MARCO JURIDICO VIGENTE APLICABLE
A LA CONTRATACION DE EXTRANJEROS
POR PARTE DE LAS EMPRESAS
VENEZOLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SU PERIOR
UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
COORDINACION DE PASANTIAS
MARCO JURIDICO VIGENTE APLICABLE A LA CONTRATACIO N
DE EXTRANJEROS POR PARTE DE LAS EMPRESAS
VENEZOLANAS
INSTITUCIÓN: PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A
REFINERÍA EL PALITO
AUTORA: Rincón, Daniela
C.I: 23.480.261
TUTORA: Arelis Farias
SAN DIEGO, OCTUBRE 2014
INDICE
Pág.
Resumen VI
Introducción 1
CAPITULO I: LA EMPRESA
1.1 Identificación de la Institución 2
1.2 Ubicación 2
1.3 Descripción de la Institución 2
1.4 Misión y Visión de la Empresa PDVSA refinería el Palito 3
1.4.1 Misión 3
1.4.2 Visión 3
1.5 Departamento de Gerencia Legal 3
1.6 Descripción del Departamento de Gerencia Legal 4
1.7 Misión y Visión del Departamento de Gerencia Legal 4
1.7.1 Misión 4
1.7.2 Visión 4
1.8 Valores 5
1.9 Actividades Realizadas 5
1.10 Estructura Organizativa PDVSA Refinería El Palito 6
1.11 Estructura Organizativa PDVSA Refinería
El Palito Departamento de Gerencia Legal 6
CAPITULO II: EL PROBLEMA DE INVESTIGACION
2.1 Planteamiento del Problema 7
2.2 Formulación del Problema 8
2.3 Objetivos de la investigación 8
2.3.1 Objetivo General 8
2.3.2 Objetivos Específicos 9
2.4 Justificación de la investigación 9
2.5 Limitaciones 10
CAPITULO III: MARCO TEÓRICO
3.1 Antecedentes de la investigación 11
3.2 Bases teóricas 16
3.3 Bases legales 18
3.3 Definición de términos básicos 30
CAPITULO VI: MARCO METODOLOGICO
4.1 Nivel de Investigación 32
4.2 Diseño de la Investigación 33
4.3 Técnicas e instrumentos de recolección de datos 34
4.4 Técnicas de procesamiento y análisis de datos 37
4.5 Fases Metodológicas 38
CAPITULO V: RESULTADOS CONCLUSIONES Y RECOMENDACION ES
5.1 Fase I
5.1.2 resultados 41
5.1.3 conclusiones 41
5.1.4 recomendaciones 42
5.2 Fase II
5.2.2 resultados 42
5.2.3 conclusiones 43
5.2.4 recomendaciones 43
5.3 Fase III
5.3.2 resultados 44
5.3.3 conclusiones 44
5.3.4 recomendaciones 45
Conclusión 46
Referencias Bibliografícas 47
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SU PERIOR
UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
MARCO JURIDICO VIGENTE APLICABLE A LA CONTRATACIO N
DE EXTRANJEROS POR PARTE DE LAS EMPRESAS
VENEZOLANAS
AUTORA: Rincón, Daniela
TUTORA: Arelis Farías
FECHA: Octubre, 2014
RESUMEN
En el presente trabajo se estudia el marco jurídico vigente aplicable a la
contratación de extranjeros por parte de las empresas venezolanas tomándose en
consideración normativas que versan sobre el número de trabajadores de origen
extranjero contratables por una empresa nacional, las disposiciones legales que
regulan la contratación de personal de origen extranjero, el procedimiento para que
una empresa venezolana pueda contratar a un trabajador de origen extranjero, el
tiempo permitido por la ley para que un trabajador de origen extranjero pueda laborar,
y los requisitos para que un trabajador extranjero pueda ser contratado por una
empresa venezolana, y las sanciones a las que puede haber lugar por el
incumplimiento de alguna de las normativas ya mencionadas.
PALABRAS CLAVES: Contrato, Trabajador, Empresas, normativas, sanciones.
INTRODUCCION
El presente informe versa sobre un tema poco desarrollado en la actualidad, a
pesar de que la contratación de trabajadores extranjeros es un tema muy común, no se
han realizado investigaciones en Venezuela sobre el marco jurídico vigente aplicable
a la contratación trabajadores de origen extranjero por parte de empresas venezolanas.
Realizar una investigación de esta índole se hace necesario considerando la
actividad desarrollada por las empresas, vinculada a la evolución continua de la
tecnología lo cual puede hacer que en un determinado momento las empresas pueden
llegar a requerir de un trabajador capacitado en una especialidad no instruida en las
instituciones venezolanas. Siendo esta una realidad, es importante que tanto los
trabajadores como las empresas venezolanas que pretendan contratar a un trabajador
de origen extranjero conozcan el procedimiento a seguir para contratar y ser
contratado, y las disposiciones legales que versaran sobre la relación contractual de
carácter laboral.
Es de vital importancia conocer el marco jurídico vigente aplicable a la
contratación trabajadores de origen extranjero por parte de empresas venezolanas y
las sanciones producto de la situación irregular, ya en un eventual conflicto en la
relación laboral que se pudiere presentar, ambas partes van a requerir conocer sus
derechos y obligaciones.
CAPITULO I
LA INSTITUCION
1.1 Identificación de la Institución
PDVSA PETROLEO, S.A., Sociedad Mercantil Refinería El Palito, filial de
PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A.
1.2 Ubicación
Refinería el palito Autopista Morón Puerto Cabello Municipio Puerto Cabello
1.3 Descripción de la Institución
La empresa filial de Petróleos de Venezuela PDVSA, Refinería el Palito es una
empresa nacional, subordinada al Estado venezolano la cual busca la satisfacción de
las necesidades de energía de la sociedad mediante el proceso de refinación del
petróleo nacional.
1.4 Misión y Visión de la Empresa PDVSA refinería el Palito
1.4.1 Misión
Satisfacer las necesidades de energía de la sociedad, basada en el desarrollo
del personal y de la tecnología de vanguardia, dirigida hacia la máxima satisfacción
de los clientes y la búsqueda permanente de la excelencia. Mediante la refinación del
petróleo garantizando el manejo de la gestión con sentido de negocios, con el mayor
grado de seguridad, protección ambiental, calidad y flexibilidad.
1.4.2 Visión
La empresa PDVSA refinería el palito tiene como visión coadyuvar a que la
empresa Petróleos de Venezuela S.A se convierta en la organización modelo de la
industria petrolera nacional e internacional en creación de valor, mediante la
explotación segura, ecológica, óptima y rentable de los yacimientos, caracterizada por
la excelencia y competencia de su personal.
1.5 Departamento de Gerencia Legal
Departamento de Gerencia Legal de la empresa PDVSA Refinería el Palito, es el
encargado de manejar los asuntos legales de las operaciones de la empresa, a cargo de
la abogada gerente del departamento y el personal a su cargo.
1.6 Descripción del Departamento de Gerencia Legal
Tiene por función manejar los asuntos legales de las operaciones de la
empresa PDVSA Refinería el Palito, Brindar asesoría legal a los trabajadores de la
compañía, el Registro de Actas de Asambleas de Accionistas. El secretario de la junta
directiva, asesoramiento legal a la Presidencia y Gerencias de Primera Línea. Preparar
y asesorar a la materia contractual Elaboración y Revisión de los contratos requeridos
para el funcionamiento de la empresa, contratos de obras, bienes, servicios,
arrendamientos, servicios financieros, apoyo gestión en planes de vivienda. Control
de Reclamos. Asesoramiento en materia de Contratación Pública.
