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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DE 2014. En Majadahonda, siendo las diez horas y cinco minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil catorce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados. ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIA GENERAL ACCTAL: Dª Yolanda Salazar Corredor INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como Secretaria General Accidental Dª Yolanda Salazar Corredor. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes asuntos:

Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

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Page 1: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION

ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA EL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DE 2014.

En Majadahonda, siendo las diez horas y cinco minutos del día veintiséis de

noviembre de dos mil catorce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de

Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se

detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente

convocados.

ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO

CONCEJALES:

Por el Grupo Municipal Popular:

D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ

Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ

D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ

Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO

D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ

D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ

D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE

Dª LAURA NISTAL MARCOS

Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI

Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN

Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ

Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO

D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ

Por el Grupo Municipal Socialista:

D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO

D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO

Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA

D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ

Por el Grupo Municipal UPYD:

Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN

D. JAVIER GIL CACHO

Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO

Por el Grupo Municipal Izquierda Unida:

D. JUAN SANTANA URIARTE

Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES

Por el Grupo Municipal Centrista:

Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO

D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO

SECRETARIA GENERAL ACCTAL: Dª Yolanda Salazar Corredor

INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez

Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como

Secretaria General Accidental Dª Yolanda Salazar Corredor.

Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes

asuntos:

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

1.(178 /14) APROBACIÓN, si procede, de los Borradores de Actas

de sesiones anteriores (ordinarias y extraordinarias de

24 de septiembre y 29 de octubre de 2014).

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

manifiesta que en el borrador de la sesión ordinaria celebrada el 24 de

septiembre de 2014 se han cometido algunos errores materiales que

deben ser corregidos como es el que aparece en el segundo párrafo de

la página 28 y donde dice “…. sus corporativos son sus accionistas

…”, debe decir “…. los vecinos son sus accionistas …”

En el tercer párrafo de la página 28 donde dice “ … con el

menor gasto posible y presumir continuamente ..”, debe decir “con el

menor gasto posible y no presumir continuamente ….”

En el penúltimo párrafo de la página 29 donde dice “…. a todos

los vecinos determinadas …”, debe decir “… a todos los vecinos …”

En el tercer párrafo de la página 117, donde dice “… ya dispone

de trabajadores de libre designación. Aclara que su grupo entiende que

no se puede designar, mediante libre designación, a trabajadores que

realicen funciones de control como ocurre con la Intervención

Municipal …”, debe decir “… ya dispone de trabajadores de libre

designación. En el segundo caso estamos hablando de una plaza de

control y, para ejercer funciones de control, su grupo entiende que no

se puede designar mediante el sistema de libre designación a

trabajadores que realicen funciones de control como ocurre con la

Intervención Municipal …”

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA aprobar los borradores de actas de las

sesiones ordinaria y extraordinaria celebradas el 24 de septiembre de

2014, la ordinaria con las modificaciones antes indicadas así como los

borradores de las sesiones ordinaria y extraordinaria celebradas el 29

de octubre de 2014.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2.(179/14) APROBACIÓN del Manifiesto con motivo del “Día

Internacional contra la violencia de Género” (4.11)

El Sr. Presidente da lectura al Manifiesto propuesto por el

Consejo de la Mujer para conmemorar el 25 de noviembre “Día

Internacional contra la Violencia de Género”, cuyo texto es el

siguiente:

“Estamos ante una nueva conmemoración del 25 de noviembre, Día

Internacional contra la Violencia de género, días como éste, deben

servir para remover conciencias y preguntarse por qué, a pesar de

que teóricamente esta lacra social es ampliamente rechazada, no

desaparece de nuestra sociedad.

La violencia de género abarca todos los actos mediante los

cuales se discrimina, ignora, somete y subordina a las mujeres en los

diferentes aspectos de su existencia. Es todo ataque material y

simbólico que afecta a su libertad, dignidad, seguridad, intimidad e

integridad moral o física. No es sólo el golpear o matar. Suele

comenzar por acosar psicológicamente, minusvalorar o menospreciar

al otro sexo. La violencia verbal utilizada ante manifestaciones y

expresiones libres y legítimas por parte de las mujeres también es

VIOLENCIA DE GÉNERO.

Para comprender esta situación hay que recordar que la

violencia contra las mujeres es un fenómeno social y estructural, con

profundas raíces en el inconsciente colectivo que hace que se

consideren permisibles ciertas conductas machistas. Así la falta de

igualdad de trato frente a las capacidades de las mujeres y su lógico

desarrollo personal es una expresión de la cultura machistas

persistente. Estas conductas deben ser condenadas, ya que suponen

un retroceso en el camino hacia una sociedad más equitativa y que

respete los derechos de las mujeres.

La puesta en marcha de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de

diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de

Género y su necesario cumplimiento, atendía a un clamor social que

demandaba al Estado mayor diligencia, recursos y apoyos que

necesitan las victimas para frenar la barbarie que ha costado la vida

a cientos de mujeres en la última década.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Pero la ley, por sí sola no ha solucionado ni las muertes ni el

número de víctimas. Para ello todas las fuerzas políticas han de

trabajar de forma conjunta, sin utilizar el problema como arma

arrojadiza entre unos y otros, sino a través de una política

institucional.

La violencia de género está tan arraigada en nuestra sociedad

que tendemos, inconscientemente a normalizarla.

Por eso queremos, hoy aquí, recordar a todas las mujeres que

han sido asesinadas, pero muy especialmente queremos mostrar

nuestro apoyo y ofrecimiento de ayuda y escucha a aquellas que están

sufriendo violencia y permanecen silenciadas y ocultas. Visibilizarlas,

darles voz e intervenir con ellas de manera temprana, especializada e

integral, asegura una mejor recuperación y sobre todo minimiza su

sufrimiento.

La Violencia de Género no afecta solamente a las mujeres,

sino también a otros colectivos como niños, jóvenes y ancianos. Nos

sigue preocupando especialmente la precocidad en la aparición de

conductas de control, generadoras de violencia, en relaciones entre

adolescentes, y a edades cada vez más tempranas. Prestemos también

atención a las nuevas formas de ejercer violencia, mediante el uso de

nuevas tecnologías, como el ciberacoso, y que tiene especial

incidencia entre adolescentes y jóvenes.

La solución debe empezar por la prevención desde la

educación por la igualdad para así crear relaciones libres de

violencia.

Debemos buscar nuevos modelos de masculinidad y feminidad

que potencien a las personas y se basen en la igualdad. Tratemos a

los niños y niñas de forma igualitaria para conseguir una educación

sin diferencias por razón de género y aboguemos por la

CORRESPONSABILIDAD real desde la infancia.

Debemos desarrollar un Plan Integral que contemple la

incorporación de contenidos formativos en materia de igualdad

dirigidos tanto a jóvenes como al profesorado para capacitarles en la

detección de situaciones de violencia, como para que integren la

perspectiva de género dentro de las diferentes Áreas educativas.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Ayuntamiento de Majadahonda se compromete a mantener

una política institucional en la que la lucha para la erradicación de la

violencia hacia las mujeres sea una prioridad en su agente y para ello

centrar sus esfuerzos en consolidar la igualdad y la eliminación de las

agresiones por razón de género a través de Planes de trabajo anuales,

a poner a disposición de la ciudadanía todos los mecanismos públicos

necesarios para la prevención de la violencia sexista y para la

atención integral de las víctimas de la misma y a potenciar el Punto

Municipal del Observatorio Regional contra la Violencia de Género,

como dispositivo de atención a las mujeres que la sufren y, de forma

muy especial, a los menores y personas dependientes a su cargo,

testigos e igualmente víctimas de la situación.

Continuaremos con nuestro reto de trabajar con programas de

prevención entre los jóvenes difundiendo una cultura del Buen Trato,

como herramienta para crear relaciones igualitarias, en las que la

base sea el respeto, la libertad y la resolución pacífica de conflictos.

El Ayuntamiento de Majadahonda y su Consejo de la Mujer, a

través de este Manifiesto, expresan su rotundo rechazo ante cualquier

manifestación de la violencia contra las mujeres y se dirige a toda su

ciudadanía para pedir su implicación en esta andadura, porque la

violencia de género no es un asunto privado, ni un problema exclusivo

de las mujeres sino un problema social que compete y afecta a toda la

sociedad, que se combate con Tolerancia cero ante cualquier

comportamiento y/o manifestación machista.

NADIE PUEDE NI DEBE EXCLUIRSE DE LA LUCHA CONTRA

ESTA TERRIBLE LACRA. TODOS Y TODAS DEBEMOS

PLANTARLE CARA A LA VIOLENCIA MACHISTA EN SUS

MÚLTIPLES FORMAS.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Áreas y

Servicios, de 19 de noviembre de 2014, favorable.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA aprobar el Manifiesto propuesto por el

Consejo de la Mujer anteriormente transcrito para conmemorar el 25

de noviembre “Día Internacional Contra la Violencia de Género”.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

3.(180/14) RESOLUCIÓN de alegaciones y APROBACION

DEFINITIVA de la modificación de Ordenanzas

Fiscales de Impuestos (8.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Técnico

de Gestión Tributaria y del Tesorero Municipal, de 17 de

noviembre de 2014, constando el Vº Bº del Concejal del Área y

del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana para que pase el expediente a resolución por el órgano

competente, cuyo texto es el siguiente:

"El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria

celebrada el pasado 24 de Septiembre de 2014, adoptó el

acuerdo de aprobación provisional de la modificación de

Ordenanzas fiscales de impuestos para 2015.

El 30 de Septiembre de 2014 se publicó el anuncio de

exposición al público en el BOCM poniendo a disposición de los

interesados el expediente y abriendo un periodo de treinta días

durante los cuales podían presentar las alegaciones o

reclamaciones que los interesados consideren pertinentes.

Finalizado el plazo de alegaciones constan presentadas las

siguientes:

PRIMERA.- D. Zacarías Martínez Maíllo, en su condición de

Portavoz adjunto del Grupo Municipal Socialista de fecha 29 de

octubre de 2.014, registro de entrada nº 16882, en el que

solicita:

Incluir en la Ordenanza Fiscal General una convocatoria anual

para la concesión de subvenciones públicas para ayuda al pago

de impuestos vinculados a la vivienda habitual de aquellas

familias en las que alguno o todos sus miembros se encuentren

en situación de desempleo, de acuerdo con la siguiente tabla:

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Percibe prestación o

subsidio por desempleo u otra ayuda pública

No percibe ayuda alguna

Uno o más miembros de la unidad familiar en desempleo

300 euros/año

500 euros/año

Todos los miembros de la unidad familiar en desempleo

500 euros/año

750 euros/año

Sin perjuicio de lo que la convocatoria de las subvenciones

establezca, las mismas serán sólo de aplicación siempre y

cuando la situación que provoca la ayuda de la tabla anterior

tenga un antigüedad de al menos seis meses anteriores a la

fecha de la convocatoria, con el fin de evitar el disfrute de las

mismas a quienes hayan trabajado a lo largo de la mayor parte

del ejercicio. Además, dejarán de otorgarse en el ejercicio fiscal

en el que la situación que las provoca cese, ya sea porque

alguno de los miembros de la unidad familiar comienza a

obtener rentas del trabajo o porque pase a percibir cualquiera

de las pensiones públicas o privadas que en derecho le

corresponda.

Para la obtención de estas subvenciones, la convocatoria

incluirá asimismo la imposibilidad de acceder a las mismas a

aquellas unidades familiares que, a pesar de contar con uno o

varios de sus miembros en situación de desempleo, obtengan

rentas del trabajo u otros ingresos anuales por encima de los

10.000 euros/año por miembro de la unidad familiar.

Como señala el interesado en su escrito, no tiene un carácter de

alegación contra la ordenanza. La determinación de cualquier

tipo de ayuda o subvención deberá, en su caso, ser estudiada

dentro de otro procedimiento ya que no cabe la misma dentro de

la Ordenanza Fiscal Reguladora del impuesto conforme al art.

16 del RDL 2/2004 de 5 de marzo TRLRHL.

SEGUNDA.- D. Juan Santana Uriarte en su condición de

Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes de

fecha 3 de Noviembre de 2014 con registro de entrada nº17132,

en el que se solicita:

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

PRIMERA- A LA ORDENANZA FISCAL Nº 2

REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES

INMUEBLES. Artículo 6.- Tipos de gravamen

1º.- Tipos de gravamen. Punto 4

Se propone aplicar los siguientes tipos de gravamen al 10% de

los bienes urbanos con mayores valores catastrales, según los

siguientes usos:

a) A los bienes inmuebles de uso Comercial cuyo valor

catastral exceda de 900.000 € se aplicará un tipo de

gravamen del 1 por ciento.

b) A los bienes inmuebles de uso Industrial cuyo valor

catastral exceda de 900.000 € se aplicará un tipo de

gravamen del 1 por ciento.

c) A los bienes inmuebles de uso Oficinas cuyo valor

catastral exceda de 900.000 € se le aplicará un tipo de

gravamen del 1 por ciento.

d) A los bienes inmuebles de uso Deportivo cuyo valor

catastral exceda de 900.000 € se aplicará un tipo de

gravamen del 1 por ciento.

e) A los bienes inmuebles de Otros usos cuyo valor catastral

exceda de 1.000.000 € se aplicará un tipo de gravamen

del 1 por ciento.

Motivación: De acuerdo con la posibilidad prevista en la

normativa vigente, proponemos subir el tipo de gravamen a los

bienes inmuebles que no son de uso residencial y que tienen los

mayores valores catastrales de todo el municipio en cada una

de las categorías de referencia. La legislación limita esta

posibilidad al 10% de los bienes de cada tipología de uso, por

lo que cabe deducir que se trata de gravar algo más a las

grandes empresas del municipio, lo que contribuye a la

progresividad del impuesto.

Al mismo tiempo, entendemos que al incrementar los tipos

diferenciados se podría compensar, en parte, la reducción de

ingresos esperada por la rebaja del IBI general para los bienes

inmuebles residenciales y así poder sufragar servicios o

subvenciones que se han eliminado o reducido como el servicio

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de auxiliares de infantil en los colegios públicos, ayudas al

tejido social, ayudas de emergencia social,...

2º.- Tipos de gravamen. Punto nuevo

Se propone añadir un nuevo punto que establezca un recargo

del 50% sobre la cuota líquida del IBI a los inmuebles de uso

residencial desocupados con carácter permanente. A estos

efectos, salvo motivos especiales que lo justifiquen, se entenderá

por desocupados los inmuebles en que concurra alguna de las

siguientes circunstancias:

a) Permanecer sin habitantes empadronados en la fecha del

devengo del impuesto en el padrón de habitantes del

municipio de Majadahonda.

b) Que no tengan consumo por contratos de suministro de

energía eléctrica y agua

El recargo se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y se

devengará el 31 de diciembre, liquidándose anualmente una vez

constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el

acto administrativo por el que ésta se declare.

Motivación: Movilizar el mercado de la vivienda en alquiler

con la finalidad de incrementar su oferta y abaratar su precio,

contribuyendo así desde el Ayuntamiento a facilitar el acceso a

una vivienda digna, según el mandato constitucional. El último

censo oficial de viviendas vacías elaborado por el Instituto

Nacional de Estadística cuantificaba en cerca de 1000 el

número de viviendas desocupadas de forma permanente en

nuestro municipio, dato que pone de relieve la pertinencia de

esta medida, recogida en la Ley de Haciendas Locales en su

artículo 73 punto 4, junto a otro tipo de medidas para

incentivar el alquiler a precios más asequibles.

SEGUNDA.- A LA ORDENANZA FISCAL Nº 2

REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES

INMUEBLES. Artículo 7.- Bonificaciones

1º.- Artículo 7. Bonificaciones. Punto 1.

Se propone sustituir el párrafo 1º del punto 1 por el siguiente

texto:

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

1. Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota

íntegra del impuesto los inmuebles que constituyan el objeto de

la actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes

de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los

interesados dentro del mes siguiente a la notificación de la

concesión de la licencia de obras. Esta bonificación será del

90% cuando se trate de promociones de viviendas de

protección oficial y las que resulten equiparables a éstas

conforme a la normativa autonómica.

Motivación: Se trata de aplicar la bonificación máxima

establecida legalmente sólo a la promoción de viviendas

protegidas, que son las que facilitan el acceso a una vivienda

digna a los sectores sociales con recursos bajos o medios.

2º.- Articulo 7. Bonificaciones. Punto 2.

Se propone añadir en el último párrafo:

En el caso de las viviendas protegidas de alquiler se extenderá

esta bonificación durante todo el periodo que dure el alquiler.

Motivación: Se trata de poder hacer extensible la bonificación a

los inquilinos de viviendas protegidas de alquiler durante el

tiempo que estas viviendas estén destinadas al alquiler social. A

diferencia del mercado de alquiler de viviendas libres donde los

propietarios habitualmente se hacen cargo de los impuestos de

la vivienda, en las viviendas protegidas se repercute el pago del

IBI sobre los inquilinos, siendo ejemplo de ello PAMMASA o el

IVIMA. A juicio del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los

Verdes, los inquilinos de las viviendas protegidas de alquiler

cumplen unos requisitos revisables de rentas mínimas, por lo

que entendemos que con esta medida se estaría incidiendo en

rebajar los precios totales de estos alquileres que cada vez más

se asimilan a los precios del mercado libre.

3º.- Artículo 7. Bonificaciones. Punto 4

Se propone la siguiente formulación alternativa a la propuesta

inicialmente aprobada:

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

4. a) Tendrán derecho a una bonificación de la cuota íntegra

del impuesto sobre la vivienda de aquellos sujetos pasivos

cuyos titulares ostenten la condición de familia numerosa,

siempre que la base imponible de los ingresos familiares

sea inferior a 5,5 veces el IPREM.

b) La bonificación sobre la cuota íntegra se aplicará en

función de la categoría de familia numerosa y del

valor catastral, según el siguiente cuadro:

Valores catastrales hasta 150.000,00 euros:

- Categoría general 60%

- Categoría especial 90%

Valores catastrales hasta 300.000 euros:

- Categoría general 40%

- Categoría especial 60%

Valores catastrales hasta 600.000,00 euros:

- Categoría general 30%

- Categoría especial 40%

Motivación: Se trata de combinar tramos de valor catastral tipo

(bajo, medio y alto) con una renta máxima de la unidad familiar

que no supere 5,5 veces el IPREM, como se viene aplicando en

determinadas convocatorias para obtener subvenciones u otras

bonificaciones. Los tramos de valores catastrales vigentes,

hasta 420.000 € y hasta 840.000 €, y sin límite alguno respecto

a la capacidad económica de las familias numerosas, puede

suponer aplicar esta deducción a contribuyentes con altísimo

poder adquisitivo, al margen de su condición de familia

numerosa. Asimismo proponemos que la tipología de familias

numerosas sea la establecida para otro tipo de beneficios y

ayudas sociales y que está recogida en la Ley 40/2003 de

Protección a las Familias Numerosas.

4º.- Artículo 7. Bonificaciones. Apartado 5, punto a).

Proponemos que la bonificación sobre instalación de sistemas

para el aprovechamiento térmico de la energía solar sea del

50%.

Motivación: Aunque la bonificación actual aumentó hasta

situarse en el 30%, recogiendo en buena parte la propuesta que

hemos venido planteando desde hace años, consideramos que la

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

bonificación para el aprovechamiento térmico debe ser mayor

que la del eléctrico, ya que el primero favorece el autoconsumo

y es de aplicación directa.

5º.- Artículo 7. Bonificaciones. Nuevo apartado 7.

Se propone añadir un nuevo apartado sobre Bonificaciones

sociales en los términos siguientes:

“1. Atendiendo al principio de capacidad económica previsto en el

artículo 3.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General

Tributaria, los sujetos pasivos de este impuesto que sean propietarios

de viviendas que constituyan su residencia habitual y cuyo valor

catastral sea inferior a 250.000 euros, gozarán de bonificación en la

cuota íntegra del impuesto de acuerdo con los ingresos de la unidad

familiar, según la tabla siguiente:

Renta bruta de la unidad familiar Bonificación Hasta 1 vez el IPREM (532 euros/mes) 90 % Hasta 1,5 veces el IPREM (798 euros/mes) 80 % Hasta 2,5 veces el IPREM (1331euros/mes) 60 %

2. Los tramos de renta y porcentajes a que se refiere esta tabla se

aplicarán integrando las rentas de todos los miembros de la unidad

familiar. A efectos de determinar la citada renta se tendrá en cuenta

la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y,

en el supuesto de que no se tenga obligación de presentar la citada

declaración, certificación relativa a la falta de obligación de formular

declaración, expedida por la Agencia Estatal Tributaria. A estos

efectos se autorizará al Ayuntamiento, por los miembros de la unidad

familiar, para recabar los datos fiscales de la Agencia tributaria.

3. Las bonificaciones sólo se aplicarán a las unidades familiares que

resulten propietarias de una única vivienda y que además constituya

su residencia habitual en los términos definidos por la legislación

fiscal. Si la administración comprobase que los titulares de los bienes

bonificados lo son también de otras viviendas, dará lugar a la

anulación de la bonificación disfrutada, sin perjuicio de las sanciones

tributarias a que haya lugar por la inclusión de datos falsos en la

comunicación de datos, de conformidad con la ley general tributaria.

4. Los sujetos pasivos del impuesto deberán solicitar la concesión de

la citada bonificación, acompañando la documentación justificativa

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

del nivel de renta de la unidad familiar, así como declaración jurada

de no disponer los miembros de la unidad familiar de otros bienes

inmuebles. Esta bonificación será incompatible con el resto de

bonificaciones reguladas en este artículo.

Motivación: El llamado “IBI social”, que se viene aplicando en

diversos Ayuntamientos, es un instrumento para hacer más

acorde el impuesto al artículo 31 de la Constitución Española,

que asocia la fiscalidad con la capacidad económica de las

personas obligadas a satisfacer los tributos, máxime cuando se

trata de aliviar el gravamen patrimonial de la vivienda habitual

de los sujetos pasivos con menor capacidad contributiva.

En un contexto económico a nivel nacional y local de crisis

económica, con altos niveles de desempleo y pérdida de poder

adquisitivo de las familias, se hacen necesarias aplicar medidas

en todos los ámbitos, incluido el local, que puedan aliviar, en

parte, los graves problemas económicos que sufren las familias

en peor situación.

TERCERA.- A LA ORDENANZA FISCAL Nº 3

REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE

TRACCIÓN MECÁNICA

Artículo 5.- Cuotas del impuesto.

Se propone actualizar el valor de la cuota de acuerdo con el

IPC acumulado a los de mayor potencia.

Motivación: Este grupo entiende que, al igual que se bonifica a

los titulares de vehículos que por sus características técnicas

contaminan menos al medio ambiente, se debe gravar a los

vehículos más contaminantes.

CUARTA.- A LA ORDENANZA FISCAL Nº 5. IMPUESTO

SOBRE CONSTRUCCIONES INSTALACIONES U OBRAS.

Artículo 4 - Bonificaciones. Punto 1

1º.- Suprimir el apartado B), que dice:

B) Una bonificación del 75 por ciento de las obras de

construcción de centros destinados al culto

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Motivación: En un Estado aconfesional como el que establece

la Constitución Española, las administraciones públicas no

deben otorgar privilegios a las confesiones religiosas, cuya

obligación de pagar impuestos debe ser la misma que se exige

al conjunto de los ciudadanos, máxime cuando ya están exentos

del pago de otros impuestos como el IBI.

QUINTA.- A LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA

FISCAL Nº 6 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE

ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

Artículo 5. Bonificaciones y reducciones

Se propone:

1.-“Una bonificación por creación de empleo de hasta el 50 por 100

de la cuota correspondiente, para los sujetos pasivos que tributen por

cuota municipal y que hayan incrementado el promedio de su plantilla

de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo

inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, en relación

con el período anterior a aquél.

El porcentaje de bonificación, sin exceder el límite máximo previsto

en el párrafo anterior, se fija en el equivalente al incremento medio

de la plantilla de trabajadores con contrato indefinido en el año

anterior al devengo.

% Incremento Plantilla %Bonificación

Incremento igual o superior al 10% 10%

Incremento igual o superior al 20% 20%

Incremento igual o superior al 30% 30%

Incremento igual o superior al 40% 40%

Incremento igual o superior al 50% 50%

2.- Exención del 100 % del Impuesto sobre Actividades Económicas

durante el primer año y del 50% durante los dos años siguientes a:

a) Las cooperativas o sociedades laborales durante los dos primeros

años de su creación.

b) Las actividades relacionadas con el cultivo ecológico y el comercio

responsable encaminadas al autoempleo y que tengan impacto social

y medioambiental positivo.

c) Las actividades artesanales como forma de recuperar aquellos

sectores económicos en riesgo de desaparecer o que se extinguieron

como actividad productiva y que estén encaminadas al autoempleo.

Page 15: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

15

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La mayor parte de las alegaciones presentadas afectan a

cuestiones no incluidas dentro del acuerdo de Pleno, e incluso,

se refieren a Ordenanzas cuya modificación no se contempla y

por ello no deben de ser admitidas, sin perjuicio de su

consideración para futuras modificaciones.

No obstante, corresponde a criterios de oportunidad que debe

estimar el Pleno, la determinación de los tipos, así como de las

bonificaciones de familia numerosa y de las empresas

urbanización, construcción y promoción, si bien, en este último

caso, la Norma no contempla diferenciación alguna de

porcentaje entre distintos sujetos pasivos – art. 73.1 del RDL

2/2004.

TERCERA.- Don Miguel Moreta Jiménez en su condición de

Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda, de

fecha 3 de Noviembre de 2014 con registro de entrada nº17137,

en el que se alega lo siguiente:

I.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 6.

Tipos de gravamen. Apartado 1.

1. El tipo de gravamen para los Bienes Inmuebles urbanos será:

0,43 por ciento

➔ A la modificación propuesta se plantea:

Rebajar el Tipo de Gravamen del IBI, aprobado

provisionalmente, a un valor que fije la Cuota Íntegra (RECIBO

del IBI) en los valores correspondientes al ejercicio 2007.

➢ Argumento:

Se considera muy positiva la rebaja del 2,27% del Tipo de

Gravamen propuesta, deflación del 0,44% al 0,43%, la cual,

permite rebajar el Recibo del IBI de 2015 el 2,27%, cumpliendo

parcialmente con las demandas de los vecinos de bajada del

recibo del IBI tras el Subidón del 2008 y las subidas

acumuladas del 93% hasta 2014.

Page 16: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

16

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En la situación actual se hace más necesario revisar los Valores

Catastrales, tal como, consideró la Ley de Presupuestos

Generales del Estado para el 2014 y que la Gerencia Regional

del Catastro recomendaba reducir los valores catastrales en el

0,73% para Ponencias de Valores, como las de Majadahonda,

aprobadas en 2007.

Se ha de considerar que el cálculo del recibo del IBI, se ha

basado en unos Valores Catastrales desorbitados, tal como, esta

Asociación de Vecinos y muchos vecinos alegaron habiendo

sido todas estas alegaciones rechazadas, al aprobarse la

ponencia de valores 2007 por la Gerencia Regional del

Catastro y la aquiescencia del Ayuntamiento

La Ordenanza Fiscal aprobada en el 2007 incrementó el Tipo

de Gravamen del 0,57% al 0,64% que unido a Valores

catastrales desproporcionadamente altos ha significado una

subida acumulada del recibo del IBI del 98% hasta el 2014 y

que a pesar de rebajar al 0,43% en las OF del 2015, desde el

2008 el Recibo del IBI ha tenido una subida acumulada del

88%, ver cuadro:

En este periodo, los ingresos por IBI, en el marco

presupuestario 2014/2016, representan el 48 %, de los Ingresos

Corrientes municipales frente el 16,7% en 2008.

Este Subidón de los recibos del IBI es lo que, a nuestro

entender, ha contribuido decisivamente al superávit de las

cuentas municipales del 2010, 2011, 2012, 2013 y

previsiblemente 2014, sin que estos superávit hayan revertido en

la ampliación y mejora de los servicios municipales,

presentándose nuevamente unos Presupuestos 2015 en el marco

Variación de la Cuota del IBI Valor Catastral tipo Medio.

2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

Valor Catastral 71.581 € 249.997 € 249.997 € 249.997 € 249.997 € 249.997 € 249.997 € 249.997 € 249.997 €

Base liquidable 71.581 € 89.423 € 107.264 € 125.106 € 142.947 € 160.789 € 178.630 € 178.630 € 178.630 €

RECIBO del IBI 408 € 572 € 686 € 801 € 858 € 852 € 866 € 786 € 768 €

Tipo de Gravamen 0,57% 0,64% 0,64% 0,64% 0,60% 0,53% 0,49% 0,44% 0,43%

Incremento acumulado RECIBO IBI

40% 68% 96% 110% 109% 112% 93% 88%

Page 17: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

17

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

presupuestario 2014/2016 con un amplio recorte en los

servicios públicos municipales ofertados a los vecinos.

II.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 6.

➔ Se plantea requerir a la Gerencia Regional del Catastro la

aplicación a todos los Bienes Inmuebles de Majadahonda de las

Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)

Sala de lo Contencioso-Administrativo sobre Nulidad de las

Valoraciones Catastrales individualizadas.

➢ Argumento:

Se apliquen para 2015, ver cuadro, a todos los Bienes

Inmuebles de Majadahonda las sentencias del TSJM que desde

2012 se están recibiendo en respuestas a las demandas

individuales presentadas.

Como mejor argumento es remitirse a lo planteado en las

sentencias del TSJM, como sigue:

“FUNDAMENTO DE DERECHO”

“(vi) Respecto a las situaciones concretas de los inmuebles valorados

y aquí impugnados se alega la existencia de una falta de motivación

en la fijación de los valores catastrales, habiendo dado lugar a un

valor de mercado superior al considerado por la Administración

Tributaria de la Comunidad de Madrid,”

Variación del RECIBO del IBI 2007 Sentencias TSJM

2015 Sentencias TSJM

2015 Sin Sentencias TSJM

Vivienda Valor Catastral Bajo 30.500 € 30.500 € 106.521 €

Base liquidable 30.500 € 30.500 € 76.113 €

RECIBO del IBI 174 € 174 € 327 €

Tipo de Gravamen 0,57% 0,57% 0,43%

Vivienda Valor Catastral Medio 71.581 € 71.581 € 249.997 €

Base liquidable 71.581 € 71.581 € 178.630 €

RECIBO del IBI 408 € 408 € 768 €

Tipo de Gravamen 0,57% 0,57% 0,43%

Vivienda Valor Catastral Medio 150.000 € 150.000 € 523.875 €

Base liquidable 150.000 € 150.000 € 374.325 €

RECIBO del IBI 855 € 855 € 1.610 €

Tipo de Gravamen 0,57% 0,57% 0,43%

Page 18: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

“Como es bien sabido, el valor catastral de los inmuebles se

determina objetivamente en función de los datos que sobre los mismos

existen en el Catastro, y se integra por la suma de los valores del

suelo más los valores de la construcción.

El valor catastral va a venir determinado, como dispone el artículo 24

del TRLCI, por la aplicación de la correspondiente Ponencia de

valores y ésta, a su vez, vendrá determinada por la aplicación de las

normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo

y de las construcciones para determinar el valor catastral de los

bienes inmuebles de naturaleza urbana, recogidas en el ya citado

Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, y sobre esta cuestión

volveremos con posterioridad.”

“La Ponencia de valores es el documento que se forma con los

criterios, los módulos de valoración, el planeamiento urbanístico y los

demás elementos que sean precisos para fijar de forma

individualizada los valores catastrales en un municipio determinado.

Lo que debe de quedar claro es que las Ponencias no determinan

valores concretos de inmuebles, sino que sólo fijan los valores

genéricos del suelo y de las construcciones y los coeficientes

correctores que se utilizarán para valorar cada inmueble. Esto es, las

Ponencias de valores no fijan valores sino criterios de aplicación.”

“Falta así toda referencia a los concretas decisiones que hayan

podido tomarse en consideración para la inclusión de los suelos en

unas u otras Zonas de valor, así como los datos de los que se haya

partido para la determinación de los concretos Valores de

repercusión de zona (VRC) y unitario (VUC), así como la motivación

y justificación de las expresadas decisiones de indudable relevancia

valorativa y técnica, y todo ello al concreto Polígono en el que se

ubica el suelo cuya valoración ha sido impugnada.

Con tal proceder se priva a este Tribunal, así como al recurrente, de

la posibilidad de comprobar la veracidad de los datos utilizados y

considerados por la Administración catastral, así como si la

determinación de las bases y criterios de valoración es un fiel reflejo

y aplicación de la normativa técnica contenida en el Anexo del ya

citado Real Decreto 1.020/1993.”

“En el caso concreto, tal como ha quedado expuesto en las

consideraciones anteriores, la Administración no ha exteriorizado

los eventuales hechos o datos relevantes que hayan sido tenidos en

cuenta para llegar a la determinación de los concretos Valores de

repercusión y/o unitarios de zona y, con ellos, los concretos valores

Page 19: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

19

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

catastrales de los suelos objeto de la presente impugnación. Dicho de

otra forma, en el expediente administrativo falta toda justificación del

por qué los valores de repercusión y/o unitarios son los ofrecidos y

consignados en la Ponencia y no cualesquiera otros, superiores o

inferiores a aquéllos.”

“Frente a lo anteriormente argumentado no puede esgrimirse con

éxito, a juicio de este Tribunal, la discrecionalidad técnica de la

Administración, o que, en todo caso, el recurrente no ha acreditado el

desacierto o error del concreto valor catastral impugnado o que el

mismo sea superior al de mercado

Corresponde a la Administración, que cuenta con todo el material por

ella utilizado, y que por ello está en mejores condiciones, la que debe

acreditar y justificar, como hemos dicho, que el valor catastral

determinado resulta ser conforme con la normativa técnica aplicable

La determinación del valor catastral en el seno de un procedimiento

de valoración colectiva tiene una indudable transcendencia práctica y

jurídica en diversas figuras tributarias, por lo que, en buena lógica,

debe exigirse a la Administración el debido rigor técnico en su

determinación, seguida de la correspondiente exteriorización,

razonada, del proceso deductivo

Por tanto, de cuanto antecede, procederá acoger la pretensión del

recurrente, declarando la nulidad de los valores catastrales de los

bienes inmuebles a que se contrae el presente recurso, propiedad del

recurrente, sin que proceda aquí efectuar pronunciamiento anulatorio

expreso alguno con respecto a la Ponencia de valores dado que no

tiene la condición de norma jurídica y su impugnación se ha

efectuado de forma indirecta, por lo que los efectos de la presente

Sentencia deben contraerse a las concretas valoraciones catastrales

impugnadas.”

“F A L L A M O S

Contra la notificación individual del valor catastral asignado

por la Gerencia Regional del Catastro de Madrid, declaramos

la nulidad de la expresada resolución por no ser conforme a

Derecho y, en su lugar, acordamos la nulidad de las citadas

valoraciones catastrales individualizadas; y todo ello, sin hacer

expresa imposición de las costas causadas en esta instancia.”

Page 20: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

II.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 6.

➔ Se plantea requerir a la Gerencia Regional del Catastro

para que se aplique las Sentencias del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid (TSJM) Sala de lo Contencioso-

Administrativo sobre Nulidad de las Valoraciones Catastrales

individualizadas a los suelos considerados como suelo

urbanizable con condiciones cuando se ha realizado la

calificación catastral del suelo urbanizable sin instrumento

urbanístico de desarrollo, a efectos del Impuesto sobre Bienes

Inmuebles.

➢ Argumento:

Como mejor argumento remitirse a lo planteado en las

sentencias del TSJM refrendadas por el recurso de casación en

interés de la ley del Recurso de Reposición de la Sección

Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre

Nulidad de las Valoraciones Catastrales individualizadas, que

se extracta como sigue:

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-

Administrativo declara la nulidad de la resolución dictada por el

Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid por no ser

conforme a Derecho y, en su lugar, acuerda la nulidad de las

valoraciones catastrales individualizadas.

Unido a ello considérese el recurso de casación en interés de la ley

del Recurso de Reposición de la Sección Segunda de la Sala Tercera

del Tribunal Supremo sobre Nulidad de las Valoraciones Catastrales

individualizadas y que a juicio de la Sala da una interpretación lógica

y sistemática del artículo 7.2 del Real Decreto Legislativo 1/2004 que

lleva a la conclusión de que sólo pueden considerarse bienes

"urbanos", a efectos catastrales, los inmuebles considerados por el

Plan General como urbanizables cuando el desarrollo de su actividad

de ejecución no dependa de la previa aprobación del instrumento

urbanístico que tiene por finalidad su ordenación detallada.

Concluye la Sala de instancia, examinando la aplicación al supuesto

que enjuicia de ese concreto precepto: en primer lugar, que ha de

acudirse a la legislación urbanística para integrar su contenido, a los

efectos de calificar catastralmente un terreno como suelo urbano o

como suelo rústico; en segundo lugar, que un terreno precisa, en todo

caso, la aprobación del correspondiente instrumento urbanístico de

desarrollo para poder alcanzar la condición de suelo urbano,

Page 21: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Antes, por el contrario, hay que entender que el legislador catastral

quiso diferenciar entre suelo de expansión inmediata donde el plan

delimita y programa actuaciones sin necesidad de posteriores

tramites de ordenación, de aquel otro que, que aunque sectorizado

carece de tal programación y cuyo desarrollo urbanístico queda

pospuesto para el futuro, por lo que a efectos catastrales sólo pueden

considerarse suelos de naturaleza urbana el suelo urbanizable

sectorizado ordenado así como el suelo sectorizado no ordenado a

partir del momento de aprobación del instrumento urbanístico que

establezca las determinaciones para su desarrollo. Antes de ese

momento el suelo tendrá, como dice la sentencia recurrida, el

carácter de rústico.

III.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 6.

Tipos de gravamen. Apartado 3.

Tipo de gravamen para los bienes inmuebles de características

especiales: 0,64 por ciento

➔ Se propone la modificación:

El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de

características especiales será del 0.805%

➢ Argumento:

Considérese también, que ya el Tipo De Gravamen propuesto

del 0,64%, y por tanto su Cuota Íntegra está en los niveles más

bajos que considera la Ley y entre los más bajos de municipios

como Madrid y otros cercanos de la Comunidad Autónoma.

Como ejemplo valga el Municipio de Madrid que tiene para

2013 un Tipo de Gravamen del 1,2 % para inmuebles de

características especiales.

IV.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 6.

Tipos de gravamen. Apartados 4 y 5.

A) 4: se establece, para los bienes urbanos cuyos usos conforme

a la normativa catastral se señale, tipos diferenciados y

aplicados a partir del umbral de valor catastral que se indica:

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Pleno ordinario 26-11-2014

22

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 915.000 euros:

0,75 por ciento.

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 915.000 euros:

0,75 por ciento.

d. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 915.000 euros: 0,75

por ciento.

e. Bienes uso “Deportes”, para un valor de 3.850.000 euros:

0,75 por ciento

f. Bienes usos no recogidos anteriormente excepto

“residencial”, para un valor de 9.450.000 euros: 0,75 por

ciento.

➔ Se propone la modificación:

A) 4: Aplicar Tipos de Gravamen diferenciados para los Usos

que se especifican considerando la magnitud del Valor

Catastral del Uso y teniendo en cuenta que se aplicarán a

aquellos bienes inmuebles de naturaleza urbana cuyo valor

catastral exceda del límite que se fija para cada uno de dichos

Usos:

- Añadir el párrafo:

Cuando los inmuebles tengan atribuidos varios usos se aplicará

el tipo correspondiente al uso de la edificación o dependencia

principal.

➢ Argumento:

A) 4: Incrementar el tipo impositivo diferenciado al 0.805% a

los bienes inmuebles que no tienen uso residencial es coherente

UsosValor catastral a partir del cual se aplicará un

tipo de gravamen diferenciado

Tipos de gravamen

diferenciados

915.000 € 0,805%

1.500.000 € 0,805%

0,805%

1.500.000 € 0,805%

915.000 € 0,805%

915.000 € 0,805%

Bienes inmuebles,suelos, cuyo uso sea Obras de urbanización y

de mejora, tales como las explanaciones.

Sanidad

850.000 € 0,805%

915.000 € 0,805%

915.000 €

Comercial

Ocio y Hostelería

Industrial

Deportivo

Oficinas

Almacén-Estacionamiento

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

con la característica de grandes Valores Catastrales. Con

objeto de equilibrar los ingresos municipales que

previsiblemente se reducen por la disminución de la Cuota

Íntegra de los bienes inmuebles residenciales.

Se incluye Todos los Usos aplicables a Majadahonda de

acuerdo con el Título 1, Capitulo 1, Art.7. 4. C del Real

Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de Marzo, por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Se reducen los valores desproporcionados dados a: Deportes,

Sanidad, Ocio y Hostelería con objeto de que se apliquen

realmente los Tipos De Gravamen Diferenciados a que se

refiere este apartado a: como máximo el 10 % de los bienes

inmuebles del término municipal para cada uno de los usos.

Como ejemplo valga el Municipio de Madrid que tiene para

2013 un Tipo de Gravamen Diferenciado según la tabla

siguiente:

Usos Valor catastral a partir del cual se aplicará un tipo de gravamen diferenciado

Tipos de gravamen diferenciados

Comercial 860.000 euros 1 %

Ocio y Hostelería 1.625.000 euros 1,1 %

Industrial 890.000 euros 1,1 %

Deportivo 8.000.000 euros 0,890 %

Oficinas 2.040.000 euros 1,1 %

Almacén - Estacionamiento

1.200.000 euros 1,1 %

Sanidad 7.200.000 euros 1,1 %

V.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 6.

Tipos de Gravamen.

➔ Se propone el Apartado nuevo siguiente:

6) De conformidad con el artículo 72.4 del R.D. Legislativo

2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido

de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece un

recargo del 50% de la cuota líquida del IBI, para los inmuebles

Page 24: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de uso residencial que se encuentren desocupados

permanentemente.

A estos efectos se entenderá por desocupados los inmuebles en

que se den alguna de las siguientes circunstancias:

a) Permanecer sin habitantes empadronados en la fecha del

devengo del impuesto en el padrón de habitantes del

municipio de Majadahonda.

b) Que no tengan consumo por contratos de suministro de

energía eléctrica, gas y agua

El recargo se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y se

devengará el 31 de diciembre, liquidándose anualmente una vez

constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el

acto administrativo por el que ésta se declare.

➢ Argumento:

Con esta medida el Ayuntamiento puede contribuir a ampliar la

oferta de viviendas en alquiler, lo que abarataría su precio y

permitiría satisfacer una parte de la amplia demanda de

vivienda asequible en nuestro municipio.

Considérese que según el último censo oficial de viviendas

vacías al que hemos tenido acceso, se cuantifica en el entorno

de 3.000 el número de viviendas desocupadas de forma

permanente en nuestro municipio

VI.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 2.

Exenciones. Apartado 2.

➔ Se propone el Apartado Nuevo siguiente:

d) Estarán exentos los bienes de que sean titulares las

entidades sin fines lucrativos y aquellas otras entidades

recogidas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de

Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de

los incentivos fiscales al mecenazgo, en los supuestos y

con los requisitos que la citada Ley y el Reglamento para

la aplicación del régimen fiscal de las mencionadas

entidades, aprobado por Real Decreto 1270/2003, de 10

Page 25: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de octubre por el que se aprueba el Reglamento para la

aplicación del precitado régimen fiscal; excepto los

afectos a explotaciones económicas no exentas del

Impuesto sobre Sociedades.

