Transcript

Ilustracin y su Influencia en el Derecho-Se manifiesta a travs de los Cdigos en el derecho Privado y de las Constituciones y el Estado Constitucional en el Derecho Pblico.- La Ilustracin es un Movimiento racionalista, los ilustrados destacan a la razn como el elemento ms importante- Los ilustrados sostenan que mediante la razn se alcanzara el progreso, un mejor nivel de vida- Slo se puede aceptar como verdadero lo que la razn puede probar, si no se prueba con la razn no hay certeza- Este movimiento surge en Inglaterra a fines del s. XVII y se proyecta en el resto de Europa y en Amrica en los s. XVIII- XIX - Por qu surge en Inglaterra? En Inglaterra se desarroll una revolucin liberal (1700 aprox), cambios polticos, se establecen derechos, libertades pblicas de los sbditos. S e suprime la monarqua por 11 aos (en ese periodo se desarrolla la Repblica parlamentaria) . Cuando regresa la monarqua, regresa como monarqua constitucional, este rgimen ampara las libertadores pblicas , por lo tanto se crea el ambiente para el surgimiento de nuevas ideas.- Escuela empirista: es una escuela de pensamiento en la cual los autores sostienen que el hombre conocer todo observando la naturaleza, mediante los sentidos y la razn.Locke : 1632- 1704: Ensayo sobre el entendimiento humano Razn del hombre Avances de la humanidad a travs de la razn Plantea la pregunta hasta dnde el hombre podr avanzar mediante la razn? El hombre avanzar muchsimo ms , pero no soy capaz de ver un lmiteEl progreso es ilimitado, indefinido a travs de la razn, si no se puede ver el lmite es porque no existeLos ilustrados crean un nuevo concepto de derecho natural: Derecho natural racionalista, reforman el derecho natural (escolstica de Toms de Aquino)Comparacin entre Escolstica y Derecho natural racionalista El D natural racionalista existe y es obra de dios (este crea al hombre con una naturaleza determinada y de ah emanan las leyes naturales) Diferencia: criterios de validez : D natural racionalista validez/obligatoriedad todo ser humano es racional y se da cuenta que existen derechos superiores, comprende los principios jurdicos fundamentales. Por lo tanto tiene la capacidad de transformar esos principios en normas jurdicas positivas (cdigos y constituciones son consecuencia de una ley natural)Obliga a todo ser humano por ser racional. Es decir la razn es el criterio de validez para creyentes y no creyentes.

Exponentes: Hobbes Descartes Graccio Wolf Pufendorf SpinozaEl Derecho natural racionalista se expresa a travs del Estado constitucional, que es un nuevo modelo de organizacin del E, con carcter universal para reemplazar el antigua rgimen. El E constitucional garantiza los derechos individualesAntiguo Rgimen Estado Constitucional

SoberanaPrincipio del origen divino del poderTiene su origen en el pueblo/nacin que ejerce el poder mediante representantes

Ejercicio de poderPrincipio de acumulacin de oficios ( misma persona ejerce varios cargos pblicos : gobierno, administrar, legislar, justicia,)Separacin de poderes (garanta para proteger los derechos individuales)

Proteccin de derechos individualesEstaban protegidosEste es el primer fin del estado

Principio de Primaca constitucionalNo existeLa constitucin tiene el rango equivalente a la primera ley del estado.