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REGLAMENTO INTERNO Y
Manual de Convivencia Escolar
Escuela Poeta Huidobro
2019
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Contenido Introducción:…………………………………………………………………..…6
Capítulo 1: Convivencia Escolar………………………………………..13
1.1 ¿Qué es la Convivencia Escolar? .................................. 13
1.2 Enfoque formativo de la Convivencia Escolar ............. 14
1.3 Equipo de Convivencia Escolar. ................................... 15
1.4 Encargado(a) de convivencia escolar .......................... 16
1.5 Sobre labores de los miembros del Equipo de la
Convivencia ........................................................................ 17
Capítulo 2: Sobre el funcionamiento, organización y
regulaciones generales del establecimiento……………………..24
2.1 Horarios ....................................................................... 24
2.1 Puntualidad.................................................................. 26
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2.2 Asistencia ..................................................................... 26
2.3 Responsabilidades generales del personal del
establecimiento educacional. ............................................ 27
2.4 Presentación personal ................................................ 29
Capítulo 3: Derechos y Deberes específicos de los miembros de
la Comunidad Educativa………………………………………………31
3.1 Del director/a .............................................................. 32
3.2 De la Jefa de la Unidad Técnico Pedagógica ................ 35
3.3 De los docentes ........................................................... 38
3.4 Del personal asistentes de la educación ..................... 41
3.5 Del personal auxiliares de servicios ............................. 43
3.6 De los estudiantes ....................................................... 45
3.8 Del reglamento general de organización y funcionamiento
de las instancias de participación ...................................... 57
Capítulo 4: Creación de un clima de aula apropiado para el
aprendizaje………………………………………………………………..…….69
Capítulo 5: Procedimientos y medidas disciplinarias…………77
5.1 Medidas y sanciones disciplinarias .............................. 77
5.2 Medidas pedagógicas .................................................. 78
5.3 Faltas leves, graves y gravísimas ................................. 82
5.4 Funciones ante situaciones disruptivas en la sala de clases
........................................................................................... 91
5.5 Sobre expulsión .......................................................... 94
5.6 Apelación ................................................................... 101
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Capítulo 6: Sobre la resolución pacífica de conflictos……….102
6.1 Una mirada en común ............................................... 102
6.2 Sobre el conflicto ....................................................... 104
6.3 Proceso de mediación escolar ................................... 106
Capítulo 7: Protocolos de actuación ante hechos que afecten la
sana convivencia y la seguridad de los integrantes de la
comunidad educativa……………………………….………………….112
Sera causal de denuncia a OPD, uno o más de los siguientes
aspectos ........................................................................... 114
7.1 Protocolo de acción en caso de acoso u hostigamiento
escolar ............................................................................. 115
7.3 Protocolo De Maltrato y/o Abuso Sexual Infantil ..... 123
7.4 Protocolo de actuación en caso de porte ó consumo de
drogas .............................................................................. 126
7.5 Protocolo de retención en el sistema escolar de
estudiantes embarazadas 0 paternidad adolescente...... 133
7.6 Protocolo de actuación de accidente escolar ............ 135
7.7Protocolo de retención escolar .................................. 137
7.8 Protocolo frente a situaciones emergentes que
ponen en riesgo al estudiante……………………………….127
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7.9 Protocolo frente a denuncias de maltrato dentro del
establecimiento……………………………………………………………132
Capítulo 8: Definiciones asociadas a la Convivencia
Escola…………………………………………………………………………….150
Anexos:………………………………………………………………………….157
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Introduccio n:
El presente documento tiene como objetivo normar
el quehacer de nuestra comunidad educativa orientándolo
hacia el cumplimiento de la Misión y visión que nos hemos
propuesto, fundamentado en los objetivos institucionales, en
su marco valórico y en las bases que emanan del ministerio.
El Manual de Convivencia Escolar con Enfoque de
Derecho contiene las disposiciones generales de
funcionamiento y organización de la escuela, las medidas
disciplinarias y pedagógicas y los procedimientos a seguir
para determinar las correspondientes acciones. Su finalidad
es apoyar el desarrollo integral de los estudiantes, por lo que
se propone alcanzar los siguientes objetivos emanados del
Ministerio de Educación:
1. Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa de la
Convivencia Escolar en todo el sistema educativo, y
resituarla como el componente central de la gestión
institucional.
2. Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades,
actitudes y valores propuestos en los Objetivos
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Transversales, como los aprendizajes básicos para el
ejercicio de la Convivencia Escolar.
3. Promover el compromiso y la participación de la
Comunidad Educativa, en la construcción de un proyecto
institucional que tenga como componente central la
Convivencia Escolar, y el ejercicio de los derechos y deberes
de cada uno de los actores.
4. Fomentar en todos los actores sociales y de la Comunidad
Educativa, una comprensión compartida de la prevención, la
resolución de conflictos y la violencia escolar, incluido el
acoso sistemático o bullying, desde una perspectiva
formativa.
5. Promover una comprensión formativa de la Convivencia
Escolar en las estrategias y acciones preventivas que
implementa el intersector u otras instituciones en las
comunidades educativas.
Una convivencia armónica, es posible cuando cada
integrante de la comunidad educativa:
• Asume los derechos humanos, como parte
fundamental de la vida y de la experiencia cotidiana.
• Promueve el respeto, la tolerancia y la diversidad.
• Se respeta a sí mismo y respeta a todas las personas
con quien comparte su vida diaria (padres, hermanos,
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compañeros, profesores, personal de apoyo), tanto al hablar
como al actuar.
• Respeta normas y reglamentos que la comunidad se
ha dado como necesarios para su autorregulación.
• Manifiesta en todo momento espíritu de servicio,
solidaridad, tolerancia, respeto, participación y
responsabilidad por sus actos.
• Hace uso en forma responsable del derecho a ser
escuchado, entendiendo que éste se basa en criterios de
justicia y de verdad.
• Se rige por las normas de una sana convivencia
democrática y ciudadana.
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Fundamentos Legales se sustentan en todos los
mencionados a inicios de este documento como:
Normativas
Constitución Política de Chile, con sus Principios,
Ordenamientos Jurídicos de la Nación, la
Concepción Antropológica y Ética que orienta la
Declaración Universal de los Derechos
Humanos.
Ley 19.979: Crea JEC y Consejos Escolares.
Ley 20.370: Ley General de Educación
DFL N° 2 [Ley General Educación]
DFL N° 1 [Estatuto Docente]
Ley de calidad y equidad de la educación, que
modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 1
del Ministerio de Educación, con relación al
estatuto de los profesionales de la Educación.
Ley N° 20422 [Plena Integración]
Ley N° 19933 [Mej Especial Docentes]
Ley N° 19873 [Pro retención]
Ley N° 19715 [Mej Especial Docentes]
Ley N° 19532 [JECD]
Ley N° 19464 [Mej Econ Asist. de la Educación]
Ley N° 19410 [Mod Ley 19070]
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Ley N° 20158 [Beneficios para Profesionales de la
Educación]
Ley N° 20162 [Obligatoriedad Educ Parvularia]
Ley N° 20501 [Calidad y Equidad Educación]
DFL N° 2 [Ley Subvenciones]
Ley 18.962/90: Ley Orgánica Constitucional de
Enseñanza.
Ley 20.084, que establece la responsabilidad penal
adolescente.
Ley 18.962 referida a las alumnas en situación de
embarazo y maternidad.
La ley 19. 284, de integración social de las personas
con discapacidad.
Ley N° 20248 [Ley SEP]
Ley N° 20.845 [Ley Inclusión]
Decretos
Decreto N°439-2012 (apruebas Bases Curriculares
1° a 6° básico)
Decreto N°433-2012 (aprueba bases curriculares 1°
a 6° básico)
Decreto 2960-2012 (aprueba plan y programas de
estudio 1° a 6° básico)
Decreto 452-2013 (establece Bases TP)
Decreto N° 968 [Reuniones Microcentro - Escuelas
Rurales]
Decreto N° 548 [Planta Física Establecimientos]
Decreto N° 315 [Reglamento LGE -
Reconocimiento Oficial]
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Decreto N° 306 [JECD]
Decreto N° 235 [Reglamento SEP]
Decreto N° 1718 [Edades de Ingreso Parvularia y
Básica]
Decreto N° 47 [Local Escolar]
Decreto N° 196 [Vulnerabilidad]
Decreto N° 24 [Reglamento Consejos Escolares]
Decreto N° 352 [Reglamento Función Docente]
Decreto N° 216 [Reglamento Pro Retención]
Decreto N° 1300 [Planes y programas TEL]
Decreto N° 1 [Reglamenta Plena Integración]
Decreto N° 755 [Reglamento JECD]
Decreto N° 332 [Edades de Ingreso Educ Especial -
Adultos]
Decreto N° 565 [Reg Centro Padres]
Decreto N° 289 [Cond Sanitarias EE]
Decreto N° 8144 [Reglamento Subv]
Decreto 326/1989: Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales.
Decreto 240/1999: Modifica y complementa
Decreto 40.
Decreto 232/2002: Modifica y complementa
Decreto 240
Decreto 511/ 1997: Evaluación y promoción.
Decreto 313/1972: Seguro escolar de accidentes.
Decreto 38/1991: Sobre Becas Indígenas.
Decreto Ley 19.070: Estatuto de Profesionales de la
Educación.
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Decreto 453/1991: Reglamento del Estatuto
Docente. Declaración de los Derechos del
Niño.
Decreto 457/ 1976: Grupos Diferenciales en
Educación Básica.
Decreto 88/1990: Trastornos Específicos de
Aprendizaje.
Decreto 565/1990: Reglamento de Centros de
Padres y Apoderados.
Decreto 894/1995: Uso de Uniforme Escolar.
Decreto 924/1983: Clases de Religión
Decreto 289/2001: Bases Curriculares de la
Educación Parvularia
Decreto 147/1992: Día Nacional del Alumno.
Operacionales
ORD Nº 443 [Instrucciones Normativa
Subvenciones]
ORD Nº 496 [Instrucciones PIE]
Resoluciones
Resolución N° 838 [Fija Modelo de Fiscalización -
Ministerio de Educación]
Detalle de Hallazgos y Sustentos de Hallazgos
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Capí tulo 1: Convivencia Escolar
1.1 ¿Qué es la Convivencia Escolar?
La Ley sobre Violencia Escolar nos permite definir
la Convivencia Escolar como: “la coexistencia pacífica de
los miembros de la comunidad educativa, que supone una
interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que
propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. Esta
tiene como fundamento la formación personal y social de
todos y todas las miembros de la comunidad educativa, en
especial de los y las estudiantes que están el pleno proceso
formativo.
La Convivencia Escolar tiene como norte la
formación para el ejercicio de una ciudadanía respetuosa,
tolerante, participativa y solidaria.
Todos los integrantes de la comunidad educativa
deberán promover y asegurar una buena convivencia escolar
y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto
mutuo, la tolerancia y el pluralismo.
Los miembros de la comunidad educativa tienen
derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la
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formación integral necesaria para construirlo. En caso que
dicho ambiente se vea afectado, sus integrantes tendrán
derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus
demandas sean atendidas para resguardar sus derechos.
1.2 Enfoque formativo de la Convivencia Escolar
La Convivencia escolar tiene un enfoque formativo,
es decir, se enseña y se aprende a convivir.
La convivencia escolar es responsabilidad de toda la
comunidad educativa, como un ejercicio de la ciudadanía.
Por tanto, compete a sostenedores, directivos, docentes,
padres, madres, apoderados, estudiantes y asistentes de la
Educación.
Todos los actores de la comunidad educativa son
sujetos de derechos y de responsabilidades.
El enfoque formativo contiene una dimensión
preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos,
habilidades y actitudes que permitan formar personas
autónomas, capaces de tomar decisiones personales y de
anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el
aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento
el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este
sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción
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de riesgo y no se limita a informar o prohibir, sino que apunta
a formar para actuar con anticipación.
1.3 Equipo de Convivencia Escolar.
Al equipo de Convivencia Escolar le corresponde la
responsabilidad de estimular y canalizar la participación de
la comunidad educativa, tomando las medidas que permitan
fomentar una sana Convivencia Escolar, dentro del ámbito
de su competencia.
Integrantes del Comité de la Buena Convivencia Escolar:
-Trabajadora Social
-Psicóloga/o
-Inspector/a
-Docentes
-Otro miembro de la comunidad educativa
Compromisos:
a) Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan
la convivencia escolar en la Escuela.
b) Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a
prevenir la violencia entre los miembros de la Comunidad
educativa.
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c) Elaborar, en conjunto con el Encargado de Convivencia
Escolar, un Plan de Acción para promover la buena
convivencia y prevenir la violencia en la Escuela.
d) Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y
participar de su actualización considerando la Convivencia
Escolar como un eje central.
e) Participar en la actualización del Manual y Reglamento de
Convivencia de acuerdo al criterio formativo planteado en la
Política Nacional de Convivencia Escolar.
1.4 Encargado(a) de convivencia escolar
Compromisos:
1. Promover el trabajo colaborativo en torno a la
Convivencia, en el Consejo Escolar o el Comité para
la Buena Convivencia.
2. Disponer la implementación de las medidas sobre
Convivencia Escolar que disponga el Consejo
Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.
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3. Elaborar el Plan de Acción sobre Convivencia
escolar, en función de las indicaciones del Consejo
Escolar o del Comité para la Buena Convivencia.
4. Coordinar iniciativas de capacitación sobre
promoción de la buena convivencia y manejo de
situaciones de conflicto entre los diversos estamentos
de la Comunidad Escolar.
5. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de
la Comunidad Educativa en la elaboración,
implementación y difusión de las políticas de
prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias
que fomenten la buena convivencia.
1.5 Sobre labores de los miembros del Equipo de
Convivencia
SOBRE EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
La labor que desempeña el o la asistente social, así
como el psicólogo/a de nuestra escuela se encuentra definida
por el Departamento de Educación Municipal de San
Antonio, con el objetivo de aclarar las funciones y tareas
específicas en concordancia con el cargo que estos
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profesionales tienen en la escuela y los objetivos de nuestra
comunidad educativa.
Trabajadora Social:
Colaborar con el equipo directivo de la escuela, en la
definición de políticas que garanticen una óptima
gestión de la Convivencia Escolar, propiciando un
clima educativo adecuado para el desarrollo de los y
las estudiantes.
Potenciar la construcción de los vínculos entre las
familias y el establecimiento.
Apoyo, atención, seguimiento (visitas domiciliarias)
y derivación a los y las estudiantes que presenten
problemáticas sociales y disruptivas, así como
también aquellos (as) que presenten un alto
porcentaje de inasistencia.
Coordinar la entrega del informe semanal y mensual
de inasistencias y desvinculaciones del
establecimiento, el que permite monitorear la
matrícula y asistencia media, elaborando a partir de
los resultados obtenidos, estrategias tendientes a
revertir las cifras negativas en ambos indicadores.
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Elaboración de talleres de habilidades parentales,
capacitación docente en ámbitos psicosociales,
autocuidado, construcción de estrategias educativas,
en conjunto con los y las docentes, que permitan
atender a estudiantes que presenten problemáticas o
patologías de salud mental que no permitan el normal
desarrollo pedagógico, etc.
Conformar equipos de trabajo con los y las docentes,
con el objetivo de evaluar y adecuar el currículo a
partir de las necesidades detectadas en la práctica
pedagógica.
Evaluar resultados, realizar diagnósticos de
convivencia escolar y realizar encuestas de
satisfacción entre todos los miembros de la
comunidad escolar.
Derivar y canalizar adecuadamente, según demanda,
necesidades detectadas y vulneración de derechos a
las instituciones encargadas de intervenir, investigar
y ejecutar las acciones políticas y sociales tendientes
a mejorar las situaciones que impiden el desarrollo
normal del niño y niñas (Tribunal de familia, Centro
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de salud familiar, programas colaboradores de
SENAME, fiscalía, entre otros)
Elaborar informes sociales para la obtención de
becas y beneficios sociales para los y las estudiantes
y respectivas familias.
Coordinar el trabajo con redes de apoyo psicosocial
para evitar la sobre intervención de estudiantes,
derivando a las diversas redes de apoyo con los
respectivos informes psicoeducativos, que permitan
aportar antecedentes concretos para la intervención
de profesionales de apoyo externo al
establecimiento.
Realizar actividades de promoción en convivencia
escolar al interior de los establecimientos
educacionales.
Participar en los consejos escolares ordinarios y
extraordinarios.
Psicólogo/a:
Coordinar el trabajo con redes de apoyo psicosocial
para evitar sobre intervención de estudiantes,
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derivando a las diversas redes de apoyo con los
respectivos informes psicoeducativos, que permitan
aportar antecedentes concretos para la intervención
de profesionales de apoyo externos al
establecimiento.
Coordinación y análisis de casos con equipo
multidisciplinario de los establecimientos
educacionales, aportando con los análisis cualitativos
de los resultados pedagógicos, sobre todo aquellos
que incidan de forma negativa en los y las
estudiantes.
Colaborar con el equipo directivo de la escuela, en la
definición de políticas que garanticen una óptima
gestión de la Convivencia Escolar, propiciando un
clima educativo adecuado para el desarrollo de los y
las estudiantes.
Potenciar la construcción de vínculos entre las
familias y el establecimiento.
