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• SENA
7A\ Servicio Nacional de Aprendizaje
Guía metodológica para el programa de articulación del SENA
con la educación media técnica
Dirección Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
Septiembre de 2004 ~-Salto de sección (Página sigulente)1--
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• SENA
7A\ Servicio Nacional de Aprendizaje Fecha: Septiembre de
SENA 2004
Sistema Nacional de Formación
para el Trabajo
Guía Metodológica para el versión: 2 programa de Articulación del SENA con la Educación Media Página 2 de 45
Técnica ~-------------------------
Control del Documento
Nombre Cargo Dependenci Firma 1 Fecha a
Autora Luz Marina Profesional División de Abril de Hincapié López Aprendizaje y 2004
Reconoci-miento
Ajustada Aída Luz Martfnez Profesional Sistema Septiembre por Gemade Nacional de de 2004
Formación para el Trabajo
Abril de -Reconocí- Mariam Zgaib Funcionarios Divisiones de mientos Aburad, Mario Aprendizaje y 2004
Javier Rincón Reconocí-Triana , Luis miento y de Carlos Leiva Registro y cobos, William Control Darío Riaño Académico Barón, Luz Marina Calderón García
Revisión Jalr Osplna Jefe Divfsión de Septiembre Pacheco Aprendizaje y de 2004
Reconocí-miento
Aproba- Juan Bayona Director Sistema Septiembre ción Ferreira Nacional de de 2004
Formación para el Trabajo
Control de los Cambios
Versión Fecha de Cambio Solicitó No. Aprobación
• Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre SENA
7A\ Guia Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión: 2 Sistema Nacional Educación Media Técnica
de Formación Página 3 de 45 para el Trabajo
TABLA DE CONTENIDO
PRESENTACIÓN 4
ANTECEDENTES 5
1. Objetivos del Programa 7 1.2 Objetivos específicos 7 2. Alcance 7 3. Actores del Programa de Articulación 7 3. 1 Ministerio de Educación Nacional 8 3.2 Secretaría de Educación Departamentales, Distritales y
Municipios Certificados 8 3.3 Instituciones de Educación Media Técnica 9 3. 4 Servicio Nacional de Aprendizaje SENA 1 O 4. Generalidades 11 5. Beneficios del programa de articulación 13 5. 1. 1 Para los Alumnos 13 5.1.2 Para la Institución de Educación Media Técnica 13 5.1.3 Para el SENA 14 6. Concepto de Articulación 14 7. Descripción del Procedimiento 15 7. 1 Descripción detallada 23 7.2 Descripción gráfica 27 8. Revisión y actualización 27 9. Referencias documentales 27 1 O. Anexos 27
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L de Formación ara el Trabajo
1 Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
PRESENTACIÓN
Fecha Septiembre de 2004
Vers1ón 2
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La presente Guía se ha elaborado con el fin de proporcionar a las Regionales y a los Centros de Formación Profesional Integral del SENA, las orientaciones y el procedimiento a seguir cuando una Institución de Educación Media Técnica esté dispuesta a ofrecer un programa de formación profesional que haya sido diseñado por el SENA.
Para la elaboración de este documento, se tuvo en cuenta la experiencia que a nivel nacional ha venido desarrollando el SENA en tomo al Programa de Articulación con la Educación Media Técnica.
Es un documento cuyos planteamientos están abiertos a las posibilidades de enriquecimiento, en la medida en que tanto los Centros de Formación Profesional Integral del SENA, como los demás actores, que intervienen en el Programa de Articulación vayan desarrollándolo y encuentren otras alternativas u oportunidades que permitan enriquecerlo.
• SeNicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre SENA
7A\ Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión: 2 Sistema Nacional Educación Media Técnica
de Formación Página 5 de 45 para el Trabajo
ANTECEDENTES
En 1985, con la Ley 55 se reordenaron las finanzas del Estado y en su virtud, se firmó el convenio SENA-Ministerio de Educación Nacional, por medio del cual se buscaba el mejoramiento de los programas de educación técnica.
Partiendo del diagnóstico, se identificaban las necesidades de los colegios estatales para asignarles recursos financieros destinados a la adecuación o construcción de talleres o laboratorios y se ofrecía asesoría para homologar programas de formación y llevar a cabo la actualización de docentes.
El convenio en mención duró aproximadamente 1 O años y fue base para que en el año 1994, se creara el programa de Asesoría a la Educación Media Técnica, atendiendo Jo establecido en la Ley 119 de 1994 de Reestructuración del SENA en el numeral 13 del artículo 4° y de la Ley de Educación, Parágrafo del Artículo 32.
En este orden, Jos Centros de Formación Profesional Integral del SENA, por solicitud de los colegios interesados, iniciaron su ejercicio ofreciendo asesoría para el diagnóstico de necesidades y desarrollo de programas, actualización pedagógica de Jos docentes, evaluación y certificación de la formación de los alumnos. Es de anotar que en algunos casos, Jos Centros de Formación del SENA, facilitaban sus talleres para que Jos alumnos de dichos planteles realizaran las prácticas formativas.
Además, los Centros de Formación Profesional Integral del SENA, teniendo en cuenta la Cadena de Formación1
, organizaron la oferta educativa de tal manera que alumnos de las instituciones educativas vinculadas al programa de articulación, que cumplieran con el
1 Cadena de Formación: Facílítar la movilidad de los egresados de los dístíntos niveles educativos, hacía otras modalidades y niveles de formación y su inserción al mundo laboral
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7A\ Sistema Nacional
de Formación ara el Trabajo
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
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Fecha: Septiembre de 2004
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proceso de ingreso en el SENA, continuaran su formación en la especialidad, según el programa de Formación Profesional Integral.
A partir de 1999, las acciones que venían siendo lideradas y desarrolladas por los Centros de Formación Profesional Integral del SENA, se comenzaron a canalizar a través de las Secretarías de Educación, con el fin de optimizar los recursos humanos y técnicos, para lo cual ha sido indispensable continuar estableciendo alianzas que permitan la ejecución del programa.
Continuando con esta política, en los últimos años se han adelantado acciones con el Ministerio de Educación Nacional tendientes a lograr un mayor compromiso en la ejecución y seguimiento al programa por parte de las Secretarías de Educación departamentales, distritales y de municipios certificados.