1.7 Misión y Visión del Departamento de Gerencia Legal
1.7.1 Misión
El departamento de gerencia legal En la empresa PDVSA Refinería el Palito
posee un compromiso el de Dirigir e impulsar el desarrollo de la organización asía el
alcance de sus objetivos, Para ello desarrolla actividades en donde se integra la
asesoría legal en las diferentes áreas para el correcto funcionamiento de la empresa,
propugnando los valores de la organización.
1.7.2 Visión
El departamento de gerencia legal de la empresa PDVSA refinería el Palito
tiene como visión facilitar a la empresa el convertirse a la organización modelo de la
industria petrolera nacional e internacional, a través de la excelencia y competencia
del personal que integra el departamento el cual posee un sentido de arraigo
institucional y por ende ha de avocarse a colaborar con la ejecución de sus
competencias de manera eficiente.
1.8 Valores
En la empresa PDVSA Refinería el Palito los valores son parte esencial del
factor estratégico para la óptima eficiencia y funcionamiento de esta empresa mixta,
utilizando como recursos el comportamiento profesional, el Respeto, Honestidad,
Austeridad, Trabajo En Equipo, Creatividad, Lealtad, Responsabilidad, Coherencia,
Tenacidad y transparencia.
1.9 Actividades Realizadas
• Asistir a una entrevista con la gerente de departamento
• Organizar el archivo y los expedientes llevados dentro de la oficina
• Investigar el proyecto con el tutor institucional
• Elaborar un directorio judicial del estado Carabobo
• Redactar el proyecto y presentarlo al tutor institucional para la corrección
1.10 Estructura Organizativa PDVSA Refinería El Palito
1.11 Estructura Organizativa PDVSA Refinería El Palito Departamento de
Gerencia Legal
CAPITULO II
EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema
Las empresas venezolanas para contratar a un trabajador de origen extranjero
deben cumplir con una serie de formalidades establecidas en el ordenamiento jurídico
venezolano, estas formalidades son limitaciones de índole jurídica aplicable a los
trabajadores extranjeros en la República Bolivariana de Venezuela.
Para laborar en Venezuela un trabajador de origen extranjero requiere de una
autorización laboral, la cual deberá ser tramitada por la empresa venezolana que
desea contratar sus servicios, por ante la inspectoría del trabajo dirección de
migración laboral del registro de extranjería, perteneciente al ministerio de relaciones
interiores de justicia y paz, quien a su vez remitirá al trabajador para que este solicite
la visa de trabajo.
Una vez en Venezuela, el trabajador deberá ser inscrito en el registro de
extranjería y podrá entonces empezar a laborar en el país por un periodo de hasta un
año, prorrogable por un año más. Durante el lapso legal permisible para que el
trabajador desempeñe sus funciones, la empresa se encuentra en la obligación legal de
comunicar a la inspectoría previamente mencionada cualquier alteración en la
relación laboral.
Otra de las normativas imperantes en la contratación de personas extranjeras
es la establecida en el artículo 27 de la “Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y
los Trabajadores” la cual establece: “el noventa por ciento o más de los trabajadores
al servicio de un patrono que ocupen un mínimo de diez, deben ser venezolanos o
venezolanas”, es decir que por cada un trabajador extranjero deben haber nueve o
más trabajadores venezolanos.
La problemática radica en el incumplimiento de estas normativas legales por
parte de la empresa venezolana contratante, ya que su trabajador al no cumplir con
exactitud este proceso se encuentra en una situación irregular, por lo tanto no podrá
acceder a los órganos de justicia, encontrándose una situación de indefensión ante
cualquier eventual conflicto en la relación laboral que se pudiere presentar,
circunstancia que acarrea una sanción al patrono como consecuencia de incumplir las
normativas legales ya mencionadas.
2.2 Formulación del problema
¿Se cumple el marco jurídico vigente aplicable a la contratación trabajadores
extranjeros en la empresa PDVSA S.A Refinería el Palito?
2.3 Objetivos de la investigación
2.3.1 Objetivo General:
Analizar el marco jurídico vigente aplicable a la contratación trabajadores
extranjeros por parte de empresas venezolanas.
2.3.2. Objetivo específicos:
a) Diagnosticar el número de trabajadores extranjeros en la empresa PDVSA S.A
Refinería el Palito.
b) Determinar las disposiciones legales aplicables a la contratación de
trabajadores extranjeros en el territorio nacional.
c) Describir el procedimiento para que una empresa venezolana pueda contratar
a un trabajador extranjero.
2.4 Justificación:
Petróleos de Venezuela S. A (PDVSA) Refinería el Palito es una empresa del
Estado venezolano, cuya actividad es la refinación de petróleo nacional, considerando
la actividad que realiza la empresa y la evolución continua de la tecnología, existe
una creciente necesidad de contratar a un personal capacitado en determinadas
especialidades, las cuales generalmente no son impartidas en las instituciones
universitarias venezolanas.
Debido a que el talento humano requerido se encuentra más allá de las fronteras
nacionales, la empresa PDVSA S.A se ve en la necesidad de poseer un personal
capacitado para el éxito de la compañía, requiere contratar a un personal de origen
extranjero, pudiendo obviar cumplir con las disposiciones contenidas en el marco
jurídico venezolano que regula la contratación de trabajadores extranjeros.
1.5 Limitaciones
a) Al ser PDVSA S.A una empresa del Estado no es fácil el acceso a la
información requerida.
b) El departamento en el que se realizara la pasantía no es el encargado de
manejar las contrataciones.
c) Las horas académicas asignadas para la realización de este informe, resultan
insuficientes para efectuar un análisis completo de la problemática.
CAPITULO III
MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1 Antecedentes de la Investigación
Antecedentes de la investigación, se refiere a los estudios previos y tesis de
grado relacionados con el problema planteado, es decir, investigaciones realizadas
anteriormente y que guardan alguna vinculación con el problema en estudio.
Las Abogadas Bermúdez, Yoselyn y Hernández, Orielle año 2009, Articulo
para la Revista Gaceta Laboral vol.15, Nº. 3 Universidad del Zulia, denominado “La
protección del trabajador inmigrante en situación irregular dentro el
ordenamiento jurídico venezolano”
La presente investigación plantea como objetivos principales, Analizar la
teoría del débil jurídico bajo el enfoque del Derecho Internacional Privado del
Trabajo, así como establecer la normativa reguladora de la actividad laboral de los
trabajadores inmigrantes en Venezuela, haciendo referencia tanto a las normas
internacionales formuladas por la Organización de las Naciones Unidas y la
Organización de los Estados Americanos, como a las normas internas creadas por el
legislador venezolano.
Concluyendo que, en el ordenamiento jurídico venezolano la protección de los
trabajadores inmigrantes en situación irregular se fundamenta en los derechos y
garantías constitucionales y en los tratados internacionales en materia de derechos
humanos y de derechos laborales internacionalmente reconocidos.
La teoría del débil jurídico se basa en un principio de subordinación del
trabajador con respecto al patrono quien se supraordina sobre el primero debido a que
el patrono ejerce la autoridad al establecer las directrices que determinan el
desempeño de las actividades que debe ejecutar el trabajador, De acuerdo con lo
expuesto, entre un patrono y un trabajador existe una relación que los compromete a
ambos mediante obligaciones de hacer o no hacer que nacen del contrato de trabajo.
En el plano internacional se amerita la protección del trabajador como débil
jurídico cuando traspasa las fronteras de su nación y ejerce funciones laborales en
situación de extranjero, pues actualmente existen preceptos Normativos destinados a
regular las relaciones jurídicas internacionales de corte laboral.