Realizar talleres para estudiantes, docentes, padres,
madres y/o apoderadas(os) en conjunto con el
trabajador social.
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Derivar y canalizar adecuadamente, según demanda,
necesidades detectadas y vulneración de derechos a
las instituciones encargadas de intervenir, investigar
y ejecutar las acciones y políticas sociales tendientes
a mejorar las situaciones que impiden el desarrollo
normal del niño/a y adolescente (Tribunal de familia,
Centro de salud familiar, programas colaboradores
de SENAME, fiscalía, entre otros)
Colaborar en la gestión de la Convivencia Escolar
(promoción, prevención, evaluación y seguimiento)
Inspector/a:
Divulgar y dar cumplimiento a cabalidad, al igual
que el resto del Equipo Directivo y Técnico, del
Manual de Convivencia Escolar.
Coordinar y gestionar la Convivencia Escolar en
conjunto con el Equipo de Convivencia Escolar del
establecimiento.
Resguardar el orden, la puntualidad de los y las
estudiantes a la entrada de los horarios de clases y
exigir respeto a sus iguales, a los funcionarios de la
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escuela y en general a los adultos. (Tocar la campana
para indicar la salida a recreo del segundo ciclo)
Resguardar el cumplimiento de los horarios de todo
el personal de la escuela. En especial del profesorado
en sus clases sistemáticas y en las actividades
curriculares y extracurriculares de libre elección
(Avisar a los docentes 5 minutos antes de tocar la
campana de ingreso para que puedan llegar a la hora
de sus clases)
Velar por la buena presentación y mantención del
aseo del local escolar y de los y las estudiantes
(Supervisar el correcto uso del uniforme: niños hasta
4ºbásico uso obligatorio de delantal y cotona, uso del
buzo sólo cuando corresponde Ed. Física, no uso de
poleras o polerones de otro color, enviar
comunicación al apoderado cuando no se cumpla el
correcto uso del uniforme. ( revisar los lunes en
formación y pasar una vez por semana por las salas
de clases)
Acompañar a los y las estudiantes en el comedor
durante el almuerzo.
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Autorizar la salida extraordinaria de las y los
alumnos, junto al respectivo control por escrito.
Informar toda situación disciplinaria de los y las
estudiantes a sus apoderados.
Acompañar a los estudiantes en el comedor durante
el almuerzo.
Supervisar los recreos, interactuando con los
estudiantes. Organizar el uso de las mesas de pin pon,
balones y taca-taca. Sacar y guardar objetos
deportivos de uso en el recreo: mesas de taca-taca,
mesas de pin pon, pelotas, etc.
Capí tulo 2: Sobre el funcionamiento, organizacio n y regulaciones generales del establecimiento.
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2.1 Horarios
Clases, recreos, atención de apoderados y otros.
Cumplimiento de horarios de funcionamiento establecidos,
respetando horas de entrada y salida por parte de todos los
estamentos que conforman la Unidad Educativa.
Horario de los Alumnos: Horario de los Profesores:
Entrada a clases: 08.30
horas
Entrada: 08.15 horas
Salida: 16:30. /
Viernes: 13:30 horas.
Salida: 15:50/
Viernes: 14:00 horas
Recreo: 45 minutos diarios
Horario de Alimentación
Escolar (Junaeb)
Horario Atención de
Apoderados:
Desayuno Escolar:
08:15 horas.
08:15 a 08:25 Horas.
Almuerzo Escolar: 13:30
horas.
14:10 a 14:20 Horas
Tercera Colación
(Estrato 14 :00 y 15:00
horas.)
15:50 a 16:00 Horas
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2.1 Puntualidad
La puntualidad es obligatoria para iniciar la actividad
escolar de clases sistemáticas y de esa manera
respetar el derecho a los demás a no ser
interrumpidos en su trabajo.
Las puertas de acceso al establecimiento se cerrarán
5 minutos después del toque de campana, 8:35
horas.
El y la estudiante que ingrese después de esa hora no
ingresará a la sala hasta las 9:00 horas. Si el ingreso
es después de esa hora los y las estudiantes deberán
esperar hasta finalizar el primer recreo.
El atraso se registrará en el libro de registro de
atrasos y sólo podrá entrar a clases con un pase
asignado por la dirección.
No se negará el ingreso de ningún estudiante al
establecimiento.
2.2 Asistencia
La asistencia a todas las clases, actividades programáticas y
extra programáticas es obligatoria (Talleres, Desfiles, Actos
Oficiales, etc.).
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El apoderado debe justificar las inasistencias a clases por
escrito y anexando certificado médico en un plazo máximo
de 48 horas; en el caso de la no existencia de dicho
certificado solo se podrá justificar con la presencia del
apoderado, de lo contrario su inasistencia influirá en su
promoción (85%).
2.3 Responsabilidades generales del personal del
establecimiento educacional.
Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr
que el establecimiento pueda cumplir
adecuadamente los fines de la educación.
Realizar personalmente la labor convenida de
acuerdo con las normas e instrucciones del
Ministerio de Educación y Empleador, según
corresponda.
Desempeñar su labor con diligencia y colaborar a
la mejor marcha del proceso educacional del
establecimiento.
Guardar la debida lealtad y respeto hacia el
establecimiento y hacia el empleador y sus
representantes.
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Dar aviso oportuno al empleador o a quien
corresponda, de su ausencia por causa justificada.
Respetar y cumplir los horarios de entrada y salida.
Mantener sobriedad y corrección en el desempeño
de su función, propias del personal de un
establecimiento.
Mantener en todo memento relaciones jerárquicas
deferentes, con jefes, compañeros de trabajo,
subalternos, alumnos y apoderados.
Velar por los intereses del colegio, evitando
pérdidas, deterioros, o gastos innecesarios
De los estudiantes:
Los estudiantes deben contar en forma diaria con los
útiles correspondientes a su horario de clases, para el
normal desarrollo de su jornada escolar.
Los estudiantes deben cumplir oportunamente con
todas sus tareas, lecciones, preparación de pruebas y
deberes escolares en general.
Debe portar en todo momento su libreta de
comunicaciones o cuadernillo.
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El estudiante debe cuidar sus pertenencias. El
establecimiento no se hará responsable de pérdidas.
El retiro del alumno en horario de clases deberá
hacerlo sólo el apoderado en forma personal.
El estudiante debe mantener informado a su
apoderado de las necesidades y compromisos
escolares.
2.4 Presentación personal
El uso de uniforme en este establecimiento es obligatorio.
El uniforme deberá utilizarse para asistir a Clases, Actos
Oficiales como desfiles, y durante el trayecto de ida y vuelta
a la escuela.
UNIFORME DE DAMAS:
Falda azul marina tableada con rebeca y un largo de
tres centímetros sobre la rodilla.
Blusa blanca/ polera institucional
Polar verde con cuello y mangas azul marino.
Corbata azul con líneas verdes oblicuas.
Delantal cuadrille azul (cuadros pequeños).
Calcetas verde botella.
Zapatos negros.
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En relación a su presentación individual las alumnas
deberán llevar el pelo tomado con traba, cintillo o
cinta verde o azul.
No está permitido usar joyas, piercings, maquillaje,
tatuajes, ni adornos de ningún tipo.
UNIFORME DE VARONES:
Pantalón gris.
Camisa blanca.
Polar verde con cuello y manga azul marino.
Cotona café.
Corbata azul con líneas verdes oblicuas.
Zapatos negros.
Calcetas oscuras.
El pelo se usará corte colegial y en caso de pelo largo
deberá estar tomado.
*En caso de no poder contar con el uniforme se
pedirá respetar colores y tonos de la prenda a la
que no se pueda acceder.
PRESENTACIÓN CLASE DE EDUCACIÓN
FÍSICA
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La clase de educación física los estudiantes deberán
presentarse con, short azul, polera cuello polo blanca,
zapatillas y calcetas. En las presentaciones
extraescolares se utilizará como salida de cancha.
En el caso de no contar con el buzo, asistir con
uniforme y traer ropa de gimnasia para cambiarse,
permaneciendo con esta sólo durante la clase de
Educación Física. El uso del buzo sólo debe usarse
en esta ocasión u otra actividad autorizada.
UNIFORME DE INVIERNO
En invierno podrá reemplazarse la falda por pantalón
de tela y parka azul marino o verde, los accesorios de
invierno como bufanda, guantes y gorro deben ser de
color azul marino o verde botella.
Capí tulo 3: Derechos y Deberes especí ficos de los miembros de la Comunidad Educativa
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Estamentos de nuestro establecimiento:
3.1 Del director/a
Es el (la) Docente que como Jefe (a) del Establecimiento es
responsable de la Dirección, Organización y
Funcionamiento de toda la Unidad Educativa, de acuerdo a
las normas generales, legales y reglamentarias vigentes.
Derechos del director:
1. Velar por la gestión a nivel pedagógico, institucional
y administrativo.
2. Ser respetado por todos los Estamentos de la Escuela.
3. Planificar, coordinar, organizar, supervisar y evaluar
la marcha educativa de la Escuela, con el fin de lograr
los objetivos propuestos en el P.E.I.
4. Impartir instrucciones para establecer una adecuada
organización, funcionamiento y evaluación del
currículum del Establecimiento, procurando una
eficiente distribución de los recursos asignados.
5. Coordinar, supervisar, apoyar y constatar el
funcionamiento de todos los organismos de la
Escuela.
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6. Acompañar y supervisar la función docente para
lograr que el proceso de enseñanza aprendizaje sea
coherente con los objetivos educacionales
propuestos en el P.E.I.
7. Presidir los diversos Consejos, delegando funciones
cuando corresponda.
8. Participar en reuniones de Directivos Locales,
Comunales y otras que requiera el servicio.
9. Controlar el régimen disciplinario de acuerdo a las
normas del Manual y Reglamento de Convivencia.
10. Tomar medidas disciplinarias, desde una suspensión
hasta la cancelación de matrículas de un Alumno o
Alumna, de acuerdo a las condiciones establecidas en
este Manual y Reglamento de Convivencia.
Deberes del director:
1. Conocer y vivenciar en su actuar profesional y
desarrollo personal, el PEI de la Escuela.
2. Cultivar, construir, fomentar el respeto y una sana
convivencia, valorando y apreciando la integridad, el
bienestar físico y psicológico de todos y cada uno de
los integrantes de la Comunidad Educativa.
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3. Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las
autoridades educacionales competentes.
4. Propiciar un ambiente educativo estimulante,
creando condiciones favorables para el logro de los
O.F. y los O.F.T. en el marco del currículo propuesto.
5. Integrar el Comité de Convivencia Escolar. 31
6. Procurar la existencia de recursos y material
didáctico suficiente y adecuado al nivel y modalidad
de enseñanza que se imparte en las diferentes áreas y
niveles.
7. Evaluar el rendimiento escolar, de acuerdo a las
normas del control de calidad del proceso de
enseñanza - aprendizaje procurando que se
determinen las estrategias para mejorarlo.
8. Preocuparse constante, de realizar acciones
proactivas y reactivas, por la salud, bienestar,
formación valórica y desarrollo integral de los
Alumnos y Alumnas entregando apoyo y gestión.
9. Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o
capacitación del Personal, de su dependencia, como
así mismo la investigación y experimentación
educacional.
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10. Facilitar las medidas necesarias para la realización de
supervisión e inspección por parte del Ministerio de
Educación, conforme a las instrucciones que emanen
de la Superioridad.
11. Vincular el Establecimiento Educacional con los
Padres, Apoderados y Organismos de la comunidad.
12. Prestar apoyo oportuno y calificado a Padres y
Apoderados cuando estos lo requieran por problemas
intrafamiliares que afecten al educando
13. Frente a casos de consumo, comercialización, porte
o permuta de drogas será obligación del Director,
según dicta la Ley 20.000 comunicarse con la Unidad
Policial más cercana, con el alumno/a y su
apoderado.
3.2 De la Jefa de la Unidad Técnico Pedagógica
Es el (la) Docente, responsable de asesorar al
Director en la programación, organización, supervisión y
evaluación del desarrollo de las actividades curriculares. La
Jefa Técnica facilitará el logro de los aprendizajes
educacionales, optimizará el desarrollo de los procesos
técnicos pedagógicos. Además será el principal soporte
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técnico que lidera los cambios y las acciones de
mejoramiento al interior de la Escuela.
Derechos de la jefa U.T.P:
1. En ausencia del Director, subrogarlo en la Dirección
y funcionamiento del Establecimiento.
2. Ser respetado por todos los Estamentos de la Escuela.
3. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar
del alumnado procurando el mejoramiento
permanente del proceso enseñanza aprendizaje.
4. Organizar y dirigir los Talleres de Reflexión
Pedagógica.
5. Dirigir la organización, programación y desarrollo de
las actividades de evaluación del proceso de
enseñanza-aprendizaje con el fin de verificar el nivel
de logros alcanzados y tomar las decisiones
pertinentes.
6. Asesorar al Director en el proceso de elaboración del
plan de actividades curriculares del Establecimiento
Educacional
7. Asesorar y supervisar a los docentes en la
organización, programación y desarrollo de las
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actividades de evaluación y en la aplicación de
planes y programas de estudios.
Deberes de la jefa U.T.P.:
1. Programar, organizar, supervisar y evaluar junto con
los otros integrantes de la Unidad Técnica
Pedagógica las actividades correspondientes del
proceso enseñanza aprendizaje.
2. Cultivar, construir, fomentar el respeto y una sana
convivencia, valorando y apreciando la integridad, el
bienestar físico y psicológico de todos y cada uno de
los integrantes de la Comunidad Educativa.
3. Planificar el calendario escolar y supervisar su
cumplimiento.
4. Revisión y actualización de Programas y Proyectos.
5. Funcionamiento del Banco de Datos con las
evidencias de cada nivel y subsector.
6. Proyectar y proveer los recursos necesarios para
desarrollar acciones que aseguren, con efectividad, el
aprendizaje de los educandos.
7. Propiciar la integración de los diversos subsectores
y/o asignaturas en unidades extraprogramáticas.
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8. Propiciar el Perfeccionamiento Docente que permita
el mejoramiento de la Calidad de la Educación.
3.3 De los docentes
Es el profesional de la Educación que presta servicios en el
Establecimiento de Educación Básica como asimismo en la
Educación Parvularia.
Derechos de los docentes y educadoras de párvulos:
1. Ser escuchados con respeto por la Dirección, otros
Docentes, Alumnado y Apoderados de la Escuela.
2. Participar con carácter consultivo en el diagnóstico,
planteamiento, ejecución y evaluación de las
actividades de la Escuela y las relaciones con la
Comunidad.
3. Gozar de autonomía en el ejercicio de su función
docente.
4. Solicitar permiso para ausentarse de sus labores por
motivos particulares hasta por seis días en el año
calendario con goce de remuneraciones.
5. A trabajar en un ambiente armónico, tolerante y de
respeto mutuo.
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6. Recibir buen trato, que se respete su integridad física
y moral para una sana convivencia.
7. Ser respaldado en su función por parte de todos los
integrantes de la Unidad Educativa ante cualquier
atropello o falta de respeto por parte de un Alumno,
Alumna, Padres, Apoderado u otra persona dentro
del Establecimiento.
8. Trabajar en un ambiente de higiene, limpieza y sana
convivencia, respetándose las diferencias
individuales.
9. No ser interrumpidos en el desarrollo de sus
habituales labores de docencia.
Deberes de los docentes y educadoras de párvulos
1. Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las
actividades docentes.
2. Fomentar e internalizar en el alumnado el buen trato,
valores, hábitos y actitudes a través del ejemplo
personal.
3. Asistir a los actos educativos culturales y cívicos que
la Dirección de la Escuela determine.
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4. Mantener al día los documentos relacionados a su
función.
5. Mantener una comunicación permanente y oportuna
con los Padres y Apoderados, proporcionándoles
información sobre el desarrollo del proceso
educativo y seguridad de sus pupilos.
6. Asistir a las formaciones generales y de aula después
de cada recreo.
7. Cuidar el orden y presentación personal de los
Alumnos y Alumnas.
8. Llegar junto a sus Alumnos a la sala de clases.
9. Finalizada la clase deberá entregar la sala limpia,
ordenada.
10. Desempeñar turnos que señale el Director.
11. Concurrir a todas las reuniones que son convocadas
por la Dirección.
12. Llevar al día su libro de clases, especialmente lo
referido a la consignación de asistencias, materias y
evaluaciones.
13. Guardar la debida lealtad y respeto hacia sus jefes y
compañeros de trabajo.
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14. Comunicar al Director cualquier situación
relacionada con consumo, porte, comercialización,
permuta de drogas y maltrato al interior del
Establecimiento.
3.4 Del personal asistentes de la educación
El Estamento Asistente de la Educación está conformado
por todo el Personal que trabaja en el Establecimiento y que
no es Profesor o Profesora.
Derechos del personal asistente de la educación:
1. Recibir un trato digno, igualitario y respetuoso de
parte de todos los integrantes de la Unidad
Educativa; Dirección, Profesores, Alumnado y
Apoderados.
2. Realizar sus actividades en un ambiente de higiene,
limpieza y sana convivencia.
3. Ser escuchado por todo el personal del
Establecimiento.
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4. Que se respete su integridad física y moral no
pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes por parte de los Alumnos, Alumnas,
Dirección, Personal y Apoderados.
5. No realizar actividades que atenten contra su
seguridad personal.
