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Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México 1 UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN UNIVERSIDAD-SOCIEDAD EN MÉXICO Grazia M. Fiore Última actualización: Mayo de 2010 Este documento ha sido realizado con la colaboración de Laura Elizabeth Manjarrez Bastidas a través del servicio de voluntariado en línea OnlineVolunteering.org

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Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México

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UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN

UNIVERSIDAD-SOCIEDAD

EN MÉXICO

Grazia M. Fiore

Última actualización: Mayo de 2010

Este documento ha sido realizado con la colaboración de Laura Elizabeth Manjarrez Bastidas a través del servicio de voluntariado en línea OnlineVolunteering.org

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Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México

OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO REDIVU

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INDICE DE CONTENIDOS

Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México p. 3

De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917 p. 5

Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional p. 7

La educación socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio p. 10

La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del Artículo 3º constitucional de 1946

p. 12

La Ley Federal de Educación de 1973 p. 14

El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana de 1981

p. 16

Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL) p. 18

El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari p. 20

El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión Nacional de Servicio Social

p. 22

Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento de la vinculación universidad-sociedad

p. 24

El Servicio Social en la actualidad p. 26

Enlaces y documentos de interés p. 28

Resumen p. 35

Nota:

El trabajo aquí presentado se propone como un primer esfuerzo para sintetizar información acerca de la vinculación universidad-sociedad en los países de la región latinoamericana. Su objetivo es brindar a las personas interesadas un primer núcleo de informaciones acerca de las etapas que han marcado la historia de la educación superior en cada País, y sobre las leyes y políticas públicas que regulan algunas formas de participación social de las universidades. No se trata de un trabajo definitivo ni exhaustivo, sino de una primera “aproximación” a la comprensión de la acción social universitaria. Sobre la base de lo anterior, esperamos poder pronto enriquecer esta primera síntesis con sus aportaciones y comentarios, a través de un proceso de construcción colectiva del conocimiento que fortalezca, contextualice y visibilice la contribución de las universidades al logro de un desarrollo inclusivo y sustentable en la Región. Agradeceremos enviar todo comentario relativo a la información recopilada al correo [email protected]

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Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México

Benito Juárez (ladedios.com.ar)

En 1867, tras la victoria definitiva del Presidente Benito

Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública,

que establece la educación primaria “gratuita para los pobres

y obligatoria” y se crean la Escuela de Estudios Preparatorios,

la cual habría de dar una base homogénea a la educación

profesional y las Escuelas de Estudios Profesionales. La Ley

sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales,

pero ejerció influencia sobre las leyes estatales1: con la

norma se reforman todos los niveles educativos en sentido

liberal y se establece por primera vez la creación de escuelas para niñas.

Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad-

sociedad en México, destacan el Decreto del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el

Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de

Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En

dicho proyecto se señala: “La Escuela Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando

“que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se aprueba el Reglamento

de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del

Reglamento recita “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, *…+ se

comprometerá solemnemente, *…+ a servir a la instrucción pública *…+ durante tres años después de

que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano

de restituir a la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación.

Justo Sierra

En 1888 se promulga la Ley de Instrucción Obligatoria con alcance

jurisdiccional para el D.F. y los territorios federales2, sustituida en

1993 por la Ley General de Educación. La Ley divide la instrucción

primaria en elemental y superior, establece que la instrucción

primaria dada por el Estado sea gratuita, y prohíbe que sea

impartida por ministros de cualquier culto religioso. Entre 1888 y

1892, se celebran dos Congresos Pedagógicos, durante los cuales

se auspicia la integración del sistema educativo bajo una base

homogénea a nivel nacional y se tratan por primera vez aspectos

1 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Educación [Actualización: 3 de marzo de 2006]. Consultado

el 7 de diciembre de 2010 en www.diputados.gob.mx/cesop/ 2 Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), Sistemas Educativos Nacionales –

México. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.oei.es/quipu/mexico/mex02.pdf

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referentes a la educación rural. Los Congresos impulsan la aprobación de la Reglamentación de la

Ley de Instrucción Obligatoria de 1888, que se concretiza en marzo de 1891.

Justo Sierra, nombrado Secretario de Instrucción Pública y Bellas Artes en 1905, formula un plan

para la Reforma Integral de la Educación Mexicana3. En 1906 se inicia la revisión de las instituciones

docentes que culmina con el establecimiento de la Universidad Nacional de México en 1910, al

celebrarse el centenario de la Proclamación de la Independencia de México y con el movimiento

revolucionario en puerta.

En el discurso del acto de la inauguración de la Universidad Nacional de México, el 22 de

septiembre de 1910, Sierra afirma “Nosotros no queremos que en el templo que se erige hoy se

adore una Atena sin ojos para la humanidad y sin corazón para el pueblo, dentro de sus contornos

de mármol blanco; queremos que aquí vengan las selecciones mexicanas en teorías incesantes para

adorar a Atena promakos, a la ciencia que defiende a la patria”.

3 María Elena Villatoro M. y Fabián López Pineda, Política Educativa y Estado Democrático. Datos para una reflexión sobre política

educativa, en Foro universitario STUNAM. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.stunam.org.mx/8prensa/8forouniver1/forouniver7/8fu7-06.htm

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De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917

Durante el periodo revolucionario, de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las

ideas sociales difundidas en el País, y se da a la búsqueda de una fisonomía institucional propia4.

A finales de marzo de 1911, todavía en el régimen de Porfirio Díaz, se nombra a Jorge Vera Estañol

como nuevo Ministro de la Secretaría de Instrucción Pública en lugar de Sierra, como un ejemplo de

los cambios que se realizaban para deshacerse de la llamada “gerontocracia”, es decir los viejos

científicos.

Por otro lado, como parte de la creciente crítica al régimen de Porfirio Díaz, a principios del siglo XX,

un grupo de jóvenes estudiantes y profesionistas se movilizan expresando una fuerte oposición a los

postulados de la doctrina positivista que habían sido adoptados y promovidos por el gobierno. En

1912, estalla un conflicto en la Escuela de Jurisprudencia entre su Director Luis Cabrera y los

estudiantes, que lleva a la fundación de la Escuela Libre de Derecho5. En este mismo año, el 13 de

diciembre, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo

de la Juventud, un grupo cultural independiente, producto de los movimientos anti positivistas,

formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, y figuras importantes del sector

intelectual mexicano, con el propósito de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura

universal, sin dejar de lado la nacional. El Ateneo propone una Universidad no elitista, que haga

llegar la cultura a las clases más numerosas, mediante la organización de clases y congresos extra

muros, dentro de la mística que entrañaba el cambio político y social. El movimiento pasa a través

de diversos cambios, sin pero desviar de su misión original, denominándose en 1912 Ateneo de

México. El experimento de la Universidad Popular, concluido en 1922, es un primer intento de

acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo”6.