La aplicación de dicha exención estará condicionada a que las

entidades sin fines lucrativos comuniquen al Ayuntamiento el

ejercicio de la opción por el régimen fiscal especial y al

cumplimiento de los requisitos y supuestos de hecho relativos al

mismo, que deberán ser probados por cada entidad solicitante.

Con respecto a aquellas entidades, a que se refiere el presente

apartado, que tengan la obligación de efectuar la comunicación

del ejercicio de la opción del régimen fiscal especial previsto en

el título II de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, la

exención se disfrutará a partir del período impositivo que

coincida con el año natural en que se dirija la mencionada

comunicación a este Ayuntamiento.

La comunicación al Ayuntamiento deberá indicar,

expresamente, el ejercicio de la opción por la aplicación del

régimen fiscal especial previsto en el título II de la Ley 49/2002,

de 23 de diciembre, y deberá ir acompañada de la acreditación

de haber presentado la declaración censal en la

correspondiente Administración.

➢ Argumento:

Eximir del impuesto a los bienes catastrales de las entidades sin

fines lucrativos, dotando a su vez, de incentivos fiscales al

mecenazgo.

VII.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones. Apartado 1.

➔ Se plantea sustituir el párrafo 1º del apartado 1 por el

siguiente texto:

Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota

íntegra del impuesto los inmuebles que constituyan el objeto de

la actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes

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Pleno ordinario 26-11-2014

26

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los

interesados antes del inicio de las obras.

Esta bonificación será del 90% cuando se trate de promociones

de Viviendas de Protección y las que resulten equiparables a

éstas conforme a la normativa autonómica.

➢ Argumento:

Se trata de aplicar la bonificación máxima establecida

legalmente a la construcción y promoción inmobiliaria tanto de

obra nueva como de rehabilitación equiparable, así como, a la

promoción de viviendas con protección pública, con objeto de

facilitar el acceso a una vivienda digna a los sectores sociales

con menos recursos.

VIII.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones. Apartado 2.

➔ Se plantea sustituir el apartado a) por el siguiente texto:

Las viviendas de protección pública y las que resulten

equiparables a éstas conforme a la normativa autonómica,

gozarán de una bonificación del 50% en la cuota del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles durante los tres periodos impositivos

siguientes al de otorgamiento de la calificación definitiva.

Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la

cual, podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la

terminación de los tres periodos impositivos de duración de la

misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo

siguiente a aquél en que se solicite.

Finalizado el período de disfrute de las bonificaciones

señaladas en el párrafo anterior, este tipo de viviendas

protegidas, gozarán de una bonificación del 50 % de la cuota

del Impuesto durante un plazo de tres años, y las viviendas

sociales del 75 % durante el plazo de seis años, siempre y

cuando unas y otras sigan manteniendo la calificación original

durante dicho período y sus propietarios o adjudicatarios no

superen los niveles de renta máxima familiar, entendida como la

diferencia entre la base imponible familiar (base imponible

general más base imponible del ahorro) y la cuota líquida

familiar, que se detalla a continuación:

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En el número de miembros de la unidad familiar se incluye a los

padres o tutores y a los hijos menores no emancipados. En el

supuesto de que los miembros de la familia opten por la

declaración individual del IRPF, la base imponible y la cuota

líquida vendrán constituidas por la suma de las bases y cuotas

individuales de los distintos miembros de la familia.

Esta bonificación se aplicará sobre aquellas viviendas que, en

los términos definidos por la legislación fiscal, tengan la

condición de residencia habitual de su propietario o

adjudicatario

Si se comprobase que los titulares de los bienes bonificados son

titulares de otras viviendas o no cumplen el requisito de renta

máxima familiar daría lugar a la anulación de la bonificación

disfrutada

➢ Argumento:

Se pretende paliar el Subidón de la cuota íntegra para viviendas

con protección pública, introduciendo factores socialmente más

justos a esta bonificación al combinar: Renta bruta por

miembro de la unidad familiar e ingresos de la unidad familiar

con el Valor Catastral de la Vivienda y su condición de vivienda

de protección pública o social

IX.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones. Apartado 2.

➔ Se plantea añadir el siguiente texto:

Nº Miembros de

la unidad familiar

Renta Máxima

Familiar

1 y 2 24.075 €

3 26.167 €

4 27.931 €

5 29.356 €

6 30.498 €

7 31.640 €

8 32.771 €

9 36.048 €

10 39.653 €

11 43.618 €

12 47.980 €

Page 28: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

28

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Las viviendas de protección pública y las que resulten

equiparables a éstas conforme a la normativa autonómica en

régimen de alquiler gozarán de una bonificación del 50% en la

cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles durante los tres

periodos impositivos siguientes al de otorgamiento de la

calificación definitiva

Finalizado el período de disfrute de las bonificaciones

señaladas en el párrafo anterior, este tipo de viviendas

protegidas, gozarán de una bonificación del 50 % de la cuota

del Impuesto durante un plazo de tres años más, y las viviendas

sociales del 75 % durante el plazo de seis años más, siempre y

cuando unas y otras sigan manteniendo la calificación original

durante dicho período y sus inquilinos adjudicatarios no

superen los niveles de renta máxima familiar, entendida como la

diferencia entre la base imponible familiar (base imponible

general más base imponible del ahorro) y la cuota líquida

familiar, que se detallan a continuación:

En el número de miembros de la unidad familiar se incluye a los

padres o tutores y a los hijos menores no emancipados. En el

supuesto de que los miembros de la familia opten por la

declaración individual del IRPF, la base imponible y la cuota

líquida vendrán constituidas por la suma de las bases y cuotas

individuales de los distintos miembros de la familia.

Esta bonificación se aplicará sobre aquellas viviendas que, en

los términos definidos por la legislación fiscal, tengan la

condición de residencia habitual del inquilino adjudicatario.

Nº Miembros de

la unidad familiar

Renta Máxima

Familiar

1 y 2 24.075 €

3 26.167 €

4 27.931 €

5 29.356 €

6 30.498 €

7 31.640 €

8 32.771 €

9 36.048 €

10 39.653 €

11 43.618 €

12 47.980 €

Page 29: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

29

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Si se comprobase que los inquilinos son titulares de otras

viviendas o no cumplen el requisito de renta máxima familiar

que dará lugar a la anulación de la bonificación disfrutada

➢ Argumento:

Se trata de poder hacer extensible la bonificación, a los

inquilinos de las viviendas de protección pública en régimen de

alquiler.

Considérese que los arrendatarios de estas viviendas Pammasa

y IVIMA repercuten actualmente el pago íntegro del IBI sobre

los inquilinos sin considerar las bonificaciones que estas

viviendas de protección tiene derecho.

Con esta bonificación se estaría rebajando los costos

repercutidos sobre inquilinos en régimen de alquiler.

X.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones. Apartado 4. a).

C) La tabla del apartado 7.4, cuya nueva redacción será la

siguiente

Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición

adicional segunda de la OF. nº 2

Hasta 300.000€ de valor

catastral A partir de 300.000€ hasta 600.000€ de valor catastral

A partir de 600.000€ de valor catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

9 y más hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

➔ Se plantea sustituir apartados a) y b) por el siguiente texto:

a) De acuerdo con el Art- 74.4 del R.D. 2/2004, de 5 de marzo

por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora

de las Haciendas Locales, tendrán derecho a una bonificación

de la cuota íntegra del impuesto sobre la vivienda que

constituya su residencia habitual, aquellos sujetos pasivos que

ostenten la condición de familia numerosa clasificada como :

Page 30: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

30

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

. Categoría especial:

Cinco o más hijos.

Cuatro hijos, de los cuales tres procedan de parto, adopción o

acogimiento permanente o pre adoptivo múltiples.

. Categoría general:

Restantes unidades familiares.

Siempre que mantengan las condiciones que motivaron su

concesión y para Valores Catastrales (VC) determinados que no

superen los niveles de Renta Bruta por miembro de la Unidad

Familiar (RBUF) que se detallan en el siguiente cuadro:

➢ Argumento:

Introducir factores socialmente más justos a esta bonificación al

combinar: Renta bruta por miembro de la unidad familiar con

el Valor Catastral de la Vivienda.

Los tramos de valores catastrales aprobados, hasta 420.000 € y

hasta 840.000 €, supone aplicar esta deducción a viviendas

cuyo precio de mercado, según la Ponencia de Valores

aprobada en 2008, es superior en más de dos veces estos

Valores Catastrales.

XI.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones. Apartado 5.

➔ Se plantea sustituir el apartado a) por el siguiente texto:

Renta bruta por miembro de la unidad familiar (RBUF) 0€ > VC < 110.000€ 110.000€ > VC < 250.000€ 250.000€ > VC < 600.000€

0 > RBUF < 1 veces IPREM 90% 80% 70%

1 veces IPREM > RBUF < 2 veces IPREM 80% 70% 60%

2 veces IPREM > RBUF < 3 veces IPREM 40% 30% 20%

Renta bruta por miembro de la unidad familiar (RBUF) 0€ > VC < 110.000€ 110.000€ > VC < 250.000€ 250.000€ > VC < 600.000€

0 > RBUF < 1 veces IPREM 90% 85% 75%

1 veces IPREM > RBUF < 2 veces IPREM 85% 75% 65%

2 veces IPREM > RBUF < 3 veces IPREM 50% 40% 30%

Unidad Familiar Categoría General

Unidad Familiar Categoría Especial

Page 31: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

31

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

a) Tendrán derecho a una bonificación del 50 % en la cuota

íntegra del impuesto, los bienes inmuebles cuyo uso catastral

sea predominantemente residencial, en los que se incorporen

sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía solar

para autoconsumo, siempre y cuando dichos sistemas

representen un suministro de energía mínimo del 50% del total

de A.C.S. y que las instalaciones para producción de calor

incluyan colectores que dispongan de la correspondiente

homologación por la Administración competente.

b) Asimismo, tendrán derecho a una bonificación del 25% en la

cuota íntegra del impuesto, los bienes inmuebles cuyo uso

catastral sea predominantemente residencial en los que se

incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la

energía solar, siempre que tales sistemas de aprovechamiento

eléctrico de la energía dispongan de una potencia instalada

mínima de 2,5 KW por cada 200 metros cuadrados construidos

o fracción superior a 100.

La bonificación será del 50% si simultáneamente a la

instalación de los sistemas de aprovechamiento eléctrico se

instalan también sistemas para el aprovechamiento térmico de

la energía proveniente del sol.

c) Esta bonificación tendrá una duración de cinco períodos

impositivos, a contar desde el siguiente a la finalización de las

obras e instalaciones necesarias para incorporar los

mencionados sistemas de aprovechamiento.

No se concederá esta bonificación cuando la instalación de

estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea o

haya sido obligatoria a tenor de la normativa tanto urbanística,

como de cualquier naturaleza, vigente en el momento de la

concesión de la licencia de obras.

d) En ningún caso la cantidad total bonificada durante los

citados años pueda superar el 20% del coste total de la citada

instalación para el sujeto solicitante

e) Junto con la solicitud, los interesados deberán aportar al

expediente la siguiente documentación:

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Pleno ordinario 26-11-2014

32

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

- Fotocopia del Certificado Final de Obras, en el que conste la

fecha de finalización de las instalaciones que incorporen los

sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico, objeto de esta

bonificación.

- Certificado del órgano de la Administración competente, en el

que conste que los sistemas de aprovechamiento incorporados

representan un suministro de energía mínimo del 50% del total

de A.C.S, en el caso de la energía de aprovechamiento térmico

de la energía solar, y de 2,5 KW. por cada 200 metros

cuadrados construidos, en el caso de energías de

aprovechamiento eléctrico de la energía solar.

- Certificado en el que conste que las instalaciones para

producción de calor incluyen colectores homologados por el

órgano de la Administración competente.

➢ Argumento:

Se trata de incentivar iniciativas vecinales ligadas al auto

consumo y energéticamente sostenibles que van más allá de lo

que establece la normativa correspondiente.

XII.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones.

➔ Se propone el Apartado Nuevo N º 7 Bonificación Social

potestativa.

1. Al amparo de lo previsto en el artículo 74.1 del R.D. 2/2004,

de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales,, se aplicará una

bonificación del 50 por 100 de la cuota íntegra del impuesto a

favor de los bienes inmuebles urbanos situados en áreas o zonas

del núcleo urbano del municipio que conforme al planeamiento

urbanístico tengan la consideración de Zonas de Depreciación

Funcional de acuerdo con el informe de los Servicios Técnicos

Municipales, aprobado en Pleno Municipal, realizado en 2009 y

presentado en la Dirección Regional del Catastro para su

consideración.

2. Esta bonificación, que se aplicará de oficio con efectos de 1

de enero de 2013, será compatible con cualquier otra que

Page 33: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

33

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

beneficie al mismo inmueble, siempre que de la aplicación

conjunta de todas las bonificaciones que le pudiesen

corresponder, no resulte una cuota líquida para el ejercicio en

curso inferior al 90% de la cuota.

➢ Argumento:

El llamado “IBI social”, que se viene aplicando en algunos

Ayuntamientos, al objeto de que se contemplen bonificaciones

para determinados sectores de la población, teniendo en cuenta

su capacidad de renta.

Este tipo de bonificación junto con la posibilidad de poder

aplicar un IBI diferenciado a las distintas zonas catastrales del

municipio tomando en consideración las diversas condiciones

sociales y económicas de los vecinos se proponen actualmente

desde la FEMP, para reformar el actual impuesto.

XIII.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones.

➔ Se propone el Apartado Nuevo Nº 8 Bonificación Social

potestativa.

1.- Atendiendo al principio de capacidad económica previsto en

el artículo 3.1 de la Ley 58/2003, los sujetos pasivos de este

impuesto cuya unidad familiar sea propietaria de una única

vivienda que constituya a su vez su residencia habitual, gozarán

de bonificación en la cuota íntegra del impuesto de acuerdo con

la renta de la unidad familiar según la tabla siguiente:

2.- A efectos de determinar la renta a que se refiere el apartado

anterior se tendrá en cuenta:

Renta bruta de la unidad familiar (RBUF) Bonificación

RBUF < 6.000€ 95%

6.000€ > RBUF < 1 vez IPREM 90%

6.000€ > RBUF < 1 vez IPREM 80%

1vez IPREM > RBUF < 1,5 veces IPREM 60%

Page 34: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

34

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

a) Los tramos de renta y porcentajes a que se refiere esta tabla

se aplicarán integrando las rentas de todos los miembros de la

unidad familiar, a tal efecto:

Por renta bruta: la base imponible minorada en la reducción

por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos a

que se refiere el artículo correspondiente del Impuesto sobre la

Renta de las Personas Físicas.

b) La declaración del IRPF y, en el supuesto de que no se tenga

obligación de presentar la citada declaración, certificación

relativa a la falta de obligación de formular declaración

expedida por la agencia estatal de la administración tributaria.

A estos efectos se autorizará por todos los miembros de la

unidad familiar al ayuntamiento para recabar los datos fiscales

de la agencia tributaria estatal

c) Certificado de empadronamiento en la vivienda para la que

se solicita la bonificación.

d) Declaración jurada de no disponer, por los miembros de la

unidad familiar, de más bienes inmuebles que la vivienda

habitual para el que se solicita dicha bonificación.

Si la administración comprobase que los titulares de los bienes

bonificados son titulares de otras viviendas dará lugar a la

anulación de la bonificación disfrutada, sin perjuicio, en su

caso de las sanciones tributarias a que haya lugar por la

inclusión de datos falsos en la comunicación de datos de

conformidad con la ley general tributaria.

e) Tener domiciliado el recibo del impuesto sobre bienes

inmuebles del bien sobre el que se pretende la bonificación,

siendo esta bonificación compatible con la prevista por la

domiciliación bancaria.

➢ Argumento:

El llamado “IBI social”, que se viene aplicando en algunos

Ayuntamientos, al objeto de que se contemplen bonificaciones

para determinados sectores de la población, teniendo en cuenta

su capacidad de renta.

Page 35: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

35

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Este tipo de bonificación junto con la posibilidad de poder

aplicar un IBI diferenciado a las distintas zonas catastrales del

municipio tomando en consideración las diversas condiciones

sociales y económicas de los vecinos se proponen actualmente

desde la FEMP, para reformar el actual impuesto.

XIV.- O. F. nº 2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.

Bonificaciones.

➔ Se propone el Apartado Nuevo N º 9 Grado de

Compatibilidad entre las Bonificaciones:

Las bonificaciones sociales potestativas serán incompatibles

entre sí, prevaleciendo las que de acuerdo con el Texto

Refundido de la Ley de Haciendas Locales tengan carácter

obligatorio y subsidiariamente la más beneficiosa para el

contribuyente.

Estas bonificaciones sociales serán compatibles con:

- Bonificación por domiciliación bancaria.

- Bonificación por viviendas de protección pública.

- Bonificación por familia numerosa

En ningún caso el importe de la bonificación resultante podrá

superar el 100% de la cuota íntegra.

➢ Argumento:

Se pretende aclarar la compatibilidad entre las diferentes

bonificaciones.

XV.- O. F. nº 1. Gestión, Recaudación e Inspección. Artículo

20.

➔ Se plantea la siguiente modificación del Artículo 20, párrafo

segundo:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del R.D. 2/2004, de 5

de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, establecer una

bonificación del 5% de la cuota íntegra del impuesto, a favor de

una única vivienda, que constituya la residencia habitual, a

Page 36: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

36

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

aquellos sujetos pasivos que se acojan al Sistema Especial de

Pago o el pago domiciliado bancariamente regulado en el

artículo 20 de la O. F. nº 1. Gestión, Recaudación e Inspección,

que será aplicada en los términos y condiciones previstos en el

mismo.

En ningún caso el importe de la bonificación establecida en el

párrafo anterior puede superar los 55 euros.

Para acogerse a este Sistema Especial de Pago se requerirá que

los obligados tributarios se adhieran al sistema de

domiciliación bancaria conforme a los requisitos establecidos.

➢ Argumento:

Aplicar la bonificación a la máxima, 5%, prevista en el R.D.

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

limitando la bonificación a un valor de 55 €.

XVI.- O. F. nº 3. Impuesto sobre Vehículos de Tracción

Mecánica. Artículo 4.

➔ Se propone añadir el siguiente texto:

Se establece una bonificación del 25% de la cuota, durante tres

años desde su primera matriculación, para los vehículos

híbridos con motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel, o

eléctrico-gas que estén homologados de fábrica, incorporando

dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que

minimicen las emisiones contaminantes. Para poder disfrutar de

esta exención, los interesados deberán instar su concesión

indicando las características del vehículo, su matrícula, y

acompañar la documentación técnica y administrativa

justificativa de que se trata de un vehículo híbrido con motor

eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas homologado.

➢ Argumento:

Contribuir a combatir el cambio climático fomentando el uso de

vehículos energéticamente sostenibles.

Page 37: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

37

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

XVII.- O. F. nº 3. Impuesto sobre Vehículos de Tracción

Mecánica. Artículo 5.

➔ Se propone añadir el siguiente texto:

La congelación de cuotas prevista para el 2015 se aplicará a un

único vehículo por sujeto pasivo.

En el caso de que el sujeto pasivo posea más de un vehículo se

aplicará el incremento del IPC sobre las cuotas

correspondientes a estos vehículos.

➢ Argumento:

No parece correcto beneficiar a los propietarios de más de un

vehículo congelando las cuotas de estos vehículos, cuando se ha

ejercido una fuerte presión fiscal en las capas con menores

recursos económicos, por ejemplo con el IBI ha subido un

98%% en el periodo 2008-2014.

No se puede premiar la multipropiedad de vehículos.

XVIII.- O. F. nº 5. Impuesto sobre Construcciones Instalaciones-

Obras. Artículo 4 Bonificaciones. Pt. 1

➔ Se propone suprimir el apartado b), que dice:

b) Una bonificación del 75 por ciento de las obras de

construcción de centros destinados al culto.

➢ Argumento:

En un Estado aconfesional como el que establece la

Constitución Española, las administraciones públicas no deben

otorgar privilegios a las confesiones religiosas, cuya obligación

de pagar impuestos debe ser la misma que se exige al conjunto

de los ciudadanos.

➔ Se propone sustituir el apartado c) el primer párrafo por el

texto siguiente:

Page 38: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

38

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Una bonificación del 90% las obras de construcción de

viviendas protegidas de régimen especial que han sido definidas

en Real decreto 801/2005.Una bonificación del 60% las obras

de construcción de viviendas protegidas de precio general que

han sido definidas en Real decreto 801/2005. Una bonificación

del 50%, las obras de construcción de viviendas protegidas de

precio concertado que han sido definidas en Real decreto

801/2005.

➢ Argumento:

Estando de acuerdo con el espíritu del texto creemos que las

bonificaciones aprobadas deberían ser mayores.

XIX.- O. F. nº 4. Impuesto sobre el incremento de valor de los

terrenos de naturaleza urbana. Artículo 3. Sujetos pasivos.

➔ Se plantea añadir el siguiente texto como apartado c) sobre

no repercutir la Plusvalía en caso de dación de pago por

ejecución hipotecaria:

En las transmisiones realizadas en subasta pública, notarial,

judicial o administrativa y en las adjudicaciones del bien

inmueble a la entidad financiera en pago de la deuda prestada

para su adquisición tendrá consideración de sujeto pasivo

sustituto, la persona física o jurídica o las entidades a que se

refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2.03 de 17 de diciembre,

General Tributaria, que adquiera el inmueble.

En ningún caso se podrá repercutir la cuota del impuesto al

contribuyente.

Se entiende por entidades financieras aquellas matriculadas en

cualquiera de las rúbricas que integran la Agrupación 81 de la

sección 1ª de las tarifas del Impuesto de Actividades

Económicas aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990

de 28 de septiembre.

➢ Argumento:

En el actual escenario económico no son muchas las

alternativas que les quedan a las familias en la negociación con

las entidades financieras ante una morosidad en las deudas.

Page 39: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

39

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Algunos consiguen la dación en pago como método para saldar

las deudas, de tal forma que la entrega de la vivienda suponga

la cancelación total de la deuda hipotecaria. Otros, ante la falta

de acuerdo mutuo de las partes, llegan a la ejecución

hipotecaria con el mismo resultado: la pérdida de la vivienda.

Sin embargo, en ambos casos hay que añadir el impacto fiscal

que ello supone al deudor, pues probablemente tendrá que

liquidar posteriormente un Incremento Patrimonial en el IRPF

y, en el caso que nos ocupa, el Impuesto sobre el Incremento del

valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como

Plusvalía.

Esto supone agravar aún más la situación económica de estas

familias, por lo que es de justicia, al menos, neutralizar el

impacto fiscal que supone para las familias deudoras afrontar el

pago de la Plusvalía.

El interesado presenta alegaciones que afectan a cuestiones no

incluidas dentro del acuerdo de Pleno, se refieren a Ordenanzas

cuya modificación no se contempla, e incluso ejerce

simplemente el derecho de petición. Como se ha señalado, no

deben de ser admitidas, sin perjuicio de su consideración para

futuras modificaciones.

Centrándonos en las alegaciones que afectan al acuerdo del

Pleno, se ha de indicar que el escrito se ha presentado después

a la publicación de la Ley 16/2013 -a la que se ha hecho

referencia- y que determina el cálculo de la Base liquidable

cuando los valores catastrales hayan sufrido una minoración

tras aplicar coeficientes. La aplicación de esta forma de cálculo

no es potestativa para la Administración. Por otro lado,

corresponde a la Administración del Estado la fijación de los

valores catastrales y por ello, no es competencia de este

Ayuntamiento fijar los coeficientes de actualización ni tampoco

su aplicación –art. 4 RDL 1/2004, de 5 de marzo, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario-.

Recordamos que corresponde a criterios de oportunidad que

debe estimar el Pleno, la determinación de los tipos, así como

de las bonificaciones de familia numerosa y de las empresas

urbanización, construcción y promoción. En este último caso, y

con referencia a la alegación presentada, la Norma no

Page 40: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

40

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

contempla diferenciación alguna de porcentaje entre distintos

sujetos pasivos. Asimismo, el desglose plasmado par usos de los

inmuebles no se ajusta al determinado en la norma, sujetando al

mismo a los solares –DT decimoquinta RDL 2/2004.

CUARTA.- Dña. Carmen Madrigal Torrejón, Concejal del

Ayuntamiento de Majadahonda portavoz del grupo Unión,

Progreso y Democracia de fecha 4 de Noviembre de 2014, con

números de registro de entrada 17236 y 17237, presenta

alegaciones a la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del

Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de

naturaleza urbana y a la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del

Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

El interesado presenta alegaciones que afectan a cuestiones no

incluidas dentro del acuerdo de Pleno, e incluso, se refieren a

Ordenanzas cuya modificación no se contempla. Como se ha

señalado, no deben de ser admitidas, sin perjuicio de su

consideración para futuras modificaciones.

Visto el expediente administrativo y la legislación vigente, visto

el informe de Intervención de 17 de noviembre de 2014, y

conforme con las instrucciones recibidas de la Concejal

Delegada de Hacienda se propone la adopción del siguiente

acuerdo:

1.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra las

modificaciones a la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al

Impuesto de Bienes Inmuebles al considerar que no existen las

razones de oportunidad recogidas en la misma.

2.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra el tipo

de gravamen señalado en la modificación del artículo 7 de la

Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Incremento del

Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

3.- INADMITIR el resto de las alegaciones y reclamaciones

presentadas por los motivos indicados en la parte expositiva.

4.- APROBAR definitivamente las siguientes modificaciones de

las Ordenanzas Fiscales:

Page 41: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

41

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

1º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2, Impuesto sobre Bienes

Inmuebles se establece la siguiente redacción del artículo 6 y

7, Tipo de gravamen y bonificaciones:

A) Al artículo 6, tipos de gravamen los siguientes apartados

cuya nueva redacción será la siguiente:

1.- “El tipo de gravamen para los bienes inmuebles

urbanos será: 0,43 por ciento”.

4. “Se establece, para los bienes urbanos cuyos usos

conforme a la normativa catastral a continuación se

señala, tipos de gravamen diferenciados y aplicados a

partir del umbral de valor catastral que se indica:

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 915.000

euros: 0,75 por ciento

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 915.000

euros: 0,75 por ciento

c. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 915.000 euros:

0,75 por ciento

d. Bienes uso “Deportivo”, para un valor de 3.850.000

euros: 0,75 por ciento

e. Bienes usos no recogidos anteriormente, excepto

“residencial” para un valor de: 9.450.000 euros: 0,75 por

ciento”.

B) Al artículo 7, el párrafo primero del artículo 7.1, cuya nueva

redacción será la siguiente:

1. “Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota íntegra del impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los interesados dentro del mes siguiente a la notificación de la concesión de la licencia de obras”.

C) La tabla del apartado b) del artículo 7.4, cuya nueva

redacción será la siguiente

Page 42: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

42

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Hasta 300.000

€ de valor

catastral

A partir de

300.000 € hasta

600.000 € de

valor catastral

A partir de

600.000 € de

valor catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

Más de 8 hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

2º.-A la Ordenanza Fiscal nº 4 correspondiente al Impuesto

sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza

Urbana se establece la siguiente redacción del artículo 7, Tipo

de gravamen y cuota:

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la

base imponible o en su caso, bases imponibles, el tipo de

gravamen del 24,65 por ciento”.

SEGUNDO.-APROBAR inicialmente la supresión de la

disposición adicional 2ª de las ordenanzas fiscales número 2 y

numero 4, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en sesión

celebrada el 27 de Noviembre 2013, BOCM 296 del día

13/12/2013.

TERCERO.- EXPONER el presente acuerdo de modificación en

el tablón de anuncios durante un plazo de treinta días dentro de

los cuales los interesados podrán examinar el expediente y

presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si

trascurrido el plazo no se ha presentado reclamaciones, se

entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional. La

entrada en vigor se producirá el día 1 de enero de 2015.

CUARTO.- PUBLICAR el anuncio de exposición en el Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid y en un diario de los de

mayor difusión de la provincia.

QUINTO- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos

documentos sean necesarios para la ejecución del presente

acuerdo.”

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, favorable.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, aclara que va a explicar las respuestas que se dan a las

alegaciones que se han presentado durante el periodo de exposición

pública de esta modificación de ordenanzas, dividiéndolas en dos

grupos, las que se estiman y las que se desestiman.

Sigue diciendo que la Asociación de Vecinos del Municipio de

Majadahonda, solicita bajar el tipo impositivo del impuesto sobre

bienes inmuebles hasta que la cuota quede en los valores que tenía en

el año 2007, alegación que se desestima porque el tipo impositivo que

se determina (0,43%) es el que se considera justo y razonable para

que el Presupuesto Municipal tenga equilibrio.

Manifiesta que esa misma Asociación de Vecinos y el Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes solicitan elevar el tipo de

gravamen a los diferenciados, Izquierda Unida del 0,75% al 0,80% y

la Asociación de Vecinos al 1%. Aclara que esas alegaciones se

desestiman porque se considera que ese tipo impositivo ya está

suficientemente elevado y nunca ha sufrido una reducción aunque los

inmuebles residenciales sí la han tenido y recuerda que el comercio y

la hostelería son sectores que también ayudan a dinamizar la

economía de este municipio.

Continúa diciendo que otra de las alegaciones que se han

presentado se refiere a la bonificación que este Ayuntamiento

concede a las empresas promotoras del 90% en los tres primeros años

y en esas alegaciones se propone la reducción de dicha bonificación

al 50% excepto cuando las obras sean de viviendas de protección

oficial. Aclara que esa alegación se desestima porque la Ley de

Haciendas Locales no permite distinguir, a la hora de aplicar esta

bonificación, entre viviendas libres o de protección oficial.

Indica que también se solicita que se determine la bonificación

de familias numerosas en función de los ingresos que tienen y desea

dejar claro que el equipo de gobierno considera que los criterios que

se siguen actualmente son más justos y claros a la hora de realizar

comprobaciones porque se hacen teniendo en cuenta el valor catastral

de las viviendas y el número de hijos de tal forma que, a mayor valor

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

catastral, menor bonificación y, a mayor número de hijos, la

bonificación es mayor.

Sigue diciendo que prácticamente todos los grupos políticos que

integran esta Corporación solicitan la bajada del tipo impositivo del

impuesto sobre plusvalías y aclara que esa alegación también se

desestima por considerar que el tipo que se ha determinado es el

necesario y suficiente. Recuerda a continuación que rebajar los

impuestos supone una bajada de los ingresos que recibe este

Ayuntamiento y, como todos saben, los gastos deben estar

equilibrados con los ingresos.

Manifiesta además que cuatros grupos municipales proponen

una exención en el impuesto de plusvalía para la dación en pago,

alegación que ha sido desestimada porque este Ayuntamiento actúa

conforme al Real Decreto 8/2014, de 4 de julio, que modifica el

artículo 123 del Texto Refundido.

Aclara que Unión, Progreso y Democracia solicita un

incremento en la bonificación del 70% al 95% en el impuesto de

plusvalías en el caso de muerte en la vivienda habitual solo para

aquellos hijos que vivan dentro de este municipio, alegación que es

desestimada por considerar más justo seguir con la bonificación del

70% y que la deducción sea para todos los hijos.

Indica que no se ha admitido la alegación presentada por el

Grupo Municipal Socialista relativa al impuesto sobre bienes

inmuebles en la que se solicita el establecimiento de una subvención

social porque la Ley General Tributaria no permite ninguna

subvención para financiar un impuesto. Aclara que lo que realmente

ha presentado el Grupo Socialista es una propuesta y no una

alegación a la modificación de las Ordenanza.

Sigue diciendo que el Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes y la Asociación de Vecinos del Municipio de Majadahonda

solicitan ampliar la bonificación que se concede a las viviendas de

protección oficial, pero solo a las que sean de alquiler. Aclara que la

ley dice en ese sentido, que los ayuntamientos podrán regular la

duración y cuantía de la bonificación, pero no distinguir, por

naturaleza jurídica, la propiedad por lo que esa bonificación debe

concederse a todo tipo de viviendas y por ello estas alegaciones

también han sido desestimadas.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica que se repite una alegación que se refiere a la solicitud

de una bonificación social en el impuesto sobre bienes inmuebles en

base a los ingresos y recuerda, en relación a ello, que es reserva de

ley el establecimiento de nuevas bonificaciones por lo que este

Ayuntamiento no puede establecer ninguna bonificación nueva.

Aclara que tampoco se ha admitido una alegación que ha

presentado la Asociación de Vecinos para solicitar una exención ya

contemplada en la Ley de Mecenazgo para las fundaciones y

asociaciones sin ánimo de lucro. Indica que este Ayuntamiento viene

aplicando lo que dice la ley y en sus mismos términos y seguirá

aplicándola a cualquier solicitud que se presente en ese sentido.

Continúa diciendo que no es motivo de alegación la solicitud de

la revisión de los valores catastrales por lo que se desestima y, como

en esta misma sesión se ha presentado una moción sobre este asunto,

en ese punto del orden del día se darán las correspondientes

explicaciones.

A continuación aclara que no va a referirse, de forma

individual, a aquellas alegaciones que solicitan la bajada del tipo

impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles de forma general sin

aportar un estudio económico en el que se fundamente el motivo de

esa pretensión.

Termina su intervención indicando que el equipo de gobierno

presenta una modificación a las Ordenanzas Fiscales después de

haber realizado unos análisis complejos de necesidades y, sobre todo,

analiza en profundidad la financiación de los servicios que el equipo

de gobierno considera que necesitan todos nuestros vecinos.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón,

indica que, una vez más, se propone una aprobación definitiva

después de haber realizado una aprobación inicial y un periodo de

exposición pública y, una vez más, el equipo de gobierno rechaza,

desde el punto de vista de su grupo de plano y sin los suficientes

argumentos, todas las alegaciones que se han presentado a pesar de

que muchas de ellas son razonables.

Sigue diciendo quela alegación presentada por su grupo para

que se cambien los criterios para ofrecer subvenciones al pago del

impuesto vinculado a la vivienda habitual a aquellas familias en las

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

que alguno o todos sus miembros se encuentren en situación de

desempleo, es más que razonable y es una práctica que ya han puesto

en marcha numerosos ayuntamientos, incluso algunos gobernados por

el Partido Popular. por lo que su grupo no entiende que en

Majadahonda no se vaya a llevar a cabo. Añade que las únicas

bonificaciones que están aprobadas en este Ayuntamiento se refieren

a las familias numerosas sin considerar su nivel de renta lo que no

tiene sentido para su grupo.

Aclara que, en el Pleno que se celebró en el mes de octubre para

aprobar inicialmente esta modificación de Ordenanzas Fiscales, su

grupo ya puso de manifiesto que la bajada del tipo impositivo del

impuesto sobre bienes inmuebles es una medida claramente

electoralista porque, después de subir este impuesto a efectos

recaudatorios durante varios ejercicios, se han producido bajadas del

10% y del 2% en los dos últimos años respectivamente, bajadas

mucho menos significativas que las subidas previas y recuerda que el

Partido Popular únicamente ha publicitado en los medios de

comunicación esas pequeñas bajadas que, como ha dicho

anteriormente, pretenden tener unos efectos electorales porque,

aunque se podrían haber realizado en años anteriores porque las

Cuentas Municipales lo permitían porque, en los años 2011, 2012 y

2013 se contaba con remanentes positivos de tesorería que incluso

hubieran permitido haberlo bajado aún más de lo que se ha hecho

para el año 2015.

Indica que seguramente, una vez que hayan pasado las

elecciones, el equipo de gobierno volverá a subir el tipo impositivo

del impuesto sobre bienes inmuebles o, al menos, no lo bajará.

Termina su intervención diciendo que los grupos de la

oposición y muchos vecinos, después de mucho tiempo, están

ilusionados y esperan que no sea el Partido Popular el que tome las

decisiones políticas con el rodillo habitual con que dicho partido lo

viene haciendo en los últimos 20 años.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sr. Gil, agradece a la Concejal Delegada de Economía y

Hacienda su explicación sobre los motivos políticos por los que se

rechazan las alegaciones que su grupo ha presentado lo que es algo

novedoso porque lo normal es que las alegaciones que se presentaban

eran rechazadas porque no entraban dentro de los supuestos

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

contemplados por la ley para presentar alegaciones y lo normal es que

no se diera ninguna explicación política de los rechazos.

Aclara que su grupo llevaba mucho tiempo pidiendo esas

explicaciones políticas y cree que el Partido Popular está viendo, por

fin, que su rodillo político se acaba, que las elecciones se acercan y

considera necesario cambiar de actitud y por ello va haciendo

méritos, poco a poco, para el futuro que espera.

Sigue diciendo que las alegaciones que su grupo ha presentado

se referían, fundamentalmente, a los impuestos sobre bienes

inmuebles y plusvalías. Indica, respecto al impuesto sobre bienes

inmuebles, que proponía el establecimiento de un recargo para los

inmuebles de uso residencial que se encuentran desocupados y que lo

están con carácter permanente, decisión que su grupo considera que

no se adopta por motivos políticos porque está contemplada en el

artículo 72.4 de la Ley de Haciendas Locales con el objetivo de

potenciar el mercado de alquiler. Aclara que, como se trata de una

decisión política, Unión, Progreso y Democracia desea dejar claro

que quiere adoptarla y el equipo de gobierno del Partido Popular no

quiere.

Manifiesta que su grupo también solicitaba un estudio relativo a

los factores de corrección en función de la capacidad económica y

que se tenga en cuenta el criterio de renta en las funciones

potestativas como son las bonificaciones a familias numerosas de las

que se ha hablado anteriormente. Aclara que considera necesario que

en ese tipo de bonificaciones se tenga en cuenta el valor catastral de

las viviendas, el número de hijos y el criterio de renta porque, si la

vivienda de una familia con muchos hijos tiene un valor catastral muy

alto, también es posible que su nivel de rentas sea también muy

elevado y en este caso no sería justo que se aplicara una bonificación.

Reitera que lo justo sería, desde el punto de vista de su grupo, que se

tuviera en cuenta, en esas bonificaciones, el criterio de renta para que

quien más gane, sea el que más pague y cree que esas bonificaciones

pierden su sentido si no se tiene en cuenta el criterio de renta.

Indica que su grupo también ha solicitado el aumento al 50% de

la bonificación que la Ordenanza actual determina que sea del 30% y

que la ley permite hasta el 50%, en la cuota para los bienes inmuebles

que tengan instalados sistemas de aprovechamiento térmico o

eléctrico de energía proveniente del sol durante los tres periodos

impositivos siguientes a aquél en que se produzcan las variaciones

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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catastrales. Aclara que Unión, Progreso y Democracia considera

importante, en estos momentos en que el Gobierno de la Nación ha

dado un palo importante a las energías renovables, que este

Ayuntamiento, como el Partido Popular vende que se encuentra en

una inmejorable situación económica, aumente la bonificación a todas

personas que instalen en sus viviendas sistemas de aprovechamiento

térmico, explicación política sobre la desestimación de esta alegación

que no ha sido dada por la Concejal Delegada de Economía y

Hacienda.

Continúa diciendo que su grupo deseaba una bajada en el

impuesto sobre plusvalías aunque consideraba más importante

adoptar las otras medidas que proponía y no entiende por qué el

equipo de gobierno se ha opuesto a aumentar la bonificación del 70%

actual al 95% en la cuota de la plusvalía para el caso de que, en una

vivienda, fallezca un miembro de una unidad familiar y el resto de la

unidad familiar tenga que abonar el impuesto de plusvalías, propuesta

que su grupo ha realizado por considerar tremendamente injusto que

no se bonifique ese caso al máximo que permite la ley y además sabe

que esto supondría, desde un punto de vista económico, un impacto

muy pequeño en los Presupuestos Municipales porque calculó que

podrían producirse unos 30 ó 40 casos de este tipo.

Aclara que es muy importante ese aumento en la bonificación

para esas familias que tienen que hacer un desembolso importante

para seguir viviendo en su propia casa y que, como ha dicho

anteriormente, al Ayuntamiento no le supone una bajada importante

en los ingresos y por ello reitera el empecinamiento del Partido

Popular en no aprobar esta propuesta que, desde su punto de vista, es

bastante lógica y por ello considera necesario que este Ayuntamiento

haga ese esfuerzo para ponerlo en marcha.

Indica que la respuesta que recibió esta alegación es que el

equipo de gobierno considera justo que la bonificación, en este

supuesto, sea del 70% y que sea para todos los hijos aunque su grupo

propuso la máxima bonificación que permite la ley porque se trata de

que esa familia siga viviendo en su propia casa. Aclara que su grupo

está convencido de que el equipo de gobierno no aprueba esa

propuesta porque parte de su grupo y cree que el equipo de gobierno

está empecinado en no aprobar nada que presente Unión, Progreso y

Democracia.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Indica además que su grupo solicitó un estudio sobre los

factores de corrección sobre inmuebles de Majadahonda para los

casos de dación en pago por entender que se está produciendo un

enriquecimiento por parte de este Ayuntamiento. Aclara que Unión,

Progreso y Democracia considera que la bonificación actual no es

suficiente y que este Ayuntamiento podría hacer más en ese sentido

aunque el equipo de gobierno ni siquiera se ha planteado conocer lo

que los demás grupos políticos piensan sobre ello.

Termina su intervención aclarando que el equipo de gobierno

ha explicado, al menos esta vez, las razones políticas que le llevan a

no aprobar las alegaciones presentadas por Unión, Progreso y

Democracia aunque considera que muchas de ellas no tienen sentido

y por ello insiste en que su grupo considera que el Partido Popular ha

empezado a ver las orejas al lobo y por ello ha comenzado a dejar un

poco de lado el rodillo absoluto.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que el debate sobre la fiscalidad de este municipio

se reduce, en los últimos años, al impuesto sobre bienes inmuebles y

al de plusvalías y dice esto porque, desde el año 2007, toda nuestra

política fiscal ha girado, sobre todo, sobre el impuesto sobre bienes

inmuebles.

Aclara que los vecinos, en esos años, se vieron obligados a

pagar los desmanes de la Gürtel y de hecho el equipo de gobierno

decidió subir, para ello, el impuesto sobre bienes inmuebles el 110%

y, desde que el Partido Popular perdió en el año 2011 dos concejales

y achacó esa pérdida a esa subida, parece que el equipo de gobierno

ha decidido que su prioridad política es bajar dicho impuesto.

Recuerda seguidamente, como viene haciendo desde hace años,

que su grupo considera que la fiscalidad municipal, aunque esté

limitada por la Ley de Haciendas Locales, si existe voluntad política

que el Partido Popular parece que no tiene, permite introducir

elementos que busquen una mayor progresividad y una mayor

equidad en los impuestos municipales. Aclara que, desde el punto de

vista de su grupo, la fiscalidad municipal no se puede limitar a jugar

con el tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles según las

necesidades de ingresos que tenga el equipo de gobierno, que no las

de los vecinos, y por ello Izquierda Unida-Los Verdes viene

planteando, desde hace años, distintas medidas por considerar que el

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AYUNTAMIENTO DE

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debate no se puede restringir al argumento fácil de que es malo subir

impuestos y es bueno bajarlos , dicotomía que cree bastante tramposa.