6. Proveerles de útiles y herramientas necesarias para
desempeñar en buena forma su labor.
7. Proponer las iniciativas que estimen útiles para el
progreso del Establecimiento.
8. Solicitar permiso para ausentarse de sus labores por
motivos particulares hasta por seis días en el año
calendario con goce de remuneraciones.
Deberes del personal asistente de la educación:
1. Colaborar y practicar el buen trato con Alumnos,
Alumnas, Personal y Apoderados para mantener una
sana convivencia.
2. Cumplir con responsabilidad, esmero y respeto sus
labores asignadas por la Dirección, Personal
reemplazante o designado por el Director.
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3. Comunicar lo observado ante actitudes de maltrato o
actitudes negativas hacia los Alumnos y Alumnas y
entre ellos(as), a Coordinadora General, Orientadora
o Director.
4. Apoyar la labor del Profesor cuando lo requiera.
5. Entregar y recibir material audiovisual, didáctico o
de apoyo a las actividades lectivas y extraescolares.
6. Tolerancia y respeto mutuo.
7. Comunicar al Director cualquier situación
relacionada con consumo, porte, comercialización,
permuta de drogas o maltrato al interior del
Establecimiento.
3.5 Del personal auxiliares de servicios
1. Son responsables directo del aseo y demás funciones
subalternas de índole similar.
2. Colaborar en el mantenimiento del orden y el aseo en
todas las dependencias del Establecimiento.
3. Abrir o cerrar dependencias del Establecimiento y
manejar las llaves.
4. Retirar, repartir mensajes, correspondencia y otros.
5. Realizar reparaciones e instalaciones menores del
local.
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6. Cuidar y velar por el uso, conservación de materiales,
útiles y herramientas de la Escuela.
7. Desempeñar cuando proceda, atención de portería.
8. Informar previamente a su superior la solicitud de
ingreso de personas, antes de autorizar su entrada.
9. Realizar otras tareas de apoyo a la marcha del
Establecimiento cuando solicite la Dirección, UTP o
quién lo requiera previa autorización de la Dirección.
10. Mantener en todo momento una actitud de respeto,
honestidad y lealtad para con Director, U.T.P,
Docentes, Alumnos, Alumnas, Apoderados y Pares.
11. Usar un vocabulario adecuado al Establecimiento
Educacional.
12. Comunicar al Director o a quien lo reemplace
cualquier situación relacionada con consumo, porte,
comercialización, permuta de drogas y maltrato al
interior del Establecimiento.
13. Colaborar y practicar el buen trato con Alumnos,
Alumnas, Personal y Apoderados para mantener una
sana convivencia.
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14. Cumplir con responsabilidad, esmero y respeto sus
labores asignadas por la Dirección, Personal
reemplazante o designado por el Director.
15. Comunicar lo observado ante actitudes de maltrato o
actitudes negativas hacia los Alumnos y Alumnas y
entre ellos(as), a Coordinadora General, Orientadora
o Director.
3.6 De los estudiantes
Derecho de los y las estudiantes:
1. Recibir una formación y educación de acuerdo a lo
que estipula la Misión de la Escuela y el Perfil del
Alumno.
2. Ser tratados y tratadas con respeto en todo momento
y lugar, por todas las personas que laboran en la
Escuela.
3. Que su rendimiento y comportamiento escolar sea
evaluado con objetividad.
4. A ser informado de las pautas evaluativas; a ser
evaluados y promovidos de acuerdo al Reglamento
de Evaluación y Promoción.
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5. Recibir información relacionada con su actividad
escolar.
6. Recibir atención del Seguro Escolar en caso de
accidente.
7. Recibir un reconocimiento positivo que será
registrado en su hoja de vida, cuando desarrolle o
tenga comportamiento digno de ser destacado.
8. Ser atendidas sus situaciones individuales de carácter
pedagógicas y personales como: N.E.E, maltratos,
enfermedad y /o accidente, situaciones de embarazo,
entre otras que requieran una atención especial.
9. En situaciones de ausencias escolares debidamente
justificadas por él o la Apoderado(a) tendrá derecho
a cumplir con sus obligaciones escolares, mediante
un sistema personalizado y calendarizado.
10. A rendir una prueba fuera de plazo estipulado por
calendario, previa inasistencia justificada.
11. A elegir actividad extraescolar de su agrado que
ofrece la Escuela.
12. Tiene derecho, además, a que se respete su libertad
de conciencia, sus convicciones religiosas o
ideológicas, así como su identidad personal,
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conforme al presente Manual y Reglamento del
Establecimiento.
Deberes de los alumnos y alumnas:
1. Adoptar un comportamiento que esté de acuerdo con
el Manual y Reglamento de Convivencia.
2. Aceptar que el respeto a todas las personas es
primordial para una sana convivencia y un ambiente
adecuado para el aprendizaje.
3. Brindar un trato respetuoso y no discriminatorio con
todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
4. Manifestar corrección en sus modales, lenguaje y
trato dentro o fuera del Establecimiento.
5. Ser prudente, tolerante y escuchar a la otra persona
en situación conflictiva.
6. Excusarse ante faltas cometidas, reconociendo el o
los errores.
7. Mantener una actitud preventiva del autocuidado de
su persona y su salud.
8. Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir
sus obligaciones escolares, horarios y las
orientaciones dadas por el personal a su cargo.
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9. Aceptar y cumplir las responsabilidades que le
asignen los Profesores.
10. Esforzarse por alcanzar al máximo el desarrollo de
sus capacidades.
11. Asistir y participar en los Actos y Desfiles que
corresponda.
12. Usar adecuadamente las instalaciones, mobiliario y
material didáctico que el Establecimiento pone a su
disposición.
13. Mantener aseados sus lugares de trabajo, comedor,
pasillos, patios, escaleras, entre otros.
14. No lanzar papeles u objetos en la sala de clases,
comedores, patios y jardines.
15. Evitar juegos bruscos y con objetos que pueden dañar
a compañeros u otra persona; trompo, botellines u
otros.
16. No traer objetos distractores y de valor (celulares,
máquinas fotográficas, aparatos electrónicos, joyas,
dinero, entre otros). Además el personal de la
Escuela no se responsabiliza por pérdidas de estos
objetos mencionados.
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17. Expresar por si mismo o a través de su Apoderado
cualquier queja fundada respecto a situaciones que
estime injustas y arbitrarias. El conducto regular en
las situaciones anteriores será: 1. Profesor o
Profesora de asignatura. 2. Profesor o Profesora Jefe.
3. Coordinadora General (Inspectora General). 4.
Encargada de Convivencia 5. U.T.P. 6. Dirección
3.7 De los apoderados
Tendrá carácter de apoderado la persona que se haya
identificado como tal en la Ficha de Matrícula del alumno
colocando su número de RUT, firma y dirección.
La persona que tiene esta responsabilidad debe:
a.- Tener más de 18 años de edad.
b.- Residir, en lo posible, en el domicilio del alumno.
Deberes de los padres, madres y/o apoderados
1. Conocer y acatar los manuales, reglamentos y
protocolos del establecimiento.
2. A mantener un trato adecuado y cordial con los
integrantes de la comunidad educativa.
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3. Entregar en forma veraz la información requerida en
la ficha de matrícula, sin omitir información
relevante tales como diagnósticos de profesionales,
estados de salud, certificaciones de estudio, etc.
4. Sólo el apoderado titular podrá retirar
documentación oficial y/o al alumno en período de
clases.
5. Será obligación del apoderado poner en
conocimiento y presentar la documentación
pertinente frente a situaciones legales del Tribunal de
la Familia, referida a la prohibición de visitas o
retirar alumnos del Establecimiento.
6. Tener una participación activa en el proceso de
aprendizaje entregando un apoyo a su pupilo en
forma coordinada con el Establecimiento.
7. Entregar a los profesores la información veraz del
estado de salud (física o sicológica), para un mejor
manejo y apoyo de la condición del niño(a) dentro
del establecimiento.
8. El apoderado que reciba la información de que su
pupilo manifiesta algún trastorno físico, mental o
emocional por parte del profesor correspondiente,
deberá llevarlo a la unidad profesional pertinente
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para su diagnóstico y tratamiento, en el plazo
estipulado.
9. Los apoderados que tengan sus pupilos en
tratamiento por enfermedad física, mental o
emocional, tendrán la obligación de mantener el
tratamiento medicamentoso y de controles.
10. Asistir a todas las reuniones citadas por la escuela.
En caso de no poder asistir establecerá contacto a la
brevedad con la persona que cursó la citación en el
horario que ésta tenga disponible para atención de
apoderados.
11. El apoderado que falte a tres reuniones (justificadas
o no), deberá firmar una ficha de compromiso en la
Dirección del Establecimiento.
12. En el caso de necesitar entrevista por motivos de
trabajo o fuerza mayor, en horario distinto al
establecido, deberá solicitar hora de atención a través
de la agenda escolar del alumno en un horario que el
Establecimiento o el profesor disponga.
13. Retirar personalmente a su pupilo cuando lo requiera
antes del horario de salida, o por persona autorizada
en la ficha de matrícula.
14. Revisar periódicamente la agenda escolar de su
pupilo y firmar las comunicaciones al tomar
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conocimiento. Al solicitarse material deberá
proveerlo en la cantidad y de acuerdo a las
especificaciones solicitados por el profesor, teniendo
en cuenta que un niño sin materiales no podrá
desarrollar las actividades programadas de manera
adecuada, por lo tanto no habrá logro de aprendizaje.
15. Será responsable de la asistencia, puntualidad y
presentación personal de su pupilo.
16. No interrumpir las clases con el fin de cautelar la
calidad de su desarrollo. En caso de requerir o
entregar información deberá hacerlo en la Dirección,
con el Inspector o esperar a concretar la entrevista en
el horario de atención de apoderados asignado por el
profesor.
17. Comunicar oportunamente al profesor de curso la
contratación de transporte escolar, identificando por
escrito al conductor y al vehículo contratado. Será
además su deber cambiar de transporte cuando haya
incumplimiento de horario en la llegada o retiro de
los alumnos.
18. Concurrir a toda citación en el día y hora asignada.
19. Retirar oportunamente a su pupilo en el horario de
salida. Los alumnos serán entregados a la hora
establecida en la entrada del Establecimiento
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concluyendo con ello su responsabilidad sobre el
alumno(a), tanto del Nivel Parvulario como de
Educación Básica.
20. Atender los problemas surgidos como consecuencia
del quehacer educativo en las siguientes instancias
jerárquicas:
- Profesor/a de Asignatura
- Profesor/a Jefe
- Director/a
21. Ante la inasistencia de la o el apoderado a reunión
debe justificar personalmente inmediatamente al día
siguiente de su realización.
22. Cuando el apoderado tenga reiteradas inasistencias a
reuniones y no se comprometa con sus
responsabilidades como tal, se enviará su caso al
DAEM, y en el caso que corresponda al Tribunal de
la Familia.
23. Comunicar en forma oportuna las causales de
inasistencia de su pupilo, presentando la certificación
médica cuando corresponda.
24. Cautelar que su pupilo no porte objetos valiosos. El
Establecimiento no se responsabilizará por extravíos.
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25. Evitar que su pupilo porte objetos corto punzante u
otro que atenten contra su integridad o la de sus
compañeros.
26. Marcar con el nombre de su pupilo tanto la
vestimenta como útiles escolares con el fin de evitar
extravíos o hurtos. El Establecimiento no se
responsabiliza ante pérdidas.
27. Mantener un trato respetuoso y una actitud de
colaboración ante los miembros de la Escuela
considerando que la labor educativa necesita de un
espíritu solidario y de colaboración para el desarrollo
integral del alumno.
28. Responder por daños causados por su pupilo al
Establecimiento o a otra persona integrante de la
Unidad Educativa.
29. Reforzar los hábitos de estudio, de aseo, de higiene,
de presentación personal según Manual de
Convivencia Escolar y de actitud social de sus hijos
o pupilos.
30. El Establecimiento estará obligado por ley a
denunciar cualquier indicio de abuso, abandono,
maltrato físico o sicológico al alumno.
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31. Los Padres, Madres y/o Apoderados no podrán
ingresar al local escolar, salas de clases u otras
dependencias durante las horas de clases. Cualquier
consulta o entrevista con Dirección y Profesores se
realizará en un horario que establezca la
disponibilidad horaria del docente.
32. Las y los apoderados ingresarán solamente hasta la
Dirección.
Todo lo anterior para seguridad y buen
funcionamiento de la escuela.
33. Las y los apoderados que ocuparen cargos directivos
deberán demostrar en todo momento integridad ética
y moral, guardando lealtad y compromiso con la
imagen corporativa del Establecimiento.
34. Toda destrucción de bienes materiales deberá ser
repuesta por el apoderado en el plazo que la
Dirección lo determine.
Derechos de madres, padres y/o apoderados.
1. A conocer los Manuales, Reglamentos y Protocolos
de la escuela y ante cualquier duda, sugerencia o
disconformidad, acercarse a su Profesora Jefe, UTP
o Dirección.
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2. A recibir un trato adecuado y cordial por parte de los
integrantes de la comunidad educativa.
3. A ser atendido en entrevista por los diferentes
estamentos del Establecimiento en los horarios
establecidos.
4. Recibir orientación para un mejor apoyo por parte del
hogar para su pupilo.
5. Recibir oportuna información acerca del avance de
su pupilo. Se incluye un informe bimensual en
Educación Básica y Educación Parvularia.
6. Hacer uso de la Biblioteca tanto para los alumnos
como los apoderados para apoyar el proceso de
enseñanza.
7. Ser informado por escrito o telefónicamente sobre
cualquier acontecimiento ocurrido con su pupilo
durante la jornada.
8. Ser escuchado y apelar con un plazo máximo de 15
días hábiles frente a cualquier determinación y/o
medida disciplinaria adoptada por el establecimiento
educacional.
PERDERA SU CONDICION DE TAL
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1. Cuando constituya un riesgo para la integridad física
y/o sicológica de la o el alumno, comprometiéndose
a ser reemplazado en lo posible por el familiar más
cercano al alumno/a.
2. Por abandono de su pupilo ya sea por: inasistencia a
reuniones, abandono del hogar, falta de apoyo a la
función educativa debiendo ser reemplazado por otro
familiar.
3. Cuando deteriore o entorpezca el normal
funcionamiento de las actividades del
Establecimiento en forma reiterada ingresando a la
sala de clases y colegio sin autorización o generando
conflictos.
3.8 Del reglamento general de organización y
funcionamiento de las instancias de participación
De la organización de los padres y apoderados
1. Cada curso organizará a sus apoderados en su Sub
Centro de Padres. Este organismo tendrá como labor
exclusiva apoyar la función educativa y atender las
necesidades básicas del grupo curso, principalmente
las de orden económico.
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2. La recaudación de fondos en los subcentros de
apoderados tendrá como principal objetivo apoyar
las actividades curriculares de los cursos.
3. Realizará sus reuniones en un calendario que la
Dirección determine. Las reuniones calendarizadas
tendrán carácter de ordinarias.
4. Ante la necesidad de una reunión extraordinaria por
parte de un sub centro, se deberá contar con la
autorización del profesor de curso o la dirección. Se
deberá informar la Tabla o aspectos a tratar y contar
con la presencia de su profesor. Ninguna reunión de
esta índole puede realizarse fuera del
Establecimiento.
5. Los Sub Centros de Padres se organizarán a su vez
en Centro General de Padres, teniendo este
organismo los objetivos y funcionamiento que
establece la normativa vigente.
Sobre el centro general de padres, madres y/o
apoderados:
Son organismos que comparten y colaboran en los
propósitos educativos y sociales de los establecimientos
educacionales de que forma parte.
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Los Centros de Padres orientarán sus acciones con
plena observancia de las atribuciones técnico-pedagógicas
que competen exclusivamente al establecimiento,
promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus
miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas
del establecimiento y, estimularán el desarrollo y progreso
del conjunto de la comunidad escolar.
Sobre su organización y funcionamiento:
a) Fomentar la preocupación de sus miembros por la
formación y desarrollo personal de sus hijos y pupilos y, en
consonancia con ello, promover las acciones de estudio y
capacitación que sean convenientes para el mejor cometido
de las responsabilidades educativas de la familia.
b) Integrar activamente a sus miembros en una comunidad
inspirada por principios, valores e ideales educativos
comunes, canalizando para ellos las aptitudes, intereses y
capacidades personales de cada uno.
c) Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el
establecimiento y que faciliten la comprensión y el apoyo
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familiar hacia las actividades escolares y el ejercicio del rol
que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el
fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y actitudes
que la educación fomenta en los alumnos.
d) Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando
esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral del
alumno.
e) Proyectar acciones hacia la comunidad en general;
difundir los propósitos e ideales del Centro de Padres;
promover la cooperación de las instituciones y agentes
comunitarios en las labores del establecimiento y, cuando
corresponda, participar en todos aquellos programas de
progreso social que obren en beneficio de la educación,
protección y desarrollo de la niñez y juventud.
f) Proponer y patrocinar dentro del respectivo
establecimiento y en la comunidad, iniciativas que
favorezcan la formación de los alumnos, en especial aquellas
relacionadas con el mejoramiento de las condiciones
económicas, culturales, sociales y de salud que puedan
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afectar las oportunidades y el normal desarrollo de los
alumnos.
g) Mantener comunicación permanente con los niveles
directivos del establecimiento tanto para obtener y difundir
entre sus miembros la información relativa a las políticas,
programas y proyectos educativos del establecimiento como
para plantear, cuando corresponda, las inquietudes,
motivaciones y sugerencias de los padres relativas al proceso
educativo y vida escolar.
