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Consejería de Educación Y Cultura PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO CEIP EL RECUERDO San Javier Cód.30019118 1 de 76 8. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD) INDICE: 1. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN (incluye enlaces a legislación) 2. RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL CENTRO. 3. OBJETIVOS DEL PAD. 4. ACTUACIONES GENERALES, MEDIDAS ORDINARIAS Y MEDIDAS ESPECÍFICAS. 4.1. ACTUACIONES GENERALES. 4.1.1. Programas y actividades para la prevención, seguimiento y control del absentismo y abandono escolar temprano. PRAE. 4.1.2. Los programas y actividades en colaboración y coordinación con las distintas administraciones públicas, instituciones, organismos o asociaciones de nivel estatal, autonómico o local. 4.1.3. Las propuestas para adecuar las condiciones físicas y tecnológicas de los centros, así como, las ayudas técnicas individuales y equipamientos específicos para favorecer la comunicación, la movilidad y el acceso al currículo. 4.1.4. La articulación de mecanismos para ofrecer apoyo psicológico al alumnado víctima del terrorismo, de catástrofes naturales, maltrato, abusos, violencia de género o violencia escolar o cualquier otra circunstancia que lo requiera, así como la realización de programas preventivos. 4.1.5. La organización de los grupos de alumnos, la utilización de los espacios, la coordinación y el trabajo conjunto entre los distintos profesionales del centro y los colaboradores y agentes externos al centro. 4.1.6. La organización y coordinación entre el personal docente y entre éstos y el personal de atención educativa complementaria u otro personal externo que interviene con el alumnado. 4.1.7. Los programas, planes o proyectos de innovación e investigación educativas que favorezcan una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado. 4.1.8. Cuantas otras propicien la calidad de la educación para todo el alumnado y el acceso y permanencia en el sistema educativo en igualdad de oportunidades.

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8. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD)

INDICE:

1. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN (incluye enlaces a legislación)

2. RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL CENTRO.

3. OBJETIVOS DEL PAD.

4. ACTUACIONES GENERALES, MEDIDAS ORDINARIAS Y MEDIDAS ESPECÍFICAS.

4.1. ACTUACIONES GENERALES.

4.1.1. Programas y actividades para la prevención, seguimiento y control del absentismo y abandono escolar temprano. PRAE.

4.1.2. Los programas y actividades en colaboración y coordinación con las distintas administraciones públicas, instituciones, organismos o asociaciones de nivel estatal, autonómico o local.

4.1.3. Las propuestas para adecuar las condiciones físicas y tecnológicas de los centros, así como, las ayudas técnicas individuales y equipamientos específicos para favorecer la comunicación, la movilidad y el acceso al currículo.

4.1.4. La articulación de mecanismos para ofrecer apoyo psicológico al alumnado víctima del terrorismo, de catástrofes naturales, maltrato, abusos, violencia de género o violencia escolar o cualquier otra circunstancia que lo requiera, así como la realización de programas preventivos.

4.1.5. La organización de los grupos de alumnos, la utilización de los espacios, la coordinación y el trabajo conjunto entre los distintos profesionales del centro y los colaboradores y agentes externos al centro.

4.1.6. La organización y coordinación entre el personal docente y entre éstos y el personal de atención educativa complementaria u otro personal externo que interviene con el alumnado.

4.1.7. Los programas, planes o proyectos de innovación e investigación educativas que favorezcan una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.

4.1.8. Cuantas otras propicien la calidad de la educación para todo el alumnado y el acceso y permanencia en el sistema educativo en igualdad de oportunidades.

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4.2. MEDIDAS ORDINARIAS.

4.2.1. Evaluación inicial.

4.2.2. Sesiones de evaluación.

4.2.3. Graduación de las actividades.

4.2.4. Inclusión de las tecnologías de la información y la comunicación en el

trabajo diario de aula.

4.2.5. Aprendizaje por descubrimiento, aprendizaje por proyectos.

4.2.6. Organización de los contenidos por centros de interés.

4.2.7. Tutoría entre iguales.

4.2.8. Utilización flexible de espacios y tiempos.

4.2.9. Apoyos ordinarios dentro del aula.

4.2.10. Apoyos ordinarios fuera del aula.

MEDIDAS ORDINARIAS Y SU UTILIZACIÓN POR NIVELES:

A. MEDIDAS ORDINARIAS METODOLÓGICAS Y DIDÁCTICAS B. MEDIDAS ORDINARIAS ORGANIZATIVAS C. OTRAS MEDIDAS ESPECIALES

4.3. MEDIDAS ESPECÍFICAS.

4.3.1. Conceptos previos a tener en cuenta

4.3.2. Dificultades Específicas de Aprendizaje

4.3.3. Ampliación o Enriquecimiento. Altas Capacidades Intelectuales.

4.3.4. Incorporación Tardía al Sistema Educativo Español. Condiciones

Personales que Supongan Desventaja Educativa. Historia Escolar que Suponga

Desigualdad Inicial.

4.3.5. Intervención Específica. Alumnado con necesidades educativas

especiales.

Programa Pedagogía terapéutica.

Programa Audición y lenguaje.

Plan Actuación del Equipo de Orientación.

5. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PAD.

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1. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN Y NORMATIVA

La diversidad del alumnado es una realidad socioeducativa evidente y supone unos retos y

dificultades para el Sistema Educativo.

En el marco normativo de la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 mayo, se defiende

como objetivo fundamental de la educación: “lograr la necesaria cohesión social, entendiendo por ésta

el fomento de la convivencia democrática, el respeto a las diferencias individuales y la promoción

de la solidaridad e inclusión, evitando la discriminación. La educación ha de combinar la calidad con

la equidad en la oferta educativa, logrando que todos los ciudadanos puedan recibir una educación y

una formación de calidad.”

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establece y regula la respuesta educativa a

la Diversidad del alumnado en el Decreto nº 359/2009, de 30 de octubre, que asume el reto de una

educación en igualdad de oportunidades que atienda a todo el alumnado, buscando una respuesta

adecuada a sus características y necesidades, y que aborda, además, los grupos de alumnos y

alumnas que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna

necesidad específica de apoyo educativo, con ausencia de discriminación, directa o indirecta, que

tenga su causa en factores personales o sociales derivados de discapacidad, de trastornos graves de

conducta o del desarrollo, de altas capacidades intelectuales, de dificultades específicas de

aprendizaje, de integración tardía en el sistema educativo español, de condiciones personales o de

historia escolar que supongan una desigualdad inicial para acceder a la educación básica y para

progresar en los niveles posteriores.

Posteriormente el Plan de Atención a la Diversidad, incluido en la PGA de todos los Centros

docentes Públicos y Privados Concertados, quedó regulado por la Orden del 4 de junio de 2010 y

ampliado con la Resolución de 30 de julio de 2019 de la Dirección General de Atención a la

Diversidad y Calidad Educativa por la que se dictan instrucciones para la identificación y la

respuesta educativa a las necesidades del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje.

La LEY 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa , desarrollada en el

Decreto 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria

en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y por la Orden sobre organización y

evaluación, recogen, en el Capítulo V de este Decreto así como en el apartado 5 y 8.5 de las

Instrucciones de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la

Diversidad, en materia de Ordenación académica para este curso, algunas novedades en cuanto a

la Atención a la Diversidad en los Centros Docentes de la Región de Murcia como son, entre otras,

establecer una serie de medidas de apoyo y refuerzo que asegure la Atención Individualizada

de su alumnado y programar, por parte de los equipos docentes, un Plan De Trabajo

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Individualizado para todos aquellos alumnos que presenten necesidades educativas especiales

o específicas de apoyo educativo. Estos PTI quedan mejor definidos por la Resolución de 15 de

junio de 2015, de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la

Diversidad, por la que se establece el alumnado destinatario de los planes de trabajo

individualizados y orientaciones para su elaboración.

Así pues, este Plan de Atención a la Diversidad de nuestro Centro, recogerá los objetivos,

las actuaciones generales; las medidas ordinarias y específicas de respuesta educativa a la

diversidad, los criterios y procedimientos previstos para su desarrollo, seguimiento y evaluación y los

programas específicos y planes de trabajo individualizados que, para una mejor atención del

alumnado con necesidades de apoyo o refuerzo educativo pudiera establecerse, así como la

organización de Recursos internos y externos del Centro que sean necesarios.

*EL MARCO LEGAL SOBRE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD lo podemos encontrar y consultar en los siguientes enlaces de la CARM:

Decreto sobre la respuesta educativa a la diversidad del alumnado:

17347 Decreto nº 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta

educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Plan de Atención a la Diversidad:

10896 Orden de 4 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la

que se regula el Plan de Atención a la Diversidad de los Centros Públicos y Centros Privados

Concertados de la Región de Murcia.

Necesidades Educativas Especiales

Altas capacidades intelectuales:

6717 Orden 24 de mayo de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el

procedimiento, trámites y plazos para orientar la respuesta educativa de los alumnos superdotados

intelectualmente.

Integración tardía en el sistema educativo:

Circular informativa de la dirección general de planificación y ordenación educativa, sobre la

organización y desarrollo de las medidas de compensación educativa y atención educativa al

alumnado de integración tardía al sistema educativo español en los centros docentes no

universitarios sostenidos con fondos públicos.

Compensación Educativa e Interculturalidad:

Circular informativa de la dirección general de planificación y ordenación educativa, sobre la

organización y desarrollo de las medidas de compensación educativa y atención educativa al

alumnado de integración tardía al sistema educativo español en los centros docentes no

universitarios sostenidos con fondos públicos.

Resolución de 20 de julio de 2018, de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad

Educativa, por la que se dictan instrucciones para la identificación y respuesta educativa al

alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a desconocimiento del

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español o desfase curricular significativo, por integración tardía en el sistema educativo o por

condiciones personales o de historia escolar, en centros sostenidos con fondos públicos de la

Región de Murcia que impartan las enseñanzas de Educación Primaria o Educación Secundaria

Obligatoria.

Orientación Educativa:

4249 Resolución de 27 de febrero de 2013, de la Dirección General de Planificación y Ordenación

Educativa, por la que se dictan instrucciones para la realización de la evaluación psicopedagógica y

su inclusión en el Módulo de Diversidad del Programa Plumier XXI.

Instrucciones actualizadas:

Resolución de 13 de marzo de 2018 de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad

Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre los modelos de informe psicopedagógico y

dictamen de escolarización que son de aplicación por parte de los servicios de orientación

educativa (BORM del 17).

Dificultades específicas de aprendizaje:

Resolución de 30 de julio de 2019 de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad

Educativa por la que se dictan instrucciones para la identificación y la respuesta educativa a las

necesidades del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje.

Plan Regional de Prevención del absentismo y abandono escolar:

16070 Orden de 26 de octubre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la

que se establece y regula el Programa Regional de Prevención, Seguimiento y Control del

Absentismo Escolar y Reducción del Abandono Escolar (Programa PRAE).

Decreto currículo Región de Murcia

11264 Decreto n.º 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la

Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Orden de organización y evaluación

Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por la

que se regula la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad

Autónoma de la Región de Murcia.

Orden de 24 de julio de 2019 de la Consejería de Educación, juventud y deportes por las que se

modifica la Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y

Universidades por la que se regula la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

“Protocolos de Apoyo inmediato y coordinado a Víctimas Escolares (Protocolos AVE)”

Plan de Trabajo Individualizado(PTI) Resolución de 15 de junio de 2015, de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, por la que se establece el alumnado destinatario de los planes de trabajo individualizados y orientaciones para su elaboración.

Protocolo para la evaluación e intervención ante conductas problemáticas.

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Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, por la que se establece un protocolo para la evaluación e intervención ante conductas problemáticas en alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad intelectual.

Programa de Aulas Terapéuticas para el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de trastornos graves de conducta.

Resolución de 30 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad y del Servicio Murciano de Salud, por la que se establece el Programa de Aulas Terapéuticas para el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de trastornos graves de conducta internalizantes y externalizantes vinculados a problemas de salud mental en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Organización y el acceso a los talleres de enriquecimiento extracurricular para alumnos con altas capacidades.

Resolución de 29 de julio de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, por la que se regula la organización y el acceso a los talleres de enriquecimiento extracurricular para alumnos con altas capacidades.

2. CARACTERÍSTICAS DE NUESTRO CENTRO:

En la actualidad contamos con seis unidades de Educación Infantil, con 154 alumnos y

alumnas, y doce unidades de Primaria, con 307 , distribuidos en dos grupos por nivel, quedando el

Centro completo, de dos líneas de Educación Infantil y Primaria.

De estos 461 ALUMNOS/AS, además de las características y necesidades individuales

de cada uno de ellos, nos encontramos:

Cuatro alumnos de educación Infantil y 39 alumnos y alumnas de Enseñanza

Primaria, diagnosticados con algún tipo de Necesidad específica de apoyo educativo, que

cuentan con una evaluación psicopedagógica por parte de la Orientadora del Equipo

Orientación Mar Menor, al que corresponde el Centro, y precisan de una atención

educativa diferente a la ordinaria, derivadas de:

discapacidad psíquica, física, sensorial, social. (4 alumnos en Educación Infantil

y 13 en Educación Primaria).

Se podrá realizar en su PTI una adaptación curricular significativa, si requiere la

supresión de estándares de aprendizaje de su curso que impidan obtener una

calificación igual o superior a 5 en una asignatura. Les serán evaluados y

calificados todos ellos o resultados de aprendizaje contemplados en su PTI,

consignándole un asterisco (*) junto a la calificación del área (ANEXO I Resolución

1º. ALUMNOS/AS

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15 de junio 2015).

Necesidad específica de apoyo educativo: dificultades de aprendizaje:dislexias,

disgrafías, disortografías y discalculias; alumnos con Trastorno de Lenguaje y

Comunicación, asociados o no a retraso madurativo y/o déficit de Atención e

hiperactividad y/o capacidad cognitiva límite; Altas Capacidades (para los que se

les ha solicitado los talleres extracurriculares); (30 alumnos/as).

En sus PTI se recogerán los estándares del curso en el que estén matriculados y

aquellos de otros cursos, que el equipo docente considere para un adecuado

desarrollo de su proceso educativo, aunque la calificación del área se obtendrá sólo

con los resultados de su curso, pudiendo contemplar medidas especiales para su

evaluación y calificación (artículo 4, punto 4 de la Resolución del 15 de junio de

2015. ANEXOS II y III).

No existen casos en nuestro Centro, pero pueden haber, alumnado de

integración tardía al sistema educativo o compensación, condiciones

personales o de historia escolar que supongan desventaja educativa.

Algunos de nuestros alumno/as han recibido o reciben atención a sus necesidades

también fuera del Centro, con cuyos especialistas se reúnen los tutores y especialistas del

Centro y siempre están dispuestos a ello.

Hay casos de alumnado cuyos tutores han derivado protocolos de observación a la

Orientadora, por sospecha de alguna dificultad, siempre tras haber informado a las

familias, y que tratará de estudiar en breve y devolver la información sobre los mismos

para ser atendidos según corresponda.

Hay otros alumnos que serán revisados por la Orientadora del Centro durante este

curso escolar. También tratará de hacer una labor preventiva, junto con los especialistas

de PT y AL en Infantil (ver Plan de Orientación, en el punto 6 de la PGA).

Según el análisis realizado en nuestro Proyecto Educativo, podemos concretar las siguientes

características del entorno del Centro, a tener en cuenta, que nos puedan ayudar a enmarcar este

Plan de Atención a la Diversidad:

a) Familias de procedencias dispares, con intereses y expectativas diferentes ante la educación

y la cultura.

b) Algunas familias muestran algún tipo de discriminación social, que transmitirán a sus

hijos/as, y dudan que al haber niños extranjeros, afecte a la calidad de enseñanza.

c) Las familias participan también de forma muy distinta en la vida del Centro y sus relaciones

con el profesorado y profesionales externos e implicación en el proceso educativo de sus hijos

es muy diferente.

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3º. RECURSOS HUMANOS con los que cuenta el Centro son:

d) Algunos alumnos/as se incorporan al Centro desconociendo la lengua y, a veces, con mayor

dificultad de adaptación escolar, pues no entienden las órdenes más sencillas. También se

encuentran en situación de descompensación lingüística, pues en las familias no se habla

castellano.

e) Entre las familias extranjeras, se plantea otra problemática, y es, el perjuicio para el

aprendizaje de los alumnos/as que conlleva cuando se marchan de vacaciones largas(a

veces más de un mes) a sus países de origen durante el curso escolar.

f) Entre la población escolar, casi siempre en Infantil, algunos padres/madres, viven la

escolarización de sus hijos (muchos los primeros de las casas) con bastante ansiedad,

originando casos de absentismo escolar, casi siempre por sobre-protección de las familias.

Esto ocasiona retrasos del aprendizaje que cuesta mucho recuperar.

g) Algunos niños/as viven en familias uniparentales, con horarios de trabajo muy largos y sin

tiempo para ocuparse de los mismos; también otros casos de alumnos/as cuidados por los

abuelos u otros familiares, por causas laborales de los padres y madres, ocasionando, a veces,

que no exista la misma predisposición a la colaboración con el centro en temas escolares y

educativos.

h) Existen dificultades de convivencia en algunos casos, muy pocos, de alumnos o

alumnas, especialmente en el cumplimiento de las normas del Centro: faltas de

puntualidad y falta de respeto a los compañeros, son las más habituales.

PROFESORES:

Ocho profesoras de Ed. Infantil, una de ellas habilitada en inglés bilingüe.

Ocho profesores de Primaria, tutores y profesores de la mayoría de las áreas en

castellano.

Un profesor de Primaria- Bilingüe, que ocupa el cargo de secretaria.

Cinco especialistas de inglés, que imparten esta materia a todos los grupos y las áreas de

Conocimiento del Medio y Profundización en inglés. Una de ellas es tutora de 6º y

coordinadora del Programa Bilingüe en el Centro; otra tutora de 1º.

Una profesora de francés, tutora de un grupo.

Una profesora de música que imparte música a toda primaria y matemáticas en 6º.

Una profesora A.L.

Profesora de P.T. y media itinerante.

Dos Profesores de Ed. Física, uno de ellos habilitado en bilingüe. El otro, tutor de 4º.

Una Profesora de Religión a tiempo completo y cinco horas de tiempo parcial de otra.

Dos profesoras de apoyo en Primaria, con cargos directivos.

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Orientadora del EOEP: Asistirá al Centro los miércoles. Su Plan de Actuación está

recogido en el apartado 6.8., sobre los Planes y Programas del Centro, de la P.G.A.

Tramita la atención directa o indirecta de Equipos específicos y centros de recursos y

ayuda técnica.

Profesor técnico de servicio a la comunidad (PTSC) del EOEP: Atiende al Centro,

hasta ahora, según sus necesidades y demandas, telefónicamente.

Fisioterapeuta del EOEP: una hora semanal de atención directa al alumno con

discapacidad motórica.

Enfermera escolar: atención al Centro miércoles de 12:00 a 14:00 horas.

Trabajadora social-mediadora del Ayuntamiento de San Javier: Este curso seguirá

atendiendo al Centro cuando se le solicite y llevaremos un programa de FAMILIA y otro de

SALUD, propuesto desde estos Servicios.

Programa BILINGÜE de inglés, dentro del Sistema de Enseñanzas de Lenguas

Extranjeras de la Región de Murcia (SELE), en cuyo plan específico debemos de

recoger las medidas de atención a los diferentes niveles que se nos puedan plantear los

alumnos y que serán contempladas y recogidas en el mismo.

Programa de Convivencia en el Centro.

Programa de Habilidades no cognitivas, con otros Centros de la Región y en

colaboración con la Universidad de Murcia.

Educación para la Salud. Colaboración del Banco de salud Municipal, con la intervención

de varias Instituciones: Centro de salud, policía local, Servicios sociales, etc.

Programa de Policía tutor, desarrollado en el punto 6 de la PGA.

3. OBJETIVOS DEL PAD

OBJETIVOS GENERALES

1. Responder a las necesidades y características de nuestros alumnos, respetando, según la

propia legislación, los principios de: equidad, igualdad, normalización, integración, compensación,

accesibilidad universal y cooperación de la Comunidad educativa.

