Upload
grazia-m-fiore
View
803
Download
5
Embed Size (px)
Citation preview
Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México
1
UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN
UNIVERSIDAD-SOCIEDAD
EN MÉXICO
Grazia M. Fiore
Última actualización: Mayo de 2010
Este documento ha sido realizado con la colaboración de Laura Elizabeth Manjarrez Bastidas a través del servicio de voluntariado en línea OnlineVolunteering.org
Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México
OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO REDIVU
2
INDICE DE CONTENIDOS
Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México p. 3
De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917 p. 5
Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional p. 7
La educación socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio p. 10
La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del Artículo 3º constitucional de 1946
p. 12
La Ley Federal de Educación de 1973 p. 14
El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana de 1981
p. 16
Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL) p. 18
El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari p. 20
El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión Nacional de Servicio Social
p. 22
Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento de la vinculación universidad-sociedad
p. 24
El Servicio Social en la actualidad p. 26
Enlaces y documentos de interés p. 28
Resumen p. 35
Nota:
El trabajo aquí presentado se propone como un primer esfuerzo para sintetizar información acerca de la vinculación universidad-sociedad en los países de la región latinoamericana. Su objetivo es brindar a las personas interesadas un primer núcleo de informaciones acerca de las etapas que han marcado la historia de la educación superior en cada País, y sobre las leyes y políticas públicas que regulan algunas formas de participación social de las universidades. No se trata de un trabajo definitivo ni exhaustivo, sino de una primera “aproximación” a la comprensión de la acción social universitaria. Sobre la base de lo anterior, esperamos poder pronto enriquecer esta primera síntesis con sus aportaciones y comentarios, a través de un proceso de construcción colectiva del conocimiento que fortalezca, contextualice y visibilice la contribución de las universidades al logro de un desarrollo inclusivo y sustentable en la Región. Agradeceremos enviar todo comentario relativo a la información recopilada al correo [email protected]
3
Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México
Benito Juárez (ladedios.com.ar)
En 1867, tras la victoria definitiva del Presidente Benito
Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública,
que establece la educación primaria “gratuita para los pobres
y obligatoria” y se crean la Escuela de Estudios Preparatorios,
la cual habría de dar una base homogénea a la educación
profesional y las Escuelas de Estudios Profesionales. La Ley
sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales,
pero ejerció influencia sobre las leyes estatales1: con la
norma se reforman todos los niveles educativos en sentido
liberal y se establece por primera vez la creación de escuelas para niñas.
Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad-
sociedad en México, destacan el Decreto del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el
Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de
Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En
dicho proyecto se señala: “La Escuela Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando
“que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se aprueba el Reglamento
de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del
Reglamento recita “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, *…+ se
comprometerá solemnemente, *…+ a servir a la instrucción pública *…+ durante tres años después de
que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano
de restituir a la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación.
Justo Sierra
En 1888 se promulga la Ley de Instrucción Obligatoria con alcance
jurisdiccional para el D.F. y los territorios federales2, sustituida en
1993 por la Ley General de Educación. La Ley divide la instrucción
primaria en elemental y superior, establece que la instrucción
primaria dada por el Estado sea gratuita, y prohíbe que sea
impartida por ministros de cualquier culto religioso. Entre 1888 y
1892, se celebran dos Congresos Pedagógicos, durante los cuales
se auspicia la integración del sistema educativo bajo una base
homogénea a nivel nacional y se tratan por primera vez aspectos
1 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Educación [Actualización: 3 de marzo de 2006]. Consultado
el 7 de diciembre de 2010 en www.diputados.gob.mx/cesop/ 2 Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), Sistemas Educativos Nacionales –
México. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.oei.es/quipu/mexico/mex02.pdf
4
referentes a la educación rural. Los Congresos impulsan la aprobación de la Reglamentación de la
Ley de Instrucción Obligatoria de 1888, que se concretiza en marzo de 1891.
Justo Sierra, nombrado Secretario de Instrucción Pública y Bellas Artes en 1905, formula un plan
para la Reforma Integral de la Educación Mexicana3. En 1906 se inicia la revisión de las instituciones
docentes que culmina con el establecimiento de la Universidad Nacional de México en 1910, al
celebrarse el centenario de la Proclamación de la Independencia de México y con el movimiento
revolucionario en puerta.
En el discurso del acto de la inauguración de la Universidad Nacional de México, el 22 de
septiembre de 1910, Sierra afirma “Nosotros no queremos que en el templo que se erige hoy se
adore una Atena sin ojos para la humanidad y sin corazón para el pueblo, dentro de sus contornos
de mármol blanco; queremos que aquí vengan las selecciones mexicanas en teorías incesantes para
adorar a Atena promakos, a la ciencia que defiende a la patria”.
3 María Elena Villatoro M. y Fabián López Pineda, Política Educativa y Estado Democrático. Datos para una reflexión sobre política
educativa, en Foro universitario STUNAM. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.stunam.org.mx/8prensa/8forouniver1/forouniver7/8fu7-06.htm
5
De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917
Durante el periodo revolucionario, de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las
ideas sociales difundidas en el País, y se da a la búsqueda de una fisonomía institucional propia4.
A finales de marzo de 1911, todavía en el régimen de Porfirio Díaz, se nombra a Jorge Vera Estañol
como nuevo Ministro de la Secretaría de Instrucción Pública en lugar de Sierra, como un ejemplo de
los cambios que se realizaban para deshacerse de la llamada “gerontocracia”, es decir los viejos
científicos.
Por otro lado, como parte de la creciente crítica al régimen de Porfirio Díaz, a principios del siglo XX,
un grupo de jóvenes estudiantes y profesionistas se movilizan expresando una fuerte oposición a los
postulados de la doctrina positivista que habían sido adoptados y promovidos por el gobierno. En
1912, estalla un conflicto en la Escuela de Jurisprudencia entre su Director Luis Cabrera y los
estudiantes, que lleva a la fundación de la Escuela Libre de Derecho5. En este mismo año, el 13 de
diciembre, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo
de la Juventud, un grupo cultural independiente, producto de los movimientos anti positivistas,
formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, y figuras importantes del sector
intelectual mexicano, con el propósito de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura
universal, sin dejar de lado la nacional. El Ateneo propone una Universidad no elitista, que haga
llegar la cultura a las clases más numerosas, mediante la organización de clases y congresos extra
muros, dentro de la mística que entrañaba el cambio político y social. El movimiento pasa a través
de diversos cambios, sin pero desviar de su misión original, denominándose en 1912 Ateneo de
México. El experimento de la Universidad Popular, concluido en 1922, es un primer intento de
acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo”6.
Francisco Madero
En 1913, el País vive la tragedia del asesinato del Presidente
Francisco Madero, su hermano y el vicepresidente. Concluido el
periodo armado de la Revolución, se inicia un proceso de constante
reforma, tanto en la conformación del Estado mexicano, como del
sistema educativo, que considera a la población estudiantil como
principal agente de transformación social. Esto trae un cambio
fundamental en todo el sistema de obras de caridad y socorro para
los necesitados. En 1916 nace la primera organización estudiantil, el
4 Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México. Consultado el
7 de diciembre de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm 5 Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México, en Estudios y Ensayos,
ANUIES. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/art1.htm 6Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México. Consultado el 5 de
mayo de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm
6
Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes.
En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana se ven reflejadas en los Artículos 4 y 5 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas
deben ser útiles a la sociedad. Según esta nueva disposición, la Universidad depende directamente
del Ejecutivo Federal, mientras que la educación primaria y secundaria pasan a ser competencia de
los Estados. Con la promulgación de la Constitución, se otorga por primera vez rango constitucional
al derecho que todo ciudadano tiene para recibir una educación laica, obligatoria y gratuita. Según
el Artículo 3 “La educación que imparte el Estado - Federación, Estados, Municipios -, tenderá a
desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez el amor a
la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”.
