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LEY N° 30225, LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO TITULO VI - EJEJCUCIÓN CONTRACTUAL CAPITULO IV MODIFICACIONES DEL CONTRATO, en s Artículo 140.- Ampliación de plazo contractual, procede la ampliación de plazo: 2. Por atrasos y paralizaciones no imputables al contratista. El contratista debe solicitar la ampliación dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la notificación de la aprobación del adicional o de finalizado el hecho generador del atraso o paralización. La Entidad debe resolver dicha solicitud y notificar su decisión al contratista en el plazo de diez (10) días hábiles, computado desde el día siguiente de su presentación. De no existir pronunciamiento expreso, se tiene por aprobada la solicitud del contratista, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. CAPITULO VII, OBRAS, en su Artículo N° 168 .- Causales de ampliación de plazo. El contratista puede solicitar la ampliación de plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales ajenas a su voluntad, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de ampliación: 1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista. 2. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplía el plazo de las garantías que hubiere otorgado. 3. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados que no provengan de variaciones del expediente técnico de obra, en contratos a precios unitarios.

Ampliaciones de plazo

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Page 1: Ampliaciones de plazo

LEY N° 30225, LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

TITULO VI - EJEJCUCIÓN CONTRACTUAL

CAPITULO IV MODIFICACIONES DEL CONTRATO, en s Artículo 140.- Ampliación de plazo contractual, procede la ampliación de plazo: 2. Por atrasos y paralizaciones no imputables al contratista.

El contratista debe solicitar la ampliación dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la notificación de la aprobación del adicional o de finalizado el hecho generador del atraso o paralización.

La Entidad debe resolver dicha solicitud y notificar su decisión al contratista en el plazo de diez (10) días hábiles, computado desde el día siguiente de su presentación. De no existir pronunciamiento expreso, se tiene por aprobada la solicitud del contratista, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

CAPITULO VII, OBRAS, en su Artículo N° 168 .- Causales de ampliación de plazo.

El contratista puede solicitar la ampliación de plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales ajenas a su voluntad, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de ampliación:

1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.

2. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplía el plazo de las garantías que hubiere otorgado.

3. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados que no provengan de variaciones del expediente técnico de obra, en contratos a precios unitarios.

DIRECTIVA N° 001-2015-MPC-GIUyR

NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA

12. ASPECTOS ESPECÍFICOS DE LAS MODIFICACIONES AL EXPEDIENTE TÉCNICO

12.2 DE LAS MODIFICACIONES DE PLAZO AL EXPEDIENTE TECNICO

a) AMPLIACION DE PLAZO

Las Ampliaciones de Plazo se otorgarán por causales justificadas que hayan alterado la duración de las actividades que gobiernan la ejecución de la Obra. Sólo será procedente otorgar Ampliaciones de Plazo, cuando la causal afecte la Ruta Crítica del Cronograma de Ejecución del Proyecto, de manera que represente demora en la culminación del Proyecto.Se reconocerá la prorroga necesaria obtenida a partir de la nueva Ruta Crítica. Son causales de Ampliación de Plazo, las siguientes:

Demoras en el abastecimiento de materiales y/o insumos, debidamente demostrados por el Residente de Obra.

Demoras en la absolución de consultas o en la aprobación de adicionales por mayores metrados o partidas nuevas, que afecten el Cronograma de Ejecución o Avance de Obra (Ruta Crítica).

Page 2: Ampliaciones de plazo

Ejecución de obras y/o actividades complementarias y/o modificaciones al Expediente Técnico o Estudio Definitivo aprobado previamente Aprobados con Resolución emitida por el Titular de la Entidad o quien delegue.

Paralizaciones temporales de acuerdo al acápite 11.5 de la Presente Directiva. Por acumulación excesiva de días no laborados según calendario (feriados otorgados por

Ley). Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, se debe documentar con fotografías, pruebas

de campo, etc.