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INVEXPORT 2014

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ASPECTOS PRÁCTICOS DE LAS OPERACIONES DE INTERNACIONALIZACIÓN

Mario FernándezJuan José Etxeberria 

8 de octubre de 2014

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ÍNDICE

Consideraciones previas

Alianzas Internacionales

Negociaciones con un socio extranjero: Recomendaciones prácticas 

Planificación Fiscal Internacional

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CONSIDERACIONES PREVIAS

De todo se aprende, incluso de la crisis. Necesaria reflexión y planificación. ¿El tamaño importa? Exportación vs. Internacionalización. Usos, costumbres e idioma.

ALIANZAS 

INTERNACIONALES

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TIPOS DE ALIANZAS

Multitud formas de alianza empresarial. Amplias posibilidades jurídicas. Clasificación:

Integración mínima / nula: contratos de colaboraciónempresarial.

Integración media: figuras asociativas (sociedades). Integración máxima: fusión y adquisición de sociedades.

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CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL

Agrupación de esfuerzos para mejorar lasactividades propias.

Mantiene independencia jurídica de las partes. Tipos:

Contrato de Distribución Contrato de Agencia Contrato de Franquicia Intermediación / Comisión

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SOCIEDADES CONJUNTAS

Joint Venture Sociedades (S.A., S.L.) Agrupación de Interés Económico (AIE) Unión Temporal de Empresas (UTE) Otras figuras

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SOCIEDADES CONJUNTAS

Joint Venture Acuerdo de colaboración mercantil entre empresas paradesarrollar un negocio común.

Pacto Parasocial. No requieren constituir sociedad conjunta, si bien es lousual: filiales comunes.

Objetivos variados: Búsqueda aliado para implantación nuevos mercados. Participar en mercados o proyectos complejos. Abaratar costes productivos. Crecimiento de la producción.

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SOCIEDADES CONJUNTAS

Sociedades (S.A., S.L.) Derecho Comparado. Desarrollo conjunto de negocio entre empresas o gruposde sociedades.

Mantienen su identidad desarrollando sus actividadespropias.

Por creación nueva sociedad / aumento capital ensociedad existente / por compra acciones/participaciones.

Jurídicamente conveniente firmar un Pacto Parasocial(condiciones previas y complemento a estatutos).

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SOCIEDADES CONJUNTAS

Cuestiones a regular: Aportaciones de cada socio/grupo:

• Dinero, activos, aportaciones intangibles (marcas), etc.• Fondo de comercio, clientes, prestigio (no posible aportarjurídicamente).

• Valoración: determinación capital social cada socio.

Prestaciones servicios socios a sociedad• Prestaciones de servicios / Suministro productos, etc.

Órganos gobierno:• Composición Consejo Administración: representación accionarial.• Cuestiones que requieren mayoría reforzada (inversiones nuevosproyectos / venta inmovilizado / nombrar y cesar gerente y equipodirectivo, etc.).

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SOCIEDADES CONJUNTAS Especialidades sociedades paritarias (50% / 50%):

• Principal problema: bloqueo.• Solución legal al bloqueo: disolución.

Recomendación:Firmar Pactos Parasociales para prevenir el bloqueoy para regular las consecuencias del mismo.Ejemplo:Consejo Administración paritario: Presidente votode calidad. Alterno cada año.Cláusulas “anti‐bloqueo”: Varias posibilidades.Finalidad: uno de los socios adquiere el 100%.

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SOCIEDADES CONJUNTAS

Agrupación de Interés Económico (AIE) Objeto: desarrollar actividad económica auxiliar a la desus socios.

Personalidad jurídica propia y carácter mercantil. No es obligatorio que tenga capital social. La responsabilidad por deudas es inicialmente de la AIE.Los socios responden subsidiariamente pero lo hacen deforma solidaria, con independencia de la cuota departicipación.

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SOCIEDADES CONJUNTAS

Unión Temporal de Empresas (UTE) Colaboración de varias empresas por tiempo determinadopara desarrollar obra, servicio o suministro.

No tiene personalidad jurídica propia. Los miembros tienen que ser empresarios y suresponsabilidad es solidaria e ilimitada.

Gerente único como administrador de la UTE. Figura usual en el ámbito de contratación pública.

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SOCIEDADES CONJUNTAS

Otras figuras Sucursales Contrato de Cuentas en Participación Fiducias Asociaciones Público‐Privadas

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OPERACIONES DE REESTRUCTURACIÓN

Reestructuraciones Objetivos

Ordenar internamente las empresas. Definir estructurassocietarias eficientes, mejorar la gestión y reducir riesgos.

• Separando actividades diferentes.• Creando un grupo societario.

Dar respuesta al crecimiento de la empresa mediante alianzasempresariales con terceros.

Para vender y comprar empresas o negocios.

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OPERACIONES DE REESTRUCTURACIÓN

Fusión por creación denueva sociedad.