4º. PROGRAMAS DEL CENTRO

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2. Mejorar la consecución de las Competencias básicas y del éxito escolar de nuestros

alumnos/as, ayudando a construir su conocimiento basado en la motivación y en la propia actividad.

3. Prevenir e intervenir en casos de absentismo en nuestro alumnado y familias.

4. Mejorar la Convivencia escolar, educando en los valores de respeto, paz, tolerancia y

solidaridad.

5. Conseguir la integración educativa de todo el alumnado sin ningún tipo de discriminación,

llegar a ser una escuela inclusiva.

6. Intentar compensar las desigualdades de todo el alumnado que lo necesite.

7. Desarrollar la autonomía personal, social y cognitiva de nuestros alumnos, así como la

responsabilidad en su trabajo y toma de decisiones.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Planificar la respuesta educativa adecuada a cada alumno y a su contexto, de forma

práctica, funcional y flexible.

2. Programar propuestas educativas diversificadas en sus actividades, organización,

procedimiento, metodología y evaluación para que se ofrezcan a nuestros alumnos diferentes formas

de llegar a los mismos objetivos.

3. Detectar y prevenir las dificultades de aprendizaje o problemas de desarrollo personal y

social, anticipándose a las mismas y evitando situaciones de fracaso o inadaptación escolar, personal

o social.

4. Favorecer el ajuste de la respuesta educativa a las necesidades específicas de apoyo

de cada alumno/a, mediante las oportunas medidas de atención a la diversidad.

5. Adaptar de forma especial, nuestra respuesta educativa al alumnado con necesidades

educativas especiales, coordinando el desarrollo de actividades encaminadas a su inserción y

promoción.

6. Garantizar al alumnado que se incorpora tarde al sistema educativo, una correcta

integración y adaptación escolar y social, teniendo en cuenta la intervención educativa por

desconocimiento del idioma o por desfase en su aprendizaje, como la acción tutorial con estas

familias.

7. Implicar y coordinar la tarea de todos los profesionales del Centro, en todas las

actuaciones y medidas que se acuerden en este Plan.

8. Organizar las relaciones con las Instituciones públicas y privadas, que intervengan en

las actuaciones propuestas en este Plan, favoreciendo el intercambio de información y planificando

actuaciones conjuntas según las competencias de cada una.

9. Implicar a las familias en este proceso.

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10. Participar en la formación profesional docente, para incorporar a nuestra tarea las

innovaciones e experimentación que mejore la misma.

11. Organizar los recursos materiales y espacios del Centro para mejorar esta atención

educativa.

4. ACTUACIONES GENERALES, MEDIDAS ORDINARIAS Y MEDIDAS ESPECÍFICAS.

4.1.- ACTUACIONES GENERALES.

Nuestro Centro establece estas estrategias generales para posibilitar una educación de

calidad a nuestro alumnado y favorecer un adecuado proceso educativo, que garantice la igualdad de

oportunidades y compense las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales.

En cada una de estas estrategias, recogemos su finalidad, alumnado destinatario,

organización de los recursos internos y externos del Centro, así como su proceso de

seguimiento, revisión y evaluación.

4.1.1. PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO Y ABANDONO ESCOLAR TEMPRANO. PRAE.

1.1. Finalidad:

Prevenir para el futuro el absentismo y abandono escolar, proponiendo las medidas y

actuaciones para la prevención, seguimiento y control del mismo, realizadas por

parte de los órganos colegiados del centro, especialmente las iniciativas propuestas por

el Consejo Escolar y por el Claustro de Profesores.

Garantizar el control y seguimiento de la asistencia al centro educativo del alumnado

destinatario en las distintas etapas educativas obligatorias, e incluso en Infantil,

estableciendo actuaciones y medidas que permitan superar las situaciones que puedan

incidir en el absentismo escolar y en el abandono de la escolaridad obligatoria.

Favorecer la promoción educativa del alumnado, especialmente aquel que se

encuentra en situación de riesgo o exclusión social, y elevar su éxito escolar.

Promover la actuación coordinada de todas las instituciones implicadas en las

materias de absentismo y abandono escolar, utilizando todos los medios disponibles.

Proporcionar un protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar

común a todos los centros educativos que imparten las enseñanzas obligatorias y un

protocolo de derivación entre los centros educativos y las administraciones locales de las

zonas donde se encuentren ubicados, así como entre estas y las instituciones regionales

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con competencias en la materia.

Asegurar la recogida, procesado y análisis de información sobre el absentismo escolar

y elevarla a las autoridades educativas competentes.

1.2. Alumnado destinatario:

Son destinatarios de las actuaciones de prevención del absentismo escolar, los alumnos

que cursen las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la

educación secundaria obligatoria, es decir, todos los alumnos de nuestro centro.

1.3. Criterios que regirán las actuaciones:

a) Tendrán un carácter prioritariamente educativo procurando siempre alcanzar el éxito

escolar del alumnado.

b) Han de ser proactivas, a fin de anticipar y evitar las situaciones de absentismo o de

abandono del sistema educativo que se puedan producir; y tendrán un carácter ejecutivo, para

tratar de manera diligente las situaciones presentadas y darles una pronta respuesta.

c) Serán integradoras, dirigiéndose tanto al alumnado como a su familia y al contexto:

atenderán tanto a las condiciones y situaciones que los hacen emerger como a los alumnos

que presenten estas situaciones considerados individualmente.

La intervención con las familias irá encaminada a motivar, orientar e informar sobre la

importancia de la asistencia al centro educativo, impulsar su participación en la vida escolar

del centro y obtener un compromiso en la escolarización de sus hijos menores de edad.

d) Tendrán un carácter interinstitucional, de tal manera que los centros educativos

sumarán a sus actuaciones particulares los esfuerzos e iniciativas más globales desarrolladas

por las administraciones locales, a las que se sumarán las actuaciones realizadas desde las

administraciones regionales con competencias en la materia.

1.4. Definición de conceptos:

1. Se establecen a continuación una serie de definiciones de conceptos para ganar en

precisión y que se recogen también en LAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL CENTRO (punto 3 de la P.G.A.):

a) Falta de asistencia: ausencia, debidamente registrada, en cualquiera de las

sesiones en las que se organiza la jornada lectiva, en determinadas sesiones o en períodos

completos en el centro escolar, con o sin motivo que la justifiquen. Se contabilizarán todas las

faltas de asistencia con independencia de la causa que las provoque.

b) Asistencia regular: cuando las faltas de asistencia injustificadas no excedan del

10% de las jornadas o sesiones lectivas mensuales.

c) Asistencia irregular: cuando el porcentaje de faltas de asistencia injustificadas esté

comprendido entre el 10% y el 20% del total de las jornadas o sesiones lectivas mensuales.

d) Absentismo: falta de asistencia, frecuente o continuada, del alumnado menor de

edad, que curse las enseñanzas de la educación básica a los centros docentes donde se

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encuentre escolarizado, sin motivo que lo justifique y consentida o propiciada por los padres,

madres o tutores legales o por voluntad del propio alumno. Serán consideradas absentismo

escolar las faltas de asistencia injustificadas cuando superen el 20% del total de las jornadas o

sesiones lectivas mensuales.

e) Desescolarización o absentismo absoluto: es la situación en la que se encuentran

los menores de edad que, debiendo cursar la educación básica, no han formalizado matrícula

en un centro educativo. Quedan incluidos en este concepto los menores que no se incorporan

al centro educativo a pesar de haberse matriculado en el mismo.

f) Abandono escolar: situación del alumnado que abandona los estudios obligatorios

sin obtener la titulación básica.

2. A partir de la definición del término absentismo escolar se establecen los siguientes

indicadores:

a) Tasa de absentismo: Porcentaje de faltas sobre el total de asistencias posible. Se

identificará una situación de absentismo cuando para un alumno se registre un 20% o más de

faltas no justificadas, en el período de un mes.

b) Índice de absentismo: Porcentaje de alumnos absentistas dentro del total del

alumnado del centro. Este índice se obtendrá por niveles y etapas educativas obligatorias y

podrá servir para actuar de manera diferencial en centros o en zonas geográficas con un índice

significativo de faltas de asistencia.

1.5. Ámbitos de actuación del programa:

Son ámbitos de actuación del Programa PRAE los siguientes:

a) Medidas preventivas.

b) Control de la asistencia a clase, registro de faltas y justificación de ausencias.

c) Protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar.

d) Cooperación entre las administraciones.

e) Protocolo de derivación entre administraciones públicas.

f) Programas específicos para la prevención y reducción del abandono escolar.

g) Promoción de la formación, innovación y buenas prácticas.

h) Estudios y análisis sobre absentismo y abandono escolar.

a) Medidas preventivas.

1º. Realización de campañas de sensibilización y de información, prioritariamente en

colaboración con el Ayuntamiento correspondiente, dirigidas a las familias para la

concienciación de la importancia de la educación y el compromiso socio-familiar que se ha de

adoptar hacia la educación de los menores, así como campañas de sensibilización, información

y motivación entre los escolares. Dichas campañas serán difundidas con lenguaje claro y en

formatos y soportes accesibles para las personas con discapacidad.

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Realizadas en el Centro:

- Reunión en junio con los padres/madres del alumnado que ingresaba por primera vez

al Centro, en Infantil de tres años, con profesorado y equipo directivo.

- Reunión con los padres/madres del alumnado que accede a la etapa de Primaria, con

el profesorado y equipo directivo (junio)

- Reuniones de tutores de inicio de curso, todos los niveles, en septiembre.

2º. Realización, a inicios y finales de cada curso escolar, de reuniones prescriptivas

de coordinación y de traspaso de información entre los equipos docentes, así como

entre los profesionales implicados de los servicios de orientación de la educación primaria y

los de la educación secundaria obligatoria con vistas a la adecuada escolarización del

alumnado en el tránsito entre etapas educativas. Asimismo, se realizará esta coordinación y

traspaso de información siempre y cuando se produzca cambio de centro del alumnado.

Realizadas en el Centro:

- Reunión de profesores tutores de Infantil con el equipo de los grupos de Primer Tramo

de Primaria, para pasar información del alumnado.

- Reunión del equipo directivo, P.T/AL y Orientadora del EOEP.

- Entrevista del PTSC del EOEP, con el equipo directivo, equipos docentes y familias.

3º. Establecimiento de actuaciones que favorezcan la acogida y adaptación de los

alumnos recién incorporados o que se reincorporan al centro educativo tras algún periodo de

ausencia (PLAN DE ACOGIDA)

Realizadas en el Centro:

- Acogida y presentación al alumno/a y la familia: la jefa de estudios muestra las

dependencias del Centro y presenta a la comunidad educativa.

- Entrevista del tutor con la familia.

- Evaluación y observación de las características del nuevo alumno/a.

- Actividades de aula y organización espacial y recursos para su mejor integración en el

grupo y en el Centro.

4º. Detección y valoración de los alumnos que puedan presentar riesgo de

absentismo o de abandono del sistema educativo y ajustar la respuesta educativa que

conduzca a lograr su permanencia y éxito escolar.

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Realizadas en el Centro:

-Desde Ed. Infantil y por parte de todo el profesorado, hay un control diario de las faltas

y el compromiso de solicitar y recoger la justificación de las mismas, así como informar e

insistir a las familias, de las consecuencias para su hijo de la no asistencia regular.

- La respuesta educativa que se ofrece desde nuestro Centro, queda recogida en los

siguientes apartados de estas medidas preventivas (del 5º al 12º) de este Plan.

5º. Identificación y valoración de los factores que inciden en los casos de

absentismo y de abandono escolar que se produzcan en el centro.

6º. Fomento de la coordinación de los miembros de los equipos educativos en torno

a los procesos de escolarización y de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

7º. Adecuación de la oferta curricular a la diversidad del alumnado escolarizado en

el mismo, mediante: contenidos significativos para el desarrollo de las competencias

básicas, el uso de metodologías activas, agrupamientos flexibles, diferente organización

del tiempo y de los contenidos y la adecuada adaptación de materiales.

8º. Promoción de la acción tutorial como parte de la función docente, incorporando

medidas que favorezcan, entre otras, la cohesión del grupo, las relaciones positivas, la

identificación del alumnado con el centro educativo y las relaciones con las familias.

9º. Desarrollo de medidas disciplinarias que preferentemente no supongan para el

alumnado la ausencia del centro educativo.

10º. Realización de actuaciones que mejoren las relaciones entre el centro y los

recursos externos.

11º. Programación y desarrollo de actividades y servicios que favorezcan el tiempo

de permanencia en el centro educativo, así como que propicien la conciliación de la vida familiar y

escolar, tales como servicio de comedor, talleres extraescolares, programas de extensión del

tiempo escolar, actividades extracurriculares, de ocio y tiempo libre, etc.

12º. Desarrollo de actuaciones que garanticen el acceso a los servicios

complementarios, con especial referencia al uso del comedor escolar.

b) Control de la asistencia a clase, registro de faltas y justificación de

ausencias.

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1º. Corresponde a todo el profesorado el control de la asistencia a clase de su

alumnado, debiendo registrar diariamente las faltas de asistencia del alumnado y controlar la

justificación de las mismas.

2º. Se realizará el control de asistencia a clase, el registro de faltas y la justificación

de ausencias de todo el alumnado menor de edad que curse las enseñanzas del segundo ciclo

de la educación infantil y la educación primaria.

3º. Será el profesor tutor quien registre cada día las ausencias del alumnado y recoja

y custodie la documentación justificativa de las mismas presentadas por los padres, madres

o tutores legales de los alumnos de su grupo, si las hubiera.

4º. En el caso de inasistencia del profesor tutor será el profesor que se

responsabilice del grupo de alumnos, en su caso, quien haga constar las ausencias del

alumnado del grupo, registrando las faltas de asistencia por el mismo procedimiento.

5º. Los centros educativos podrán considerar, en aquellos casos que estimen

necesario, por prever que puede suponer el inicio de absentismo escolar, si la acumulación

de retrasos sin justificar en la llegada al centro educativo a la hora de apertura del mismo por

parte de un alumno es motivo de registro como falta de asistencia. En el caso de nuestro

Centro, el Claustro ha acordado cada tres retrasos se contabiliza una falta.

6º. Corresponde al profesor tutor valorar si es o no pertinente considerar la falta

justificada, según los criterios del Anexo I.

7º. El profesor tutor del grupo de alumnos realizará tres días naturales después de la

finalización del correspondiente mes, la comprobación mensual del correcto control de la

asistencia de los alumnos de su tutoría, el adecuado registro informático de las faltas por parte

del profesorado que lo atiende y la valoración de la justificación de las faltas de asistencia, en

su caso.

8º. En caso de detectar el profesor tutor alguna anomalía en el control, registro y

justificación de faltas de los alumnos de su grupo deberá solucionarlo inicialmente con el

profesor correspondiente con el fin de que subsane el error a la mayor brevedad posible. En

caso de perdurar las anomalías lo comunicará a la jefatura de estudios, quien dará solución lo

más rápidamente posible.

9º. En los primeros cinco días naturales del mes, la jefatura de estudios

comunicará a los profesores tutores los resúmenes de las faltas de asistencia de cada alumno

de su grupo del mes lectivo anterior. Anexo II (también en las Normas del Centro).

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10º. La dirección del centro educativo comunicará a los servicios municipales con

competencias en la materia, a lo largo de los primeros cinco días naturales del mes, la

relación de casos de alumnos, menores de edad, que se encuentren cursando la educación

básica y estén desescolarizados o sean absentistas que acumulen un 20% o más de faltas de

asistencia injustificadas sobre el total de jornadas o sesiones lectivas mensuales. Anexo III.

11º. Corresponde a los padres, madres o tutores legales que ejercen la patria

potestad de los alumnos dentro de su tarea educativa:

a) Velar para que sus hijos gocen del derecho a la educación y puedan acudir al

centro educativo en el calendario escolar y horarios estipulados, comunicando y justificando

las ausencias que puedan producirse.

b) Comunicar y justificar las ausencias de sus hijos por escrito con antelación a la

ausencia, en caso de estar prevista, o en el momento inmediato de la incorporación del

alumno tras su ausencia.

c) Facilitar al centro educativo, en el momento de formalizar la matrícula, los datos

de contacto precisos para que el centro pueda comunicarse con ellos en el momento en que

sea necesario, con el fin de estrechar la colaboración entre los centros educativos y los padres,

madres o tutores legales.

d) Comunicar al centro educativo cualquier cambio de domicilio dentro del propio

municipio o su traslado a otro municipio y facilitar los medios para que el centro educativo

pueda comunicarse con ellos en el momento en que sea necesario.

e) Comunicar al centro educativo con la antelación suficiente, en el caso de prever

alguna ausencia prolongada del menor, el tiempo que el alumno vaya a estar ausente y la

fecha de incorporación.

12º. Las comunicaciones de faltas de asistencia de las que hayan informado los padres,

madres o tutores legales serán custodiadas por el profesor tutor.

13º. Los padres, madres o tutores legales podrán recibir comunicación de la ausencia

de sus hijos, al finalizar el trimestre, pues se recogerán en el Boletín de información a la

familia sobre resultados de Evaluación.

c) Protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar.

(ANEXO XV)

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1. Corresponde al equipo directivo del centro garantizar que el protocolo de

intervención, seguimiento y control del absentismo escolar se desarrolla adecuadamente

conforme a lo establecido en la presente orden.

2. El procedimiento de actuación del protocolo de intervención, seguimiento y control

será el siguiente:

1º) El profesor tutor de los alumnos escolarizados en las enseñanzas

obligatorias, a través del control, registro y justificación mensual de las faltas de asistencia del

alumnado de su grupo y con la información facilitada por la jefatura de estudios mensualmente,

detectará posibles casos de absentismo escolar.

2º) En caso de que el profesor tutor observe que existe una asistencia

irregular que puede convertirse en motivo de preocupación o en un incipiente caso de

absentismo escolar, con un número de faltas injustificadas que, según los casos, puede oscilar

entre un 10% y un 15% del total de jornadas o sesiones lectivas mensuales, deberá actuar de

manera inmediata, citando mediante carta certificada a los padres, madres o tutores legales

del alumno para una entrevista, conforme al modelo establecido en el Anexo IV.

3º) En dicha entrevista el profesor tutor informará a los padres, madres o

tutores legales de la asistencia irregular al centro de su hijo, buscando su colaboración,

analizando las posibles causas, proponiendo soluciones y medidas preventivas, realizando una

atención personalizada del alumno e intentando obtener un compromiso de asistencia

regular al centro. De todos y cada uno de los acuerdos a los que se llegue en esta entrevista

se deberá realizar un registro conforme al Anexo V.

4º) En aquellos casos en los que no resulte una asistencia regular al centro,

bien porque los padres, madres o tutores legales no acudan a la entrevista con el profesor

tutor, porque no exista un compromiso firme para resolver el problema, por incumplimiento de

los acuerdos a los que se llegaron en la entrevista, porque no se justifiquen suficientemente las

ausencias del alumnado, etc., el profesor tutor lo comunicará a la jefatura de estudios, quien

citará a los padres, madres o tutores legales, mediante carta certificada, para mantener una

entrevista conjunta. Anexo VI.

5º) En la entrevista con la jefatura de estudios y el profesor tutor se comunicará

a los padres, madres o tutores legales la situación de asistencia irregular del alumno, las

consecuencias que pueden derivarse de esa situación y de la obligación que tienen como

padres, madres o tutores legales de colaborar y ser partícipes en la búsqueda de soluciones.

De la información facilitada y de los acuerdos adoptados deberá, asimismo, dejar constancia

documental, conforme al Anexo V, registro de acuerdos de entrevista.

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6º) En el caso en que la situación de asistencia irregular no remita y el número

de faltas del total de jornadas o sesiones lectivas en el periodo de un mes sin motivo que lo

justifique llegue o supere el 20% de faltas de asistencia, el tutor deberá iniciar un

expediente de absentismo donde se incluirá el registro de faltas del alumno y las actuaciones

realizadas (modelo Anexo VII).

