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FEMINISMO DE LA IGUALDAD HOLLY MATUS TOLEDO

Feminismo de la igualdad

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Page 1: Feminismo de la igualdad

FEMINISMO DE

LA

IGUALDAD

HOLLY MATUS TOLEDO

Page 2: Feminismo de la igualdad

AUTÓNOMO

EMANCIPADO DE

ATADURASMORAL

AUTO LEGISLACIÓN

KANT

Page 3: Feminismo de la igualdad

TIENE COMO BASE:

NÚCLEO IDEOLÓGICO ILUSTRADO

LIBERTAD

FRATERNIDAD

INTERSUBJETIVIDAD

ESTRUCTURAS RACIONALES

Page 4: Feminismo de la igualdad

UNIVERSALIDAD

Promoción ética de nuevos sujetos

(rango político superior).

Válido para todos los sujetos racionales.

En sí misma e independientemente de

los contenidos es buena en sí misma y un

valor por ser norma que afecta a todo sujeto.

Page 5: Feminismo de la igualdad

FEMINISMO

RADICAL

FEMINISMO DE LA

IGUALDAD

Construcciones de lo femenino y

lo masculino son constructos que

obedecen a los roles sociales o

roles de género y no a diferencias

esenciales entre los sexos.

(CONTRATO SOCIAL)

Perjudica a una parte de la humanidad …. Rechazo roles de género

Page 6: Feminismo de la igualdad

RADICAL

SOCIALISTA

LIBERAL

I

G

U

A

L

D

A

D

D

I

F

E

R

E

N

C

I

A

CATEGORÍAS O LÍNEAS PRINCIPALES

1ª. OLA: 70´s y

principios 80´s

Page 7: Feminismo de la igualdad

CONCEPTO IGUALDAD

No implica identificación con el opresor.

Reivindicación como hecho histórico.

La igualdad no pretende homogeneizar sino

reconocer la diversidad de mujeres y hombres

Es un concepto normativo regulador de un

proyecto feminista de transformación social

(C. Amorós).

Reivindicación de la abolición de las diferencias

artificiales en razón de sexo, los privilegios de

un sexo sobre otro, la desaparición de nuestra

opresión de sexo (Empar Pineda)

Page 8: Feminismo de la igualdad

FEMINISMO DE LA IGUALDAD

Las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos

en todos los ámbitos( civiles, políticos, trabajo, salario,

participación en la vida pública).

Niegan la existencia de valores femeninos y señalan que

la única diferencia es la que tiene su origen en la opresión.

Sexualidad: Reivindican el derecho al placer sexual (histo-

ricamente negada).Ponen en entredicho la heterosexualidad.

Igualdad efectiva en el terreno de la dedicación a la

familia y los hijos. Separación de lo público y lo privado.

Retoma el paradigma del patriarcado.

Derecho al propio cuerpo ( sexualidad/reproducción).

En contra de la violencia hacia las mujeres.

Persigue que el hombre deje de ser

aceptado como prototipo UNIVERSAL del

ser humano.

Page 9: Feminismo de la igualdad

APORTES:

Amelia Valcárcel: El esencialismo insiste en

homogeneizar a las mujeres. No existe “la mujer” sino

mujeres diversas.

Chantal Mouffe: No hay una esencia mujer, lo que hay es

una multiplicidad de relaciones sociales en las cuales

la diferencia social está construida.

E. Pineda: Luchamos porque no se nos niegue ningún

derecho, pero luchamos sobre todo, para

acabar con la dualidad masculino/femenino,

con la división de papeles en función del sexo.

Page 10: Feminismo de la igualdad

Celia Amorós: “Nadie piensa en el vacío y mucho menos

una feminista” Si la teoría feminista resignifica la

realidad, el movimiento social es el agente principal

de resignificación, porque [no resignifica quien quiere

sino quien puede].

Page 11: Feminismo de la igualdad

IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.

DERECHOS NATURALES QUE DEBEN

DISFRUTAR TODOS LOS SERES HUMANOS.

¿Porqué entonces se dio la necesidad de construir

un instrumento que tuviera por objetivo erradicar todas las

formas de discriminación contra la mujer?

Page 12: Feminismo de la igualdad

1967. Asamblea General de Naciones Unidas.

Declaración sobre la Eliminación contra la Discriminación

de la Mujer.

Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer:

Posible firma de un Instrumento Internacional.

Page 13: Feminismo de la igualdad

Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

(CEDAW) a- 1967- 1981

La Convención tiene un carácter jurídicamente vinculante.

El fundamento de la convención se basa en la “prohibición de todas las formas de discriminación contra la mujer".

Además de exigir que se reconozcan a la mujer derechos iguales a los de los hombres, la Convención prescribe las medidas que han de adoptar los Estados para asegurar que en todas partes las mujeres puedan gozar de los

derechos que les asisten.

Page 14: Feminismo de la igualdad

Art. 3. Los estados partes tomarán en todas las esferas, las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de las mujeres, con el

objetivo de garantizarles el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades

fundamentales en igualdad de condiciones con los hombres.