Sobre los consejos escolares:
Los consejos escolares son un espacio promotor de
participación democrática, facilita y permite la integración
de los distintos actores educativos, creando un espacio de
diálogo, con la finalidad de expresar expectativas,
necesidades y capacidades de los diferentes actores
educativos.
El consejo escolar se encuentra conformado por:
El Director/a del establecimiento o Profesor
Encargado.
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El Director del DAEM o un representante asignado
por él en su representación.
Un/a docente elegido democráticamente por el
mecanismo que decidan sus pares.
Un representante de los Asistentes de la Educación
elegido democráticamente por el mecanismo que
decidan sus pares.
El/la presidente/a del Centro de Alumnos (optativo
para el caso de los EE de Educación Básica).
El/la presidente/a del Centro de Padres u Apoderados
u otro miembro de la directiva designado por el
presidente/a.
Otros profesionales del Establecimiento que sean
postulados a participar (Profesor Encargado de
Convivencia Escolar, Inspector General o Docente
de ciclo a representar)
De las sesiones EXTRAORDINARIAS del Consejo
Escolar:
Las sesiones extraordinarias serán citadas por el Director/a
del Establecimiento Educacional en su calidad de presidente
del consejo, sin embargo, al tratarse de una materia de interés
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comunitario, cualquier integrante del Consejo Escolar,
puede solicitar al Director consultar a los integrantes, y acto
seguido realizar convocatoria de manera extraordinaria.
Se citara a Consejo Escolar Extraordinario cuando:
a) Situaciones imprevistas o emergentes que alteran
significativamente el desarrollo normal del establecimiento
y que requiere de una reflexión, opinión fundada y
propuesta(s) de solución y/o requerimiento de ayuda.
b) Situaciones extremas de alumnos que ameritan revisar
todos los antecedentes del caso, su historial, denuncias,
sanciones previamente aplicadas, opinión del consejo de
profesores, medidas de apoyo brindadas y propuestas en el
Establecimiento, la que podría conllevar a la máxima
sanción que el reglamento señala (en algunos casos
expulsión; o cancelación de matrícula y/o presentación del
alumno solo a dar pruebas (calendario especial).
Las actas de los Consejos Escolares Extraordinarios, serán
redactadas y registradas en el mismo libro de las sesiones
ordinarias, con el nombre y firma de todos los asistentes.
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Cuando el Director/a lo ameritase por el contenido de la
sesión de Consejo Extraordinario, y en los casos de
Establecimientos con Educación Párvulo y/o Básica, podrá
prescindir de realizar el llamado al Presidente/a del Centro
de Alumnos del Establecimiento, no así al resto de los
integrantes.
ARTÍCULO Nº 5
El Director/a deberá previa citación a Consejo
Escolar Extraordinario, abrir un expediente que
contenga la descripción detallada de los hechos o
situaciones que ameritaron el llamado a Consejo
Escolar Extraordinario.
En el caso del Articulo Nº 2 letra b), la carpeta de
expediente deberá contener a lo menos:
Copia de registro de Entrevista al alumno/as.
Copia de registro de Entrevista al apoderado del
alumno/as, estas históricas y donde conste
notificación por escrito de los hechos sucedidos (en
caso de cartas certificadas copia del comprobante de
correo enviado a domicilio del apoderado).
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Copia de registro de Hoja de vida de/los alumno/as
(Informe de Notas y de libro de clases o de
inspectoría).
Pronunciamiento del Consejo de profesores por
escrito y con firma de cada integrante, respecto al
caso, desde el punto de vista pedagógico, y su
irrupción en los procesos de aprendizajes del curso.
Copia de registro de todas las medidas de apoyo
brindadas al estudiante al interior del establecimiento
o por instituciones externas; tales como evaluaciones
de profesionales, derivaciones, atenciones,
tratamientos, etc.
Las reservas del caso de aquellos registros de
atención/tratamiento profesional de carácter
confidencial, respetando la integridad física y
emocional del educando.
Copia de las resoluciones escritas, respecto a las
sanciones disciplinarias adoptadas según el
reglamento, de manera progresiva a la fecha de la
citación a Consejo Escolar Extraordinario.
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Una vez expuesto el caso y los hechos por parte del Director/
al Consejo Escolar Extraordinario, siempre enmarcado en el
reglamento del establecimiento, los miembros del consejo se
pronunciaran y podrán apoyar o proponer respuestas a lo
presentado por el Director/a, pronunciamiento individual de
cada representante, lo cual quedara impreso en Acta (libro)
de registro de las sesiones del Consejo Escolar.
En los casos tipo Articulo Nº 2 letra b), que el Consejo
Escolar Extraordinario se pronuncie a favor por mayoría
simple, en aplicar la última medida disciplinaria que el
reglamento permite, es el Director/a del Establecimiento el
facultado para aplicar el reglamento y realizar una
RESOLUCIÓN, la que será entregada al Apoderado en no
más de 48 horas hábiles de sesionado el Consejo Escolar
Extraordinario, donde la Resolución a lo menos debe
señalar:
Qué falta transgredió el alumno/a y la medida
disciplinaria que se aplicó, previa información y
aceptación del Consejo Escolar Extraordinario.
Hoja de vida del alumno/a.
Constancia de entrevista a alumno/a y apoderado.
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Informe de atención psicológica del estudiante.
Acta de consejo de profesores.
Acta del Consejo Escolar Extraordinario.
Fotocopia extracto Manual de Convivencia en
contexto visto y aplicado.
Constancia en la misma Resolución que señale al
apoderado, que le asiste el derecho a presentar al
Sostenedor Municipal, una apelación a la medida
disciplinaria adoptada por el establecimiento,
dejando constancia del plazo para ello, según lo
establece el reglamento interno del Establecimiento.
Para los casos en que se presente RESOLUCIÓN de
cancelación de matrícula, la Unidad Psicosocial del
Daem, realizara las siguientes gestiones:
Realizar todas las acciones para buscar otro
Establecimiento al Estudiante, siempre procurando el
derecho a Educación de las niñas, niños y jóvenes de
nuestra Comuna, y que, el proyecto educativo
institucional, esté en relación a las características del
estudiante.
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Realizar todos los esfuerzos por encontrar una
comunidad educativa y/o modalidad de enseñanza,
que permita asegurar el derecho a la educación del
estudiante.
Presentar al Nuevo Establecimiento que acogerá el
estudiante, una Carpeta con copia de todos los
antecedentes y la Resolución de Cancelación de
Matrícula del anterior establecimiento.
En los casos que lo ameriten, oficiar a Tribunales de
Familia.
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Capítulo 4: Creación de un clima
de aula apropiado para el
aprendizaje
a) La creación de un clima de respeto, de equidad, de
tolerancia, de solidaridad, entre otros, dentro de la sala de
clases, adquiere especial relevancia porque las
investigaciones realizadas en este campo indican que la
calidad de los aprendizajes depende, en gran medida, de
componentes que van más allá de las prácticas de enseñanza
mismas y que también influyen aspectos sociales, afectivos
y materiales.
En tal sentido, resultan claves aspectos como el
entusiasmo del profesor o profesora por enseñar, las
expectativas que tenga sobre las posibilidades de aprender
de sus estudiantes, el apoyo y la estimulación de las
fortalezas antes que el acento en las debilidades, la
valoración de sus características e intereses, la acogida y
consideración de sus preocupaciones particulares, y el
aprecio por su potencial intelectual y humano.
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Asimismo, son importantes las interacciones que
ocurren al interior del aula entre docente y estudiantes, y de
estos últimos entre sí. Es claro que los aprendizajes se ven
favorecidos cuando ocurren en un clima de confianza, de
aceptación, de equidad y de respeto entre las personas.
Igualmente, cuando se establecen y mantienen normas
constructivas de comportamiento, donde la sala de clases se
transforma en un espacio de aprendizaje organizado y
enriquecido, que invita a indagar, a compartir y a aprender.
b) Criterios básicos para mantener un clima adecuado:
I.- Establecer un sistema de relaciones de aceptación,
equidad, confianza, solidaridad y respeto.
II.- Manifestar altas expectativas sobre las posibilidades
de aprendizaje de cada estudiante.
III.- Establecer y mantener consistentemente normas de
comportamiento dentro del aula.
IV.- Construir un ambiente organizado de trabajo y
disponer los espacios y los recursos en función de los
aprendizajes.
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c) Establecer un clima de relaciones de aceptación,
equidad, confianza, solidaridad y respeto.
Un clima de respeto en la sala de clases, está dada por
la manera cómo el o la docente se relaciona con sus
estudiantes y el tipo de relación que estimula entre ellos.
Un buen clima de aula se caracteriza porque las y los
estudiantes se sienten valorados y seguros; saben que serán
tratados con dignidad, que sus preguntas, opiniones y
experiencias serán acogidas con interés y respeto. Este tipo
de relaciones entre docentes y estudiantes se caracteriza por
un trato respetuoso y cordial, donde la profesora o profesor
no olvida su rol de autoridad pedagógica, responsable del
curso en que enseña, y las y los estudiantes reconocen esa
autoridad.
En un ambiente como el descrito, el docente escucha
prudentemente a sus estudiantes y promueve que se
escuchen entre sí, tanto en conversaciones sobre sus
experiencias y sentimientos, como en las referidas a los
contenidos de la clase; valora sus aportes, los comenta, los
enriquece y abre espacios de intercambio con el resto del
curso.
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Del mismo modo, demuestra con sus actitudes que
las diferencias culturales, étnicas, de género, físicas o
socioeconómicas son consideradas como fortalezas, en
cuanto permiten enriquecer las conversaciones,
conocimientos y experiencias del conjunto de estudiantes.
d) Manifestar altas expectativas sobre las posibilidades
de aprendizaje de cada estudiante.
Un aspecto crucial al interior de las salas de clase es
la capacidad del profesor o profesora para despertar el interés
por el aprendizaje en sus estudiantes. Esto se relaciona
estrechamente con su disposición a comprometerse con los
contenidos que enseña y, también, con lograr que se motiven
y valoren lo que están aprendiendo.
Cuando un(a) docente tiene altas expectativas sobre
los aprendizajes, la sala de clases se distingue porque hay un
ambiente activo, en el que docentes y estudiantes se
formulan preguntas; están interesados en indagar, llegar a
resultados y aprendizajes satisfactorios y en comunicar a
otros sus hallazgos.
En un ambiente así, las y los estudiantes se sienten
desafiados a aprender, apoyados por su docente, quien tiene
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la convicción de que todos pueden aprender y esforzarse para
lograrlo, no por imposición sino favoreciendo el ejercicio de
su autonomía.
De esta manera, no temen al ridículo cuando
proponen ideas, preguntan u opinan sobre temas de su
interés, ya que saben que la clase es un espacio para aprender
y cuestionarse, y que su profesor(a) se interesará por sus
aportes.
Las y los estudiantes se sienten seguros porque su
docente refuerza su compromiso con el logro de buenos
resultados y trabajos bien hechos; no enfatiza solamente la
realización de la actividad o la tarea, sino también el sentido
y calidad de la misma, ofreciendo ayuda para que lo logren.
e) Establecer y mantener normas consistentes de
comportamiento en el aula
La enseñanza no se puede generar en un ambiente en
el que el comportamiento de las y los estudiantes no permite
el trabajo coordinado y organizado. Cuando la clase es
interesante, los estudiantes están comprometidos y
concentrados, por lo tanto, es menos probable que se
distraigan y promuevan el desorden.
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Es necesario establecer normas claras, concordadas
entre docentes y estudiantes, que orienten las interrelaciones
y faciliten los aprendizajes. En este sentido, es importante
explicitar los efectos y las consecuencias para quienes
traspasen los límites establecidos; estas transgresiones deben
ser tratadas con sentido formativo.
Estas normas deben tener la flexibilidad suficiente
como para adecuarse a las características de los estudiantes
y sus necesidades de aprendizaje. La flexibilidad no debe
entenderse como despreocupación o laxitud, sino claramente
como una adecuación criterios a las particularidades de cada
estudiante.
Las normas que sean adecuadas al nivel de desarrollo
de las y los estudiantes, que prevengan y eviten actitudes
violentas o descalificatorias y, especialmente, que los
estimulen a monitorear su propio comportamiento.
f) Construir un ambiente organizado de trabajo y
disponer los espacios y recursos en función de los
aprendizajes.
Las mejores estrategias de enseñanza son inútiles en
un ambiente desestructurado. Por lo tanto, es relevante
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desarrollar procedimientos claros y explícitos para que se
genere un trabajo fluido y una utilización eficiente del
tiempo.
Las “rutinas” o “procedimientos para el trabajo en la
sala” permiten la organización de las diferentes actividades.
Un aula sin “procedimientos de trabajo para aprender” es
fácilmente reconocible: se pierde tiempo en asuntos no
relacionados con actividades de enseñanza, el curso debe
esperar que el profesor(a) organice las actividades, el trabajo
no tiene orientación clara, faltan materiales y las etapas de la
clase son confusas, los estudiantes no saben qué hacer para
empezar la actividad o qué hacer cuando terminan el trabajo.
En una clase bien organizada, se pueden distinguir
claramente las actividades de inicio, de desarrollo y de
cierre. Las y los estudiantes saben cómo trabajar o qué se
espera de la clase y, también, qué se desea de ellos. Ocupan
su tiempo en actividades interesantes y relevantes.
Además, se ocupa poco tiempo en acciones que no son de
enseñanza, como mantener la disciplina, explicar
repetidamente las instrucciones, llamar la atención, etc.,
porque una clase bien organizada es dinámica, hay
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momentos de conversación, de interacción con los pares y
con la profesora o profesor, donde todos participan.
Acerca del Reconocimiento de las Conductas
Destacadas
El reconocimiento a las conductas destacadas
permite el fortalecimiento de conocimientos, actitudes y
habilidades de nuestros y nuestras estudiantes necesarios
para su desarrollo integral, haciendo visible de forma
permanente sus logros a nivel colectivo e individual.
Se realizará premiación a los y las estudiantes
destacados de cada curso en el área académica por esfuerzo,
en el área de convivencia escolar, por participación y otras
características personales a destacar según lo acontecido
durante el año escolar.
Las propuestas de estudiantes le corresponden al
profesor jefe en consulta con otros docentes y/o asistentes
que se vinculen directamente con la actividad a reconocer;
mediante un procedimiento justo de elección.
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Capí tulo 5: Procedimientos y medidas disciplinarias
5.1 Medidas y sanciones disciplinarias
Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias
a la sana Convivencia Escolar:
Amonestación verbal.
Amonestación por escrito.
Entrevista personal con la o el apoderado.
Suspensión de clases.
Derivación a red externa: O.P.D., PPF, psicólogo, u
otro.
Condicionalidad de la matrícula para el próximo año
escolar, ante faltas consideradas como graves o
gravísimas, luego de haber agotado las instancias
para el mejoramiento conductual.
Medidas reparatorias:
Restitución de lo dañado
Disculpas personales o públicas.
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5.2 Medidas formativas o pedagógicas
Las medidas pedagógicas tienen como objetivo
generar una instancia de aprendizaje en torno a la situación
considerada una falta, para ello es importante que a través
del diálogo y trabajo en conjunto se aborde de manera
asertiva las situaciones disruptivas.
Estas medidas son acciones que permiten a los
estudiantes tomar conciencia de las consecuencias de sus
actos, aprender a responsabilizarse de ellos y desarrollar
compromisos genuinos de reparación del daño, de
crecimiento personal y/o de resolución de las variables que
indujeron la falta, entre otras:
• Servicio comunitario: Contemplará el desarrollo de
alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa, en
especial, aplicable frente a faltas que hayan implicado
deterioro del entorno, lo cual implica hacerse cargo de las
consecuencias de los actos negativos a través del esfuerzo
personal.
Ejemplos: Limpiar algún espacio del establecimiento, patio,
pasillos, patio techado o su sala; mantener el jardín; ayudar
en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad;
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colaborar con la ejecución de actividades extra
programáticas; etc.
• Servicio pedagógico: Contemplará una o más acciones
del estudiante que cometió la falta, asesorado por un docente,
que impliquen contribuir solidariamente con la continuidad
y/o efectividad de los procesos educativos de la escuela, tales
como: Recolectar o elaborar material para estudiantes de
cursos inferiores al suyo; ser ayudante de un profesor en la
realización de una o más clases, según sus aptitudes;
colaborar en las labores de Biblioteca, etc.; apoyar a
estudiantes menores en sus tareas; preparar y exponer temas
educativos y otra medida que se considere adecuada de
acuerdo a la edad del estudiante.
• Diálogos Formativos: Contemplará la participación en
reuniones, de carácter individual y/o grupal; con uno o más
miembros habilitados de la escuela (Directivos, docentes,
psicopedagogos, encargado convivencia escolar) con el
objeto de reflexionar acerca del hecho ocurrido, sus
consecuencias y formas de prevenirlas, orientando las
temáticas hacia la adopción o recuperación del modo de
relación basado en los valores de honestidad, respeto,
tolerancia y solidaridad.