El estudio de los trabajadores inmigrantes en situación irregular se vincula con
la teoría del débil jurídico por cuanto éstos con deseos de progresar en un país
extranjero normalmente desconocen los mecanismos de protección de Derecho
Interno e Internacional en ese Estado foráneo y, como consecuencia, se propicia el
abuso y la explotación laboral. La normativa reguladora de la actividad laboral de los
trabajadores inmigrantes para Venezuela según la investigación de las mencionadas
abogadas es desarrollada por el criterio las siguientes organizaciones Internacionales:
ONU quien interpreta lo establecido en la Declaración Universal de los
Derechos humanos articulo 7 como un principio de igualdad y por tanto las
condiciones inherentes e inalienables por ser propias de la naturaleza humana como
son los derechos humanos, el derecho al trabajo, debe ser una prerrogativa igualitaria
tanto para los y trabajadores nacional o extranjeros.
OEA considera basándose en el principio de igualdad establecido en el
articulo 24 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos que la
igualdad puede ser interpretada a favor del caso de los trabajadores inmigrantes que
presentan irregularidades.
Ahora bien de manera nacional esta problemática es prevista y regulada por el
ordenamiento jurídico interno del Estado Venezolano desde la cúspide de la pirámide
donde se encuentra la Carta magna hasta los demás escalones en descenso de la
pirámide que nos permiten llegar a la base, entre los cuales encontramos el Código
Civil Venezolano Vigente.
La Ley Orgánica del Trabajo (Derogada) Ley de Extranjería y Migración,
Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. El principio de igualdad puede ser
interpretado desde un punto de vista genérico como un valor que permite establecer
un criterio para amparar a los trabajadores inmigrantes en situación irregular.
Texidó, Ezequiel y Baer, Gladys año 2003, Estudio sobre las migraciones
internacionales titulado: “Migraciones laborales en Sudamérica el Mercosur
ampliado”
Se desarrolla entre otros temas la vulnerabilidad en los inmigrantes, cuyo
objetivo principal era desarrollar el tema de la vulnerabilidad de los trabajadores
extranjeros, concluyendo que la relación entre la inmigración y la vulnerabilidad
socio-laboral adquiere una importancia relativamente alta.
La asociación entre ambos fenómenos se produce debido al contexto
económico-social en que transcurren las migraciones en nuestros días. Pertenecer a
un grupo étnico o nacional en particular, sumado a la propia condición de no nativo o
extranjero de que “gozan” los inmigrantes en las sociedades receptoras, se convierte
en un motivo suficiente para comprender el lugar ocupado por estos estratos
poblacionales en las sociedades contemporáneas.
En los países de recepción, se evidencia una fuerte exposición y/o propensión
de los grupos de inmigrantes a situaciones de exclusión social. En este sentido, la
inmigración se constituye en una fuente de vulnerabilidad social. La condición de
migración de las personas ubica a los sujetos portadores de esta relación social en una
posición de desventaja. Incluso, en los casos en los que los inmigrantes comparten
con los nativos determinadas circunstancias sociales desfavorables, los primeros
enfrentan mayores problemas debido a la existencia de actitudes discriminatorias o de
menoscabo hacia ellos.
En general, diversos sectores sociales de los países a donde llegan los
inmigrantes tienden a estigmatizar a esta población, atribuyéndoles características
fundamentalmente negativas. En efecto, según la percepción dominante, los
individuos se movilizan motivados por diferentes carencias, se establecen en los
lugares de acogida en condiciones irregulares y se encuentran disponibles a aceptar
cualquier actividad, aun aquellas que los nativos rechazan.
En relación a los inmigrantes externos, su condición de vulnerabilidad se
sustenta en un doble proceso social: el primero se desarrolla a nivel estructural
mientras que el segundo implica un nivel sociocultural. Se identifica, por un lado, el
tipo de inserción laboral que tiene lugar en la sociedad de destino, frecuentemente
ligada a los estratos más bajos de la jerarquía ocupacional, en los que los niveles de
ingresos y protección social suelen ser los más desventajosos de la estructura de
empleos.
Por otro lado, la dimensión sociocultural opera en tanto en las sociedades de
destino se mantenga vigente un discurso social anti-inmigratorio, el que contribuye a
crear y recrear imágenes degradantes acerca de los inmigrantes, justificando de esta
manera una inserción social diferenciada respecto de los nativos, es decir, en los
espacios menos “atractivos” de las sociedades de acogida.
Complementando lo anterior, Bustamante considera que la ‘vulnerabilidad de
los migrantes como sujetos de derechos humanos’ tiene un origen estructural como
cultural; “la naturaleza estructural deriva de la existencia de una estructura de poder,
que en forma empírica demuestra como en cualquier sociedad nacional dada algunos
tienen más poder que otros.
La naturaleza cultural de la vulnerabilidad deriva de un conjunto de elementos
culturales (estereotipos, prejuicios, racismo, xenofobia, ignorancia y discriminación
institucional) con significados despectivos que tienden a justificar la existencia de
diferenciales de poder entre nacionales y no nacionales o inmigrantes.
Entre los factores que influyen negativamente sobre la inmigración, la CEPAL
(2002b) identifica a las barreras que limitan la movilidad de la población, las
legislaciones restrictivas que promueven políticas altamente selectivas, la
discriminación institucional hacia los inmigrantes, los controles rigurosos de entrada
y permanencia y las actitudes xenófobas entre las personas y círculos influyentes en
los países receptores. Todo esto genera una pronunciada “aversión a la migración
proveniente de los países en desarrollo”.
“En suma, una fracción muy importante de los migrantes debe enfrentar
adversidades crecientes en sus esfuerzos por insertarse en la sociedad receptora, que
van desde una acogida crecientemente hostil, pasando por una rigurosa supervisión,
hasta formas de discriminación, desprotección y aislamiento, con grandes
posibilidades de sufrir atropellos de sus derechos básicos”.
Así pues, en la constitución de la vulnerabilidad migratoria intervienen varias
fuerzas: por un lado, la sociedad de recepción le reserva a los inmigrantes una
inserción laboral en los estratos más bajos de la estructura ocupacional; por otro lado,
la opinión pública justifica o “naturaliza” un trato inferior para con los inmigrantes en
virtud de su calidad de “extranjeros”; por fin, las políticas en la materia restringen el
acceso de los inmigrantes a un status migratorio regular.
La conjunción de estos elementos provoca que los inmigrantes se encuentren
con mayores obstáculos para sortear las oscilaciones y cambios que sacuden las
esferas económica, laboral y social de cada comunidad, colocándolos en una situación
de riesgo social. Las personas que comparten la categoría de “vulnerables” atraviesan
entonces una inserción social endeble que reduce o debilita un acceso digno y decente
a los bienes sociales.
3.2 Bases teóricas
Kerlinger 1982 Analizar: Significa establecer categorías, ordenar, manipular
y resumir los datos.
Guillermo Cabanellas 2006 La empresa: Es una organización social que
utiliza una gran variedad de recursos para alcanzar determinados objetivos.
Explicando este concepto, el autor menciona que la empresa “es una organización
social por ser una asociación de personas para la explotación de un negocio y que
tiene por fin un determinado objetivo, que puede ser el lucro o la atención de una
necesidad social”.
Guillermo Cabanellas 2006 El Trabajo: Es el esfuerzo humano, físico o
intelectual, aplicado a la producción u obtención de la riqueza
Daniel Patricio Jiménez 2011 Contrato de Trabajo: según, el autor el
contrato de trabajo, es aquel pacto o acuerdo entre trabajador y empresario, en virtud
del cual el trabajador se compromete, de manera voluntaria, a la realización o
prestación de determinados servicios, por cuenta del empresario y dentro de su
ámbito de organización y dirección, a cambio de una retribución.
