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542AnguloPerezKenyaGabrielaTarea22
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Información financiera a fechas intermedias ¿Por qué es necesaria?
Los usuarios de la información financiera de una entidad, para tomar decisiones necesitan estar
continua y oportunamente informados con respecto al comportamiento económico-financiero de
las entidades y, entre otras cuestiones, de su viabilidad como negocio en marcha. Por lo que esto
genera la necesidad de que las entidades emitan, además de un informe financiero anual,
información financiera a fechas intermedias; es decir, por periodos contables más pequeños que
su periodo contable anual. Así mismo, en consecuencia a lo mencionado anteriormente se emite
la NIF B-9 con el fin de establecer las normas de reconocimiento que deben seguirse para su
determinación y su contenido; ya sea que se presente en forma completa o condensada.
Por otro lado esta NIF no establece precisamente qué entidades están obligadas a
presentar estados financieros a fechas intermedias, ni la frecuencia con la que deben presentarse,
o cuánto es el tiempo que debe transcurrir entre las fechas de emisión de un informe y otro. Son
las comisiones de valores, los gobiernos, las instituciones de crédito, las bolsas de valores, etc.,
quienes comúnmente requieren a una entidad presentar información financiera a fechas
intermedias. Por lo tanto, esta NIF debe ser aplicada por todas las entidades que presenten
información financiera a fechas intermedias porque están obligadas a hacerlo o porque ellas lo
deciden.
Cabe señalar la importancia que tiene definir los términos que se utilizan a lo largo de la
NIF porque el conocerlos y comprenderlos, nos ayudara a su vez a entender de lo que nos habla
la norma. Cuando se habla de un periodo intermedio, se refiere a todo periodo contable menor
que uno anual completo, por ejemplo un trimestre, bimestre, etc.; la información financiera a
fechas intermedias, es aquella que corresponde a un determinado periodo intermedio y que
contiene estados financieros, ya sea completos o condensados; los estados financieros completos
son el conjunto de estados financieros básicos y sus notas establecidos con anterioridad en la NIF
A-3; en cambio los estados financieros condensados son los básicos establecidos en la NIF A-3,
pero a diferencia de los antes mencionados presenta información resumida a la fecha de dichos
estados, notas con revelaciones seleccionadas que se requieran por esta NIF y partidas y notas
adicionales a las ya mencionadas, las cuales no se deben omitir si afectan a la interpretación de
los estados.
Sin dejar de lado la frecuencia con que la entidad presenta información financiera a fechas
intermedias (mensual, trimestral, semestral, etc.) lo importante es saber, que no debe afectar la
valuación de cifras en términos anuales. Por consiguiente , las valuaciones que se llevan a cabo a
fechas intermedias deben abarcar, en su caso, todo el intervalo transcurrido desde el principio del
periodo contable anual hasta la fecha de cierre del periodo intermedio; además, esta NIF requiere
que en la determinación de la información financiera a fechas intermedias se cumpla con todo lo
establecido en el MC, el cual establece que el reconocimiento contable es el proceso de valuar,
presentar y revelar; es decir, de incorporar en los estados financieros una operación que cumpla
con la definición de un elemento básico de los estados financieros (activo, pasivo, capital
contable, patrimonio contable, ingreso, costo o gasto).
Se entiende cuando la norma hace mención de que una entidad aunque tenga completa
certeza de que tendrá un cierto monto de ingresos por actividades ordinarias que se generen en
forma cíclica, estacional u ocasional dentro de un periodo anual, no debe reconocerlos con
anticipación en los periodos intermedios, sino hasta el momento en que se hayan devengado. De
la misma manera en lo que respecta a los costos y gastos en los que se incurre de manera no
uniforme a lo largo del periodo anual, no deben reconocerse anticipadamente o diferirse en los
estados financieros a fechas intermedias con el fin de distribuir su efecto en el periodo contable
anual, sino que deben reconocerse cuando se hayan devengado y atendiendo al postulado básico
de asociación de ingresos con costos y gastos.
En lo que respecta a una entidad que emite información a fechas intermedias, esta debe
utilizar toda la información disponible a la fecha de cierre del periodo intermedio
correspondiente. Los importes de ingresos, costos y gastos que se presenten en cada periodo
intermedio deben reflejar todos los cambios en las estimaciones de las partidas que han sido
presentadas en los estados financieros de periodos intermedios anteriores dentro del mismo
periodo anual. Por ser cambios en estimaciones contables, con base en la NIF B-1, Cambios
contables y correcciones de errores. En cuestión de aclarar el aspecto de estimaciones contables a
considerar y reconocer, se mencionan unos ejemplos como: provisiones para beneficios a los
empleados, estimaciones para cuentas incobrables y por deterioro de inventarios y la provisión
del impuesto a la utilidad causado y diferido.
Al analizar las operaciones no usuales, es decir, las que no se llevan a cabo en forma
frecuente, los cambios contables y las correcciones de errores deben revelarse cuando sean
importantes en relación con la información financiera a fechas intermedias, con objeto de
asegurar que dicha información incluya todos los datos relevantes para comprender los estados
financieros de la entidad. Otro tema importante que se menciona es acerca de los estados
financieros consolidados o combinados, ya que si la entidad los presenta con base a la NIF B-8 al
cierre del periodo anual más reciente, la información financiera a fechas intermedias debe
presentarse en forma consolidada. Se debe tomar en cuenta que si las entidades revelan la
utilidad por acción en sus estados financieros anuales, con base en el Boletín B-14, deben revelar
también en el estado de resultados a fechas intermedias las utilidades por acción básica y diluida.
En cuanto al contenido de su información a fechas intermedias, se puede elegir entre
utilizar y presentar estados completos o condensados. Por consiguiente cuando decidan hacer uso
de estados completos, deberán cumplir con ciertos requisitos, empezando por incluir un estado de
posición financiera al final del periodo, un estado de resultados, uno de variaciones en el capital
contable y estado de flujos de efectivo por el periodo, así como sus respectivas notas. En cambio
sí se deciden por los estados condensados con el propósito de no duplicar información
previamente emitida, presentan el contenido mínimo de información en un estado de posición
financiera condensado, y de la misma manera, un estado de resultados, variaciones en el capital
contable y de flujos de efectivo, acompañados de sus notas.
Por lo regular el usuario de la información financiera a fechas intermedias tiene acceso de
alguna manera a los estados financieros anuales más recientes de una entidad. Por lo que es
innecesario que las notas a la información financiera a fechas intermedias contengan
actualizaciones poco relevantes de la información que se presentó en los estados financieros
anuales más recientes; porque es de mayor utilidad proporcionar una explicación de los sucesos y
operaciones producidos a partir de la fecha de los estados financieros anuales más recientes y
hasta el final del periodo intermedio que sean importantes para comprender los cambios habidos
en la situación financiera, el desempeño de la entidad y su capacidad de generar flujos de efectivo
en el periodo.
Entre los ejemplos más significativos de los periodos intermedios por los que se deba
presentar información financiera, es un estado de posición financiera el último día de Junio a
mitad de año, otro seis meses después, el último día de diciembre; un estado de
resultados/actividades por trimestre, otro a mitad de año; el estado de variaciones en el capital a
mitad de año e igualmente un estado de flujos de efectivo en Junio. Finalmente La NIF B-9 está
en convergencia con la NIC 34, la cual tiene como objetivo al igual que la primer mencionada,
establecer el contenido mínimo de la información financiera intermedia y fijar los principios de
reconocimiento y valoración en los estados financieros presentados por un período provisional.
Bibliografía
CINIF (2009). Norma de Información Financiera B-9.Mexico, D.F; Dofiscal.