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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 20 DE FEBRERO 2020 NÚMERO 8 /20 20 En Guillena, siendo las ocho horas y treinta minutos del día 20 de febrero de dos mil veinte, se reúnen en la Sala de Juntas de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde Dº Lorenzo José Medina Moya, los señores que a continuación se relacionan al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, asistidos por la Sra Secretaria Dª Encarnación Coveñas Peña. Asiste la Sra Vicesecretaria Dª Paloma Olmedo Sánchez. ASISTEN: D. Manuel Martín Vázquez D. Manuel Jara Carrascal Dª. Ana Isabel Montero Rodríguez Dª Verónica Rubiales Palacios NO ASISTEN: D. José A. Fernández Isorna Abierta la sesión en el lugar, fecha y hora indicados, la Junta de Gobierno Local debate y resuelve los asuntos correspondientes al siguiente: ORDEN DEL DÍA 1. Aprobación del acta de la sesión anterior de fecha 13 de febrero de 2020 2. Expediente 631/2020. Propuesta y previsiones de gastos 1º trimestre 2020 3. Expediente 482/2019. Aprobación del Plan de Seguridad y Salud e informes del Técnico de la obra, nombramiento del director y coordinador de la obra “SUSTITUCIÓN DE CÉSPED ARTIFICIAL Y RED DE RIEGO DE CAMPO DE FÚTBOL 7 DE GUILLENA “ 4. Expediente 3/2019. Adjudicación de la obra “Fase 1 de urbanización de calles Giner de los Ríos y calle de nueva creación, para acceso al Instituto El Molinillo” 5. Expediente 600/2020. Aprobación de precio público, Territorio Joven 6. Expediente 633/2020. Aprobar las las bases para el otorgamiento del permiso temporal de explotación del servicio de ambigú del Carnaval de Torre de la Reina 2020 7. Expediente 516/2020. Adjudicación permiso de explotación temporal del servicio de ambigú del Carnaval de Guillena 2020 8. Asuntos de urgencia 9. Solicitudes y escritos vario 1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR: ORDINARIA DE 13 DE FEBRERO DE 20 20 . Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 167 del Reglamento Orgánico Municipal, la Sra. Secretaria da cuenta del Acta correspondiente a la sesión ordinaria de fecha 13 de febrero de 2020, y no planteándose observaciones, por unanimidad de sus miembros presentes, se aprueba el acta de la sesión anterior. Ayuntamiento de Guillena Plaza de España 1, GUILLENA. 41210 (Sevilla). Tfno. 955785005. Fax: 955785727 Cód. Validación: 7HF92MH9X62HCWZMTNP9A6DXM | Verificación: https://guillena.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 13

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 20 DE FEBRERO 2020

NÚMERO 8 /20 20

En Guillena, siendo las ocho horas y treinta minutos del día 20 de febrero de dos mil veinte, se reúnen en la Sala de Juntas de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde Dº Lorenzo José Medina Moya, los señores que a continuación se relacionan al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, asistidos por la Sra Secretaria Dª Encarnación Coveñas Peña. Asiste la Sra Vicesecretaria Dª Paloma Olmedo Sánchez.

ASISTEN:D. Manuel Martín VázquezD. Manuel Jara CarrascalDª. Ana Isabel Montero RodríguezDª Verónica Rubiales Palacios

NO ASISTEN: D. José A. Fernández Isorna

Abierta la sesión en el lugar, fecha y hora indicados, la Junta de Gobierno Local debate y resuelve los asuntos correspondientes al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Aprobación del acta de la sesión anterior de fecha 13 de febrero de 20202. Expediente 631/2020. Propuesta y previsiones de gastos 1º trimestre 20203. Expediente 482/2019. Aprobación del Plan de Seguridad y Salud e informes del Técnico de la obra, nombramiento del director y coordinador de la obra “SUSTITUCIÓN DE CÉSPED ARTIFICIAL Y RED DE RIEGO DE CAMPO DE FÚTBOL 7 DE GUILLENA “4. Expediente 3/2019. Adjudicación de la obra “Fase 1 de urbanización de calles Giner de los Ríos y calle de nueva creación, para acceso al Instituto El Molinillo”5. Expediente 600/2020. Aprobación de precio público, Territorio Joven6. Expediente 633/2020. Aprobar las las bases para el otorgamiento del permiso temporal de explotación del servicio de ambigú del Carnaval de Torre de la Reina 20207. Expediente 516/2020. Adjudicación permiso de explotación temporal del servicio de ambigú del Carnaval de Guillena 20208. Asuntos de urgencia9. Solicitudes y escritos vario

1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR: ORDINARIA DE 13 DE FEBRERO DE 20 20 . Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 167 del Reglamento Orgánico Municipal, la Sra. Secretaria da cuenta del Acta correspondiente a la sesión ordinaria de fecha 13 de febrero de 2020, y no planteándose observaciones, por unanimidad de sus miembros presentes, se aprueba el acta de la sesión anterior.