Adicionalmente, el programa de gobierno del presidente Á/varo Uribe Vélez planteó la capacitación técnica para el trabajo productivo como una solución al problema del desempleo, y se propone así, preparar 150.000 personas de sectores medios y populares en oficios productivos por año2 y que todos los bachilleres aprendan un oficio productivo3.
2 Uribe Vélez Alvaro. Mano Firme Corazón Grande. El camino de la confianza. Programa de Gobierno mayo 6 de 2002 3 Uribe Vélez Alvaro, Manifiesto Democrático.
• Servicio Nacional de Aprendizaj e SENA Fecha: Septiembre SENA
7A' Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión: 2 Sistema Nacional Educación Media Técnica
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1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA
1.1 OBJETIVO GENERAL
Contribuir al mejoramiento de la calidad y pertinencia de la educación media técnica mediante la formación para el trabajo de los alumnos para facilitar su movilidad educativa o su inserción al mundo del trabajo.
1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
./ Mejorar la calidad de los programas de formación para el trabajo, y ampliar la cobertura de la oferta de formación para el trabajo
./ Desarrollar programas de formación para el trabajo que proporcione posibilidades de movilidad hacía otras modalidades y niveles educativos (cadena de formación) o para vincularse laboralmente .
./ Mejorar la calidad de los docentes de las instituciones educativas, pedagógica y técnicamente .
./ Elevar la pertinencia de la oferta educativa acorde con la demanda laboral de las regiones.
2. ALCANCE
El procedimiento descrito en esta guía aplica para las acciones que sobre la articulación del SENA con la educación media técnica se desarrolle en todas las Regionales y Centros de Formación del país.
3. ACTORES DEL PROGRAMA
Los actores que participan en el programa son: el Ministerio de Educación Nacional, las Secretarías de Educación departamentales, dístrítales y de municipios certificados, las instituciones de educación medía técnica, y el SENA.
Cada uno de estos actores desempeña un papel fundamental en el programa:
3.1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
El Ministerio de Educación Nacional asumirá las siguientes responsabilidades para promover y estimular el desarrollo de competencias en los estudiantes de la educación medía técnica:
• Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre SENA
7A\ Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión: 2 Sistema Nacional Educación Media Técnica
de Formación Página 8 de 45 para el Trabajo
../ Motivar a /as Secretarías de Educación para que se vinculen activamente al Programa de Articulación .
../ Orientar a /as Secretarías de Educación para que asesoren a /as instituciones educativas en la incorporación o diseño de programas de formación para el trabajo, acordes con el desarrollo de la región en su Proyecto Educativo Institucional (PE/) .
../ Apoyar al SENA en la implementación y desarrollo del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo .
../ Concertar con el SENA las equivalencias u homologaciones para la cadena de formación.
3.2 SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTALES, DISTRITALES y DE MUNICIPIOS CERTIFICADOS
Las Secretarías de Educación tendrán las siguientes responsabilidades:
../ Identificar con la participación del sector productivo y del SENA, /as necesidades reales de formación para el trabajo .
../ Asesorar a /as instituciones educativas para que incorporen en el Proyecto Educativo Institucional (PE/) , /os programas de formación para el trabajo .
../ Velar porque los proyectos educativos institucionales (PE/), en lo concerniente a la formación para el trabajo, sean coherentes con el plan de desarrollo regional .
../ Suscribir convenio interadministrativo con el SENA para desarrollar el programa de Articulación SENA con la Educación Media Técnica .
../ Ofrecer o gestionar /as condiciones requeridas para desarrollar /as acciones establecidas en el Convenio lnteradministrativo o aquellas que se identifiquen en las Institución educativas .
../ Coordinar con el SENA el desarrollo de acciones de sensibilización, actualización y asesoría en torno al programa de articulación a las instituciones educativas, asumiendo la convocatoria y costo de materiales .
../ Aprobar y verificar el cumplimiento del plan operativo conjuntamente con el Centro de Formación Profesional Integral -SENA.
../ Realizar Conjuntamente con el SENA el seguimiento y la evaluación de impacto.
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1 SetVicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
Fecha: Septiembre J
de 2004
Versión 2
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../ Analizar la información de oferta y demanda proveniente de los Centros del Servicio Público de Empleo del SENA y de otras fuentes u observatorios, y tomar decisiones frente a estimular o desestimular especialidades.
3.3 INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA
Tendrán las siguientes responsabilidades:
../ Participar en las actividades que para el desarrollo del Programa de Articulación establezcan la respectiva Secretaria de Educación y/o el Centro de Formación Profesional integral del SENA.
../ Incluir los programas de formación para el trabajo en sus proyectos educativos .
../ Contar con docentes actualizados en sus competencias pedagógicas y técnicas
../ Elaborar el plan operativo del programa .
../ Garantizar que la oferta educativa atienda las reales necesidades de la región .
../ Ofrecer las condiciones necesarias para que /os docentes y personal administrativo involucrado en el Programa de Articulación, reciban la actualización y asesoría requerida .
./ Establecer alianzas con empresas que permitan la práctica para los alumnos .
../ Impartir los programas de formación para el trabajo con la metodologla y los criterios de calidad establecidos por el SENA.
./ Hacer seguimiento a los alumnos en la etapa práctica .
./ Efectuar la autoevaluación del proyecto y las evaluaciones de impacto a sus egresados .
./ Gestionar con los centros del servicio público de empleo del SENA el registro de los egresados interesados en vincularse al mundo laboral .
../ Hacer seguimiento en la etapa práctica a /os alumnos con contrato de aprendizaje.
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7A\ SeNicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre
Guía Metodológica para el programa de 2004
Sistema Nacional de Formación
para el Trabajo
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
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./ Enviar a la Secretaría de Educación y al Centro de Formación profesional Integral, los informes requeridos y formatos diligenciados, según acuerdos.
NOTA: Cuando se trate de Instituciones de Educación Media Técnica Privadas, firmar los convenios con las Direcciones Regionales.
3.4 SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE- SENA
El SENA como eje integrador del programa responderá a través de las Direcciones Regionales y los Centros de Formación Profesional Integral asi:
DIRECCIÓN GENERAL:
./ Establecer políticas y reglamentaciones para la operación del programa
./ Realizar gestiones ante el Ministerio de Educación Nacional que ayude al desarrollo del Programa .