7
Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional
José Vasconcelos
De 1920 a 1924, el Rector de la Universidad Nacional (1920 -1921), José
Vasconcelos, echa a andar una importante campaña para la
democratización y laicización de la educación. La vinculación
Universidad – Sociedad que profetiza, se cristaliza en su discurso de
toma de posesión como Rector de la Universidad:
“Al decir educación me refiero a una enseñanza directa de parte de los
que saben algo, en favor de los que nada saben; me refiero a una
enseñanza que sirva para aumentar la capacidad productiva de cada
mano que trabaja, de cada cerebro que piensa [...] Tomemos al
campesino bajo nuestra guarda y enseñémosle a centuplicar el monto
de su producción mediante el empleo de mejores útiles y de mejores
métodos. Esto es más importante que distraerlos en la conjugación de los verbos, pues la cultura es
fruto natural del desarrollo económico *...+”.
En 1921 por Decreto del Presidente Álvaro Obregón (Decreto estableciendo una Secretaria de
Estado que se denominara Secretaria de Educación Pública) y bajo iniciativa de Vasconcelos, primer
rector de la Universidad Nacional de México y luego Secretario de Educación Pública, se crea la
primera institución precursora de la actual Secretaría de Educación Pública (SEP), inaugurando así
una tendencia hacia la federalización educativa. Durante el mismo año, el subsecretario de Educación
Pública y catedrático Rafael Heliodoro Valle participa en el Primer Congreso Internacional de
Estudiantes organizado en México con motivo del primer centenario de la Independencia. La
resolución primera del Congreso recita: “La juventud universitaria proclama que luchará por el
advenimiento de una nueva humanidad, fundada sobre los principios modernos de justicia en el orden
económico y en el político”7. Además, el Congreso Internacional de Estudiantes pide la participación
de los estudiantes en el gobierno de las universidades y la implantación de la docencia y la asistencia
libres.
Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor
revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en esos años. Más de treinta profesores imparten
2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes.
Hasta 1924, la extensión universitaria se impone como realidad en la Universidad Nacional. Alfonso
Pruneda García, que sucede a Vasconcelos como Rector, con un reducido presupuesto adaptado a
7 Claude Fell, José Vasconcelos, Los años del águila, Universidad Nacional Autónoma de México, 1989,
México, p. 318.
8
las circunstancias, impulsa acciones coordinadas de varias facultades8, además de impulsar otras
importantes iniciativas, como el otorgar el voto a los estudiantes en el Consejo Universitario.
Emilio Portes Gil
Después de la muerte del Presidente electo, el General Álvaro Obregón, el
Congreso nombra Presidente provisional al licenciado Emilio Portes Gil,
quien ocupa el cargo del 1º de diciembre de 1928 al 5 de febrero de 1930.
Durante estos años, los congresos estudiantiles se transforman en una de
las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se
suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México, 1910; Puebla,
1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán,
1927–1928; Mérida, 1929.
En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento
que contiene la Propuesta de Autonomía para la Universidad Nacional de México. La idea de
autonomía circulaba desde principios del siglo, bajo la influencia de la Reforma de Córdoba del
1918 y de los movimientos estudiantiles uruguayos, cubanos y chilenos.
A principios de 1929, empiezan los problemas en la Facultad de Jurisprudencia y en la Escuela
Nacional Preparatoria. En esta última, los alumnos se oponen a un nuevo plan de estudios que
preveía tres años de preparatoria en lugar de dos. Por otro lado, en la Escuela de Derecho los
estudiantes se expresan en contra de la aplicación de reconocimientos trimestrales en sustitución
de los exámenes finales, rechazan medidas tales como el cierre de la facultad por Acuerdo del
Presidente de la República y la intromisión de la fuerza pública. Con la oposición de los estudiantes a
esta nueva forma de exámenes empieza, mediante la declaración de huelga el 9 de mayo, el
movimiento estudiantil de 1929 que llevará al establecimiento de la autonomía de la Universidad
en México. El 28 de mayo, se presenta una gran manifestación en el Zócalo frente al Palacio
Nacional para apoyar las demandas. Inmediatamente después, Emilio Portes Gil manda su respuesta
en una Ley de autonomía universitaria como única solución al conflicto. El 10 de julio es promulgada
la Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la
autonomía universitaria, la Ley incluye explícitamente, entre los fines de la educación, la
investigación y la extensión. Los fines de la institución se establecieron en el Artículo primero, que
señala: “La Universidad Nacional de México tiene por fines impartir la educación superior y organizar
la investigación científica, principalmente la de las condiciones y problemas nacionales, para formar
profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y llegar a expresar en sus modalidades más altas la
cultura nacional, para ayudar a la integración del pueblo mexicano. Será también fin esencial de la
8 Fuente: Elvira Pruneda, La permanencia de la Universidad Popular Mexicana durante la revolución 1912-1920. Consultado el 5 de
mayo de 2010 en http://www.lajornadamorelos.com/suplementos/el-tlacuache/81931?task=view
9
Universidad llevar las enseñanzas que se imparten en las escuelas, por medio de la extensión
universitaria, a quienes no estuvieren en posibilidades de asistir a las escuelas superiores, poniendo
así la Universidad al servicio del pueblo”.
Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley
Orgánica para la Universidad Autónoma de México, que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la
autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al plano financiero,
mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente
Universidad Autónoma México. El Artículo 1º de la Ley señala: “La Universidad Autónoma de México
es una corporación dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación
superior y organizar investigaciones científicas principalmente acerca de las condiciones y problemas
nacionales, para formar profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y extender con la mayor
amplitud posible los beneficios de la cultura”. Y el Artículo 2 precisa que “La Universidad Autónoma
de México, se organizará libremente dentro de los lineamientos generales señalados por la presente
ley”. La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley
Orgánica de la Universidad Autónoma de México.
10
La Educación Socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio
Plutarco Elías Calles
El 20 de julio de 1934, el Jefe Máximo de la Revolución, Plutarco
Elías Calles, habla al pueblo de Jalisco sobre la reforma al
Artículo 3º de la Constitución. En su mensaje, conocido como el
“Grito de Guadalajara”, afirmaba, entre otras cosas, que “..es
necesario que entremos al nuevo periodo de la revolución, que
yo le llamaría el periodo de la revolución psicológica; debemos
entrar, apoderarnos de las conciencias, de la conciencia de la
niñez, de la conciencia de la juventud, porque la niñez y la
juventud deben pertenecer a la Revolución... no podemos
entregar el porvenir de la Revolución a manos enemigas. Con toda la maña los reaccionarios dicen
que el niño pertenece al hogar, que el joven le pertenece a la familia; doctrina egoísta, el niño y el
joven pertenecen a la colectividad...”9
En 1934, siendo presidente el General Lázaro Cárdenas del Río (1934-1940) el Artículo 3° de la
Constitución es reformado de la siguiente manera: “La Educación que imparta el estado será
socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo
cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud
un concepto racional y exacto del universo y de la vida social….”. El Párrafo I del mismo Artículo,
prohíbe a las corporaciones religiosas toda injerencia, también financiera, en la educación primaria,
secundaria o normal, mientras que, por primera vez en el texto constitucional, se obligan a las
escuelas privadas a seguir los programas oficiales.
La nueva orientación propone ampliar las oportunidades educativas de los trabajadores urbanos y
rurales: se crean internados, comedores y becas; se impulsa la creación de escuelas vinculadas a
centros de producción y se alienta la educación técnica. En 1934 se implanta uno de los programas
de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos
resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en
Morelia en 1935.
El Servicio Social, en su concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto
Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la Patria”, para que apoyara el
desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y
el Colegio de México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela
9 Reseña Histórica de la Universidad de Guadalajara. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.uag.mx/201/lareforma.htm
11
Nacional de Medicina de la Universidad Nacional, gestiona la formalización del Servicio Social de
Medicina en 1936, a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de
Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social
para los Estudiantes de Medicina. En dicho documento se establece como requisito previo a la
titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí, se
incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología,
en el contexto mismo de la Ley General de Salud10. El Convenio apunta a desarrollar proyectos de
servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el monto de la beca para los
estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la
incorporación de los estudiantes de las carreras de Medicina, el objetivo del Servicio Social en esa
fase era de atender a las comunidades carentes de servicios médicos.