7º) Una vez abierto el expediente de absentismo, intervendrá en el caso el

profesor técnico de servicios a la comunidad, sin perjuicio de las actuaciones que realice con

anterioridad. El profesor de servicios a la comunidad realizará una intervención

socioeducativa del caso, así como el seguimiento del mismo hasta que se resuelva o se

produzca el cierre del expediente. En caso de que el centro educativo no cuente con el

profesional de servicios a la comunidad realizará la intervención el personal técnico

municipal correspondiente, tras la derivación del caso a los servicios municipales, y el

seguimiento administrativo del expediente hasta su resolución o cierre el jefe de estudios o

persona en quien delegue.

8º) Una vez que el profesor de servicios a la comunidad del centro educativo

inicie el seguimiento del caso podrá realizar, en su caso, entrevista personal con el alumno, y

solicitará además nueva entrevista con los padres, madres o tutores, en la que les informará

de la apertura del expediente de absentismo y de las consecuencias que ocasiona. De todo

ello, dejará registro según el modelo del Anexo V. Si los padres, madres o tutores legales no

acudieran al centro educativo para realizar la entrevista, el profesor de servicios a la comunidad

podrá acudir al domicilio familiar, conforme se estime el caso.

9º) Tras la entrevista o visita al domicilio familiar, el profesor de servicios a la

comunidad realizará una valoración del caso e incorporará al expediente de absentismo,

abierto por el profesor tutor, su informe técnico conforme a lo establecido en el Anexo VIII.

10º) Si el centro no contara con el profesor de servicios a la comunidad, se

incorporaría al expediente de absentismo el informe técnico que al respecto realicen, en su

caso, el personal municipal con competencias en la materia, previa solicitud de

intervención del centro educativo conforme al Anexo IX.

11º) Cuando se entienda que las actuaciones emprendidas hasta el momento en

el centro educativo resultan insuficientes o que la situación de absentismo escolar no remite y

continua el porcentaje de faltas de asistencia mensuales sin motivo que lo justifique del 20% o

superior, requerirá de la intervención de los servicios municipales con competencias en la

materia, siendo el director del centro educativo quien solicite la intervención de los citados

servicios (Anexo IX).

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12º) A partir del momento en que se demande la intervención de los servicios

municipales, el profesor de servicios a la comunidad actuará junto con el tutor y de

común acuerdo con los servicios municipales estableciendo las medidas adecuadas de

manera coordinada con el fin de que sean actuaciones integradas y complementarias. En

caso de no tener el centro la atención del profesor de servicios a la comunidad será el jefe de

estudios quien realice esta actuación.

4. Será responsabilidad de la jefatura de estudios el adecuado y eficaz desarrollo

del protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar en el centro

educativo, pudiendo solicitar en cualquier momento del desarrollo del mismo, con

independencia del momento en que se inicie su intervención, la colaboración de profesor

técnico de servicios a la comunidad, en el caso de contar con este profesional en el centro

educativo, o del técnico municipal, en caso de realizar la derivación del caso a los servicios

municipales.

5. Toda la documentación generada a consecuencia del desarrollo del protocolo se irá

incorporando al expediente de absentismo abierto, que será custodiado por la jefatura de

estudios, debiendo guardar todos los profesionales y autoridades implicados en el mismo la

debida reserva y sigilo con el fin de garantizar la intimidad y confidencialidad de los afectados.

6. En todas las intervenciones que se realicen se procurará contar con la

colaboración del menor y los padres, madres o tutores legales.

7. Los profesionales y autoridades implicados en el control y seguimiento del

absentismo escolar garantizarán el respeto de los derechos de los menores y adecuarán sus

actuaciones a los derechos que les reconoce la Constitución y los Tratados Internacionales

suscritos por España, así como los demás derechos garantizados en el ordenamiento jurídico,

sin discriminación alguna por razón de nacimiento, nacionalidad, sexo, discapacidad o

enfermedad, religión, lengua, cultura, opinión o cualquier otra circunstancia familiar o social,

especialmente los referidos a su honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

8. Se dará traslado o se cerrará el expediente de absentismo por alguno de los

siguientes motivos:

a) Incorporación y asistencia regular del alumno al centro hasta el término del

curso escolar.

b) Haber alcanzado la mayoría de edad.

c) Cambio de municipio. En ese caso, se remitirá al nuevo centro y municipio,

si este se encuentra dentro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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d) Imposibilidad de actuar por desconocer el paradero del menor. En este

caso, el centro comunicará el hecho a los servicios municipales.

e) Sospecha de desprotección infantil del menor. En este caso, quien detecte

esta circunstancia tramitaría el expediente con carácter de urgencia a la Dirección General con

competencias en menores.

9. La Consejería competente en materia de educación realizará las actuaciones

necesarias para que todo el registro del caso, así como la documentación generada en el

expediente de absentismo escolar sea creada por la aplicación informática de gestión de los

centros.

10. El expediente de absentismo escolar del alumnado que se encuentre almacenado

en la citada aplicación informática solo podrá ser consultado para los fines objeto de esta orden

y solo por los profesionales del centro educativo implicados en su gestión, por la Inspección de

Educación y por el órgano directivo gestor y coordinador del Programa PRAE de la Consejería

competente en materia de educación.

11. Asimismo y conforme a los términos y condiciones que se determinen en los

Convenios suscritos entre la Consejería competente en materia de educación y los

Ayuntamientos de la Región de Murcia que así lo soliciten, se les facilitará a los técnicos

municipales el acceso a los expedientes de absentismo contenidos en la aplicación informática.

d) Cooperación entre las administraciones.

1. La Consejería de educación incorpora como ámbito de actuación específico la

necesidad de una coordinación y trabajo conjunto entre las administraciones públicas,

mediante convenios o acuerdos de colaboración con las instituciones competentes, como los

ayuntamientos de la Región de Murcia en los que se acordarán (recogidos en el Anexo X),

entre otras actuaciones, las siguientes:

a) La elaboración y aplicación de protocolos de derivación de casos de

absentismo escolar entre los centros educativos y el ayuntamiento correspondiente en los

cuales se especificarán los procedimientos e instrumentos de comunicación entre los

profesionales implicados y las medidas y recursos a emplear por las distintas administraciones.

b) La realización y desarrollo de Planes Municipales de Absentismo y Abandono

Escolar en consonancia con el Plan Regional de Prevención, Seguimiento y Control del

Absentismo y Abandono Escolar.

c) La constitución de Comisiones Municipales de Absentismo y Abandono

Escolar, que tendrán asignadas entre sus funciones la coordinación del desarrollo y aplicación

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del Plan Municipal correspondiente, así como la sistematización de sus actuaciones bajo la

coordinación de la Mesa Regional de Absentismo y Abandono Escolar.

2. Además de los convenios de colaboración de la Consejería con las corporaciones

locales, suscribirá con otras administraciones públicas regionales o nacionales cuantos

acuerdos tengan por finalidad la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y la

reducción del abandono escolar: con la Consejería con competencias en familia y menor, con

la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el Tribunal Superior de

Justicia de la Región de Murcia y con el Ministerio con competencias en educación.

3. Asimismo, la Consejería de educación propiciará la subvención de programas y

actuaciones que favorezcan la prevención, seguimiento y control del absentismo y la

reducción del abandono escolar por parte de los ayuntamientos o las organizaciones sin ánimo

de lucro a través de las correspondientes convocatorias de concurrencia competitiva.

e) Protocolo de derivación entre administraciones públicas.

1. Una vez derivado el caso de absentismo escolar del alumno desde el centro

educativo a los servicios municipales con competencias en la materia, podrán realizar

actuaciones complementarias, conjuntamente ambas instituciones, según lo dispuesto en el

protocolo de intervención, seguimiento y control establecido en el convenio de colaboración

entre la Consejería de educación y el ayuntamiento correspondiente.

2. En el marco de este convenio, los técnicos de los correspondientes servicios

municipales, con la colaboración del profesor técnico de servicios a la comunidad del centro

educativo, realizarán entre las medidas de seguimiento a adoptar, un Plan Individual de

Intervención Socioeducativa con el alumno que se incorporará al expediente de absentismo

escolar (Anexo XI)

3. En caso de no contar el centro educativo con el profesor de servicios a la comunidad,

los técnicos de los servicios municipales realizarán el citado plan y lo remitirán a la jefatura de

estudios del centro educativo correspondiente para su conocimiento.

4. Cuando el Plan Individual de Intervención Socioeducativa y las diferentes medidas

adoptadas conjuntamente entre el centro educativo y los servicios municipales

correspondientes no dieran lugar a resultados satisfactorios y persista o se agrave la

situación de absentismo escolar, se realizará por el director del centro educativo la

derivación del caso a la Comisión Municipal de Absentismo y Abandono Escolar (modelo

del Anexo XII).

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5. La Comisión Municipal de Absentismo y Abandono Escolar, conforme a las

competencias atribuidas y en los términos acordados en el respectivo convenio de

colaboración, estudiará el caso, comprobará que se han realizado todas las actuaciones

pertinentes tanto por parte del centro educativo como por parte de los servicios municipales,

estudiará toda la documentación generada en el expediente, valorará el caso, considerará, si

así lo estima, la adopción de nuevas actuaciones y, si se aprecia negligencia en la garantía del

derecho a la educación se dará traslado del expediente de absentismo escolar y la

correspondiente derivación al Servicio con competencias en atención a la diversidad, que

gestiona y coordina el Programa PRAE(Anexo XIII).

6. Asimismo, la Comisión Municipal de Absentismo y Abandono Escolar

comunicará por escrito a los padres, madres o tutores legales la derivación del caso de

absentismo a la coordinación del Programa PRAE de la Consejería(Anexo XIV), informándole

de las consecuencias de dicha derivación.

7. En caso de no estar constituida en el ayuntamiento correspondiente la Comisión

Municipal de Absentismo y Abandono Escolar, serán los servicios municipales con

competencias en la materia quienes realicen las actuaciones descritas en los apartados cinco

y seis del presente artículo.

8. Una vez remitido el caso de absentismo escolar a la Consejería de educación, el

Servicio gestor del Programa PRAE valorará las intervenciones realizadas, estudiará la

documentación, solicitará, en caso necesario, información complementaria a los profesionales

o instituciones implicadas en el caso y realizará cuantas actuaciones se estimen conveniente

para estudiar y evaluar la situación.

9. En caso de que tras las actuaciones descritas en el apartado anterior, la Consejería

competente en materia de educación considerase que el alumno se encuentra en una posible

situación de desprotección infantil actuará conforme al Protocolo de Actuación de Atención

al Maltrato Infantil en el Ámbito Educativo, notificando y derivando el caso a la Dirección

General con competencias en protección de menores.

10. Asimismo, el Servicio gestor del Programa PRAE remitirá el caso a la Comisión

Técnica de la Mesa Regional de Absentismo y Abandono Escolar, la cual realizará un

informe-propuesta del expediente de absentismo, derivando el caso al Ministerio Fiscal para

que se realicen las actuaciones pertinentes para la resolución definitiva del caso.

f) Programas específicos para la prevención y reducción del

abandono escolar.

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1. Corresponde a la Consejería de educación desarrollar planes, programas y medidas

de acción positiva que promuevan la continuidad del alumnado en el sistema educativo y

faciliten la prevención, control y seguimiento del absentismo y abandono escolar temprano,

directamente o en colaboración con otras administraciones.

2. La Consejería establece, entre los programas específicos para la prevención y

reducción del abandono escolar, las aulas ocupacionales y los programas de cualificación

profesional inicial conforme a lo establecido en el catálogo de actuaciones y medidas de

respuesta educativa a la diversidad del alumnado (Orden de 4 de junio de 2010, por la que se

regula el Plan de Atención a la Diversidad de los centros públicos y centros privados

concertados de la Región de Murcia).

3. Además de ellos, la Consejería competente en materia de educación podrá

establecer cuantos programas considere oportunos para la prevención y reducción del

abandono escolar.

g) Promoción de la formación, innovación y buenas prácticas.

1. La Consejería de educación incorporará al Plan Regional de Formación Permanente

del Profesorado un programa de formación en torno al absentismo y al abandono escolar,

enmarcado en la Línea Prioritaria de Atención a la Diversidad. Estas actividades formativas irán

especialmente dirigidas a:

a) Los profesionales de los centros educativos, realizando actividades

formativas generales que favorezcan la prevención de los fenómenos de absentismo y de

abandono escolar, así como otras actividades formativas específicas sobre el control y

seguimiento del absentismo destinadas especialmente a los equipos directivos y a los

profesionales educativos que tengan entre sus funciones la intervención en los expedientes

de absentismo escolar.

b) Los profesionales de otras administraciones con competencias en la

materia, realizando actividades formativas que favorezcan el encuentro y coordinación

entre éstos y el personal docente de los centros.

c) Las familias, priorizando la formación de los padres y las madres de aquellos

colectivos más desfavorecidos, mediante la dinamización de escuelas de padres y madres

vinculadas a los centros educativos y a los municipios y en colaboración con las

Federaciones de Asociaciones de Madres y Padres.

2. Entre las actividades de formación se contemplará la realización de congresos y

jornadas de intercambio de experiencias y buenas prácticas, la convocatoria de proyectos

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de innovación o investigación educativa o la realización de cursos, seminarios temáticos o

grupos de trabajo.

3. Se favorecerá la publicación de guías y materiales didácticos específicos y de

apoyo sobre las causas del absentismo y el abandono escolar, el alumnado absentista, las

actuaciones educativas y socio-familiares que se desarrollen, las experiencias innovadoras, las

investigaciones educativas o las buenas prácticas en la materia.

4. La Consejería de educación favorecerá que en los convenios de colaboración que

suscriba con los ayuntamientos de la Región de Murcia se desarrollen actividades formativas

en el ámbito del municipio, así como la publicación y difusión local de materiales,

experiencias y buenas prácticas desarrolladas en el municipio.

5. Para una mayor y mejor información y coordinación de las instituciones implicadas en

el desarrollo del Programa PRAE, la Consejería de educación pondrá a su disposición los

recursos web que les sea posible, especialmente la creación de portales o plataformas

específicas, espacios colaborativos y la constitución de listas de distribución.

h) Estudios y análisis sobre absentismo y abandono escolar

1. En el marco del Programa PRAE, la Consejería de educación realizará los estudios

y análisis sobre el absentismo o el abandono escolar que considere pertinentes, para lo que

podrá solicitar la colaboración de los centros educativos y de cuantas instituciones con

competencias en la materia se encuentren vinculadas al programa.

2. La Consejería de educación diseñará indicadores e instrumentos de evaluación

que faciliten a los centros educativos y a las instituciones implicadas los estudios y análisis

respectivos.

3. De la misma forma, propiciará el que se realicen asiduamente estudios y análisis

locales que permitan modular actuaciones específicas adecuándolas a las necesidades de

cada zona geográfica.

4. De manera específica, las Comisiones Municipales de Absentismo y Abandono

Escolar o los servicios municipales correspondientes, en su caso, realizarán una memoria

anual que recoja los datos del absentismo y del abandono escolar de los centros educativos

del municipio o zona, el seguimiento de las actuaciones, la valoración de las medidas

adoptadas y los resultados obtenidos, así como las propuestas de mejora para incrementar su

eficacia. La memoria se remitirá al órgano gestor del Programa PRAE que le dará traslado a la

Mesa Regional de Absentismo y Abandono Escolar.

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5. Del mismo modo, se dará traslado a la Mesa Regional de Absentismo y

Abandono Escolar de la memoria que anualmente realice el Servicio gestor del Programa

PRAE. La memoria contemplará el análisis, evaluación y valoración de las intervenciones

realizadas en cada uno de los ámbitos de actuación que organizan el programa.

6. La Consejería de educación, en cumplimiento de lo acordado en el convenio de

colaboración por el que se crea la Mesa Regional de Absentismo y Abandono Escolar, dará a

los informes y documentos aquella publicidad y difusión, que permita la normativa vigente,

con el fin de sensibilizar a la sociedad e instituciones de la importancia de la prevención,

seguimiento y control del absentismo escolar y la reducción del abandono escolar.

1.5. Aplicación del programa:

1. Para la adecuada aplicación del Programa PRAE, los centros educativos deberán

desarrollar anualmente un proceso de organización y puesta en marcha del mismo, con

las siguientes fases:

a) Fase preparatoria. En esta fase se realizarán, entre otras, las siguientes

actuaciones:

a.1. Sensibilización a la comunidad educativa que propicie la toma de

conciencia sobre la importancia del Programa PRAE y facilite una actitud positiva de

implicación y estrecha colaboración en las actuaciones que se realicen en el centro educativo.

a.2. Realización de prescriptivas reuniones de coordinación y de traspaso

de información entre los equipos directivos y entre los profesionales implicados de los

servicios de orientación de la educación primaria y de la educación secundaria obligatoria

con vistas a la adecuada escolarización del alumnado en el tránsito entre etapas educativas.

a. 3. Información por parte del equipo directivo, en el primer claustro de

profesores, del contenido del Programa PRAE y de su aplicación en el centro en caso de

absentismo escolar.

a. 4. Información, por parte de la jefatura de estudios, en la primera reunión

de tutores que se celebre, a la que asistirá también, en su caso, el profesor técnico de

servicios a la comunidad del centro, sobre el funcionamiento del Programa PRAE, las

obligaciones de los profesionales implicados y el oportuno calendario de reuniones para

realizar el seguimiento de las actuaciones del programa.

a. 5. El tutor explicará a su grupo de alumnos, en la primera tutoría, la

importancia de la asistencia a clase, las consecuencias del absentismo escolar y las medidas y

actuaciones previstas por el centro educativo. Igualmente informará a los padres, madres o

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tutores legales, en la primera reunión del curso sobre las medidas y el procedimiento

previstos en los protocolos, que seguirá el centro educativo y las instancias locales frente al

absentismo escolar de sus hijos.

b) Fase de desarrollo. En esta fase del proceso de aplicación del Programa,

los centros educativos desarrollarán las actuaciones reguladas en la orden. Para un adecuado,

ágil y eficaz desarrollo del programa se considera fundamental la labor de los profesionales del

centro implicados en el mismo, especialmente la labor del profesor tutor, del profesor de

servicios a la comunidad y del jefe de estudios. En el marco del programa son funciones de

estos profesionales las siguientes:

b.1. Corresponde a los profesores tutores:

Establecer una relación de comunicación y seguimiento personal y académico

con cada uno de sus alumnos.

Controlar la asistencia a clase del alumnado de su grupo con regularidad.

Recoger y custodiar los justificantes de las faltas de asistencia presentadas por

los padres, madres o tutores legales.

Valorar si es o no pertinente la justificación de la falta.

Mantener un contacto fluido y regular con los padres, madres o tutores legales

de los alumnos de su grupo.

Analizar las situaciones de riesgo que puedan producirse.

Informar de las situaciones de riesgo a la jefatura de estudios.

Abrir expediente de absentismo en caso necesario.

b.2. Corresponde a los profesores técnicos de servicios a la comunidad:

Promover el desarrollo de medidas preventivas del absentismo y abandono

escolar en el centro educativo.

Realizar la intervención socioeducativa en la situación de absentismo escolar del

alumno.

Mediar en caso necesario entre las familias del alumnado absentista y el

profesorado del centro, promoviendo y desarrollando actuaciones de

información, formación y orientación al alumno y a los padres, madres o tutores

legales.

Mantener entrevistas siempre que sea necesario con el alumno, y los padres,

madres o tutores legales en el centro educativo o en el domicilio familiar.

Realizar el informe técnico que acompañe al expediente de absentismo abierto.

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Colaborar con los técnicos del ayuntamiento correspondiente en la realización

del Plan individualizado de intervención socioeducativa destinado al alumno.

Realizar el seguimiento completo del expediente de absentismo escolar hasta su

cierre.

Informar asiduamente a la jefatura de estudios del estado o fase en el que se

encuentra el expediente de absentismo escolar abierto.

Colaborar con la jefatura de estudios y con las instancias implicadas en la

resolución del caso siempre que sea necesario y que se requiera su

colaboración.

b. 3. Corresponde al jefe de estudios o, en su caso, a persona en quien

delegue:

La coordinación en la ejecución ágil y eficaz del protocolo de intervención,

seguimiento y control y del protocolo de derivación.