Francisco Madero

En 1913, el País vive la tragedia del asesinato del Presidente

Francisco Madero, su hermano y el vicepresidente. Concluido el

periodo armado de la Revolución, se inicia un proceso de constante

reforma, tanto en la conformación del Estado mexicano, como del

sistema educativo, que considera a la población estudiantil como

principal agente de transformación social. Esto trae un cambio

fundamental en todo el sistema de obras de caridad y socorro para

los necesitados. En 1916 nace la primera organización estudiantil, el

4 Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México. Consultado el

7 de diciembre de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm 5 Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México, en Estudios y Ensayos,

ANUIES. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/art1.htm 6Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México. Consultado el 5 de

mayo de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm

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Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes.

En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana se ven reflejadas en los Artículos 4 y 5 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas

deben ser útiles a la sociedad. Según esta nueva disposición, la Universidad depende directamente

del Ejecutivo Federal, mientras que la educación primaria y secundaria pasan a ser competencia de

los Estados. Con la promulgación de la Constitución, se otorga por primera vez rango constitucional

al derecho que todo ciudadano tiene para recibir una educación laica, obligatoria y gratuita. Según

el Artículo 3 “La educación que imparte el Estado - Federación, Estados, Municipios -, tenderá a

desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez el amor a

la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”.

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Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional

José Vasconcelos

De 1920 a 1924, el Rector de la Universidad Nacional (1920 -1921), José

Vasconcelos, echa a andar una importante campaña para la

democratización y laicización de la educación. La vinculación

Universidad – Sociedad que profetiza, se cristaliza en su discurso de

toma de posesión como Rector de la Universidad:

“Al decir educación me refiero a una enseñanza directa de parte de los

que saben algo, en favor de los que nada saben; me refiero a una

enseñanza que sirva para aumentar la capacidad productiva de cada

mano que trabaja, de cada cerebro que piensa [...] Tomemos al

campesino bajo nuestra guarda y enseñémosle a centuplicar el monto

de su producción mediante el empleo de mejores útiles y de mejores

métodos. Esto es más importante que distraerlos en la conjugación de los verbos, pues la cultura es

fruto natural del desarrollo económico *...+”.

En 1921 por Decreto del Presidente Álvaro Obregón (Decreto estableciendo una Secretaria de

Estado que se denominara Secretaria de Educación Pública) y bajo iniciativa de Vasconcelos, primer

rector de la Universidad Nacional de México y luego Secretario de Educación Pública, se crea la

primera institución precursora de la actual Secretaría de Educación Pública (SEP), inaugurando así

una tendencia hacia la federalización educativa. Durante el mismo año, el subsecretario de Educación

Pública y catedrático Rafael Heliodoro Valle participa en el Primer Congreso Internacional de

Estudiantes organizado en México con motivo del primer centenario de la Independencia. La

resolución primera del Congreso recita: “La juventud universitaria proclama que luchará por el

advenimiento de una nueva humanidad, fundada sobre los principios modernos de justicia en el orden

económico y en el político”7. Además, el Congreso Internacional de Estudiantes pide la participación

de los estudiantes en el gobierno de las universidades y la implantación de la docencia y la asistencia

libres.

Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor

revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en esos años. Más de treinta profesores imparten

2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes.

Hasta 1924, la extensión universitaria se impone como realidad en la Universidad Nacional. Alfonso

Pruneda García, que sucede a Vasconcelos como Rector, con un reducido presupuesto adaptado a

7 Claude Fell, José Vasconcelos, Los años del águila, Universidad Nacional Autónoma de México, 1989,

México, p. 318.

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las circunstancias, impulsa acciones coordinadas de varias facultades8, además de impulsar otras

importantes iniciativas, como el otorgar el voto a los estudiantes en el Consejo Universitario.

Emilio Portes Gil

Después de la muerte del Presidente electo, el General Álvaro Obregón, el

Congreso nombra Presidente provisional al licenciado Emilio Portes Gil,

quien ocupa el cargo del 1º de diciembre de 1928 al 5 de febrero de 1930.

Durante estos años, los congresos estudiantiles se transforman en una de

las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se

suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México, 1910; Puebla,

1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán,

1927–1928; Mérida, 1929.

En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento

que contiene la Propuesta de Autonomía para la Universidad Nacional de México. La idea de

autonomía circulaba desde principios del siglo, bajo la influencia de la Reforma de Córdoba del

1918 y de los movimientos estudiantiles uruguayos, cubanos y chilenos.

A principios de 1929, empiezan los problemas en la Facultad de Jurisprudencia y en la Escuela

Nacional Preparatoria. En esta última, los alumnos se oponen a un nuevo plan de estudios que

preveía tres años de preparatoria en lugar de dos. Por otro lado, en la Escuela de Derecho los

estudiantes se expresan en contra de la aplicación de reconocimientos trimestrales en sustitución

de los exámenes finales, rechazan medidas tales como el cierre de la facultad por Acuerdo del

Presidente de la República y la intromisión de la fuerza pública. Con la oposición de los estudiantes a

esta nueva forma de exámenes empieza, mediante la declaración de huelga el 9 de mayo, el

movimiento estudiantil de 1929 que llevará al establecimiento de la autonomía de la Universidad

en México. El 28 de mayo, se presenta una gran manifestación en el Zócalo frente al Palacio

Nacional para apoyar las demandas. Inmediatamente después, Emilio Portes Gil manda su respuesta

en una Ley de autonomía universitaria como única solución al conflicto. El 10 de julio es promulgada

la Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la

autonomía universitaria, la Ley incluye explícitamente, entre los fines de la educación, la

investigación y la extensión. Los fines de la institución se establecieron en el Artículo primero, que

señala: “La Universidad Nacional de México tiene por fines impartir la educación superior y organizar

la investigación científica, principalmente la de las condiciones y problemas nacionales, para formar

profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y llegar a expresar en sus modalidades más altas la

cultura nacional, para ayudar a la integración del pueblo mexicano. Será también fin esencial de la

8 Fuente: Elvira Pruneda, La permanencia de la Universidad Popular Mexicana durante la revolución 1912-1920. Consultado el 5 de

mayo de 2010 en http://www.lajornadamorelos.com/suplementos/el-tlacuache/81931?task=view

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Universidad llevar las enseñanzas que se imparten en las escuelas, por medio de la extensión

universitaria, a quienes no estuvieren en posibilidades de asistir a las escuelas superiores, poniendo

así la Universidad al servicio del pueblo”.

Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley

Orgánica para la Universidad Autónoma de México, que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la

autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al plano financiero,

mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente

Universidad Autónoma México. El Artículo 1º de la Ley señala: “La Universidad Autónoma de México

es una corporación dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación

superior y organizar investigaciones científicas principalmente acerca de las condiciones y problemas

nacionales, para formar profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y extender con la mayor

amplitud posible los beneficios de la cultura”. Y el Artículo 2 precisa que “La Universidad Autónoma

de México, se organizará libremente dentro de los lineamientos generales señalados por la presente

ley”. La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley

Orgánica de la Universidad Autónoma de México.

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La Educación Socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio

Plutarco Elías Calles

El 20 de julio de 1934, el Jefe Máximo de la Revolución, Plutarco

Elías Calles, habla al pueblo de Jalisco sobre la reforma al

Artículo 3º de la Constitución. En su mensaje, conocido como el

“Grito de Guadalajara”, afirmaba, entre otras cosas, que “..es

necesario que entremos al nuevo periodo de la revolución, que

yo le llamaría el periodo de la revolución psicológica; debemos

entrar, apoderarnos de las conciencias, de la conciencia de la

niñez, de la conciencia de la juventud, porque la niñez y la

juventud deben pertenecer a la Revolución... no podemos

entregar el porvenir de la Revolución a manos enemigas. Con toda la maña los reaccionarios dicen

que el niño pertenece al hogar, que el joven le pertenece a la familia; doctrina egoísta, el niño y el

joven pertenecen a la colectividad...”9

En 1934, siendo presidente el General Lázaro Cárdenas del Río (1934-1940) el Artículo 3° de la

Constitución es reformado de la siguiente manera: “La Educación que imparta el estado será

socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo

cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud

un concepto racional y exacto del universo y de la vida social….”. El Párrafo I del mismo Artículo,

prohíbe a las corporaciones religiosas toda injerencia, también financiera, en la educación primaria,

secundaria o normal, mientras que, por primera vez en el texto constitucional, se obligan a las

escuelas privadas a seguir los programas oficiales.

La nueva orientación propone ampliar las oportunidades educativas de los trabajadores urbanos y

rurales: se crean internados, comedores y becas; se impulsa la creación de escuelas vinculadas a

centros de producción y se alienta la educación técnica. En 1934 se implanta uno de los programas

de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos

resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en

Morelia en 1935.

El Servicio Social, en su concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto

Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la Patria”, para que apoyara el

desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y

el Colegio de México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela

9 Reseña Histórica de la Universidad de Guadalajara. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.uag.mx/201/lareforma.htm

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Nacional de Medicina de la Universidad Nacional, gestiona la formalización del Servicio Social de

Medicina en 1936, a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de

Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social

para los Estudiantes de Medicina. En dicho documento se establece como requisito previo a la

titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí, se

incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología,

en el contexto mismo de la Ley General de Salud10. El Convenio apunta a desarrollar proyectos de

servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el monto de la beca para los

estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la

incorporación de los estudiantes de las carreras de Medicina, el objetivo del Servicio Social en esa

fase era de atender a las comunidades carentes de servicios médicos.

10 Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México:

http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm

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La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del

Artículo 3º constitucional de 1946

La nacionalización de la industria petrolera (1938) favorece el avance del campo de acción del

Servicio Social, ya que la Escuela de Ciencias Químicas establece la práctica del servicio social de sus

estudiantes con apoyo específico a esa industria.

El 26 de mayo de 1945, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del

Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de

octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley Reglamentaria

del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El

Capítulo VII (Del servicio social de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de

las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o

impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53,

entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y

presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece además

que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades

sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta

Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no

menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que

por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el

servicio social” (Artículo 55). La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el Artículo 59

dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del

profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus

necesidades”.

En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el Artículo 3º Constitucional en los

siguientes términos: “La educación que imparta el Estado – federación, Estados, Municipios –

tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la

vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la

justicia. Además: Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a

dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los

resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los

fanatismos, y los perjuicios”. La reforma permite reafirmar la importancia del rol de la educación en

el proceso de desarrollo nacional y cristaliza los principios de solidaridad y contribución social que

rigen la práctica del servicio social.

En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional, en estos años se inicia

formalmente el servicio social en el Instituto Politécnico Nacional. En 1944 se funda el Instituto

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Federal de Capacitación del Magisterio, el cual abre normales en diversas partes del País. En 1946

se crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y, algunos años más tarde, el Instituto

Nacional Indigenista (1948) y la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza

Superior (ANUIES) (1950). En 1951, por

iniciativa de la UNESCO y el Gobierno de

México nace el Centro Regional de

Educación Fundamental para América

Latina (CREFAL), hoy Centro de

Cooperación Regional para la Educación

de los Adultos en América Latina y el

Caribe, con el propósito de apoyar la

tarea educativa en los ámbitos sociales

más rezagados de esos Países,

particularmente el ámbito rural. Con el surgimiento de estas instituciones, la estructura del sistema

educativo mexicano se completa y fortalece, mientras que se busca una mayor inclusión en el

sistema educativo de los sectores más vulnerables y marginados de la sociedad del tiempo.

El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de Medicina, se

publica un Decreto del Presidente Miguel Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año.

El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan servicios médicos por

medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de

los Estudiantes y Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio

Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se trata así de incorporar al Servicio Social

a todos los egresados del área médica.

Miguel Alemán Valdés

Como consecuencia, para 1952 la Ley de

Profesiones obliga a los estudiantes a prestar

servicio social en beneficio de la sociedad y

del Estado, así como contemplado por los

Artículos de la Ley.

El 20 de noviembre de 1952, en un acto

presidido por Miguel Alemán se inaugura la

Ciudad Universitaria de la Universidad

Nacional Autónoma de México (UNAM) en una ceremonia denominada “Dedicación de la Ciudad

Universitaria”. En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio

social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN) organiza un esfuerzo similar pero ubicado en

las zonas indígenas y rurales.

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La Ley Federal de Educación de 1973

En la década de los Sesenta, se inicia un movimiento que intenta resolver la cuestión reglamentaria

del Servicio Social en facultades y escuelas. Aparecen proyectos de ley y reglamentos sobre esta

actividad y el 9 enero de 1960 se fija la regulación del servicio social a los estudiantes de las escuelas

normales federales.

En 1967, tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social, en la que se acepta

promover la creación de un organismo que coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes,

buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de gobierno

En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma

del Servicio Social, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para

coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con

la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en

1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación

del Servicio Social11.

La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y

el derecho que todos los habitantes del País tienen de recibir educación con las mismas

oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de

revalidación y equivalencia de estudios, asegura el principio de libertad educativa y proporciona una

reglamentación y una primera base legal relativamente a la obligatoriedad de la prestación del

servicio social.

