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Escuela P.239 “Alto Mañío”
Pillumallin- Comuna de Nueva Imperial
REGLAMENTO INTERNO Y
MANUAL
CONVIVENCIA ESCOLAR.
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INDICE
Introducción………………………………………………………………………..……2
CAPITULO I…………………………………………………………………….……....4
DE LOS DEBERES Y DERECHOS ESPECIFICOS DE LA COMUNIDAD
ESCOLAR…………...…………………………………………………………………………...4
TITULO I: De los deberes y derechos del director/docente………………………………........4
Articulo 1º Deberes del Dirección/docente……………………………………………………..4
Articulo 2º Derechos del director/docente………………………………………………….......5
TITULO II: De los deberes y derechos de los alumnos…………………………………………6
Articulo 3º Los alumnos tendrán como deberes…………………………………………….….6
Articulo 4º Los alumnos tendrán como derechos……………………………………….……...8
TITULO III: De los deberes y derechos de los auxiliares ………………………………...…….9
Articulo: 5º: El auxiliar tendrá como deberes…………………………………………………9
Articulo: 6º: El auxiliar tendrá como derechos………………………………………………..9
TITULO IV De los deberes y derechos de la manipuladora de alimentos……………………..9
Articulo: 7º: La manipuladora tendrá como deberes ………………………………………….9
Articulo:8º: La manipuladora tendrá como derechos………………………………………..10
TITULO V: De los deberes y derechos de los padres y apoderados……….…………………..10
Articulo: 9º: Los padres y apoderados tendrán como deberes..………………………………10
Articulo: 10º Los apoderados tendrán como derechos………………………………………..11
CAPITULO II:…...……………………………………………………………………………..12
DEL PROCEDIMIENTOS DE RECONOCIMIENTOS Y SANCIONES…………………….12
Articulo: 11º: En caso de incumplimiento del reglamento de convivencia escolar se aplicara el
siguiente procedimiento en las sanciones………………………………………………………12 Articulo: 12º: Se reconocerá a los alumnos mediante el sistema de…………………………..12
CAPITULO III..………………………………………………………………………………...13
PROHIBICIONES GENERALES…………………………………...........................................13
Articulo: 13: A nivel de comunidad educativa……………………………………………….13 Articulo: 14: Prohibiciones generales para el personal del establecimiento educativo…........14
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INTRODUCCION
El presente reglamento escolar contiene disposiciones que orientan y regulan el
comportamiento de los integrantes de la comunidad escolar, para permitir una sana y
adecuada convivencia, facilitando el proceso de enseñanza-aprendizaje. Contempla
derechos y deberes de los alumnos, docentes apoderados, auxiliares y manipuladora de
alimentos, para favorecer el desarrollo integral de ellos, del mismo modo considera
reconocimientos para quienes respetan el reglamento, sanciones que se aplicaran por las
faltas cometidas, y finalmente prohibiciones generales con el fin de regular los procesos
disciplinarios, vale decir, formar a los alumnos en cuanto a valores, hábitos y actitudes
sociales, que unido a una buena formación académica, ayudan a los alumnos a
desenvolverse en su sociedad de origen como en la sociedad global, como lo contempla
la Constitución Política del Estado. y la LEY GENERAL DE EDUCACION
VISION DEL ESTABLECIMIENTO.
Formar alumnos (as) con un alto grado de desarrollo de sus habilidades y destrezas
cognitivas, que les permiten adquirir aprendizajes de calidad, sustentados en profundos
valores éticos y morales que los prepare en forma eficiente y eficaz para desenvolverse
óptimamente en una sociedad intercultural y de muchas complejidades, demostrando
gran respeto por su entorno natural, social, cultural y lingüísticos. Que se constituya en
una escuela que promueva, desarrolle y fortalezca valores y conceptos del mapuche az,
mapuche mogen, mapuche kimun y mapuche dugun, pertenecientes a su territorio,
aplicando un enfoque de educación mapuche, occidental e intercultural, con énfasis en
la participación socio territorial.
MISION
Desarrollar una educación de calidad centrado en un enfoque intercultural, en
donde los alumnos y alumnas adquieran conocimientos mapuches y de la sociedad
global. Conocimientos que les permita desenvolverse de manera integral en la sociedad,
potenciando al máximo sus capacidades y destreza en los aspectos tecnológicos
científicos, intelectuales y morales.