./ Actualizar y divulgar la Guía Metodológica del Programa de Articulación
DIRECCIÓN REGIONAL
./ Designar el responsable de coordinar el Programa de Articulación en la Regional
./ Desarrollar acciones de sensibilización y asesoría a las Secretarías de Educación e Instituciones de Educación Privadas, en tomo al Programa de Articulación .
./ Consolidar la información a nivel regional de las instituciones educativas vinculadas al Programa de Articulación, para el desarrollo de los procesos de planeación, coordinación, ejecución y evaluación del programa
./ Enviar semestralmente a la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo los informes consolidados a nivel regional (formato No 3 que forma parte íntegra/ de esta guía).
• Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre SENA
7A' Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión: 2 Sistema Nacional Educación Media Técnica
de Formación Página 11 de 45 para el Trabajo
./ Realizar conjuntamente con la respectiva Secretaría de Educación, el seguimiento y la evaluación de impacto sobre el programa, divulgar sus resultados y proponer acciones de mejoramiento.
CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL
./ Designar el responsable del Programa de Articulación en el centro .
./ Desarrollar acciones de sensibilización y asesoría a las Instituciones de Educación Media Técnica en tomo al Programa de Articulación .
./ Aprobar y verificar el cumplimiento del plan operativo conjuntamente con la Secretaría de Educación respectiva .
./ Actualizar docentes pedagógica y técnicamente de las instituciones educativas vinculadas al Programa de Articulación, mediante la estrategia de formación de formadores, según necesidades identificadas .
./ Orientar en coordinación con la Secretaría de Educación, acciones de actualización o mejoramiento en Gestión y Administración educativa, dirigidas a los rectores y directivos de las instituciones educativas involucradas en el programa .
./ Formar en las instituciones educativas formadores para que con los alumnos de los grados 1 O y 11, desarrollen seminarios o talleres del programa de formación para el emprendimiento .
./ Adelantar evaluaciones y seguimiento al proceso y a los alumnos para garantizar la calidad de la formación .
./ Garantizar el proceso de administración que se genere (matrícula, registro de novedades y certificación de los alumnos) .
./ Consolidar (Formato No 1 que forma parte integral de esta guia) a nivel de centro, la información de las instituciones educativas vinculadas al Programa para el desarrollo de los procesos de planeación, coordinación, ejecución y evaluación del mismo .
./ Remitir copia de los informes a la Secretaria de Educación, a la Institución Educativa y al Coordinador Regional.
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7A\ Sistema Nacional
de Formación para el Traba o
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha Septiembre
Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión. 2 Educación Media Técnica
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4. GENERALIDADES
./ Para el desarrollo del Programa de Articulación, es reqvisito la existencia de un convenio interadministratívo. SENA Dirección Regional - Secretaría de Educación Departamental, Distrital o de Municipios Certificados. (Anexo No. 1 que forma parte integral de esta gvía)
Nota: Los Municipios que aún no están certificados, se incluyen en el convenio con la Secretaria de Educación Departamental .
./ Las Instituciones de Edvcación Media Técnica Privadas, deben suscribir convenios (Anexo No 2 que forma parte integral de esta guía) con las Direcciones Regionales del SENA.
./ La institución educativa debe adecuar su programa. o asumir el programa de formación profesional integral del SENA en /os términos de contenido e intensidad horaria .
./ La articulación se hará preferibfemente en programas de formación profesional integral diseñados con base en las normas de competencia laboral. respondiendo a un Módulo de Formación correspondiente a una estructura curricular. Si por vocación de la región, el programa requerido aún no está por competencias, se aprobarán programas del enfoque instruccional actualizados; en este caso responderá a una Salida Parcial .
./ Las instituciones de educación media técnica pueden acceder al Programa de Articulación con el SENA en uno o varios programas de formación o rotar/os, siempre y cuando estén consignados en el PE/.
• Una vez el alumno haya egresado de la institución de educación media, podrá continuar en el SENA hasta obtener su Certificado de Aptitud Profesional- CAP .
./ El Programa de Articulación se desarrollará en cada institución de educación media técnica vinculada, con /os alumnos de los grados 1 o o y 11 o previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:
• Infraestructura (aulas y talleres) adecuada para el desarrollo del programa de formación seleccionado, docentes técnicos actualizados pedagógica y técnicamente, Proyecto Educativo Institucional (PE!) debidamente aprobado y que incluya el programa de formación que se definió.
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Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica Sistema Nacional Versión·
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../ El SENA velará porque las instituciones educativas, continúen impartiendo el (los) programa(s) con la calidad y pertinencia requeridas por el sector productivo .
./ El alumno egresado de una Institución de Educación Media Técnica vinculada al programa de Articulación, que posea un certificado del SENA en uno o varios módulos de formación o salidas parciales, puede ingresar directamente al SENA a continuar su formación siempre y cuando lo haga dentro del primer semestre del año siguiente de haber terminado dicha formación, de acuerdo a la disponibilidad de cupos. Si no lo hace en este lapso, deberá someterse al proceso de selección previsto en el SENA.
./ Una vez obtenida la información relacionada con la institución educativa, programa de formación que se va a articular, docentes que impartirán la formación y alumnos, se debe realizar /os trámites administrativos respectivos en la Aplicación de Gestión académica de Centros. según instrucciones del anexo No. 3
./ Las instituciones educativas que se encuentran actualmente en el proceso de articulación, continuarán en el programa incorporando /as nuevas orientaciones .
./ Retiro del Programa:
Cuando en las acciones de seguimiento se verifique por parte del SENA y/o de la Secretaría de Educación, que la institución de educación media técnica ha incumplido reiteradamente los compromisos adquiridos y no demuestra voluntad e interés en la implementación de /os programas y su continuidad, el plantel será retirado del programa y el SENA se abstendrá de prestar la asesoria por un año.
5. BENEFICIOS DEL PROGRAMA
5.1.1 PARA LOS ALUMNOS
../ Obtener doble certificación: la de la formación de bachiller Técnico realizada en el plantel y la otorgada por el SENA. en el área técnica especifica en el (los) Módulo(s) ó Certificado de Aptitud Profesional .
../ Facilita la incorporación a la cadena de formación, al avanzar en los niveles siguientes de formación en el área técnica elegida .
../ Desarrollo de competencias laborales especificas que facilitan al egresado acceder al mundo laboral.
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7A' Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre
Guía Metodológica para el programa de 2004
Sis tema Nacional · de Formación para el TrabaJo
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
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5.1.2 PARA LA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA
./ Mejorar la pertinencia y calídad de los programas de formación para el trabajo .