10 Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México:
http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm
12
La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del
Artículo 3º constitucional de 1946
La nacionalización de la industria petrolera (1938) favorece el avance del campo de acción del
Servicio Social, ya que la Escuela de Ciencias Químicas establece la práctica del servicio social de sus
estudiantes con apoyo específico a esa industria.
El 26 de mayo de 1945, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del
Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de
octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley Reglamentaria
del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El
Capítulo VII (Del servicio social de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de
las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o
impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53,
entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y
presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece además
que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades
sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta
Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no
menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que
por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el
servicio social” (Artículo 55). La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el Artículo 59
dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del
profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus
necesidades”.
En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el Artículo 3º Constitucional en los
siguientes términos: “La educación que imparta el Estado – federación, Estados, Municipios –
tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la
vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la
justicia. Además: Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a
dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los
resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los
fanatismos, y los perjuicios”. La reforma permite reafirmar la importancia del rol de la educación en
el proceso de desarrollo nacional y cristaliza los principios de solidaridad y contribución social que
rigen la práctica del servicio social.
En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional, en estos años se inicia
formalmente el servicio social en el Instituto Politécnico Nacional. En 1944 se funda el Instituto
13
Federal de Capacitación del Magisterio, el cual abre normales en diversas partes del País. En 1946
se crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y, algunos años más tarde, el Instituto
Nacional Indigenista (1948) y la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza
Superior (ANUIES) (1950). En 1951, por
iniciativa de la UNESCO y el Gobierno de
México nace el Centro Regional de
Educación Fundamental para América
Latina (CREFAL), hoy Centro de
Cooperación Regional para la Educación
de los Adultos en América Latina y el
Caribe, con el propósito de apoyar la
tarea educativa en los ámbitos sociales
más rezagados de esos Países,
particularmente el ámbito rural. Con el surgimiento de estas instituciones, la estructura del sistema
educativo mexicano se completa y fortalece, mientras que se busca una mayor inclusión en el
sistema educativo de los sectores más vulnerables y marginados de la sociedad del tiempo.
El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de Medicina, se
publica un Decreto del Presidente Miguel Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año.
El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan servicios médicos por
medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de
los Estudiantes y Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio
Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se trata así de incorporar al Servicio Social
a todos los egresados del área médica.
Miguel Alemán Valdés
Como consecuencia, para 1952 la Ley de
Profesiones obliga a los estudiantes a prestar
servicio social en beneficio de la sociedad y
del Estado, así como contemplado por los
Artículos de la Ley.
El 20 de noviembre de 1952, en un acto
presidido por Miguel Alemán se inaugura la
Ciudad Universitaria de la Universidad
Nacional Autónoma de México (UNAM) en una ceremonia denominada “Dedicación de la Ciudad
Universitaria”. En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio
social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN) organiza un esfuerzo similar pero ubicado en
las zonas indígenas y rurales.
14
La Ley Federal de Educación de 1973
En la década de los Sesenta, se inicia un movimiento que intenta resolver la cuestión reglamentaria
del Servicio Social en facultades y escuelas. Aparecen proyectos de ley y reglamentos sobre esta
actividad y el 9 enero de 1960 se fija la regulación del servicio social a los estudiantes de las escuelas
normales federales.
En 1967, tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social, en la que se acepta
promover la creación de un organismo que coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes,
buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de gobierno
En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma
del Servicio Social, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para
coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con
la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en
1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación
del Servicio Social11.
La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y
el derecho que todos los habitantes del País tienen de recibir educación con las mismas
oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de
revalidación y equivalencia de estudios, asegura el principio de libertad educativa y proporciona una
reglamentación y una primera base legal relativamente a la obligatoriedad de la prestación del
servicio social.
El Artículo 11 de la Ley señala: “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán
prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes.
En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado
académico”.
Por su parte, las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio
Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas
multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País, surgiendo
así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales.
11
Hilda María Jiménez Acevedo et alia, Universidad Autónoma de Chiapas, Centro de Estudios para el Desarrollo Municipal y Políticas Públicas, Proyecto de Servicio Social Modalidad Intrauniversitaria-Municipal para los estudiantes de Gerencia Social, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. febrero 2010: http://www.unach.mx/eventos/carteles/Images/432_SERVICIO_SOCIAL_A_DISTANCIA.pdf
15
En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos
4º y 5º constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales.
El Artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título profesional expedido
por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría
de Educación Pública revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite
haber prestado el servicio social”.
En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional
Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece
que, para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá
presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir
verdad, declarará el “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el
título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de presentar el servicio social incluye a
todos los profesionistas aun cuando no ejerzan la profesión”.
En 1976 la Secretaria de Educación Pública crea la
Coordinación General de Educación Superior,
Ciencia y Tecnología, la cual en 1978 se
transforma en Subsecretaría de Educación
Superior e Investigación Científica. El 20 de septiembre de 1978, por Acuerdo presidencial, se crea la
Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación
Superior (COSSIES), organismo que surge como respuesta a la necesidad de establecer mecanismos
de coordinación interinstitucional de las acciones del gobierno en materia de Servicio Social.
16
El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las
Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana de 1981
José López Portillo
Durante la presidencia de José López Portillo
(1976-1982), se promociona la ANUIES y el 20 de
septiembre de 1978 se crea por Acuerdo
Presidencial la Comisión Coordinadora del
Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones
de Educación Superior (COSSIES), cuya función
primordial era elaborar programas de servicio
social que se relacionaran con los problemas
prioritarios del País.
En 1978 se promulga la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, primera Ley nacional
referida a este nivel educativo. La Ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de
diciembre de 1978, establece que, a fin de desarrollar la educación superior en atención a las
necesidades nacionales, regionales y estatales y a las necesidades institucionales de docencia,
investigación y difusión de la cultura, el Estado proveerá la coordinación de este tipo de educación
en toda la República, mediante el fomento de la interacción armónica y solidaria entre las
instituciones de educación superior y a través de la asignación de recursos públicos disponibles
destinados a dicho servicio. En consecuencia de la Ley, en 1979 se constituye la Coordinación
Nacional para la Planeación de la Educación Superior (CONPES). En 1979, como producto de la
Primera Reunión Nacional de Intercambio sobre Servicio Social, realizada en la Universidad de
Guanajuato, se propone la creación de la Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS) la
cual tendría como objetivo la elaboración del marco metodológico para el desarrollo de esta
actividad.
El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el Artículo 3º
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se cambia el número de la última
fracción del mismo Artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a rango
constitucional, al establecer que: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior
a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí
mismas … ”.
17
El 30 de marzo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación se pública el Reglamento para la
prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la
República Mexicana, el cual establece las bases y lineamientos para la realización de esta actividad
a través del Sistema Nacional de Servicio Social con la coordinación de la COSSIES. El Artículo 2 del
Reglamento precisa: “Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio
social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado
académico que corresponda”.
Según el Articulo 3, el objeto del servicio social será de “I. Desarrollar en el prestador una conciencia
de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece; II. Convertir esta prestación en un
verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector
público; III. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio
social”. Además se establece que “El número de horas requerido para la prestación del servicio,
estará determinado por las características específicas del programa al que esté adscrito el alumno.
La duración del servicio social no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas, sin contravenir lo
dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional relativo al
ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal”.
En cumplimiento al Artículo 5º de este Reglamento, se publican el 2 de marzo de 1982, las Bases
para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud cuya aplicación
correspondía a la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia.
18
Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL)
En julio de 1981 se da a conocer el Plan Nacional de Educación Superior Para el Periodo 1981-1991,
primer instrumento en su género diseñado con la participación de las Instituciones de Educación
Superior (IES), la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior
(ANUIES) y el Gobierno Federal. El eje del Plan es coordinar el nivel educativo con las necesidades de
desarrollo nacional, mediante el apoyo financiero a proyectos específicos.
