INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA AUXILIADORA
Sahagún – Córdoba
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TÍTULO XIX
CAPITULO XXXI
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA AUXILIADORA
SAHAGÚN - CÓRDOBA
ACUERDO No. 01 DEL CONSEJO DIRECTIVO
JULIO 03 DE 2020
Por el cual se reglamenta y adopta la modificación transitoria del Sistema Institucional
de Evaluación y Promoción de los estudiantes de la Institución Educativa María
Auxiliadora del Municipio de Sahagún – Córdoba, reglamentado el año anterior
mediante el acuerdo No. 08 de noviembre 27 de 2019, debido a las medidas
excepcionales emanadas del Ministerio de Educación Nacional (MEN), a consecuencia
de la emergencia sanitaria, que obligó al acompañamiento a distancia por parte de los
docentes y el trabajo en casa de los estudiantes con la intervención de los Padres de
Familia o cuidadores, mediante diferentes medios y metodologías flexibles.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa María Auxiliadora, teniendo en cuenta
la autonomía concedida por el Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015, las
recomendaciones del Consejo Académico y de la Comunidad educativa en general,
reglamenta y adopta los siguientes parámetros de Evaluación y Promoción de los
estudiantes para el año lectivo 2020 teniendo en cuenta la situación de confinamiento y
las directrices legales que modificaron la forma como se venían desarrollando las
clases. Estas modificaciones transitorias, están sujetas a evaluación al finalizar el año
lectivo para hacerle los ajustes correspondientes de acuerdo a las nuevas
reglamentaciones del MEN, las necesidades de la comunidad educativa y el
comportamiento de la Pandemia.
DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS
ESTUDIANTES.
Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015 (Artículo 2.3.3.3.3.4)
EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES:
Ámbitos y alcances de la Evaluación (Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015
Artículo 2.3.3.3.3.1 Sección 3)
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La evaluación se realiza en ámbitos internacionales, nacionales e institucionales,
siendo éste último, un proceso permanente y objetivo, que permite valorar el nivel de
desempeño de los estudiantes.
OBJETO DEL DECRETO 1075. (Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015, Artículo
2.3.3.3.3.2)
El Decreto aplica solo para la evaluación de los aprendizajes, de las competencias,
desempeños y promoción de los niveles de educación básica y media.
PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. (Decreto No. 1075 del 26 de
mayo de 2015 Artículo 2.3.3.3.3.3).
Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y
estilos de aprendizaje de los estudiantes para valorar sus avances.
Es indispensable entender la importancia de conocer los ritmos, las características y
los estilos de aprendizaje que todos los seres humanos tienen, a fin de facilitar a los
estudiantes el desarrollo de las competencias requeridas.
Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos.
La evaluación logrará identificar el grado de desempeño de los estudiantes en las
diferentes áreas, lo que ofrecerá al docente la oportunidad para evaluar la
metodología empleada en los procesos pedagógicos y reorientarlos cuando sea
necesario, con el fin de lograr niveles más elevados en las competencias.
Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas
para apoyar a los estudiantes que presentan debilidades y desempeños
superiores en su proceso formativo.
Este propósito busca la implementación de estrategias de apoyo para superar las
debilidades que se presentan al inicio, durante y al final de los procesos
pedagógicos del año en curso y para estimular a los estudiantes con capacidades
superiores, que demuestren y obtengan en las áreas obligatorias, un desempeño
superior en su desarrollo cognitivo e integral durante el año escolar.
Determinar la promoción de estudiantes.
Establecer las condiciones que permitirán definir la promoción de los estudiantes al
grado siguiente.
Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento
institucional.
La INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA AUXILIADORA proporcionará estrategias
para el seguimiento, control y análisis de los procesos pedagógicos y de los
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resultados evaluativos de los estudiantes, e implementará planes de mejoramiento
que garanticen la calidad educativa.
La Gestión de Calidad y Académica evaluará la eficacia y la eficiencia de dichos
planes a través de los resultados obtenidos.
Se reglamenta este aspecto con las normas y guías expedidas por el Ministerio de
Educación:
Ley 115 de febrero 8 de 1994: Ley general de Educación
Decreto 1075 26 de mayo de 2015: Compendio y racionalización de las normas de
carácter reglamentario del sector educación. Documento No. 11:
Fundamentaciones y orientaciones para la implementación del Decreto 1290 de
2009, primera edición del 2009.
Guía No. 34 para el mejoramiento Institucional. De la Autoevaluación al plan de
mejoramiento. Primera edición 2008).
Derechos básicos de aprendizaje (DBA) día E de la familia y los (DBA) en casa. Documento No. 11 Fundamentaciones y orientaciones para la implementación
del decreto 1290 de 2009 Documento 26 del MEN: Mi plan, mi vida y mi futuro. Orientaciones pedagógicas
para la EDUCACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA. Guía N°49 del MEN: Guías pedagógicas para la convivencia escolar. Ley 1620.
Decreto 1965 de 2013. Decreto 366 del 9 de febrero del 2009, artículo 2, diferentes tipos de discapacidad
y que hace referencia a los DIAC (documento individual de adecuaciones curriculares) reglamentando la EVALUACIÓN DIFERENCIADA.
Guía No. 6 Estándares Básicos de competencias ciudadanas Guía No. 21 Competencias laborales generales Decreto 1421 del 29 de agosto del 2017 atención educativa a la población con
discapacidad Mallas curriculares publicadas por el MEN finales 2017 Documento “orientaciones para el fortalecimiento del sistema institucional de
los estudiantes”: Publicado como material de apoyo del DIA E 2018 y recomendado para el desarrollo de actividades DIA E 2019.
Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022. Pacto por Colombia, pacto por la equidad
Directivas y demás documentos emanados del MEN y la SEM, durante la emergencia sanitaria y estado de confinamiento obligatorio, ocasionados por la pandemia
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EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
La evaluación en el sistema educativo colombiano se encuentra regulada por el artículo
67 de la Constitución Política, el artículo 80 de la ley 115 de 1994, (además, los
artículos 20, 21, 22 y 30 de la misma ley) y el Decreto No. 1075 del 26 de mayo de
2015, este último define la evaluación en el ámbito institucional como el proceso
permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. (Artículo
2.3.3.3.3.1, Sección 3, del Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015).
LA EVALUACIÓN. Concepto:
La Evaluación es un proceso permanente que busca estimular la formación integral del
estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias y del
alcance de los objetivos o fines propuestos en el PEI y de manera especial en el Plan
de Estudios y el Manual de convivencia, en función de la calidad y la excelencia.
Permite valorar los avances en los niveles de desempeño de las competencias para la
búsqueda del desarrollo integral humano. La Evaluación puede o no conllevar a un
juicio de valor (calificación), teniendo en cuenta todos los aspectos mencionados
anteriormente.
En la Institución Educativa María Auxiliadora, se evalúa por competencias superando
en importancia los contenidos; entendiendo la competencia como el proceso de pensar,
saber pensar, entender para actuar, saber hacer, saber convivir, por tal motivo, ser
competente es hacer uso apropiado de las capacidades intelectivas y de ciudadanía
expresadas con altos niveles de desempeño: Destrezas, habilidades, hábitos,
estrategias, dominios, procedimientos, técnicas, métodos eficientes, eficaces y
efectivos en la solución de problemas en los diferentes contextos. Se considerarán las
competencias cognitivas, procedimentales, actitudinales y comunicativas.
Competencias cognitivas (del SABER):
Capacidad para conocer y realizar procesos mentales que posibiliten pensamiento
crítico y creativo, capacidad de análisis y síntesis, razonamiento deductivo, inductivo y
lógico.
Competencias procedimentales o instrumentales (del HACER):
Capacidad para aplicar, planificar, realizar, resolver, organizar destrezas y operaciones
psicomotoras necesarias para el hacer con el saber.
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Competencias actitudinales (del SER):
Capacidad para tomar conciencia acerca de las conductas, hábitos, principios éticos y
valores morales que garantizan la formación integral humana de los estudiantes y la
toma de decisiones acertadas, coherentes con la integridad, la responsabilidad, la
honestidad, el respeto y el sentido de pertenencia con la institución. En este sentido,
las actitudes comportamentales, pueden tener injerencia en el desempeño académico,
especialmente cuando la conducta atenta contra el proceso académico o se realiza
durante una evaluación.
Competencias comunicativas (de CONVIVIR):
Capacidad de comunicarse con otros de manera efectiva y afectiva. Son las
habilidades que nos permiten entablar diálogos constructivos con los demás, comunicar
nuestros puntos de vista, posiciones, necesidades, intereses e ideas, en general,
comprender aquellas ideas que las demás personas buscan comunicar.
PROMOCIÓN. Concepto:
Se entiende por promoción: el paso de un grado escolar a otro, como resultado del
alcance de desempeños necesarios, basados en el logro de determinados objetivos,
estándares, lineamientos y derechos básicos de aprendizaje comprobados en el
proceso de evaluación, fundamentado en el alcance de las competencias y los criterios
establecidos.
Es el avance que el estudiante va logrando en su formación, evidenciado mediante el
proceso de evaluación, de manera continua y de acuerdo con el ritmo de aprendizaje,
reconociendo así, las diferencias individuales.
La promoción de un estudiante, está supeditada a TODO el proceso desarrollado por
éste durante el año, el cual debe demostrar su capacidad para superar dificultades y
alcanzar los desempeños mínimos. Es una valoración integral que no puede reducirse
a una semana final de refuerzo académico, se trata de un compendio de juicios de
valor, que permitan establecer claramente, si un estudiante está realmente preparado
para afrontar el grado siguiente o la universidad; por lo tanto, el progreso durante las
diferentes etapas y las capacidades del estudiante, están por encima de las
calificaciones obtenidas en un momento determinado, lo cual las convierte en un rastro
que demuestra el desempeño en un momento dado, que sólo sirve para el seguimiento.
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A continuación, se definen una serie de conceptos que ayudan a contextualizar el SIEE
de la Institución Educativa María Auxiliadora, permitiendo construir elementos de juicios
valorativos, en el seguimiento académico.
TRANSVERSALIDAD. Concepto.
Es la conexión y articulación entre los diferentes saberes que se imparten en las áreas
obligatorias y opcionales del plan de estudios, integrando también los proyectos que se
desarrollan en la Institución, fortaleciendo los procesos instructivos y formativos,
permitiendo que el estudiante le encuentre más sentido a lo que aprende, dada la
integralidad que se fomenta al trabajar interdisciplinariamente los conocimientos. En las
diferentes planeaciones debe reflejarse la transversalidad del tema en cuestión con las
otras áreas del conocimiento que resultan afines.