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• Intervención por equipo psicosocial: Contemplará la
derivación a redes de apoyo (personales, familiares,
grupales) que permitan comprender y evitar
comportamientos que constituyan faltas reglamentarias;
también puede incluirse en este aspecto los talleres de
manejo de conductas, asistencia a charlas o talleres relativos
a la prevención o manejo de conductas de alto riesgo, etc.
A continuación se presenta una ficha de reflexión que
los y las docentes pueden utilizar para generar instancias de
reflexión, ya sea de manera escrita o hablada según la
estrategia
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5.3 Faltas leves, graves y gravísimas
Graduación de faltas
Para la evaluación pertinente de una falta, la comunidad
escolar define criterios generales, que orienten el
establecimiento del tipo de falta cometido: falta leve, grave
o gravísima. La clasificación de las normas en estas
categorías, permite ponderar las acciones y actitudes que se
producen en la comunidad escolar, con un criterio selectivo,
y de acuerdo a ello abordarlas según su mérito y alcance, a
través de medidas o sanciones que tengan como propósito
central aportar una experiencia formativa a quienes tengan
responsabilidad en los hechos y disminuir su ocurrencia en
el futuro. Las faltas, como todas las conductas de las
personas -independientemente de su gravedad son
generalmente la expresión de motivaciones, emociones,
percepciones del mundo y/o aprendizajes no deseados (o
involuntarios), entre otras múltiples razones, de quienes las
realizan. Establecidas probablemente por el ejemplo de
otros, la falta de guía y orientación en experiencias pasadas,
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o la indolencia de terceros (adultos, con o sin autoridad) que
las reproducen ante los menores.
FALTAS LEVES:
Son las actitudes y comportamientos que alteren la
convivencia y el normal desarrollo del proceso de enseñanza
aprendizaje, en forma pasajera y no se reiteren en el tiempo,
que no involucren daño físico o psicológico a otros
miembros de la comunidad, y que se caracteriza por no ser
recurrente.
No formarse, llegar atrasado al inicio de la jornada escolar;
8:40-9:00 hrs., presentarse a la clase sin sus materiales
escolares (estuche, texto del estudiante, cuaderno de
asignatura, etc.), tener juegos bruscos durante la hora de
recreo, presentarse durante la Jornada de clases niñas
maquilladas ó niños con accesorios que no corresponden al
uniforme del establecimiento, como jockeys, piercings, etc.,
botar basura ó deshechos en lugares no habilitados para tal
efecto, hacer uso del celular o notebook con fines que no
pedagógicos según indicaciones de docente, presentar los
trabajos fijados fuera de plazo.
FALTAS GRAVES:
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Son las actitudes y comportamientos que atenten contra la
integridad psicológica y afectiva de otro miembro de la
comunidad Escolar sin generar menoscabo y/o atenten
contra la integridad física sin generar lesiones de una o varias
personas o del bien común; acciones deshonestas que afecten
la convivencia, son, además, tipificadas como graves
aquellas faltas leves que son recurrentes y que afecten la
convivencia o alteren el normal proceso de enseñanza
aprendizaje.
Utilizar vocabulario soez al interior de la escuela ó del aula,
desobedecer instrucciones sobre comportamientos dadas por
adultos de la comunidad educativa, interferir el trabajo de los
docentes y de los demás estudiantes durante la clase,
realizando gestos, conductas que distraigan la realización de
la clase, presentar como propios trabajos copiados o
materiales de otros estudiantes, hacer mal uso de los
beneficios entregados en el establecimiento, como
alimentación, útiles escolares, etc, realizar al interior del
establecimiento, muestras de afecto, como caricias ó besos
de manera indebida, o manifestaciones que muestren
connotación sexual entre estudiantes u otros miembros de la
comunidad educativa, destrozar o inducir al destrozo de las
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pertenencias propias, ajenas y/o materiales y/o dependencias
de la escuela, discriminar a un integrante de la comunidad
educativa por cualquier circunstancia, agredir física, verbal
o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
FALTAS GRAVÍSIMAS:
Son las actitudes y comportamientos que atenten contra la
integridad física y psicológica de uno u otros miembros de
la Comunidad Educativa, son agresiones físicas y/o verbales
sostenidas en el tiempo, son también conductas tipificadas e
intencionadas como delito y destrucción, hurto, mal uso del
mobiliario y/o recursos de salas de clases, servicios
higiénicos, laboratorio de computación, biblioteca e
implementos deportivos, son además, tipificadas como
gravísimas aquellas faltas graves que son recurrentes en el
tiempo.
Tener conducta inapropiada (violencia, peleas, consumo de
sustancias) fuera del establecimiento, vistiendo el uniforme
escolar, a menos de 50 metros del establecimiento, retirarse
del colegio en horas de trabajo escolar sin autorización,
incurrir en algún tipo de agresión física hacia algún
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miembro de la comunidad educativa, ya sea dentro de la
escuela o al salir de esta (generando algún tipo de lesión),
cometer hurtos o robos a cualquier persona del
establecimiento, proferir insultos o garabatos, hacer gestos
amenazantes u ofender reiteradamente a un miembro de la
comunidad, realizar acosos o ataques de connotación sexual,
aun cuando no sean constitutivas de delito, amenazar, atacar,
injuriar, desprestigiar, a un/a estudiante o cualquier otro
integrante de la comunidad educativa, mediante un medio
tecnológico, virtual o electrónico, portar cualquier tipo de
armas, instrumento o utensilios, cortantes punzantes, ya sean
genuinos o con apariencia de ser reales, discriminar a un
integrante de la comunidad educativa, ya sea por condición
social, física, étnica, religiosa, política, económica,
religiosa, discapacidad u orientación sexual, exhibir por
medios tecnológicos cualquier situación de maltrato escolar,
alterar o acceder a documentos legales del establecimiento
(libro de clases, registro de notas, libreta de comunicaciones,
informes, etc.), portar, vender, consumir bebidas
alcohólicas, fumar tabaco o sustancias ilícitas o cualquier
sustancia no permitida, al interior del establecimiento.
SANCIONES Y/O MEDIDAS DISCIPLINARIAS
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De las medidas disciplinarias: Las infracciones a este
Reglamento disciplinario serán sancionadas de acuerdo a su
gravedad, recurrencia y las circunstancias atenuantes y
agravantes que concurran.
Serán sancionadas con medidas adecuadas y pedagógicas
por el profesor, Inspector (a) General, Orientación,
Directivos y asistentes técnicos. Se pueden aplicar una o más
de las siguientes sanciones:
Faltas leves:
a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;
b) Diálogo grupal reflexivo;
c) Amonestación verbal; Es el llamado de atención que hará
el profesor, asistente técnico o autoridad escolar ante alguna
infracción de carácter leve que suceda durante el desarrollo
de una clase o fuera de ella.
d) Amonestación por escrito. Es el registro escrito realizado
por el profesor, asistente técnico o directivo de la escuela.
Siempre será registrada en el libro de clase
e) Comunicación escrita al apoderado
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Faltas graves:
a) Comunicación vía escrita (libreta de comunicaciones) y
telefónica al apoderado sobre lo acontecido. En caso de
presentarse un episodio de violencia se debe señalar que tipo
de violencia ha sufrido el o la estudiante involucrado.
b) Citación del apoderado por parte del profesor jefe,
profesor de asignatura o inspectoría.
c) Trabajos comunitarios y/o académicos. El no asistir a los
trabajos comunitarios y/o académicos se considera una falta
grave y que amerita suspensión de clases.
d) Amonestación por escrito, debidamente registrada en la
hoja de vida del alumno en el libro de clases.
Faltas gravísimas:
a) Suspensión temporal de la escuela; Se refiere a la
separación del alumno/a de toda actividad académica o
extracurricular, por un período que va de 1 a 5 días. La
gradualidad de la sanción está sujeta al exhaustivo análisis
del caso por la instancia competente que corresponda.
Siempre será registrada en el libro de observaciones con
citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno/a y
habiéndose agotado todas las instancias previas
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades
extraescolares o complementarias del colegio por un período
determinado
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c) Trabajos comunitarios y/o académicos. El no asistir a los
trabajos comunitarios y/o académicos agravan la falta y
amerita suspensión de clases.
d) Prohibición de participar en actividades propias del nivel
e) Carta de compromiso
f) Condicionalidad de matrícula.
g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar,
grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de
las conductas contrarias a la sana convivencia escolar);
h) Las faltas graves y la sanción impuesta serán comunicadas
al apoderado por Profesor jefe y/o asignatura, Inspectoría
General o Dirección Académica, dejando constancia escrita
de esta situación en la hoja de vida del alumno (a) .
Sobre atenuantes:
Reconocer inmediatamente la falta cometida y aceptar las
consecuencias de ésta.
Manifestar arrepentimiento sincero por la falta cometida.
La inexistencia de faltas anteriores similares a la buena
convivencia.
Inmadurez física, social y/o emocional del alumno
responsable de la falta.
Presencia de alguna condición o variable personal, de
carácter física, emocional y/o cognitiva, que interfiera en el
buen juicio del alumno.
Presencia de alguna condición o variable familiar que
interfiera en el buen juicio del alumno.
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Encontrarse bajo tratamiento psicofarmacológico.
Actuar en respuesta a una provocación por parte de otros.
Actuar bajo presión o manipulación por parte de otro.
Haber realizado, por propia iniciativa, acciones reparatorias
a favor del afectado o la afectada.
Sobre agravantes:
Reiterar una misma falta en cualquier gradualidad.
Haber actuado con intencionalidad y/o premeditación.
Haber inducido a otros a participar o cometer la falta.
Haber abusado de una condición superior, física, moral o
cognitiva, por sobre el afectado.
Presencia de discapacidad o condición de indefensión por
parte del afectado.
Haber ocultado, tergiversado u omitido información antes y
durante la indagación de la falta.
Haber inculpado a otro por la falta propia cometida.
Haber cometido la falta ocultando la identidad.
Cometer la falta pese a la existencia de una mediación o
arbitraje escolar previo, en el que se hubiera acordado no
reincidir en actos de esa naturaleza y/o no tener otros
problemas de convivencia con el afectado.
Demostrar falta de arrepentimiento.
Cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida
por cualquier medio en contra de un estudiante, realizada por
un adulto y/o quien detente una posición de autoridad.
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5.4 Funciones ante situaciones disruptivas en la sala de
clases
FRENTE A SITUACIONES CONFLICTIVAS
ACONTECIDAS DENTRO DE LA SALA DE CLASES SE
ESPERA QUE:
DOCENTES:
1. El profesor de asignatura tome registro de la
situación acontecida en el libro de clases, (queda a
criterio del o la profesora hacerlo frente a faltas
leves) y con ello la medida aplicada.
2. Frente a faltas graves y gravísimas el docente de
asignatura debe dejar registro en el libro de clases, e
informar al profesor o profesora jefe de los y las
estudiantes involucrados, para citar a madre, padre
y/o apoderado, y si es necesario determinar la
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suspensión de clases (ver estratificación de faltas y
medidas aplicadas, manual de convivencia escolar).
3. Si el profesor o profesora jefe al tomar conocimiento
sobre la situación evalúa la necesidad de apoyo del
Equipo de Convivencia Escolar debe solicitar hoja de
derivación (profesionales encargados), ya sea para
trabajo con el curso o en caso de evaluar la
necesidad de apoyo individual para algún/a
estudiante y posterior derivación a red externa.
Los y las estudiantes frente a cualquier
conflicto ocurrido durante la hora de clases deben
hablar con el profesor/a de asignatura y este en
compañía del o la estudiante informarlo al profesor/a
jefe.
SOBRE FUNCIONES DEL INSPECTOR:
1. El inspector tiene como misión supervisarlos recreos
durante la jornada escolar y aplicar las medidas
disciplinarias según el manual de convivencia escolar.
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2. Durante la jornada de clases el inspector tiene la misión
de apoyar al docente cuando el conflicto detenga el
normal funcionamiento de la clase y el docente haya
agotado sus posibilidades de actuación, permitiendo que
este pueda seguir con el transcurso de la clase.
3. Debe acompañar a los estudiantes fuera de la sala para
que puedan calmarse, escuchar su relato y regresarlos
luego a la clase; coordinando las sanciones o medidas
reparatorias en primera instancia con el profesor/a de la
asignatura y profesor jefe, y si la falta lo requiere según
el manual de convivencia escolar coordinar con
Encargada de Convivencia Escolar.
EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR:
Frente a situaciones que afecten de manera grave la
convivencia escolar y que requieran un proceso investigativo
como por ejemplo, acoso escolar, porte o consumo de
drogas, maltrato y/o abuso sexual infantil, violencia entre
apoderados/as o funcionarios del establecimiento) se debe
realizar procedimiento de derivación a Equipo de
Convivencia Escolar.
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Frente a conflictos entre miembros de la comunidad
educativa, estas tienen la opción de acudir de forma
voluntaria a un proceso de “Mediación Escolar”, para ello
ambas partes involucradas debe estar de acuerdo y pedir una
hora de mediación con las profesionales del Equipo
Convivencia.
5.5 Sobre expulsión
DE LA EXPULSIÓN
La labor de la escuela es formativa, no punitiva. Debe
estar dirigida a educar en la convivencia y el diálogo. Por
esto, la expulsión de un estudiante por problemas
conductuales es considerada como una medida extrema,
excepcionalísima y última, legítima sólo cuando
efectivamente la situación implique un riesgo real y actual
(no potencial o eventual) para algún miembro de la
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comunidad, sanción que siempre se debe aplicar conforme a
un justo proceso que debe contemplar el reglamento interno.
La Expulsión o exclusión se define como la salida
obligatoria de un estudiante de la institución educativa por
violar las reglas contempladas en el Manual de Convivencia
del establecimiento.
No se podrán efectuar expulsiones en medio de un año
escolar, exceptuando faltas graves que pongan en riesgo la
seguridad de la comunidad escolar.
Expulsión. Para evitar la segregación mediante la expulsión,
se establecen restricciones a las expulsiones y se prohíbe
expresamente que se lleve a cabo por embarazo, cambio de
estado civil de los padres y por repetir una vez en
educación básica.
Una expulsión o cancelación de matrícula debe cumplir
alguno de estos cuatro criterios generales:
- El Reglamento Interno debe señalar expresamente estas
sanciones y las faltas a las cuales se aplica.
- El Reglamento Interno debe consagrar un procedimiento
justo que garantice que el alumno/a sea escuchado y pueda
hacer sus descargos y aportar antecedentes.
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-El alumno/a siempre tiene derecho a pedir que la sanción
sea revisada dentro de quince días hábiles, luego de
aplicada la expulsión.
Una vez agotadas todas las instancias se le debe informar
formalmente a los padres y/o Apoderado/a.
RAZONES PARA LA EXPULSIÓN DE LA ESCUELA.
El establecimiento puede expulsar a un alumno/a por
algunas de estas faltas muy graves:
Un acto de violencia grave, (verbal o física) incluida
la violencia o amenaza contra un miembro del
personal u otro alumno.
Una ofensa sexual, incluida el abuso sexual
Una ofensa con agravante racial, verbal, escrito y/o
tecnológico (redes sociales)
Cada una de estas acciones deben ser categorizadas
como acoso escolar
Robo y/o hurto (más de una vez).
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La ley de Inclusión establece un procedimiento común
aplicable tanto a la medida disciplinaria de expulsión como
la de cancelación de matrícula, disponiendo que estas
medidas sólo podrán aplicarse cuando:
-Sus causales estén claramente descritas en el reglamento
interno; y además
-Afecten gravemente la convivencia escolar, o
-Se trate de una conducta que atente directamente contra
la integridad física o psicológica de alguno de los
miembros de la comunidad escolar.
PROTOCOLO PREVIO A LA EXPULSIÓN
En los casos de que la causal invocada corresponda a hechos
que afecten gravemente la convivencia escolar, el Director
del establecimiento, previo al inicio del procedimiento de
expulsión o de cancelación de matrícula, deberá:
1. Haber presentado a los padres, madres o apoderados, la
inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible
aplicación de sanciones.
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2. Haber implementado a favor de él o la estudiante las
medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén
expresamente establecidas en el reglamento interno
PROTOCOLO DE EXPULSIÓN
Expulsión de la escuela: es la pérdida de la condición de
estudiante regular de la escuela de forma inmediata. Esta
puede ser aplicada como consecuencia de una falta
considerada gravísima según la resolución del consejo de
profesores y el equipo directivo.
Ante la expulsión la escuela realiza las siguientes
acciones:
Se amonesta al alumno frente a conductas
gravísimas.
Se recepciona información de la situación que genera
la expulsión.
Se tiene una audiencia con el/a estudiante, para
conocer más antecedentes de la situación.
Se tiene audiencia con los padres y apoderados del
alumno expulsado y se le informa los motivos de la
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expulsión de su hijo/a y la fecha en la que se hace
efectiva la expulsión.
Se informa al DAEM dando a conocer la situación
que generó la expulsión.
Se informa a la Súper Intendencia dando a conocer la
situación que generó la expulsión.
Frente a estas sanciones, el/a apoderada, junto con
el/a estudiante, tendrá derecho a apelar ante el equipo
directivo de la escuela en un plazo de quince días
hábiles. Este podrá ser guiado en este procedimiento,
por su profesor jefe o el Coordinador de Convivencia
REDUCCIÓN DE JORNADA O JORNADA
ESPECIAL Y ASISTENCIA SOLO A RENDIR
EVALUACIONES.