Guillermo Cabanellas 2006 El Trabajador: Todo aquel que cumple un
esfuerzo físico o intelectual, con el objeto de satisfacer una necesidad
económicamente útil.
La convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos
los trabajadores migratorios y de sus familiares, celebrada en ginebra 2005
Trabajadores Migratorios o Extranjeros: “Se entenderá por trabajador migratorio
a toda persona que vaya a realizar, realice o haya realizado una actividad remunerada
en un estado del que no sea nacional”.
3.3 Bases Legales
Como estudiante de la carrera de derecho es pertinente he indispensable dar
fundamento jurídico, las bases teóricas presentes en la investigación mediante la
indicación de las distintas normativas legales que conforman el ordenamiento jurídico
venezolano vigente en las cuales se encuentran establecido y regulado, la contratación
de extranjeros por parte de empresas venezolanas.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 87.- Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El
Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda
persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna
y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado
fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los
derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de
trabajo no será sometida a otras restricciones que las que la ley establezca.
Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras
condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajos adecuados. El Estado
adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de
estas condiciones.
Convención de los Derechos humanos
Artículo 23.- de la declaración universal de los derechos humanos
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a
condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el
desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por
trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y
satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a
la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por
cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa
de sus intereses.
Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y Trabajadores
Artículo 21.- Principio de No Discriminación en el Trabajo: Son contrarias
a los principios de esta Ley las prácticas de discriminación. Se prohíbe toda
distinción, exclusión, preferencia o restricción en el acceso y en las condiciones de
trabajo, basadas en razones de raza, sexo, edad, estado civil, sindicalización, religión,
opiniones políticas, nacionalidad, orientación sexual, personas con discapacidad u
origen social, que menoscabe el derecho al trabajo por resultar contrarias a los
postulados constitucionales. Los actos emanados de los infractores y de las
infractoras serán írritos y penados de conformidad con las leyes que regulan la
materia.
No se considerarán discriminatorias las disposiciones especiales dictadas para
proteger la maternidad, paternidad y la familia, ni las tendentes a la protección de los
niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
En las solicitudes de trabajo y en los contratos individuales de trabajo, no se
podrán incluir cláusulas que contraríen lo dispuesto en este artículo. Ninguna persona
podrá ser objeto de discriminación en su derecho al trabajo por tener antecedentes
penales.
Artículo 27.- Porcentaje de Personal Venezolano: El noventa por ciento o
más de los trabajadores y de las trabajadoras al servicio de un patrono o una patrona,
que ocupen un mínimo de diez, deben ser venezolanos o venezolanas. Así mismo, las
remuneraciones del personal extranjero, no excederán del veinte por ciento del total
de las remuneraciones pagadas al resto de los trabajadores y de las trabajadoras.
Se requerirá la nacionalidad venezolana para ejercer ciertas responsabilidades,
tales como: jefes de relaciones industriales, de personal, capitanes de buque,
aeronaves, capataces o quienes ejerzan funciones análogas, sin que esto pueda
considerarse como una discriminación.
Artículo 28.- Excepciones Temporales: El ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de trabajo y seguridad social, previo estudio de las
condiciones generales de los puestos de trabajo y seguridad social en el país y de las
circunstancias del caso concreto, podrá autorizar excepciones temporales a lo
dispuesto en el artículo anterior, en los casos y condiciones siguientes:
1. Cuando se trate de actividades que requieran conocimientos técnicos especiales y
no exista personal venezolano disponible. La autorización, se condicionará a que el
patrono o la patrona, dentro del plazo que se le señale, capacite y adiestre personal
venezolano.
2. Cuando exista demanda de puesto de trabajo y el ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de trabajo y seguridad social, compruebe que no se puede
satisfacer con personal venezolano.
3. Cuando se trate de inmigrantes que ingresen al país contratados directamente por
el Gobierno Nacional, por entidades de trabajo contratadas por éste, o en el marco de
Convenios Internacionales, el porcentaje autorizado y el plazo de la autorización, se
fijarán por resolución del ministerio del Poder Popular con competencia en materia de
trabajo y seguridad social.
4. Cuando se trate de personas definidas como refugiados por la normativa del
Derecho Internacional.
Artículo 55.- El Contrato de Trabajo: El contrato de trabajo, es aquel
mediante el cual se establecen las condiciones en las que una persona presta sus
servicios en el proceso social de trabajo bajo dependencia, a cambio de un salario
justo, equitativo y conforme a las disposiciones de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y esta Ley.
Ley de Extranjería y Migración
Artículo 3.- Definición de extranjero y extranjera: A los efectos de esta
Ley, se entiende por extranjero o extranjera toda persona que no sea nacional de la
República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 6.- Categorías: Los extranjeros y extranjeras, a los efectos del
ingreso y permanencia en el territorio de la República, podrán ser admitidos en las
categorías de no migrante, migrante temporal y migrante permanente, catalogados en
la forma siguiente:
1. Serán considerados no migrantes, los que ingresen al territorio de la República con
el propósito de permanecer por un tiempo limitado de noventa (90) días, sin ánimo de
fijar en él su domicilio permanente ni el de su familia y, por lo tanto, no podrán
ejercer actividades que involucren remuneración o lucro. Transcurrido este lapso,
podrá ser prorrogado hasta por noventa (90) días más.
2. Serán considerados migrantes temporales, los que ingresen al territorio de la
República con el ánimo de residir en él temporalmente, mientras duren las actividades
que dieron origen a su admisión.
3. Serán considerados migrantes permanentes, los que tengan la autorización para
permanecer indefinidamente en el territorio de la República.
Los requisitos y el procedimiento referentes a la admisión, ingreso,
permanencia, salida y reingreso aplicable a cada una de las categorías, así como la
determinación de las subcategorías, serán establecidos en el Reglamento de esta Ley.
Los extranjeros y extranjeras que se encuentren en el territorio de la República
con la condición de refugiados o refugiadas y asilados o asiladas, se regirán por la ley
que regule la materia.
Articulo 7.- Requisitos de Admisión: Los extranjeros y extranjeras, a los
fines de su admisión, ingreso, reingreso y permanencia en el territorio de la
República, deben estar provistos de un pasaporte válido y vigente, con el respectivo
visado u otro documento que autorice su ingreso o permanencia en el territorio de la
República, de conformidad con las normas de la materia o tratados internacionales
suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.
Articulo 13.- Derechos: Los extranjeros y extranjeras que se encuentren en el
territorio de la República, tendrán los mismos derechos que los nacionales, sin más
limitaciones que las establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y las leyes.
Artículo 14.- Deberes: Los extranjeros y extranjeras que se encuentren en el
territorio de la República, sin perjuicio de los deberes y obligaciones que le impone la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes, deberán:
1. Cumplir con los requisitos y las condiciones de identificación, permanencia
y localización en Venezuela, de conformidad con lo establecido en el
ordenamiento jurídico.
2. Presentar ante las autoridades los documentos que los identifiquen, cuando
le sean requeridos. Dichos documentos, no podrán ser retenidos por las
autoridades.
3. Inscribirse en el Registro Nacional de Extranjeros y Extranjeras del
ministerio con competencia en la materia, dentro de los treinta (30) días
siguientes a su ingreso, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de
esta Ley, cuando ingrese al territorio de la República como migrante temporal
o adquiera la categoría de migrante permanente.
