 270,000 - - - -
3.1.3 ANTIGRAFITTI 18 1819 300,000 - 300,000 - 300,000 300,000 - - - -
3.1.4 POR UNA FAMILIA SIN VIOLENCIA 18 1819 250,000 - 250,000 - 250,000 250,000 - - - -
3.1.5 FOMENTO A LA CULTURA VIAL 18 1819 200,000 - 200,000 - 200,000 200,000 - - - -
3.1.6 CULTURA DE LA PROTECCION CIVIL 18 1819 220,000 - 220,000 - 220,000 220,000 - - - -
24 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
3.3 DESARROLLO INTEGRAL EN INFRAESTRUCTURA,EQUIPO Y TECNOLOGÍA DE LOS CUERPOS DESEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL
PE 9,295,000 2,911,560 12,206,560 500,000 11,706,560 12,206,560 - - - -
MANTENMIENTO DE LA RED SEMAFORICA DE LA CIUDAD 18 1812 2,000,000 2,000,000 - 2,000,000 2,000,000 - - - -
LEON ES COMO LO SEÑALAMOS 18 1812 1,770,714 1,770,714 1,770,714 1,770,714
CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL EDIFICIO DELCENTRO DE CONTROL, COMANDO, COMPUTO YCOMUNICACIONES DE LEON (C 4)
18 1817 2,000,000 2,000,000 500,000 1,500,000 2,000,000 - - - -
VIGILANCIA AEREA NOCTURNA 18 1811 550,000 1,454,900 2,004,900 2,004,900 2,004,900
EQUIPAMIENTO DE POLICIA 18 1811 - 1,456,660 1,456,660 1,456,660 1,456,660
ADQUISICIÓN DE ENLACES INALAMBRICOS YDISPOSITIVOS DE CONECTIVIDAD CON SUINFRAESTRUCTURA
18 1817 2,974,286 2,974,286- - - -
ADQUISICIÓN DE GPS Y SU INFRAESTRUCTURA 18 1817 - 2,974,286 2,974,286 2,974,286 2,974,286
3.4 EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y MEJORA DEPROCESOS PE 270,000 - 270,000 - 270,000 270,000 - - - -
ENCUESTA DE PERCEPCIÓN EN SEGURIDAD PÚBLICA 18 1810 270,000 270,000 - 270,000 270,000 - - - -
3.5 DIGNIFICACIÓN DE LOS CUERPOS DE SEGURIDADPÚBLICA MUNICIPAL
PE 900,000 - 900,000 - 900,000 900,000 - - - -
CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA 18 1819 600,000 600,000 600,000 600,000
REVISTA INSTITUCIONAL 18 1810 250,000 250,000 - 250,000 250,000 - - - -
COMPETENCIAS NACIONALES PARA LOS CUERPOS DESEGURIDAD PÚBLICA 18 1816 50,000 50,000 - 50,000 50,000 - - - -
3.6 PROFESIONALIZACIÓN CAPACITACIÓN YACTUALIZACIÓN DE LOS CUERPOS DE SEGURIDADPÚBLICA MUNICIPAL
PE 1,450,000 - 1,450,000 - 1,450,000 1,450,000 - - - -
CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS CUERPOS DESEGURIDAD PÚBLICA 18 1816 1,050,000 1,050,000 - 1,050,000 1,050,000 - - - -
CAPACITACIÓN INTERNACIONAL DE LOS CUERPOS DESEGURIDAD PÚBLICA 18 1816 400,000 400,000 400,000 400,000
3.7 PARTICIPACIÓN CIUDADANA, CORRESPONSABLE YACTIVA PE 1,900,000 - 1,900,000 - 1,900,000 1,900,000 - - - -
3.7.1 FAMILIA SEGURA 18 1819 100,000 100,000 - 100,000 100,000 - - - -
3.7.2 FERIAS DE PREVENCION 18 1819 200,000 200,000 - 200,000 200,000 - - - -
3.7.3 FOROS DE SEGURIDAD PUBLICA 18 1819 100,000 100,000 - 100,000 100,000 - - - -
CONGRESO INTERNACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA 18 1819 1,500,000 1,500,000 1,500,000 1,500,000
4. GOBIERNO A TU SERVICIO 8,420,000 3,663,000 12,083,000 - 12,083,000 12,083,000 - - - -
4.1 GOBIERNO CERCANO A LOS CIUDADANOS PE 1,500,000 163,000 1,663,000 - 1,663,000 1,663,000 - - - -
4.1.1 DESCONCENTRACIÓN ADMINISTRATIVA 1,500,000 163,000 1,663,000 - 1,663,000 1,663,000 - - - -
ATENCIÓN EN TU COLONIA 11 1195 1,500,000 1,500,000 - 1,500,000 1,500,000 - - - -
REORDENAMIENTO DE LA SECRETARIA DELH.AYUNTAMIENTO 12 1210 - 163,000 163,000 - 163,000 163,000 - - - -
OFICINAS MULTIFUNCIONALES 13 1315 - - - - -
4.2 GOBIERNO DE RESULTADOS PE 2,800,000 - 2,800,000 - 2,800,000 2,800,000 - - - -
4.2.1 REINGENIERIA GUBERNAMENTAL 2,000,000 - 2,000,000 - 2,000,000 2,000,000 - - - -
PROTECCIÓN , VIGILANCIA Y LIMPIA DEL PATRIMONIOINMOBILIARIO 13 1314 - - - - - - - - -
SECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 23 2310 2,000,000 2,000,000 2,000,000 2,000,000
4.2.2 ACTUALIZACION DEL MARCO JURIDICOMUNICIPAL 800,000 - 800,000 - 800,000 800,000 - - - -
FOMENTO DE LA CULTURA DE LA LEGALIDAD Y ELFORTALECIMIENTO DEL ESTADO DEMOCRÁTICO DEDERECHO
12 1210 300,000 300,000 - 300,000 300,000 - - - -
CONSOLIDACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓNPARAMUNICIPAL CON LAS POLITICAS PÚBLICAS DELAYUNTAMIENTO
12 1210 500,000 500,000 - 500,000 500,000 - - - -
4.3 GOBIERNO ELECTRÓNICO PE 3,620,000 3,500,000 7,120,000 - 7,120,000 7,120,000 - - - -
4.3.1 LEÓN GOBIERNO DIGITAL 3,120,000 3,500,000 6,620,000 - 6,620,000 6,620,000 - - - -
MODERNIZACION CATASTRAL Y ACTUALIZACIONPREDIAL 13 1313 3,120,000 3,120,000 - 3,120,000 3,120,000 - - - -
CATASTRO MULTIFINALITARIO 13 1313 - 3,500,000 3,500,000 - 3,500,000 3,500,000 - - - -
4.3.2 MUNICIPIO ÁGIL 500,000 - 500,000 - 500,000 500,000 - - - -
MEJORAS AL PROCESO DE LOS ALMACENES 13 1314 500,000 500,000 - 500,000 500,000 - - - -
4.4 COMPETITIVIDAD Y MEJORA REGULATORIA PE 500,000 - 500,000 - 500,000 500,000 - - - -
4.4.1 COMPETITIVIDAD Y MEJORA REGULATORIA 12 1210 500,000 500,000 - 500,000 500,000 - - - -
5. AMBIENTE VITAL 246,935,000 84,256,822 331,191,822 178,236,371 152,955,451 123,572,534 40,000,000 159,846,000 - 7,773,288
5.1 LEÓN HÁBITAT ORDENADO 201,176,000 15,415,391 216,591,391 66,135,940 150,455,451 36,472,103 15,000,000 159,846,000 - 5,273,288
5.1.1 REHABILITACIÓN DE BARRIOS INTEGRALIDAD DELOS SERVICIOS MUNICIPALES 198,176,000 10,415,391 208,591,391 58,135,940 150,455,451 28,472,103 15,000,000 159,846,000 - 5,273,288
RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS NOPELIGROSOS 16 1614 98,988,000 - 98,988,000 - 98,988,000 - - 98,988,000 - -
ASEO Y BARRIDO DE BIENES PROPIEDAD MUNICIPAL DEUSO COMUN. 16 1614 31,010,000 - 31,010,000 - 31,010,000 - - 31,010,000 - -
AUTOMATIZACIÓN DE CONTRATOS DE RECOLECCIÓN ACOMERCIOS 16 1614 - 350,000 350,000 - 350,000 350,000 - - - -
CONSTRUCCION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DEPARQUES, JARDINES Y FUENTES 16 1616 29,848,000 - 29,848,000 21,897,652 7,950,348 - - 29,848,000 - -
MANTENIMIENTO VIAL , REHABILITACION DEPAVIMENTOS Y PUENTES 16 1619 17,000,000 3,157,103 20,157,103 17,000,000 3,157,103 5,157,103 15,000,000 - - -
ALUMBRADO PÚBLICO 16 1612 15,000,000 - 15,000,000 6,000,000 9,000,000 15,000,000 - - - -
PROGRAMA DE MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURADE MERCADOS 16 1611 4,300,000 6,908,288 11,208,288 11,208,288 - 5,935,000 - - - 5,273,288
PANTEONES 16 1615 1,500,000 - 1,500,000 1,500,000 - 1,500,000 - - - -
RASTRO DE AVES 16 1618 530,000 - 530,000 530,000 - 530,000 - - - -
5.1.2 CENTROS Y BARRIOS HISTORICOS 3,000,000 - 3,000,000 3,000,000 - 3,000,000 - - - -
RESTAURACIÓN DE LOS PORTALES DEL CENTROHISTÓRICO 21 2111 3,000,000 - 3,000,000 3,000,000 3,000,000
5.1.3 URBANISMO INNOVADOR - - - - - - - - - -
5.1.4 PROGRAMA MUNICIPAL PARA ELAPROVECHAMIENTO DEL SUELO URBANO - 5,000,000 5,000,000 5,000,000 - 5,000,000 - - - -
PROGRAMA DE VIVIENDA POPULAR 50 5017 - 5,000,000 5,000,000 5,000,000 - 5,000,000 - - - -
5.2 LEÓN SUSTENTABLE PE 20,759,000 2,500,000- 18,259,000 15,759,000 2,500,000 759,000 15,000,000 - - 2,500,000
5.2.1 FORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN AMBIENTAL - 2,500,000 2,500,000 - 2,500,000 - - - - 2,500,000
PROYECTO EDUCATIVO SEMANA DE LASUSTENTABILIDAD 21 2113 - 2,500,000 2,500,000 - 2,500,000 - - - - 2,500,000
5.2.2 RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS - - - - - - - - - -
5.2.3 AIRE LIMPIO 21 2113 - - - - - - - - - -
5.2.4 PARQUES Y CORREDORES VERDES 20,759,000 5,000,000- 15,759,000 15,759,000 - 759,000 15,000,000 - - -
PARQUES LINEALES, VIALIDADES, ANDADORESPEATONALES, GUARNICIONES Y BANQUETAS,EQUIPAMIENTO E IMAGEN URBANA Y ALUMBRADO.
21 2113 20,000,000 5,000,000- 15,000,000 15,000,000 - - 15,000,000 - - -
PARQUE METROPOLITANO 50 5053 759,000 - 759,000 759,000 - 759,000 - - - -
5.2.5 USO SUSTENTABLE DEL AGUA Y MANEJOINTEGRAL DE LA CUENCA 21 2113 - - - - - - - - - -
OBRAS PARA LA PREVENCION DE INUNDACIONES YRIESGOS 21 2113 - - - - - - - - - -
5.3 SISTEMA MUNICIPAL DE MOVILIDAD PE 25,000,000 71,341,431 96,341,431 96,341,431 - 86,341,431 10,000,000 - - -
5.3.2 BICI-ESPACIO 25,000,000 - 25,000,000 25,000,000 - 15,000,000 10,000,000 - - -
BICI-ESPACIO 21 2111 25,000,000 - 25,000,000 25,000,000 - 15,000,000 10,000,000 - - -
5.3.3 SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE - 71,341,431 71,341,431 71,341,431 - 71,341,431 - - - -
INFRAESTRUCTURA Y COMPRA DE TERRENOS DEL SIT 21 2112 - 71,341,431 71,341,431 71,341,431 - 71,341,431 - - - -
TOTAL 408,550,000 534,484,224 943,034,224 703,648,275 239,385,949 360,769,227 211,538,492 159,846,000 142,882,214 67,998,291
SEGUNDO.- Se autoriza la ejecución de las obras públicas y la
realización de las acciones y programas que forman parte del
Programa de Inversión; así como la expedición de licencias y permisos
que se requieran para tal efecto. TERCERO.- Se autorizan todos
25 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
aquellos actos jurídicos, administrativos y contables que resulten
necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo; además de
instruirse al Tesorero Municipal, para que realice los movimientos
presupuestales que se requieren para el mismo fin. A continuación, el
C. Presidente somete a consideración en lo general la propuesta de
Modificación al Programa de Inversión Pública del Municipio de León,
Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2009, la cual se aprueba por
unanimidad. Acto seguido, el C. Presidente somete a consideración la
anterior propuesta en lo particular, en el entendido de que las partidas
o áreas que no sean reservadas se tendrán por aprobadas en lo
particular y al no haber observaciones se tiene por aprobada en dicho
sentido.
En el punto VII del Orden del Día, comparece el C. Ocea. José Eleazar
Lopez Araiza Alday, Director General de Protección al Ambiente, quien
en cumplimiento al acuerdo del H. Ayuntamiento de fecha 12 de
febrero del año en curso, rinde un informe sobre las propuestas y
programas para buscar la solución a la problemática de contaminación
(se agrega al apéndice del acta). En uso de la voz el compareciente,
inicia comentando cual es la situación geográfica del municipio, el
número de habitantes que lo componen, así como las causas que
generan el efecto invernadero; de igual manera, comenta que las
acciones realizadas por la Dirección General de Protección al
Ambiente para disminuir la contaminación atmosférica están reflejadas
en el informe que presenta, destacándose: El Programa para el
Mejoramiento de la Calidad del Aire 2008-2012 (PROAIRE), Programa
de Monitoreo de la Red de Calidad del Aire del Municipio, Programa
de Monitoreo Manual del Aire, Programa de Monitoreo de Partículas
PM10, Programa Anti fogatas, Programa de Inspección y Vigilancia
contra incendios de pastizales y esquilmos; Programa de
Reconversión Tecnológica de la Industria Ladrillera, Programa de
Verificación Vehicular y la Conformación del Comité de Contingencias
Atmosféricas del Municipio de León. En intervención el C. Reg. Lic.
Aarón Soto Martínez, cuestiona al compareciente en qué consiste el
Programa de Mejoramiento de la Calidad del Aire y el de Monitoreo. A
26 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
lo que el compareciente contesta que el Programa de Mejoramiento de
la Calidad del Aire, se firmó el año pasado y el objetivo principal es la
reducción de emisiones de contaminantes en el sector industrial,
comercial y de transporte; así como la conservación de los recursos
naturales, protección de la salud de la población y fortalecimiento de la
educación; agrega, que este programa está dividido en 8 estrategias
que son: 1.- La reducción de emisiones generadas por vehículos
automotores, 2.- Reducción de emisiones generadas por fuentes de
área, 3.- Restauración y conservación de los recursos naturales y
planeación del desarrollo urbano, 4.- Reducción de emisiones
provenientes del sector industrial, 5.- Protección y prevención de la
salud de la población, 6.- Fortalecimiento de la educación ambiental,
formación, investigación y desarrollo tecnológico, 7.- Obtención del
financiamiento que garantice el cumplimiento de las medidas del
presente programa y 8.- Fortalecimiento institucional, infraestructura,
información y normatividad. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Aarón
Soto Martínez, manifiesta que a su consideración en el primer punto
se ha hecho un excelente trabajo con la parte de que todos los
vehículos cumplan con esa normatividad, pero en la parte de
reducción de emisiones por fuentes de área pregunta cuál fue la meta
y qué porcentaje traen en esa estrategia. A lo que el compareciente
responde que la meta anual pasada fue verificar por lo menos 150
establecimientos en materia de fuentes de área; cerrando el 2008 con
145 revisiones, además de realizar 80 revisiones a establecimientos
por otros conceptos que tienen que ver con la calidad del aire, como
puede ser el manejo de residuos que indirectamente incide en esta
área. Agrega, que al final les entregará un reporte adicional de
actividades realizadas por la Dirección. Posteriormente, el
compareciente informa cual es la ubicación de las estaciones de
monitoreo con las que se cuenta en el municipio, por lo que al
respecto, el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, le cuestiona cuánto
cuesta establecer una estación de monitoreo. A lo que el
compareciente contesta que 3 millones de pesos aproximadamente ya
con todo el equipo que lleva la caseta y la instalación; pero
posteriormente se continúa con la administración de la estación que
27 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
implica mantenimiento, supervisión y toma de resultados. Así mismo,
el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, cuestiona sí el radio territorial que
cubren las estaciones de monitoreo, aún y cuando se cumpla con la
norma, es el adecuado en la ciudad o si lo óptimo sería contar con
más estaciones que den la posibilidad de tener elementos para
diseñar estrategias en esta materia. En respuesta, el compareciente
contesta que actualmente obtienen lo mínimo para poder generar
estrategias, pero a su consideración hay puntos por cubrir en algunas
zonas; precisa que debe tenerse claro que lo que están monitoreando
es la calidad del aire y ya que éste viaja de acuerdo a la rosa de
vientos o al cambio de vientos de acuerdo al horario o a la
temperatura; por lo tanto, tienen variaciones de vientos en la ciudad
con una migración de partículas y eso es lo que monitorean las
casetas. En uso de la voz la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava,
comenta que hay un proyecto que revisaron con Diputados para poner
pantallas para que la gente pudiera conocer niveles de contaminación,
por lo que pregunta sí existe alguna novedad en cuanto a ese
proyecto. Al respecto, el compareciente manifiesta que la respuesta
del Congreso del Estado fue que hicieran llegar la propuesta,
debidamente validada por el Instituto de Ecología, al Gobernador y
después se bajaría al Congreso; precisa, que actualmente están en la
etapa de validación ante el Instituto. En intervención la C. Sínd. Profra.