Ayuntamiento de Guillena

Plaza de España 1, GUILLENA. 41210 (Sevilla). Tfno. 955785005. Fax: 955785727

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2.- PROPUESTAS Y PREVISIONES DE GASTOS 1º TRIMESTRE 20 20 . Vistas las propuestas de gastos, presentadas por las diferentes áreas municipales para su aprobación en Junta de Gobierno Municipal, cuyo tenor literal, es el siguiente:

ÁREA PROGRAMA Nº PROGRAMA APLICACIÓN PROPUESTA IMPORTE

IgualdadVII Marcha por la Igualdad

IGU001/Expte 584-20

231.226.9913

Adquisición de camisetas para la VII marcha por la igualdad

450,00

IgualdadVII Marcha por la Igualdad

IGU001/Expte 584-20

231.226.9941

Adquisición de camisetas para la VII marcha por la igualdad

254,83

Igualdad

Campaña sensibilización por la igualdad, día 8 de marzo

IGU002/Expte 591-20

231.226.9941

Fotografías en polipropileno con impresión a doble cara 50x70

459,80

Infraestructura

Inversión de reposición en alumbrado

INFR014/Expte 590-20

165.619.15Puesta en servicio del alumbrado público en Las Pajanosas

9.221,65

Juventud Territorio jóven montaña

JUV004/Expte 600-20

3272.226.9903

Territorio jóven montaña en Córdoba: 6, 7 y 8 marzo

2.892,40

Cultura Carnaval 2020CUL009/Expte 582-

20334.226.090

6 Autobús agrupaciones 770,00

Cultura Carnaval 2020CUL009/Expte 582-

20334.226.090

6 Montaje carpa 1.694,00

Cultura Carnaval 2020CUL009/Expte 582-

20334.226.090

6Pasacalles carnaval: Charanga Los Alteraos 1.200,00

Cultura Carnaval 2020 CUL009/Expte 582-20

334.226.0906

Actuación comparsa A.C. Los amigos del Canijo

3.509,00

Cultura Carnaval 2020 CUL009/Expte 582-20

334.226.0906

Actuación de La eterna Banda del Capitán Veneno

4.840,00

Cultura Carnaval 2020CUL009/Expte 582-

20334.226.090

6Retransmisión en streaming 1.597,20

Cultura Carnaval 2020CUL009/Expte 582-

20334.226.090

6 Sonorización 1.936,00

Cultura Carnaval 2020CUL009/Expte 582-

20334.226.090

6 Alquiler sillas y mesas 448,81

Cultura Carnaval 2020CUL009/Expte 582-

20334.226.090

6Seguridad: control de acceso a carpa 174,24

EducaciónMantenimiento instalaciones educativas

EDU005/Expte 611-20

323.212.04Adquisición árboles de hoja perenne para patio CEIP Andalucía

189,40

EducaciónMantenimiento instalaciones educativas

EDU006/Expte 611-20

323.212.04Adquisición de palmeras para el patio CEIP Andalucía

16,00

Desarrollo Tecnológico

Gasto en aplicaciones informáticas DT004/Expte 620-20 926.641.00

Contratacion servicio Web y app para gestion y reserva de instalaciones deportivas

1.802,90

Asimismo, se da lectura a las relaciones de Ayudas Sociales 14/2020 para ayuda económica de emergencia de carácter polivalente (desplazamiento); a efectos de su aprobación, autorización del gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago, siguientes:

Relación 14/2020 BS020-Expte 596/2020

Ayuntamiento de Guillena

Plaza de España 1, GUILLENA. 41210 (Sevilla). Tfno. 955785005. Fax: 955785727

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Art 11.- Ayuda económica de emergencia de carácter polivalente: alojamiento albergue municipal. Ordenanza reguladora de las ayudas económicas municipales para la atención de necesidades sociales (Atención social primaria).