En el mismo año, el Congreso de la Unión aprueba la Ley Orgánica del IPN, que define la Institución
como un organismo desconcentrado de la Administración Pública Federal, dependiente de la
Secretaría de Educación Pública. En el año 2000, el Instituto inicia un proceso de reforma con el fin
de actualizar los reglamentos internos y las leyes de gestión.
En 1983, bajo la presidencia de Miguel de la Madrid Hurtado, se publica el Acuerdo por el que se
crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos en Salud (CIFRHS).
El Artículo 1º del Acuerdo especifica que el propósito de la Comisión es “identificar las áreas de
coordinación entre las instituciones educativas y las de salud así como entre el sector educativo y el
sector salud, en el proceso de formación de recursos humanos para la salud que requiera el Sistema
Nacional de Salud”. El Articulo 3º enumera, dentro de las funciones del CIFRHS, “Propiciar que el
servicio social sea una etapa académica de la formación profesional de las carreras del área de la
salud y que sus acciones lleguen prioritariamente a los grupos humanos que carecen de atención,
bajo la vigilancia y evaluación de personal capacitado que labore en las instituciones de salud”.
En marzo de 1984 se instala el Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social, que elabora el
Reglamento de Servicio Social para las carreras de la salud en el marco de la Ley General de Salud
(publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 y en la que se sustituyó a la
Secretaría de Salubridad y Asistencia por la Secretaría de Salud).
Bajo la presidencia de Carlos Salinas de Gortari, se proponen tres acuerdos nacionales para
impulsar el desarrollo del País, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994 (PND). Con
respecto al primero, el Acuerdo para Elevar Productivamente el Nivel de Vida de la Población
(diciembre de 1988), durante el acto de toma de posesión del Poder Ejecutivo Federal, de Gortari
dijo: “El bienestar social en el Estado moderno no se identifica con el paternalismo, que suplanta
esfuerzos e inhibe el carácter; hoy, la elevación del nivel de vida sólo podrá ser producto de la acción
responsable y mutuamente compartida del Estado con la sociedad … . “Pondré de inmediato en
marcha el Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL), con acciones eficaces en la regiones
19
rurales y en las zonas urbanas con niveles de vida deprimidos. Asimismo, se enfocará hacia los
grupos indígenas, quienes exigen respeto, nuestro máximo apoyo y trato justo”12.
El PRONASOL es un programa especial de la administración pública federal que se instrumenta a
partir de 1988, con un presupuesto de 1,640 billones de pesos para 198913
.
Este programa es ejecutado a través de una comisión, creada por un Acuerdo de la Secretaría de
Programación y Presupuesto (Acuerdo por el que se crea la Comisión del Programa Nacional de
Solidaridad como órgano de coordinación y definición de las políticas, estrategias y acciones que en
el ámbito de la Administración Pública se emprendan, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 6 de diciembre de 1988). Más tarde, con Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación
del 25 de mayo de 1992, se crea la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), con el fin de manejar
el Programa Nacional de Solidaridad y de establecer una nueva relación entre el Estado y la
sociedad. Por su parte, las IES se comprometen en 1990, a través de un Convenio SPP-SEP-ANUIES, a
proporcionar a la mayoría de sus prestadores para acciones del PRONASOL, mediante el Programa
Nacional de Apoyo al Servicio Social (PRONASS), a orientar recursos para atender rezagos sociales e
impulsar proyectos productivos de comunidades rurales y urbanas marginadas14. Con PRONASS, se
vinculan los pasantes de educación técnica y superior con las estrategias de desarrollo social, y se
apoya su incorporación a la formulación de proyectos productivos y de infraestructura a favor de las
comunidades de mayores rezagos.
12
Fuente: “Discurso de toma de posesión de Carlos Salinas de Gortari”, en el Financiero, año VIII, núm. 1823, viernes 2 de diciembre de 1988. 13
Fuente: Eduardo Larrañaga Salazar, Héctor Manuel Pedraza Rosales y Cesario Vega López, Del Estado Benefactor al Estado Solidario, (2ª Parte), en Revista Vinculo Jurídico, Nº 18, Abril-Junio 1994, Política económica: http://www.uaz.edu.mx/vinculo/webrvj/rev18-5.htm 14
Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México, Estado, normatividad e instituciones educativas ante el servicio social: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib33/19.htm
20
El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari
Como resultado de la XXIII Reunión de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de
Educación Superior (ANUIES) de 1990, se firma un Convenio entre dicha Asociación y el Gobierno
Federal para incorporar las instituciones de educación superior al Programa Nacional de Solidaridad
PRONASOL. Por medio del Convenio, las Instituciones de Educación Superior se comprometen a
orientar el Servicio Social hacia las necesidades de desarrollo productivo y social del País. En el
discurso de apertura de la XXIII Reunión de la ANUIES, De Gortari expresa las orientaciones del
Programa de Modernización Educativa lanzado por su gobierno para el periodo 1989-1994: “El
sistema educativo debe ser capaz de contener y revertir los rezagos, de ofrecer a los mexicanos una
mejor formación capaz de conducir la modernización de la producción y la cultura, con apoyo de la
ciencia, la tecnología y la competencia profesional. De este modo podrán impulsar y sostener la
modernización del país ... . Es oportuno recordar, en esta asamblea general, que abordar los retos
de la modernización constituye una responsabilidad que es compartida. No es tarea exclusiva de la
competencia del estado; tampoco puede ser vista como una imposición de los intereses específicos
de ninguno de los demás protagonistas. Se trata de un compromiso compartido ... . Sólo así la
educación superior se vinculará con las comunidades y con los sectores productivos. Esta es la
manera de enfrentar el desafío modernizador que convoca a la responsabilidad y la participación de
la sociedad”15.
En 1992, se firma el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica bajo el
siguiente auspicio:
“La estrategia de modernización del país y la reforma del Estado requieren que se aceleren los
cambios en el orden educativo. Al igual que en las otras esferas de la vida nacional, este trabajo
implica una nueva relación entre el Estado y la sociedad y de los niveles de gobierno entre sí y
supone, en general, una participación más intensa de la sociedad en el campo de la educación. En
esta articulación moderna del Estado y la sociedad, los vínculos entre escuela y comunidad
adquieren una importancia especial. De acuerdo con el legado de nuestro liberalismo social, la
educación debe concebirse como pilar del desarrollo”.
Al firmar este Acuerdo, se comienzan a incluir reformas en todos los niveles educativos, con el fin de
orientar la labor educativa al desarrollo nacional.
El 13 de julio de 1993, se promulga una nueva Ley General de Educación. La Ley hace del Servicio
Social la palanca del desarrollo nacional, estableciendo el derecho de los estudiantes a una
formación integral. El Artículo 2º es reformado de la siguiente manera: “Todo individuo tiene
derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas
15
Discurso pronunciado por el C. Presidente de la República Lic. Carlos Salinas de Gortari en la ceremonia de presentación del
Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109
21
oportunidades de acceso al sistema educativo ... . La educación es medio fundamental para
adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del
individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de
conocimientos y para fomentar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. En el
proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa
y su sentido de responsabilidad social ... ”.
El Artículo 9 precisa que “el estado promoverá y atenderá –directamente, mediante sus organismos
descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y
modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación,
apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la
cultura nacional y universal”.
En la VI reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de 1994, los rectores
asistentes definen el Servicio Social como “el conjunto de actividades teórico-prácticas de carácter
temporal y obligatorio que contribuyen a la formación integral del estudiante y que le permiten, al
aplicar sus conocimientos, destrezas y aptitudes, comprender la función social de su perfil
académico, realizando actividades educativas, de investigación, de asistencia, de difusión,
productivas, de desarrollo tecnológico, económico y social en beneficio de la sociedad”.