El Artículo 11 de la Ley señala: “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán

prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes.

En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado

académico”.

Por su parte, las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio

Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas

multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País, surgiendo

así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales.

11

Hilda María Jiménez Acevedo et alia, Universidad Autónoma de Chiapas, Centro de Estudios para el Desarrollo Municipal y Políticas Públicas, Proyecto de Servicio Social Modalidad Intrauniversitaria-Municipal para los estudiantes de Gerencia Social, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. febrero 2010: http://www.unach.mx/eventos/carteles/Images/432_SERVICIO_SOCIAL_A_DISTANCIA.pdf

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En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos

4º y 5º constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales.

El Artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título profesional expedido

por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría

de Educación Pública revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite

haber prestado el servicio social”.

En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional

Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece

que, para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá

presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir

verdad, declarará el “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el

título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de presentar el servicio social incluye a

todos los profesionistas aun cuando no ejerzan la profesión”.

En 1976 la Secretaria de Educación Pública crea la

Coordinación General de Educación Superior,

Ciencia y Tecnología, la cual en 1978 se

transforma en Subsecretaría de Educación

Superior e Investigación Científica. El 20 de septiembre de 1978, por Acuerdo presidencial, se crea la

Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación

Superior (COSSIES), organismo que surge como respuesta a la necesidad de establecer mecanismos

de coordinación interinstitucional de las acciones del gobierno en materia de Servicio Social.

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16

El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las

Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana de 1981

José López Portillo

Durante la presidencia de José López Portillo

(1976-1982), se promociona la ANUIES y el 20 de

septiembre de 1978 se crea por Acuerdo

Presidencial la Comisión Coordinadora del

Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones

de Educación Superior (COSSIES), cuya función

primordial era elaborar programas de servicio

social que se relacionaran con los problemas

prioritarios del País.

En 1978 se promulga la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, primera Ley nacional

referida a este nivel educativo. La Ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de

diciembre de 1978, establece que, a fin de desarrollar la educación superior en atención a las

necesidades nacionales, regionales y estatales y a las necesidades institucionales de docencia,

investigación y difusión de la cultura, el Estado proveerá la coordinación de este tipo de educación

en toda la República, mediante el fomento de la interacción armónica y solidaria entre las

instituciones de educación superior y a través de la asignación de recursos públicos disponibles

destinados a dicho servicio. En consecuencia de la Ley, en 1979 se constituye la Coordinación

Nacional para la Planeación de la Educación Superior (CONPES). En 1979, como producto de la

Primera Reunión Nacional de Intercambio sobre Servicio Social, realizada en la Universidad de

Guanajuato, se propone la creación de la Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS) la

cual tendría como objetivo la elaboración del marco metodológico para el desarrollo de esta

actividad.

El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el Artículo 3º

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se cambia el número de la última

fracción del mismo Artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a rango

constitucional, al establecer que: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior

a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí

mismas … ”.

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17

El 30 de marzo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación se pública el Reglamento para la

prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la

República Mexicana, el cual establece las bases y lineamientos para la realización de esta actividad

a través del Sistema Nacional de Servicio Social con la coordinación de la COSSIES. El Artículo 2 del

Reglamento precisa: “Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio

social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado

académico que corresponda”.

Según el Articulo 3, el objeto del servicio social será de “I. Desarrollar en el prestador una conciencia

de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece; II. Convertir esta prestación en un

verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector

público; III. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio

social”. Además se establece que “El número de horas requerido para la prestación del servicio,

estará determinado por las características específicas del programa al que esté adscrito el alumno.

La duración del servicio social no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas, sin contravenir lo

dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional relativo al

ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal”.

En cumplimiento al Artículo 5º de este Reglamento, se publican el 2 de marzo de 1982, las Bases

para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud cuya aplicación

correspondía a la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia.

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18

Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL)

En julio de 1981 se da a conocer el Plan Nacional de Educación Superior Para el Periodo 1981-1991,

primer instrumento en su género diseñado con la participación de las Instituciones de Educación

Superior (IES), la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior

(ANUIES) y el Gobierno Federal. El eje del Plan es coordinar el nivel educativo con las necesidades de

desarrollo nacional, mediante el apoyo financiero a proyectos específicos.

En el mismo año, el Congreso de la Unión aprueba la Ley Orgánica del IPN, que define la Institución

como un organismo desconcentrado de la Administración Pública Federal, dependiente de la

Secretaría de Educación Pública. En el año 2000, el Instituto inicia un proceso de reforma con el fin

de actualizar los reglamentos internos y las leyes de gestión.

En 1983, bajo la presidencia de Miguel de la Madrid Hurtado, se publica el Acuerdo por el que se

crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos en Salud (CIFRHS).

El Artículo 1º del Acuerdo especifica que el propósito de la Comisión es “identificar las áreas de

coordinación entre las instituciones educativas y las de salud así como entre el sector educativo y el

sector salud, en el proceso de formación de recursos humanos para la salud que requiera el Sistema

Nacional de Salud”. El Articulo 3º enumera, dentro de las funciones del CIFRHS, “Propiciar que el

servicio social sea una etapa académica de la formación profesional de las carreras del área de la

salud y que sus acciones lleguen prioritariamente a los grupos humanos que carecen de atención,

bajo la vigilancia y evaluación de personal capacitado que labore en las instituciones de salud”.

En marzo de 1984 se instala el Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social, que elabora el

Reglamento de Servicio Social para las carreras de la salud en el marco de la Ley General de Salud

(publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 y en la que se sustituyó a la

Secretaría de Salubridad y Asistencia por la Secretaría de Salud).

Bajo la presidencia de Carlos Salinas de Gortari, se proponen tres acuerdos nacionales para

impulsar el desarrollo del País, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994 (PND). Con

respecto al primero, el Acuerdo para Elevar Productivamente el Nivel de Vida de la Población

(diciembre de 1988), durante el acto de toma de posesión del Poder Ejecutivo Federal, de Gortari

dijo: “El bienestar social en el Estado moderno no se identifica con el paternalismo, que suplanta

esfuerzos e inhibe el carácter; hoy, la elevación del nivel de vida sólo podrá ser producto de la acción

responsable y mutuamente compartida del Estado con la sociedad … . “Pondré de inmediato en

marcha el Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL), con acciones eficaces en la regiones

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19

rurales y en las zonas urbanas con niveles de vida deprimidos. Asimismo, se enfocará hacia los

grupos indígenas, quienes exigen respeto, nuestro máximo apoyo y trato justo”12.

El PRONASOL es un programa especial de la administración pública federal que se instrumenta a

partir de 1988, con un presupuesto de 1,640 billones de pesos para 198913

.