Indica, como ha dicho la Concejal Delegada de Economía y

Hacienda, que para que nuestros ciudadanos tengan unos buenos

servicios públicos, es necesario que este Ayuntamiento tenga unos

buenos ingresos y el problema está, como se ha dicho anteriormente,

en que el equipo de gobierno subió, en el año 2008, el impuesto sobre

bienes inmuebles el 110% y además se mermaron los servicios que

recibían los ciudadanos y, aunque el equipo de gobierno comenzó, a

partir del año 2012, a bajar el tipo impositivo de dicho impuesto, los

vecinos no han recuperado los servicios públicos que tenían

anteriormente.

Manifiesta que Izquierda Unida-Los Verdes siempre ha

defendido que debe pagar más quien más tiene por considerar que los

impuestos sirven para redistribuir la riqueza y que no solo debe pagar

menos el que menos tiene sino que también debe recibir mejores

servicios públicos para asegurar precisamente esa redistribución de la

riqueza y ese acceso a la igualdad en los servicios públicos y por ello

su grupo sigue defendiendo, todos los años, la necesidad de tener un

impuesto sobre bienes inmuebles socialmente justo en el que se

introduzcan criterios de progresividad fiscal.

Aclara que uno de los claros ejemplos de esa propuesta es el

aumento del tipo impositivo diferenciado a las grandes empresas, a

las grandes superficies comerciales o a las concesiones

administrativas deportivas que este Ayuntamiento ha realizado

porque pagan cánones ridículos y que, por la vía de la subida del tipo

impositivo que su grupo proponía al 1% en lugar de al 0,8% como ha

indicado la Concejal Delegada de Hacienda, se podrían obtener unos

ingresos extraordinarios que, según los cálculos que su grupo realizó,

ascenderían aproximadamente a unos 2 millones de euros que

permitirían poner en marcha, por ejemplo, una ampliación de

servicios públicos o un IBI social para que los que tienen menos

rentas y verdaderos problemas para pagar dicho impuesto, puedan

aliviar en parte sus problemas económicos vía bonificaciones y si no

de la forma que permite la ley, es decir, mediante una línea de

ayudas.

Aclara que su grupo también ha pedido, como recoge la Ley de

Haciendas Locales y se aplica en otros municipios, poder gravar con

un 50% el impuesto sobre bienes inmuebles a las más de 1.000 vacías

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

que, según el último informe del Instituto Nacional de Estadística,

existen en Majadahonda y, de ponerse en marcha esta medida, se

podrían ingresar otros 600.000 euros aproximadamente que podrían

poner en marcha una política de vivienda para cubrir las necesidades

de nuestros vecinos o para cualquier otro tipo de cuestiones que

tuvieran que ver con servicios públicos.

Continúa diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, se

podrían obtener otros muchos más ingresos poniendo en marcha otra

medida que permite la ley para hacer una fiscalidad más justa,

progresiva e incluso más ambiental, y es subiendo el impuesto de

vehículos a los coches con mayor potencia fiscal y por ello los más

contaminantes.

Aclara que Izquierda Unida-Los Verdes siempre ha considerado

que las bonificaciones tienen que ser disfrutadas en función de la

capacidad de renta y por ello considera que no tiene sentido que las

familias numerosas, aunque tengan un alto nivel adquisitivo, paguen

menos y los desempleados no disfruten de esas bonificaciones y

tampoco tiene sentido que los centros de culto disfruten de una

bonificación del 75% en el impuesto sobre construcciones,

instalaciones y obras cuando ni siquiera pagan el impuesto sobre

bienes inmuebles, forma de actuar que considera una locura dentro de

un sistema impositivo justo.

Termina su intervención diciendo que, si se aplicaran las

medidas que ha propuesto su grupo, se podría conseguir otra

fiscalidad municipal y, a pesar de las muchas limitaciones de la Ley

de Haciendas Locales, considera que los municipios pueden apostar

por una fiscalidad progresiva, social, ambiental y justa y cree que el

Partido Popular demuestra todos los años que eso no lo considera una

prioridad política.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su grupo, con las respuestas que se dan a las alegaciones

que ha presentado, ha confirmado lo que ya esperaba porque, como

ocurre todos los años, esas respuestas son un frontón.

Sigue diciendo que coincide con el Viceportavoz del Grupo

Unión, Progreso y Democracia, en su sorpresa por las tímidas

explicaciones políticas que ha explicado la Concejal Delegada de

Economía y Hacienda, explicaciones que ni siquiera se dieron cuando

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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se presentó esta modificación al Pleno para su aprobación inicial y

considera que el equipo de gobierno puede actuar de esa forma

porque le puede resultar muy difícil explicar que realiza un balance

presupuestario en el que se obtiene, desde hace años, superávit y, para

mantenerlo, tiene que obtener, de los ciudadanos, unas determinadas

cantidades de ingresos y por ello, si decide bajar el tipo impositivo

del impuesto sobre bienes inmuebles, aumenta el impuesto sobre

plusvalías obteniendo así los mismos ingresos.

Insiste en que su grupo ha comprobado que ha ocurrido lo que

ya esperaba y precisamente por ello no presentó ninguna alegación

porque se ha acostumbrado a que el equipo de gobierno responda

diciendo que no procede porque no toca, porque no es objeto de

modificación o es de oportunidad política por lo que, reitera, se trata

de un frontón ya que, como ha dicho anteriormente, no se facilita

ninguna explicación política.

Sigue diciendo que esta vez también le ha sorprendido que no

se admitan alegaciones muy técnicas como puede ser el bonificar las

edificaciones con instalaciones solares o energías renovables lo que

considera que debería ser parte de la política del Partido Popular si

quiere que Majadahonda sea “smart city” y pregunta si es que no cree

en sus propias políticas y solo quiere que sea “smart city” para figurar

en las notas de prensa o realmente quiere generar una eficiencia

energética dentro de nuestra ciudad. Añade que algo tan técnico como

bonificar las edificaciones en que existan energías renovables, no

puede suponer una merma muy elevada en los ingresos aunque sí

supondría que el equipo de gobierno es coherente con la política que

quiere llevar a cabo. Indica que, desde el punto de vista de su grupo,

el Partido Popular tiene políticas de fachada y, cuando se rasca un

poco, se puede comprobar que no tiene nada estructurado para

conseguir los fines que, en el papel, dice que busca.

Aclara que lo que más preocupa a su grupo, como dice siempre,

es que el impuesto sobre plusvalías aumente o baje dependiendo de lo

que se haga con el impuesto sobre bienes inmuebles porque todos

saben que los Presupuestos Municipales se nutren de esos dos

impuestos y este Ayuntamiento, en el impuesto sobre plusvalías,

(impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos) y en una

situación en la que no se produce ningún incremento de ese valor sino

que ocurre todo lo contrario, cobra cada vez más aunque las viviendas

cada vez valgan menos y, aunque la ley permite hacerlo, su grupo

considera que es una inmoralidad porque los vecinos van perdiendo el

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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valor de sus viviendas y, cuando tienen que venderla, la hereda o se

les ejecuta una hipoteca, tienen que pagar cada vez más por algo que

va valiendo menos. Añade que su grupo considera que el equipo de

gobierno actúa de esta forma porque todos los propietarios de

viviendas tienen que pagar, todos los años, el impuesto sobre bienes

inmuebles y el impuesto sobre plusvalías solo lo abonan los que

heredan una vivienda, los que la venden, etc.

Insiste en que el equipo de gobierno del Partido Popular no

reduce la presión fiscal a los ciudadanos de Majadahonda sino que

transfiere los ingresos que debe realizar el global de los vecinos a

unos pocos porque de esa forma este Ayuntamiento recibe los

ingresos que el equipo de gobierno considera necesarios.

Termina su intervención aclarando que el Grupo Centrista no

está de acuerdo con la modificación de Ordenanzas que se propone.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, indica que este Ayuntamiento solo puede conceder las

bonificaciones previstas en la ley.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno es sensible con las

viviendas cuyos propietarios invierten en energías renovables y, como

todos saben, la deducción que se les aplica es del 30%, porcentaje que

no se sube por considerar, según los estudios que se han realizado,

que es el justo.

Manifiesta que se presentan alegaciones que, además de no

corresponder al momento procedimental oportuno, son, en su

mayoría, de imposible aplicación por no estar amparadas en leyes

superiores porque está claro que este Ayuntamiento no puede legislar

ni crear una nueva legislación fiscal solo para este municipio como

solicitaba Unión Progreso y Democracia y, si a dicho grupo no le

gusta el Real Decreto que regula la dación en pago, el equipo de

gobierno no puede hacer otra cosa distinta a acatarla porque ha sido

aprobada por el Parlamento. Añade que el Pleno de este

Ayuntamiento no es el foro adecuado para presentar ese tipo de

propuestas y recuerda además que ha sido presentada por un grupo

político que tiene representación nacional.

Aclara que pretensiones como gravar más a los inmuebles

desocupados atendiendo al recibo de la luz, del gas y del teléfono

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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supone, desde el punto de vista del equipo de gobierno, una

intromisión en la privacidad de las personas.

Indica además que se proponen bonificaciones y exenciones

respaldadas en una ley superior y, por tanto, eximir del pago de

impuestos, por motivos tan loables como la capacidad económica,

está bien como expresión de deseo, pero son de imposible

cumplimiento en una legislación que no ampara esas propuestas que,

como ha dicho anteriormente, no son alegaciones.

A continuación manifiesta que desea dejar claro que lo que sí se

tiene en cuenta, a la hora de modificar los impuestos, es el bien

general de los vecinos ateniéndose a las leyes superiores y de

obligado cumplimiento como la Ley de Presupuestos y la Ley de

Estabilidad Presupuestaria que obligan a adaptar los ingresos a los

gastos.

Termina su intervención aclarando que las modificaciones que

se proponen han sido calculadas teniendo en cuenta esas dos leyes al

objeto de dar el mejor servicio a los contribuyentes y para no tener

que realizar, en un futuro, ningún tipo de ajuste que no desea el

equipo de gobierno y espera que tampoco ninguno de los grupos que

tienen representación en esta Corporación.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, siete

(7) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Unión

Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista y

cuatro (4) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal

Socialista, ACUERDA:

Primero.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra las

modificaciones a la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al

Impuesto de Bienes Inmuebles al considerar que no existen las

razones de oportunidad recogidas en la misma.

Segundo.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra el tipo

de gravamen señalado en la modificación del artículo 7 de la

Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Incremento del Valor de

los Terrenos de Naturaleza Urbana.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Tercero.- INADMITIR el resto de las alegaciones y reclamaciones

presentadas por los motivos indicados en el informe-propuesta del

Técnico de Gestión Tributaria y del Tesorero Municipal anteriormente

transcrito.

Cuarto.- APROBAR definitivamente las siguientes modificaciones de

las Ordenanzas Fiscales:

1º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2, Impuesto sobre Bienes Inmuebles se

establece la siguiente redacción del artículo 6 y 7, Tipo de gravamen y

bonificaciones:

B) Al artículo 6, tipos de gravamen los siguientes apartados cuya

nueva redacción será la siguiente:

1.- “El tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos será: 0,43

por ciento”.

4. “Se establece, para los bienes urbanos cuyos usos conforme a la

normativa catastral a continuación se señala, tipos de gravamen

diferenciados y aplicados a partir del umbral de valor catastral que se

indica:

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 915.000 euros: 0,75 por

ciento

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 915.000 euros: 0,75 por

ciento

c. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 915.000 euros: 0,75 por

ciento

d. Bienes uso “Deportivo”, para un valor de 3.850.000 euros: 0,75 por

ciento

e. Bienes usos no recogidos anteriormente, excepto “residencial” para

un valor de: 9.450.000 euros: 0,75 por ciento”.

B) Al artículo 7, el párrafo primero del artículo 7.1, cuya nueva

redacción será la siguiente:

1. “Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota íntegra del impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los interesados dentro del mes siguiente a la notificación de la concesión de la licencia de obras”.

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56

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

C) La tabla del apartado b) del artículo 7.4, cuya nueva redacción

será la siguiente

Hasta 300.000

€ de valor

catastral

A partir de

300.000 € hasta

600.000 € de

valor catastral

A partir de

600.000 € de

valor catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

Más de 8 hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

2º.-A la Ordenanza Fiscal nº 4 correspondiente al Impuesto sobre el

Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana se

establece la siguiente redacción del artículo 7, Tipo de gravamen y

cuota:

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base

imponible o en su caso, bases imponibles, el tipo de gravamen del

24,65 por ciento”.

Quinto.-APROBAR inicialmente la supresión de la disposición

adicional 2ª de las ordenanzas fiscales número 2 y numero 4,

aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 27 de

Noviembre 2013, BOCM 296 del día 13/12/2013.

Sexto.- EXPONER el presente acuerdo de modificación en el tablón

de anuncios durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los

interesados podrán examinar el expediente y presentar las

reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se ha

presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el

acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá el día 1 de enero

de 2015.

Séptimo.- PUBLICAR el anuncio de exposición en el Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid y en un diario de los de mayor difusión de

la provincia.

Page 57: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

57

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Octavo.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos

documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

4.(181/14) DAR CUENTA del informe de la Intervención

sobre cumplimiento de la Ley de Estabilidad

Presupuestaria y Regla de Gasto derivado de la

ejecución presupuestaria en el tercer trimestre de

2014 (3.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME de la Técnico de Control Interno y del Sr.

Interventor, de 13 de noviembre de 2014, cuyo texto es el

siguiente:

“1. Normativa aplicable.

CE Constitución Española de 1978 artículo 135.

LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Bases del Régimen Local.

TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de

diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo.

RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que

se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la

Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las

Haciendas Locales.

ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad

Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de

noviembre.

LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General

Presupuestaria.

LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril Ley

Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera.

Page 58: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

58

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que

se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a

las entidades locales de aplicación en todo aquello que no

sea contrario a la LOEPSF.

Orden HAP/2105/2012 de 1 de octubre por la que se

desarrollan las obligaciones de suministro de información

previstas en la Ley Orgánica de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Fiscal.

EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por

la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las

Entidades Locales

2.- Otras disposiciones y documentos de referencia o de

aplicación.

SEC: Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y

Regionales, constituido como norma jurídica obligatoria

en todos sus elementos y directamente aplicable a todos

los estados miembros de la Unión Europea por el

Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y

del Consejo de 21 de mayo de 2013.

MANUAL SEC: Manual de cálculo del déficit en

Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones

Locales confeccionado por la Intervención General del

Estado.

Contestación de 28 de enero de 2013 de la Secretaria

General de Coordinación Autonómica y Local del

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a la

pregunta formulada por este Ayuntamiento sobre

cuestiones relativas al cumplimiento del objetivo de

estabilidad presupuestaria ante la incorporación del

remanente de Tesorería afectado.

3.- Cumplimiento de obligaciones trimestrales de remisión de

información al MINHAP.

El art. 16 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre,

establece las obligaciones de suministro de información que con

carácter trimestral han de remitir las entidades locales, que

deberá efectuarse por medios electrónicos a través de los

sistemas que tiene habilitados al efecto el MINHAP.

Page 59: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

59

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Dispone el citado artículo que a la finalización de cada

trimestre las Entidades Locales deben remitir la siguiente

información:

1. La actualización de los presupuestos en ejecución,

incorporadas las modificaciones presupuestarias ya tramitadas

y/o las previstas tramitar hasta final de año, y de las previsiones

de ingresos y gastos de las entidades sujetas al Plan general de

Contabilidad de Empresas o a sus adaptaciones sectoriales, y

sus estados complementarios.

2. Las obligaciones frente a terceros, vencidas, líquidas,

exigibles, no imputadas a presupuesto.

3. La información que permita relacionar el saldo resultante de

los ingresos y gastos del presupuesto con la capacidad o

necesidad de financiación, calculada conforme a las normas del

Sistema Europeo de Cuentas.

4. La actualización del informe de la intervención del

cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla de gasto y

del límite de la deuda.

5. Un resumen del estado de ejecución del presupuesto

acumulado a final de cada trimestre, de los ingresos y gastos

del presupuesto, y de sus estados complementarios, con

indicación de los derechos recaudados del ejercicio corriente y

de los ejercicios cerrados y las desviaciones respecto a las

previsiones.

Los estados de ejecución, para el mismo periodo, de los

ingresos y gastos, para las entidades sujetas al Plan General de

Contabilidad de Empresas o a sus adaptaciones sectoriales.

6. La situación de los compromisos de gastos plurianuales y la

ejecución del anexo de inversiones y su financiación.

7. El informe trimestral, regulado en el artículo 4 de la Ley

15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29

de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra

la morosidad en las operaciones comerciales.

Page 60: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

60

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

8. Las actualizaciones de su Plan de tesorería y detalle de las

operaciones de deuda viva que contendrá al menos información

relativa a:

a) Calendario y presupuesto de Tesorería que contenga

sus cobros y pagos mensuales por rúbricas incluyendo la

previsión de su mínimo mensual de tesorería.

b) Previsión mensual de ingresos.

c) Saldo de deuda viva.

d) Impacto de las medidas de ahorro y medidas de

ingresos previstas y calendario previsto de impacto en

presupuesto.

e) Vencimientos mensuales de deuda a corto y largo plazo.

f) Calendario y cuantías de necesidades de

endeudamiento.

g) Evolución del saldo de las obligaciones reconocidas

pendientes de pago tanto del ejercicio corriente como de

los años anteriores.

h) Perfil de vencimientos de la deuda de los próximos diez

años.

9. Los datos de ejecución previstos en los apartados 1 y 2 del

artículo 7 relativos a las unidades integrantes del sector

Administraciones Públicas de la contabilidad nacional así como

el número de efectivos referidos al último día del trimestre

anterior.

4.- Delimitación sectorial de Entidades de acuerdo con el

Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.

Según el artículo 2 de la LOEPSF a los efectos de la

presente Ley, el sector público se considera integrado por las

siguientes unidades:

1. El sector Administraciones Públicas, de acuerdo con la

definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas

Nacionales y Regionales aprobado por el Reglamento (CE)

2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996 que incluye los

siguientes subsectores, igualmente definidos conforme a dicho

Sistema:

a) Administración central, que comprende el Estado y los

organismos de la administración central.

Page 61: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

61

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

b) Comunidades Autónomas.

c) Corporaciones Locales.

d) Administraciones de Seguridad Social.

2. Por otro lado, El resto de las entidades públicas

empresariales, sociedades mercantiles y demás entes de derecho

público dependientes de las administraciones públicas, no

incluidas en el apartado 1 del citado artículo 2 de la LOEPSF,

tendrán consideración de sector público y quedarán sujetos a lo

dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se

refieran a las mismas.

De acuerdo con la clasificación de entidades contenida en el

SEC, las entidades dependientes del Ayuntamiento de

Majadahonda se agruparán, a efectos del cumplimiento del

objetivo de estabilidad presupuestaria, de la siguiente forma:

Grupo de consolidación según el artículo 2.1 de la

LOEPSF:

El Ayuntamiento como entidad matriz

El Organismo Autónomo “Patronato Monte del

Pilar”

Entidad objeto de evaluación individual según el artículo

2.2 de la LOEPSF: Sociedad Anónima de capital íntegramente

municipal “PATRIMONIO MUNICIPAL DE

MAJADAHONDA, S.A.” (PAMMASA).

5.- Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria en las entidades comprendidas en el artículo

2.1 de la LOEPSF.

5.1-Estado de ingresos del Presupuesto del Ayuntamiento

CAP. DENOMINACIÓN Previsiones

Iniciales Previsiones

def. Derechos

Rec. Netos Recaudación Líquida cte.

Rec. Liquida cerrados

Estimación dchos rec a 31-12-2014

1 IMPUESTOS DIRECTOS. 37.539.453,00 39.234.000,00 38.345.468,47 9.103.13.,32 2.298.648,97 39.234.000,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS. 436.520,00 230.000,00 -27.045,65 -27.570,54 160,31 230.000,00

3 TASAS Y OTROS INGRESOS. 7.266.735,00 6.952.248,31 7.038.614,76 5.622.197,15 124.100,91 6.952.248,31

4 TRANSFERENCIA CORRIENTES. 17.723.338,00 17.611.472,39 10.444.199,84 10.140.479,56

18.567.362,39

5 INGRESOS PATRIMONIALES. 2.808.322,00 2.318.647,19 1.476.711,77 813.009,82 295.612,92 2.318.647,19

Total operaciones corrientes 65.774.368,00 66.346.367,89 57.277.949,19 25.651.252,31 2.718.523,11 67.302.257,89

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES.

133.600,00 133.600,00

0,00 0,00 133.600,00

Page 62: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

62

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

5.2.-Estado de gastos del Presupuesto del Ayuntamiento:

CAP. DENOMINACIÓN Créditos Iniciales

Previsiones def. Obligaciones Reconocidas

Pagos Líquidos cte.

Pagos líquidos cerrados

Estimación oblig. Rec a 31-

12-2014

1 GASTOS DE PERSONAL. 29.598.030,00 27.657.720,65 19.963.235,42 19891479,02 22785,86 27.657.720,65

2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS.

29.744.158,00 30.786.747,50 14.627.307,09 13.413.535,30 6.486.542,15 30.786.747,50

3 GASTOS FINANCIEROS. 436.000,00 421.000,00 84.089,63 84.089,63 72.887,03 421.000,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 2.373.269,00 2.225.115,68 1.439.998,90 830.801,75 682.085,94 2.225.115,68

Gastos corrientes 62.151.457,00 61.090.583,83 36.114.631,04 34.219.905,70 7.264.300,98 61.090.583,83

6 INVERSIONES REALES. 1.180.173,00 5.170.246,05 2.439.689,78 1.896.595,81 1.012.678,60 5.170.246,05

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 6.800,00 6.800,00 6.800,00 5.808,00 0,00 6.800,00

Gastos de capital 1.186.973,00 5.177.046,05 2.446.489,78 1.902.403,81 1.012.678,60 5.177.046,05

GASTOS NO FINANCIEROS 63.338.430,00 66.267.629,88 38.561.120,82 36.122.309,51 8.276.979,58 66.267.629,88

8 ACTIVOS FINANCIEROS. 30,00 4.924.218,85 4.924.188,85 4.924.188,85 0,00 4.924.218,85

9 PASIVOS FINANCIEROS. 2.569.000,00 1.905.000,00 101.304,19 101.304,19 0,00 1.905.000,00

GASTOS FINANCIEROS 2.569.030,00 6.829.218,85 5.025.493,04 5.025.493,04 0,00 6.829.218,85

Suma Total Gastos. 65.907.460,00 73.096.848,73 43.586.613,86 41.147.802,55 8.276.979,58 73.096.848,73

5.3.- Estado de ingresos del Presupuesto del Patronato Monte

del Pilar

CAP. DENOMINACIÓN Previsiones Iniciales

Previsiones Def.

Derechos Netos

Rec. Líquida

Rec. Cerrados

Estimación dchos

reconocidos a 31/12/2014

1 IMPUESTOS DIRECTOS.

2 IMPUESTOS INDIRECTOS.

3 TASAS Y OTROS INGRESOS.

4 TRANSFERENCIA CORRIENTES. 955.890,00 955.890,00 955.890,00 374.192,00 169.448,00 955.890,00

5 INGRESOS PATRIMONIALES.

Total operaciones corrientes 955.890,00 955.890,00 955.890,00 374.192,00 169.448,00 955.890,00

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES.

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 6.800,00 6.800,00 6.800,00 5.808,00

6.800,00

Total operaciones de capital 6.800,00 6.800,00 6.800,00 5.808,00 0,00 6.800,00

INGRESOS NO FINANCIEROS 962.690,00 962.690,00 962.690,00 380.000,00 169.448,00 962.690,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS. 0,00

9 PASIVOS FINANCIEROS. 0,00

INGRESOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Suma Total Ingresos. 962.690,00 962.690,00 962.690,00 380.000,00 169.448,00 962.690,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 90,00 60,00

0,00 0,00 60,00

Total operaciones de capital 133.690,00 133.660,00 0,00 0,00 0,00 133.660,00

OPERACIONES NO FINANCIERAS

65.908.058,00 66.480.027,89 57.277.949,19 25.651.252,31 2.718.523,11 67.435.917,89

8 ACTIVOS FINANCIEROS. 60,00 25.298.779,36 37.546,40 7.128,88 91.391,08 37.546,40

9 PASIVOS FINANCIEROS.

0,00

0,00 0,00 0,00

OPERACIONES FINANCIERAS 60,00 25.298.779,36 37.546,40 7.128,88 91.391,08 37.546,40

Suma Total Ingresos 65.908.118,00 91.778.807,25 57.315.495,59 25.658.381,19 2.809.914,19 67.473.464,29

Page 63: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

63

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

5.4.- Estado de gastos del Presupuesto del Patronato Monte del

Pilar

CAP. DENOMINACIÓN DE LOS

CAPÍTULOS Créditos Iniciales

Créditos Totales

Obligaciones Reconocidas

Pagos Líquidos

Pagos líquidos cerrados

Estimación obligaciones reconocidas

al final ejercicio

1 GASTOS DE PERSONAL. 197.576,00 197.576,00 102.937,89 102.937,89

197.576,00

2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS.

743.219,00 743.219,00 366.898,76 366.898,76 120.209,19 743.219,00

3 GASTOS FINANCIEROS.

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

Gastos corrientes 940.795,00 940.795,00 469.836,65 469.836,65 120.209,19 940.795,00

6 INVERSIONES REALES. 6.800,00 6.800,00 5.808,00 5.808,00

6.800,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

Gastos de capital 6.800,00 6.800,00 5.808,00 5.808,00 0,00

GASTOS NO FINANCIEROS 947.595,00 947.595,00 475.644,65 475.644,65 120.209,19 6.800,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS. 0,00

9 PASIVOS FINANCIEROS. 0,00

GASTOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Suma Total Gastos. 947.595,00 947.595,00 475.644,65 475.644,65 120.209,19 947.595,00

5.5 Estimación de ingresos no financieros consolidada

CAP. DENOMINACIÓN DE LOS

CAPÍTULOS Estimacion DRN AYTO a

31-12-2014 Estimacion DRN

M. PILAR

TOTAL PREVISIONES

DRN ELIMINACIONES CONSOLIDADO

1 IMPUESTOS DIRECTOS. 39.234.000,00

39.234.000,00

39.234.000,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS. 230.000,00

230.000,00

230.000,00

3 TASAS Y OTROS INGRESOS. 6.952.248,31

6.952.248,31

6.952.248,31

4 TRANSFERENCIA CORRIENTES.

18.567.362,39 955.890,00 19.523.252,39 955.890,00 18.567.362,39

5 INGRESOS PATRIMONIALES. 2.318.647,19

2.318.647,19

2.318.647,19

Total operaciones corrientes 67.302.257,89 955.890,00 68.258.147,89 955.890,00 67.302.257,89

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES.

133.600,00

133.600,00

133.600,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

60,00 6.800,00 6.860,00 6.800,00 60,00

Total operaciones de capital 133.660,00 6.800,00 140.460,00 6.800,00 133.660,00

INGRESOS NO FINANCIEROS 67.435.917,89 962.690,00 68.398.607,89 962.690,00 67.435.917,89

5.6 Estimación de gastos no financieros consolidada

CAP. DENOMINACIÓN DE LOS

CAPÍTULOS Estimación ORN AYTO.

31-12-2014 Estimación ORN

Mte. Pilar TOTAL ORN ELIMINACIONES CONSOLIDADO

1 GASTOS DE PERSONAL. 27.657.720,65 197.576,00 27.855.296,65 197.576,00 27.657.720,65

2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS.

30.786.747,50 743.219,00 31.529.966,50 743.219,00 30.786.747,50

3 GASTOS FINANCIEROS. 421.000,00

421.000,00

421.000,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

2.225.115,68

2.225.115,68

2.225.115,68

Gastos corrientes 61.090.583,83 940.795,00 62.031.378,83 940.795,00 61.090.583,83

Page 64: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

64

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

5.7.-Ajustes en el presupuesto consolidado de las entidades

comprendidas en el grupo del artículo 2.1 de la LOEPSF.

Sobre las estimaciones realizadas a fecha de hoy de la

ejecución presupuestaria en el ejercicio de 2014, se aplicarán

los ajustes que se relacionan a continuación, junto con una

breve explicación de su procedencia:

Impuestos, tasas y otros ingresos:

En la contabilidad presupuestaria, los ingresos se registran

en el momento en que se reconoce el respectivo derecho, que

puede ser previo o simultáneo al cobro, según provenga,

respectivamente, de liquidaciones de contraído previo o no.

Actualmente el SEC establece que el criterio para la imputación

de los ingresos fiscales es el de caja. Por tanto, a efectos de la

elaboración de las cuentas en contabilidad nacional, las

rúbricas de impuestos se registran por el importe total realizado

en caja en cada ejercicio, ya sea de corriente o de cerrados.

De acuerdo con este criterio, si el importe de tales derechos

reconocidos supera el valor de los cobros, tanto del ejercicio

corriente como de los cerrados, se efectuará un ajuste negativo

que reducirá el saldo presupuestario, incrementando el déficit

público a efectos del SEC. Si, por el contrario, la cuantía de los

derechos reconocidos es inferior al importe de los cobros del

presupuesto corriente y de presupuestos cerrados, el ajuste

positivo, resultante de la diferencia de valores, disminuirá el

déficit en Contabilidad Nacional.

Previsión de Derechos

2014

% Recaudación

2013 Previsión

recaudación 2014 Ajustes Menor/Mayor

déficit (+/-)

PRESUPUESTO 2014

I. Impuestos directos 39.234.000,00 95,88 37.619.514,88 -1.614.485,12

II. Impuestos indirectos 230.000,00 103,70 238.499,61 8.499,61

6 INVERSIONES REALES. 5.170.246,05 6.800,00 5.177.046,05

5.177.046,05

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

6.800,00

6.800,00 6.800,00 0,00

Gastos de capital 5.177.046,05 6.800,00 5.183.846,05 6.800,00 5.177.046,05

GASTOS NO FINANCIEROS 66.267.629,88 947.595,00 67.215.224,88 947.595,00 66.267.629,88

Page 65: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

65

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

III. Tasas y otros ingresos * 12.174.004,00 98,01 11.932.180,27 -241.823,73

TOTALES 51.638.004,00 49.790.194,76 -1.847.809,24

En el presupuesto del Organismo Autónomo Patronato Monte

del Pilar no es posible la realización de este ajuste ya que no

cuenta con ingresos de carácter tributario.

Intereses:

Presupuestariamente se imputan los intereses explícitos e

implícitos de deudas en el momento del reconocimiento de la

obligación, esto es, según su vencimiento, recogiéndose en el

Capítulo III “Gastos financieros” del estado de gastos del

Presupuesto.

En la Contabilidad Nacional, por el contrario, rige el

principio de devengo; así, a fin de ejercicio deberán

incorporarse los intereses explícitos devengados, tanto vencidos

como no vencidos.

De este modo, por la diferencia entre los intereses

devengados y las obligaciones reconocidas en el Presupuesto

puede surgir:

a) Un mayor gasto no financiero a efectos de la Contabilidad

Nacional, cuando la cuantía devengada supere el importe

de las obligaciones reconocidas en el período; en este

caso, el ajuste supondrá un mayor déficit

b) Un menor gasto no financiero en la Contabilidad

Nacional que el reconocido en el Presupuesto, cuando la

cuantía devengada sea inferior a las obligaciones

reconocidas; aquí, el ajuste determinará una mayor

capacidad de financiación o menor déficit.

PRESUPUESTO 2014 Intereses

previstos 2014 Mayor déficit Menor déficit

460.000,00 39.046,68 6.791,89

Page 66: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

66

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Este ajuste toma como base la previsión de intereses

que en contabilidad se estima para el Presupuesto del

Ayuntamiento para 2014.

En el Presupuesto del Patronato Monte del Pilar no

procede este ajuste ya que no tiene contraídas operaciones de

crédito.

Obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto:

En la Contabilidad Presupuestaria se recogen aquellas

obligaciones vencidas y exigibles para las que se ha dictado el

correspondiente acto formal de reconocimiento y liquidación.

Sin embargo, puede suceder que a final del ejercicio existan

obligaciones vencidas y exigibles que, por diversos motivos, no

hayan sido objeto de reconocimiento formal en dicha

Contabilidad; el importe de dichas obligaciones, en virtud de lo

establecido en la vigente ICAL(n), debe recogerse en el

Balance de Situación de la entidad a 31 de diciembre, a través

del saldo acreedor de la cuenta “413 Acreedores por

obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto”.

En la Contabilidad Nacional el principio del devengo se

enuncia con carácter general para el registro de cualquier flujo

económico y, en particular, para las obligaciones. La aplicación

de este principio implica el cómputo de cualquier gasto

efectivamente realizado en el déficit de una unidad pública, con

independencia del momento en que tiene lugar su imputación

presupuestaria.

Por tanto, si el saldo final de la cuenta es mayor (menor) que el

inicial, la diferencia dará lugar a un ajuste por mayor (menor)

gasto no financiero en contabilidad nacional, aumentando

(disminuyendo) el déficit inicial de la corporación local.

PRESUPUESTO 2014 SALDO INICIAL

SALDO FINAL ESTIMADO

Mayor déficit Menor déficit

4130 76.606,82 0,00

76.606,82

Este ajuste no procede respecto del Presupuesto del

Patronato Monte del Pilar ya que no constan en la contabilidad

operaciones pendientes de aplicar al Presupuesto.

Page 67: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

67

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

6.-CAPACIDAD DE FINANCIACION:

La capacidad de financiación consolidada, considerando

los ajustes detallados anteriormente, es negativa por valor de -

620.074,20 € y representa el -0,01% de los ingresos no

financieros previstos inicialmente:

CONCEPTOS AYUNTAMIENTO MONTE DEL

PILAR TOTAL

A) presupuesto de ingresos capítulos I a VII 67.435.917,89 962.690,00 68.398.607,89

B)presupuesto de gastos capítulos I a VII 66.267.629,88 947.595,00 947.595,00

TOTAL (A-B) 1.168.288,01 15.095,00 67.451.012,89

AJUSTES

Ajustes por recaudación capítulo I(-) -1.614.485,12

Ajustes por recaudación capítulo II(+) 8.499,61

Ajustes por recaudación capítulo III(-) -241.823,73

Ajustes por intereses mayor déficit(-) -39.046,68

Ajustes por intereses menor déficit (+) 6.791,89

Ajustes por gastos pendientes de aplicar a presupuesto menor déficit(+) 76.606,82

Ajustes por gastos pendientes de aplicar a presupuesto mayor déficit(-) 0,00

TOTAL AJUSTES: -1.803.457,21 0,00 0,00

TOTAL CAPACIDAD/NECESIDAD DE FINANCIACIÓN -635.169,20 15.095,00 -620.074,20

En porcentaje sobre los ingresos no financieros -0,01% 0,02% -0,01%

NECESIDAD DE FINANCIACION

7.-Regla de Gasto

Dispone el artículo 12 de la LOEPSF:

INGR. NO FINANCIEROS

GTOS NO FINANCIEROS AJUSTES

CAPACIDAD/NECESIDAD DE FINANCIACION

AYTO . MAJADAHONDA 67.435.917,89 66.267.629,88 -

1.803.457,21 -635.169,70

PATRONATO MTE. DEL PILAR 962.690,00 947.595,00 0,00 15.095,00

TOTAL 68.398.607,39 67.215.224,88 -

1.803.457,21 -620.074,20

Page 68: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

68

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

“1. La variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española. No obstante, cuando exista un desequilibrio estructural en las cuentas públicas o una deuda pública superior al objetivo establecido, el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en los respectivos planes económico-financieros y de reequilibrio previstos en los artículos 21 y 22 de esta ley. 2. Se entenderá por gasto computable a los efectos previstos en el apartado anterior, los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional en prestaciones por desempleo, la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas y las transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de financiación. 3. Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad calcular la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española, de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea en aplicación de su normativa. Esta tasa se publicará en el informe de situación de la economía española al que se refiere el artículo 15.5 de esta Ley. Será la referencia a tener en cuenta por la Administración Central y cada una de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus respectivos Presupuestos. 4. Cuando se aprueben cambios normativos que supongan aumentos permanentes de la recaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de la regla en los años en que se obtengan los aumentos de recaudación podrá aumentar en la cuantía equivalente”.

Para las Corporaciones Locales se cumple la Regla de

Gasto, si la variación, en términos SEC, del gasto computable

de cada Corporación Local, entre dos ejercicios económicos, no

supera la tasa de referencia de crecimiento del Producto

Interior Bruto de medio plazo de la economía española (1,5%),

modificado, en su caso, en el importe de los incrementos

permanentes y disminuciones de recaudación derivados de

cambios normativos.

El legislador ha optado por limitar sólo el crecimiento

nominal de los gastos no financieros (capítulos 1 al 7 del

presupuesto), excluyendo además los gastos por intereses

Page 69: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

69

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

(capítulo 3) y las prestaciones por desempleo no discrecionales

(parte del capítulo 4).

7.1. Calculo de la Regla de Gasto

Para las unidades sometidas a un Plan General de

Contabilidad Pública y que presentan liquidación del

Presupuesto, una aproximación inicial al concepto de “empleos

no financieros excluidos los intereses de la deuda” es la suma

de los gastos de los capítulos 1 a 7 del Presupuesto de gastos,

teniendo en cuenta que, en el caso del capítulo 3, Gastos

Financieros, únicamente se incluirán los gastos de emisión,

formalización, modificación y cancelación de préstamos, deudas

y otras operaciones financieras, así como los gastos por

ejecución de avales, debido a que estos gastos no se consideran

intereses según el Sistema Europeo de Cuentas.

Sobre este importe, calculado a partir de las

estimaciones realizadas a fecha de hoy de la liquidación

presupuestaria del ejercicio de 2014, habrá que realizar una

serie de ajustes que permitan aproximar los gastos

presupuestarios a los empleos no financieros según los criterios

del Sistema Europeo de Cuentas (SEC-95).

7.2- Los ajustes realizados son los siguientes:

a) Enajenación de terrenos e inversiones reales:

El Sistema Europeo de Cuentas considera la inversión

de una unidad pública como un gasto no financiero que

debe valorarse por la diferencia entre las adquisiciones

y las enajenaciones de los activos fijos, materiales e

inmateriales realizadas en el ejercicio.

Por tanto, deberán considerarse como menores

empleos no financieros y, en consecuencia, realizar

ajustes de menor gasto, los derechos reconocidos en el

capítulo 6 de presupuesto de ingresos.

2014 Eco. Descripción Previsión de ingresos

según Pto.

61902 ENAJENACIÓN VIVIENDAS SOCIALES LA SACEDILLA 133.600,00

TOTAL 133.600,00

Page 70: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

70

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Este ajuste se realizará sólo para calcular el gasto

computable para el Ayuntamiento, ya que en el Presupuesto del

Patronato Monte del Pilar no consta previsión de ingresos en

este concepto.

Gastos pendientes de aplicar al presupuesto:

La aplicación del principio de devengo del Sistema

Europeo de Cuentas implica la imputación de

cualquier gasto efectivamente realizado con

independencia del momento en que se decida su

imputación presupuestaria. Por tanto, las cantidades

pendientes de aplicar al presupuesto darán lugar a

ajustes de mayores empleos no financieros, mientras

que las cantidades aplicadas al presupuesto implicarán

ajustes de menores empleos no financieros. Así, sobre

el Presupuesto del Ayuntamiento se aplicarán los

siguientes ajustes:

PRESUPUESTO 2014 SALDO INICIAL SALDO FINAL

ESTIMADO Mayores

empleos NF Menores

empleos NF

4130 76.606,82 0,00

-76.606,82

Sin embargo, este ajuste no procede respecto del

Presupuesto del Patronato Monte del Pilar, ya que no constan

en la contabilidad operaciones pendientes de aplicar al mismo.

Una vez obtenidos los empleos no financieros mediante

la aplicación de los ajustes SEC, es necesario excluir los gastos

financiados con fondos finalistas procedentes de la Unión

Europea u otras Administraciones Públicas para hallar el gasto

computable del ejercicio.

GASTOS FINANCIADOS CON FONDOS

FINALISTAS AYUNTAMIENTO MTE. DEL PILAR TOTAL

TRANSFERENCIAS INTERNAS(-)

UE(-) -17.500,00

ESTADO (-) -23.530,00

COMUNIDAD AUTONOMA (-) -3.479.158,00 TOTAL GASTOS FINANCIADOS FONDOS

FINALISTAS -3.520.188,00 0,00 -3.520.188,00

Page 71: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

71

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El resultado del gasto computable debe ser modificado,

en su caso, en el importe de los incrementos permanentes y

disminuciones de recaudación derivados de cambios normativos

según dispone el artículo 12 de la LOEPSF 2/2012.

En este caso se han introducido modificaciones por

disminuciones de recaudación como consecuencia de la

modificación aprobada por el Pleno de la Ordenanza Fiscal nº

2 reguladora del Impuesto de bienes inmuebles.

INCREMENTOS/DISMINUCIONES DE RECAUDACION IBI (+/-) -2.275.000,00 TOTAL DISMINUCIONES DE RECAUDACION POR CAMBIOS NORMATIVOS -2.275.000,00

Como resultado el gasto computable se disminuirá en la

cuantía no recaudada como consecuencia del cambio

normativo.

Con los datos enunciados anteriormente, la diferencia

entre el límite de la regla de gasto y el gasto computable para

el tercer trimestre del ejercicio 2014 sería el siguiente:

AYUNTAMIENTO

MONTE DEL PILAR TOTAL

ESTIMACION GASTO COMPUTABLE LIQUIDACION 2013 60.936.275,90 872.496,26 61.808.772,16

SUMA CAPITULOS 1 A 7 DE GASTOS 66.267.629,88 947.595,00 67.215.224,88

INTERESES DE LA DEUDA (-) 210.000,00 0,00 210.000,00

total 66.057.629,88 947.595,00 65.110.034,88

AJUSTES SEC-95 ENAJENACION DE TERRENOS E INVERSIONES REALES (-) -133.600,00 0,00

GASTOS PENDIENTES DE APLICAR AL PRESUPUESTO 413 (+/-) -76.606,82 0,00

AJUSTE POR GRADO DE EJECUCION (+)

0,00 TOTAL AJUSTES SEC-95 -210.206,82 0,00 -210.206,82

TOTAL EMPLEOS NO FINANCIEROS EN TERMINOS SEC 65.847.423,06 947.595,00 66.795.018,06

TRANSFERENCIAS INTERNAS(-) UE(-) -17.500,00

ESTADO (-) -23.530,00 COMUNIDAD AUTONOMA (-) -3.479.158,00 TOTAL GASTOS FINANCIADOS FONDOS

FINALISTAS -3.520.188,00 0,00 -3.520.188,00

GASTO COMPUTABLE ESTIMACION LIQ 2014(empleos no financieros-gastos financiados con Fondos finalistas) 62.327.235,06 947.595,00 63.274.830,06

Page 72: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

72

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

TASA DE REFERENCIA 1,5% (2) 61.850.320,04 885.583,70 62.735.903,74 DISMINUCIONES RECAUDACION POR CAMBIOS NORMATIVOS (3) 2.275.000,00

LIMITE REGLA DE GASTO (4) 59.575.320,04 885.583,70 60.460.903,74 Diferencia entre el límite de la Regla de gasto y el gasto computable Pto. 2015 -2.751.915,02 -62.011,30 -2.813.926,32

8.-Conclusión

8.1.-Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria

De acuerdo con los datos expuestos en este Informe, de

la estimación de liquidación sobre la ejecución del segundo

trimestre del ejercicio 2014, se deriva una situación de déficit

(o necesidad de financiación) en términos SEC de -620.074,20

€.

