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EL MINISTERIO PÚBLICO

PERFIL DE LAS DIFERENTES PROCURADURIAS

Jody Granados

Octubre 2009

Marco teórico: el surgimiento y la institucionalización del Ministerio Público

La Procuraduría surgió con el establecimiento de la República y la Constitución

de 1844. En efecto, su artículo 131 se refiere al cargo de Agente del Ministerio

Público como parte de la Suprema Corte de Justicia. Es nombrado por el Poder

Ejecutivo así que desde el inicio, la Procuraduría depende de este Poder.

Las funciones de este Agente del Poder Ejecutivo, también llamado Procurador

Fiscal, fueron precisadas por una ley de 18451. Otras bases legales ampliaron

las misiones de la Procuraduría2. Desde el año 1857, el Ministro Fiscal juega el

papel de nexo entre la Suprema Corte de Justicia y el Ministro de Justicia.

Dicho de otro modo, el Procurador General de la

República es el representante del Ministerio Público ante la Suprema Corte de

Justicia.

Además de esta función, la Constitución revisada en 1927 añade que el Procurador

General de la República es no sólo el Jefe del Ministerio Público sino también

el Jefe de la Policía Judicial.

Desde el año 1931 (con la Ley No. 79) hasta el año 1964 (con la Ley No. 485, del 10 de

noviembre de 1964), hubo varias transferencias de atribuciones entre la

Procuraduría General de la República y la Secretaría de Estado de Justicia.

Finalmente, a partir 1964, el Procurador General además de las funciones que le

confieren la Constitución y las leyes, tiene definitivamente a su cargo todos

los asuntos que estaban atribuidos al Secretaría de Estado de Justicia (lo cual

es suprimida), o sea servicios administrativos relacionados con el ramo

Judicial.

1 Ley No. 41 del 11 de Junio de 1845, Orgánica para los Tribunales de la República

2 Reglamento No. 247 del 9 de Junio de 1851 para el Régimen Interior de la Suprema Corte de Justicia y la Ley No. 387 del 19 de

Mayo de 1855 sobre Organización Judicial

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1/ La Procuraduría General de la República

Informaciones generales:

Sitio web: www.procuraduria.gov.do

Dirección: Calle Juan de Dios Ventura Simó esquina Enrique Jiménez Moya,

Centro de los Héroes, Constanza, Maimón y Estero Hondo.

Santo Domingo, D.N.,

Apartado Postal 1485.

Tel: (809) 533-3522

Fax: (809) 533-4098

A. Composición, Dependencias Según el Estatuto del Ministerio Público3, la Procuraduría General de la

República cuenta con varias unidades administrativas, las cuales son: la

Secretaría General, el Departamento de Recursos Humanos, el Departamento

Administrativo y Financiero, el Departamento de Contabilidad, el Departamento

de Informática, el Departamento de Relaciones Públicas, el Departamento de

Estadística y Planificación, el Departamento de Multas, el Departamento de

Capacitación, Evaluación, Control y Desarrollo de la Gestión, el Departamento

de Archivo y Correspondencia, el Departamento de Legalizaciones y el

Departamento de Edificaciones y Mantenimiento.

Otros órganos están también bajo la dependencia de la Procuraduría General de

la República tales como la Dirección General de Prisiones, el Departamento de

Prevención contra la Corrupción Administrativa, la Escuela Nacional del

Ministerio Público -la cual tendrá a su cargo la capacitación de los miembros

del Ministerio Público en servicio y la formación de los aspirantes a ingresar

a la carrera-, la Dirección Nacional del Ministerio Público y la Unidad de

Familia y de Menores.

Cada una de esas dependencias tiene una sección en el sitio web de la

Procuraduría General de la República. Igualmente, se puede encontrar un

organigrama representando la organización de la Procuraduría General de la

República.

http://www.procuraduria.gov.do/PGR.NET/Nosotros/Organigrama.aspx

B. Competencia En su sitio web, la Procuraduría General define su misión como el ejercicio de

la “acción penal pública, la investigación de los hechos punibles, la

3 ley 78-03 de 2003 del Estatuto del Ministerio Público. Título XI Cap. I “Unidades Administrativas” artículo 48

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representación y defensa del interés público y social, así como la vigilancia y

cumplimiento de las normas del debido proceso legal”. Asimismo tiene que

garantizar la protección de las víctimas y los testigos y respetar los derechos

humanos. Eso pone énfasis en su función de Jefe del Ministerio Público. Es

función principal de tal manera que frecuentemente se confunda los términos de

“Ministerio Público” y de “Procuraduría General”. Incluso la página web de la

Procuraduría se titula “MINISTERIO PUBLICO. PROCURADURIA GENERAL DE LA

REPUBLICA”4.