Solicitar en cualquier momento del desarrollo de los protocolos la intervención

del profesor de servicios a la comunidad o, en su caso, del técnico municipal

competente y coordinar la labor de estos profesionales.

Realizar directamente el seguimiento del expediente de absentismo y su cierre,

en caso de no existir la figura del profesor técnico de servicios a la comunidad

en el centro educativo.

Informar puntualmente al director del centro sobre los casos y expedientes de

absentismo cursados, así como solicitar, en su caso, su visto bueno.

c) Fase de evaluación. A finales de cada curso escolar, los centros

educativos evaluarán las actuaciones que se hayan realizado en torno a la prevención,

el seguimiento y el control del absentismo escolar y de reducción del abandono del

sistema educativo, haciéndolo constar en la memoria final del centro.

2. La Consejería de educación podrá actuar de oficio abriendo expediente de

absentismo escolar o interviniendo en cualquier momento de los expedientes

abiertos si considera que, ante denuncia motivada por el centro educativo u otra

institución con competencias en la materia, pueda darse una situación de

desprotección infantil.

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4.1.2. LOS PROGRAMAS Y ACTIVIDADES EN COLABORACIÓN Y

COORDINACIÓN CON LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,

INSTITUCIONES, ORGANISMOS O ASOCIACIONES DE NIVEL ESTATAL,

AUTONÓMICO O LOCAL.

2.1. Finalidad:

• Intercambiar información, asesoramiento y ayuda con otras Instituciones, organismos o Asociaciones.

• Participar en actividades propuestas por ellas, de manera que se enriquezca la oferta y posibilidades educativas de nuestros alumnos/as, tanto en la escuela como fuera de ella.

• Que nuestra Comunidad Educativa aprenda a aprovechar los Recursos que el Medio les ofrece, tanto a nivel cultural y educativo como económico y material.

2.2. Alumnado destinatario:

No sólo tendremos en cuenta a nuestro alumnado, sino también a las familias,

profesorado y resto de la Comunidad educativa.

2.3.-Organización de los recursos internos y externos:

A. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES :

Realizamos en el Centro todos los Planes y Proyectos necesarios para su

funcionamiento y mejor rendimiento, recogidos en nuestra Programación General Anual y Proyecto

Educativo, asesorados por sus propias normativas y documentación de los Observatorios,

Direcciones Generales, Asesores y la propia Inspección educativa:

El propio PAD y PRAE;

El Plan de Acción Tutorial;

Plan de Convivencia

El Plan de Auto-protección y prevención de Riesgos Laborales;

Plan lector

Plan lógico-matemático

Educación para la Salud;

Sistema de Enseñanza de Lenguas Extranjeras de la Región de Murcia (SELE);

Programa de becas y ayudas al estudio para Primaria( Regional)

Programa de becas y ayudas de educación especial ( Ministerio de educación)

B. CENTRO DE PROFESORES Y RECURSOS :

Plan de Formación del profesorado:

Proyecto de formación en Centros;

Curso de HNC para profesorado de este Proyecto.

Cursos y seminarios de los diferentes docentes, metodologías y Programas.

C. AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER .

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Participaremos en diferentes programas y actividades organizadas por las diferentes

Concejalías de nuestro Ayuntamiento:

Servicios Sociales : - Coordinación del Plan Regional de prevención de absentismo y abandono escolar,

siguiendo el convenio Regional entre este organismo y la Consejería de Educación.

- Participación en La Escuela Municipal de Familias.

- Participación en el programa del Banco de Salud.

- Programa de Integración. Mediadora Social y traductora. Programa adjunto en

coordinación con equipo directivo. Ayuda cuando se solicita, telefónicamente o mediante

email.

Programa Policía tutor: Centro de Seguridad en colaboración con Servicios Sociales y policía.

Incluye, entre otras propuestas y acciones, Ed. Vial y prevención y uso de dispositivos y

redes sociales.

Otros: Becas educación para Infantil y ayuda al estudio; Ambiente, Huerto escolar; Deporte

Escolar;

D. CENTRO DE SALUD.

Colaboración mutua con el Programa de salud en la escuela

2.4. Proceso de seguimiento, revisión y evaluación:

Al finalizar cada trimestre, tras la evaluación de los resultados de los alumnos/as, se analizan todos los aspectos que los han determinado y se ofrecen propuestas de mejora por parte de todo el personal de cada ciclo.

A final del curso, se evaluarán los resultados conseguidos en cada una de las actividades programadas, los recursos y personal que ha intervenido, tanto por el ciclo como por el Equipo Directivo, en función de los objetivos propuestos. Se recogerán sus valoraciones y propuestas de mejora en la MEMORIA FINAL de curso.

E. UNIVERSIDAD DE MURCIA.

Participación en el Programa de Habilidades no cognitivas. Programa de Innovación

(desarrollado en el punto 6 de la PGA)

Recepción de estudiantes en Prácticas de Magisterio, y otros grados y máster.

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4.1.3. LAS PROPUESTAS PARA ADECUAR LAS CONDICIONES FÍSICAS Y

TECNOLÓGICAS DE LOS CENTROS, ASÍ COMO, LAS AYUDAS TÉCNICAS

INDIVIDUALES Y EQUIPAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA FAVORECER LA

COMUNICACIÓN, LA MOVILIDAD Y EL ACCESO AL CURRÍCULO

3.1. Finalidad:

Velar por la seguridad física de nuestro alumnado, adaptando el espacio, condiciones, materiales y equipamiento a sus características y necesidades.

Revisar de forma continua, las dependencias del Centro, teniendo en cuenta las consideraciones que la ley marca para que no haya ningún tipo de barrera arquitectónica para todos nuestros alumnos y ofrecer la opinión de los profesionales docentes que los atienden sobre las necesidades de los mismos, al personal docente y a las familias.

Según la Orden de Organización y Evaluación, de noviembre 2014, en su art. 11, sobre los espacios escolares, especifica:

“Para la organización de los espacios y el uso del entorno los centros educativos deberán tener en cuenta las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación necesarias para garantizar la participación de todo el alumnado en las actividades del aula y del centro, y en particular de aquellos que presentan necesidades educativas especiales”

Del mismo modo, solicitaremos la dotación tecnológica adecuada y velaremos por ofrecer a los niños o niñas que requieran algún tipo de dotación especial, que la reciban.

Solicitar y ofrecer los recursos necesarios de acceso al currículo, atendiendo a la Diversidad del alumnado y a las dificultades de aprendizaje específicas, si las hubiese (conversores de texto, medios informáticos, etc.)

3.2. Alumnado destinatario:

Alumnado actual y futuro de nuestro Centro, teniendo en cuentan las

necesidades específicas de cada uno de ellos. En el caso de nuestro alumnado, la

Orientadora y fisio, han solicitado la adaptación de sillas, bipedestador y otros materiales

específicos, para varios alumnos con necesidades motóricas y sensoriales, así como,

asesoramiento o material de centros específicos como el CEREA y ONCE.

3.3. Organización de los recursos internos y externos:

El equipo directivo y los responsables de autoprotección y salud revisarán posibles deficiencias, dificultades o posibles mejoras de adaptación de espacios para todo el alumnado.

El equipo directivo pedirá asesoramiento a los especialistas y técnicos del Ayuntamiento y Riesgos laborales de la Consejería de Educación.

Los profesores, tanto tutores, especialistas o personal de atención a la diversidad, vigilarán la correcta adecuación al alumnado, del espacio físico y condiciones de trabajo, así como a los recursos necesarios, sugiriendo o solicitando a este equipo directivo cualquier mejora o material necesario.

Será la Orientadora, especialistas o equipos específicos los que hagan, junto con el equipo directivo, las peticiones a los órganos correspondientes.

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3.4. Proceso de seguimiento, revisión y evaluación:

El seguimiento será continuo, recogiéndose cualquier mejora en la Evaluación de la práctica docente y en la Memoria final de curso.

4.1.4. LA ARTICULACIÓN DE MECANISMOS PARA OFRECER APOYO

PSICOLÓGICO AL ALUMNADO VÍCTIMA DEL TERRORISMO, DE

CATÁSTROFES NATURALES, MALTRATO, ABUSOS, VIOLENCIA DE

GÉNERO O VIOLENCIA ESCOLAR O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA

QUE LO REQUIERA, ASÍ COMO LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS

PREVENTIVOS.

Protocolos AVE Protocolos de Apoyo inmediato y coordinado a Víctimas Escolares

Actuación en caso de maltrato infantil *enlace.

4.1. Finalidad:

Colaborar con los Servicios Sociales del Ayuntamiento y del EOEP, incluso, si es necesario con otros servicios u organismos.

Velar para detectar, denunciar, ayudar y proteger a los menores que puedan sufrir algún tipo de violencia, abuso o maltrato físico o psíquico.

Sobre todo, establecer e incluir en nuestra labor docente, estos aspectos de la educación emocional y social de nuestros alumnos/as y Comunidad educativa, para la prevención de cualquier problema futuro.

4.2. Alumnado destinatario:

- Alumnado con alguna de estas circunstancias que requieran este apoyo en el Centro.

- Para el programa de prevención, todos los alumnos/as, ahora desde infantil y familias

y personal del Centro.

4.3.-Organización de los recursos internos y externos:

La legislación o documentación sobre el protocolo a seguir para el apoyo psicológico del alumnado víctima del terrorismo, de catástrofes naturales, maltrato, abusos, violencia de género o violencia escolar o cualquier otra circunstancia que lo requiera.

Seguir indicaciones de los Servicios sociales y especialistas del EOEP para el apoyo correcto de estos alumnos/as.

Organizaríamos el tiempo y el espacio, según las circunstancias especiales de que se tratase, para las reuniones con los alumnos o/y con las familias y especialistas.

Organizaríamos también al profesorado y otro personal del Centro para una respuesta adecuada a las circunstancias.

4.4. Proceso de seguimiento, revisión y evaluación:

El Centro colaborará en el seguimiento que las Instituciones competentes realicen a los alumnos/as que ellas tratasen en estos casos.

El equipo directivo recogería en la memoria final de curso los resultados de las actuaciones de todo el personal que interviniese, así como las propuestas de mejora

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planteadas.

Se establecerán unos criterios y mecanismos de evaluación y revisión del Plan de Convivencia, así como de nuestra programación docente, con las propuestas de mejora que establezcamos a partir de nuestra preparación e investigación sobre la educación emocional y social del profesorado y la mejora en nuestro alumnado.

4.1.5. LA ORGANIZACIÓN DE LOS GRUPOS DE ALUMNOS, LA

UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, LA COORDINACIÓN Y EL TRABAJO

CONJUNTO ENTRE LOS DISTINTOS PROFESIONALES DEL CENTRO Y

LOS COLABORADORES Y AGENTES EXTERNOS AL CENTRO.

5.1. Finalidad:

- Organizar los espacios, horarios y recursos del Centro y grupos de alumnos/as para su mayor

aprovechamiento y recibir así una atención individualizada.

- Planificar la coordinación de todos los profesionales del Centro y colaboradores externos,

para un mayor beneficio y adaptación a las necesidades de nuestro alumnado.

5.2. Alumnado destinatario:

Todos los alumnos del Centro.

5.3. Organización para Atención individualizada en el Centro

(Capítulos V del Decreto sobre el currículo de Primaria y en la Orden sobre

Organización y Evaluación).

1. Diferenciación entre apoyo y refuerzo educativo.

APOYO: estrategias metodológicas y organizativas dirigidas a la prevención

de las dificultades de aprendizaje;

REFUERZO: estrategias metodológicas y organizativas que se ponen en funcionamiento tan

pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje.

2. Autonomía del claustro de profesores para decidir qué medidas generales

organizativas y curriculares se determinan de atención a la Diversidad de nuestro alumnado,

en consonancia con los objetivos y prioridades de su proyecto educativo, y, en su caso, con los

resultados de las evaluaciones individualizadas y que afecten a las áreas que contribuyan más

directamente a la competencia en comunicación lingüística y a la competencia matemática y

competencias básicas en ciencia y tecnología.

3. Estas medidas organizativas y curriculares, recogidas también en las medidas

ordinarias, serían:

a) La ampliación de horas lectivas. *No se ha adoptado esta medida.

b) Los agrupamientos flexibles, que permitan, en función de sus necesidades, la

realización de tareas por parte de alumnos de distintos grupos del mismo curso

de la etapa, por parte de alumnos de diferentes cursos de la etapa, así como

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otras posibilidades organizativas que, con carácter pedagógico, sean acordadas

por el Claustro de profesores, para la realización de tareas puntuales de

enriquecimiento o refuerzo.

c) La realización de apoyos, preferentemente dentro del aula, dirigidos a la prevención

de dificultades de aprendizaje.

d) La realización de medidas de enriquecimiento curricular.

e) El refuerzo educativo, en las áreas y alumnado que se determine, por parte de otr

o maestro.

* Durante los restos horarios del profesorado, se realizan los apoyos ordinarios al nivel

paralelo, siempre que es posible. En caso de necesidad de sacar al alumnado fuera del

aula, y en los grupos flexibles se utilizan los siguientes espacios: las aulas vacías del

grupo que está en Educación física y/o música; un aula del primer piso (antes Biblioteca

y ahora sala de profesores) y otra del segundo (antes música, ahora inglés); aula

Plumier; aula de enfrente de los despachos; aula de usos múltiples; hall de infantil. El

uso y distribución de estos espacios está recogido en cuadros en jefatura de estudios.

f) El refuerzo educativo fuera del horario lectivo de las áreas y alumnos que se deter

mine.

g) El refuerzo educativo por parte de otro maestro de las áreas que se determine, de

los alumnos con dificultades específicas de aprendizaje.

* En el aula ordinaria y cuando es necesario, se utilizan las aulas antes mencionadas.

Si es la PT o AL las que realizan el refuerzo, se utilizan sus aulas del segundo piso.

h) El desdoble de un grupo de alumnos en una o varias áreas.

* Organización / horario de espacios mencionada.

i) Los desdobles específicos para el desarrollo de la expresión oral y la interacción

en la Primera Lengua Extranjera, pudiendo agrupar a los alumnos en función de

su nivel de competencia curricular.

* Aula de inglés del segundo piso y aula PLUMIER

5. Asimismo, los maestros podrán desarrollar, entre otras, las siguientes ESTRATEGIAS

METODOLÓGICAS DE APOYO Y REFUERZO DENTRO DEL AULA, recogidas en las medidas

ordinarias de este Plan.

6. PLANIFICACIÓN de las medidas de APOYO Y REFUERZO educativo.

1º. En el ejercicio de la autonomía de los Centros, el Claustro, el equipo directivo, junto a la

Orientadora y el resto del Equipo de Atención a la Diversidad, asignará la carga lectiva de todas las

áreas de la etapa para todo el alumnado y la atención de los apoyos específicos de pedagogía

terapéutica y audición y lenguaje del alumnado con necesidades educativas especiales.

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El Claustro de profesores decidirá, en consonancia con los objetivos y prioridades del

proyecto educativo, y, en su caso, con los resultados de las evaluaciones individualizadas, qué

medidas de atención individualizada y que carga horaria destinará a cada una de ellas (que

contribuyan más directamente a la competencia en comunicación lingüística y a la competencia

matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología).

2º. Realizada dicha distribución, y a la vista de las actas de la sesión de evaluación inicial, el

equipo directivo, con la propuesta del claustro y contando con la Orientadora, establecerá la

distribución definitiva de las horas y medidas de apoyo y de refuerzo educativo atendiendo a

criterios pedagógicos, pudiendo organizar dicha atención en periodos de al menos treinta minutos si

se trata de grupos reducidos.

3º. Realizada la asignación, los equipos docentes planificarán dichas medidas, incluyéndolas

en la programación docente del curso de la etapa.

4º. Durante el mes de septiembre, el equipo directivo elaborará un horario de apoyo y refuerzo

en el que priorizará el destino de dichos períodos lectivos del profesorado al periodo de adaptación en

3 años de Infantil y 1º de Primaria.

* Cualquier intervención de Agentes externos con los grupos de alumnos o alumnos

individualmente, se realizará en los despachos de la planta baja, asignados para este fin.

** La planificación de los apoyos y refuerzos para el alumnado con necesidad específica de

apoyo educativo, altas capacidades intelectuales, Incorporación Tardía al Sistema Educativo

Español, Condiciones personales que supongan desventaja educativa e Historia escolar que

suponga desigualdad inicial, quedarán recogidas en el apartado 3.3.de este plan.

5.4. Proceso de seguimiento, revisión y evaluación:

Registraremos las visitas e intercambios de información entre el Centro y los Agentes externos

que intervengan, para hacer una valoración del seguimiento y atención de estos

alumnos/as.(ANEXO I)

Trataremos de evaluar, en nuestra práctica docente, no sólo los resultados en nuestro

alumnado, sino también aquellas observaciones, incidencias, entre otras, para que estos

intercambios sean más fluidos y prácticos.

Evaluaremos y recogeremos en la Memoria final del curso, la influencia de esta colaboración,

en los alumnos y en el propio Centro, recogiendo los resultados de esta organización de esta

coordinación así como las propuestas de mejora.

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4.1.6. LA ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE EL PERSONAL

DOCENTE Y ENTRE ÉSTOS Y EL PERSONAL DE ATENCIÓN EDUCATIVA

COMPLEMENTARIA U OTRO PERSONAL EXTERNO QUE INTERVIENE CON

EL ALUMNADO.

Normas de organización y funcionamiento en el punto 4º del apartado 3 de la

P.G.A.”NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO: Órganos de Coordinación Docente-

“Equipo de Atención a la Diversidad”

6.1. Finalidad:

Coordinar la labor de todos los profesionales que atienden al alumnado para que su labor

sea coherente, complementaria y adaptada a cada alumno/a.

Que esta organización rentabilice los recursos del Centro para una mayor atención a los

alumnos.

Proporcionar asesoramiento y orientación a toda la comunidad educativa en relación a los

alumnos con N.E.E., detección de AC N.E.E, tipo de necesidades, características, estilo de

aprendizaje, normas de actuación, adaptaciones curriculares, agrupamientos, recursos

materiales y espaciales.

Establecer entrevistas periódicas con las familias, al menos una vez a principio de curso y

una al final de cada trimestre, junto con el tutor, para informarles sobre el proceso educativo

de sus hijos y las medidas de adecuación curricular adoptadas, así como hacerles

partícipes en dicho proceso, de modo que exista una coherencia y continuidad en casa con

la actuación del centro, a fin de favorecer la generalización de los aprendizajes.

Coordinarse con la orientadora del E.O.E.P. que acude al centro los miércoles, para

incrementar información sobre el alumnado (aspectos del desarrollo personal del alumno/a,

nivel de competencia curricular, detección de posibles a.c.n.e.a.e., conductas, intereses y

motivaciones, entorno familiar y social) y solicitarle diagnóstico, orientación o seguimiento.

Según la posibilidad de los tutores, pero en cualquier caso, de 14,00 a 15,00 horas.

6.2. Alumnado destinatario:

Esta organización estaría dirigida tanto a los alumnos/as como a los profesionales que

trabajan con ellos.

6.3. Organización de los recursos internos y externos:

Coordinación Interna:

En nuestro PAT están especificados los contenidos de la labor y coordinación docente y

se han establecido las fechas concretas de las reuniones de cada órgano de

coordinación y evaluación del Centro.

Hemos considerado muy importante la coordinación del ciclo o tramo, pero sobre todo

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el trabajo del equipo docente de cada grupo para la mayor adaptación de la enseñanza

a las necesidades de los alumnos/as.

Se organizarán estas reuniones, los miércoles de 14 a 15 horas. Adaptaremos las

reuniones de la CCP también, a los miércoles de 14,00 a 15,00 h mensualmente.

La mayor parte del profesorado forman parte de un Programa de desarrollo de las

funciones ejecutivas como prevención de dificultades de aprendizaje y mejora del

mismo, en el alumnado de nuestro Centro.

Servicios Sociales El Centro cuenta con la ayuda de la mediadora-traductora, del Ayuntamiento, con

un horario de atención semanal, o cuando es demandada por necesidad del Centro

o de alguna familia.

