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PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL PDOT; DE LA PARROQUIA MAJUA; DEL CANTÓN ESMERALDAS
PERIODO 2014 - 2019
Majua; Potencia Agrícola, ganadera, minera y comercial; de la zona central de Esmeraldas Página 1
1. PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA PARROQUIA RURAL MAJUA.
En el marco de sus funciones el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de
Majua, con la gran necesidad de implementar un sistema de participación ciudadana para
el ejercicio de los derechos y la gestión democrática de la acción parroquial como lo
establece el Art. 64, literal c) del COOTAD, en consonancia con la normativa vigente del
GAD Parroquial en materia de participación ciudadana utilizando los siguientes
instrumentos: La Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas, el Código Orgánico de Organización Territorial y
Autonomía y Descentralización, y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana; Para la
elaboración de este Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, la normativa vigente
determina la construcción de Instancia de Participación Ciudadana conformados como
espacios mixtos integrados por la ciudadanía y sus representantes, dependientes del
régimen o funcionarios del ejecutivo, y autoridades locales electas, quienes tendrán una
función bastante preponderante velará por garantizar el cumplimiento de los objetivos,
lineamientos y proyectos que se hayan establecido en el PDyOT a fin de alcanzar el Buen
Vivir en el territorio.
1.1. ESTRATEGIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE MAJUA.
Dentro del marco legal el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Majua,
ha considerado establecer como mecanismo de estrategia de participación ciudadana diez
pasos de suma importancia, pero basado en la normativa interna vigente que fue
discutida, socializada y aprobada por la asamblea parroquial, y el pleno del GAD
Parroquial como son la creación y aprobación del Consejo de Participación Ciudadana
Parroquial, El sistema de participación Ciudadana del GAD, y el Consejo de Planificación
del GAD:
1.- Mapeo de actores clave de la parroquia
2.- Convocatoria para asamblea
3.- Reunión de trabajo; para trazar Hoja de Ruta
4.- Gestionar ante el CPCCS asesoramiento
5.- Procesos de Capacitación a la ciudadanía
6- Conformar el Consejo de Planificación Ciudadana
7.- Socialización y difusión de las actividades, derechos y deberes
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8.- seguimiento y evaluación del PDOT, POA y PAC
9.- Informes y sugerencias a las autoridades locales
10.- Reuniones ordinarias de Coordinación y Planificación
1.2. NORMATIVA VIGENTE DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE MAJUA.
1.2.1. CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
En uso de las atribuciones determinadas en el artículo 67, literal( a) y 70, literal (d), del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización, RESUELVE
expedir mediante resolución administrativa, la NORMATIVA REGLAMENTARIA PARA EL
CONSEJO DE PARTICIPACIÒN CIUDADANA, dado en la sala de sesiones del gobierno
autónomo descentralizado de Majua, como lo establece el Art. 95 de la Constitución de la
República del Ecuador y el Art. 29 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana,
normativa que contiene su respectivo reglamento para el consejo de participación
ciudadana.
1.2.1.1. LAS FUNCIONES QUE CUMPLIRÁ ESTE CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
SON LAS SIGUIENTES:
a) Respectar los derechos y exigir su cumplimiento, particularmente en lo que
corresponda a los servicios públicos, por pedido de la mayoría simple de sus
integrantes, en el ámbito de su competencia y del territorio;
b) Proponer agendas de desarrollo, planes, programas y políticas públicas locales;
c) Promover la organización social y la formación de la ciudadanía en temas
relacionados con la participación y el control social;
d) Organizar, de manera independiente, el ejercicio de rendición de cuentas al que
están obligadas las autoridades electas;
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e) Propiciar el debate, la deliberación y concertación sobre asuntos de interés
general, tanto en lo local como en lo cantonal y provincial, con incidencias en el
marco de sus competencias;
f) Ejercer el correspondiente control social con sujeción a la ética y bajo el amparo de
la Ley;
g) Elaborar y sugerir en el presupuesto participativo del gobierno parroquial; h)
Participar en la definición de las políticas públicas; y,
h) Las demás que sean de su competencia según la Constitución y la Ley.