TRAZABILIDAD. Concepto.
Se define como las diferentes formas de seguimiento a las actividades curriculares y
extracurriculares desarrolladas en la Institución Educativa, valiéndose de diferentes
medios para su medición: plataformas, evaluaciones, asistencia a eventos, trabajos
escritos, exposiciones y demás mecanismos.
El seguimiento permanente y efectivo, permite retroalimentar de manera inmediata
dándole fortaleza al proceso continuo de formación, facilitando el esclarecimiento de
posibles dudas, la toma de decisiones correctivas – preventivas y el establecimiento de
contingencias.
TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. Concepto.
Es el uso del conocimiento adquirido.
En la Institución Educativa, se fomenta la transferencia del conocimiento de manera
guiada y autónoma; en la primera el estudiante es acompañado por el docente (práctica
dirigida) y en la segunda el educando de manera autónoma e independiente aplica lo
aprendido en situaciones concretas.
Durante jornadas extracurriculares, los estudiantes pueden integrarse a los siguientes
proyectos:
Investigación en Robótica
Club deportivo, musical y cultural
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Laboratorio de Inglés
Proyecto Alternativo a la Violencia P.A.V.
Cátedra de la Paz
Club de Poesía y Literatura
Prensa Escuela
Que permiten la transferencia del conocimiento acorde a las inclinaciones de los
estudiantes y sus intereses.
USO APROPIADO DE LAS TIC – TRANSVERSALIDAD ÁREA DE INFORMÁTICA.
Concepto.
En la institución el área de Tecnología e Informática se transforma para enfrentar las
necesidades del mundo actual; para tal efecto, las herramientas informáticas de uso
común (procesadores de textos, hojas de cálculo, software para presentaciones, entre
otros), se trabajan en el área de su competencia por el respectivo docente, permitiendo
que la programación orientada a objetos y la robótica, sean abordadas en la clase de
tecnología e Informática. La transversalidad es fundamental para integrar todas las
áreas básicas en torno a la tecnología, aplicando dentro de nuestro modelo pedagógico
desarrollista, conceptos constructivistas basados en la metodología STEAM (Science,
Technology, Engineering, Art y Mathematics) y la cultura educativa MAKER. Esto
implica que el perfil docente incluya competencias en el buen uso de las TIC,
entendiendo que no es sólo utilizar un video beam en la clase, se trata de incorporar
toda la potencia de los recursos digitales en el desarrollo de las mismas.
En las planeaciones debe verse claramente reflejadas las siguientes herramientas:
Blogs, wikis y plataformas
Software de simulación, inteligencia artificial, realidad virtual, realidad aumentada,
utilitarios, videos instructivos, juegos didácticos (gamificación), OVA, y demás
herramientas similares.
Uso de plataformas para efectos de trazabilidad y actividades complementarias.
Orientación ética en el uso de redes sociales cuando corresponda
Las asignaturas que lo requieran deben utilizar el laboratorio de robótica para
complementar los temas tratados, motivando a los estudiantes en solucionar problemas
del entorno de manera amigable con el medio ambiente.
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ARTÍCULO N° 01. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN:
En la Institución educativa María Auxiliadora, la evaluación tendrá las siguientes
características:
1. La evaluación es Transparente, Continua y Formativa a la vez
Continua: se realiza en forma permanente, haciendo un seguimiento al estudiante, que
permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de
formación. Se realiza durante o al final de cada tema, unidad, período, clase o proceso.
“La evaluación que se realiza de los educandos en el aula debe concentrarse en los
sucesos del día a día, en observar y buscar información para establecer cómo están
aprendiendo los estudiantes; qué necesitan aprender; dónde es necesario aclarar,
reforzar o consolidar conceptos y procesos, entre otros, para contribuir a formarlos
como seres competentes. Este tipo de evaluación tiene una naturaleza formativa tanto
para docentes como para estudiantes y su propósito fundamental es brindar
información para que los maestros vuelvan a mirar sus procesos de enseñanza y los
educandos enfaticen y consoliden sus procesos de aprendizaje” (MINISTERIO DE
EDUCACIÓN NACIONAL, 2009). De esta manera, lo que se evalúa debe ser resultado
de una acción educativa durante un determinado tiempo, lo cual lleva en sí un proceso.
El resultado no puede ser únicamente de un corte en un momento, debe ser continuo y
formativo sin excluirse mutuamente. Los correctivos se aplican de manera inmediata,
durante el proceso y no en jornadas especiales de nivelación
Formativa: “promueve la trayectoria educativa del estudiante, mediante la orientación y
la motivación”. Aprenden todos los actores del proceso. La evaluación en vez de
sancionar, debe conllevar a la motivación para que el estudiante supere sus dificultades
y alcanzar los desempeños, o sienta la necesidad de profundizar y promover su propio
aprendizaje cuando adquiere todas las competencias. Desde este punto de vista, el
alumno al ser evaluado, sentirá la necesidad de ser mejor, por eso se realiza con el
propósito de valorar el proceso, es decir, favorece o mejora constantemente aquello en
que tiene falencias, o en lo que puede profundizar: el proceso de aprendizaje de los
estudiantes, la estrategia o metodología del docente, el material pedagógico que se
utiliza al interior de las clases y las mismas relaciones Interpersonales. La intervención
en la mejora de un proceso tiene sentido hacerla mientras éste transcurre. “Este tipo de
evaluación pretende ayudar a responder a la pregunta de cómo están aprendiendo y
progresando los estudiantes de acuerdo a la obtención de los estándares básicos que
nos hemos propuesto” (Guía 11,2009). Sólo así se podrán introducir correcciones,
añadir acciones alternativas y reforzar ciertos aspectos.
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La institución comparte el propósito general plasmado en el documento “Bases del Plan
Nacional de Desarrollo 2018 -2022” (en adelante BPND), que en la página 298 describe
“La evaluación permite establecer el nivel de los aprendizajes que se espera que logren
los estudiantes mediante su paso por el proceso educativo. Brinda información a
rectores, docentes, padres de familia y estudiantes para que identifiquen las destrezas,
habilidades y competencias que los estudiantes desarrollan durante la trayectoria
escolar; al detectar fortalezas y debilidades, permite valorar el impacto de los procesos
educativos en el desarrollo de competencias de los estudiantes y definir acciones de
mejora en todos los niveles”
Es el proceso de obtener, sintetizar e interpretar información para facilitar la toma de
decisiones orientadas a ofrecer retroalimentación al estudiante, es decir, para modificar
y mejorar el aprendizaje, habitualmente se aplica durante el desarrollo de una unidad
de aprendizaje (es procesual).
No lleva necesariamente una calificación. Esto queda a criterio del docente.
Requiere de la generación de instancias dialógicas, en las cuales los estudiantes
puedan recibir explicaciones acerca de sus problemas y equivocaciones.
No tiene por qué realizarse en un formato prueba. Puede ser un trabajo, un informe,
o incluso una conversación abierta con sus compañeros. Esto dependerá del tipo de
información que el docente quiera obtener y de las habilidades o competencias que
requiera evaluar.
Constituye un insumo para el fortalecimiento permanente de las prácticas
educativas.
Se fundamenta en parámetros que se fijan para emitir juicios de valor al momento
de evaluar, estos criterios “establecen, a modo de resultados, lo que se espera de
una actividad de aprendizaje. En este sentido, se valen de indicadores que
posibilitan la valoración de los desempeños. Los criterios permiten, entonces,
identificar y valorar el aprendizaje en relación con lo que debe mostrar, exhibir,
evidenciar o demostrar un estudiante en un momento determinado de su proceso
educativo” (Documento Orientaciones para el fortalecimiento del SIEE, día E 2018).
“La evaluación debe permitir valorar los aciertos e identificar las falencias, lo que
permitirá interpretar el proceso y plantear las acciones a tiempo para alcanzar los
propósitos establecidos” (MEN,2020)
a) Integral: tiene en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del
estudiante, a través de diferentes pruebas que evidencien el proceso de
aprendizaje y organización del conocimiento demostrado en las diferentes
actividades pedagógicas desarrolladas en el aula; así como los aspectos
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formativos que incluyen cumplimiento con el manual de convivencia y
parámetros establecidos para alcanzar el nivel de desempeño. Está centrada en
la forma como el estudiante aprende, sin descuidar la calidad de lo que aprende.
(MEN 2020)
b) Sistemática: responde a un plan previamente elaborado, no se improvisa; forma
parte inseparable e importante del proceso educativo; obedece a unas normas y
criterios preestablecidos.
c) Flexible: tiene en cuenta los ritmos de desarrollo del alumno en sus diferentes
aspectos; por consiguiente, debe considerar la historia del alumno, sus
intereses, sus capacidades, sus limitaciones y, en general, su situación concreta
(aspectos socio-emocionales).
d) Innovadora: Utiliza diferentes técnicas de evaluación y hace triangulación de
la información, para emitir juicios y valoraciones contextualizadas (MEN, 2020)
e) Interpretativa: es decir, que busque comprender el significado de los procesos y
los resultados de la formación del alumno.
f) Inclusiva: “Una evaluación cuya finalidad no puede ser la de clasificar o
comparar a los alumnos sino identificar el tipo de ayudas y recursos que
precisan para facilitar su proceso educativo” (C. Duk y R. Blanco 2012).
g) Participativa: es decir, convoca de manera responsable a todas las partes en
un sentido democrático y fomenta la autoevaluación.
h) Equitativa: todos los estudiantes tienen la misma oportunidad de mostrar sus
actitudes, conocimientos, habilidades, aprendizajes o competencias; de ser
valorados y de recibir una retroalimentación oportuna.
2. Tipos de evaluación:
Teniendo en cuenta la progresión de aprendizajes, las situaciones que promueven el
aprendizaje y los objetivos alcanzados en términos de competencias, descritos en las
secuencias didácticas, en la Institución educativa se aplicarán principalmente las
siguientes evaluaciones:
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La Evaluación Diagnóstica o Inicial, que se aplica al inicio de cada secuencia o
unidad didáctica, fundamentada en aprendizajes previos o en el estándar que le
precede y que busca determinar el punto de partida apropiado para que los
estudiantes inicien su proceso de aprendizaje. Su objetivo no es obtener una
calificación, se trata más bien de que el docente obtenga información para decidir si
puede comenzar un temario nuevo, o, por el contrario, debe dedicar un tiempo a
afianzar competencias que debieron adquirirse anteriormente
La Evaluación Formativa, que se realiza durante el proceso, permitiendo medir el
desempeño de los estudiantes en tiempo real, enviando indicadores que ayudan al
docente a tomar decisiones que permitan mantener, mejorar o modificar el rumbo
de la clase, con el objetivo de optimizar el aprendizaje. Sirve de base para modificar
o afinar las secuencias didácticas. Esta evaluación se caracteriza porque aprenden
todos los actores que intervienen en ella, es motivadora y no es sancionatoria. Su
principal objetivo es evaluar para avanzar.