22
El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión
Nacional de Servicio Social
Bajo la presidencia de Ernesto Zedillo Ponce de León, el Programa de Desarrollo Educativo 1995-
2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996, menciona que
el Servicio Social se transformará en un medio fundamental para fortalecer la responsabilidad social
del estudiante y su compromiso permanente de contribuir a la satisfacción de las necesidades del
País.
Para analizar de manera permanente la problemática del servicio social y formular propuestas para
su mejoramiento, en la X Reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de la
ANUIES (CUPIA) en 1997, se presenta el documento “El servicio social en las instituciones de
educación superior: propuestas para un replanteamiento”. En la Reunión, se decide la creación de la
Comisión Nacional de Servicio Social, que reuniría a las instituciones involucradas directamente con
el Servicio Social de la educación superior: la representación de los presidentes de los seis consejos
regionales y el Secretario General Ejecutivo de la ANUIES; los titulares de la UNAM; el IPN y las
entidades de carácter público: SEDESOL, SEP y SSA, así como el titular de la institución sede de la
presidencia de la Comisión Interinstitucional de Servicio Social. Actualmente, la Comisión Nacional
de Servicio Social analiza los problemas del Servicio Social, sus programas y su vinculación con la
sociedad y con los planes y programas de la educación superior16.
Como resultado de varias sesiones de trabajo, la Comisión Nacional de Servicio Social presenta ante
el CUPIA en su XI Sesión (Universidad Autónoma de Campeche, 1998), el documento Problemática
del Servicio Social y propuestas para su mejoramiento17. El documento presenta un diagnóstico
preliminar que señala: “si bien el servicio social ha resultado ser una estrategia de apoyo real para el
desarrollo de sus comunidades, su prestación se realiza con asimetrías, derivadas de la diversidad de
factores regionales, políticos, económicos, sociales, culturales y académicos en los que se insertan
las instituciones de educación superior, por la heterogeneidad de las reglamentaciones en la
materia, así como de la necesidad de una mayor articulación de los programas de las instituciones
educativas y de las dependencias gubernamentales relacionadas con el servicio social. En
consecuencia, resulta difícil la adecuación de los programas de servicio social al desarrollo del país y
sus regiones, así como, elevar el impacto integral en las necesidades de las comunidades, y en la
formación académica de los estudiantes”. Sobre la base del análisis de este documento, el CUPIA
recomienda que se integren un conjunto de elementos cuantitativos que reflejen la situación actual
del Servicio Social, proyectando la visión de éste hacia el año 2020 y, con ello sustentar un conjunto
16
Programa Nacional de Extensión de la Cultura y los Servicios, Aprobado en la XXX Sesión Ordinaria de la Asamblea General de l a ANUIES: http://www.anuies.mx/f_extension/html/pnecs/index.html 17
Ibídem
23
de propuestas que permitan mejorar la planeación, organización y ejecución de programas y
proyectos de Servicio Social.
24
Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento
de la vinculación Universidad-sociedad
Conformemente al interés que se genera en este periodo hacia las actividades de Extensión
Universitaria en la Región Latinoamericana, numerosas universidades mexicanas participan en 1996
al Primer Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en La Habana, Cuba, y
cuyos Acuerdos finales auspician la conformación de una “Asociación Latinoamericana de Extensión
Universitaria que contribuya a sistematizar e integrar el trabajo y las estrategias extensionistas de
las universidades de la región”. Igualmente, las IES mexicanas participan activamente en el II
Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en 1997 en Mendoza, Argentina
y en el III y IV Congresos Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria desarrollados
respectivamente en 1998 en Heredia, Costa Rica y en 1999 en Caracas, Venezuela. En Caracas, las
instituciones participantes producen el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión
Latinoamericana de Extensión Universitaria.
En el año 2000, la ANUIES organiza el V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria
“Sociedad, Educación Superior y Extensión: Balance y Perspectivas” en la Universidad Michoacana
de San Nicolás de Hidalgo en Morelia. Del evento surge una declaración, conocida como la
Declaración de Morelia, en la cual se decide “operacionalizar las intenciones y propósitos
contenidas en el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión Latinoamericana de Extensión
Universitaria” (ULEU).
En los años sucesivos, las universidades mexicanas están presentes en el VI Congreso de Sao Paulo
de 2001, que coincide con la primera reunión de la asamblea general de la ULEU, en el VII Congreso
en Pinar del Rio, Cuba, en 2003, en el VIII Congreso en Rio de Janeiro, en 2005 y en el IX Congreso
de Bogotá, Colombia, en 2007.
En 1999, la ANUIES, en ocasión de la XXX Asamblea General presenta el documento “La Educación
Superior hacia el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo. Una propuesta de la ANUIES” El
documento indica que “La docencia, la investigación y la difusión deberán planearse y llevarse a
cabo, buscando atender la problemática del entorno de cada una de las IES. Deberá evitarse, sin
embargo, que la definición de las necesidades se limite a la continuación de tendencias pasadas o al
estrecho ámbito de lo material y de utilidad inmediata. Por el contrario, su carácter de espacios
donde se cultiva el conocimiento, hace que las mismas IES tengan un papel relevante en la
identificación de necesidades, para definirlas con profundidad, en el marco de una visión creativa del
desarrollo sustentable del país a largo plazo”.
25
El Programa Nacional de Educación 2001-2006 de la Secretaría de Educación Pública contiene
indicaciones en el mismo sentido, y añade que “El reto es lograr que el servicio social de la
educación superior se consolide como un medio estratégico para enriquecer la formación, las
habilidades y destrezas de los estudiantes, y para influir de manera efectiva en la atención de
problemas prioritarios para el país, especialmente aquellos que afectan a las comunidades menos
favorecidas”.
Desde este enfoque, se promueven numerosos Programas Nacionales de Apoyo al Servicio Social y
desde 1999 la ANUIES, con el apoyo de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la Secretaría de
Educación Pública (SEP) y la Fundación Ford, ha establecido acuerdos de colaboración con el
propósito de crear un mecanismo para impulsar el Programa para el Fortalecimiento y
Consolidación de Proyectos de Servicio Social Comunitario, que otorga recursos financieros y
reconocimientos para estimular la labor desempeñada a proyectos de servicio social comunitario.
Durante el gobierno de Vicente Fox Quesada (2000-2006), se inicia un proyecto a favor de la
educación, diseñando nuevas políticas y programas dirigidos a construir un sistema educativo de
calidad, equitativo y de impulso a la gestión institucional.
A partir del año 2001, el Gobierno Federal de México da un sensible giro en el rumbo de la política
social: la Secretaría de Desarrollo Social inicia el diseño de políticas y programas de cuarta
generación, incorporando los aprendizajes de etapas anteriores, y partiendo de la consideración que
el esfuerzo había sido insuficiente.
26
El Servicio Social en la actualidad
En 2009, el Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales de la Cámara de Senadores
reitera, entre los objetivos de la educación: “Ofrecer servicios educativos de calidad para formar
personas con alto sentido de responsabilidad social, que participen de manera productiva y
competitiva en el mercado laboral”; ”Fortalecer la vinculación de las instituciones de educación
superior con la sociedad a través del servicio social”;”Impulsar la recuperación del sentido de
solidaridad comunitaria y de retribución a la sociedad que dieron origen al servicio social”; "Elevar la
pertinencia del servicio social y promover el establecimiento de vínculos efectivos del servicio social
con proyectos de interés público y de desarrollo comunitario”.
Actualmente, el Servicio Social es regulado por la Ley de Profesiones que regula el Artículo 5º de la
Constitución, reformado en 1993, y por la Ley General de Salud. La Ley de Profesiones establece
que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas
no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio
social”. El Artículo 53 entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante
retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el
Estado”. Se establece que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la
profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las
profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten
servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en
el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca
fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La ley preserva que no exista un
exceso y en tal sentido el Artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las
actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para
satisfacer decorosamente sus necesidades”.
Todos los estudiantes de todas las carreras sub-profesionales (Técnicos) y profesionales (TSU y
Licenciaturas) deben prestar Servicio Social en cumplimiento de la Ley General de Profesiones.