BENEFICIARIO GASTOS: CONCEPTO DNI IMPORTE APLICACIÓN

TOTAL 20 231.480.88

Vistas las observaciones realizadas a las propuestas de gastos nº 2020-0007 y el informe de Intervención a la concesión de ayudas sociales nº 2020-0035, de fecha 19/02/2020.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y Resolución de Alcaldía Nº 666/2019 de fecha 19 de junio de 2019 de delegación de atribuciones, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de sus miembros presentes (cinco de los seis miembros que integran la Junta de Gobierno Local), acuerda:

Primero.- Aprobar las propuestas de gastos referidas, autorizando el gasto por los importes y con cargo a las aplicaciones presupuestarias señaladas.

Segundo.- Aprobar las relaciones de Ayudas Sociales 14/2020 para ayuda económica de emergencia de carácter polivalente (desplazamiento); autorizando el gasto, reconociendo la obligación y ordenando el pago de las referidas ayudas, con dichos beneficiarios, en base a los informes de los servicios sociales que se adjuntan al expediente y por los importes con cargo a las aplicaciones presupuestarias señaladas en este mismo acuerdo.

Tercero.- Dar cuenta a la Intervención de Fondos para su contabilización y a la Tesorería Municipal para la ejecución de esta Resolución.

3. Expediente 482/2019. APROBACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD E INFORMES DEL TÉCNICO DE LA OBRA, NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR Y COORDINADOR DE LA OBRA “SUSTITUCIÓN DE CÉSPED ARTIFICIAL Y RED DE RIEGO DE CAMPO DE FÚTBOL 7 DE GUILLENA”. Por la Sra. Secretaria, se da lectura a la propuesta del Área de Infraestructura, cuyo contenido es el siguiente:

“Antecedentes.

La Junta de Gobierno Local ensesión celebrada el día 24 de octubre de 2019 adoptó el acuerdo de aprobar el proyecto redactado por El Arquitecto Técnico Municipal Don David Padial Moreno.

Con fecha 7 de noviembre de 2019 la junta de Gobierno Local adoptó el acuerdo de aprobar el expediente de contratación y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por el que se ha de regir el contrato de obras mediante Procedimiento Abierto Simplificado.

Por Decreto de Alcaldía número 51/2020 con fecha 17 de enero se aprueba la adjudicación de obra a la empresa Koaka Obras Y Sercvicios Deportivos S.L.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local mediante Resolución nº 666/2019 de 19 de junio, se propone a dicho órgano la siguiente propuesta de acuerdo:

Ayuntamiento de Guillena

Plaza de España 1, GUILLENA. 41210 (Sevilla). Tfno. 955785005. Fax: 955785727

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Acuerdo:

Primero.- Designar al Técnico D. David Padial Moreno como Director de la obra y coordinador de Seguridad y Salud.

Segundo.-Aprobar el Plan de Seguridad y Salud y el Informe del Coordinador sobre el Plan de Seguridad y Salud.

Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Infraestructura.

Guillena, a fecha de pie de firma digital. El Alcalde- Presidente .=Fdo: Lorenzo J. Medina Moya”

VOTACIÓN Y ACUERDO: Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Resolución de Alcaldía número 666/2019 de fecha 19 de junio de 2019, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, y sometida a votación dicha propuesta, se obtuvo el siguiente resultado: cinco de los seis miembros que integran la Junta de Gobierno Local estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando a favor de la misma por unanimidad, por lo que el Sr. Presidente declara aprobada la propuesta precedente.

4. EXPEDIENTE 3/2019. ADJUDICACIÓN DE LA OBRA “FASE 1 DE URBANIZACIÓN DE CALLES GINER DE LOS RÍOS Y CALLE DE NUEVA CREACIÓN, PARA ACCESO AL INSTITUTO EL MOLINILLO”. ACTUACIÓN FINANCIADA POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y POR LA UNIÓN EUROPEA A TRAVÉS DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL( FEADER) ” , ADJUDICACIÓN. EXPTE 482/2019

Por la Sra. Secretaria, se da lectura a la propuesta del Área de Obras, cuyo contenido es el siguiente:

“Visto el expediente tramitado para la ejecución de la obra ““Fase I de Urbanización de Calles Giner de los Ríos y calle de nueva creación, para acceso al Instituto “El Molinillo” , y resultando:

1º.- La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 12 de septiembre de 2.019 adoptó el acuerdo de aprobar el proyecto redactado por los arquitectos D. Jesús Díaz Gómez, D. Jorge Ferral Sevilla y D. Ramón Cuevas Rebollo ( Buró 4 SLP) ,“Fase I de Urbanización de Calles Giner de los Ríos y calle de nueva creación ,para acceso al Instituto “El Molinillo”

2º.- Con fecha 14 de noviembre de 2019 la Junta de Gobierno Local adoptó el acuerdo de aprobar el expediente de contratación y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por el que ha de regir el contrato de obras mediante Procedimiento Abierto Simplificado