./ Contar con docentes actualizados pedagógica y técnicamente
5.1.3 PARA EL SENA
./ Contribuir al mejoramiento de la pertinencia y calidad de los programas de formación para el trabajo y ampliación de cobertura
./ Mantener la unidad técnica de los programas de formación .
./ Optimizar recursos de los programas de formación.
6. CONCEPTO DE ARTICULACIÓN DEL SENA CON LA EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA
Conjunto de acciones orientadas al fortalecimiento de la Educación Media Técnica en Colombia mediante la articulación de programas de formación para el trabajo del SENA con las instituciones de educación media técnica, para que los estudiantes de los grados 1 O y 11 adquieran y desarrollen competencias en una ocupación u ocupaciones, que facilite su continuidad en la cadena de formación o su inserción laboral.
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Servicio Nacional de Aprendizaje SENA
Guía Metodológica para el programa de Articulación del SENA con la Educación Media
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Fecha: Septiembre de 2004
Versión: 2
Página 23 de 45
• SENA
7A\ Sis tema Nacional
d e Formación para e/ Trabajo ,
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para e/ programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
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Fecha: Sepfjembre de 2004
Versión: 2
Página 24 de 45
16. SOilc:ite ajustes a instituciOn educativa
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lnstitiJdón Educabva
• SENA
7A\ Servicio Nacional de Aprendizaje SENA f Fecha Septiembre 1
Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la versión. 2 d Educación Media Técnica
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• Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre SENA
7A\ Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión: 2 Sistema Nacional Educación Media Técnica
de Formación Página 26 de 45 para el Trabajo
Año2
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1. Ejecute programa de formaoló con alumnos grado 11
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SENA Institución Educativa SENA
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1 FIN
• SENA
7A\ Sistema Nacional
de Formación ~ra el Traba ·o
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
8. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN
Fecha Sept1embre de 2004
Versión 2
Página 27 de 45
Esta guía será revisada por la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, tomando como insumas los aportes y observaciones que envíen las Regionales y/o Centros de Formación Profesional, Instituciones educativas, Secretarías de Educación, Municipios certificados u otras áreas que la hayan utilizado.
Si como consecuencia de esta revisión, se produce algún ajuste y obtenida la aprobación, se procederá a distribuir la nueva versión.
9. REFERENCIAS DOCUMENTALES
• Guía para la Articulación de la Educación Media Técnica y la Formación Profesional. SENA. Bogotá, 1994
• Ley de Reestructuración del SENA, Ley 119 de 1994
• Ley General de Educación, Ley 115 de 1994
• Estatuto de la Formación Profesional Integral del SENA, Acuerdo 008 de 1997
• Ley 715 de 2001 "Prestación de los servicios de educación y salud, entre otros"
• Ley 7 49 de julio de 2002 "Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica"
• Nueva Ley Laboral y de protección Social, Ley 789 de 2002
• Se expiden normas para el Control a la Evasión del Sistema de Seguridad Social, Ley 828 de 2003
• SENA
7A' Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
Fecha: Septiembre de 2004
Versión: 2 Sistema Nacional
de Formación p_ara el Trabaj o Página 28 de 45 ~~~~~~------------------------------~
• Mano Firme Corazón Grande. El Camino de La confianza. Programa de Gobierno mayo 6 de 2002 Presidente Alvaro Uribe Vélez
• Se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006, hacia un Estado Comunitario, Ley 812 de 2003
• Se modifica la Estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, Decreto 249 de 2004
10. ANEXOS
1: Modelo de Convenio lnteradministrativo SENA, Regional - Secretaría de Educación
2: Modelo de convenio SENA - Regional entidades educativas privadas
3: Aspectos administrativos en aplicación de Gestión Académica de Centros
4: Resolución número 00812 de 2004
Formato 1: Instituciones educativas vinculadas al programa de Articulación - Consolidado Regional
Formato 2: Diagnóstico de la institución educativa
Formato 3: Informe Semestral •
• SENA
7/\\ Sistema Nacional
de Formación para el Trabajo
Anexo 1
1 Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
Fecha: Septiembre de 2004
Versión: 2
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CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE EL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE "SENA" Y LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
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PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ARTICULACIÓN Entre _____ ____________ , mayor de edad, vecino de ____ _____ , identificado con la cédula de ciudadanfa número _________ de , en calidad de Director Regional
del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA, SENA. nombrado mediante decreto número ·- - acta de posesión número de conformidad con la delegación efectuada mediante resolución No. *****de 2004 en concordancia con la ley 489 de 1998 artículo 9o, y para los efectos del presente convenio se denominará EL SENA, establecimiento público descentralizado del Orden Nacional, actualmente regulado por la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 del 2004 que en adelante se denominará el SENA y , mayor de edad, vecino de identificado con cédula de ciudadanía número de , en calidad de Secretario de Educación o Alcalde del , nombrado mediante decreto número acta de posesión número hemos acordado celebrar este Convenio teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: 1. Que la Ley 115 de 1994 General de Educación, Artículo 32, parágrafo, señala: "Para la creación de instituciones de educación media técnica o para la incorporación de otras y para la oferta de programas, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - u otras instituciones de capacitación laboral o del sector productivo". 2. Que la Ley 119 de 1994, de reestructuración del SENA. Artículo 4, numeral 13, dispone: "Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral". 3. Que la Ley 812 de 2003, en el artículo 8° literal b) numeral 9, expresa "El fortalecimiento de la capacitación a la población desempleada buscará facilitar su vinculación al mercado laboral. La meta del SENA es aumentar sustancialmente, en el cuatrenio. el número de personas que reciben capacitación, para lo cual se apoyará en la construcción del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo", a su vez el Decreto 249 en el Artículo 24, numeral 100 consagra: "Gestionar y coordinar los proceso de reconocimiento y autorización de programas, de articulación de acciones de formación de los centros con las
• SENA
7A\ Sistema Nacional
de Formación
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Medía Técnica