Este programa es ejecutado a través de una comisión, creada por un Acuerdo de la Secretaría de

Programación y Presupuesto (Acuerdo por el que se crea la Comisión del Programa Nacional de

Solidaridad como órgano de coordinación y definición de las políticas, estrategias y acciones que en

el ámbito de la Administración Pública se emprendan, publicado en el Diario Oficial de la Federación

el 6 de diciembre de 1988). Más tarde, con Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación

del 25 de mayo de 1992, se crea la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), con el fin de manejar

el Programa Nacional de Solidaridad y de establecer una nueva relación entre el Estado y la

sociedad. Por su parte, las IES se comprometen en 1990, a través de un Convenio SPP-SEP-ANUIES, a

proporcionar a la mayoría de sus prestadores para acciones del PRONASOL, mediante el Programa

Nacional de Apoyo al Servicio Social (PRONASS), a orientar recursos para atender rezagos sociales e

impulsar proyectos productivos de comunidades rurales y urbanas marginadas14. Con PRONASS, se

vinculan los pasantes de educación técnica y superior con las estrategias de desarrollo social, y se

apoya su incorporación a la formulación de proyectos productivos y de infraestructura a favor de las

comunidades de mayores rezagos.

12

Fuente: “Discurso de toma de posesión de Carlos Salinas de Gortari”, en el Financiero, año VIII, núm. 1823, viernes 2 de diciembre de 1988. 13

Fuente: Eduardo Larrañaga Salazar, Héctor Manuel Pedraza Rosales y Cesario Vega López, Del Estado Benefactor al Estado Solidario, (2ª Parte), en Revista Vinculo Jurídico, Nº 18, Abril-Junio 1994, Política económica: http://www.uaz.edu.mx/vinculo/webrvj/rev18-5.htm 14

Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México, Estado, normatividad e instituciones educativas ante el servicio social: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib33/19.htm

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El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari

Como resultado de la XXIII Reunión de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de

Educación Superior (ANUIES) de 1990, se firma un Convenio entre dicha Asociación y el Gobierno

Federal para incorporar las instituciones de educación superior al Programa Nacional de Solidaridad

PRONASOL. Por medio del Convenio, las Instituciones de Educación Superior se comprometen a

orientar el Servicio Social hacia las necesidades de desarrollo productivo y social del País. En el

discurso de apertura de la XXIII Reunión de la ANUIES, De Gortari expresa las orientaciones del

Programa de Modernización Educativa lanzado por su gobierno para el periodo 1989-1994: “El

sistema educativo debe ser capaz de contener y revertir los rezagos, de ofrecer a los mexicanos una

mejor formación capaz de conducir la modernización de la producción y la cultura, con apoyo de la

ciencia, la tecnología y la competencia profesional. De este modo podrán impulsar y sostener la

modernización del país ... . Es oportuno recordar, en esta asamblea general, que abordar los retos

de la modernización constituye una responsabilidad que es compartida. No es tarea exclusiva de la

competencia del estado; tampoco puede ser vista como una imposición de los intereses específicos

de ninguno de los demás protagonistas. Se trata de un compromiso compartido ... . Sólo así la

educación superior se vinculará con las comunidades y con los sectores productivos. Esta es la

manera de enfrentar el desafío modernizador que convoca a la responsabilidad y la participación de

la sociedad”15.

En 1992, se firma el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica bajo el

siguiente auspicio:

“La estrategia de modernización del país y la reforma del Estado requieren que se aceleren los

cambios en el orden educativo. Al igual que en las otras esferas de la vida nacional, este trabajo

implica una nueva relación entre el Estado y la sociedad y de los niveles de gobierno entre sí y

supone, en general, una participación más intensa de la sociedad en el campo de la educación. En

esta articulación moderna del Estado y la sociedad, los vínculos entre escuela y comunidad

adquieren una importancia especial. De acuerdo con el legado de nuestro liberalismo social, la

educación debe concebirse como pilar del desarrollo”.

Al firmar este Acuerdo, se comienzan a incluir reformas en todos los niveles educativos, con el fin de

orientar la labor educativa al desarrollo nacional.

El 13 de julio de 1993, se promulga una nueva Ley General de Educación. La Ley hace del Servicio

Social la palanca del desarrollo nacional, estableciendo el derecho de los estudiantes a una

formación integral. El Artículo 2º es reformado de la siguiente manera: “Todo individuo tiene

derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas

15

Discurso pronunciado por el C. Presidente de la República Lic. Carlos Salinas de Gortari en la ceremonia de presentación del

Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109

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21

oportunidades de acceso al sistema educativo ... . La educación es medio fundamental para

adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del

individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de

conocimientos y para fomentar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. En el

proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa

y su sentido de responsabilidad social ... ”.

El Artículo 9 precisa que “el estado promoverá y atenderá –directamente, mediante sus organismos

descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y

modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación,

apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la

cultura nacional y universal”.

En la VI reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de 1994, los rectores

asistentes definen el Servicio Social como “el conjunto de actividades teórico-prácticas de carácter

temporal y obligatorio que contribuyen a la formación integral del estudiante y que le permiten, al

aplicar sus conocimientos, destrezas y aptitudes, comprender la función social de su perfil

académico, realizando actividades educativas, de investigación, de asistencia, de difusión,

productivas, de desarrollo tecnológico, económico y social en beneficio de la sociedad”.

Page 22: Fiore_Una aproximación a la vinculación universidad-sociedad en México

22

El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión

Nacional de Servicio Social

Bajo la presidencia de Ernesto Zedillo Ponce de León, el Programa de Desarrollo Educativo 1995-

2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996, menciona que

el Servicio Social se transformará en un medio fundamental para fortalecer la responsabilidad social

del estudiante y su compromiso permanente de contribuir a la satisfacción de las necesidades del

País.

Para analizar de manera permanente la problemática del servicio social y formular propuestas para

su mejoramiento, en la X Reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de la

ANUIES (CUPIA) en 1997, se presenta el documento “El servicio social en las instituciones de

educación superior: propuestas para un replanteamiento”. En la Reunión, se decide la creación de la

Comisión Nacional de Servicio Social, que reuniría a las instituciones involucradas directamente con

el Servicio Social de la educación superior: la representación de los presidentes de los seis consejos

regionales y el Secretario General Ejecutivo de la ANUIES; los titulares de la UNAM; el IPN y las

entidades de carácter público: SEDESOL, SEP y SSA, así como el titular de la institución sede de la

presidencia de la Comisión Interinstitucional de Servicio Social. Actualmente, la Comisión Nacional

de Servicio Social analiza los problemas del Servicio Social, sus programas y su vinculación con la

sociedad y con los planes y programas de la educación superior16.