La Evaluación acumulativa, que se realiza al final de proceso y busca determinar
si se alcanzaron los objetivos o no. Esta evaluación es a largo plazo y puede servir
para determinar el desempeño final de un estudiante al final del proceso, aunque
este no es su principal objetivo, el cual es el de correlacionar los desempeños
obtenidos y verificar si los correctivos aplicados fueron los apropiados, para
continuar con el mejoramiento continuo.
ARTÍCULO N° 02: ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN:
Para evaluar a los estudiantes se aplicarán las estrategias:
A. Consulta de textos, publicaciones, solución de problemas y situaciones, ensayos,
análisis, interpretación, proposición, conclusiones y otras formas que los docentes
consideren pertinentes y que independicen los resultados, de factores relacionados
con recordaciones o memorización de palabras, nombres, datos cifras.
B. Procedimientos que el estudiante debe conocer y manejar adecuadamente tales
como: hacer clasificaciones, descripciones y generalizaciones, elaborar e interpretar
gráficas y esquemas, distinguir lo fundamental de lo accesorio, formular hipótesis,
hacer previsiones, buscar información, sacar conclusiones, verbalizar
procedimientos, aplicar técnicas instrumentales.
C. Procedimientos específicos, que son como su nombre lo indica, característicos y
particulares de cada disciplina que conforman las áreas del plan de estudios y han
de estar plenamente identificados en los planes de área.
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D. Los estudiantes serán evaluados teniendo en cuenta su nivel de desempeño de
forma integral (aspectos académicos, personales y sociales según el artículo
2.3.3.3.3.12 Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015), para lo cual, la evaluación
tendrá en cuenta no solo el desarrollo de competencias cognitivas y conceptuales,
sino que también incluirá las actitudes, aptitudes, valores, cumplimiento con el
manual de convivencia, el sentido de pertenencia y las competencias para la
ciudadanía.
E. La evaluación se hará con base en el desempeño alcanzado en cada una de las
competencias básicas, disciplinares y ciudadanas por parte de los estudiantes,
teniendo en cuenta los estándares y lineamientos dados por el Ministerio para cada
una de las asignaturas y de manera específica por los criterios de evaluación
previamente definidos en cada uno de los planes de Área y Asignatura establecidos
por la institución.
F. Pruebas periódicas apoyadas por una entidad externa que consolide e informe los
resultados mediante el uso de plataformas
G. Revisión de los portafolios o evidencias del trabajo de los estudiantes, que muestren
el proceso realizado o describan el producto final a divulgar dentro de una
metodología de Aprendizaje Basado en Proyectos.
H. Cumplimiento por parte de los estudiantes en las actividades planteadas por el
docente durante el acompañamiento a distancia.
Dentro de las estrategias, se contemplan los casos en que el estudiante necesite ser
evaluado en condiciones extraordinarias, diferentes o atípicas; por este motivo, se
enumeran a continuación situaciones que ameritan algún tipo de proceso de evaluación
integral diferenciada:
2.1 NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE).
“Se definen como estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) a
aquellas personas con capacidades excepcionales, o con alguna discapacidad de
orden sensorial, neurológico, cognitivo, comunicativo, psicológico o físico-motriz, y que
puede expresarse en diferentes etapas del aprendizaje” (Colombia Aprende, 2016).
“Se entiende por estudiante con discapacidad a aquel que presenta limitaciones en su
desempeño dentro del contexto escolar y que tiene una clara desventaja frente a los
demás, por las barreras físicas, ambientales, culturales, comunicativas, lingüísticas y
sociales que se encuentran en su entorno” (artículo 2 del Decreto 366 del 2009).
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La Institución Educativa con los recursos físicos y humanos disponibles, garantizará las
estructuraciones curriculares o de acceso que requieran los estudiantes para atender
sus diferencias o potencialidades. Por tal motivo, en el referente académico, el
protocolo a seguir es el siguiente:
En caso de algún tipo de Discapacidad diagnosticada, el padre de familia debe
soportar la misma ante la Psicóloga de la Institución al inicio del año escolar,
específicamente al momento de Matricularlo.
La Psicóloga presentará un informe de los estudiantes con potencialidades o
discapacidades ante los docentes, enviando copia a sus correos electrónicos y a la
Coordinación Académica
Los Docentes con la información recibida, implementarán las adaptaciones
necesarias en el proceso de enseñanza y en las evaluaciones (diferenciadas),
acorde a la discapacidad o potencialidad detectada, teniendo en cuenta las
disposiciones establecidas en el decreto 1421 del 29 de agosto del 2017, en lo
referente a la construcción e implementación de los Planes Individuales de Apoyos
y Ajustes Razonables (PIAR), si el caso lo amerita.
El Docente que note algún tipo de potencialidad o discapacidad en un estudiante
que no fue reportado, lo remitirá a Psicología para su diagnóstico y seguimiento.
El Coordinador Académico revisará, auditará y controlará el cumplimiento de las
estrategias establecidas por los docentes.
Al analizar los informes académicos, se tendrán en cuenta las condiciones de los
estudiantes NEE y las adecuaciones realizadas, toda vez que su diagnóstico sea
entregado durante el primer período académico.
La Institución Educativa informará al padre de familia de los posibles casos detectados
y que no fueron reportados por éste, para que el estudiante sea remitido a un
profesional competente que se encargue de auscultarlo, con el fin de que las
adecuaciones de acceso se ajusten a sus recomendaciones. Si el padre de familia no
cumple con este proceso, la Institución no podrá garantizar un seguimiento apropiado
al estudiante, acorde a su condición.
Las adecuaciones de acceso que se implementan a los estudiantes NEE, no se centran
exclusivamente en las evaluaciones, se fundamentan en el proceso, donde el
componente de evaluación, es sólo una parte. En este aspecto, una evaluación escrita
puede ser diferenciada tanto en contenido o en forma, también puede ocurrir que,
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dependiendo del diagnóstico, la evaluación sea igual a la de los demás estudiantes,
pero la rigurosidad en su calificación establecería la diferencia.
El hecho de que un estudiante sea atendido de manera diferenciada, no significa que
deba ser promovido, ya que éste debe cumplir, dentro de su condición, con los deberes
y responsabilidades asignados tanto en lo académico como en lo comportamental.
2.2 SEGUIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DESESCOLARIZADOS.
En caso de una desescolarización motivada por causa de fuerza mayor, la
Coordinación Académica establecerá procedimientos en común acuerdo con los
Docentes, para que, de manera autónoma, dirigida y controlada, el estudiante pueda
continuar con el proceso académico en su casa, presentando según los protocolos
establecidos para tal efecto, las evaluaciones, talleres y demás labores que se le
asignen, manteniendo al tanto a los docentes de cada área o asignatura. Para tener
derecho a este beneficio, el padre de familia debe presentar una solicitud escrita
aceptando dicha estrategia, anexando la justificación de la desescolarización. En caso
de sanción disciplinaria, el estudiante será responsable del proceso y las evaluaciones
que deje de presentar.
El estudiante que por cualquier motivo se desescolarice durante un tiempo, es
responsable de mantenerse al día en los temas desarrollados por los Docentes en el
transcurso de las clases.
Si la causa justificada de la desescolarización se extiende durante el último período
académico, el estudiante asistirá provisionalmente al grado siguiente, para no
perjudicar su formación académica, si la decisión definitiva es promoverlo. Durante un
plazo no mayor a treinta (30) días calendario, a partir del inicio de las clases, se
deberán ejecutar todas las actividades académicas que permitan emitir un juicio
objetivo por parte de los docentes, para recomendar o no su promoción, la cual estará
refrendada por el consejo académico y que deberá surtir todo el proceso de promoción
anticipada establecido en este documento.
2.3 SITUACIÓN DE CONFINAMIENTO, TRABAJO EN CASA Y METODOLOGÍAS
FLEXIBLES
Teniendo en cuenta la situación actual de confinamiento, que nos obliga al trabajo
virtual síncrono y asíncrono; integrando, supeditando y subordinando la labor
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académica a las condiciones propias y particulares de cada hogar; con la incertidumbre
de su duración, la cual está sujeta al comportamiento de la pandemia a nivel
internacional, nacional, regional y local; se hace necesario reformar transitoriamente
este documento, para que sus disposiciones se ajusten al contexto y faciliten al máximo
el desarrollo de las actividades escolares durante el año lectivo.
Siendo consecuentes con la Directiva 05 emanada del MEN el 25 de marzo del 2020,
en la cual se establecen las “Orientaciones para la implementación de estrategias
pedagógicas de trabajo académico en casa y la implementación de una modalidad de
complementario alimentario para consumo en casa”, y teniendo en cuenta todas las
disposiciones planteadas en sus anexos, la Institución Educativa María Auxiliadora,
adiciona este numeral, como parte integrante y reglamentaria del PEI.
Aspectos generales: la situación actual, en que la virtualidad representa el único
medio para el desarrollo de las clases, entendiendo que el primer período fue
presencial y ante una posible alternancia, las disposiciones se basan en las siguientes
características o condiciones:
Esta crisis limita de manera significativa el desarrollo de los contenidos previstos
en el plan de estudios que fue concebido para ser desarrollado de manera
presencial, en tiempos y circunstancias normales. Por lo tanto, deben
seleccionarse unos básicos, bajo el criterio de evitar saturar a las familias,
comprendiendo que pueden acompañar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes
a trabajar algunos aspectos, pero que la familia no reemplaza la escuela y por
tanto no le corresponde el desarrollo estricto de un plan de estudios (directiva 05
MEN). Por lo tanto se deben establecer aprendizajes priorizados para el estudio y
trabajo en casa
Tenemos un rol crucial para que los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y sus
familias puedan hacer frente a la situación y lo tendremos que realizar
encontrándonos en nuestras vidas personales en las mismas circunstancias
(directiva 05 MEN).
