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LA TELECONTRATACION
MARCO TEÓRICO
DEFINICIÓN DE CONTRATO ELECTRONICO
En sentido estricto, trata de aquellos contratos que se perfeccionan mediante un intercambio electrónico de datos de ordenador a ordenador. Frente a esta noción, existe contratos celebrados por medios electrónicos (aunque no sean ordenadores, como el fax, telex y teléfonos).
JUSTIFICACIÓN
DESCRIPCION DEL PROBLEMA:
Como grupo nos planteamos la siguiente interrogante: ¿Cuán eficaz e idóneo es un contrato electrónico a sabiendas de que el ambiente tecnológico es cambiante y versátil?
Y es que tenemos que tener en cuenta que si bien la tecnología genera beneficios para la sociedad, un incorrecto uso y aplicación de los contratos acarrearía una serie de problemas a la población que hagan uso de dichos medios.