La contextualización constituirá un procedimiento esencial para el desarrollo del
proceso de enseñanza – aprendizaje en nuestra escuela, mediante la selección y
adecuación de contenidos guiados por los saberes culturales, lingüísticos y sociales del
contexto en donde se inserta el establecimiento educacional. Para tal procedimiento es
fundamental la relación escuela –comunidad ya que en los integrantes de esta ultima,
principalmente adultos y ancianos/as, es posible identificar los saberes y conocimiento
mapuche.
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Se promoverá un ambiente de confianza entre todos los actores para una sana
convivencia, respeto y valoración, privilegiando la armonía en toda la comunidad
educativa.
OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO
A través de la aplicación del Reglamento INTERNO se pretenden alcanzar los
siguientes objetivos.
Propiciar el respeto y aceptación desde la diversidad cultural, éticas religiosa y
de género.
Desarrollar y practicar valores de respeto, responsabilidad personal, honestidad,
orden, autodisciplina, tolerancia y solidaridad.
Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la
comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.
Promover y fortalecer el desarrollo de las habilidades sociales en todos los
integrantes de la comunidad escolar.
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CAPITULO 1
DE LOS DEBERES Y DERECHOS ESPECIFICOS DE LA COMUNIDAD
ESCOLAR.
Titulo 1: De los deberes y derechos del director/docente
Articulo: 1º: Deberes del Director/docente. PROFESOR ENCARGADO
El director, es el docente que, como jefe del Establecimiento Educacional, es
responsable de la dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo con
las normas legales y reglamentarias vigentes. Por tanto, tendrá como deberes:
a) Respetar a todos los integrantes de la comunidad escolar, desde las
diferencias étnica, cultural, religiosa y de género entre otros.
b) Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración,
teniendo presente que la principal función es educar, la que debe prevalecer
sobre la administración u otra, en cualquier circunstancia y lugar.
c) Determinar los objetivos propios del Establecimientos Educacional en
concordancia con los requerimientos de la comunidad y de la comunidad
escolar y de la comunidad local en se encuentra.
d) Revisar los contratos del personal de la unidad educativa.
e) Proponer los planes de acción, coordinar y supervisar las tareas y
responsabilidad del personal a su cargo, para el logro de las metas
propuestas.
f) Propiciar un ambiente educativo en el establecimientos, estimulante al
trabajo de su personal y creando condiciones favorables para la obtención de
los objetivos del plantel.
g) Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización,
funcionamiento y evaluación del curriculum del el establecimientos,
procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.
h) Procurar la gestión de material didácticos adecuado y suficiente para cada
nivel de aprendizajes de acuerdo alas orientaciones y necesidades de la
unidad educativa.
i) Velar por el cumplimientos de la normas de prevención, higiene y seguridad
dentro del Establecimiento Educacional.
j) Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades
educacionales competentes.
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k) Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación, las actas,
estadísticas y otros documentos que le sean exigible a la reglamentación y
legislación vigente.
l) Gestionar el perfeccionamiento y/o capacitación Docentes.
m) Fomentar e internalizar en el alumnado valores, hábitos y actitudes a través
del ejemplo personal.
n) Mantener una comunicación permanente y oportuna con los padres y
apoderado, proporcionándole información sobre el desarrollo del proceso
educativo y seguridad de sus estudiantes.
o) Respetar los horarios establecidos para el normal desarrollo del proceso de
enseñanza aprendizaje.
p) Llevar al día su libro de clase, especialmente referido a los aprendizajes
esperados, contenido y actividad según su sub sector, la asistencia de los
alumnos y calificación.
q) Intervenir en problemas de conductas y/o aprendizaje de los alumnos.
Articulo 2º: Derecho del Director/docente:
a) Gozar de autonomía en el ejercicio de su función siempre y cuando su
accionar se encuentra dentro de lo permitido por este reglamento y marcos
legales vigente.
b) Trabajar en un ambiente de sana convivencia.
c) Ser escuchado y respaldado por la comunidad escolar en caso de ser
necesario.
TITULO: 1: De los deberes y derechos de los alumnos.
Articulo: 3º: Los alumnos tendrán como deberes a nivel de escuela.
El alumno debe conocer, en el transcurso del mes de marzo, el Reglamento de
Convivencia Escolar, cumpliendo con cada una de las normas, por tanto.
a) Debe adoptar un comportamiento que este de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Convivencia escolar
b) Cumplir con horarios de llegada y salida del establecimiento educacional
c) Asistir regularmente a clase y/o justificar la inasistencia.