Apegándose a la normativa vigente en relación a la
regulación de medidas disciplinarias donde la suspensión
indefinida y reducción de jornada escolar se encuentran
prohibidas por la normativa educacional y solo pueden
ser aplicada como medida excepcional si existe un peligro
real (no potencial) para la integridad física o psicológica
100
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de algún miembro de la comunidad educativa, siendo
esto debidamente acreditado. (Resguardo de derechos en
la escuela, orientaciones para la aplicación de la
normativa institucional)
Se establece como medida de protección en caso de
ponerse en riesgo la integridad física y/o
psicológica de alguno de los miembros de la
comunidad educativa la posibilidad de reducir
jornada escolar y la asistencia solo a rendir
evaluaciones del estudiante involucrado.
La presente medida será establecida como última y
excepcional medida en sesión de consejo escolar
extraordinario, previas reuniones del equipo de
convivencia escolar, donde se evaluó el caso del o la
estudiante en cuestión; se realizará una evaluación
del caso en base a los antecedentes dispuestos,
presentando las faltas cometidas por el estudiantes,
las medidas disciplinarias y pedagógicas
correspondientes y la intervención realizada por el
equipo psicosocial (PIE y Convivencia Escolar).
Se establecerá la medida con los compromisos que
adopte la escuela, la familia y/o redes de apoyo en
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beneficio del o la estudiante, para así luego del
seguimiento realizado evaluar la medida en virtud de
los compromisos realizados.
Sobre Jornada Especial:
La jornada especial se propone como proceso
facilitador y adaptativo del o la estudiante en la
comunidad escolar en caso de presentar
problemáticas psicosociales de alta complejidad, por
lo que podrá ser reevaluada según su desarrollo y
cambios comprometidos entre estudiante,
apoderada(o) y/o docentes involucrados.
Ambas medidas tendrán un monitoreo y
coordinación con las redes de apoyo necesarias para
que él o la estudiante pueda continuar con su proceso
educativo cumpliendo la escuela su rol de resguardo
de derecho del o la niña involucrada.
5.6 Apelación
Situaciones disciplinarias y de convivencia escolar
no contempladas en el presente reglamento será
sancionada por el Coordinador General. No obstante
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a lo anterior, todo alumno, alumna que haya sido
sancionado (a) por alguna medida, que para su
entender no la considere justa, por intermedio de su
apoderado (a) podrá apelar a las resoluciones
tomadas en cualquiera de las instancias señaladas en
las materias precedentes ante la Dirección del
Establecimiento. La autoridad por su parte, se
pronunciará acerca de la petición y el derecho de
apelación del alumno (a) afectado a la brevedad
posible.
Capí tulo 6: Sobre la resolucio n pací fica de conflictos
6.1 Una mirada en común
La implementación de medidas educativas y
consecuencias ante la trasgresión requiere compartir la
siguiente visión:
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El conflicto constituye una instancia inherente al ser
humano y que mediante una adecuada mediación
puede transformarse en una situación de aprendizaje,
crecimiento y superación.
Los primeros errores son oportunidades de
aprendizaje y de superación.
• El reconocimiento del error tiene un valor sustantivo en el
crecimiento personal.
• Los distintos actores de la comunidad educativa son iguales
en dignidad y derechos.
• El respeto y la ponderación son elementos que siempre
debe tener especialmente presente quien está investido de
autoridad.
• La autoridad que busca el diálogo, la negociación,
mediación y propuesta personal ante situaciones difíciles da
sentido a las normas y fortalece el aprendizaje de valores.
• La reflexión sobre la ética y valores que imperan en la
sociedad debe ser una práctica permanente para dar sentido
y potencia a la formación de los alumnos.
• Al aplicar una medida educativa o sanción, el sentido de
justicia debe estar por sobre toda otra consideración.
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• La presunción de inocencia es un elemento fundamental en
la administración de justicia.
• Escuchar y permitir el derecho a la defensa antes de arbitrar
medidas correctivas, con el fin último de promover la
responsabilidad y pro actividad en el desarrollo personal de
los alumnos.
• Estar dispuesto a rectificar, al evidenciar errores que
pueden traducirse en injusticias. Los docentes que
implementan esta visión en sus prácticas aseguran el logro
de nuestros objetivos como institución.
6.2 Sobre el conflicto
¿Qué es un conflicto?
Es una situación en la que dos o más personas entran
en oposición o desacuerdo de intereses o posiciones y la
relación entre las partes puede terminar deteriorada en
distintos grados. Las emociones y sentimientos que nos
pueden acercar a algunas personas, también nos pueden
provocar rechazo y generar una mala relación con otras. Los
conflictos son inevitables, pero la gran mayoría se pueden
administrar y resolver.
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¿Qué se entiende por resolución pacífica de conflictos?
En síntesis, es la intención y voluntad de las personas
por resolver los conflictos, lo que implica:
• Hacerlos visibles en la interacción interpersonal y/o grupal.
• Considerar los intereses de las partes involucradas.
• Disposición a ceder para llegar a una salida que beneficie a
los involucrados. El proceso de resolución pacífica de
conflictos involucra reconocer igualdad de derechos y
oportunidades entre las partes en la búsqueda de solución,
reestablecer la relación y posibilitar la reparación, si fuera
necesario.
¿Cuáles son los elementos del conflicto?
Respecto a los protagonistas de un conflicto, entre
otros, se pueden distinguir los siguientes elementos:
• Los protagonistas y las personas secundarias, es decir, a
quienes son protagonistas directos y aquellos que se sienten
vinculados a la situación de manera indirecta.
• La relación de poder existente entre las partes, que puede
ser de iguales o de subordinación, lo que puede requerir de
un tercero que colabore en la resolución.
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• La percepción que tiene cada protagonista del problema.
• Las emociones y sentimientos de las partes, los que muchas
veces no son claros y reconocibles a simple vista.
• Los intereses y necesidades reclamadas por cada parte
(interés: queremos postergación de la prueba; necesidad:
más tiempo para prepararse).
6.3 Proceso de mediación escolar
Mediación escolar de los y las estudiantes:
La Mediación Escolar es una técnica de resolución
pacífica de conflictos en la cual una persona o grupo que no
es parte del conflicto, ayuda a las partes en conflicto a llegar
a un acuerdo, restablecer la relación y/o reparación cuando
es necesario.
Los mediadores serán algunos adultos de la Escuela
como Profesores Jefes, Coordinadora (Inspectora General),
Orientadora y Alumnos o Alumnas elegidos por sus
respectivos compañeros de curso para llevar a cabo los
procesos de mediación escolar, en la cantidad y conforme al
sistema que ellos mismos determinen, o en su defecto serán
designados por el Profesor Jefe.
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Son funciones de los mediadores: Ayudar en forma
imparcial a que los Alumnos y Alumnas en conflicto
expresen sus posiciones, intereses y valores. Contribuir a que
se genere confianza entre ellos y facilitar la búsqueda de
soluciones.
El rol del mediador(es) o mediadora(s) debe asumirse desde
las siguientes características:
a) Asumir que la responsabilidad de transformar el conflicto
está en las partes involucradas, siendo él o ella un facilitador
de esta tarea.
b) Ayudar a las partes a identificar y satisfacer sus intereses.
c) Ayudar a las partes a comprenderse y a sopesar sus
planteamientos.
d) Contribuir a que se genere confianza entre las partes y en
el proceso.
e) No juzgar a las partes. Estar atentos a los valores por los
que se guían o dicen guiarse.
Características del mediador:
a) Es tolerante: porque acepta las diferencias de sus
compañeros, los respeta y no se burla de ellos.
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b) Inspira confianza: da credibilidad, acogida y en especial
porque mantiene la confidencialidad del proceso.
c) Líder positivo: promueve la convivencia pacifica y no la
violencia, con el ejemplo.
d) Es empático: se pone en el lugar del otro, intentando
imaginar cómo se es imparcial: intenta no tomar preferencia
o tener favoritismo por ninguna de las partes en conflicto.
e) Sabe escuchar: respeta los tiempos de los demás, no
interrumpe y es imparcial.
f) Acepta las críticas: porque sabe que sólo así podrá
mejorar.
g) Ayuda a resolver conflictos: promueve el acercamiento
entre los compañeros en conflicto. LLEVAR A CABO LA
MEDIACIÓN.
Para realizar la Mediación Escolar la herramienta principal
será el diálogo y la escucha activa. Entendiéndose que el
proceso es una conversación guiada.
Procedimiento de mediación:
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a) Los alumnos que tengan un conflicto entre sí, podrán
acudir voluntariamente a un mediador para que los ayude a
resolverlo.
b) El mediador escuchará a ambas partes y les ayudará a
ponerse de acuerdo para solucionar el problema.
c) Los alumnos que se someten a mediación deben tratarse
respetuosamente, escucharse y no interrumpirse mientras
hablan, cooperar para solucionar el problema y mantener la
confidencialidad.
d) El mediador buscará y concentrará todos sus esfuerzos
para que los alumnos en conflictos lleguen a un acuerdo, y
dará fe de las alternativas de solución y los compromisos a
seguir por las partes.
e) Si el mediador no puede obtener alguna solución
convenida entre las partes, o si se trata de una infracción
gravísima, deberá recurrir a los profesores y autoridades
escolares para que tomen conocimiento del asunto.
La Escuela aplicará diversos procedimientos que se
utilizarán, en caso de no llegar a solución a través de la
mediación, para mejorar la Convivencia Escolar dentro del
Establecimiento. Evaluar y aplicar los procedimientos de
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corrección con carácter formativo a las faltas, la Escuela
cuenta con el trabajo en equipo de Profesionales: Dirección,
UTP, l que a su vez colaboran con Profesores Jefes en la
resolución de conflictos; integrando cuando los problemas
son de mayor complejidad a Psicólogos, Trabajadora Social
u otros especialistas.
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Capí tulo 7: Protocolos de actuacio n ante hechos que afecten la sana convivencia y la seguridad de los integrantes de la comunidad educativa
Reglamentos Complementarios a nuestro Manual de
Convivencia Escolar contempla protocolos de actuación
frente a distintas situaciones de nuestra comunidad escolar,
de manera de tener conocimiento y claridad de las formas
como deben ser abordadas.
Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones
aclaratorias y medidas correspondientes, se
asegurará a todas las partes la mayor
confidencialidad.
De cada reclamo deberá quedar constancia escrita en
los instrumentos propios del establecimiento,
debiendo mantenerse el registro.
En el procedimiento se garantizará la protección del
afectado y de todos los involucrados y el derecho de
todas las partes a ser oídas.
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Si el afectado es un alumno, se le brindará
protección, apoyo e información durante todo el
proceso.
Si el afectado fuere un profesor o funcionario del
establecimiento, se le deberá otorgar protección y se
tomarán todas las medidas para que pueda
desempeñar normalmente sus funciones, salvo que
esto último ponga en peligro su integridad.
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un
estudiante se notificará a sus padres o apoderados.
El Equipo de Convivencia Escolar del
establecimiento, deberá llevar adelante la
investigación de los reclamos, entrevistando a las
partes, solicitando información a terceros o
disponiendo cualquier otra medida que estime
conveniente.
Una vez terminada la investigación, el equipo de C.E.
expondrá los antecedentes al consejo de profesores
y/o Consejo Escolar según sea necesario, quienes
actuarán como ente imparcial para la aplicación de
una medida o sanción.
Se determinarán también las medidas de reparación
adoptadas a favor del afectado. Tales medidas podrán
consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o
públicas.
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Frente a las medidas tomadas, los involucrados
tendrán derecho a apelación, en un plazo de 15 días
hábiles.
El establecimiento podrá implementar instancias de
mediación u otros mecanismos de similar naturaleza
como alternativa para la solución pacífica y
constructiva de los conflictos de convivencia escolar.
Sera causal de denuncia a OPD, uno o más de los
siguientes aspectos
1.-En caso de reiterados atrasos en el retiro del alumno a la
salida del horario de clase
2.-Inasistencia reiterada del estudiante sin justificación
médica.
3.-Despreocupación en el aseo y presentación personal del
estudiante.
4.-Irresponsabilidad reiterada en el cumplimiento de los
elementos de estudio.(útiles, textos, tareas, apoyo en el
estudio, etc.)
5.-Despreocupación en relación a las necesidades médicas y
de salud del estudiante.
6.-Inasistencia reiterada del apoderado a reuniones de
subcentro y/o a entrevistas con el docente, director, etc. En
el consejo final de evaluación de cada ciclo, de acuerdo a los
antecedentes expuestos y evidenciados de los casos más
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críticos de irresponsabilidad de los padres, se determinará el
listado que será derivado a OPD.
7.1 Protocolo de acción en caso de acoso u
hostigamiento escolar
La convivencia escolar es una construcción colectiva
y dinámica, constituida por el conjunto de relaciones
humanas que establecen los actores educativos al interior de
la Escuela. Según lo anterior es deber de la comunidad
escolar: alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados,
docentes y directivos profesionales y asistentes de la
educación, los responsables de propiciar un clima escolar
que promueva la buena convivencia de manera de prevenir
todo tipo de acoso escolar.
Para los efectos de lo dispuesto en este contenido, se
entenderá por acoso escolar a “toda acción u omisión
constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado,
realizada fuera o dentro del establecimiento educacional
por estudiantes que, en forma individual o colectiva,
atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello
de una situación de superioridad o de indefensión del
estudiante afectado, que provoque en este último,
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maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto
a un mal de carácter grave, ya sea por medios
tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta
su edad y condición”. (www.mineduc.cl ).
Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones
aclaratorias y el discernimiento de las medidas
correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor
confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y
honra.
Se garantizará la protección del afectado y de todos los
involucrados, así como también el derecho de todas las
partes a ser oídas.
De comprobarse la ocurrencia de hostigamiento y
acoso escolar, la Escuela establecerá las medidas
disciplinarias graduándolas de acuerdo a su menor o mayor
gravedad correspondiente a tales conductas en consideración
al grupo etario de los involucrados. Estas medidas podrán
incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de
la matrícula, aplicable en casos de especial gravedad,
debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas
las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al
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principio del debido proceso establecido en el protocolo de
acción de hostigamiento y acoso escolar.
Teniendo presente lo expuesto, la Escuela establece el
siguiente protocolo ante la denuncia de acoso u
hostigamiento escolar más conocido como Bullying:
PASOS:
1. La denuncia de hostigamiento y acoso escolar debe
ser realizada formalmente al Director o encargado
de convivencia escolar, por cualquier miembro de la
comunidad educativa, este llenara hoja de informe
pericial de violencia Escolar (ver ANEXO 2).
2. Se informará al profesor jefe, a los profesores de
asignatura y al equipo de gestión de convivencia
Escolar la denuncia. La investigación la realizará el
equipo psicosocial.
3. Si la denuncia corresponde a un caso de bullying se
iniciará la investigación, de lo contrario se actuará de
acuerdo a estratificación de faltas.
4. Este periodo de observación dura como plazo
máximo dos semanas desde iniciada la acusación.
5. Después del período de observación, un miembro del
Equipo de convivencia escolar; psicólogo o asistente
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social, entrevista por separado a los estudiantes que
aparecen señalados como agresor y agredido. El
Equipo de gestión de convivencia escolar puede
eventualmente entrevistar a otros alumnos para
levantar mayor información.
6. De acuerdo a la información recogida en la
observación de Bullying y las entrevistas con los
implicados, el equipo de gestión de convivencia
escolar evaluará los pasos a seguir, Los cuales serán
informados a los padres y apoderados de los alumnos
implicados.
7. Se citará a los apoderados de los alumnos
involucrados en la denuncia de Bullying, para
informar los pasos a seguir, completar ficha
(ANEXO 3)
8. Aunque los antecedentes recogidos no determinen la
existencia de Bullying, el apoderado del supuesto
agresor también será citado a entrevista.
AL ESTABLECER EL HOSTIGAMIENTO U ACOSO
ESCOLAR, SE DETERMINAN LAS SIGUIENTES
ACCIONES:
1. Intervención al agresor/agresores
Derivación psicoterapéutica con un profesional
externo.
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Solicitar informe de atención, diagnóstico y
tratamiento, los cuales deberán ser remitidos por el
apoderado mensualmente a la Escuela.
Aplicación de Condicionalidad de la Matrícula al
alumno o alumnos responsables del hostigamiento u
acoso escolar.
En su caso, la persistencia de las conductas de acoso
o molestia podrán ser causal de la aplicación de la
Condicionalidad Extrema de Matrícula.
Entrevista mensual de un profesional del equipo de
gestión de convivencia escolar con el estudiante.
El profesor jefe, profesores de asignaturas
mantendrán una actitud de alerta y de contención
frente al agresor/agresores.
Reunión mensual del ECE, con el apoderado de él o
los alumnos, para evaluar su situación.
Él o los agresores deberán realizar acciones
reparatorias coordinadas por el equipo de gestión de
convivencia escolar, en favor del alumno hostigado.
Al termino de año escolar se evaluará si el evento fue
superado o no por las partes y se tomaran las remediales
para el próximo año.
NO SE DESESTIMARÁ NINGÚN TIPO DE
VIOLENCIA.