4. Consignar ante la autoridad civil correspondiente al lugar de su domicilio,
las actas relativas al estado civil debidamente legalizadas o con la respectiva
apostilla, tanto de ellos como de su familia, y participar cualquier cambio de
domicilio o residencia, cuando se trate de extranjeros y extranjeras que se
encuentren comprendidos en las categorías de migrantes temporales y
permanentes.
5. Mantener vigente el visado u otro documento que autorice su permanencia
en el territorio de la República.
6. Presentarse en el lapso fijado cuando sean citados por la autoridad
competente.
Artículo 16.- Autorización Laboral: Todas aquellas personas que en virtud de
un contrato de trabajo deban ingresar al territorio de la República, obtendrán la
autorización laboral por parte del ministerio con competencia en el área del trabajo.
La tramitación para la obtención de la correspondiente autorización deberá efectuarla
el extranjero o extranjera, a través de su contratante en el territorio de la República.
Artículo 17.- Excepciones a la Autorización Laboral: Quedan exceptuados
de la obligación de obtener la autorización laboral para el ejercicio y las actividades
que motivan su otorgamiento, los extranjeros y extranjeras comprendidos en los
siguientes supuestos:
1. Los científicos, profesionales, técnicos, expertos y personal especializado
que vengan a asesorar, dar entrenamiento o ejecutar labores de carácter
temporal, por un lapso no mayor de noventa (90) días.
2. Los técnicos y profesionales invitados por entes públicos o privados para
cumplir con labores académicas, científicas o de investigación, siempre
que estas actividades no excedan el lapso de noventa (90) días.
3. Los que ingresen al territorio de la República para desarrollar actividades
amparadas en los convenios de cooperación y asistencia técnica.
4. Los trabajadores de medios de comunicación de otros países debidamente
acreditados para el ejercicio de las actividades informativas.
5. Los miembros de misiones científicas internacionales, que realicen
trabajos de investigación en el territorio de la República autorizados por
el Estado venezolano.
Artículo 18.- Procedimientos para la contratación de Trabajadores
extranjeros: Los ministerios con competencia en materia agrícola, laboral y de la
producción y el comercio, dictarán mediante resolución conjunta, los procedimientos
para la contratación de trabajadores extranjeros y trabajadoras extranjeras de la
agricultura, la pesca y la ganadería, en áreas específicas y por tiempo necesario.
Artículo 19.- Contratación por empresas del Estado: Los trabajadores
extranjeros y trabajadoras extranjeras que aspiren a ser contratados por empresas
pertenecientes a los Poderes Públicos Nacional, Estadal y Municipal, deberán obtener
la correspondiente autorización laboral.
Artículo 20.- Duración del Visado: El visado que autorice la permanencia en
el territorio de la República de los extranjeros y extranjeras, tendrá la misma duración
que la autorización laboral y será renovado siempre que subsistan las mismas
circunstancias que determinaron su otorgamiento.
Artículo 24.- Deber de los empleadores de personas extranjeras: Todo
empleador de una persona extranjera deberá exigirle la presentación de los
documentos de identificación y notificar por escrito al Registro Nacional de
Extranjeros y Extranjeras los términos y condiciones de la relación laboral, así como
la terminación de la misma, dentro de un lapso de treinta (30) días siguientes al acto
respectivo.
De conformidad con las disposiciones que al efecto establezca el Reglamento
de esta Ley, todo empleador o contratista de trabajadores extranjeros o trabajadoras
extranjeras deberá comprometerse con la autoridad competente en materia de
extranjería y migración, a pagar el pasaje de regreso del extranjero o extranjera y de
su familia, si fuera el caso, a su país de origen o de última residencia, dentro del mes
siguiente a la terminación del contrato.
Artículo 35.- Infracciones y Sanciones: En caso de incumplimiento de las
obligaciones previstas en esta Ley, el ministerio con competencia en materia de
extranjería y migración o el funcionario que él delegue, tendrá potestad para dictar las
medidas necesarias de amonestación, las multas previstas en el Capítulo I de este
Título o la deportación del territorio de la República, abriendo para ello una
articulación probatoria de setenta y dos (72) horas para determinar el tipo de sanción
aplicable, de acuerdo a la gravedad o reincidencia de la infracción cometida, en la
forma que determine el reglamento respectivo y sin perjuicio de la aplicación de las
demás normas previstas en este Título.
La persona incursa en la medida dispondrá de un lapso de cinco (5) días
hábiles para ejercer los recursos, excepciones y defensas, conforme a la ley que
regula los procedimientos administrativos.
Artículo 36.- Multas por incumplir los deberes previstos en la ley: La
autoridad administrativa competente impondrá a los extranjeros y extranjeras en los
casos que se indican a continuación, las multas siguientes:
1. El extranjero y extranjera que incumpla la obligación de inscribirse en el
Registro Nacional de Extranjeros y Extranjeras y de hacer las participaciones
respectivas en los términos contenidos en el artículo 14 de esta Ley, será
sancionado con una multa de diez unidades tributarias (10 U.T.).
2. Las personas naturales y jurídicas a las que se refieren los artículos 24, 25 y
26 de esta Ley, que infrinjan las obligaciones allí previstas, serán sancionadas
con cincuenta unidades tributarias (50 U.T.).
3. Todo empleador que contrate extranjeros y extranjeras ilegales para la
prestación de determinado servicio, será sancionado con doscientas unidades
tributarias (200 U.T.).
Artículo 37.- Liquidación de las Multas: Impuestas las multas respectivas,
el infractor deberá proceder a su pago dentro de los ocho (8) días siguientes a la
notificación de la decisión. Vencido dicho lapso, en caso de su inobservancia, se
aplicará lo previsto en el Código Orgánico Tributario.
Artículo 38.- Deportación y sus Causas: Estarán sujetos a la medida de
deportación del territorio de la República, los extranjeros y extranjeras que estén
incursos en alguna de las siguientes causales:
1. Los que ingresen y permanezcan en el territorio de la República sin el
visado correspondiente.
2. Los que hayan ingresado al territorio de la República para desempeñar
actividades sometidas a la autorización laboral y no cumplan con dicho
requisito.
3. Los que no cumplan con la obligación de renovar el visado dentro del lapso
que establece el Reglamento de esta Ley.
4. Los trabajadores extranjeros y las trabajadoras extranjeras cuando ejecuten
trabajos distintos a aquellos para los cuales fueron contratados y en una
jurisdicción diferente a la autorizada.
5. Haber sido multado por la autoridad competente en materia de extranjería y
migración, dos (2) o más veces y ser renuente a la cancelación de la misma.
Artículo 39.- Expulsión y sus Causas: Sin perjuicio de las sanciones que las
demás leyes establezcan, serán expulsados del territorio de la República los
extranjeros y extranjeras comprendidos en las causales siguientes:
1. Los que hayan obtenido o renovado el visado que autoriza su ingreso o
permanencia en el territorio de la República, con fraude a la ley.
2. Los que se dediquen a la producción, distribución o posesión de sustancias
estupefacientes y psicotrópicas o demás actividades conexas.
3. Los que encontrándose legalmente en el territorio de la República,
propicien el ingreso legal o ilegal de otro extranjero o extranjera con falsas
promesas de contrato de trabajo, promesas de visas o autorización de trabajo.
4. El que comprometa la seguridad y defensa de la Nación, altere el orden
público o esté incurso en delitos contra los Derechos Humanos, Derecho
Internacional Humanitario o las disposiciones contenidas en los instrumentos
internacionales, en los cuales sea parte la República.