3º.- Publicado anuncio de licitación en el perfil del contratante, y finalizado el plazo de veinte días naturales para la presentación de proposiciones , con fecha 18 de diciembre de 2019, se reúne la mesa de contratación resultando lo siguiente:

EMPRESA PUNTOS MEJORAS

PUNTOS PLAZO EJECUCIÓN

TOTALPUNTOS

Comarca Noroeste de Obras y Servicios, S.L 90,00 10,00 100,00

Ayuntamiento de Guillena

Plaza de España 1, GUILLENA. 41210 (Sevilla). Tfno. 955785005. Fax: 955785727

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A3 Obras de Arquitectura, Ingeniería y Urbanismo, S.L

90,00 8,44 98,44

Codisevand S.L 90,00 5,77 95,77

Gydesur, S.L 90,00 4,66 94,66

Construcciones Hijos de Alonso Ávila, S.L 90,00 4,66 94,66

Lorenzetti, S.L 40,00 8,33 48,33

360 Obra Civil y Construcción, SL 40,00 7,11 47,11

Ruiz Lobato, S.L 40,00 6,77 46,77

Señalizaciones Jica Andaluza, S.L 40,00 3,55 43,55

La mesa formula propuesta de adjudicación al licitador Comarca Noroeste de Obras y Servicios, S.L, si bien, con carácter previo al requerimiento de documentación, y conforme a la cláusula décima del PCAP se acuerda requerirle para que justifique técnicamente el plazo de ejecución; y si este resulta viable según informe de los servicios técnicos correspondientes, se requerirá el resto de documentación prevista en el pliego; y si no lo fuera se harían sucesivos requerimientos por el orden establecido.

4º.- Requerida justificación del plazo de ejecución propuesto, y presentada la misma, es informada favorablemente por el técnico municipal redactor del proyecto con fecha 16 de diciembre de 2019.

5º.- Requerido el licitador para que aporte la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la LCSP y justificante del depósito de la garantía definitiva, dicha documentación no es aportada en plazo .En consecuencia, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 6 de febrero de 2020 , adopta el acuerdo de excluir al licitador Comarca Noroeste de Obras y Servicios, S.L, por falta de presentación de los criterios de solvencia y de la garantía definitiva en el plazo establecido en el requerimiento.

6º.- La Junta de Gobierno, previa justificación del plazo de ejecución ofertado e informado éste favorablemente, adopta el acuerdo de requerir a la empresa A3 Obras de Arquitectura, Ingeniería y Urbanismo, S.L para que en el plazo de siete días hábiles aporte la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la LCSP y justificante del depósito de la garantía definitiva. Dicha documentación es aportada en plazo, resultando la misma conforme.

En consecuencia con lo anterior, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda LCSP, y la delegación de competencias de la Alcaldía efectuada por Decreto nº 666/2019 de 19 de junio, se eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO: Adjudicar a A3 Obras de Arquitectura, Ingeniería y Urbanismo, S.L, el contrato de obras “Fase I de Urbanización de Calles Giner de los Ríos y calle de nueva creación ,para acceso al Instituto “El Molinillo”de conformidad con los Pliegos de Cláusulas Administrativas y del proyecto y el resto de las condiciones establecidas en la oferta:

Importe de adjudicación: 110.898,98 euros , IVA no incluido, siendo el importe del IVA de 23.288,78 €.

Mejoras ofertadas:

Mejora 1: Asfaltado de la C/ Gines de los Ríos , tramo 1

Ayuntamiento de Guillena

Plaza de España 1, GUILLENA. 41210 (Sevilla). Tfno. 955785005. Fax: 955785727

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Mejora 2: Asfaltado de la C/ Gines de los Ríos , tramo 2 Mejora 3. Mobiliario Urbano

Plazo de ejecución: 46 días

SEGUNDO: Requerir a la adjudicataria para que comparezca a la formalización del contrato en documento administrativo que se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación. El incumplimiento de este plazo por causa imputable al contratista dará lugar a la resolución del contrato.

TERCERO.- Designar a Don David Padial Moreno, Arquitecto Técnico municipal, responsable del contrato, a quien le corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a la adjudicataria y al resto de empresas, y proceder a su publicación en el Perfil del Contratante.