La Institución Educativa María Auxiliadora, viene trabajando en una educación por
procesos que apunta al trabajo por proyectos
Estamos en capacidad de diseñar experiencias educativas sencillas y estratégicas
que, desde nuestras disciplinas y campos del saber, tienen la potencialidad para
promover y fortalecer las capacidades y habilidades que están en juego para:
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Desarrollar las acciones de cuidado y autocuidado que se requieren para
preservar la vida propia y de los demás.
Reestructurar la cotidianidad en las condiciones de aislamiento que se requieren
para poder impactar la velocidad de propagación del virus.
Fortalecer la capacidad de las familias para hacer de su hogar el entorno seguro y
protegido que todos sus miembros necesitan.
Comprender y valorar la situación, tomar decisiones para hacerle frente, convertirla
en oportunidad y en experiencia que estructura la vida y enriquece su sentido tanto
en lo personal como en lo social.
Recuperar en un futuro – que deseamos cercano – la normalidad de sus vidas,
pero siendo otros, enriquecidos gracias a esta experiencia.
(directiva 05 MEN).
A todo esto, se le suma el desarrollo de actividades virtuales durante un período
emocionalmente complejo, en el cual pueden participar activamente los Padres de
Familia, pero que debe reglamentarse y orientarse de la manera apropiada, para evitar
que su función primordial de formar, se vea opacada por otras circunstancias.
A continuación, se describen textualmente algunos de los términos definidos en el
documento “Lineamientos para la prestación del servicio de educación en casa y en
presencialidad bajo el esquema de alternancia y la implementación de prácticas de
bioseguridad en la comunidad educativa”, promulgado por el MEN en junio 2020. Todos
los términos definidos en ese documento, se consideran parte integrante de este SIEE.
Acompañamiento a distancia: orientaciones pedagógicas que los docentes han
comunicado a través de diferentes medios posibles, a los estudiantes y a las familias,
desde el momento en que inició la medida de aislamiento preventivo, para dar
continuidad a la prestación del servicio educativo en los hogares.
Alternancia: opción de combinar estrategias de trabajo educativo en casa con
encuentros presenciales en los establecimientos educativos consentidos por las
familias y los estudiantes, previo diagnóstico de cumplimiento de las condiciones de
bioseguridad para preservar el bienestar de la comunidad educativa y definición por
parte de directivos y docentes, del ajuste del plan de estudios, adecuación de la
jornada escolar, edades de los estudiantes que pueden retornar, cantidad de grupos,
lugares de encuentro, entre otros.
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Evaluación para el aprendizaje: práctica sistemática y continua que da cuenta de
cómo se desarrolla el proceso educativo e integra diferentes factores del contexto del
estudiante para estimular aprendizajes significativos y el desarrollo integral.
Revisión curricular: adecuación pedagógica que realiza el equipo directivo y docente
a partir del Proyecto Educativo Institucional, para continuar impulsando el proceso de
desarrollo y aprendizaje de los estudiantes durante la situación de emergencia
sanitaria, en el trabajo educativo en casa y en las diferentes opciones de alternancia.
Mediación de las familias: rol que ejercen las familias y cuidadores para
acompañar y motivar el proceso educativo de los niños, niñas, adolescentes durante el
trabajo educativo en casa y en las opciones de alternancia.
Proyectos transversales: iniciativas pedagógicas desarrolladas de manera articulada
por los docentes integrando diferentes disciplinas para promover el aprendizaje y
facilitar la identificación de intereses y la contextualización de contenidos.
Rezago: asuntos pendientes de aprendizaje que por distintas circunstancias se pueden
haber generado en los estudiantes, a partir de la modificación de las
interacciones con sus maestros durante la medida de aislamiento preventivo.
Trabajo académico en casa: continuidad de la prestación del servicio educativo con
estrategias flexibles para ser desarrolladas en los hogares, de acuerdo con los
procesos de aprendizaje de los niños, niñas y jóvenes con el acompañamiento de los
docentes.
Transición progresiva casa-institución educativa: preparación y puesta en
marcha de acciones concretas de bioseguridad y de gestión escolar por parte de los
integrantes de la comunidad educativa para retomar de manera gradual y
consentida por las familias y estudiantes, la prestación del servicio en modalidad
presencial, durante la medida de flexibilización del aislamiento preventivo en
tiempo de emergencia sanitaria.
Metodologías Flexibles: es un concepto que inicialmente hacía referencia a
estrategias educativas escolarizadas y semi-escolarizadas, con procesos
convencionales y no convencionales de enseñanza, pero que, a raíz de la situación de
confinamiento, se utiliza para referirse a todos los mecanismos utilizados para llegar a
la población estudiantil dependiendo de su contexto. En la Institución Educativa María
Auxiliadora, además de los estudiantes de necesidades educativas especiales y los
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casos excepcionales contemplados en este documento, para efectos de la aplicación
de metodologías flexibles, se destacan las siguientes caracterizaciones:
Estudiantes sin ninguna conectividad: los cuales tendrán que desarrollar guías de
trabajo periódicamente, que retirarán en la Institución, cuya evaluación está
supeditada inicialmente a las evidencias entregadas, que posteriormente deberán
ser sustentadas cuando la situación lo amerite.
Estudiantes con teléfono convencional: estos estudiantes además de desarrollar la
guía, pueden sustentar a través de una llamada telefónica
Estudiantes con conectividad: aplican para ellos todos los procesos virtuales
síncronos y asíncronos: Representan a la mayoría de la población Colmauxista.
El estudiante debe demostrar sus limitaciones de acceso a las comunicaciones, para
que se le ajuste su metodología. La Institución se reserva el derecho a constatar la
información.
Desarrollo de actividades virtuales: para el desarrollo de las actividades virtuales se
deben tener en cuenta las siguientes regulaciones:
Cuidar la presentación personal.
Comenzar puntualmente.
Los vínculos, usuarios y contraseñas deben enviarse mínimo con 24 horas de
antelación, compulsando copias a Coordinación de Formación, Psicología y
Coordinación Académica.
Al activar la cámara, evite que ésta capte un ambiente que pueda ser objeto de
críticas, burlas o que distraigan los asistentes a la sesión.
Advierta en su casa, para que eviten las interrupciones. Ponga en silencio su
celular.
Se debe mantener el control de la sesión, evitando que se produzcan momentos de
desorden que la dilaten o desvíen su interés.
El desarrollo de la sesión debe centrarse en el tema principal, que se programa e
informa con antelación, evitando dilaciones.
Cuando comparta la pantalla, evite tener páginas abiertas que no se articulan al
desarrollo de la clase.
Silenciar a los estudiantes que no colaboran con su comportamiento, enviando un
llamado de atención en privado.
Las sesiones deben utilizarse para explicación de temáticas, socializaciones o
sustentaciones (que pueden programarse por subgrupos), no se recomienda para
socializar lo que deben hacer (para esto es mejor redactar una guía).
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Los Docentes deben Informar oportunamente su disponibilidad para asesorías y
chats, para que el estudiante o el padre de familia, no lo esté increpando en horas
inapropiadas. Debe estar disponible obligatoriamente durante las horas
programadas en el horario normal de clases como mínimo.
Las áreas o asignaturas de dos (2) horas semanales o menos, no podrán colocar
tareas adicionales, y sus actividades deben ejecutarse en el tiempo coincidente con
su intensidad horaria. A menos que exista un acuerdo entre estudiantes y docentes
Las áreas o asignaturas cuya intensidad horaria supera las dos (2) horas
semanales, podrán disponer para los trabajos adicionales, dos (2) horas menos que
sus horas semanales reglamentarias; por ejemplo, si la asignatura/área tiene cinco
(5) horas semanales, dispondrá de tres (3) horas adicionales para actividades
complementarias o labores académicas extras
Semanalmente el orientador de grupo enviará un horario con las actividades,
evitando la saturación de los estudiantes en labores académicas
Evaluación en Ambiente Virtual: durante las actividades se evaluarán principalmente
los siguientes aspectos:
Los avances: Identificar el progreso del estudiante en el desarrollo de las
actividades.
Los aciertos: Centrar la valoración en lo que el estudiante logra, más no en lo que
falla.
Las acciones: Resaltar el interés y dedicación que muestran los estudiantes al
desarrollar las actividades propuestas y destacar el esfuerzo ante la adversidad.
La creatividad: Considerar la recursividad en la forma de realizar las actividades y
su participación en ellas.
El desarrollo de habilidades: Seguir y apoyar el desarrollo social, afectivo,
emocional, fisiológico y cognitivo.
La capacidad de reflexión: Destacar los procesos de autoevaluación y
coevaluación, así como el trabajo autónomo.
ARTÍCULO N° 03: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS
ESTUDIANTES
El sistema de evaluación de la Institución educativa María Auxiliadora de Sahagún es
coherente con lo establecido en el Decreto 1075 por el cual se reglamenta la
evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación
básica y media.
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Dentro de sus lineamientos generales en términos de evaluación, a través de la
comunicación permanente con el Consejo Académico, se ha fijado a nivel institucional
los siguientes parámetros a tener en cuenta, entre otros:
La evaluación: se entiende como aquello que nos permite identificar y verificar los
conocimientos, las habilidades, los objetivos alcanzados, los desempeños de un
estudiante que avanza en un proceso de aprendizaje y formación absolutamente claro
tanto para el estudiante como para el Docente (de aquí la importancia de la etapa de
formulación en todos los casos). Así la evaluación se convierte en sí misma en una
valoración de la acción enseñanza y aprendizaje, lo cual lleva implícito tanto procesos
internos como externos, tales como:
a. La auto evaluación:
“Otorga responsabilidad al estudiante sobre su proceso de aprendizaje. Sin embargo,
esta acción debe ir acompañada por estrategias que orienten a la comprensión, por
parte de los estudiantes, de los criterios de evaluación, a fin de que sea un análisis
reflexivo y analítico que supere el solo proceso de asignar una nota” (MEN,2018)
Es considerada como la expresión de un juicio de valor y toma de conciencia,
reconocimiento de una persona por sí misma, de las capacidades y desempeños que
han obtenido. Estos desempeños comparados con normas, objetivos, metas y
competencias que deberían alcanzarse en un tiempo determinado, permiten tomar
decisiones encaminadas a mejorar la calidad de los procesos. Exige una actitud
honesta y objetiva de reconocimiento de los aciertos y las debilidades, una capacidad
de decidir y actuar, una constante interacción humana.