Conforme a la normatividad a nivel nacional, se deben realizar 480 horas en un periodo no menor a
seis meses ni mayor a un año. Las Universidades, a través de su Coordinación de Servicio Social,
convocan semestralmente a los estudiantes y egresados para cubrir las plazas de los programas de
Servicio Social internos o externos, incluyendo actividades en instituciones de asistencia social. El
Servicio Social no puede realizarse en el extranjero, sino exclusivamente en territorio mexicano. El
cumplimento de as horas de Servicio Social previstas es requisito oficial para obtener el registro del
título profesional.
27
Los requisitos para prestar el Servicio Social son: haber obtenido el 70% de los créditos que señala el
plan de estudios de la carrera; asistir y participar a un Curso de Inducción al Servicio Social y estar
registrado en el sistema de la Dirección de Servicio Social Universitario. El Curso de Inducción al
Servicio Social es obligatorio y consiste en una sesión informativa respecto de los antecedentes
históricos y fundamentos de la prestación de la labor social de los estudiantes universitarios en el
País. El estudiante debe elaborar un Informe Final de Servicio Social que es un documento escrito -
original y único- que entregan los prestadores como requisito para la liberación del Servicio Social, y
en el cual se describen las actividades del servicio prestado18.
El número de apoyos financieros para el servicio social ha aumentado en la actualidad con
programas de becas de la Secretaría de Educación Pública que han ayudado a que la prestación del
servicio no genere una carga económica para los estudiantes y se facilite su realización.
De igual manera la práctica del servicio social logra una vinculación entre las instituciones de
educación superior, los estudiantes e instituciones públicas y privadas que propicia una más fácil
integración de los estudiantes y recién egresados al mercado laboral.
18 Fuente: Claudio Rama, Nuevas modalidades del compromiso social de las Universidades (de la extensión universitaria a la
proyección social), II Congreso Internacional de Voluntariado Universitario “Universidades y Voluntariado: Hacia una nueva agenda social en América Latina y el Caribe”, 4-5 diciembre de 2008, Santo Domingo, República Dominicana. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.redivu.org/docs/publicaciones/ramasolidaridad.pdf
28
ENLACES Y DOCUMENTOS DE INTERÉS
Enlaces:
Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos en Salud (CIFRHS), 1983: http://www.cifrhs.salud.gob.mx/descargas/pdf/E34_marcolegal_normatividad_acuerdode_creacion.pdf Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, 1992: http://www.snte26.org.mx/documentos/Acuerdo_Nacional_Modernizacion_Educacion_Basica.pdf Alfonso Pruneda García (1979-1957), en Compendio de Legislación Universitaria, pp. 137-8: http://www.bibliojuridica.org/libros/1/254/48.pdf Álvaro Obregón, 1880-1928, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=155:alvaro-obregon-1880-1928&catid=85:biografias-revolucion Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES): http://www.anuies.mx/ Bases para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud, 1982: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/b020382.html Benemérita Escuela Nacional de Maestros: http://dgenamdf.tripod.com/benm/ Benito Juárez, 1806 - 1872 (Oaxaca, México) en Tierra: http://tierra.free-people.net/personajes/personajes-benito-juarez.php Carlos Salinas de Gortari en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexico/carlos_salinas_de_gortari Centro de Cooperación Regional para la Educación de los Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL): http://www.crefal.edu.mx/index.php Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES): http://www.tlaxcala.gob.mx/cossies/index.html Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS): http://www.serviciosocial.udg.mx/ciss/ Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social: http://www.cifrhs.salud.gob.mx/contenidos/inicio/cpss.html Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/1.htm?s= Decreto estableciendo una Secretaria de Estado que se denominara Secretaria de Educación Pública, 1921: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/0144d6ee-7c42-459c-aa69-3b118939fd02/decreto_sep.htm Decreto que reforma el Artículo 3º Constitucional, 1946: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_041_30dic46_ima.pdf
29
Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los Artículos 4º y 5º constitucionales, 1974: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res009/txt6.htm Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se cambia el número de la última fracción del mismo Artículo, 1980: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_092_09jun80_ima.pdf El Colegio de México: http://www.colmex.mx/ Emilio Portes Gil en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=622 Ernesto Zedillo Ponce de León, en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexico/ernesto_zedillo_ponce_de_leon Escuela Libre de Derecho: http://www.eld.edu.mx/ Francisco Ignacio Madero, 1873-1913, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=151 Gustavo Baz Prada (1894 – 1987), en Compendio de Legislación Universitaria, pp. 377-8: http://www.bibliojuridica.org/libros/1/254/100.pdf Instituto Nacional de Antropología e Historia: http://www.inah.gob.mx/ Instituto Politécnico Nacional (IPN): http://www.ipn.mx/WPS/WCM/CONNECT/IPN_HOME/IPN/ESTRUCTURA_PRINCIPAL/INDEX.HTM José López Portillo y Rojas en Secretaria de Relaciones Exteriores: http://www.sre.gob.mx/acerca/glosario/dpoestasliterarios.htm#1b José Vasconcelos, 1882-1959, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=160:jose-vasconcelos-1882-1959&catid=85:biografias-revolucion La reforma del Artículo 3º de la Constitución, en Reseña Histórica de la Universidad Autónoma de Guadalajara: http://www.uag.mx/201/lareforma.htm La Reforma Universitaria de 1918 — Universidad Nacional de Córdoba: http://www.unc.edu.ar/institucional/historia/reforma Lázaro Cárdenas del Río en Red Escolar: http://redescolar.ilce.edu.mx/redescolar/publicaciones/publi_quepaso/lazarocardenas.htm Ley Orgánica de la Instrucción Pública en el Distrito Federal, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 2 de Diciembre de 1867: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/3f9a47cc-efd9-4724-83e4-0bb4884af388/02.htm Ley Constitutiva de la Universidad Nacional de México, 26 de mayo de 1910: http://abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/1.pdf Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA), 1929: http://www.abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/34.pdf
30
Ley Orgánica para la Universidad Autónoma de México, 1933: http://www.abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/53.pdf Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México, 1944: http://abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/95.pdf Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional de 1945: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/208.pdf Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, 1946: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/193.pdf Ley que crea el Instituto Nacional Indigenista, 1948: http://www.cua.uam.mx/biblio/ueas10-I/ueaarticulos/LeyqueCreaelINI.pdf Ley que establece el Instituto Federal de Capacitación del Magisterio, 1951: http://www.itch.edu.mx/informacion/derechos/lqeeifdc.pdf Ley Federal de Educación, 1973: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res008/txt5.htm Ley para la Coordinación de la Educación Superior, 1978: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/182.pdf Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, 1981: http://www.cem.itesm.mx/derecho/nlegislacion/federal/182/index.html Ley General de Salud, 1984: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgs/LGS_orig_07feb84_ima.pdf Ley General de Educación, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 1993: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/137.pdf Ley General de Salud, actualizada al 18 de diciembre de 2007: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/legis/lgs/index-indice.htm Miguel Alemán Valdés en Red Escolar: http://redescolar.ilce.edu.mx/redescolar/publicaciones/publi_quepaso/miguelalemanvaldes.htm Miguel de la Madrid Hurtado en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacion/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexico/miguel_de_la_madrid_hurtado Plutarco Elías Calles, 1877-1945, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=136:plutarco-elias-calles-1877-1945&catid=85:biografias-revolucion Porfirio Díaz, 1830-1915, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=381 Portal de la Revolución Mexicana, Bicentenario México 2010: http://www.revolucion.bicentenario.gob.mx/ Rafael Heliodoro Valle (1891-1959) en www.guaymuras.hn: http://www.guaymuras.hn/autores/Rafael_Heliodoro_Valle.pdf Reglamento de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México de 1885: http://cdigital.dgb.uanl.mx/la/1080107092/1080107092_02.pdf
31
Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, 1945: http://148.228.229.11/dirserso/doctos/2.%20Ley%20reglametnaria%20del%20Art%C3%ADculo%205o.Constitucional.pdf Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana, 1981: http://www.ineanayarit.gob.mx/trans/n03-06.pdf Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL): http://www.sedesol.gob.mx/index/index.php Secretaría de Educación Pública (SEP): http://www.sep.gob.mx/ Secretaría de Educación Pública (SEP), Historia de la SEP: http://www.sep.gob.mx/wb/sep1/sep1_Historia_de_la_SEP?page=1 Secretaría de Salud: http://portal.salud.gob.mx/ Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo: http://www.umich.mx/ Universidad Nacional Autónoma de México: http://www.unam.mx/ Universidad de Guanajuato: http://www.ugto.mx/sitioug/espanol/estructura/index.asp Vicente Fox Quesada en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexico/vicente_fox_quesada
32
Documentos de Interés:
