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MAPA CONCEPTUALSEGURIDAD SOCIAL
Nombre: Carolina Gutiérrez PomarCedula: 19.355.952Profesora: Nelly PerezMateria: Seguridad Social – SAIA -A
UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALESESCUELA DE ADMINISTRACIÓN Y RELACIONES INDUSTRIALES
Enero, 2015
LA SEGURIDAD SOCIAL
Continuación:
• Maternidad• Vejez• Sobrevivencia• Enfermedad• Accidente• Incapacidad• Invalidez• Muerte• Nupcias• Retiro• Cesantía o
despedida de empleo.
cubre
Regímenes
Sanciones
Las Contingencias:
Obligatorio Voluntario
Esta Ley se sancionarán las infracciones de la siguiente manera:a. Leves: con multa de veinticinco unidades tributarias (25 UT).b. Graves: con multa de cincuenta unidades tributarias (50 UT).c. Muy graves: con multa de cien unidades tributarias (100 UT).
a
A. Son infracciones leves:1. No informar por el IVSS la modificación, suspensión o extinción de la relación laboral por cualquier causa.2. No llevar y mantener al día el registro del personal por el IVSS.B. Son infracciones graves:1. La falta de inscripción en el IVSS antes del inicio de su actividad.2. La omisión de informar sobre la cesación de actividades, cambios de razón social, traspaso del dominio a cualquier título, entre otras.3. La omisión de inscribir a sus trabajadores en el IVSS dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su ingreso al trabajo.4. No informar por el IVSS la variación en el salario del trabajador.C. Son infracciones muy graves:1. Efectuar retenciones por concepto de cotizaciones a las trabajadoras y superiores.2. Impedir las fiscalizaciones que ordene el IVSS, negando el acceso a la empresa, establecimiento, explotación o faena u obstaculizando la labor de los órganos competentes.3. Presentar documentos con alteraciones que afecten sustancialmente la legalidad de los mismos.4. Dejar de enterar cualquier cuantía que adeude al IVSS distinta de las cotizaciones.
• Riesgos de trabajo• Enfermedades de
maternidad• Invalides y vida• Retiro, cesantía en
edad avanzada y vejez.
• Guarderías y prestaciones sociales.
Podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio:• Los trabajadores en
industrias familiares y los independientes como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados.
• Los trabajadores domésticos
• Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios.
• Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio; y,
• Los trabajadores al servicio de las administradoras publicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social
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