Es el ejercicio que realiza el estudiante para identificar sus desempeños, reconocer
dificultades, comprender las metodologías propicias y utilizar los recursos adecuados
con el fin de tomar conciencia de su propio proceso formativo.
Mecanismo:
En todas las áreas y para cada periodo académico, se favorecerá la autoevaluación de
los estudiantes, con una intención netamente formativa que favorezca la toma de
conciencia del proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a establecer sus
dificultades y avances en su desempeño.
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A partir de los resultados de la prueba diagnóstica, se socializará con los estudiantes la
propuesta de estándares y derechos básicos para el grado y cada periodo, con base en
ellos se elabora el plan de mejoramiento individual y se le hace seguimiento antes de
terminar cada periodo.
b. La coevaluación:
Hace referencia a la evaluación entre pares, entre iguales a través de la observación
y determinaciones de sus propios compañeros de estudio. Este tipo de evaluación
resulta ser realmente innovador, porque propone que sean los mismos alumnos, que
son los que tienen la misión de aprender.
Mecanismo:
Con base en el trabajo colaborativo y cooperativo, los estudiantes comprendan,
reconozcan, valoren, discutan, refrenden y respeten los puntos de vista de sus
compañeros, los cuales también pueden hacerle seguimiento y presentar sugerencias o
reconocer avances en el proceso. De igual manera los estudiantes que requieran
actividades de profundización, pueden “apadrinar” a un compañero, para ayudarle en
su proceso de formación académica, incentivando la apropiación y práctica de las
habilidades del estudiante tutor y la superación de las dificultades del estudiante
apadrinado.
c. La heteroevaluación:
Consiste en la evaluación que realiza una persona sobre otra, es la evaluación que
habitualmente lleva acabo el docente con el alumno.
Mecanismo:
Inicial: Al iniciar el año lectivo cada docente realizará una evaluación diagnóstica que
permita la aplicación de estrategias de nivelación académica en cada una de las
asignaturas, ésta también puede realizarse al inicio de cada unidad didáctica, teniendo
en cuenta las competencias a desarrollar, saberes, estándares y criterios de evaluación
previos.
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Procesual: Instancias verificadoras a través de talleres, exposiciones, consultas,
participaciones en clase, investigaciones, trabajos escritos, desarrollo de tareas. De
este proceso forman parte los informes periódicos que se entregan a los Padres de
Familia, que sirven para monitorear el proceso y establecer compromisos de
mejoramiento continuo.
Final: Para dar respuesta a las metas de calidad del Colmauxi, al finalizar cada periodo
académico se realizará una evaluación de las competencias desarrolladas hasta la
fecha de la evaluación, que puede tenerse en cuenta como actividad de nivelación
según la sustentación de la misma.
Las Rúbricas: “Por su carácter retroalimentador, la rúbrica se convierte en una guía
para fomentar el aprendizaje, aportando a la función formativa de la evaluación, ya que
orienta el nivel de progreso de los estudiantes” (López, 2013).
Actividad de nivelación: Son todas las labores desarrolladas por el estudiante y
guiadas por el docente, que permiten la apropiación de las competencias en que se ha
tenido alguna dificultad o se desea mejorar en el proceso continuo de evaluación,
convirtiéndose en un apoyo fundamental en el objetivo formativo de evaluar para
avanzar. Estas actividades se desarrollan constantemente y son aplicables a todos los
estudiantes. El Docente no está obligado a repetir la actividad con los alumnos que de
manera justificada o no, dejan de asistir.
Actividad de profundización: Son todas las labores desarrolladas por el estudiante y
motivadas por el docente, que permiten ir más allá en el desarrollo de competencias,
amplían el campo de transferencia del conocimiento adquirido, promoviendo
desempeños especializados mediante el fortalecimiento del desempeño superior de los
educandos. Un ejemplo de este tipo de actividades son las tutorías que los estudiantes
aventajados, pueden realizar con pares que manifiestan alguna dificultad.
Prueba acumulativa periódica: Son pruebas escritas que se programan al finalizar
cada período, cuyo fin principal es valorar aspectos académicos en el alcance de las
competencias, según los temas desarrollados hasta su presentación. Los docentes
utilizarán dichos resultados para aplicar las medidas correctivas necesarias, que le
garantizarán un mejor desempeño del estudiante en el próximo período o año escolar.
Después de las pruebas acumulativas, las oportunidades que se brinden, son
permanentes y opcionales hasta la entrega de resultados a Coordinación, las cuales
pueden afectar positivamente el desempeño del estudiante, pero nunca incidir
negativamente en los mismos. Por el carácter opcional de las oportunidades, el
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docente no está obligado a repetirlas, en el caso de estudiantes que durante este
proceso dejen de asistir justificadamente a las clases.
Las pruebas acumulativas no necesariamente definen el desempeño final del
estudiante en el período o año académico, salvo que dicha evaluación sea entregada
sin responder ninguna pregunta al docente evaluador, quién considerará esta situación,
como un agravante del desempeño integral del educando. También se establece una
permanencia mínima del 75% del tiempo destinado para la prueba, antes de entregar la
misma.
Los fraudes comprobados, serán considerados faltas que redundarán en la evaluación
de disciplina, además de afectar el desempeño académico.
Actividad de ejercitación complementaria: Son todas las labores desarrolladas por
el estudiante y guiadas por el docente de la institución, que permiten la apropiación de
las competencias en que se ha tenido alguna dificultad, durante un proceso continuo de
evaluación. Estas actividades no se desarrollan en el aula y dependen del estudiante
en su tiempo libre. La institución educativa ofrecerá jornadas adicionales para facilitar el
desarrollo de estas labores, lo cual tendrá un pago adicional por parte del padre de
familia. El estudiante no está obligado a tomar estas jornadas adicionales en la
Institución.
En referencia a la preparación que ofrece la Institución para las pruebas externas, el
colegio puede programar unilateralmente jornadas adicionales de ejercitación
complementaria, que no representan costo alguno para el padre de familia, pero que
son de estricta obligatoriedad para la asistencia y participación de los estudiantes,
debido a que se consideran una extensión curricular de la jornada y son parte
integrante de la instrucción que se imparte en las áreas del conocimiento. Por tal
motivo, pueden considerarse como seguimiento normal de las clases, incidiendo en la
evaluación del desempeño de los estudiantes.
Semana final de refuerzo académico:
Es una estrategia opcional, a la que la Institución puede recurrir, en el evento en que se
desee concentrar la atención en algunos estudiantes, que, a pesar de las actividades
realizadas durante el año, se tengan dudas en referencia a su promoción. Su aplicación
estará supeditada a las decisiones tomadas en un consejo académico extendido,
donde participan todos los docentes, el consejo académico y el coordinador de
formación. Forma parte del proceso y no se puede convertir en una simple oportunidad
para aprobar el grado.
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Consiste en diversas actividades de asesoría por parte de los docentes, a los
estudiantes que presentan dificultades en una asignatura, que conforma las áreas
obligatorias y fundamentales, al finalizar el año escolar. Durante estas actividades, el
docente evaluará diferentes aspectos relevantes, que permitirán definir si el estudiante
alcanzó los desempeños necesarios para recomendar su promoción en el área y por
ende su paso al grado siguiente.
En caso de aplicarse, Antes de emitir el informe final, se informará a los estudiantes
que requieren de esta semana final para garantizar su promoción, posteriormente se
rendirán informes definitivos según calendario institucional
Los estudiantes que necesitaron de la semana final de refuerzo académico y logren
aprobar el grado, deberán someterse a Actividades de Ejercitación Complementaria el
próximo año, teniendo en cuenta las competencias en las que presentaron dificultades.
Tareas o labores escolares: Se deben desarrollar en su mayoría en clase, evitando la
asignación de las mismas para realizarlas en tiempo extra (casa), debido a la
restricción total de trabajos en equipo en el hogar, a excepción de los libros que se
deben leer, investigaciones complementarias, prácticas en solución de problemas y
trabajos colaborativos en línea. El docente que recurra a este mecanismo, debe
concertar con los estudiantes el plazo de entrega dejando constancia por escrito. Todas
las labores asignadas deben ser revisadas por el docente, quién a su vez verificará la
apropiación del conocimiento y la competencia alcanzada, cuya valoración es más
importante que la entrega misma del trabajo. Cuando una labor académica se
desarrolla en grupos, éstos no deben superar los tres (3) integrantes. Para la ejecución
de talleres en clase, el docente debe acogerse a las siguientes recomendaciones:
1. Reservar con tiempo el aula especializada si el taller se realizará en un espacio
distinto al salón de clase
2. Tener TODO el material necesario listo al iniciar el taller, evitando que
estudiantes salgan del aula a conseguir materiales, fotocopias o cualquier otro
recurso para el desarrollo de la actividad
3. Durante la ejecución de la labor, el Docente debe desplazarse por todos los
grupos y participar con ellos durante algunos instantes, brindando la asesoría
necesaria. No es permitido que el Docente permanezca sentado todo el tiempo
en su escritorio durante la labor
4. En caso de recurrir a videos, la duración de los mismos no debe superar los 5
minutos. No deben proyectarse películas completas en jornadas de clase
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5. Debe destinar los minutos finales de la clase, para socializar el taller con los
estudiantes y su evaluación.
6. El docente debe aplicar durante estas actividades los preceptos concernientes al
trabajo cooperativo
Exposiciones en el Aula: el Docente debe asegurarse que el grupo se apropie del
tema expuesto, al igual prestar atención a las habilidades comunicativas del estudiante
para establecer correctivos mientras éste realiza la exposición. Una jornada de
exposiciones no debe tardar más de 2 horas. Es importante el control del tiempo en las
actividades, ya que éstas no deben convertirse en algo tedioso por su prolongación.
Actividades virtuales: la virtualidad promueve el aprendizaje autónomo y prepara al
estudiante para el teletrabajo. Comprenden todos los escenarios y herramientas
educativas que no necesitan de la presencia física de los actores del proceso.
Por su naturaleza las podemos clasificar en dos grupos:
a) Síncronas: permite la comunicación inmediata o en “tiempo real” entre los actores
del proceso, utiliza herramientas como chats, plataformas LMS, llamadas
telefónicas y cualquier otra aplicación de comunicación o colaboración en línea
b) Asíncronas: los actores del proceso se comunican en diferentes momentos (no
directos o fuera de línea), utiliza herramientas como el correo electrónico, blog,
guías impresas, video tutoriales, foros y otras aplicaciones digitales sin
comunicación instantánea
Las actividades virtuales deben ser informadas con antelación, respetando las horas
laborales, la intimidad de los actores, dosificadas, supervisadas y cumplir con las
normas legales a que hubiere lugar.