8.2.- Cumplimiento de la Regla de Gasto

De la estimación de liquidación sobre la ejecución del

tercer trimestre del ejercicio 2014 se verifica el

incumplimiento de la Regla de Gasto, siendo la diferencia

entre el límite de la Regla de Gasto y el Gasto Computable de -

2.813.926,32 €.

ENTIDAD

GASTO COMPUTABLE LIQ.2013 (1)

TASA DE REFERENCIA (2)

AUMENTOS/ DISMINUCIONES (3)

LIMITE REGLA DE GASTO (4)

GASTO COMPUTABLE 2014 (5)

AYTO. MAJADAHONDA 60.936.275,90 61.850.320,04 -2.275.000,00 59.575.320,04 62.327.235,06 O.A. PATRONATO MONTE DEL PILAR 872.496,26 885.583,70

885.583,70 947.595,00

TOTAL DE GASTO COMPUTABLE 61.808.772,16 62.735.903,74 -2.275.000,00 60.460.903,74 63.274.830,06

Diferencia entre el límite de la Regla de gasto y el gasto

computable Pto. 2014 -2.813.926,32

8.3- Plan económico-financiero.

Dispone el artículo 21.1 de la LOEPSF que: “En caso de

incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la administración incumplidora formulará un plan económico-financiero que permita en un año el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto, con el contenido y alcance previstos en este artículo”

Page 73: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

73

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Por otro lado, el artículo 23.1: “Los planes económico-

financieros y los planes de reequilibrio serán presentados ante los órganos contemplados en los apartados siguientes en el plazo máximo de un mes desde que se constate el incumplimiento”.

Y el artículo 23.4 determina que: “los planes económico-

financieros elaborados por las Corporaciones Locales deberán estar aprobados por el Pleno de la Corporación”

En consecuencia, y en cumplimiento de las disposiciones

legales referidas, se procederá a realizar una revisión del Plan

Económico Financiero aprobado por el Pleno de la

Corporación con fecha 30 de julio de 2014, derivado del

incumplimiento del objetivo de estabilidad y regla de gasto del

segundo trimestre del ejercicio 2014, que adaptará el mismo a

las nuevas previsiones del tercer trimestre, ya que las causas del

incumplimiento siguen siendo las mismas que en el trimestre

anterior”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, tomando conocimiento

del expediente.

C) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Sr. Interventor, de 24

de noviembre de 2014, constando el Conforme con la propuesta

de la Concejal Delegada de Economía y Hacienda y del

Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad para

que pase al Pleno para su dación de cuenta, cuyo texto es el

siguiente:

“Dispone el Artículo 16 de la ORDEN HAP/2105/2012 de 1de

octubre que antes del último día del mes siguiente a la

finalización de cada trimestre del año se remitirá la siguiente

información al Ministerio de Hacienda y Administraciones

Públicas: 1. La actualización de los presupuestos en ejecución, incorporadas las

modificaciones presupuestarias ya tramitadas y/o las previstas tramitar hasta final de año, y de las previsiones de ingresos y gastos de las

Page 74: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

74

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

entidades sujetas al Plan general de Contabilidad de Empresas o a sus adaptaciones sectoriales, y sus estados complementarios.

2. Las obligaciones frente a terceros, vencidas, líquidas, exigibles, no imputadas a presupuesto.

3. La información que permita relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del presupuesto con la capacidad o necesidad de financiación, calculada conforme a las normas del Sistema Europeo de Cuentas.

4. La actualización del informe de la intervención del cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla de gasto y del límite de la deuda.

5. Un resumen del estado de ejecución del presupuesto acumulado a final de cada trimestre, de los ingresos y gastos del presupuesto, y de sus estados complementarios, con indicación de los derechos recaudados del ejercicio corriente y de los ejercicios cerrados y las desviaciones respecto a las previsiones. Los estados de ejecución, para el mismo periodo, de los ingresos y gastos, para las entidades sujetas al Plan General de Contabilidad de Empresas o a sus adaptaciones sectoriales.

6. La situación de los compromisos de gastos plurianuales y la ejecución del anexo de inversiones y su financiación.

7. El informe trimestral, regulado en el artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

8. Las actualizaciones de su Plan de tesorería y detalle de las operaciones de deuda viva.

9. Los datos de ejecución previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 7 relativos a las unidades integrantes del sector Administraciones Públicas de la contabilidad nacional así como el número de efectivos referidos al último día del trimestre anterior.

Habiéndose dado cuenta a la Comisión informativa de

Economía y Hacienda de fecha 20 de noviembre de 2014, y en

cumplimiento de lo anterior, se efectúa la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

Que el Pleno Municipal se dé por enterado del Informe de

la Intervención Municipal sobre el Cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria y de la Regla de Gasto la estimación

de liquidación con motivo de la ejecución del tercer trimestre

del ejercicio 2014.”

Page 75: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

75

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del

informe de la Intervención Municipal sobre el cumplimiento del

Objetivo de Estabilidad Presupuestaria y de la Regla de Gasto

derivado de la estimación de liquidación con motivo de la ejecución

del tercer trimestre del ejercicio 2014.

5.(182/14) DAR CUENTA del informe sobre cumplimiento de los

plazos previstos en la Ley de Morosidad, en el tercer

trimestre de 2014, en este Ayuntamiento (3.1.6)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME del Tesorero Municipal, de 21 de octubre de 2014,

cuyo texto es el siguiente:

“Normativa aplicable:

- Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004,

de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de

lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector

Público.

- Guía para la elaboración de los informes trimestrales que las

Entidades Locales han de remitir al Ministerio de Economía

y Hacienda, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 3/2004,

de 29 de diciembre.

- RD 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la

metodología de cálculo del periodo medio de pago a

proveedores de las Administraciones Públicas y las

condiciones y el procedimiento de retención de recursos de

los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica

2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Financiera.

Informo:

El artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio determina en

su punto tercero: “Los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de

las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe

Page 76: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

76

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago

de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá

necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones

pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo”.

Continua señalando en el punto cuarto que “sin perjuicio

de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación

local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos

competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su

respectivo ámbito territorial, a las comunidades Autónomas que, con

arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la

tutela financiera de las Entidades Locales. Tales órganos podrán

igualmente requerir la remisión de los citados informes”.

Cómo se indicó en el pasado informe, el número 4 del

artículo 216 del RDL 3/2011 ha sido modificado durante el

presente trimestre, quedado redactado conforme la disposición

final primera de la Ley 13/2014, de 14 de julio, de

transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a

Proveedores («B.O.E.» 15 julio). Su texto es el siguiente:

“4. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio

dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las

certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la

conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados

o servicios prestados, sin perjuicio de lo establecido en el artículo

222.4, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del

cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y

la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en

la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas

de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para

que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de

intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de

presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente,

en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de

entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.

“Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 222.4 y 235.1,

la Administración deberá aprobar las certificaciones de obra o los

documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el

contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los

treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes o prestación

del servicio, salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el

contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación,

siempre que no sea manifiestamente abusivo para el acreedor en el

sentido del artículo 9 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que

Page 77: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

77

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las

operaciones comerciales.

“En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta

días para presentar la factura ante el registro administrativo, el

devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días

desde la fecha de presentación de la factura en el registro

correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la

conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono”.

Esta redacción continúa estableciendo dos plazos con

carácter general:

a) Treinta para la aprobación de certificaciones de obra o

los documentos que acrediten la conformidad de la

contraprestación.

b) Treinta días desde la fecha de la aprobación anterior

para su pago.

Por su parte el RD 635/2014, de 25 de julio, establece la

metodología económica para el cálculo y la publicidad del

perdido de pago a proveedores de las Administraciones

Públicas. Para determinar el mismo se parte de las facturas

expedidas desde el 1 de enero de 2014 y las certificaciones

mensuales a partir de esa fecha. Por tanto contempla más

obligaciones que las que tienen su origen en la contratación

administrativa. Puntualiza que quedan excluidas:

- Obligaciones de pago entre entidades que tengan

consideración de Administración Pública.

- Obligaciones de pago que hayan sido objeto de retención

como consecuencia de embargos, mandamientos de

ejecución, procedimientos administrativos de compensación

o actos análogos dictados por órganos judiciales o

administrativos.

A los efectos del cálculo del periodo medio de pago global

al que se refiere el artículo anterior, el período medio de pago

de cada entidad se calculará de acuerdo con la siguiente

fórmula:

Periodo medio de pago de cada entidad = ratio

operaciones pagadas * importe total pagos realizados + ratio

operaciones pendientes de pago * importe total pagos

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Pleno ordinario 26-11-2014

78

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pendientes / importe total pagos realizados + importe total

pagos pendientes.

Al no estar incluida nuestra Corporación Local en el

ámbito subjetivo definido en los artículo 111 y 135 del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado por RD 2/2004, de 5 de marzo, la referencia a este

periodo se entiende al trimestre del año natural.

El cálculo de los ratios es el mismo que el determinado en

la Guía para la elaboración de los informes trimestrales que las

Entidades Locales han de remitir al Ministerio de Economía y

Hacienda

En cumplimiento de los preceptos señalados se procede a

emitir el presente intentando reflejar la situación del 1 de julio a

30 de septiembre de 2014. En el registro elaborado por la

Intervención Municipal, como se ha señalado en anteriores

informes y contemplan todo tipo de facturas y justificantes, no

sólo a facturas y certificaciones, sino otro tipo de justificante

que es necesario depurar. Por ello, es objeto de corrección

realizada manualmente a falta de unos filtros específicos,

existiendo pues limitaciones para una adecuada ejecución si

bien la aplicación ha sido objeto de una reciente actualización

disponible el 17 de octubre que esperemos nos ayude en su

confección. Los trabajos realizados para este ajuste a partir de

los señalados por el programa, y una vez recogidos las

indicaciones del RDL 635/2014 son los siguientes:

1.- Se han eliminado justificantes que no sean facturas o

certificaciones

2.- Se excluye al Estado, Comunidad Autónoma,

Entidades locales, incluyendo sus organismos autónomos,

Tesorería de la Seguridad Social, Universidades, así como otros

similares como Pammasa.

3.- Se excluye aquellos pagos objeto de retención o de

compensación. De entre los mismos hemos de destacar a

Iberdrola quién mantiene una solicitud genérica de

compensación de la tasa por utilización del dominio Público

local con las facturas de sociedades de su grupo. En este grupo

también se encuentran las facturas de Canal de Isabel II

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Pleno ordinario 26-11-2014

79

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Gestión S.A con el que se mantiene un convenio de

compensación de la totalidad de sus facturas.

4.- Entidades Financieras que realizan su cobro

usualmente mediante adeudo en cuenta y primas de entidades

Aseguradoras.

5.- Proveedores con los cuales se mantienen convenios o

contratos de pago Solred, S.A. y cuya fecha de pago no aparece

fielmente recogida en el aplicativo.

Los cuadros adjuntos reflejan los datos obtenidos en

trimestre. Del mismo se desprende que se han satisfecho 544

pagos por importe de 4.137.585,15 euros. De esta cantidad el

45,03 por ciento se ha realizado dentro del periodo de treinta

días suponiendo un 64,13 por ciento del importe. El periodo de

pago ponderado por el importe del mismo es de 35,82 días.

Permanecen pendientes de pago 320 facturas registradas

por importe de 2.997.036,01 euros. De esta cantidad el 59 por

ciento se encontrarían dentro del periodo de de treinta días.

Finalmente, 313.268,85 euros corresponden a 37 facturas

donde han transcurrido más de tres meses desde su anotación

en el registro sin que se haya realizado el reconocimiento de la

obligación. Estas cantidades son un 38,85 por ciento del

importe pendientes de pago fuera del periodo legal.

Periodo medio de pago global a proveedores

Conforme al art. 4 del RD 635/2014, se procede al cálculo

de este periodo:

Ayuntamiento Patronato

Ratio de operaciones paga. 35,82 18,34

Importe operaciones paga. 4.137.585,15 170.315,27

Ratio de operaciones pend. 82,49 55,42

Importe operaciones pend. 2.997.036,01 0,00

Periodo medio de pago global del trimestre operaciones

pagadas: 35,12

Periodo medio de pago global del trimestre RD 635/2014:

54,56”

Page 80: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

80

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, tomando conocimiento

del informe de la Tesorería Municipal.

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del

informe del Sr. Tesorero Municipal de 21 de octubre de 2014, sobre

cumplimiento, en el tercer trimestre de 2014, de los plazos previstos en

la Ley de medidas de lucha contra la morosidad de este Ayuntamiento.

6.(183/14) DAR CUENTA del informe sobre cumplimiento de los

plazos previstos en la Ley de Morosidad, en el tercer

trimestre de 2014, en el Patronato Monte del Pilar

(3.16)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME del Tesorero Municipal, de 21 de octubre de 2014,

cuyo texto es el siguiente:

“Normativa aplicable:

- Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004,

de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de

lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector

Público.

- Guía para la elaboración de los informes trimestrales que las

Entidades Locales han de remitir al Ministerio de Economía

y Hacienda, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 3/2004,

de 29 de diciembre.

- RD 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la

metodología de cálculo del periodo medio de pago a

proveedores de las Administraciones Públicas y las

condiciones y el procedimiento de retención de recursos de

los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica

2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Financiera.

Page 81: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Informo:

El artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio determina en

su punto tercero: “Los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de

las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe

sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago

de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá

necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones

pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo”.

Continua señalando en el punto cuarto que “sin perjuicio

de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación

local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos

competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su

respectivo ámbito territorial, a las comunidades Autónomas que, con

arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la

tutela financiera de las Entidades Locales. Tales órganos podrán

igualmente requerir la remisión de los citados informes”.

El número 4 del artículo 216 del RDL 3/2011 ha sido

modificado durante el presente trimestre, quedado redactado

conforme la disposición final primera de la Ley 13/2014, de 14

de julio, de transformación del Fondo para la Financiación de

los Pagos a Proveedores («B.O.E.» 15 julio). Su texto es el

siguiente:

“4. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio

dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las

certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la

conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados

o servicios prestados, sin perjuicio de lo establecido en el artículo

222.4, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del

cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y

la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en

la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas

de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para

que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de

intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de

presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente,

en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de

entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.

“Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 222.4 y 235.1, la

Administración deberá aprobar las certificaciones de obra o los

documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el

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Pleno ordinario 26-11-2014

82

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los

treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes o prestación

del servicio, salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el

contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación,

siempre que no sea manifiestamente abusivo para el acreedor en el

sentido del artículo 9 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que

se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las

operaciones comerciales.

“En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días

para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo

de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la

fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin

que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y

efectuado el correspondiente abono”.

Esta redacción continúa estableciendo dos plazos con

carácter general:

a) Treinta para la aprobación de certificaciones de obra o

los documentos que acrediten la conformidad de la

contraprestación.

b) Treinta días desde la fecha de la aprobación anterior

para su pago.

Por su parte el RD 635/2014, de 25 de julio, establece la

metodología económica para el cálculo y la publicidad del

perdido de pago a proveedores de las Administraciones

Públicas. Para determinar el mismo se parte de las facturas

expedidas desde el 1 de enero de 2014 y las certificaciones

mensuales a partir de esa fecha. Por tanto contempla más

obligaciones que las que tienen su origen en la contratación

administrativa. Puntualiza que quedan excluidas:

- Obligaciones de pago entre entidades que tengan

consideración de Administración Pública.

- Obligaciones de pago que hayan sido objeto de retención

como consecuencia de embargos, mandamientos de

ejecución, procedimientos administrativos de compensación

o actos análogos dictados por órganos judiciales o

administrativos.

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Pleno ordinario 26-11-2014

83

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Con los datos existentes, en cumplimiento del citado

precepto se procede a emitir el presente informe

correspondiente al Patronato Monte del Pilar del tercer

trimestre 2014.

Los cuadros adjuntos reflejan los datos obtenidos en

trimestre. Del mismo se desprende que se han satisfecho 21

pagos por importe de 170.315,27 euros dentro del periodo. No

permanecen facturas pendientes de pago.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, tomando conocimiento

del informe de la Tesorería Municipal.

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del

informe del Sr. Tesorero Municipal de 21 de octubre de 2014, sobre

cumplimiento, en el tercer trimestre de 2014, de los plazos previstos

en la Ley de medidas de lucha contra la morosidad del Patronato

Monte del Pilar.

7.(184/14) RESOLUCIÓN del recurso de reposición interpuesto

y nueva APROBACIÓN INICIAL de la modificación

de la Plantilla Municipal que afecta a las plazas de

Subinspector de Policía y Técnico de Control Interno

(5.1.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) ACUERDO PLENARIO de 24 de septiembre de 2014, por el

que se aprueba lo siguiente:

PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por Doña Carmen Madrigal Torrejón, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal de Unión, Progreso y Democracia en el Ayuntamiento de Majadahonda.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

SEGUNDO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Luis Ropero Ortega, en su condición de Presidente de la Junta de Personal en el Ayuntamiento de Majadahonda. TERCERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Alfredo López Vergel, en su condición de Delegado Sindical de CPPM en el Ayuntamiento de Majadahonda. CUARTO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Luis Ventura Rodríguez, en su condición de Concejal del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Majadahonda. QUINTO.- Aprobar definitivamente la modificación de la plantilla de personal en los siguientes términos: 1. Modificar la denominación del puesto vacante “Subinspector” por la de

Director del Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y Protección Civil con un complemento de destino de 11.625.-€ y un complemento específico de 31.679,52.-€ (doce mensualidades, sin inclusión de pagas extraordinarias).

Régimen: Funcionario/Laboral Forma de provisión: Libre Designación. Requisitos: Funcionarios de la Escala de Administración General o Especial. Subescala Técnica Superior.

Dependiendo jerárquicamente de esta Dirección de Área, el personal que figura en los programas de la plantilla presupuestaria siguientes:

Administración General de la Seguridad.

Seguridad y orden público.

Ordenación del tráfico y estacionamiento.

Movilidad Urbana.

Protección Civil

Asignar, bajo la supervisión y superior dirección, por delegación de la Alcaldía Presidencia, de la Concejalía que en cada momento ostente las atribuciones en materia de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Protección Civil, las siguientes funciones al puesto de Director de Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y Protección Civil:

Coordinación de los Servicios a su cargo.

Dirección técnica y gestión de los servicios adscritos al Área.

Emisión de los informe técnicos previstos con carácter preceptivo en la Legislación.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Ejecución de las políticas públicas locales en materia de Seguridad Ciudadana, Ordenación del Tráfico y Estacionamiento, Movilidad Urbana y Protección Civil.

Jefatura de los Recursos Humanos de su Área, sin perjuicio de la superior dirección por parte del Concejal Delegado de Recursos Humanos y del Director de Recursos Humanos, y la jefatura de personal por parte del Alcalde.

Capacidad para dictar instrucciones sobre las unidades englobadas en el servicio, en los términos del artículo 21 LRJAPC.

Asesoramiento Técnico al Concejal responsable de Servicio adscrito a la Dirección.

Y cualquier otra que le encomiende el Concejal responsable. 2. Transformar el puesto de Técnico de control interno subgrupo A1,

Nivel 26 en el puesto de Jefe de Servicio de Control Interno subgrupo A1, Nivel 28, adecuando el complemento de destino en la cuantía de 9.989.-€ y el Complemento Específico en la cuantía de 25.694.-€ (doce mensualidades, sin inclusión de pagas extraordinarias).

Régimen: Funcionario/Laboral Forma de provisión: Libre Designación. Requisitos: Funcionarios de la Escala de Administración General o Especial. Subescala Técnica Superior. Asignar, bajo la supervisión de la Intervención Municipal y superior dirección, por delegación de la Alcaldía Presidencia, de la Concejalía que en cada momento ostente las atribuciones en materia de Economía y Hacienda, las siguientes funciones al puesto de Jefe de Servicio de Control Interno.

Las funciones del Puesto de Jefe de Servicio de Control Interno serán:

Coordinación de los Servicios a su cargo bajo la supervisión del Interventor Municipal.

Jefatura de los Recursos Humanos de su Servicio, sin perjuicio de la superior dirección por parte del Concejal Delegado de Recursos Humanos, del Director de Recursos Humanos, del Interventor y de la superior jefatura de personal por parte del Alcalde.

La propuesta de fiscalización previa de todo acto, documento o expediente que de lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico o que puedan tener repercusión financiera o patrimonial.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La propuesta de intervención formal de la ordenación del pago y de su realización material.

La propuesta de intervención de los ingresos y fiscalización de todos los actos de gestión tributaria, con la amplitud establecida en las Bases de Ejecución del Presupuesto.

La propuesta de emisión, en su caso, de reparos, con los efectos determinados en la normativa vigente.

Seguimiento de la ejecución del Presupuesto, control del grado de ejecución de los distintos programas presupuestarios y confección de la información periódica requerida por la normativa.

La propuesta de informes, dictámenes en materia económico-financiera o presupuestaria, que se encomienden.

Ejercer la Intervención con carácter accidental en caso de ausencia del Interventor titular.

Capacidad de dictar actos administrativos sobre las unidades englobadas en el servicio, en los términos del artículo 21 LRJPAC.

Asesoramiento Técnico al Concejal responsable del Servicio al que está adscrito la Jefatura y al Interventor Municipal.

Y cualquier otra que le encomiende el Concejal responsable.”

B) RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto por la portavoz

del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el

Registro General el 23 de octubre de 2014, nº 16623, en el que

solicita lo siguiente:

“Se declare nulo o anulable el acuerdo del Pleno de 24 de

septiembre de 2014, por el que se aprueba “la modificación de

plantilla que afecta a la plaza de Subinspector de Policía y al

puesto de trabajo de Técnico de Control Interno” ya que dicho

acuerdo modifica lo aprobado en el Pleno de 25 de junio y lo

publicado en el BOCM en fecha 24 de julio de 2014.

Consideramos que al modificar el acuerdo inicial tendría que

producirse un nuevo periodo de información pública para no

burlar a los posibles interesados el derecho a conocer el nuevo

acuerdo y la posibilidad de plantear alegaciones si lo

consideran necesario.

Asimismo, de acuerdo con la legislación citada en el

apartado cuarto de este Recurso, solicitamos se acuerde

declarar que no procederá utilizar el sistema de libre

designación para proveer la plaza de Técnico de Control

Interno de Intervención.”

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

C) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la

Secretaria General Accidental, de 12 de noviembre de 2014,

constando el Enterado y Conforme del Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana, para que pase el expediente a

resolución por el Pleno de la Corporación, cuyo texto es el

siguiente:

“HECHOS

Primero.- Con fecha 11 de junio de 2014 el Alcalde-Presidente

dispone la iniciación de la tramitación oportuna para llevar a

cabo una modificación de la plantilla presupuestaria consistente

en la transformación de la plaza vacante de Subinspector en

una plaza de Director de Seguridad Ciudadana, Movilidad

Urbana y Protección Civil, y en la transformación de uno de los

puestos de Técnico de Control Interno en un puesto de Jefe de

Servicio de Control Interno.

Segundo.- Con fecha 13 de junio de 2014 el Director de

Recursos Humanos informa favorablemente la modificación de

la plantilla presupuestaria.

Tercero.- Con fecha 17 de junio de 2014 la Intervención

Municipal emite informe favorable.

Cuarto.- Con fecha 25 de junio de 2014 el Pleno del

Ayuntamiento aprueba inicialmente la modificación

presupuestaria.

Quinto.- Con fecha 24 de julio de 2014 se publica en el BOCM

nº 174 la aprobación inicial de la modificación presupuestaria,

abriéndose el preceptivo plazo de información pública de

quince días hábiles para formular reclamaciones.

Sexto.- Con fecha 4 de agosto de 2014 y registro de entrada nº

12681 y 12861, Doña Carmen Madrigal Torrejón, en su

condición de Portavoz del Grupo Municipal de Unión, Progreso

y Democracia en el Ayuntamiento de Majadahonda, presenta

dos escritos formulando alegaciones a la modificación de la

plantilla presupuestaria, que se pueden resumir en: falta de

motivación respecto a la elección del sistema de libre

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

designación para la cobertura de la plaza de Jefe de Servicio de

Control Interno, falta de motivación en la modificación atinente

a la transformación de la plaza de Subinspector en Director del

Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y Protección

Civil y falta de negociación previa con los representantes de los

trabajadores.

Séptimo.- Con fecha 7 de agosto de 2014 y registro de entrada

nº 12849, D. Luis Ropera Ortega, en su condición de Presidente

de la Junta de Personal en el Ayuntamiento de Majadahonda,

presenta escrito formulando alegaciones a la modificación de la

plantilla presupuestaria, que se pueden resumir en: falta de

motivación en las dos modificaciones aprobadas inicialmente,

falta de negociación previa con los representantes de los

trabajadores y falta de certeza de consignación presupuestaria.

Octavo.- Con fecha 7 de agosto de 2014 y registro de entrada nº

12850, D. Alfredo López Vergel, en su condición de Delegado

Sindical del sindicato CPPM en el Ayuntamiento de

Majadahonda, presenta escrito formulando idénticas

alegaciones a la modificación de la plantilla presupuestaria a

las presentadas por el Presidente de la Junta de Personal, que

se pueden resumir en: falta de motivación en las dos

modificaciones aprobadas inicialmente, falta de negociación

previa con los representantes de los trabajadores y falta de

certeza de consignación presupuestaria.

Noveno.- Con fecha 9 de agosto de 2014 y registro de entrada

nº 12931, D. Luis Ventura Rodríguez, en su condición de

Concejal del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de

Majadahonda, presenta escrito formulando alegaciones a la

modificación de la plantilla presupuestaria, que se pueden

resumir en: falta de negociación previa con los representantes

de los trabajadores, falta de corrección por la tramitación

conjunta de las dos modificaciones, falta de motivación en la

modificación atinente a la transformación de la plaza de

Subinspector en Director del Área de Seguridad Ciudadana,

Movilidad Urbana y Protección Civil y falta de motivación

respecto a la elección del sistema de libre designación para la

cobertura de la plaza de Jefe de Servicio de Control Interno.

Décimo.- Con fecha 26 de agosto de 2014 el Técnico de Gestión

de Recursos Humanos resuelve las alegaciones referidas en los

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

hechos sexto a noveno y propone acordar la desestimación de

todas ellas.

Undécimo.- Con fecha 11 de septiembre de 2014, tras la

resolución de las alegaciones, la Intervención municipal emite

informe sobre la aprobación definitiva mediante el que, en

síntesis, manifiesta la existencia de crédito suficiente con

algunas consideraciones, y efectúa una observación en lo

referente a las diferencias existentes entre el contenido de la

fundamentación jurídica del informe-propuesta del Director de

Recursos Humanos y la propuesta de resolución del mismo, que

posteriormente aprueba inicialmente el Pleno de la

Corporación y es publicado en el BOCM al objeto de cumplir

con el trámite de exposición pública.

Duodécimo.- Con fecha 16 de septiembre de 2014 el Director

de Recursos Humanos formula nota aclaratoria a las

consideraciones efectuadas por el Interventor municipal en su

informe de fecha 11 de septiembre.

Décimo tercero.- Con fecha 17 de septiembre de 2014 el

Director de Recursos Humanos emite informe-propuesta

complementario sobre la modificación de plantilla proponiendo

desestimar las alegaciones referidas en los hechos sexto a

noveno y la aprobación definitiva de la modificación de la

plantilla presupuestaria.

Décimo cuarto.- Con fecha 24 de septiembre de 2014 el Pleno

de la Corporación acuerda desestimar las alegaciones referidas

y aprobar definitivamente la modificación de la plantilla

presupuestaria.

Décimo quinto.- Con fecha 23 de octubre de 2014, y dentro del

plazo habilitado al efecto, Dª. Mercedes Pedreira de Vivero,

Portavoz del Grupo Municipal Centrista, interpone recurso de

reposición contra el acuerdo plenario de fecha 24 de septiembre

de 2014 mediante el que se aprueba definitivamente la

modificación de plantilla que afecta a los puestos de

Subinspector de Policía y de Técnico de Control Interno.

Fundamenta el recurso en la existencia de una modificación

esencial entre lo aprobado inicialmente y lo aprobado

definitivamente, la consiguiente imposibilidad de presentar

reclamaciones por parte de posibles interesados en el trámite de

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

exposición pública, y la improcedencia del sistema de provisión

elegido -libre designación- del puesto de de Jefe de Servicio de

Control Interno.

A los hechos anteriormente reseñados le son de aplicación

los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El acto que se impugna pone fin a la vía

administrativa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 52.2 de la

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen

Local, por lo que conforme disponen el artículo 52.1 del citado

texto legal y el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico y Procedimiento Administrativo Común (en adelante

LRJPAC), puede ser objeto de recurso potestativo de

reposición.

Segundo.- El órgano competente para resolver un recurso de

reposición es, de conformidad con lo dispuesto por el artículo

116.1 LRJPAC, el que lo dictó.

En atención a lo anterior, el órgano competente para resolver el

presente recurso de reposición es el Pleno de la Corporación, al

tratarse de un acto dictado por aquél.

Tercero.- El recurso de reposición se ha interpuesto dentro del

plazo de un mes previsto en el art. 117.1 LRJPAC.

Cuarto.- En cuanto a la primera de las alegaciones, la referida

a la modificación esencial entre lo aprobado inicialmente y la

aprobación definitiva, ha de partirse de lo dispuesto en la

fundamentación jurídica del informe evacuado por el Director

de Recursos Humanos con fecha 13 de junio de 2014. Así, en

sus fundamentos de derecho tercero y cuarto consta la

configuración jurídica de los puestos objeto de transformación -

Subinspector de Policía y Técnico de Control Interno-, mediante

la determinación inequívoca del régimen, la forma de provisión,

requisitos para el acceso y subescala de los puestos a cubrir,

extremos que efectivamente no constan en la propuesta de

resolución que es elevada al Pleno para su aprobación inicial y

Page 91: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

91

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

posteriormente es publicada en el BOCM para dar cumplido

trámite al preceptivo periodo de exposición pública.

Y es por ello que tal circunstancia únicamente es atribuible a la

comisión de un error material en el momento de la

transcripción de esa parte del referido informe, ya que carece

de sentido que algo que se motiva no se incorpore en la

propuesta que más adelante configurará, en caso de acuerdo, la

parte dispositiva de un acto administrativo.

Tal y como apunta la recurrente, ya en la sesión plenaria

celebrada con fecha 25 de junio de 2014, en la que se acuerda

inicialmente la modificación de plantilla motivo de objeción, se

debate ampliamente sobre el contenido de la misma, incluida la

forma de provisión de los puestos, interviniendo la ahora

recurrente, resultando por tanto comprensible que los grupos

de la oposición que debatieron la propuesta de modificación

presupuestaria elevada por el Concejal delegado de Recursos

Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y

Seguridad, entre los que se encontraba la actora, estaban

informados de las características de las plazas objeto de

transformación, a pesar de lo que ésta sostiene en una de sus

intervenciones en la sesión plenaria del pasado 24 de

septiembre, en la que afirma haber conocido la forma de

provisión de las plazas tras la presentación de las alegaciones

contra la aprobación inicial de aquella por parte de algunos

grupos de la oposición.

A mayor abundamiento conviene destacar que,

independientemente del error de transcripción del que trae

causa el recurso de reposición que por medio del presente

informe se contesta, la no inclusión de la forma de provisión de

los puestos no causa indefensión a persona concreta, pues hasta

que no se aprueben las bases que regulen el procedimiento para

la cobertura del puesto, no hay requisitos concretos contra los

que alegar por todo aquel que tenga interés en ello.

No obstante lo anterior, y dado que formalmente no ha quedado

adecuadamente cumplido el trámite, por todo cuanto antecede,

en aras a garantizar la máxima transparencia en el

procedimiento de referencia, debe estimarse el presente motivo

de reposición en lo referente a las diferencias existentes entre el

acuerdo de aprobación inicial de la modificación

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presupuestaria y el acuerdo de aprobación definitiva,

procediendo nuevamente la aprobación inicial de la

modificación presupuestaria, dándole el preceptivo trámite de

exposición pública.

En lo que se refiere a la segunda de las alegaciones, resulta

preciso apuntar que aunque, como ya se ha dicho, existe un

error material en la propuesta de resolución de fecha 13 de

junio de 2014, no es del todo preciso que el periodo de

exposición pública haya quedado inhabilitado, muestra de ello

es que los grupos de la oposición, concretamente UPyD y

PSOE, eran conocedores de tal circunstancia tras la aprobación

inicial, puesto que en el periodo habilitado al efecto presentan

sendas alegaciones en las cuales uno de los motivos de

impugnación esgrimidos es la falta de motivación en la elección

del sistema de provisión por libre designación de las plazas en

cuestión. Que la ahora recurrente no lo hiciera no obedeció,

por tanto, a desconocimiento, pues en el debate de la sesión

plenaria de fecha25 de junio de 2014 así se refleja.

En lo que respecta al tercer motivo de reposición, el que se

refiere al régimen -funcionario/laboral- de la plaza de Director

de Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y Protección Civil,

conviene reseñar que el ejercicio de autoridad que la Sra.

Pedreira le atribuye a tal puesto carece de fundamento alguno,

ya que de la somera lectura de las funciones atribuidas a aquél

en el presente expediente, se deduce que se configura como un

puesto de coordinación y asesoramiento no ejecutivo, ya que el

referido ejercicio de autoridad lo seguirá ostentando, una vez se

complete el proceso selectivo correspondiente, el miembro del

cuerpo de Policía Local en quien recaiga la jefatura del cuerpo

de Policía Local.

En lo que respecta al cuarto y último motivo de reposición, el

referido a la improcedencia de la determinación del sistema de

provisión del puesto de Jefe de Servicio de Control Interno por

verse comprometida la independencia de su actuación

fiscalizadora, además de reproducir lo expuesto en el tercero de

los fundamentos de derecho del informe del Técnico de Gestión

de Recursos Humanos de fecha 26 de agosto de 2014, conviene

reseñar que resulta cuanto menos llamativo que la recurrente

considere que la provisión por libre designación de una

Jefatura de Servicio reste autonomía al funcionario nombrado,

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máxime cuando los puestos de Técnico de Control Interno de

este Ayuntamiento han estado cubiertos interinamente durante

años, situación ésta que no ha sido objeto de cuestionamiento en

lo que al proceder de los afectados se refiere, siendo tal

situación de interinidad objetivamente más precaria. Destacar

en este sentido que la carga de incertidumbre que afecta al

carácter interino de una relación contractual o estatutaria, no

afecta al funcionario de carrera que accede a un puesto de libre

designación, el cual, en caso de ser cesado, siempre conservará

su plaza.

Es inevitable aludir en este punto a los principios de conducta

contenidos en el artículo 52 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del

Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP) el

cual en su artículo 52, que lleva por rúbrica “Deberes de los

empleados públicos. Código de Conducta.”, establece que “Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia,

honradez […]”, principios de actuación que rigen, salvo que se

demuestre lo contrario, el proceder de todos los empleados

públicos, ya sean éstos interinos, funcionarios de carrera por

oposición o incluso personal laboral que presten sus servicios

independientemente de que hayan superado o no el

procedimiento selectivo correspondiente. Y es que dudar de que

la forma de provisión va a modificar la conducta del titular del

puesto por la supuesta dependencia del Equipo de Gobierno que

no nombra, sería tanto como cuestionar ahora que en todos los

Jefes de Servicio nombrados a través de este sistema pueden no

concurrir los requisitos que menciona el EBEP.

Por último, es conveniente traer a colación la intervención de la

Sra. Pedreira en la sesión plenaria de fecha 25 de julio de 2007

en la que se aprobó inicialmente la creación de diversos puestos

de trabajo en la plantilla municipal, muchos de ellos de perfil

directivo, y cuya forma de provisión se estableció como libre

designación. Pues bien, entonces la actora, lejos de cuestionar

tal sistema de provisión como en el presente supuesto hace,

mostró su acuerdo por considerar que algunos de ellos se

creaban en servicios complejos, con mucha responsabilidad,

mucha materia, etc., sin apuntar nada en lo que a la presunta

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ausencia de autonomía e independencia, ahora invocada, que

tal sistema de provisión puede generar al funcionario designado

libremente, sobre todo teniendo en cuenta el calado de las

materias y funciones que dichos puestos albergaban y su

incidencia en el devenir del municipio y el Consistorio.

Tampoco se opuso a que se efectuaran esos nombramientos

directamente por el Pleno, sin bases que los regulasen ni

información pública posible, mientras que la cobertura de de

los puestos que ahora se transforman se producirá en atención

a unas bases, aún por aprobar, que reflejarán los requisitos de

acceso que deberán reunir los aspirantes para poder concurrir.

Por todo cuanto antecede, deben desestimarse los motivos

segundo, tercero y cuarto de reposición planteados.

A la vista de los hechos y fundamentos de derecho que

anteceden, y sin perjuicio de la decisión que adopte el órgano

competente, se formula la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- Estimar parcialmente el recurso de reposición

presentado por Dª. Mercedes Pedreira de Vivero,

transformando la aprobación definitiva adoptada en la

sesión plenaria de fecha 24 de septiembre de 2014 en

aprobación inicial, al objeto de dar cumplimiento al trámite

de exposición pública presuntamente inhabilitado.

Segundo.- Desestimar los restantes motivos de reposición

planteados por Dª. Mercedes Pedreira de Vivero.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Recursos

Humanos, Asuntos Jurídicos y Seguridad, de 18 de

noviembre de 2014, favorable.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que, como en este punto del orden del día se va a

resolver la alegación presentada por un grupo político, desea escuchar

primeramente las manifestaciones de dicho grupo y las del resto de

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grupos políticos y posteriormente expondrá la posición del equipo de

gobierno.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que, una vez más, se presenta al Pleno esta modificación de plantilla

“sui generis” que ha realizado el equipo de gobierno y que, como se

ha empeñado, la aprobará corrigiendo todo lo que sea necesario.

Sigue diciendo que su grupo ya dijo en las anteriores sesiones

plenarias en las que se trató este asunto, que no está de acuerdo con

los trajes a medida para nadie, que no está de acuerdo con la libre

designación para puestos en los que la independencia del funcionario

tiene que ser la vara fundamental con la que medir la transparencia de

la gestión y el garante de los procesos internos y por ello el Grupo

Socialista presentó alegaciones y dijo que no estaba de acuerdo con la

forma de provisión de esas plazas (libre designación) y que tampoco

estaba de acuerdo con la falta de transparencia y el oscurantismo que

parecía transmitir la falta de negociación con los sindicatos. Añade

que su grupo también puso de manifiesto la falta de rigor en las

motivaciones o el “totum revolutum” porque el equipo de gobierno

presenta, en una misma votación, dos modificaciones muy distintas.

Manifiesta que su grupo argumentó todo lo que ha expuesto y el

resto de grupos políticos también argumentaron sus posiciones y el

equipo de gobierno, sin embargo, desestimó las alegaciones que se

presentaron y algunas de ellas lo fueron utilizando argumentos tan

peregrinos como la falta de indicación de la norma contravenida.

Aclara que el equipo de gobierno no siempre tiene razón por

tener más miembros y da la enhorabuena al Grupo Centrista porque,

desde el punto de vista de su grupo, tirando del hilo más débil y

poniendo de manifiesto lo que se denomina “error material” que ahora

va a ser subsanado, ha conseguido que este asunto vuelva al Pleno

aunque teme que, una vez subsanado ese error material, el equipo de

gobierno seguirá adelante, cuanto antes, con sus propósitos porque

entiende que al Partido Popular le da igual lo que digan y hagan los

grupos de la oposición y de hecho siempre utiliza su rodillo.

Aclara que, previendo el retraso que este error material va a

ocasionar a los intereses del equipo de gobierno, se ha nombrado ya,

de forma oficial, al nuevo Director del Área de Seguridad Ciudadana,

Movilidad Urbana y Protección Civil nombrando para dicho cargo, de

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forma provisional y hasta su jubilación, al actual Jefe de la Policía

Local alegando para ello una supuesta necesidad ineludible y por ello

pregunta si de verdad es tan urgente ese nombramiento que no se

puede esperar a que se resuelva correctamente este procedimiento y

también si no hay personas, en la actualidad, que realicen las

funciones que se han añadido al Jefe de Policía Local o es que las que

ahora las realizan no son de la total confianza del equipo de gobierno

y por ello necesita un jefe riguroso que aplaque cualquier discrepancia

o discusión.

Sigue diciendo que, en este caso, se ha cometido otro error

material que ha sido sacado a la luz por los grupos de la oposición lo

que, como todos saben, ha ocurrido en otras muchas ocasiones y a

continuación felicita al Grupo Municipal Centrista por su perspicacia

y empecinamiento, pero su grupo teme que solo se haya conseguido

retrasar el trámite administrativo porque, con la nueva tramitación, no

cambia el fin perseguido por el equipo de gobierno y tampoco el

procedimiento que se utiliza y desea dejar claro que a su grupo no le

gustan ninguna de las dos cosas.

Indica que este punto en el orden del día se refiere a la nueva

aprobación inicial de la plantilla municipal por lo que se deberá abrir

un nuevo periodo de alegaciones y por ello su grupo va a abstenerse

por si estima conveniente presentar alegaciones.

Termina su intervención aclarando que la propuesta de acuerdo

que se presenta al Pleno culmina con un informe emitido el 12 de

noviembre por la Secretaria General Accidental y que no lleva la

preceptiva firma del Concejal Delegado de Recursos Humanos

mostrando su conformidad al mismo, advertencia que hace para que,

si se trata de otro error material, sea subsanado cuanto antes.

La Portavoz de Unión, Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

indica que, como ha expuesto anteriormente el Concejal del Grupo

Socialista, este asunto es recurrente y por ello todos conocen las

posiciones que cada grupo político mantuvo anteriormente por lo que

no va a explicar más sus alegaciones sobre la libre designación o sobre

la falta de motivación para la transformación de la plantilla que se

propone.

Sigue diciendo que, normalmente, los temas que en el Pleno son

recurrentes tratan de asuntos polémicos, poco claros o mal tramitados

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y añade que este asunto es precisamente polémico, poco claro y mal

tramitado.

Sigue diciendo que se lleva hablando de este tema desde el mes

de julio y considera que el equipo de gobierno se ha empeñado en

complicar, aún más, este asunto y dice esto porque no se contenta con

presentar la propuesta de resolución del recurso interpuesto, en este

caso, por el Grupo Municipal Centrista sino que parece que el equipo

de gobierno ha encontrado ya el candidato a Director de Seguridad

Ciudadana, Movilidad Urbana y Protección Civil puesto que ha sido

nombrado el 4 de noviembre, incluso antes de que se firmara la

propuesta de resolución resolviendo las alegaciones presentadas

durante el periodo de exposición pública de esta modificación de

plantilla, que lleva fecha del 12 de noviembre.

Manifiesta que el equipo de gobierno dice que ese

nombramiento es muy urgente aunque su grupo no conoce, porque no

figuran en el expediente y tampoco han sido explicados en la comisión

informativa, los motivos de esa urgencia y pregunta si es que se espera

que se produzca alguna catástrofe que los concejales de la oposición

no conocen y que obligue a una coordinación urgente en esas áreas.

