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Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Nucleó Portuguesa
“Mapa Conceptual”
Organización de los Tribunales Agrario
Profesor:
Linda Fusco
Área: Derecho Agrario y Ambiental
SAIA: 2016/B
Participante:
Vargas G. Luz María
C.I: 25124047
Atribuciones:
Acciones declarativas, petitorias, reivindicadoras y
posesorias en materia agraria. Deslinde judicial de predios
rurales. Acciones relativas al uso, aprovechamiento,
constitución de servidumbre y demás derechos reales para
fines agrarios. Acciones sucesora les sobre bienes afectos a la
actividad agraria. Acciones derivadas del derecho de
pertenencia.
Organización de los Tribunales Agrario
EN VENEZUELA
MagistradoNum erario.
MagistradoSupernumerario.
Magistrado Presidente.
Direccion General deasunto Juridico.
Contraloria Interna.
tribunal Superior Agrario
tribunales de primerainstancia los cuales serancompetente por la ubicaciondel inm ueble.
Sala especial agrariade la salade casacion Social la cual serade segunda instancia.
Jurisdiccion Especial Agraria , conformado
por: Magistrados Unitarios.
Magistrados UnitariosSupernumarios.
secretario de acuerdos.
secretario de Estudio y Cuenta.
Actuarios.
Peritos.
Unidad Juridicas.
Unidad de Control de Proceso.
Tribunales Unitarios Agrarios .
Integrado por el tribunal Supremo Agrario y lostribunales Unitarios Agrario, son Organos Federalesdotados de autonom ia y plena jurisdiccion para dictarsus fallos.
Tribunales Agrario
Competencia de la sala especial
Agraria; De la sala de casación social
Estas conocerán de
todas las acciones que
por cualquier causa
sean intentada con
ocasión a la actividad u
om isión de los órganos
adm inistrativos en
m ateria agraria.
La sala de casación social
del tribunal, en su sala
especial Agraria, será
com petente para conocer de
los recursos de
interpretación sobre el
alcance e inteligencia de la
Ley en m ateria Agraria.
Tribunales de Primera Instancia.
Principio del ProcesoAGRARIO.
Lo encontramos fundamentalmente en nuestra Constitución
Política y las leyes que rigen el derecho agrario.
Principio de Legalidad
El principio de inm ediatez a que tiende el proceso agrario, ha sido considerado como
una extensión del principio de oralidad,
pues llega a su m áxima expresión en un sistema
procesal oral.
Principio de inmediatez.
El principio del im pulso procesal de oficio se
encuentra regulado en form a genérica por la
Ley Orgánica del Poder Judicial en el artículo 5
al disponer: "Los tribunales no podrán ejercer su m inisterio
sino a petición de parte, a no ser en los casos
exceptuados por la ley.
principio del impulso
procesal de oficio
En m ateria agraria im pera el principio de apreciación en conciencia de la prueba,
que esta Sala ha interpretado como de libre valoración, lo que significa que el juez no está sujeto a criterios preestablecidos y
que puede hacer la ponderación del acervo
probatorio con gran am plitud .
Principio de Libre Valoracion de la Prueba.
Los principios representan un conjunto de valores que inspiran las normasescritas que organizan la vida de una sociedad concreta sometida a lospoderes de una Autoridad, generalmente el Estado.
Art. 199 LTDA. Oral o escrita y
debe contener requisitos del 340
CPC.
En caso de defectos u omisiones en
el libelo. 3dias de despacho para
corregirlo
Deberá acompañar en el libelo
todas las pruebas con las que
fundamenta su pretensión.
Art. 200 LTDA, Admitida la
demanda se emplazara el
demandado para que conteste en
5 días de despacho
ART. 201, 202, 203 LTDA. Podrá
ser personal, por carteles o a
través de notario público.
En el lapso para el
emplazamiento el demandado
deberá contestar en forma oral
o escrita.
Deberán ser promovidas en la
contestación de la demanda
Art. 220 LTDA, verificado la contestación
de la demanda, el juez la fija dentro de
los 3 días de despacho siguientes.
Art. 222 LTDA; verificada la audiencia
preliminar el juez la fijara dentro de los
15 días calendarios siguientes.
Art. 223 LTDA. Será presidida por el
juez en presencia de las partes, que
harán su exposición oral y entregan
pruebas para ser evacuadas.
Art 226 LTDA, concluido el
debate el Juez se retirara del
debate y al regresar se
pronunciara oralmente su
decisión. Publicación 10 días
después.
La sentencia definitiva es
apelable en ambos efectos
5 días de despacho
después del día siguiente
de la publicación de la
sentencia.
Procedimiento Ordinario Agrario
Introducción de la
demanda Despacho Saneados Prueba del autor Emplazamiento del
demandado
Citación. Contestación de la
demanda
Pruebas del demandado. Audiencia Preliminar
Audiencia de Pruebas. Debate Oral. Decisión. Apelación.