Leticia Villegas Nava, pregunta si no hay otra manera de que se agilice
el proyecto pues si los ciudadanos ven a diario como se está en esa
materia habrá más voluntad en cuidar el aire. Al respecto, el
compareciente manifiesta que la C. Arq. Maria Eugenia Pineda
Velázquez, Secretaria de Desarrollo Sustentable, ha hecho en
repetidas ocasiones la solicitud para colocar las pantallas para que la
ciudadanía esté enterada del monitoreo de la calidad del aire y se
tomen las prevenciones necesarias. Por otra parte, el compareciente
señala cual ha sido el comportamiento de las estaciones de
monitoreo, refiere además los indicadores de la Calidad del Aire PM10,
los Indicadores de la Calidad del Aire O3, así mismo, precisa los días
en que fue sobrepasada la respectiva norma que los regula, los
factores que han generado su aumento o disminución en los años
28 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
2006, 2007, 2008 y por lo que respecta al 2009, refiere que sólo se ha
registrado un rebase de la Norma O3 en la estación, lo cual se debe al
aumento del parque vehicular. De igual manera, comenta que de
conformidad al Inventario de Emisiones del Instituto de Ecología del
Estado, la fuente de contribución más grande son los caminos sin
pavimentar, lo cual se agrava por el aumento del parque vehicular que
los ha vuelto arterias muy transitadas; así mismo, señala que
conforme al diagnostico del IMPLAN, se marcan la zonas que
requieren pavimentos y las zonas baldías que por descuidos se
incendian, lo cual genera un reflejo en la mediciones del monitoreo de
la calidad del aire. Agrega, que considerando que la rosa de vientos va
en la dirección de la zona de Cerrito de Jerez, además de que lo que
se genere en esta zona incide directamente en la estación del CICEG,
dado que hay muchos vientos dominantes y gran numero de arterias
sin pavimentar con basta circulación, les da una incidencia de
contaminación fuerte en la caseta del CICEG. Por otra parte,
comenta que en relación al Operativo Anti fogatas, el 1º de enero del
2009, fueron apagadas 386 fogatas, concientizándose a un total de
3,273 personas; en cuanto al Programa de Inspección y Vigilancia,
señala que como actividades realizadas en el 2008, fueron hechos 24
operativos y/o recorridos en ladrilleras, 220 operativos y/o recorridos
en áreas naturales protegidas, se intervino en 41 incendios urbanos,
en 52 combates de incendio de pastizal, se hicieron 685 revisiones de
facturas forestales (operativo decembrino), 18,883 concientizaciones,
entre otras. En relación a la Industria Ladrillera, comenta que se
visitaron 243 ladrilleras de todo el municipio para notificarles horarios
permitidos para efectuar quema y verificar el uso de materiales en
norma para combustión. En intervención el C. Reg. Lic. Sergio Navarro
Tejada, manifiesta que han oído en el transcurso de esta
Administración y de otras Administraciones, sobre la modernización de
las ladrilleras mediante la quema de gas y cuestiona al compareciente
qué es lo que falta para aterrizar ese proyecto. Al respecto, el
compareciente manifiesta que primero se hizo un diagnóstico,
posteriormente un sondeo económico y que actualmente están en
planes de negocios; agrega, que la Secretaría de Desarrollo
29 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Económico Sustentable del Estado, les indicó que para poder
implementar una nueva tecnología requieren de subsidio y dado que
están considerando un horno con tecnología de lámparas de infrarrojo
con cero emisiones, está evaluándose en el CIATEG para poder tener
una validación y una vez que se apruebe por su funcionamiento y
cumplimiento de la norma podrán entrar a la parte financiera; comenta
además, que buscaron en toda la República nuevas tecnologías y la
que mencionó es la más avanzada y ya casi sale del período de
pruebas; aunque hay otra propuesta presentada por los propios
ladrilleros del Refugio, por lo que también se tiene que generar el
expediente técnico para evaluarlo y seguir el mismo proceso que
mencionó. A continuación, el compareciente presenta el Reporte de
Verificación Vehicular Anual, desprendiéndose que en el 2008, a partir
de la generación del Programa de Regularización en materia de
Verificación Vehicular, se lograron 283,484 verificaciones que
corresponde al 55% del padrón vehicular, lo cual representa un
incremento del 20 % respecto al 2007; así mismo, menciona que el
parque vehicular aumento 100,000 vehículos del año 2006 al 2007,
para el 2008 aumentó otros 20,000 y posteriormente menciona las
actuaciones que se han realizado en materia vehicular. Por otra parte,
refiere que se conformó el Comité de Contingencias Atmosféricas del
Municipio de León, señala que al día de hoy se tienen conformados los
Subcomités de Educación, Salud, entre otros; que trabajan en
estrategias especificas que realizará cada Comité conforme al Plan
que será instaurado en el mes de marzo; además presenta tablas
comparativas de valores de contaminación de otras ciudades y precisa
que en la ciudad en ningún momento se ha llegado a dichos valores;
finalmente, presenta la propuesta que fue presentada a la Comisión de
medio Ambiente del Congreso del Estado, para solicitar recursos para
el Programa para el Mejoramiento de la Calidad del Aire en León, a fin
de implementar acciones en el año 2009, que importan un total de 20
millones 350 mil pesos; e informa que el Plan Estratégico que se
manejo para el Eje León Sustentable cuenta con un presupuesto de 86
millones 500 mil pesos, para la ejecución de los programas
denominados, Manejo Sustentable de Residuos Sólidos, Aire Limpio,
30 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Formación y Certificación Ambiental, Parques y Corredores Verdes;
así como Uso Sustentable del Agua y Manejo Integral de la Cuenca.
En uso de la voz la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos,
menciona al compareciente que agradece la presentación, sin
embargo, se queda con preocupación, pues para ella no es consuelo
que en otras ciudades se rebasen las normas por mucho y que aquí
aunque las rebasen poco, no tengan que preocuparse. Agrega, que
sigue sin quedarle claro qué es lo que contamina más, el no tener
calles pavimentadas o los vehículos de motor, puesto que en algunas
declaraciones del compareciente señaló que eran los carros los que
ocasionaban la contaminación y en otras los caminos; así mismo,
respecto a lo que comentó el compareciente en el sentido de que entre
más calles se pavimenten, menos contaminación tendrán; la lleva a
cuestionar ese razonamiento, pues no cree que esa sea la solución ya
que el problema de contaminación es grave y a pesar de los
planteamientos que les realiza no ve acciones concretas, por lo cual
cuestiona sí cuando han rebasado la norma están hablando que se
está en pre-contingencia o en contingencia. A lo que el compareciente
contesta que precisamente lo que se va a establecer son los valores
de fase de prevención y fase de pre-contingencia, por parte del Comité
que se está formando para Prevención de Contingencias
Atmosféricas, puesto que dichos valores van en función de la opinión
de Salud, de SEMARNAT y del Instituto Nacional de Ecología. Al
respecto, la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, refiere que
de acuerdo al Reglamento para la Prevención y Control de la
Atmosfera generada por vehículos de motores, en el artículo 10,
establece que se debe contar con un Programa de Atención a las
Contingencias y ya establece cuales son las acciones que deben
seguirse, entre ellas, restringir la circulación de vehículos automotores
conforme algunas cuestiones que en el mismo se plantean; por lo
tanto, si ya se ha estado en contingencia, pregunta por qué no se ha
tomado la determinación de implementar acciones como sucede en
otras ciudades a fin de evitar siquiera llegar al punto que marca la
norma. En respuesta el compareciente, contesta que primero se tienen
que fijar los valores mínimos para poder entrar a una fase preventiva y
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en el caso de León todavía están en la mesa de discusión,
pretendiéndose que a mediados de marzo ya se tengan; agrega, que
en Salamanca este Programa de Mejoramiento de la Calidad del Aire
lleva 4 años y apenas llegaron a esos valores en el 2007 o 2008, y en
León están a punto de tener en menos de un año la organización que
tiene Salamanca; manifiesta, que ello no quiere decir que estén
descuidando esta parte sino que se requiere toda una organización,
todo un proyecto, un programa y un plan para atender situaciones de
pre-contingencia y contingencia; lo cual ya van a tener. En uso de la
voz el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González, comenta al
compareciente que la semana pasada estuvieron reunidos con los
Diputados de la Comisión de Protección al Ambiente, en donde el
Diputado Antonio Ramírez Vallejo, hizo una aseveración que a él lo
dejó preocupado, pues comentó que gracias a las acciones y a la
buena voluntad de CFE, de PEMEX y de TECKMEN, en Salamanca
había disminuido en gran cantidad la contaminación, al grado tal que
tenían cerca de un año que no tenían ni una pre-contingencia; sin
embargo, comentó dicho Diputado que los datos que actualmente
tenía la Comisión y el Congreso del Estado, hacían ver como zona
más preocupante a León. Al respecto, el compareciente refiere que
parte de las acciones que se deben de tomar en estas facetas de pre-
contingencia son parte de lo que ya se viene haciendo por la
Dirección, pero aquí la idea es que coordinadamente intervendrán
todas las instancias de Gobierno, como Educación, Salud, etc., ya que
en una fase de contingencia requieren esfuerzos transversales y eso
es lo que están planeando, reitera que no quiere decir que se ha
descuidado, pues de hecho los números están planteados en el
informe que se entregará; además, de que pronto entrara en funciones
el Comité de Prevención. Adicionalmente, el C. Reg. Lic. Fernando
Ávila González, le refiere al compareciente que les comentó que se
estaba trabajando con el CIATEG un estudio para determinar la
dominancia de los vientos. A lo que el compareciente refiere que sólo
es para la Zona de Cerrito de Jerez; por lo que el citado Regidor le
comenta que le llama la atención que señale esta zona que como la
más conflictiva y de mayor rebase de la norma, ya que en los datos
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que tienen del IMPLAN, la dominancia de los vientos son por la
mañana y por la tarde, de norte a sur y dicha zona se ubica en la
parte sur del estado y no está en la zona de afectación de vientos
dominantes; aunado a lo anterior, comenta que el compareciente les
refirió que dicha zona es crítica en buena medida por la polución,
pero cuestiona sí estarán perdiendo la visión sustentable, ya que
cambiar las zonas de tierra por “zonas grises” generan otros tipos de
emisiones al ambiente y contribuyen al calentamiento de la capa de
ozono, por lo que cuestiona la solución que se plantea con la
pavimentación, ya que en los próximos años habrá un problema
mayor, porque si el día de hoy una calle de tierra inhibe el paso de los
vehículos, al facilitarse el tránsito con la pavimentación les va a
cambiar con la motorización y aumentará más el parque vehicular. Al
respecto, el compareciente manifiesta que no se tiene que pavimentar
toda la ciudad, sólo la calles de terracería que tienen mucho tráfico,
además de que deben considerarse pavimentos sustentables. En
intervención el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González, le cuestiona al
compareciente sí la información relativa a dichas arterias, ya se cruzó
con el Sistema de Administración de Pavimentos y si hay un
diagnóstico de cuales arterias son las viables y cuales las inviables a
pavimentar. En respuesta, el compareciente contesta que ese
diagnóstico es el que le falta hacer, pero el monitoreo es claro y han
visto que en razón a la incidencia de vientos se están generando
partículas que vienen de terrenos donde hay calles sin pavimentar. En
uso de la voz el C. Reg. Gabriel Villagrana García, le comenta al
compareciente que no vio alguna acción concreta para disminuir la
contaminación auditiva generada por ruidos de negocios y bailes con
altos decibeles. En respuesta el compareciente, señala que ellos sólo
revisan el cumplimiento de la norma, por lo que verifican
establecimientos que rebasan la norma, imponiéndose medidas para
mitigar el ruido. De igual manera, el C. Reg. Gabriel Villagrana García,
refiere que los felicita por las acciones realizadas para preservar el
medio ambiente y mejorar la calidad del aire en León; comentando
además, que las acciones para tener un mejor ambiente no sólo
corresponden al gobierno si no de forma conjunta con la sociedad, por
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lo cual se debe trabajar en la parte de la concientización. A lo que el
compareciente manifiesta, que se han hecho esfuerzos importantes en
materia de movilidad sustentable, con la red de ciclovías que ahora
existe en la ciudad y manifiesta que quiere recalcar que en
Salamanca los problemas son por el bióxido de azufre y bióxido de
nitrógeno, entonces una fase de contingencia y pre-contingencia en
dicho municipio no es comparativa de lo que se puede generar en
León, dado que son precursores muy diferentes, pero que en León en
lo que va de diciembre y enero, no se ha determinado que entren en
fase de contingencia; agrega, que una vez que esté formado el Comité
y se hayan establecidos los valores de fase 1, 2 y 3, estarán entrando
en acciones de contingencia. En intervención de la C. Sind. Profra.
Leticia Villegas Nava, refiere que en la Comisión de Movilidad y
Protección Ambiental, han comentado que precisamente es una tarea
que involucra a todos, lo cual significa un reto pues por más acciones
que tome el gobierno, si no hay la sensibilización y participación
ciudadana se quedarán a la mitad de la tarea por lo que pide al
compareciente su compromiso para involucrar a las personas como
parte de la solución de este problema. En uso de la voz el C. Reg. Lic.
Fernando Ávila González, manifiesta que precisamente en relación a
lo mencionado por los CC. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava y Reg.
Gabriel Villagrana García, tienen previsto en la Comisión que él
preside, realizar una visita a la ciudad de Salamanca el próximo 13 de
marzo para ver los sistemas de trabajo y de involucramiento que han
hecho, lo cual hace extensivo al pleno. En uso de la voz la C. Regra.
Lic. María Teresa Palomino Ramos, refiere que difiere de sus
compañeros en cuanto a las felicitaciones pues cree que este no es
momento ya que les falta mucho por hacer, por lo que no sólo deben
preocuparse sino ocuparse pues la presentación denota planeación
pero nada en concreto. De igual forma, le solicita al compareciente le
informe que fue lo que paso con el empleado municipal que falleció el
fin de semana en una tolva. En respuesta, el compareciente señala
que fue un accidente en donde dicho empleado manejaba un trascabo
por la ladera de la comunidad de Cuesta Blanca y perdió el control
cayendo al precipicio. A lo que dicha Regidora cuestiona sí tenía
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autorización para trabajar en día inhábil. En respuesta el
compareciente contesta que sí, ya que era sábado por la mañana y se
realizaba un operativo, por lo que se conformó el equipo que trabajaría
y de hecho se les pagan horas extras. En uso de la voz el C. Sínd.
L.A.E. Juan Eusebio Olague Riva Palacio, comenta que esta
comparecencia desde su punto de vista fue ilustrativa pues varios de
los miembros del Ayuntamiento no están involucrados en la Comisión
de la materia; agrega, que están ante un reto el cual como se ha
mencionado es tarea no sólo de la autoridad sino también de la
ciudadanía y a ello deben enfocarse.