Aclara que toda esta legislatura se ha contado con unos

precarios servicios de Protección Civil y que funcionan gracias a la

buena voluntad de los trabajadores y de los voluntarios, la movilidad

en este municipio es desastrosa desde hace muchos años lo que ha

sufrido personalmente como vecina y además considera que

Majadahonda tiene una rotonda en la estación de Renfe que es famosa

en toda la Comunidad de Madrid y todo esto ocurre a pesar de que, en

la anterior legislatura, se realizó un carísimo estudio de movilidad que,

desde el punto de vista de su grupo, no ha servido para nada y cree

que cualquier vecino habría llegado a las mismas conclusiones que los

autores de ese estudio.

Manifiesta que como la situación que ha puesto de manifiesto se

viene produciendo desde hace mucho tiempo, a su grupo le gustaría

conocer qué ha cambiado de repente y qué hechos extraordinarios han

acontecido o van a acontecer para que sea necesario nombrar,

urgentemente, al Jefe de la Policía Local como Director del Área de

Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y Protección Civil.

Aclara que su grupo ya dijo, en la sesión plenaria celebrada en el

mes de septiembre, que el equipo de gobierno se equivocaba si

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pensaba que la creación de ese puesto de libre designación iba a

solucionar los problemas de movilidad, las graves deficiencias de

Protección Civil y las de Policía Local, pero si lo que ha pensado es

que la solución está en sobrecargar al Oficial Jefe de la Policía Local

para que se ocupe de todas esas áreas, su grupo cree que la

equivocación del Partido Popular es gravísima.

Pregunta seguidamente si el Jefe de la Policía Local va a

conservar su puesto o va a renunciar al mismo y añade que su grupo,

desde el año 2011, viene avisando de que se necesita coordinación en

este Ayuntamiento, pero no solo se necesita en las áreas de Seguridad,

Movilidad y Protección Civil.

A continuación indica que la adopción de medidas de

coordinación llevan tiempo y por ello pide al equipo de gobierno que

planifique, presupueste, escuche, no improvise y deje la urgencia para

lo que lo es de verdad.

Termina su intervención diciendo que su grupo espera que el

equipo de gobierno aclare algo de este asunto.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, aclara que no va a insistir en todo lo que ya indicó en las

anteriores sesiones plenarias sobre falta de justificación, sobre la

utilización de un procedimiento de libre designación, etc. y va a

intentar centrarse en lo que se refiere concretamente a este punto del

orden del día que responde a dos realidades distintas, es decir, la

resolución del recurso de reposición interpuesto por el Grupo

Municipal Centrista y la solución temporal, provisional, extraordinaria

y urgente que se ha adoptado.

Sigue diciendo que este expediente, desde el punto de su grupo,

demuestra la forma de funcionar que tiene el equipo de gobierno del

Partido Popular que parece que se rige, últimamente, por la lógica de

que un procedimiento legal no entorpezca un deseo suyo.

Aclara que, cuando se trata de asuntos polémicos, urgentes o

que responden a necesidades políticas del equipo de gobierno, incluso

olvida los procedimientos aunque, por las informaciones que aparecen

en el Boletín Municipal, parece que son los grupos de la oposición los

que no conocen los procedimientos, pero considera que se puede

comprobar cómo el equipo de gobierno comete más errores

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administrativos aunque parece que le da igual y de hecho los errores

siempre tienen que ser puestos de manifiesto por los grupos de la

oposición, en este caso, por el Grupo Municipal Centrista.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno toma una decisión

que, desde el punto de vista de su grupo, de forma urgente y bastante

cínica, basándose en la urgencia e incluso, para justificarla, alude a

las denuncias sobre el mal funcionamiento y descoordinación que han

venido planteando los grupos de la oposición y las centrales sindicales

y su grupo cree que el equipo de gobierno podría incluir todas las

denuncias que presentaron los grupos de la oposición o las centrales

sindicales con respecto a esos problemas de descoordinación en la

Policía Local. Aclara que esas denuncias decían que los máximos

responsables de esa descoordinación eran el equipo de gobierno, el

concejal responsable y los máximos responsables de la Policía Local y

el equipo de gobierno, en lugar de adoptar medidas, le dota de más

carga de trabajo y asciende, en sus responsabilidades, a la misma

persona que podía ser uno de los responsables de esa descoordinación

dado que era el que tenía la posibilidad de dar órdenes en el área de

Policía Local.

Manifiesta además que es curiosa la forma de funcionar del

equipo de gobierno porque, si realmente consideraba tan importante

ese puesto, podría, ya que parece que es una prioridad política, haberlo

previsto al inicio de esta legislatura y, en lugar de eso, como parece

que los trámites burocráticos llevan bastante tiempo porque, aunque el

Grupo Centrista no hubiera puesto de manifiesto el error cometido,

habría pasado tiempo hasta la aprobación de las bases necesarias para

cubrirlo, se hace este nombramiento para dejarlo preparado porque se

acaba esta legislatura.

Reitera que si ese nuevo puesto de trabajo de Director de Área

de Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y Protección Civil

hubiera sido tan importante para coordinar todos esos servicios, lo

lógico hubiera sido haberlo creado con anterioridad y no a 5 meses de

que acabe esta legislatura porque es posible que ni siquiera se pueda,

por el procedimiento normal, cubrir esa plaza antes de que acabe esta

legislatura por lo que, insiste, el equipo de gobierno del Partido

Popular ha querido dejar todo preparado por si acaso no gobierna en la

siguiente legislatura, forma de funcionar que Izquierda Unida-Los

Verdes no entiende.

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Indica que es curioso que esto se haga ahora cuando parece que

el equipo de gobierno sí tenía previsto hacerlo puesto que, desde hace

años, en el nuevo edificio de la Policía Local existía un despacho para

la persona que ocupara ese puesto y pregunta, si realmente era un

puesto tan importante, por qué no se ha propuesto la modificación de

la plantilla hasta el mes de julio de este año.

Termina su intervención insistiendo en que su grupo no entiende

la urgencia que alega el equipo de gobierno y cree que solo se debe a

que se acaba esta legislatura.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que, según este punto del orden del día, nadie ha interpuesto el recurso

porque en su redacción no se alude al grupo que lo interpuso.

Sigue diciendo que lleva mucho tiempo formando parte de esta

Corporación y ha conocido a tres secretarios generales y multitud de

informes jurídicos, pero nunca ha visto una confusión tan grande,

entre hacer una valoración jurídica y utilizar criterios de oportunidad

política, como la que figura en el informe-propuesta de resolución de

este recurso porque incluso se llega a cuestionar el manejo de los

tiempos y criterios de un grupo de la oposición para descalificar la

utilización de un recurso lo que considera totalmente ajeno a las

funciones de asesoría jurídica del Secretario Municipal, aunque sea

accidental.

Pregunta seguidamente qué ha pasado para que se invoque,

como argumento jurídico o fundamento de derecho, la posición que

mantuvo su grupo en el año 2007. Aclara que ese alto funcionario, que

debe garantizar la fe pública e informar jurídicamente los asuntos

municipales, se ha dedicado a reprender las intervenciones políticas de

la portavoz de un grupo municipal y añade que desconoce en qué ley,

decreto, sentencia o dictamen se fundamenta esa reflexión que, desde

su punto de vista, carece del mínimo rigor.

Manifiesta además que el equipo de gobierno, incapaz de

reconocer que se ha equivocado, siempre utiliza la frase del error

material y pregunta si la aprobación de un asunto que no ha sido

publicado correctamente es un error material o se trata simplemente de

un error y cree que no pasa nada porque el equipo de gobierno

reconozca que se ha equivocado y vuelva a realizar esa publicación.

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Aclara que su grupo cree que existen buenos, honrados, eficaces

e independientes funcionarios que cumplen la ley y asumen la defensa

de la legalidad ante las presiones, más o menos evidentes, del

gobierno al que sirven aunque también cree que hay otros que,

desgraciadamente, confunden la labor administrativa con el

entusiasmo y la cercanía a un concejal, alcalde o equipo de gobierno a

pesar de lo que digan los códigos de conducta.

Recuerda a continuación el caso de un director de servicios

jurídicos de este Ayuntamiento que hacía propuestas al Pleno

indicando que, en las tasaciones que realizaba el Arquitecto

Municipal, se incluía el Impuesto sobre el Valor Añadido lo que no

era jurídicamente correcto y resultaba perjudicial para los intereses

municipales y pregunta a algunos miembros del equipo de gobierno si

recuerdan esos tiempos y les indica que su grupo espera que no quiera

volver a ellos.

Sigue diciendo que ya habrá ocasión de volver a tratar sobre el

fondo de este asunto, pero indica que, en el catálogo de funciones del

nuevo puesto de Director de Seguridad, Movilidad y Protección Civil,

hay elementos de autoridad como la ejecución de las políticas en

materia de seguridad ciudadana, ordenación del tráfico, etc., o la

capacidad para dictar instrucciones a las unidades del servicio.

Manifiesta que su grupo considera totalmente necesario que se

respete al máximo la profesionalidad, el mérito y la capacidad en la

provisión del puesto de Jefe de Servicio de Control Interno y evitar las

tentaciones inherentes a las libres designaciones y además recuerda

que, en su recurso, se citaba el preámbulo de la Ley de

Racionalización y Sostenibilidad de la Administración y el artículo

136.2 del texto consolidado de la Ley de Bases de Régimen Local en

los que se dice que la Intervención general municipal ejercerá sus

funciones con plena autonomía respecto de los órganos y entidades

municipales y cargos directivos cuya gestión fiscalice, teniendo

completo acceso a la contabilidad y a cuantos documentos sean

necesarios para el ejercicio de sus funciones. Aclara que, en lugar de

contestar jurídicamente a esa referencia, se dice que, desde hace

mucho tiempo, hay muchos interinos en este Ayuntamiento y que El

Grupo Centrista no dice nada en ese sentido cuando la realidad es que

ha dicho de todo sobre ello.

A continuación indica que no se ha dado ninguna contestación,

ni se han utilizado argumentos jurídicos para decir que es mejor

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utilizar la libre designación que la de nombramiento de funcionario

interino y añade que, por la misma razón, su grupo podría decir que es

mejor ser capitán general que soldado.

Indica que el recurso que su grupo ha interpuesto consta de

cuatro apartados y en ellos solo vuelve a pedir la nueva publicación de

un acuerdo porque se publicó incompleto y también que el puesto de

control financiero no sea de libre designación de acuerdo con una serie

de textos legales.

Manifiesta que lo más llamativo de todo es que se trate de

descalificar, en un informe jurídico, la opinión de la portavoz de un

grupo de la oposición que considera que no es adecuado ni legal

utilizar una libre designación para cubrir un puesto de control

financiero.

Aclara que el abuso de la interinidad es un problema y entiende

que no se puede decir, como hay muchos interinos, que es mejor que

los puestos sean cubiertos mediante la libre designación y considera

que quizá se esté utilizando en este caso la teoría del mal menor, pero

su grupo considera que no se debe utilizar en el control financiero.

Continúa diciendo que no entiende cómo el equipo de gobierno,

después de los antecedentes que han afectado a este Ayuntamiento, no

comparte el criterio de su grupo de máxima prudencia que además es

exigido por la legislación y añade que lo que más le preocupa es saber

si el Sr. Alcalde está de acuerdo con la contestación que se ha dado a

este recurso, pregunta que hace porque el Alcalde es el máximo

representante de esta institución.

Indica que también le gustaría conocer si el Concejal Delegado

de Recursos Humanos ha leído esa propuesta y si considera correctas

las respuestas que en la misma se dan.

Considera seguidamente que la contestación que se ha dado al

recurso que su grupo ha interpuesto pone de manifiesto varias cosas,

entre ellas que los Secretarios Generales, aunque sean accidentales,

deben pertenecer a los cuerpos de habilitación nacional, que la

Secretaria Accidental ha entrado en política sin ostentar ninguna

representación, que los puestos de control y garantía de la legalidad,

económicos y de seguridad, nunca deben ser cubiertos mediante libre

designación porque no obedecen, en muchos casos, a la función sino a

quien los nombra y cree que la contestación que se ha dado al recurso

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interpuesto por su grupo es una buena prueba de todo lo que se viene

diciendo sobre este asunto.

Continúa diciendo que, por el bien de esta institución, se debe

solventar, con urgencia, el control y garantía de la legalidad porque su

grupo no quiere pensar lo que se dirá o se informará cuando no guste

al equipo de gobierno lo que denuncia cualquier grupo de la

oposición.

Aclara que su grupo, obviamente, solo puede votar a favor de la

estimación del recurso que había planteado contra la aprobación

definitiva de la modificación de la plantilla sin la adecuada

información pública aunque desea hacer constar su enérgico rechazo a

los términos del informe-propuesta de resolución que obra en este

expediente porque nunca había visto tal confusión entre

responsabilidades y se teme que ello haya sido realizado con la

complicidad y consentimiento del equipo de gobierno. Añade que el

equipo de gobierno ha actuado mal si no ha leído el recurso que su

grupo ha interpuesto y la contestación que al mismo se ha dado y, si

lo ha leído y no ha dicho nada, aún es peor.

Termina su intervención diciendo que la contestación en las que

se descalifican sus intervenciones, en las que se alude al año 2007,

etc., podría haberla dado el Concejal Delegado de Recursos Humanos,

pero nunca una Secretaria General en la contestación jurídica a un

recurso e insiste en que, desde el punto de vista de su grupo, no se

puede traer a colación lo que su grupo dijo en el año 2007 porque los

recursos jurídicos se contestan con argumentos jurídicos y lo demás

son cuestiones políticas que nunca deben ser utilizadas por alguien

que debe vigilar la legalidad de este Ayuntamiento.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que el equipo de gobierno ha aceptado parte de las

alegaciones que presentó el Grupo Centrista por entender que se

produjo un error menor de procedimiento en el sentido de que no se

conculcó ninguna garantía de nadie por las razones que se explican en

el informe que figura en este expediente pero, para que no exista

ninguna duda y en aras de la transparencia, se ha decido publicar

nuevamente el acuerdo para que no exista ninguna sospecha sobre la

publicidad del mismo.

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Sigue diciendo que ese error no supone causa de nulidad ni de

anulabilidad de este procedimiento y también entiende que lo que

abunda no daña.

Manifiesta, respecto a la libre designación, que de forma

deliberada se está intentando confundir a los ciudadanos con algo que

es muy fácil de entender y que se lleva aplicando en este

Ayuntamiento desde hace muchos años y, desde el punto de vista del

equipo de gobierno, con buenos resultados.

Aclara que, al contrario de lo que se dice, el equipo de gobierno

considera que el sistema de acceso a la función pública española es un

buen sistema aunque, como todos saben, ese debate está en la calle en

estos momentos y los ciudadanos tienden a tirar contra los políticos,

los bancos y los funcionarios.

Indica, respecto a los funcionarios, que el sistema de acceso vía

oposición es el más garantista de la independencia y de su capacidad

profesional. Aclara que el acceso a la función pública y el

nombramiento de un funcionario en un determinado puesto de trabajo

de una administración, son cosas totalmente distintas y considera que

determinados puestos de trabajo desempeñados por funcionarios son

de dirección y su responsabilidad trasciende de la propia fisonomía de

la plaza a la que han accedido vía oposición. Añade que, en ese

contexto y con esos criterios, cualquier dirección de una

administración pública que, en cualquier país democrático como el

nuestro, está en manos de los elegidos por los ciudadanos, tiene

capacidad para determinar y perfilar el tipo de funcionarios que

necesita en cada momento y de hecho esto está previsto en el Estatuto

Básico de la Función Pública y no ofrece ningún problema a la hora

de garantizar la independencia y la objetividad de los funcionarios.

Aclara que muchos de los argumentos que han utilizado los

grupos de la oposición vendrían a decir, en sentido contrario, que los

funcionarios de la administración pública española están todos bajo

sospecha de parcialidad lo que considera una barbaridad y además

cree que no es cierto.

Insiste en que el poder de dirección y la capacidad de dirección

de las administraciones públicas están en manos de los políticos

elegidos por los ciudadanos y cualquier puesto de dirección de la

administración pública española está regido por los mismos criterios

de dirección que tiene cualquier otra institución pública o privada y

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

por ello los responsables políticos de esa administración tienen

derecho a seleccionar, dentro de unos parámetros y con unas normas

públicas establecidas previamente, a ese tipo de personas porque si se

selecciona a una persona para que lleve a cabo una función concreta,

puede hacerla bien, pero también puede hacerla mal y pregunta quién

tendría la responsabilidad en el caso de que el Jefe de la Policía Local

o el Jefe de Control Interno hicieron mal las cosas. Aclara que siempre

se presupone que esas personas que van a ocupar esos puestos de

dirección tienen una objetividad, una profesionalidad y que van a

actuar conforme a unos parámetros recogidos en la ley y en la

Constitución Española por lo que, reitera, es de difícil comprensión el

argumento que se ha utilizado contra la libre designación porque,

como ha dicho anteriormente, no es coger a un familiar que esté en

paro y sin ninguna preparación y traerlo para que realice funciones de

Intervención en este Ayuntamiento.

Continúa diciendo que es muy fácil, en estos momentos,

confundir la libre designación con “el dedazo” aunque realmente no

tienen nada que ver y de hecho el Jefe de la Policía Local de

Majadahonda no ha sido puesto por el equipo de gobierno sino antes

de que el Partido Popular gobernara en Majadahonda.

Aclara que todos los jefes de servicio de este Ayuntamiento han

sido nombrados mediante el sistema de libre designación y el Grupo

Centrista nunca ha dicho nada sobre ello y reitera que todos esos jefes

de servicio eran ya trabajadores de este Ayuntamiento y los distintos

equipos de gobierno que han pasado por esta Corporación, desde los

años setenta, han ido designándolos según sus aptitudes, capacidades

y medios para actuar y, en los últimos 40 años, por jubilaciones o

fallecimientos algunos han pasado a otra situación, pero no se han

producido grandes cambios en ese sentido y ningún equipo de

gobierno ha realizado ninguna actuación para cambiar a todos los jefes

de servicio sino que se ha actuado de forma contraria porque, como

todos saben, la estabilidad laboral en este Ayuntamiento es ejemplar y

los 25 ó 30 jefes de servicio pueden atestiguarlo.

Manifiesta, respecto al nombramiento del Jefe de la Policía

como Director del Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y

Protección Civil, que ya ha explicado, en muchas ocasiones, que el

equipo de gobierno tiene un determinado criterio acerca de la

necesidad de coordinar tres áreas concretas de este Ayuntamiento

(movilidad, tráfico y seguridad y Protección Civil), criterio que podría

ser acertado o equivocado, pero es el que tiene el equipo de gobierno.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que la política de movilidad que se sigue en este

municipio es razonable e intenta acotar los problemas dentro de una

cierta normalidad y considera que Majadahonda tiene una buena

circulación vial y peatonal y por ello no entiende los motivos por los

que algún grupo de la oposición ha manifestado que es un desastre.

Añade que explicará, en el debate de la moción que se debatirá sobre

este asunto en esta sesión, por qué considera que no es un desastre.

Indica que, desde el punto de vista del equipo de gobierno, cuanto más

implicados estén los temas de seguridad y de movilidad será mucho

mejor.

En cuanto a las cuestiones relativas a la legalidad de los

procedimientos y a la falta de motivación de los mismos, considera

que responden al debate político y que todos los grupos municipales

están en precampaña electoral pero, desde su punto de vista, los

grupos de la oposición no tienen razón y, respecto a la sobrecarga de

trabajo que supone el juntar esas tres áreas en un solo puesto de

trabajo, cree que los funcionarios tienen capacidades para asumir

funciones y, si alguien no puede asumirlas, lo pondrá de manifiesto.

En cuanto al informe-propuesta de resolución de este

expediente, indica al Grupo Centrista que, personalmente, no ha

observado todo lo que ha dicho la portavoz de dicho grupo durante

este debate y solamente ha observado un informe objetivo, claro y

nítido que responde a unas posturas jurídicas y a unos criterios que se

han utilizado en otras ocasiones de forma legítima.

Termina su intervención diciendo a la Portavoz del Grupo

Centrista, de forma personal, que a todos se les debe pedir coherencia

y lo que se ha demostrado en este Ayuntamiento, en muchas

ocasiones, por parte de la oposición, es una absoluta falta de

coherencia según los temas de los que se trate y, sobre todo, según qué

personas y eso es precisamente lo que más le molesta y considera que

esa forma de actuar tiene su precio.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que, en su primera intervención, ha dejado clara la postura de su grupo

aunque la contestación del Concejal Delegado de Recursos Humanos

le obliga a hacer una pequeña puntualización. Aclara que el equipo de

gobierno no le importa tener que volver a presentar al Pleno este

procedimiento y la contestación al recurso interpuesto porque la nueva

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

aprobación inicial y exposición pública que se proponen solo sirven

para que los vecinos que quieran puedan presentar alegaciones porque,

como ha dicho en su anterior intervención, el equipo de gobierno ha

hecho lo que quería puesto que ha nombrado al Jefe de la Policía

Local como Director de Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad

Urbana y Protección Civil, nombramiento que se ha hecho ya

independientemente de que se apruebe la propuesta que se realiza en

este punto o no.

Sigue diciendo que su grupo cree que la libre designación,

regulada o no, es una mala forma porque es, casi siempre, el germen

de una posible inclinación en los nombrados y en sus funciones hacia

el lado que les está nombrando en ese momento lo que, aunque no es

deseable, se produce en algunas ocasiones y entiende que, salvando la

oportunidad, se salva el peligro.

Termina su intervención aclarando que las justificaciones que ha

facilitado el Concejal Delegado de Recursos Humanos no le han

convencido porque, según dicho Concejal, los grupos de la oposición,

en ocasiones, tienen falta de coherencia y cree que el equipo de

gobierno siempre la tiene, pero su grupo considera que siempre la

tiene en el mismo sentido lo que no es bueno.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que, según ha entendido, el Oficial

Jefe de la Policía Local va a seguir desempeñando ese puesto de

trabajo con toda la carga de especial responsabilidad y dedicación que

ello supone y con tantos agentes a su cargo y por ello cree que el

Partido Popular debe tener mucha confianza en esa persona porque, si

no recuerda mal, tenía compatibilidad para el ejercicio de la abogacía,

àra la enseñanza y además que es empresario por lo que cree que debe

ser “superman” porque ahora además va a ser Director y Coordinador

de esas tres áreas.

A continuación pregunta si ese nombramiento es provisional y

solo hasta que cumpla la edad de jubilación que cree que cumple al

año que viene y además, como la dotación presupuestaria del puesto

de Director de Área ascendía a 20.000 euros, pregunta si esa dotación

se va a sumar al salario (complemento específico y de destino) que

actualmente recibe el Oficial Jefe de la Policía Local, aumento de

salario que su grupo no sabe si casa o no con las compatibilidades que

tiene concedidas.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención aclarando que a su grupo le quedan

muchas dudas y seguramente presentará alegaciones cuando esta

modificación de plantilla se someta a información pública.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que, desde el punto de vista de su grupo, en este

asunto hay algo más que un error procedimental que es necesario

solventar en aras a la transparencia y de hecho considera que, cuando

se resolvieron inicialmente las alegaciones y se aprobó

definitivamente esta modificación de plazas, el Sr. Interventor ya

advirtió de otra serie de errores porque informó que, como había

anticipado en el apartado segundo de su informe, la información que

brindan los distintos documentos que forman el expediente no es

idéntica y puede inducir a equívocos y concluía que, a la vista de lo

anterior y teniendo en cuenta que las indefiniciones comentadas

pueden llevar a consecuencias probablemente no deseadas,

recomendaba no aprobar definitivamente ese acuerdo en los términos

establecidos y rectificar el expediente dándole otra vez el oportuno

trámite.

Aclara que esa recomendación se resolvió con un contra-

informe que quería aclarar cuestiones que planteaba el recurso

interpuesto por el Grupo Centrista respecto a una cierta indefensión

por la publicación que se había realizado en el BOCM, por lo que

considera que se han producido diversos errores lo que suele ocurrir

cuando el equipo de gobierno tiene mucha prisa por aprobar algo.

Sigue diciendo que su grupo puede entender que el Concejal

Delegado de Recursos Humanos, por ser un político, acuse de falta de

coherencia a los grupos de la oposición y añade que está de acuerdo

con la Portavoz del Grupo Centrista en que nunca debería ponerlo de

manifiesto una persona que está actuando, en estos momentos, en un

puesto tan importante como es el de Secretaria Accidental y que tiene

como función principal el asesoramiento legal preceptivo.

Termina su intervención insistiendo en que las acusaciones

sobre falta de coherencia deberían quedar siempre dentro del juego

político y, en este caso, la imparcialidad de un puesto tan importante

como es el del Secretario Municipal, debería quedar asegurada y

entiende que ha cometido un grave error en el informe que ha emitido

respecto a este asunto.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que el Concejal Delegado de Recursos Humanos siempre trata de

poner en la boca de los demás lo que éstos no han dicho y añade que a

su grupo le da la sensación de que no ha leído el recurso que ha

interpuesto porque en el mismo se dice que es la ley la que determina

que ese puesto de fiscalización no debe ser cubierto mediante libre

designación y de hecho, en su intervención anterior, ha leído el

artículo de la ley que lo determina y también lo hizo constar en el

recurso que interpuso porque, reitera, la ley determina que los puestos

de control financiero no deben ser ocupados mediante libre

designación.

Sigue diciendo que un funcionario que tiene que controlar, por

ejemplo, al Concejal Delegado de Recursos Humanos, no puede ser

nombrado directamente por dicho Concejal y por ello está claro que

no puede utilizarse la libre designación con el control financiero y cree

que, en estos momentos, el equipo de gobierno debería ser el más

interesado en que sea así.

Aclara que su grupo no ha tenido, en otros casos, ningún

problema en que se cubrieran determinados puestos de dirección

mediante libre designación porque desea dejar claro que su grupo no

está, en general, en contra de dicho sistema aunque sí lo está en el

caso de determinados puestos de trabajo con funciones de control y

reitera que el equipo de gobierno también debería estar en ese caso en

contra de dicho sistema. Añade que a su grupo incluso le parece bueno

que los puestos que desarrollan funciones de dirección sean de libre

designación como ocurre, por ejemplo, con el Director de Recursos

Humanos porque pone en marcha la política de personal que decide

llevar a cabo un equipo de gobierno y, cuando otro equipo distinto

forme parte de este Ayuntamiento, sería normal que tuviera otro

concepto sobre esa política de personal y quisiera realizar otro

nombramiento porque, como todos saben, las personas que ocupan

puestos de libre designación pueden ser nombrados y cesados cuando

se quiera y precisamente por ese motivo su grupo no desea que un

puesto que debe llevar el control financiero de este Ayuntamiento, sea

ocupado mediante una libre designación y esté al albur de que alguien

pueda tener la tentación de quitarlo porque no guste lo que hace a

quien le ha nombrado.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continúa diciendo al Concejal Delegado de Recursos Humanos

que un funcionario es responsable de todo lo que hace y si un

funcionario de habilitación nacional, por ejemplo, el Interventor

Municipal hace una falcatruada, el Interventor será el responsable de

ello por lo que está claro que ese funcionario cuidará mucho no

equivocarse.

Indica además que el Concejal Delegado de Recursos Humanos

ha expuesto anteriormente que los funcionarios tienen que actuar

sobre unos determinados parámetros y por ello le pregunta si el

informe-propuesta de resolución, que se ha emitido en este

expediente, responde a los parámetros establecidos para la legalidad

de un ayuntamiento. Aclara que el Grupo Centrista cree que no es así

porque no ha contestado a la alegación sobre los términos jurídicos

que su grupo puso encima de la mesa y se limitó a recoger algunas

intervenciones que su grupo había realizado. Pregunta seguidamente

al Concejal Delegado de Recursos Humanos qué hubiera dicho si se

hubieran recogido, en un informe jurídico, intervenciones suyas

realizadas hace 7 años y añade que su grupo puede imaginar,

conociéndole, lo que hubiera dicho en ese caso.

Recuerda que, como ha dicho anteriormente, ella forma parte de

esta Corporación desde hace muchos años y de hecho ha conocido a

tres Secretarios Generales distintos y, en ningún momento, ha visto

que se haga, en un informe jurídico, una valoración sobre

manifestaciones de los representantes de los ciudadanos y por ello le

ha sorprendido lo que se ha hecho en este caso y aún más le ha

sorprendido que el Concejal Delegado de Recursos Humanos no se

haya sorprendido también y además, como ha pedido anteriormente,

su grupo desearía conocer la opinión del Sr. Alcalde a este respecto.

Termina su intervención diciendo que su grupo espera que no

vuelva a suceder lo del año 2004 porque, como recordará también el

Sr. Alcalde, algún jefe de los servicios jurídicos ponía una cruz a

cualquier funcionario que hablara con ella y espera que, desde la parte

jurídica que es la que tiene garantizar la legalidad, no se cuestionen las

manifestaciones que han hecho los corporativos de este Ayuntamiento

porque considera muy grave esa forma de actuar y espera que el

equipo de gobierno busque la solución para que ese tipo de cuestiones

no se vuelvan a repetir y se cuente, cuanto antes, con un Secretario

que sea funcionario de habilitación nacional y no se produzcan libres

designaciones porque, como ha quedado demostrado, conllevan cosas

que no deberían producirse.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente indica a la Portavoz del Grupo Centrista, que

lleva 20 años aproximadamente formando parte de este Ayuntamiento

y 10 de ellos ha ejercicio el cargo de Alcalde y por ello puede decir

que nunca, en la historia de este Ayuntamiento, se ha puesto en

cuestión, y menos públicamente, un informe emitido por un

funcionario de habilitación nacional.

Aclara que, cuando se forma parte de un equipo de gobierno, los

informes que se reciben son mucho más críticos que al que se están

refiriendo en estos momentos e incluso pueden impedir hacer algo que

el equipo de gobierno deseaba y, a pesar de ello, nunca se le ha

ocurrido criticar un informe jurídico y siempre ha respetado lo que en

el mismo se determinaba aunque no le gustara, lo que ha ocurrido en

muchas ocasiones.

Sigue diciendo que, al menos desde que él es Alcalde, nunca se

ha hecho ninguna actuación si el informe de Intervención o el de

Secretaría General eran desfavorables a pesar de que no estaba de

acuerdo con lo que se determinaba en muchos de esos informes e

incluso contaba, en algunos casos, con informes externos que los

cuestionaban seriamente pero, aún así, no se realizaba ninguna

actuación en esos casos.

Termina su intervención aclarando que no le han parecido bien

las manifestaciones de la Portavoz del Grupo Centrista y tampoco está

de acuerdo con la virulencia con la que las ha hecho y desea dejar

claro que él, como Alcalde, jamás ha valorado ni valorará la idoneidad

o no de un informe de económico o jurídico.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que todos los jefes de servicio de este Ayuntamiento

han sido nombrados mediante libre designación y no hay ningún

criterio para seleccionar ese personal, ni político, ni ideológico, ni de

ningún otro tipo que no esté regulado por la normativa y, si los grupos

de la oposición tienen que hacer alguna crítica al respecto, deberían

hacerla.

A continuación considera conveniente que los grupos de la

oposición hagan pública la alternativa que proponen porque nunca lo

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

han hecho y cree que actúan de esa forma porque es posible que no

tengan esa alternativa o porque no se atreven a plantearla porque este

Ayuntamiento, desde hace años, está llevando a cabo una ejemplar

política de personal que podría, desde su punto de vista, ser imitada en

muchas otras administraciones públicas españolas, muchas de ellas

gobernadas por algunos partidos cuyos representantes están criticando

aquí lo que hace el equipo de gobierno.

Reitera que, desde hace muchos años en los que incluye a los

antiguos gestores Socialistas y Centristas de este Ayuntamiento, se

está llevando a cabo una política de personal en este Ayuntamiento

ejemplar y por ello no entiende por qué se está produciendo ahora este

“escandalillo de salón” por un asunto que cree que no interesa a los

ciudadanos.

Manifiesta a continuación, respecto al Oficial Jefe de la Policía

Local, que las obsesiones siempre son malas y no sabe por qué se está

produciendo el nivel de ataque a que algunos grupos municipales

están sometiendo a este funcionario aunque podría ser que se debiera a

la existencia de algún interés, no muy público, respecto a

determinadas conversaciones con determinados sindicatos y desea

dejar claro que las conversaciones que, como Concejal Delegado de

Recursos Humanos, mantiene con los sindicatos constan en actas que

están a disposición de cualquiera que quiera examinarlas. Aclara que

desconoce las conversaciones que otros tienen con los sindicatos y no

sabe qué es lo que se pacta en las mismas y tampoco sabe lo que eso

está suponiendo para este municipio, explicaciones que pide en este

momento.

Termina su intervención diciendo que la coherencia siempre es

buena y es fundamental en la política de personal porque, además de

que todos los ciudadanos son testigos de las políticas que lleva a cabo

el equipo de gobierno, hay 540 trabajadores que esperan coherencia.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por dieciséis

(16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular

y Centrista, tres (3) votos en contra correspondientes a Unión,

Progreso y Democracia y seis (6) abstenciones correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes,

ACUERDA:

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Primero.- Estimar parcialmente el recurso de reposición presentado

por Dª. Mercedes Pedreira de Vivero, transformando la aprobación

definitiva adoptada en la sesión plenaria de fecha 24 de septiembre de

2014 en aprobación inicial, al objeto de dar cumplimiento al trámite

de exposición pública presuntamente inhabilitado.

Segundo.- Desestimar los restantes motivos de reposición planteados

por Dª. Mercedes Pedreira de Vivero.

En consecuencia, una vez aprobada inicialmente esta

modificación de plantilla, las plazas afectadas por la misma quedan de

la siguiente forma:

Director del Área de Seguridad Ciudadana, Movilidad Urbana y

Protección Civil, subgrupo A1, tendrá asignado un nivel de

Complemento de Destino de 11.625 € y un Complemento

Específico de 31.679,52 € anuales (doce mensualidades sin

inclusión de pagas extraordinarias).

Régimen: Funcionario/Laboral

Forma de provisión: Libre Designación.

Requisitos: Funcionarios de la Escala de Administración

General o Especial. Subescala Técnica Superior.

Tendrá asignadas, bajo la supervisión y superior dirección,

por delegación de la Alcaldía-Presidencia, de la Concejalía que

en cada momento ostente las atribuciones en materia de

Seguridad Ciudadana, Movilidad y Protección Civil, las

siguientes funciones:

Coordinación de los Servicios a su cargo.

Dirección técnica y gestión de los servicios adscritos al

Área.

Emisión de los informe técnicos previstos con carácter

preceptivo en la legislación.

Ejecución de las políticas públicas locales en materia de

Seguridad Ciudadana, Ordenación del Tráfico y

Estacionamiento, Movilidad Urbana y Protección Civil.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Jefatura de los Recursos Humanos de su Área, sin

perjuicio de la superior dirección por parte del Concejal

Delegado de Recursos Humanos y del Director de

Recursos Humanos, y la jefatura de personal por parte del

Alcalde.

Capacidad para dictar instrucciones sobre las unidades

englobadas en el servicio, en los términos del artículo 21

LRJAPC.

Asesoramiento Técnico al Concejal responsable de

Servicio adscrito a la Dirección.

Y cualquier otra que le encomiende el Concejal

responsable.

De esta Dirección de Área dependerá jerárquicamente el

personal que figura en los siguientes programas presupuestarios

de la plantilla presupuestaria:

Administración General de la Seguridad

Seguridad y orden público

Ordenación del tráfico y estacionamiento

Movilidad Urbana

Protección Civil

Jefe de Servicio de Control Interno, subgrupo A1 nivel 28, que

mantiene la plaza de Técnico de Control Interno a él asociada.

Tendrá asignado un Complemento de Destino de 9.989 € y un

Complemento Específico de 25.694 € (doce mensualidades sin

inclusión de pagas extraordinarias).

Régimen: Funcionario/Laboral

Forma de provisión: Libre Designación.

Requisitos: Funcionarios de la Escala de Administración

General o Especial. Subescala Técnica Superior.

Tendrá asignadas, bajo la supervisión de la Intervención

Municipal y superior dirección, por delegación de la Alcaldía-

Presidencia, de la Concejalía que en cada momento ostente las

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

atribuciones en materia de Economía y Hacienda, las siguientes

funciones:

Coordinación de los Servicios a su cargo bajo la

supervisión del Interventor Municipal.

Jefatura de los Recursos Humanos de su Servicio, sin

perjuicio de la superior dirección por parte del Concejal

Delegado de Recursos Humanos, del Director de Recursos

Humanos, del Interventor y de la superior jefatura de

personal por parte del Alcalde.

La propuesta de fiscalización previa de todo acto,

documento o expediente que dé lugar al reconocimiento de

derechos y obligaciones de contenido económico o que

puedan tener repercusión financiera o patrimonial.

La propuesta de intervención formal de la ordenación del

pago y de su realización material.

La propuesta de intervención de los ingresos y

fiscalización de todos los actos de gestión tributaria, con la

amplitud establecida en las Bases de Ejecución del

Presupuesto.

La propuesta de emisión, en su caso, de reparos, con los

efectos determinados en la normativa vigente.

Seguimiento de la ejecución del Presupuesto, control del

grado de ejecución de los distintos programas

presupuestarios y confección de la información periódica

requerida por la normativa.

La propuesta de informes, dictámenes en materia

económico-financiera o presupuestaria, que se

encomienden.

Ejercer la Intervención con carácter accidental en caso de

ausencia del Interventor titular.

Capacidad de dictar actos administrativos sobre las

unidades englobadas en el servicio, en los términos del

artículo 21 LRJPAC.

Asesoramiento Técnico al Concejal responsable del

Servicio al que está adscrito la Jefatura y al Interventor

Municipal.

Y cualquier otra que le encomiende el Concejal

responsable

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN

CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 46.2.E) DE LA LEY

7/85, DE 2 DE ABRIL

8.(185/14) DAR CUENTA de los Decretos y Resoluciones dictados

por la Alcaldía y Concejales Delegados del núm.

1822/14 al 2052/14, ambos inclusive.

La Secretaria General Accidental da cuenta del expediente

integrado por fotocopia del Libro de Decretos y Resoluciones dictados

por la Alcaldía y Concejales Delegados núms. 1822/14 al 2052/14,

ambos inclusive. Todo ello al efecto de dar cumplimiento a lo

dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y

consiguientemente ser conocidos por todos los miembros de la

Corporación.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los

Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales

Delegados del núm. 1822/14 al 2052/14, ambos inclusive.

9.(186/14) DAR CUENTA de los acuerdos adoptados por la Junta

de Gobierno Local en las sesiones celebradas en los

días 6, 13, 20 y 27 de octubre de 2014.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los

acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en las sesiones

celebradas los días 6, 13, 20 y 27 de octubre de 2014.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

10. PROPOSICIONES NO URGENTES O MOCIONES

ORDINARIAS:

10.1(187/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes para que se

realice una campaña de información sobre

el derecho al voto de ciudadanos residentes

extranjeros (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el grupo municipal

Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido entrada en el

Registro General el 19 de noviembre de 2014, nº 18179, cuyo texto es

el siguiente:

“En el próximo mes de mayo de 2015 se celebrarán en toda España

las elecciones municipales. En esta ocasión y por segunda vez, tienen

derecho al sufragio activo en las elecciones municipales los

residentes extranjeros, cuyos respectivos países hayan firmado

acuerdos de reciprocidad mediante los cuales se permita el voto a los

españoles en dichas elecciones, además de los ciudadanos de los

países miembros de la Unión Europea. Estos países son Bolivia, Cabo

Verde, Colombia, Corea, Chile, Ecuador, Islandia, Noruega,

Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago y Nueva Zelanda. También podrá

ser solicitado por los nacionales de otros países con los que se

establezcan acuerdos que entren en vigor antes de la fecha límite de

la presentación de las solicitudes establecida en la Orden

ECC/1758/2014.

Los requisitos más reseñables para poder ejercer uno de los derechos

políticos más importantes que tiene la ciudadanía son: ser mayor de

edad, tener la residencia legal en España desde al menos cinco años,

estar empadronados en el municipio o estar en posesión de la

autorización de residencia en España. Además, para poder ejercer el

derecho al voto, es indispensable estar inscrito en el censo electoral.

El plazo para inscribirse es desde el 1 de diciembre hasta el 15 de

enero de 2015 en los ayuntamientos donde estén empadronados. En el

caso de los ciudadanos de la UE deberán manifestar la voluntad de

ejercer el derecho al voto antes del 30 de diciembre de 2014.

Esta realidad política puede tener incidencia en Majadahonda puesto

que, según datos censales, hay 2.851 ciudadanos de países con

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

convenio mayores de edad empadronados en el municipio (aunque es

posible que no todos cumplan los requisitos). Además, hay censados

2.263 ciudadanos de la UE mayores de edad.

A pesar de que la Oficina del Censo Electoral remitirá una

comunicación a todos los ciudadanos extranjeros que cumplen los

requisitos, entendemos que sigue existiendo una situación de

desconocimiento generalizado del colectivo de inmigrantes sobre su

derecho a ejercer el voto en las elecciones municipales.

Consideramos imprescindible que el Ayuntamiento de Majadahonda

informe a estos colectivos de sus derechos y deberes, dando

cumplimiento a la Orden EHA/2264/2010 que indica “Los

Ayuntamientos darán publicidad, mediante bandos o cualquier otra forma

de difusión que se estime conveniente (…)”.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes,

presenta para su aprobación por el Pleno, la siguiente

MOCIÓN

Que el Ayuntamiento de Majadahonda desarrolle un plan de difusión

institucional para la promoción de la inscripción en el censo electoral

de los ciudadanos/as de otras nacionalidades, para que ejerzan con

total libertad su derecho al voto en las próximas elecciones

municipales, ya que los plazos son muy limitados.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 20 de noviembre de 2014,

favorable.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, da lectura a la Moción que su grupo ha

presentado.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su grupo no conoce si se ha realizado un estudio para

conocer el porcentaje real del número de ciudadanos extranjeros que

votan y reconoce que puede existir desconocimiento por lo que su

grupo está totalmente de acuerdo en informar a los ciudadanos de que

pueden ejercer su derecho al voto.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Concejal del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que la base de datos para

conformar el censo electoral de ciudadanos residentes es el Padrón

Municipal donde están inscritos y por ello su grupo cree que este

Ayuntamiento debe informar de su derecho al voto a los extranjeros

residentes en nuestro municipio que sean nacionales de la Unión

Europea o de países con acuerdos de reconocimiento de derecho de

sufragio en las elecciones municipales.