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d) Respetar a todas las personas que componen la unidad educativa,
director/docente, compañeros, auxiliares, manipuladora y apoderados,
educador tradicional.
e) Usar un lenguaje digno y respetuoso en el trato con todos los integrantes de
la unidad educativo, tanto fuera como el colegio, sin importar su condición
de genero, étnico, cultural o religioso.
f) Conocer y participar en las actividades extraescolar, y todo aquello en que la
escuela programe y este participando.
g) Asistir al menos el 85% de los días del año, y cumplir con los dispuestos el
reglamento de evaluación para ser promovido de nivel.
h) Usar adecuadamente las instalaciones, mobiliario, y material didáctico que el
establecimiento pone a su disposición.
i) Reparar o reponer de forma inmediata junto con su apoderado, todo deterioro
ocasionado de forma intencionada al establecimiento, mobiliario, equipos,
etc.
j) Todos los alumnos deben presentarse con su vestuario limpio y ordenado,
otras que sean contraria a su condición de estudiante.
k) Contar con sus útiles y materiales necesarios, que exige para cumplir en cada
asignatura del plan de estudio. Será su responsabilidad mantenerlos en
buenas condiciones de uso y aseo.
A NIVEL DE AULA:
i) El alumno tiene el deber de respetar la labor docente, escuchando y
participando de acuerdo a instrucciones dadas.
l) El alumno tiene el deber de comprometerse con todas las actividades que
involucren su proceso de enseñanza –aprendizaje.
m) El alumno tiene el deber de trabajar responsablemente en tareas escolares
asignadas.
n) El alumno tiene el deber de atender instrucciones escuchando con respeto y
esperar turno de opinión y participación.
o) El alumno tiene el deber de no interrumpir la clase en forma intencionada
con burlas, desordenes, gestos, etc.
p) Ser honesto en todas las actividades de su vida escolar, se considera la copia
e prueba, trabajo de investigación, etc., como una falta grave de honestidad.
q) Ser responsable de mesa y silla que le fue asignada por el profesor.
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r) Debe cumplir con fecha establecida para entrega de trabajos, pruebas, de
acuerdo a pauta previamente establecidas por el profesor.
s) Debe ponerse al día oportunamente en sus materias y deberes en caso de
atraso debido a insistencia, perdida de cuadernos, etc.
t) En caso de inasistencia a una evaluación debe justificar con el apoderado
para tener opción de rendirla.
ARTICULO 4º: Los alumnos tendrán como derechos.
a) Recibir una educación de calidad, abordando los Objetivos de
APRENDIZAJES estipulados en los planes y programas de estudio.de las
BASES CURRICULARES.-
b) Recibir una formación y educación de acuerdo a lo que estipula la visión y
misión de la escuela.
c) El alumno tiene derecho a conocer el Manual de convivencia Escolar.
d) Que se respete su integridad y dignidad personal por parte de todos los
miembros de la comunidad educativa.
e) Desenvolverse en un ambiente limpio, ordenado de seguridad individual y
grupal.
f) A tener las actividades escolares en un ambiente propicio para el aprendizaje.
g) A conocer oportunamente los resultados de sus pruebas, ante de la aplicación
de otro procedimientos evaluativo similar.
h) Conocer y revisar los resultados de sus pruebas de acuerdo al reglamento de
evaluación vigente.
i) A rendir prueba fuera de plazo en caso de ser justificado debidamente como
puede ser enfermedad o fuerza mayor.
j) A la participación de actividades escolares, extra escolares y eventos
artísticos y culturales en general organizados por el Establecimiento
Educacional.
k) Conocer la calendarización anual del año académico y de las evaluaciones.
l) Expresar cualquier queja funda respecto a situaciones que estime injusta o
arbitraria.
m) Recibir atención del seguro escolar en caso de accidente.
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TITULO III: De los deberes y derechos de los auxiliares.
ARTICULO 5º: El auxiliar tendrá como deberes.
a) Colaborar en el mantenimiento del orden y el aseo en todas las dependencias
del establecimiento.
b) Realizar reparación e instalaciones menores del establecimiento educacional
c) Cuidar y velar por el uso, conservación de materiales, útiles, herramientas y
maquinas de la escuela.
d) Entregar y recibir material audio visual, didáctico y de apoyo a las
actividades del docente.
e) Revisar y desinfectar periódicamente los servicios higiénicos, para su
correcto. Funcionamiento.
f) Dar aviso oportuno al empleador o quien corresponda, de su ausencia por
razones justificada.
g) Cumplir con el horario de trabajo.