Además de esta asistencia, le solicitaremos, cuando sea imprescindible, que nos

traduzca al árabe circulares del Centro por vía email.

Seguimiento y colaboración en los protocolos de alumnado absentista.

Intercambio de información cuando se solicita.

Trabajo cooperativo con el psicólogo, técnico y educadora en casos graves de

familias.

E.O.E.P. Mar Menor

La coordinación y entrevistas de los tutores con la Orientadora, o con estos y los

padres/madres de algún alumno/a se acuerda con anterioridad en el horario posible

para el Centro. Tendremos en cuenta la nueva normativa que rige el funcionamiento de

los equipos de Orientación y que afecta a la organización del Centro, como presentar

los protocolos de solicitud de nuevos casos de alumnos, durante el primer trimestre, así

como, otras circunstancias, que recogemos en su plan de actuación.

Puesto que su atención son los miércoles, realizaremos las reuniones de CCP y/o

Equipo de Atención a la Diversidad ese día a las 14 horas.

La profesora- técnico de servicio a la comunidad (PTSC) del EOEP no tiene

asignado día a nuestro Centro, por lo que seguiremos el protocolo de solicitud igual que

el del Orientador, teniendo en cuenta su intervención y asesoramiento en el Programa

de prevención de absentismo y en el Programa de Familia.

La Fisioterapeuta del EOEP, que tiene atención directa con el alumnado, asistir al

Centro los lunes de 12 a 13 h. y realiza la revisión de recursos, del proceso del

alumnado y asesoramiento al profesorado y a las familias.

Equipos Específicos

Podremos contar con el asesoramiento de Equipos específicos, si fuera necesario,

previa petición de la Orientadora o del Centro, como es el caso de la intervención

puntual del Equipo específico de Altas Capacidades; del equipo específico de

Dificultades de Aprendizaje; del Centro específico y recursos para el alumnado con

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TEA; equipo de motóricos.

Con Asociación específica, sólo tenemos relación, hasta el momento, con AIDEMAR,

con quien intercambiamos información acerca de alumnos tratados por ellos en

Atención Temprana y con la ONCE, pues acude al centro al control del niño con

discapacidad visual.

Si fuera necesario en el futuro, estableceríamos relación con otras Asociaciones que

ayudaran a nuestros alumnos y profesores en el tratamiento y atención de otros problemas

específicos (ADAHI., ASTRAPACE, ASTRADE, APANDA; ....)

Profesionales privados que atienden a nuestro alumnado con algún tipo de dificultad:

logopedas y psicólogos, que previamente nos han solicitado, a través de las familias

una entrevista de coordinación.

6.4. Proceso de seguimiento, revisión y evaluación:

El seguimiento y mejora de la coordinación del profesorado es continuo, recogiendo

cualquier propuesta de mejora en la evaluación de la práctica docente, tanto

trimestralmente, como en la memoria final de curso.

La revisión de la organización y coordinación con los profesionales externos, también

será continua y se recogerá en la evaluación del Centro y en la de ellos, todas incluidas

en la memoria final de curso.

Hemos considerado oportuno incluir un registro anual del Centro, que al igual que

hemos hecho con los Agentes externos del punto anterior, recoja los intercambios y

acuerdos con los profesionales externos de intervención con el alumnado, para una

eficaz valoración del seguimiento y atención de estos.(Se utiliza el mismo ANEXO I del

apartado anterior)

4.1.7. LOS PROGRAMAS, PLANES O PROYECTOS DE INNOVACIÓN E

INVESTIGACIÓN EDUCATIVAS QUE FAVOREZCAN UNA RESPUESTA

INCLUSIVA A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO.

7.1. Finalidad:

Conseguir una mayor formación del profesorado para mejorar la labor docente en

general, así como la óptima respuesta a la diversidad de nuestros alumnos.

Adaptar los Planes, metodologías y tratamiento a las características del alumnado y

del entorno físico y social del Centro, involucrando a las familias en la tarea

educativa.

Mejorar y enriquecer la convivencia de todos los miembros de la Comunidad

escolar, estableciendo líneas de trabajo común, colaboración, aceptación,

adaptación y prevención de posibles problemas futuros.

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7.2. Alumnado destinatario:

Alumnado del Centro y Comunidad educativa.

En el Proyecto de Habilidades no Cognitivas, intervienen durante este curso, 4 y 5

años de Infantil y los grupos de 1º, 2º y 3º de Primaria.

7.3. Organización de los recursos internos y externos:

La mayor parte del profesorado del Centro formamos parte del Proyecto de

formación en Centros sobre lectoescritura y competencia lingüística, en la

Educación Infantil y Primaria, nos hemos formado, en cursos anteriores, en ABN y

Proyecto vertical sobre el desarrollo emocional y valores, que se traducirá en un

Plan de trabajo coordinado para toda nuestra Comunidad, que mejore la

convivencia, el respeto a las diferencias y favorezca el trabajo cooperativo entre

todos sus miembros. Hemos contado con el asesoramiento y ayuda del CPR.

Diferentes cursos sobre metodologías específicas en algunas áreas 7.4. Proceso de seguimiento, revisión y evaluación:

Cada uno de estos Proyectos tendrá su propia evaluación y seguimiento a final de curso

y se recogerán en sus respectivas Memorias.

La repercusión en nuestra labor y en los resultados con los alumnos se recogerá en la

Memoria y las propuestas en la PGA del curso.

4.1.8. CUANTAS OTRAS PROPICIEN LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN

PARA TODO EL ALUMNADO Y EL ACCESO Y PERMANENCIA EN EL

SISTEMA EDUCATIVO EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

La PGA recoge todos los Planes, Programas y Proyectos del Centro, y todos están

interrelacionados, por ello, aunque se considere la Atención a la Diversidad en este PAD, no se puede

aislar de todo nuestro trabajo, sino que por el contrario, toda nuestra labor es continua, coordinada y

dinámica, de forma que cualquier actuación o mejora de éste, afecta a la calidad de la educación y

viceversa:

Proyecto Educativo: en sus objetivos y consideraciones.

Plan de Acción Tutorial

Plan de Convivencia

Programaciones docentes.

Por tanto, aunque no se desarrollen de nuevo, tendremos en cuenta, que las consideraciones,

organización y acuerdos, así como la evaluación y las mejoras en cada uno de ellos, deberemos

tenerlas en cuenta e incluirlas en la mejora de los demás.

ANEXO I

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REGISTRO DE INTERCAMBIOS ENTRE EL CENTRO/ALUMNADO Y AGENTES EXTERNOS

AGENTE EXTERNO

FECHA

INFORMACIÓN Y OBSERVACIONES

ENTREVISTA

TUTOR

ENTREVISTA

ALUMO/A

ENTREVISTA

FAMILIAS

TELEFONO,

EMAIL, OTROS

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4.2.-MEDIDAS ORDINARIAS.

En el punto 4.1.5.de este Plan (sobre la organización de los grupos de alumnos y

alumnas y personas que los atienden) se han tratado las estrategias metodológicas y

organizativas, sobre las que todo el claustro debe de establecer según la normativa, y las

consecuencias organizativas para el Centro.

En este apartado, recogemos aquellas medidas que los equipos docentes llevan a

cabo en sus aulas, con el fin de proporcionar una atención individualizada al alumnado

en el proceso de enseñanza y aprendizaje, sin modificar los objetivos propios del curso,

ciclo, tramo y/o etapa. Estas medidas deberán estar contempladas en las programaciones

docentes.

1. EVALUACIÓN INICIAL: partir de los conocimientos previos del alumno.

Finalidad: Conocer los hábitos, modos de trabajo, estilos de aprendizaje, contenidos

conceptuales, procedimentales y actitudinales que tienen los alumnos para deducir

necesidades del grupo y de cada alumno y establecer prioridades de trabajo.

Alumnado destinatario: Es una medida de atención a la diversidad que ha de ser desarrollada

con todo el alumnado con el fin de que el profesorado pueda conocer la diversidad de sus

alumnos desde el comienzo de curso.

Organización de los recursos internos y externos:

Los documentos de evaluación inicial los proporcionara el Jefe de Estudios en el mes de

septiembre. Previamente, habrán sido elaborados por el profesorado y/o revisados por éstos

con carácter anual.

Introducir adaptaciones en la programación del área, una vez conocida la realidad de los

alumnos.

Adoptar otro tipo de medidas que afectan a la organización para una mejor atención a la

diversidad.

Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: El profesorado de cada área, especialista o

tutor en colaboración con el profesorado de apoyo.

2. SESIONES DE EVALUACIÓN.

Finalidad: Analizar el proceso de enseñanza y aprendizaje y mejorar la respuesta educativa de

los equipos docentes.

Alumnado destinatario: Esta medida ha de ser desarrollada con todo el alumnado. Las

realizará el equipo docente.

Organización de los recursos internos y externos: Se realizará una sesión de evaluación

inicial (comienzo del curso) y una sesión de evaluación por trimestre.

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3. GRADUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES.

Finalidad: Proponer actividades con distinto grado de dificultad, con el fin de atender a los

diferentes estilos y ritmos de aprendizaje.

Alumnado destinatario: Todo el alumnado

Organización de los recursos internos y externos:

La aplicación de esta medida será responsabilidad de todo el equipo docente en

general y de cada profesor en particular, dentro del área o especialidad que imparta. En

el desarrollo de esta medida, los tutores podrán contar con la ayuda del profesorado de

apoyo (ordinario y específico).

Para mejorar la coordinación tutor-apoyos y el seguimiento de las necesidades de

nuestro alumnado, realizaremos y revisamos la programación trimestral donde se

concreten objetivos, contenidos, criterios de evaluación, materiales, metodología, etc.

El profesorado planteará diversos tipos de actividades (desarrollo, refuerzo,

ampliación) para trabajar los mismos contenidos, de manera que todo el alumnado

pueda acceder de forma individual y diversa a los objetivos curriculares.

Las actividades y la metodología giran en torno tanto de los Proyectos Curriculares de

Etapa (Infantil y Primaria), como de las necesidades educativas especiales de los

alumnos. Asimismo, para las áreas de lengua y matemáticas se tendrá en cuenta

preferentemente el nivel de competencia curricular, para lo que se utilizarán

materiales específicos y/o adaptados.

Esta medida se llevará a cabo en el aula o fuera de ella (en los grupos de apoyo),

buscando siempre favorecer el desarrollo del alumno, tanto en la adquisición de

aprendizajes como su integración escolar y social.

Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: El profesorado recogerá información a

través de la observación directa y las producciones de los niños/as (trabajo diario).

Esta medida se evaluará de forma trimestral en las sesiones de evaluación de cada ciclo, en

la CCP y en la memoria final de curso.

4. INCLUSIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA

COMUNICACIÓN EN EL TRABAJO DIARIO DE AULA.

Finalidad: Con esta medida se pretende mejorar la calidad de la enseñanza y aumentar la

motivación del alumnado en la realización de las tareas diarias.

Alumnado destinatario: Todo el alumnado

Organización de los recursos internos y externos:

Cada tutor en coordinación con el resto establecerá para el ordenador de aula las

actividades adecuadas para su nivel. Estas quedarán recogidas en las programaciones

docentes.

Se establecerá también un horario para la utilización del aula Plumier.

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Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: El profesorado controlará esta medida a

través de la observación directa y sistemática.

Esta medida se evaluará de forma trimestral en las sesiones de evaluación de cada ciclo, en

la CCP y en la memoria final de curso.

5. APRENDIZAJE POR DESCUBRIMIENTO. APRENDIZAJE POR PROYECTOS.

Finalidad:

Aprender mediante la búsqueda de información en su entorno próximo (con la colaboración de las familias, especialmente para alumnado mas pequeño).

Fomento de hábitos de investigación. Consecución de aprendizajes significativos. Despertar el interés del alumnado en los temas propuestos. Autonomía de aprendizaje.

Alumnado destinatario: Todo el alumnado

Organización de los recursos internos y externos:

Esta medida será llevada a cabo por el tutor/a.

El papel del docente debe ser el de mediador o “sherpa”. El docente debe presentar

todas las herramientas necesarias al alumno/a para que éste descubra por sí mismo.

El desarrollo de esta medida puede realizarse tanto dentro del centro, como en la casa

de forma que las familias se involucren y valoren el trabajo y rendimiento de los

alumnos y alumnas.

Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: El profesorado utilizará la observación y las

producciones de los alumnos/as para obtener información sobre ésta medida.

Esta medida se evaluará de forma trimestral en las sesiones de evaluación de cada ciclo, en

la CCP y en la memoria final de curso.

6. TUTORÍA ENTRE IGUALES.

Finalidad: Estimular el aprendizaje cooperativo. Desarrollar una actitud de ayuda hacia sus

iguales. Estimular a cada alumno a mejorar su aprendizaje y resultados, así como el de sus

compañeros.

Alumnado destinatario: Todo el alumnado.

Organización de los recursos internos y externos:

Esta medida será llevada a cabo por el tutor/a y por los especialistas de las distintas

áreas.

Es una modalidad de aprendizaje entre iguales o de aprendizaje cooperativo basada en

la creación de parejas de alumnos/as entre los que se establece una relación didáctica

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guiada por el profesor/a: uno de los compañeros/as hace el rol de tutor/a y el otro de

tutorado.

Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: El profesorado utilizará la observación y las

producciones de los alumnos/as para obtener información sobre ésta medida.

Esta medida se evaluará de forma trimestral en las sesiones de evaluación de cada ciclo o

tramo, en la CCP y en la memoria final de curso.

7. UTILIZACIÓN FLEXIBLE DE ESPACIOS Y TIEMPOS

Finalidad: Organizar los espacios y tiempos para dar respuesta a las necesidades de nuestros

alumnos favoreciendo el proceso de enseñanza y aprendizaje.

Alumnado destinatario: Todo el alumnado.

Organización de los recursos internos y externos:

Se establecerán espacios para el uso de espacios comunes: aula de psicomotricidad,

aulas de creatividad, aula Plumier, etc.

En su aula cada tutor organizará los espacios y tiempos de modo que favorezca la

realización de diferentes tipos de actividades (individuales, pequeños grupos, gran

grupo), dando así respuesta a los distintos ritmos y estilos de aprendizaje.

Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: Se evaluará de forma trimestral en las

sesiones de evaluación de cada ciclo o tramo a través del registro de evaluación del proceso

de enseñanza y aprendizaje, en CCP y en la memoria final de curso.

8 . APOYOS ORDINARIOS DENTRO DEL AULA.

Finalidad: Que los alumnos alcancen los objetivos establecidos para su nivel.

Alumnado destinatario: Todo alumnado con dificultades en el aprendizaje con/sin ninguna

discapacidad asociada, psíquica, sensorial o motora, sin un retraso curricular significativo, pero

que precisan una atención más individualizada por parte del profesorado y/o alguna dificultad.

Organización de los recursos internos y externos:

El apoyo se realizará dentro del aula junto al resto de compañeros.

El apoyo se podrá centrar en un grupo de alumnos o en toda la clase.

Se llevará a cabo por parte del profesorado asignado a esa labor, por otros tutores o

especialistas con disponibilidad horaria, por el especialista en Pedagogía Terapéutica,

siempre que tengan disponibilidad horaria y los alumnos con necesidades educativas

específicas estén bien atendidos.

Si se aplica sólo con un grupo de alumnos, la decisión sobre qué alumnos formarán

parte del grupo de apoyo la tomará el tutor, previa reunión del equipo de docente, y

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vendrá suscitada por los resultados de la evaluación inicial o por dificultades en el

aprendizaje que se vayan apreciando a lo largo del curso.

La Orientadora podrá asesorar sobre la inclusión del alumnado y el seguimiento de su

proceso de aprendizaje.

Todo el equipo docente será informado del alumnado susceptible de recibir apoyo

prioritario.

Los tutores y el profesorado de apoyo tendrán previstas de antemano las actividades a

realizar, así como los grupos, los recursos y los espacios en el aula donde se van a

desarrollar.

Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: El seguimiento de esta medida será

constante, de manera que si un alumno ha superado las dificultades planteadas inicialmente,

abandonará el grupo de apoyo.

Esta medida se evaluará de forma trimestral en las sesiones de evaluación de cada ciclo o

tramo, en la CCP y en la memoria final de curso.

9. APOYOS ORDINARIOS FUERA DEL AULA.

Finalidad: Que los alumnos alcancen los objetivos establecidos para su nivel.

Alumnado destinatario: Todo alumnado con dificultades en el aprendizaje con/sin ninguna

discapacidad asociada, psíquica, sensorial o motora, sin un retraso curricular significativo, pero

que precisen una atención más individualizada por parte del profesorado y que sin ella, podrían

llegar a presentar en el futuro un retraso significativo en el proceso de aprendizaje

Organización de los recursos internos y externos:

El apoyo se realizará fuera del aula.

El apoyo se podrá centrar en un alumno o en un grupo reducido de alumnos.

Se llevará a cabo por parte del profesorado de apoyo asignado a esa labor, por otros

tutores o especialistas con disponibilidad horaria, por el especialista en Pedagogía

Terapéutica, siempre que tengan disponibilidad horaria y los alumnos con necesidades

educativas específicas estén bien atendidos.

La decisión sobre qué alumnos formarán parte del grupo de apoyo la tomará el tutor,

previa reunión del equipo de docente, y vendrá suscitada por los resultados de la

evaluación inicial o por dificultades en el aprendizaje que se vayan apreciando a lo

largo del curso.

La Orientadora podrá asesorar sobre la inclusión del alumnado y el seguimiento de su

proceso de aprendizaje. El equipo docente será informado del alumnado susceptible de

recibir apoyo prioritario.

Los tutores y el profesorado de apoyo tendrán previstas de antemano las actividades a

realizar, así como los grupos, los recursos y los espacios en el aula donde se van a

desarrollar.

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Proceso de seguimiento, revisión y evaluación: El seguimiento de esta medida será

constante, de manera que si un alumno ha superado las dificultades planteadas inicialmente,

abandonará el grupo de apoyo.

Esta medida se evaluará de forma trimestral en las sesiones de evaluación de cada ciclo o

tramo, en la CCP y en la memoria final de curso.

MEDIDAS ORDINARIAS Y SU UTILIZACIÓN POR NIVELES

MEDIDAS ORDINARIAS

METODOLÓGICAS Y DIDÁCTICAS

Inf3

Inf 4

Inf5

1º 2º 3º 4º 5º 6º

Aprendizaje cooperativo (rompecabezas,

grupos de investigación,… x x x x x x x x x

Aprendizaje por tareas. x x x x x x x x x

Aprendizaje por proyectos. x x x x x x x x x

El aprendizaje por descubrimiento: basado en

problemas, proyectos de investigación, etc. x x x x x x x x x

Autoaprendizaje o aprendizaje autónomo

Contrato didáctico o pedagógico.

Enseñanza multinivel

Talleres de aprendizaje.

Organización de contenidos por centros de

interés.

Trabajo por rincones.

Grupos interactivos: trabajo cooperativo x x x x x x

La graduación de las actividades. x x x x x x x x x

La elección de materiales y actividades. x x x x x x x x x

Tutoría entre alumnos x x x x x x x x x

OTRAS:

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MEDIDAS ORDINARIAS ORGANIZATIVAS

Inf3

Inf 4

Inf5

1º 2º 3º 4º 5º 6º

El refuerzo y apoyo curricular de contenidos

trabajados en clase, especialmente en las

materias de carácter instrumental.

x x x x x x x x x

Apoyo en grupo ordinario:

Individual

Pequeño grupo x x x x x x x x x

Grupo-aula x x x x x x x x x

Enseñanza compartida (dos profesores en

aula ordinaria) x x x x x

Agrupamientos flexibles de grupo. x x x x x x

Desdoblamientos de grupo. x x x x x x x x x

Grupos de refuerzo curricular en materias o

áreas de carácter instrumental. x x x x x x

Utilización flexible de espacios y tiempos en la

labor docente. x x x x x x x

La inclusión de las tecnologías de la

información y la comunicación en el trabajo

diario de aula.

x x x x x x x x x

Redes de colaboración y coordinación del

profesorado para el diseño de proyectos,

programaciones y para el seguimiento y

evaluación del alumnado. (INTERNAS)

x x x x x x x x x

OTRAS:

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OTRAS MEDIDAS ESPECIALES :

In

3

In

4

In

5

1º 2º 3º 4º 5º 6º

PTI: Adaptación de estrategias

compensadoras: soporte auditivo y visual

que facilite el acceso a la información;

otros soportes; fragmentar la tarea en

pasos; cambiar de actividades; ubicación

en el aula; realización de esquemas o

mapas conceptuales; tiempo extra para la

realización de las tareas.

x x x

x

x

x

x

x

x

Atención específica prevista por parte de maestros y personal de atención educativa complementaria.

x x x

x

x

x

x

x

x

Adecuación del currículo mediante planes

individuales de trabajo.