La Institución Educativa establecerá estrategias generalizadas de evaluación, las
cuales deben ser apoyadas por los Docentes, de tal manera que sus resultados sean
tenidos en cuenta y se haga la respectiva retroalimentación en los temas o
competencias en que existan falencias
Este artículo sobre ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS
ESTUDIANTES es coherente con lo planteado en la Ley General de Educación.
Ley 115, Decreto 1860 de 1994, Capítulo VI, art. 47. Que dice: en cuanto a la
evaluación: “...sus finalidades principales son:
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- Determinar la obtención de los desempeños definidos en el proyecto educativo
institucional.
- Definir el avance en la adquisición de los conocimientos.
- Estimular el afianzamiento de valores y actitudes.
- Favorecer en cada alumno el desarrollo de sus capacidades y habilidades.
- Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje.
- Contribuir a la identificación de las limitaciones o dificultades para consolidar los
logros del proceso formativo.
- Ofrecer al alumno oportunidades para aprender del acierto, del error y, en general,
de la experiencia.
- Proporcionar al docente información para reorientar o consolidar sus prácticas
pedagógicas.
La evaluación es, la constatación de que un proceso se está llevando a cabo y de qué
manera se están logrando las metas propuestas, y no tiene otra intención que mejorar
la calidad, la profundidad y el sentido del aprendizaje en la vida escolar”.
ARTÍCULO N°. 04: LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL.
Asumiendo las características de la evaluación, evitando que los promedios
matemáticos terminen definiendo el desempeño de los estudiantes y centrándonos en
la valoración de los procesos enfocados en el estudiante, en plena conformidad con el
Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015 en su Art. 2.3.3.3.3.5, la institución
educativa aplica como escala Institucional, la misma nacional de valoración:
Desempeño Superior
Desempeño Alto
Desempeño Básico
Desempeño Bajo
ARTÍCULO N° 05: CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
El término “clase”, utilizado en las definiciones, hace referencia al encuentro entre
estudiantes y docentes para desarrollar la labor académica y de formación, aplica tanto
para las presenciales, virtuales síncronas, asíncronas y guías de trabajo; de igual
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forma, cuando nos referimos al “aula”, ésta puede ser el lugar físico dentro de la
institución, fuera de ella (si la clase lo amerita) o el momento de comunicación
instantánea entre el Docente y el Estudiante a través de cualquier medio de
acompañamiento a distancia.
Durante la emergencia sanitaria, el aula se traslada al hogar y la clase es el momento
que el estudiante dedica tiempo a su formación académica, que puede estar
acompañada por el docente y la mediación de los padres de familia. Las reuniones o
encuentros realizados a través de plataformas digitales, son totalmente válidos y la
evidencia de conexión será considerada como firma del acta de asistencia.
Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños
y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas
complementando los propios:
Desempeño Superior:
Descripción:
Asume un comportamiento acorde con la vivencia de los valores y la filosofía propuesta
por la Institución, alcanzando todos los estándares, desempeños, criterios y
competencias propuestas sin necesidad de planes de mejoramiento, refuerzo o
nivelación, ejecutando eficientemente los procesos que le permiten enriquecer su
aprendizaje.
Criterios de Evaluación:
Demuestra total comprensión de la situación problema que contextualiza el
aprendizaje y la enseñanza, descrita y establecida en la unidad de estándares y
derechos básicos para la formación integral.
Responde asertivamente con el trabajo en casa, dependiendo de las herramientas
de acceso que dispone para las metodologías flexibles.
Participa en el desarrollo de las diferentes actividades en el aula, en la institución.
El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo.
Promueve de manera autónoma su propio desarrollo
Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.
Sobrepasa los estándares y derechos básicos.
Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias
vividas, adoptando una posición crítica.
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Respeta y participa en las actividades planeadas, tanto por el docente como por sus
compañeros.
Muestra un comportamiento y unas relaciones interpersonales armoniosas con
todos los miembros de la comunidad educativa, contribuyendo con su actitud a la
dinámica de grupo.
Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.
Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.
No tiene faltas de asistencia, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin
que su proceso de aprendizaje se vea afectado.
Alcanza todos los desempeños y competencias propuestas sin actividades
complementarias.
Acata lo establecido en el encuadre o acuerdos pactados con el grupo.
Manifiesta sentido de pertenencia institucional
Es puntual al entrar a clases, asumiendo la actitud ideal para iniciar labores
Colabora con sus compañeros en actividades de asesoría académica
Justifica objetiva y oportunamente su ausencia o retiro de las actividades virtuales,
cuando tiene problemas de conexión
Desempeño Alto:
Descripción:
Mantiene una actitud positiva y un comportamiento acorde con los valores y la filosofía
de la institución, alcanzando todos los estándares, desempeños, criterios y
competencias propuestas con algunas actividades complementarias, en su proceso de
aprendizaje.
Criterios de Evaluación:
Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.
Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula.
Responde con el trabajo en casa, dependiendo de las herramientas de acceso que
dispone para las metodologías flexibles.
El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo.
Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
Su comportamiento favorece la dinámica de grupo.
Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso.
Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros.
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Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas.
Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades
complementarias.
Tiene faltas de asistencia justificadas.
Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.
Es puntual al entrar a clases físicas o virtuales, asumiendo la actitud ideal para
iniciar labores
Justifica objetiva y oportunamente su ausencia o retiro de las actividades virtuales,
cuando tiene problemas de conexión
Desempeño Básico:
Descripción:
Acata y vivencia los valores y la filosofía de la Institución, alcanzando los estándares,
desempeños, criterios y competencias necesarias, con actividades complementarias,
en su proceso de aprendizaje. Durante la emergencia sanitaria, será considerado con
este desempeño, a los estudiantes que cumplan a cabalidad con las actividades
programadas, independientemente de los errores cometidos.
Los alumnos que obtengan este desempeño, serán reportados en los pre-informes
académicos que se emitan, por considerar que el alcance de los desempeños mínimos,
no forma parte de del ideal académico de la institución.
Criterios de Evaluación:
Participa eventualmente en clases.
Su trabajo en el aula es inconstante.
Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de
colaboración para hacerlo.
Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas, las cuales
argumenta con dificultad.
Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos.
Su comportamiento académico y formativo es inconstante.
Presenta dificultades de comportamiento.
Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del
período académico.
Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.
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Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.
Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución.
Suele ingresar al aula después de iniciada la clase
Se le dificulta asumir la actitud apropiada para iniciar labores en el aula
Es reiterativo al solicitar permisos para salir del aula de clases
Suele incumplir con las actividades virtuales sincrónicas y asincrónicas
Desempeño Bajo:
Descripción:
Acata y vivencia los valores y la filosofía de la Institución; no alcanza los desempeños y
competencias necesarias para aprobar un área, a pesar de las actividades
complementarias. Durante la emergencia sanitaria, será valorado con este desempeño,
a los estudiantes que no correspondan a las actividades de acompañamiento a
distancia, acorde a los medios que éste dispone para afrontar las alternativas de
formación.
Criterios de Evaluación:
El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta el progreso en su desempeño
académico.
Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas.
Necesita ayuda constante para profundizar conceptos.
Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.
Falta injustificadamente a clases
Ingresa tarde a la clase de manera reiterada
Busca pretextos con frecuencia para ausentarse de la clase
En la mayoría de las clases, no asume la actitud apropiada para iniciar sus labores
Mantiene el puesto de trabajado desaseado
incumple con las actividades virtuales sincrónicas y asincrónicas
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ARTÍCULO N° 06: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN EL
PROCESO DE EVALUACIÓN
Derechos: El estudiante debe saber:
Sobre qué se le va a evaluar.
Con qué instrumentos, se le va a evaluar.
Con qué parámetros se le va a evaluar.
De cuánto tiempo dispondrá para realizar su trabajo de evaluación.
Además, tiene derecho a:
Conocer el resultado de todas las actividades de evaluación.
A ser evaluado según su ritmo de aprendizaje
Aplicación de metodologías flexibles acorde a su condición
Comprender las razones de la valoración obtenida.
Superar las dificultades, con la orientación y el apoyo del docente.
Reflexionar sobre todo el proceso de evaluación.
Actividades de profundización, refuerzo y nivelación permanentes
Ser evaluado con justicia y equidad
Solicitar revisión de su proceso final de evaluación, mediante notificación escrita
a Coordinación Académica, en los cinco (5) días hábiles siguientes a la
notificación oficial de sus resultados.
Parágrafo: Según el Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015, el establecimiento
educativo debe “A través del consejo directivo servir de instancia para decidir sobre
reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la
evaluación o promoción”, Artículo 2.3.3.3.3.11 numeral 7.
Deberes: Para un mejor desarrollo en el proceso, el estudiante debe:
Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia.
Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación
de sus dificultades.
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ARTÍCULO N° 07: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR
Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los
estudiantes son una responsabilidad compartida por el estudiante, los docentes y los
padres de familia o acudientes. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1075 Art. 2.3.3.3.3.4).
Las actividades de seguimiento que se siguen en la Institución son:
Actividades de Nivelación
Actividades Virtuales
Entregas periódicas del pre informe.
Prueba acumulativa de periodo.
Actividades de ejercitación.
Cursos vacacionales.
Actividades de apoyo académico extracurriculares.
Reuniones con estudiantes.
Citación a Rectoría.
Identificación de fortalezas y debilidades.
Actividades de superación de debilidades, profundización e investigación.
Autoevaluación.
Direcciones de grupo.
Remisión a psicología.
Análisis periódico de los informes evaluativos con el fin de identificar prácticas
que afectan el desempeño de los estudiantes y formular planes de mejora.
Seguimiento y acompañamiento a estudiantes que llegan nuevos a la Institución.
Planes de Mejoramiento por área o asignatura.
Realización de compromisos pedagógicos por parte de los estudiantes.
Seguimiento en coordinación académica
Trabajo entre pares
Para fortalecer el proceso, se llevará un registro de las actividades realizadas siguiendo
los siguientes lineamientos:
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1. Se define en un formato llamado Plan de mejoramiento individual que se diligencia
durante el período escolar, el cual incluye: La descripción de la situación académica
del estudiante, la estrategia de refuerzo y los resultados del proceso.
2. Los docentes harán entrega a los estudiantes del Plan de Mejoramiento, una vez
detecten falencias académicas en cualquier momento del año escolar.