IV Congreso Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria: logros y propuestas", 18 - 21 de octubre de 1999, Caracas, Venezuela: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1999/logros_y_propuestas.pdf VI Reunión del CUPIA, Discursos, Toluca, 12 de diciembre de 1994: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res093/txt6.htm VIII Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 27- 30 de noviembre de 2005, Río de Janeiro, Brasil: http://www.pr5.ufrj.br/iberoamericano/ Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), Problemática del Servicio Social y propuestas para su mejoramiento, 1998: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib51/000.htm Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), La Educación Superior hacia el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo. Una propuesta de la ANUIES, 1999: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/documentos_estrategicos/21/sXXI.pdf Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Educación [Actualización: 3 de marzo de 2006]: www.diputados.gob.mx/cesop/ Claudio Rama, Nuevas modalidades del compromiso social de las Universidades (de la extensión universitaria a la proyección social), II Congreso Internacional de Voluntariado Universitario “Universidades y Voluntariado: Hacia una nueva agenda social en América Latina y el Caribe”, 4-5 diciembre de 2008, Santo Domingo, República Dominicana: http://www.redivu.org/docs/publicaciones/ramasolidaridad.pdf Conferencias centrales del IX Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 7 - 9 de noviembre de 2007, Bogotá, Colombia: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2007/conferencias/index.html Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior, Plan Nacional de Educación Superior, Lineamientos Generales Para el Periodo 1981-1991, México, D. F., 9 de agosto de 1981: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res039/txt5.htm Declaración de Morelia, V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 19-23 de noviembre de 2000, Morelia, México: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2000/declaracion_de_morelia.pdf Diario Oficial del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos del 23 de diciembre de 1934: http://www.juridicas.unam.mx/infjur/leg/constmex/pdf/rc020.pdf Diario Oficial de la Federación del 25 de mayo de 1992: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/loapf/LOAPF_ref13_25may92_ima.pdf Discurso pronunciado por el C. Presidente de la República Lic. Carlos Salinas de Gortari en la ceremonia de presentación del Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109
33
Eduardo Larrañaga Salazar, Héctor Manuel Pedraza Rosales y Cesario Vega López, Política económica, del Estado benefactor al Estado solidario, Revista Vinculo Jurídico, Nº 18, Abril-Junio 1994: http://www.uaz.edu.mx/vinculo/webrvj/rev18-5.htm Elvira Pruneda, La permanencia de la Universidad Popular Mexicana durante la revolución 1912-1920, 28 de Noviembre de 2009 en la Jornada de Morelos: http://www.lajornadamorelos.com/suplementos/el-tlacuache/81931?task=view Gaceta UNAM, Suplemento del 75 Aniversario de la Autonomía de la Universidad, Ciudad Universitaria, 11 de octubre de 2004, Número 3,754: http://www.dgcs.unam.mx/gacetaweb/suplementos/75aniversario/pdf/75_09.pdf Gaceta UNAM, Suplemento del 75 Aniversario de la Autonomía de la Universidad, Ciudad Universitaria, 18 de octubre de 2004, Número 3,756: http://www.dgcs.unam.mx/gacetaweb/suplementos/75aniversario/pdf/75_11.pdf Guillermo Ontiveros Ruíz, La Política Social en México 1988– 1994: El Programa Nacional de Solidaridad: http://www.eumed.net/libros/2005/gor/index.htm José Vasconcelos, Discurso en la Universidad (1920), Revista Historia de la Educación Latinoamericana, año/vol. 7, Universidad Pedagógica y tecnológica de Colombia, Tunja, Colombia, pp. 179 -183: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/869/86900709.pdf Juan Carlos Aguilar García, Ateneo de la Juventud La crónica de una amistad, en La Crónica de Hoy, sábado 12 de julio 2008: http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=372415 Justo Sierra, Discurso del acto de la inauguración de la Universidad Nacional de México, 22 de septiembre de 1910: http://www.ensayistas.org/antologia/XXA/sierra/ Ma. del Carmen Rovira Gaspar, Justo Sierra ante la condición humana, Facultad de Filosofía y Letras/UNAM, Julio 2006: http://www.ensayistas.org/critica/generales/C-H/mexico/sierra.htm María Elena Villatoro M. y Fabián López Pineda, Política Educativa y Estado Democrático. Datos para una reflexión sobre política educativa, en Foro Universitario STUNAM: http://www.stunam.org.mx/8prensa/8forouniver1/forouniver7/8fu7-06.htm Memoria del III Congreso Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria, 9 - 11 de septiembre de 1998, Heredia, Costa Rica: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1998/memoria.pdf Memorias del V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 19-l 23 de Noviembre de 2000, Morelia, México: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2000/memorias.pdf Memorias del VI Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, Sao Paulo, Brasil, 2001: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2001/anais.pdf Memorias del VII Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 22 - 26 septiembre de 2003, Pinar del Río, Cuba: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/memorias2003/index.html Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), Sistemas Educativos Nacionales – México: http://www.oei.es/quipu/mexico/mex02.pdf Poder Ejecutivo Federal, Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109
34
Ponencias del Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria, 5 - 7 de Junio de 1996, La Habana, Cuba: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/p1996.html Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/nrm/1/331/default.htm?s=iste Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales, Cámara de Senadores, LX Legislatura, Año 2009: http://www.senado.gob.mx/hoy/servicio_social/Programa_2009.pdf Programa Nacional de Extensión de la Cultura y los Servicios, Aprobado en la XXX Sesión Ordinaria de la Asamblea General de la ANUIES: http://www.anuies.mx/f_extension/html/pnecs/index.html Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México, en Estudios y Ensayos, ANUIES: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/art1.htm Resúmenes del II Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria, 18 - 21 de noviembre de 1997, Mendoza, Argentina: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1997/resumenes.pdf Secretaria de Educación Pública, Programa Nacional de Educación 2001-2006, Por una educación de buena calidad para todos un enfoque educativo para el Siglo XXI, septiembre de 2001: http://dieumsnh.qfb.umich.mx/PNE0106/
35
MÉXICO
Referencias Históricas
En 1867, tras la victoria definitiva del primer Presidente Benito Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública, que establece la educación primaria “gratuita para los pobres y obligatoria”. La Ley sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales, pero ejerció influencia sobre las leyes estatales. Durante el periodo revolucionario de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las ideas sociales difundidas en el País, y se da a la búsqueda de una fisonomía institucional propia. En 1912, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo de la Juventud, un grupo cultural independiente formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, denominado en 1912 Ateneo de México, con el mismo propósito de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura universal y, por supuesto, la cultura mexicana. El experimento de la Universidad Popular, concluido en 1922, es un primer intento de acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo.”19 En 1916 nace la primera organización estudiantil, el Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes. En 1921, se organiza en México el Primer Congreso Internacional de Estudiantes organizado, con motivo del primer centenario de la Independencia. Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en esos años. Más de treinta profesores imparten 2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes. Los congresos estudiantiles se transforman en una de las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México, 1910; Puebla, 1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán, 1927–1928; Mérida, 1929. En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento que contiene la Propuesta de Autonomía para la Universidad Nacional de México. En 1934 se implanta uno de los programas de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en Morelia en 1935. El Servicio Social, en su concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la
19Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México. Consultado el 5 de ma yo de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm
36
Patria”, para que apoyara el desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y el Colegio de México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela Nacional de Medicina de la Universidad Nacional, gestiona la formalización del Servicio Social de medicina en 1936 a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social para los Estudiantes de Medicina. En dicho documento se establece como requisito previo a la titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí, se incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología, en el contexto mismo de la Ley General de Salud. El Convenio apunta a desarrollar proyectos de servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el monto de la beca para los estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la incorporación de los estudiantes de las carreras de medicina, el objetivo del Servicio Social era atender a las comunidades carentes de servicios médicos. En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN) organiza un esfuerzo similar pero ubicado en las zonas indígenas y rurales. En 1967 tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social en la que se acepta promover la creación de un organismo que coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes, buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de gobierno. En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma del Servicio Social, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en 1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación del Servicio Social. Las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País, surgiendo así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales.
