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Contrato de depósito: cuáles son sus características principales http://www.colombialegalcorp.com/contrato-de-deposito- caracteristicas-principales/ Un contrato de depósito, básicamente, es un acto legal amparado por lasleyes colombianas mediante el Código Civil, donde interactúan dos o más personas (naturales o jurídicas), a una de las partes se le denomina depositante, que no es más que aquel que confía un elemento físico (cosa corporal) a otra persona que se encarga de resguardarla y de regresarla en especie; a esta última parte se le denomina depositario y al objeto en resguardo se le da la denominación de depósito. Existen dos clasificaciones básicas para los contratos de depósito, estas son: El depósito: Engloba lo anteriormente expuesto (relación depositante-deposito-depositario), dicho en otras palabras el depositante entrega en resguardo un activo al depositario y éste

Contrato de deposito

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Contrato de depósito: cuáles son sus características principales

http://www.colombialegalcorp.com/contrato-de-deposito-caracteristicas-principales/

     Un contrato de depósito, básicamente, es un acto legal amparado por lasleyes

colombianas mediante el Código Civil, donde interactúan dos o más personas (naturales

o jurídicas), a una de las partes se le denomina depositante, que no es más que aquel

que confía un elemento físico (cosa corporal) a otra persona que se encarga de

resguardarla y de regresarla en especie; a esta última parte se le denomina depositario y

al objeto en resguardo se le da la denominación de depósito.

     Existen dos clasificaciones básicas para los contratos de depósito, estas son:

El depósito: Engloba lo anteriormente expuesto (relación depositante-deposito-

depositario), dicho en otras palabras el depositante entrega en resguardo un activo al

depositario y éste a su vez adquiere la obligación de resguardar, mantener y devolver

el bien en cuestión.

El secuestro: Mediante el cual el depositario conserva la tenencia, resguardo y

devolución de algún activo de manera no voluntaria por parte del depositante.

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Características principales     Para poder tener una visión más general y objetiva en lo que a este tipo de

contratos se refiere, es necesario estudiarlo un poco más a fondo, escudriñando sus

bases y características esenciales, es por esto que a continuación se describen las

características básicas que determinan un contrato de depósito, generando una breve

reseña de cada una de ellas, estas son:

1. El contrato de depósito tiene carácter real

     Ya que se ejecuta en el momento que el depositante entrega el resguardo del depósito

al depositario. Éste se puede realizar bajo cualquier modalidad que implique la

transferencia de la tenencia del activo, asimismo existe la posibilidad de que el

depositante retenga como depósito aquel activo que tenga en su poder por otra razón.

2. También este contrato es unilateral

     Ya que solo generará obligaciones a una sola de las partes, el depositario, quien es el

que lleva todos los compromisos (depósito, resguardo y devolución del activo). Sin

embargo, existe la posibilidad de que el depositante tenga que resarcir alguna

indemnización al depositario por concepto de agravios.

3. Es gratuito

     Dada su esencia, este tipo de contrato es totalmente gratuito (ninguna de las partes

recibe lucro o ganancia por cumplir las obligaciones a las cuales se compromete).

     Sin embargo, es de vital importancia mantener la gratuidad del contrato, ya que al

percibir ingresos provenientes de él, se podría fácilmente cambiar su objeto a un contrato

de alquiler o arrendamiento.

4. Es de carácter específicamente principal

     Ya que existe por sí mismo o como consecuencia de otro contrato anterior, como un

alquiler o arrendamiento, incluso de un contrato de hospedaje.

5. El Código Civil lo avala

     En sus artículos 2236 al 2272 tipifica y reglamenta los contratos de depósito.

     Este acto legal, en nuestro país, es ampliamente utilizado en varios ámbitos jurídicos,

es amparado por el Código Civil, representando la más pura esencia de las relaciones

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humanas, basado en la reciprocidad, la buena fe y la prestación de un intercambio

gratuito entre las partes.