Articulo 47.- Derecho d Trasladar Bienes Adquiridos: A los extranjeros y
extranjeras sometidos a las medidas de deportación o expulsión que posean bienes
adquiridos legítimamente, les será concedido el lapso de un (1) año, contado a partir
de que la medida haya quedado definitivamente firme, así como las facilidades
necesarias para el traslado y colocación de los mismos, lo cual podrán realizar por sí
mismos o a través de representante o apoderado, debidamente autorizado mediante
documento autenticado.
Artículo 48.- Revocatoria de Visa o Documento de ingreso: El ministerio
con competencia en materia de extranjería y migración, mediante resolución
motivada, revocará la visa o documento de ingreso o permanencia en el territorio de
la República a los extranjeros y extranjeras incursos en las causales previstas en los
artículos 38 y 39 de esta Ley.
Artículo 49.- Derecho a percibir Beneficios Laborales: Los trabajadores
extranjeros y las trabajadoras extranjeras sujetos a las medidas de deportación o
expulsión contempladas en este Capítulo, tendrán derecho a percibir los salarios,
prestaciones sociales y todos los beneficios establecidos en la ley que regula las
relaciones de trabajo, contrataciones colectivas y demás leyes sociales aplicables con
ocasión de la relación laboral.
3.4 Definición de Términos
Trabajador: Persona física que con la edad legal suficiente presta sus
servicios retribuidos subordinados a otra persona, a una empresa o institución.
Extranjero: Natural de una nación con respecto a cualquier otra.
Empleador o patrono: La parte que provee un puesto de trabajo a una
persona física para que preste un servicio personal bajo su dependencia, a cambio del
pago de una remuneración o salario.
Empresa venezolana: Es una organización, institución o industria de origen
venezolano dedicada a actividades o persecución de fines económicos o comerciales,
para satisfacer las necesidades de bienes o servicios de los demandantes.
Contrato de trabajo: Es aquel por el cual una persona natural se obliga a
prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica bajo la continuada
dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
Inmigración: Es la acción y efecto de inmigrar. Este término hace referencia
a la persona que llega a otro país para residir en él, generalmente por motivos
económicos, políticos o académicos. En otras palabras, entre los objetivos que más
comúnmente persiguen quienes se marchan de su país para radicarse en uno
extranjero se encuentran la intención de conseguir un mejor trabajo.
CAPITULO IV
MARCO METODOLOGICO
Para Arias, F. (2006), el marco metodológico incluye el tipo o tipos de
investigación, las técnicas y los instrumentos que serán utilizados para llevar a cabo
la indagación. Es el “como” se realizara el estudio para resolver el tema planteado
que en este caso es el marco jurídico vigente aplicable a la contratación de extranjeros
por parte de las empresas venezolanas.
4.1 Nivel de Investigación
Arias, F. (2006), en su libro “El proyecto de Investigación”, explica que el
nivel de investigación se indica según el nivel o grado de profundidad con el que se
realizara el estudio. En este sentido la investigación podrá ser exploratoria,
descriptiva o explicativa. En cualquiera de los casos hay que justificar el nivel
adoptado.
La presente investigación se basa en la Constitución Nacional, los tratados
internacionales firmados y ratificados por la república, en materia de derechos
humanos como protección del trabajo como derecho inherente al ser humano, ya que
por medio de este, el trabajador puede acceder a los bienes y servicios que
Garantizaran un nivel de vida digno, Las leyes de la materia, el análisis de trabajos de
grado sobre el marco jurídico vigente aplicable a la contratación de extranjeros por
parte de las empresas venezolanas.
4.2 Diseño de Investigación
Para Arias, F. (2006), en el diseño de la investigación se especifica el tipo de
investigación según el diseño o estrategia adoptada para responder el problema
planteado. Vale recordar que según el diseño, la investigación puede ser documental,
de campo o experimental. Así mismo, cada tipo se puede realizar a nivel exploratorio,
descriptivo o explicativo.
El autor Arias, F. en su libro “El proyecto de Investigación” (2006), explica
que la investigación documental es un proceso basado en la búsqueda, recuperación,
análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, es decir, los obtenidos y
registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas, audiovisuales
o electrónicas. Como toda investigación, el propósito de este diseño es el aporte de
nuevos conocimientos.
El diseño de esta investigación, es de carácter documental descriptiva porque
se basó en análisis de tesis, fuentes electrónicas, la Constitución Nacional, los
tratados internacionales, la ley orgánica del trabajo, ley de extranjería y migración y
el análisis de trabajos de grado sobre el marco jurídico vigente aplicable a la
contratación de extranjeros por parte de las empresas venezolanas.
Se obtuvo conocimientos sobre las normativas que rigen la contratación de
personal extranjeros por parte de empresas venezolanas, tomando como objeto de
estudio la empresa Petróleos de Venezuela PDVSA S.A Refinería el Palito.
Obteniendo como resultados conocimientos referentes a las normativas legales
nacionales que rigen la contratación de extranjeros por parte de las empresas
venezolanas.
Se puede observar que esta investigación tiene carácter documental
descriptivo, con la finalidad de conocer cuáles son las leyes que rigen la materia y si
son acatadas las normativas referentes al porcentaje de personal venezolano, a la
duración de la ejecución de actividades laborales de un trabajador extranjero en el
territorio nacional.
4.3 Técnicas e Instrumentos de recolección de datos
Para Arias, F. (2006), las técnicas de recolección de datos son las distintas
formas o maneras de obtener la información. Son ejemplos de técnicas; la
observación directa, la encuesta en sus dos modalidades: oral o escrita cuestionario, la
entrevista, el análisis documental, análisis de contenido, etc. Para el presente
trabajo de investigación se utilizó la entrevista, el análisis documental y el análisis de
contenido.
Para el desarrollo del presente informe se ha utilizado una serie de
instrumentos y técnicas necesarias para la resolución de los objetivos planteados en la
investigación, como primer paso se realizó la recolección de datos, revisión
bibliográfica y búsqueda de antecedentes relacionados con el objeto de estudio, lo que
permitió definir las bases teóricas para el desarrollo de la investigación.
El presente análisis inicio con el estudio de fuentes documentales a través de
la lectura general de los libros que conllevo a la búsqueda y observación de los
hechos presentes en los textos consultados relacionados con el objeto de estudio, lo
que permitió definir las bases teóricas para el desarrollo de la investigación. Las
fuentes son hechos o documentos a los que acude el investigador y que le permiten
obtener información detallada del problema planteado.
Las técnicas son los medios empleados para recolectar la información que
busca la persona que realiza el estudio. La técnica utilizada para este caso fue la
recolección de información escrita de los textos consultados.
Para Arias F., (2006), la entrevista es una técnica basada en un dialogo o
conversación “cara a cara”, entre el entrevistador y el entrevistado acerca de un tema
previamente determinado, de tal manera que el entrevistador pueda obtener la
información requerida.
Con respecto a la técnica de la entrevista se realizó una serie de entrevistas a
trabajadores de la empresa Petróleos de Venezuela PDVSA S.A “Refinería el Palito”,
específicamente a los gerentes de tres departamentos, a la gerente del departamento
de gerencia legal, al gerente de procura, y al gerente de recursos humanos, para
obtener información referente a si conocían a algún trabajador extranjero que laborara
en la previamente referida empresa, con el objetivo de ponderar si la normativa legal
contemplada en la ley orgánica del trabajo las trabajadoras y los trabajadores, articulo
27 porcentaje de personal venezolano, ha sido aplicada por la empresa.
Arias, F. (2006), define el análisis documental como el proceso que permite
mediante una operación intelectual la identificación, la descripción objetiva y la
sistematización de los elementos del contenido, así como también el significado y
forma del documento y su comparación con otros documentos de similar significado
y valor.