En el punto VIII del Orden del Día, con fundamento en los artículos 69
fracción I inciso b), 70 fracción V de la Ley Orgánica Municipal, se
presenta la propuesta del C. Presidente L.A.E. Vicente Reynoso,
relativa al proyecto de Reglamento del Patronato Histórico de la
ciudad de León, Guanajuato, (se agrega al apéndice del acta), que
contiene la siguiente propuesta: PRIMERO.- Con fundamento en los
artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 117 fracción I de la Constitución Política para el
Estado de Guanajuato; 2, 69 fracciones I, inciso b), y VI, 202, 203, 204
fracción II, y 205 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato; 104 del Reglamento Orgánico Municipal de León,
Guanajuato, se aprueba el Reglamento del Patronato de la Ciudad
Histórica de León, Guanajuato, en los términos del documento
anexo, mismo que forma parte integral del presente Acuerdo y que a
continuación se inserta:
REGLAMENTO DEL PATRONATO DE LA CIUDAD HISTÓRICA DE LEÓN, GUANAJUATO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Tomando en cuenta el equilibrio que debe existir entre el desarrollo humano, ambiental y económico para lograr el municipio sustentable que todos los habitantes de León deseamos, la propuesta de este Gobierno Municipal 2006-2009 se inscribe en cinco ejes de desarrollo: 1. Bienestar para Todos 2. Rumbo Económico 3. León Seguro
35 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
4. Gobierno a tu Servicio 5. Ambiente Vital Dentro del eje estratégico “Bienestar para todos” se contempla un proyecto denominado “Red Ciudadana para Fortalecer la Participación Social”, cuyo fin radica en desarrollar mecanismos para promover e impulsar espacios de participación social, con procesos de comunicación claros y efectivos, que hagan comprensible a los actores sociales, el proceso de planeación municipal a corto, mediano y largo plazo. La participación ciudadana es significativa dentro de la gestión pública, pues propicia la colaboración entre los gobernados y las autoridades, lo que se traduce a que dicha gestión se considere democrática, transparente, eficaz y eficiente. Es así que la participación ciudadana es uno de los pilares sobre los que se asienta la idea de democracia y también uno de los criterios a través de los cuales los ciudadanos juzgan la acción de sus gobiernos. En el ámbito municipal, la participación ciudadana se convierte en un instrumento que facilita la toma de decisiones y da solución a problemas que se presentan en el ejercicio del gobierno, incrementando así el bienestar social y la calidad de vida de los ciudadanos. Por lo que hace a las administraciones locales, éstas tienen la necesidad de potencializar la presencia activa permanente de la ciudadanía, estableciendo cauces reglamentarios que permitan la incorporación de la opinión, demandas e intereses de los ciudadanos. Por su parte, la ciudadanía debe ser responsable al actuar en las instancias de participación, ejerciendo sus derechos y asumiendo sus obligaciones, contribuyendo a crear condiciones para que prevalezcan relaciones de respeto y cercanía con la autoridad. Por otro lado y en cuanto al eje estratégico “Rumbo económico”, se contempla el proyecto “León destino turístico”, el cual tiene como finalidad aprovechar el patrimonio histórico, natural y cultural del municipio, para hacer de León un destino de interés para los turistas mexicanos y extranjeros. Bajo este orden de ideas, promover la actividad turística en cualquiera de sus modalidades, constituye un área de oportunidad para el municipio de León, y su impulso es un eje rector invaluable para la diversificación de la economía. El Municipio de León, Guanajuato, cuenta con diversas áreas turísticas y culturales de gran importancia, cuya conservación y preservación debe incrementarse para mejorar la imagen de las mismas. En este contexto, una de las áreas turísticas es el Centro Histórico de la Ciudad de León, Guanajuato, el cual se ubica en el primer cuadro de la ciudad, cerrado al tráfico de vehículos, por lo que resulta agradable ser visitado pues a través de un paseo se pueden contemplar los monumentos arquitectónicos más antiguos. El centro de León tiene una riqueza cultural y arquitectónica, ofreciendo atracciones como la Plaza Principal en donde se encuentra la Presidencia Municipal, la Plaza de los Mártires y la Plaza de los Fundadores, que tiene en su centro la Fuente de los Leones, lugar en donde además se encuentran establecimientos comerciales y de servicios, que ofrecen a nuestros visitantes los mejores precios, surtido y variedad. Entre los puntos de interés se encuentran la Catedral Basílica de Nuestra Señora de la Luz, Santuario de Guadalupe, Plaza de los Fundadores, Archivo Histórico, Casa de las Monas/Galería, Conjunto de la Parroquia del Sagrario o de San
36 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Sebastián, Templo Expiatorio, Plaza de los Mártires, Casa de la Cultura “Diego Rivera”, Galería Jesús Gallardo, Museo de la Ciudad/Plaza Azul, Arco Triunfal, Casa Municipal, Edificio de la Ex Cárcel, Teatro Manuel Doblado, Museo Arte Sacro, Casa de María Grever, Círculo Leonés Mutualista, Edificio de Correos, Teatro María Grever, entre otros. Bajo ese contexto, en sesión ordinaria celebrada por el H. Ayuntamiento el día 28 de agosto del 2008, aprobó el Acuerdo por el que se crea el COMITÉ DEL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE LEÓN, GUANAJUATO, dicho ordenamiento fue publicado en el Periódico Oficial numero 157 segunda parte, de fecha 30 de Septiembre del 2008, el cual tiene por objeto la gestión y promoción, en materia comercial, de servicios, turismo y de cultura, de la zona central de esta ciudad. Bajo ese orden de ideas, debemos estar consientes que la cultura da al hombre la capacidad de reflexionar sobre sí mismo, haciendo de nosotros seres específicamente humanos, racionales, críticos y éticamente comprometidos.
A través de los diversos aspectos que engloba la cultura, discernimos los valores y efectuamos opciones, expresamos nuestro sentir, tomamos conciencia de nosotros mismos, reconociéndonos como un proyecto inacabado, poniendo en cuestión nuestras propias realizaciones, buscamos incansablemente nuevas significaciones, para lo cual creamos obras artísticas, arquitectónicas, arqueológicas, escultóricas, pictóricas y de cualquiera otra índole que signifiquen nuestra trascendencia delante del resto de la humanidad.
Atento a ello, la Autoridad debe procurar en todo momento la conservación, preservación y acrecentamiento de los aspectos culturales entre los miembros de su sociedad, tomando las decisiones que estime convenientes y generando las acciones igualmente correspondientes.
En tal virtud, en el caso concreto, la Autoridad Municipal debe implementar los ordenamientos legales y las acciones necesarias, que en el ámbito de su competencia sean correspondientes, a fin de generar las condiciones para la promoción, fortalecimiento, identificación y catalogación del patrimonio cultural del Municipio, y establecer las bases para la investigación y difusión del patrimonio cultural existente en nuestro Municipio.
En mérito de lo anterior, y con la finalidad de materializar las acciones proyectadas por este Municipio en su Plan de Gobierno, resulta necesario la creación de un organismo público descentralizado que tenga por objeto realizar las acciones correspondientes para la preservación, conservación, protección, restauración y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio; así como generar las mejores condiciones para la promoción, fortalecimiento, identificación y catalogación del patrimonio cultural Municipal.
REGLAMENTO DEL PATRONATO DE LA CIUDAD HISTÓRICA DE LEÓN,
GUANAJUATO
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente reglamento es de orden público e interés general y tiene por objeto la creación del Organismo Público Descentralizado, denominado PATRONATO DE LA CIUDAD HISTÓRICA DE LEÓN, GUANAJUATO; generando las condiciones para la promoción, fortalecimiento, identificación y catalogación del patrimonio cultural del Municipio, así como el establecimiento de las bases para la investigación y difusión del patrimonio cultural del Municipio.
37 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Artículo 2.- Para los efectos de este Reglamento, se asumirán las definiciones siguientes:
I. Ayuntamiento: El H. Ayuntamiento de León, Guanajuato; II. Consejo Directivo: El Consejo Directivo del Patronato de la Ciudad Histórica de León, Guanajuato; III. Consejo Técnico: El Consejo Técnico del Patronato de la Ciudad Histórica de León, Guanajuato;
IV. Municipio: El Municipio de León, Guanajuato; V. Patronato: El Organismo Público Descentralizado denominado
Patronato de la Ciudad Histórica de León, Guanajuato;
VI. Reglamento: El Reglamento del Patronato de la Ciudad Histórica de León, Guanajuato.
Artículo 3.- En lo no previsto en este Reglamento, se aplicarán en lo conducente, las disposiciones que en relación a esta materia, se encuentren establecidas en la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos; la Ley General de Bienes Nacionales y la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia; la Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato, la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Reglamento Orgánico Municipal de León, Guanajuato; Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo para el Municipio de León, Guanajuato y el Reglamento de Construcciones para la Ciudad de León, Guanajuato. Artículo 4.- El Patronato tendrá su domicilio en el Municipio de León, Guanajuato.
CAPÍTULO II DE LA CREACIÓN Y OBJETO DEL PATRONATO
Artículo 5.- Se crea el Patronato de la Ciudad Histórica de León, Guanajuato., como un Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Sustentable y tendrá por objeto realizar todas las acciones y gestiones necesarias para la preservación, conservación, protección, restauración y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio de León, Guanajuato; generando las condiciones necesarias para la promoción, fortalecimiento, identificación y catalogación del patrimonio del Municipio, así como el establecimiento de las bases para su investigación y difusión. Artículo 6.- El Patronato tendrá por objeto: I. Realizar, gestionar y fomentar tareas de preservación, conservación,
protección, restauración y recuperación de bienes muebles e inmuebles artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, escultóricos, históricos, pictóricos y antropológicos del Municipio;
II. Promover e impulsar los estudios orientados a preservar, conservar,
proteger, restaurar y recuperar la fisonomía del Centro y Barrios Históricos; III. Promover y fomentar programas interinstitucionales y con participación
ciudadana para hacer del Centro y Barrios Históricos, áreas que identifiquen
38 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
a nuestro Municipio e incrementen el sentido de pertenencia de los leoneses, desarrollando su vocación cultural;
IV. Promover la realización de estudios o creación de monografías sobre la
historia de los monumentos públicos leoneses para difundir su existencia e importancia entre la comunidad nacional e internacional;
V. Obtener y aplicar recursos económicos para la preservación, conservación,
protección, rescate y recuperación del Centro y Barrios Históricos; VI. Elaborar estudios que sirvan para proponer adecuaciones a la normatividad
aplicable en materia de preservación, conservación, protección, rescate y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
VII. Organizar y promover conferencias, conciertos, exposiciones y toda clase de
eventos tendientes a la divulgación y beneficio de la Ciudad Histórica de León;
VIII. Difundir estudios y publicitar la riqueza artística, arquitectónica, arqueológica,
escultórica, histórica, pictórica y antropológica de la Ciudad Histórica de León;
IX. Editar documentos tales como folletos, libros, fotografías, audiovisuales,
entre otros, que registren los antecedentes artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, escultóricos, históricos, pictóricos y antropológicos de la Ciudad Histórica de León, Guanajuato; e informen de su labor de rescate, acatando la normatividad aplicable;
X. Intercambiar información y asesoría con organismos oficiales y privados,
nacionales y extranjeros, para su mutuo enriquecimiento; XI. Adquirir, si fuera posible, bienes muebles e inmuebles que por sus
características y condiciones puedan considerarse con un valor artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico, para rescatarlos del mal uso o enajenación negativa;
XII. Adquirir y poseer, por cualquier título jurídico, los bienes muebles o
inmuebles necesarios o convenientes para su normal funcionamiento;
XIII. Fomentar, promover y realizar, con los medios a su alcance, todo tipo de actividades culturales, educativas, tecnológicas, cívicas y científicas, que se relacionen con todas aquellas acciones referentes al Centro y Barrios Históricos;
XIV. Gestionar donativos y aportaciones periódicas de personas físicas y morales,
que coadyuven a cumplir con eficiencia su cometido de salvaguardar el patrimonio municipal relativo a todos los aspectos ya señalados;
XV. Informar, por los conductos correspondientes, a las respectivas Autoridades
del Instituto Nacional de Antropología e Historia de las acciones a realizar para la preservación, conservación, protección, rescate y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio; y,
XVI. Realizar cualquier acto legal, administrativo o de alguna otra naturaleza que
resulte necesario para la consecución de su objeto.
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CAPÍTULO III DEL GOBIERNO DEL PATRONATO
SECCIÓN PRIMERA
ÓRGANOS DEL PATRONATO
Artículo 7.- Para el cumplimiento de su objeto, el Patronato contará con los siguientes órganos: I.- Un Consejo Directivo; y, II.- Un Consejo Técnico.
SECCIÓN SEGUNDA DEL CONSEJO DIRECTIVO
INTEGRACIÓN, ATRIBUCIONES Y FUNCIONAMIENTO Artículo 8.- El Consejo Directivo fungirá como la máxima autoridad dentro de dicho Organismo Público Descentralizado y estará integrado de la siguiente manera:
I. Un Presidente; II. Un Secretario;
III. Un Tesorero; y,
IV. 8 Vocales.
Dentro de la conformación del Consejo Directivo, se encontrará un integrante del H. Ayuntamiento designado por éste, así como el Cronista Vitalicio de la Ciudad León, Guanajuato. El Ayuntamiento podrá acordar la integración de otros miembros, cuando a su juicio sea necesario para el mejor desempeño de las atribuciones del Patronato. Artículo 9.- Para los efectos del artículo anterior, en el mes de diciembre del año que corresponda al de instalación del Ayuntamiento, el Presidente Municipal realizará la respectiva invitación a personas físicas, instituciones y organismos ciudadanos debidamente constituidos y registrados y que su objeto social este vinculado con la preservación, conservación protección, rescate y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio; vecinos, propietarios y poseedores de inmuebles ubicados en el Centro y Barrios Históricos, para que propongan una persona que funja como titular y otra como suplente dentro del Consejo Directivo. . Artículo 10.- El Ayuntamiento hará la designación de los integrantes titulares y suplentes del Consejo Directivo, a propuesta del Presidente Municipal. Artículo 11.- En su sesión de instalación, el Consejo Directivo designado elegirá de entre sus miembros a las personas que ocuparán los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero y Vocales así como al Director General del Patronato. Artículo 12.- Con excepción del Director General, que recibirá el sueldo que tenga asignado en el presupuesto de egresos del Patronato, los cargos de los demás miembros del Consejo Directivo serán honoríficos, por lo que sus titulares y respectivos suplentes no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna por el desempeño de sus funciones. Artículo 13.- Para ser integrante del Consejo Directivo se requiere:
40 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
I. Ser ciudadano mexicano; II. Ser habitante del Municipio de León, Guanajuato; en pleno goce y
ejercicio de sus derechos civiles y políticos; III. No haber sido condenado por delito grave; y, IV. No ocupar cargo directivo en partido político alguno.
Artículo 14.- Si en algún asunto que deba conocer y decidir el Consejo Directivo algún consejero tiene interés personal, económico, de negocio o familiar por matrimonio, parentesco consanguíneo en línea recta o por afinidad hasta el segundo grado y colateral hasta el cuarto grado o civil, tenga amistad estrecha o enemistad con la o las personas interesadas, sean o hayan sido patronos o apoderados respecto del asunto de que se trate, deberá excusarse atendiendo al procedimiento previsto en el Reglamento Orgánico Municipal de León, Guanajuato. Artículo 15.- Los integrantes del Consejo Directivo durarán en su encargo tres años, y a fin de dar continuidad a los planes, programas y proyectos del mismo, podrán ser ratificados hasta el cincuenta por ciento de sus miembros, por una sola vez, para otro período igual. Artículo 16.- Todos los integrantes del Consejo Directivo tendrán voz y voto, y en caso de empate, el Presidente del mismo, tendrá voto de calidad. Artículo 17.- El Consejo Directivo tendrá las siguientes atribuciones:
I. Administrar, resguardar y conservar el patrimonio del patronato;
II. Llevar el registro, catalogo e inventario de los bienes muebles e inmuebles artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, escultóricos, históricos, pictóricos y antropológicos del Municipio; acordando medidas que garanticen su conservación;
III. Aprobar los actos de dominio sobre los bienes patrimonio del patronato,
necesarios para el cumplimiento de su objeto, en los términos de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles para el Municipio de León, Gto.;
IV. Aprobar los términos y condiciones de los convenios, contratos y demás
actos jurídicos que habrá de celebrar el patronato;
V. Aprobar el calendario de sesiones del patronato;
VI. Aprobar el informe de actividades del patronato;
VII. Aprobar el anteproyecto del presupuesto de egresos, pronóstico de ingresos y estados financieros;
VIII. Aprobar y supervisar el cumplimiento de los planes, programas y metas
de trabajo del patronato; IX. Aprobar el otorgamiento de poderes con las limitaciones que considere
convenientes; X. Solicitar al Ayuntamiento la revocación del nombramiento de los
consejeros, excepción hecha del representante de dicho cuerpo edilicio y el Cronista Vitalicio de la Ciudad León, Guanajuato;
XI. Representar legalmente al Patronato por medio de su Presidente;
41 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
XII. Promover la preservación, conservación, protección, rescate y
recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
XIII. Nombrar y remover al Director General del Patronato;
XIV. Gestionar la celebración de acuerdos o convenios con el Gobierno
Federal, Estatal y de otros Municipios en materia de preservación, conservación, protección, rescate y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
XV. Proponer a la Comisión del H. Ayuntamiento respectiva, reformas,
adiciones o derogaciones a los reglamentos, acuerdos, circulares y disposiciones de observancia general, así como la creación de nuevos ordenamientos o la abrogación de los existentes, a fin de establecer o actualizar las normas relativas a la preservación, conservación, protección, rescate y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
XVI. Otorgar licencias para ausentarse del cargo a cualquiera de los
Consejeros, conforme a lo establecido en el presente Reglamento;
XVII. Aprobar el Reglamento Interior del Patronato, para el cumplimiento del objeto del presente ordenamiento, regulando su estructura orgánica y definiendo las atribuciones, obligaciones, prohibiciones y distribución de competencias de las áreas administrativas que habrán de conformarlo; y,
XVIII. Las demás que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto del
Patronato.