Como resultado de varias sesiones de trabajo, la Comisión Nacional de Servicio Social presenta ante

el CUPIA en su XI Sesión (Universidad Autónoma de Campeche, 1998), el documento Problemática

del Servicio Social y propuestas para su mejoramiento17. El documento presenta un diagnóstico

preliminar que señala: “si bien el servicio social ha resultado ser una estrategia de apoyo real para el

desarrollo de sus comunidades, su prestación se realiza con asimetrías, derivadas de la diversidad de

factores regionales, políticos, económicos, sociales, culturales y académicos en los que se insertan

las instituciones de educación superior, por la heterogeneidad de las reglamentaciones en la

materia, así como de la necesidad de una mayor articulación de los programas de las instituciones

educativas y de las dependencias gubernamentales relacionadas con el servicio social. En

consecuencia, resulta difícil la adecuación de los programas de servicio social al desarrollo del país y

sus regiones, así como, elevar el impacto integral en las necesidades de las comunidades, y en la

formación académica de los estudiantes”. Sobre la base del análisis de este documento, el CUPIA

recomienda que se integren un conjunto de elementos cuantitativos que reflejen la situación actual

del Servicio Social, proyectando la visión de éste hacia el año 2020 y, con ello sustentar un conjunto

16

Programa Nacional de Extensión de la Cultura y los Servicios, Aprobado en la XXX Sesión Ordinaria de la Asamblea General de l a ANUIES: http://www.anuies.mx/f_extension/html/pnecs/index.html 17

Ibídem

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23

de propuestas que permitan mejorar la planeación, organización y ejecución de programas y

proyectos de Servicio Social.

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24

Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento

de la vinculación Universidad-sociedad

Conformemente al interés que se genera en este periodo hacia las actividades de Extensión

Universitaria en la Región Latinoamericana, numerosas universidades mexicanas participan en 1996

al Primer Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en La Habana, Cuba, y

cuyos Acuerdos finales auspician la conformación de una “Asociación Latinoamericana de Extensión

Universitaria que contribuya a sistematizar e integrar el trabajo y las estrategias extensionistas de

las universidades de la región”. Igualmente, las IES mexicanas participan activamente en el II

Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en 1997 en Mendoza, Argentina

y en el III y IV Congresos Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria desarrollados

respectivamente en 1998 en Heredia, Costa Rica y en 1999 en Caracas, Venezuela. En Caracas, las

instituciones participantes producen el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión

Latinoamericana de Extensión Universitaria.

En el año 2000, la ANUIES organiza el V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria

“Sociedad, Educación Superior y Extensión: Balance y Perspectivas” en la Universidad Michoacana

de San Nicolás de Hidalgo en Morelia. Del evento surge una declaración, conocida como la

Declaración de Morelia, en la cual se decide “operacionalizar las intenciones y propósitos

contenidas en el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión Latinoamericana de Extensión

Universitaria” (ULEU).

En los años sucesivos, las universidades mexicanas están presentes en el VI Congreso de Sao Paulo

de 2001, que coincide con la primera reunión de la asamblea general de la ULEU, en el VII Congreso

en Pinar del Rio, Cuba, en 2003, en el VIII Congreso en Rio de Janeiro, en 2005 y en el IX Congreso

de Bogotá, Colombia, en 2007.

En 1999, la ANUIES, en ocasión de la XXX Asamblea General presenta el documento “La Educación

Superior hacia el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo. Una propuesta de la ANUIES” El

documento indica que “La docencia, la investigación y la difusión deberán planearse y llevarse a

cabo, buscando atender la problemática del entorno de cada una de las IES. Deberá evitarse, sin

embargo, que la definición de las necesidades se limite a la continuación de tendencias pasadas o al

estrecho ámbito de lo material y de utilidad inmediata. Por el contrario, su carácter de espacios

donde se cultiva el conocimiento, hace que las mismas IES tengan un papel relevante en la

identificación de necesidades, para definirlas con profundidad, en el marco de una visión creativa del

desarrollo sustentable del país a largo plazo”.

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25

El Programa Nacional de Educación 2001-2006 de la Secretaría de Educación Pública contiene

indicaciones en el mismo sentido, y añade que “El reto es lograr que el servicio social de la

educación superior se consolide como un medio estratégico para enriquecer la formación, las

habilidades y destrezas de los estudiantes, y para influir de manera efectiva en la atención de

problemas prioritarios para el país, especialmente aquellos que afectan a las comunidades menos

favorecidas”.

Desde este enfoque, se promueven numerosos Programas Nacionales de Apoyo al Servicio Social y

desde 1999 la ANUIES, con el apoyo de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la Secretaría de

Educación Pública (SEP) y la Fundación Ford, ha establecido acuerdos de colaboración con el

propósito de crear un mecanismo para impulsar el Programa para el Fortalecimiento y

Consolidación de Proyectos de Servicio Social Comunitario, que otorga recursos financieros y

reconocimientos para estimular la labor desempeñada a proyectos de servicio social comunitario.

Durante el gobierno de Vicente Fox Quesada (2000-2006), se inicia un proyecto a favor de la

educación, diseñando nuevas políticas y programas dirigidos a construir un sistema educativo de

calidad, equitativo y de impulso a la gestión institucional.

A partir del año 2001, el Gobierno Federal de México da un sensible giro en el rumbo de la política

social: la Secretaría de Desarrollo Social inicia el diseño de políticas y programas de cuarta

generación, incorporando los aprendizajes de etapas anteriores, y partiendo de la consideración que

el esfuerzo había sido insuficiente.

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El Servicio Social en la actualidad

En 2009, el Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales de la Cámara de Senadores

reitera, entre los objetivos de la educación: “Ofrecer servicios educativos de calidad para formar

personas con alto sentido de responsabilidad social, que participen de manera productiva y

competitiva en el mercado laboral”; ”Fortalecer la vinculación de las instituciones de educación

superior con la sociedad a través del servicio social”;”Impulsar la recuperación del sentido de

solidaridad comunitaria y de retribución a la sociedad que dieron origen al servicio social”; "Elevar la

pertinencia del servicio social y promover el establecimiento de vínculos efectivos del servicio social

con proyectos de interés público y de desarrollo comunitario”.

Actualmente, el Servicio Social es regulado por la Ley de Profesiones que regula el Artículo 5º de la

Constitución, reformado en 1993, y por la Ley General de Salud. La Ley de Profesiones establece

que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas

no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio

social”. El Artículo 53 entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante

retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el

Estado”. Se establece que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la

profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las

profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten

servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en

el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca

fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La ley preserva que no exista un

exceso y en tal sentido el Artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las

actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para

satisfacer decorosamente sus necesidades”.