Guillena, a fecha de pie de firma digital. El Concejal- Delegado.=Fdo: Manuel Jara Carrascal”

VOTACIÓN Y ACUERDO: Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Resolución de Alcaldía número 666/2019 de fecha 19 de junio de 2019, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, y sometida a votación dicha propuesta, se obtuvo el siguiente resultado: cinco de los seis miembros que integran la Junta de Gobierno Local estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando a favor de la misma por unanimidad, por lo que el Sr. Presidente declara aprobada la propuesta precedente.

5. EXPEDIENTE 600/2020. APROBACIÓN DE BASES Y PRECIO PÚBLICO, TERRITORIO JOVEN. Por la Sra. Secretaria, se da lectura a las propuestas del Área de Juventud, cuyo contenido es el siguiente:

“5.1 BASES TERRITORIO JOVEN. El Área de Juventud ha elaborado las bases para la participación en la actividad TERRITORIO JOVEN MONTAÑA (CÓRDOBA):En virtud de lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local se propone a dicho órgano la siguiente propuesta de acuerdo:PRIMERO.- Aprobar las bases reguladoras de TERRITORIO JOVEN MONTAÑA (CÓRDOBA), correspondientes al Área de Juventud, con una dotación económica de 2.892,40€ euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3272.226.9903 del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2020; así como sus bases reguladoras, que a continuación se recogen:

Bases reguladoras de TERRITORIO JOVEN MONTAÑA (CÓRDOBA):Primera. Objeto de la convocatoria y régimen jurídico. Regular la participación en TERRITORIO JOVEN MONTAÑA (CÓRDOBA) consistente en un fin de semana de actividades deportivas y convivencia para jóvenes entre 6 y el 8 de marzo de 2020, organizado por el Área de Juventud. La salida se realizará el día 6 de marzo (viernes), siendo la vuelta el domingo 8 de marzo.Segunda. Podrán participar en la actividad jóvenes que tengan entre 18 y 30 años, empadronados en Guillena.Tercera. El plazo de inscripciones y pago del viaje se establecerá entre el 21 de febrero de

Ayuntamiento de Guillena

Plaza de España 1, GUILLENA. 41210 (Sevilla). Tfno. 955785005. Fax: 955785727

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2020 y el 2 de marzo de 2020 (o hasta agotar plazas).Cuarta. La adjudicación de las plazas se hará por estricto orden de llegada en el Registro General del Ayuntamiento de Guillena.Quinta. El precio del curso será de 20 euros para un total de 15 plazas.Sexta. El Área de Juventud tendrá la potestad de resolver cualquier incidencia no contemplada en estas bases.SEGUNDO.- Publicar las bases de la presente convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web municipal, haciendo saber a los interesados que, bien contra el acto de aprobación o bien contra las bases, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla.

“5.2 PRECIO PÚBLICO TERRITORIO JOVEN. El Área de Juventud ha elaborado las bases para la aprobación del precio público del TERRITORIO JOVEN MONTAÑA (CÓRDOBA):Vista la necesidad de fijar un precio público para la participación en TERRITORIO JOVEN MONTAÑA (CÓRDOBA), organizado por el Área de Juventud del Ayuntamiento de Guillena y que tendrá lugar entre los días 6 y 8 de marzo de 2020.Conforme al artículo 7.2 y el epígrafe 4 del anexo tarifario de la Ordenanza Fiscal Reguladora del precio público por la realización de actividades municipales publicada en el BOP num. 300 de 30 de diciembre de 2014, según la cual “para los cursos no comprendidos en ninguna de las categorías anteriores, así como el resto de servicios y actividades especiales prestadas por el Ayuntamiento relacionadas con el ocio, la cultura y el deporte, tales como convivencias, conciertos, viajes, teatros y cualquier otro tipo de actuación o espectáculo público, se determinará el precio público por la Junta de Gobierno Local, previo los correspondientes estudio de costes, de manera que la tasa se equilibre con el coste del curso o actividad de que se trate”.Considerando el Informe económico en cuanto a gastos e ingresos del curso organizado por el Área de Juventud para esta actividad declarada de interés general, y la existencia, conforme al artículo 44 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de razones de interés público económico que aconsejan fijar el precio público por debajo del coste del servicio prestado, así como de consignaciónsuficiente para dar cobertura a la diferenciaEn virtud de lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno local se propone a dicho órgano la siguiente propuesta de acuerdo:

PRIMERO. Declarar la actividad de interés general.

SEGUNDO. Aprobar la fijación del precio público por cada plaza en el curso de 20 euros por persona.Poniéndose a disposición del público un total de 15 plazas y contabilizar la recaudación obtenida en el plazo fijado para la inscripción (según las bases para la participación en el viaje).

