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IniciaPor el interesado el cual deberá dar a
conocer el caso por cualquiera de las vías
ordinarias
Puede serDe oficio o notitia
crimenis, denuncia o querella
Por medioDe un fiscal general
de la República
Ante quien se presenta la querella
Juez de Control
El procedimiento especial en los juicios contra el Presidente de la República
Art. 379
Recibida la querella el TSJ convocará una
audiencia oral y publica dentro de los
30 días siguientes.
Para que el imputado de respuesta a la
querella.
Concluido el debate se declarara
Si hay o no merito para el
enjuiciamiento, en el termino de 5 días.
Supuestos para su procedencia
El TSJ declarara si hay merito o no
Suspensión e inhabilitación de los
funcionarios públicos
Cuando el merito de enjuiciamiento sea declarado, el o los
funcionarios quedaran suspendido e
inhabilitado durante el proceso.
Pero si se tratare de un miembro de la AN
Procederá el enjuiciamiento en caso de que la AN acuerde el
allanamiento de la inmunidad parlamentaria
Órgano jurisdiccional competente para conocer del ante juicio de
mérito para el enjuiciamiento del Presidente de la República y altos
funcionarios del Estado Ministerio Publico
Funcionario competente para presentar querella contra esos
altos funcionarios
Fiscal General de la República
Glosario jurídicoAntejuicio de
meritoEs una autorización que pide la fiscalía para enjuiciar a un alto
funcionario
Querella Es la acusación presentada ante un Juez o tribunal competente.
JurisprudenciaEs el conjunto de sentencias o resoluciones judiciales emitidas por órganos judiciales y que pueden repercutir en sentencias
posteriores.
Inhabilitaciones Pena o castigo que prohíbe a una persona el ejercicio de un cargo o el uso de un derecho.
Notitia Criminis Es la noticia criminal, es la forma en que nos enteramos que se ha cometido un hecho que riñe con la ley.