Sigue diciendo que, como se indica en esta Moción y según la

información que figura en la página web del Instituto Nacional de

Estadística, la Oficina Electoral tiene previsto remitir, hasta finales de

este mes, una comunicación personalizada a los ciudadanos de los

países que reúnan los requisitos establecidos en los convenios. Aclara

que esa comunicación no se realizó en las elecciones del año 2011 lo

que creó una gran confusión y muchos ciudadanos que reunían las

condiciones para ejercer su derecho al voto, no lo hicieron por falta de

información.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos

expuestos, su grupo considera necesaria la máxima difusión para que

ciudadanos de otros países, vecinos de Majadahonda, y que reúnan las

condiciones de reciprocidad, puedan participar en el proceso electoral

que se celebrará en 2015 y por ello Unión, Progreso y Democracia va

a votar a favor de esta Moción.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, aclara que su grupo también va a votar a favor de esta Moción

por considerar que si esos ciudadanos cumplen los requisitos y tienen

deberes, también deben tener derechos.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que el equipo de gobierno se encuentra en una

situación complicada porque una cosa es realizar un plan de

información institucional y otra distinta llevarlo a cabo, ejecutarlo,

presupuestarlo, gastar el dinero y justificarlo.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno comparte el espíritu

general de que es necesario fomentar el ejercicio del derecho al voto,

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Pleno ordinario 26-11-2014

120

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pero el artículo al que se alude en esta Moción dice algo más y es que

los ayuntamientos darán publicidad, mediante bandos o cualquier otra

forma de difusión que se estime conveniente, del procedimiento para

la presentación de las solicitudes por parte de los interesados teniendo

en cuenta las actuaciones que realiza la Oficina del Censo Electoral y

por ello, el equipo de gobierno entiende que la labor administrativa de

este Ayuntamiento debe ser realizada con absoluto rigor para facilitar

que esas personas puedan inscribirse y ejercer su derecho al voto, pero

no está de acuerdo, teniendo en cuenta las funciones que debe realizar

un ayuntamiento, en realizar una campaña institucional para

fomentarlo porque se trata de cuestiones políticas puesto que se podría

plantear por qué se hace esa campaña para unos determinados

colectivos y no para otros.

Termina su intervención indicando que, teniendo en cuenta el

ambiente que existe en la actualidad fomentado por algunos grupos

políticos, si se hiciera esa campaña se podría acusar al Partido Popular

de parcialidad y además recuerda, como ha dicho anteriormente, que

el papel de este Ayuntamiento no es realizar una campaña

institucional porque esa campaña, en este caso, debe ser realizada por

el Estado y este Ayuntamiento hará lo que el Estado marca en ese

sentido tal y como figura en la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, indica que lo que se pide en esta Moción no es

para la votación sino para que se facilite información para la

inscripción de aquellos ciudadanos extranjeros que no estén censados

o inscritos.

Sigue diciendo que la campaña de información que deba realizar

este Ayuntamiento no se debería limitar únicamente a la página web

municipal sino que debería hacerse en todos los medios de

comunicación que tenemos disponibles.

Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, cuando al

equipo de gobierno le interesa que los vecinos tengan conocimiento de

algún evento al que ha asistido el Sr. Alcalde como, por ejemplo, la

inauguración de un comercio, la fiesta de la bandera, etc., despliega

todos los medios comunicación sin tener en cuenta el gasto económico

que ello supone.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Manifiesta que su grupo cree que la posibilidad de que nuestros

vecinos, independientemente de su nacionalidad, ejerzan su derecho al

voto merece el mayor de los esfuerzos y adelanta que Izquierda

Unida-Los Verdes va a hacer esa campaña de información porque no

todo el mundo tiene acceso a internet y además, en los actuales

tiempos de crisis, no todos pueden permitirse el lujo de contratar

internet.

Termina su intervención diciendo que entiende que este

Ayuntamiento debería realizar un mayor esfuerzo para promocionar la

inscripción en el censo electoral, no para el voto, de los ciudadanos de

otras nacionalidades para que ejerzan su derecho al voto en las

próximas elecciones municipales.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Unión, Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-los Verdes y Centrista.

10.2(188/14) Moción presentada por el Grupo Municipal Unión

Progreso y Democracia para la constitución de una

comisión informativa especial para la revisión de

los contratos firmados con empresas relacionadas

con la Operación Púnica (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha tenido entrada

en el Registro General el 19 de noviembre de 2014, nº 18204, cuyo

texto es el siguiente:

“Al amparo de los artículos 123 y siguientes del Real Decreto

2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento

de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales, así como del artículo 37 del Reglamento Orgánico

del Ayuntamiento de Majadahonda, el grupo municipal de Unión

Progreso y Democracia solicita la constitución de una comisión

especial informativa para la revisión de los contratos firmados entre

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

este Ayuntamiento y empresas relacionadas con la “Operación

Púnica”.

En concreto, y según nos consta, este Ayuntamiento tiene

contratos menores con EICO REPUTACION MANAGEMENT S.L.,

INDRA SISTEMAS S.A., WAITER MUSIC S.L., SARANAIS S.L.,

MADIVA EDITORIAL Y PUBLICIDAD S.L. y se adjudicó la

contratación de los servicios de alojamiento y mantenimiento y bolsa

de horas del portal corporativo a EICO ONLINE REPUTACION

MANAGEMENT S.L.

ACUERDO

1. Crear una comisión informativa especial para la revisión de

todos los contratos suscritos entre el Ayuntamiento y las empresas

citadas anteriormente con el objetivo de encontrar, gracias a la

información que hoy conocemos por la investigación llegada a cabo

por la Guardia Civil, anomalías que fuesen en contra de los intereses

generales de los vecinos de Majadahonda o del propio consistorio.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 20 de noviembre de 2014,

favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, da lectura a esta Moción que ha

presentado su grupo.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo no ha detectado lo que ha puesto de manifiesto Unión,

Progreso y Democracia, pero está de acuerdo con averiguar lo que ha

ocurrido con distintas empresas, algunas de las cuales están presentes

en los medios de comunicación por temas relacionados con la

corrupción y por ello va a votar a favor de que se cree una comisión

informativa especial para averiguar lo que ha ocurrido en este

Ayuntamiento con relación a las empresas que figuran en esta

Moción.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, manifiesta que a su grupo también le parece interesante

crear la comisión que se solicita en esta Moción porque, aunque

parece que las cuantías de los contratos son escasas, considera

importante conocer los términos de los que se han suscrito con estas

empresas precisamente porque, al ser contratos menores, se han

suscrito sin publicidad y sin concurso y por ello también considera

interesante la creación de una comisión para analizar si se han podido

producir sobrecostes, si los servicios se han prestado en correctas

condiciones, si eran útiles o no los servicios que han prestado y, en

definitiva, considera interesante adoptar cualquier medida encaminada

a intentar limpiar un poco, si fuera necesario, el nombre de

Majadahonda porque nuestros vecinos no se merecen que, cada vez

que aparece una pequeña o gran trama relacionada con la corrupción,

el nombre de nuestro municipio siempre aparezca relacionado.

Termina su intervención aclarando que el objetivo de todos

debe ser intentar limpiar al máximo el nombre de Majadahonda.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón,

indica que su grupo también opina de forma parecida a los portavoces

de grupos que le han porque hemos vivido, en el pasado de este

municipio y de este Ayuntamiento, esas pequeñas o grandes tramas

por lo que está de acuerdo en la creación de una comisión que evalúe,

con transparencia, los contratos que una empresa o grupo de empresas,

que están presentes en los medios de comunicación por tramas

corruptas, porque va a demostrar que tenemos una política de

transparencia que es lo que precisamente piden, no solo los grupos

políticos, sino también los ciudadanos.

El Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Caballero, indica

que en el texto de esta Moción ha faltado algo que ahora va a proponer

el equipo de gobierno del Partido Popular y es que esa comisión que

figura en esta Moción sea presidida por un representante de los grupos

de la oposición.

Sigue diciendo que desea dejar claro, en relación a la petición de

creación de una comisión especial para vigilar los contratos suscritos

con las empresas que figuran en esta Moción, que el equipo de

gobierno no tiene ningún interés en ocultar nada pero, como todos

saben, en este Ayuntamiento creó una comisión informativa especial

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

para vigilancia de los contratos que es presidida por un miembro de la

oposición que actúa, en su calidad de Presidente, con absoluta libertad

a la hora de establecer el orden del día de todas sus sesiones, comisión

que es la que más se reúne ya que lo hace dos veces al mes en lugar

de una que es la periodicidad con la que se celebran las demás

comisiones informativas. Insiste en que el equipo de gobierno

considera lógica esa sede porque dicha Comisión se creó en este

Ayuntamiento para ese fin y en ella se pueden estudiar, en

profundidad, todas las cuestiones que se solicitan en esta Moción.

Indica, para salvaguardar el nombre de Majadahonda, objetivo

que el Partido Popular persigue porque también le preocupa que

aparezca demasiado en los medios de comunicación y, aunque está

convencido de que no hay nada detrás, que sería necesario que desde

este Ayuntamiento no se contribuya a airearlo aún más con motivo de

la investigación que se va a realizar a estas empresas y por ello estima

conveniente no crear la comisión que se solicita sino incluir este

asunto en los órganos de transparencia de los contratos de los que ya

se ha dotado este Ayuntamiento.

Aclara que el equipo de gobierno está convencido de que los

grupos de la oposición no tendrán ninguna queja en ese sentido porque

todos los contratos se revisan en esa Comisión de Vigilancia de la

Contratación y una prueba de ello es esta propia Moción porque en la

misma se deja claro que los grupos de la oposición han recibido

información sobre los contratos o facturas de esas empresas,

información que han obtenido porque la ha facilitado, como no podía

ser de otra manera, el equipo de gobierno.

Termina su intervención proponiendo, para que todos los grupos

políticos que integran esta Corporación voten a favor, y con el

beneplácito de su Presidente, que la revisión de los contratos que se

solicita en esta Moción sea incluido en el orden del día de la Comisión

Especial de Vigilancia de la Contratación lo que supondría dar la

normalidad que tiene que tener este asunto.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, explica que su grupo pretendía la

realización de una comisión monográfica que durara los días que se

consideraran necesarios y a la que pedirían que asistieran los

concejales responsables de esos contratos para facilitar más

explicaciones de las que han facilitado.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que su grupo viene preguntando, desde el año

2012, a la Concejal de Comunicación por una de esas empresas y las

respuestas que ha dado dejan mucho que desear y por ello le gustaría

que las respuestas que diera fueran exhaustivas.

Aclara que la Concejal Delegada de Comunicación no es

miembro de la Comisión de Vigilancia de Contratación y por ello su

grupo desea la creación de una comisión que celebre todas las

sesiones que sean necesarias porque estudiar este asunto en la

Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación va a retrasar

mucho el trabajo de la misma porque, como todos saben, son muchos

los contratos que debe revisar.

Termina su intervención insistiendo en que su grupo considera

necesario que esa comisión sea distinta a la de Vigilancia de la

Contratación y se encargue solo de revisar los contratos de las

empresas que figuran en esta Moción lo que quizá pueda hacerse en

una sesión aunque también es posible que se necesiten más.

El Sr. Presidente indica a la Portavoz de Unión, Progreso y

Democracia, que ese punto se puede incluir en el orden del día de las

sesiones de la Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación

todas las veces que se consideren necesarias y dedicar a este tema todo

el tiempo que sea necesario.

Termina su intervención diciendo que, como se pide la creación

de una comisión informativa, lo lógico es que sea la Comisión

Especial de Vigilancia de la Contratación.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, insiste en que no considera que este

asunto deba ser incluido, como un tema más, en la Comisión Especial

de Vigilancia de la Contratación.

El Sr. Presidente adelanta que el equipo de gobierno planteará

este asunto en esa Comisión Especial y se convocará a todas las

personas que se consideren necesarias y se celebrarán todas las

reuniones que hagan falta.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia pide que el Sr. Alcalde confirme que el equipo de

gobierno va a votar en contra de esta Moción para hacer lo que quiere.

El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno va a votar a

favor siempre que Unión, Progreso y Democracia acepte que este

asunto se incluya en la Comisión Especial de Vigilancia de la

Contratación.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que su grupo, en aras de la buena

voluntad, acepta que se plantee en la Comisión de Vigilancia de la

Contratación aunque pide que estén presentes en la misma los

concejales responsables de esos contratos y que sean ellos los que

aporten toda la información que se solicite.

El Sr. Presidente recuerda que esa Comisión Especial es

presidida por un miembro de la oposición.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que al Presidente de dicha

Comisión le gustaría que se le facilitara toda la información que pide.

El Sr. Presidente aclara que la relación de este Ayuntamiento

con esas empresas se limita a unas cinco facturas con escasa cuantía.

La Portavoz de Unión, Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

aclara que se trata de 15 facturas que tienen unos importes de 8.260 €,

9.440 €, 2.9250 €, 3.540 €, 21.767 €, 9.680 €, 2.891 €, 2.891 €, 2.900

€, etc. por lo que está claro que su total no es de unos 8.000 euros.

El Sr. Presidente indica que, cuando se habla de corrupción, las

cantidades que se manejan son de millones de euros.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz de Unión, Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

indica que corrupción es llevarse algo que no es de uno aunque se

trate solamente de 1 €.

El Sr. Presidente reitera que el equipo de gobierno va a votar a

favor de esta Moción porque Unión, Progreso y Democracia ha

aceptado incluir el asunto que se plantea en esta Moción en la

Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista y Presidente de

la Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación, Sr. del Río,

indica que, como se va a aprobar que se realicen sesiones

monográficas sobre este tema, deberá ponerse en contacto con el

concejal responsable de cada uno de los contratos que se vayan a

tratar en cada una de las sesiones que se celebren.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA incluir en el orden del día de las sesiones de

la Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación que se

consideren necesarias, la revisión de todos los contratos suscritos entre

este Ayuntamiento y las empresas que se citan en esta Moción con el

objetivo de encontrar, gracias a la información que hoy conocemos

por la investigación llegada a cabo por la Guardia Civil, anomalías

que fuesen en contra de los intereses generales de los vecinos de

Majadahonda o del propio consistorio y que en esas reuniones estén

presentes los concejales delegados responsables de los contratos que

se vayan a tratar.

10.3(189/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia para el

control de los plazos de caducidad de los

contratos y para que los nuevos contratos a

celebrar estén en plazo (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

tenido entrada en el Registro General el 19 de noviembre de 2014,

número 18205, cuyo texto es el siguiente:

“A lo largo de la legislatura hemos detectado un déficit en la gestión

y seguimiento de los contratos firmados por el Ayuntamiento que

obedecen a una falta notoria de planificación. En concreto, hemos

detectado dos procedimientos que sería conveniente evitar.

Por un lado, viene siendo una práctica común la prórroga

extracontractual de contratos, con la que UPyD no está de acuerdo, a

través de la figura del reconocimiento deuda. Figura que, en palabras

de la Instrucción 2/2012, de 12 de marzo, de la Interventora General

y de la Directora de la Abogacía sobre la tramitación a seguir en los

supuestos de reconocimiento extrajudicial de créditos derivados de la

contratación, “pese a que el reconocimiento extrajudicial es una

figura excepcional que debería utilizarse en casos muy concretos para

dar solución a aspectos muy puntuales, creemos que se utiliza en

demasiados casos como un medio elusivo para el incumplimiento de

la normativa de contratación, como una solución procedimental que

todo lo arregla”.

Por otro lado, la prórroga forzada por falta de planificación de

algunos contratos, como el de mantenimiento de la ciudad, hace que

el Ayuntamiento siga teniendo relación con empresas con las que no

desea continuar o que han prestado un servicio muy deficiente al

consistorio.

En base a lo anterior, y para evitar estos casos, en la medida de lo

posible, presentamos el siguiente

ACUERDO

1. Que de forma trimestral se presente en la comisión de

Vigilancia de la Contratación los contratos que concluyan en

los próximos doce meses, para que, si se quiere continuar con el

servicio, se planifique la fecha de elaboración de los nuevos

pliegos, la fecha prevista de inicio del concurso, la fecha

prevista de inicio del nuevo contratista, así como una indicación

del estado en el que se encuentra el procedimiento de

contratación.”

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 20 de noviembre de 2014,

favorable.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo presenta al Pleno esta

Moción que pretende solucionar lo que considera un problema porque

ha detectado que existe un déficit en la gestión y en el seguimiento de

los contratos firmados por este Ayuntamiento y que, desde el punto de

vista de su grupo, responde a una falta clara de planificación.

Aclara que esta propuesta que realiza pretende reducir, con el

objetivo de eliminar, la prórroga extracontractual de contratos a través

de reconocimientos de deuda (un contrato se termina, no se ha seguido

el reglamentario procedimiento para adjudicar a la nueva empresa y se

sigue pagando a la antigua a través de reconocimientos de deuda),

forma de actuar que, aunque es legal, su grupo considera que, cuando

se abusa de ese sistema, se utiliza como un medio para eludir la

normativa de contratación y por ello pretende reducirlo hasta que sea

eliminado.

Sigue diciendo que, la prórroga de contratos, permite que este

Ayuntamiento siga teniendo relación con empresas con las que no

quiere tenerla como ha ocurrido, por ejemplo, con el contrato de

mantenimiento integral de la ciudad. Aclara que su grupo no quiere

que se siga trabajando con la empresa adjudicataria de ese contrato y

eso mismo lo ha indicado también el Partido Popular y considera que,

por esa mala planificación, se hace necesario seguir trabajando con

esas empresas que no se quiere que continúen prestando sus servicios

o porque los servicios que han prestado son muy deficientes y por ello

considera necesario buscar una forma para intentar evitar que eso

suceda.

Manifiesta que lo que su grupo propone en esta Moción supone

dar un mayor trabajo a la Comisión Especial de Vigilancia de la

Contratación y parece que esta comisión, presidida por un miembro de

la oposición, va a ser la que más iniciativas y trabajo vaya a tener y

considera que eso mismo sucede en las sesiones plenarias porque

también es la oposición la que tira del carro de la actividad.

Continúa diciendo que lo que se pretende es que, de forma

trimestral, se presenten a la Comisión de Vigilancia de la Contratación

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

todos aquellos contratos que vayan a concluir en los próximos doce

meses para que, en el caso de que la concejalía responsable de esos

servicios quiera continuar prestándolos, se planifiquen algunas

cuestiones como puede ser la fecha de inicio de la elaboración de los

nuevos pliegos de condiciones, la fecha prevista para el inicio del

concurso, la fecha en que se quiere que el nuevo contratista inicie los

trabajos y la indicación del estado en que se encuentra el

procedimiento para ese nuevo contrato o, lo que es lo mismo, realizar

un calendario con los contratos que van a vencer y conocer la

situación en que se encuentran para que ninguno se quede retrasado.

Termina su intervención aclarando que la medida que se

propone no es novedosa ni extraordinaria, pero su grupo la plantea

porque considera que los retrasos se producen porque ese calendario

no existe.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que este tema ya ha sido tratado, en varias ocasiones, en la

Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación porque es un mal

endémico de este Ayuntamiento y parecía que nunca se llegaba a

tiempo para renovar los contratos o realizar nuevas contrataciones y

entonces era necesario tramitar reconocimientos de deuda.

Sigue diciendo que se ha mejorado en algunos contratos, pero en

otros, en los más importantes y más llamativos como el del Punto

Limpio o el de mantenimiento integral de la ciudad, ha sido necesario

realizar prórrogas cuando no se deberían haber hecho.

Aclara que su grupo entiende que un acicate para evitarlo puede

ser que el equipo de gobierno vaya dando cuenta de la situación de

esos contratos en los plazos adecuados porque de esa forma se podría

evitar que se produzcan situaciones como las que ha descrito.

Termina su intervención diciendo que quizá esa medida sea de

excesivo control por parte de la oposición, pero como se han

producido muchos casos importantes en los que ha sido necesario

realizar prórrogas cuando no se quería o tramitar reconocimientos de

deuda, la considera adecuada.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, indica que su grupo está de acuerdo con esta

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Moción porque es cierto, como dice Unión, Progreso y Democracia

que, por falta de planificación del equipo de gobierno, algunos

contratos tienen que ser prorrogados y abonados mediante

reconocimientos de deuda a pesar de que algunos son muy polémicos

y, aún así, es necesario seguir prorrogándolos, forma de actuar que,

aunque no es ilegal, su grupo considera que no es deseable.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo cree que la medida que se propone puede servir

para prevenir esas situaciones y por ello va a votar a favor de esta

Moción.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura,

indica que su grupo está totalmente de acuerdo con esta Moción y le

extraña que un grupo de la oposición haya tenido no solo que

presentarla, sino también argumentarla para que se apruebe y dice

esto porque el asunto que se plantea no es baladí puesto que pone de

manifiesto la ineficacia del equipo de gobierno en la gestión de los

asuntos municipales porque no arbitra ni cumple los planes de

seguimiento de los contratos de forma efectiva, no planifica

adecuadamente los nuevos concursos con el tiempo suficiente para

evitar que los que existan caduquen y sea necesario tramitar

reconocimientos de deuda o realizar prórrogas, casi por necesidad,

para salvar el corto plazo utilizando para ello la excusa de que no se

puede dejar sin ese servicio a los ciudadanos y, cuando esto sucede,

es necesario “inventarse” un convenio sin las suficientes garantías.

Manifiesta a continuación que, cuando se producen esos

casos, no sirve echar la culpa al funcionario correspondiente o al

técnico responsable del contrato, que es lo que suele hacer el equipo

de gobierno cuando no hay cámaras de televisión.

Termina su intervención recordando que el equipo de

gobierno del Partido Popular ha sido elegido por la mayoría de

ciudadanos para gestionar todas las áreas de este Ayuntamiento y por

ello es responsable de todo lo que aquí ocurra aunque sea invigilando

y por ello pide al equipo de gobierno que vote a favor de esta Moción

y permita a la oposición que les ayude a planificar, vigilar y hacer

bien su trabajo.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que el Concejal del Grupo Socialista, Sr. Ventura, le

está dando la razón con sus manifestaciones porque ha dicho que los

políticos eran los responsables de todo lo que ocurría en este

Ayuntamiento y también cuando ha dicho que la libre designación es

importante y tiene su fundamento precisamente en lo que dicho

concejal acaba de decir por lo que, a partir de ahora, va a estar muy

atento a los argumentos del Partido Socialista porque le pueden

ayudar.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno va a votar a favor de

esta Moción aunque desea dejar claro que está de acuerdo con el

Viceportavoz del Grupo Centrista en que habrá que tener un poco de

delicadeza al llevar a cabo esa labor de control porque es posible que

entonces todos los corporativos se den cuenta de cuestiones que quizá

ahora se dan por hechas cuando no están tan claras.

Termina su intervención aclarando que el equipo de gobierno

considera correcto que todos los políticos se involucren en estos

asuntos y está de acuerdo en realizar una labor de cierto control en

ciertas actuaciones, pero desea dejar claro que, al igual que se

sobrecarga de trabajo a algunos funcionarios, se va a sobrecargar a la

Comisión de Vigilancia de la Contratación y a su Presidente con un

trabajo que, en principio, corresponde realizar a los concejales

delegados aunque reitera su bienvenida a esa labor de control.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo se alegra de que el equipo

de gobierno vaya a votar a favor de esta Moción.

Sigue diciendo que la situación es complicada en ocasiones y,

si el Viceportavoz del Grupo Centrista considera que tiene una

sobrecarga de trabajo, su grupo se ofrece para ayudarle.

Aclara que su grupo es consciente de que quizá la medida que

se propone en esta Moción no sea infalible y que es posible que,

cuando se ponga en marcha, no tenga un efecto inmediato o se vea

que no tiene ninguna utilidad, pero la ha presentado por considerar

que, cuando existe un problema, es necesario buscar soluciones y a

Unión, Progreso y Democracia se le ha ocurrido la que ha propuesto.

Añade que esta medida puede funcionar tan bien como ha funcionado

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

la del control de las concesiones administrativas, o puede no ir tan

bien y en ese caso será necesario buscar otras fórmulas.

Termina su intervención reiterando al Viceportavoz del Grupo

Municipal Centrista, y Presidente de la Comisión Especial de

Vigilancia de la Contratación, el ofrecimiento de su grupo para

prestarle toda la ayuda que pueda necesitar.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA que, de forma trimestral, se presenten, en la

Comisión de Vigilancia de la Contratación, los contratos que

concluyan en los próximos doce meses, para que, si se quiere

continuar con el servicio, se planifique la fecha de elaboración de los

nuevos pliegos, la fecha prevista de inicio del concurso, la fecha

prevista de inicio del nuevo contratista, así como una indicación del

estado en el que se encuentra el procedimiento de contratación.

10.4(190/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Centrista para que se requiera a la

Dirección General del Catastro una nueva

Ponencia de Valores (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Centrista, Sra. Pedreira, que ha tenido entrada en el

Registro General el 20 de noviembre de 2014, nº 18240, cuyo texto es

el siguiente:

“En las últimas fechas hemos tenido conocimiento de varias

resoluciones judiciales, dictadas por el Tribunal Superior de Justicia

de Madrid, en las que se declara la nulidad de notificaciones

catastrales individuales, correspondientes al municipio de

Majadahonda. Estas sentencias, entre otros argumentos jurídicos,

estiman una falta de motivación en las mencionadas notificaciones.

Llegando a afirmar en una de ellas que “ni tan siquiera se conocen

las bases de las que haya partido la administración para deducir tras

la aplicación de la normativa técnica correspondiente, el concreto

valor de repercusión y/o unitario finalmente determinado”. Todo ello

ha provocado que como ejecución de las mencionadas resoluciones,

se tengan que devolver los importes del I.B.I., calculados en base a

las notificaciones catastrales anuladas.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Estas resoluciones provocan, no solo que el Ayuntamiento se

vea perjudicado económicamente por la falta de motivación en las

mismas, sino que a su vez produce una discriminación con aquellos

contribuyentes, que por carecer de información o de recursos

jurídicos y económicos, no hayan podido iniciar los procedimientos

judiciales pertinentes para la anulación de la Ponencia de Valores. Se

podría dar por lo tanto la paradoja de que en un mismo inmueble, los

vecinos paguen recibos completamente diferentes, por dos viviendas

de idénticas características. Se da la circunstancia de que muchos de

los recibos anulados, corresponden en su mayoría a propietarios de

varios inmuebles o fincas.

Ya en el año 2011 este Grupo Municipal presentó una moción

instando que, de acuerdo con el art. 28 de la Legislación del Catastro

(Real Decreto Legislativo 1/2004), se solicitara por parte del alcalde,

una revisión de los valores catastrales por el desajuste entre los

precios que sirvieron de base para la misma y los precios de mercado

actuales, proposición que fue aprobada por unanimidad. A día de hoy

desconocemos el resultado de dicha solicitud al Catastro.

Es imprescindible por lo tanto que la Dirección General del

Catastro elabore una nueva Ponencia de Valores, relativa al

municipio de Majadahonda. En el caso de no llevarse a cabo, a la

mayor brevedad posible, esta situación desigual e injusta se

mantendrá en los próximos ejercicios fiscales.

MOCIÓN

Solicitamos que desde el Ayuntamiento se requiera a la

Dirección General del Catastro para que, a la mayor brevedad

posible, elabore una nueva Ponencia de Valores, ajustándose

escrupulosamente a todos los requisitos contemplados en la Ley, y a

la bajada de los precios como consecuencia de la crisis y para que no

se produzcan desigualdades de tratamiento fiscal sobre inmuebles

exactamente iguales.

Todo ello de acuerdo con el art. 28 de la Legislación del

Catastro (Real Decreto Legislativo 1/2004), y con las resoluciones del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la Ponencia de

Valores.”

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que ésta es la tercera Moción que su grupo presenta sobre este mismo

tema, la primera fue presentada en diciembre de 2009, la siguiente en

diciembre de 2011 y ahora presenta ésta en noviembre de 2014 por lo

que, como se puede observar, casi siempre han sido presentadas en el

momento oportuno en relación al impuesto sobre bienes inmuebles.

Sigue diciendo que es cierto que el Sr. Alcalde, hace unos días,

se comprometió, en la Junta de Gobierno Local, a facilitar a su grupo

una copia del escrito que había dirigido a la Dirección General del

Catastro relacionado con este asunto, carta que acaba de entregarle en

este momento.

Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, en esa carta no

se exige mucho a la Dirección General del Catastro y lo que más le

sorprende es que no se reitere un escrito anterior porque recuerda que

la Moción que se presentó en diciembre de 2009, fue aprobada por los

Grupos Municipales Popular, Unión Progreso y Democracia y su

grupo, el Grupo Municipal Socialista votó en contra e Izquierda

Unida-Los Verdes se abstuvo y la que su grupo presentó en 2011 fue

aprobada por unanimidad.

Insiste en que creía que en el escrito que ha enviado el Sr.

Alcalde a la Dirección General del Catastro se iba a hacer referencia a

los escritos que, en teoría, debería haber enviado en 2009 y 2011

porque, reitera, se aprobaron esas mociones para que el Sr. Alcalde se

dirigiera al Catastro y pidiera esa revisión catastral y, como no figura

ese extremo, pregunta si realmente el equipo de gobierno se dirigió a

la Dirección General del Catastro en los años 2009 y 2011 y, de no

haberlo hecho así, quedaría demostrado que el equipo de gobierno del

Partido Popular votó a favor de la moción presentada por su grupo

aunque después no hizo nada.

Continúa diciendo que se alegra de haber presentado

nuevamente esa moción y se pregunta, viendo el escrito que el Sr.

Alcalde la enviado al Catastro, para qué sirvieron las mociones que

resultaron aprobadas por el Pleno cuando ni siquiera se alude a ellas

en el escrito enviado por el Sr. Alcalde. Indica que esas mociones, si

se hubiera hecho algo en esos años anteriores, hubieran servido para

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

dar fuerza a esta petición ya que se recordaría que se había solicitado

esa revisión catastral en los años 2009 y 2011 y que la Dirección

General del Catastro, en 2014, todavía no ha hecho nada.

Aclara seguidamente que la Moción que su grupo ha presentado

es más exigente porque, como había pedido esa revisión catastral en

dos ocasiones anteriores, pide que la nueva Ponencia de Valores se

elabore ya porque, cuando se realizó la revisión catastral en el año

2008, hubo ciudadanos, con dinero y con medios, que presentaron un

recurso contra esos nuevos valores catastrales, recurso que no fue fácil

y para elaborarlo fue necesario contratar especialistas y los ciudadanos

que no presentaron ese recurso, la mayoría de los vecinos, van a tener

que abonar, en 2015, un impuesto mucho más elevado si esa situación

no se remedia antes y por ello considera que sería importante que a la

Dirección General del Catastro se enviaran, además de la carta que ya

ha enviado el Sr. Alcalde, las tres mociones que el Pleno aprobó para

que comprobara que esa nueva Ponencia de Valores es una exigencia

de este Corporación.

Termina su intervención indicando que su grupo no desea

apuntarse ese tanto y simplemente ha presentado esta propuesta por

considerar que es una ayuda a la petición que el Sr. Alcalde ha

realizado al Catastro.

El Sr. Presidente indica que, en las fechas en que se aprobaron

las dos mociones a las que ha aludido la Portavoz del Grupo Centrista,

este Ayuntamiento no tenía derecho a pedir esa revisión porque la

Dirección General del Catastro no hace una nueva Ponencia de

Valores hasta que no pase un determinado número de años y además

recuerda que lo que se pedía en esas mociones no era la elaboración de

una nueva Ponencia sino una bajada de los valores catastrales de las

viviendas, bajada que dicho organismo realizó.

Termina su intervención diciendo que, en estos momentos, este

Ayuntamiento sí tiene derecho a pedir esa nueva Ponencia y por ello

es ahora cuando la pide y añade que, desde su punto de vista, este

Ayuntamiento hará el ridículo en la Dirección General del Catastro si

dice que ha aprobado, con fecha de hoy, una moción cuando hace una

semana se ha enviado una carta del Sr. Alcalde pidiendo una nueva

Ponencia de Valores.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que si el equipo de gobierno lo desea, su grupo podría transformar esta

moción para que pasara a ser conjunta de todos los grupos políticos y

ser enviada así a la Dirección General del Catastro.

El Sr. Presidente recuerda a la Portavoz del Grupo Centrista que

este Ayuntamiento es una institución seria y por ello cree que no se

puede enviar a dicho organismo una moción aprobada por el Pleno,

una semana después de que su Alcalde haya enviado una carta

diciendo lo mismo.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, recuerda que lo

abunda no daña.

El Sr. Presidente indica que lo plantea la Portavoz del Grupo

Centrista es, desde su punto de vista, totalmente incoherente.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara que está

de acuerdo con la petición realizada por el Sr. Alcalde, pero insiste en

que una moción aprobada por todos los grupos municipales en el

Pleno también hará fuerza.

El Sr. Presidente aclara estar de acuerdo con la propuesta del

Grupo Centrista, pero considera que esa moción debería haberse

realizado con anterioridad a su petición porque, si se hace después,

este Ayuntamiento estaría haciendo el ridículo.

Termina su intervención ofreciendo al Grupo Centrista la

posibilidad de que dicho grupo le acompañe en su visita a la Dirección

General del Catastro.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara que su

grupo está dispuesto a acompañar al Sr. Alcalde.

Termina su intervención diciendo que su grupo está dispuesto a

retirar esta Moción y, si la Dirección General del Catastro no contesta

en un mes, volverá a presentarla.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente agradece al Grupo Centrista la retirada de esta

Moción.

Sometida a votación la propuesta del Grupo Centrista de dejar

este asunto sobre la mesa, la Corporación, por unanimidad, por

asentimiento de todos los concejales, ACUERDA aprobar dicha

propuesta.

10.5(191/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Socialista para que se reprueben dos ex alcaldes

de Majadahonda (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo

Municipal Socialista, Sr. Martínez, que ha tenido entrada en el

Registro General el 20 de noviembre de 2014, nº 18243, cuyo texto es

el siguiente:

“Los dos anteriores alcaldes de Majadahonda se han visto envueltos

en recientes escándalos de corrupción que han puesto a nuestra

ciudad en la escena más vergonzosa de la vida política de nuestro

país.

Guillermo Ortega fue alcalde de Majadahonda desde 2001 hasta

2005, y de su nefasta gestión quedan dos recuerdos fundamentales: un

agujero económico de decenas de millones de euros que hemos tenido

que tapar los vecinos con nuestros impuestos, así como su implicación

en el conocido caso Gürtel, en el que ha sido imputado por cohecho,

fraude fiscal y blanqueo de capitales. Además, hemos sabido que tiene

cuentas en varios paraísos fiscales y en Suiza, siempre a través de

testaferros y empresas intermediarias, a las que ha llevado el fruto de

sus delitos.

Ricardo Romero de Tejada, nombre que aparece una y otra vez en las

hemerotecas de la crónica negra de la Comunidad de Madrid, fue

alcalde de Majadahonda desde 1989 hasta 2001, año en el que

decidió dedicarse de lleno a la secretaría regional del PP, cargo que

ya ocupaba desde 1996. Que se sepa, su biografía delictiva se inicia

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

cuando dejó que le pagara durante años las cuotas a la Seguridad

Social una empresa de fotocopias propiedad de unos hermanos con

amplios intereses inmobiliarios. Romero de Tejada también aparece

siempre cuando se investigó aquel escándalo del tamayazo de 2003. Y

para ya terminar, acabamos de saber que, siendo consejero de Caja

de Madrid desde 2003 hasta 2011, gastó con su tarjeta opaca la

friolera de 212.216,09 euros, la inmensa mayoría de los cuales en

asuntos que nada tenían que ver con su cargo.

Ni la ciudad de Majadahonda ni sus habitantes merecemos que se nos

identifique ni directa ni indirectamente con los asuntos mencionados y

con sus autores. Como de la historia conviene aprender para no

volver a cometer los mismos errores y los recuerdos nefastos

difícilmente se olvidan, hoy, con cierta perspectiva, resulta de justicia

limpiar el nombre de Majadahonda y honrar la actitud de los vecinos

y vecinas.

Por todo ello, desde el Grupo Municipal Socialista presentamos, para

que sea considerada y en su caso adoptada, la siguiente

MOCIÓN

- Si hubiere lugar, despojar de todos aquellos reconocimientos

públicos con que fueron agasajados cualquiera de los dos

alcaldes.

- Retirar de todos los edificios municipales aquellas placas o

elementos que recuerden a cualquiera de los dos nombres y

sustituirlos por un explícito reconocimiento a la contribución de

los vecinos para la realización de la obra, edificio o similar, en

la que se encuentre el reconocimiento.

- Declarar personae non gratae a Guillermo Ortega y a Ricardo

Romero de Tejada por los hechos anteriormente descritos.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, favorable.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, da lectura a la moción que su grupo ha presentado.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que es cierto que lo que han hecho estos señores, a los que se alude en

esta Moción, no ha sido adecuado y considera que todos han sabido

que las cosas que ha realizado el Sr. Ortega no eran adecuadas y

también que las que ha realizado el Sr. Romero de Tejada eran menos

importantes que las del Sr. Ortega.

A continuación recuerda que existe la presunción de inocencia y

por ello, mientras estos señores no estén condenados, su grupo

considera necesario esperar porque, cuando hayan sido condenados,

quizá no sea suficiente con declararlos solamente “personae non

gratae” sino que seguramente será necesario realizar más cosas como

reprobarles, condenarles, etc.

Sigue diciendo que en esta Moción se pide que se quiten las

placas o elementos que recuerden cualquiera de esos dos nombres y

quizá lo que habría que hacer, para respetar la historia de este

municipio, sería añadir debajo de esas placas que ha sido condenado

por corrupción y la fecha en que fue condenado porque así los

ciudadanos podría conocer que, por ejemplo, uno de ellos inauguró la

Casa de la Cultura pero también que fue un manguta.

Manifiesta que en esta Moción también se propone quitar a esas

personas los honores que hubieran recibido, pero recuerda que nunca

han recibido ningún honor.

Termina su intervención aclarando que su grupo va a esperar a

que se pronuncien los tribunales de justicia y, aunque considera

posible que sean condenados, recuerda que, hasta ahora, solo están

imputados y, aunque está de acuerdo con el Grupo Socialista en que la

conducta ciudadana de esas dos personas ha sido incorrecta y todos lo

saben, su grupo desea conocer previamente si van a ser condenados y,

si lo son, la actuación de este Ayuntamiento deberá ser más fuerte y

por ello su grupo, en estos momentos, se va a abstener en la votación

de esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, aclara que su grupo sí va a apoyar esta Moción aunque,

como ha indicado el Grupo Centrista, sabe que no se les ha otorgado

ningún honor.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que a su grupo también se le ha planteado la

misma duda que ha indicado el Grupo Centrista porque también

considera interesante añadir a las placas en las que figuren sus

nombres que ha sido condenado, si así fuera.

Termina su intervención aclarando que su grupo está de acuerdo

con esta Moción que ha propuesto el Grupo Socialista y, bromeando,

plantea que, si son condenados, se les podría aplicar la pena del

destierro por considerar que han manchado mucho el nombre de

Majadahonda y cree que nuestros vecinos no se merecen el mal

nombre que estas personas están dejando.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que esta propuesta que ha realizado el

Grupo Socialista pretende condenar públicamente a estos señores

desde las instituciones más perjudicadas porque realmente han

perjudicado mucho a este municipio y, como entiende el fondo de esta

Moción, su grupo está de acuerdo.

Sigue diciendo que, como figura en su exposición de motivos,

entre el “tamayazo” y las tarjetas opacas pasó algo y es precisamente

la querella que interpuso Unión, Progreso y Democracia a la matriz de

Bankia y recuerda que el Sr. Romero de Tejada está imputado por

estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas, administración

fraudulenta y alteración del precio de las cosas.

Aclara que su grupo considera muy grave lo sucedido con las

tarjetas opacas de Bankia aunque también considera muy graves las

otras imputaciones a las que ha aludido y por ello siente que el Grupo

Socialista haya olvidado esa querella lo que considera que puede

haber ocurrido porque fue interpuesta por Unión Progreso y

Democracia.

A continuación recuerda el rescate de Bankia que hubo que

realizar por 40.000 millones de euros, la querella de las “preferentes”,

el engaño en las cuentas, los préstamos a los miembros de la

Asamblea de Caja Madrid, los regalos que se hacían a sus miembros,

etc.

Aclara que son muchas las cuestiones por las que, sobre todo el

Sr. Romero de Tejada y muchas de las personas que formaban parte

de esos cargos, deberían ser condenadas socialmente para que no sean

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

bien vistas y su grupo estaría de acuerdo en añadir a las placas en las

que figuren los nombres de esas dos personas, la ristra de condenas

que van a recibir por estafa, por aprobación indebida, etc. y en ese

caso es posible que la placa de condenas sería de un tamaño mayor a

la placa de la inauguración del edificio municipal.

Sigue diciendo que a su grupo no le importa que lo que se

solicita en esta Moción se haga antes de que sean definitivamente

condenados porque, con su imputación y por las cuentas en Suiza, el

“tamayazo”, las tarjetas opacas, etc., se ha dañado ya la imagen de

Majadahonda y su grupo está de acuerdo en hacerlo aunque cree que

no servirá para mucho.

Termina su intervención indicando que su grupo va a votar a

favor de esta Moción por entender el espíritu que quiere transmitir el

Grupo Socialista aunque, reitera, le hubiera gustado que la querella

interpuesta por Unión Progreso y Democracia sobre “las preferentes”

hubiera aparecido en la exposición de motivos de esta Moción porque

considera que es lo más grave por lo que el Sr. Romero de Tejada está

imputado.

El Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Caballero,

lamenta tener que intervenir sobre este asunto porque nunca creyó que

se presentara algo similar a esta Moción.

A continuación pregunta a los grupos políticos qué les parece la

horca, pregunta que hace porque parece que a Izquierda Unida-Los

Verdes le parece bien el destierro y Unión Progreso y Democracia

desea realizar un linchamiento público.

Sigue diciendo que al equipo de gobierno le parece muy

importante ser muy prudente en asuntos de este tipo y aclara a

continuación que va a hablar de personas que todavía no han sido

condenadas.

Recuerda seguidamente a Unión, Progreso y Democracia,

porque ha dicho que le preocupaba mucho el nombre de

Majadahonda, que no para de sacarlo a relucir en las redes sociales y,

cuando el buen nombre de Majadahonda se va recuperando, dicho

grupo reitera cosas que lo ensucian.

Page 143: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica al Viceportavoz del Grupo Socialista que el único acierto

que ha tenido con esta Moción es poner bien, en latín, “personae non

gratae” y considera que el resto es un ejercicio intelectual que puede

igualarse a la basura.

Manifiesta que se puede hablar de biografía delictiva cuando se

han cometido delitos y aclara que, en los casos que se citan en esta

Moción, todavía no ha existido delito porque ninguno ha sido

demostrado.

Continúa diciendo que el equipo de gobierno no entiende que

una Moción de este tipo sea presentada por el Grupo Socialista porque

recuerda que el primer Alcalde de la democracia en este municipio,

que pertenecía a dicho partido, fue condenado, en su momento, y llegó

a entrar en la cárcel por robar más dinero público del que se acusa a

los dos señores que figuran en esta Moción.

Termina su intervención pidiendo al Grupo Socialista que retire

esta Moción y lamenta profundamente la presentación de la misma y

por ello, y por cuestiones que han indicado portavoces de otros grupos

que le han precedido y con las que está de acuerdo, el equipo de

gobierno del Partido Popular va a votar en contra de la misma.

En estos momentos se ausenta del Salón de Sesiones, la

Concejal del Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, Sra.

Madrigal.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, lamenta mucho que el equipo de gobierno del Partido Popular

se sienta tan molesto con esta Moción porque su grupo la considera

pertinente y necesaria.

