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Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

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Webinar ofrecido por Aytos sobre los aspectos legales clave de la implantación de la factura electrónica en el que fui invitada a participar como ponente.

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Page 1: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

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Page 2: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Normativa

Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura

electrónica y creación del registro contable de facturas en el

Sector Público.

Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan

los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de

facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley

25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura

electrónica y creación del registro contable de facturas en el

Sector Público.

Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se

aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones

de facturación.

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Page 3: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Normativa

Ley 25/2013, de 27 de diciembre,

de impulso de la factura

electrónica y creación del registro

contable de facturas en el Sector

Público

Publicada en el BOE de 28 de diciembre de 2013

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Page 4: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Reducir la

morosidad

Proteger a

los proveedores

Reducir

cargas

En el punto de mira….

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Page 5: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Impulsar el uso de la factura electrónica

Crear el registro contable de facturas

Regular el procedimiento para su

tramitación en las AAPP

Regular las actuaciones de seguimiento

Objetivo de la Ley

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Page 6: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Normativa. Entrada en vigor

El 1 de Enero de 2014 anotación de facturas

en el registro contable de facturas

El 15 de enero de 2015 será obligatoria la

factura electrónica en el marco de las

relaciones con las Administraciones Públicas

Todo ello sin perjuicio de la entrada en vigor de

la ley a los 20 días de su publicación

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Page 7: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Proveedores Punto

General de Entrada

Registro contable

Presentación de las

Facturas

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Page 8: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

La Factura Electrónica

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Page 9: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

La Factura Electrónica. Qué es

¿ Que es una factura electrónica ?

Un documento tributario generado en formato electrónico

que reemplaza el documento físico siempre y cuando

cumpla los requisitos legalmente establecidos y se

garantice su autenticidad

Requisitos

Formato electrónico de la factura

Transmitida por medios electrónicos

El formato electrónico y la transmisión deben garantizar

la integridad y autenticidad

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Page 10: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

La Factura Electrónica. Formato

Mientras no se apruebe por orden ministerial

el formato las facturas que se remitan a las

AAPP se ajustaran al formato Facturae,

versión 3.2. / 3.2.1.

Podrán garantizar su autenticidad e

integridad mediante certificado válido en la

plataforma de validación de certificados

electrónicos @firma del MINHAP

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Page 11: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

La Factura Electrónica

Tendrán un formato estructurado

Firmadas con firma electrónica avanzada (art. 10.1.a) del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las

obligaciones de facturación)

Se admitirá el sello electrónico avanzado

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Page 12: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

La Factura Electrónica. El Formato

Para hacer una factura electrónica en formato Facturae:

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo proporciona

gratuitamente una aplicación que se puede encontrar en el

enlace:

http://www.facturae.es/es-ES/Aspectos/Paginas/Index.aspx.

Podemos encontrar también otras aplicaciones gratuitas.

Existen plataformas privadas que ofrecen este servicio

normalmente junto con otras prestaciones como pueden ser la

custodia de los documentos o, incluso la gestión de toda la

facturación.

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Page 13: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Los proveedores

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Page 14: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Facturas emitidas en el marco de

las relaciones entre proveedores

y AAPP

(entidades y organismos del Art. 3.2

del TRLCSP)

Ámbito subjetivo de la Ley 25/2013

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Page 15: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Obligación de presentar las

facturas ante un registro

administrativo en el plazo de 30

días desde la fecha de entrega

efectiva de la mercancía o

prestación del servicio

Obligación de presentar las facturas ante las AAPP

Registro

Administrativo

Punto General

de Entrada

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Page 16: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Entidades obligadas al uso de la factura electrónica. Art. 4

Sociedades anónimas

Sociedades de responsabilidad limitada

Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan

de nacionalidad española

Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes

en territorio español en los términos que establece la normativa

tributaria

Uniones temporales de empresas

Agrupación de interés económico, agrupación de interés económico

europea, fondo de pensiones, fondo de capital riesgo, fondo de

inversiones, fondo de utilización de activos, fondo de regularización del

mercado hipotecario, fondo de titulización hipotecaria o fondo de

garantía de inversiones

En vigor a partir de

15 de enero de 2015

Page 17: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Las AAPP podrán excluir

reglamentariamente la obligación para

las facturas de importe hasta 5.000

euros

El uso de la factura electrónica. Art. 4

¿ Se pueden presentar facturas de importe

inferior a 5.000 euros?

¿ Brutos, Netos?