Artículo 18.- Corresponde al Presidente del Consejo Directivo:
I. Presidir las sesiones del Consejo Directivo, brindando los informes necesarios con relación a los asuntos que se lleguen a presentar;
II. Representar al Patronato con el carácter de apoderado general para
pleitos y cobranzas y actos de administración, con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especial conforme a la legislación aplicable;
III. Presentar ante el Consejo Directivo, durante el quinto bimestre de cada
año, el proyecto de las acciones a realizar para la preservación, conservación, protección, restauración y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
IV. Presentar ante el Consejo Directivo, durante el primer bimestre de cada
año, el informe que corresponda a las actividades llevadas a cabo por el Patronato durante el año precedente, para su análisis y aprobación;
V. Atender y dar seguimiento a los acuerdos que emita el Consejo Directivo;
VI. Convocar, con apoyo del Secretario, cuando menos con cuarenta y ocho
horas de anticipación, a las sesiones ordinarias del Consejo Directivo debiendo señalar el lugar, día y hora;
42 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
VII. Presentar para aprobación del Consejo Directivo, el calendario de reuniones mensuales de éste;
VIII. Vigilar que las actividades del Patronato y del Consejo Directivo se
realicen en apego a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y de acuerdo a los lineamientos establecidos por los mismos;
IX. Comparecer ante el Ayuntamiento para informar sobre el ejercicio de las
funciones realizadas por el patronato, al menos una ves al año;
X. Subscribir conjuntamente con el secretario del Consejo Directivo los convenios, contratos y demás actos jurídicos en que sea parte el patronato; y,
XI. Las demás que le señale este ordenamiento o que el Consejo Directivo le
encomiende. Artículo 19.- Corresponde al Secretario del Consejo Directivo:
I. Representar al Consejo Directivo, previo acuerdo de éste, en cualquier foro o acto en que se requiera;
II. Levantar las actas de las sesiones celebradas por el Consejo Directivo;
III. Formular, en coordinación con el Presidente del Consejo Directivo, las
órdenes del día para convocar a las sesiones;
IV. Suplir las ausencias eventuales del Presidente del Consejo Directivo en las sesiones de éste convocadas conforme a este Reglamento;
V. Apoyar en sus funciones al Presidente del Consejo Directivo;
VI. Resguardar el archivo del Consejo Directivo y del Patronato;
VII. Elaborar el calendario de reuniones mensuales del Consejo Directivo;
VIII. Establecer mecanismos eficientes de comunicación a fin de dar a
conocer oportunamente a los miembros del Consejo Directivo, la información generada dentro del mismo; y,
IX. Las demás que le señale este ordenamiento o que el Consejo Directivo le
encomiende. Artículo 20.- Son atribuciones del Tesorero del Consejo Directivo:
I. Administrar el patrimonio del Patronato; II. Vigilar que el ejercicio del presupuesto se realice conforme a los montos
y partidas autorizadas;
III. Proponer ante el Consejo Directivo las medidas que considere convenientes para el mejor cumplimiento de los fines del Patronato;
IV. Elaborar y someter a la aprobación del Consejo, el anteproyecto del
presupuesto de egresos, pronostico de ingresos y estados financieros del patronato;
V. Llevar la contabilidad del patronato; y,
43 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
VI. Las demás que le señale este ordenamiento o que el Consejo Directivo le encomiende.
Artículo 21.- Son atribuciones de los vocales del Consejo Directivo:
I. Representar al Consejo Directivo, previo acuerdo de éste, en cualquier foro o acto en que se requiera;
II. Desempeñar las comisiones que les sean encomendadas por el Consejo
Directivo;
III. Proponer al pleno del Consejo Directivo, los lineamientos y acuerdos que se consideren pertinentes para el mejor cumplimiento de las atribuciones del Patronato y del citado Órgano de Gobierno; y,
IV. Las demás que les sean encomendadas por el Consejo Directivo.
Artículo 22.- El Consejo Directivo se reunirá en los días, horas y lugares que se establezcan en el calendario respectivo, no siendo obstáculo que en forma extraordinaria se pueda reunir en cualquier tiempo cuando haya asuntos urgentes que tratar. Artículo 23.- Para que el Consejo Directivo se encuentre legalmente reunido se requerirá la asistencia de la mitad más uno de sus miembros; y sus decisiones serán tomadas por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Artículo 24.- En caso de no reunirse el quórum necesario para llevar a cabo la sesión ordinaria, se emitirá una segunda convocatoria para llevar a cabo dicha sesión dentro de los dos días hábiles siguientes, sesionando el Consejo Directivo con los miembros que asistan. Artículo 25.- La falta injustificada de cualquiera de los integrantes del Consejo Directivo por más de tres sesiones ordinarias en forma continua, o de seis sesiones de manera discontinua aún en forma justificada dentro de un año calendario, tendrá el carácter de abandono definitivo del cargo. Para tal efecto, en la sesión ordinaria del Consejo Directivo inmediata posterior a que se actualice este supuesto, se deberá hacer constar el cómputo respectivo por el Presidente, mismo que se le notificará al integrante en cuestión, llamando en forma inmediata el Consejo Directivo al Consejero Suplente para su integración al citado Órgano de Gobierno. Artículo 26.- Corresponde al Ayuntamiento resolver sobre la renuncia de los integrantes del Consejo Directivo y del Técnico, así como acordar la revocación o remoción de su designación, en caso de que el Consejo Directivo o el Técnico, según corresponda, le aporte los elementos de convicción suficientes para acreditar el incumplimiento de alguna o algunas de las obligaciones a que se refiere el presente ordenamiento legal.
SECCIÓN TERCERA DE LA DIRECCIÓN GENERAL
Artículo 27.- Para la administración del Patronato, el Consejo Directivo nombrará un Director General, a propuesta del Presidente del mismo, notificando dicho nombramiento al Ayuntamiento.
44 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
El Director General realizará sus funciones conforme a este ordenamiento y a los acuerdos del propio Consejo Directivo, devengando el sueldo que señale su presupuesto anual de egresos. Artículo 28.- El Director General tendrá las atribuciones siguientes:
I. Ejecutar las determinaciones del Consejo Directivo; II. Coadyuvar con el Presidente a la formulación del proyecto de las
acciones a realizar para la preservación, conservación, protección, restauración y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
III. Dirigir y controlar la ejecución de los planes y programas de trabajo, y en
su caso, proponer las medidas correctivas que procedan;
IV. Revisar, en coordinación con el Presidente y el Tesorero del Consejo Directivo, el proyecto anual de Pronóstico de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Patronato, presentándolo al Consejo Directivo para su aprobación;
V. Coordinarse con dependencias y entidades públicas y privadas para el
seguimiento de los planes, programas y proyectos del Patronato;
VI. Organizar, coordinar y supervisar las actividades administrativas, financieras, técnicas y operativas del Patronato;
VII. Someter, en conjunto con el tesorero del Patronato, a consideración del
Consejo Directivo, las medidas que tiendan a incrementar los recursos económicos del Patronato, así como los proyectos de fuentes alternas de financiamiento; y,
VIII. Las demás que le señale este ordenamiento o que el Consejo Directivo le
encomiende.
SECCIÓN CUARTA DEL CONSEJO TÉCNICO
INTEGRACIÓN, ATRIBUCIONES Y FUNCIONAMIENTO Artículo 29.- Para un mejor funcionamiento, proyección y elaboración de propuestas para la preservación, conservación, protección, restauración y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico, el Patronato contará con un Consejo Técnico. Artículo 30.- El Consejo Técnico es un órgano de consulta y opinión, así como de coordinación de acciones interinstitucionales, para el análisis de los diagnósticos, aportación de estrategias, evaluación de propuestas, instrumentos, acciones y gestiones necesarias para la preservación, conservación, protección, restauración y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio; generando las condiciones para el fortalecimiento, identificación y catalogación del patrimonio del Municipio. Artículo 31.- El Consejo Técnico se integrará de la manera siguiente:
I. Un representante del Centro INAH Guanajuato; II. Un representante de la Secretaría de Desarrollo Sustentable;
III. Un representante de la Secretaría de Obra Pública;
45 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
IV. Un representante del Instituto Municipal de Planeación;
V. Un representante del Instituto Cultural de León;
VI. Tres representantes de instituciones de educación superior vinculadas con el objeto del Patronato; y,
VII. Dos personas físicas reconocidas por sus actividades y
experiencia en las materias de arquitectura, arqueología, escultura, historia, pintura y antropología en el Municipio.
El Ayuntamiento podrá acordar la integración de otros miembros, cuando a su juicio sea necesario para el mejor desempeño de las atribuciones del Patronato y del propio Consejo Técnico. Artículo 32.- En la misma sesión en que se nombre a los integrantes del Consejo Directivo, el Ayuntamiento designará a los integrantes titulares y suplentes del Consejo Técnico, a propuesta del Presidente Municipal. Para los efectos anteriores, con la debida anticipación, el Presidente Municipal solicitará a los organismos públicos y privados señalados en el artículo 31 que propongan a su respectivo representante, precisando cuales serán titulares y cuales suplentes. Artículo 33.- Los cargos de los miembros del Consejo Técnico serán honoríficos, por lo que sus integrantes no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna por el desempeño de sus funciones. Artículo 34.- Los integrantes del Consejo Técnico, durarán en su encargo tres años, y a fin de dar continuidad a los planes, programas y proyectos del mismo, podrán ser ratificados hasta el cincuenta por ciento de sus miembros, por una sola vez, para otro período igual. Artículo 35.- Todos los integrantes del Consejo Técnico tendrán voz y voto. Artículo 36.- El Consejo Técnico tendrá las siguientes atribuciones:
I. Emitir opinión sobre las propuestas, estudios y análisis técnicos que se formulen al Patronato, con relación a la preservación, conservación, protección, rescate y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
II. Emitir su opinión técnica aportando estrategias para la preservación,
conservación, protección, rescate y recuperación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio;
III. Proponer al pleno del Consejo Directivo, la implementación de acciones
que se consideren pertinentes para el mejor cumplimiento de las atribuciones del Patronato y del propio Consejo Directivo; y,
IV. Generar las condiciones necesarias para el fortalecimiento, identificación
y catalogación del patrimonio artístico, arquitectónico, arqueológico, escultórico, histórico, pictórico y antropológico del Municipio.
Artículo 37.- En su sesión de instalación, el Consejo Directivo nombrará un Coordinador que dirigirá las actividades del Consejo Técnico, el cual se designará de entre los integrantes de este último.
46 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Artículo 38.- El Coordinador del Consejo Técnico tendrá como atribuciones principales la coordinación de las acciones y actividades que realice dicho Consejo, informando al Consejo Directivo del resultado de las mismas, así como realizar cualquiera otra actividad necesaria para el cumplimiento de las actividades propias del Consejo Técnico.
Artículo 39.- Los demás miembros del Consejo Técnico, desempeñarán las comisiones que le sean encomendadas por el Consejo Técnico; Artículo 40.- Para el funcionamiento del Consejo Técnico, se aplicarán en lo conducente las normas previstas por el presente Reglamento para el Consejo Directivo.
CAPÍTULO IV DEL PATRIMONIO
Artículo 41.- El patrimonio del Patronato estará conformado por:
I. Las cantidades de dinero que pueda recibir de parte de los Gobiernos Federal, Estatal, Municipal y de Organizaciones u Organismos nacionales o internacionales;
II. Las donaciones de organismos públicos o privados;
III. Las aportaciones y donaciones provenientes de actividades
promocionales o publicitarias;
IV. Los rendimientos de sus inversiones;
V. Todo tipo de bienes y derechos que se incorporen o reciban como producto de la realización de sus fines;
VI. Las cantidades que reciba por concepto de títulos de crédito;
VII. Los bienes muebles e inmuebles, derechos, recursos, aprovechamientos,
productos, recursos y aportaciones que se le asignen o esté facultado a recibir para la consecución de sus fines; y,
VIII. Subsidios y aportaciones del ayuntamiento;
Artículo 42.- Todos los bienes que conformen el patrimonio del Patronato serán destinados exclusivamente a los fines para los cuales fue constituido. Artículo 43.- Los bienes del Patronato son inembargables, imprescriptibles e inalienables. Para enajenar, gravar o ejercer cualquier acto de dominio sobre los bienes del Patronato, el Consejo Directivo deberá observar las disposiciones que al respecto establece la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y obtener la autorización del Ayuntamiento.
CAPÍTULO V DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES
Artículo 44.- Para la adquisición, enajenación, arrendamiento y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, el Patronato contará con un Comité de Adquisiciones, el que estará integrado por:
47 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
I. Un Presidente, cargo que ocupará el Tesorero del Consejo Directivo; II. Un Secretario Ejecutivo, cargo que ocupará el Director General del
Patronato;
III. Tres vocales: a) Dos vocales designados por el Consejo Directivo. b) Un Vocal quien será un representante de la Contraloría Interna del
Patronato. Artículo 45.- El Comité de Adquisiciones tomará sus acuerdos por mayoría de votos, teniendo el Presidente del Comité, para el caso de empate, voto de calidad. De cada reunión se levantará un acta o minuta, la cual deberá constar por escrito y con la firma autógrafa o electrónica de todos los que en ella intervengan. Artículo 46.- El Comité de Adquisiciones, tendrá las siguientes atribuciones:
I. Realizar los concursos para la adquisición, enajenación, arrendamiento o contratación de servicios, conforme a los Ordenamientos Legales de la materia;
II. Analizar y discutir las propuestas de rescisión o terminación de contratos
celebrados con proveedores o prestadores de servicios, cuando hayan incurrido en una causa de terminación prevista en el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles para el Municipio de León, Guanajuato;
III. Analizar y dictaminar la procedencia o improcedencia del pago de
indemnizaciones a proveedores o prestadores de servicios en el caso de que se dé algún supuesto de la fracción que antecede;
IV. Publicar en los términos de los Ordenamientos Legales de la materia las
convocatorias de licitaciones públicas; y,
V. Las demás previstas en las Leyes, Reglamentos y las que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 47.- En todo lo no previsto en la presente sección, se aplicará el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles para el Municipio de León, Guanajuato, y demás ordenamientos de la materia.
CAPITULO VI
DEL ORGANO DE CONTROL Articulo 48.- Para la evaluación y control de sus funciones, el Patronato contará con una contraloría interna o en su defecto, estas acciones se realizarán por la Contraloría Municipal. Con independencia de lo anterior, el Consejo Directivo podrá solicitar u ordenar la práctica de auditorías externas cuando lo solicite la mayoría de sus integrantes.
CAPÍTULO VII
DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN Artículo 49.- Los actos y resoluciones administrativas dictadas por el Patronato, podrán ser impugnados en los términos del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.
48 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. SEGUNDO.- El Ayuntamiento dentro de los sesenta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento, realizará la designación del Consejo Directivo y del Consejo Técnico. TERCERO.- Los integrantes designados por el Ayuntamiento para conformar el Consejo Directivo y el Consejo Técnico, permanecerán en su encargo hasta el final de la presente administración municipal 2006-2009, y por única ocasión, permanecerán en su cargo hasta el término de la administración municipal 2009-2012. CUARTO.- El Consejo Directivo del Patronato, contará con un término de ocho meses, contados a partir de la fecha en que entre en vigor el presente ordenamiento, para expedir el Reglamento Interior del Patronato de la Ciudad Histórica de León, Guanajuato. QUINTO.- Se derogan todas las disposiciones y acuerdos que se opongan al presente Reglamento. SEGUNDO.- Se autoriza a la Secretaría del H. Ayuntamiento para que
realice las correcciones de redacción y estilo, previamente a remitir las
publicaciones correspondientes al Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Guanajuato. TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, y en la Gaceta del H.
Ayuntamiento de León, para los efectos del artículo 205 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En uso de la voz el
C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, refiere que por un lado es una
excelente idea crear una paramunicipal con este objeto y le gustaría
hacer una sugerencia de carácter técnico, ya que por una parte hablan
de la constitución de un organismo público descentralizado, pero
técnicamente dentro del desarrollo de todo el Reglamento se refiere a
un patronato; por lo cual para efecto de no confundir esa figura jurídica
que es otra forma de constituir la parte descentralizada de la
Administración Pública, sugiere que en el desarrollo del Reglamento
se refiera al organismo que se está constituyendo en lugar de
patronato, dado que es en la realidad un organismo descentralizado el
que están creando; por lo anterior, propone que salvo que se tengan
que plantear mediante muchas reservas, se pueda considerar en uno
de los puntos de acuerdo, para que se tome como parte de la
redacción y estilo a fin de corregir que se está hablando no de un
49 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
patronato sino de un organismo público descentralizado. En uso de la
voz el C. Secretario, señala que se acepta la propuesta del Reg. Lic.
Aarón Soto a efecto de considerarla en la redacción y estilo de todo el
documento. En uso de la voz el C. Sínd. L.A.E. Juan Eusebio Olague
Riva Palacio, refiere que sobre este tema el día de ayer realizó nueve
comentarios al Reglamento, con 24 horas de anticipación, por lo que
agradece las hayan tomado en cuenta. En intervención la C. Regra.
Lic. María Teresa Palomino Ramos, comenta que difiere dado que le
parece que queda claro al establecerse en el artículo 1º del
Reglamento, la denominación del organismo. En ese sentido, el C.
Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, refiere que la Ley Orgánica establece
cuales son los pasos a seguir, pues primero se debe determinar el
nombre, que para el caso concreto es adecuado al definirlo como
Patronato de la Ciudad Histórica, sin embargo, puede haber confusión,
pues si se remiten a dicha Ley, se menciona quienes integran la
Administración Pública Paramunicipal, refriéndose a los organismos
descentralizados, empresas de participación municipal, fideicomisos
públicos municipales, comisiones, patronatos y comités; pero la
constitución de un patronato y un organismo descentralizado son
totalmente distintos y hace esa precisión para que no haya
confusiones en la figura a la que se refiere, pues se trata de una
cuestión de carácter técnico en cuanto a la redacción. En uso de la
voz el C. Presidente manifiesta que ya está aclarado en el artículo 1º
pero para dar mayor claridad si es conveniente la propuesta. Al
respecto el C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, manifiesta
que él si considera que jurídicamente se tendría que hacer esta
corrección para evitar confusiones, pero cuestiona si las
modificaciones que se proponen son sólo de carácter semántico o
también lo son de fondo. A lo que él C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez,
contesta que no, pues por eso dijo que se mandara a redacción y
estilo para no meterse a reservas, corrigiendo en donde se hablara de
patronato por organismo descentralizado. Al respecto, el C. Reg. Lic.
Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, comenta que él lo pregunta porque
le ve una salida clara a la redacción y estilo pero no se vaya a caer en
el error de que usando este método se modifique el fondo, por eso
50 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
quería puntualizarlo. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Fernando Ávila
González, comenta que no observó que en el texto del dictamen
viniera el punto que viene generalmente en los dictámenes donde se
faculta a la Secretaría para la corrección de estilo y si viene en ese
sentido, en uso de esa atribución propone aprobarlo como está el
dictamen con la observación que realizó el C. Reg. Lic. Aarón Soto
Martínez. Acto seguido, el C. Presidente somete a consideración en lo
general el Reglamento del Patronato Histórico de la Ciudad de León,
Guanajuato; el cual es aprobado por unanimidad mediante votación
nominal; posteriormente el C. Presidente, lo somete a votación en lo
particular, en el entendido de que los artículos que no sean reservados
se tendrán por aprobados en lo particular, desprendiéndose la reserva
del C. Reg. Lic. Fernando Ávila González, misma que versa sobre el
artículo 6º Fracción I, pues en dicho artículo se establece que el
Patronato, tendrá por objeto realizar, gestionar y fomentar tareas de
preservación, conservación, protección, restauración y recuperación
de bienes muebles e inmuebles, artísticos, arquitectónicos,
arqueológicos, escultóricos, históricos, pictóricos y antropológicos del
municipio; y su reserva consiste en agregarle un objeto más, que es el
catalogar estos bienes, ya que habla de realizar gestiones y fomentar
tareas de preservación y si se revisa el resto de las fracciones, se
habla incluso de elaborar estudios y monografías de los monumentos,
pero no dice que la primera tarea que tiene que tener en esta materia
sea catalogar. Al respecto el C. Secretario, manifiesta que se puede
incluir, pero señala que gran parte de estas funciones le corresponden
al INAH, pero se puede coadyuvar si así se considera. A lo que el C.
Reg. Lic. Fernando Ávila González, señala que se refiere a inmuebles
que están considerados como históricos por el Archivo Histórico y que
no están en el catálogo de INAH, por lo que pueden existir
divergencias, por lo tanto, propone se amplié el objeto para que
también pueda catalogar esos inmuebles. Acto seguido el C.
Presidente somete a consideración la propuesta presentada por el C.
Reg. Lic. Fernando Ávila González, la cual es aprobada por
unanimidad.
51 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
En el punto IX del Orden del Día, en uso de la voz la C. Sínd. Profra.
Leticia Villegas Nava, da lectura a un dictamen de las Comisiones
unidas de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública y de Gobierno y
Régimen Interior (se agrega al apéndice del acta), que contiene la
siguiente propuesta: PRIMERO.- Se reforma el artículo 19 fracción VII
inciso a) de las Disposiciones Administrativas de Recaudación para el
Municipio de León, Guanajuato para el Ejercicio Fiscal del año 2009,
para quedar como sigue:
Artículo 19.- Por la autorización……… A) Por el uso de……….. I. a VI………………… VII.- En el Mercado San Juan Bosco: a) Local de 12 a 16.5 m2 $2.00 por día.
VIII a XXIII………….
B) Por la Autorización…………
C) Por la expedición…………. SEGUNDO.- Se autoriza a la Secretaria del H. Ayuntamiento para que
realice las correcciones de redacción y estilo previamente a remitirse
para su publicación al Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato. Acto seguido, en virtud de que la modificación trata de un
sólo artículo, el C. Presidente somete a consideración sólo en lo
general la reforma al Artículo 19 Fracción VII inciso a) de las
Disposiciones Administrativas de Recaudación para el Municipio de
León, Guanajuato para el Ejercicio Fiscal del año 2009, la cual es
aprobada por unanimidad mediante votación nominal.
En el punto X del Orden del Día, a solicitud del C. Presidente, el C.
Secretario comenta que a todos los integrantes del Ayuntamiento se
les envió para su análisis, una copia de la Iniciativa de Ley para
Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato,
misma que turnó a este Ayuntamiento, el H. Congreso del Estado, a
52 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
efecto de que en los términos del Artículo 56 de la Constitución
Política para el Estado de Guanajuato, el Ayuntamiento proceda a
emitir su opinión respecto a dicha Iniciativa, por lo que solicita a la
Comisión de Desarrollo Humano y Social, dé lectura al dictamen
respectivo. En uso de la voz la C. Regra. Lic. Hortensia de la
Concepción Orozco Tejada, da lectura al dictamen (se agrega al
apéndice del acta), que contiene la siguiente propuesta: ÚNICO.- Para
efectos del último párrafo del artículo 56 de la Constitución Política
para el Estado de Guanajuato, envíese la respuesta correspondiente
al oficio circular número 148, suscrito por los CC. Salvador Márquez
Lozornio y Rosario del Carmen de la Vega Mayagoitia, con relación a
la iniciativa de Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en
el Estado de Guanajuato, formulada por el Gobernador del Estado,
manifestando las observaciones y aportaciones técnico jurídicas que
se señalan en el documento anexo, el cual forma parte integral del
presente acuerdo, mismas que contribuirán a enriquecer el contenido
de la iniciativa de referencia y que a continuación se insertan:
COMENTARIOS CÓDIGO CIVIL: Artículo 145. Para contraer matrimonio, es necesario que ambos contrayentes hayan cumplido dieciocho años. El Juez de Partido de lo Civil del domicilio del menor que no llegare a la edad que señala el párrafo anterior y que tenga dieciséis o más años cumplidos, podrá conceder dispensa de edad, por causas justificadas. Requerirá además del consentimiento de quien o quienes ostenten la patria potestad. Comentario.- Respecto a la edad consideramos que es necesario a la par emprender políticas públicas, enfocadas a preparar integralmente a los jóvenes que buscan formar una familia y con ello fortalecer las bases de una familia sólida. Además, en la última parte del párrafo debe incluirse no solamente a quienes ostenten la patria potestad, sino también contemplarse los casos en los que exista la figura jurídica de la tutela. Artículo 150. Quien ostente la patria potestad y haya dado su consentimiento firmando la solicitud respectiva y ratificándola ante el Oficial del Registro Civil, no puede revocarlo después, a menos que haya justa causa para ello. Comentario.- No se establecen ni las causas justificadas, ni la causa justa, dejándolo a criterio del juez, lo cual consideramos se debe de especificar. Artículo 323. Son causas de divorcio: I. a XI.… XII. La negativa injustificada de los cónyuges de darse alimentos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 161. También la negativa injustificada de los cónyuges a cumplir con las obligaciones alimentarias hacia sus hijos. Comentario.- Resulta inadecuada la redacción de la fracción XII del artículo en mención, dado que podría interpretarse que es necesario que ambos cónyuges dejen de ministrarse
53 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
alimentos recíprocamente o ambos a los hijos a fin de que se cumpla el supuesto enmarcado. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES: Artículo 402. La medida… Si la medida se refiere a alimentos provisionales bastará con que el acreedor alimentista acredite con documental idónea su derecho a recibir alimentos, manifestando además, bajo protesta de decir verdad, si el deudor alimentista desempeña algún trabajo remunerado, asalariadamente en alguna empresa pública o privada, o cuenta con negocio propio. El Juez despachará sin más tramite la medida precautoria, fijando en la resolución que la ordene la cantidad que periódicamente deba ministrarse y ordenará que se otorgue la correspondiente garantía de que se ministrarán, y, en caso de no otorgarse, que se embarguen bienes suficientes para garantizarlos. Cuando la persona trabaje por su cuenta o tenga un negocio propio, la cantidad se fijará tomando como base el salario mínimo. Comentario.- Resulta injusto se tome en cuenta el salario mínimo como base para fijar las medidas precautorias, a personas que trabajan por su cuenta o tengan negocio propio. Sería importante basarse en un estudio previo para establecerlo, en el que la determinación sea el resultado de una investigación de la situación económica, de las propiedades y el modus vivendi del acreedor alimentario. Resulta positiva la propuesta en cuanto a la medida precautoria, sin embargo el parámetro que el juzgador consideraría para fijar el monto a los alimentos provisionales, por ser un elemento esencial del proceso judicial ordinario de alimentos, es la posibilidad y la necesidad que las partes acrediten su situación económica lo cual permite al juzgador conocer las condiciones y determinar la cuantía para los alimentos definitivos. CÓDIGO PENAL: Artículo 151. Si el sujeto pasivo fuere ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, colateral hasta el cuarto grado, pariente por afinidad con conocimiento de esa relación, cónyuge, concubinario o concubina, haya tenido una relación de matrimonio o concubinato, adoptante o adoptado, o estuviere bajo la guarda del autor de las lesiones, y éstas fueren causadas dolosamente, se aumentará de un mes a tres años de prisión a la sanción que correspondería con arreglo a los artículos precedentes. Artículo 176. A quien intimide a otro con causarle daño en su persona o sus bienes jurídicos o en los de un tercero con quien se encuentre ligado por vínculos familiares, matrimonio, concubinato o estrecha amistad, se le aplicará de un mes a dos años de prisión y de veinte a cien días multa. Comentario.- En la propuesta de estos dos artículos se excluyen a las relaciones de pareja que no sean el matrimonio o el concubinato, no teniendo en cuenta que en la realidad social de nuestro estado, existen relaciones análogas a esta, dejando desprotegida a una parte significativa de nuestra sociedad, como lo es la unión libre entre dos personas solteras, que no han cumplido el término legal para considerarse concubinos. COMENTARIOS A LA LEY: Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social, y tiene por objeto establecer: I.-Las bases para la prevención, atención y erradicación de la violencia, que no incurran en el ámbito penal, en el Estado de Guanajuato. Comentario.- Consideramos que debería de precisarse cuales son los casos o que condiciones deberán reunirse para pueda considerarse violencia, en los supuestos de que la conducta por si misma no se encuentre debidamente tipificada por el Código Penal del Estado. Artículo 2. Esta Ley será aplicable para los casos de violencia cometida contra los niños y las niñas, los jóvenes, las mujeres, los adultos mayores, los discapacitados y cualquier persona que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales requieran de servicios especializados para su atención y protección.
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Comentario.- Si bien es cierto que en la exposición de motivos de la precitada iniciativa de ley, se refiere que de acuerdo a las cifras de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2006 ENDIREH, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer UNIFEM y la Dirección General Estadística, nuestro estado ocupa el lugar número veintinueve en violencia contra las mujeres, considerando los diferentes ámbitos en que suelen ocurrir estos penosos hechos: la familia, la escuela, el trabajo y la comunidad; es de resaltar que los hombres en general también pueden ser objeto de violencia, por lo que se considera que no deben ser excluidos del texto establecido en el numeral invocado, considerando para lo anterior la igualdad que se reconoce en el Territorio Mexicano entre mujeres y hombres. (SSP, DGAFE) Señala el artículo 1 que el objeto de la Ley es establecer las bases para la prevención, atención y erradicación de la violencia; sin embargo el artículo 2 al señalar a los sujetos de protección refiere solamente que la Ley será aplicable en los casos de violencia cometida contra…, es decir que de los tres fines señalados en el artículo 1, menciona sólo la atención y excluye la prevención y erradicación. También consideramos que en este artículo se debería citar que la Ley tiene una función de asistencia social, lo anterior en virtud de que se atendería un sector de la población que se encuentra desprotegido. Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: VIII.- Refugio: Los albergues o establecimientos constituidos para la atención y protección de las personas receptoras de violencia, y sus menores hijos cuando los hubiere. Comentario.- Consideramos importante que en los refugios además de brindar protección a los menores hijos de las personas victimas de violencia, también brinden atención a las personas discapacitadas o adultas mayores que estuvieren bajo su cuidado. Artículo 12. Las órdenes de protección son actos de auxilio y de urgente aplicación en función del interés superior de las personas receptoras de violencia y son fundamentalmente precautorias y cautelares. Comentario.- Consideramos importante crear un mecanismo de seguimiento y evaluación a las medidas referidas, lo anterior a efecto de garantizar en todo momento la integridad tanto física como mental de las personas que son receptoras de violencia. Artículo 13 último párrafo.- Las órdenes de protección tendrán una temporalidad no mayor de 72 horas y deberán expedirse dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan. Comentario.- Existe la inquietud por conocer los motivos y fundamentos del por qué el legislador refirió como temporalidad para las órdenes de protección un tiempo no mayor de 72 horas, siendo que en cada caso concreto, el Ministerio Público pudiera determinar si la orden de protección se otorga por una temporalidad mayor, siendo entonces que dicho tiempo debe de ser resultado del análisis de cada caso en particular. Artículo 14. El Ministerio Público es autoridad competente para expedir órdenes de protección de emergencia y preventivas. Los cuerpos policíacos estarán obligados a auxiliar para el cumplimiento de éstas. Comentario.- Se debe de establecer las atribuciones y obligaciones que tendrán los cuerpos policíacos en el cumplimiento de las mencionadas órdenes de protección, en razón a que se traducen en un acto de molestia. Así mismo, conviene señalar que toda vez que la Policía Ministerial se encuentra bajo el mando y autoridad del Ministerio Público, en consecuencia debe de ser la primera autoridad auxiliar en el cumplimiento de las órdenes de protección arriba indicadas, considerando de igual manera para lo anterior las funciones por ella realizadas; y en segundo término podrá auxiliarse de los demás cuerpos policíacos en razón a la función por ellos desempeñada.
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Consideramos de suma importancia que al expedir el reglamento correspondiente, se establezca el proceso para decretar una orden de protección y además especificar quien puede solicitarlas. Artículo 23. Las acciones de acceso a la justicia de las mujeres comprenden entre otras las consistentes en: I.- Dictar de manera pronta y eficaz las órdenes de protección y medidas precautorias para las mujeres que sufren de violencia o se encuentren en riesgo de sufrirla, con objeto de salvaguardar su integridad, tomando en cuenta el riesgo o peligro existente, los antecedentes violentos de la persona generadora de violencia, la seguridad de la mujer y demás elementos con que se cuente; II.- Actuar de una manera eficiente, eficaz, oportuna y responsable para orientar, acompañar y representar a las mujeres que sufran o hayan sufrido violencia en los procedimientos en que participen; y III.- Participar en la instrumentación de políticas públicas que tiendan a erradicar la violencia contra las mujeres y disminuir sus efectos. Comentario.- Consideramos, que queda muy relativo quien realizará las acciones de acceso a la justicia, ya que las enumeradas en este artículo son de muy diversa índole y por otra parte es difícil y delicado prever que realmente la persona va a estar en riesgo de violencia y el grado de la misma.
Artículo 24. La representación legal que se proporcione a las mujeres, consistirá en el patrocinio y asesoría legal. Comentario.- Respecto al citado artículo, para mayor precisión y toda vez que en la estructura de la Ley no vuelve a mencionarse sino hasta los artículos 61 y 63 lo referente a la representación a favor de las personas receptoras de violencia, se considera conveniente señalar específicamente quien representará y como será esa representación (la cual recae en el titular del CEMAIV). Artículo 27. El Sistema Estatal contará con un órgano de dirección denominado Consejo Estatal encargado de coordinar las acciones del Sistema Estatal y estará integrado por los siguientes titulares: XIII.- De los Ayuntamientos.
Comentario.- Se considera necesario adecuar la redacción ya que al ser el Ayuntamiento el órgano colegiado de gobierno, no tiene un titular. Por otra parte, consideramos importante integrar al Sistema Estatal a la Procuraduría de los Derechos Humanos por ser un organismo al que le competerían algunos asuntos. Artículo 28. El Consejo Estatal tendrá las siguientes facultades: I.-Proponer, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, el Programa Estatal para su aprobación;
Comentario.- En relación con el artículo 27 fracción I y 31, se considera que el Poder Ejecutivo que presidirá el Consejo Estatal en relación con la facultad de proponer al Ejecutivo del Estado el programa estatal, quien a su vez deberá aprobar el programa propuesto; convierte al Gobernador en juez y parte. Artículo 29.- Último párrafo; Ninguna de las facultades que se establecen en la Ley las que estén realizando los integrantes del Consejo Estatal, dentro de su respectivo ámbito de competencia Comentario.- No es comprensible la redacción, consideramos que después de la palabra Ley omitieron una frase, dejando incompleto el artículo. Artículo 35. El Titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato tendrá las siguientes facultades: IV.- Expedir y ejecutar las órdenes de protección y emergentes que sean procedentes conforme a las disposiciones aplicables y garantizar la integridad física de quienes denuncian. Comentario.- En el artículo 14 se establece que el Ministerio Público es autoridad competente para expedir órdenes de protección de emergencia y preventivas. Por lo tanto consideraros necesario aclarar si las dos autoridades tienen esta facultad.
