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Una situación financiera difícil en una empresa, es la posibilidad o la opción de la emisión de valores mobiliarios (VM), alternativa de financiamiento (necesidad y/o proyecto) puede hacerla mediante una oferta privada o pública . Valores mobiliarios (VM) como títulos de reconocimiento de deudas preexistentes, a fin de proporcionar a los acreedores VM con mérito ejecutivo. Ley General de Sociedades, obligaciones ,títulos que reconocen o crean una deuda a favor de sus titulares. Las obligaciones se suele equiparar a las acciones, ya que ambas son VM que incorporan derechos frente a la sociedad, se diferencian entre otras razones en el hecho que las obligaciones no representan partes alícuotas del capital social ,por lo tanto no incorporan los derechos inherentes a la calidad de socio; generan un interés fijo, no importando el devenir económico y financiero de la empresa emisora y nacen con vocación de amortización.

Una situación financiera difícil en una empresa, es la posibilidad o la opción de la emisión de valores mobiliarios (VM), alternativa de financiamiento

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Una situación financiera difícil en una empresa, es la posibilidad o la opción de la emisión de valores mobiliarios (VM), alternativa de financiamiento (necesidad y/o proyecto) puede hacerla mediante una oferta privada o pública .

Valores mobiliarios (VM) como títulos de reconocimiento de deudas preexistentes, a fin de proporcionar a los acreedores VM con mérito ejecutivo. Ley General de Sociedades, obligaciones ,títulos que reconocen o crean una deuda a favor de sus titulares.

Las obligaciones se suele equiparar a las acciones, ya que ambas son VM que incorporan derechos frente a la sociedad, se diferencian entre otras razones en el hecho que las obligaciones no representan partes alícuotas del capital social ,por lo tanto no incorporan los derechos inherentes a la calidad de socio; generan un interés fijo, no importando el devenir económico y financiero de la empresa emisora y nacen con vocación de amortización.

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En el mercado de valores se usa de manera alterna ,el término obligaciones con el de bonos,para identificar a los valores mobiliarios que representan un crédito contra la sociedad emisora.

El bono un valor mobiliario de renta fija que representa una acreencia contra la empresa emisora del mismo, la persona que adquiere el bono debe percibir pagos periódicos de intereses y cobrar el valor nominal del mismo dentro de las condiciones pactadas en el contrato de emisión, fecha de vencimiento, a diferencia de la empresa emisora del bono, la cual adquiere liquidez inmediata al momento de la colocación.

Ley de Títulos Valores ,Ley N.-27287 (Titulo 3 de la sección 9 del libro segundo valores representativos de Deuda ) sociedad emisora debe llevar una matrícula de obligaciones.

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El soporte papel (Derecho Cambiario),Vivante: decía que el TV es el derecho mismo y no prueba de él.El derecho está en el título (soporte papel), si se pierde o se roba el título,se pierde o roba el derecho. Así, se han ideado teorías jurídicas complejas que sustentan la inmanencia entre derecho y soporte, logrando que un bien intangible como es el derecho sea convertido en cosa, en mueble ,en bien tangible, por tanto transmisible con autonomía total, los principios cambiarios de literalidad,autonomía,incorporación,necesidad y circulación.

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Hace unos 30 años , se ha extendido un nuevo soporte en el mundo ,soporte electrónico o telemático,con más ventajas y seguridad que el papel, viene siendo usado como soporte de cualquier acto jurídico, estos derechos cambiarios que constan en soportes distintos al papel, son denominados valores “desmaterializados”o “con anotación en cuenta”, ahora la posibilidad de crear derechos y de asegurar y vincular los actos y hechos jurídicos con las personas para lo que no es indispensable usar el papel, pues la esencia jurídica en ambos casos es la misma.

“El soporte no hace distinto al derecho “