Todos los estudiantes de todas las carreras sub-profesionales (Técnicos) y profesionales (TSU y

Licenciaturas) deben prestar Servicio Social en cumplimiento de la Ley General de Profesiones.

Conforme a la normatividad a nivel nacional, se deben realizar 480 horas en un periodo no menor a

seis meses ni mayor a un año. Las Universidades, a través de su Coordinación de Servicio Social,

convocan semestralmente a los estudiantes y egresados para cubrir las plazas de los programas de

Servicio Social internos o externos, incluyendo actividades en instituciones de asistencia social. El

Servicio Social no puede realizarse en el extranjero, sino exclusivamente en territorio mexicano. El

cumplimento de as horas de Servicio Social previstas es requisito oficial para obtener el registro del

título profesional.

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Los requisitos para prestar el Servicio Social son: haber obtenido el 70% de los créditos que señala el

plan de estudios de la carrera; asistir y participar a un Curso de Inducción al Servicio Social y estar

registrado en el sistema de la Dirección de Servicio Social Universitario. El Curso de Inducción al

Servicio Social es obligatorio y consiste en una sesión informativa respecto de los antecedentes

históricos y fundamentos de la prestación de la labor social de los estudiantes universitarios en el

País. El estudiante debe elaborar un Informe Final de Servicio Social que es un documento escrito -

original y único- que entregan los prestadores como requisito para la liberación del Servicio Social, y

en el cual se describen las actividades del servicio prestado18.

El número de apoyos financieros para el servicio social ha aumentado en la actualidad con

programas de becas de la Secretaría de Educación Pública que han ayudado a que la prestación del

servicio no genere una carga económica para los estudiantes y se facilite su realización.

De igual manera la práctica del servicio social logra una vinculación entre las instituciones de

educación superior, los estudiantes e instituciones públicas y privadas que propicia una más fácil

integración de los estudiantes y recién egresados al mercado laboral.

18 Fuente: Claudio Rama, Nuevas modalidades del compromiso social de las Universidades (de la extensión universitaria a la

proyección social), II Congreso Internacional de Voluntariado Universitario “Universidades y Voluntariado: Hacia una nueva agenda social en América Latina y el Caribe”, 4-5 diciembre de 2008, Santo Domingo, República Dominicana. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.redivu.org/docs/publicaciones/ramasolidaridad.pdf

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ENLACES Y DOCUMENTOS DE INTERÉS

Enlaces:

Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos en Salud (CIFRHS), 1983: http://www.cifrhs.salud.gob.mx/descargas/pdf/E34_marcolegal_normatividad_acuerdode_creacion.pdf Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, 1992: http://www.snte26.org.mx/documentos/Acuerdo_Nacional_Modernizacion_Educacion_Basica.pdf Alfonso Pruneda García (1979-1957), en Compendio de Legislación Universitaria, pp. 137-8: http://www.bibliojuridica.org/libros/1/254/48.pdf Álvaro Obregón, 1880-1928, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=155:alvaro-obregon-1880-1928&catid=85:biografias-revolucion Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES): http://www.anuies.mx/ Bases para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud, 1982: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/b020382.html Benemérita Escuela Nacional de Maestros: http://dgenamdf.tripod.com/benm/ Benito Juárez, 1806 - 1872 (Oaxaca, México) en Tierra: http://tierra.free-people.net/personajes/personajes-benito-juarez.php Carlos Salinas de Gortari en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexico/carlos_salinas_de_gortari Centro de Cooperación Regional para la Educación de los Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL): http://www.crefal.edu.mx/index.php Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES): http://www.tlaxcala.gob.mx/cossies/index.html Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS): http://www.serviciosocial.udg.mx/ciss/ Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social: http://www.cifrhs.salud.gob.mx/contenidos/inicio/cpss.html Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/1.htm?s= Decreto estableciendo una Secretaria de Estado que se denominara Secretaria de Educación Pública, 1921: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/0144d6ee-7c42-459c-aa69-3b118939fd02/decreto_sep.htm Decreto que reforma el Artículo 3º Constitucional, 1946: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_041_30dic46_ima.pdf

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MÉXICO

Referencias Históricas

En 1867, tras la victoria definitiva del primer Presidente Benito Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública, que establece la educación primaria “gratuita para los pobres y obligatoria”. La Ley sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales, pero ejerció influencia sobre las leyes estatales. Durante el periodo revolucionario de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las ideas sociales difundidas en el País, y se da a la búsqueda de una fisonomía institucional propia. En 1912, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo de la Juventud, un grupo cultural independiente formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, denominado en 1912 Ateneo de México, con el mismo propósito de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura universal y, por supuesto, la cultura mexicana. El experimento de la Universidad Popular, concluido en 1922, es un primer intento de acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo.”19 En 1916 nace la primera organización estudiantil, el Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes. En 1921, se organiza en México el Primer Congreso Internacional de Estudiantes organizado, con motivo del primer centenario de la Independencia. Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en esos años. Más de treinta profesores imparten 2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes. Los congresos estudiantiles se transforman en una de las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México, 1910; Puebla, 1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán, 1927–1928; Mérida, 1929. En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento que contiene la Propuesta de Autonomía para la Universidad Nacional de México. En 1934 se implanta uno de los programas de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en Morelia en 1935. El Servicio Social, en su concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la

19Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México. Consultado el 5 de ma yo de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm

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Patria”, para que apoyara el desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y el Colegio de México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela Nacional de Medicina de la Universidad Nacional, gestiona la formalización del Servicio Social de medicina en 1936 a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social para los Estudiantes de Medicina. En dicho documento se establece como requisito previo a la titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí, se incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología, en el contexto mismo de la Ley General de Salud. El Convenio apunta a desarrollar proyectos de servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el monto de la beca para los estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la incorporación de los estudiantes de las carreras de medicina, el objetivo del Servicio Social era atender a las comunidades carentes de servicios médicos. En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN) organiza un esfuerzo similar pero ubicado en las zonas indígenas y rurales. En 1967 tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social en la que se acepta promover la creación de un organismo que coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes, buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de gobierno. En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma del Servicio Social, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en 1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación del Servicio Social. Las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País, surgiendo así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales.