Este informe se orienta a la modalidad de la investigación documental donde
el proceso da inicio con la búsqueda de la información, la recolección de los datos,
análisis y finalmente la interpretación de los datos arrojados para estudiar el marco
jurídico vigente aplicable a la contratación de extranjeros por parte de las empresas
venezolanas.
Se realizo un estudio sobre los antecedentes de la presente investigación y un
análisis de las normativas jurídicas vigentes iniciando en orden jerárquico con
respecto a la pirámide de Kelsen con la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, la convención de los derechos humanos, por ser este un tratado
internacional en materia de recursos humanos, la Ley Orgánica del Trabajo las
Trabajadoras y los Trabajadores y por ultimo la Ley de Extranjería y Migración.
Arias, F. (2006), explica que los instrumentos son los medios materiales que
se emplean para recoger y almacenar la información. Como por ejemplo: fichas,
formatos de cuestionario, guía de entrevista, lista de cotejo, escalas de actitudes u
opinión, grabador, cámara fotográfica o de video, etc.
En la presente investigación el marco jurídico vigente aplicable a la
contratación de extranjeros por parte de las empresas venezolanas. Se utilizó como
métodos para recopilar información, las referencias bibliográficas, fuentes
electrónicas, tesis, y fuentes legales para la elaboración.
4.4 Técnicas de procesamiento y análisis de datos
Arias, F. (2006) explica que en las técnicas de procesamiento y análisis de
datos se describen las distintas operaciones a las que serán sometidos los datos que se
obtengan: clasificación, registro, tabulación y codificación si fuere el caso. En lo
referente al análisis, se definirán las técnicas lógicas (inducción, deducción, análisis-
síntesis), o estadísticas (descriptivas o inferenciales), que serán empleadas para
descifrar lo que revelan los datos recolectados.
El análisis de datos es el precedente para la actividad de interpretación. La
interpretación se realiza en términos de los resultados de la investigación. Esta
actividad consiste en establecer inferencias sobre las relaciones entre las variables
estudiadas para extraer conclusiones y recomendaciones.
Al concluir las etapas de recolección y procesamiento de datos se inicia con
Una vez concluidas las etapas de recolección y procesamiento de datos se inicia con
una de las más importantes fases de una investigación: el análisis de datos. En
esta etapa se determina como analizar los datos y qué herramientas de análisis
estadístico son adecuadas para éste propósito.
“Analizar significa establecer categorías, ordenar, manipular y resumir los
datos,” (Kerlinger, 1982, p. 96). En esta etapa del proceso de investigación se
procede a racionalizar los datos recolectados a fin de explicar e interpretar las
posibles relaciones que expresan las variables estudiadas. El análisis debe expresarse
de manera clara y simple utilizando lógica tanto inductiva como deductiva.
La realización del análisis de datos, implica emitir unos resultados
cuantificables de dicho estudio o experimento. La claridad de dicha presentación es
de vital importancia para la comprensión de los resultados y la interpretación de los
mismos.
A la hora de representar los resultados de un análisis estadístico de un modo
adecuado se presentarán los datos numéricos por medio de tablas, en ocasiones un
diagrama o un gráfico que pueden ayudarnos a representar de un modo más eficiente
nuestros datos. En la investigación referente al marco jurídico vigente aplicable a la
contratación de extranjeros por parte de empresas venezolanas, se utilizaran gráficos
para cuantificar el instrumento utilizado el cual es la entrevista, entre otros.
4.5 Fases de la Investigación
A los fines de cumplir con los requisitos involucrados en esta investigación, se
introdujeron tres fases en el estudio, con la finalidad de cumplir con las asignaciones
involucradas en la presente investigación. En la primera de ellas se haces un
diagnóstico del número de trabajadores extranjeros en la empresa PDVSA S.A
Refinería el Palito, en la segunda se determinan las disposiciones legales aplicables a
la contratación de trabajadores extranjeros en el territorio nacional y finalmente en la
tercera fase describir el procedimiento para que una empresa venezolana pueda
contratar a un trabajador extranjero.
Fase I: Diagnosticar el número de trabajadores extranjeros en la empresa
PDVSA S.A Refinería el Palito.
Se han encontrado en la presente investigación múltiples limitaciones debido a
que el departamento en el que fue efectuada la pasantía no es el encargado de la
contratación del personal, ello es labor de la sede principal ubicada en caracas, las
horas asignadas por la universidad resultaron insuficientes para efectuar un análisis
completo, por ello en la investigación no se logró determinar de manera exacta el
número de trabajadores extranjeros, quienes según información suministrada por la
empresa no se encuentran laborando dentro de esta en el presente.
Fase II: Determinar las disposiciones legales aplicables a la contratación de
trabajadores extranjeros en el territorio nacional.
Para desarrollar el objetivo se investigaron distintas tesis tanto a nivel
nacional como a nivel internacional sobre el marco jurídico vigente aplicable a la
contratación de extranjeros por parte de empresas venezolanas se realizo un análisis a
las distintas normas legales como la Constitución Nacional, la convención de
derechos humanos, la ley orgánica del trabajo las trabajadoras y los trabajadores y por
último la ley de extranjería y migración. Dando como resultado el conocimiento sobre
cuál es la legislación aplicable, encargada de regir la contratación de extranjeros por
parte de empresas venezolanas.
Fase III: Describir el procedimiento para que una empresa venezolana
pueda contratar a un trabajador extranjero, el cual es el siguiente:
Primeramente el extranjero que pretenda ingresar al territorio venezolano debe
poseer los requisitos de admisión es decir poseer pasaporte debidamente visado u otro
documento que autorice su ingreso o permanecía en el territorio, para que el
trabajador que desea prestar sus servicios en una empresa venezolana en virtud de un
contrato de trabajo deberá obtener la autorización laboral del ministerio interior y
justicia, el cual establecerá las condiciones del visado y el termino de permanencia,
los tramites deberá efectuarlos la empresa contratante.
La empresa contratante deberá inscribir a su trabajador en el registro nacional
de extranjeros y extranjeras, los términos y condiciones de la relación laboral, así
como la terminación de la misma dentro de un lapso de 30 días siguientes al acto, la
duración del visado solo podrá ser por un año, prorrogable por un año más. El
patrono deberá considerar el número de trabajadores que su empresa ya que la
legislación laboral establece que el 90% deberá ser venezolano, la falta de
cumplimiento por parte de la empresa, de estas normativas acarrea una sanción.
CAPITULO V
RESULTADOS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Fase I: Diagnosticar el número de trabajadores extranjeros en la empresa PDVSA
S.A Refinería el Palito.
5.1.1 Resultados
En concordancia con lo expuesto anteriormente en el desarrollo de la
investigación, podemos constatar que en la empresa PDVSA S.A Refinería el Palito.
Actualmente no se encuentra laborando personal de origen extranjero mas sin
embargo para la contratación de obras es permitido contratar hasta un 10% de
personal de origen extranjero de manera temporal. En concordancia con lo expuesto
anteriormente en el desarrollo de la investigación, podemos constatar que en la
empresa PDVSA S.A Refinería el Palito. Actualmente no se encuentra laborando
personal de origen extranjero mas sin embargo para la contratación de obras es
permitido contratar hasta un 10% de personal de origen extranjero de manera
temporal.
5.1.2 Conclusiones
Conforme a los resultados obtenidos podemos cuantificar de forma palpable el
numero de trabajadores que labora en la empresa, y ha laborado en ella, cumple con
los requisitos para la contratación de extranjeros prevista en la Ley Orgánica del
Trabajo para los trabajadores y trabajadoras articulo 27 de la referida ley y dado que
se permite hasta un 10 % de personal extranjero cumple con el principio que por cada
trabajador extranjero deben haber nueve 9 trabajadores venezolanos, así que el 90%
de los trabajadores de la empresa es venezolano.