Fecha: Septiembre de 2004
Versión 2
Página 30 de 45 _!!.ra el Tra..::.b=aCL.ifo~-------- ---~--
instituciones de educación media técnica, educación superior, empresas y otras organizaciones integrantes del Sistema Nacional de Formación para el trabajo, de acuerdo con las políticas de la Dirección General con el propósito de garantizar movilidad y reconocimiento en la cadena de formación" y para tal efecto, el presente convenio se define en las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETIVO GENERAL: Desarrollar el programa de Articulación con las instituciones de educación media técnica estatales, con el propósito de contribuir a la calidad de la formación técnica del pals, y facilitar el mejoramiento continuo de los estudiantes de los grados 10° y 11°. SEGUNDA: OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 1 Ofrecer formación técnica que proporcione posibilidades de movilidad hacia otras modalidades y niveles educativos (cadena de formación) o para vincularse laboralmente. 2. Ejecutar acciones de actualización pedagógica y técnica, para el mejoramiento continuo de los docentes de las instituciones vinculadas al programa de articulación. 3. Asimilar por las instituciones vinculadas, los programas que ofrece el SENA . 4. Elevar el nivel educativo de los jóvenes y facilitarles la continuidad en estudios superiores. 3. Fomentar en los jóvenes las aptitudes empresariales y propiciar sus prácticas laborales. 4. Propiciar la inserción de los jóvenes al trabajo. 5. Mejorar la oferta de formación técnica y hacerla pertinente y de calidad de acuerdo a las exigencias del sector productivo. TERCERA: OBLIGACIONES CONJUNTAS: 1. Elaborar y desarrollar el plan operativo en el cual se detallarán los cronogramas de actividades, fechas y responsables de la ejecución y seguimiento. 2. Cumplir en todas sus partes el plan operativo acordado. 3. Participar activamente en los Comités Directivo y Técnico establecidos en este convenio. 4. Propiciar la actualización de los docentes que intervienen en el Programa de Articulación, tanto en lo pedagógico como en lo técnico. 5. Garantizar que el programa de formación ofrecido por el SENA sea asimilado según criterios de contenido e intensidad horaria. 6. Velar por el aseguramiento de la calidad de todas las acciones de formación que se implanten. 7. Certificar a los alumnos los logros alcanzados en el marco de las normas vigentes para cada una de las partes. B. Sistematizar las experiencias alcanzadas con miras a cualificar el trabajo conjunto y divulgarlo. CUARTA: OBLIGACIONES DEL SENA: 1. Brindar asesoría a través del (os) Centro(s) de Formación Profesional Integral para desarrollar las acciones descritas en el plan operativo concertado con la Secretaría de Educación 2. Apoyar con instructores y profesionales, la asesoría y el seguimiento para que las Instituciones Educativas vinculadas al programa de articulación a través del presente Convenio, asimilen los programas técnicos definidos y desarrollen las acciones relacionadas con el fomento de las prácticas laborales y las aptitudes empresariales de los estudiantes. 3. Designar el
• Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre SENA
7A\ Guía Metodológica para el programa de 2004
de Articulación del SENA con la Versión: 2 Sistema Nacional Educación Media Técnica
de Formación Página 31 de 45 para el Trabajo
área responsable en la Regional, para coordinar y controlar el plan operativo con los Centros de Formación verificando los resultados presentados por las Instituciones Educativas, para permitirles continuar en el programa. 4. Apoyar la actualización pedagógica y técnica de los docentes. 5. Suministrar a la Secretaría de Educación respectiva, a través de los Centros del Servicio Público de Empleo en las regionales, la información sobre oferta y demanda de empleo. 6. Proporcionar información relevante y pertinente de las Mesas Sectoriales para orientar la oferta educativa. 7. Garantizar a los egresados del programa su continuidad en el SENA hasta obtener su Certificado de Aptitud Profesional - CAP. QUINTA: OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN ____ _____ DE : 1. Desarrollar en conjunto con las Instituciones Educativas objeto del presente Convenio, las actividades previstas en el plan operativo. 2. Orientar y evaluar el cumplimiento del plan operativo. 3. Presentar al SENA propuestas de proyectos concertados con las Instituciones Educativas en temas relacionados con sus vocaciones para su vinculación al programa. 4. Asignar funcionarios, distribuidos por regiones o zonas, para apoyar el desarrollo del plan operativo objeto del Convenio. 5. Informar semestralmente al SENA sobre las Instituciones Educativas vinculadas, los programas de formación asimilados y los docentes asignados. 6. Apoyar a las Instituciones Educativas en la adecuación de la infraestructura, dotación de talleres, laboratorios, aulas y material didáctico, necesarios para ejecutar el programa de formación que se va a asimilar. 7. Garantizar que el programa ofrecido por la institución educativa esté incluido en su Proyecto Educativo Institucional, PE/ y que éste sea coherente con el plan de desarrollo regional. 8. Convocar y apoyar financieramente la actualización de los docentes de las Instituciones Educativas, por parte del SENA, según acuerdos entre las partes. 9. Garantizar la participación de rectores, docentes y demás personal requerido para planear, desarrollar y evaluar las acciones consignadas en el plan operativo. 1 O. Garantizar que las Instituciones Educativas vinculadas al programa, asuman la formación técnica de carácter teórico-práctico de los jóvenes, con el acompañamiento del SENA y en concertación con el sector productivo. 11. Propiciar en las Instituciones Educativas el desarrollo de acciones para la iniciación laboral y práctica empresarial. 12. Analizar la información proveniente de los Centros del Servicio público de Empleo del SENA, de las Mesas Sectoriales, y de otras fuentes u observatorios para la toma de decisiones en cuanto a estimulo y desestímulo de programas de formación para el trabajo. SEXTA: COMITÉ DIRECTIVO: La orientación, coordinación y evaluación general del convenio estará a cargo del Comité Directivo, el cual estará conformado por: el
• S E NA
7A\ Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
Fecha: Septiembre de 2004
Versión: 2 Sistema Nacional
de Formación ara ei..Jrabajo"--''----------------'-P_ágina 32 de 45