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Acción tutorial específica para mejorar la

integración del alumnado en el grupo y el

centro.

x x x x x x x x x

Reglas y procedimientos comunes para

ayudar al alumno a regular su conducta. x x x x x x x x x

Adaptación de instrumentos y

procedimientos de evaluación: dificultades

de aprendizaje: lenguaje, límites, TDAH

x x x

x

x

x x

x x

OTRAS:

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4.3. MEDIDAS SOBRE LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE

APOYO EDUCATIVO.

4.3.1. CONCEPTOS PREVIOS A TENER EN CUENTA

Conforme establece el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, se

considera alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE), receptor de

medidas de atención educativa diferente a la ordinaria, todo aquel que requiera por un período

de su escolarización o a lo largo de toda ella determinados apoyos y atenciones educativas por

presentar:

A. Necesidades Educativas Especiales: Se entiende por alumnado con necesidades educativas

especiales (acnee) aquel que requiere, por un período de su escolarización o a lo largo de toda

ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o

trastornos graves de conducta.

Respuesta Educativa: Se realizarán adecuaciones del currículo al contexto y al

alumnado, que supongan o no alteración del curriculum de su nivel, y recogidas en su Plan de

Trabajo Individualizado.

B. Dificultades Específicas de aprendizaje de las que se derivan necesidades específicas

de apoyo educativo: dificultades significativas, determinadas mediante evaluación

psicopedagógica, para adquirir los aprendizajes académicos instrumentales esperados por su

edad, capacidad intelectual y nivel de escolarización (Art. 2º de la Resolución de 30 julio 2019).

Según esta Resolución las dificultades específicas del aprendizaje son:

Dislexia – Disgrafía, disortografía-

Discalculia

TDA/H – TEL- TANV- Inteligencia Límite

Dificultad de lenguaje oral

EAI

A.C.N.E.A.E.

(Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo)

ACNEE Alumnos con Necesidades Educativas Especiales

Altas Capacidades

Intelectuales

Dificultades Específicas

de Aprendizaje

Desconocimespañol Desfase curricular

significativo

Discapacidad Psíquica

Discapacidad Física

Discapacidad Sensorial

Graves trastornos de

conducta

co

personalidad o la

conducta

Integración tardía

Condiciones personales/

Hª escolar de desvent. ed.

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Dificultades específicas en el aprendizaje de la lectura (dislexia);

Dificultades específicas en el aprendizaje de la escritura (disgrafía/disortografía);

Dificultades específicas en el aprendizaje de las matemáticas (discalculia).

C. Otras dificultades del aprendizaje de las que se derivan necesidades específicas de

apoyo educativo:

Trastorno por déficit de atención e hiperactividad;

Dificultades en la adquisición y uso del lenguaje oral derivadas del trastorno

específico del lenguaje (TEL);

Dificultades en la adquisición y uso de rutinas y habilidades procedimentales-no

verbales derivadas de trastorno del aprendizaje no verbal (TANV) o dispraxia o

trastorno de la coordinación motriz;

Derivadas de presentar inteligencia límite.

D. Otras dificultades del aprendizaje de las que no se derivan necesidades específicas de

apoyo educativo:

Adquisición y uso del lenguaje oral (no derivadas de TEL)

Derivadas de experiencias adversas en la infancia (EAI). Asociadas a eventos

negativos, crónicos o recurrentes en la infancia (anexo VIII), falta de recursos

individuales, familiares o ambientales.

E. Altas Capacidades Intelectuales

F. Incorporación Tardía al Sistema Educativo Español

G. Condiciones personales que supongan desventaja educativa.

H. Historia escolar que suponga desigualdad inicial.

1º. PLANIFICACIÓN GENERAL DE LOS APOYOS Y REFUERZOS PARA EL ALUMNADO CON

NECESIDAD EDUCATIVAS ESPECIALES (ACNEE) Y ESPECÍFICAS DE APOYO

EDUCATIVO (A.C.N.E.A.E.)

Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por

la que se regula la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad

Autónoma de la Región de Murcia( Artículo 18).

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Decreto 198/2014, de 5 de

septiembre (Horarios), se podrá organizar la atención a este alumnado en periodos de treinta

minutos para recibir apoyo o refuerzo educativo en grupos reducidos dentro o fuera del grupo de

referencia.

2. El equipo directivo, asesorado por el orientador correspondiente, elaborará el

horario de atención al alumnado con necesidades educativas especiales (en adelante NEE),

favoreciendo la realización de apoyo y refuerzo, dentro o fuera del aula, en función de las

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necesidades de los alumnos. Cuando el especialista en PT realice apoyo y refuerzo fuera del

aula de los aprendizajes relacionados con los estándares básicos o esenciales, preferentemente

en las áreas de Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, se tendrán en cuenta las siguientes

consideraciones:

a) Realizar, con carácter general, agrupamientos de entre 3 y 5 alumnos, en función de la

necesidad de los alumnos. No obstante, cuando las condiciones de discapacidad de algún alumno

requieran una atención más personalizada, se podrán organizar agrupamientos de menos

alumnos, así como, con carácter excepcional agrupamientos de hasta siete alumnos siempre y

cuando las necesidades de estos lo permitan.

b) El número de sesiones semanales de atención al alumno estará en función de la

intensidad de sus necesidades educativas especiales y del desfase curricular que presente en las

distintas áreas.

c) El horario de apoyo fuera del grupo de referencia no podrá coincidir en su

totalidad con el horario semanal completo de una determinada área.

d) Priorizar el agrupamiento de alumnos que puedan trabajar de manera eficaz en

función de sus relaciones sociales y nivel de competencia curricular, aunque estén matriculados

en distintos cursos de la etapa.

e) Realizar el refuerzo fuera del aula preferentemente en las áreas en las que presenten

mayores dificultades de aprendizaje.

3. De igual modo, el equipo directivo asesorado por el orientador correspondiente,

elaborará el horario de atención al alumnado con NEE, de modo que el apoyo y refuerzo

especializado por parte del maestro de AL para dar respuesta a las necesidades educativas

especiales relacionadas con las dificultades en la comunicación oral y, en su caso, sobre los

estándares de aprendizaje del área de Lengua Castellana y Literatura que se considere, se realice

teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

a) Realizar agrupamientos de 1, 2 o 3 alumnos, en función de la necesidad.

b) Priorizar el agrupamiento de alumnos, en función de sus necesidades de

comunicación, lenguaje o habla, aunque estén matriculados en distintos cursos de la etapa.

4. Una vez atendidas debidamente las necesidades del alumnado con NEE, el equipo

directivo podrá completar el horario de los especialistas de AL y PT con alguna de las medidas de

apoyo y refuerzo educativo previstas, siendo recomendable que se destinen al alumnado con

dificultades específicas de aprendizaje.

5. A la hora de realizar la distribución del horario definitivo de compensatoria, destinado

a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de condiciones personales

o de historia escolar, el equipo directivo deberá tener en cuenta:

a) Las propuestas recogidas en el Plan de trabajo individualizado del alumno

correspondiente al curso anterior.

b) Las propuestas recogidas en el acta de la sesión de evaluación inicial.

c) Que dicha atención sea prestada por el menor número de maestros posible.

2º. PLAN DE TRABAJO INDIVIDUALIZADO

1. El alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo (A.C.N.E.A.E.)

dispondrá de un plan de trabajo individualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 18

del Decreto 198/2014, de 5 de septiembre, y normativa que lo desarrolla (realización del

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PTI completo o partes a realizar, según Decreto de 15 de junio de 2015 sobre los Planes de

trabajo individualizado. Enlace de consulta). Incluirá, al menos:

a) El informe del equipo docente, firmado por el tutor, donde se recogerá, al menos, la

siguiente información:

▪ Datos personales del alumno.

▪ Historia escolar.

▪ Información relevante del informe psicopedagógico o, en su caso, pedagógico del

alumno: tipo y grado de discapacidad, dificultad específica o sobredotación.

▪ Adaptaciones acordadas por el equipo docente.

▪ Aspectos a tener en cuenta para la promoción.

▪ Atención específica prevista por parte de maestros y personal de atención educativa

complementaria.

▪ Colaboración con la familia. Habilidades a desarrollar en el contexto familiar.

▪ Otra información relevante

▪ Observaciones y, en su caso, propuestas para el curso siguiente.

b) Las adecuaciones o adaptaciones curriculares individuales de las diferentes áreas realizadas

por los maestros correspondientes y, en su caso, las habilidades específicas determinadas por los

maestros que realicen apoyo o refuerzo específico con el alumno.

2. El Plan de trabajo individualizado será elaborado por el equipo docente, coordinado por el tutor, de

acuerdo con las siguientes directrices:

a) Finalizado el curso escolar, el equipo docente supervisará el estado del plan de trabajo

individualizado de cada alumno, pudiendo formular propuestas para el curso siguiente.

b) A lo largo del mes de septiembre, el equipo docente elaborará el plan de trabajo

individualizado correspondiente al primer trimestre, el cual será entregado por el tutor a jefatura de

estudios.

c) A la finalización del primer y segundo trimestres y en función de la consecución de los

estándares y, en su caso, de las habilidades específicas planificadas para cada trimestre, el equipo

docente, dispondrá de un plazo de dos semanas para elaborar las adecuaciones o las adaptaciones

curriculares individuales para el segundo y tercer trimestre respectivamente, las cuales serán

igualmente entregadas por el tutor a jefatura de estudios.

4.3.2. DIFICULTADES ESPECIFICAS DE APRENDIZAJE

(Las hemos incluido en este apartado, aunque formen parte también de las medidas generales

y se adopten medidas ordinarias con estos alumnos)

FINALIDAD

Recoger y organizar las orientaciones para la atención educativa del alumnado que presenta

dificultades de aprendizaje.

Participar en la prevención y detección, temprana de las dificultades de aprendizaje del

alumnado.

Adoptar las medidas ordinarias que sean precisas para una adecuada atención educativa, así

como la decisión de su incorporación, en caso necesario, a los programas específicos

destinados especialmente para dar respuesta a las dificultades específicas de aprendizaje que

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presenta.

Elaborar los Planes de trabajo individualizado que fueran necesarios para este alumnado.

Intervenir directamente con el alumno/a.

Informar y orientar a los padres/madres o tutores/as legales de los alumnos/as con los que

interviene, a fin de conseguir una mayor colaboración e implicación.

Coordinarse con todos los profesionales que intervienen.

Evaluación y seguimiento de los alumnos con dificultades específicas de aprendizaje, así

como, del propio plan de atención a los mismos.

ALUMNADO DESTINATARIO

a) Dificultades específicas de aprendizaje:

Dificultades específicas en el aprendizaje de la lectura: Dislexia.

Dificultades específicas en el aprendizaje de la escritura: Disgrafías, disortografía.

Dificultades específicas en el aprendizaje de las matemáticas: Discalculia.

b) Otras dificultades específicas de aprendizaje:

Trastorno por déficit de atención e hiperactividad. TDAH

Dificultades específicas en el aprendizaje del lenguaje oral (TEL)

Dificultades específicas en el aprendizaje pragmático o procesal: Trastorno de

aprendizaje no verbal (TANV).

Inteligencia límite.

c) Otras dificultades específicas del aprendizaje de las que no se derivan necesidades

específicas de apoyo educativo:

Adquisición y uso del lenguaje oral;

Derivadas de experiencias adversas en la infancia (EAI)

PREVENCIÓN Y DETECCIÓN TEMPRANA:

A. MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL.

1. Los equipos docentes trabajarán de forma equilibrada todas las áreas de desarrollo: juego,

psicomotricidad, lenguaje oral, pensamiento simbólico, educación emocional, creatividad, etc.,

desde todas las áreas curriculares de la etapa, utilizando preferentemente metodologías por

proyectos, activas y participativas.

2. Se contemplarán actuaciones como las siguientes:

Actividades de estimulación de la psicomotricidad con el asesoramiento del profesorado

especialista de Educación Física, Música y Pedagogía Terapéutica, especialistas del

equipo de apoyo del centro y de los servicios de orientación educativa.

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Actividades de estimulación del lenguaje oral con el asesoramiento de los maestros del

equipo de apoyo del centro y de los servicios de orientación educativa, del profesorado

especialista en Audición y Lenguaje del centro educativo, así como del Equipo de

Orientación Educativa y Psicopedagógica.

3. Los equipos directivos, tomarán en consideración, los criterios prioritarios en los

agrupamientos de Educación Infantil 3 años: - Equilibrar el número de niños y niñas en cada

clase. - Equilibrar el número de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales

atendiendo al tipo, grado de afectación y nivel de funcionamiento escolar. - Equilibrar el número

de alumnos y alumnas en situación de desventaja socio-educativa. - Equilibrar el número de

alumnos y alumnas atendiendo a su edad cronológica, según hayan nacido en el primer o

segundo trimestre del año natural. - La afinidad afectiva del alumnado en el primer ciclo de

Educación Infantil (criterio no prioritario). En cualquier caso, el equipo directivo hará un

seguimiento de los resultados educativos de los grupos que permita tomar decisiones

posteriores respecto de la idoneidad de los criterios de agrupamientos adoptados y la

distribución del alumnado en los grupos de Educación Infantil de 3 años que será provisional

hasta que no haya terminado el periodo de adaptación, con la finalidad de compensarlos y

poder contemplar de forma más ajustada las medidas organizativas necesarias.

4. Los claustros decidirán sobre la didáctica de la iniciación a las habilidades lectoescritoras

(métodos, materiales, secuenciación y temporalización), asegurando la adecuada coordinación

entre las etapas de educación infantil y primaria.

5. Los centros proporcionarán información a la familia del alumnado, en las sesiones tanto

individuales como grupales de tutoría, acerca de las decisiones didácticas y organizativas

adoptadas por el Claustro, en relación a la prevención de dificultades de aprendizaje, y

especialmente en lo referido a la enseñanza y aprendizaje de las habilidades lectoescritoras.

6. A efectos de detección temprana: a) Se incluirán cuestiones referidas a los indicadores de

riesgo asociados a dificultades de aprendizaje en la entrevista inicial con la familia. b) Se

realizará un cribaje del alumnado que presente indicadores de riesgo de dificultades de

aprendizaje en la etapa de Educación Infantil, conforme al Programa de Prevención de

Dificultades de Aprendizaje y Desarrollo Personal llevado a cabo por los Servicios de

Orientación Educativa y mencionado anteriormente.

7. Los centros educativos organizarán las tareas del profesorado de apoyo de Educación Infantil

de manera que se atiendan prioritariamente las necesidades de apoyo y refuerzo del alumnado

en riesgo de presentar dificultades de aprendizaje.

8. La CCP evaluará el desarrollo de las medidas de prevención, comparando los resultados

obtenidos con cada una de las medidas adoptadas, de manera que sea posible formular y

contrastar hipótesis sobre la eficacia de las mismas. Los resultados de esta evaluación se

incorporarán en la planificación del trimestre o curso siguiente.

B. MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

1. Los equipos directivos, con el asesoramiento de los servicios de orientación y la

colaboración de los profesionales especialistas de atención a la diversidad, promoverán la

puesta en marcha, integrada y planificada, de actividades específicas para el desarrollo de los

aprendizajes instrumentales básicos: lectura (fluidez-comprensión), escritura, lógico-

matemática, competencia lingüística, funciones ejecutivas y habilidades no cognitivas. En el

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segundo tramo de Educación Primaria, se priorizarán las actividades de refuerzo en

ortografía, expresión oral y escrita.

2. Los equipos directivos, tomarán en consideración, los mismos criterios establecidos

anteriormente en el apartado a. correspondiente a Educación Infantil, especialmente en 1º y 4º

de Primaria, para favorecer la distribución proporcional del alumnado en riesgo de presentar

dificultades de aprendizaje.

3. Los equipos directivos promoverán el consenso de los docentes en la transición

metodológica entre Educación Infantil y Educación Primaria, sobre todo, respecto a la

enseñanza de la lectura, la escritura y las Matemáticas. En la misma línea, los claustros

decidirán sobre la didáctica de la lectoescritura (métodos, materiales, secuenciación y

temporalización) adaptándose a las características del alumnado y realizando los ajustes

organizativos, la distribución de horarios y otros que estimen necesarios.

4. Los centros educativos proporcionarán información a las familias o tutores legales en las

reuniones de tutoría, sobre las decisiones didácticas y organizativas adoptadas por el Claustro,

en relación a la enseñanza de la lectoescritura y la prevención e intervención con el alumnado

con dificultades de aprendizaje

5. A efectos de detección temprana: a) Se incluirán cuestiones referidas a los indicadores de

riesgo asociados a dificultades de aprendizaje en las entrevistas con los padres, madres o

tutores legales. b) Se podrá realizar un cribaje del alumnado que presente indicadores

tempranos de riesgo de dificultades de aprendizaje en el tercer curso de la etapa de Educación

Primaria.

6. Los equipos directivos promoverán actividades, tanto individuales como en grupos de apoyo

y formación, dirigidas a familias del alumnado con dificultades de aprendizaje o con riesgo de

presentarlas, favoreciendo la colaboración y la coordinación necesarias para optimizar la

intervención.

7. La CCP evaluará el desarrollo de las medidas de prevención, comparando los resultados

obtenidos con cada una de las medidas adoptadas.

APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS ORDINARIAS:

1. Se aplicarán las medidas ordinarias tan pronto se detecten las dificultades de

aprendizaje por el equipo docente, sin necesidad de esperar a la confirmación mediante la

evaluación psicopedagógica, dejando constancia de las mismas en las programaciones

docentes.

2. En el caso de que las medidas aplicadas de forma sistemática, durante al menos un

trimestre, no sean suficientes para reducir las dificultades del aprendizaje observadas, se

derivarán a la atención del orientador, para que valore la conveniencia de realizar la

evaluación psicopedagógica.

3. La revisión de las medidas ordinarias adoptadas será continuada y corresponderá al

equipo docente, coordinado por el tutor del grupo y asesorado por el orientador educativo,

recogiéndose, al menos en las sesiones de evaluación, junto con los resultados en el

aprendizaje del alumnado tras la aplicación de dichas medidas. En caso de existir

modificaciones significativas serán comunicadas al orientador y a la familia.

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IDENTIFICACIÓN Y EVALUUACIÓN DE LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO

EDUCATIVO DERIVADAS DE DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE

1. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará

desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios

de normalización e inclusión.

2. Los profesionales de la orientación educativa recogerán, analizarán y valorarán la

información relevante del alumnado, del contexto social y familiar y de los distintos elementos que

intervienen en el proceso de enseñanza y aprendizaje, con el fin de realizar la evaluación

psicopedagógica e identificar al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo

educativo y proponer decisiones con respecto a su escolarización y a las adaptaciones curriculares

precisas para facilitar la consecución de los fines establecidos.

3. El proceso de identificación del alumnado con trastorno por déficit de atención e

hiperactividad seguirá las pautas establecidas en el Protocolo de actuaciones educativas y

sanitarias para la detección y diagnóstico del Trastorno por Déficit de Atención/Hiperactividad suscrito

por la Consejería de Sanidad y la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

4. El proceso de identificación del alumnado con Experiencias Adversas en la Infancia

(EAI) no precisará, en principio, de evaluación psicopedagógica, requiriendo en cambio el informe

del tutor en el que se describan las dificultades de aprendizaje presentadas por el alumnado y la

información recogida por el orientador o el profesorado técnico de servicios a la comunidad,

procedente de los servicios sociales y sanitarios, en el marco de una organización de trabajo en red,

según lo contemplado en el Anexo X. Dicha información quedará recogida en un informe de

actuaciones realizado por los servicios de orientación.