ARTICULO 6º: El auxiliar tendrá como derechos.
a) Ser escuchado y respetado por toda la comunidad escolar
b) A no realizar labores que atenten contra su seguridad personal.
c) Contar con herramientas necesarias y básica para realizar su labor
d) Que se respete su integridad y dignidad personal por parte de todos los
miembros de la comunidad.
TITULO IV: De los deberes y derechos de la manipuladora de alimentos.
ARTICULO 7º: La manipuladora tendrá como deberes.
a) Cumplir sus funciones de manipulación de alimentos de manera cuidadosa,
ya que ello es importantes para la salud y bienestar de los alumnos.
b) Mantener ordenada y limpia la cocina, despensa y comedor de acuerdo a la
característica del establecimiento.
c) Manipular correctamente los alimentos.
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d) Preparar la comida de acuerdo a los manuales de preparación y medidas
prácticas.
e) Mantener una buena presentación personal, higiene y aseo, es de suma
importancia el uso de uniforme completo, especial mente mascarilla y cofia.
f) Dar aviso oportuno al empleador o a quienes corresponda, de su ausencia por
causa justificada.
g) Cumplir los horarios de llegada, salida y de comida.
ARTICULO 8º: La manipuladora tendrá como derechos.
a) Que se respete su integridad y dignidad personal por porte de todos los
miembros de la comunidad educativa.
b) Contar con herramientas necesarias y básicas para realizar su labor.
c) Realizar trabajos estipulados en su contrato de trabajo, prescindiendo de
aquellos que atenten con su bienestar personal.
TITULO V: De los deberes y derechos de los padres y apoderados
ARTICULO 9º: Los padres y apoderados tendrán como deberes
a) Asumir el rol primario y protagónico en la educación de sus hijos.
b) Comprometerse con el proceso educativo de sus pupilos.
c) Conocer el Proyecto Educativo Institucional de su comunidad Educativa y
reflexionar sobre su contenido, objetivos y normativa, colaborando en su
ejecución e implementación.
d) Informase y cumplir lo dispuesto en el reglamento de convivencia escolar.
e) Comprometerse en todas las actividades que lleve acabo la escuela,
citaciones actos, beneficios, celebraciones culturales de distinto índole.
f) Asistir a las reuniones mensuales de apoderados del curso o justificar la
inasistencia al día siguiente de manera personal y en caso de fuerza mayor se
aceptara justificación por escrito y con el compromiso de acudir a conversar
con el profesor personalmente en cuanto pueda.
g) Ser responsable de la presentación personal e higiene de su pupilo
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h) Incentivar a sus hijos y o pupilos a la preservación del idioma.
Costumbres .tradiciones y Cultura del pueblo MAPUCHE para mantener
arraigo e identidad
i) Justificar en forma personal o escrita las instancias, atraso e irregularidades
de su pupilo.
j) Tratar en forma respetuosa a Docentes. Para docente y auxiliares del
establecimiento.
k) Respetar, cuidar y defender la buena imagen del establecimiento,. Evitando
efectuar comentarios y/o actitudes que la perjudiquen.
l) Reparar, reponer y/o responsabilizarse de daños, de cualquier índole o
material, que provoque su pupilo en mobiliario o infraestructura.
m) Aceptar las sanciones derivadas del incumplimiento de las normas
establecido por el reglamento de la escuela que involucren a su pupilo.
ARTICULO 10º: Los apoderados tendrán como derechos.
a) Ser informado respecto de los procesos de enseñanza aprendizaje, del plan
anual de acción que llevara acabo la escuela, de los planes de mejoramientos
educativos, y demás acciones que involucran a su pupilo.
b) Conocer en el mes de marzo las disposiciones que estipula el reglamento de
convivencia escolar.
c) Ser informado respecto del rendimiento y conducta de su pupilo.
d) Participar en capacitaciones o jornada de reflexión que permitan ayudar a sus
hijos en el proceso de enseñanza aprendizaje, jornada de reflexión territorial
entre otros.
e) Ser parte activa en la elección de la directiva del centro de padres y
apoderados. Y del CONSEJO ESCOLAR
f) Ser atendido con amabilidad y respeto por el director/docentes y demás
integrantes de la comunidad escolar.
g) Participar en las actividades de aprendizajes y recreación de los alumnos.
h) Que se respete su integridad y dignidad personal por parte de todos los
miembros de la comunidad educativa.
