Guía para la emisión de comprobantes CFDI versión 3.3 y complemento para recepción de pagos (complemento de
pago)
Para Mabe es muy importante cumplir con sus obligaciones fiscales y legales;
derivado de los nuevos lineamientos del SAT en la facturación electrónica, específicamente en los nuevos
campos obligatorios del CDFI versión 3.3. y el CFDI Complemento de pagos, emitimos esta guía.
A. Facturas y notas de crédito (CFDI versión 3.3)
1. USO del CFDI
La clave de uso que debe incluirse en el CFDI versión 3.3 será la que conforme a la tabla siguiente
corresponda a los bienes, servicios o arrendamiento que como proveedor de Mabe entregues, prestes u
otorgues. En caso de no ubicar tu actividad, por favor dirígete con tu contacto Mabe.
Claves de uso.
https://srvmabe59.mabenet.corpmabe.com/logon_ui_resources/layout/Tabla_Usos_CFDI_3_3.pdf
Nota: También se puede acceder a la tabla en el inicio de sesión del portal de proveedores.
2. Método y forma de pago
La clave de método y forma de pago que debe colocarse en el CFDI versión 3.3 será la que conforme al
supuesto te corresponda de la tabla siguiente:
Supuesto Método de pago Forma de pago
Si tu factura será pagada a crédito
PPD - Pago en parcialidades o diferido
99 Por definir
Para notas de crédito PUE- Pago en una sola
exhibición
17 Compensación
15 Condonación
Nota: La addenda de Mabe no se modifica, sin embargo deberás considerar la información antes
proporcionada para que tu factura se procese para pago.
B. Complemento para pagos
1. Generales
Deberás ingresar los complementos de pagos en el portal:
https://recepcionfe.mabempresa.com/FileControl3/index.html dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se realiza el pago, conforme a las disposiciones fiscales.
Para procesar el pago de tus facturas, deberás estar al corriente en la entrega de los complementos para
pago de meses anteriores.
2. Emisión de Complemento para pagos
• SielpagodetusfacturaslorealizadirectamentelacompañíadeMabe,deberásemitirloscomplementosparapagosalacompañíaqueterealizóelpago.
• Si el pago de tus facturas se realiza a través del esquema de pago conocido como “Factoraje Proveedores” a través de un banco nacional, el complemento de pago lo deberás de emitir al banco a través del cual se realice el pago de tus facturas.
•Sielpagodetusfacturasserealizaatravésdelesquemadepagoconocidocomo“ Factoraje Provee-dores” a través de un banco extranjero, el complemento de pago lo deberás de emitir al banco extranjero a través del cual se realice el pago de tus facturas.
3. Documentos relacionados
Las facturas y notas de crédito aplicadas a los pagos realizados que deberán relacionarse en el complemento
para pagos, podrás visualizarlos en el portal SAP de proveedores en el reporte de facturas pendientes de pago
en la siguiente liga: https://collaboration.mabempresa.com/irj/portal yenelcasode“FactorajeProveedores”
en portal del banco a través de la cual se realizan los pagos de tus facturas.
4. Método y forma de pago
La clave de método y forma de pago que debes colocar en el CFDI de complemento de pago será conforme la tabla siguiente:
Supuesto Método de pago Forma de pago
Si tu factura será pagada a crédito
PPD - Pago en parcialidades o diferido
02 Cheque nominativo
03 Transferencia electrónica de fondos
17 Compensación1
C. Otros asuntos
1. Elaboración de notas de crédito
Cuando emitas una nota de crédito, el UUID que deberás relacionar en ella (factura a la que se aplicará) será el
de la última factura emitida a Mabe y deberás notificar a tu contacto del área de cuentas por pagar de Mabe.
En caso de que la factura a la cual se le relacionó la nota de crédito se cancele por alguna razón,
deberás cancelar la nota de crédito; teniendo que emitir ambos documentos nuevamente.
2. Cancelación de facturas ya pagadas
No deberás cancelar Facturas CFDI versión 3.3 que hayan sido pagadas y por las cuales hayas emitido el
complemento de pago.
Cuando por alguna razón debas anular los efectos de una factura, deberás emitir una nota de crédito por
el total de la factura y posteriormente emitir la nueva factura que sustituirá la primera y el complemento
de pago correspondiente.
1. Compensación de pago: Modo de extinción de las obligaciones en el que ambas partes, debido a dos relaciones obligacionales distintas, son a la vez acreedor y deudor principales, por lo que se neutraliza la deuda.