5. Desde el momento en que las dificultades que presente el alumnado permitan sospechar

que pudieran tratarse de dificultades específicas de aprendizaje, se le considerará “alumnado en

riesgo de dificultades específicas de aprendizaje”, procediendo el equipo docente a aplicar las

medidas de apoyo vigentes y más adecuadas. Esta aplicación será previa a la realización de la

evaluación e informe psicopedagógico, que será responsabilidad del orientador que atiende al centro

educativo, con la colaboración del equipo docente.

6. Para realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado detectado, el servicio de

orientación del centro educativo orientará al equipo directivo acerca de la prioridad de la misma

conforme a los siguientes criterios relativos al alumnado: - Presentar además otras necesidades

específicas de apoyo educativo u otras dificultades de aprendizaje. - Presentar desfase curricular. -

Presentar mayor número de materias o áreas con evaluación negativa. - Haber repetido un curso en

Educación Primaria. - No haber respondido favorablemente a la aplicación de las medidas de apoyo

aplicadas.

7. Los servicios de orientación educativa de los centros docentes podrán solicitar, mediante

el correspondiente protocolo de derivación, el asesoramiento del Equipo de Orientación Educativa

y Psicopedagógica Específico de Dificultades del Aprendizaje y TDA/H, para realizar la

evaluación psicopedagógica en aquellos casos de especial complejidad.

8. El informe psicopedagógico elaborado por los servicios de orientación, según el modelo

vigente, determinará las necesidades específicas de apoyo educativo de este alumnado, así como

las orientaciones para la elaboración de los Planes de Trabajo Individualizados. En el caso del

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alumnado que no presente necesidades específicas de apoyo educativo tras la realización de la

evaluación psicopedagógica, el informe psicopedagógico deberá contemplar las medidas ordinarias y

específicas más adecuadas a las características y necesidades del alumnado.

9. Una vez establecidas las necesidades específicas de apoyo educativo de un alumno o

alumna, el servicio de orientación del centro incluirá la información correspondiente en la aplicación

Plumier XXI-Gestión, dentro del apartado correspondiente de Atención a la Diversidad.

10. Respecto a la elaboración del Plan de Trabajo Individualizado se seguirá lo establecido en

la Resolución de 15 de junio de 2015 o en su caso, la normativa vigente sobre esta materia.

APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS ESPECÍFICAS EN LAS DIFERENTES ETAPAS EDUCATIVAS.

1. Será susceptible de recibir una medida de apoyo específico el alumnado con necesidad

específica de apoyo educativo cuya evolución, tras la aplicación de las medidas de apoyo ordinario, no

haya sido favorable.

2. En tal caso, el equipo docente, junto el orientador u orientadora del centro, determinará las

medidas específicas que mejor se adecúen a las características y necesidades del alumnado.

3. Se podrán adoptar como medidas específicas de atención a la diversidad para el

alumnado que presenta dificultades de aprendizaje, específicas o no, las siguientes:

a) Materia de Refuerzo en competencia en comunicación lingüística. El alumnado que

presente dificultades en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística en castellano

podrá cursar como materia de libre configuración en los cursos de 5.º y 6.º de Educación Primaria y en

el primer ciclo de la ESO.

b) Adaptaciones curriculares no significativas realizadas a través de los Planes de Trabajo

Individualizados preceptivamente para el alumnado que presenten necesidades específicas de apoyo

educativo.

4. El alumnado con dificultades específicas de aprendizaje o TDA/H podrán recibir apoyo

educativo específico por parte del profesorado especialista en Pedagogía Terapéutica y

Audición y Lenguaje, cuya organización dará prioridad a la atención del alumnado destinatario en

base a los siguientes criterios:

a) Alumnado que presente más de una dificultad específica de aprendizaje.

b) Alumnado que acumule mayor desfase curricular.

c) Alumnado con mayor número de materias o áreas con evaluación negativa.

d) Alumnado que presente además otras necesidades específicas de apoyo educativo.

e) Alumnado que se halle escolarizado en el tercer curso de Educación Primaria o en el

primero de ESO.

5. El contenido del apoyo educativo específico será extraído del informe psicopedagógico

de cada alumno o alumna, se consignará en su Plan de Trabajo Individualizado y estará relacionado

con el desarrollo de habilidades específicas. A tal efecto, el orientador tendrá en cuenta aspectos

como los siguientes:

a) Refuerzo general y mejora del funcionamiento ejecutivo y de las denominadas

“habilidades no cognitivas”: programas de mejora de la atención, de la memoria operativa, de

autoinstrucciones para mejorar la planificación y el control inhibitorio, la relajación, etc.

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b) Mejora de los procesos lecto-escritores: de conciencia fonológica, silábica y morfémica, de

conocimiento alfabético y de vocabulario, de estimulación de la velocidad, eficacia y fluidez lectora, de

comprensión lectora, facilitación de sistemas alternativos por medio de las TICs, etc.

c) Mejora de la conducta, la autoestima, las habilidades sociales, la motivación o de refuerzo

cognitivo-conductual para el autocontrol.

d) Intervención en las dificultades del lenguaje oral en todos sus niveles (fonológico, semántico,

morfosintáctico y pragmático), del cálculo y razonamiento matemático y de los aspectos pragmáticos-

no verbales, manipulativos y psicomotores.

6. El seguimiento de las medidas específicas adoptadas corresponderá al equipo docente,

coordinado por el tutor o tutora del grupo y asesorado por el orientador educativo.

MEDIDAS A ADOPTAR EN LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE TRABAJO

INDIVIDUALIZADOS.

1. Conforme a lo establecido en los decretos 198/2014 por el que se establecen los currículos

de la Educación Primaria, la elaboración de estos planes es preceptiva para el alumnado con

dificultades específicas de aprendizaje a partir del tercer curso de la Educación Primaria.

2. Las medidas a adoptar por el profesorado serán las incluidas en el Plan de Trabajo

Individualizado (PTI del alumno), o cualquier otro documento que, en su lugar, pudiera establecer la

normativa en vigor.

3. El profesorado de apoyo específico -Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje-

colaborará con el profesorado ordinario realizando tareas de apoyo indirecto, que consistirán en el

asesoramiento a los docentes en la adecuación del currículo y de la respuesta educativa, y diseñando

o facilitando materiales y estrategias de intervención.

4. Para facilitar la adecuación de los elementos del currículo se establecen, para cada una de

las diferentes dificultades del aprendizaje, las medidas específicas incluidas en los anexos I-X de la

Resolución. No obstante, con carácter general, se establecen las siguientes medidas:

a) Respecto a los criterios de evaluación, estándares de aprendizaje y contenidos:

a.1) Seleccionar los contenidos vinculados a los criterios de evaluación o estándares

de aprendizaje a trabajar durante el curso. Podrán incluirse contenidos y sus correspondientes

criterios de evaluación o estándares de aprendizaje de otros cursos, que serán registrados y

evaluados, sin que puedan añadir valor a la calificación del área.

- Seleccionar los contenidos básicos, con sus criterios de evaluación o estándares de

aprendizaje del curso en el que está matriculado el alumno, e incorporar de cursos anteriores no

afianzados.

- En Educación Infantil y primer curso de Educación Primaria, dar prioridad a los

contenidos, y sus correspondientes criterios de evaluación o estándares, de las diferentes áreas que

mejor puedan contribuir al desarrollo psicomotor y del lenguaje (fonológico-silábico, léxico-semántica,

morfo-sintaxis y pragmática) en aquel alumnado en los que se observe un retraso en estos ámbitos del

desarrollo en función de su dificultad de aprendizaje.

a.2) Secuenciar de forma diferente, a lo largo del curso, los contenidos, los criterios

de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables relacionados con estos, para dar más

tiempo al alumnado y permitirle conseguir aquellos contenidos de aprendizaje en los que

pueda tener mayor dificultad.

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a.3) Dar prioridad a criterios de evaluación o estándares de aprendizaje relativos a

materias instrumentales que contemplen aprendizajes funcionales.

b) Respecto a la metodología y las actividades: Orientaciones metodológicas generales

para todas las dificultades de aprendizaje:

b.1) Alimentar y estimular el deseo y curiosidad del alumnado por saber y aprender.

b.2) Fomentar la tenacidad y perseverancia como base para el desarrollo de la

resiliencia.

b.3) Mantener una actitud positiva, de motivación y apoyo para mejorar su

autoestima, que suele estar deteriorada como consecuencia de sus dificultades.

b.4) Aplicar preferentemente metodologías activas y participativas, como el

aprendizaje cooperativo, la enseñanza multinivel, las metodologías multisensoriales, el aprendizaje

basado en proyectos, etc.

b.5) Priorizar el uso de las Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento (TAC) como

recurso metodológico compensador de las dificultades de aprendizaje.

b.6) Enseñar a este alumnado técnicas de conversión de la información gráfica y

visual a verbal y viceversa, así como técnicas de trabajo intelectual adaptadas a su dificultad, como

uso de organizadores gráficos, mapas mentales o conceptuales, glosarios, libretas cacográficas, etc.

b.7) Aumentar el tiempo y variedad de actividades dedicados al desarrollo sensorio-

motor en el aula de Educación Infantil.

b.8) Promover la realización de actividades que ayuden al desarrollo simbólico,

necesario para la comprensión e inicio del aprendizaje de la lectoescritura.

b.9) Introducir actividades específicas de estimulación del lenguaje oral en Educación

Infantil y de lenguaje oral y escrito en Educación Primaria, en todos los niveles del lenguaje y sus

competencias: alfabética, fónica (conciencia fonológica), silábica, léxica, morfológica, sintáctica,

semántica y ortográfica.

b.10) Potenciar el desarrollo de las habilidades no cognitivas y del funcionamiento

ejecutivo, fomentando especialmente la perseverancia.

b.11) Utilizar múltiples medios, tanto para la presentación y acceso a la información,

como para que el alumnado pueda hacer las tareas y mostrar los resultados de su aprendizaje,

avanzando hacia un diseño universal del aprendizaje.

b.12) Adecuar las estrategias de enseñanza a las peculiaridades del, alumnado estilo y

ritmo de aprendizaje, modo preferente de acceso y de presentación de la información.

b.13) Asegurar que el alumno haya adquirido suficientemente los contenidos de menor

dificultad antes de progresar en el nivel de complejidad conceptual y/o procedimental.

b.14) Tener una mirada empática que mejore el trato al alumno: valorar en positivo,

reforzar los logros, hacerles sentir capaces, evitar herir su sensibilidad, ayudarles a encontrar sus

fortalezas y aceptar sus debilidades para poder compensarlas. Dirigir los juicios valorativos a la

conducta que el alumno hace y no hacia su persona.

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b.15) Introducir nuevos contenidos de aprendizaje acompañando al alumno durante la

práctica inicial, para evitar la acumulación de errores y el abandono por frustración o por evitación del

fracaso.

b.16) Desarrollar el gusto por la lectura, utilizando, si es preciso, textos adaptados y

medios técnicos facilitadores –audiolibros, conversores, etc., así como la participación en programas

de animación a la lectura.

b.17) Fragmentar las tareas en pasos que permitan mantener la atención/

concentración y resolver las actividades correctamente.

b.18) Supervisar la actividad del alumno, monitorizando su ejecución para reducir el

número de errores y evitar la frustración excesiva ante el fracaso.

b.19) Ponderar el tiempo que el alumno necesita, en función de sus dificultades, para la

recogida de la información y para completar las tareas y pruebas.

b.20) Contemplar la ubicación en el aula más adecuada para el alumno y los

agrupamientos que favorecen su participación efectiva en los procesos de enseñanza y aprendizaje.

b.21) Comprobar que el alumno ha comprendido la tarea o actividad que debe hacer

antes de que la realice solo (especialmente importante en tareas que debe hacer en casa y en

pruebas escritas y otros ejercicios de evaluación).

c) Respecto a los materiales y nuevas tecnologías.

c.1) En Educación Infantil usar material de estimulación multisensorial cuando se

introduzca al alumno en el aprendizaje de las habilidades iniciales de la lectoescritura.

c.2) Utilizar material manipulativo para iniciar y afianzar los aprendizajes, como letras

en relieve, regletas para cálculo, mapas en relieve, maquetas, cuerpos geométricos, etc.

c.3) Introducir materiales específicos de estimulación del lenguaje en el aula de

Educación Infantil y 1º de Educación Primaria en el contexto del Programa de Prevención y

Estimulación del Desarrollo del Lenguaje indicado para esta etapa y nivel. El Equipo de Apoyo a la

Diversidad del centro podrá asesorar en su diseño y/o selección.

c.4) Permitir el uso de calculadora, tablas de multiplicar y otros recursos que faciliten

el cálculo cuando se identifiquen dificultades en memoria operativa o de trabajo.

c.5) Entrenar en el buen uso, cada vez mas autónomo, de agendas, en papel o

digitales, y otros recursos, para favorecer la organización de las tareas del alumnado.

d) Respecto a la Evaluación: orientaciones para la adaptación.

1.- Principios de actuación: La evaluación de la competencia curricular de este

alumnado la realizará el docente que imparte el área o materia, adaptando los procedimientos,

técnicas e instrumentos de evaluación a las características y necesidades del alumno. La

información obtenida en dicha evaluación servirá para la elaboración y las revisiones de su PTI, junto

a las orientaciones contenidas en su Informe Psicopedagógico. A nivel general se tendrá en cuenta:

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a) Dar mayor valor al logro del alumno en aquellos criterios de evaluación o

estándares de aprendizaje evaluables de la materia o área que se consideren esenciales para

alcanzar las competencias y los objetivos de la etapa educativa.

b) Adoptar los procedimientos, técnicas e instrumentos de evaluación más

adecuados a las necesidades del alumno, de modo que permitan valorar ajustadamente sus

conocimientos sin que esto suponga modificar los criterios de evaluación o estándares de aprendizaje.

c) Buscar alternativas a la realización de pruebas globales de modo que no incluyan

los contenidos ya evaluados y calificados.

d) Sustentar la evaluación preferentemente en la observación y en las producciones

del alumno, mediante instrumentos que permitan medir el nivel de logro o adquisición de

criterios de evaluación o estándares de aprendizaje, mientras el alumno realiza actividades o tareas de

clase.

e) Atender al principio de continuidad en la evaluación, aplicándose siempre el

resultado de la nota con mayor puntuación para cualquier criterio de evaluación o estándar de

aprendizaje.

f) Corregir y puntuar las pruebas de evaluación y las producciones del alumno, más en

función de los contenidos que de la forma de expresarlos, relativizando la valoración de los

errores ortográficos y gramaticales y priorizando el nivel de adquisición de la materia evaluada en

aquellos contenidos cuyos criterios de evaluación o estándares de aprendizaje no contemplen la

corrección ortográfica y gramatical.

g) Evitar la sobrecorrección sistemática de todos los errores, si no es necesario, para

no bajar su autoestima.

h) Dar a conocer las fechas de las pruebas de evaluación al alumno y a las familias

con, al menos, una semana de antelación.

i) Para evaluar los aprendizajes de este alumnado en las áreas que se imparten usando

la lengua extranjera como lengua vehicular, se tendrá en cuenta exclusivamente el grado de

consecución de los criterios de evaluación o estándares de aprendizaje referido a los contenidos de

dichas áreas sin valorar su expresión en la lengua extranjera.

j) Se podrán contemplar en las evaluaciones las siguientes medidas recogidas en su

PTI o en las orientaciones de su Informe Psicopedagógico, según lo establecido en la normativa

vigente. Con respecto a las decisiones de promoción del alumnado, conforme a la normativa vigente,

la repetición de curso se considera una medida de carácter excepcional, tras haber agotado el resto

de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo. Requiere una valoración individualizada que tenga en

cuenta las opiniones de las personas implicadas en el proceso de enseñanza-aprendizaje del alumno

(equipo docente, familia, equipo de apoyo…), las características de aprendizaje del alumno y los

recursos organizativos y metodológicos de que va a disponer el centro escolar.

2.- Adaptaciones en la evaluación.

a) Adaptar los procedimientos e instrumentos de evaluación a las características del

alumno teniendo en cuenta la experiencia y la opinión del profesorado anteriores, familia y el propio

alumno, respecto a su mejor rendimiento y sobre el tipo de pruebas adaptadas que conviene utilizar en

cada caso.

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b) Garantizar la práctica y ensayo previo con el instrumento de evaluación elegido.

c) Permitir que el alumno disponga, durante las exposiciones orales, de guiones

previamente escritos.

d) Procurar lugares libres de distracciones que favorezcan la concentración durante la

realización de las pruebas.

e) Permitir, cuando sea necesario, que el alumnado realice actividades de evaluación

con el profesorado de refuerzo y/o apoyo.

f) Para evitar la fatiga: - Procurar organizar el calendario de pruebas de evaluación de

forma que no haya más de uno al día, incluso con algún día intermedio de descanso. - Procurar

realizar pruebas de evaluación breves y frecuentes, propiciando una evaluación continuada que

también tenga en cuenta el esfuerzo por aprender del alumno. - Realizar preferiblemente las pruebas

de evaluación más complejas en las primeras horas de la jornada lectiva, o bien fragmentarlos en

varias sesiones cuando sea necesario. - Dar las preguntas de forma paulatina en caso de que le

cueste organizarse o se fatigue.

g) Con el fin de evitar errores de comprensión, leer el texto contenido en los

instrumentos de evaluación al inicio y cada vez que lo pida el alumno, y estar atentos a las dudas o

preguntas que éste pueda hacer. Recordarle que revise cada pregunta o texto incluido en el

instrumento de evaluación que se esté utilizando antes de su resolución y entrega.

h) Adecuar el formato de los instrumentos de evaluación, que incluyan pruebas

escritas, (enunciados cortos, destacar palabras clave de los enunciados, actividades de relacionar con

apoyo visual, poner ejemplos, plantear solo una pregunta por apartado…).

i) Compensar las dificultades que el alumno tiene para calcular y organizar su tiempo

ayudándole en el control, la extensión y la revisión de lo realizado.

j) Cuando el alumno tenga dificultad o sea lento para leer o escribir: - No exigirle

que copie los enunciados. - Incluir guías verbales, gráficas, etc. para facilitar la comprensión de las

preguntas. - Utilizar conversores de texto en audio y viceversa.

k) Presentar cualquier texto utilizado en el instrumento de evaluación en formato

escrito, no oral. Añadir al texto gráficos o imágenes que faciliten la comprensión de la pregunta.

l) Siempre que sea necesario, reducir el número de preguntas a contestar o

proporcionar tiempo adicional en los ejercicios de evaluación.

COORDINACIÓN ENTRE ETAPAS EDUCATIVAS

1. La coordinación docente entre las etapas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria tendrá

lugar conforme a lo establecido en la normativa vigente.

INFORMACIÓN Y COLABORACIÓN DE LAS FAMILIAS.

1. El tutor del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje asesorado por el orientador

del centro mantendrá una relación permanente y activa con las familias, recabando la información

relevante (repercusión del problema en el ámbito familiar, ver el grado de apoyo, tareas escolares,

organización de tiempos de trabajo y ocio, etc.) e informándoles de las medidas adoptadas con el

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alumno. Se mantendrá una actitud de escucha hacia ellas, comprendiendo su preocupación y

ofreciéndoles la información que requieran.

2. Especialmente, se informará a las familias de las adecuaciones curriculares incluidas en

el Plan de Trabajo Individual (PTI). Se levantará acta de cada reunión con la familia, incorporando

una copia de la misma al expediente de cada alumno y entregando otra a la familia, si así lo solicita.

3. El tutor o tutora, asesorado por los servicios de orientación, recabará la colaboración de

las familias en el seguimiento de las medidas adoptadas y les asesorará en la adopción de las

estrategias que mejoran los aprendizajes del alumno y les ayuden en la educación del menor.