TERCERO. Dar traslado del presente acuerdo a Intervención y a Tesorería para su contabilización

CUARTO.- Publicar las bases del presente acuerdo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web municipal, haciendo saber a los interesados que, bien contra el acto de aprobación o bien contra las bases, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación y, contra la resolución expresa o

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presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla”.

VOTACIÓN Y ACUERDO: Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Resolución de Alcaldía número 666/2019 de fecha 19 de junio de 2019, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, y sometida a votación dicha propuesta, se obtuvo el siguiente resultado: cinco de los seis miembros que integran la Junta de Gobierno Local estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando a favor de la misma por unanimidad, por lo que el Sr. Presidente declara aprobada la propuesta precedente.

6. EXPEDIENTE 633/2020. APROBAR LAS LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DEL PERMISO TEMPORAL DE EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE AMBIGÚ DEL CARNAVAL DE TORRE DE LA REINA 2020. Por la Sra. Secretaria, se da lectura a la propuesta del Área de Cultura, cuyo contenido es el siguiente:

“Con motivo de la próxima celebración del Carnaval de Torre de la Reina 2020 que tendrá lugar en la Caseta Municipal de Torre de la Reina entre los días 5 y 8 de marzo, resulta necesaria la adjudicación del permiso temporal para la instalación de un servicio de ambigú. El Área de Cultura ha elaborado las bases para el otorgamiento del permiso temporal de explotación del servicio de ambigú del Carnaval.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local mediante Decreto nº 447/2015, de 23 de junio, se propone a dicho órgano la siguiente propuesta de acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar las las bases para el otorgamiento del permiso temporal de explotación del servicio de ambigú del Carnaval de Torre de la Reina 2020, así como las condiciones que a continuación se recogen:

Primera. Objeto y finalidad de las bases: Las presentes condiciones tienen por objeto regular el procedimiento para el otorgamiento del permiso de explotación del servicio de ambigú que se colocará en la Caseta Municipal durante la celebración del Carnaval de Torre de la Reina 2020, que tendrá lugar entre los días 5 y 8 de marzo. Mediante el presente acuerdo se pretende promover la prestación de un servicio de hostelería que contribuya a satisfacer las necesidades de los asistentes a la celebración del Carnaval.

Segunda. La barra se destinará exclusivamente a la expendición de bebidas, bocadillos y aperitivos.

Tercera. La barra deberá permanecer abierta durante los días señalados, en horario determinado previamente por el Área de Cultura del Ayuntamiento de Guillena.

Cuarta. La presente licitación no origina gastos para la Administración.

Quinta. La explotación será a riesgo y ventura del adjudicatario, sin que el Ayuntamiento participe en su financiación ni avale ningún tipo de empréstito.

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Sexta. Los interesados podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Guillena su oferta en un sobre cerrado, siendo la cantidad mínima a ofertar de 50€ (IVA INCLUIDO), hasta el martes 25 de febrero de 2020. Junto con la oferta, los interesados se comprometen a hacerse cargo del coste económico de la asistencia a los artistas, así como de la contratación de actuaciones para la noche del pregón, para el viernes y para el domingo, así como de un taller de actividades infantiles para el último día (todo ello acordado previamente con el Área de Cultura). Además, deberán adjuntar copia del DNI, del alta en el IAE y justificante del pago del último recibo.

Séptima. La adjudicación recaerá en el licitador que oferte el precio más alto y aporte toda la documentación requerida, a 25 de febrero de 2020. La misma será aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local.

Octava. Previamente a dar comienzo a la explotación, el titular de la licencia deberá suscribir a su cargo las correspondientes pólizas de seguro.

Novena. Serán obligaciones del titular de la licencia las siguientes: a) Prestar el servicio de manera regular y continuada durante el horario señalado anteriormente. b) Explotar de forma directa la barra objeto de permiso, sin que pueda arrendar, subarrendar o ceder, directa o indirectamente, en todo o en parte, las instalaciones, salvo que por causa justificada, que será apreciada libremente por el Ayuntamiento, se autorice la subrogación en favor de un tercero, el cual asumirá todos los derechos y obligaciones derivados del permiso. c) Mantener durante todo el período del permiso, las instalaciones y los bienes ocupados, en perfecto estado de limpieza, higiene, seguridad y ornato. Los gastos producidos por las reparaciones necesarias para el cumplimiento del anterior deber, bien sean realizados a iniciativa del concesionario o a requerimiento municipal, correrán única y exclusivamente por cuenta del adjudicatario. d) Efectuar a su costa al término de la licencia, cualquiera que sea su causa, cuantas correcciones, reparaciones y sustituciones sean necesarias para que el Ayuntamiento reciba las instalaciones y los bienes de dominio público ocupados, en perfectas condiciones de uso. e) Abstenerse, en todo caso, de colocar publicidad en las instalaciones. f) Colocar y mantener en lugar visible lista de precios, título habilitante para el ejercicio de la actividad y disponer de las correspondientes hojas de reclamaciones. g) Prestar el servicio en debidas condiciones higiénico-sanitarias, estando obligado todo el personal de la barra a estar en posesión del certificado de formación en materia de manipulación de alimentos. h) Cumplir cuantas normas de Seguridad Social afecten al personal adscrito a la explotación y estar al corriente en el cumplimiento de sus deberes fiscales con el Estado, la Comunidad Autónoma o el Municipio. i) La explotación deberá realizarse debidamente y, en todo caso, con la máxima corrección para los usuarios.