Fusión por absorción.

Total. Parcial. Segregación.

FUSIÓN  ESCISIÓN CESIÓN GLOBAL ACTIVOS Y PASIVOS

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NEGOCIACIONES CON UN SOCIO EXTRANJERO: RECOMENDACIONES PRÁCTICAS 

Análisis de aspectos legales, fiscales y laborales. Aspectos legales básicos en toda negociación(pacto de socios): El socio local. Régimen de transmisibilidad de acciones.

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NEGOCIACIONES CON UN SOCIO EXTRANJERO: RECOMENDACIONES PRÁCTICAS 

Control / Gestión de la sociedad: Régimen de mayorías. Designación administradores / representantes. Retribuciones.

En todo caso, PLAN “B”  (posibilidad de cese y revocación efectiva).

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NEGOCIACIONES CON UN SOCIO EXTRANJERO: RECOMENDACIONES PRÁCTICAS 

Política de Inversiones. Financiación. Política de Dividendos. Prestaciones de servicios / suministro de productos porlos socios.

Marca/s. Fondo de comercio.

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NEGOCIACIONES CON UN SOCIO EXTRANJERO: RECOMENDACIONES PRÁCTICAS 

Garantías en caso de incumplimientos. Ejecutoriedad. Worst case scenario: opción de compra, opción de venta,derechos de arrastre / acompañamiento.

Tribunales vs. Arbitraje. Resolución de conflictos internacionales (riesgo país). Asesor Local.

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PLANIFICACIÓN FISCAL INTERNACIONAL

País en el que se invierte

Repatriación de rentas (Dividendos y Plusvalías)

Financiación

Beneficios fiscales expatriación personal

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PAÍS EN EL QUE SE INVIERTE

¿Existe Convenio para evitar la Doble Imposición(CDI) con España?

¿Cuál es el tipo de los beneficios empresariales? Si existe CDI, ¿cómo tributan las diferentes rentas?

Intereses Dividendos Venta de acciones (¿regla especial inmuebles?) Cánones (cesión marcas, know‐how, asistencia técnica,etc.)

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PAÍS EN EL QUE SE INVIERTE

¿Interesa invertir a través de otra entidadinterpuesta en un tercer país? Motivos Sociedad interpuesta real y no sólo formal

¿Cómo se regulan las operaciones vinculadas y lasobligaciones de documentación en ese país?

¿Es muy activa la autoridad fiscal del país?

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PAÍS EN EL QUE SE INVIERTE

Si está dentro de la Unión Europea, cada vez másinfluencia de la normativa comunitaria, actividadde la comisión y TJCE: No retención intereses filial/matriz No retención dividendos filial/matriz (10%) No discriminación

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REGLAS DE REPATRIACIÓN DE RENTAS

Retención en origen en función del CDI (en sucaso) y de la normativa interna del paíscorrespondiente.

De acuerdo a los CDIs, normalmente: Dividendos: Retención limitada (5‐15%) Plusvalías: No tributan en origen (excepciones)

Dentro de la Unión Europea en dividendos no seaplica la retención (aunque esté contemplado en elCDI) si la participación es superior al 10%.

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REGLAS DE REPATRIACIÓN DE RENTAS

No se integran en la Base Imponible del Impuestosobre Sociedades si (arts. 33‐34 NFIS): Participación > 5% en 12 meses Que la que reparte dividendos (o la entidad cuyasparticipaciones se estén transmitiendo) esté sujeta a unimpuesto de naturaleza idéntica o análoga (si hay CDI concláusula de intercambio de información, suficiente)

Que los beneficios procedan del ejercicio de actividadeseconómicas

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FINANCIACIÓN

La financiación vía capital o préstamo (nivel deapalancamiento) puede depender de los tiposimpositivos de los países afectados.

Si el país de destino tiene un tipo impositivo másalto que el nuestro, puede ser más interesante elendeudamiento.

¿Riesgos? Reglas de subcapitalización. Legislación española 3 a 1 Operaciones vinculadas

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FINANCIACIÓN Retención en origen dependiendo del CDI y/onormativa del país. En los CDI normalmente entreel 5 y el 15%.

Esos intereses se incluyen en la Base Imponible delIS pudiendo deducir por doble imposicióninternacional la retención soportada en origen. Aveces, no se puede deducir toda la retención.

Dentro de la Unión Europea no existe retenciónpara estos intereses en virtud de la directiva2003/49/CE relativo al pago de intereses entresociedades asociadas.

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BENEFICIOS FISCALES EXPATRIADOS

Exención para rendimientos del trabajo obtenidosen el extranjero.

Muy interesante para empresas que envíen a susempleados al extranjero. Persigue el objetivo defacilitar la internacionalización de las empresas.

Cuidado cuando el desplazamiento es paratrabajar en una entidad vinculada!!!

Hasta un máximo de 60.100,00 euros anuales.

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