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i) Manifestar sus opiniones en un marco hacia las personas que integran la
comunidad escolar, considerando el correcto uso de formas y medios de
expresión.
CAPITULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO Y SANCIONES
ARTICULO 11º: En caso de incumplimiento del reglamento de convivencia
escolar se aplicara el siguiente procedimiento en las sanciones.
a) Amonestación verbal.
b) Amonestación en la hoja de vida del alumno, luego de reiterados llamados de
atención.
c) A tres falta leves se citara al apoderado para la toma de conocimiento,
situación que quedara registrada en la hoja de vida del alumno.
d) Si comete el alumno falta grave se le aplicara la sanción de 1 a 2 día de
suspensión de clase según sea la falta cometida, la que se aplicara una vez
agotados el proceso de dialogo entre el alumno, apoderado, director.
e) Si la fata es considerada de gravedad, se contemplara la condicionalidad de
matricula.
f) Si la falta fuere aun considerada de mayor gravedad, acompañada de
conductas negativas previas y reiteradas, no manifestando la intencionalidad
de mejorar dicho comportamiento, se podrá solicitar el retiro del
establecimiento de los alumnos.
ARTICULO: 12º: Se recocerá a los alumnos mediante el sistema de.
a) Comentarios positivos e inmediatos por parte del docente en lugar y frente al
grupo que corresponda.
b) Observación positiva en libro de clases.
c) Reconocimiento público en actos académicos o ceremonia institucional.
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d) Premio por su destacada participación en las distintas actividades realizadas
por el establecimiento.
CAPITULO III
PROHIBICIONES GENERALES
ARTICULO 13º: A nivel de comunidad educativa.
a) En las salas de clases se prohíbe lanzar papeles y objetos; los gritos o
cualquier falta que impide una clase ordenada y armoniosa.
b) Se prohíbe al personal y a toda la comunidad escolar fumar y beber bebidas
alcohólicas dentro del recinto del establecimiento.
c) Se prohíbe portar, consumir e incitar al consumo de drogas y/o
estupefacientes dentro del colegio o fuera de el.
d) Se prohíbe a los alumnos traer celulares, juegos electrónicos u otros objetos
de valor, en periodo de clases. Si por casualidad lo trae debe mantenerlo
apagado
e) Se prohíbe a los alumnos jugar con objetos cortantes o contundentes como
por ejemplo: reglas metálicas, palos, piedras, etc., con los cuales pueden
herir a sus compañeros.
f) Se prohíbe a los alumnos bromas como empujones o golpes a sus
compañeros, sacarle la silla cuando este se va a sentar, etc. Para evitar
accidentes y o provocar bullyn o maltrato hacia sus compañeros o
compañeras. qué les cause menoscabo o denostación.-
g) Se prohíbe a los alumnos jugar con interruptores, enchufes o cualquier otro
elemento eléctrico.
h) Se prohíbe copiar en las pruebas, la que se considera como una falta grave.
i) Se prohíbe la adulteración de notas en los libros de clases.
j) Se prohíbe la destrucción de la infraestructura o mobiliario de la escuela.
ARTICULO 14º: Prohibiciones generales para el personal del establecimiento
educativo.
a) Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin
la debida autorización.
b) Suspender ilegalmente la labor y/o inducir a tales actividades.
c) Atrasarse reiteradamente en las horas de llegadas.
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d) Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del
alcohol, droga y/o estupefacientes
e) Causar daño voluntario o intencionalmente a las instalaciones del
establecimiento.
f) Introducir bebidas, alcohólicas y/o estupefaciente al establecimiento.
g) y/o darlas a consumir.
h) Efectuar comercio dentro del establecimiento para beneficio personal.
i) Utilizar la infraestructura en beneficio personal
j) Se prohíbe a todo el personal que labora en esta UNIDAD
EDUCATIVA el MALTRATO DE PALABRA O DE HECHO en
contra de los o las alumnas en cualquier circunstancia : la persona
que incurra en estos hechos será apartada inmediatamente de sus
labores hasta que aclare su situación, si resultare culpable ,dejara
sus funciones y se denunciara a las instituciones pertinentes.