4. Asimismo, los servicios de orientación correspondientes:

a) Facilitarán a las familias y a los propios alumnos, en su caso, la información que

requieran sobre los recursos del entorno, estableciendo las vías de coordinación y colaboración

necesarias y posibilitando el máximo aprovechamiento de los mismos por el alumnado.

b) Dedicarán especial atención al asesoramiento y orientación académica y profesional

de este alumnado, en relación su toma de decisiones, teniendo en cuenta sus potencialidades

y dificultades.

FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN.

1. La Consejería con competencias en educación promoverá la formación del profesorado

y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad específica de

apoyo educativo, establecida como línea prioritaria de actuación en los Planes Regionales de

Formación del Profesorado y que corresponde a la Consejería con competencias en educación

desarrollar y promover la realización de experiencias de innovación y de investigación educativas en el

ámbito de la atención a la diversidad, y en particular sobre las dificultades del aprendizaje.

2. Se impulsará la publicación de materiales impresos y digitales innovadores que

favorezcan la atención a la diversidad del alumnado promocionando el uso innovador de las

tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a las dificultades del aprendizaje.

3. La Consejería de Educación y Cultura por la que se dictan instrucciones sobre el

funcionamiento de los Equipos de Orientación educativa y psicopedagógica, continuará con la

elaboración y difusión de guías y materiales psicopedagógicos, la propuesta y realización de

actividades de formación e investigación, el impulso de colaboración y el intercambio de experiencias

entre los centros educativos del sector y la colaboración con otros servicios de apoyo, ampliando un

modelo de trabajo en red entre todos los organismos, asociaciones e instituciones implicados en la

atención al alumnado con dificultades del aprendizaje.

4. Enmarcado en dicha metodología de trabajo en red, se mantendrá coordinación frecuente

con los servicios sanitarios y sociales para el seguimiento de los protocolos establecidos, así como

para el tratamiento de los casos de mayor complejidad de alumnado con dificultades de aprendizaje.

5. El EOEP de Dificultades Específicas de Aprendizaje y TDAH, y dentro de sus funciones

asignadas, se promoverá todo tipo de acciones formativas, tanto con asociaciones como con

instituciones, para mejorar los aprendizajes básicos y específicos asociados a las dificultades de

aprendizaje.

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6. Promover el reconocimiento y difusión de las buenas prácticas desarrolladas en los centros

educativos de Educación Infantil y Primaria y Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional de la

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que facilitan la inclusión educativa y la atención

específica al alumnado con dificultades del aprendizaje.

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA PRÁCTICA DOCENTE DEL

EQUIPO

Además de la evaluación realizada a los alumnos y alumnas, de la que recogeremos el

rendimiento y resultados en el aprendizaje de los mismos, en este apartado, diseñamos un posible

registro, para recoger los resultados de la práctica docente y las reflexiones y análisis de los

profesionales implicados en la atención de estos alumnos.

Parte de los objetivos planteados e implica la evaluación, análisis y propuestas de mejora,

tanto de la planificación, como del desarrollo de la misma con el alumnado.

ANÁLISIS DE LOS OBJETIVOS NIVEL DE CONSECUIÓN.PROPUESTAS DE

MEJORA

1. Ha facilitado la prevención y detección

temprana de DEA.

2. Organización de los Recursos del Centro para

su adecuada atención.

3. Se han realizado correctamente los Planes de

Trabajo Individualizado. (documento): selección y

secuenciación de los contenidos y estándares

básicos. Metodología, recursos y materiales.

4. Han sido adecuadas las Medidas Ordinarias

adoptadas. Motivos.

5. Medidas específica incorporadas.

Han sido adecuadas para estos alumnos.

5.Respecto a la intervención y desarrollo con los

alumnos

6. Relación con las Familias

7. Coordinación de los Recursos Humanos.

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8. Respecto a la Evaluación de los alumnos.

1. Revisión sobre los criterios y registros de la

Evaluación y seguimiento

OBSERVACIONES:

4.3.3. AMPLIACIÓN O ENRIQUECIMIENTO. ALTAS CAPACIDADES

INTELECTUALES.

Las adaptaciones curriculares de ampliación y/o enriquecimiento serán realizadas, previa evaluación psicopedagógica, para el alumnado con altas capacidades intelectuales y que tiene un rendimiento excepcional en un número limitado áreas.

Finalidad:

Ofrecer aprendizajes más ricos y variados, enriqueciendo y ampliando los objetivos y

contenidos curriculares de nivel y utilizando una metodología específica, adoptando los ajustes

organizativos, así como la definición de criterios de evaluación para aquellas áreas, materias o

asignaturas que hubieran sido objeto de adaptación significativa. Modificando en profundidad y

extensión el contenido del currículo, así como la metodología a emplear en la enseñanza. Esta

medida se adoptará cuando las medidas curriculares ordinarias no resulten suficientes.

Persigue el desarrollo pleno y equilibrado de las capacidades de los alumnos con altas

capacidades intelectuales, detectadas previa evaluación psicopedagógica.

Alumnado destinatario:

Alumnado con altas capacidades con un rendimiento global excepcional y

continuado en todas las áreas evaluadas con una competencia social poco desarrollada y

que las medidas ordinarias no resulten suficientes para dar respuesta a sus necesidades.

Alumnado con altas capacidades un rendimientos excepcional en un número

limitado de áreas o materias, y que las medidas ordinarias no resulten suficientes para dar

respuesta a sus necesidades.

Organización de recursos internos y externos: La adaptación curricular la realizará el tutor del aula.

Asesoramiento del PT

Asesoramiento y seguimiento del Orientador

Lugar dentro y/o fuera del aula

Coordinación y colaboración entre los profesionales implicados estableciendo reuniones periódicas

entre el equipo docente, PT y Orientadora y asesoramiento del Equipo específico.

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PLANIFICACIÓN DE LA ATENCIÓN AL ALUNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES

Según el Decreto 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la

Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Capítulo V Equidad en la

Educación,art.20) y Orden de 20 de noviembre de 2014, por la que se regula la organización y la

evaluación en la Educación Primaria(art. 17):

1º. La atención al alumnado con altas capacidades intelectuales se ajustará a las necesidades

educativas e intereses de estos alumnos, cuyo plan de trabajo individualizado se basará en

la realización de tareas que supongan desafíos y retos intelectuales.

2º. Se promoverá la ampliación de contenidos y competencias previstos para el curso en el

que esté matriculado, mediante la realización de proyectos de enriquecimiento curricular

significativos durante la jornada escolar, dentro de su grupo de referencia o fuera del mismo. A

tal fin, los centros podrán prever lugares y momentos específicos para el desarrollo de dichos

proyectos, siempre y cuando el alumnado esté acompañado por un maestro del centro.

3º. En circunstancias excepcionales, y previo informe del orientador del centro, este

alumnado podrá asistir a sesiones de áreas de cursos de la etapa inmediatamente superiores al

cursado sin perjuicio de que los referentes de evaluación sean los estándares de aprendizaje

previstos para el curso en que está matriculado, el director podrá autorizar dicha medida siempre y

cuando:

a) Sea en un porcentaje inferior al 20% de la jornada escolar.

b) Se cuente con la aprobación de los padres, madres o tutores legales.

c) El equipo docente considere que la inasistencia a determinadas sesiones lectivas

de su grupo de referencia no perjudicará su rendimiento académico en dichas áreas.

d) El orientador estime que la asistencia a grupos de niveles superiores no afecte a su

integración social con el grupo de referencia ni con el grupo del curso superior.

4º. Esta decisión sobre la flexibilización en la escolarización del alumnado con altas

capacidades intelectuales, identificado como tal por el orientador y tras resultar insuficiente la

puesta en funcionamiento de medidas educativas menos significativas, podrá ser revocada por el

director para el siguiente curso escolar cuando deje de existir el requisito b) del apartado

anterior. En el caso de que dejen de cumplirse los requisitos previstos en los puntos c) o d) del

apartado anterior, el director podrá revocar la decisión inmediatamente, previo informe del equipo

docente o del orientador respectivamente.

Proceso de seguimiento, revisión y evaluación:

El tutor/a Equipo Docente, PT y EOEP, serán los responsables de valorar la

idoneidad de las medidas adoptadas -evaluando los logros conseguidos en el alumno tanto en

aspectos curriculares, como emocionales y sociales-.

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4.3.4. INCORPORACIÓN TARDÍA AL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. CONDICIONES PERSONALES QUE SUPONGAN DESVENTAJA EDUCATIVA. HISTORIA ESCOLAR QUE SUPONGA DESIGUALDAD INICIAL.

Según recoge el artículo 22 de la Orden de Organización y Evaluación en la Región de

Murcia, sobre alumnado de Integración tardía:

1. Los centros educativos adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten la

integración escolar de los alumnos que se incorporen de forma tardía al sistema educativo español por

proceder de otros países o por cualquier otro motivo.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.5 del Real Decreto 126/2014, de 28 de

febrero, quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de dos años

podrán ser escolarizados en el curso inferior al que les correspondería por edad. Esta decisión se

podrá adoptar a partir de tercer curso de Educación Primaria. En caso de recuperar dicho desfase y

poder continuar con aprovechamiento sus estudios, se podrán reincorporar al curso

correspondiente a su edad si así lo estima el equipo docente al finalizar el curso escolar.

3. En caso de presentar graves carencias lingüísticas en castellano, estos alumnos podrán

cursar en los cursos quinto y sexto de la Educación Primaria una de las siguientes áreas previstas

en el artículo 7.8.c) del presente decreto:

a) El área de Español Lengua Extranjera, si el centro desarrolla un programa específico

de enseñanza específico para alumnado extranjero con desconocimiento del castellano.

b) El área de Refuerzo en Competencia en Comunicación Lingüística.

4. Las medidas de compensación educativa en la Educación Primaria se atendrán a lo

dispuesto en el capítulo IV del Decreto 359/2009, de 30 de octubre y normativa que la desarrolla.

4.3.5. INTERVENCIÓN ESPECÍFICA. ALUMNADO CON NECESIDADES

EDUCATIVAS ESPECIALES.

1º. PROGRAMACIÓN PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA

2º. PROGRAMACIÓN AUDICIÓN Y LENGUAJE.

3º. PLAN ACTUACIÓN DEL EQUIPO ORIENTACION.

*Recogidos en las Programaciones docentes (puntos 8.7. y 8.8) y en

Los Planes del Centro de la P.G.A.

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* EN EL DRIVE DEL CENTRO Y EN LAS CARPETAS DE

TUTORÍAS:

ANEXO I: MODELOS DE PLAN DE ATENCIÓN INDIVIDUALIZADO, ANEXOS DEL

DECRETO.

ANEXO II: PROTOCOLOS DE DERIVACIÓN A LA ORIENTADORA PARA TUTORES.

ANEXO III: INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS SOBRE DERIVACIÓN A LA ORIENTADORA

PARA TUTORES

ANEXO IV: INFORME DE EVALUACIÓN TRIMESTRAL.

5.- SEGUIMIENTO , EVALUACIÓN Y REVISIÓN DEL PAD.

5.1.-SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PAD

Será el Equipo de Atención a la Diversidad y la Comisión de Coordinación

Pedagógica la que, una vez incorporado el Plan de Atención a la Diversidad en la

Programación General Anual, realizará el seguimiento oportuno, a lo largo del curso

académico.

El equipo directivo detallará los tiempos, instrumentos y procedimientos previstos para

el seguimiento y evaluación del Plan de Atención a la Diversidad, así como los órganos y

profesionales implicados en su evaluación y las competencias de los mismos en el proceso.

La evaluación del Plan de atención a la diversidad debe dar respuesta a las siguientes

preguntas:

¿Qué evaluamos?

• Grado de consecución de los objetivos y finalidades de las medidas programadas,

según los resultados obtenidos por el alumnado afectado (ANEXO I y II: REGISTROS)

• Grado de aplicación y adecuación del propio Plan.

El objetivo de esta evaluación será la de analizar con una periodicidad anual, preferentemente

al final de cada curso, la adecuación de éste a la realidad del Centro, y diseñar las

modificaciones pertinentes en cuanto a alumnado y recursos humanos y materiales previstos

para el curso siguiente. (Anexo III: RECOGIDA DE INFORMACIÓN PARA INFORME FINAL

DEL PAD)

¿Quién evalúa y cómo?: Órganos y profesionales implicados en la evaluación y las

competencias de los mismos en el procedimiento:(Anexo IV).

1º- CCP: Realizará el seguimiento a lo largo del curso académico, contando con la

información del equipo directivo, de los órganos de coordinación docente y de la PT.

2º- CCP: Informará al CLAUSTRO Y al CONSEJO ESCOLAR sobre el desarrollo,

aplicación y resultados obtenidos de las medidas adoptadas en el Plan.

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3º- CLAUSTRO : Analizará y valorará el desarrollo del PAD.

4º- EQUIPO DIRECTIVO: Realizará el informe de Evaluación relativo a la aplicación,

desarrollo y propuestas de mejora del PAD, recogido en la MEMORIA ANUAL DEL CENTRO y

aprobada por el CONSEJO ESCOLAR.

5º- LA INSPECCIÓN EDUCATIVA supervisará y evaluará el desarrollo y resultados del

Plan de Atención a la Diversidad.

¿Cuándo evaluamos?

• Al final de cada trimestre y al acabar cada curso.

El P.A.D es un documento vivo, que deberá modificarse y adaptarse a las novedades de

cada nuevo curso, así como a las necesidades detectadas en su evaluación.

5.2. REVISIÓN DEL PAD

Corresponde a la Comisión de Coordinación Pedagógica, al inicio de cada curso

académico, realizar la modificación del Plan de Atención a la Diversidad, acuerdo con las

propuestas y conclusiones recogidas en el informe de evaluación realizado en el curso

académico anterior y en la Memoria del Centro.

Una vez elaboradas las modificaciones y propuestas de mejora, así como la incorporación

de nuevas actuaciones y medidas en el Plan de Atención a la Diversidad, el equipo

directivo lo incluirá en la Programación General Anual del centro.

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ANEXO I. REGISTRO DE REVISIÓN DE LOS OBJETIVOS DEL PAD

OBJETIVOS CONSECUCIÓN Y PROPUESTAS DE MEJORA

1.- Planificación la respuesta educativa adecuada

a cada alumno y a su contexto, de forma práctica,

funcional y flexible.

2.- Programación de propuestas educativas

diversificadas en sus actividades, organización,

procedimiento, metodología y evaluación para

que se ofrezcan a nuestros alumnos diferentes

formas de llegar a los mismos objetivos.

3.- Detección y previsión de las dificultades de

aprendizaje o problemas de desarrollo personal y

social, anticipándose a las mismas y evitando

situaciones de fracaso o inadaptación escolar,

personal o social.

4.- Ajuste de la respuesta educativa a las

necesidades específicas de apoyo de cada

alumno/a, mediante las oportunas medidas de

atención a la diversidad.

5.- Adaptación de nuestra respuesta educativa al

alumnado con necesidades educativas

especiales, coordinando el desarrollo de

actividades encaminadas a su inserción y

promoción.

6.-Incorporación tardía al sistema ed.: -

integración y adaptación escolar y social;-

intervención educativa por desconocimiento del

idioma o desfase en su aprendizaje;- acción

tutorial con estas familias.

7.- Implicación y coordinación de la tarea de

todos los profesionales del Centro, en todas las

actuaciones y medidas que se acuerden en este

Plan.

8.- Organización de las relaciones con las

Instituciones públicas y privadas, que

intervengan en las actuaciones propuestas en

este Plan, intercambio de información y

planificando actuaciones conjuntas según las

competencias de cada una..

9.- Implicación de las familias en este proceso.

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10.- Participación en la formación profesional

docente, para incorporar a nuestra tarea las

innovaciones e experimentación que mejore la

misma.

11.- Organización de los recursos materiales y

espacios del Centro para mejorar esta atención

educativa.

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ANEXO II. REGISTRO DE EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS GENERALES

ESTABLECIDAS

MEDIDAS GENERALES

EVALUACIÓN Y MEJORAS

1. Los programas y actividades para la

prevención, seguimiento y control del

absentismo y abandono escolar.

2. Los programas y actividades en

colaboración y coordinación con las

distintas administraciones públicas,

instituciones, organismos o

asociaciones de nivel estatal,

autonómico o local.

Con los

Servicios de la

Consejería

Con el CPR

Con

Ayuntamiento

Con otras

Asociaciones

y/o

Instituciones

3. Las propuestas para adecuar las

condiciones físicas y tecnológicas de

los centros, así como las de ayudas

técnicas individuales y equipamientos

específicos para favorecer la

comunicación, la movilidad y el acceso

al currículo.

4. La articulación de mecanismos para

ofrecer apoyo psicológico al alumnado

víctima del terrorismo, de catástrofes

naturales, maltrato, abusos, violencia

de género o violencia escolar o

cualquier otra circunstancia que lo

requiera, así como la realización de

programas preventivos.

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MEDIDAS GENERALES

EVALUACIÓN Y MEJORAS

5. La organización de los grupos de

alumnos, la utilización de los espacios,

la coordinación y el trabajo conjunto

entre los distintos profesionales del

centro y los colaboradores y agentes

externos al centro.

6. La organización y coordinación

entre el personal docente y entre éstos

y el personal de atención educativa

complementaria u otro personal

externo que interviene con el

alumnado.

7. Los programas, planes o proyectos

de innovación e investigación

educativas que favorezcan una

respuesta inclusiva a la diversidad del

alumnado.

8. Cuantas otras propicien la calidad

de la educación para todo el alumnado

y el acceso y permanencia en el

sistema educativo en igualdad de

oportunidades.

OBSERVACIONES:

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ANEXO III:RECOGIDA DE INFORMACIÓN PARA INFORME FINAL DEL PAD

CURSO:

ORGANO O SERVICIO:

FECHA

REVISIÓN:

ÁMBITOS VALORACION PROPUESTA DE

MEJORA OBSERVACIONES

1.

OBJETIVOS

2. ACTUACIONES GENERALES

3. MEDIDAS ORDINARIAS.

4. MEDIDAS ESPECÍFICAS

ALUMNADO

DESTINATARIO

GRADO DE

CUMPLIMIENTO

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Consejería de Educación

Y Cultura

PLAN DE ATENCIÓN A LA

DIVERSIDAD PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

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DE LOS

OBJETIVOS

ORGANIZACIÓN

DE LOS

RECURSOS

INTERNOS Y

EXTERNOS

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ANEXO IV: RESUMEN RESPONSABLES DE ELABORACIÓN/REDACCIÓN

ÓRGANO COMPETENTE ELABORACIÓN SEGUIMIENTO-EVALUACIÓN

EQUIPO DIRECTIVO

Objetivos del plan,

actuaciones generales,

seguimiento y evaluación

del plan, que entrega al

EAD para añadir al PAD

Presenta la propuesta del PAD al Claustro. Realiza Informe de evaluación del PAD, con información recogida y propuestas de mejora. Se incluye en memoria de PGA.

JEFE DE ESTUDIOS

Coordina la redacción de

las medidas ordinarias y

específicas. Supervisa la

redacción final del PAD

TUTORES

Redactan medidas de

apoyo ordinario recogidas

en las Programaciones.

Entregan a coordinador de

ciclo para incorporarlas al

PAD

Seguimiento de las medidas,

propuestas de mejora

ORIENTADOR Y

DOCENTES DE MEDIDAS

ESPECÍFICAS

Redacción de medidas

específicas

Seguimiento de las medidas,

propuestas de mejora

EAD

Redacción definitiva del

PAD con las aportaciones

anteriores.

Seguimiento de las medidas,

propuestas de mejora.

Redacción de modificaciones y

propuestas de mejora al inicio de

cada curso escolar

CCP

Revisa la propuesta del

PAD

Seguimiento del PAD con información del ED, EAD, etc.

Emite informes y propuestas de mejora.

Informa al Claustro y Consejo

Escolar sobre su desarrollo y

aplicación.

Revisión del PAD al inicio de cada

curso según informe de evaluación

del curso anterior.

CLAUSTRO DE PROFESORES

Aprueba el PAD presentado por el

E.D. Analiza y valora el desarrollo

del PAD

CONSEJO ESCOLAR Es informado sobre el PAD