A continuación recuerda, aunque no le exonera, que el primer

Alcalde de la democracia en este municipio (año 1979), fue

condenado 20 años después de ser Alcalde y pagó su condena. Aclara

que fue condenado por su actuación como Director General de la

Policía, actos que considera igualmente punibles y condenables y, si

los demás grupos políticos lo desean, se puede incluir también a ese

primer Alcalde en el texto de esta Moción.

Page 144: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que el Grupo Municipal Socialista, en estos

momentos de corrupción, considera totalmente necesario reforzar las

instituciones lo que pasa porque salgan de ellas todos aquellos

nombres que las ensuciaron y considera un hecho objetivo que los dos

últimos, que son los que figuran en esta Moción, son los que más lo

han ensuciado.

Considera además que lo que se propone en esta Moción es un

acto de ejemplaridad porque cree que no se debe permitir que el Sr.

Romero de Tejada siga en la vida pública y que haya seguir viendo en

una placa, prácticamente en la puerta de este Ayuntamiento, que la

calle Gran Vía fue inaugurada por el Presidente de la Comunidad de

Madrid siendo Alcalde Ricardo Romero de Tejada y aclara que ni

siquiera se pone el nombre del Presidente de la Comunidad de Madrid

y precisamente se hace referencia al Alcalde que está saliendo en

relación a las tarjetas opacas de Caja Madrid.

Continúa diciendo al Portavoz del Partido Popular que el Partido

Socialista también ha tenido en sus filas excompañeros que se han

lucrado con las tarjetas opacas de Caja Madrid y a su partido no le ha

temblado el pulso y de hecho esas personas ya no forman parte de su

partido.

Recuerda seguidamente que, en los momentos en que se

utilizaron esas tarjetas opacas, el Presidente de Caja Madrid era el Sr.

Rodrigo Rato y, con los votos de miembros del Partido Popular, le han

quitado el título de Alcalde Honorífico de Gijón lo que se ha hecho sin

que exista todavía una sentencia condenatoria y también le han

quitado, con los votos de representantes del Partido Popular, el título

de “doctor honoris causa” de la Universidad de Alicante por lo que

cree que los miembros del equipo de gobierno no tienen ninguna

excusa para no apoyar la Moción que ha presentado el Grupo

Socialista.

Manifiesta además que va a contar la historia real de Caja

Madrid y del Sr. Blesa recordando que arrancó el 11 de septiembre de

1996, fecha en la que se firmó un pacto entre el Partido Popular y

Comisiones Obreras para destituir al anterior Presidente de Caja

Madrid y nombrar a D. Miguel Blesa que, nada más ser nombrado, se

multiplicó por 18 el sueldo que iba a tener y comenzó a comprar las

“torres Kio”, Repsol, etc. y arruinar a Caja Madrid.

Page 145: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención diciendo que el Grupo Socialista

considera totalmente imprescindible que los vecinos de Majadahonda

se resarzan de la mala imagen que el Partido Popular les ha

proyectado con los Sres. Romero de Tejada y Ortega con las tres cosas

que se proponen en esta Moción que, aunque considera simbólicas y

testimoniales, su grupo cree que servirán para neutralizar y limpiar el

nombre de Majadahonda.

El Sr. Presidente aclara que los títulos de los que se ha

despojado al Sr. Rato eran honoríficos y lo que se propone en esta

Moción no se refiere a ningún título honorífico.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, manifiesta que el Reglamento Orgánico determina que, como

esta Moción ha sido propuesta por el Grupo Socialista, debe ser su

grupo el que cierre su debate.

El Sr. Presidente concede el uso de la palabra al Viceportavoz

del Grupo Socialista aunque indica que no lo hace porque así lo

determine el Reglamento Orgánico porque recuerda que dicho

Reglamento también determina que el Alcalde puede intervenir en

cualquier momento de la sesión plenaria y por ello desea dejar claro

que le concede el uso de la palabra y que dicho Viceportavoz no se la

auto-proclama.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, aclara que la retirada de las placas o elementos que se

proponen en esta Moción es prácticamente lo mismo que la retirada de

títulos honoríficos porque, como ha dicho anteriormente, son actos

simbólicos y testimoniales y su grupo, en esta Moción, propone que

sea un acto ejemplar y sirva para dar testimonio de que el Pleno de

este Ayuntamiento reprueba la actitud de los dos últimos Alcaldes de

este Ayuntamiento y que esas placas sean sustituidas por un

reconocimiento explícito a los vecinos porque son los que han

contribuido, con sus impuestos, a la construcción del monolito, de la

Casa de la Cultura, del polideportivo Huerta Vieja y de todos aquellos

otros espacios en los que se han instalado esas placas.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular, ocho (8) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Unión, Progreso y Democracia e

Izquierda Unida-Los Verdes y tres (3) abstenciones correspondientes

al Grupo Municipal Centrista y a la Concejal del Grupo Municipal

Unión, Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, por ausencia una vez

comenzado el debate de conformidad con lo dispuesto en el art. 100

del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico

de las Entidades Locales.

10.6(192/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Socialista para que se adopten medidas para

mejorar la movilidad en la Avenida Rey Juan

Carlos I c/v. a c/ Mar Mediterráneo (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Concejal del Grupo

Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, que ha tenido entrada en el

Registro General el 20 de noviembre de 2014, nº 18244, cuyo texto es

el siguiente:

“La configuración urbanística de Majadahonda, en torno a un centro

del pueblo pequeño y un numeroso y disperso conjunto de grandes

urbanizaciones, provoca que los desplazamientos en vehículo privado

sean imprescindibles. En este sentido, resulta fundamental que la

configuración de la movilidad en Majadahonda sea la más eficiente

posible y que, siempre que se pueda llevar a cabo alguna corrección

que ayude a mejorar el tráfico y que redunde en el beneficio general,

esta sea realizada.

Por todo ello, nuestro grupo quiere hacer una propuesta concreta

relativa a la movilidad que se ubica en la esquina de la avenida Rey

Juan Carlos I (en adelante RJCI) con calle Mar Mediterráneo (en

adelante MM).

A principios de año, con aparentes criterios lógicos de movilidad, se

asfaltó el vial en la intersección de ambas calles mencionadas para

que se pudiera recorrer la avenida RJCI (sentido único) de manera

completa hasta la rotonda de calle Moreras. Este asfaltado supuso un

cambio positivo para la movilidad de la zona ya que anteriormente al

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

recorrer RJCI viniendo desde el C.C. Monte del Pilar, al llegar la

altura de calle MM se obligaba el desvío por esta calle sin existir la

posibilidad de seguir recto.

Pues bien, a finales del verano pasado los vecinos de la zona, para su

sorpresa, se volvieron a encontrar dicho cruce tapado con tierra,

volviendo a impedir recorrer la calle RJCI en su totalidad y por tanto

obligando una vez más el desvío obligatorio por MM.

Todo esto resulta ilógico desde el punto de vista de la movilidad de

vecinos, usuarios del parque y del centro comercial. A ello se suma el

despilfarro que supone haber asfaltado una zona del vial que

posteriormente, sin aparentes criterios que lo justifiquen, se ha vuelto

a tapar con tierra.

(Se adjunta imagen explicativa)

Por todo ello, desde el Grupo Municipal Socialista presentamos, para

que sea considerada y en su caso adoptada, la siguiente:

MOCIÓN

Solicitamos que se vuelva a quitar la tierra de dicha intersección,

aprovechando el asfaltado existente previamente realizado, para que

los vecinos de la zona puedan recorrer la calle Rey Juan Carlos I de

manera completa hasta la rotonda de calle Moreras, sin tener que

sufrir el desvío obligatorio por la calle Mar Mediterráneo.”

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, favorable.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, da lectura a la Moción que su grupo ha presentado.

En estos momentos se incorpora a la sesión la Concejal del

Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, Sra. Madrigal.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo necesitaría una explicación técnica antes de posicionarse

en esta Moción y por ello va a esperar a conocer las manifestaciones

del correspondiente Concejal Delegado y, en función de ello, decidirá

su voto aunque desea dejar claro que, si la tierra importuna la

circulación, está de acuerdo en que sea retirada aunque, reitera, desea

conocer el motivo por el que se depositó la tierra en esa zona y, si

molesta a los vecinos, por qué no ha sido retirada.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, indica que su grupo entiende que lo más

oportuno es que sean los servicios técnicos municipales los que deben

decidir el sentido y dirección de las calles lo que no es óbice para que

la participación de los vecinos sea fundamental en la configuración

urbanística y en la propuesta de movilidad.

Termina su intervención diciendo que su grupo tampoco conoce

los motivos por los que se ha hecho ese cambio de dirección y si han

sido los vecinos los que lo han demandado y considera que este asunto

debería ser tratado en la Comisión Informativa de Urbanismo y

Movilidad y por ello su grupo se va a abstener en la votación de esta

Moción.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que normalmente pasa por esa zona

de vuelta del centro comercial y siempre ha pensado, aunque puede

estar equivocada, que era para no cargar de tráfico la vía pegada al

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Monte del Pilar y recuerda además que en esa zona no hay demasiado

tráfico ahora porque por ahí acceden los vecinos a sus viviendas.

Sigue diciendo que supone que existen motivos por los que se

echó tierra a esa vía y espera que el correspondiente concejal delegado

los explique.

Termina su intervención aclarando que su grupo también va a

esperar a conocer las manifestaciones del concejal delegado

responsable.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que está en desacuerdo con algunas aseveraciones

que se realizan en esta Moción porque considera que el centro de

Majadahonda no es pequeño sino amplio y tiene una enorme carga de

densidad poblacional y de vehículos y además, según los responsables

del área, condiciona muchísimo la movilidad en el conjunto de

Majadahonda.

Sigue diciendo que no es cierto que haya un gran número de

urbanizaciones dispersas porque Majadahonda no está dispersa salvo

en un caso concreto y de hecho la comunicación entre todas las

urbanizaciones de Majadahonda se puede hacer con vehículo, andando

o en bicicleta porque hay acerado y carril bici prácticamente en todos

los puntos de la ciudad por lo que, reitera, no existe dispersión.

Manifiesta que el Grupo Socialista debería explicar qué

considera aparentes criterios lógicos de movilidad porque los criterios

pueden ser lógicos o no, pero no aparentes por lo que no sabe si dar

por bueno lo que se dice en esta Moción y por ello pregunta si el

Grupo Socialista considera que hubo lógica en lo que se hizo o solo

hubo apariencia de lógica, cosas totalmente distintas y añade que esa

actuación no fue realizada por el equipo de gobierno sino por los

ingenieros municipales.

Aclara seguidamente que ningún vecino ha acudido a los

Servicios de Movilidad, a los de Policía Local o a los de Urbanismo,

para denunciar este problema y por ello le gustaría que el Grupo

Socialista informara de cuántos vecinos le han solicitado el cambio

que se plantea en esta Moción.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica además que, según los servicios municipales, la c/ Rey

Juan Carlos se consideró siempre una vía local cuya función principal

era la de dar acceso a los garajes de las urbanizaciones que se

encuentran en ese tramo y a otras arterias de mayor tráfico como es el

caso de la Avenida Príncipe de Asturias. Añade que la vía de

comunicación entre el norte y el sur del Monte del Pilar es la Avenida

Príncipe de Asturias y la calle Rey Juan Carlos está situada detrás para

dar acceso, a esa otra vía, a los garajes que dan a la misma.

Aclara que en la calle Rey Juan Carlos existen contenedores de

basura, está el aparcamiento auxiliar de las urbanizaciones y los pasos

de peatones que dan acceso al parque por lo que si esa calle se abre al

tráfico se convertirá en una vía rápida con el peligro que ello conlleva

por lo que, insiste, le gustaría que el Grupo Socialista indicara el

número de vecinos que se han dirigido a su grupo con la solicitud que

se hace en esta Moción.

Continúa diciendo que los garajes de esas urbanizaciones tienen

una rampa de salida, un tramo horizontal y después acceden a la vía

por lo que los servicios municipales consideran que ahora se está

dando un servicio a esos vecinos que, si se hace lo que se pide en esta

Moción, se dejaría de dar convirtiéndola en una calle casi principal

que va a bordear el parque por lo que no entiende el razonamiento que

se hace y además recuerda que, como ha dicho anteriormente, los

presidentes de las urbanizaciones de esa zona no se han dirigido a los

servicios municipales correspondientes.

Termina su intervención aclarando que el equipo de gobierno no

considera que esta sesión plenaria sea el foro idóneo para discutir

sobre este asunto y reitera que, hasta ahora, nadie se ha quejado de la

situación en que se encuentra actualmente por lo que reitera su

petición para que el Grupo Socialista aporte alguna información

adicional que pueda arrojar luz sobre este tema porque los servicios

técnicos municipales no recomiendan cambiar esa vía.

El Sr. Presidente pregunta quién sería el responsable si los

servicios técnicos municipales no recomiendan hacer lo que se

solicita en esta Moción y mañana se produjera un accidente.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que a continuación de ese desvío existe una urbanización

y considera ilógico que los vecinos que vayan a esa urbanización

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

tengan que llegar a la Avda. Príncipe de Asturias, dar la vuelta y

volver a esa otra vía para entrar en su vivienda y, si se pretende que

esa vía sea de servicio, debe continuar precisamente como vía de

servicio.

Termina su intervención diciendo que su grupo no entiende y

considera ilógico que se construyera esa vía para después taparla con

tierra para desviar el tráfico porque se trata de una vía de servicio y

no todos los vecinos de Majadahonda van a circular por ella.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que esta Moción debería haberse tratado en alguna

comisión informativa en la que él estuviera presente porque así podría

haber explicado que esa vía, cuando se abrió al tráfico, tenía mucha

circulación de vehículos.

Termina su intervención diciendo que en esa vía hay muchas

urbanizaciones y el tráfico de peatones por esa zona, los domingos y

fines de semana, es inmenso y por ello se ha tratado de evitar que los

vehículos puedan tener en esa vía un exceso de velocidad porque

recuerda que es adyacente al Monte del Pilar.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, propone dejar esta Moción sobre la mesa para tratarla con los

servicios técnicos municipales.

El Sr. Presidente agradece al Grupo Socialista que deje esta

Moción sobre la mesa.

Sometida a votación la propuesta del Grupo Municipal

Socialista de dejar este asunto sobre la mesa, la Corporación, por

unanimidad, por asentimiento de todos los concejales, ACUERDA

aprobar dicha propuesta.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

10.7(193/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes para que este

Ayuntamiento tome medidas para salvaguardar el

carácter público del Canal de Isabel II (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido

entrada en el Registro General el 20 de noviembre de 2014, nº 18289,

cuyo texto es el siguiente:

“El 28 de julio de 2010, la Asamblea General de la ONU reconoció

que el Derecho Humano al Agua Potable y al Saneamiento es un facto

esencial para la vida. En este sentido, Izquierda Unida defiende la

gestión pública y directa, fuera de las reglas del mercado y con la

participación democrática de la ciudadanía, de aquellos bienes y

servicios que son fundamentales para asegurar el derecho a una vida

digna.

En el año 2011 el Gobierno de la Comunidad de Madrid inició

un proceso con el objetivo de privatizar el Canal de Isabel II que la

situación económica y la presión ciudadana consiguieron paralizar.

Afortunadamente no hubo entrada de capital privado en esta empresa

pública, ya que no es compatible que un servicio público, como el del

ciclo integral del agua, sea universal y de calidad si es sometido a los

intereses económicos de las empresas privadas. No obstante, el Canal

de Isabel II se convirtió en una sociedad anónima y los

Ayuntamientos, entre ellos el de Majadahonda, pasaron a ser sus

accionistas, percibiendo beneficios y teniendo la capacidad de

participar en sus Juntas de Accionistas.

Actualmente, la Junta de Accionistas va a promover una

modificación del estatuto de la entidad, que pasará a poder retribuir a

los miembros del Consejo de Administración, siempre que no tengan

incompatibilidades.

Esta situación pone de manifiesto que la gestión del Canal de

Isabel II está suponiendo detraer recursos de la propia sociedad,

hasta el punto de ponerla en riesgo con el fin de financiar tanto a la

Comunidad de Madrid como a los Ayuntamientos, para después

mediante la emisión de deuda dar entrada a fondos de inversión

privada. La estrategia es la de siempre, vaciar los servicios de

recursos y después privatizarlos o liquidarlos bajo la falsa consigna

de que lo público no funciona y que lo privado sí.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Todo esto está sucediendo en un clima de absoluta opacidad. La

ciudadanía desconoce cómo se gestiona esta empresa que es de su

propiedad y que se encarga de un bien esencial como es el agua. Este

equipo de gobierno nunca ha dado cuenta o informado a los grupos

de la oposición de las decisiones que se toman o de la convocatoria

de las distintas Juntas de Accionistas y hemos tenido que enterarnos

de lo que está ocurriendo a través de la prensa y gracias al trabajo de

la Plataforma Contra la Privatización del Canal de Isabel II.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los

Verdes, presenta para su aprobación por el Pleno, la siguiente

MOCIÓN

1. Que el Ayuntamiento de Majadahonda ponga a disposición de

los grupos municipales o de cualquier vecino o vecina que lo

solicite la documentación existente para la Junta de Accionistas

Extraordinaria del Canal de Isabel II del día 3 de diciembre de

2014. Asimismo se compromete a informar públicamente de

futuras convocatorias y de las posiciones allí defendidas por

nuestros representantes.

2. Que el Ayuntamiento de Majadahonda, en dicha Junta de

Accionistas, se posicione en contra de la emisión de bonos.

3. Que el Ayuntamiento de Majadahonda, como accionista de la

entidad, proponga destinar los beneficios del Canal de Isabel II

a la reducción de la deuda o a aumentar el capítulo de

inversiones, en vez de repartir dividendos, con el fin de

garantizar la viabilidad y sostenibilidad de esta empresa

pública.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, favorable

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que, en el año 2011, el Gobierno de la Comunidad

de Madrid decidió comenzar un proceso con el objetivo de privatizar

la empresa pública símbolo de nuestra Comunidad Autónoma que es

la de gestionar nuestro agua y que, debido a la situación económica,

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

a que no era rentable sacarla a concurso, y sobre todo gracias a la

presión ciudadana, se consiguió que no fuera privatizada.

Sigue diciendo que, por suerte, no se produjo entrada de

capital privado en esta empresa pública lo que no es compatible, si se

somete a los intereses económicos de las empresas privadas, con un

servicio público, como el del ciclo integral del agua, universal y de

calidad.

Aclara que de todo ese proceso surgió que el Canal de Isabel

II se convirtiera en una sociedad anónima y los ayuntamientos, entre

ellos el de Majadahonda, pasaron a ser sus accionistas y por ello

comenzaron a percibir beneficios y a participar en sus juntas de

accionistas.

Indica seguidamente que el próximo 3 de diciembre de 2014, la

Junta de Accionistas del Canal de Isabel II ha decidido realizar una

emisión de bonos para financiar una deuda que asciende a 1.168

millones de euros y considera sintomático que dicha entidad, desde el

año 2011, haya aumentado sus beneficios el 43% y haya reducido sus

inversiones el 56% cuando en ese periodo ha estado repartiendo

dividendos a sus accionistas por 280 millones de euros. Añade

además que se prevé, en esa próxima Junta de Accionistas, una

modificación de los estatutos de esta entidad que pasará a poder

retribuir a los miembros del Consejo de Administración siempre que

no tengan incompatibilidades.

Manifiesta que esa situación está poniendo de manifiesto,

desde el punto de vista de Izquierda Unida-Los Verdes, que la gestión

del Canal de Isabel II está detrayendo sus propios recursos hasta el

punto de ponerla en riesgo y ahora vende una supuesta entrada de

capital privado con el fin de acabar financiando a la Comunidad de

Madrid y a los ayuntamientos vía reparto de dividendos.

Continúa diciendo que esa estrategia parece la de siempre y es

vaciar de recursos los servicios públicos y después liquidarlos o

privatizarlos bajo esa falsa premisa de que lo público no funciona y lo

privado sí.

Indica además que todo esto está sucediendo en un clima de

absoluta opacidad puesto que, como se optó por esa forma jurídica,

no se rinde cuentas ante la Asamblea de Madrid y además desea dejar

claro que en este Ayuntamiento, que forma parte de la Junta de

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Accionistas de dicha sociedad, el equipo de gobierno tampoco ha

informado a los grupos de la oposición y tampoco a los vecinos, de

las convocatorias de las juntas de accionistas ni de las decisiones que

toman sus representantes en ese consejo de administración y los

grupos de la oposición y los vecinos se tienen que enterar de casi todo

lo que acontece en torno al Canal de Isabel II por la labor que está

realizando la Plataforma contra la privatización de dicha sociedad.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, se pide en esta Moción que este Ayuntamiento ponga a

disposición de los grupos municipales y de todos los vecinos

interesados, la documentación existente para esa Junta de Accionistas

extraordinaria del próximo 3 de diciembre, comprometiéndose a

informar, públicamente, de futuras convocatorias y de las posiciones

que allí defienden los representantes de este Ayuntamiento; que este

Ayuntamiento se posicione en contra de la emisión de bonos y que,

como accionista de dicha entidad, proponga destinar los beneficios

que obtenga el Canal de Isabel II a la reducción de la deuda que tiene

o a aumentar su capítulo de inversiones en lugar de repartir

dividendos, con el fin de garantizar la viabilidad y sostenibilidad de

dicha empresa pública.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su grupo está de acuerdo con esta Moción y piensa que la

operación que va a realizar el Canal de Isabel II solo pretende que la

Comunidad de Madrid pueda disponer de dinero.

Sigue diciendo que el Canal de Isabel II es una empresa

ejemplar y da un enorme nivel de calidad y de satisfacción a todos los

ciudadanos y por ello considera que carece de sentido privatizarla y,

reitera, la operación que se va a realizar únicamente pretende realizar

aportes económicos a la Comunidad de Madrid y a los ayuntamientos.

Manifiesta que los servicios de abastecimiento y saneamiento

son de competencia municipal al igual que ocurre con el de recogida

de basuras. Aclara que se habla mucho, en el Pleno, de los servicios

de recogida de basuras, pero no se habla de los de saneamiento y

abastecimiento porque siempre se ha encargado el Canal de Isabel II

y siempre se ha confiado en el buen hacer de esta empresa pública,

pero la realidad es que ahora se está privatizando y por ello, como ha

dicho Izquierda Unida-Los Verdes, su grupo considera necesario que

el equipo de gobierno, porque este Ayuntamiento es accionista de

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

dicha empresa, dé cuenta al Pleno de todos los pasos y decisiones que

se vayan adoptando para que así los vecinos puedan conocer las

decisiones que sus representantes toman en todo lo que se refiere al

abastecimiento de agua y saneamiento, dos servicios públicos que son

fundamentales al igual que el de recogida de basuras.

Termina su intervención reiterando que, por los motivos que

ha expuesto, su grupo está totalmente de acuerdo con esta Moción.

La Concejal del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que lo que se va a hacer

en el Canal de Isabel II es otra operación financiera y otra estrategia

del Partido Popular para que el capital privado entre en dicha

sociedad anónima después de varios intentos fallidos de privatización.

Sigue diciendo que se comienza vendiendo bonos y se

terminará con los compradores de los mismos como accionistas.

Pregunta, si todo fuera tan bonito como se dice, por qué no se

facilita información a los grupos de la oposición en la Asamblea de

Madrid, información que vienen demandando desde hace mucho

tiempo.

Aclara que Unión, Progreso y Democracia considera que otro

giro significativo es el otro punto del orden del día de esa Junta de

Accionistas del próximo 3 de diciembre y es por el que pretende

retribuir a los miembros del Consejo de Administración de dicha

sociedad y sobre ello quiere indicar que su grupo no entiende que el

Canal de Isabel II, que obtuvo un beneficio de 210 millones de euros

aproximadamente, los destine a pagar dividendos cuando lo razonable

sería que ese dinero se destinara a reducir su deuda, a realizar

inversiones o a amortiguar los gastos de explotación.

Indica que el agua es un bien esencial y no se debe negociar con

él como si fuera un producto mercantil más y considera necesario

contribuir a la protección y al acceso justo de todos al agua. Añade

que el Canal de Isabel II Gestión es una empresa rentable y por ello

cree que no se debe jugar a ser bróker con el dinero de los demás

porque seguramente sus consecuencias no serán buenas para los

usuarios.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo votará a favor de esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón,

aclara que su grupo está totalmente de acuerdo con esta Moción que

ha propuesto Izquierda Unida-Los Verdes y, por tanto, considera

esencial mantener la gestión pública y el control de un bien tan

preciado como el agua porque el agua es una propiedad de los

madrileños y por ello pide al Partido Popular, a nivel local, que inste

al Gobierno Regional a que haga algo para que el Canal de Isabel II

no se convierta en una empresa privada.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza, Sr. Pérez González, indica que ésta es una de las muchas

mociones que supone que se tratarán en el Pleno respecto al Canal de

Isabel II por las diferentes formas de ver la gestión de esa gran

empresa que tienen los diferentes grupos políticos que integran esta

Corporación.

Sigue diciendo que el Canal de Isabel II es una entidad de

ámbito supramunicipal que gestiona eficazmente el ciclo del agua con

solidaridad y equilibrio, se encarga del abastecimiento, alcantarillado

y reutilización del agua y de hecho, en Majadahonda, se procede el

riego de muchas zonas verdes con agua regenerada.

Aclara que esta sociedad, en la modificación sobre la forma

jurídica de su funcionamiento, mantiene su carácter público porque el

51% de las acciones van a seguir en poder de la administración y por

ello no entiende por qué todos los grupos de la oposición se empeñan

en hablar de privatización y no de colaboración público-privada.

Manifiesta además que los ayuntamientos están representados

en dicha entidad y pueden participar en la gestión que realiza lo que

no se podía hacer hasta ahora, pueden recibir dividendos cuando haya

beneficios por ser accionistas, etc., por lo que, reitera, es un claro

ejemplo de la colaboración público-privada que está tan de moda, en

estos momentos, en España y que tan extendida y buenos resultados

ha obtenido en otros muchos países.

Aclara que, con la entrada de capital privado, esta entidad podrá

hacer inversiones por valor de 3.700 millones de euros sobre dos

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

embalses y nuevas instalaciones para la aplicación de la nueva

directiva del marco del agua, inversiones que es posible que, de otra

forma, no se pudieran acometer en estos momentos de crisis

económica.

Indica además que la actual forma de gestión garantiza la

calidad, las inversiones, la innovación y la tecnología, el compromiso

social y el cuidado del medio ambiente.

Manifiesta que en esta Moción se solicita poder acceder a la

documentación de la Junta de Accionistas que se celebrará el próximo

3 de diciembre y por ello considera claro que todos los grupos de la

oposición han utilizado otros medios para acceder a esa información

porque todos han hablado sobre el orden del día de dicha sesión

extraordinaria y también de su contenido.

Aclara que el equipo de gobierno no tiene problema, cuando se

convoque una Junta de Accionistas del Canal de Isabel II, en sentarse

previamente con los grupos de la oposición para cambiar impresiones

e informarles de lo que en la misma se va a tratar porque considera

que el equipo de gobierno del Partido Popular es un ejemplo de

transparencia y cree que lo que se hace en este Ayuntamiento no lo

hace ningún otro como lo demuestra el que se haya discutido, en esta

misma sesión, sobre la Comisión de Vigilancia de la Contratación en

la que se revisan todos los contratos.

Indica que éste puede ser un ejemplo más de la transparencia

porque, como ha dicho anteriormente, todos los grupos políticos que

integran este Ayuntamiento pueden reunirse para que el equipo de

gobierno les cuente el orden del día de la sesión que se vaya a

celebrar y reciba las ideas que tengan los grupos de la oposición sobre

los puntos que se vayan a debatir aunque, como es evidente, el equipo

de gobierno compartirá algunas cuestiones y otras no.

Sigue diciendo que también se pide que este Ayuntamiento se

posicione en contra de la emisión de bonos y pregunta el motivo de

ello porque considera que puede ser algo bueno para el Canal de

Isabel II ya que será una fuente de financiación que permitirá realizar

muchas inversiones para dar servicios a todos los madrileños y, de no

ser así, muchas de ellas no se podrían acometer en la actual situación

de crisis económica en que nos encontramos y pregunta por qué se

considera necesario hipotecar las decisiones de futuro de este

Ayuntamiento.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Pregunta también por qué se pretende que no se repartan

dividendos cuando considera que es bueno que los ayuntamientos

reciban beneficios del Canal de Isabel II, dinero que siempre viene

muy bien y aún vienen mejor en los actuales momentos de crisis

económica porque ayudan a mantener los servicios que un municipio,

como Majadahonda, merece.

Termina su intervención diciendo que está muy claro el

posicionamiento del Partido Popular y por ello no va a votar a favor

de esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que, a pesar de que no se pida, lo correcto es que

el equipo de gobierno o la persona responsable de asistir a las

reuniones del Canal de Isabel II, convoque a los grupos de la

oposición para facilitar información sobre todas las entidades en las

que participe llevando una posición como ayuntamiento o se lleve esa

información a una de las comisiones ya creadas y, por ejemplo, los

temas relacionados con el Canal de Isabel II deberían llevarse a la

Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y

considera que lo correcto sería regular, de alguna forma, que el

equipo de gobierno rinda cuentas.

Sigue diciendo que su grupo cree que existe un problema de

concepto porque se ha visto, por ejemplo, que de la noche a la

mañana, una empresa pública como el Canal de Isabel II se convirtió

en una sociedad anónima completamente opaca en la que los

representantes de los trabajadores de dicha entidad fueron expulsados

de los consejos de dirección para meter en los mismos a personas

afines y así se pudo comprobar cómo pasaron a formar parte del

Consejo de Administración de dicha sociedad personas como D. José

Manuel Serra Peris que ha sido imputado por ser consejero en

Bankia, D. José de Ceballos vinculado a la empresa Servicios

Integrales del Agua S.A., D. Antonio de Guindos que está imputado

por el caso Madrid Arena, el Alcalde de Alcorcón que ha sido el

responsable del proyecto Eurovegas, etc., lo que considera una clara

declaración de intenciones de lo que se está haciendo con una

empresa pública como el Canal de Isabel II porque, como se viene

diciendo, se está detrayendo toda su rentabilidad con el único objetivo

de privatizarla como está haciendo la Comunidad de Madrid con

todos los recursos de los madrileños porque los está poniendo en

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

manos de los fondos buitres lo que se ha podido ver con la política de

vivienda y con la emisión de bonos que va a realizar el Canal de

Isabel II por una cuantía de 600 millones de euros.

Indica que se verá lo que está ocurriendo cuando esos bonos se

puedan convertir en acciones y al final ese modelo de 51% público y

49% privado, que el Partido Popular vende como eficaz modelo de

colaboración público-privada, quedará solo en manos privadas porque

algunos ayuntamiento, como el de Majadahonda, tomó la

consideración, gracias a una propuesta de Izquierda Unida-Los

Verdes, de mantener nuestras acciones, pero otros ayuntamientos no

lo hicieron así y, por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid las vendió

a pesar de ser el ayuntamiento que más acciones tenía.

Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista

de su grupo, se está desoyendo no solo la voluntad de muchos

ciudadanos que participaron en la consulta del agua y que dijeron que

no querían que el agua cayera en manos privadas, sino también a los

propios trabajadores del Canal de Isabel II, al resto de grupos de la

oposición en la Asamblea de Madrid y en casi todos los

ayuntamientos de la Comunidad y se está llevando, de forma opaca,

la privatización de algo muy importante que asegura un servicio

público esencial y de calidad como es el ciclo integral del agua y

añade que Izquierda Unida-Los Verdes considera que no se pueden

dejar, en manos privadas, servicios esenciales como el del agua

porque pasarán a depender de la rentabilidad económica y no de la

rentabilidad social y, en el caso del acceso al agua, no puede ser así

porque se trata de un derecho básico y universal.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Unión, Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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10.8(194/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Centrista para que asista a las Mesas de

Contratación un concejal por cada grupo político

(4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del

Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, que ha tenido entrada en el

Registro General el 20 de noviembre de 2014, nº 18299, cuyo texto es

el siguiente:

“Tal y como ya expresamos en la enmienda presentada al punto

primero del Pleno de octubre pasado el Grupo Municipal Centrista

considera que la Mesa de Contratación debe estar abierta a la

participación de los representantes de los grupos políticos y, por

tanto, de los ciudadanos en aras a una mayor transparencia y

conocimiento de los criterios utilizados en el proceso de

adjudicación, sin pretender que decidan pero sí que conozcan paso a

paso la actividad de la misma y puedan obtener en consecuencia una

información completa y directa de los procedimientos durante su

tramitación.

De la misma forma, pensamos que la mejor forma de asegurar

esa transparencia en los procesos de contratación empezaría poner

poner a disposición de todos los grupos políticos los pliegos de

condiciones que se elaboren y no solo, como se hace en la

actualidad, el expediente completo cuando ya se ha contratado y ya

no hay posibilidad de debatir los contenidos o los sistemas de

valoración aplicados.

Por todo ello se presenta la siguiente

MOCIÓN

Solicitamos que este Pleno apruebe que, por un lado, a las

Mesas de Contratación asista un concejal por cada fuerza política

representada en el Pleno, sin voto, pero con voz, que pueda por tanto

requerir aclaraciones, contrastar criterios y formar una mejor

opinión sobre la motivación de la propuesta de adjudicación.

Y por otro lado, que los proyectos de pliegos de condiciones

sean estudiados antes de su aprobación por la Comisión de

Vigilancia de la Contratación u otra que se decida.”

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de noviembre de 2014, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, da

lectura a esta Moción que su grupo ha presentado.

En estos momentos se ausenta del Salón de Sesiones la

Concejal del Grupo Municipal Popular, Sra. Menéndez.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que a su grupo no le parece mal que la decisión,

en las Mesas de Contratación, la adopten los técnicos municipales y

no los políticos, pero también considera importante que los

corporativos, como son representantes de los vecinos, puedan estar

presentes en esas Mesas, con voz y sin voto para que puedan ejercer

la función de fiscalización y por ello cree que esta Moción es bastante

apropiada.

Sigue diciendo que a su grupo le gusta más lo que se propone

en el segundo párrafo de su parte propositiva en la que se pide que los

proyectos de pliegos de condiciones sean estudiados, antes de su

aprobación, por la Comisión de Vigilancia de la Contratación.

Recuerda que se funcionó de ese forma hasta el año 2007 en el que

pareció que al Partido Popular le estorbaba que los grupos de la

oposición estudiaran los pliegos de condiciones en esa Comisión con

anterioridad a su aprobación y por ello decidió, unilateralmente, que

los estudiaran a posteriori que es cuando, por desgracia, no se puede

hacer nada aunque se detecte algún error o se considere necesario

realizar alguna aclaración o propuesta para mejorarlos.

Termina su intervención aclarando que la forma de actuar del

Partido Popular se enfoca en lo que se viene denominando

transparencia lo que puede quedar muy bien en los medios de

comunicación, pero su grupo considera que esa transparencia se debe

practicar en el día a día.

La Concejal del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que parece que la

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Comisión de Vigilancia de la Contratación va a ser el nuevo equipo

de gobierno y dice esto por la cantidad de tareas que se le van a

encomendar.

Sigue diciendo que su grupo estaría de acuerdo en apoyar esta

Moción en el apartado en el que se propone el estudio, antes de su

aprobación, de los proyectos de pliegos de condiciones aunque, como

todos conocen, porque lo puso de manifiesto en la sesión plenaria

celebrada en el mes de octubre, Unión, Progreso y Democracia cree

que los políticos no deberían estar presentes en las Mesas de

Contratación por considerar que esos procesos deben ser realizados y

supervisados por técnicos municipales debidamente cualificados

como son los de este Ayuntamiento.

Termina su intervención aclarando que, por los motivos

expuestos, su grupo se va a abstener en la votación de esta Moción.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que su grupo liga esta Moción con la que resultó aprobada en la

anterior sesión plenaria y por la que el equipo de gobierno presentó

una propuesta para que ningún grupo político estuviera representado

en las Mesas de Contratación lo que calificaría de cinismo porque la

realidad es que los representantes del Partido Popular eran los únicos

políticos que asistían a las mismas.

Sigue diciendo que su grupo ya tildó de electoralista y

propagandística esa medida y hoy va a añadir que fue poco

transparente e incluso ocultista porque entiende que el Partido

Popular, sin ninguna justificación, cercenó la presencia de los

representantes de los vecinos elegidos democráticamente y pregunta

al equipo de gobierno si realmente cree que de esa forma mejorará el

trabajo de esas Mesas, si cree que los representantes de la ciudadanía

van a entorpecer el cumplimiento de las tareas de los funcionarios y

también por qué no pueden opinar en las Mesas de Contratación y

aportar, en tiempo y forma, lo que haciendo a posteriori, como hasta

ahora, no sirve para casi nada.

Manifiesta a continuación que la pluralidad es transparencia y

la corrupción no se combate con oscurantismo y cerrando el círculo

sino con participación y apertura y considera que cuantos más

trabajen por un mismo fin, mejores serán los resultados.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que las campañas de propaganda para ser el partido más

cercano y comprensivo con las demandas ciudadanas, deben ser

realizadas con propuestas de verdad y no con fuegos artificiales que

deslumbran pero siempre suenan a huecos.

Considera que esta Moción que ha presentado el Grupo

Centrista es una propuesta de verdad y con sentido porque vuelve a

abrir las puertas de las Mesas de Contratación a los vecinos en las

personas de sus concejales que han sido elegidos democráticamente y

garantiza que todos esos representantes, y por tanto, todos los vecinos

puedan ejercer el trabajo de fiscalización, aportación y planificación

de los contratos que tanto necesita este Ayuntamiento.

Continúa diciendo a los miembros del equipo de gobierno que

todos los corporativos deben demostrar que ejercen las funciones para

las que fueron elegidos y que no hagan dejación de ellas a cambio de

un titular periodístico.

Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo va a apoyar esta Moción que ha presentado el

Grupo Centrista.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que esta Moción parece dar a entender que el Grupo

Centrista no se fía de nadie y parece que transmite una idea de las

Mesas de Contratación que no se corresponde con la realidad porque

recuerda que es un órgano técnico compuesto por funcionarios en las

que pueden participar determinados políticos cuando lo determina la

Corporación, como ha venido siendo hasta ahora en este

Ayuntamiento, para funciones ejecutivas, es decir, con firma y

responsabilidad.

Pregunta seguidamente en qué convierte a los corporativos el

estar presente, sin responsabilidad, en esas Mesas para conocer lo que

hacen, por ejemplo, el Sr. Interventor, la Sra. Secretaria, el técnico del

área, etc., y pregunta cuál es exactamente el papel que van a tener en

un órgano técnico que tiene que juzgar, técnicamente, documentación

técnica y dice esto porque en las Mesas de Contratación no se debate

sobre los pliegos de condiciones porque ya han sido aprobados.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica a continuación a la Portavoz del Grupo Centrista que,

como sabe, no se puede producir que un concejal sin voto, pero con

voz, asista a las Mesas de Contratación para pedir, por ejemplo, en

ese momento aclaraciones al Sr. Interventor sobre algo concreto sobre

lo que ya ha informado.

Aclara que toda la documentación de esas Mesas, todos los

pliegos y todas las plicas que se presentan son públicas y además

pregunta en qué papel quedarían los licitantes porque, como todos

saben, están presentes en los procesos de apertura de plicas y son los

que tienen que fiscalizar y comprobar que todo se está haciendo con

la mayor transparencia.

Recuerda además que existe un Portal del Contratista en el que

consta toda la información de las licitaciones que se realizan y añade

que la transparencia que existe en estos momentos es muchísimo

mayor de la que existía, por ejemplo, hace 10 años y, como todos

saben, es imposible hurtar algo a la fiscalización política y técnica en

los procedimientos de contratación. Añade que este Ayuntamiento,

además de esas Mesas de Contratación, cuenta con una Comisión

Especial de Vigilancia de la Contratación, Pleno, comisiones

informativas, etc.

Indica que, si se tienen dudas sobre la actuación de algún

funcionario, deben decirlo y no tender un manto general de sospechas

infundadas.

Termina su intervención aclarando que esta Moción no tiene

ningún sentido y añade que el equipo de gobierno va a respetar los

procedimientos y la estructura municipal y pide a los grupos de la

oposición que también las respeten y hagan un poco menos de

demagogia.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que, desde el punto de vista, el Concejal Delegado de Recursos

Humanos siempre entiende cosas malas aunque en este caso se está

planteando lo mismo que han aprobado otros ayuntamientos incluso

algunos, como el de Santiago de Compostela o el de Colmenar Viejo,

gobernados por el Partido Popular y es que, en las Mesas de

Contratación, esté presente la oposición. Aclara que quizá Santiago

de Compostela no sea, en estos momentos, un buen ejemplo porque

cree que los concejales que integran esa Corporación actualmente no

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

han sido votados por los vecinos y su Alcalde es el último de la lista

electoral.

Sigue diciendo que el Partido Popular aprobó un Código de

Buen Gobierno y por ello no entiende que ahora diga que los

corporativos no pueden asistir a las Mesas de Contratación para, en

determinados casos, solicitar aclaraciones si fueran necesarias.

Manifiesta que los vecinos deben conocer que los expedientes

llegan a la Comisión de Vigilancia de la Contratación cuando ya se ha

hecho todo (los pliegos de condiciones han sido aprobados por lo que

no se pueden realizar aportaciones a los mismos e incluso los

concursos ya han sido adjudicados) y por ello considera importante

que los pliegos de condiciones fueran estudiados, antes de su

aprobación, por la Comisión de Vigilancia de la Contratación y

también que los concejales puedan asistir a la Mesa de Contratación y

por ello ha presentado esta Moción que únicamente pretende que

exista transparencia para que los representantes de los ciudadanos

puedan conocer lo que ocurre en ellas.

Termina su intervención aclarando que su grupo ha presentado

esta Moción creyendo que era buena para el funcionamiento de este

Ayuntamiento y no pasa nada porque el equipo de gobierno no la

apoye aunque le pide que no diga que es transparente porque, cuando

tiene oportunidad de demostrarlo, no lo hace.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar trece (13) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular, ocho (8) a favor correspondientes a los Grupos

Municipales Socialista, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista y

cuatro (4) abstenciones correspondientes a Unión, Progreso y

Democracia y la correspondiente a la Concejal del Grupo Municiapl

Popular Sra. Menéndez, por ausencia una vez comenzado el debate de

conformidad con lo dispuesto en el art. 100 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades

Locales.

11. MOCIONES DE URGENCIA conforme a lo previsto

en el art. 91.4 del R.O.F.

No se presentaron mociones de urgencia.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Antes de comenzar a tratar el siguiente punto del Orden del

día, se incorpora a la sesión la Concejal del Grupo Municipal

Popular, Sra. Menéndez.

12. Ruegos y preguntas

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura,

indica que su grupo va a entregar a la Sra. Secretaria, un escrito en el

que constan todos los ruegos y preguntas que desea que consten en

acta para ser contestados aunque “in voce” realiza los siguientes:

1. Pregunta, ante la proliferación de locales de apuestas que se está

produciendo en este municipio, si se ha previsto alguna acción

relacionada con la prevención del juego patológico y ludopatía.

2. Pide que se lleve a cabo el mantenimiento del puente de la M-

503 en c/ Sarasate porque las aceras se encuentran en muy mal

estado (baldosas rotas, agujeros, etc.)

3. Pregunta en qué estado se encuentra la solución de la avería que

se produjo la semana pasada que afectó al suministro de agua y

ha dejado Majadahonda como Irak.

La concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, realiza “in voce” los siguientes ruegos y preguntas:

4. Indica que algunos vecinos han denunciado en su grupo la

proliferación de vallas publicitarias en las cercanías del Hospital

Puerta de Hierro, enfrente de la puerta de entrada del servicio de

Urgencias, vallas que parece que no cumplen la Ordenanza

Municipal y no abonan las correspondientes tasas. Pregunta si se

está realizando algún control en ese sentido.

5. Indica que la semana pasada se produjo un accidente de moto, a

las 18 horas aproximadamente, enfrente del centro comercial

Tutti Centro y parece que la ambulancia tardó casi una hora en

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

llegar a pesar de que la persona accidentada requería una

atención inmediata. Aclara que acudieron tres ambulancias pero

ninguna medicalizada aunque el Hospital Puerta de Hierro está

muy cerca. Añade que el servicio de Protección Civil cuenta con

una ambulancia que parece que es la más completa de toda la

zona, pero no acudió y por ello pregunta por qué no se usa esa

ambulancia de Protección Civil.

6. Pregunta qué departamento se encarga de la gestión del Salón de

Plenos y coordina sus peticiones de uso para la realización de

actividades, por ejemplo, de los grupos políticos. Aclara que

parece que esas peticiones son gestionadas por trabajadores del

Grupo Popular y, como su grupo entiende que el Salón de

Plenos pertenece a esta Corporación, pide que su uso sea

gestionado por trabajadores de este Ayuntamiento y no del

Grupo Popular.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, realiza “in voce” los siguientes ruegos y preguntas:

7. Indica que un vecino se ha puesto en contacto con su grupo para

poner de manifiesto que no se está aplicando la bonificación del

3% en el pago de impuestos en los casos de recibos

domiciliados. Pregunta si se trata de un error puntual y, si no es

así, pide que se investigue este asunto.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, indica que se ha producido un error y esa

bonificación no se ha aplicado aunque ya se está procediendo a

su subsanación.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr.

Martínez Maillo, aclara que, según la información recibida de

ese vecino, el error es recurrente desde el año 2009.

El Sr. Presidente aclara que esa pregunta será contestada

por escrito.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La concejal del Grupo Municipal Unión, Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que su grupo va a

entregar un escrito a la Sra. Secretaria en el que constan todos los

ruegos y preguntas que desea que sean contestados aunque “in voce”

realiza los siguientes:

1. Indica que su grupo ha recibido quejas sobre la rotonda de Renfe

y aún ha recibido muchas más desde que el Concejal Delegado

de Movilidad ha manifestado en esta sesión que la movilidad en

Majadahonda es muy buena. Pregunta si con la nueva

organización de la Policía Local se pondrá en marcha alguna

solución que permita organizar el tráfico en esta zona, en la

salida de la M-503 y en la rotonda de la c/ Gran Vía c/v. a c/

Doctor Calero.

El Sr. Presidente indica que esta pregunta será contestada

por escrito aunque aclara que el Concejal Delegado de

Movilidad ha hecho esa afirmación refiriéndose, con carácter

general, a la movilidad en Majadahonda.

Sigue diciendo que nadie puede negar que todos los

municipios que bordean la N-VI tienen problemas, casi

insolubles, a las horas punta, problemas que no solo tiene

Majadahonda porque se producen por la congestión de dicha vía

lo que, lógicamente, afecta a la rotonda de Renfe. Aclara que

esta sesión no es el foro adecuado para facilitar explicaciones

sobre los planes que este Ayuntamiento tiene para ello.

Manifiesta que, desde su punto de vista, la movilidad en

Majadahonda es muy razonable como lo prueba el que las

rotondas funcionen porque, como todos saben, cuando hay una

circulación excesiva, las rotondas no sirven para regular el

tráfico.

Termina su intervención aclarando que esta pregunta será

contestada por escrito.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, realiza “in voce” la siguiente pregunta:

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

1. Hace pocos años, este Ayuntamiento realizó una inversión para

comprar algunas figuras del belén que se instala en los

soportales en lugar de gastar dinero todos los años para su

alquiler. Indica que se recibieron quejas de algunos vecinos

sobre una de las figuras de ese belén y hubo que retirar esa

figura aunque se había pagado su alquiler. Aclara que este año

se ha decidido no utilizar esas figuras que van a ser

reemplazadas por otro belén nuevo. Pregunta a qué obedece el

cambio de belén, cuánto ha costado el nuevo, qué criterio se ha

seguido para elegir al belenista y qué destino se va a dar a las

figuras que han sido reemplazadas y que se encuentran en

perfecto estado.

El Sr. Presidente aclara que el Misterio que se instalaba

fue adquirido por este Ayuntamiento porque se amortizaba en

muy poco tiempo (2 ó 3 años) y de hecho ya está amortizado.

Aclara que es cierto que anteriormente se alquilaban las figuras.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno ha creído más

interesante para los niños de Majadahonda y para nuestros

vecinos en general, hacer un belén completo en los soportales de

este Ayuntamiento porque, como todos saben, es una tradición

muy enraizada en la cultura española.

Termina su intervención diciendo que el anterior Misterio

seguramente, aunque la decisión final no ha sido adoptada, se

instalará en el hall de la Casa de la Cultura y reitera que en los

soportales de este Ayuntamiento se instalará un belén completo

considerando que será una mayor atracción para todos los niños

de Majadahonda y añade que la información solicitada sobre el

coste será facilitada por escrito.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sr. Santana, indica que su grupo también va a entregar a la

Sra. Secretaria un escrito en el que constan todos los ruegos y

preguntas que desea que sean contestados aunque “in voce” realiza los

siguientes:

2. Manifiesta que, en los debates mantenidos en esta sesión, se ha

aludido a lo maravillosa que el equipo de gobierno considera la

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

colaboración público-privada y añade que le ha sorprendido que,

en las respuestas que el equipo de gobierno ha dado a una

pregunta de su grupo realizada en el mes de octubre referida a

que una valla situada al lado del parque infantil del Bulevar

Cervantes lleva 6 meses rota. Aclara que la respuesta que la

correspondiente Concejalía ha dado a esa pregunta es que se está

interpretando el sentido del mantenimiento al que está obligado

el concesionario y definiendo con exactitud las

responsabilidades que en el pliego de condiciones se indican.

Recuerda que el concesionario del kiosco de este Bulevar paga

2.000 euros mensuales y tiene la obligación de realizar el

mantenimiento de la zona. Pregunta si este Ayuntamiento va a

permitir que esa valla situada al lado del parque infantil

permanezca rota durante todo el tiempo que se tarde en

interpretar ese contrato y también de quién es la responsabilidad

en caso de que se produzca un problema. Aclara que, desde el

punto de vista de su grupo, los responsables en ese caso serán

ambos (Ayuntamiento y empresa concesionaria del kiosco) y

considera intolerable que se haya permitido que esa valla

permanezca rota más de 6 meses.

El Sr. Presidente aclara que se comprobará la situación

que ha descrito el Grupo Izquierda Unida-Los Verdes y desea

dejar claro que, si es cierta, está de acuerdo con todo lo que ha

expuesto el Portavoz de dicho Grupo.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica su deseo de realizar “in voce” una matización viéndose

obligada a realizarla en este turno de ruegos y preguntas porque el Sr.

Alcalde siempre es el que termina las intervenciones en los debates de

las sesiones plenarias por lo que, en muchas ocasiones, su grupo no

puede aclarar las manifestaciones que ha realizado.

Sigue diciendo que el Sr. Alcalde ha indicado durante esta

sesión, desde su punto de vista en un tono no muy apropiado, que

jamás se le había ocurrido criticar un informe de un funcionario

municipal y por ello desea aclarar que el Grupo Centrista tampoco ha

criticado ningún informe técnico y, cuando no ha estado de acuerdo

con alguno, ha disentido y ha presentado recurso en algunos casos,

recursos que, en ocasiones, no han sido estimados desde un punto de

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

vista jurídico y su grupo se ha aguantado lo que ha ocurrido, por

ejemplo, con los precios contradictorios de ASSIGNIA, asunto en el

que no fueron estimados todos los precios contradictorios que su

grupo planteaba.

Manifiesta que quizá su intervención en un punto anterior fuera

un poco más dura de lo habitual porque nunca había visto un informe

jurídico en el que se descalifiquen las manifestaciones de un portavoz

de un grupo municipal y considera que en ese informe al que se ha

referido anteriormente sí se descalifican y por ello su grupo ha querido

ponerlo de manifiesto.

A continuación realiza “in voce” las siguientes preguntas:

1. Pregunta qué ocurre con la investigación que se está realizando

sobre las tarjetas de suministro de combustible a vehículos

municipales porque, desde que se aprobó realizar dicha

investigación, se han celebrado dos sesiones plenarias sin que su

grupo haya recibido información. Aclara que hace esta pregunta

porque, desde su punto de vista, la realización de esa

investigación no debería tardar tanto tiempo.

2. Pregunta qué ocurre con las plazas del parking de la Plaza de la

Constitución que están siendo abonadas por los vecinos para

que, desde el punto de vista de su grupo, se produjera equilibrio

en esta concesión y pudiera hacerse cargo de su explotación la

misma empresa que gestiona el parking de la Gran Vía. Aclara

que esas plazas, desde el punto de vista de su grupo, son una

ruina para los vecinos de Majadahonda porque pagan un elevado

precio por ellas y por ello desea conocer el destino que se están

dando a esas plazas de aparcamiento y, si se están utilizando,

quién las utiliza y si se les cobra por ello.

El Sr. Presidente aclara que la segunda pregunta será

contestada por escrito aunque indica que se están barajando

distintas posibilidades.

Termina su intervención manifestando, respecto a la

investigación sobre las tarjetas de suministro de combustible a

vehículos municipales, que se están revisando muchas facturas y

se está trabajando en ello.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En el escrito entregado a la Sra. Secretaria por el Grupo

Municipal Socialista, además de los ruegos y preguntas

anteriormente reflejados, constan los siguientes.

8. Solicita que se lleve a cabo el correcto mantenimiento del

Parque Cuesta del Reventón.

9. Trasladamos una queja vecinal:

“Como administrador de la finca El Olivar del Golf V Fase, sita

en Av. De la Oliva 33-59 de Majadahonda (zona El Carralero”

quiero denunciar lo que según nosotros entendemos es un

problema de salud pública. Desde el pasado verano se viene

observando una mala calidad del agua de la finca, siendo ésta

marrón. Dadas las circunstancias dimos aviso al Canal de

Isabel II y ésta nos derivó a nuestros mantenedores de servicios

de cañerías internas y grupos de presión. Así que nos pusimos

en contacto con nuestra empresa mantenedora de grupos de

presión, la cual realizó una rigurosa revisión de las

instalaciones llegando incluso a instalar válvulas reductoras de

presión por si la presión fuera el causante de la avería. Aún así

hemos seguido teniendo problemas y por ello se realizaron

diversos análisis del agua, concluyendo éstos que los niveles de

hierro no son los adecuados. Se adjunta uno de los análisis de

agua donde se verifica que el agua no es potable y burofax

enviado al Canal de Isabel II instándole a la reparación. A

posteriori, hemos tenido conocimiento de que no es el único

acaso en la zona, ya que las Comunidades de Propietarios de la

c/ Isaac Albéniz, 21-20 y c/ Isaac Albéniz, 37-39 tienen un

problema similar y otro caso más preocupante aún es el del

Colegio San Jaime y el Colegio Público Santa Catalina. Fuentes

sanitarias consultadas a nivel particular, informan que no es

perjudicial para la salud de un adulto a corto plazo, pero nos

preocupan las consecuencias a futuro y sobre todo, las posibles

secuelas que puedan quedar en niños. Por todo esto,

agradecemos de antemano su colaboración para poner este

asunto en conocimiento de las máximas autoridades y que

nuestras quejas de forma conjunta, sean atendidas por los

responsables de una manera rápida y eficaz para poder

disfrutar de un correcto suministro de agua.”

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

10. Trasladamos una queja vecinal respecto a si el equipo de

gobierno tiene previsto llevar a cabo reformas en los cuartos de

baño de la piscina municipal (Huerta Vieja) debido a su pequeño

tamaño.

En el escrito entregado a la Sra. Secretaria por el Grupo

Municipal Unión, Progreso y Democracia, constan, además de los

anteriormente reflejados, los siguientes ruegos y preguntas:

2. Algunos padres se han puesto en contacto con nosotros porque

aseguran que en el entorno de los colegios San Jaime y Santa

Catalina, al parecer, no se respeta el espacio reservado para el

transporte escolar ni las rotondas. ¿Tiene constancia el

Ayuntamiento de este problema?. ¿Qué ocurre exactamente en

estos colegios?

3. Hemos recibido la visita de varios vecinos haciéndonos la

siguiente pregunta: ¿Cuál es el criterio que se sigue para el

cambio de contenedores en el municipio? Por ejemplo, ¿qué

originó el cambio de contenedores de la calle Mar Adriático a la

calle Mar del Norte 39-41?

4. ¿Cuántos contenedores de ropa usada se han retirado? Algunos

están identificados, ¿por qué no se le ha abierto un expediente?

5. Queremos que nos faciliten, íntegramente, el laudo arbitral

dictado como consecuencia de las divergencias acontecidas

entre Constructora Arpada y Planiger y el Consejo de

Administración de Pammasa.

6. ¿Tiene previsto alguna solución para que la pista del

polideportivo de La Mina, donde entrena el equipo de patinaje,

no sea, cuando llueve, una auténtica piscina?

7. Muchos vecinos nos alertan de la proliferación de ratas en la

zona de la calle Monjitas. ¿Tienen conocimiento de ello? ¿Se ha

hecho alguna actuación puntual al respecto para erradicarlas?

8. Algunos jóvenes del municipio se han dirigido a nosotros para

que solicitemos información de por qué no pueden alquilar

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

algunos campos deportivos como hacían con anterioridad. Dada

la falta de espacios disponibles para practicar deporte al aire

libre, tienen que solicitar su uso, pagando por ellos a pesar del

estado en el que se encuentran algunos.

9. Nos interesa conocer si PAMMASA ingresa algún importe por

la instalación de publicidad en la parcela M-11 y a cuánto

asciende.

En el escrito entregado por el Grupo Municipal Izquierda

Unida-Los Verdes, constan, además de los ruegos y preguntas

anteriormente reflejados, los siguientes:

3. Muchos estudiantes universitarios se examinan los primeros días

de enero y necesitan tener espacio para poder estudiar durante

las vacaciones, incluso festivos. ¿Está previsto ampliar el

horario de la Biblioteca “Francisco Umbral” u otros espacios

públicos durante el periodo de Navidad de diciembre y enero?.

Solicitamos que se atienda la demanda.

4. Solicitamos que nos faciliten los datos, desglosados por centro y

tipo de reducción, de los beneficiarios de la aplicación de los

precios reducidos de comedor establecidos por la Consejería de

Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid

para el curso 2014/15.

5. Solicitamos que nos faciliten los datos, desglosados por cuantía

de las ayudas, de los beneficiarios de subvenciones de la

Concejalía de Servicios Sociales para asumir los gastos de

comedor, material escolar y de otros servicios educativos para el

curso 2014/15.

6. ¿Por qué motivo no se agota el presupuesto destinado a

emergencia social, teniendo en cuenta la difícil situación

económica que viven muchas familias majariegas? ¿Qué tipo de

difusión realiza el Ayuntamiento de la existencia de estas

ayudas.

7. En relación a las sentencias judiciales por cobros indebidos del

IBI en los últimos años. ¿A cuánto ascienden las devoluciones a

las que obligan estas sentencias? ¿Y los intereses de demora?

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

8. Muchos vecinos y vecinas están reclamando a la Gerencia

Regional del Catastro la aplicación de las sentencias

individuales de nulidad, dictadas por el Tribunal Superior de

Justicia, relativas al valor catastral de sus bienes inmuebles.

¿Qué pasos ha dado el Ayuntamiento para que en Majadahonda

se proceda a una nueva revisión catastral?

9. Diversas viviendas. Solicitamos que se nos facilite el listado de

inmuebles que han sufrido un aumento en la cuota del IBI a

pesar de la anunciada bajada del 10% y los motivos de las

mismas. Solicitamos que cuando por algún motivo se

incrementen las cuantías de los impuestos se les informe y

explique previamente a los vecinos.

10. Nos informan de que en el pre-Monte del Pilar, entre el Gran

Parque y la pista de patinaje, se ha talado un árbol singular, con

un diámetro de más de metro y medio, además de un pino de

gran tamaño muy cercano. ¿Cuál ha sido el motivo? ¿Se ha

hecho algo para evitarlo? ¿Qué medidas compensatorias se

toman en estos casos?

11. Nos llega la denuncia por la tala de un pino y de un álamo o

chopo del Monte del Pilar, situados junto a las viviendas de la

Urb. Pinar del Plantío que lindan con el espacio natural y que

tienen acceso directo al mismo de forma ilegal. ¿Tiene

constancia el Ayuntamiento y/o el Patronato Monte del Pilar de

estas talas? ¿Hay licencia para ello y constancia de quién las ha

realizado? Solicitamos información detallada de este asunto.

Además, queremos saber por qué no se toman medidas para

clausurar definitivamente los accesos ilegales al monte.

12. Nos llegan quejas por las glorietas de la calle Miguel Hernández

y calle Cementerio porque tienen un diseño que dificulta la

conducción por ellas: falta de visibilidad, dificultad para

maniobrar por falta de espacio, etc. ¿Se ha detectado un mayor

número de incidentes en estas glorietas? ¿Se ha planteado

modificar o mejorar estos cruces?

13. Los vestuarios de la piscina municipal Huerta Vieja,

especialmente el de niños y niñas, resultan pequeños para la

gran cantidad de usuarios que hay a determinadas horas. ¿Está

previsto reformarlos?

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Pleno ordinario 26-11-2014

177

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

14. Desde hace algunos años vecinos y vecinas o colectivos han

solicitado espacios municipales para mantener reuniones u

organizar actividades públicas no lucrativas, encontrándose con

la negativa del Ayuntamiento por no estar registrados

formalmente como asociación. Solicitamos que, en aras al

fomento de la participación ciudadana y del derecho de reunión,

se les facilite espacios públicos cuando haya disponibilidad.

El Sr. Presidente, en este momento, hace entrega a la Sra.

Secretaria Accidental, para que las adjunte al Acta de esta sesión,

todas las contestaciones que han realizado por escrito los miembros

del Equipo de Gobierno a las preguntas realizadas por los Grupos de

la Oposición.

Se adjuntan a la presente acta las respuestas a preguntas

formuladas, entregadas al Secretario que suscribe por el Sr. Alcalde.

Las respuestas anexadas corresponden a las siguientes

Concejalías:

- De Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios

Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

- De Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda

- De Medio Ambiente, Jardines y Limpieza

- De Deportes y Fiestas

- De Nuevas Tecnologías

- De Bienestar Social, Salud y Familia

- De Cultura y Juventud

- De Educación

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 29-10-

2014

“8. Nos interesa conocer si el Ayuntamiento de Majadahonda se ha

personado en el concurso de acreedores de la concesionaria del

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

golf, la sociedad Soto Once, S.L. En caso negativo nos gustaría

saber cuál ha sido el motivo.

Los Servicios Jurídicos informan que:

“El Ayuntamiento de Majadahonda está personado en el concurso de

la sociedad Soto Once, S.L., seguido ante el Juzgado de lo Mercantil

nº 8, desde el 4 de junio de 2014 en reclamación, de momento, de

71.481,96 euros por deudas tributarias existentes en tal fecha.”

Majadahonda, 26 de noviembre de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 29-10-

2014

“3. Recuerda que, por acuerdo unánime de todos los grupos

municipales, este Ayuntamiento decidió personarse en el pleito

de la trama Gürtel para recuperar los perjuicios que se habían

causado a este Ayuntamiento y por ello pregunta en qué

situación se encuentra este asunto y si se ha producido algún

avance.

Los Servicios Jurídicos realizan la siguiente aclaración:

““Recibido el Auto del Juzgado de 29 de julio de 2014 por el que se

acuerda formar la “Pieza Separada 275/08- Epoca I: 1999-2005”, el

Ayuntamiento de Majadahonda se personó en la misma, en agosto de

2014 con el fin de recibir ofrecimiento de acciones “por los posibles

perjuicios que pudiera haber sufrido como consecuencia del abono de

facturas presuntamente referidas a servicios inexistentes o

sobrevalorados así como de la duplicidad del pago de servicios

contratados”.

En la actualidad, la formación de dicha pieza separada ha sido

recurrida por todas las representaciones procesales de los diversos

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

imputados en la misma, encontrándonos en la fase de resolución de

cada uno de los recursos de reforma planteados.

En cuanto finalice este período procesal de recursos y se mande abrir

el juicio oral se comunicarán las actuaciones al Fiscal y a las

acusaciones para que presenten escrito de calificaciones en cinco

días.

Como el Ayuntamiento se ha personado en su condición de actor civil,

su intervención será posterior a la del Ministerio Fiscal y las

acusaciones particulares”.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana. Pleno 29-10-2014

“5. Los vecinos de la calle y plaza Escudero están hartos de

soportar las molestias que las terrazas hosteleras ocasionan al

no cerrar a la hora establecida por la Ordenanza, las

dificultades que tienen para acceder a los buzones de basura al

estar rodeados por las mesas de las terrazas, que se practique

botellón a cualquier hora del día y especialmente los fines de

semana, etc. Solicitamos que se vigile y no se tolere este tipo de

infracciones.

“Policía Local informa que a diario, en todos los turnos, se ha

asignado personal para el control de la zona de Escudero y

consta su realización en los documentos internos de Jefatura.

Los horarios e instalación de terrazas se vienen controlando

como el resto de establecimientos de las mismas características

de la localidad. De hecho se ha formulado alguna denuncia por

infracción.

Se mantendrá el control de la zona y se insiste en la efectividad

que supone acudir directamente a las llamadas cuando las

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

infracciones se están cometiendo para de esta forma intentar

comprobarlos y proceder a su denuncia”.

7. ¿Está permitido el aparcamiento en la calle Real Baja junto a la

calle Cuesta junto la entrada del nuevo aparcamiento? Si no es

así, ¿por qué se permite que haya frecuentemente coches

estacionados interrumpiendo los pasos peatonales de tierra de

la plaza?

“Policía Local informa que en el lugar que se menciona no está

permitido el estacionamiento. Cosa distinta es que se cometan

infracciones, que serán denunciadas en el caso de ser

observadas”.

8. Muchas personas están indignadas porque durante 20 años han

estado aparcando en un espacio, en los alrededores del

establecimiento Labrandero, en el que recientemente se ha

comenzado a multar. Solicitamos que si el Ayuntamiento va a

hacer cumplir las normas, después de años haciendo la vista

gorda, haga previamente una campaña informativa o señalice

las prohibiciones claramente para que no se convierta en una

simple cuestión recaudatoria.

Policía Local informa que en el espacio que se cita no está

permitido el estacionamiento. No se trata de una zona de

aparcamiento sino de uso peatonal. Además de tratarse

objetivamente de una infracción, se vienen recibiendo llamadas

de vecinos quejándose de los estacionamientos en zona no

autorizada, por lo que desde esta Policía se vienen atendiendo

estos requerimientos.

Asimismo indican que por su parte han realizado una campaña

en la que se colocaban en los vehículos notas que les informaba

de estar cometiendo una infracción, como aviso previo a la

denuncia (se adjunta muestra de la nota informativa repartida).

Igualmente manifiestan que tienen información de la próxima

instalación de bolardos, actuación que está pendiente de

ejecución.

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Socialista

“4. Solicitamos se haga un paso de peatones justo en la salida del

Instituto Margarita Salas (calle María Teresa León), como

forma de mejorar la seguridad de la zona. Igualmente que se

solicite a quien corresponda que se pongan marquesinas de

autobús en las paradas de autobús de dicha calle.

RESPUESTA: Dicha solicitud se estudiará en la próxima

reunión de coordinación de los Servicios de Infraestructuras,

Movilidad y Policía.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia

“10. Hemos constatado la existencia de desperfectos que se están

produciendo en el recién estrenado edificio de la Policía.

¿Tienen conocimiento de ello? ¿Se ha reclamado a la empresa

constructora?

RESPUESTA: El edificio de Policía dispone de un contrato de

mantenimiento con la Empresa constructora, quien por

contrato, tiene dicha obligación. Cualquier deficiencia que se

detecta u observa, se comunica por el encargado al Servicio de

Obras para que la empresa la corrija..

13. ¿Cuándo se hará efectiva la señalización de la delimitación del

espacio que pueden ocupar las terrazas?

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

RESPUESTA: La delimitación del espacio de ocupación de las

terrazas se hará disponiendo un clavo o tornillo de latón en el

pavimento. A día de hoy no tenemos una fecha cierta de

implantación.

15. La noche del día 27 de este mes, se produjo un incendio en el

interior de un edificio abandonado, al lado del cementerio, que

precisó la presencia de los bomberos. El edificio lleva en esas

condiciones, que fueron denunciadas en su momento. ¿Por qué

no se apercibe a los propietarios y se les insta a mantener su

propiedad en un estado adecuado?

RESPUESTA: La edificación en ruina a que se alude es de

propiedad particular, al igual que la finca donde se encuentra.

Desde hace años se vienen realizando distintas intervenciones

en dicha finca y comunicaciones con la propiedad, sin que al

día de hoy hayamos podido contactar con el propietario.

18. Nos interesa conocer si en la sociedad PAMMASA existen

tarjetas bancarias, y quiénes y para qué, está autorizado su uso.

RESPUESTA: Según nos informa PAMMASA, no existen, ni

han existido, tarjetas bancarias de PAMMASA a favor de nadie.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes

6. En la prolongación peatonal de la Gran Vía se ha retirado un

banco que existía en el lugar que ocupa una terraza hostelera.

¿Existe autorización para ello? Si no es así; ¿qué acciones se

han emprendido para su reposición? Nuestro grupo ya ha

denunciado en diversas ocasiones que establecimientos de este

tipo están incumpliendo la Ordenanza, apropiándose del

mobiliario urbano. Solicitamos que se vigile el espacio que

están ocupando las terrazas y que se sancione a quien incumpla

las normas y atente contra el mobiliario urbano que es de todos.

Page 183: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

RESPUESTA: La retirada de este banco la ha realizado la

empresa municipal de mantenimiento, previa autorización del

responsable del contrato. Esta actuación no se repercute al

contrato de mantenimiento, sino que la abona el particular,

solicitante de la licencia de Terraza. El banco se encuentra en

el acopio municipal para ser restaurado y colocado en la nueva

ubicación que se determine.

11. De vez en cuando, aparece en nuestro municipio publicidad de

eventos y ferias anclada en farolas con maderas, paneles en

medio de las aceras, etc. ¿Tienen autorización municipal dichos

carteles? ¿Por qué se permite ponerlos en las aceras

dificultando el paso a los peatones?

RESPUESTA: Nunca se han concedido permisos ni

autorizaciones para la colocación de dichos carteles en farolas

ni en paneles sobre la vía pública, que en cualquier caso no se

permitirían. Cuando se conocen estas situaciones, se actúa

desde el servicio de Disciplina de actividad.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Centrista

“1. Pregunta si se ha instado a PAMMASA para que facilite a su

grupo el anexo que se firmó con la empresa que resultó

adjudicataria de la gestión de la Residencia del Valle de la

Oliva y en el que constan todos los desperfectos que tiene dicha

Residencia y que deben ser arreglados, documento que su grupo

ha pedido en muchas ocasiones y no consigue que se le

entregue.

El Sr. Presidente pregunta a la portavoz de dicho grupo si

ese documento no se entregó a los miembros del Consejo de

Administración de PAMMASA entre los que está el

representante del grupo Centrista.

La portavoz del grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara

que no se entregó ese documento y además recuerda que esa

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Residencia ha pasado a ser propiedad de este Ayuntamiento por

lo que su grupo considera necesario contar con ese anejo de

desperfectos.

El Sr. Presidente aclara que ese documento se elaboró

cuando la residencia de mayores era propiedad de PAMMASA e

insiste en que el Grupo Centrista cuenta con un miembro en el

Consejo de Administración de dicha empresa municipal.

La portavoz del grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara ese

documento era necesario para hacer el traspaso de dicha

instalación, de PAMMASA a este Ayuntamiento y además

recuerda que su representante en el Consejo de Administración

también ha solicitado la entrega de ese documento y tampoco le

ha sido entregado.

El Sr. Presidente aclara que se facilitará ese documento.

RESPUESTA: La información que se nos solicita fue

facilitada en la reunión del Consejo de Administración de

PAMMASA celebrado el pasado 26 de mayo del presente año,

quedando reflejado en el acta de dicha reunión, aprobada al

inicio de la siguiente sesión del Consejo.

El texto incluido en el acta es el siguiente:

“Informa también el Sr. Escalera que se ha emitido el laudo

arbitral relativo a las deficiencia de la residencia, por lo que

Planiger y la constructora vienen obligadas a pagar a

PAMMASA la cantidad de 191.386 € en un plazo de 45 días.

El Sr. Presidente recuerda el histórico de los informes

respecto a este asunto, siendo la cuantía decidida por el laudo

arbitral similar a las contempladas en dichos informes.”

El laudo arbitral se presentó por tanto en dicha reunión y

quedó a disposición de los Consejeros desde ese mismo

momento. Igualmente está a disposición de los miembros de la

Junta General en las oficinas de PAMMASA, sin ningún otro

trámite más que solicitarlo.

2. Pregunta en qué situación se encuentran las viviendas de

alquiler porque hay vecinos que consideran que, por la

situación en la que se encontraban en la lista de adjudicatarios,

deberían ser ya inquilinos de algunas de las viviendas que han

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

quedado vacías y todavía no lo son por lo que considera

importante que se facilite información a su grupo sobre el

número de viviendas vacías, cómo se adjudican dichas viviendas

y en qué situación está esa adjudicación.

El Sr. Presidente indica que se facilitará esa información

al grupo Centrista.

RESPUESTA: Según nos informa PAMMASA, la lista de

reserva a fin de adjudicar las viviendas en régimen de

arrendamiento que vayan quedando vacantes, fue aprobada el

29 de septiembre de este año.

Se ha ido avisando de forma correlativa a los solicitantes para

ocupar las viviendas vacantes. A día de hoy, quedan menos de

10 viviendas vacantes y se ha llegado ya al número 40 de la

lista. Están eligiendo vivienda y al finalizar estos trámites

quedarán todas las viviendas arrendadas.

3. Indica que un vecino le ha informado de que se han retirado

unos bancos instalados en el colegio Las Reparadoras y

pregunta los motivos de esa retirada.

RESPUESTA: No se ha podido precisar a qué bancos se

refiere. No consta en las órdenes de trabajo emitidas por el

Servicio de Infraestructuras, la retirada de los mencionados

bancos.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia.

Pleno octubre 2014

“6. Ante las quejas recibidas por parte de vecinos de la zona del

Parque Clamart, nos interesa conocer por qué en este parque

no hay señalizaciones indicando, como en otros, las zonas de

juego, y las prohibiciones relativas como la obligatoriedad de

recogida de excrementos de animales domésticos, entre otras.

Page 186: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La cartelería en zonas verdes y parques y jardines se ha

ido instalando progresivamente según se ejecutaban obras de

nuevas zonas o mantenimientos específicos. Al no estar

unificada, existen diferentes tipos de cartelería y no instalada en

todos los parques, por lo que se está trabajando para unificarla

e instalarla poco a poco en todas las localizaciones en que sea

necesaria.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.

Pleno octubre 2014

“7. Hemos comprobado, a pesar de ser una de sus intenciones, que

la iluminación del parque Colón es deficiente. Algunos vecinos

nos indican, incluso, que les parece peor que la que existía

anteriormente. ¿Tienen conocimiento de la existencia de algún

problema al respecto? ¿La iluminación que existe actualmente

en el Parque Colón es la definitiva o quedan aún trabajos

pendientes? En caso de ser esta iluminación la definitiva,

¿tienen pensada alguna solución que aporte mayor visibilidad a

esta zona en horas nocturnas?

La iluminación del nuevo parque Colón ha sido

cambiada en la obra, según las especificaciones técnicas que se

estudiaron en la realización del proyecto para cumplir con la

normativa existente. La nueva iluminación es del tipo LED,

mucho más eficiente y no nos consta ningún problema con la

misma.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.

Pleno octubre 2014

“14. A pesar de nuestra insistencia, la zona rústica, a continuación

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de la Rosaleda Víctimas del Terrorismo, sigue en un estado

lamentable sin que se limpie desde hace más de un mes. ¿A

quién le corresponde la limpieza de esta zona?

Esa zona ya ha sido ya limpiada y se ha pasado nota a la

empresa responsable de su limpieza para que esté más

pendiente y se repase cada cierto tiempo. Algunos vecinos de la

zona han hecho llegar al ayuntamiento su agradecimiento por la

labor realizada y han expresado que “está mucho mejor”.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno

octubre 2014.

“2. Pregunta sobre el modelo de colaboración público-privada

porque hace 6 meses que su grupo avisó al concejal responsable

de que la valla situada junto al parque infantil del Bulevar

Cervantes y, 6 meses después, dicha valla continúa rota. Aclara

que ese es uno de los cometidos que tenía la empresa

concesionaria del kiosco de dicho bulevar que recuerda paga

2.000 euros anuales aproximadamente (unos 3.000 € después de

la revisión del IPC), de canon por utilizar ese espacio y además

debía asumir todo el mantenimiento de la zona e insiste en que,

6 meses después de ese aviso, esa valla sigue rota a pesar de

estar cercana a un parque infantil.

Desde la concejalía de Medio Ambiente se ha

mantenido contacto con el concesionario del quiosco del

bulevar Cervantes para que se mantenga la zona como

corresponde. Se está interpretando el sentido del

mantenimiento al que está obligado para definir exactamente

las responsabilidades que en el pliego se indican.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Page 188: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno

octubre 2014

“4. En la Avenida Guadarrama, frente a las pistas de atletismo, la

vegetación del descampado invade las aceras y no permite

transitar por algunos tramos. Solicitamos que se realicen las

acciones pertinentes para solucionar este problema.

Se realizará una inspección y se comprobará la

titularidad de las parcelas a las que hace referencia para

requerir al titular si es privada o se resolverá por los servicios

municipales de Medio Ambiente.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno

octubre 2014.

“12. Respecto a las respuestas que nos ha dado el Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza sobre las obras del nuevo

Parque Colón, nos surgen nuevas dudas:

a) ¿Es consciente el Equipo de Gobierno de que el nuevo

diseño abierto de las zonas infantiles incumple las

recomendaciones europeas y el acuerdo plenario

aprobado en este sentido en el año 2010?

b) ¿Las escaleras que ya existían y que estén en un estado

lamentable de conservación se van a reparar o sustituir

dentro del contrato de obras adjudicado para la

remodelación del parque?

c) ¿Las zonas verdes deterioradas, espacios con plantas

muertas y calvas por todo el césped que estaban

previamente a las obras realizadas van a ser repasadas

por la empresa adjudicataria de las mismas?

Page 189: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

d) ¿Quedan actuaciones pendientes de acometer o las obras

ya se han dado por finalizadas y entregadas.

- El diseño de la zona infantil cumple con la

normativa.

- Las escaleras a las que se supone hace referencia, no

están en un estado lamentable, es que tienen una

parte de escalera y otra, que aprovechando la forma

de escalones, está preparada para la plantación.

- No se tiene constancia de que existieran deterioros

anteriores a la obra y los que pueda haber ahora son

consecuencia de los nuevos usos y serán tratados

para su arreglo.

- La obra del nuevo parque Colón ya ha sido

recepcionada.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno

octubre 2014

12. Solicitamos los datos de la cantidad de residuos recogidos en

Majadahonda en los años 2011, 2012 y 2013 desglosados por su

tipología (papel, cartón, vidrio, envases recogidos, envases

realmente reciclados y fracción resto) y, en su caso, por su

procedencia (limpieza viaria, recogida neumática, carga

trasera).

Se acompaña documento adjunto con los datos.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Centrista. Pleno octubre 2014.

“4. Pregunta qué está ocurriendo en la zona del Punto Limpio

porque su grupo ha visto que se han depositado unos rollos de

cable negro en el costado de esa instalación y por ello pide

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

información de si se está realizando algún tipo de obra.

El depósito de los rollos de cable a los que hace

referencia no corresponden con ninguna obra del punto limpio.

Parece ser que son de la compañía Telefónica que está

realizando diferentes mantenimientos en su instalación y ha

depositado material en diferentes zonas del municipio.

Majadahonda, 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal

Socialista. Pleno octubre 2014.

“7. Solicitamos ose nos haga entrega de algún documento

explicativo sobre los avances que ha habido respecto a la

moción presentada por nuestro grupo y aprobada en el Pleno de

octubre de 2012 sobre “formalización de acuerdo de

colaboración con el Gimnasio “Físico” para la donación de

material deportivo.”

Respuesta

No hay ningún documento concreto, aunque sí han

existido las conversaciones oportunas y el concesionario se ha

mostrado totalmente dispuesto y nos comunicará cuando sea

preciso qué elementos deportivos puede ceder para uso

municipal, aunque hasta el momento los elementos han sido

máquinas de gimnasio no utilizables en colegios.”

Majadahonda, 25 de noviembre de 2014.- El Concejal de Deportes.-

Fdo.: Javier Caballero López.”

Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal

Unión, Progreso y Democracia. Pleno octubre 2014.

“8. Nos interesa conocer si el Ayuntamiento de Majadahonda se ha

personado en el concurso de acreedores de la concesionaria del

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Pleno ordinario 26-11-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

golf, la sociedad Soto Once, S.L. En caso negativo nos gustaría

saber cuál ha sido el motivo.

Respuesta

Según conversaciones con los Servicios Jurídicos, el

Ayuntamiento se ha personado en dicho concurso para la

defensa de los intereses del Consistorio.

17. Repasando el listado de escuelas deportivas municipales,

echamos en falta la existencia de una escuela municipal de

ajedrez. Además de ser una alternativa de ocio muy interesante

para todas las edades, el ajedrez posee un enorme potencial

educativo y formativo, puesto que enseña a pensar, activa la

memoria, mejora la creatividad, despierta y agudiza el sentido

crítico y crea hábitos positivos en la esfera del pensamiento:

disciplina mental, razonamiento, memoria, investigación,

análisis, síntesis …. Por este tipo de razones, creemos que

debería suscitar el interés municipal.

Respuesta

Es de todo interés del Ayuntamiento fomentar el deporte

del Ajedrez y, aunque no se ha podido formalizar una Escuela

Municipal, sí se apoyan las actividades del único Club

Deportivo, “El Molinillo”, de la localidad que se dedica a dicho

deporte, con torneo en las fiestas y espacios en Escuelas

Públicas y en Polideportivos Municipales.

Cuando al final de la temporada actual, se renueven los

Convenios de las Escuelas municipales deportivas, está previsto

incluir la de Ajedrez.

Majadahonda, 25 de noviembre de 2014.- El Concejal de Deportes.-

Fdo.: Javier Caballero López.”

Respuestas de la Concejalía de Nuevas Tecnologías al Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“17. Desde el 8 de abril de 2014, el soporte técnico y las

actualizaciones de Windows XP ya no están disponibles. ¿Qué

va a ocurrir con todos los equipos municipales que utilizan

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Pleno ordinario 26-11-2014

192

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

este soporte? ¿Qué inversión estimada va a tener que hacer el

Ayuntamiento para actualizar los sistemas?

En la actualidad existen alrededor de 90 equipos de todo el parque

informático que tienen este sistema operativo y no se pueden

actualizar, ya que las máquinas no lo admiten.

No obstante anualmente se realiza un plan de actualización de entre

30 o 40 equipos.

En las áreas que son posibles, se está implantando sistemas de

virtualización de escritorio, suponiendo un ahorro superior al 60 %

frente a la opción de comprar.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“1. Indica que su grupo ha tenido conocimiento de que la

concejalía de Servicios Sociales y PAMMASA han previsto una

reunión con el fin de clarificar y mejorar la gestión de las

viviendas sociales ocupadas por familias en situación de

emergencia social. Pregunta si se ha celebrado esa reunión y, si

ha sido así, que se informe a su grupo del resultado de la

misma.

El Sr. Presidente aclara que se facilitará esa información.

Desde la Concejalía de Bienestar social, Salud y Familia se

mantiene una comunicación fluida por parte de los técnicos

municipales, siempre que el seguimiento de las familias que

ocupan viviendas sociales así lo requiere e igualmente con el

objeto de mantener actualizada la información de cara al

resto de usuarios, de las posibles ofertas de vivienda de

protección pública.

Majadahonda, a 24 de noviembre de 2014.- El Concejal de Bienestar

Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”

Page 193: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

193

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Cultura y Juventud al Grupo

Municipal Socialista

“8. Solicitamos se nos haga entrega de la relación de los libros

adquiridos hasta el momento para la biblioteca de

Majadahonda a través de la partida del presupuesto municipal

par 2014, “3320 Biblioteca Municipal”, dotada con 25.000 €

Les adjuntamos la relación del gasto y les comunicamos

que están a su disposición en la Concejalía las facturas donde

se indican todos los títulos adquiridos.

Fdo.: María Fernández Dobao. Concejal de Cultura y Juventud.”

Respuestas de la Concejalía de Cultura y Juventud al Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“10. Nos siguen llegando quejas sobre la gestión del Mercado de

Artesanos. ¿Se ha regularizado de alguna forma la

colaboración entre la Concejalía de Cultura y la asociación

gestora de este mercado municipal?

Contestamos una vez más que la colaboración del

Ayuntamiento se limita a la difusión de dicho Mercado, la

gestión del mismo corresponde a ASOMARTE.

Fdo.: María Fernández Dobao. Concejal de Cultura y Juventud.”

Respuestas de la Concejalía de Educación al Grupo Municipal

Socialista. Pleno 29-10-2014

“6. Nos gustaría saber cuál es la razón por la que se ha dejado de

pagar la cantidad anual por parte del Ayuntamiento a la UNED

para ayudar a que ésta pudiera llevar a cabo actividades para

400 alumnos en el Instituto José Saramago. Esto resulta más

grave cuando desde el Ayuntamiento y por parte del alcalde se

presume de superávit en las cuentas.

Page 194: Acta de la sesión plenaria de Majadahonda de noviembre de 2014

Pleno ordinario 26-11-2014

194

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuesta

La Uned venía ofreciendo las enseñanzas del Curso de

Acceso a la Universidad y el primer curso del grado de Derecho

en las instalaciones del IES José Saramago.

Un recurso suspensivo de la Intervención Municipal a los

gastos que el Ayuntamiento tenía que asumir para la prestación

de este servicio, ha impedido el mantenimiento de esta

colaboración con la Uned.

Fdo.: María José Montón Rosáenz. Concejal de Educación.”

Varias de las respuestas contienen fotocopias de

documentación municipal. Dichas copias entregadas, se incorporan al

expediente de la sesión, en el cual constan rubricadas y selladas por

Secretaría.

Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó

la sesión siendo las trece horas y veinte minutos del día veintiséis de

noviembre de dos mil catorce, en prueba de lo cual se levanta el

presente acta que firma el Sr. Presidente en unión de mí, el Secretario,

que doy fe.

EL PRESIDENTE LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.