j) Dar cumplimiento a su proposición económica con carácter previo a la ocupación del dominio público y el ejercicio de la actividad.

Décima. Serán derechos del titular del permiso:a) Ejercer la actividad en los términos del respectivo permiso con sujeción a las prescripciones establecidas en los Pliegos de Condiciones y demás preceptos legales aplicables.

b) Percibir los precios de los artículos a la venta.

Décimo primera. El Ayuntamiento podrá, realizar inspecciones, que serán giradas por los servicios técnicos, requerir la presentación de la documentación preceptiva conforme a la

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normativa vigente y ordenar al titular del permiso la adopción de cuantas medidas sean necesarias para el correcto funcionamiento de la explotación. Cualquier oposición o entorpecimiento a las inspecciones municipales por el titular de la licencia o por el personal a su servicio, se considerará falta muy grave.

Décimo segunda. El incumplimiento de las presentes bases y obligaciones en él contenidas, producirá la extinción del permiso, sin indemnización alguna.

Décimo tercera. El Ayuntamiento se reserva la facultad de dejar sin efecto la licencia, antes de cumplirse el plazo por el que otorga, si así lo justifican causas sobrevenidas de interés público, sin derecho a indemnización alguna.

SEGUNDO.- Publicar las bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web municipal y dar traslado de la resolución de las mismas a la Tesorería e Intervención Municipales.

Guillena, a fecha de pie de firma digital. La Concejal - Delegada=Fdo: Ana Isabel Montero Rodríguez”.

VOTACIÓN Y ACUERDO: Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Resolución de Alcaldía número 666/2019 de fecha 19 de junio de 2019, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, y sometida a votación dicha propuesta, se obtuvo el siguiente resultado: cinco de los seis miembros que integran la Junta de Gobierno Local estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando a favor de la misma por unanimidad, por lo que el Sr. Presidente declara aprobada la propuesta precedente.

7. EXPEDIENTE 516/2020. ADJUDICACIÓN PERMISO DE EXPLOTACIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO DE AMBIGÚ DEL CARNAVAL DE GUILLENA 2020. Por la Sra. Secretaria, se da lectura a la propuesta del Área de Cultura, cuyo contenido es el siguiente:

“Visto que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de febrero de 2020 se acordó, entre otros, la ‘Aprobación de las bases para el otorgamiento del permiso temporal de explotación del servicio de ambigú del Carnaval de Guillena 2020’ con arreglo a las estipulaciones en él contenidas.

De acuerdo con el punto segundo del mencionado acuerdo, se procedió a su publicación en el tablón de anuncios municipal y página web.

Una vez concluido el plazo de presentación de ofertas, constan presentadas en el registro de entrada las de los siguientes:

- D.º José Navarro Saucedo.

- D.º Francisco Merino Cerezo.

- D.º Rafael Osuna Estévez

Efectuado el acto de apertura de ofertas, en virtud de lo expuesto y de conformidad con las

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atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local mediante Decreto nº 666/2019, de 19 de junio, se eleva a dicho órgano la siguiente propuesta de acuerdo:

PRIMERO.- Adjudicar el permiso de explotación temporal del servicio de ambigú del Carnaval de Guillena 2020 a D.º Rafael Osuna Estévez, de acuerdo a las cláusulas séptima de las bases que rigen el otorgamiento, al tratarse de la oferta económica más alta de las presentadas (1.002 euros).

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web municipal y dar traslado de la resolución de las mismas a la Tesorería e Intervención Municipales.

Guillena, a fecha de pie de firma digital. La Concejal - Delegada=Fdo: Ana Isabel Montero Rodríguez”.