El presente reglamento INTERNO de la escuela GASPAR HUENCHUMAN, se
encontrara sujeto a modificaciones según los requerimientos de la comunidad escolar, o
las necesidades que imponga la sociedad actual.
JACQUELINE BERNALES HUERTA
Profesor Encargado
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MARCO LEGAL
Cuerpos legales y normativos que sustentan la convivencia escolar.
1.- Declaraciones universales de los derechos humanos.
2.- Declaraciones de los derechos del niño y la niña 1990.
3.- Ley n° 20.370 general de educación y sus modificaciones contenidas en la ley n°
20.536 sobre violencia escolar.
4.- Ley n° 20.609 contra la discriminación.
5.- Ley n° 19.284 de integración social de personas con discapacidad.
6.- Ley n° 20.845 de inclusión escolar.
7.- Decreto n° 79 Reglamento de estudiantes embarazadas y madres.
8.- Decreto n° 50 Reglamento de centro de alumnos.
9.- Decreto n° 565 Reglamento de centros juveniles de apoderados.
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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
- TÍTULO I: OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Art Nº1 Este manual tiene por objetivo favorecer el ambiente educativo de todos
los actores educativos se espera un trato digno y de respeto hacia los profesores, el
personal docente, alumnado y todo el entorno escolar; permitiendo así lograr un sentido
de pertenencia e identidad con el establecimiento. Para el cumplimiento de este objetivo
se requiere el compromiso, la colaboración, responsabilidad y participación de todos los
miembros que conforman la comunidad educativa de la Escuela P N° 64 Gaspar
Huenchuman de Moltrohue. Para que haya una sana convivencia escolar cumpliéndose
los derechos y deberes de cada estamento, sin olvidar que es la familia quien debe
enseñar en el hogar las conductas y actitudes positivas hacia otros miembros de su
entorno y esa es su responsabilidad junto con la escuela.
TÍTULO II: NORMAS DE CONVIVENCIA
Art. 2.- Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un
ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo.
Art. 3.- Si existieren problemas o conflictos sus integrantes tienen derecho a denunciar,
derecho a reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas.
Derechos de alumnos y alumnas.
Art. 4. - Contribuir a su crecimiento personal apoyándolo en todo sentido.
- Recibir asistencia y orientación de parte del mediador o docente cuando se
exteriorice una conducta inadecuada hasta que se atenué o desaparezca
definitivamente.
- Ser escuchado (a) en sus inquietudes y que se respete su dignidad personal no
recibiendo retos negativos o degradantes.
- Desarrollar su trabajo escolar en un ambiente adecuado. y seguro
- Participar en todas las actividades extra programáticas que la escuela proponga
y que él o ella elijan con responsabilidad y según sus intereses.
- Recibir y conocer los resultados de sus evaluaciones en un plazo estableblecido
como asimismo conocer las observaciones negativas, significativas o de
observaciones leves en el libro de clases.
- Hacer uso del seguro escolar en caso de accidente.
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- Tener acceso y uso a todos los textos y materiales didácticos para el desarrollo
de sus tareas o en horario de clases.
Deberes fundamentales en su formación personal.
Art. 5.-Actuar con honestidad y apego a la verdad en todos los ámbitos del quehacer de
la comunidad educativa.
- Respetar y fomentar sus culturas vernáculas y apropiarse de ella.
- Promover y asegurar una sana convivencia escolar realizando sus actividades
bajo los principios de respeto y tolerancia con sus pares. No a la discriminación.
- Colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato
entre pares.
- Respetar la labor de los profesores y el derecho al aprendizaje de sus
compañeros y compañeras.
- Actuar con honradez en todo procedimiento evaluativo.
- Utilizar las dependencias del colegio manteniendo las instalaciones en buen
estado y respetar las pertenencias de otros integrantes de la comunidad
educativa. Todo acto contrario se exige su reparación y además la medida
disciplinaria pertinente.
- Evitar toda acción que signifique menoscabo psicológico o físico a otro
miembro de la comunidad escolar, sean estos pares, profesores o cualquier
persona que trabaje dentro de las dependencias del establecimiento.
- Asistir diariamente a clases y cumplir con sus deberes escolares.
- Concurrir al establecimiento sin dinero ni objetos de valor, ya que la escuela no
se hace responsable por pérdidas.
- Resolver pacíficamente los conflictos. Todo acto que recurra a la violencia y a
la agresión física o verbal será sancionado como falta grave.