Así que es necesario ahora hacer la diferencia entre la institución del

Ministerio Público en general y la Procuraduría General de la República. Por

una parte, si el Procurador General de la República es el representante del

Ministerio Público ante la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público no

se limita a este Agente. Tiene otros miembros a diferentes niveles de

jurisdicción al igual que tiene otros órganos. Por otra parte, si la función de

Ministerio Público es la función principal de la Procuraduría General de la

República, no es la única. En efecto tiene otras competencias tratadas

brevemente en la primera parte sobre el Marco teórico como por ejemplo las

funciones de Secretaría de Estado de Justicia (servicios administrativos) y de

Administración Penitenciaria.

C. El Procurador General de la República

a. Sus atribuciones

Es el funcionario quien encabeza la Procuraduría General de la República. Su

asiento está en Santo Domingo. El Estatuto Del Ministerio Público precisa sus

atribuciones en el artículo 47 del Título X.

El Procurador General de la República tiene competencia nacional. Además de

las atribuciones administrativas de la Secretaría de Estado de Justicia que le

fueron transferidas por la ley No 485 del 10 de noviembre de 1964, tiene las

siguientes atribuciones5.

Primero, como máxima autoridad de la Procuraduría General de la República, El

Procurador General de la República designa los empleados administrativos de la

institución, sus dependencias y los directores de los Departamentos y

Direcciones Generales que dependan de ella.

Después, como Jefe del Ministerio Público representándole ante la Suprema Corte

de Justicia, dirige el conjunto de esa institución. O sea, tiene la

supervigilancia de los demás funcionarios del Ministerio Público y de la

4 http://www.procuraduria.gov.do/PGR.NET/Index.aspx

5 Sólo citamos las más importantes

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Policía Judicial. Más precisamente, gestiona el presupuesto, dicta el

reglamento interno, ayuda a fijar los criterios operativos para reclutar y

evaluar el personal de la institución, puede suspender en funciones a cualquier

miembro del Ministerio Público...

Además, preside varios órganos, o sea el Consejo General de Procuradores, el

Consejo Superior Disciplinario y el Consejo Directivo de la Escuela Nacional

del Ministerio Público.

Igualmente, ayuda al Poder Ejecutivo para dirigir la política del Estado contra

la criminalidad. Define y ejecuta la política penitenciaria del Estado a través

de la Dirección General de Prisiones.

El Procurador General de la República tiene mucho poder pero debe ejercer todas

sus funciones rindiendo cuenta al Poder Ejecutivo.

b. El actual Procurador General de la República: el Magistrado Radhamés Jiménez Peña

Este dominicano de 48 años de edad, tiene dos facetas: el hombre de carrera

jurídica y el hombre de carrera política.

Por una parte, es un abogado de carrera. En el año 1985 se gradúa de Doctor en

Derecho, en la Universidad Autónoma de Santo Domingo. De 1986 hasta 1995 se

mantiene en la Oficina de Abogados del Dr. Abel Rodriguez del Orbe. En 1995,

funda la oficina Fernandez y Asociados con el Dr. Leonel Fernández Reyna y la

Dra. Margarita Cedeño de Fernández. Siempre ha sido activo participando a

varios foros nacionales e internacionales y publicando libros, ensayos y

artículos de periódicos sobre diversos tópicos en el ámbito jurídico.

Por otra parte, es un político. En el año 1981 se volvió miembro del Partido de

la Liberación Dominicana. El año 1998 fue el punto culminante de su ascensión

en el seno del partido ya que fue elegido al Comité Central, máximo organismo

de dirección del partido. El año siguiente entró en el primer gobierno del

Presidente Dr. Leonel Fernández Reyna como Director General Aeroportuario.

Sus carreras jurídica y política se reunieron cuando fue elegido Secretario de

Asuntos Jurídico del partido en el año 2000. Ejercerá este cargo hasta el año

2010. También es Delegado político alterno ante la Junta central Electoral

aunque en cuanto a sus funciones políticas se encuentra de licencia para

cumplir con el cargo de Procurador General.

Finalmente, desde el año 2006, ocupa un cargo relevante en el sector público.

En efecto este hombre, miembro del PLD y que ha colaborado muchas veces con el

Presidente Dr. Leonel Fernández Reyna, fue designado por ese último Procurador

General de la República Dominicana. Su acción es reconocida como exitosa ya que

ha contribuido a institucionalizar y modernizar el Ministerio Público y el

Sistema Penitenciario Nacional.


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