Antecedentes Legales del CSU
Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad-sociedad en México, destacan el Decreto del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En dicho proyecto se señala: “La Escuela Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando “que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se aprueba el Reglamento de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del Reglamento recita “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, (…) se comprometerá solemnemente, (…) a servir a la instrucción pública (…) durante tres años después de que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano de restituir a
37
la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación. En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana vienen plasmadas en los artículos 4 y 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas deben ser útiles a la sociedad. En 1929, los universitarios piden a gran voz el establecimiento de la autonomía universitaria. En el mismo año, el 10 de julio es promulgada la Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la autonomía universitaria, la Ley incluye explícitamente entre los fines de la educación, la investigación y la extensión. Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley Orgánica para la Universidad Autónoma de México , que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al plano financiero, mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente como Universidad Autónoma México. La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México. El 26 de mayo de 1945 se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El Capítulo VII (Del servicio social de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53, entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece además que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades”. En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el artículo 3º Constitucional en los siguientes términos: “La educación que imparta el Estado – federación, Estados, Municipios – tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. Además: Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos, y los perjuicios”.
38
En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del artículo 5º constitucional, en estos años se inicia formalmente el servicio social en el Instituto Politécnico Nacional. El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de medicina, se publica un Decreto del Presidente Miguel Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año. El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan servicios médicos por medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de los Estudiantes y Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se trata así de incorporar al Servicio Social a todos los egresados del área médica. Como consecuencia, para 1952 la Ley de Profesiones (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal) obliga a los estudiantes a prestar servicio social en beneficio de la sociedad y del Estado, así como contemplado por los artículos de la Ley. La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y el derecho que todos los habitantes del País tienen de recibir educación con las mismas oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de revalidación y equivalencia de estudios, y asegura el principio de libertad educativa. El Artículo 11 señala: “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico”. El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cambia el número de la última fracción del mismo artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a rango constitucional: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas (…)”.
Marco Legal del CSU
En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos 4º y 5º constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales. El artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título profesional expedido por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría de Educación Pública revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite haber prestado el servicio social”. En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece que para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir verdad, declarará el “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de
39
presentar el servicio social incluye a todos los profesionistas aun cuando no ejerzan la profesión”. En 1978 se promulga la Ley Nacional de Coordinación de la Educación Superior, primera Ley nacional referida a este nivel educativo. En 1979 como producto de la Primera Reunión Nacional de Intercambio sobre Servicio Social, realizado en la Universidad de Guanajuato, se propone la creación de la Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS) la cual tendría como objetivo la elaboración del marco metodológico para el desarrollo de esta actividad. El 30 de marzo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación se publica el Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana, el cual establece las bases y lineamientos para la realización de esta actividad a través del Sistema Nacional de Servicio Social con la coordinación de COSSIES. El Artículo 2 del Reglamento precisa: “Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado académico que corresponda”. Según el Articulo 3, el objeto del servicio social será de “I. Desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece; II. Convertir esta prestación en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público; III. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social”. Además se establece que “El número de horas requerido para la prestación del servicio, estará determinado por las características específicas del programa al que esté adscrito el alumno. La duración del servicio social no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas, sin contravenir lo dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal”. En cumplimiento al artículo 5º de este Reglamento, se publican el 2 de marzo de 1982, las Bases para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud cuya aplicación correspondía a la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia. Durante la administración de Salinas de Gortari se promulga, el 13 de julio de 1993, una nueva Ley General de Educación. La Ley hace del Servicio Social la palanca del desarrollo nacional, estableciendo el derecho de los estudiantes a una formación integral. El Artículo 2º es reformado de la siguiente manera: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo (….). la educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para fomentar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social (…)”. El Articulo 9 precisa que “(…) el estado promoverá y atenderá –directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal”.
40
Políticas Publicas
En 1951, por iniciativa de la UNESCO y el Gobierno de México nace el Centro Regional de Educación Fundamental para América Latina (CREFAL), hoy Centro de Cooperación Regional para la Educación de los Adultos en América Latina y el Caribe, con el propósito de apoyar la tarea educativa en los ámbitos sociales más rezagados de esos Países, particularmente el ámbito rural. El 20 de septiembre de 1978, por Acuerdo presidencial, se crea la Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES), organismo que surge como respuesta a la necesidad de establecer mecanismos de coordinación interinstitucional de las acciones del gobierno en materia de Servicio Social. En julio de 1981 se da a conocer el Plan Nacional de Educación Superior Para el Periodo 1981-1991, primer instrumento en su género diseñado con la participación de las Instituciones de Educación Superior (IES), la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) y el gobierno federal. El eje del Plan es coordinar el nivel educativo con las necesidades de desarrollo nacional, mediante el apoyo financiero a proyectos específicos. En marzo de 1984 se instala el Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social, que elabora el Reglamento de Servicio Social para las carreras de la salud en el marco de la Ley General de Salud (publicada en el diario oficial de la federación el 7 de febrero de 1984 y en la que se sustituyó a la Secretaría de Salubridad y Asistencia por la Secretaría de Salud). Como resultado de la XXIII Reunión de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) de 1990 se establece el Convenio entre dicha Asociación y el Gobierno Federal para la incorporación de las instituciones de educación superior al Programa Nacional de Solidaridad PRONASOL. En este instrumento, firmado en 1990, las Instituciones de Educación Superior se comprometen a orientar las acciones del Servicio Social para constituirse en un mecanismo de impulso al desarrollo productivo y social del País. Bajo la presidencia de Ernesto Zedillo Ponce de León, el Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996, menciona que el Servicio Social se transformará en un medio fundamental para fortalecer la responsabilidad social del estudiante y su compromiso permanente de contribuir a la satisfacción de las necesidades del País. Para analizar de manera permanente la problemática del servicio social y formular propuestas para su mejoramiento, en la X Reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de la ANUIES (CUPIA) en 1997, se presenta el documento “El servicio social en las instituciones de educación superior: propuestas para un replanteamiento”20. En la Reunión, el CUPIA acuerda la creación de la Comisión Nacional de Servicio Social, que reuniría a las instituciones involucradas directamente con el Servicio Social de la educación superior: la
20
ANUIES, (1997). El Servicio Social en las Instituciones de Educación Superior. Propuesta para su replanteamiento. Ed. Mimeo, México.
41
representación de los presidentes de los seis consejos regionales y el Secretario General Ejecutivo de la ANUIES; los titulares de la UNAM; el IPN y las entidades de carácter público: SEDESOL, SEP y SSA, así como el titular de la institución sede de la presidencia de la Comisión Interinstitucional de Servicio Social. Actualmente, la Comisión Nacional de Servicio Social analiza los problemas del Servicio Social, sus programas y su vinculación con la sociedad y con los planes y programas de la educación superior. En el 2000, la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) organiza el V Congreso Iberoamericano de Extensión “Sociedad, Educación Superior y Extensión: Balance y Perspectivas” en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo en Morelia. Del evento surge una declaración, conocida como la Declaración de Morelia, en la cual se decide “operacionalizar las intenciones y propósitos contenidas en el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión Latinoamericana de Extensión Universitaria” (ULEU).