Director Regional SENA, o su delegado y por el , de la SECRETARIA DE EDUCACION ó su delegado. SÉPTIMA: FUNCIONES DEL COMITE DIRECTIVO: 1. Garantizar el cumplimiento del presente Convenio. 2. Aprobar el plan operativo y las modificaciones a que haya lugar . 3. Efectuar reuniones cada seis (6) meses en forma ordinaria y extraordinariamente cuando las necesidades así lo exijan, por convocatoria de alguno de sus miembros. 4. Autorizar las publicaciones de los avances y resultados del Convenio. PARAGRAFO: La Secretaría Técnica estará a cargo del Coordinador del área responsable en la Regional del SENA. OCTAVA: COMITÉ TÉCNICO: Estará conformado así: un funcionario del área responsable en la Regional del SENA y un funcionario de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN. NOVENA: FUNCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO: 1. Consolidar los planes operativos de las Instituciones Educativas articuladas, adjuntando el cronograma de actividades anuales, detalladas en forma trimestral. 2. Poner en marcha el plan operativo, realizar el seguimiento e informar al Comité Directivo, cada trimestre, sobre los avances y resultados. 3. Efectuar reuniones ordinarias cada tres (3) meses y extraordinariamente cuando las necesidades lo exijan, por convocatoria de alguno de sus miembros. DÉCIMA: COSTOS: El presente convenio por sí solo, no causa afectacíón presupuesta/ en ninguna de las entidades que lo suscriben. Para su desarrollo cada una de las partes ejercerá actividades inherentes a su respectiva misión. DÉCIMA PRIMERA: DURACIÓN: PRÓRROGA Y EJECUCIÓN DEL CONVENIO: Este Convenio tendrá una duración de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de suscripción y se prorrogará automáticamente por el mismo término antes de su vencimiento, a menos que alguna de las partes manifieste por escrito su intención de no prorrogarlo. DÉCIMA SEGUNDA: CAUSALES TERMINACIÓN Ó SUSPENSIÓN DEL CONVENIO: Las partes podrán terminar ó suspender el presente Convenio, mediante acta y previa • manifestación por escrito, por las siguientes razones: 1. Por mutuo acuerdo. 2. Por fuerza mayor o caso fortuito. 3. Por inconveniencia para el interés público del cumplimiento del objeto del Convenio. 4. Por cumplimiento anticipado del objeto. 5. Si la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE
deja de estar a paz y salvo con por concepto de aportes y cuota de aprendices. 2. Por demora injustificada en el cumplimiento del plan operativo. PARÁGRAFO: Las anteriores causales ocasionarán la suspensión del Convenio, hecho que constará en un acta suscrita por las partes que lo firman, indicando el período de suspensión y la fecha de reanudación del mismo.. DÉCIMA TERCERA: CESIÓN: La SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE y el SENA no podrán ceder total ni parcialmente el presente Convenio y/o los
• SENA
7A\ Sistema Nacional
de Formación para el Trabajo
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
Fecha: Septíembre de 2004
Versión: 2
Página 33 de 45
compromisos del mismo a persona alguna, natural o jurídica. DÉCIMA CUARTA: SOLIDARIDAD: No existe régimen de solidaridad entre las partes, se deja claramente establecido que compete de manera exclusiva a cada una de las partes la responsabilidad del personal que vincule para la ejecución del presente Convenio y las prestaciones laborales correspondientes, si las hubiere. DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN AMIGABLE DE CONFLICTOS: En el evento en que surjan conflictos en cuanto a la ejecución y desarrollo del presente Convenio, las partes pueden conciliar judicial y extrajudicialmente, transigir o recurrir a la amigable composición. DÉCIMA SEXTA: DOMICILIO CONVENCIONAL: Para los efectos legales y convencionales se tendrá como domicilio la ciudad de . DÉCIMA SÉPTIMA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: El presente Convenio se entenderá perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes intervinientes.
Para constancia se firma en a los
POR EL SENA : POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN:
DIRECTOR REGIONAL SECRETARIO DE EDUCACION
1
Sistema Nacional de Formación
para el Trabajo
Anexo 2
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
CONVENIO ENTRE EL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE uSENA " Y ...
Fecha Septiembre de 2004
Versión 2
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PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ARTICULACIÓN
Entre --------------:-------· mayor de edad, vecino de _______ , identificado con la cédula de ciudadanía número _______ de , en calidad de Director Regional ________ del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA, nombrado mediante decreto número __ acta de posesión número de conformidad con la delegación efectuada mediante resolución No. ***** de 2004 en concordancia con la ley 489 de 1998 artículo 9o, y para los efectos del presente convenio se denominará EL SENA, establecimiento público descentralizado del Orden Nacional, actualmente regulado por la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 del 2004 y
mayor de edad, vecino de identificado con cédula de ciudadanía número
________ de , en calidad de Rector del colegio __________ , nombrado según acta No. , quien en adelanta se llamará INSTJTUCION EDUCATIVA hemos acordado celebrar este Convenio teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: 1. Que la Ley 115 de 1994 General de Educación, Artículo 32, parágrafo, señala: "Para la creación de instituciones de educación media técnica o para la incorporación de otras y para la oferta de programas, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - u otras instituciones de capacitación laboral o del sector productivo". 2. Que la Ley • 119 de 1994, de reestructuración del SENA, Artículo 4, numeral 13, dispone: "Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral". 3. Que la Ley 812 de 2003, en el artículo SO literal b) numeral 9, expresa "El fortalecimiento de la capacitación a la población desempleada buscará facilitar su vinculación al mercado laboral. La meta del SENA es aumentar sustancialmente, en el cuatrenio, el número de personas que reciben capacitación, para lo cual se apoyará en la construcción del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo", a su vez el Decreto 249 en el Artículo 24, numeral 1 Oo consagra: "Gestionar y coordinar los proceso de reconocimiento y autorización de programas, de articulación de acciones de formación de los centros con las instituciones de educación media técnica,
• SeNicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre SENA
7A\ Guía Metodológica para el programa de 2004
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educación superior, empresas y otras organizaciones integrantes del Sistema Nacional de Formación para el trabajo, de acuerdo con las políticas de la Dirección General con el propósito de garantizar movilidad y reconocimiento en la cadena de formación" en cumplimiento a los preceptos legales anteriores las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se rige por las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETIVO GENERAL: Desarrollar el programa de formación para el trabajo a través de la articulación con el SENA que le permita a los alumnos de los grados 100 y 11° de la educación media técnica el mejoramiento continuo. SEGUNDA.- OBJETIVOS ESPECiFICOS: 1. Ofrecer formación técnica que proporcione posibilidades de movilidad hacia otras modalidades y niveles educativos (cadena de formación) o para vincularse laboralmente. 2. Ejecutar acciones de actualización pedagógica y técnica, para el mejoramiento continuo de los docentes de las instituciones vinculadas al programa de articulación. 3. Asimilar y desarrollar los programas que ofrece el SENA . 