38
30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS

30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

30 de Diciembre 2004 División de Semillas

MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO

DIVISIÓN DE SEMILLAS

MINISTERIO DE AGRICULTURA

SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO

DIVISIÓN DE SEMILLAS

Page 2: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

La innovación tecnológica y la creación de variedades:

INTRODUCCIÓN

Beneficios en la agricultura y la industria

Variedades mejor productividad

Variedades mayor contenido alimenticio

Mejor rendimiento industrial

Previenen – mejoran carencias nutricionales

Grandes recursos

Page 3: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

El 60 por ciento en el incremento de los rendimientos se debe a la genética, el resto al manejo.

Crear una variedad exige un plazo de 8 a 10 años con un costo de 250 mil dólares.

Crear una variedad exige un plazo de 8 a 10 años con un costo de 250 mil dólares.

Necesidad de formar técnicos altamente calificados. Formar un PhD. cuesta 160 mil dólares.

Necesidad de formar técnicos altamente calificados. Formar un PhD. cuesta 160 mil dólares.

Page 4: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

la protección de variedades vegetales es importante

La propiedad intelectual de las nuevas creaciones vegetales en Chile y el mundo está cobrando cada día mayor importancia. Los acuerdos internacionales suscritos por nuestro país, exigen una mayor observancia en estos temas, así como su impacto en el sector hortofrutícola representa un enorme desafío.

Incrementa el nivel y efectividad del mejoramiento

mas y mejores alternativas de producción, mercado interno, de exportación, de semillas , productos de consumo.

Page 5: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Importancia de la ley 19.342Importancia de la ley 19.342

• La obtención de una nueva variedad significa, un alto costo tanto en recursos técnicos y financieros como en tiempo, razón por la cual y con el objeto de retribuir al investigador por su inversión, se ha materializado el concepto del derecho del obtentor, que los países reconocen mediante la implementación de diferentes legislaciones pertinentes.

• La posición que hoy día ocupa nuestro País en el concierto mundial como productor y exportador de productos silvoagropecuarios (frutas, semillas, carnes, forestales.)

Page 6: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

SEMILLA OECD CERTIFICADA POR PAIS (%) Temporada 2000/01

Francia12%

Chile11%

Kenia7%

Italia6%

Tunez5%

Nueva Zelandia5%

Otros 28%

Hungria14%

Estados Unidos12%

División de Semillas

Page 7: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

División de Semillas

Importancia de la Ley 19.342 ...continuaciónImportancia de la Ley 19.342 ...continuación

• La firma de los tratados y acuerdos internacionales a los cuales Chile debe responder para no caer en sanciones y evitar cierre de mercados.

• La homologación de la legislación Chilena con la normativa internacional y así transparentar la actividad.

• La responsabilidad que nos cabe en hacer cumplir la normativa vigente en el ámbito del comercio de semillas.

• Lograr una estrecha coordinación entre los actores involucrados del sector y organismos encargados de fiscalizar este ámbito y el poder judicial.

Page 8: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

I - Disposiciones generales

II - Derechos obtentores de nuevas variedades

III - Investigación

IV - Producción de semillas

V - Comercio de semillas

VI - Control y fiscalización

VII - Sanciones

• Ley de Semillas Nº 1.764 del 30.04.77• Ley de Semillas Nº 1.764 del 30.04.77

- Reglamento general decreto ley Nº 188

MARCO LEGALMARCO LEGALMARCO LEGALMARCO LEGAL

Page 9: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

HISTORIA………

Comité agrícola

Constituido el 22.12.78

La 1ª presentación de una solicitud el 03.06.77

La 1ª inscripción de una variedad fue el 15.04.80

Maíz : L H-Rinconada

Comité frutal

Constituido el 16.11.81

La 1ª presentación de una solicitud el 10.12.81

La 1ª inscripción de una variedad fue el 12.01.84

Vid : Superior Seedless

A consecuencia de esta Ley, en Chile se formaron 2 comités:

Page 10: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

El año 1994, el título II de la citada ley (1.764) se

modifica, con el propósito de homologar la legislación chilena con la normativa internacional

Da origen a la ley Nº 19.342

REGULA LOS DERECHOS DE OBTENTORES DE NUEVAS VARIEDADES VEGETALES

Page 11: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

REGISTRO DE REGISTRO DE VARIEDADES VARIEDADES PROTEGIDASPROTEGIDAS

DIVISION DE SEMILLASSERVICIO AGRICOLA Y

GANADERO

Page 12: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Esto viene a concretar los principios de la UPOV

ESTE NUEVO CUERPO LEGAL

PERMITIÓ LA ADHESIÓN DE CHILE A PARTIR DEL 05.01.96 AL ACTA DE 1978 DE UPOV

Page 13: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

UNION INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS

OBTENCIONES VEGETALES - UPOV

• UPOV es una organización intergubernamental con sede en Ginebra. Fue establecida en 1961 en París en el convenio internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (convenio UPOV)

• Este convenio fue revisado en 1978 y posteriormente en 1991, generando el acta de 1978 y luego el acta de 1991 que entró en vigor en 1998.