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Consideramos importante que también se le otorgue al Ministerio Público la facultad de remitir la averiguación previa a los CEMAIV para su atención integral en aquellos casos que tengan elementos de violencia y que no constituyan un delito. Artículo 43. Corresponden a los Ayuntamientos las siguientes atribuciones:
II.- Supervisar que la atención proporcionada en las instituciones públicas o privadas de los municipios cumpla las disposiciones normativas en la materia Comentario.- Consideramos que es una atribución que sería difícil llevar a cabo por no contar con la infraestructura necesaria para ello, y su implementación seria a mediano plazo, por no encontrarse definido. Artículo 43 Corresponden a los Ayuntamientos las siguientes atribuciones: VI.- Auxiliar a través de la dependencia encargada de la prestación del servicio de seguridad pública, al personal del CEMAIV en el cumplimiento de sus funciones y en los términos que establezcan los ordenamientos jurídicos estatales aplicables. Comentario.- Esta atribución es muy ambigua, ya que las atribuciones de los CEMAIV señaladas en el artículo 60 son muy variadas y las funciones propias de seguridad pública pudieran no ser compatibles en algunas de ellas; consideramos que debe precisarse en que casos debe actuar la seguridad pública municipal. Artículo 45. Todos los integrantes del Consejo Estatal tendrán derecho a voz y voto, a excepción del integrante señalado en la fracción VIII del artículo 28 de la Ley. En caso de empate el presidente tendrá voto de calidad. Comentario.- Existe un error en el artículo citado, el correcto es el artículo 27. Artículo 54. Los sistemas municipales para el Desarrollo Integral de la Familia, a través de los CEMAIV serán los encargados de la atención de la violencia, en los términos de la Ley. Comentario.- Consideramos que es importante que el Gobierno Estatal brinde mas apoyo a los DIF, de manera que cuenten con los recursos materiales y humanos necesarios para poder auxiliar eficientemente a los CEMAIV. A continuación, el C. Presidente somete a consideración el dictamen
anterior, mismo que es aprobado por unanimidad.
En el punto XI del Orden del Día, relativo a Informe de Comisiones.
Una vez que el C. Sínd. L.A.E. Juan Eusebio Olague Riva Palacio,
da lectura a un dictamen de la Comisión de Gobierno y Régimen
Interior (se agrega al apéndice del acta), por unanimidad mediante
votación nominal se toma el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Se
Autoriza la celebración del Convenio de Coordinación con la Comisión
Nacional del Agua para administrar, custodiar y conservar la zona
federal adyacente a las corrientes, lagos y lagunas de propiedad
nacional que se encuentran ubicadas en nuestro Municipio, en los
términos del documento que se anexa y que forma parte integral del
presente acuerdo. SEGUNDO.- Se aprueban todos los actos jurídicos
y administrativos que resulten necesarios para la ejecución del
presente acuerdo. Autorización que se otorga en los términos y
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condiciones del dictamen respectivo. Así mismo, el C. Sínd. L.A.E.
Juan Eusebio Olague Riva Palacio, da lectura a otro dictamen de la
Comisión de Gobierno y Régimen Interior (se agrega al apéndice del
acta), por unanimidad se toma el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Se
Autoriza la celebración del Convenio de Colaboración con el Instituto
Federal de Acceso a la Información Pública, y los sujetos obligados
por la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, a efecto de establecer las bases de
coordinación que permitan el desarrollo y la expansión del derecho de
acceso a la información en nuestro Estado, instaurando mecanismos
operativos para que el citado Instituto otorgue el sistema electrónico
denominado “SISTEMA INFOMEX” de solicitudes de acceso a la
información pública, sus respuestas, así como la presentación y
resolución en su caso, de los recursos de inconformidad; en los
términos del documento que se anexa y que forma parte integral del
presente acuerdo. SEGUNDO.- Se Autoriza la celebración de todos
aquellos actos jurídicos y administrativos que resulten necesarios para
el cumplimiento de este acuerdo. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo. Después de que el C.
Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, da lectura a unos
dictámenes de la Comisión de Desarrollo Urbano (se agregan al
apéndice del acta), por unanimidad se toman los siguientes acuerdos:
1.- PRIMERO.- Se otorga el Permiso de Venta para las 41 viviendas
que integran el Condominio Habitacional denominado “TODOS LOS
SANTOS”, a favor de la C. Susana Guadalupe Del Toro Gómez, las
cuales se detallan en el ANEXO UNO, el cual forma parte integral del
presente Acuerdo y que a continuación se insertan: Viviendas de la 1 a
la 24 para uso habitacional unifamiliar; perteneciente a la manzana 1. Viviendas de la 1 a la 14 para uso habitacional unifamiliar; perteneciente a la manzana 2. Viviendas de la 1 a la 3 para uso habitacional unifamiliar; perteneciente a la manzana 3. El
condominio de referencia contiene las superficies totales, vendibles y
de vialidad que se detallan en el ANEXO DOS que forma parte integral
del presente Acuerdo y que a continuación se insertan: Superficie total
según escritura 6,900.00 M2. Superficie total según levantamiento
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Topográfico 6,831.99 M2. Superficie total a desarrollar 6,374.19 M2.
Superficie afectación Arroyo 457.80 M2. Superficie afectación Blvd. R.
Corrales Ayala 443.09 M2. Superficie que ocupa las unidades de
vivienda 3,061.98 M2. Superficie áreas de uso común 784.97 M2.
Superficie de vialidades internas 2,084.15 M2. Área verde requerida
por vivienda 586.30 M2. Total de viviendas 41. SEGUNDO.- Las áreas
y viviendas antes descritas se destinarán única y exclusivamente para
el uso que fueron autorizadas, así mismo en todos los instrumentos
notariales de transmisión de dominio de la propiedad, se deberá incluir
una cláusula que prohíba la subdivisión de las mismas en otras de
dimensiones menores. TERCERO.- El desarrollador queda sujeto a
cumplir con las obligaciones contenidas en el ANEXO TRES que
forma parte integral del presente Acuerdo y que a continuación se
insertan: 1.- Cumplir con las obligaciones consignadas en la Licencia
de Urbanización. 2.- Realizar y concluir las obras de urbanización
faltantes, con las especificaciones señaladas por los órganos
operadores, y con apego al calendario y avances planteados en su
programa de ejecución o programa de obra presentado. 3.- Llevar a
cabo las reparaciones de los vicios ocultos y/o desperfectos que
presenten las obras de urbanización, de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 51 de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de
Guanajuato y sus Municipios. CUARTO.- Publíquese el presente
otorgamiento por dos veces, en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Guanajuato y en el diario de mayor circulación del Municipio
de León, Guanajuato con un intervalo de 5 días entre cada
publicación; así mismo, inscríbase en el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio de este partido judicial previa
protocolización ante notario público; los gastos que se generen con
motivo del presente serán a costa del desarrollador, en cumplimiento a
lo dispuesto por los artículos 50 de la Ley de Fraccionamientos para el
Estado de Guanajuato y sus Municipios; 41 del Reglamento de la Ley
de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios; y
91 del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio
para el Municipio de León, Guanajuato. Autorización que se otorga en
los términos y condiciones del dictamen respectivo. 2.- UNICO.- Se
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otorga la conformidad para la recepción final y su consecuente
municipalización del fraccionamiento denominado “San José del
Consuelo”, en este Municipio de León, Guanajuato, en las condiciones
en que actualmente se encuentra. Dicha conformidad queda
condicionada a que el Instituto de Vivienda del Estado de Guanajuato
(IVEG), ahora Comisión de Vivienda del Estado de Guanajuato
(COVEG), transfiera a este Municipio a través de un Convenio de
colaboración y aportación de recursos monetarios o cualquier otro acto
jurídico, para la realización de las obras de urbanización faltantes en el
fraccionamiento antes citado. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo. 3.- PRIMERO.- Se
autoriza la recepción en fase final, del fraccionamiento denominado
“QUINTAS SAN LORENZO”, en esta ciudad de León, Guanajuato,
propiedad de la empresa mercantil denominada “INMOBILIARIA
LAMAPE” S.A. de C.V. SEGUNDO.- Se autoriza la realización de
todos aquellos actos jurídicos, técnicos y administrativos que sean
necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo.
Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen
respectivo. De igual forma, la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino
Ramos, da lectura a dictámenes de la Comisión de Desarrollo Urbano
(se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman los
siguientes acuerdos: 4.- UNICO.- Se otorga la conformidad para la
recepción final y su consecuente municipalización del fraccionamiento
denominado “El Granjeno”, en este Municipio de León, Guanajuato, en
las condiciones que actualmente se encuentra. Dicha conformidad
queda condicionada a que el Instituto de Vivienda del Estado de
Guanajuato (IVEG), ahora Comisión de Vivienda del Estado de
Guanajuato (COVEG), transfiera a este Municipio a través de un
Convenio de colaboración y aportación de recursos monetarios o
cualquier otro acto jurídico, para la realización de las obras de
urbanización faltantes en el fraccionamiento antes citado. Autorización
que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.
5.- PRIMERO.- Se autoriza a que la empresa denominada
“Multiservicios de Construcción del Bajío” S.A. de C.V., realice las
obras de urbanización consistentes en la rehabilitación en los puntos
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que se necesiten de la Calle Hacienda San Gerardo que colinda al sur
del fraccionamiento “Hacienda del Campestre” en el tramo
comprendido entre la calle Calzada de los Cárcamos al Arroyo el
Granizo, en esta ciudad, que importen la cantidad de $1’095,851.59
(un millón noventa y cinco mil ochocientos cincuenta y un pesos
59/100 M.N.), cantidad equivalente al monto presupuestado y
elaborado por la Dirección de Vialidades dependiente de la Secretaría
de Obra Pública, por concepto de obra faltante de urbanización, en el
fraccionamiento “Santo Domingo II”, consistente en la pavimentación
del Malecón del Río de los Gómez, del referido fraccionamiento,
permitiendo con ello que sea posible la recepción de las obras
exteriores del desarrollo habitacional en mérito. SEGUNDO.- Se
autoriza la recepción de las obras de urbanización correspondientes
siempre y cuando se cuente con los vistos buenos otorgados por los
organismos operadores. TERCERO.- Se autoriza la celebración de los
actos jurídicos y administrativos que resulten necesarios para el
cumplimiento del presente acuerdo. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo. 6.- PRIMERO.- Se
autoriza a que la empresa denominada “VIVEICA” S.A. de C.V., realice
las obras de urbanización consistentes, en una parte del Boulevard
Epsilon en su cuerpo norte, así como a efectuar obras de bacheo
sobre las vialidades que dan servicio al fraccionamiento “PASEOS DE
MIRAVALLE” en esta ciudad, que importen un monto de $ 384,312.23
(trescientos ochenta y cuatro mil trescientos doce pesos 23/100 M.N.);
cantidad equivalente al monto presupuestado y elaborado por la
Dirección de Vialidades de la Secretaría de Obra Pública, por
concepto de obra faltante de urbanización en el fraccionamiento
“PASEOS DEL MOLINO”, consistente en la pavimentación de la
sección de la vialidad “Vía de las Orquídeas”, comprendida desde calle
Molino de la Mancha hasta la calle Molino de la Hacienda ubicadas
dentro de la Quinta sección del referido Fraccionamiento, permitiendo
con ello que sea posible la recepción de las obras exteriores del
desarrollo habitacional de mérito. SEGUNDO.- Se autoriza la
recepción de las obras de urbanización correspondientes siempre y
cuando se cuente con los vistos buenos otorgados por los organismos
61 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
operadores. TERCERO.- Se autoriza la celebración de los actos
jurídicos y administrativos que resulten necesarios para el
cumplimiento del presente acuerdo. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo. Así mismo, el C. Reg.
Lic. Carlos Ramón Romo Ramsden, da lectura un dictamen de la
Comisión de Desarrollo Urbano (se agrega al apéndice del acta), que
contiene la siguiente propuesta: 7.-PRIMERO.- Se autoriza la
recepción final y Municipalización del Fraccionamiento denominado
“Ciudad Industrial” en esta ciudad de León, Guanajuato, con las obras
con que actualmente se cuenta, únicamente a lo que corresponde al
área geográfica de la Central de Abastos y a la Zona Zapatera del
fraccionamiento “Ciudad Industrial” en esta ciudad de León,
Guanajuato. SEGUNDO.- Dicha autorización queda condicionada al
cumplimiento de los términos del Convenio de Colaboración celebrado
entre la “Asociación de Empresarios de Ciudad Industrial”, A.C. y el
“Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos”, S.A., en su carácter
de Fiduciario del Fideicomiso de Ciudad Industrial de León, convenio
que se contiene en el ANEXO UNO, el cual forma parte integral del
presente Acuerdo; así mismo, dicha autorización queda condicionada
a que se cubran íntegramente las cantidades que se detallan en el
ANEXO DOS que forma parte integral de este Acuerdo. TERCERO.- Se instruye al Tesorero Municipal a efecto de que en una cuenta
transitoria y/o especial se ingresen los recursos a que se alude el
convenio respectivo, a fin de que exclusivamente sean destinados
para la ejecución en su momento de las obras de urbanización
faltantes únicamente a lo que corresponde al área geográfica referida
en el punto primero de Acuerdo. CUARTO.- Se autoriza la realización
de todos aquellos actos jurídicos, técnicos y administrativos que sean
necesarios para el cumplimiento del objeto del presente acuerdo. En
uso de la voz el C. Reg. José Gilberto Moreno Fuentes, pregunta si ya
se tienen firmados los acuerdos, pues como integrante de la Comisión
de Economía, cree que debió haber pasado este asunto por dicha
Comisión. Al respecto, el C. Reg. Lic. Carlos Ramón Romo Ramsden,
manifiesta que no, pues se trata sólo de la recepción del área antigua
de la Ciudad Industrial y no del área nueva. En intervención el C. Reg.
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Lic. Aarón Soto Martínez, comenta que es tema meramente de
urbanismo al tratarse de recepción de avenidas. A lo que el C. Reg.
José Gilberto Moreno Fuentes, comenta que esa parte siempre se les
ha hecho de conocimiento, por lo que respecta al convenio de la
Secretaría de Economía. A lo que el C. Reg. Lic. Carlos Ramón Romo
Ramsden, manifiesta que este asunto es un tema de Desarrollo
Urbano que quedó pendiente, pues quien otorgó las licencias y los
permisos fue el Gobierno del Estado hace 30 años aproximadamente,
por lo que no se trata de un tema económico, sin embargo, con mucho
gusto le hará llegar las fichas. Acto seguido, el C. Presidente somete a
consideración el dictamen anterior, mismo que es por mayoría, con
tres votos en contra emitidos por los CC. Regidores Lic. María Teresa
Palomino Ramos, Lic. Fernando Ávila González y Sr. José Gilberto
Moreno Fuentes. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. De igual forma, el C. Reg. Lic.
Carlos Ramón Romo Ramsden, da lectura otro dictamen de la
Comisión de Desarrollo Urbano (se agrega al apéndice del acta), por
unanimidad se toma el siguiente acuerdo: 8.- PRIMERO.- Se autoriza
la recepción de las obras de urbanización del fraccionamiento
denominado “REAL PROVIDENCIA”, en su 1ª y 2ª Sección en esta
ciudad de León, Guanajuato, propiedad de la empresa mercantil
denominada “INMOBILIARIA FAMIR” S.A. de C.V., en las condiciones
en las que actualmente se encuentra. SEGUNDO.- Se autoriza se
realicen todos aquellos actos jurídicos, técnicos y administrativos que
sean necesarios para el cumplimiento del objeto del presente acuerdo.
Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen
respectivo. De la misma manera, el C. Reg. Lic. José María Arias
Rangel, da lectura a dictámenes de la Comisión de Desarrollo Urbano
(se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman los
siguientes acuerdos: 9.- PRIMERO.- Se autoriza la recepción en fase
de operación de las obras de urbanización del fraccionamiento
denominado “Real de los Naranjos”, 1ª, 2ª y 3ª Etapas, propiedad de la
empresa mercantil denominada “Luxma” S.A. de C.V. en las
condiciones en las que se encuentra. SEGUNDO.- La anterior
autorización queda condicionada a que el fraccionador otorgue ante la
63 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Tesorería, fianza para garantizar el buen funcionamiento y la
conservación de las obras de urbanización, así como los vicios ocultos
de las mismas, por un período de un año y por una cantidad igual al
10% del total del costo de las obras de urbanización. TERCERO.- Se
autoriza la realización de todos aquellos actos jurídicos, técnicos y
administrativos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente Acuerdo. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. 10.- PRIMERO.-Se acuerda destinar como Equipamiento Urbano para la prestación del Servicio
Público de Biblioteca Pública Municipal, al terreno propiedad
municipal ubicado entre las calles Tánger, Carmen y el Blvd. Wigberto
Jiménez Moreno, del Fraccionamiento Buenos Aires de esta ciudad,
el cual tiene una superficie de 1,233.17 M2 (mil doscientos treinta y
tres punto diecisiete metros cuadrados), la cual refiere las medidas y
colindancias que a continuación se estipulan: Al norponiente 33.50
mts., con el Blvd. Wigberto Jiménez Moreno; al nororiente 52.08 mts.,
con propiedad municipal; al surponiente 28.02 mts., con propiedad
particular; al sur 38.03 mts., con calle Tánger. Superficie, medidas y
colindancias que se especifican en la ficha técnica anexa, la cual
forma parte integral del presente Acuerdo, quedando sujetas al
deslinde en campo, que al efecto practique la Dirección General de
Urbanismo. SEGUNDO.- Se instruye y se autoriza a la Dirección
General de Urbanismo, a la Secretaría de Desarrollo Humano y Social y a la Secretaría de Educación Cultura y Deporte, para que gestionen
y realicen los actos jurídicos y administrativos de cuidado,
preservación, vigilancia, conservación y mantenimiento de los
inmuebles descritos en el punto primero del presente Acuerdo, así
como aquellos actos que resulten necesarios para el cumplimiento del
mismo. TERCERO.- Se instruye al Tesorero Municipal para realice la
anotación correspondiente en el inventario y catálogo de los bienes
inmuebles. Autorización que se otorga en los términos y condiciones
del dictamen respectivo. Igualmente, la C. Regra. Lic. María Teresa
Palomino Ramos, da lectura a un dictamen de la Comisión de Obra
Pública (se agrega al apéndice del acta), por unanimidad se toma el
siguiente acuerdo: PRIMERO.- Se autoriza la celebración de un
64 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Convenio de Colaboración y Coordinación Administrativa en Materia
de Ejecución de Obra Pública y Servicios Relacionados con la misma,
con el Ejecutivo del Estado de Guanajuato, a través de la Secretaría
de Obra Pública, con el objeto de establecer los mecanismos de
colaboración y coordinación administrativa, entre “LA SECRETARÍA” y “EL MUNICIPIO”, para que este último lleve a cabo los
procedimientos de adjudicación, contratación, ejecución, supervisión y
cierre administrativo de la obra pública denominada: Pavimentación de cuerpos centrales salida León-Lagos en esta ciudad de León,
Gto., en los términos de las condiciones generales que se anexan al
presente dictamen. SEGUNDO.- Se autoriza al Tesorero Municipal
para que realice las acciones administrativas y financieras necesarias
para que una vez que se obtenga el recurso aportado por el Estado,
se cumpla con el objeto del Convenio que se autoriza. Autorización
que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.
Una vez que la C. Regra. Lic. Hortensia de la Concepción Orozco
Tejada, da lectura a unos dictámenes de la Comisión de Desarrollo
Humano y Social (se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se
toman los siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.- Se aprueba la
celebración del Convenio de Participación para el Desarrollo de
Borderías 2009 para la construcción, rehabilitación, ampliación,
reforzamiento, desazolve y/o reposición de obras de bordería número
SDA/CON/AD/PEB/LEO/2009-08, con el Gobierno del Estado de
Guanajuato, a través de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y
este Municipio de León, Guanajuato, en los términos y condiciones del
documento anexo que forma parte integral del presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Se aprueban todos los actos jurídicos y administrativos
que resulten necesarios para la ejecución del presente Acuerdo; así
mismo, se instruye al Tesorero Municipal para que realice los
movimientos presupuestales que se requieran para el mismo fin,
sujetándose en todo momento a la suficiencia presupuestal disponible
en el presupuesto de egresos autorizado para el ejercicio fiscal que
corresponda. Autorización que se otorga en los términos y condiciones
del dictamen respectivo. 2.- PRIMERO.- Se aprueba la celebración del
Convenio de Participación para el Apoyo a Caminos Saca Cosechas
65 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
2009 SDA/CON/AD/SACACO/LEO/2009-09, con el Gobierno del
Estado de Guanajuato, a través de la Secretaría de Desarrollo
Agropecuario, para optimizar el traslado de insumos y el retiro
oportuno de la producción agrícola, reduciendo daños a vehículos y
maquinaria, mediante la rehabilitación, reposición y mejoramiento de
los accesos y vías de operación dentro o colindantes a las áreas de
vocación agrícola denominados “CAMINOS SACA COSECHAS”, en
los términos y condiciones del documento que se anexa, el cual forma
parte del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Se aprueban todos los actos
jurídicos y administrativos que resulten necesarios para la ejecución
del presente Acuerdo; así mismo, se instruye al Tesorero Municipal
para que realice los movimientos presupuestales que se requieran
para el mismo fin, sujetándose en todo momento a la suficiencia
presupuestal disponible en el presupuesto de egresos autorizado para
el ejercicio fiscal que corresponda. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo. Después de que la C.
Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, da lectura a unos dictámenes de la
Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública (se agregan al
apéndice del acta), por unanimidad se toman los siguientes acuerdos:
1.- PRIMERO.- Se autoriza la suscripción del Convenio para la
transferencia de recursos federales, a la Comisión Municipal de Deporte y Cultura Física de León, COMUDE-León, por un monto de
$1’000,000.00 (UN MILLON DE PESOS 00/100 M.N), provenientes de
los recursos presupuestales del Ramo 11 "Educación Pública", para
destinarlos en forma exclusiva al equipamiento deportivo de las
Unidades Deportivas que administra la Comisión Municipal de Deporte
y Cultura Física del Municipio de León, Guanajuato, en las disciplinas
de Canotaje, Esgrima, Tiro y Gimnasia, en los términos del documento
anexo que forma parte integrante del presente acuerdo. SEGUNDO.- Se autorizan todos aquellos actos administrativos, contables, jurídicos
y presupuestales que sean necesarios para el cumplimiento del
presente acuerdo. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. 2.- PRIMERO.- Se deja sin
efectos el acuerdo de Ayuntamiento, aprobado en sesión ordinaria de
fecha 12 de febrero de 2009, mediante el cual se autorizó la
66 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
celebración de un Convenio de Transferencia de Recursos, con el
Patronato de la Feria Estatal de León y Parque Ecológico, por la
cantidad de $7’500,000.00 (Siete millones quinientos mil pesos 00/100
M.N.), para que fueran destinados única y exclusivamente a la
construcción del Centro de Espectáculos de la Feria de León.
SEGUNDO.- Se aprueba la celebración de un Convenio de
Transferencia de Recursos, con el Patronato de la Feria Estatal de León y Parque Ecológico, por la cantidad de $27’500,000.00
(Veintisiete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), para que sean
destinados única y exclusivamente a la construcción del Centro de
Espectáculos de la Feria de León, en los términos del documento que
se anexa y que forma parte integral del presente acuerdo. TERCERO.- Se autorizan todos aquellos actos administrativos, contables, jurídicos
y presupuestales que sean necesarios para el cumplimiento del
presente acuerdo. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. 3.- PRIMERO.- Se autoriza la
suscripción de un Convenio de aportación económica con la
Fundación “Teletón México”, A.C. en cantidad de $2’997,300.00
(Dos millones novecientos noventa y siete mil trescientos pesos
00/100 M.N.) para que sean aplicados a la rehabilitación de 97 niños
menores de 18 años con alguna discapacidad física o mental, que
sean habitantes del Municipio de León, mediante la apertura de un
turno vespertino en el CRIT Guanajuato, en los términos del
documento anexo que forma parte integral del presente acuerdo.
SEGUNDO.- Se autorizan todos aquellos actos administrativos,
contables, y jurídicos que sean necesarios para el cumplimiento del
presente acuerdo. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. Así mismo, la C. Sínd. Profra.
Leticia Villegas Nava, da lectura a unos dictámenes del Comité de
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios, relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del
Municipio, por unanimidad se toman los siguientes acuerdos: 1.-
PRIMERO.- Se autoriza la celebración de 9 nueve Convenios de
Afectación parcial por causa de utilidad pública con motivo de la
ampliación y pavimentación de diversas vialidades, con los
67 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
propietarios de los inmuebles ubicados en los domicilios señalados en
el anexo que forma parte integral del presente acuerdo, y que cuentan
con las superficies medidas y colindancias que se precisan en dicho
anexo y que a continuación se insertan: 1. Propietario Antonio Lara
Reyes, ubicación del inmueble calle Loto # 105-A colonia Arboledas
de Señora, identificado como Zona 20 de la calle Loto, manzana 5,
lote 21. Superficie total del inmueble 72.00 M2 Superficie, medidas y
colindancias a afectar 3.60 M2., al noreste 4.00 mts., con resto del
lote; al sureste 0.90 mts., con lote 20; al suroeste 4.00 mts., con calle
Loto; y al noroeste 0.90 mts., con lote 22. Obra pública a realizar
pavimentación de la calle Loto. Cantidad a pagar $5,000.00 (Cinco mil
pesos 00/100 M.N.) 2. Propietaria María de los Ángeles Naches
Terrones también conocida con los apellidos de Nachez Terrones o
Nache Terrones, ubicación del inmueble calle Río Conchos # 722,
colonia Barrio de San Miguel. Superficie, medidas y colindancias a
afectar 12.00 M2., al norte 5.11 mts., con calle Río Conchos; al sur 5.17
mts., con resto del inmueble; al oriente 2.53 mts., con Angelina Lira; y
al poniente 2.31 mts., con Priv. Río Conchos. Obra pública a realizar
ampliación y pavimentación de la calle Río Conchos. Cantidad a pagar
$23,800.00 (Veintitrés mil ochocientos pesos 00/100 M.N.). 3.-
Propietario Luis López Rivera, ubicación del inmueble calle Niger #
946, colonia La Escondida, identificado como lote que formó parte del
predio “Los Pérez” de este Municipio. Superficie total del inmueble
2,385.00 M2. Superficie, medidas y colindancias a afectar 330.90 M2.,
al norte 11.55 mts., con calle Niger; al sur 11.80 mts., con Malecón del
Río de los Gómez; al oriente 29.26 mts., con resto del predio; y al
poniente 29.35 mts., con resto del predio. Obra pública a realizar
ampliación y pavimentación de la calle Niger. Cantidad a pagar
$167,400.00 (Ciento sesenta y siete mil cuatrocientos pesos 00/100
M.N.) 4.- Propietaria María Guadalupe Becerra Ramírez, ubicación del
inmueble Boulevard Aristóteles s/n, colonia La Piedad antes Centro
Familiar La Piedad, Zona 1 de la calle Primavera, manzana 1, lote 20,
colonia La Piedad. Superficie total del inmueble 119.00 M2 Superficie,
medidas y colindancias a afectar 1.692 M2., al norte 6.65 mts., con
Boulevard Aristóteles; al sur 6.61 mts., con resto del lote; al este 0.57
68 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
mts., con lote 1. Obra pública a realizar ampliación y pavimentación
del Boulevard Aristóteles. Cantidad a pagar $5,700.00 (Cinco mil
setecientos pesos 00/100 M.N.) 5.- Propietario José María Rendón
Aldana, ubicación del inmueble Boulevard Aristóteles # 105, colonia La
Piedad, identificado Zona 1, manzana 1, lote 13, antes calle Primavera
hoy Boulevard Aristóteles. Superficie total del inmueble 194.00 M2.
Superficie, medidas y colindancias a afectar 40.595.00 M2., al norte
9.95 mts., con Boulevard Aristóteles; al sureste línea curva de NE a
SO en 11.36 mts., continua en 2.40 mts., con resto del lote; al noreste
14.08 con Boulevard Chapalita. Obra pública a realizar ampliación y
pavimentación del Boulevard Aristóteles. Cantidad a pagar
$104,370.00 (Ciento cuatro mil trescientos setenta pesos 00/100
M.N.). 6.- Propietarias María del Carmen, Francisca, Margarita, María
Teresa, María de la Luz y Florentina, todas de apellido Gutiérrez
Ramírez, ubicación del inmueble calle Río Yaqui # 208, colonia
Independencia, identificado como manzana 18, cuartel 16, colonia
Independencia. Superficie total del inmueble 1,279.26 M2. Superficie,
medidas y colindancias a afectar 15.00 M2., al norte 10.00 mts., con
calle Río Yaqui; al sur 10.00 mts., con resto de la propiedad; al oriente
1.30 mts., con inmueble marcado con el No. 208-A; y al poniente 1.61
mts., con inmueble marcado con el No. # 206-A. Obra pública a
realizar pavimentación de la calle Río Yaqui. Cantidad a pagar
$11,630.00 (Once mil seiscientos treinta pesos 00/100 M.N.) 7.-
Propietario Martín Roberto López Gil, ubicación del inmueble
Boulevard Aristóteles # 350, colonia Saucillo de la Joya, identificado
como manzana 18, cuartel 16, colonia Independencia. Superficie total
del inmueble 1,279.26 M2 Superficie, medidas y colindancias a afectar
127.51 M2., al norte 7.02 mts., con resto del inmueble; al sur 7.01 mts.,
con Blvd. Aristóteles; al este 18.14 mts., con propiedad del C. Jorge
López; al oeste 18.29 mts., con propiedad del C. Esaúl López Salas.
Obra pública a realizar ampliación y pavimentación del Boulevard
Aristóteles. Cantidad a pagar $109,500.00 (Ciento nueve mil
quinientos pesos 00/100 M.N.). 8.- Propietaria Ma. Felisa Bazaldua
Servín, ubicación del inmueble Boulevard Vasco de Quiroga # 1007,
colonia San Felipe de Jesús, lote 11, manzana 32. Superficie total del
69 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
inmueble 180.00 M2. Superficie, medidas y colindancias a afectar
27.96 M2., al norte 4.75 mts., con inmueble marcado con el No. 1009;
al sur 4.66 mts., con inmueble marcado con el No. 1005-A; al oriente
6.00 mts., con Boulevard Vasco de Quiroga; y al poniente 6.00 mts.,
con resto del predio. Obra pública a realizar ampliación y
pavimentación del Boulevard Vasco de Quiroga. Cantidad a pagar
$21,250.00 (Veintiún mil doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.). 9.-
Propietario Alfredo Gama Rocha, ubicación del inmueble Boulevard
Vasco de Quiroga # 1124, esquina Judea, colonia San Felipe de
Jesús, fracción poniente del lote 8, y fracción oriente del lote 9,
manzana 26. Superficie, medidas y colindancias a afectar 32.00 M2., al
norte 6.87 mts., con calle Judea; al sur 4.02 mts., con inmueble
marcado con el No. 1122; al oriente línea quebrada de sur a norte en
4.18 mts., quiebra al noreste en 3.89 mts., con resto de la propiedad; y
al poniente 6.96 mts., con Boulevard Vasco de Quiroga. Obra pública
a realizar ampliación y pavimentación del Boulevard Vasco de
Quiroga. Cantidad a pagar $126,000.00 (Ciento veintiséis mil pesos
00/100 M.N.). SEGUNDO.- Se autoriza cubrir a los afectados las
cantidades autorizadas, mismas que se precisan en el anexo referido,
las que serán cubiertas en una sola exhibición, dentro de los 10 diez
días hábiles posteriores a que se cuente con la certificación del
presente acuerdo, y se realice la entrega física del inmueble afectado
y el convenio de afectación sea ratificado ante el notario público que
designe el Municipio para tal efecto. TERCERO.- Se aprueban todos
los actos jurídicos y administrativos que resulten necesarios para la
ejecución del presente acuerdo; y se instruye al Tesorero Municipal
para que proceda a dar de alta los inmuebles que se adquieren en el
padrón de bienes municipales correspondiente. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. 2.-
PRIMERO.- Se autoriza la celebración de los convenios de afectación
necesarios para adquirir en propiedad los dos inmuebles que se
describen en el anexo único que forma parte del presente acuerdo y
que a continuación se insertan: 1. Ubicación del inmueble calle
Colombia # 520 antes # 422, colonia Obrera, propietario José
Guadalupe Coronado Padilla, Superficie afectada 150.00 M2 Medidas y
70 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
colindancias al norte 30.00 mts., con propiedad particular; al sur
30.00 mts., con propiedad particular; al oriente 5.00 mts., con
propiedad particular; y al poniente 5.00 mts., con calle Colombia,
cantidad a pagar $487,171.76 (Cuatrocientos ochenta y siete mil
ciento setenta y un pesos 76/100 M.N.) 2. Ubicación del inmueble calle
Brasil # 533, colonia Obrera, propietarios María de la Luz Pérez
Maldonado y Juan Manuel Pérez Maldonado, este último representado
por las CC. Virginia Gómez Gómez y María Concepción Maldonado
Castro, Superficie afectada 66.05 M2. Medidas y Colindancias: Al norte
12.65 mts., con propiedad particular; al sur 15.57 mts., con propiedad
particular; al oriente 5.65 mts., con calle Brasil; y al poniente 4.70 mts.,
con propiedad particular, cantidad a pagar $357,917.17 (Trescientos
cincuenta y siete mil novecientos diecisiete pesos 17/100 M.N.), los
cuales resultan indispensables para la ejecución del Proyecto
denominado ubicación del Mercado Revolución; así mismo, se
autoriza cubrir a cada uno de los propietarios las cantidades que se
señalan en el citado anexo, de conformidad con los avalúos
practicados para tal efecto por peritos autorizados, lo anterior
condicionado a que dichos inmuebles se encuentren libres de
gravamen. SEGUNDO.- Los pagos se realizarán a cada uno de los
afectados en una sola exhibición, una vez que se cuente con la
certificación del presente acuerdo, se realice la entrega física y jurídica
de los inmuebles afectados, y que los convenios de afectación sean
ratificados ante el notario público que se designe. TERCERO.- Se
instruye a la Tesorería Municipal para que realice los movimientos
presupuestales y contables que resulten necesarios para el
cumplimiento del presente acuerdo, y en su momento se proceda a
dar de alta en el padrón inmobiliario municipal los inmuebles
adquiridos. CUARTO.- Se autorizan todos los actos jurídicos y
administrativos que resulten necesarios para cumplir el presente
acuerdo de conformidad con la normatividad aplicable,
salvaguardando los intereses del Municipio. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.