Art. 6 El uniforme escolar no será obligatorio. Solo el día que corresponda educación
física el buzo escolar será obligatorio.
Art. 7 Su presentación personal debe ser acorde a un estudiante. Limpio y presentable,
al igual que su higiene personal.
TÍTULO III: DEL TIPO DE FALTAS
Art. 8 De acuerdo a su origen, intención y/o consecuencias las faltas se clasifican en:
1.- Falta leve: Aquellas transgresiones que no tienen consecuencias mayores para la
sana convivencia, aunque sin embargo dificulten el control y/o desarrollo de una
actividad.
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Faltas leves serian:
a) Realizar actividades ajenas al desarrollo de la clase. Leer o consultar material
ajeno a la clase.
b) Conversar en clases
c) Responder de mala manera al profesor o a un compañero.
2.- Falta media: Aquella que afecta al cumplimiento de sus deberes escolares, o la que
altera el ambiente escolar perjudicando la convivencia interna.
a) La reiteración de faltas leves.
b) No acatar el reglamento y normativas del colegio o las órdenes de la profesora o
de cualquier otro personal del establecimiento.
3.- Falta grave: Aquella que resulta de una transgresión intencionada, un daño físico o
psicológico hacia otros integrantes del entorno escolar.
a) La reiteración de faltas medias.
b) Proferir insultos o garabatos; hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad escolar.
c) Todo acto discriminatorio de carácter arbitrario referido a embarazo adolescente,
origen racial, origen o situación socioeconómica, religiosa, política, orientación
sexual, identidad de género, entre otras opciones.
4.- Falta gravísima: Lo que resulta de una conducta intencionada y contraria a la
normativa vigente del colegio y que regulan la sana convivencia.
a) Robo o hurto de especies al interior al interior del establecimiento y sus
alrededores.
b) Portar todo tipo de armas que puedan hacer daño a cualquier miembro de la
comunidad educativa.
c) Portar, vender, comprar o consumir bebidas alcohólicas, drogas, etc.
TÍTULO IV: DE LAS MEDIDAS PEDAGÓGICAS Y DISCIPLINARIAS.
Art. 9 En la aplicación de toda medida o sanción se deberá tener en cuenta los
siguientes criterios.
1. Toda medida o sanción debe tener un carácter formativo para los niños o niñas
involucrado y para el resto de los alumnos.
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2. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta respetando la dignidad de
los involucrados, protección y recuperación del afectado y la formación y
corrección del responsable.
3. Al momento de tomar la medida o sanción se deberá tener en cuenta los
siguientes criterios:
a. La edad, etapa del desarrollo y madurez de las partes en conflicto.
b. La naturaleza del daño.
c. La conducta anterior del responsable.
1.- Falta leve:
a. Dialogar con el (la) alumno (a), hacerle ver lo inadecuado de su acción y este dialogo
se debe hacer con un mediador o mediadora.
b. Registrar una observación en la hoja de observaciones del libro de clases para dar
cuenta de la conducta referida.
2.- Falta media:
a) Dialogo con el o los involucrados frente al mediador.
b) Registrar una observación en la hoja de observaciones del libro de clases presentando
la conducta reiterada.
c) Al ser la conducta muy reiterada se citará al apoderado correspondiente para buscar
una solución definitiva.
3.- Falta grave a gravísima:
a) Diálogos con los involucrados y el mediador.
b) Registro de la conducta en el libro de clases.
c) Comunicar al profesor encargado la falta cometida por el alumno (a)
d) Citar al apoderado y en conjunto tomar decisiones definitivas que pueden ser:
- Suspensión de clases (2 días)
- Dictaminar matricula condicional para mejora de su comportamiento.
Art. 10 Los profesores, asistentes de la educación o cualquier miembro de la
comunidad educativa deberán denunciar cualquier acción de omisión que revista
caracteres de delito y que afecte a algún miembro de la comunidad educativa, tales
como lesiones, amenazas, robos, hurtos, actos sexuales, porte de algún objeto punzante,
entre otros. Se deberá denunciar ante carabineros o tribunales competentes dentro de 24
horas desde que se tome conocimiento del hecho.
TÍTULO V: DE LA LEY DE INCLUSIÓN.