4. Elevar el nivel educativo de los jóvenes y facilitarles la continuidad en estudios superiores. 5. Fomentar en los jóvenes las aptitudes empresariales y propiciar sus prácticas laborales. 6. Propiciar la inserción de los jóvenes al trabajo. 7. Mejorar la oferta de formación técnica y hacerla pertinente y de calidad, de acuerdo a las exigencias del sector productivo. TERCERA.OBLIGACIONES CONJUNTAS: 1. Elaborar y desarrollar el plan operativo en el cual se detallarán los cronogramas de actividades, fechas y responsables de la ejecución y seguimiento. 2. Cumplir en todas sus partes el plan operativo acordado. 3. Participar activamente en los Comités Directivo y Técnico establecidos en este convenio. 4. Propiciar la actualización de los docentes que inteNienen en el Programa de Articulación, tanto en Jo pedagógico como en Jo técnico. 5. Garantizar que el programa de formación ofrecido por el SENA sea asimilado según criterios de contenido e intensidad horaria. 6. Velar por el aseguramiento de la calidad de todas /as acciones de formación que se implanten. 7. Certificar a Jos alumnos Jos logros alcanzados en el marco de las normas vigentes para cada una de las partes. B. Sistematizar las experiencias alcanzadas con miras a cualificar el trabajo conjunto y divulgarlo. CUARTA.- OBLIGACIONES DEL SENA: 1. Brindar asesoría a través del (os) Centro(s) de Formación Profesional Integral para desarrollar las acciones descritas en el plan operativo concertado. 2. Apoyar con instructores y profesionales, la asesoría y el seguimiento para aplicar Jos programas técnicos definidos y desarrollar /as acciones relacionadas con el fomento de las prácticas laborales y las aptitudes empresariales de los estudiantes. 3. Designar el área responsable en la Regional, para coordinar y controlar el plan operativo con los Centros de Formación verificando Jos resultados
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presentados, para permitirle continuar en el programa. 4. Apoyar la actualización pedagógica y técnica de los docentes. 5. Suministrar a la institución educativa, a través de los Centros del Servicio Público de Empleo en las regionales, la información sobre oferta y demanda de empleo. 6. Proporcionar información relevante y pertinente de las Mesas Sectoriales para orientar la oferta educativa. 7. Garantizar a los egresados del programa su continuidad en el SENA hasta obtener su Certificado de Aptitud Profesional - CAP. QUINTA.- OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA: 1. Desarrollar las actividades previstas en el plan operativo. 2. Orientar y evaluar el cumplimiento del plan operativo. 3. Presentar al SENA propuestas de proyectos en temas relacionados con sus vocaciones para su vinculación al programa. 4. Asignar personal para apoyar el desarrollo del plan operativo objeto del Convenio. 5. Adecuar la infraestructura, dotar los talleres, laboratorios, aulas y material didáctico, necesarios para ejecutar el programa de formación que se va a asimilar. 6. Garantizar que el programa ofrecido esté incluido en su Proyecto Educativo Institucional, PE/ y que éste sea coherente con el plan de desarrollo regional. 7. Garantizar la participación del rector, docentes y demás personal requerido para planear, desarrollar y evaluar las acciones consignadas en el plan operativo. 8. Asumir la formación técnica de carácter teórico-práctico de los jóvenes, con el acompañamiento del SENA y en concertación con el sector productivo. 9. Propiciar el desarrollo de acciones para la iniciación laboral y práctica empresarial. 1 O. Analizar la información proveniente de los Centros del Servicio público de Empleo del SENA, de las Mesas Sectoriales, y de otras fuentes u observatorios para la toma de decisiones en cuanto a estimulo y desestfmulo de programas de formación para el trabajo. SEXTA.- COMITÉ DIRECTIVO:: La orientación, coordinación y evaluación general del convenio estará a cargo del Comité Directivo, el cual estará conformado por: el Director Regional SENA, o su delegado y por el Rector ____,~--------------' ó su delegado. SEPTIMA.- FUNCIONES DEL COMITE DIRECTIVO: 1. Garantizar el cumplimiento del presente Convenio. 2. Aprobar el plan operativo con su cronograma de actividades y las modificaciones a que haya lugar . 3. Efectuar reuniones cada seis (6) meses en forma ordinaria y extraordinariamente cuando las necesidades así lo exijan, par convocatoria de alguno de sus miembros. 4. Autorizar las publicaciones de los avances y resultados del Convenio. PARAGRAFO: La Secretaría Técnica estará a cargo del Coordinador del área responsable en la Regional del SENA. OCTAVA.- COSTOS: El presente convenio por sí solo, no causa afectación presupuesta/ en ninguna de las entidades que lo suscriben. Para su desarrollo cada una de las partes ejercerá actividades inherentes a su
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respectiva misión. NOVENA.- DURACIÓN: PRÓRROGA Y EJECUCIÓN DEL CONVENIO:: Este Convenio tendrá una duración de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de suscripción y se prorrogará automáticamente por el mismo término antes de su vencimiento, a menos que alguna de las partes manifieste por escrito su intención de no prorrogarlo. DÉCIMA.CAUSALES TERMINACIÓN Ó SUSPENSIÓN DEL CONVENIO: Las partes podrán terminar ó suspender el presente Convenio, mediante acta y previa manifestación por escrito, por las siguientes razones: 1. Por mutuo acuerdo. 2. Por fuerza mayor o caso fortuito. 3. Por inconveniencia para el interés público del cumplimiento del objeto del Convenio. 4. Por cumplimiento anticipado del objeto. 5. Si LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA deja de estar a paz y salvo con por concepto de aportes y cuota de aprendices. 6. Por demora injustificada en el cumplimiento del plan operativo. PARÁGRAFO: Las anteriores causales ocasionarán la suspensión del Convenio, hecho que constará en un acta suscrita por las partes que lo firman, indicando el período de suspensión y la fecha de reanudación del mismo. DÉCIMA PRIMERA.-~ CESIÓN: LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA y el SENA no podrán ceder total ni parcialmente las obligaciones del presente Convenio y/o los compromisos del mismo a persona alguna, natural o jurídica. DÉCIMA SEGUNDA.-: SOLIDARIDAD: No existe régimen de solidaridad entre las partes, se deja claramente establecido que compete de manera exclusiva a cada una de las partes la responsabilidad del personal que vincule para la ejecución del presente Convenio y las prestaciones laborales correspondientes, si las hubiere. DÉCIMA TERCERA.- SOLUCIÓN AMIGABLE DE CONFLICTOS: En el evento en que surjan conflictos en cuanto a la ejecución y desarrollo del presente Convenio, las partes pueden conciliar judicial y extrajudicialmente, transigir o recurrir a la amigable composición. DÉCIMA CUARTADOMICILIO: Para los efectos legales y convencionales se tendrá como domicilio la ciudad de DÉCIMA QUINTA.-PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: El presente Convenio se entenderá perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes intervinientes.