Page 18: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

El Punto General de Entrada

Page 19: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Punto General de Entrada

Punto

General

de

Entrada

1. Factura

2. Comprobación de que la factura tiene

el formato exigido, firmada con un

certificado reconocido válido y vigente.

3. se enviará al proveedor un acuse de

recibo acreditativo de la fecha y la hora de

la presentación de la factura.

4. Notificación de los cambios en el estado

de tramitación de sus facturas: registrada,

recibida, verificada, conformada,

reconocida, pagada, propuesta de

anulación, anulada o rechazada.

Page 20: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

El denominado Punto General de

Entrada de facturas electrónicas tendrá

los efectos que se deriven de la LRJPAC

respecto la presentación en un registro

administrativo

Punto General de Entrada

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Page 21: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Es una solución de intermediación entre quien

presenta la factura y la oficina contable

competente para su registro

Proporcionará un acuse de recibo electrónico con

acuse de recibo acreditando fecha y hora de

presentación

El proveedor podrá consultar el estado de la

tramitación de la factura

Proporcionará un servicio automático de puesta a

disposición o remisión a las oficinas contables

Punto General de Entrada

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Page 22: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Cada AAPP debe crear un Punto General de

Entrada para las facturas electrónicas para

que sean presentadas por los proveedores y

lleguen electrónicamente al órgano

competente para su tramitación y a la oficina

contable

Punto General de Entrada

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Page 23: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Las entidades locales podrán adherirse al

punto general que proporcione la Diputación,

CCAA o Estado

Las CCAA podrán adherirse al Punto General

que proporcione el Estado (FACe)

(Si bien la adhesión es voluntaria, la no adhesión

deberá justificarse en términos de eficiencia de

acuerdo con el artículo 7 de la LOEPSF)

Punto General de Entrada. La adhesión

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Page 24: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Se efectuará por medios telemáticos establecidos al

efecto por la Secretaria de Estado del MHAP

Se aceptaran íntegramente las condiciones de uso

de la plataforma

Los desarrollos técnicos que en su caso se deban

implementar por las EELL o CCAA serán financiados

a cargo de sus respectivos presupuestos

Punto General de Entrada. La adhesión

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Page 25: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

¿ Obligatoria o voluntaria ?

Punto General de Entrada. La adhesión

Modificación de las condiciones financieras de las operaciones

de endeudamiento formalizadas en la primera fase del

mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de

las entidades locales

Adhesión al Punto General de

Entrada de facturas electrónicas

de la Administración General del

Estado

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Page 26: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

¿ Con coste ?

Según la Disposición Adicional 5

La adhesión al punto general de la AGE

podrá conllevar la repercusión de los costes

económicos que se generen

Punto General de Entrada. La adhesión

El tutorial publicado en el MINHAP sobre la

“Modificación de determinadas condiciones financieras

de las operaciones de endeudamiento formalizadas en

la primera fase del mecanismo de financiación para el

pago a los proveedores de las entidades locales” indica

que la adhesión a la plataforma es gratuita para las

Entidades Locales

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Page 27: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

¿Pueden haber dos puntos generales de

entrada, por ejemplo, el de la AGE y el del AOC

(Cataluña)?

Según el artículo 6.1 de la Ley 25/2013, “el Estado, las

Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, dispondrán

de un punto general de entrada de facturas electrónicas a través

del cual se recibirán todas las facturas electrónicas que

correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o

dependientes. No obstante lo anterior, las Entidades Locales

podrán adherirse a la utilización del punto general de entrada de

facturas electrónicas que proporcione su Diputación, Comunidad

Autónoma o el Estado

Punto General de Entrada.

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Page 28: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

¿Qué ocurre con las entidades ya

adheridas al servicio e.FACT

proporcionado por el Consorci AOC

si debe darse cumplimiento a la

Resolución de 13 de mayo de 2014?

Punto General de Entrada.

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Page 29: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

El órgano responsable órgano

administrativo destinatario

aunque

Se puede usar el Punto General de

Entrada como medio de archivo y

custodia

Archivo y Custodia de la documentación

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Page 30: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Presentación de las Facturas

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Page 31: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

¿ Como presento las Facturas?