Parágrafo 1: Si se presentaran estudiantes en condiciones de discapacidad cognitiva
leve, diagnosticada por un profesional especializado de la Entidad Prestadora de
Servicio de Salud, será evaluado de acuerdo con sus capacidades, posibilidades y nivel
de desarrollo, haciendo las adecuaciones pertinentes.
Parágrafo 2. El plan de mejoramiento no es necesariamente un taller que el docente
deberá calificar, es una guía que contiene contenidos o actividades que el estudiante
debe realizar para superar dificultades y continuar adecuadamente con el proceso. En
caso de presentarse un trabajo escrito, prima la sustentación del mismo, como único
recurso para emitir un juicio de valor.
ARTÍCULO N° 08: OBLIGACIÓN ESPECIAL DE LA FAMILIA:
“El padre o acudiente una vez enterado a través de cualquier medio, sobre el
desempeño bajo del estudiante, deberá presentarse inmediatamente ante el profesor
de la materia o coordinador de grupo para definir y seguir el plan de mejoramiento
académico individual sin esperar hasta final del año. La Coordinación Académica o la
Comisión que el Rector(a) asigne para tal efecto, revisará el cumplimiento de los
compromisos suscritos entre la familia y la Institución. El eventual incumplimiento
será causal para estudiar la permanencia del estudiante en la institución sin
perjuicio del derecho al debido proceso.” (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art.
13 y 15).
Para la participación de los padres de familia en actividades de acompañamiento
presencial de sus hijos en una labor académica, el acudiente o padre de familia debe
solicitar con anticipación el respectivo permiso para ingresar al aula de clase y
manifestar el motivo de su acompañamiento. Estas actividades coadyuvan en el
desarrollo de competencias de los educandos, en la medida que éstos se ven
apoyados por su progenitor, el cual a su vez se integra al proceso de aprendizaje
formando parte del mismo. El docente encargado de la actividad, valorará dentro del
proceso evaluativo, la participación de los padres de familia.
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En cuanto a las actividades virtuales, el Padre de Familia debe auditar el trabajo de sus
hijos, para evitar que el uso de las TIC, pueda amenazar su integridad física y moral,
constatando que se cumplan las condiciones que le garanticen a su hijo(a) el uso del
tiempo de manera eficiente y no se dedique a labores distintas en los momentos
dedicados al estudio. Dentro de esta supervisión, además de los aspectos
mencionados anteriormente, el Padre de Familia debe asegurarse que el estudiante:
Evite distractores durante sus jornadas académicas, principalmente el uso de varias
redes sociales cuando estudia o en las sesiones síncronas, ya que varias
aplicaciones distraen la atención evitando la concentración
Elabore su horario de trabajo y distribuya bien su tiempo, la flexibilidad de las
actividades académicas, facilita su aplazamiento, lo que fácilmente conlleva a
acumular material y experimentar situaciones estresantes en el cumplimiento de sus
labores
Es importante que el Padre de Familia mantenga el control del uso que sus hijos le dan
a las redes sociales y las distintas aplicaciones.
El Padre de Familia, puede participar en la estrategia “PADRES EN EL AULA”, espacio
en el cual comparte sus experiencias de superación personal profesional con los
estudiantes, propiciando la motivación y el emprendimiento.
ARTÍCULO N° 09: PRÁCTICAS QUE PERMITEN EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES:
1. Aplicación de pruebas internas y externas tipo Prueba SABER.
2. Al iniciar el desarrollo del plan de Área o Asignatura, el docente debe especificar,
con absoluta claridad, las actividades de evaluación.
3. Conocimiento de los ritmos de desarrollo y estilo de aprendizaje del estudiante.
4. Diálogo e interacción con el Docente del área.
5. Retroalimentación del proceso enseñanza-aprendizaje en el aula.
6. Aplicación de métodos y desarrollo de hábitos de estudio.
7. Aplicación de diferentes estrategias de evaluación.
8. Comunicación permanente con los padres de familia.
9. Estímulos que incentivan el proceso enseñanza aprendizaje.
10. Asignación de estudiantes monitores con buen rendimiento académico.
11. Valoración de todas las actividades que tengan el “rótulo de tarea”, mediante
sustentación.
12. Información y acompañamiento de los procesos académicos
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13. Actividades de nivelación, refuerzo y profundización permanentes
14. Servicios adicionales complementarios de refuerzo en la Institución en jornada
contraria
ARTÍCULO N° 10: ESTÍMULOS, EXALTACIONES Y RECONOCIMIENTO DE
MÉRITOS:
Teniendo en cuenta la integralidad del proceso educativo, y el carácter formativo de la
evaluación, los estímulos, exaltaciones y el reconocimiento de los méritos, son una
herramienta poderosa para motivar a los estudiantes a ser cada día mejor y propender
por un futuro promisorio. Dichos reconocimientos suelen atarse a condiciones
específicas de un año lectivo o un período en particular.
Es deber de la Institución Educativa María Auxiliadora, reconocer en actos públicos o
con incentivos, la labor meritoria de sus educandos en los campos culturales,
académicos, deportivos, de proyección social, pruebas y concursos externos, y demás
aspectos que formen parte de su integralidad educativa. Por tal motivo, cada año y en
el momento oportuno, se establecerán mediante resolución rectoral, los
reconocimientos a que hubiere lugar y las condiciones para su aplicación.
ARTÍCULO N° 11: CRITERIOS DE PROMOCIÓN POR GRADOS.
Se entiende por promoción: el paso de un grado escolar a otro, como resultado del
alcance de los desempeños necesarios, basados en lineamientos, estándares y
derechos básicos de aprendizaje, comprobados en el proceso de evaluación,
fundamentado en el alcance de las competencias.
Los criterios para la promoción de estudiantes en la Institución Educativa María
Auxiliadora son:
1. Aprobar todas las áreas obligatorias y fundamentales.
Es causal de reprobación adicional, la siguiente:
Parágrafo: A raíz de las aplicaciones de medidas excepcionales para afrontar la
pandemia, se excluye para el año lectivo 2020, la semana final de refuerzo académico,
garantizando el mayor cumplimiento de las semanas legales de clase a todos los
estudiantes y llevando el proceso hasta el final del calendario académico establecido,
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momento en el cual, se analizarán los casos críticos en una consejo académico
extendido.
ARTÍCULO N°. 12: CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN Y GRADUACIÓN DE
BACHILLERES:
1. Para obtener el Título de BACHILLER ACADÉMICO, el estudiante deberá ser
promovido según lo contemplado en el Decreto 1075 y los criterios de promoción
establecidos en el Artículo 2.3.3.3.3.6 de este documento. Además de cumplir con
los requerimientos exigidos por el MEN y la Secretaría de Educación Municipal para
tal efecto, como el Servicio Social Obligatorio (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de
1994) entre otros.
2. Para ser proclamado Bachiller de la Institución Educativa María Auxiliadora, el
estudiante debe estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución y haber
cancelado los derechos de grado correspondientes.
3. La situación de los casos particulares que no se inscriban en este artículo, será
definida por la respectiva comisión o consejo competente, quien atendiendo a las
directrices consignadas en la Ley o en el Manual de convivencia, definirá su
graduación.
ARTÍCULO N°. 13: PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES
DE FAMILIA Y ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES:
Los informes parciales que entrega la Institución Educativa, no son un corte en el
proceso de evaluación y seguimiento académico, deben interpretarse como
“momentos” de monitoreo en el desarrollo de los aprendizajes, los cuales emiten
señales de advertencia para que, con antelación, se activen los correctivos necesarios,
que permitan dentro de una evaluación formativa, superar las dificultades o mejorar los
desempeños. En cumplimiento del Art. 2.3.3.3.3.4 numerales 8 y 9 del Decreto 1075, la
institución establece que:
1. La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a
cuatro (4) períodos (incluyendo el final); al finalizar cada uno, los padres de familia o
acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la
valoración asignada en cada una de las áreas y la descripción de desempeño del
estudiante en el transcurso del periodo escolar, fundamentados en los criterios de
evaluación.
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2. La institución Educativa podrá emitir pre-informes académicos para efectos de
seguimiento y control, los cuales, en número y periodicidad, quedan sujetos a
determinaciones establecidas acorde a las necesidades e incluirán el desempeño
del estudiante hasta ese momento y no el del período que está cursando.
3. Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe
final que incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada
área durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por
parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar
dificultades durante el proceso.
4. Los tres informes periódicos y el informe final de evaluación mostrarán el
rendimiento en cada área mediante la escala nacional establecida en el Decreto No.
1075 del 26 de mayo de 2015 artículo 2.3.3.3.3.5.
5. Los informes mostrarán en el encabezado la identificación del estudiante, el grado
que cursa y demás datos que lo ubican en la Institución. Se discriminarán las áreas
o asignaturas que cursa el estudiante, con las calificaciones del periodo en cuestión
y las del anterior, sólo en escala nacional, las cuales no son promediables ni
acumulativas. Los resultados anteriores son informativos para efectos de
seguimiento y tendencias académicas; éstas se complementarán con las
descripciones del desempeño, que dará cuenta del progreso del estudiante
reflejando sus dificultades, fortalezas, recomendaciones y demás aspectos
inherentes al proceso educativo y que apuntan a mejorar sus competencias en el
área o asignatura reportada. El informe será perfectamente entendible tanto por
parte del estudiante como por el padre de familia.
6. El informe incluirá la evaluación actitudinal y comportamental del estudiante, al final
del mismo, con un espacio para observaciones y la firma del orientador de grupo.
7. Antes de actualizar las calificaciones en la plataforma, el estudiante debe estar
plenamente informado del seguimiento académico que justifica su desempeño en
cada asignatura.
Parágrafo: Los diferentes estamentos directivos competentes de la Institución, podrán
determinar cualquier información adicional para que sea impresa en el boletín
informativo, sin que ésta sea objeto de una estricta reglamentación anticipada; así
mismo, pueden determinar la entrega de informes adicionales si es considerado
pertinente acorde a las circunstancias.
ARTÍCULO N°. 14: COMISIONES U OTRAS INSTANCIAS DE SEGUIMIENTO
ACADÉMICO
Siendo coherentes con lo establecido en el decreto 1075 en su Artículo 2.3.3.3.3.11
“Responsabilidades del establecimiento educativo”, numerales 3, 5, 7 y 8, La Institución
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como organismo veedor del proceso y calidad académica, se encargará de estudiar,
analizar y tomar decisiones en lo concerniente a la evaluación y promoción de los
estudiantes de acuerdo con la consecución de logros, el desarrollo de competencias y
desempeños significativos en cada una de las áreas estipuladas en el plan de
estudios, como se describe textualmente a continuación:
“Numeral 3: realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar
e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación
de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de
familia y docentes.