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Art. 11 La escuela P N° 64 Gaspar Huenchuman matriculará a todos los alumnos (as)
que soliciten su incorporación al establecimiento, garantizará la continuación de
estudios en un ambiente de respeto mutuo, con rechazo a todo acto discriminatorio tales
como de nacionalidad, origen, situación socioeconómica, religión, orientación sexual,
entre otros, otorgando igualdad de oportunidades a niños y niñas.
TITULO VI: DEL CONSEJO ESCOLAR.
Art. 12 Corresponde al COes la responsabilidad de canalizar la participación de la
comunidad educativa en el desarrollo de una convivencia escolar sana de acuerdo a los
principios declarados en el PEI. Como asimismo aportar con medidas que permitan una
buena convivencia escolar y ayudar a prevenir todo tipo de violencia tanto física como
psicológica.
TÍTULO VII: DEL MEDIADOR DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Art. 13 El mediador es el responsable de la formación de valores y actitudes positivas
de los alumnos (as) y en la resolución de conflictos. Encargado y responsable de
implementar las acciones determinadas por el consejo escolar, tendientes a promover la
buena convivencia escolar.
Art 14. Su función será:
- Confeccionar e implementar el plan de gestión para poner en práctica las
recomendaciones del consejo escolar.
- Investigar aplicar medidas o sanciones en los diferentes casos.
- Informar de cualquier asunto relativo a la buena convivencia del
establecimiento.
TÍTULO VII: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y
APODERADOS.
Art. 15 El establecimiento garantiza la integración efectiva de los padres y apoderados a
la labor formadora y educativa de esta U. educativa. Además de que los padres y
apoderados serán escuchados y recibirán un trato cordial y respetuoso. Los padres
tendrán derecho a:
- Recibir toda la información requerida de sus hijos en cuanto a la parte
formativa como académica.
- Plantear con respeto y responsablemente dudas, inquietudes y
sugerencias, las cuales serán respondidas por el profesor.
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- Participar en la elección del centro de padres y a formar parte del consejo
escolar
Deberes de los padres.
- Comprometerse con responsabilidad para que su pupilo respete las
normas de convivencia.
- Propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia para
prevenir cualquier acto que pueda alterar dicho clima.
- Participar de las actividades que la comunidad educativa proponga.
- Asistir a las reuniones del centro de padres, sin traer mascotas que
podrían asustar o morder a un alumno o (a) O causar algún
accidente dentro del establecimiento, hecho que no es responsabilidad
del personal de la escuela.
- Cuidar de la higiene personal de su pupilo (a).
- Conocer el PEI, PME y Manual de CONVIVENCIA ESCOLAR del
establecimiento.
- Preocuparse del proceso de enseñanza de su hijo (a) para que haya
calidad en los aprendizajes.
TÍTUTLO IX: DE LA PROTECCIÓN A LA LABOR DOCENTE.
Art. 16 Toda amenaza, agresión, calumnia o injuria para los profesores o asistentes de
la educación será denunciada a las autoridades correspondientes.
Art. 17 La escuela P Nº 239 “Alto Mañío” defenderá a sus docentes, personal no
docente y perseguirá la responsabilidad civil o criminal de las personas que atenten de
cualquier forma de las ya antes mencionada.
TÍTULO X: DE LAS POLITICAS DE PREVENCIÓN.
Art. 18 Prevenir y afrontar la violencia escolar es una tarea de toda la comunidad
educativa en su conjunto, permite una prevención integral contribuyendo a formar niños
y niñas buenos, mejores jóvenes y buenos ciudadanos.
Art. 19 Las actividades de prevención serian:
- Realizar un diagnóstico de la realidad social del establecimiento.
- Aplicar el manual de convivencia escolar.
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- Sensibilizar a los padres y apoderados de su responsabilidad en la
formación de los (as) estudiantes. Haciéndolos participes activos en los
diferentes programas.
- Evaluación del plan de gestión.
TÍTULO XI: DE LA ENTREGA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.
Art. 20 Todos los padres y apoderados recibirán al inicio del año escolar en la primera
reunión del centro de padres el manual de convivencia y el reglamento interno del
establecimiento, firmando su recepción.
TITULO XII: DE LAS MODIFICACIONES DEL MANUA DE
CONVIVENCIA.
Art. 21 El presente reglamento podrá ser modificado por el director o profesor
encargado, con consulta al consejo escolar al término del año escolar respectivo.
Para su conocimiento.
JACQUELINE BERNALES HUERTA
Profesora encargada.