5.1.3 Recomendaciones
Para coadyuvar al mejoramiento y eficiencia del departamento de gerencia
legal debe crearse una mayor distribución de las competencias, de tal manera que al
procedimiento de contratación de extranjeros para que labore en la empresa la
empresa PDVSA S.A Refinería el Palito. Para poseer un estudio de este tipo de
contratación, de manera más amplia, ya que la necesidad de contratar personal
extranjero considerando la fuga de talento humano en el país puede darse en cualquier
momento.
5.2 Fase II: Determinar las disposiciones legales aplicables a la contratación de
trabajadores extranjeros en el territorio nacional.
5.2.1 Resultados
El presente estudio determino que existe una diversidad de disposiciones
legales pertinentes aplicables a la contratación de trabajadores de origen extranjero en
el territorio nacional extranjero, estas leyes son la Constitución de la Republica
Bolivariana de Venezuela, la Convención de los Derechos Humanos, Ley Orgánica
del Trabajo las Trabajadoras y los Trabajadores y la Ley de extranjería y migración.
5.2.2 Conclusiones
En materia de contratación de personal extranjero por parte de empresas
nacionales, resalta como principal normativa aplicable la Constitución de la
Republica Bolivariana de Venezuela, la cual consagra en su articulado el derecho al
trabajo, la Convención de los Derechos Humanos posee jerarquía constitucional
debido a que consagra como su nombre lo indica derechos humanos el derecho
humano inalienable por ningún motivo discriminatorio de trabajar, como la manera
de obtenerlos recursos para la subsistencia y desarrollo de todo ser humano.
Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y los Trabajadores consagra una
gran cantidad de garantía a los trabajadores tanto nacionales como extranjeros que se
encuentre en el territorio nacional, en la mencionada ley destaca para la presente
investigación el porcentaje de personal venezolano. Y la Ley de extranjería y
migración, en la cual se encuentra todo tipo de normativa aplicable a la contratación
de personal extranjero por parte de empresas venezolanas.
5.2.3 Recomendaciones
Con el fin de brindar mayor protección jurídica a todos los trabajadores
Como recomendación sugiero se han realizadas mas investigaciones respecto al
marco jurídico aplicable a la contratación de personal extranjero por parte de
empresas venezolanas, se implementen mas normativas respecto a la investigación
puesto que el material encontrado para sustentar este proyecto fue escaso y el tema
central del mismo es actual pertinente y necesario.
5.3 Fase III: Describir el procedimiento para que una empresa venezolana pueda
contratar a un trabajador extranjero.
5.3.1 Resultados
El trabajador extranjero que pretenda laborar deberá poseer pasaporte
debidamente visado u otro documento que autorice su ingreso o permanecía en el
territorio, para que el trabajador que desea prestar sus servicios en una empresa
venezolana en virtud de un contrato de trabajo deberá obtener la autorización laboral
del ministerio interior y justicia, el cual establecerá las condiciones del visado y el
termino de permanencia, los tramites deberá efectuarlos la empresa contratante.
La empresa contratante deberá inscribir a su trabajador en el registro nacional
de extranjeros y extranjeras, los términos y condiciones de la relación laboral, así
como la terminación de la misma dentro de un lapso de 30 días siguientes al acto, la
duración del visado solo podrá ser por un año, prorrogable por un año más.
5.3.2 Conclusiones
En Venezuela el procedimiento para que una empresa nacional pueda
contratar a un trabajador extranjero, radica básicamente en que la empresa posea el
numero de empleados nacional requerido para contratar a un trabajador de origen
extranjero, el trabajador por su parte deberá poseer una visa de trabajo que lo
autorizara a trabajar para una empresa venezolana por un año prorrogable por un año
mas.
5.3.3 Recomendaciones
Con base a lo antes planteado se sugiere detallar mas ampliamente el proceso
para la contratación de personal extranjero por parte de empresas venezolanas, tanto
en la ley como su divulgación en las paginas Web del ministerio del trabajo puesto
que acceder a esta información ha resultado complicada por no encontrarse detallada,
y los trabajadores que pretendan ingresar al país, prestar sus conocimientos para
desarrollar la eficiencia en áreas no dadas por las casas de estudio venezolanas, no
puede acceder a esta información, y se esta perdiendo la participación de un personal
capacitado en el desarrollo del país que a su vez ayude a la formación de
profesionales nacionales.
CONCLUSION
Con la investigación efectuada ha podido concluirse que en Venezuela el
marco jurídico vigente aplicable a la contratación de trabajadores extranjeros por
parte de empresas venezolanas son las disposiciones contenidas en las siguientes
normativas de índole jurídica. La Constitución Nacional, la convención de derechos
humanos, la ley orgánica del trabajo las trabajadoras y los trabajadores y por último la
ley de extranjería y migración.
El procedimiento para que una empresa nacional pueda contratar a un
trabajador extranjero, radica básicamente en que la empresa posea el numero de
empleados nacional requerido para contratar a un trabajador de origen extranjero, el
trabajador por su parte deberá poseer una visa de trabajo que lo autorizara a trabajar
para una empresa venezolana por un año prorrogable por un año mas.
En concordancia con lo expuesto anteriormente en el desarrollo de la
investigación, podemos constatar que en la empresa PDVSA S.A Refinería el Palito.
Actualmente no se encuentra laborando personal de origen extranjero por lo tanto con
respectó a la formulación del problema se ha podido concluir que efectivamente se
cumple el marco jurídico vigente aplicable a ala contratación de trabajadores
extranjeros en la empresa PDVSA Refinería el Palito.
BIBLIOGRAFIA
Libros
Arias, F (2006) El Proyecto de Investigación (5ta edición). Caracas
Venezuela: Editorial Episteme.
Cabanellas, G (2006) Diccionario Jurídico Elemental (2da edición). Buenos
Aires Argentina: Editorial Helianto.
Kerlinger, M (1982) Metodología de la Investigación (4ta edición). Caracas
Venezuela: Editorial Romor.
Trabajos de Grado
Rodríguez, M. (2013). “Importancia de la protocolización del registro de
compra venta de bienes inmuebles residenciales como medio de transmisión del
derecho de propiedad y protección a la familia”. Trabajo de grado para la
obtención del titulo de abogado. Universidad José Antonio Páez, Carabobo.
Fuentes Legales
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Venezuela. (1999). Comentada J. Garay. Gaceta oficial de la República Bolivariana
de Venezuela, 5.908, 19-02-1999.
Asamblea Nacional: “Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y los
Trabajadores”. (2012). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela,
6.076, 07-03-2012.
Asamblea Nacional: “Ley de Extranjería y Migración”. (2004). Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 37.944, 24-03-2004.
Fuentes Electrónicas
Bermúdez, Y. y Hernández, O. (2009), “la Protección del Trabajador
Inmigrante en Situación Irregular Dentro del Ordenamiento Jurídico
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febrero de 2014 en: http://www.scielo.org.ve/pdf/gl/v15n3/art05.pdf
Texido, E. Baer, G. Pérez N. Santestevan, A y Gómez, C (2003) “Estudio
Sobre Migraciones Internacionales”. Programa de las migraciones internacionales.
Consultada el 06 de febrero de 2014 en: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---
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atricio+jimenez&source=bl&ots=c4KYcsOEqP&sig=rWueOp7hk14RPv5a8eiW1u2d
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