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2. Apoyo a la víctima:
Evaluación del EGCE y si se considera pertinente
derivación a un profesional externo (Psicólogo) para
una evaluación.
Remitir a la Escuela el certificado de la atención del
profesional externo.
Entrevista quincenal de un profesional del equipo de
formación con el alumno.
El profesor jefe, profesores de asignaturas
mantendrán una actitud de alerta y de contención
frente al alumno.
Reunión mensual del EGCE con el apoderado del
alumno, para evaluar su situación.
Intervención a nivel grupo curso a través de un taller
realizado por un integrante del Equipo de formación.
PROCEDIMIENTOS PARA ENFRENTAR
PROBLEMAS DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING.
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Amplia información y difusión a través de charlas y
talleres por parte de Docentes Jefes de Cursos,
Personal Especialista, Personal Policial al
Alumnado, Docentes, Padres y Apoderados.
Llevar a cabo actividades de prevención
especialmente a través de la vigilancia en lugares
solitarios: rincones, baños, 2º piso, patio posterior y
trasero, a través de coordinación del personal y del
profesor de turno.
Observar conductas extrañas de comportamiento e
investigar sus causas.
Los casos pesquisados serán entrevistados junto a sus
apoderados y sometidos a entrevista psicológica,
tanto a la víctima como al agresor/a, por si es
necesario derivar a red especializada.
Si el alumno agresor sobrepasa los 14 años será
denunciado a las autoridades.
CRITERIOS GENERALES EN CASO DE ACOSO
ESCOLAR O BULLING.
Difundir material audiovisual (Equipo de
convivencia escolar.)
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Entrevistar a los estudiantes más dañados y hacer
seguimientos de los tratamientos con especialistas en
el área derivada.
Se derivará para atención de apoyo con profesional
en caso que la situación lo amerite para el agresor.
En caso de no cumplir con la derivación, la Escuela
se reserva el derecho de renovar la matricula.
Sobre las modalidades en que se puede suscitar violencia
y/o maltrato escolar:
El maltrato escolar es todo tipo de violencia física o
psicológica, cometida por cualquier medio, en contra de un
estudiante o un integrante de la comunidad educativa,
realizada por otro miembro de la comunidad. El maltrato
escolar puede ser tanto físico como psicológico y puede ser
efectuado por cualquier medio e incluso por medios
tecnológicos. (www.ayudamineduc.cl)
a) Violencia entre estudiantes
b) Violencia entre adultos
c) Violencia de adulto a meno
d) Violencia de menor a adulto
Frente a cualquier episodio de violencia se debe realizar la
denuncia a Dirección o Equipo de Convivencia Escolar del
establecimiento, quienes deberán tomar la declaración
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correspondiente, para aclarar la situación, determinar los
hechos y circunstancias; luego de esto según la información
recabada se procederá a tomar las medidas para dar
resolución al caso. La consulta para dar resolución
dependerá de los involucrados en la situación de violencia
y/o maltrato mediante las siguientes figuras:
Equipo Directivo
Dupla Psicosocial del establecimiento
Consejo de Profesores
Consejo Escolar
7.3 Protocolo De Maltrato y/o Abuso Sexual Infantil
Las agresiones sexuales son actos o hechos de
connotación sexual realizados por una persona mediante
amenazas o fuerza o bien utilizando la seducción, el engaño
o el chantaje y que atentan contra la libertad o la seguridad
sexual de otra persona, en este caso niño (a) o adolescente.
El responsable de la agresión sexual puede ser un adulto e
incluso otro adolescente o niño.
Estos tipos de conductas son delitos que se
encuentran fuertemente sancionados en el sistema penal
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chileno y por lo tanto si existen antecedentes que permiten
presumir que un niño (a) o adolescente ha sido víctima de
alguna agresión sexual siempre deben ser denunciados a los
organismos competentes como, Carabineros de Chile o
Policía de Investigaciones, con el fin que se investiguen los
hechos.
El artículo 175 del Código Procesal Penal establece
un deber de denuncia obligatoria para ciertas personas, en
razón de las funciones que desempeñan.
Cuando el hecho no ha sido denunciado, cualquier integrante
de la comunidad escolar debe hacerlo en el plazo de 24 hrs.
desde que tomen conocimiento del mismo, previa
comunicación a la Dirección del colegio. Se entiende por
abuso sexual, como cualquier acto de significación sexual y
de relevancia realizado mediante contacto corporal con la
víctima, o que haya afectado los genitales, el ano o la boca
de ésta, aún cuando no hubiere contacto corporal con ella,
sea mayor o menor de edad, con especiales regulaciones y
protecciones respecto de los menores de 18 años. Todas las
125
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definiciones que existen de abuso sexual infantil tienen en
común la presencia de tres factores:
Se involucra a un niño o niña en actividades sexuales.
Existe diferencia jerárquica entre el abusador y su
víctima, donde el agresor se encuentra en una
posición de poder y control sobre el niño o niña.
El abusador usa maniobras de coerción, como la
seducción, la manipulación y la amenaza.
Protocolo de actuación:
1. Cualquier miembro de la comunidad educativa
reciba una denuncia de abuso sexual ó maltrato
infantil, debe de inmediato comunicar la situación al
director del establecimiento.
2. Se otorgará de inmediato credibilidad al relato del
afectado/a.
3. Se escuchará su relato, haciéndole sentir seguro y
protegido.
4. Se resguardará la intimidad e identidad del niño en
todo momento.
5. En ningún momento se interrogará al estudiante,
tampoco se investigarán los hechos. Si hay lesiones
126
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se trasladará al niño/a al centro asistencial más
cercano para que sea examinado.
6. El establecimiento deberá realizar la denuncia en un
período de 24 horas que se tome conocimiento del
hecho, a carabineros de Chile, de acuerdo a lo
establecido en los artículos 175º y 176º del código
procesal penal.
7. Se derivará el caso a red externa OPD, PIB u otro.
8. Quedará registro de la situación de denuncia por
abuso sexual ó maltrato infantil.
9. Si se trata de una sospecha (observación de cambios
significativos en el estudiante, rumores ó
comentarios sin certeza de abuso ó maltrato), se
derivará a una red externa de apoyo local como por
ejemplo OPD, ó Nacional SENAME.
7.4 Protocolo de actuación en caso de porte ó consumo
de drogas
De lo permitido y no permitido
A.- Sobre Las Drogas Ilegales: no está permitido el
consumo, venta, ni posesión de cualquier tipo de sustancia
considerada como droga en la ley de la república 19.366,
dentro de la Escuela y, fuera de ella, en aquellas actividades
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que sean organizadas o auspiciadas por éste, así como el
ingreso al establecimiento, bajo la influencia de drogas.
B.- Sobre los Psicofármacos: no está permitido el consumo,
venta, ni posesión de psicofármacos dentro del colegio ni
fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas o
auspiciadas por éste, exceptuando a las personas que, por
tratamiento médico controlado (con receta), tengan que
ingerir alguna sustancia de este tipo en el colegio para su
salud. Esta situación se debe informar al profesor jefe.
C.- Sobre el Alcohol: no está permitido el consumo, venta,
ni posesión de alcohol dentro de la Escuela, así como el
ingreso a la Escuela, bajo la influencia del alcohol.
D.- Sobre el Tabaco: no está permitido el consumo, venta,
ni posesión de tabaco en la Escuela, bajo ninguna condición
y en ninguna actividad, según lo establecido por la ley
n°19.419.
DE LAS MEDIDAS SOBRE LAS DROGAS
ILEGALES: MARIHUANA, U OTRA.
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La venta o distribución de drogas dentro del colegio
amerita la expulsión del estudiante.
En el caso de que se detecte a un estudiante
consumiendo droga o en posesión de ella se informará
a los padres. Luego, se le apoyará en conversación
con el profesor jefe, coordinador de convivencia
y sicólogo, quienes determinarán los pasos más
adecuados a seguir.
Ante una reincidencia, se citará al apoderado a la
dirección con el coordinador de convivencia, sicólogo
y el profesor jefe quienes, en un trabajo en conjunto
con la familia, analizarán las causas y motivaciones
del consumo y lo derivarán a diagnóstico de un
profesional externo quien determinará el tratamiento
necesario. Tanto la atención profesional como su
seguimiento y tratamiento deberán ser informados por
el apoderado al coordinador de convivencia.
129
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Si se requiere un tratamiento y hay oposición a
realizarlo por parte del apoderado, la matrícula del
estudiante quedará automáticamente caducada.
Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el
equipo directivo, en conjunto con el profesor jefe y
sicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que
estimen conveniente.
SOBRE LOS PSICOFÁRMACOS
1. En caso de venta o distribución: la venta o
distribución de psicofármacos dentro del colegio
amerita la expulsión del estudiante y la denuncia
penal correspondiente.
2. En caso de consumo: en el caso de que se detecte a
un estudiante consumiendo psicofármacos o bajo su
influencia, sin prescripción médica, se informará a
los padres. Luego, se le apoyará en conversación con
el profesor jefe y el sicólogo, quienes determinarán
los pasos más adecuados a seguir. Si durante este
proceso él o la estudiante no evoluciona
130
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positivamente, se exigirá al apoderado
tratamiento con especialista. Estas acciones
quedarán registradas en la hoja de vida del
estudiante, resguardando adecuadamente, su
privacidad.
Tanto la atención profesional como su seguimiento y
tratamiento son de responsabilidad absoluta del apoderado,
quien deberá mantener informado del proceso al coordinador
de convivencia.
Si hay oposición a realizar el tratamiento por parte del
apoderado, la matrícula del estudiante quedará
automáticamente caducada.
Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el equipo
directivo, en conjunto con el profesor jefe y
sicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que estimen
conveniente.
Sobre el alcohol
131
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|Escuela Poeta Huidobro
1. Venta o distribución de alcohol: la venta de alcohol
dentro de la Escuela, amerita la expulsión del
estudiante:
2. Consumo de alcohol: en el caso de que se detecte a
un estudiante consumiendo alcohol en el colegio o en
sus alrededores, portándolo o bajo su influencia, se
informará a los padres. Luego, se le apoyará en
conversación con el profesor jefe, el coordinador de
convivencia y el sicólogo, quienes determinarán los
pasos más adecuados a seguir. Estas acciones
quedarán registradas en la hoja de vida del
estudiante, resguardando adecuadamente, su
privacidad.
Todas las situaciones descritas anteriormente son de
confidencialidad de las personas y/o autoridades que
analizarán los casos, y las personas involucradas velarán
porque se cumpla con esta disposición, a menos que la
seguridad del estudiante amerite quebrantar este acuerdo de
confidencialidad.
132
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|Escuela Poeta Huidobro
Las faltas que no estuvieren especificadas en este
protocolo serán debidamente analizadas por el equipo de
Gestión de Convivencia Escolar de este Establecimiento y
las sanciones aplicadas serán comunicadas al apoderado y al
estudiante.
Sobre el tabaco:
Este protocolo de convivencia establece como falta de
carácter gravísima el hecho de detectar a un estudiante
fumando, portando, distribuyendo o vendiendo tabaco,
dentro de la Escuela. Conforme a la nueva ley n° 19.419 la
sanción para esta falta es “Amonestación por escrito en hoja
de vida del estudiante, citación al apoderado llegando hasta
Condicionalidad de matrícula y Denuncia a carabineros.”
Las faltas que no estuvieren especificadas en este
protocolo serán debidamente analizadas por el
equipo directivo del colegio y las sanciones
aplicadas serán comunicadas al apoderado y al
estudiante.
133
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7.5 Protocolo de retención en el sistema escolar
de estudiantes embarazadas o paternidad
adolescente
El establecimiento otorgará todas las facilidades a su
alcance a estudiantes embarazadas ó paternidad
adolescente durante el año escolar.
El establecimiento establecerá un plan de evaluación
flexible en caso de que la maternidad ó paternidad
impida al estudiante asistir regularmente a clases. Se
acordarán formalmente fechas de rendición de
evaluaciones.
Se establecerán criterios de promoción, siempre que
el estudiante cumpla con los aprendizajes
establecidos en los programas de estudio.
No se hará exigible el 85% de asistencia para
promoción del año escolar. Las inasistencias deberán
ser justificadas con tarjeta de salud, carné de control
de embarazo, control de niño sano, certificado
médico.
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Se otorgará a la estudiante embarazada ó al
progenitor adolescente permiso para asistir a
controles prenatal, ó a cuidados posteriores al
embarazo.
Se otorgará el derecho a la alumna embarazada,
acudir al baño cuantas veces quiera durante la
jornada de clases.
Se otorgará a la madre adolescente el derecho de
elegir el horario de alimentación del lactante, como
período máximo una hora. Este horario debe ser
formalmente informado al director.
El establecimiento otorgará a la madre y/o al padre
adolescente las facilidades en caso de enfermedad del
niño menor de un año de edad. Se deberá justificar
esta situación con certificado médico.
El apoderado del adolescente en situación de
embarazo ó paternidad tiene el deber de informar al
135
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establecimiento la situación de paternidad ó
embarazo de su hijo/a y deberá firmar un
compromiso de acompañamiento al estudiante para
que sea compatible el proceso de embarazo y/o
paternidad con los estudios del niño/a.
7.6 Protocolo de actuación de accidente escolar
Frente a una situación de accidente escolar se actuará de la
siguiente manera:
1. Socorrer al accidentado, aplicándole primeros
auxilios.
2. Realizar el formulario de declaración individual de
accidente escolar.
3. El estudiante será enviado de inmediato al Servicio
de Salud (Urgencia) con un Asistente de la
Educación.
4. Comunicar al apoderado, acerca del accidente del
estudiante, por cualquier medio idóneo (llamado
telefónico), para que se acerque al Servicio de Salud
(Urgencia).
136
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5. La información al apoderado deberá realizarse de
manera oportuna, entregándole calma e información
adecuada acerca del accidente, esta llamada debe ser
realizada por algún directivo o profesor del
establecimiento.
6. En el Servicio de Urgencia, el Asistente de la
Educación realizará el trámite formal para la atención
del estudiante. Luego, dejará la situación al cargo del
apoderado del estudiante que en ese momento ya
deberá encontrarse en el Servicio de Salud
(Urgencia).
7. Posterior al accidente escolar, el establecimiento
tiene el deber de mantenerse informado acerca de la
evolución y recuperación del estudiante.
8. En caso de que el accidente presente gravedad de
orden mayor, se solicitará una ambulancia para
trasladar al accidentado al servicio de Salud más
cercano (Urgencia), donde reciba de inmediato
atención médica pertinente.
9. Para acreditar un accidente de trayecto directo, de ida
o regreso, entre la casa y el establecimiento
educacional o la práctica profesional, servirá el parte
de Carabineros, la declaración de testigos
presenciales o cualquier otro medio de prueba
igualmente fehaciente (SEGURO DE
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ACCIDENTES ESCOLARES, Decreto Supremo N°
313/1973,Ley Nº16.744 del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social).
7.7 Protocolo de retención escolar
1. Se llevara a cabo la toma de asistencia diaria a cargo
de la Asistente Social del Establecimiento.
2. Si la falta es injustificada, al cabo de tres días se
tomaran medidas, llamado telefónico o visita
domiciliaria a cargo de Asistente Social del
establecimiento, para saber los motivos reales de la
ausencia del estudiante a la escuela.
3. Si la falta sin justificación perdura se derivará a
Equipo Psicosocial del Establecimiento.
8.8 Protocolo frente a situaciones emergentes que
ponen en riesgo al estudiante.
1.- Definición de Autolesión o autoagresión.
Se entenderá por autolesión o autoagresión, cualquier acción
ejercida por un estudiante hacia él o ella misma, que pueda
producir un daño físico importante y de esta forma poner en
riesgo su salud general.
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Son formas de autolesión o autoagresión: La destrucción de
tejido corporal deliberada (cortes), en cualquier parte del
cuerpo. Los golpes con cualquier parte de su cuerpo contra
algún objeto que pueda ocasionar daño (p. ejemplo,
cabezazos contra la pared, mesas, sillas, golpe de puño fuerte
contra muros). Rasguños o golpes en cualquier parte del
cuerpo ocasionados por sí mismo (por ejemplo, tirarse fuerte
el pelo, cachetadas) El uso de objetos para infligir daño en
cualquier parte del cuerpo (uso de alfileres, corchetes, tijeras
para dañarse).
2.- Protocolo de Actuación en caso de Autolesión
2.1.- Si un miembro de la comunidad escolar se entera o es
testigo de que un estudiante se autolesiona o autoagrede.
a. Deberá acercarse de manera inmediata al estudiante en
forma amable, tranquila y no crítica; brindándole seguridad,
apoyo y confianza.
b. Informarle al estudiante que existe un protocolo en el
colegio que requiere compartir la información entregada por
él con el Equipo de Formación con la finalidad de dar apoyo.
c. Asegurarle que toda la información compartida acerca de
la autolesión será estrictamente confidencial.
139
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d. Derivar el caso de manera formal a cualquier integrante
del Equipo Psicosocial del establecimiento
e. El Equipo Psicosocial será el encargado de informar de la
situación tanto al profesor jefe, como al apoderado, para
determinar el curso a seguir.