2.2.1.2. LA ASAMBLEA DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA ESTARÁ
CONFORMADA PO SIGUIENTES ACTORES:
a) El presidente y la vicepresidenta del gobierno parroquial;
b) Los vocales principales y alternos del gobierno parroquial;
c) Dirigente o Delegados de los recintos, y
d) Dirigente o Delegados por cada sector social organizado, debidamente acreditado con
los documentos que le otorgan la personalidad jurídica;
e) Dirigente o Delegado por cada uno de los sectores vulnerables que representarán a la
niñez, a la juventud, a los adultos mayores, y a las personas con discapacidades;
f) Dirigente o Delegado del colectivo GLBTI.
g) Las autoridades administrativas de la función pública, rectores y directores de centros
educativos, siempre que tengan sus domicilios en la jurisdicción parroquial.
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2.2.1.3. NORMATIVA DEL CONSEJO DE PARTICIPACION CIUDADANA.
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1.2.2. SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA DEL GAD PARROQUIAL RURAL DE
MAJUA.
En Asamblea del sistema de participación y mediante resolución el Gobierno Autónomo
Descentralizado Parroquial Rural de Majua, legaliza la Actuación de los miembros del
Sistema de Participación Ciudadana del GAD, luego de que fuera deliberado por el pleno
del GAD Parroquial Rural de Majua, basado en lo que establece el Art. 304 del COOTAD,
el sistema de participación estará integrado por autoridades electas, representantes
del régimen dependiente y representantes de la sociedad de su ámbito territorial; en
concordancia con los Arts. 64 y 66 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, por tal
razón estableció que los dirigentes de Recintos, Barrios, organizaciones sociales, colectivo
GLBTI, y grupos prioritarios, sean los que conformen Sistema de Participación Ciudadana
del GAD, que luego del análisis correspondiente de la participación activa de cada uno de
los actores que vienen realizando en la planificación del desarrollo parroquial de cada año
fiscal y conocen la realidad y están comprometidos con el desarrollo planificado de esta
parroquia rural; quienes a su vez eligieron, el CONSEJO DE PLANIFICACIÓN DEL GAD
PARROQUIAL RURAL DE MAJUA, y legalizado mediante NORMATIVA REGLAMENTARIA
PARA EL CONSEJO DE PLANIFICACION EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
PARROQUIAL RURAL DE MAJUA, con su respectivo reglamento, Dado en la sala de
sesiones de la Junta Parroquial del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural de
Majua, a los 20 días del mes de julio del 2015;
Cumpliendo con lo que establece el Art. 304 inciso tercero del COOTAD, que
textualmente dice: “El sistema de participación ciudadana designará a los representantes
de la ciudadanía a los consejos de planificación del desarrollo correspondiente”; y, los
Arts. 64 y 66 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.
Que luego del análisis correspondiente de la participación activa de cada uno de los
actores que vienen realizando trabajo de planificación del desarrollo parroquial, han
participado en la elaboración y seguimiento del presupuesto participativo de cada año
fiscal y conocen el contexto parroquial y están comprometidos con el desarrollo
planificado de esta parroquia rural se designó a los miembros del consejo de planificación
que constan en esta resolución Administrativa PGADPRSM No. 010.
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1.2.2.1. NORMATIVA REGLAMENTARIA PARA EL CONSEJO DE PLANIFICACION EN
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE
MAJUA.
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1.2.3. SILLA VACÍA.
Dentro de este gobierno parroquial rural está establecida la normativa de silla vacía que
garantiza la participación de los habitantes de la parroquia rural para que ocupen tan
importante dignidad con voz y voto en los temas álgidos para el desarrollo de la misma.
La Participación ciudadana es un principio general de la autonomía política, administrativa
y financiera del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Majua, por lo
tanto dentro de esta institución existe la normativa como deben funcionar cada uno ellos.
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