Antecedentes Legales del CSU

Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad-sociedad en México, destacan el Decreto del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En dicho proyecto se señala: “La Escuela Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando “que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se aprueba el Reglamento de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del Reglamento recita “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, (…) se comprometerá solemnemente, (…) a servir a la instrucción pública (…) durante tres años después de que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano de restituir a

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la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación. En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana vienen plasmadas en los artículos 4 y 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas deben ser útiles a la sociedad. En 1929, los universitarios piden a gran voz el establecimiento de la autonomía universitaria. En el mismo año, el 10 de julio es promulgada la Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la autonomía universitaria, la Ley incluye explícitamente entre los fines de la educación, la investigación y la extensión. Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley Orgánica para la Universidad Autónoma de México , que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al plano financiero, mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente como Universidad Autónoma México. La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México. El 26 de mayo de 1945 se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El Capítulo VII (Del servicio social de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53, entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece además que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades”. En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el artículo 3º Constitucional en los siguientes términos: “La educación que imparta el Estado – federación, Estados, Municipios – tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. Además: Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos, y los perjuicios”.

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En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del artículo 5º constitucional, en estos años se inicia formalmente el servicio social en el Instituto Politécnico Nacional. El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de medicina, se publica un Decreto del Presidente Miguel Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año. El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan servicios médicos por medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de los Estudiantes y Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se trata así de incorporar al Servicio Social a todos los egresados del área médica. Como consecuencia, para 1952 la Ley de Profesiones (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal) obliga a los estudiantes a prestar servicio social en beneficio de la sociedad y del Estado, así como contemplado por los artículos de la Ley. La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y el derecho que todos los habitantes del País tienen de recibir educación con las mismas oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de revalidación y equivalencia de estudios, y asegura el principio de libertad educativa. El Artículo 11 señala: “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico”. El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cambia el número de la última fracción del mismo artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a rango constitucional: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas (…)”.

Marco Legal del CSU

En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos 4º y 5º constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales. El artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título profesional expedido por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría de Educación Pública revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite haber prestado el servicio social”. En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece que para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir verdad, declarará el “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de

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presentar el servicio social incluye a todos los profesionistas aun cuando no ejerzan la profesión”. En 1978 se promulga la Ley Nacional de Coordinación de la Educación Superior, primera Ley nacional referida a este nivel educativo. En 1979 como producto de la Primera Reunión Nacional de Intercambio sobre Servicio Social, realizado en la Universidad de Guanajuato, se propone la creación de la Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS) la cual tendría como objetivo la elaboración del marco metodológico para el desarrollo de esta actividad. El 30 de marzo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación se publica el Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana, el cual establece las bases y lineamientos para la realización de esta actividad a través del Sistema Nacional de Servicio Social con la coordinación de COSSIES. El Artículo 2 del Reglamento precisa: “Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado académico que corresponda”. Según el Articulo 3, el objeto del servicio social será de “I. Desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece; II. Convertir esta prestación en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público; III. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social”. Además se establece que “El número de horas requerido para la prestación del servicio, estará determinado por las características específicas del programa al que esté adscrito el alumno. La duración del servicio social no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas, sin contravenir lo dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal”. En cumplimiento al artículo 5º de este Reglamento, se publican el 2 de marzo de 1982, las Bases para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud cuya aplicación correspondía a la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia. Durante la administración de Salinas de Gortari se promulga, el 13 de julio de 1993, una nueva Ley General de Educación. La Ley hace del Servicio Social la palanca del desarrollo nacional, estableciendo el derecho de los estudiantes a una formación integral. El Artículo 2º es reformado de la siguiente manera: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo (….). la educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para fomentar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social (…)”. El Articulo 9 precisa que “(…) el estado promoverá y atenderá –directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal”.

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Políticas Publicas

En 1951, por iniciativa de la UNESCO y el Gobierno de México nace el Centro Regional de Educación Fundamental para América Latina (CREFAL), hoy Centro de Cooperación Regional para la Educación de los Adultos en América Latina y el Caribe, con el propósito de apoyar la tarea educativa en los ámbitos sociales más rezagados de esos Países, particularmente el ámbito rural. El 20 de septiembre de 1978, por Acuerdo presidencial, se crea la Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES), organismo que surge como respuesta a la necesidad de establecer mecanismos de coordinación interinstitucional de las acciones del gobierno en materia de Servicio Social. En julio de 1981 se da a conocer el Plan Nacional de Educación Superior Para el Periodo 1981-1991, primer instrumento en su género diseñado con la participación de las Instituciones de Educación Superior (IES), la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) y el gobierno federal. El eje del Plan es coordinar el nivel educativo con las necesidades de desarrollo nacional, mediante el apoyo financiero a proyectos específicos. En marzo de 1984 se instala el Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social, que elabora el Reglamento de Servicio Social para las carreras de la salud en el marco de la Ley General de Salud (publicada en el diario oficial de la federación el 7 de febrero de 1984 y en la que se sustituyó a la Secretaría de Salubridad y Asistencia por la Secretaría de Salud). Como resultado de la XXIII Reunión de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) de 1990 se establece el Convenio entre dicha Asociación y el Gobierno Federal para la incorporación de las instituciones de educación superior al Programa Nacional de Solidaridad PRONASOL. En este instrumento, firmado en 1990, las Instituciones de Educación Superior se comprometen a orientar las acciones del Servicio Social para constituirse en un mecanismo de impulso al desarrollo productivo y social del País. Bajo la presidencia de Ernesto Zedillo Ponce de León, el Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996, menciona que el Servicio Social se transformará en un medio fundamental para fortalecer la responsabilidad social del estudiante y su compromiso permanente de contribuir a la satisfacción de las necesidades del País. Para analizar de manera permanente la problemática del servicio social y formular propuestas para su mejoramiento, en la X Reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de la ANUIES (CUPIA) en 1997, se presenta el documento “El servicio social en las instituciones de educación superior: propuestas para un replanteamiento”20. En la Reunión, el CUPIA acuerda la creación de la Comisión Nacional de Servicio Social, que reuniría a las instituciones involucradas directamente con el Servicio Social de la educación superior: la

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ANUIES, (1997). El Servicio Social en las Instituciones de Educación Superior. Propuesta para su replanteamiento. Ed. Mimeo, México.

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representación de los presidentes de los seis consejos regionales y el Secretario General Ejecutivo de la ANUIES; los titulares de la UNAM; el IPN y las entidades de carácter público: SEDESOL, SEP y SSA, así como el titular de la institución sede de la presidencia de la Comisión Interinstitucional de Servicio Social. Actualmente, la Comisión Nacional de Servicio Social analiza los problemas del Servicio Social, sus programas y su vinculación con la sociedad y con los planes y programas de la educación superior. En el 2000, la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) organiza el V Congreso Iberoamericano de Extensión “Sociedad, Educación Superior y Extensión: Balance y Perspectivas” en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo en Morelia. Del evento surge una declaración, conocida como la Declaración de Morelia, en la cual se decide “operacionalizar las intenciones y propósitos contenidas en el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión Latinoamericana de Extensión Universitaria” (ULEU).