A través del portal https://face.gob.es

Mediante una interfaz de servicios web para

la cual se requiere desarrollo informático por

parte del proveedor para integrar los servicios

con FACe

Presentación de las Facturas

Formato de Facturas:

Formato FACTURAE - Versiones 3.2 y 3.2.1. www.montsecarpio.es

Page 32: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Para que la FACe dirija las facturas correctamente y las oficinas

contables sepan a que unidades van destinadas es necesario

que dentro de la factura comprenda, entre su contenido

obligatorio:

La identificación de la oficina contable: Tienen atribuida la

función de contabilidad y son competentes para la gestión del

registro contable de facturas

El órgano Gestor: Corresponde la competencia para la

aprobación del expediente de gasto

La unidad Tramitadora: Le corresponde la tramitación del

expediente, sin perjuicio de a quien competa su aprobación

Opcionalmente puede indicarse el órgano proponente y el

número de expediente

Presentación de las Facturas

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Page 33: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Todas estas unidades:

Pueden ser unidades distintas

Pueden ser la misma unidad

Dos la misma unidad, la tercera distinta

Con ello se da respuesta tanto a organizaciones

grandes como a organizaciones mas pequeñas

Presentación de las Facturas

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Page 34: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Anulación de facturas:

Si se detecta que una factura es incorrecta el

proveedor podrá solicitar la anulación de la factura

Justificante de entrega:

Cuando se presenta un factura el sistema devuelve un

justificante con un código de registro administrativo de

presentación de la factura

Presentación de las Facturas

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Page 35: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Alta en el sistema:

Si la factura se presenta a través del portal

https://face.gob.es no es necesario estar registrado,

solo disponer de un certificado electrónico para remitir

las facturas a la oficina contable

Si se integran el sistema informático con FACe a

través del interfaz de web services es necesario un

registro previo del proveedor que va a remitir las

facturas

Presentación de las Facturas

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Page 36: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

El Registro Contable

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Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los

requisitos funcionales y técnicos del registro contable de

facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley

25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura

electrónica y creación del registro contable de facturas en el

Sector Público.

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Page 37: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Instrumento clave para un control contable

riguroso de las facturas recibidas por las

Administraciones

Control de la morosidad

Contribuirá a proporcionar un mejor control del

gasto público

Facilitará el seguimiento del cumplimiento de

los compromisos de pago

El Registro Contable

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Page 38: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

La gestión corresponderá al órgano

que tenga atribuida la función de

contabilidad

Estará integrado en el sistema de

información contable

El Registro Contable

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Page 40: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Devolución de las Facturas

La unidad tramitadora destinataria de la factura expresará su

conformidad o disconformidad con la misma accediendo

directamente al registro contable correspondiente o a través de

su propio sistema de gestión en el caso de que este último

pueda hacer uso de los servicios provistos a tal fin por el registro

contable de facturas.

Cuando dé lugar a la devolución de la factura, se hará por

el procedimiento inverso al de su presentación, es decir, a través

de la oficina contable y el registro en el que la presentó el

proveedor.

En el procedimiento de devolución de la factura se indicará los

motivos o incidencias que han motivado dicha devolución.

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Y..…

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Page 42: Aspectos legales de la implantación de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable

Y.…..

Mientras no venza el plazo de la obligatoriedad de la Factura

Electrónica en la relación de los proveedores con las AAPP, para

su presentación, el artículo 9.2 del RD 1619/2012 exige el

consentimiento del destinatario y la Orden PRE 2971/2007 exige el

consentimiento expreso, por tanto, el consentimiento no puede ser

implícito

A nivel europeo se está trabajando con un estándar de Factura

Electrónica. La Firma Electrónica no será obligatoria

La Ley no cambia el cómputo de plazos

Intercambio de información con la Agencia Tributaria

Las medidas no deben suponer un incremento del gasto público

No será de aplicación a las facturas ya expedidas en el

momento de entrada en vigor de la obligatoriedad www.montsecarpio.es

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Conclusión

La Ley 25/2013 y la Orden HAP/492/2014 (excepto su

disp.ad.primera) son normas básicas y como tal se

imponen a todas las Administraciones Públicas.

Ámbito subjetivo: Facturas emitidas en el marco de las

relaciones entre proveedores y AAPP, obligatorias a partir

del 15 de enero de 2015

Dos aspectos clave: El Punto General de Entrada (con los

efectos que de acuerdo con la LRJPAC se deriven de su

presentación en un registro administrativo) y el Registro

Contable (con el objetivo de proporcionar al sistema

contable la información y seguimiento de los compromisos

de pago y determinación del período medio de pago)

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! Gracias por su atención !

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Montse Carpio

Jefe de Servicios Económicos en

Administración local

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