2.2.- Si un miembro de la comunidad escolar observa o es
testigo presencial de una situación de autolesión o
autoagresión por parte de un estudiante:
a. Deberá acercarse al alumno de manera amable y
acogedora, con el objetivo de que cese en su conducta de
autoagresión.
b. Si el estudiante no logra regularse emocionalmente con el
apoyo del adulto, se deberá buscar el apoyo de otro adulto
responsable (Inspector(a)), quien deberá notificar al
apoderado para que asista al establecimiento escolar a la
brevedad. Luego volver a apoyar al estudiante en situación
de crisis.
c. En caso de ser necesario el estudiante deberá ser
acompañado por el adulto a enfermería para que el
profesional a cargo evalúe la gravedad de la lesión, dando
curso al PROTOCOLO ANTE ENFERMEDADES Y /O
ACCIDENTE ESCOLAR. En caso de que el niño no pudiera
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ir a enfermería, será esta profesional la que acuda en ayuda
del niño.
d. El adulto que observó o presenció esta conducta del
estudiante, deberá dar cuenta de lo sucedido a un integrante
del Equipo Psicosocial
e. El equipo de Formación será el encargado de informar de
la situación tanto al profesor jefe, como al apoderado, para
determinar el curso a seguir.
2.3. En caso de que la autoagresión pueda atentar contra la
vida del estudiante o gravemente su integridad física.
2.3.1 En caso de que el estudiante exprese ideas suicidas:
El suicidio supone quitarse la vida de forma voluntaria.
Todo adulto debe descartar el criterio equivocado de creer
que no es posible ayudar a un estudiante en situación de
riesgo de vida. Esta afirmación es errónea ya que el alumno
en crisis necesita que se le escuche y se le asista.
Por lo tanto, ante la presencia de estudiantes que expresan
ideas de suicidio, se propone:
No alarmarse ante esta información, pero siempre tomarla en
serio, sin pasarla por alto.
Escuchar con mucha atención sus vivencias.
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Retenerlo hasta decidir el curso de acción a seguir.
Acciones a seguir:
a) No debe dejar solo al estudiante.
b) Solicite ayuda a un integrante del Equipo Psicosocial.
c) Llamar inmediatamente al apoderado(a) o a un adulto
responsable del estudiante.
d) Coordinar con el apoderado(a) la visita inmediata a
CESFAM o posta correspondiente a su sector o a urgencia
en la Unidad de psiquiatría infanto juvenil correspondiente.
2.3.5. En caso de un intento suicida o autoagresión de alto riesgo
para su integridad física.
Acciones a seguir:
a) Contener inmediatamente al estudiante, impidiendo que
éste continúe con dicha acción.
b) Solicite ayuda a un integrante del Equipo Psicosocial.
c) En caso de ser necesario el estudiante deberá ser
acompañado por el adulto a enfermería para que el
profesional a cargo evalúe la gravedad de la lesión, dando
curso al PROTOCOLO ANTE ENFERMEDADES Y /O
ACCIDENTE ESCOLAR. En caso de que el niño(a) no
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pudiera ir a enfermería, será esta profesional la que acuda en
ayuda del niño(a).
d) Llamar inmediatamente al apoderado(a) o a un adulto
responsable del estudiante.
e) Coordinar con el apoderado la visita inmediata a urgencia
en la Unidad de psiquiatría correspondiente
3. En caso de que un estudiante presente una
descompensación física, emocional o conductual que puede
impactar negativamente a los miembros de la comunidad
educativa o a sí mismos, el establecimiento deberá
contactarse con el apoderado(a) de manera inmediata para
informar la situación y tomar las medidas que se consideren
pertinentes.
7.9 Protocolo de actuación frente a sospecha de maltrato
de un adulto del establecimiento hacia un/a estudiante.
Recepción del Reporte:
Toda persona que trabaje en el establecimiento tiene la
obligación de dar aviso inmediatamente a las autoridades de
la escuela en caso de enterarse, por sí mismo o través de
terceros, de cualquier situación de maltrato de un adulto
hacia estudiantes, sea que haya sido cometido al interior de
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nuestro establecimiento o fuera de él, en especial, si el adulto
supuestamente involucrado es funcionario de la comunidad
educativa.
- Quien reciba el reporte de maltrato de un adulto hacia
alumno(s), debe escucharlo con atención, darle importancia,
no hacer conjeturas y no emitir juicios de valor previos.
- Las personas que pueden recibir estos reportes son:
Profesores Jefes, Encargado de Convivencia Escolar, dupla
psicosocial o a cualquier miembro de la Dirección.
- Sea quien fuera la persona que haya recibido el primer reporte,
este deberá informarse al Encargado de Convivencia Escolar y/o
a los miembros de la Dirección, pues solo estas personas estarán
habilitadas para ejecutar el procedimiento correspondiente.
- En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del
informante, cuando este no sea el alumno afectado por el maltrato.
No obstante lo anterior, por razones justificadas, podría requerirse
el conocimiento de la identidad del informante, situación que, de
ser necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones para
resguardar su honra y dignidad.
PROCEDIMIENTO:
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- Las indagaciones sobre reportes de maltrato de un adulto a
alumno/a solo podrán ser realizadas por la dupla psicosocial
del establecimiento o algún miembro de la Dirección.
- Al inicio del proceso el indagador informará, tanto al adulto
acusado, como a los estudiantes involucrados, sus
apoderados u otros miembros del establecimiento que les
corresponda saber del hecho, la situación reportada, el rol
que supuestamente tienen cada uno de estos en ella y el
proceso que se realizará para resolverla.
Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) con el
acusado/a y con los alumnos/a o sus apoderados, pero se
podrá hacer uso de otros medios escritos de comunicación
(Ej. Libreta de Comunicaciones, Correo electrónico, Carta
certificada, etc.). Sea cual fuere la forma de informar
utilizada por el encargado, debe quedar constancia del envío
y recepción de la información.
- El indagador guiará su desempeño en base al Principio de
Inocencia: Buscará profundizar la descripción y clarificación
de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad
o culpabilidad al adulto señalado como autor de la falta
mientras dure esta fase del proceso. Sin perjuicio de lo
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anterior, se tomarán las siguientes medidas durante el
procedimiento y su ulterior resolución:
a) Si el reclamo se presente contra un funcionario del
establecimiento: Se garantizará la tranquilidad y seguridad
de él o los alumnos supuestamente afectados, ya sea
reasignando las tareas del funcionario en cuestión,
otorgándole permisos administrativos, ejecutando cambios
de turnos o puesto de trabajo, u otras acciones que, no
implicando menoscabo laboral, sean prudentes y
convenientes conforme a la evaluación que se haya realizado
de la situación.
b) Si el reclamo se presenta contra un apoderado del
establecimiento u otro adulto vinculado no
contractualmente: Se le solicitará actuar con prudencia frente
a estas circunstancias, evitando interactuar en forma privada
con él o los estudiantes supuestamente afectados o sus
apoderados (interacciones que, de ser necesarias, deberán
realizarse en presencia de una autoridad del Colegio).
- El indagador, atendiendo a las circunstancias del reporte,
determinará las acciones requeridas para cumplir su labor,
las cuales pueden ser, entre otras: entrevistar a los
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involucrados y posibles testigos (presencial o virtualmente),
citar a los apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones
de especialistas internos o externos al Colegio, solicitar y
analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, etc.
Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberá
considerar obligatoriamente procedimientos que garanticen
la escucha de las versiones de los involucrados y acogida de
sus posibles descargos.
- En relación con la víctima de maltrato por parte de adulto,
se evaluará la pertinencia de aplicar una o más de las
siguientes medidas durante la indagación, resolución y
seguimiento del procedimiento:
El indagador deberá citar a los padres en conjunto con el
Profesor Jefe y eventualmente, con el Director de Ciclo para
entregar la información recabada y proponer un plan de
acción.
El indagador o el Encargado de Convivencia Escolar
determinarán quien se hará responsable del monitoreo de la
víctima con el apoyo del profesor/a jefe y de algún miembro
de la dirección.
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Se informará a los padres que se realizarán intervenciones
a nivel de curso o grupos, en caso que se estime conveniente
y/o derivación a red externa para el apoyo y
acompañamiento del o la estudiante involucrada/o.
. El indagador levantará acta de la entrevistas y reuniones
sostenidas, las que deberán ser firmada por los asistentes,
indicándose la fecha de cada una de tales acciones.
- Si luego de las entrevistas iniciales y del procedimiento
aplicado, la situación aún no se aclara, entonces el
indagador, determinará las medidas a seguir para continuar
el proceso de investigación. La estrategia debe ser informada
a quienes han sido parte del proceso.
4.3. Resolución:
- Cuando el indagador haya agotado la investigación,
analizará los antecedentes recabados y decidirá, en conjunto
la dirección , la acreditación del maltrato reportado o la
desestimación del reporte en cuestión.
- Si el reclamo es desestimado: el indagador, o quien
determine la Dirección, comunicará la decisión a todas las
partes, en la extensión y profundidad que les corresponda
148
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conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad
de los involucrados).
- En el caso de que el maltrato fuera acreditado:
a) La autoridad designada debe considerar, a la luz del
Proyecto Educativo y Reglamentos del Establecimiento, las
siguientes variables antes de sugerir medidas a aplicar:
La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el
manejo de las faltas a la buena convivencia.
Las obligaciones legales, reglamentarias y/o contractuales
vinculadas a la obligación de proporcionar un buen trato a
los y las estudiantes , según quién sea el autor de la falta
(apoderado, funcionario u otro adulto vinculado no
contractualmente a la escuela).
El grado de falta grave o gravísima asignada al maltrato de
un adulto hacia un estudiante.
La edad, la etapa de desarrollo y madurez de (los)
estudiantes(s) afectado(s).
La naturaleza, intensidad y extensión de la falta, así como
las características del afectado.
La conducta anterior del responsable;
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Los antecedentes y descargos presentados por el autor de
la falta.
Otros aspectos relevantes consignados durante la
indagación del hecho.
b) La medida y/o sanción sugerida deberá corresponder
únicamente a las establecidas en los cuerpos normativos
atingentes a la falta cometida, pudiendo ser Obligaciones
contractuales (contrato laboral o de educación según
corresponda) u otras normas o compromisos atingentes
suscritos por el autor de la falta. En los casos en que existan
dudas respecto de las medidas susceptibles de ser tomadas,
se consultará al asesor del DAEM del establecimiento u otros
organismos competentes para actuar conforme a derecho.
c) Una vez decididas las medidas a tomar, la autoridad
designada, en conjunto con el encargado del procedimiento,
lo comunicarán a todas las partes, en la extensión y
profundidad que les corresponda conocer (cautelando a
través de esto la integridad y dignidad de los involucrados).
- Todas las partes tendrán derecho a apelar las resoluciones
que pudieran afectarlos. Para ello contarán con cinco días
hábiles desde que les fuera comunicada la resolución. Esta
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solicitud debe ser presentada por escrito a la autoridad
inmediatamente superior a aquella que tomó la resolución
apelada. La autoridad de apelación resolverá sobre el recurso
presentando en un plazo máximo de diez días hábiles, sin
que quepa un nuevo recurso respecto de la misma.
Capí tulo 8: Definiciones asociadas a la Convivencia Escolar
Arbitraje: Procedimiento de resolución de conflictos en que
un tercero, con atribuciones para ello, asume la
investigación, escucha a las partes y resuelve la disputa o
diferencia entre los involucrados.
Deber: Obligación que afecta a cada persona, impuesta por
la moral, la ley, las normas sociales y la propia conciencia.
Derecho: Facultad natural del ser humano para hacer o
exigir aquello que la ley o la autoridad establecen a su favor,
la que lleva implícitas obligaciones y responsabilidades para
con otros miembros de la sociedad.
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Dignidad: Valía y honor de todas las personas, más allá de
su nacionalidad, raza, creencias religiosas, clase social,
opinión política o característica personal.
Discriminación: Negación de los derechos de un ser
humano en igualdad de oportunidades, dignidad y derecho
de una persona respecto de otras.
Mediación: Proceso en que un tercero neutral, sin poder
para imponer una resolución, ayuda a las partes en conflicto
a alcanzar un arreglo mutuamente aceptable.
Negociación: Forma de abordaje de conflictos en que las
personas dialogan cara a cara para llegar a un acuerdo.
Norma: Criterio de medida, modelo o tipo considerado
valioso en función de orientar el accionar humano, establecer
y justificar límites y responsabilidades en relación con los
otros.
Intimidación/bullying/matonaje/acoso escolar: es un tipo
de violencia escolar, que es devastador y muy destructivo
para las personas involucradas, como también daña la
convivencia escolar segura y adecuada. Proceso de maltrato,
intimidación y victimización entre iguales a través de
insultos, vejaciones, aislamiento social y en algunos casos
violencia física.
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Afecta profundamente el desarrollo y el aprendizaje (Elliott,
2008). El acoso escolar se caracteriza por:
Hostigamiento, acoso, amenaza y/o conductas
violentas que un estudiante o un grupo de estudiantes
realiza a otro repetitiva y permanentemente.
El poder entre las víctimas y victimarios se encuentra
desigualmente distribuido.
Se da entre pares.
Para la víctima es muy difícil salir de la relación de
abuso (Berger, 2010). Además, el acoso escolar
incluye desde ofensas sutiles hasta formas de
violencia física extrema (Elliott, 2008).
Agresión física: golpear, destruir pertenencias, agresión
sexual.
Agresión verbal: humillar, insultar, sobrenombres.
Agresión indirecta: rumores, exclusión, cyber-bullying.
Hay conductas de intimidación que no son físicamente
violentas y conductas violentas que no son intimidación La
intimidación, el bullying, el acoso escolar, es un tipo de
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violencia escolar, por lo tanto no es el único estilo de
violencia que puede darse en la escuela. ¿Cuál es la ruta o
dinámica que sigue? El proceso sigue una escalada continua
de violencia, que tiende a crecer y hacerse cada vez más
grave si nadie interviene. Se pueden distinguir 3 etapas
posibles (De Acevedo& González, 2010):
Inicio: Es de difícil identificación, pueden ser algunas
bromas pesadas. Aquí se comienza a dejar de lado al niño
que blanco de burlas o bromas, por temor a ser el centro de
ello.
Situación grave: La persona que sufre el hostigamiento,
sabe que le causa dolor y no quiere encontrarse con esa
persona. Se vuelve más ansioso, siente miedo, se culpa por
no poder defenderse, le da rabia, y se llena de malestar,
porque no logra que esta situación no siga ocurriendo. El
agresor, sigue con bromas pesadas, agresiones de distinto
tipo y lo deja en ridículo.
Situación inmanejable: Aquí el agredido, por lo general es
dominado por el agresor, siente rabia, deseos de vengarse,
154
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triste, ya no quiere nada de lo que antes le gustaba, baja el
rendimiento escolar, cambia el apetito, no duerme bien. Aquí
el agredido, puede volverse violento, más agresivo con otros
y consigo mismo. El agresor, se siente satisfecho de la
situación, tiende a no ver el dolor del otro o lo disfruta.
Acoso escolar
¿Quiénes están involucrados?
Agredido:
La víctima no es causante del acoso escolar (Necesidad del
agresor de construirse desde esta posición).
Puede ser diferente en algo a los demás compañeros.
Alto sentimiento de ansiedad y de autovaloración negativa.
No pide ayuda por: o Miedo a represalias. o Sensación de
que nadie los protege adecuadamente.
Agresor:
Hostiga a quién no se defenderá.
Quiere tener poder y control sobre la víctima.
Al sentirse poderoso, baja la sensación de descontrol que
pudiera provocarle las historias del maltrato.
La conducta agresiva tiene a lo menos tres fuentes
psicológicas relevantes:
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Necesidad imperiosa de poder y dominio (parecen disfrutar
el control y dominar a los demás).
Tienen cierto grado de hostilidad hacia el entorno (lo que
puede provocar satisfacción al producir daño a otros).
Sentir un cierto factor de beneficio como consecuencia de su
conducta.
Observadores:
Observan y callan.
Razones para el silencio:
Que tengan miedo de ser ellos víctimas de maltrato.
No tener habilidades sociales para evitarlo.
Que no sepan a lo que puede llevar esta escalada de diversas
agresiones.
Suelen sentirse inseguros e impotentes.
En torno al acoso escolar, existen distintos mitos que no
permiten verlo en su dimensión mayor:
MITO REALIDAD
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El niño agresor tiene muchos
amigos
Cuenta con una red social,
pero muy pocos amigos, la
mayoría de las personas le
temen.
El niño agresor suele ser un
niño promedio o debajo del
promedio.
Puede ser cualquier estudiante.
El niño agredido se buscó la
agresión.
Nadie busca que lo agredan y
no hay razones para agredir.
El niño agredido se
acostumbra al maltrato
No, al contrario, sufrirá y el
daño será cada vez peor.
Es sólo pelea de niños No sólo una pelea de niños, de
hecho se trata de un tipo de
violencia muy dañino
Es un conflicto y se puede
resolver juntando a los niños
No es un conflicto, se trata de
una agresión de uno en contra
de otros.
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Anexos:
REGISTRO ANTECEDENTES FRENTE A DENUNCIAS DE
MALTRATO DENTRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
FECHA:
ENCARGADOS:
NOMBRE:
CARGO:
NOMBRE:
CARGO:
DATOS ENTREVISTADO:
NOMBRE:
CARGO/ESTAMENTO:
RELATO
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FIRMA ENTREVISTADO DUPLA PSICOSOCIAL