VOTACIÓN Y ACUERDO: Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Resolución de Alcaldía número 666/2019 de fecha 19 de junio de 2019, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, y sometida a votación dicha propuesta, se obtuvo el siguiente resultado: cinco de los seis miembros que integran la Junta de Gobierno Local estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando a favor de la misma por unanimidad, por lo que el Sr. Presidente declara aprobada la propuesta precedente.

8.- ASUNTOS DE URGENCIAPrevia declaración de urgencia que fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes de la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 167.4 y 80 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Guillena, y por lo tanto aprobada la urgencia por la necesidad de aprobar la incoación del expediente para la resolución de la concesión del derecho de ocupación, uso y explotación del Gimnasio Municipal, de la Alcaldía, cuyo tenor literal, es el siguiente:

“CONTRATO ADMINISTRATIVO DE CONCESIÓN DEL DERECHO DE OCUPACIÓN, USO Y EXPLOTACIÓN DEL GIMNASIO MUNICIPAL. INICIO EXPEDIENTE DE RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO

Habiendo tramitado este Ayuntamiento expediente de concesión del derecho de ocupación, uso y explotación del gimnasio municipal y resultando:1º.- La Junta de Gobierno Local , en sesión de fecha 15 de febrero de 2019 aprueba el expediente .

2º.- En sesión celebrada el día 23 de mayo de 2019 , la Junta de Gobierno Local acordó adjudicar el contrato a don Rafael Lara Fernández, con DNI 28.894. 732 Q, por el precio de 4.290 € euros anuales, por el plazo de dos años, prorrogables anualmente por otros dos años.

La oferta del adjudicatario comprendía mejoras de pintura interior del gimnasio y sustitución de lámparas, por valor de 1.125,55 y 926,26 €, respectivamente.

3º.- Con fecha 15 de julio de 2019 se formaliza el contrato administrativo.

4º.- Consta en el expediente informe que emite el Sr Tesorero municipal que pone de manifiesto el incumplimiento en el pago del canon.

Con fecha 18 de diciembre de 2019 fue requerido don Rafael Lara Fernández para que

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abonara el canon , concediéndose un plazo que venció con fecha 31 de enero de 2020, sin que se haya efectuado el pago, según consta en nuevo informe emitido por el Sr Tesorero Municipal con fecha 10 de enero de 2020.

5º.- Con fecha 17 de febrero de 2020, se emite informe jurídico por la Secretaria General, en el que, vista de la cláusula undécima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que establece como causa especial de resolución del contrato el incumplimiento por parte del concesionario de las obligaciones a que se comprometa en su oferta, y que hayan sido determinantes para la adjudicación.

Habiendo establecido la clausula decimocuarta del Pliego como criterios de adjudicación los siguientes: - Mejoras en las instalaciones del edificio (Pintura interior del gimnasio y sustitución de lámparas) y canon ofertado, se propone el inicio de expediente para la resolución del contrato.

En consecuencia con lo anterior, a la Junta de Gobierno Local propongo la adopción de acuerdo en los siguientes términos:

Primero: Incoar expediente para la resolución de la concesión del derecho de ocupación, uso y explotación del gimnasio municipal , por incumplimiento de la obligación del pago del canon.

Segundo: Dar traslado del presente acuerdo a don Rafael Lara Fernández, otorgando trámite de audiencia por plazo de diez días hábiles, para que pueda acceder al expediente y presentar las alegaciones que a su derecho convenga

Tercero: Requerir a don Rafael Lara Fernández para que en el plazo de diez días hábiles acredite la ejecución de las mejoras a que se comprometió en su oferta

Guillena, a fecha de pie de firma digital. El Alcalde - Presidente=Fdo: Lorenzo J. Medina Moya”.

VOTACIÓN Y ACUERDO: Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Resolución de Alcaldía número 666/2019 de fecha 19 de junio de 2019, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, y sometida a votación dicha propuesta, se obtuvo el siguiente resultado: cinco de los seis miembros que integran la Junta de Gobierno Local estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando a favor de la misma por unanimidad, por lo que el Sr. Presidente declara aprobada la propuesta precedente.

9.- SOLICITUDES Y ESCRITOS VARIOS. Sin contenido.

Y no habiendo más cuestiones a tratar, por la Presidencia se procede a levantar la sesión siendo las nueve horas, de la que se levanta el presente Acta, que como Secretaria de la Corporación extiendo para dar fe del acto, en el lugar y fecha indicados.

El Alcalde La SecretariaFdo. Lorenzo J. Medina Moya Fdo. Encarnación Coveñas Peña

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DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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