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1 JIMÉNEZ VIVAS, Javier. “Las medidas cautelares innovativas y de no innovar en el ordenamiento legal peruano”. Revista Peruana de Derecho Procesal, Nº VIII, Lima, septiembre 2005, pp. 151-181. LAS MEDIDAS CAUTELARES INNOVATIVAS Y DE NO INNOVAR EN EL ORDENAMIENTO LEGAL PERUANO. Con una aproximación a la legislación comparada. Javier Jiménez Vivas. SUMARIO: 1. Ideas preliminares; 2. Las medidas innovativas y de no innovar: características y conceptos tentativos; 3. Las medidas innovativas y de no innovar en los códigos y leyes peruanas; 4. Una aproximación a la legislación comparada; 5. Ideas finales. 1. IDEAS PRELIMINARES. Hace ya varias décadas, el destacado procesalista italiano Piero Calamandrei, dedicó el primer capítulo de su trascendental obra sobre las providencias cautelares, 1 a la búsqueda y exposición de criterios que sirvan para definir tales providencias. Al final de dicho capítulo, el mencionado tratadista reportó la preexistencia de un criterio que clasificaba a las medidas cautelares en conservativas e innovativas. Dicha clasificación, continuó siendo utilizada por la doctrina de distintos países, siendo acogida por algunos de sus ordenamientos legales. En el Perú, la citada clasificación se mantiene gracias a la consagración normativa que ella recibió en el vigente Código Procesal Civil, y a la regulación expresa o tácita- que encontramos de las medidas innovativas y de no innovar (como llamó el citado código a las medidas conservativas) en diferentes partes de nuestro ordenamiento legal, lo cual garantiza su empleo por parte de la doctrina y los tribunales. A más de 10 años de vigencia del Código Procesal Civil, el presente trabajo busca descubrir cual ha sido el manejo legislativo que han recibido las medidas innovativas y de no innovar en el Perú, y que sigue recibiendo en normas de reciente data como la Ley del Proceso Contencioso-Administrativo y el Código Procesal Constitucional, entre otras; todo ello a la luz de las particulares instituciones jurídicas (civiles, comerciales, laborales, etc.) en cuya salvaguarda son aplicadas. Así, este pequeño trabajo intenta comprender la exposición doctrinaria y el empleo judicial realizado sobre tales medidas, así como descubrir contradicciones y defectos en su uso, ofreciendo algunas alternativas. Un detallado análisis legislativo nacional y cualquier conclusión acerca del mismo, no puede dejar de complementarse con una somera pero precisa apreciación del empleo que los mencionados institutos cautelares reciben en los principales normas procesales de otros países, también influenciados por la mencionada clasificación. El autor es abogado, graduado en la UNMSM y recientemente egresado de la Maestría con mención en Derecho Civil y Comercial de la misma Universidad. Actualmente, ocupa el cargo de Abogado en la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo. 1 Nos referimos a la celebre Introducción al estudio sistemático de las providencias cautelares.

04 Med Caut Innov y No Innov Ord Legal Peruano1 1 1

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medidas cautelares de innovar y de no innovar

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    JIMNEZ VIVAS, Javier. Las medidas cautelares innovativas y de no innovar en el ordenamiento legal peruano. Revista Peruana de Derecho Procesal, N VIII, Lima, septiembre 2005, pp. 151-181.

    LAS MEDIDAS CAUTELARES INNOVATIVAS Y DE NO INNOVAR EN EL ORDENAMIENTO LEGAL PERUANO. Con una aproximacin a la legislacin comparada.

    Javier Jimnez Vivas.

    SUMARIO: 1. Ideas preliminares; 2. Las medidas innovativas y de no innovar: caractersticas y

    conceptos tentativos; 3. Las medidas innovativas y de no innovar en los cdigos y leyes peruanas; 4. Una aproximacin a la legislacin comparada; 5. Ideas finales.

    1. IDEAS PRELIMINARES. Hace ya varias dcadas, el destacado procesalista italiano Piero Calamandrei, dedic el primer captulo de su trascendental obra sobre las providencias cautelares,1 a la bsqueda y exposicin de criterios que sirvan para definir tales providencias. Al final de dicho captulo, el mencionado tratadista report la preexistencia de un criterio que clasificaba a las medidas cautelares en conservativas e innovativas. Dicha clasificacin, continu siendo utilizada por la doctrina de distintos pases, siendo acogida por algunos de sus ordenamientos legales. En el Per, la citada clasificacin se mantiene gracias a la consagracin normativa que ella recibi en el vigente Cdigo Procesal Civil, y a la regulacin expresa o tcita- que encontramos de las medidas innovativas y de no innovar (como llam el citado cdigo a las medidas conservativas) en diferentes partes de nuestro ordenamiento legal, lo cual garantiza su empleo por parte de la doctrina y los tribunales. A ms de 10 aos de vigencia del Cdigo Procesal Civil, el presente trabajo busca descubrir cual ha sido el manejo legislativo que han recibido las medidas innovativas y de no innovar en el Per, y que sigue recibiendo en normas de reciente data como la Ley del Proceso Contencioso-Administrativo y el Cdigo Procesal Constitucional, entre otras; todo ello a la luz de las particulares instituciones jurdicas (civiles, comerciales, laborales, etc.) en cuya salvaguarda son aplicadas. As, este pequeo trabajo intenta comprender la exposicin doctrinaria y el empleo judicial realizado sobre tales medidas, as como descubrir contradicciones y defectos en su uso, ofreciendo algunas alternativas. Un detallado anlisis legislativo nacional y cualquier conclusin acerca del mismo, no puede dejar de complementarse con una somera pero precisa apreciacin del empleo que los mencionados institutos cautelares reciben en los principales normas procesales de otros pases, tambin influenciados por la mencionada clasificacin.

    El autor es abogado, graduado en la UNMSM y recientemente egresado de la Maestra con mencin en

    Derecho Civil y Comercial de la misma Universidad. Actualmente, ocupa el cargo de Abogado en la Fiscala

    Suprema en lo Contencioso Administrativo. 1 Nos referimos a la celebre Introduccin al estudio sistemtico de las providencias cautelares.