Numeral 5: crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los
procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.
Numeral 7: a través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre
reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la
evaluación o promoción.
Numeral 8: analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar
prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e
introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar”.
La Institución Educativa, velará a través del Consejo Académico, la Coordinación
Académica, o la comisión que opcionalmente puede crear, las siguientes funciones:
a. Analizar al finalizar cada período escolar los casos de estudiantes que hayan
quedado en la valoración final de cada periodo con por lo menos una (1) área con
desempeño bajo y hará las recomendaciones generales o particulares a profesores
u otras instancias de la institución para seguir actividades de refuerzo y nivelación.
A los estudiantes con casos críticos, es decir, con un número significativo de
asignaturas o áreas con desempeño bajo, este organismo determinará las medidas
a seguir, con el fin de seguir el conducto regular y acordar los compromisos por
parte de los involucrados.
b. Recibir por escrito, analizar y resolver los reclamos académicos que se presenten y
sean de su competencia.
c. Garantizar que, al finalizar el año escolar, se apliquen y cumplan los criterios de
promoción estipulados en el artículo 11.
d. Estudiar los casos de educandos con desempeño excepcionalmente alto con el fin
de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada.
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Sahagún – Córdoba
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e. Consignar en actas Todas las decisiones, observaciones y recomendaciones de las
Comisiones, que serán la base para posteriormente tomar las decisiones de la
promoción de estudiantes establecida en este documento.
f. Velar por el normal desarrollo de las clases, el debido proceso en el seguimiento
académico de los estudiantes y el clima institucional que facilite el aprendizaje de
los mismos
g. Cuando la insuficiencia académica se deba a problemas de índole disciplinario y
comportamental, evaluará la situación y establecerá un informe sobre el correctivo o
la sanción que corresponda; dichas decisiones son de carácter consultivo.
h. Si se reportan estudiantes con dificultades comportamentales, que requieren
consultas o exámenes externos, se le dará al padre de familia un tiempo prudencial
para hacer llegar dichos resultados a la institución por intermedio de la Psicóloga.
i. Establecer para cada año lectivo, las políticas de evaluación que regirán para las
áreas que están integradas por varias asignaturas, estableciendo los mecanismos
que permitan consolidar una sola calificación teniendo en cuenta todos los criterios
planteados en este documento; así mismo, definirá la incidencia de pruebas
acumulativas o evaluaciones afines, en la valoración final del desempeño de los
educandos.
ARTÍCULO N°. 15. PROMOCIÓN ANTICIPADA:
“Es un reconocimiento de las diferencias y ritmos individuales de aprendizaje para los
estudiantes que, durante el primer período académico, demuestren rendimiento
Superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias
básicas propuestas para el grado que cursa. El Consejo Académico, previo
consentimiento de los padres de familia, recomendará al Consejo Directivo la
promoción anticipada al grado siguiente” (Artículo 2.3.3.3.3.7 Decreto No. 1075 del 26
de mayo de 2015).
Criterios para la promoción anticipada de estudiantes con rendimiento superior:
Desempeño Superior en cada una de las áreas en el grado actual.
Superar una prueba integral en cada una de las áreas del grado actual.
Aceptación por parte del estudiante, padre de familia o acudiente.
Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo
consentimiento o solicitud de los padres de familia, recomendará ante el consejo
directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre
un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de
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las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el
acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar.
No tener anotaciones disciplinarias
Promoción anticipada para los estudiantes no promovidos:
Es un reconocimiento de las diferencias y ritmos individuales de aprendizaje para los
estudiantes que no fueron promovidos. Un estudiante no puede acogerse a promoción
anticipada por reprobación del grado, dos (2) veces consecutivas.
“La repitencia de un grado es una medida extrema que no puede ser la regla general
sino la excepción” (Documento No. 11 Fundamentaciones y orientaciones para la
implementación del decreto 1290 de 2009)
Criterios:
Estudiantes que no fueron promovidos el año inmediatamente anterior.
Estudiantes que no manifestaron actos de indisciplina reincidentes
Estudiantes que no fueron suspendidos por medidas de convivencia
Estudiantes que no fueron promovidos anticipadamente el año anterior, por
reprobación
El Padre de Familia debe presentar la solicitud escrita ante el Consejo Académico. El
plazo máximo será la primera semana del año lectivo.
Una vez analizados los criterios, el consejo académico notificará a los padres
solicitantes, la negativa o aceptación de sus pretensiones e iniciará con los admitidos el
proceso de evaluación del estudiante.
Proceso:
Se le entregará a cada estudiante, la evaluación acumulativa de los períodos en que
manifestó dificultades, por cada asignatura, como material base para evaluar las
competencias que definirán su promoción.
Se nombrará un “Docente Evaluador”, distinto al que le dictaba clases el año
anterior.
Durante el proceso de promoción, deberá mostrar en el grado que cursa, buen
rendimiento académico, responsabilidad y disciplina.
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Se establece un plazo máximo de seis (6) semanas, a partir de la aceptación de la
solicitud, para realizar la etapa de evaluación.
Para tener derecho a la promoción anticipada, el estudiante deberá obtener
desempeños en alto o superior en el (las) área(s) o asignatura(s) evaluada(s).
Centradas principalmente en las que no logró aprobar el año anterior.
Aceptación por parte del estudiante y de sus padres o acudientes.
El consejo académico después de analizar la situación de estudiante, previas
actividades evaluativas realizadas por un docente competente, hará la recomendación
ante el consejo directivo, quien en última instancia aprobará la promoción anticipada,
quedando ésta consignada en el acta correspondiente, y en caso de ser positiva en el
registro escolar. Según lo dispuesto en el artículo 2.3.3.3.3.7 Decreto No. 1075 del 26
de mayo de 2015.
ARTÍCULO N°. 16: EL DEBIDO PROCESO ACADÉMICO:
1. Para el estudio de circunstancias académicas es necesario establecer unos
canales y unos procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones.
Se requiere en todos los casos que haya una comunicación permanente y
respetuosa entre el colegio y la familia del estudiante con el fin de garantizar un
adecuado seguimiento y acompañamiento de la situación presentada.
Instancias:
a. El Docente encargado del área
b. El acompañante de grupo
c. Coordinador Académico
d. La comisión designada para tal efecto en caso de que exista
e. Consejo académico.
f. Consejo académico extendido (consejo académico con el resto del cuerpo docente).
g. El Rector
h. Consejo Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1860/94, literal
b Art. 23. y el Decreto No. 1075 del 26 de mayo de 2015 art. 2.3.3.3.3.11 numeral 7.
2. Con los estudiantes que presenten dificultades académicas y que se remitan a
instancias superiores se procederá de la siguiente manera:
REUNIÓN DE CONSEJO ACADÉMICO. Se analiza el caso y se recopilan las
evidencias necesarias
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CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Para informar sobre el programa de
nivelación, actividades de refuerzo y plan de mejoramiento al que haya lugar en
las áreas en las que se presenta desempeño bajo. (Esta citación es realizada
por el Profesor encargado de la asignatura o acompañante de grupo según el
caso). El padre de familia firmará el recibido de los planes de mejoramiento, el
seguimiento y el compromiso académico.
CITACIÓN A RECTORÍA: Agotadas todas las instancias se citará a los Padres
de Familia y estudiante para establecer acuerdos por no cumplir los
compromisos pactados.
3. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en
relación a la evaluación, deberá seguir el conducto regular especificado en el
numeral 1 del presente artículo.
4. El Padre de familia que requiera comparecer ante un funcionario de la Institución,
deberá agendar con antelación una cita, salvo que el encargado acepte recibir la
visita.
5. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en
relación a la promoción, deberá enviar una solicitud por escrito al Consejo Directivo
en los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
6. Todos los reclamos deben hacerse utilizando el formato destinado para tal fin, y
serán respondidos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la radicación
del documento.
Parágrafo 1: El incumplimiento del padre de familia a cualquier cita emanada por algún
estamento de la institución, será interpretado como “actitud negligente” y conformará un
paso negativo en el seguimiento integral del estudiante.
Parágrafo 2: No serán atendidos los padres de familia que de manera insultante y
amenazante se dirijan a cualquier funcionario de la Institución.
Parágrafo 3: En todo momento estará disponible un formato PQRS (peticiones, quejas,
recomendaciones, sugerencias, felicitaciones), en formato físico y digital (Web
Institucional), para atender a cualquier miembro de la comunidad académica. Al
diligenciar este formulario, éste será remitido a la dependencia competente. Los
asuntos Académicos se atienden sólo por este medio, no son válidos los mensajes en
redes sociales y mucho menos los anónimos. Dependiendo del tipo de requerimiento,
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en caso de ameritar respuesta, ésta se dará en los términos estipulados por las leyes
vigentes.
ARTÍCULO N° 17. El Consejo Académico como máximo organismo y autoridad en
materia académica, de acuerdo con el decreto 1075 del 2015, tomará decisiones sobre
todos los aspectos o situaciones que no estén contempladas en la presente resolución.
ARTÍCULO N° 18: El sistema de evaluación de los estudiantes hace parte integral del
manual de convivencia y tendrá vigencia a partir del 2020 y deroga todos los
reglamentos establecidos con fundamento en lo determinado en el Decreto 1075 del 26
de mayo del año 2015.
Expedida en la sala de reuniones virtual del Consejo Directivo de la Institución
educativa María auxiliadora de Sahagún - Córdoba a los 3 días del mes de julio de
2020.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
________________________________
Hna. Estevelana Ortiz Suárez
Rectora
_________________________ _________________________
JAVIER PÉREZ WARNES NORYS FERNANDA CAUSIL
Representante de los Docentes Representante de los docentes
____________________________ _________________________
RODRÍGO SARIEGO NICOLÁS BULA
Representante del Consejo de Padres flia. Representantes de ASOPADRES
________________________________ ___________________________
SANDRA RODRÍGUEZ MERLANO MARTHA DANIELLS
Representante del Sector Productivo Presidenta de la Asociación de egresados
______________________________ ___________________________
SARA GONZÁLEZ CLAUDIA GONZÁLEZ
Personera de los estudiantes Administradora de la institución