Para constancia se firma en a los
POR EL SENA: POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
DIRECTOR REGIONAL RECTOR
• SENA Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Fecha: Septiembre
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Anexo No. 3 Aspectos administrativos en aplicación de Aplicación de Gestión Académica de Centros
• Módulo Insumas, opción Empresa Centro.- Incluir datos Institución Educativa.
• Módulo Programación específica, opción Ficha de caracterización cursos.Dígitar número de orden, fecha de inicio, fecha prevista de terminación, cupo, y seleccionar estructura, módulo o salida a desarrollar y de más datos necesarios para la identificación de modalidad, tipo de formación etc., dónde identificaremos para nuestro caso, en el icono Empresa, la Institución Educativa que va a formar y asociaremos el convenio articulación {101).
• Módulo Programación Especifica.- opción Asignación recursos/cursos/módulos/ bloques modulares.- se registran las horas instructor dedicadas al seguimiento de la formación y tutoría a /os docentes del Plantel Educativo.
• La ficha de matrícula, hojas de trabajo para inclusión de evaluaciones, ficha acumulativa, etc. Deben ser generadas por las opción de reportes del respectivo módulo.
• Módulo Ingreso, opción periodo/oferta educativa. Seleccionar oferta e identificar la fecha de inicio y finalización de la inscripción.
• Módulo Ingreso, opción período/inscripción.- Incluir o actualizar datos del alumno.
• Al entrar al icono inscripción, seleccione la oferta en que quedará inscrito.
• Módulo Ingreso. opción periodo/matricula.- Seleccionar el número de orden, en que quedará matriculado cada uno de los alumnos.
• Módulo Evaluación y Novedades, opción Solicitud del alumno.- Se registran los aplazamientos, reintegros. traslados y retiros voluntarios.
• Módulo Evaluación y Novedades, opción Registro de evaluaciones/módulosbloques modulares. Incluir cada una de las evaluaciones de acuerdo al programa que se venga desarrollando.
• Módulo Evaluación y Novedades. opción Registro de evaluaciones! evaluaciones extracum·culares. - Seleccionar a cada alumno e incluir cada una de las evaluaciones de acuerdo al programa que se venga desarrollando.
• Módulo Certificación, opción Certificación Mayor y Menor Aprobación.Seleccionar número de orden ó alumno, generar número de registro e imprimir certificado.
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Anexo 4
RESOLUCIÓN NÚMERO 00812 DE 2004
Por la cual se efectúa una delegación
El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje • SENA
En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el artículo 4° numeral 4° del Decreto 249 de 2004
y 9° de la Ley 489 de 1998, y,
C O N S 1 D ERA N D 0 :
Que la Ley 119 de febrero 9 de 1994 " Por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - señala como una de fas funciones fa de "Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica. para articularlos con la formación profesional integral. ' ' de conformidad con establecido en el articulo 4° numeral 13.
Que el Gobierno Nacional el 28 de enero de 2004 expidió el Decreto 249 modificando fa estructura del SENA, otorgando funciones a fa Dirección del Sistema Nacional de Formación Para el Trabajo, conforme lo señala el articulo 12 y entre ellas el numeral 1 dispone: "Dirigir fa implementación en el pafs del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y proponer fas políticas para la ejecución de los procesos de normalización, evaluación y certificación, reconocimiento y articulación de programas de formación que de él se derivan para el desarrollo del talento humano, su empfeabifidad y el aprendizaje permanente. "
Que el citado decreto en el articulo 24 numeral 1 O concede a fas Direcciones Regionales y a fa Dirección del Distrito Capital la facultad de: "Gestionar y coordinar los procesos de reconocimiento y autorización de programas, de articulación de acciones de formación de los centros con fas instituciones de educación media técnica, educación superior. empresas y otras organizaciones integrantes del Sistema Nacional de Formación para el trabajo, de acuerdo con las políticas de la Dirección General, con el propósito de garantizar movilidad y reconocimiento en la cadena de formación n.
Que la Ley 115 de 1994, General de Educación que en el parágrafo del Artículo 32 respecto a la Educación Media Técnica dice: " Para la creación de instituciones de educación media técnica ó para la Incorporación de otras y para la oferta de programas, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA u otras Instituciones de capacitación laboral o del sector productivo".
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Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Guía Metodológica para el programa
de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica
Fecha: Septiembre de 2004
Versión: 2
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Que en cumplimiento a los disposiciones legales transcritas la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo proyectó la Guía Metodológica para el Programa de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica de abril de 2004, la cual se encuentra contenida en 38 folios carta, y desarrolla 1 O aspectos fundamentales del programa.
Que se hace necesario aprobar la Guía programática mediante acto administrativo, con el objeto de establecer las pautas y condiciones generales del programa, que deben ser cumplidas por las Direcciones Regionales y Subdirecciones de los Centros de Formación y además precisar que solo procede su modificación mediante acto administrativo.
Por lo expresado el Director General,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar la Guía Metodológica para el Programa de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica de abril 22 de 2004, la cual se encuentra contenida en 38 folios carta, y desarrolla 1 O aspectos fundamentales del programa, elaborada por la Dirección Nacional de Formación para el Trabajo.
ARTICULO SEGUNDO.- Será responsabilidad de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo de la Direcc1ón General, la correspondiente divulgación y actualización de la presente Guía Metodológica.
ARTICULO TERCERO.- Será responsabilidad de las Direcciones Regionales, el velar por el estricto cumplimiento del programa de Articulación y mantener la información actualizada.
ARTICULO CUARTO.- Enviar copia de la presente resolución con sus anexos a todos los Directores Regionales y Subdirectores de Centro.
ARTICULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUN/QUESE Y CUMPLA SE
Dada en Bogotá D.C., a los 12 MAY 2004
DARlO MONTOYA MEJIA Director General
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