71 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
En el punto XII del Orden del Día, Asuntos Generales. En uso de la
voz la C. Regra. Lic. Maria Teresa Palomino Ramos, refiere que es por
todos conocido la crisis mundial que actualmente aqueja, por lo que en
apoyo a quienes cuentan con bajos recursos o que han perdido su
empleo en los últimos meses, además de que este municipio se
encuentra en el 5.8 de la tasa de desempleo y a lo informado por el
Tesorero Municipal, en el sentido de que la recaudación del impuesto
predial fue menor a la presupuestada, lo cual es en gran medida a la
crisis; es que solicita se realice con carácter de urgente, una propuesta
de iniciativa al Congreso del Estado a efecto de que se reforme la
parte final del artículo 45 de la Ley de Ingresos para el Municipio de
León, Guanajuato, para el ejercicio fiscal del año 2009, que a la letra
establece: “Los contribuyentes del impuesto predial que cubran
anticipadamente el importe de la anualidad, excepto los que tributen
bajo la cuota mínima, tendrán un descuento del 10% en el primer
bimestre del año”; a efecto de que se amplíe del primer bimestre al
primer cuatrimestre, a fin de apoyar a los leoneses en la situación por
la que pasan. En uso de la voz la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas
Nava, comenta que si bien el compromiso es apoyar a la ciudadanía,
deben considerar el tiempo que implica mandar la iniciativa y que se
dé la respuesta, puesto que no es tan fácil, aunado a que si no se
acepta la propuesta se pueden meter en problemas, por lo que sugiere
que la propuesta se turne a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública. Al respecto, la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino
Ramos, refiere que por la urgencia de la necesidad y teniéndose la
voluntad, se puede hacer; además cree que los que integran este
Ayuntamiento tienen la voluntad de apoyar, por lo que pueden
gestionarlo con sus Diputados para que se les ayude con carácter de
urgente, pues por la naturaleza del asunto, los tramites debieran
obviarse. En ese sentido, el C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez
Vallejo, comenta que es evidente la situación económica que se vive, y
tal y como comenta la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos,
se requiere de medidas urgentes, por lo tanto, tener un poco de
sensibilidad ayudará a la resolución de este asunto y si están de
acuerdo puede ser de obvia resolución como lo marca el propio
72 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Reglamento Orgánico, para que se vote en este momento y puedan
enviar la propuesta al Congreso y posteriormente lo gestionen con la
vinculación que tienen con dicho órgano legislativo; esto como única
ocasión atendiendo a la situación económica que se vive. En uso de la
voz la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, refiere que en
otras administraciones eran tres meses el plazo y el 15% el descuento,
siendo esta Administración quien decidió disminuir el plazo y el
descuento. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez,
comenta que es importante que se precise que el compromiso del
Ayuntamiento sólo es que se envié la iniciativa porque luego crean
falsas expectativas y la población pudiera señalar que no se cumplió,
por lo tanto debe aclararse ante la presencia de los medios que el
Ayuntamiento lo único que puede hacer es mandar la iniciativa, pues
aprobarla o no es facultad del Congreso del Estado. En uso de la voz
el C. Presidente, cuestiona qué es lo que pasará en lo que les
contestan; pues el plazo para aplicar el descuento está por vencer y
habrá ciudadanos que pueden esperarse para pagar, pero si no se
aprueba la propuesta se va a generar un problema. En uso de la voz el
C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, comenta que otro tema que no
contemplaron es que los ciudadanos no paguen porque estarán a la
espera de que se amplié el plazo, pero mientras tanto la recaudación
quedará latente. A lo que la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino
Ramos, comenta que no necesariamente puede ampliarse el plazo al
primer cuatrimestre, puede ser algún otro mes durante el año para que
los ciudadanos tengan la opción de pagar, ya que actualmente hay
desempleados y no tienen recursos pero pueden tenerlos
posteriormente, el fin es que tengan la opción de pagar, si es que se
diera porque al final de cuentas será una decisión del Congreso. En
uso de la voz la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, refiere que le
hubiera gustado que se planteara la propuesta a la Comisión de
Hacienda para revisar los alcances y posteriormente someterse al
Pleno con todas las opciones que se pudieran dar, ya que así de
imprevisto no tienen los elementos para determinar. A lo que la C.
Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, refiere que realizó la
propuesta como derivado de lo informado por el Tesorero, en relación
73 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
a los índices de recaudación, por tanto, no es una ocurrencia del
momento, sino de la situación económica y de la realidad que se tiene
en la recaudación, por eso la hizo en este momento. En uso de la voz
el C. Presidente, manifiesta que están hablando sólo del descuento,
pero el ciudadano tiene la opción de pagar bimestralmente sin ningún
problema, ya que en el 80% de los casos el pago no rebasa 600 pesos
y el descuento es de 60 pesos, por lo que el beneficio es mínimo; sin
embargo, sí pudiera generarse en futuros ejercicios la expectativa de
esperarse a pagar porque se vaya a ampliar el plazo, cayéndose en la
cultura del no pago; aunado a lo anterior, comenta que realmente se
beneficiaría a quien tiene muchas propiedades, pues para el pequeño
causante el beneficio es mínimo. En uso de la voz la C. Sínd. Profra.
Leticia Villegas Nava, solicita que a efecto de beneficiar a quienes
realmente tienen la necesidad, se canalice la solicitud a la Comisión
de Hacienda y de manera inmediata se dé respuesta, ya que en este
momento no tienen las bases para tomar la decisión. Al respecto el C.
Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, propone que se den por notificados de
la propuesta los integrantes de la Comisión de Hacienda y terminando
la sesión se reúnan para revisar la mejor solución, que casi sería de
obvia resolución. Acto seguido el C. Presidente somete a
consideración la propuesta de la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino
Ramos, con los complementos realizados por el C. Reg. Lic. Aarón
Soto Martínez, la cual es aprobada por unanimidad. En otro asunto el
C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, refiere que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley Orgánica que
señala los Regidores tendrán entre otras atribuciones, Fracción IV, el
presentar al Ayuntamiento iniciativas de Reglamento, Bandos de
Policía y Buen Gobierno y demás disposiciones administrativas de
observancia general o en su caso de reformas y adiciones a los
mismos. Presenta una propuesta de reformas al Reglamento de
Tránsito para el Municipio de León Guanajuato; la cual hace en el
pleno del H. Ayuntamiento para que se canalice a la Comisión de
Seguridad para su revisión. Precisa que en el artículo 107 del citado
Reglamento, se establece que para la circulación de cuatrimotos,
motocicletas, motonetas y bicicletas se sujetaran a las siguientes
74 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
disposiciones reglamentarias; señalándose en la fracción IX, que
queda prohibido a los ciclistas circular por los pasos a desnivel,
bulevares y avenidas de alta velocidad y concentración vehicular; por
lo cual propone se derogue dicha fracción, pues no obstante que este
Ayuntamiento ha hecho un esfuerzo importante por la consolidación
de las redes de ciclovías en la ciudad, saben que son insuficientes los
aproximados 40 kilómetros que tienen de ciclovías en buenas
condiciones ya que hay zonas de la ciudad donde no existen ni
ciclovía ni espacio para resguardar al ciclista; pero no obstante ello,
existe la necesidad apremiante de las personas para trasladarse a su
escuela, trabajo, etc., y a veces no cuentan con recursos económicos
ni siquiera para pagar el camión; por tanto, refiere que si como
gobierno no han dado la opción de una ciclovía en zonas en las que se
carezca de esta y la misma sea necesaria, es decir, mientras no
tengan una red de ciclovías completa en la ciudad, cree que está
totalmente fuera de lugar la Fracción IX de este artículo, por lo que
solicita se derogue. Precisa que la anterior propuesta es para que se
envíe a la Comisión de Seguridad para su revisión y solicita lo inviten
al debate. Así mismo, refiere que últimamente él y otros Regidores han
tenido reportes sobre unidades de Tránsito que van cargadas de
bicicletas; pero en el Reglamento en cuestión, en el artículo 16 se
establece que son atribuciones y obligaciones del personal operativo
de la dirección, en la fracción IV, el tomar las medidas tendientes a
evitar accidentes, más no señala que se retiren las bicicletas; aunado
a lo anterior, refiere que en el artículo 107 Fracción IX, del mismo
ordenamiento se establece que la sanción por transitar con bicicleta
por pasos a desnivel, bulevares y avenidas de alta velocidad, es de
uno a dos días de salario mínimo, más no del retiro de la bicicleta; por
lo que solicita se haga saber a la Dirección de Tránsito Municipal esta
anomalía, pues se causa un problema grave a quienes se las retiran
ya que en ocasiones no cuentan con las facturas para recogerlas y
como consecuencia ya no pueden contar con ellas para su traslado;
aunado al problema que se genera porque no se cuenta con espacio
para almacenarlas. Agrega, que cuando los ciclistas estén transitando
por lugares distintos en donde si hay ciclovías, primero se haga labor
75 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
de concientización y no se opte por retirarles su medio de transporte.
Al respecto, el C. Reg. José Gilberto Moreno Fuentes, informa que el
día de hoy sesionaron en la Comisión de Seguridad, respecto a las
revisiones al Reglamento de Tránsito Municipal, el cual será más
entendible para la ciudadanía, por lo que a la brevedad se les hará de
conocimiento a todo el Ayuntamiento; comenta además, que
efectivamente Tránsito retira bicicletas, pero no implica un costo de
uno o dos salarios mínimos, sino 1 o 2 pesos que es algo simbólico
con el ánimo de invitarlos a que no cometan este tipo de acciones;
pero que se tomará en cuenta la propuesta realizada. Al respecto el C.
Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, le comenta al C. Reg. José
Gilberto Moreno Fuentes, que agradece su atención pues sabe del
trabajo que se hace en su Comisión, pero que es importante
mencionar que atendiendo al principio de legalidad que señala que la
autoridad sólo puede hacer lo que la ley le faculta, mientras no haya
ninguna disposición que faculte a los elementos de tránsito a retirar la
bicicletas, no lo pueden hacer; por lo que solicita que se señale a la
Dirección de Tránsito se apegue a lo estipulado en el Reglamento. En
uso de la voz el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González, manifiesta que
realizará 2 puntualizaciones a lo que señalaba el Reg. Lic. Diego
Sinhué Rodríguez Vallejo, pues cree que adicionalmente de la
propuesta que se turne a la Comisión, debería girarse un instructivo a
la Dirección de Tránsito, porque aquí lo que hay es la aplicación de
una políticas al estar retirando bicicletas cuando no tienen facultades
en la ley, por lo que en principio más que la reforma, se debe cumplir
estrictamente con lo que el Reglamento marca y en segundo lugar, él
cree que tienen una situación de doble incongruencia, pues el texto del
artículo y la fracción IX que refería el C. Reg. Lic. Diego Sinhué
Rodríguez Vallejo, establece que no les es permitido circular por los
pasos a desnivel y por las avenidas de alta velocidad, pero hasta
donde él entiende, en la política de Tránsito ya no hay avenidas de
alta velocidad, pues a todas se les ha bajado y los pasos a desnivel
sólo son los del Malecón y el que está rumbo a la carretera a
Cuerámaro, por tanto, sólo tendrían como avenidas de alta velocidad
el tramo del bulevar Aeropuerto y el tramo del bulevar Morelos que son
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los únicos autorizados a 80 km por hora; en segundo lugar, refiere que
no es posible que tengan por un lado una política que restrinja la
circulación en bicicleta cuando ni siquiera, salvo el caso del bulevar
Lopez Mateos y zonas aledañas, existen discos que indiquen la
prohibición de circular en bicicleta, lo cual es más preocupante, pues
no se restringe, pero sí se sanciona; agrega, que están promoviendo
como proyecto emblema el cambiar la motorización o la forma de
movilidad de esta ciudad, privilegiando medios sustentables como son
el uso de la bicicleta, pero tener este tipo de sanciones resulta
incongruente. En uso de la voz la C. Regra. Lic. María Teresa
Palomino Ramos, refiere se adhiere a la petición del C. Reg. Lic.
Fernando Ávila González, para que independiente de las
modificaciones que se proponen al Reglamento de Tránsito, se haga
un exhorto al titular de la Dirección para que lo aplique
adecuadamente. Al respecto, la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava,
menciona que ojalá el espíritu de esta propuesta no vaya en
detrimento de la seguridad de los ciclistas, pues a veces con el afán
de quererlos ayudar se pasan por alto situaciones que van en contra
de su seguridad; por lo que solicita se haga una revisión integral en la
Comisión de Seguridad. Al respecto, el C. Reg. Lic. Fernando Ávila
González, manifiesta que si están dándose a la tarea de revisar el
Reglamento de Tránsito, deben considerar los aspectos referidos por
la Síndica Profra. Leticia Villegas Nava, pues cree que el tránsito no se
refiere exclusivamente a los vehículos de motor, sino incluso a la
circulación de peatones y ciclistas; por lo cual deben fijarse normas
claras con un capitulo perfectamente regulado para estos dos tipos de
personajes; en segundo lugar, refiere cuanto batallaron en el Comité
de Adquisiciones para dar una salida a una solicitud del DIF para
otorgarles las bicicletas decomisadas ya que no tenían bien
fundamentado el procedimiento de cómo se hizo el municipio de ellas;
por eso hablan que están sostenidamente en una situación de
ilegalidad y que es necesario corregir. En uso de la voz el C. Reg. Lic.
Aarón Soto Martínez, manifiesta que va un poco más allá, refiriendo
que traen un programa muy bonito “Yo si quiero a León”, donde hablan
de valores, por lo que propone que se metan a la parte de generar
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cultura sobre el uso de bicicletas. En uso de la voz el C. Secretario,
manifiesta que en razón de la materia sería conveniente que la
propuesta que se presentó por el C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez
Vallejo, se revise no sólo por la Comisión de Seguridad, sino también
por la Comisión de Movilidad para que se analice en Comisiones
unidas. A lo que el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González, refiere que
le parece bien, e inclusive podría extenderse la invitación a los demás
miembros del Ayuntamiento por la importancia que el tema tiene. Acto
seguido, el C. Presidente somete a consideración la propuesta que ha
presentado el C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo,
complementada con los comentarios de otros miembros del
Ayuntamiento; misma que es aprobada por unanimidad. En otro orden
de ideas, el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, comenta que se
presentará un evento denominado la Vuelta a México, el cual es de
clase mundial y se llevará a cabo en nuestra ciudad; generándose una
economía importante; agrega, que el año pasado a su consideración,
el Ayuntamiento se despreocupo un poco en cuanto al recorrido que
iban a realizar, por lo que será muy importante que la Comisión de
Educación, Cultura y Deporte defina el recorrido auxiliándose con la
COMUDE y Tránsito para no caer en ese error y respetar a los
automovilistas y a quienes hacen deporte; por lo que exhorta a la
Comisión de ese tema. Aunado a lo anterior, refiere que otro evento
más bonito aún, también de clase mundial, que difícilmente lo podrán
ver próximamente en esta ciudad, es la presentación de gimnastas
que estuvieron en las pasadas olimpiadas, el cual tendrá verificativo el
próximo 8 de marzo en el Domo de la Feria, con precios muy
accesibles; precisa que el solo evento por sí tiene un valor de 3
millones, pero que gracias a la vinculación con oros estados, la
CEDAJ y patrocinadores, para el municipio sólo le costará 150 mil
pesos.
Sin otro asunto que tratar, se da por terminada la sesión a las 13’30
trece horas treinta minutos del día de su fecha. Se levanta la presente
acta para constancia. Damos fe.
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PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
L.A.E. Vicente Guerrero Reynoso Lic. Francisco de Jesús García León
SINDICOS:
Profra. Leticia Villegas Nava L.A.E. Juan Eusebio Olague Riva Palacio
REGIDORES:
Lic. Carlos Ramón Romo Ramsden Lic. Hortensia de la Concepción Orozco Tejada
Lic. Ma. Esther Hernández Becerra Sr. Gabriel Villagrana García
Lic. José María Arias Rangel Sr. Arturo Ureña Ramos
Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo Lic. Sergio Navarro Tejada
Lic. María Teresa Palomino Ramos Lic. Fernando Ávila González
Sr. José Gilberto Moreno Fuentes Lic. Aarón Soto Martínez
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 26 de febrero del 2009.