Page 14: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

LA PROTECCIÓN DE LAS OBTENCIONES VEGETALES

El derecho del obtentor y la UPOV

• El derecho del obtentor es una forma de propiedad intelectual que se reconoce a los creadores de nuevas variedades vegetales, a objeto de permitirles la explotación exclusiva de su creación por un tiempo determinado.

• Posee características en común con otras formas de propiedad intelectual, sin embargo tiene características únicas y particulares a fin de adecuarlo especialmente al objeto de protección de las variedades vegetales.

Page 15: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

UNION INTERNACIONAL PARA LA PROTECCION DE LAS

OBTENCIONES VEGETALES - UPOV

• A la fecha (2004) cuenta con 52 países: los integrantes de la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Japón, China.

• En el plano latinoamericano: Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Uruguay.

Page 16: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

LA PROTECCIÓN DE VARIEDADES VEGETALES COMO EXIGENCIA DEL

MERCADO INTERNACIONAL

El acuerdo de Aspectos de Propiedad Intelectual para el comercio internacional-TRIPS, resultante de la ronda de Uruguay, establece que las partes contratantes deberán otorgar protección a las variedades vegetales por medio de patentes, por medio de un sistema “sui generis” o por medio de una combinación de ambos.• Las negociaciones con la Unión Europea exigen ser miembro de UPOV (acta de 1978)

• El TLC exige como respaldo ser miembro de UPOV y suscribir el acta de 1991.

El convenio de la UPOV otorga un modelo aceptado por la comunidad internacional como un sistema “sui generis”, efectivo.

Page 17: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

La Ley 19.342, consta de VII títulos

I - Disposiciones generales

II- Func. y atribuciones Dpto. de Semillas SAG

III- Reconocimiento del derecho obtentor

IV- Caducidad y nulidad del derecho obtentor

V - Apelaciones

VI- Delitos y sanciones

VII- Artículos transitorios

Page 18: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

• Artículo 1º reafirma el derecho del obtentor y en su artículo 2º, entrega una serie de definiciones como: obtentor, variedad vegetal, material de multiplicación, etc.

• El artículo 3º, indica en que consiste y sobre qué se puede ejercer el derecho del obtentor de una variedad nueva.Autorización de ese derecho para:

Producción, venta, exposición, comercialización, exportación, importación, etc.

Disposiciones generales

Page 19: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

• El artículo 4º señala que el derecho del obtentor se constituye por la inscripción en el Registro de variedades protegidas de un extracto del acuerdo del Comité Calificador que ordenó la inscripción

• El articulo 8º establece el reconocimiento a las variedades vegetales nuevas que sean distintas, homogéneas y estables.

• El artículo 9º define lo que es una nueva variedad y establece plazos de novedad.

Page 20: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

• El artículo 10º define lo que es una variedad distinta, homogénea y estable.

• El artículo 11º establece los plazos de protección

18 años árboles y vides

15 años demás especies

Page 21: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

TITULO II

Se refiere a las funciones y atribuciones que le corresponde ejercer al Servicio Agrícola y Ganadero en materia de propiedad intelectual

El Artículo 15º crea el Comité Calificador de Variedades

Tiene a cargo el proceso de verificación del cumplimiento de los requisitos para el reconocimiento del derecho del obtentor.

Page 22: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

TITULO III En general se refiere al reconocimiento del derecho del obtentor, sus requisitos , costo, apelación y pruebas, además nos indica en el artículo 21º que el nombre de una variedad no podrá registrarse como marca comercial.TITULOS IV-V y VI

Se refieren en general a la caducidad del derecho del obtentor, trata las apelaciones a las decisiones del comité calificador de variedades y por último de los delitos y las sanciones

Juzgados del crimen

Page 23: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

En el año 1996, se aprueba el reglamento de la ley 19.342 mediante

el decreto ley Nº 373 del 11.10.96

En Junio de 2004 este reglamento se envía a modificación, como una forma de mejorar la aplicación de esta ley

Page 24: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

El Departamento de Semillas del SAG tiene a cargo el Registro de Variedades Protegidas quien es el que se preocupa, entre otras materias, de:

• Inscribir las variedades que se quieren proteger• comprobar en las estaciones de prueba que las variedades postulantes cumplan con los requisitos establecidos ( DHE )

Page 25: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

FORRAJERAS LEGUMINOSAS,FREJOL, MARAVILLA,MAIZ, TRIGOSANTIAGO, RM

ARROZ- TALCA VII REGION

AVENA CEBADA, GARBANZO,LENTEJA,LUPINO, RAPS, TRIGO, TRITICALE ,FORRAJERAS GRAMINEAS.TEMUCO IX REGION

PAPAS, OSORNO, X REGION

ESTACIONES DE PRUEBAS

Page 26: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

OBJETIVO DE LA LEY 19.342

•Promover e incentivar la creación de variedades nacionales y la llegada al país de variedades extranjeras de alto valor.

•Cumplir con los acuerdos internacionales suscritos por Chile.

•Ofrecer una total transparencia y confiabilidad en los mercados tanto nacional como internacional

Page 27: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

0

50

100

150

200

250

300

350

400

Va

rie

da

de

s

1990 1992 1994 1996 1998 2000 2002 2004

AÑOS

Evolución del número total

de variedades protegidas374

Page 28: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004

0

20

40

60

80

100

120

140

160

180

200

Vari

ed

ad

es

AÑOS

Ornamentales

Agrícolas

Frutales

Evolución del número de variedades protegidas en Chile por rubro

193

110

71

Page 29: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

1997

2004

Variedades Agrícolas

CHILE

OtrosAlemaniaNva. Zelanda

Holanda

EEUUOtros

Holanda

Nva. Zelanda

CHILE

Page 30: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Variedades Variedades FrutalesFrutales

EE.UU

España

Australia Otros

1997

2004

Otros

CHILE

España Israel

EE.UUNva. Zelanda Canada

Page 31: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Holanda

1997

2004

Variedades Ornamentales

CHILE

Irlanda

Holanda

IsraelEEUU Francia

Page 32: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

VARIEDADES PROTEGIDASVARIEDADES PROTEGIDASAl 30 de Junio de 2004Al 30 de Junio de 2004

ALSTROEMERIA 1CALA 2FICUS 4HIBISCO 1HUILLI 3GYPSOPHILA 2LILIUM 54ROSA 4

ESPECIES ORNAMENTALES (71)

Page 33: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

VARIEDADES AGRICOLAS INSCRITAS VARIEDADES AGRICOLAS INSCRITAS EN EL RVPEN EL RVP

0

5

10

15

20

25

30

VAR

ESPECIES AGRICOLAS

ALFAARROZARVAVEBALLCEBCEBOFREH s juanLENLUPMELONPAPAP OVP MielQuinoaTOMT BLT ROST SubtTriticTRIGO

Page 34: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

VARIEDADES FRUTALES VARIEDADES FRUTALES INSCRITAS EN EL RVPINSCRITAS EN EL RVP

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

VA

R

ESPECIES FRUTALES

ARAN

CER

CIR

DAM

DUR

FRU

MANDAR

MAN

NEC

KI

OLI

PAL

PER

PINJ

INT

VID

Page 35: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

La dictación de la ley 19.342 en 1994 provocó los siguientes

efectos:

•Extendió la protección a todos los géneros y especies botánicas.

•Aumento sostenido en el número total de variedades protegidas

•Incentivo para la creación de variedades nacionales

•Ampliación del espectro de Países proveedores de nuevas variedades

•Posibilitó la adhesión de Chile al acta de 1978 de la UPOV.

RESUMEN

Page 36: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Lo que falta por incorporar a nuestra ley para adecuarla al acta de UPOV 91:

•Ampliación del plazo de protección para frutales y vides ( 18 a 25 años) y de 15 a 20 años para otras especies.

•Extender la protección al material cosechado

•Establecer el concepto de variedad esencialmente derivada.

Page 37: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Problemas que resolver:

- Deficiencias de nuestra actual legislación (ley 19.342) en relación a la penalización de los infractores.

- Acotar el privilegio del agricultor

- Promover penas administrativas

- A mediano plazo (antes del 31.12.2008) se deberá modificar la ley 19.342 en sus artículos pertinentes

Ya contempla algunas exigencias del acta del 91

- Protección a todos los géneros y especies botánicas

- Extiende la protección a la producción del material de multiplicación y a la importación y exportación de este

Page 38: 30 de Diciembre 2004 División de Semillas MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISIÓN DE SEMILLAS MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO

Gracias por su atenciónGracias por su atención